ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES

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ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES C/. Dr. Joaquín Artiles, nº. 1 Tlfns.: (928) 78 99 80 – Fax: (928) 78 36 63 C.P.: 35260 – Agüimes (Gran Canaria) C.I.F.: P-3500200 E – Nº. Registro: 01350022 Provincia de Las Palmas http://www.aguimes.es

1. OBJETO DE ESTE PLIEGO. El objeto de este Pliego es definir las Prescripciones Técnicas Particulares que regirán en la Concesión Administrativa del “USO PRIVATIVO DE LA VÍA PÚBLICA MEDIANTE LA INSTALACIÓN DE POSTES Y VALLAS INFORMATIVAS Y/O PUBLICITARIAS, Y SEÑALÉTICA DE CALLES” en los diferentes barrios del municipio, según los modelos aportados en la documentación gráfica (planos) y fotográfica. Al tratarse de lugares de dominio público la concesión tendrá validez por el plazo que se establezca, cesando en todo caso, sin indemnización a favor del autorizado, cuando el Ayuntamiento necesite disponer del lugar para destinarla al uso establecido por el Planeamiento o cuando se estime conveniente por razones de estética, seguridad u oportunidad.

2. CONDICIONES CONSTRUCTIVAS. Además de los tres tipos de soportes o elementos informativos y/o publicitarios que se desarrollaron en el anterior Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares, postes informativos y publicitarios, (anexo I), los relojes publicitarios e informativo, (anexo II), y las vallas peatonales publicitarias (anexos III, IV), se incorporan a este nuevo Pliego otros elementos que la empresa adjudicataria anterior cedió a la corporación municipal una vez terminada la concesión, como son los bimódulos publicitarios e informativos (anexo V), carteleras informativas de eventos municipales (anexo VI), placas indicativas con nombre de calles (anexo VII), y paneles planos directorios del municipio (anexo VIII). Aclarar que los paneles directorios se encuentran colocados en las marquesinas de las paradas de guaguas, las cuales son propiedad del Ayuntamiento, y por tanto no son objeto de este Pliego. Los diferentes elementos instalados y los nuevos a colocar deberán tener las siguientes características: * Postes informativos y publicitarios (anexo I): la estructura soporte estará constituida por poste de aluminio de sección circular de gran resistencia con empotramiento a la cimentación, embellecedores y separadores en extrusión de aluminio, tubo telescópico interno, módulos superior e inferior tipo cajón y placa de anclaje, en número máximo según cálculo estructural justificado en el Anteproyecto de Instalación y que servirá de sujeción de los paneles publicitarios y/o informativos. * Bimodulares publicitarios e informativos (anexo V): elaborado por una estructura en forma de “Y”, con robustos tubos de acero galvanizado, todo perimetralmente lacados y pintados donde se albergan dos módulos o cajones rectangulares dotados de instalación eléctrica mediante tubos fluorescentes de bajo consumo y balastros eléctricos de nueva generación para una perfecta durabilidad e iluminación en horas nocturnas, y sujeta al terreno o pavimento mediante placa de anclaje hormigonada, con medida aproximada de 3600 x 1600 m.m. 1

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES C/. Dr. Joaquín Artiles, nº. 1 Tlfns.: (928) 78 99 80 – Fax: (928) 78 36 63 C.P.: 35260 – Agüimes (Gran Canaria) C.I.F.: P-3500200 E – Nº. Registro: 01350022 Provincia de Las Palmas http://www.aguimes.es * Relojes publicitarios e informativos (anexo II): elaborado por una estructura en forma de “Y”, con robustos tubos de acero galvanizado, todo perimetralmente lacados y pintados donde se albergan dos módulos o cajones rectangulares, uno para la publicidad y otro más pequeño de indicador de la hora y en algunas ocasiones la fecha actual y temperatura, dotados de instalación eléctrica mediante tubos fluorescentes de bajo consumo y balastros eléctricos de nueva generación para una perfecta durabilidad e iluminación en horas nocturnas, y sujeta al terreno o pavimento mediante placa de anclaje hormigonada, en número máximo según cálculo estructural justificado en el Anteproyecto de Instalación y que servirá de sujeción de los paneles publicitarios y/o informativos. * Carteleras informativas para eventos municipales (anexo VI): elaborado por una estructura rectangular, con perfiles de acero galvanizado, todo perimetralmente lacados y pintados donde un módulo o cajón rectangular, para la información municipal, y sujeta al terreno o pavimento por dos perfiles hormigonados, en número máximo según cálculo estructural justificado en el Anteproyecto de Instalación y que servirá de sujeción de los paneles publicitarios y/o informativos. * Placas indicativas con nombre de calles (anexo VII): elaborada a partir de un panel tricapa de aluminio y poliestireno, impresa y rotulada con los mejores materiales del mercado, de 180x280 m.m. aproximadamente, cogidas al paramento o a postes que van anclados al pavimento. * Paneles planos directorios municipio (anexo VIII): elaborado a partir de un panel impreso a color y rotulado con los mejores materiales del mercado con un laminado especial de una durabilidad de más de 4 años, su fijación será siempre autoadhesiva , los cuales harán constar planos o directorios del municipio con medidas aproximadas de 1200x1000 m.m. * Vallas peatonales publicitarias (anexos III, IV): están constituida por una estructura de acero inoxidable con pies derechos empotrados en la cimentación, y travesaño superior de secciones circulares con unas esferas en sus extremos y arriostrado a esta estructura una malla con un cuadradillo perimetral donde se aloja la publicidad no pudiendo ocupar el 100 % de esta superficie, todo ello según el modelo municipal anexo reflejado en el croquis a escala 1/20, y para el casco de Agüimes, vallado metálico imitando a hierro forjado (anexo III). El conjunto del poste, cartel, placas, paneles o valla ofrecerá lateralmente un plano vertical, eliminando lo más posible elementos estructurales inclinados a modo de contrafuertes. El conjunto del cartel de los postes informativos y publicitarios, bimodulares publicitarios e informativos, relojes publicitarios e informativos, carteleras informativas de eventos municipales, placas indicativas con nombre de calles, paneles planos directorios del municipio y vallas peatonales publicitarias, estarán construidos de forma que sus elementos puedan ser desmontables, es decir, tipo mecano, excepto la cimentación en todo caso, de manera que cualquier rotura por accidente externo u otras causas, antes de ser reparada, sea susceptible de cambiar piezas por otras nuevas. Esta característica será válida para todos los elementos que lo forman, como, postes o pilares de estructura vertical, estructura secundaria horizontal y superficie destinada a exposición de publicidad, de manera que su construcción modulada fuera desmontable y aprovechable 2

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES C/. Dr. Joaquín Artiles, nº. 1 Tlfns.: (928) 78 99 80 – Fax: (928) 78 36 63 C.P.: 35260 – Agüimes (Gran Canaria) C.I.F.: P-3500200 E – Nº. Registro: 01350022 Provincia de Las Palmas http://www.aguimes.es completamente para su posterior uso en otra ubicación. 3. CARACTERÍSTICAS DE LOS SOPORTES. Las características de los soportes informativos y/o publicitarios a instalar son las siguientes: El diseño de todos los elementos habrá de permitir su integración en el entorno, principalmente dentro del perímetro de actuación de los Planes Especiales de Temisas y el del Casco de Agüimes, además de su solidez y durabilidad, así como su fácil limpieza y conservación. El Ayuntamiento se reserva el derecho de analizar y/o ensayar en Laboratorios Oficiales muestras de los materiales que se oferten por los licitadores. Los acabados y definiciones serán acordes con el tipo o modelo descrito en este Pliego, y por tanto al ofertado, y siempre supervisado por un técnico municipal y teniendo especial cuidado en Temisas y Casco de Agüimes, y en cualquier caso, deberán entregarse en perfecto estado de conservación y presentación, dejando a criterio del Ayuntamiento la posibilidad de introducir algún otro modelo de soporte vertical o valla publicitaria, diferentes a los aceptados en este Pliego de Condiciones. Las condiciones que deben cumplir cualquiera de los módulos a colocar en los diferentes elementos, en cuanto a dimensiones, son las propuestas y reflejadas en la documentación fotográfica con diferentes medidas según el tema a señalar o a publicitar, con la sección del poste vertical circular para los postes de señalización y/o publicidad, y de sección rectangular para los postes de reloj indicativo hora/temperatura, bimódulos, cartelera informativa, placas indicativas y paneles directorios del municipio. Por otro lado las vallas horizontales de publicidad tendrán un diseño y unas dimensiones reflejadas en la documentación gráfica aportada. Tantos los postes verticales como las vallas horizontales, como el resto de los mencionados elementos, podrán tener una o dos caras útiles para señalización y/o publicidad. Hay que realizar una mención específica para estos elementos en las dos zonas que está en aplicación Planes Especiales de Ordenación, en el Casco de Agüimes con el Plan Especial de Protección y Reforma Interior del Casco Antiguo de Agüimes, y en Temisas, con el Plan Especial de Ordenación de Temisas. En el Plan Especial del Casco de Agüimes se refleja la necesidad de mejorar el paisaje urbano cuidando entre otras cosas la publicidad y la señalización y prohibiendo toda clases de anuncios, luminosos, rótulos, toldos, marquesinas y rejas que atenten el ornato y la calidad ambiental urbana del Casco antiguo de Agüimes, utilizando, no sólo para los pies derechos, sino también para los elementos informativos y/o de publicidad, tonos cromáticos reflejado en la Carta de Colores de la Villa, y autorizar vallas horizontales de publicidad siendo la estructura general de hierro en imitación a forja, según el modelo marcado en este pliego (anexo III), pudiendo aceptar otros modelos. En el barrio de Temisas queda totalmente prohibido las vallas horizontales destinadas a publicidad, dejando la colocación y diseño de los postes verticales de información y/o publicidad y de las carteleras informativas de eventos municipales a criterio del técnico municipal, cuidando el tipo de material y la gama cromática a utilizar. Las unidades y modelos de los soportes a instalar para información, señalización y 3

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4. NORMAS GENERALES. Además de la aplicación de lo descrito en el presente Pliego deberá darse cumplimiento a lo establecido en el apartado 1.10.8 de Condiciones Estéticas de publicidad de las Ordenanzas Municipales de Edificación del Plan General de Ordenación de la Villa de Agüimes, añadiendo además las siguientes: Los actos de instalación de elementos informativos y/o publicitarios están sujetos a la previa autorización municipal, supervisado con antelación por el Técnico Municipal, y al pago de las exacciones municipales correspondientes. A los efectos del régimen jurídico aplicable, las referidas instalaciones tendrán la consideración de obras menores. El concesionario de la autorización está obligado al mantenimiento de todos los elementos integrantes del soporte informativo y/o publicitario en las debidas condiciones de seguridad, salubridad y ornato público, y al cumplimiento de la normativa sectorial para este tipo de instalaciones. Vendrá obligado con carácter anual a presentar planos de situación y fotografías actualizadas del emplazamiento y documento técnico de personal técnico competente donde se certifique que la instalación se ajusta a la autorización concedida y que se mantienen las condiciones de seguridad previstas en el Anteproyecto de Instalación inicial o prescritas por el Ayuntamiento. En caso de no ser presentados estos documentos la autorización podrá ser revocada, sin derecho a indemnización alguna. La concesión perderá su validez si varían la titularidad, características, emplazamiento o condiciones de instalación. Deberá garantizar mediante fianza depositada en el Ayuntamiento el cumplimiento de la obligación de la conservación, mantenimiento, desmontaje y almacenamiento de los elementos instalados. En especial, deberá disponer de una póliza de seguros que cubra los daños que puedan derivarse de la colocación y explotación de los referidos soportes publicitarios, de los que, en su caso, será responsable. La concesión se otorgará salvo el derecho de propiedad y sin perjuicio de terceros y cumpliendo además con lo dispuesto en la Ley 9/1991, de 8 de mayo, de Carreteras de Canarias, en las zonas lindantes con carreteras integrantes del sistema viario de la isla de Gran Canaria en el municipio de Agüimes. Tampoco podrá ser invocado dicho otorgamiento para tratar de excluir o disminuir, en alguna forma, las responsabilidades civiles o penales que deben ser asumidas íntegramente por los titulares de la concesión, incluso en lo que respecta a cualquier defecto técnico de la 4

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5. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL LICITADOR. A. DOCUMENTACION TÉCNICA: La solicitud de concesión para instalaciones informativas y/o publicitarias deberá estar suscrita por persona física o jurídica con capacidad legal suficiente y referencias completas de identificación y contendrá la siguiente documentación reflejadas en un Anteproyecto de Instalación, suscrito por personal técnico especializado e integrado por:



Memoria descriptiva de la instalación que se pretende, y justificativa del cumplimiento de las condiciones técnicas con referencia a la estructura e instalación proyectada.  Plano de situación a escala 1/2000 sobre cartografía municipal o, en su defecto, plano catastral.  Plano de emplazamiento a escala 1/500.  Planos de planta, sección y alzado a escala 1/20 y acotados, con exposición del número de carteleras a instalar y sistema de sujeción de las mismas. Fotografía en color del emplazamiento. Presupuesto total de la instalación.  Compromiso de dirección facultativa por personal técnico competente.

B. PLAN DE EXPLOTACIÓN: El adjudicatario se compromete a mantener a su costa las instalaciones objeto de la concesión en perfecto estado de conservación, con independencia del resultado económico de la explotación publicitaria. Los licitadores indicaran en su oferta, de forma valorada en cuantía económica, los medios humanos y materiales, la organización y la metodología a seguir, en este servicio. En todo caso el Ayuntamiento quedará exento de las responsabilidades que puedan surgir en las relaciones del adjudicatario y su personal. La empresa adjudicataria acreditará ante el Ayuntamiento y su interlocutor, que tendrá poder suficiente para tomar las decisiones que se adopten sobre las prestaciones contratadas.

C. MEDIOS HUMANOS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Los licitadores indicarán en sus ofertas, con suficiente detalle, los medios humanos, así como sus características cualitativas y cuantitativas y la organización de los mismos que contemple para la efectiva prestación del servicio. El citado personal estará dotado del equipamiento (vestuario, equipos de seguridad, etc.) necesario para el buen desarrollo de las actividades objeto del contrato, de acuerdo con lo dispuesto en la legislación laboral en vigor. La contratación y el coste de este personal serán de cuenta y cargo exclusivos del adjudicatario, sin que en ningún caso pueda entenderse que existe entre el Ayuntamiento y el personal empleado por el adjudicatario para el cumplimiento del contrato relación laboral o 5

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D. MEDIOS MATERIALES PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO: Los licitadores indicarán en sus ofertas, con suficiente detalle, los medios materiales, así como sus características cualitativas y cuantitativas y la organización de los mismos que contemple para la efectiva prestación de los servicios.

E. PLAN DE LIMPIEZA: Los licitadores deberán presentar un Plan de Limpieza de las instalaciones contenidas en su oferta, que en cualquier caso el número mínimo de veces que cada elemento deberá ser limpiado será de una (1) vez cada seis (6) meses. No obstante lo anterior, el concesionario deberá hacer frente en un plazo de 24 horas, a cualquier requerimiento que le sea realizado desde el Ayuntamiento, con carácter urgente.

F. PLAN DE INSPECCIÓN: Los licitadores deberán presentar un plan de inspección de los elementos a colocar, siendo los costes del mismo sufragados por él. El Ayuntamiento se reserva la facultad de inspeccionar las obras ejecutadas, el servicio prestado, las instalaciones realizadas, incluso examinar la documentación relacionada con la adjudicación de que disponga el concesionario. Igualmente, se reserva la facultad de imponer los sistemas (partes u otros análogos) que garanticen el adecuado control de las operaciones que se deban producir tanto en el aspecto técnico como en el económico.

G. PLAN DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO: Los licitadores deberán presentar un Plan de Conservación para el mantenimiento, desde el momento de la instalación al de la finalización de la concesión, de las instalaciones ejecutadas. Igualmente, el concesionario estará obligado a mantener en perfecto estado la porción de dominio utilizado, o en su caso, las obras que construyese. Todo ello, con independencia del resultado económico de la explotación publicitaria. En este sentido la reparación que deba realizarse por cualquier afección producida en el espacio indicado deberá ser realizada y sufragada por el autorizado, salvo informe del Ayuntamiento que indique otra responsabilidad. A tal fin establecerá un Plan de Conservación y Mantenimiento que se incluirá en la oferta y que deberá calificarse como mínimo en caso de aprobarse. El concesionario responderá de todos los daños ocasionados en los bienes de titularidad pública o instalaciones de empresas de servicios existentes en el subsuelo con motivo de la instalación de los elementos publicitarios.

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6. DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR POR EL ADJUDICATARIO. Adjudicado el contrato, el concesionario deberá presentar la documentación siguiente:

A. DOCUMENTACION TÉCNICA: Deberá presentar la siguiente documentación: - Anteproyecto de Instalación por duplicado ejemplar, suscrito por personal técnico competente, que además de los documentos aportados en el proceso de licitación, deberá presentar los siguientes: - Estudio Básico de Seguridad y Salud. - Certificado de la Compañía Aseguradora acreditando la existencia de la póliza de seguros, junto con compromiso escrito del solicitante de mantener dicha cobertura durante todo el tiempo que dure la instalación publicitaria solicitada, asumiendo la responsabilidad que pueda derivarse por daños causados por la misma. - Compromisos del solicitante de mantener la instalación en perfecto estado de seguridad, salubridad y ornato público y de retirarla cuando cese la vigencia de la autorización solicitada y de sus posibles renovaciones. Se tendrá cuidado con las redes y servicios que discurren enterradas, teniendo que localizarlas y repararlas en caso de daños el propio concesionario, siendo a su cargo la responsabilidad civil que emanará de un corte de cualquier servicio preexistente. El Anteproyecto Técnico definitivo de Ejecución, de Construcción e Instalación de los elementos, soportes o vallas informativas y/o publicitarias irá suscrito por personal técnico competente. Se presentará en el Ayuntamiento en un plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación del acuerdo de adjudicación. Este plazo podrá ser mejorado a la baja. En el Anteproyecto de Ejecución se incluirá la redacción de al menos de un estudio básico de Seguridad y Salud y correspondiente Plan de Seguridad en la ejecución de las obras. Para los trabajos de la explotación de la concesión, se presentará un Plan de Seguridad y Salud, redactado por personal técnico competente, en la realización de los trabajos relativos a la explotación de la concesión, incluyendo usos como plataformas, líneas de vida u otras generales y los elementos de protección individual como, arneses u otros. Será a cargo del adjudicatario los gastos de redacción de todos los anteproyectos y estudios.

B. PLAN DE INSTALACIÓN: El plan de instalación será presentado por el adjudicatario junto al Anteproyecto de Ejecución. La subsanación de todos los daños o roturas que pudieran producirse es competencia exclusiva del adjudicatario, y correrá a cargo de éste, limitándose el Ayuntamiento a velar para que la citada subsanación sea realizada de forma inmediata. 7

ILUSTRE AYUNTAMIENTO DE LA VILLA DE AGÜIMES C/. Dr. Joaquín Artiles, nº. 1 Tlfns.: (928) 78 99 80 – Fax: (928) 78 36 63 C.P.: 35260 – Agüimes (Gran Canaria) C.I.F.: P-3500200 E – Nº. Registro: 01350022 Provincia de Las Palmas http://www.aguimes.es El adjudicatario en todos los casos, será el único responsable e interlocutor ante el Ayuntamiento. En el supuesto de que el adjudicatario no mantenga los mobiliarios con la debida limpieza, conservación adecuada o se produzca retraso en las reparaciones o reposiciones que sean precisas, el Ayuntamiento requerirá al adjudicatario para que corrija la deficiencia en el plazo máximo de 24 horas y de no atenderse el mencionado requerimiento, se aplicará el sistema de sanciones regulado en el Pliego de Cláusulas Administrativas. Será preceptiva la redacción de informes periciales, por parte del adjudicatario, del número, de la ubicación y del estado de las instalaciones existentes, en lo que a la concesión se refiere, como mínimo bianualmente, a partir del cumplimiento del plan de instalación, siendo con carácter semestral en el último año de la concesión. No obstante, cuando el motivo justificado así lo exija, y a propuesta del personal técnico del servicio, se redactará informe análogo de forma inmediata. Todos los gastos derivados de la realización de estos trabajos correrán cargo del adjudicatario. Será responsabilidad del adjudicatario la calidad de los materiales y elementos utilizados y de los montajes efectuados en las modificaciones, mejoras, sustituciones y suministros que efectúe durante la vigencia de la concesión. El adjudicatario será responsable, también, de cualquier tipo de daños o accidentes causados por la instalación o uso de este mobiliario, dado que tanto el suministro, instalación y conservación son de su exclusiva competencia.

7. DIRECCIÓN DE LAS OBRAS DE INSTALACIÓN. Antes de iniciar las obras de instalación de los soportes publicitarios y/o de información, y con un mínimo de 10 días de antelación al comienzo de las mismas, el adjudicatario deberá designar al Ayuntamiento el personal técnico competente de la organización del adjudicatario que se encargará, por cuenta y a cargo de éste, de la dirección técnica de las obras de instalación de los elementos que hayan de instalarse. En todo caso, el adjudicatario realizará la ejecución de las instalaciones con personal debidamente cualificado, contratado en su propio nombre y dependiente de su vigilancia y dirección, y conforme al Anteproyecto de Instalación presentado en la licitación y aprobado por el Ayuntamiento. El personal técnico competente designado para la dirección de las obras por el adjudicatario, con la aceptación del Ayuntamiento, tendrá la responsabilidad de velar por la correcta ejecución de las obras conforme al plan de instalación aprobado por el Ayuntamiento confeccionando los correspondientes certificados acreditativos del desarrollo de las mismas, y asumirá, mientras duren los trabajos de instalación, la plena responsabilidad en materia de prevención de riesgos laborales. Los gastos ocasionados por tales labores de instalación y dirección técnica, incluso los gastos imprevistos o extraordinarios, siempre que estén relacionados con la mencionada instalación y ocasionados por el desarrollo de dichas labores serán de cuenta exclusiva el adjudicatario.

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8. CONSERVACIÓN Y LIMPIEZA DE LOS SOPORTES. El adjudicatario se compromete a mantener continuamente los soportes objeto de la concesión en perfecto estado de conservación, con independencia del resultado económico de la explotación publicitaria y de la ocupación o no de los espacios reservados para tal publicidad, arbitrando los medios materiales y humanos necesarios para el cumplimiento de dicha obligación. De igual forma, el concesionario se compromete a mantener, en todo momento, los citados soportes en perfecto estado de limpieza. A tal fin, establecerá un Plan de Limpieza, que incluirá como documento independiente en su oferta. Dicho Plan tendrá carácter de mínimo durante toda la vida de contrato. En cualquier caso, todo elemento integrante de los soportes deberá limpiarse a fondo, como mínimo, cada dos meses, para llevar a cabo el mantenimiento y la conservación del mobiliario propuesto y del mobiliario ya instalado mediante labor diaria de como mínimo 2 operarios, realizando una ruta establecida y calificando cuanticando y ejecutando la labor antes mencionada en todo momento.

9. REPARACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LOS SOPORTES. Los soportes publicitarios cuyos elementos, total o parcialmente, resulten afectados por el transcurso del tiempo, las inclemencias atmosféricas, la destrucción por accidente, el vandalismo, las alteraciones del orden público u otras causas similares, incluso cuando provoquen un daño irreparable, deberán ser reparados o sustituidos por el concesionario a su costa. A tal efecto, las reparaciones y/o sustituciones se clasificarán en: Rutinarias: aquellas que no pueden calificarse como urgentes. Urgentes: Aquellas que por sus características (peligrosidad, uso imposible, etc.) sean consideradas como tales por el Ayuntamiento. Se considerarán, en cualquier caso, como reparaciones urgentes las derivaciones de la instalación eléctrica y el deterioro grave de algún elemento básico de la estructura que entrañe riesgo para los usuarios o para los viandantes, las cuales se deberán solucionar de inmediato. Las reparaciones rutinarias deberán ser realizadas en el plazo máximo de 24 horas, contadas a partir de que el contratista tenga conocimiento del problema, aún cuando el mismo no le sea comunicado por el Ayuntamiento, sino por cualquier usuario o viandante, incluso en fines de semana o festivos. La subsanación de todos los daños o roturas que puedan producirse en relación con el suministro, instalación, conservación y uso de los soportes informativos y/o publicitarios objeto del contrato, será competencia exclusiva del adjudicatario, limitándose el Ayuntamiento a velar porque estas tareas se realicen en los plazos previstos para ello.

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10. INSPECCIÓN DE LOS ELEMENTOS. Con el objeto de mantener en buen estado los soportes objeto del contrato, el adjudicatario deberá contar con un servicio de vigilancia. A tal fin, establecerá un Plan de Inspección, que incluirá como documento independiente en su oferta. Dicho Plan tendrá carácter de mínimo durante toda la vida del contrato. No obstante, el Ayuntamiento se reserva la facultad de inspeccionar la ejecución de las obras de instalación de los soportes, el estado de conservación y limpieza del mismo, así como cualquier documentación relacionada con la prestación del contrato en poder del adjudicatario, pudiendo imponer, si lo considera necesario, los sistemas de control (formularios, partes u otros análogos) que garanticen una adecuada vigilancia, tanto en los aspectos técnicos como económicos.

11. PLAZO DE EJECUCION DE LOS TRABAJOS. El pazo total de ejecución de los trabajos se estima en dos (2) meses, iniciándose los mismos en el momento de la extensión del Acta de Inicio de los Trabajos.

12. EMPLAZAMIENTO. Realizada una visita a todo el municipio de Agüimes observamos que existen elementos objetos de este Pliego de Condiciones Técnicas, y recepcionados por el Ayuntamiento de Agüimes, en los barrios de La Goleta, Las Rosas, El Oasis, Espinales, La Banda, Montaña de Los Vélez, Arinaga, Polígono Industrial y Residencial de Arinaga, Cruce de Arinaga, Casco de Agüimes, y en los márgenes de las carreteras C-816 Barranco de Guayadeque, GC-191 Carrizal-Cruce de Arinaga, GC-100 Arinaga-Casco de Agüimes, obteniendo aproximadamente un total de 60 P ostes informativos y publicitarios, 8 bimodulares publicitarios e informativos, 4 relojes publicitarios e informativo, 14 carteleras informativas eventos municipales, 120 placas indicativas nombre calles, 20 paneles planos directorios municipio y 30 vallas peatonales publicitarias

13. ANEXOS CON FOTOS Y PLANOS DE SITUACIÓN. Es todo cuanto al respecto tiene a bien informar el técnico que suscribe, no obstante V.S. Resolverá.

Villa de Agüimes, a 21 de julio de 2015.

EL ARQUITECTO TÉCNICO MUNICIPAL.

Fdo: Juan Antonio García Ruano.10

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