Informe Ejecutivo. I.- Introducción, alcance y modalidad de desarrollo

Fundación para la Prevención de la Violencia Doméstica hacia la Mujer Seminario: Mujeres y Derecho a una Vida Libre de Violencias: La Institucionalid
Author:  Aurora Luna Ortiz

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INFORME DE SÍNTESIS EJECUTIVO
INFORME DE SÍNTESIS EJECUTIVO ESTUDIO DE LAS NECESIDADES DE CUALIFICACIÓN EN EL SECTOR DE LAS TELECOMUNICACIONES Página 2 ESTUDIO DE LAS NECESIDA

ANEXO I. Modalidad Artística
“2012 – Año de homenaje al Dr. D. Manuel Belgrano” Consejo Federal de Educación ANEXO I Modalidad Artística Marcos de Referencia para la Secundaria

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Fundación para la Prevención de la Violencia Doméstica hacia la Mujer

Seminario: Mujeres y Derecho a una Vida Libre de Violencias: La Institucionalidad Necesaria (Salón Mochima, Hotel Pestana. Caracas, 15 de Septiembre de 2010)

Informe Ejecutivo

I.- Introducción, alcance y modalidad de desarrollo El enfrentamiento y mitigación de las distintas formas de violencias exige de un marco constitucional y legal idóneo que garantice los derechos de las víctimas, así como de una arquitectura institucional que posibilite prevenirlas y penalizarlas. De la misma manera, requiere de una sociedad organizada, informada, formada, sensibilizada y movilizada para exigir cuentas sobre la aplicación efectiva de las leyes y sobre el desempeño de las instituciones involucradas en la resolución de esta problemática. En este contexto, evaluar la pertinencia del marco legal vigente y de las capacidades institucionales y societales para prevenir y combatir las violencias contra las mujeres, resulta fundamental para corregir vacíos e inconsistencias, así como superar las debilidades que obstaculizan la garantía de este derecho. Justamente, y con el propósito de relevar estas insuficiencias y avanzar hacia la elaboración de propuestas destinadas a superarlas, la Unión Vecinal para la Participación Ciudadana, la Fundación para la Prevención de la Violencia Doméstica hacia la Mujer (FUNDAMUJER) y el Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales (ILDIS), organizaron el Seminario “Mujeres y Derecho a una Vida Libre de Violencias: La Institucionalidad Necesaria”. El fin último del encuentro fue identificar potenciales iniciativas a ser emprendidas desde las mismas comunidades para ejercer la contraloría social sobre las instituciones públicas vinculadas, directa o indirectamente, con el tema planteado, así como programas y proyectos a escala microlocal que podrían ser ejecutadas para disolver las causas estructurales y coyunturales que gestan y reproducen esta problemática. La dinámica del evento comprendió dos fases. La primera, consistente en la presentación de tres ponencias destinadas al abordaje de los aspectos legales, institucionales y de organización social asociados con “las violencias contra las mujeres”- seguida por una sesión de preguntas y repuestas- y; una segunda, consistente en mesas de trabajo, donde más de 30 promotores/as y líderes comunitarios/as acordaron estrategias para enfrentar la problemática desde sus propias localidades.

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II.- Síntesis de la ponencia “El Marco Constitucional y Legal: ¿Es el Necesario y Suficiente para garantizar el derecho de la mujer a una vida libre de violencias? Ponente: María Cristina Parra Los aspectos más importantes destacados en la ponencia, fueron los siguientes: •



Instrumentos legales/normativos garantes del derecho de la mujer a una vida libre de violencias en Venezuela. La normativa legal vigente se fundamenta en tres tipos de instrumentos: los convenios/pactos/acuerdos suscritos por la República Bolivariana de Venezuela; la Constitución de 1999 y; las leyes nacionales que rigen la materia. En cuanto a los convenios/pactos internacionales destacan, por su importancia: a) la Declaración de Viena sobre la Eliminación de la Violencia en contra de la Mujer b) La Resolución del Fondo de Poblaciones de las Naciones Unidas c) La Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) y; d) La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia, conocida como la Convención Belem Do Para. Estos instrumentos destacan la violencia contra la mujer como una violación de los derechos humanos y la declaran como un problema de salud pública. Así mismo establecen la obligatoriedad de los Estados de adoptar medidas específicas para su erradicación y rendir cuentas en torno a la ejecución de las mismas. En el ámbito nacional, la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela representa un avance en la temática de los derechos humanos en general y de los derechos de la mujer en particular: establece el carácter vinculante de todas las convenciones sobre Derechos Humanos de las Mujeres suscritos por la República de Venezuela; utiliza, en su redacción, el lenguaje de género inclusivo y; consagra los principios de igualdad y no discriminación, por razones de género; en cuanto a las leyes, se destaca fundamentalmente la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que recoge los principios constitucionales y las recomendaciones/mandatos de los convenios internacionales suscritos. Las fortalezas y debilidades del marco normativo y jurídico vigente en Venezuela. La Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia (LOSDMVLV), representa un avance en la materia. Entre otras de sus características positivas, define 19 tipos de violencia, crea instancias especiales del Sistema de Justicia para su judicialización y penalización, establece medidas de protección y seguridad transitoria a favor de las mujeres víctimas y; amplía el concepto de flagrancia, que posibilita su protección durante las 24 horas siguientes a la ocurrencia del hecho. Los mayores inconvenientes de esta ley no residen en su contenido sino en su inadecuada aplicación. Entre éstos, destacan: a) Dificultades para enjuiciar y sancionar a los agresores, debido a interpretaciones erradas de la ley por parte de Jueces/zas; b) La gratuidad del acceso no cubre la totalidad de los estados; c) Ausencia del reglamento y/o protocolo de aplicación de la ley; d) La persistencia en solicitar a las víctima la presentación de un informe psicológico/psiquiátrico y social como requisito para dar curso a las denuncias y, en algunos casos, para dictar medidas de protección y seguridad y; e) Demoras importantes en la elaboración de informes por parte de las instituciones encargadas de realizar las evaluaciones, lo cual representa un serio obstáculo para judicializar las denuncias; de hecho, un alto número de denuncias no son procesadas judicialmente, al sobreseerse las causas por falta de pruebas o archivo judicial. Otros instrumentos

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jurídicos, en cambio, sí presentan inconsistencias que sería necesario subsanar. El Código Penal, por ejemplo, contempla normas que afectan negativamente el derecho a la igualdad de las mujeres y disminuyen su condición humana, permitiendo que diversas formas de violencia (violación, seducción, corrupción de menores, incitación a la prostitución, etc.) queden impunes en caso de que el agresor contraiga matrimonio con la víctima. Por otra parte, el Código Civil presenta contradicciones importantes con la Constitución de 1999, al contener un lenguaje patriarcal y al no contemplar los principios de igualdad, equidad y no discriminación. Propuestas de reforma al marco legal vigente: De conformidad con las debilidades detectadas, se plantearon las siguientes propuestas: a) Revisión del Código Penal y del Código Civil, readecuándolos a lo establecido en la Constitución de 1999 y en la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias; b) Elaboración y aprobación de la Ley de Equidad e Igualdad de Género, que garantice la transversalización del enfoque de género en los procesos de formación de políticas públicas; c) Transformación de la actual Defensoría de los Derechos Humanos de la Mujer en un instituto autónomo con patrimonio propio que le permita asumir con independencia las funciones que le competen; d) Elaborar, aprobar e instrumentar el Reglamento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias, capaz de corregir las falencias detectadas en su implementación.

III.- Síntesis de la Ponencia “Debilidades y fortalezas de los poderes ejecutivo, legislativo y ciudadano para la garantía y exigibilidad del derecho a una vida libre de violencias. Hacia una agenda de fortalecimiento institucional. Ponente: Ofelia Álvarez Los aspectos más importantes destacados en la ponencia, fueron los siguientes: •

Responsabilidades de los poderes públicos en el enfrentamiento de las violencias contra las mujeres: a) Poder Legislativo: Formulación, revisión, enmienda y reforma de Leyes; aprobación de nuevos tratados o convenios internacionales destinados a regular la materia; control sobre el desempeño de los demás órganos del Poder Público; aprobación del Presupuesto Nacional sensible al género y; la organización y promoción de la participación ciudadana en la formulación y contraloría social de políticas con perspectiva de género. b) Poder Judicial: garantizar el cumplimiento de las leyes y sancionar a los y las infractores/as; ejecutar, a través de la Dirección de la Magistratura, los planes, programas y proyectos de capacitación, sensibilización y formación en justicia de género para los/as funcionarios/as, así como para todas aquellas personas que intervengan en la atención de las violencias contra las mujeres. c) Poder Ciudadano: salvaguardar los derechos y garantías establecidas por la Constitución, los acuerdos internacionales suscritos por la República y por las leyes nacionales vigentes en la materia. d) Poder Estadal: Creación, y organización de los servicios públicos estadales, instancias y programas (competencia exclusiva) de prevención y atención de las víctimas y; coordinarse con otros niveles de gobierno y otras organizaciones para el enfrentamiento de la problemática. e) Poder Municipal: diseñar e implementar programas y servicios sociales orientados a la prevención/atención de las violencias contra las mujeres y; incorporar a la ciudadanía en la ejecución y el control de dichos programas y servicios.

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Responsabilidades de la Sociedad Civil Organizada: participación en la formulación, ejecución y control de la gestión pública en materia de violencias contra las mujeres (Constitución de 1999) y; asumir un rol protagónico para el logro de la vigencia y plena efectividad de la ley a través de las organizaciones comunitarias y sociales. Debilidades institucionales: a) Poder Legislativo: fragilidad de los controles sobre otras instancias del poder público con competencias en la prevención y enfrentamiento de las violencias contra las mujeres y; retardos en la promulgación de instrumentos jurídicos adicionales necesarios para el efectivo cumplimiento de la normativa vigente. b) Poder Judicial: insuficiencia de los Tribunales y Fiscalías especializadas creadas en el territorio nacional; severos problemas de funcionamiento de los Tribunales y Fiscalías derivados del carácter provisorio de jueces/zas, la escasa sensibilización/formación de las/os mismos funcionarias/os, la escasa dotación de personal administrativo, equipos y materiales y; insuficiente asistencia letrada a las mujeres víctimas de violencia. c) Poder Ejecutivo: deficiente e insuficiente procesos de producción de información estadística sobre la temática; reformas institucionales en órganos con competencia en materia de violencia de género, débilmente sustentadas y poco difundidas; d) Poderes Municipal y Estadal: escasa planificación en la creación de Institutos Regionales y Locales de la Mujer, y deficiente suministro de información sobre el desempeño de los mismos. e) Organizaciones de la sociedad civil: desinformación generalizada sobre las leyes, convenios y responsabilidades sobre el tema; dificultades para concretar alianzas entre ONG y Academia para el empoderamiento de la ciudadanía; dificultades para concretar alianzas con Poderes Públicos que no impliquen pérdida de autonomía e independencia. Propuestas de fortalecimiento institucional: a) Promoción y/o expansión de programas y proyectos para la erradicación y la atención a las mujeres víctimas de violencia. b) Diseño y ejecución de planes de formación continua para los funcionarios/as involucrados. c) Asignación de recursos presupuestarios suficientes para el adecuado funcionamiento de las instituciones en la aplicación de las leyes. d) Transversalización de la perspectiva de género en las políticas sociales. e) Descentralización de recursos para la atención de las necesidades locales. f) Otorgamiento de competencia a las/los jueces/zas para conocer el delito de homicidio contra las mujeres. g) Elaboración del reglamento de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia. h) Ampliación y precisión de las definiciones de los diferentes tipos de violencia a fin de que se ajusten a los objetivos de la ley. i) Creación y puesta en funcionamiento de Tribunales de Violencia contra las Mujeres en todo el territorio nacional, dotados de equipo interdisciplinario. j) Apoyo a las ONG independientes especializadas en la materia. k) Diseño, implementación y evaluación de campañas divulgativas permanentes de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencias. l) elaboración e implementación de programas estadales y municipales de formación en formulación de Presupuestos Participativos Sensibles a Género. m) Elaboración, ejecución y evaluación de planes de desarrollo comunitarios en áreas claves como salud y educación. n) Creación y mantenimiento de Comisiones Municipales específicas de Género con Participación Ciudadana. o) Preparación continua de los y las funcionarios/as estadales y municipales involucrados/as. p) Creación y puesta en funcionamiento de Casas de Abrigo municipales y estadales gestionadas por profesionales en la materia. q) Solicitar al Sistema de Naciones Unidas en Venezuela,

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mayor inclusión de las ONG especializadas en la asignación de recursos para proyectos. r) Creación y puesta en funcionamiento de mecanismos de coordinación entre el observatorio de Derechos Humanos de la Mujer y el Nacional de Género. s) Creación de una Comisión Nacional para la Prevención de la Violencia contra las mujeres.

IV.- Síntesis de la ponencia “Las comunidades frente a las violencias contra las mujeres. Propuestas para la organización de la ciudadanía en la promoción y exigibilidad del derecho de la mujer a una vida libre de violencias” Ponente: Inocencia Orellana Los aspectos más importantes destacados en la ponencia, fueron los siguientes: •





Aspectos conceptuales: La violencia de género es un tipo particular de violencia, cuya causa reside en el histórico rol de subordinación de la mujer con relación al hombre. La violencia intrafamiliar o doméstica es un tipo particular de violencia de género. Bases legales de la participación ciudadana en la problemática de las violencias contra las mujeres. a) La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela: consagra el derecho y deber de la ciudadanía de participar activamente en los procesos de formación y contraloría social de políticas públicas. b) Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencias: establece el derecho y deber de la sociedad de participar, a través de las organizaciones comunitarias y sociales, en la plena y efectiva aplicación de la Ley, así como en la ejecución, seguimiento y control de programas de formación en género y de prevención/atención de la violencia contra las mujeres; establece la obligatoriedad del Ejecutivo Nacional de otorgar los recursos necesarios para financiar planes, programas, proyectos y acciones de prevención de la violencia contra las mujeres promovidos por los consejos comunales, organizaciones de mujeres y otras organizaciones de base. c) La Ley Orgánica del Poder Municipal, define como competencias propias de los municipios, la Justicia de Paz, la atención social sobre la violencia contra las mujeres, la prevención y protección vecinal y los servicios de policía municipal y; d) La Ley Orgánica de los Consejos Comunales, incluye la temática de las violencias contra las mujeres como área de trabajo que podría concretarse en servicios de prevención y atención a las víctimas de violencia, en coordinación con las autoridades nacionales, estadales y municipales. Descripción de iniciativas locales y comunitarias para el enfrentamiento de las violencias contra las mujeres: sus fortalezas y debilidades: a) Caso del Instituto Metropolitano de la Mujer (INMEMUJER): Ha desarrollado proyectos de atención a la mujer, de asesoría en Derechos Humanos, de sensibilización y capacitación con visión de género, de apoyo en el proceso de denuncia y a los centros de atención integral a las mujeres víctimas de violencia; de la misma manera, ha realizado actividades en apoyo a las Defensorías de la Mujer de los Municipios Baruta, Chacao, El Hatillo y Sucre. Problemas presupuestarios, aunados a la insuficiente sensibilidad de las comunidades con relación al tema, convierten a INMEMUJER en una institución vulnerable a las coyunturas políticas y discontinuidades en el poder. b) Caso de la Defensoría de la Mujer de la Alcaldía del Municipio Baruta: esta experiencia cuenta con importantes ventajas: Compromiso y voluntad desde los altos

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niveles de toma de decisiones y en todas las estructuras de la organización; sustento legal y presupuestario (se dispone de una ordenanza municipal que hace obligante la asignación de recursos); altos niveles de sensibilización hacia la problemática en todos los niveles de la Alcaldía, sobretodo de los/as funcionarios/as que intervienen directamente en la atención; sensibilidad de las comunidades atendidas (lograda a través de los programas “Defensoría Itinerante” y “Vacúnate contra la Violencia”); altos niveles de vinculación tanto con otras instancias gubernamentales, como con las comunidades y el sector privado. Todas estas características la convierten en una experiencia exitosa y sostenible. c) Caso de la Red contra la Violencia hacia la Mujer y la Familia de la Parroquia de la Pastora: Promovido por el Instituto Nacional de la Mujer (INAMUJER) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID); fue concebido como proyecto, es decir, con fechas de inicio y término; desarrolló actividades de sensibilización y capacitación; el proyecto se transformó en una red; durante su desarrollo, los esfuerzos por incorporar a los/as integrantes de las comunidades y el apoyo recibido de las organizaciones culturales de la zona, incrementaron la eficacia de sus actividades; el punto débil del proyecto residió en la falta de dispositivos destinados a conferirle sostenibilidad: en efecto, una vez concluido el mismo y al haberse incorporado cambios en INAMUJER, la Red no pudo seguir operando. d) Caso de los Grupos de Apoyo a las mujeres víctimas de violencia de los Círculos Femeninos Populares: operó como un apoyo a las actividades de la Red contra la Violencia hacia la Mujer y la Familia, en todo lo referente a sensibilización y formación en género, derechos de la mujer y violencia intrafamiliar; al igual que en el caso anterior, no pudo seguir funcionando por problemas de financiamiento. Propuestas para la participación activa de las organizaciones comunitarias en el enfrentamiento de las violencias contra las mujeres: a) Sensibilización en género y violencia contra las mujeres en las comunidades, como estrategia para el cambio de comportamientos, actitudes y prácticas que inciden negativamente sobre la problemática. b) Movilización comunitaria dirigida al fortalecimiento y articulación de las capacidades comunitarias para el enfrentamiento del problema. c) Articulación y trabajo de redes orientado a concretar alianzas con actores públicos, privados y de la sociedad civil para el desarrollo de programas de formación y prevención de la violencia de género.

V.- Dudas, inquietudes y sugerencias (intervención de los/as participantes) • •

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No queda claro el rol de los Consejos Comunales en el enfrentamiento de las violencias contra las mujeres. Es importante considerar a los medios de comunicación como parte de una estrategia orientada a reducir la problemática. Es necesario un mayor control sobre éstos ya que difunden información, propagandas y programas con contenidos que fomentan la inequidad y violencia de género. No existe suficiente información sobre cómo acceder a los programas del Instituto Metropolitano de la Mujer, así como de la ubicación y funcionamiento de las “casas de abrigo”. No queda claro si la Ley Orgánica sobre los Derechos de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia contempla la violencia de género que también se desarrolla en parejas sexo-diversas.

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Persisten dudas en torno a las figuras jurídicas de organizaciones sociales promotoras de los derechos de la mujer, como por ejemplo, el Observatorio Venezolano de los Derechos Humanos de las Mujeres. ¿En qué medida la cultura impuesta por la industria de la belleza obliga a las mujeres a cumplir con ciertos “parámetros y conductas” que favorecen la discriminación por razones de género?; ¿Se podría considerar que las mujeres se auto agreden al circunscribirse a dichos parámetros?

VI.- Síntesis de las conclusiones del panel de expertas (respuestas a las inquietudes) María Cristina Parra • • •

El Artículo 70 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia establece la obligatoriedad de los Consejos Comunales de convertirse en órganos receptores de denuncias sobre casos de violencia de género. Los grupos sexo-diversos tienen los mismos derechos y, por ende, deben tener acceso a la misma protección. Por razones de seguridad la información sobre la ubicación de las casas de abrigo no es pública; a éstas se accede a través de las organizaciones rectoras. La función de estas casas es dar protección a las mujeres maltratadas en aquellos casos en los cuáles no es posible garantizar que el agresor abandone el hogar.

Ofelia Álvarez • •

En el marco legal habría que incluir, de manera explícita, los temas de transgénero y transexualidad, para garantizar también la protección de estos grupos. Las casas de abrigo deben considerarse como la última opción, ya que como medida podría generar más violencia contra la mujer, al alejarla de su hogar y de su contexto social.

Inocencia Orellana •

Los parámetros culturales de belleza, no necesariamente inducen a “autoagresiones”; hay mujeres, por ejemplo, que hacen cambios en su cuerpo de manera consciente y no en respuesta a los parámetros sociales.

X.- Conclusiones de las mesas de trabajo. Propuestas de organización y movilización comunitaria para la erradicación de las violencias contra las mujeres. •

Formas de violencia contra las mujeres más observadas dentro de las propias comunidades: las más frecuentes y visibles son las verbales, psicológicas y físicas, acompañadas de prácticas de hostigamiento, amenazas y aislamiento por parte de los hombres. También se ha observado un cierto incremento de la violencia de las mujeres hacia los hombres. La frecuencia de los hechos (violencia del hombre hacia la mujer) es alta, aun cuando no existan mediciones al respecto.

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Las principales causas de la violencia de género en las comunidades: el estrés, dificultades económicas, el consumo de drogas y alcohol, los altos niveles de inseguridad, la descomposición del núcleo familiar y la insuficiente disponibilidad de información sobre el tema. • Iniciativas emprendidas en las comunidades para el enfrentamiento del problema: Las iniciativas son pocas o no se conocen. Algunas instituciones como Unión Vecinal para la Participación Ciudadana están haciendo esfuerzos por formarse en la temática y a su vez formar voceros/as en las comunidades que puedan participar en la solución del problema. • Propuestas: a) Diseño e implementación de programas de sensibilización y capacitación de los/as niñas/os, adolescentes, mujeres y hombres en los ámbitos locales, en áreas clave como el manejo de las leyes (deberes y derechos), diferencias e igualdad de género y valores en los grupos familiares. b) Diseño y puesta en funcionamiento de mecanismos de comunicación y motivación para lograr la participación activa de la comunidad, como: jornadas de salud sexual y reproductiva, despistaje de enfermedades, sesiones educativas a nivel de escuelas sobre temas de género, campañas preventivas sobre violencias contra las mujeres, diseño y distribución de material informativo a toda la población; incorporación del lenguaje del amor en la vida cotidiana. • Fortalezas y debilidades de las comunidades para incorporarse activamente en la prevención y combate del problema: a) Debilidades: agendas participativas colapsadas que dificultan abocarse a temas específicos (los miembros de las comunidades que participan, tienen que abordar simultáneamente toda una multiplicidad de problemas); deficiente e insuficiente integración entre los grupos sociales o asociaciones que hacen vida en la comunidad; dispersión de esfuerzos, ideas, proyectos, información y recursos; desconfianza en las instituciones que deben garantizar el acceso a la justicia y los derechos de las mujeres, que origina sentimientos de frustración o desesperanza aprendida (por ejemplo, el tratamiento inadecuado de las mujeres maltratadas por parte de los funcionarios/as o prestadores/as de servicios de salud; insuficientes recursos económicos en las comunidades para desarrollar actividades de género. b) Fortalezas: motivación y voluntad del recurso humano para trabajar en el tema; el compromiso de las mismas comunidades para cambiar la realidad; se cuenta con diagnósticos sobre las necesidades referidas al tema; existencia de un marco legal que garantiza el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia; la capacidad de algunas organizaciones o grupos organizados de captar a los voceros y voceras de la comunidad para formarlos en el tema. • Apoyo requerido para utilizar adecuadamente las fortalezas y superar las debilidades: a) Disponer con un directorio de todas las instituciones públicas o privadas que trabajan en el tema. b) Asesoría en el fortalecimiento de las redes institucionales y comunitarias. c) Recursos logísticos y económicos para la reproducción y difusión de materiales informativos sobre violencia de género; mayor presencia en las comunidades de los organismos públicos encargados de enfrentar el problema. d) Actualización de las leyes que son violatorias de los convenios y tratados internacionales.

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e) Rendición pública de cuentas por parte de las autoridades responsables de enfrentar la problemática.

XI.- Documentación de referencia del Seminario 1. Álvarez, Ofelia. Las responsabilidades institucionales para la garantía del derechos de las mujeres a una vida libre de violencias: análisis de debilidades y propuestas para su superación, ILDIS (Ed.) Caracas 2010. (www.ildis.org.ve) 2. Merz, Gabriele. Las comunidades frente a las violencias contra las mujeres. Propuestas para la organización de la ciudadanía en la promoción y exigibilidad del derecho de la mujer a una vida libre de violencias, ILDIS (Ed.) Caracas 2010. (www.ildis.org.ve) 3. Parra, María Cristina. Marco Constitucional y Legal: ¿Es el necesario y suficiente para garantizar el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia?, ILDIS (Ed.) Caracas 2010. (www.ildis.org.ve)

XII.- Reconocimientos Institucionales Organizadoras del Evento

Profa. Zoraida Pacheco, Unión Vecinal para la Participación Ciudadana Profa. Ofelia Álvarez, Fundación para la Prevención de la Violencia Doméstica hacia la Mujer (FUNDAMUJER) Soc. Verónica Fortunato R., Instituto Latinoamericano de Investigaciones Sociales (ILDIS)

Coordinadora General del Evento

Soc. Verónica Fortunato Rodríguez

Autora del Informe Ejecutivo

Lic. Fabiola Romero

Edición y Diagramación

ILDIS

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