INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR CENTRO CULTURAL SALVADOREÑO AMERICANO REGLAMENTO DE ESTUDIANTES

INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR CENTRO CULTURAL SALVADOREÑO AMERICANO REGLAMENTO DE ESTUDIANTES EL INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPER

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CENTRO DE SERVICIO ESPECIALIZADO
ANEXO 9 CAPACIDAD INSTALADA PARA LA ATENCION DE USUARIOS CENTRO DE SERVICIO ESPECIALIZADO 1ER PISO SERVICIO PLAN CANGURO LABORATORIO RADIOLOGIA TOMA

REGLAMENTO GENERAL DE FUTBOL AMERICANO
REGLAMENTO GENERAL DE FUTBOL AMERICANO  REGLAMENTO GENERAL DE FUTBOL AMERICANO 1      REGLAMENTO GENERAL DE FUTBOL AMERICANO  INDICE CAPÍTULO PR

Instituciones de nivel superior
Instituciones de nivel superior Clientes potenciales para el sistema SUAE CHIHUAHUA CENTRO CHIHUAHUENSE DE ESTUDIOS DE POSGRADO CENTRO CULTURAL UNIVE

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INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR CENTRO CULTURAL SALVADOREÑO AMERICANO

REGLAMENTO DE ESTUDIANTES

EL INSTITUTO ESPECIALIZADO DE NIVEL SUPERIOR CENTRO CULTURAL SALVADOREÑO AMERICANO, CONSIDERANDO: 

Que el Instituto se ha comprometido a realizar acciones tendientes al logro de su Misión Institucional, la cual se expresa así: Formar profesionales en educación, competentes, innovadores, con altos valores éticos y sensibilidad social, a través de la aplicación de procesos académicos y tecnológicos de calidad, que respondan a las exigencias, desafíos actuales y futuros.



Que el contenido y las exigencias planteadas en la Ley de Educación Superior, en lo relacionado con los estudiantes que han cumplido con los requerimientos académicos y administrativos, requieren de un instrumento claro que guíe el proceso de ingreso y permanencia hasta su proceso de graduación.



Que los estudiantes son la razón de ser del Instituto y que tienen derecho a los diferentes servicios de orden académico, cultural, social, deportivo, recreativo y que hacia ellos convergen todos los esfuerzos y que además, el Instituto orientará sus recursos a la formación de sus estudiantes a fin de cumplir con su Misión Institucional.



Los estudiantes deben contar con una adecuada orientación académica y psicológica, así como de los requisitos y costos relacionados con las carreras y programas. De igual forma, deben contar con información acerca de programación de actividades académicas.



Los estudiantes tienen deberes que cumplir derivados de los compromisos adquiridos en el Instituto.

POR TANTO: El Consejo Directivo del Instituto Especializado de Nivel Superior Centro Cultural Salvadoreño Americano, a propuesta de su Consejo Académico, con base en las facultades que le confiere sus Estatutos y la Ley de Educación Superior y con base en los Estatutos: APRUEBA: El presente REGLAMENTO DE ESTUDIANTES, el cual se regirá por las disposiciones siguientes:

CAPÍTULO I MARCO CONCEPTUAL Art. 1

De acuerdo con los Estatutos, son estudiantes aquellos que fueren legalmente inscritos en el Registro de alumnos y, como tales, están obligados a cumplir los requisitos que establece la Ley de Educación Superior y los Estatutos y Reglamentos de la Institución. A ningún estudiante se le negará la admisión por motivos de raza, sexo, nacionalidad, religión, diferencias sociales, económicas o políticas. Gozarán de todos los derechos y a que se les proporcionen los servicios pertinentes de orden académico, cultural y social.

CAPÍTULO II ALCANCE Art. 2

El propósito del presente Reglamento es establecer los derechos y deberes que tienen los estudiantes del Instituto, así como brindar las orientaciones necesarias para sus trámites académicos y administrativos, desde su ingreso, su permanencia hasta alcanzar su grado académico. CAPÍTULO III OBJETIVO

Art. 3

El presente Reglamento tiene como objetivo principal ser el referente indispensable en la correcta aplicación de los procedimientos y trámites académicos y administrativos que realizan los estudiantes del Instituto. La Secretaría General del Instituto tiene participación activa e importante en el proceso del ingreso y la permanencia exitosa de los estudiantes; así como el Decanato de Educación con todas sus unidades académico administrativas. CAPÍTULO IV DERECHOS Y DEBERES DE LOS ESTUDIANTES

Art. 4

DERECHOS: Todo estudiante del Instituto tiene derecho a: a.

b.

c. d. e. f. g. h.

i. Art. 5

Recibir la asesoría académica adecuada, completa y oportuna acerca de los trámites académicos que le permitan tomar las mejores decisiones en su desempeño académico. Acceder a los diferentes servicios académicos de: orientación de las carreras, consejería psicopedagógica, biblioteca, laboratorio de idiomas, salón multimedia y centro de apoyo estudiantil, entre otros. Participar en las diferentes actividades extracurriculares académicas, culturales, deportivas y de proyección social que programe el Instituto. Recibir buen servicio y buen trato por parte de los docentes, empleados y autoridades de la institución. Utilizar los recursos educacionales que estén autorizados por el Decanato o por la unidad a la que pertenecen. Ser escuchado en sus peticiones, siempre y cuando éstas se hagan de manera oportuna, respetuosa y por los canales respectivos. Recibir clases en el horario en que inscribió las asignaturas. Realizar las evaluaciones programadas por ciclo, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en el Reglamento de Evaluaciones y otras normativas de carácter administrativas. Recibir de parte del Instituto el carné que lo identifica como estudiante.

DEBERES: Todo estudiante del Instituto tiene el deber de: a. Respetar a la institución en su filosofía educativa: Políticas, Fines, Objetivos y Valores de la institución.

b. Respetar a las autoridades, docentes, personal administrativo, compañeros y visitantes. c. Cuidar las instalaciones físicas, hacer buen uso de los recursos de la institución y responsabilizarse en caso de ocasionar algún daño; es decir, cuidar el patrimonio de la institución. d. Cumplir con los reglamentos y normas, académicas, financieras y con las demás disposiciones institucionales legales o fuera de ella en su representación. e. Cumplir con las responsabilidades académicas que requiere cada asignatura. f. Asistir, con puntualidad, a todas las clases, laboratorios, prácticas y otras actividades que formen parte de las asignaturas del plan de estudio, cumpliendo así con las responsabilidades académicas que requiere cada asignatura. De acuerdo con el Reglamento de Evaluación, debe cumplir con el 80% de asistencia a sus actividades académicas. g. Asistir, cooperar y participar en las actividades académicas, como conferencias estudiantiles, ferias didácticas, Actividades Co curriculares, las actividades culturales y deportivas que se desarrollen en el Instituto, tanto dentro como fuera de sus instalaciones. h. Vestir y conservar una presentación personal adecuada. i. Usar un lenguaje propio de estudiantes que estudian carreras de educación. j. Comportarse correctamente en las diferentes actividades o actos académicos y culturales que se desarrollen en la institución y permanecer en ellas según horarios respectivos. k. Pagar las cuotas u otro arancel establecido en las fechas estipuladas en el calendario académico. l. Leer los anuncios e información que se colocan en las carteleras de las aulas y visitar la página Web del Instituto para estar enterado de las actividades que se realizan en la institución. m. Portar el carné de estudiante en forma visible en las instalaciones del Instituto. n. Cumplir con otras disposiciones que les señalen las autoridades competentes. CAPÍTULO V NORMAS Y TRÁMITES ACADÉMICOS Art. 6

Las normas y los trámites académicos constituyen el ordenamiento administrativo que posee la institución para atender a los aspirantes y estudiantes de las carreras que imparte. Este ordenamiento permite a los participantes la realización de los siguientes pasos: a. Asesoría administrativa y académica para los interesados en las carreras. b. Presentación de documentación para el Curso de Admisión y cualquier otro curso pre universitario para la matrícula definitiva en las carreras. c. Pago en colecturía de los aranceles iniciales del Curso de Admisión y cualquier otro curso pre universitario, de la matrícula y cuotas. d. Inscripción de asignaturas luego de recibir asesoría específica para ello.

CAPÍTULO VI ASESORÍA ADMINISTRATIVA Y ACADÉMICA Art. 7

La Asesoría es la fase inicial del proceso de admisión que se da a los interesados para tomar una de las carreras universitarias que ofrece el Instituto. El propósito es orientar a los estudiantes en cuanto a la carrera que seleccione. Dentro de este proceso de asesoría está la fase informativa que da el personal de la Unidad de Registro Académico, en donde se informa acerca de carreras, costos y períodos de inscripción de una forma general y la entrega de la solicitud de matrícula.

Art. 8

La Asesoría Académica será dada por varias unidades; entre ellas la Secretaría General, Asesoría Pedagógica, Coordinación de Carreras y en casos especiales, por el Decanato o la Asesoría Institucional.

Art. 9

La Asesoría, como proceso permanente, incluye el ingreso, los requisitos de permanencia en el Instituto hasta culminar su proceso de graduación. En este documento se enfatiza el ingreso, la permanencia, el egreso y graduación.

Art. 10

El personal de la Unidad de Registro Académico, revisará y confrontará originales y copias de la documentación presentada por el aspirante a estudiar en el Instituto y tendrá cuidado en el cumplimiento de los requisitos establecidos en cada carrera, para lo cual se auxiliará de la documentación oficial que le permita brindar una asesoría completa, correcta y oportuna.

Art. 11

En el caso de los interesados en matricularse en las carreras y Curso de Formación Pedagógica que ofrece el Instituto, se regirán según lo indicado en la normativa establecida por el Ministerio de Educación para tales efectos.

Art. 12

El aspirante será asesorado en cuanto a los trámites que realizará, la documentación que presentará y las asignaturas que inscribirá, tomando como base lo siguiente: a. Requisitos de ingreso a cada carrera. b. Fechas de actividades académicas: retiro y presentación de documentos, revisión de documentos. c. Mallas curriculares. d. Jornadas. e. Horarios. f. Aulas. g. Pago de matrícula y mensualidades. h. Entrega de solicitud de matrícula. i. Sistemas de prerrequisitos. j. Deberes y derechos de los estudiantes. k. Rendimiento académico de los estudiantes cuando se trate de niveles avanzados. l. Solvencias indicadas por Secretaría General.

Art. 13

Presentación de Documentación: Luego de haber obtenido la información de ingreso, el interesado deberá:

a. Preparar la documentación, en original y copia, que prueba tener los requisitos de admisión para la carrera seleccionada. b. Presentar originales y copias de la documentación para su revisión, confrontación y firma de autorización del asesor. Art. 14

Curso de Admisión y cualquier otro curso pre universitario. Luego de presentada la documentación, el aspirante se matriculará en el curso de admisión correspondiente.

Art. 15

Matrícula: es el proceso por medio del cual el interesado queda debidamente inscrito en la carrera de su elección, adquiere el estatus de estudiante del Instituto y con sus deberes y derechos como tal.

Art. 16

Los requisitos de matrícula en las carreras del Instituto son: a. Entregar original y copia de título de bachiller para acreditar la calidad de Bachiller. b. Entregar original de certificación de partida de nacimiento expedida en un plazo no mayor de 3 meses. c. Entregar constancia en original y copia de la calificación obtenida en la Prueba de Aptitudes para Estudiantes de Educación Media (PAES). Los aspirantes a la carrera de profesorado se regirán por la normativa vigente. d. Presentar original y copia de los Certificados de Calificación de primero y segundo año de Bachillerato. e. Presentar 1 fotografía reciente tamaño cédula de tiempo. f. Pagar aranceles correspondientes. g. Completar y firmar hoja de inscripción de asignaturas. h. Tomar una prueba diagnóstica institucional de inglés. Los interesados en las carreras que ofrece el Instituto deberán obtener un resultado intermedio avanzado en esta prueba

Art. 17

Si el aspirante es para la carrera de profesorado, técnico o tecnólogo para el Curso de Formación Pedagógica, deberá realizar dos pruebas psicológicas, según la normativa vigente del Ministerio de Educación.

Art. 18

El estudiante que cumple con los requisitos, procederá a cancelar el arancel por los exámenes psicológicos y se presentará en la fecha y hora establecida por la institución para realizar las pruebas. CAPÍTULO VII PROCEDIMIENTO PARA INSCRIPCIÓN DE ASIGNATURAS

Art. 19

La inscripción de asignaturas es un trámite académico administrativo por medio del cual el estudiante inscribe la carga académica establecida en el plan de estudios del ciclo correspondiente.

Art. 20

La inscripción de asignaturas en el ciclo académico, debe hacerse personalmente en las fechas establecidas en el calendario académico. En casos excepcionales, el estudiante podrá autorizar por escrito, a otra persona para que realice el trámite en su nombre.

Art. 21

El asesor orientará al estudiante, sobre las asignaturas que debe inscribir y cursar. El estudiante procederá a completar el formulario de inscripción de asignaturas autorizadas.

Art. 22

El estudiante verifica la información sobre la inscripción de las asignaturas seleccionadas, firma la hoja de asesoría y entrega una copia al encargado del registro académico. CAPÍTULO VIII FORMA DE INGRESO

Art. 23

Todo estudiante que ingresa por primera vez al Instituto se considera estudiante de nuevo ingreso, independientemente del ciclo en que se inscriba.

Art. 24

Los estudiantes que ingresen por equivalencia, además de los requisitos de nuevo ingreso, deberán cumplir con los requisitos descritos en el Reglamento de Equivalencias.

Art. 25

Son estudiantes de reingreso aquellos que habiéndose inscrito una vez, se retiraron mediante trámite académico administrativo. Cuando el estudiante suspende sus estudios por alguna razón personal y luego dispone regresar al Instituto, deberá presentar su solicitud de reingreso a Secretaría General.

Art. 26

La Secretaría General revisará el expediente del estudiante con el fin de determinar el plan de carrera para el reingreso del estudiante y verificar solvencia de aranceles.

Art. 27

Son estudiantes de ingreso continuo aquellos que cursan sus estudios de forma ininterrumpida. CAPITULO IX REQUISITOS DE PERMANENCIA

Art. 28

La permanencia del estudiante en el Instituto, se garantiza por el cumplimiento de los siguientes aspectos: a. b. c. d.

Mantener matrícula vigente. Mantener el Coeficiente de Unidades de Mérito requerido en el plan de estudio. Inscribir la carga académica autorizada la cual se deriva de su plan de estudio. Mantener una conducta en correspondencia con la filosofía educativa, tal como se explica en el Capítulo IV, Artículo 5, de este reglamento. e. Participar activamente en las actividades que planifique el Instituto. f. Otras que surgieren en el futuro. CAPÍTULO IX TRÁMITES ACADÉMICOS Y ADMINISTRATIVOS Art. 29

El estudiante deberá estar solvente en el pago de sus cuotas, para realizar cualesquiera de los trámites mencionados.

Art. 30

Trámites de Equivalencia interna y externa, el estudiante deberá cumplir los requisitos establecidos en el Reglamento de Equivalencias.

Art. 31

Examen de Suficiencia. El Instituto podrá otorgar equivalencias en casos de dominio de un área específica del conocimiento mediante pruebas de suficiencia, con base en el Reglamento de Equivalencias.

Art. 32

Retiro de Asignatura. El estudiante que, por razones justificadas, necesite retirar una asignaturas o más, deberá hacerlo en las siguientes dos semanas, contadas a partir de la finalización de los primeros exámenes parciales, con base en el siguiente procedimiento: a. Solicitar asesoría acerca del trámite de la Secretaría General o de la Coordinación de Carreras. b. Retirar la solicitud de la Unidad de Registro Académico. c. Llenar la solicitud y pagar el arancel correspondiente. d. Presentar documentación a la Secretaría General o a Coordinación de Carreras para autorizar el retiro, según proceda. e. Entregar en Secretaría General la solicitud autorizada para procesar el retiro.

CAPÍTULO X PÉRDIDA DE CALIDAD DE ESTUDIANTE Art. 33

La calidad de estudiante se pierde cuando: a. No ha inscrito asignaturas en las fechas establecidas en el calendario académico. b. Ha sido sancionado con suspensión temporal o definitiva por parte de la institución. c. Presenta documentos falsos al solicitar los servicios de otorgamiento de equivalencias, sin perjuicio de las responsabilidades legales a que hubiere lugar. d. Cuando abandona sus estudios, deja de asistir a clases, sin causa justificada e. Ha reprobado una o más asignaturas en tercera matrícula. f. Ha completado el programa de estudios en el que se matriculó y se graduó. g. Por insolvencia en el pago de aranceles. CAPÍTULO XI RECUPERACIÓN DE CALIDAD DE ESTUDIANTE

Art. 34

El estudiante que, por alguna razón, pierde su calidad como tal, puede recuperarla cumpliendo los siguientes pasos: a. Presentar solicitud de reingreso y solvencias a la Secretaría General, para analizarlo con la Coordinación de Carreras y, dependiendo del caso, se podrá autorizar su reingreso. b. Cambiar de carrera si la razón fuera que ha reprobado una asignatura en tercera matrícula.

c. Inscribir asignaturas del plan de estudio vigente. CAPÍTULO XII PAGOS EN COLECTURÍA Art. 35

Cualquier pago de aranceles que el estudiante tenga que realizar, se hará únicamente en las cajas colectoras que la institución dispone para este tipo de trámites o el Banco autorizado para tal fin.

Art. 36

El estudiante después de realizar el proceso de asesoría académica, se presentará en Registro Académico para actualizar la base de datos y posteriormente cancelará en colecturía el valor de matrícula y primera cuota, recibiendo para ello el talonario de pagos. Posteriormente el estudiante regresará a Registro Académico donde presentará su talonario con los pagos realizados y se le emitirá la hoja de inscripción de asignaturas.

Art. 37

El estudiante que ha concluido el paso de cancelar los aranceles de matrícula y primera cuota, se convierte en miembro de la comunidad educativa del Instituto, lo cual le da derechos y obligaciones para con la institución. CAPÍTULO XIII DISPOSICIONES FINALES

Art. 38

Este reglamento podrá ser modificado o derogado por acuerdo del Consejo Directivo del Instituto, a propuesta del Consejo Académico.

Art. 39

Los casos no previstos en este Reglamento y su interpretación, estarán a cargo del Consejo Académico.

Art. 40

El presente Reglamento entrará en vigencia ocho días hábiles después de que el Ministerio de Educación sea notificado de su aprobación.

Art. 41

Lo no contemplado en este Reglamento será resuelto por el Consejo Académico a propuesta de la Rectoría.

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