Isaías C. 32 Un Rey hará reinar la justicia y sus Ministros gobernarán según el derecho ALGUNOS ALCANCES SOBRE EL TEMA DE LA VICTIMA EN CHILE

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Isaías C. 32 “Un Rey hará reinar la justicia y sus Ministros gobernarán según el derecho” Hay personas que no tan sólo pasan por la vida, sino que se detienen para ayudar a los demás, las reconoces porque nada piden, y su misión espiritual es entregar... Mis agradecimientos a Stibalis Reyes Pino, su hija Renata, Manuel Poblete Catalán, Marisol Contreras Púa y Benjamín Nova Parra.

ALGUNOS ALCANCES SOBRE EL TEMA DE “LA VICTIMA” EN CHILE

INTRODUCCIÓN La victima y su estudio, a través de la victimología, ya no se encuentra en una fase embrionaria, sino que por el innegable aporte de las distintas disciplinas que la han abordado como: la historia que nos ofrece su visión de los acontecimientos que han afectado a la humanidad en el pasado; la sociología, ilustrándonos con el comportamiento del hombre y su consustancial característica de ser gregario; la antropología, con su estudio integral del homo, recurriendo a las ciencias naturales y sociales para su desarrollo; la psiquiatría, con su investigación del cerebro humano y sus enfermedades, su tratamiento y rehabilitación; la psicología, que nos orienta en campo de los fenómenos y funciones psíquicas humanas, dándonos explicaciones del pensamiento, motivación, aprendizaje, en fin del desarrollo normal de la conducta del hombre y sus desequilibrios; sin lugar a dudas la existencia de la ciencia criminológica, que analiza el delito, delincuente y pena, ha tenido efectos preponderantes para el inicio de esta nueva rama del saber del derecho penal, sin desconocer la multiplicidad de conocimientos científicos y sociales que se emplearon y se siguen ocupando para vigorizar su estudio. Sabemos que el conocimiento humano se va adquiriendo a través del tiempo y la dedicación al objeto que es estudiado, a fin de ir suministrando el máximo de antecedentes sobre el tema para ir creando metodologías de análisis y fijar las bases sólidas del conocimiento científico sobre el tema.1 El estudioso en esta materia que ya reviste la categoría de conocimiento de una ciencia, debe dominar la historia, el derecho y la psicología, sin perjuicio de otras áreas de interés, contando con índices estadísticos sobre la persona de las víctimas, quienes son, como se produce su surgimiento, su interrelación entre delincuente y víctima, los órganos del Estado – 1

Gooch, Historiador Inglés, quien señala “que jamás le había satisfecho la historia como reportajes sobre hombres de Estado, partidos y gobiernos, porque ya en mi juventud había sacado la conclusión de que la historia abarca la vida de la humanidad en toda su altura, amplitud y profundidad… y que todo hombre es un ser de muchos estratos”.

víctima, sociedad – víctima, los efectos que sufre la víctima a manos de los que intervienen en su relación con ella, y finalmente su rehabilitación, son los elementos necesarios que debe contar la política criminal, para intervenir mas eficiente y eficazmente el fenómeno social de la delincuencia evitando en algunos casos y disminuyendo en otros la existencia de la causas que dan origen a las victimas y los efectos perversos que éstos sufren y que no dejan indiferentes a los demás integrantes de la sociedad. Volvamos a recordar la narración bíblica de Caín y su condena por el fratricidio cometido (ambos hijos de Adán), Génesis, Capítulo 4, Ver. 10 al 16, en donde lo obliga a vivir errante, cultivar la tierra y ser fugitivo sobre ésta, colocando Yavé su marca a éste, a fin de que nadie lo matara y privándolo de su presencia. Nos invita a reflexión éste pasaje bíblico, en el sentido que la justicia divina abarcó los sentimientos del padre, al no permitir perder a los dos hijos, en una justicia humana retribucionista, dimensionando la gravedad del hecho, desterrándolo y marcándolo para protegerlo frete a la vendetta de terceros. Somos hijos de Caín, nos dejamos llevar por nuestras pasiones, nos tentamos frente a la lujuria y la riqueza, afectamos con nuestras acciones a otros, por lo que debemos encontrar la forma y el modo de resarcir a la víctima, ya sea desde un sincero arrepentimiento buscando el perdón hasta la reparación económica de los efectos de nuestras acciones sufridas por éste. El Estado no puede estar ajeno al fenómeno jurídico social del delito y de quienes participan en él, como delincuente y víctima, buscando el castigo para el primero y protegiendo al segundo.

I.

HISTORIA DEL SURGIMIENTO DE LA VÍCTIMA

La preocupación doctrinal de este tema comenzó su apogeo a principio de la centuria pasada, con la labor disciplinada de algunos estudios quienes mediante una perspectiva diferente a la criminología tradicional, vieron reaparecer a la víctima en el resultado nuclear de la comisión de un delito, ya no tan solo se quedaba en la visión de verse violentado el orden jurídico social con la comisión del punible, sino que se afectaba a otros, que resultaban ser los que sufrían los efectos de la acción ilícita, entonces se buscaron metodologías científicas, para explicar el binomio surgido a través del delincuente, el punible, sus efectos perjudiciales y dañosos para su víctima en un sentido amplio. La víctima no surge, sino en el fenómeno jurídico social del delito y el delincuente, en las profundidades mismas de la historia de la civilización humana, porque siempre ha existido la

posibilidad de violentar y conculcar los derechos de otro, produciéndose el consiguiente dolor del que lo sufre.2 La metamorfosis jurídica de la víctima fue tan sólo una visión nueva del quehacer intelectual en el tema del delito, redescubriendo a ésta, ya no como una figura residual, expropiada ideológicamente en la mecánica del desarrollo del punible con el objeto responsabilizarlo criminalmente y aplicar una pena, queda demostrado en el desenvolvimiento histórico del derecho penal y procesal penal, es así que: a)

Que en las primeras etapas primitivas, en donde existía la autotutela o autocomposición la víctima podía repeler o reaccionar en contra del agresor o de quien afectase su estabilidad de vida (persona, bienes, familia), pero esta autotutela dependía de su fuerza, poder y astucia para llevar a cabo su venganza, produciéndose abusos sobre el más débil, en donde descansaba la autotutela en la fuerza física y en el poder que se detentaba, como por ejemplo: la edad, sexo, numerosidad de las personas ofendidas, como familia afectada por la ofensa, la intervención de clan o tribus. b) En la etapa de la venganza colectiva el surgimiento de organizaciones humanas más numerosas, como lo podemos apreciar en los Sirios, Caldeos, Hebreos, Egipcios, entre otros, dieron origen y prosperaron el nacimiento de Leyes que tendieron a regular las relaciones de los hombres entre sí, por ejemplo tenemos el Código de Manú y Código de Hammurabi. Recordemos que textos como el Código de Manú (Manava – Dharma Sástra), Siglo XI A.C., es un compilador de Leyes que tiene todas las características de un Código Antiguo, siendo sus preceptos de inspiración religiosa, pero sin embargo existen normas de orden jurídico y de salubridad pública, distribuido en 12 Libros. En estos libros se observa que algunos contienen actos voluntarios, culposos y fortuitos, haciéndose la diferencia en cada uno de ellos con respecto a la forma que se debía resarcir a la persona perjudicada con aquellos actos dañinos, como por ejemplo: “204.

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