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ISBN 978-84-470-3226-6 9 788447 032266 LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA CONSEJO ASESOR CÁMARA

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ISBN 978-84-470-3226-6

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

CONSEJO ASESOR CÁMARA DE CUENTAS ANDALUCÍA RAFAEL NAVAS VÁZQUEZ Coordinador Redactores

JULIO ARIZA CONEJERO JUAN ANTONIO GONZÁLEZ ROMANO

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Primera edición, 2009

El editor no se hace responsable de las opiniones recogidas, comentarios y manifestaciones vertidas por los autores. La presente obra recoge exclusivamente la opinión de su autor como manifestación de su derecho de libertad de expresión. Reservados todos los derechos. El contenido de esta publicación no puede ser reproducido, ni en todo ni en parte, ni transmitido, ni registrado por ningún sistema de recuperación de información, en ninguna forma ni por ningún medio, sin el permiso previo, por escrito, de Editorial Aranzadi, SA. Thomson Reuters y el logotipo de Thomson Reuters son marcas de Thomson Reuters Aranzadi es una marca de Thomson Reuters (Legal) Limited

© 2009 [Thomson Reuters (Legal) Limited] Junta de Andalucía Editorial Aranzadi, S. A. Camino de Galar, 15 31190 Cizur Menor (Navarra) Imprime: Rodona Industria Gráfica, S.L. Polígono Agustinos, Calle A, Nave D-11 31013 - Pamplona Depósito legal: NA 1506/2009 ISBN: 978-84-470-3226-6 Compuesto en Printingʼ94 Printed in Spain. Impreso en España

Sumario Presentación ...........................................................................................

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1.

ACENTUACIÓN .........................................................................

15

1.1. 1.2. 1.3. 1.4. 1.5.

Tipos de palabras según la posición del acento ................... Norma alternativa ................................................................ Los diptongos y triptongos .................................................. Casos especiales de acentuación ......................................... La acentuación diacrítica .....................................................

15 15 16 17 17

2.

USO DE LAS LETRAS MAYÚSCULAS ................................... 2.1. Consideraciones generales................................................... 2.2. Mayúsculas en palabras o frases enteras ............................. 2.3. Mayúsculas iniciales ............................................................ 2.3.1. En función de la puntuación.................................... 2.3.2. En función de la condición o categoría ................... 2.3.3. En función de otras circunstancias .......................... 2.4. Minúscula inicial ................................................................. 2.5. Empleos expresivos .............................................................

21 21 21 22 22 22 23 25 25

3.

SIGNOS DE PUNTUACIÓN....................................................... 3.1. El punto ............................................................................... 3.1.1. Normas para el empleo correcto del punto ............. 3.1.2. Usos incorrectos del punto ...................................... 3.2. La coma ............................................................................... 3.2.1. Normas para el empleo correcto de la coma ........... 3.2.2. Usos incorrectos de la coma.................................... 3.3. El punto y coma ................................................................... 3.3.1. Normas para el empleo correcto del punto y coma ... 3.3.2. Usos incorrectos del punto y coma ......................... 3.4. Los dos puntos ..................................................................... 3.4.1. Normas para el empleo correcto de los dos puntos ... 3.4.2. Usos incorrectos de los dos puntos ......................... 3.5. Los puntos suspensivos ....................................................... 3.6. El paréntesis y la raya .......................................................... 3.6.1. Normas para el empleo correcto del paréntesis y la raya ..........................................................................

27 27 27 27 28 28 29 29 29 30 30 30 31 31 31 31

8

SUMARIO

3.7. Adenda ................................................................................. 3.7.1. Acerca de los títulos de disposiciones legales, documentos, informes, etcétera.......................................

32

4.

LAS ABREVIATURAS................................................................ 4.1. Consideraciones ortográficas ............................................... 4.1.1. Los puntos ............................................................... 4.1.2. Las tildes ................................................................. 4.1.3. Las mayúsculas ....................................................... 4.1.4. Disposición gráfica .................................................. 4.2. Abreviaturas frecuentes ....................................................... 4.3. Símbolos frecuentes............................................................. 4.4. Acrónimos y siglas frecuentes .............................................

33 34 34 35 35 35 36 40 42

5.

USO DE LAS CIFRAS ................................................................ 5.1. Los determinantes numerales .............................................. 5.1.1. Los números cardinales ........................................... 5.1.2. Los determinantes ordinales.................................... 5.1.3. Los determinantes partitivos ................................... 5.1.4. Los determinantes múltiplos ................................... 5.2. Fechas .................................................................................. 5.2.1. Estructura ................................................................ 5.2.2. Escritura .................................................................. 5.2.3. El artículo en la escritura de las fechas ................... 5.3. Porcentajes .............................................................................

53 53 53 55 55 55 56 56 56 56 57

6. SINTAGMA NOMINAL ................................................................... 6.1. El sustantivo ........................................................................ 6.1.1. Género del sustantivo .............................................. 6.1.1.1. Consideraciones generales ...................... 6.1.1.2. Sustantivos que no admiten la alternancia de género mediante morfema.................. 6.1.2. El número del sustantivo ......................................... 6.1.2.1. Algunos plurales dudosos ....................... 6.2. Empleo de determinantes .................................................... 6.2.1. El artículo ................................................................ 6.2.2. Otros determinantes ................................................ 6.2.2.1. Todo ........................................................

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59 59 59 59 61 61 63 63 63 63 63

SUMARIO

9

6.2.2.2. Cada ........................................................ 6.2.2.3. Sendos ..................................................... 6.2.2.4 Cuyo ....................................................... 6.2.2.5. Los posesivos. Su ................................... 6.2.3. Concordancia entre sustantivos y determinantes .... 6.3. Pronombres personales ........................................................

63 64 64 64 64 65

7.

NEXOS ......................................................................................... 7.1. Preposiciones ....................................................................... 7.1.1. Dequeísmo y queísmo ............................................. 7.2. Conjunciones ....................................................................... 7.2.1. Si no /sino ................................................................ 7.2.2. Y/o ...........................................................................

67 67 67 68 68 69

8.

EL VERBO ................................................................................... 8.1. Recomendaciones generales .................................................. 8.1.1. Abuso de la voz pasiva............................................ 8.1.2. Futuro arcaizante ..................................................... 8.1.3. El verbo impersonal haber ...................................... 8.1.4. Verbos comodín....................................................... 8.1.5. Deber/ deber de. La obligación frente a la posibilidad ........................................................................... 8.1.6. Condicional de suposición o rumor......................... 8.1.7. El verbo prever ........................................................ 8.1.8. Infligir/ infringir ..................................................... 8.2. Formas no personales: infinitivo, gerundio y participio ...... 8.2.1. El infinitivo.............................................................. 8.2.2. El gerundio .............................................................. 8.2.3. El participio .............................................................

71 71 71 71 72 72

9.

10.

72 72 72 73 73 73 76 78

EL ADVERBIO ............................................................................ 9.1. Adverbios en –mente ........................................................... 9.2. El adverbio donde ................................................................ 9.3. Adverbios de lugar y posesivos: un matrimonio mal avenido ...................................................................................... 9.4. Uso de adjetivos como adverbios ........................................ 9.5. Asimismo, así mismo, a sí mismo .......................................

82 82 82

LA CONCORDANCIA ................................................................ 10.1. Concordancia nominal ......................................................

83 83

81 81 81

10

SUMARIO

10.2.

Concordancia verbal .........................................................

LÉXICO. LISTA DE PALABRAS Y EXPRESIONES DE USO INCORRECTO O DESACONSEJADO ...................................... 12. HACIA LA CLARIDAD EN EL LENGUAJE ADMINISTRATIVO .................................................................................... 12.1. Criterios generales de redacción ...................................... 12.1.1. Emplee el tiempo necesario (planee, escriba y revise) ............................................................... 12.2.2. Organice los párrafos........................................ 12.1.3. Construya oraciones cortas y claras ................. 12.1.4. Evite la nominalización excesiva ..................... 12.1.5. Las formas no personales ................................. 12.1.6. Cuidado con la voz pasiva ................................ 12.1.7. Use palabras simples ........................................ 12.1.8. Aclare las abreviaturas y siglas para garantizar la legibilidad del texto ...................................... 12.1.9. No abuse de los tecnicismos............................. 12.1.10. Emplee términos precisos para evitar la ambigüedad .............................................................. 12.1.11. Elimine palabras o conceptos innecesarios ...... 12.1.12. Muestre coherencia al redactar ......................... 12.1.13. Incluya tablas, gráficos o esquemas ................. 12.1.14. Emplee criterios de estilo para redactar con un lenguaje eficaz e inteligible .............................. 12.1.15. Sírvase de fuentes bibliográficas o electrónicas de consulta: diccionarios, libros de estilo, etcétera.. 12.2. Criterios para la cita de leyes y documentos oficiales ..... 12.2.1. Normativa estatal y autonómica ....................... 12.2.2. Normativa comunitaria .....................................

85

11.

13.

87 95 97 97 98 100 101 101 102 102 103 103 103 104 105 105 105 105 105 105 106

BIBLIOGRAFÍA ..........................................................................

107

ANEXO I EXPRESIONES Y LOCUCIONES LATINAS DE USO FRECUENTE...

109

ANEXO II GLOSARIO DE TÉRMINOS TÉCNICOS ...........................................

115

Libro de estilo

Esta obra no es un manual al uso sobre corrección lingüística; tampoco es un libro de estilo como los que pueden encontrarse en las estanterías de cualquier medio de comunicación. Nos hallamos, en cambio, ante un repertorio de recomendaciones de uso ajustado a las necesidades de su destinatario: la Cámara de Cuentas de Andalucía. Sobre la revisión concienzuda de una cantidad significativa de documentos y tras haber impartido cursos de formación específica para esta institución, se ha redactado un corpus, creemos, a la medida de las necesidades reales de redacción que el personal de la Cámara de Cuentas demanda. En unos tiempos en los que la sociedad no otorga a nuestra lengua el cuidado que merece, en los que la expresión limpia y correcta parece un asunto trasnochado o pasado de moda, nos parece especialmente loable que las instituciones públicas vuelvan sus ojos hacia el español, hacia este instrumento común a tantos hablantes que nos debe servir como vínculo de unión. Por ello, desde este pequeño rincón de defensa del idioma, queremos mostrar nuestro agradecimiento a la Cámara de Cuentas de Andalucía en la persona de su consejero mayor, D. Rafael Navas Vázquez, por la oportunidad que se nos ha brindado de poder contribuir al mimo lingüístico de los documentos que para todos los andaluces genera esta institución.

Presentación

El modo de expresión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, como el de los demás órganos de control, no es otro que los informes. Pero los informes constituyen un modo de expresión que reúne condiciones particulares por muy distintas razones, la primera y principal de las cuales deriva de la naturaleza institucional del organismo que los emana. En efecto, la nota específica con que distingue su ley de creación a la Cámara de Cuentas es la de calificarla como un organismo técnico. Curiosamente, cualquiera de las tres acepciones que recoge el diccionario de la Real Academia Española respecto al vocablo «técnico» sugiere, por un lado, aspectos que se ajustan y matizan a la institución a la que se lo aplica la ley y, por otro, la conveniencia de atender al modo en que la propia institución se comunica con los destinatarios de sus informes. Así, la última de aquellas acepciones define al técnico como la «persona que posee los conocimientos especiales de una ciencia o arte», de manera que, en este sentido, la Cámara debe ser entendida como una unidad, como un organismo unitario del que se esperan unos pronunciamientos homogéneos y coherentes, tanto en su contenido como en su forma. Es, utilizando una expresión acuñada en otros terrenos, un intelectual orgánico. La asistencia al Parlamento en el análisis de la gestión económico financiera podría haberse resuelto por el legislador de mil formas distintas, pero la forma elegida no puede desenfocar su esencia: aunque la Cámara esté compuesta, como es lógico, por una pluralidad de «técnicos» y órganos internos, lo que se espera de ella no es un pronunciamiento plural y variado, cambiante en la forma y con sesgos identificables, sino un criterio estable y riguroso, como si lo emitiera un solo profesional o experto. Estas apreciaciones respecto al técnico como individuo enlazan con la primera acepción del término, en cuya virtud se entiende por técnico lo «perteneciente o relativo a las aplicaciones de las ciencias o de las artes». La definición se relaciona con el sentido profundo del objetivo de la Cámara, la totalidad de cuyo trabajo debe ser consecuencia de decisiones adoptadas bajo la perspectiva de las distintas ciencias, lo que supone, además, no sólo aplicar los principios y categorías de aquellas que están más directamente vinculadas con su labor: la contabilidad, la economía, el derecho, etcétera, sino excluir el uso de otros

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PRESENTACIÓN

criterios distintos. No puede dejar de ponderarse el valor de una actuación constantemente apoyada en criterios técnicos y el peligro, por su capacidad desintegradora y desnaturalizadora, de la adopción de otras orientaciones distintas. El otro significado es el que guarda una vinculación más estrecha con la obra que se presenta. Dice el Diccionario que «técnico» se aplica también, «en particular a las palabras o expresiones empleadas exclusivamente, y con sentido distinto del vulgar, en el lenguaje propio de un arte, ciencia, oficio, etc.». Efectivamente, los informes deben responder en su integridad a los criterios que se han mencionado, pero esta misma virtud puede inclinarlos al uso de términos, expresiones o fórmulas que los hagan incurrir en el vicio de una jerga incomprensible que, por añadidura, los conviertan en inútiles. La función de la Cámara tiene mucho que ver con la labor de descifrar, de aclarar e interpretar lo que las cuentas representan. Hacerlo requiere eludir los tecnicismos, redactar con brevedad y claridad y permitir el acceso de todos al contenido de los informes mediante un lenguaje, a la vez, usual y riguroso. No decir ni más ni menos de lo que se quiere decir. Este Libro de Estilo se ha promovido y elaborado dentro de unos objetivos que, en gran medida, han sido sugeridos en los párrafos anteriores. Pero, sin perjuicio de su valor y del mérito de sus autores, no es de suyo más que otro hito, otro eslabón, en la ya amplia serie de propuestas que viene haciendo la Cámara de Cuentas de Andalucía para homogeneizar sus informes, armonizar sus instrumentos y procedimientos y exponer públicamente los criterios que deben guiar su trabajo. Son evidentes los riesgos que se corren porque, cuanto más hermética fuera la institución menos puntos débiles se ofrecerían a la crítica y el cuestionamiento de su labor. Pero, maguer se llame Cámara, se tiene el decidido propósito de que sea una institución abierta y, en lo posible, ejemplar: procedimientos transparentes, criterios conocidos, auditorías sin sorpresas... Sorprendido sólo el que sea sorprendido. Rafael NAVAS VÁZQUEZ Consejero Mayor de la Cámara de Cuentas de Andalucía

1. ACENTUACIÓN

El acento es la mayor fuerza que se realiza en la pronunciación de una sílaba dentro de una palabra; es decir, cuando emitimos una palabra, marcamos una de sus sílabas (la llamada sílaba tónica) con mayor intensidad y habitualmente elevación de tono y duración que las demás. Algunas sílabas tónicas –atendiendo a un claro repertorio de reglas– tienen que ir acompañadas de una marca ortográfica denominada acento gráfico o tilde. 1.1. Tipos de palabras según la posición del acento Según la posición del acento, las palabras pueden ser: – Agudas. La última sílaba es tónica: administración, firmó, haber. Las palabras agudas llevan tilde cuando terminan en vocal, -n o -s : abonó, reunión, pagarés. Se exceptúan aquellas palabras terminadas en -s precedida por otra consonante: robots. Por otra parte, tampoco llevan tilde las acabadas en y: convoy. – Llanas. El golpe de voz aparece en la penúltima sílaba: ayuntamiento, Junta, ágil, debe. Las palabras llanas han de llevar tilde cuando terminan en consonante que no sea -n o -s: plácet, débil. Llevan también tilde las palabras terminadas en -s precedida de consonante y, así como las acabadas en y: bíceps, póney, – Esdrújulas. El acento se produce en la antepenúltima sílaba: jurídico, débito, contemporáneo. Las palabras esdrújulas siempre han de llevar acento gráfico. – Sobresdrújulas. La sílaba tónica es anterior a la antepenúltima sílaba: tráigaselo, piénsatelo, llévesemela. Es obligatorio acentuar las palabras sobreesdrújulas. 1.2.

Norma alternativa

En los últimos años se ha propuesto una nueva estrategia para aplicar las normas de acentuación españolas. La técnica surge en el ámbito de la enseñanza

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

de ELE (español como lengua extranjera), pero su facilidad de aplicación nos hace traerla a estas páginas. Existen dos grupos fundamentales de palabras: a. Aquellas que acaban en vocal, n o s. Estas palabras suelen ser llanas; se trata de su tendencia natural: casa, saldos, tienen. b.

Las que acaban en cualquier otra consonante. En este caso, su tendencia natural es ser agudas: adeudar, personal, liquidez.

Las palabras que respetan su tendencia natural no llevan tilde; sin embargo, si una palabra no cumple con su tendencia, habrá que acentuarla. Según esto, llevan tilde: – Las palabras agudas acabadas en vocal, n o s: percibió, prestación, atrás. – Las palabras llanas acabadas en cualquier otra consonante: superávit, hábil… – Todas las palabras que no correspondan a ningún grupo natural, esto es, las esdrújulas y sobreesdrújulas: débito, límite, crédito. 1.3.

Los diptongos y triptongos

La coincidencia de dos o tres vocales, respectivamente, en la misma sílaba se denomina diptongo o triptongo. Los diptongos y triptongos llevan tilde si así lo exigen las normas generales de acentuación: discusión (aguda acabada en -n), recauda (llana terminada en vocal), limpiáis (aguda terminada en -s), cláusula (esdrújula). La h no influye en estas agrupaciones vocálicas: rehicieron. Estructura de los diptongos: –Vocal cerrada más vocal abierta: ia, ai, eu, ei… –Vocal cerrada más vocal cerrada: iu, ui. Estructura de los triptongos: – Vocal cerrada más vocal abierta más vocal cerrada: iai, iei… Casos particulares. La generación de hiatos: –Cuando aparecen juntas una vocal abierta más una cerrada, si el golpe de voz recae en la cerrada, se produce un hiato (o pronunciación de dos vocales en sílabas diferentes). Los hiatos que nos ocupan se acentúan siempre, el resto sólo cuando cumple las normas generales de acentuación: detraídos, auditoría…

1. ACENTUACIÓN

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– Lo mismo sucede si aparecen juntas tres vocales; si el golpe de voz recae en una cerrada, no existe triptongo, sino hiato: iríais. Estos hiatos también se acentúan siempre. 1.4.

Casos especiales de acentuación

– Las palabras compuestas llevarán tilde si así lo exigen las normas generales de acentuación: bocacalle, asimismo, cartográfico. Se exceptúan los adverbios terminados en -mente que llevarán tilde si el adjetivo femenino del que provienen la llevase: rápidamente, solamente, exclusivamente. En el caso de las palabras compuestas por guion, se mantendrá la acentuación de las palabras simples originarias: teórico-práctico, astur-leonés. – Los latinismos usados en nuestra lengua se acentuarán según las normas generales: ídem, réquiem, currículum, ibídem, superávit, accésit. – Los tiempos verbales con pronombre enclítico (pospuesto) se acentúan si resultan esdrújulos o sobresdrújulos: indíquese. – La conjunción o puede llevar tilde exclusivamente cuando aparece entre números: 3 ó 4 informes. En cualquier caso, como la representación gráfica, especialmente en procesadores de texto, de la o y el cero son diferentes, se observa una tendencia a eliminar la tilde en cualquier caso, y la Academia se une a esta corriente. – El hecho de que una palabra aparezca en mayúsculas no exime del cumplimiento de las reglas generales de acentuación: RESOLUCIÓN. 1.5.

La acentuación diacrítica

La tilde diacrítica nos permite distinguir palabras de idéntica forma aunque suelen pertenecer a diferentes categorías gramaticales: Sólo / solo Monosílabos A los monosílabos no se les supone tilde, pero cuando existen dos idénticos en su forma, el signo gráfico se emplea para diferenciarlos. a) dé: del verbo dar: sin que se dé esta circunstancia en los documentos analizados.

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de : preposición: pendiente de cobro. b) el: artículo: El Pleno de la Cámara de Cuentas… él: pronombre: conceptos incluidos en él. c) más: adverbio: No requiere más justificación. mas: conjunción adversativa. Equivalente a pero: Se investigó, mas no se llegó a una conclusión clara. d) sé : de los verbos ser y saber: Ya sé que no. Se: pronombre: Se puede concluir que… e) sí : adverbio o pronombre: justifica por sí misma… si : conjunción condicional: Si bien este asunto se refiere a la Directiva … Otros casos – Qué, cuál, quién, cuándo, cuán, cuánto, cómo, y dónde llevan tilde en oraciones interrogativas y exclamativas (aunque en estas no aparezcan los signos de interrogación o exclamación): Desconocemos por qué en el informe se ha obviado…, Sin que se sepa cómo ha ocurrido. –La partícula aún lleva tilde cuando presenta valor adverbial, es decir, cuando puede sustituirse por todavía: A la fecha de finalización del presente informe aún no se ha dictado… Si funciona como conjunción (equivalente a aunque), no lleva tilde: facturas de obras, servicios y suministros que, aun precisando expediente de contratación… –Sólo puede llevar tilde cuando funciona como adverbio (equivalente a solamente), únicamente cuando corre riesgo de ambigüedad: El reglamento sólo exige el anuncio previo cuando… Si es un adjetivo, nunca lleva tilde: Un solo contrato. –Este, ese y aquel y sus variantes femeninas pueden llevar tilde cuando funcionan como pronombres, no como determinantes. Se puede prescindir de

1. ACENTUACIÓN

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ella cuando no haya riesgo de ambigüedad. Esto, eso y aquello nunca llevan tilde pues, al no poder ser determinantes, no necesitan una marca de distinción: El cumplimiento de esta norma; para este ejercicio, estos cálculos; Esto supone que la concesionaria recibirá…

2.

USO DE LAS LETRAS MAYÚSCULAS

La letra mayúscula es aquella que se escribe con mayor tamaño y, por regla general, con forma distinta de la minúscula. 2.1.

Consideraciones generales

Siempre que se escriba con mayúscula, habrá que tener en cuenta las consideraciones siguientes: El empleo de la mayúscula no exime de poner tilde cuando así lo exijan las reglas de acentuación. Ejemplos: Álvaro, SÁNCHEZ. Muchas personas siguen creyendo erróneamente que las mayúsculas no van acentuadas. La i y la j mayúsculas se escribirán sin punto. Ejemplos: Inés, JAVIER, Juvenal. 2.2.

Mayúsculas en palabras o frases enteras

En ocasiones se emplean letras mayúsculas para destacar palabras o frases enteras de un escrito. Suele hacerse así: En las cubiertas y portadas de los libros impresos, en los títulos de cada una de sus divisiones internas (partes, capítulos, escenas, etc.) y en las inscripciones monumentales. Por ejemplo: FISCALIZACIÓN DE DETERMINADAS ÁREAS DEL AYUNTAMIENTO DE VERA. OBJETIVO, ALCANCE Y LIMITACIONES. En las siglas y acrónimos. Ejemplos: RPT. CCA. IVA. CIF. Las siglas y acrónimos se escribirán sin puntos ni espacios de separación. Se escribirán con minúscula, en cambio, los que con el uso se han convertido en nombres comunes. Por ejemplo, láser, radar. Así los recoge el Diccionario de la Academia. En las cabeceras de diarios y revistas. Ejemplos: MURAL, EL TIEMPO, EL INFORMADOR, LA NACIÓN.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

En la numeración romana . Se utiliza ésta para significar el número ordinal con que se distinguen personas del mismo nombre (especialmente papas y reyes), como Pío V, Juan Carlos I, Fernando III, el número de cada siglo, como siglo XVI, el de un tomo, libro, parte, canto, capítulo, titulo, ley, clase y otras divisiones, y el de las páginas que así vayan numeradas en los prólogos y principios de un volumen. En textos jurídicos y administrativos –decretos, sentencias, bandos, edictos, certificados o instancias–, el verbo o verbos que presentan el objetivo fundamental del documento. Ejemplos: CERTIFICA, EXPONE, SOLICITA o DECLARA. 2.3.

Mayúsculas iniciales

El uso de la mayúscula inicial se rige por la posición que ocupa la palabra (y, en consecuencia, por la puntuación exigida en cada caso), por su condición o categoría de nombre propio y por otras circunstancias. 2.3.1.

En función de la puntuación

Se escribirán con letra inicial mayúscula: a)

La primera palabra de un escrito y la que vaya después de punto.

Por ejemplo: El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía, en su sesión de 22 de mayo de 2007, aprobó.... La fecha de finalización de los trabajos de campo. b) La que va después de dos puntos, siempre que siga a la fórmula de encabezamiento de una carta o documento jurídico-administrativo (Muy señor mío: Le agradeceré ... ), o reproduzca palabras textuales (El artículo 16 de la LOREG, señala: «Los miembros de las Juntas Electorales son inamovibles.»). 2.3.2.

En función de la condición o categoría

Se escribirá con letra inicial mayúscula todo nombre propio, como son los siguientes: a) Nombres de persona, animal o cosa singularizada. Ejemplos: Pedro Alberto, Beatriz, María, Platón, Caupolicán, Rocinante, Platero, Colada, Olifante. b) Nombres geográficos. Ejemplos: América, España, Jaén, Honduras, Salta, Cáucaso, Himalaya, Adriático, Tajo.

2.

USO DE LAS LETRAS MAYÚSCULAS

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Cuando el artículo forme parte oficialmente del nombre propio, ambas palabras comenzarán por mayúscula. Ejemplos: El Salvador, La Zarzuela, La Habana, Las Palmas. Se escribe con mayúscula el nombre que acompaña a los nombres propios de lugar, cuando forma parte del topónimo. Ejemplos: Ciudad de México, Sierra Nevada, Puerto de la Cruz. Se utilizará la minúscula en los demás casos. Ejemplos: la ciudad de Santa Fe, la sierra de Madrid, el puerto de Cartagena. c) Apellidos. Ejemplos: Álvarez, Pantoja, Martínez. En el caso de que un apellido comience por preposición, por artículo o por ambos, éstos se escribirán con mayúscula sólo cuando encabecen la denominación. Por ejemplo: señor De Felipe frente a Diego de Felipe. d) Nombres de los puntos cardinales, cuando nos referimos a ellos explícitamente. Por ejemplo. La brújula señala el Norte. Cuando el nombre se refiere a la orientación o dirección correspondientes a estos puntos, se escribirá con minúscula. Ejemplos: El norte de la ciudad. Viajamos por el sur de España. El viento norte. e) Nombres de las órdenes religiosas. Ejemplos: Cartuja, Merced, Temple, Carmelo. 2.3.3.

En función de otras circunstancias

Se escribirán con letra inicial mayúscula: a) Los tratamientos, especialmente si están en abreviatura. Ejemplos: V S. (Usía), U. o V (usted), etc. Cuando se escribe con todas sus letras, usted no debe llevar mayúscula. Fray Luis (referido, por ejemplo, a Fray Luis de León), Sor Juana (referido a Sor Juana Inés de la Cruz), San Antonio, etc., son acuñaciones que funcionan como nombres propios. b) Los sustantivos y adjetivos que componen el nombre de instituciones, entidades, organismos, partidos políticos, etc. Ejemplos: la Cámara de Cuentas, el Tribunal de Cuentas, la Biblioteca Nacional, la Inquisición, el Museo de Bellas Artes, la Real Academia de la Historia, la Universidad Autónoma de Madrid.

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c) Los nombres, cuando significan entidad o colectividad como organismo determinado. Ejemplos: la Universidad, el Estado, el Ayuntamiento, la Corporación, el Reino, la Marina, la Justicia, el Gobierno, la Administración, la Judicatura. Ejemplos: La Magistratura mostró su oposición al proyecto. La Iglesia celebra mañana esa festividad. Pero se utilizará la minúscula inicial en casos como: Quedamos citados delante del ayuntamiento. Ejerció su magistratura con brillantez. Visitó la iglesia del pueblo. d) Como regla general, se propone que los títulos de las distintas disposiciones se escriban en minúscula, aunque se admiten excepciones cuando se valore la existencia de las siguientes circunstancias: – La breve extensión del título. Ejemplo: (Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas). – La regulación completa de la materia. Por ejemplo: (Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad). – Regulación de órganos constitucionales y grandes referentes legislativos. Ejemplo: (Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial; Ley Orgánica 5/1985, de 19 de julio, de Régimen Electoral General). – La parte citada de una norma se escribirá en minúscula: artículo, párrafo, disposición final primera, capítulo, sección, título, libro). e) La primera palabra del título de cualquier obra o documento. Ejemplos: El rayo que no cesa, Luces de bohemia, Cantos de vida y esperanza, El siglo de las luces. En las publicaciones periódicas y colecciones, en cambio, se escriben con mayúscula los sustantivos y adjetivos que forman el título. Ejemplos: Nueva Revista de Filología Hispánica, El Urogallo, Biblioteca de Autores Españoles. f)

Los nombres de las disciplinas científicas en cuanto tales. Ejemplos:

Soy licenciado en Derecho. Ha estudiado Económicas. Lecciones de Estadística Teórica. Pero escribiremos con minúscula: Me gustan las matemáticas de este curso.

2.

USO DE LAS LETRAS MAYÚSCULAS

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Llaman filosofía de la vida a lo que es pura vulgaridad. La psicología de los niños es complicada. g) Suelen escribirse con mayúscula los nombres de determinadas entidades cuando se consideran conceptos absolutos. Ejemplos: la Libertad, la Ley, la Paz, la Justicia. Pero, se escribirán con minúscula si su empleo no conlleva la expresión de tales conceptos. Por ejemplo: La libertad de expresión. La ley de la gravedad. También se escriben con mayúscula inicial, los nombres de fechas o cómputos cronológicos, épocas, acontecimientos históricos, movimientos religiosos, políticos o culturales. Ejemplos: la Antigüedad, la Hégira, la Escolástica, el Renacimiento. 2.4.

Minúscula inicial

Los nombres de los estados contables. Ejemplo: balance, cuenta de tesorería o resultado presupuestario. Se exceptúan de la regla anterior las denominaciones: Cuenta General y Presupuesto, siempre que, en este último caso, represente la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos y obligaciones que se esperan liquidar durante el ejercicio por el órgano o entidad a que el mismo se refiera. Por ejemplo: El Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio ..., La Cuenta General rendida .... En los documentos de la Cámara de Cuentas, se escribirán con minúscula inicial los nombres de los días de la semana, de los meses y de las estaciones del año. Ejemplos: El lunes es su día de descanso. La primavera empieza el 21 de marzo. 2.5.

Empleos expresivos

En ocasiones, el uso de la mayúscula se debe a propósitos expresivos, como sucede en los casos siguientes:

26

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

a) En los títulos, cargos y nombres de dignidad, como Rey, Papa, Duque, Presidente, Ministro, etc. Estas palabras se escribirán siempre con minúscula cuando acompañen al nombre propio de la persona o del lugar al que corresponden (ejemplos: el rey Felipe IV, el presidente de Colombia, la consejera de Cultura. El ministro del Interior, el presidente de la Junta de Andalucía) o estén usados en sentido genérico (por ejemplo: El papa, el rey y el duque están sujetos a morir, como lo está cualquier otro hombre). Sin embargo, pueden escribirse con mayúscula cuando no aparece expreso el nombre propio de la persona o del lugar y, por el contexto, los consideramos referidos a alguien a quien pretendemos destacar. Ejemplos: El Rey inaugurará la nueva biblioteca. El Papa visitará tres países en su próximo viaje. También es costumbre particular de las leyes, decretos y documentos oficiales escribir con mayúscula las palabras de este tipo. Así se hará en los documentos de la Cámara de Cuentas. Ejemplos: el Rey de España, el Presidente del Gobierno, el Presidente de la Junta de Andalucía, el Director General de Tesorería. b) En algunas palabras de escritos publicitarios, propagandísticos o de textos afines. Este uso, destinado a destacar arbitrariamente determinadas palabras, es idéntico al recurso opuesto, consistente en emplear las minúsculas en lugares donde la norma exige el uso de mayúsculas. En ningún caso deben extenderse estos empleos de intención expresiva de mayúsculas o minúsculas a otros tipos de escritos.

3.

SIGNOS DE PUNTUACIÓN

La correcta puntuación de un texto es fundamental para que se pueda entender adecuadamente; un texto mal puntuado, por el contrario, es difícil de entender y puede resultar ambiguo. Partimos de la base de que hay un margen de subjetividad en la puntuación, por lo que un mismo texto se puede puntuar de diversas maneras por autores distintos. Analizamos a continuación los diferentes signos de puntuación y ofrecemos las pautas generales de uso. 3.1. 3.1.1.

El punto Normas para el empleo correcto del punto

1. Punto y seguido. nado con lo anterior.

Se emplea cuando lo que se dice está muy relacio-

2. Punto y aparte. Se emplea cuando lo que se dice se refiere a algo diferente de lo anterior. 3.

Observaciones.

– Se emplea al final de las abreviaturas: pág., art. – Si el punto de una abreviatura coincide con el punto de cierre del enunciado, sólo debe escribirse un punto, nunca dos. – Cuando una oración acaba en paréntesis, raya o comillas, el punto se escribe tras el paréntesis, la raya o las comillas de cierre: … en el capítulo II (gastos corrientes en bienes y servicios). – Nunca se escribe otro punto tras los puntos suspensivos cuando estos cierran un enunciado, salvo que la frase acabe en una palabra abreviada. 3.1.2.

Usos incorrectos del punto

– Cuando interrumpe una frase en su transcurso: *Se reconoció en el ejercicio 2000 y se certificó en el 2001. Por lo que se incumple… Suele detectarse este uso erróneo antes de expresiones como por lo que, de manera que y similares.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

– Tras los símbolos, como €, salvo que éste termine una oración. – Al final de los títulos o epígrafes de un documento. *III.3.3. Provisiones para riesgos y gastos. 3.2. 3.2.1.

La coma Normas para el empleo correcto de la coma

1. En enumeraciones de palabras, sintagmas u oraciones en cuyo interior no existan otras comas (en ese caso se emplea el punto y coma), salvo si los anteceden y, e, o, u: …correspondientes a la compensación de créditos ciertos, vencidos, líquidos y exigibles…. En los documentos se aprecia, en ocasiones, el empleo erróneo del punto y coma en estos casos: *se adjudican a la empresa de la obra principal por importes de 210 m€; 243 m€ y 140 m€. 2. Para introducir palabras o sintagmas que aclaran o especifican a un sustantivo (aposiciones, adyacentes): Según la IGJA, Intervención General de la Junta de Andalucía… 3. Para introducir oraciones completas (llamadas oraciones incidentales) que interrumpen momentáneamente una oración para aclararla o ampliarla. En este caso se puede emplear también el paréntesis: El Excmo. Ayuntamiento de Málaga creó, al amparo de las previsiones contenidas en el artículo X, un organismo autónomo municipal… 4. De modo particular, cuando se incluye una subordinada adjetiva explicativa: Además de la creación del taller de restauración, que fue una actuación de carácter concreto, se han adoptado otras medidas… 5. Cuando se adelanta un complemento circunstancial extenso al sujeto de una oración: *Con los criterios expuestos con anterioridad, se obtiene un importe de… 6. En las oraciones compuestas, cuando la subordinada adverbial precede a la principal: Según lo establecido en sus Estatutos, el IMV podrá desarrollar actividades… 7. Tras los conectores oracionales: asimismo, de la misma forma, por consiguiente, por ello, de esta manera, en este sentido, por lo tanto, sin embargo…: De igual modo, merecen destacarse ciertos aspectos… 8. Se separan mediante comas los miembros gramaticalmente equivalentes dentro de un mismo enunciado: La fiscalización de los expedientes ha consistido

3.

SIGNOS DE PUNTUACIÓN

29

en verificar la razonabilidad, la motivación, el reflejo contable y el cumplimiento de la normativa aplicable. 9. Se escribe coma para separar el sujeto de los complementos verbales cuando el verbo está elidido por haber sido mencionado con anterioridad o estar sobrentendido. 10. Es conveniente escribir coma delante de excepto, salvo y menos: … ajustarán su actividad contractual a los principios de publicidad y concurrencia, salvo que la naturaleza de la operación… 3.2.2.

Usos incorrectos de la coma

– No se emplea entre el sujeto y el predicado de una oración si se respeta el orden habitual de la frase. El Pleno acordó… – Entre los complementos consecutivos de un predicado simple: La empresa cuenta con unas normas internas para dar cumplimiento… – Cuando se introduce una subordinada adjetiva especificativa: el análisis de estos contratos, que tiene por objeto… – No debe escribirse coma delante de la conjunción que cuando ésta tiene sentido consecutivo y va precedida, inmediatamente o no, de tan(to) o tal: El análisis ha sido tan exhaustivo que… 3.3. 3.3.1.

El punto y coma Normas para el empleo correcto del punto y coma

1. Se usa para separar proposiciones yuxtapuestas, así como oraciones largas y complejas; especialmente para separar oraciones sintácticamente independientes entre las que existe una estrecha relación semántica. 2. Ante conjunciones adversativas como sin embargo, aunque, en caso contrario, etc, cuando separan oraciones de cierta extensión: En caso de que los tenga, se compararán con el importe resultante de nuestro análisis y se aceptará si es superior a nuestros cálculos; en caso contrario, se justificará la propuesta de la Cámara de Cuentas. 3. Para separar enumeraciones de oraciones en cuyo interior se emplea la coma: Dichos incrementos también han afectado al resto de inmuebles: garajes vinculados, 10%; trasteros vinculados, 8%; garajes no vinculados, 23%; y locales, 37%.

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4. Para separar los elementos de una enumeración cuando se trata de expresiones complejas que incluyen comas o conectores textuales (por una parte, por otra…): En primer lugar, se han ordenado las distintas fases […]; en segundo lugar, se han seleccionado algunas… 5. Se coloca punto y coma detrás de cada uno de los elementos de una lista o relación cuando se escriben en líneas independientes y se inician con minúscula, salvo detrás del último, que se cierra con punto: Vocales: — El secretario general de Ferrocarriles de la Junta de Andalucía; — el director técnico de Ferrocarriles de la Junta de Andalucía; — un representante de la Asesoría Jurídica de Ferrocarriles de la Junta de Andalucía. 3.3.2.

Usos incorrectos del punto y coma

– Para separar elementos de una enumeración en cuyo interior no se emplea la coma: *se adjudican a la empresa de la obra principal por importes de 210 m€; 243 m€ y 140 m€. 3.4. 3.4.1.

Los dos puntos Normas para el empleo correcto de los dos puntos

1. Se emplean para introducir o cerrar una explicación o una enumeración. Se pueden destacar tres aspectos básicos en las relaciones entre ambas:… 2. Para introducir oraciones que son consecuencia o resumen de lo anteriormente dicho: Se ha dado cumplimiento medio de tan sólo el 49% de las previsiones, con un reparto desigual: una media del 66% en viviendas para la venta… 3. Tras expresiones como por ejemplo, a saber, de la siguiente manera, etc. Entre dichos objetivos se pueden destacr los siguientes: localización de suelos e inmuebles… 4. Para introducir citas textuales. La justificación del primero de ellos fue: «El Sr. Director expone la necesidad…»

3.

3.4.2.

SIGNOS DE PUNTUACIÓN

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Usos incorrectos de los dos puntos

– Es incorrecto escribir dos puntos entre una preposición y el sustantivo o sustantivos que esta introduce. *Se ha comprobado el cumplimiento de la normativa aplicable respecto a: 3.5.

Los puntos suspensivos

Los puntos suspensivos son siempre tres (hecho que no siempre se respeta en los documentos de la Cámara de Cuentas) y se escriben juntos, sin espacio entre ellos. Nos indican una interrupción de la oración o un final impreciso. Si los puntos suspensivos cierran un enunciado, se continúa con letra mayúscula; en el caso contrario, se sigue con minúsculas. También se emplean, entre corchetes […] cuando se omite una parte de un texto que se cita literalmente. Es obligatorio su uso cuando la parte omitida de una cita se encuentra en el interior de la misma; si se halla al principio o al final, basta con emplear los tres puntos suspensivos sin corchetes. Frente a ejemplos del tipo *En particular ......facturas de obra, servicios y suministros, debería escribirse En particular […] facturas de obra, de servicios y de suministros. 3.6.

El paréntesis y la raya

Los paréntesis y las rayas poseen valores similares a las comas cuando éstas se emplean para introducir incisos en una oración; la única diferencia estriba en que el paréntesis supone una pausa mayor que la raya y ésta, a su vez, mayor que la coma. 3.6.1.

Normas para el empleo correcto del paréntesis y la raya

1. Sirven para aportar elementos aclaratorios o circunstanciales a la frase: … les hacemos la siguiente observación (se transcribe en el acta): 2. Para añadir algún dato intercalado. De los 216 organismos autónomos que ha presentado cuentas, 126 (un 58,3%) lo han hecho a través de… 3. Cuando se deba hacer un inciso dentro de otro inciso, se emplea en primer lugar el paréntesis y, en su interior, las rayas, nunca al revés.

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3.7. Adenda 3.7.1. Acerca de los títulos de disposiciones legales, documentos, informes, etcétera. La situación habitual en los documentos de la Cámara de Cuentas es que los títulos se escriban con abundantes mayúsculas iniciales. Para evitar este uso, desaconsejado tanto por la RAE como por la legislación vigente (Resolución de 28 de julio de 2005 […] por la que se aprueban las directrices de técnica normativa), se empleará la letra cursiva, con lo que sólo se escribirá en mayúsculas la letra inicial del título. Así, escribiremos Instituto de contabilidad y auditoría de cuentas; Plan operativo de medio ambiente local.

4.

LAS ABREVIATURAS

Cuando hablamos de abreviaturas nos estamos refiriendo a la representación gráfica simplificada de una palabra o un conjunto de palabras. Dicha reducción se realiza al eliminar por lo menos dos de las letras de su estructura gráfica original (con contadísimas excepciones como vid = ≤ ≥ => Ø % %0

Arroba copyright (derechos de autor) euro; miles de euros; millones de euros libra esterlina Párrafo incremento et (y) información complementaria expresión incorrecta siguen páginas Número más (Mat.) menos más menos menor que mayor que igual a menor o igual mayor o igual Implica conjunto vacío por ciento por mil

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42

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

4.4. Acrónimos y siglas frecuentes Una sigla es una palabra formada por el conjunto de letras iniciales de una expresión compleja; IPC. El acrónimo es un tipo de sigla que se pronuncia como una palabra: AVE. Las siglas se escriben hoy sin puntos ni blancos de separación. Sólo se escribe punto tras las letras que componen las siglas cuando van integradas en textos escritos enteramente en mayúsculas: MEMORIA ANUAL DEL C.S.I.C. @CERVO A AAECAU ACF AD ADOP AEAT AECT AIE AL AMA APEMSA ASAJA AUCORSA BBVA BCL BEI BEP BOE BOICAC BOJA BOP BSCH BUP CCA CCAA CAAC

Sistema de Información de la Gestión Patrimonial Fase contable de gestión: Autorización de Gastos Agencia Andaluza de Evaluación de la Calidad y Acreditación Universitaria Anticipo de Caja Fija Fase contable de gestión: Autorización y Disposición de Gastos Fase contable de gestión: Autorización, Disposición, Reconocimiento de la Obligación y Propuesta de Pago Agencia Estatal de la Administración Tributaria Agrupación Europea de Cooperación Transfronteriza Agrupación de Interés Económico Agenda Local Agencia de Medio Ambiente Aguas del Puerto Empresa Municipal, S.A. Asociación de Jóvenes Agricultores Autobuses Urbanos de Córdoba, S.A. Banco Bilbao Vizcaya Argentaria Banco de Crédito Local Banco Europeo de Inversiones Bases de Ejecución del Presupuesto Boletín Oficial del Estado Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas Boletín Oficial de la Junta de Andalucía Boletín Oficial de la Provincia Banco Santander Central Hispano Bachillerato Unificado Polivalente Cámara de Cuentas de Andalucía Comunidades Autónomas Centro Andaluz de Arte Contemporáneo

4.

CAG CAT CCA CDEA CE CECOSAM CEH CENTIA CENTRA CETECOM CETURSA CHG CIE CIECEMA CIP CIYAT CMA CMTBC CONSYPROAN COPT CPD CSD CSIC CSR CSTV CTMS DA DAP DGAPD DGFE DGIPA DGL DGP DGPCA DGPT

LAS ABREVIATURAS

43

Cuenta de Administración General Centro Andaluz de Teatro, S.A. Cámara de Cuentas de Andalucía Comercializadora de Productos Andaluces, S.A. Constitución Española Cementerios Municipales de Córdoba, S.A.M. Consejería de Economía y Hacienda Centro de Turismo Interior de Andalucía, S.A. Fundación Centro de Estudios Andaluces Centro de Tecnología de las Comunicaciones, S.A. Centros Turísticos Sierra Nevada, S.A. Confederación Hidrográfica del Guadalquivir Centro de Iniciativas Empresariales Centro Internacional de Convenciones Ecológicas y Medioambientales Código de Identificación de Productos Centro de Información y Atención Tributaria Consejería de Medio Ambiente Consorcio Metropolitano de Transportes Bahía de Cádiz Construcciones y Promociones andaluzas Consejería de Obras Públicas y Transportes Centro de Proceso de Datos Canal Satélite Digital, S.L. Consejo Superior de Investigaciones Científicas Canal Sur Radio, S.A. Canal Sur Televisión, S.A. Centro de Transportes de Mercancías de Sevilla, S.A. Disposición Adicional Empresa Pública para el Desarrollo Agrario y Pesquero de Andalucía, S.A. Dirección General de Actividades y Promoción Deportiva Dirección General de Fondos Europeos Dirección General de Industrias y Promoción Agroalimentaria Dirección General del Libro y del Patrimonio Bibliográfico y Documental Dirección General de Presupuestos Dirección General de Prevención y Calidad Ambiental Dirección General de Planificación Turística

44 DGR DGSI DGT y DP DGT y PF DGT DOUE EASP EBD EDAR EGB EGMASA EMACSA EPDASA EPES EPGPC EPPA EPSA EPSBG ESO ET ETAP FADA FAGA FAISEM FAMP FASS FASUR FC FCI FEADER FEDER FEOGA

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Dirección General de la Red de Espacios Naturales Protegidos y Servicios Ambientales Dirección General de Sistemas de Información Económico-Financiera Dirección General de Tesorería y Deuda Pública Dirección General de Tesorería y Política Financiera Dirección General de Tributos e Inspección Tributaria Diario Oficial de la Unión Europea Escuela Andaluza de Salud pública, S.A. Estación Biológica de Doñana Estación Depuradora de Aguas Residuales Educación General Básica Empresa Pública de Gestión Medioambiental, S.A. Empresa Municipal de Aguas de Córdoba, S.A. Empresa Pública de Deporte Andaluz, Sociedad Anónima Empresa Pública de Emergencias Sanitarias Empresa Pública de Gestión de Programas y Actividades Culturales y Deportivas Empresa Pública de Puertos de Andalucía Empresa Pública del Suelo de Andalucía Empresa Pública Sanitaria Bajo Guadalquivir Educación Secundaria Obligatoria Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores Estación de Tratamiento de Agua Potable Fundación Andaluza para la Atención a las Drogodependencias Fondo Andaluz Garantía Agraria Fundación Andaluza para la Integración Social del Enfermo Mental Federación Andaluza de Municipios y Provincias Fundación Andaluza de Servicios Sociales Fabricados para la Automoción del Sur, S.A. Fondo de Cohesión Fondo de Compensación Interterritorial Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Regional Fondo Europeo de Desarrollo Regional Fondo Europeo de Orientación y Garantía Agrícola

4.

FEP FHN FIBES FICOR FMGT FMJB FORTA FP FS GIASA GMU HCS IAAP IAE IFAPA IAJ IAM IAPH IAPRL IARA IASS IAVANTE IBI ICAC ICAL ICIO ICL ICO IDEA IDEECO IEA IFA IFLA

LAS ABREVIATURAS

45

Fondo Europeo de Pesca Funcionarios de Administración Local con Habilitación Nacional Institución Feria de Muestras Iberoamericana de Sevilla Fomento Iniciativas Cordobesas, S.A. Fundación Municipal Gran Teatro Fundación Municipal Jardín Botánico Federación de Organismos de Radio y Televisión Autonómicas Formación Profesional Fondo de Suficiencia Gestión de Infraestructuras de Andalucía, S.A. Gerencia Municipal de Urbanismo Empresa Pública Hospital de la Costa del Sol Instituto Andaluz de Administración Pública Impuesto sobre Actividades Económicas Instituto Andaluz de Investigación y Formación Agraria, Pesquera, Alimentaria y de la Producción Ecológica Instituto Andaluz de la Juventud Instituto Andaluz de la Mujer Instituto Andaluz de Patrimonio Histórico Instituto Andaluz de Prevención de Riesgos Laborales Instituto Andaluz de Reforma Agraria Instituto Andaluz de Servicios Sociales Fundación Andaluza para el Avance Tecnológico y Entrenamiento Profesional Impuesto sobre Bienes Inmuebles Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas Orden de 17 de julio de 1990, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad para la Administración Local Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras Orden de 23 de noviembre de 2004, por la que se aprueba la Instrucción de Contabilidad Local Instituto Crédito Oficial Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía (antes IFA) Instituto de Desarrollo Económico y de Empleo de Córdoba Instituto de Estadística de Andalucía Instituto de Fomento de Andalucía Federación Internacional de las Asociaciones y de las Instituciones de la Biblioteca

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IFOP IGAE IGJA IIVTNU IJB IMFE IMUCONA INAFIN INE INEM INMUVISA INSALUD INSS INTASA INTURJOVEN IPC IRPF IRR IS ISFAS ITE ITPyAJD IVA IVTM JA LBELA LBRL LCAP LCCA LCEN

Instrumento Financiero de Orientación Pesquera Intervención General de la Administración del Estado Intervención General de la Junta de Andalucía Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana Impuesto sobre Incremento de valor de terrenos de naturaleza urbana Impuesto sobre el Juego del Bingo Instituto Municipal de Formación y Empleo de Granada Instituto Municipal para la Conservación de la Naturaleza Instituto Andaluz de Finanzas Instituto Nacional de Estadística Instituto Nacional de Empleo Iniciativa Municipal para la Vivienda, S.A. Instituto Nacional de la Salud Instituto Nacional de la Seguridad Social Infraestructuras Turísticas de Andalucía, S.A. Empresa Andaluza de Instalaciones y Turismo Juvenil, S.A. Índice de Precios de Consumo Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas Índice de Renta Relativa Impuesto sobre Sociedades Instituto Social de las Fuerzas Armadas Impuesto General sobre el Tráfico de Empresas Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados Impuesto sobre el Valor Añadido Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica Junta de Andalucía Ley 7/1999, de 29 de septiembre, de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local Ley 13/1995, de 18 de mayo, de Contratos de las Administraciones Públicas Ley 1/1988, de 17 de marzo, de la Cámara de Cuentas de Andalucía Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres

4.

LCSP LGEP LGHP LGP LENP LIFISA LIPSAP LIS LIVA LMMGL LMRFP LOFCA LOGSE LOPD LOTCu LOUA LPA LPCA LRHL

LRJAP LS76 LS90

LAS ABREVIATURAS

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Ley de Contratos del Sector Público Ley 18/2001, de 12 de diciembre, General de Estabilidad Presupuestaria Ley 5/1983, de 19 de julio, General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el inventario de espacios naturales protegidos de Andalucía, y se establecen medidas adicionales para su protección Linares Fibras Industriales, S.A. Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas Ley 43/1995 del Impuesto sobre Sociedades Ley del Impuesto sobre Sociedades Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido Ley 57/2003, de 16 de diciembre, de Medidas para la Modernización del Gobierno Local Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública Ley Orgánica de Financiación de las Comunidades Autónomas Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo Ley Orgánica de Protección de Datos Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía Ley 7/1994, de 18 de mayo, de Protección Ambiental Ley 4/1986, de 5 de mayo, de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Andalucía Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana, aprobado por Real Decreto 1346/1976, de 9 de abril Ley 8/1990, de 25 de julio, sobre Reforma del Régimen Urbanístico y Valoraciones del Suelo

48 LS92 LS98 LSA MAC MP MUFACE MUGEJU MUNPAL NIF OCDE OCEX OEP OJA ONG OPAEF OV PAA PAG PAIDP PAIF PASI PC 21 PCAP PDS PER PERI PFOEA PGBC PGC PGCP PGDA PGE PGOH

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Real Decreto Legislativo 1/1992, de 26 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana Ley 6/1998, de 13 de abril, sobre Régimen del Suelo y Valoraciones Ley de Sociedades Anónimas Marco de Apoyo Comunitario millones de pesetas Mutualidad de Funcionarios Civiles del Estado Mutualidad General Judicial Mutualidad Nacional de Previsión de la Administración Local Número de Identificación Fiscal Organización para la Cooperación y Desarrollo Económico Órganos de Control Externo Oferta de Empleo Público Orquesta Joven de Andalucía Organización, -es no Gubernamental,-es Organismo Provincial de Asistencia Económica y Fiscal de la Diputación de Sevilla Oficina Virtual Tributaria y de Recaudación de la Consejería de Economía y Hacienda Programa Anual de Actuaciones Patronato de la Alhambra y el Generalife Patronato Municipal de Integración de Disminuidos Psíquicos Programa de Actuación, Inversión y Financiación Plan Andalucía Sociedad de la Información 2007-2010 Programa Ciudad 21 Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares Plan de Desarrollo Sostenible Plan de Empleo Rural Plan Especial de Reforma Interior Programa de Fomento de Empleo Agrario Plan General de Bienes Culturales Plan General de Contabilidad Plan General de Contabilidad Pública Plan General del Deporte de Andalucía Presupuestos Generales del Estado Plan General de Ordenación Hidráulica

4.

PGOU PGS PIB PIE PIMA PISA PMA PMD PMS POD POIA PORN PP PPT PPTP PROCÓRDOBA PRODER PRUG PTA PUP RBEL RBELA RCE RD RECSA RENPA RCAP RGR RGU RIAA

LAS ABREVIATURAS

49

Plan General de Ordenación Urbanística Programas de Garantía Social Producto Interior Bruto Participación en los Ingresos del Estado Plan de Innovación y Modernización de Andalucía 2004-2008 Polígono Industrial S.A. Plan de Medio Ambiente Patronato Municipal de Deportes Patrimonio Municipal de Suelo Programa Operativo Doñana Programa Operativo Integrado de Andalucía Plan de Ordenación de los Recursos Naturales Plan Parcial Pliego de Prescripciones Técnicas Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares Proyectos de Córdoba Siglo XXI, S.A. Programa Operativo de Diversificación Económica de Zonas Rurales Plan Rector de Uso y Gestión Parque Tecnológico de Andalucía, S.A. Programas de Uso Público Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales Reglamento de Bienes de las Entidades Locales de Andalucía, aprobado por Decreto de 24 de enero de 2006 Real Decreto 2377/1985, por el que se aprueba el Reglamento de normas básicas sobre conciertos educativos Real Decreto Red Andaluza de Ciudades Sostenibles Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Real Decreto 1684/1990, de 20 de diciembre, Reglamento General de Recaudación de Tributos Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto, que aprueba el Reglamento de Gestión Urbanística Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía

50 RIJA ROAC ROF RP RPT RSCL RSU RTOP RTT RTVA SA SACESA SADECO SADESI SADIEL SAE SAL SANDETEL SAS SAU SAYSE SEC SERECOP SIFE SIPS SIRBA SL SM SODEAN SODELSA

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Decreto 149/1988, de 5 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía Registro Oficial de Auditores de Cuentas Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las Entidades Locales Reglamento de Planeamiento, aprobado por Real Decreto 2159/1978, de 23 de junio Relación de puestos de trabajo Decreto de 17 de junio de 1955, que aprueba el Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales Residuos Sólidos Urbanos Decreto 46/1986, de 5 de marzo, que aprueba el Reglamento General de Tesorería y Ordenación de Pagos Registro Telemático Tributario Empresa Pública de la Radio y Televisión de Andalucía Sociedad Anónima Sociedad Andaluza de Componentes Especiales, S.A. Saneamientos de Córdoba, S.A. Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Sociedad de la Información, SAU Sociedad Andaluza para el Desarrollo de la Informática y la Electrónica, S.A. Servicio Andaluz de Empleo Sociedad Anónima Laboral Sociedad Andaluza para el Desarrollo de las Telecomunicaciones, S.A. Servicio Andaluz de Salud Sociedad Anónima Unipersonal Saneamientos y Servicios, S.A. Sistema Europeo de Cuenta Económicas Integradas Servicios Económicos de El Puerto, S.L. Sistema de Indicadores de Fondos Europeos Sistemas de Interés Público y Social Sistema de Información de las Bibliotecas Públicas de Andalucía Sociedad de responsabilidad limitada Sociedad Mercantil Sociedad para el Desarrollo Energético de Andalucía, S.A. Sociedad para el Desarrollo de Lebrija, S.A.

4.

SOPREA SS SSCC SSMM SSPP STC STS SUR T+ TTAC TALENTIA TGJA TGSS TRAGSA TRLCAP

TRLRHL TSJA TURASA UAL UAGA-COAG UCA UCO UCUA UGR UHU UJAEN UMA UNIA

LAS ABREVIATURAS

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Sociedad para la Promoción y Reconversión Económica de Andalucía, S.A. Seguridad Social Servicios Centrales Sociedades Mercantiles Servicios Públicos Sentencia del Tribunal Constitucional Sentencia del Tribunal Supremo Sistema Unificado de Recursos Fase contable de créditos: Transferencias de Créditos Positivas en su destino Fase contable de créditos: Transferencias de Créditos Negativas en su origen Tomografía Axial Computerizada Sociedad para el Impulso del Talento, S.L. Tesorería General de la Junta de Andalucía Tesorería General de la Seguridad Social Empresa Nacional de Transformación Agraria, S.A. Real Decreto Legislativo 2/2002, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales Tribunal Superior de Justicia de Andalucía Turismo Andaluz, S.A. Universidad de Almería Unión de Agricultores y Ganaderos de Andalucía-Cooperativa Obrera de Agricultores y Ganaderos Universidad de Cádiz Universidad de Córdoba Consorcio Unidad para la Calidad de las Universidades Andaluzas Universidad de Granada Universidad de Huelva Universidad de Jaén Universidad de Málaga Universidad Internacional de Andalucía

52 UNESCO URTASA US UTE VEIASA VIMCORSA VPO VPP

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura Urbanizadora Tarifeña Sociedad Anónima Universidad de Sevilla Unión Temporal de Empresas Verificaciones Industriales de Andalucía, S.A. Viviendas Municipales de Córdoba, S.A. Viviendas de Protección Oficial Viviendas de promoción pública

5.

5.1.

USO DE LAS CIFRAS

Los determinantes numerales

Son aquellos que indican cantidad (cardinales), orden (ordinales), partición (partitivos o fraccionarios) y multiplicación (múltiplos). 5.1.1.

Los números cardinales

Los números cardinales se escriben con una sola palabra hasta el treinta; las decenas (cuarenta, cincuenta…) y las centenas (cien, doscientos, etc.). En el lenguaje común, se recomienda escribir con letras los números hasta el treinta, así como todos aquellos que constan de una sola palabra (mil, trescientos) o números que se expresan en dos palabras unidas por la conjunción y (hasta noventa y nueve). Sin embargo, los textos técnicos admiten otras posibilidades. En cualquier caso, no es recomendable mezclar en un mismo enunciado números escritos con cifras y números escritos con letra. Normas generales Se escriben con letras los cardinales que constan de una sola palabra. En los textos de la Cámara de Cuentas se escriben con cifras las cantidades superiores a nueve: 13 días. Se escriben con cifras: – Las direcciones de vías públicas (número de casa y piso), carreteras y autopistas: Eduardo Dato, 26 5º A; A 92; N 340. – Los distritos postales: 41100. – Los números de los textos legales: RD 1631/2006. – Los números de habitantes, páginas, párrafos, artículos: Página 225; párrafo § 3. – Los porcentajes superiores a diez, salvo que expresen cifras aproximativas.

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Así, se escribirá el 18% de los encuestados frente a En torno al veinte por ciento de los encuestados. No se mezclarán nunca letras y cifras en la expresión de porcentajes (no es correcto escribir *el 15 por ciento). – Los días del mes: 1 de octubre; 28 de febrero. Se exceptúan aquellos que forman parte de un nombre propio: Hospital Doce de Octubre. – Los años: 2008. Se escriben sin punto ni espacio de separación (son incorrectos *2.008 o *2 008). – Los precios: 6 euros. – Los números con decimales: 5,17. – Los números que preceden a símbolos: 5 km. Si en lugar de emplearse el símbolo se usa la palabra completa, se escribirá con letras, según la norma general: cinco kilómetros. – Los números que siguen a un sustantivo: Habitación 810; Aula 5, Página 3, Tabla 8. – Las líneas de transporte público: Línea 21 de autobuses. – Los grados, minutos y segundos: 18º 43ʼ 27ʼʼ latitud norte. – Los números seguidos de la abreviatura del concepto que cuantifican: 5 cts. (ʻcinco céntimosʼ), 45 págs. (ʻcuarenta y cinco páginasʼ), 2 vols. (ʻdos volúmenesʼ). Se escriben con letras: – Los números hasta el treinta, las decenas (cuarenta, cincuenta…) y las centenas (cien, doscientos, etc.) salvo que vayan seguidos de símbolos (6 mg) o formen parte de una relación: 8 ordenadores, 3 impresoras y 1 fax. – En el caso de los números que vayan seguidos de una abreviatura o un símbolo, no se deben escribir en líneas diferentes el número y la abreviatura: *5 / cts. – La edad de las personas: cuarenta y un años. – Las cantidades aproximadas: Se remitieron unas cinco mil circulares. – Las que expresan tiempo: Hace treinta años se realizó una inspección… – Los nombres de las décadas: En los años noventa se fiscalizó… – Los numerales que encabezan un párrafo o aparecen después de un punto: Treinta y ocho años más tarde…

5.

5.1.2.

USO DE LAS CIFRAS

55

Los determinantes ordinales

Desde el primero al vigésimo se escriben en una sola palabra. Hay que prestar especial atención a los ordinales undécimo y duodécimo (no se admiten *decimoprimero ni *decimosegundo). Entre el 1.º y el 20.º se recomienda el empleo de los ordinales; a partir del 21.º, los cardinales (así, escribiremos el decimocuarto párrafo frente a párrafo treinta y tres). Se escriben con cifras: – Los ordinales de los articulados de las leyes, decretos, reglamentos, etc: artículo tercero. En este caso se admite también el determinante numeral, escrito con cifras: artículo 3. – Los párrafos numerados de un texto. – Las cifras que indican ediciones: decimoquinta edición. Se escriben con letras: – Los números de congresos, reuniones (que pueden ser, asimismo, numerados con cifras romanas): Primer Congreso Internacional o bien I Congreso Internacional. 5.1.3.

Los determinantes partitivos

Desde el 2 al 100 se escriben en una sola palabra: cuarentaicincoavo. En forma abreviada, se escriben con el numeral cardinal, seguido de un punto y una “o” volada: 34.º No se deben confundir los partitivos con los ordinales: *piso onceavo, en lugar de piso undécimo. Los partitivos pueden escribirse en forma de fracción, en cuyo caso siempre se escriben con cifras: ¼ (un cuarto), 23/40 (veintitrés cuarentavos). 5.1.4.

Los determinantes múltiplos

También llamados proporcionales: doble, cuádruple, séxtuplo. Se escriben siempre con letras. Sólo existen nombres específicos para los proporcionales del dos al trece (del doble al terciodécuplo) y para el cien (céntuplo). En los demás

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casos, se emplea el ordinal correspondiente: Los beneficios de la empresa se han multiplicado por quince. 5.2. 5.2.1.

Fechas Estructura

La norma española aconseja la escritura el orden ascendente: día, mes, año: 28 de febrero de 2008. El orden descendente (año, mes, día), sin preposiciones (2008 febrero 28) es el recomendado por las normas ISO, pero su uso debe quedar circunscrito a los documentos científicos o técnicos de circulación internacional. 5.2.2.

Escritura

Pueden escribirse con números, con letras o en combinación. Si se emplean total o parcialmente las letras, deben usarse las preposiciones. Se dictan las siguientes normas: – Si se escriben las fechas con números, se separan con barras y sin espacios: 28/2/2008. – Las formas completamente con letras se circunscriben a actas notariales, escrituras públicas o cheques bancarios. – La forma más común es combinar números para día y año y letras para el mes, que se escribirá siempre en minúsculas: 28 de febrero de 2008. – Cuando las fechas formen parte de una tabla o un cuadro, se consignarán siempre con dos dígitos el día y el mes y con cuatro el año: 10/06/2008; 03/12/2008. 5.2.3.

El artículo en la escritura de las fechas

Con respecto a la escritura del artículo en las fechas, la RAE se decanta por no emplearlo, de modo que recomienda “mantener este uso en la datación de cartas y documentos del año 2000 y sucesivos: 4 de marzo de 2000. Esta recomendación no implica que se considere incorrecto, en estos casos, el uso del artículo: 4 de marzo del 2000. Naturalmente, si se menciona expresamente la palabra año, resulta obligado anteponer el artículo: 5 de mayo del año 2000.”

5.

USO DE LAS CIFRAS

57

Por este motivo, se recomienda no usar el artículo en las fechas: 28 de febrero de 2008. 5.3.

Porcentajes

Para la escritura de porcentajes, se recomienda escribir todo con números: 30%. Se puede escribir todo con letras (treinta por ciento), pero no mezclar ambas opciones (*30 por ciento). Los porcentajes aproximados se escriben siempre con letras. Alrededor del veinte por ciento de los gastos… El símbolo % se escribe pegado a la cifra a la que acompaña; si se escribe un porcentaje con letras, todo el número debe presentarse en el mismo renglón. Las expresiones porcentuales son gramaticalmente singulares, por lo que rigen concordancia en singular: un 30% de los encuestados admitió… Sin embargo, en este caso se admite especialmente, como veremos, la concordancia ad sensum en plural.

6.

6.1. 6.1.1.

SINTAGMA NOMINAL

El sustantivo Género del sustantivo

6.1.1.1.

Consideraciones generales

La mayoría de los sustantivos solo tiene un género, o masculino (tiempo, día, contrato) o femenino (cuenta, mano, libertad). Una pequeña porción de sustantivos (la mayoría de aquellos que corresponden a nombres de seres sexuados) posee alternancia de género masculino-femenino. Desde el punto de vista lingüístico, existen en español dos géneros: – Masculino o no marcado. Es el sustantivo genérico, válido en su conjunto tanto para masculino como para femenino. Así los gatos refiere a un conjunto de gatos y gatas. – Femenino o marcado. Es exclusivo para el sexo femenino. Así, las gatas se refiere exclusivamente a las hembras de esta especie. – Conviene aclarar, desde el inicio, que la relación de género no coincide necesariamente con el sexo del individuo referido. Así, bebé es palabra masculina (aunque el individuo referido sea hembra) o criatura es sustantivo femenino. El español posee diversas formas de marcar la distinción de género: – Con alternancia de morfemas: o/a (niño/niña), o/e (monje/monja). – Añadiendo una “a” al sustantivo acabado en consonante: creador/creadora. – Alternando el determinante, sin variar el sustantivo: el/la joven; el/la miembro. – En ocasiones, se puede emplear distintamente el cambio de artículo o añadir una “-a”. Así, tan correcto es hablar de la concejal como de la concejala. En estos casos, se prefiere marcar el género con el determinante (es decir, es aconsejable emplear la edil, la concejal, la juez, a la edila, la concejala, la

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jueza, ya que en estos casos el sustantivo, en sí, no posee ninguna marca ni masculina ni femenina). – Con otras terminaciones: alcalde / alcaldesa; actor / actriz. También existen algunos dobletes: tan correcto es decir la poetisa como la poeta. – Con palabras completamente distintas: hombre / mujer. Por último, también hay que considerar que la distinción masculino/femenino, en ocasiones, no tiene nada que ver con diferencias de sexo. Ocurre en palabras como puerto/puerta, el orden / la orden, el capital / la capital, etc. De un tiempo a esta parte, se observa la costumbre de doblar los sustantivos (y, en ocasiones, también los elementos que los acompañan) en sus referencias masculinas y femeninas, como forma de crear un lenguaje no sexista: Los alcaldes y las alcaldesas. Por simplificación, se leen frases como Todos los andaluces y andaluzas, en la que sólo se dobla el sustantivo; lo correcto en este caso, puestos a marcar la diferencia de sexo, sería Todos los andaluces y todas las andaluzas. Dado que llevar esta práctica a todos sus extremos complicaría hasta límites insospechados la redacción de los textos, se hace necesario marcar unas normas mínimas de uso. 1.

Se evitará el empleo de dobletes: todos y todas los y las concejales y concejalas…

2.

Se evitará en empleo de la barra: todos/as los/as concejales/as, salvo en las listas:

Se convocan las siguientes plazas: – Dos auxiliares administrativos – Tres limpiadores/as 3.

No se empleará la arroba, @, ya que no se trata de ninguna grafía (no posee el requisito mínimo para serlo: la legibilidad).

4.

Se empleará el sustantivo con valor masculino o genérico y el femenino con su valor específico, tal y como la RAE ha recomendado reiteradamente en todos sus escritos al respecto.

5. Cuando sea posible, se empleará un sustantivo genérico: la ciudadanía, el profesorado. Con todo, conviene aclarar que estos sustantivos son abstractos, por lo que no se deben emplear en situaciones que afectan a sustantivos concretos: *La ciudadanía paga sus impuestos.

6.

6.

SINTAGMA NOMINAL

61

En caso de ambigüedad manifiesta, se incluirá el adjetivo “varón” junto al término masculino para no confundirlo con el genérico (con el femenino no existe esta necesidad, ya que es género exclusivo para este valor). Así, podemos decir Los encuestados varones respondieron mayoritariamente que sí, frente a las encuestadas, que se manifestaron en sentido contrario.

6.1.1.2. Sustantivos que no admiten la alternancia de género mediante morfema Los siguientes sustantivos marcan la diferencia genérica mediante el determinante, nunca con alternancia de morfemas finales: Agente, artista (y todos los sustantivos acabados en “-a” que indican oficio: periodista, oficinista, estadista, pianista, tenista, futbolista…), ayudante, (y muchos sustantivos de oficio acabados en “-ante, -ente”: estudiante, paciente, dibujante, escribiente, negociante, cantante…), consorte, cónyuge, guarda, guía, industrial, joven, miembro, modelo, piloto, reo, testigo. 6.1.2.

El número del sustantivo

El plural se construye añadiendo “-s” o “-es” al sustantivo: – Sustantivos y adjetivos terminados en vocal átona o en -e tónica. Forman el plural con -s: casas, estudiantes, taxis, planos, tribus, comités. Son vulgares los plurales terminados en -ses, como *cafeses. – Sustantivos y adjetivos terminados en -a o en -o tónicas. Forman el plural únicamente con -s: papás, sofás, burós, dominós. Excepción a esta regla es el adverbio no en función sustantiva, noes. También es excepción el pronombre yo cuando funciona como sustantivo, pues admite ambos plurales: yoes y yos. Son vulgares los plurales terminados en -ses, como *sofases. – Sustantivos y adjetivos terminados en -i o en -u tónicas. Admiten generalmente dos formas de plural, una con -es y otra con -s, aunque en la lengua culta suele preferirse la primera: bisturíes o bisturís, carmesíes o carmesís, tisúes o tisús, tabúes o tabús. – Sustantivos y adjetivos terminados en -y precedida de vocal. Forman su plural con -es: rey/reyes; ley /leyes. Sin embargo, los sustantivos y adjetivos con esta misma configuración que se han incorporado al uso más recientemente —en su mayoría palabras tomadas de otras lenguas— hacen su plural en -s. En

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ese caso, la y del singular mantiene en plural su carácter vocálico y, por lo tanto, debe pasar a escribirse i: gay / gais; jersey / jerséis. – Voces extranjeras terminadas en -y precedida de consonante. Se adaptan gráficamente al español sustituyendo la -y por -i: dandi; panti; ferri. Su plural se forma, como el de las palabras españolas con esta terminación, añadiendo una -s: dandis, pantis, ferris. – Sustantivos y adjetivos terminados en -s o en -x. Si son monosílabos o polisílabos agudos, forman el plural añadiendo -es: tos/toses; fax/faxes. En el resto de los casos, permanecen invariables: crisis; tórax, fórceps. Es excepción a esta regla la palabra dux, que, aun siendo monosílaba, es invariable en plural: los dux. – Sustantivos y adjetivos terminados en -l, -r, -n, -d, -z, -j. Si no van precedidas de otra consonante, forman el plural con -es: cáliz/ cálices; reloj/relojes. Los extranjerismos que terminen en estas consonantes deben seguir esta misma regla: píxel/píxeles; máster/ másteres; pin/ pines. Son excepción las palabras esdrújulas, que permanecen invariables en plural: el/los trávelin, el/los cáterin. Excepcionalmente, el plural de hipérbaton es hipérbatos. – Sustantivos y adjetivos terminados en consonantes distintas de -l, -r, -n, -d, -z, -j, -s, -x, -ch. Hacen el plural en -s: crac / cracs; zigzag; chip / chips. Se exceptúan de esta regla la palabra club, que admite dos plurales, clubs y clubes; el arabismo imam, cuyo plural asentado es imanes; y el latinismo álbum, cuyo plural es álbumes. – Sustantivos y adjetivos terminados en grupo consonántico. Forman el plural con -s (salvo aquellos que terminan ya en -s, que siguen la regla general): récord/ récords; camping / cámpings. Son excepción los anglicismos lord y milord, cuyo plural en español es lores y milores, respectivamente Conviene señalar otros conflictivos: 1.

Palabras que no varían en plural (se diferencian por el determinante): la/las crisis.

2.

Los gentilicios acabados en í tónica forman el plural en –es: marroquíes, romaníes, ceutíes…

3.

Las palabras compuestas por aposición llevan la marca de plural sólo en el primer componente: pisos piloto; decretos ley.

4.

Ciertas palabras no admiten el plural (salud, cariz) y otras no admiten el singular (gafas, finanzas, honorarios).

6.

SINTAGMA NOMINAL

63

6.1.2.1. Algunos plurales dudosos Ofrecemos una serie de plurales que suelen ofrecer dudas de uso: aes, es, íes, oes, úes, noes, síes, yoes, álbumes, andalusíes, cánones, caracteres, carnés, clubes, eslóganes, especímenes, estándares, guardias civiles, horas punta, pluses, regímenes. 6.2. 6.2.1.

Empleo de determinantes El artículo

No se usan delante de nombres propios. Cuando un nombre propio incluya el artículo (El Coronil; La Línea) éste se escribirá en mayúsculas y no se emplearán las contracciones al, del: El alcalde de El Coronil… Delante del resto de sustantivos deben emplearse los artículos o determinantes correspondientes: Adjunto remito el formulario; Según el modelo oficial; Le envío la circular… También se usa tras expresiones como la mayoría de; gran parte de; el resto de: El resto de los encuestados… La mayoría de los beneficiarios de las ayudas domiciliarias… El artículo ha de preceder obligatoriamente a nombres de instituciones, organismos públicos y privados, etc: La diputación publicó… También ha de emplearse cuando el sustantivo sujeto antecede al verbo: Las fuentes señalan que… salvo que el sustantivo vaya acompañado por algún adyacente: Fuentes gubernamentales señalan… 6.2.2.

Otros determinantes

6.2.2.1.

Todo

El determinante todo puede emplearse en singular con valor plural. En este caso, no lleva un artículo tras él: Todo escrito llevará… Sin embargo, el plural requiere siempre el artículo: Todos los escritos llevarán… 6.2.2.2.

Cada

El determinante cada posee un valor distributivo. No es correcto decir, por ejemplo, *Cada año ingresa una cantidad fija de… En su lugar, se usará Todos los años ingresa una cantidad fija…

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6.2.2.3.

Sendos

Sendos significa ʻuno para cada uno de dos o másʼ; por lo tanto, no equivale a ambos ni a dos. La frase Se detectaron tres anomalías en sendas auditorías quiere decir que se detectó una anomalía en cada una de tres auditorías realizadas. Si las auditorías fueron dos, habría que decir que se detectaron tres anomalías en dos auditorías; si queremos afirmar que las auditorías fueron dos y en cada una se detectaron tres anomalías, diremos Se detectaron tres anomalías en ambas auditorías. 6.2.2.4.

Cuyo

El determinante relativo cuyo debe emplearse en lugar de la incorrecta secuencia *que su: *La última inspección, que su responsable fue… Lo correcto será la última inspección, cuyo responsable fue… 6.2.2.5.

Los posesivos.

Su

El posesivo su puede dar lugar a dos errores que conviene evitar: – Ambigüedad: La consejera y los sindicatos debatieron su propuesta (¿de quién es el propuesta?) – Redundancia. La Delegada elaboró su informe… Del resto de los posesivos hay que señalar que su función es la de acompañar a un sustantivo, no a un adverbio. Así pues, son incorrectas expresiones como *delante suya; *encima mío, *detrás tuya. En estos casos, ha de emplearse un pronombre personal precedido de preposición: delante de ella, encima de mí, detrás de ti. 6.2.3.

Concordancia entre sustantivos y determinantes

El uso de los determinantes el, un, algún y ningún suscita ciertas dudas: – Ante sustantivos femeninos que comiencen por a- o ha- tónicas se emplean dichas formas, en lugar de la, una, alguna, ninguna: el acta, un acta, etc. – El resto de determinantes se emplea, en este mismo caso, con su forma femenina habitual. Así, se dirá esta acta, otra acta, etc. – Si entre el determinante y el sustantivo se interpone otra palabra, se usan siempre las formas femeninas habituales: la misma acta.

6.

SINTAGMA NOMINAL

65

– En plural, se utilizan siempre las formas femeninas habituales: las actas. 6.3.

Pronombres personales

Los pronombres personales no suelen ofrecer excesivas dudas en sus usos. Las más frecuentes afectan a los pronombres átonos lo, la, le. Lo y la son sustitutos pronominales de un complemento directo: Vi a María – La vi. En ocasiones, le se emplea también para complemento directo (leísmo). Este uso no es aconsejable y, en todo caso, sólo se tolera cuando sustituye a un complemento directo masculino y singular: Acompañé a Juan – Lo acompañé (correcto) Le acompañé (leísmo permitido, desaconsejado); Acompañé a María - *Le acompañé (incorrecto). Le es el sustituto pronominal de un complemento indirecto: Entregó la correspondencia al mensajero – Le entregó la correspondencia. Si en este caso se empleasen los pronombres lo, la, estaríamos cometiendo una infracción (loísmo, laísmo). Hay que tener especial precaución con la sustitución pronominal del complemento indirecto plural, que debe hacerse con les, y no con le. Así, es incorrecta la frase *Le descontaron un 10% a los infractores (en lugar de Les descontaron…).

7.

7.1.

NEXOS

Preposiciones

El uso de las preposiciones españolas está regido por una serie clara y bien definida de normas que todos hemos de respetar. Sin embargo, en muchos textos, y es una situación que se repite más a menudo en nuestra época, se utilizan las preposiciones de manera injustificada o arbitraria o incluso se llega a su eliminación. El primero de los casos quedará puntualmente reseñado en el apéndice léxico de Construcciones incorrectas de uso frecuente que recoge la presente publicación; el segundo, pasaremos a analizarlo a continuación: Según afirmamos con anterioridad, se observa cierta tendencia a la eliminación caprichosa de las preposiciones. Esto se aprecia principalmente en varios casos: – Deixis temporal: *el jueves noche – Nombres de vías urbanas o rurales: *Avenida Andalucía – En la introducción conjuntiva de subordinadas de complemento de régimen preposicional (suplemento): *Insistió que le remitiese Disponemos de un ejemplo habitual de este último caso en el siguiente apartado. 7.1.1.

Dequeísmo y queísmo

El dequeísmo consiste en el empleo de la preposición de delante de la conjunción que cuando dicha preposición no viene exigida por ninguna palabra del enunciado (PH). Lo encontramos en las situaciones que siguen: – Cuando de antecede a una subordinada sustantiva de sujeto: *Resulta irregular de que no ofrezcan datos económicos. – Cuando aparece de ante una subordinada de complemento directo, especialmente cuando el verbo principal es de lengua o pensamiento (decir, pensar,

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afirmar…): *Entendemos de que la suma de los gastos…/ *a todos los trabajadores de que han recibido remuneraciones… – Ante subordinadas de atributo:*Su propósito era de que no se realizase la intervención. – Con verbos que no rigen la preposición de. *Me imaginé de que podrías visitarme. – En ciertas locuciones que no necesitan esta preposición: * A medida de que se fue analizando, se detectaron irregularidades. Los verbos advertir, avisar, cuidar, dudar e informar pueden usarse con o sin preposición. En cualquier caso, en España, el verbo informar suele llevarla. El queísmo, en cambio, se refiere a la supresión de la preposición cuando ésta la exige algún elemento de la oración. Generalmente se da cuando convertimos un complemento de régimen en complemento directo: *Nos aseguramos que consignasen los datos. También suele aparecer esta omisión tras de sustantivos o adjetivos que necesitan un complemento preposicional: *…hecho que informa el interventor; estoy convencido que vendrá. Por último, encontramos casos de queísmo en locuciones que prescinden arbitrariamente de este elemento: * En el caso no se disponga de datos, se actuará. Disponemos en nuestra lengua de dos trucos o pequeñas recetas que nos pueden servir para determinar si tenemos que emplear de o, por el contrario, obviarla: a) Convertimos la oración a la modalidad interrogativa. Si mantiene de, debe llevarla en la enunciativa: ¿De qué se dispone? Se dispone de datos. b) Cambiamos lo que sigue al verbo o al adjetivo por el pronombre átono eso: Se dispone de datos (Se dispone de eso). 7.2. 7.2.1.

Conjunciones Si no /sino

Es muy frecuente la confusión entre estos dos elementos. Además, ha aumentado aceleradamente desde que comenzaron a emplearse los procesadores

7.

NEXOS

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de texto, que dan ambas por válidas sin tener en cuenta en muchos casos el contexto lingüístico que las rodea. Si no es una locución conjuntiva condicional: …y la obligación de devolver la cantidad percibida si no se presentan los trabajos realizados Sino es una conjunción adversativa: Ambas normas contemplan no sólo la figura del contrato sino también la del convenio. 7.2.2.

Y/o

En la lengua inglesa, para la elección entre suma o alternancia de opciones, se emplea de manera estandarizada la secuencia and/or. En algunos casos se realiza un calco a nuestro idioma de dicha construcción, pero en nuestro ámbito es una pareja mal avenida, ya que la conjunción disyuntiva o incluye todas las posibilidades: *Utilizando estudios propios y/o apoyándose en estadísticas…; *El objeto social de CSTV es la producción, reproducción, difusión y transmisión de sonidos y/o imágenes…

8.

8.1.

EL VERBO

Recomendaciones generales

Cuando empleamos verbos, además de vigilar rigurosamente la concordancia y no alterar demasiado el orden lógico, hemos de seguir ciertas recomendaciones de estilo: 8.1.1. Abuso de la voz pasiva La pasiva es una voz ajena a las estadísticas de uso del español. Frente a lo que ocurre en otras lenguas como la inglesa, nuestra lengua prefiere la voz activa o las construcciones de pasiva refleja: es más idóneo construir un enunciado como Se han evaluado los procedimientos establecidos por la empresa para la salvaguarda y el control de los activos que esta otra construcción, insistimos, ajena al uso español: *Los procedimientos establecidos por la empresa para la salvaguarda y el control de los activos han sido evaluados. Aparte de estas consideraciones generales, hay que tener en cuenta: – La pasiva refleja no debe llevar complemento agente: Se han seleccionado facturas. – Podemos utilizar la pasiva cuando deseemos destacar el sujeto: La enmienda ha sido rechazada por el pleno. 8.1.2.

Futuro arcaizante

El lenguaje jurídico administrativo sigue empleando, aunque cada vez menos, un futuro caído en desuso: fuere, hubiere, etc. Se recomienda que se evite su uso. 8.1.3.

El verbo impersonal haber

Este verbo, impersonal como se ha señalado, no debe guardar concordancia con un supuesto sujeto que no existe. Así, son incorrectas frases del tipo: *Habían diversos datos que no se tomaron en consideración.

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8.1.4.

Verbos comodín

Verbos como estar, hacer, tener, haber, etc., tienen un significado tan amplio que los utilizamos en demasiadas ocasiones con un valor vago e impreciso que debemos evitar: Hacer una denuncia/ hacer un libro/ haber unos documentos/ estar en los archivos… O por tener el solicitante otras ayudas pendientes de justificación. 8.1.5.

Deber/ deber de. La obligación frente a la posibilidad

Es una confusión frecuente la que se produce entre estas dos formas perifrásticas: el motivo fundamental, aparte de su evidente parecido, es que se encuentra cierta tendencia a desdeñar la forma con preposición porque se aprecia cierto sentido vulgar en la misma (*Deben de revisarse todos los expedientes de contratación…). Teniendo en cuenta todo esto, pasamos a ofrecer consignas claras para no reiterar los errores. Deber: indica obligación: Deben revisarse todos los expedientes. Deber de: expresa posibilidad, probabilidad, duda: Dichos expedientes deben de haberse extraviado. 8.1.6.

Condicional de suposición o rumor

Este galicismo se extiende cada vez más, sobre todo a través del ámbito periodístico, aunque también en el administrativo, el empleo erróneo del condicional con valor de suposición: *El ayuntamiento habría encargado informes paralelos, en lugar de la forma correcta: Se supone que el ayuntamiento ha encargado informes paralelos 8.1.7.

El verbo prever

Este verbo se origina por la adición del prefijo pre- al verbo ver. Por tanto, cualquier forma que empleemos tendrá que ser equivalente a la de la conjugación de ver. De este modo, son inadmisibles enunciados como: *No podemos preveer las consecuencias de esta actuación. Mejor: No podemos prever las consecuencias de esta actuación.

8.

8.1.8.

EL VERBO

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Infligir/ infringir

La Real Academia delimita claramente el significado de estos dos verbos, aunque suelen confundirse, tanto en su significado como en su estructura fónica, y muy a menudo se mezclan con el consiguiente engendro *inflingir. Infringir: Quebrantar leyes, órdenes, etc. Infligir: Causar daño, imponer un castigo. No podemos, por tanto, *infringir un daño ni *infligir una orden 8.2.

Formas no personales: infinitivo, gerundio y participio

El doble funcionamiento de las formas no personales (como verbos o como sustantivos, adjetivos o adverbios respectivamente) plantea problemas de redacción en español y en otras lenguas. Estas dificultades se ven agudizadas, si cabe, por la tendencia social a usarlas en entornos ultracorrectos, es decir: cuando el usuario emplea un número notable de estas construcciones tiene la impresión de estar elevando el lenguaje, formalizando el registro, y lo que desconoce, en muchos casos, es que provoca justamente el efecto contrario, esto es: hace que los enunciados resulten especialmente llamativos por su falta de calidad. Pensemos en un conferenciante que pretende cerrar su discurso y, a la manera de los locutores radiofónicos o televisivos, espeta una frase como: *Por último, indicar que la situación económica ha mejorado… El incauto orador, en su deseo de elevar el lenguaje, ha descendido a los infiernos, ya que un infinitivo no puede usarse en estos casos como verbo principal. Si lo hacemos, estaríamos hablando como los indios de las películas de far west de serie B, y eso no es precisamente lo que pretendemos. Por todo lo comentado, consideramos imprescindible realizar un estudio pormenorizado de los usos correctos e incorrectos de las formas no personales para ofrecer unas pocas pistas fiables y fáciles de retener sobre su adecuado empleo. 8.2.1.

El infinitivo

El infinitivo es el sustantivo verbal y como tal sirve para designar los verbos: entrar, comer, venir… Cualquier infinitivo puede usarse en la cadena discursiva como si de un sustantivo se tratase (Se necesita dinero /Se necesita analizar).

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Esta versatilidad y abundancia de uso nominal han provocado que algunos infinitivos lleguen a cambiar de categoría gramatical, esto es, convertirse en sustantivos. Este es el caso de nombres como amanecer o saber (el amanecer /los amaneceres; el saber /los saberes). Sin embargo, debemos evitar a toda costa el empleo arbitrario de determinantes ante cualquier infinitivo que funcione como sustantivo (*El recaudar impuestos es misión de la administración). Tomaremos como criterio, en cualquier caso, lo que la norma determine. Usos incorrectos del infinitivo Sustantivo + a + infinitivo Esta construcción de origen francés comenzó a ponerse de moda en nuestra lengua a finales del siglo XIX. Desde esa época su crecimiento ha sido significativo. La Real Academia consideraba este uso como proscrito hasta hace relativamente poco tiempo, pero por su abundancia ha decidido matizarlo y desaconseja su uso cuando podamos sustituir la a, con la prudencia necesaria, por los nexos que, para, por: *Presupuestos a presentar. Presupuestos que presentar. Cuando el infinitivo no señale una acción venidera adjudicada al sustantivo (Su disposición a cooperar), la construcción es perfectamente admisible y no plantea problemas normativos ni de uso. Por otra parte, no podemos olvidar la impertinencia de aquellas construcciones en las que sobra el nexo porque se está produciendo una redundancia que atenta frontalmente contra la economía del lenguaje: instrucciones a seguir, formulario a cumplimentar… No por ello dejamos de reconocer que estas construcciones están muy asentadas en el lenguaje administrativo (a ingresar, a percibir…). Señala además la Academia que con verbos no transitivos la construcción (sustantivo+ a + infinitivo) es inadmisible: *La cuestión a hablar en la reunión… Mejor: La cuestión sobre la que se hablará en la reunión… Infinitivo por imperativo El español dispone de tres esquemas de construcción de la modalidad imperativa:

8.

EL VERBO

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– El imperativo como tal: ven. – El subjuntivo: Que vengas. Sabemos que este uso es obligatorio en mandatos negativos (No vengas. No podríamos decir *no ven). – Las perífrasis de infinitivo: Has de venir. Como norma general no se admite el empleo de infinitivo con este valor: *Venir (por venid). *Callaros (o el espeluznante *callarse) en lugar de callaos. Encontramos algunas excepciones cuando los mandatos van antecedidos del nexo a (*A comer) o en las órdenes impersonales de, por ejemplo, la cartelería (No fumar). Infinitivo como verbo principal Las formas no personales, como norma general, no deben ser núcleo de oraciones principales. Muy a menudo, tal como señalábamos en la introducción, los usuarios se olvidan de este punto, y, en su deseo de ser extremadamente correctos, emplean verbos de lengua o pensamiento para abrir secuencias sintagmáticas: *Añadir que las medidas se tomaron correctamente. ¿Cuál es el sujeto de esta oración? Evidentemente, no lo tiene. Por ello, debemos hacer que el infinitivo dependa de otro verbo: Podemos añadir que las medidas se tomaron correctamente. Hay que tener especial cuidado con este uso porque si bien es abundantísimo en los medios de comunicación- hay quien lo llama infinitivo radiofónico-, también aparece en los textos administrativos: *Sin embargo, puntualizar respecto al Proyecto de adecuación y peatonalización del centro histórico comercial, que se ha imputado… Infinitivo doble Hay ocasiones en las que al agruparse dos infinitivos (especialmente si el primero de ellos es conseguir, intentar, poder) el resultado es redundante y, por tanto, hay que evitar esa situación: *Se ha encomendado al alcalde intentar resolver los problemas… Se ha encomendado al alcalde resolver los problemas…

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8.2.2.

El gerundio

El gerundio es, quizás, entre todas las formas no personales, la que mayor número de problemas ha planteado. Esto se debe a dos motivos: por una parte, a su prolífico empleo en el lenguaje administrativo; por otra, a la gran cantidad de listas y repertorios de uso que ha generado por su aparente dificultad. La mayoría de estas dificultades se puede solventar si tenemos presente que el gerundio puede presentar funcionamiento de adverbio: La fiscalización se ha realizado siguiendo los principios y normas de auditoría del sector público. Y que en cualquier caso sólo puede referirse a acciones anteriores (normalmente con gerundio compuesto) o simultáneas a las indicadas por otro verbo con el que lo pongamos en relación: Habiendo investigado el caso, encontró pruebas concluyentes. Investigando el caso, encontró pruebas concluyentes. (Observemos que en este último caso la cláusula que contiene el gerundio se separa del resto de la oración mediante el empleo de una coma normativa siempre que no coincidan los sujetos). De cualquier forma, y en contra de la tendencia a la moda de eliminar los gerundios sistemáticamente, recomendamos la abstinencia en su uso cuando se pueda detectar ambigüedad. Por ejemplo, en el siguiente enunciado: *Me encontré a Enrique saliendo del concierto (¿Quién era el que salía del concierto? ¿Enrique? ¿yo?) También se desaconseja abiertamente su uso en la copia de construcciones pasivas propias de la lengua inglesa (is being certified): *Está siendo certificado… Usos incorrectos del gerundio Gerundio con valor adjetivo especificativo Estamos ante el popular gerundio BOE, nombre que recibe por su uso y abuso en los documentos administrativos. En este caso, se asocia el gerundio a un sustantivo sobre el que se hace incidir como adjetivo: *Localizamos los documentos conteniendo toda la información precisa.

8.

EL VERBO

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En construcciones de este tipo, la norma y el sentido común dictan la sustitución por una subordinada adjetiva encabezada por el nexo que: Localizamos los documentos que contenían toda la información precisa. Con todo, se dan ciertas excepciones, como las de los verbos ardiendo e hirviendo, que prácticamente se han recategorizado como adjetivos (agua hirviendo, palo ardiendo), o construcciones como resumiendo, exceptuando… Si el gerundio se refiere a personas, sólo podrá emplearse referido a acciones, no a estados: *La administración precisa técnicos dominando dos idiomas. Mejor: La administración precisa técnicos que dominen dos idiomas. Del mismo modo, si estas personas funcionan como CI, CC o SUPL *Enviamos una carta al alcalde ejerciendo su cargo. Mejor: Enviamos una carta al alcalde cuando ejercía su cargo. Gerundio partitivo El gerundio incide sobre una parte que se destaca de un conjunto: *Se investigaron varios asuntos, siendo el de la financiación el más complejo. Una correcta sustitución requiere el empleo de un nuevo partitivo o de un nexo copulativo (y) seguido de un verbo en forma personal: Se investigaron varios asuntos, de los que el de la financiación fue el más complejo. Se investigaron varios asuntos y el de la financiación fue el más complejo. Gerundio referido a un sujeto con preposición Nos referimos a enunciados del tipo: *Con la situación volviéndose complicada, no encontramos solución. En situaciones como la planteada por esta oración podemos optar por eliminar la preposición: Volviéndose complicada la situación…

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O, mejor, emplearemos una subordinada adverbial con verbo en forma personal o perífrasis: Como la situación se está complicando (volviendo complicada)… Gerundio de posterioridad Indica una acción posterior a la señalada por el verbo principal: *Se realizó el inventario de la biblioteca descubriendo que faltaban fondos. La forma correcta: Se realizó el inventario de la biblioteca y se descubrió que faltaban fondos. 8.2.3.

El participio

El participio es el adjetivo verbal y ese sentido puede llegar a cambiar de categoría permanentemente (pensemos en adjetivos como maduro o morado y en sustantivos como impreso o manifiesto). Se detecta cierta sobreabundancia de uso del participio en los textos administrativos, sobre todo en las llamadas construcciones absolutas (aquellas en las que un participio en concordancia con un sustantivo se separa del resto de la oración y genera una subordinada adverbial: Agotados los recursos…). Es una forma correcta de la que no debemos abusar, al igual que ocurre con los adjetivos que proceden de antiguos participios de presente: firmante, presente, obrante, resultante… Si hay algún aspecto de uso de esta forma verbal que merezca mencionarse, éste es precisamente el de los dobles participios: determinados verbos presentan, de esta forma, una solución regular (acabada en do) y otra irregular: Imprimido/ impreso Los hablantes dudan a menudo sobre cuál escoger (¿he imprimido? ¿he impreso?). La recomendación de la Academia es clara: la solución regular se reserva para las formas compuestas del verbo, mientras que la irregular para los participios simples y aquellos que tienen valor de adjetivo: Disponemos de documentos impresos / Hemos imprimido los documentos.

8.

EL VERBO

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En cualquier caso, ésta sólo es una recomendación, ya que precisamente en casos como imprimir pueden intercambiarse los usos sin temor a vulnerar el espíritu normativo. A continuación ofrecemos algunos ejemplos de doble participio: Participio regular

Participio irregular

atendido

atento

concluido

concluso

convertido

converso

elegido

electo

expresado

expreso

eximido

exento

insertado

inserto

manifestado

manifiesto

omitido

omiso

suspendido

suspenso

Hay que hacer notar que no todos los participios presentan doble solución, ya que algunos sólo disponen de la irregular. Es el caso de abierto, adscrito, cubierto, dicho, resuelto, suscrito, etc. En estos casos, evidentemente, se utiliza la forma irregular para todas las construcciones.

9.

EL ADVERBIO

El adverbio es una palabra invariable que incide sobre un verbo (rendirán mensualmente), sobre un adjetivo (saldos más altos) o sobre otro adverbio (muy frecuentemente). Hay adverbios de lugar, como aquí; de tiempo, como hoy ; de modo, como fácilmente; de cantidad, como bastante; de orden, como primeramente; de afirmación, como sí; de negación, como no; de duda, como quizás; de adición, como además; de exclusión, como tampoco. Algunos pertenecen a varias clases. Los adverbios, según se ha afirmado, son invariables. Por tanto, no es correcta la utilización de adverbios como exclusive o inclusive en plural: *Ambos inclusives. Existen otras recomendaciones de uso entre las que se encuentran las siguientes: 9.1. Adverbios en –mente Los adverbios en -mente nacen de la unión de un adjetivo femenino y el sustantivo latino mente(m)(intención). Cuando varios adverbios terminados en -mente se agrupan, la terminación adverbial es obligatoria en el último de los componentes, mientras que los demás conservarán la forma originaria de adjetivo femenino: Sencilla y llanamente. En cualquier caso, no olvidemos que el exceso de adverbios en –mente arroja un estilo a menudo descuidado y vacío de significado. Pensemos en el adverbio mayormente, tan popularizado por ciertas series televisivas (*Yo, mayormente, no soy así.) Por otra parte, no hemos de olvidar que estos adverbios no pueden utilizarse seguidos de ciertas preposiciones: *Anteriormente a la auditoría… 9.2.

El adverbio donde

Donde es un adverbio relativo de lugar. Este hecho determina que no pueda ser utilizado con otro tipo de significación: *A consecuencia de los movimientos entre las diferentes Tesorerías de la Junta de Andalucía, donde unas remiten fondos y otras los reciben…

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9.3. Adverbios de lugar y posesivos: un matrimonio mal avenido El español no admite el uso de adverbios de lugar seguido de un posesivo que funciona como adjetivo: *delante mía, *debajo tuya. Esta recomendación genera en no pocas ocasiones una construcción ultracorrecta y pedante que tenemos que evitar a toda costa (*delante de mí, *debajo mío…). El uso correcto exige sintagmas como delante de mí, debajo de mí, etc., en los que detrás de los adverbios aparece la preposición de seguida de un pronombre personal. Si la explicación no resulta satisfactoria o se olvida, tengamos en cuenta que el posesivo para ser correcto podría cambiarse de posición. Y todos sabemos que no se puede decir *en mi delante o *en mi debajo. 9.4.

Uso de adjetivos como adverbios

Los adjetivos no pueden ser empleados con valor adverbial, aunque éste es un uso que se está extendiendo con suma rapidez: *El auditor lo hizo correcto Mejor: El auditor lo hizo correctamente. 9.5. Asimismo, así mismo, a sí mismo Se producen errores frecuentes ante estas expresiones muy próximas entre sí: – Asimismo. Se emplea como sinónimo de «también». Se recomienda usar con este sentido esta forma, aunque se admite la escritura separada y con tilde así mismo: Asimismo, se ha incluido un análisis de la evolución de los fondos europeos en los distintos períodos de programación. – Así mismo. Resultado de la unión del adverbio de modo así y el adverbio mismo con valor enfático. En este caso, cuando el significado de la expresión es modal («de la misma forma, de la misma manera»), sólo puede escribirse en dos palabras: El ejercicio anterior se siguió este procedimiento. Así mismo se realizó en el siguiente. – A sí mismo. Secuencia formada por la preposición a, el pronombre personal sí y el adjetivo mismo. Dado su significado, es muy improbable que deba emplearse en documentos oficiales de la Cámara de Cuentas: Se nombró a sí mismo.

10.

LA CONCORDANCIA

La concordancia es la coincidencia obligada de género, número o persona entre distintos elementos de la oración. Entre las relaciones posibles en la lengua es de las más significativas, ya que una inadecuada concordancia podría acarrear ambigüedad en el entendimiento de los enunciados. 10.1.

Concordancia nominal

1. La coordinación de dos o más sustantivos o pronombres en singular, siempre que cada uno de ellos se refiera a un ente distinto, forma un grupo que concuerda en plural con el adjetivo o el pronombre, o con el verbo del que son sujeto: La partida y la financiación fueron aprobadas… 2. La coordinación de dos o más sustantivos o pronombres de diferente género gramatical forma un grupo que concuerda en masculino con el adjetivo o con el pronombre. El gasto y su financiación fueron aprobados… 3. Cuando se coordinan dos o más nombres concretos cuyos referentes son entidades distintas, lo normal y recomendable es que cada uno de ellos vaya precedido de su propio determinante. Pero existe la posibilidad de que dos o más sustantivos coordinados lleven un solo determinante, el cual debe concordar en género y número con el sustantivo más cercano; esta posibilidad se da cuando los sustantivos coordinados se refieren a la misma cosa o persona (Según la concejal y portavoz del organismo); cuando llevan un adjetivo antepuesto que califica a todos ellos (la misma circunstancia y condición); y cuando los sustantivos se conciben como una unidad y se refieren a partes de un mismo conjunto o a aspectos parciales de un todo (Los gastos e ingresos se contabilizan…). 4. Los adjetivos deben coincidir en género y número con el sustantivo al que se refieren: *…de los ingresos corriente liquidados. *… corresponde a los ayuntamientos (por sí mismo o a través de organismos y empresas municipales)… 5.

Cuando dos sustantivos van juntos (el segundo como aposición al pri-

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mero: piso piloto) sólo se usa el plural para el primero de ellos: pisos piloto; coches cama. 6. Los sustantivos femeninos que comienzan con a tónica pueden ir antecedidos por ciertos determinantes de aspecto masculino (el acta, un acta, algún acta, ningún acta). Esto sólo se produce con los determinantes el, un, algún y ningún, en singular y sin que medie ninguna otra palabra entre el determinante y el sustantivo femenino al que acompaña. Así, se diría el área, un área, las áreas, la última área, esta área: * En cuanto al último área mencionada… Hay ciertas excepciones a esta norma: – Se usan las formas la, una, alguna, ninguna ante siglas: La AMPA. – Para referir a personas cuando se necesita distinguir el sexo: La árabe. 7. Cuando dos sustantivos van calificados por un solo adjetivo, se siguen estas normas: a) Adjetivo postpuesto: – Si los dos sustantivos son femeninos, el adjetivo irá en femenino plural: la partida y la financiación aprobadas… – Si uno de los sustantivos (o los dos) son masculinos, el adjetivo irá en masculino plural: las deudas y los ingresos analizados. b) Adjetivo antepuesto: – En este caso, concuerda con el sustantivo más cercano: la necesaria revisión y ajuste de la partida… 8. Adjetivo pospuesto a sustantivos unidos por la conjunción o. Cuando un adjetivo califica a dos o más sustantivos unidos por la conjunción o y va pospuesto a ellos, deben distinguirse dos casos: a) Cuando la conjunción o es propiamente disyuntiva (denota exclusión, alternativa o contraposición entre los referentes designados por los sustantivos que une) el adjetivo irá en plural y en masculino, si los sustantivos son de distinto género, para dejar claro que el adjetivo califica a todos ellos: Los presupuestos y las partidas señalados… b) Cuando la conjunción o denota identidad o equivalencia (es decir, une sustantivos que se refieren a una misma realidad) el adjetivo ha de aparecer en

10.

LA CONCORDANCIA

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singular y en masculino, si los sustantivos son de diferente género. Lo normal, en estos casos, es que el segundo sustantivo vaya sin determinante (La partida o presupuesto designado…). 9. Los pronombres tienen que concordar con los antecedentes o consecuentes a los que hacen referencia: * La revisión de este Plan, de fecha marzo de 1997, y que comprende un período de ocho años, debe aplicarlo la GMU 10. Los participios concertados, como su nombre indica, tienen que concordar en género y número con los sustantivos sobre los que inciden. * Tiene suscrito convenios. *… por los servicios de laboratorio de materiales y control de calidad que fueron tramitadas con anterioridad al ejercicio 1997. 10.2.

Concordancia verbal

Nos referimos en este punto a la coincidencia de número y persona entre un verbo y su sujeto. 1.

Cuando el sujeto es plural, el verbo ha de aparecer en plural:

* Constituye la tesorería del IMV todos los recursos financieros disponibles en la entidad (dineros, valores o créditos)… En ocasiones, la lejanía entre el sujeto y el predicado, a veces provocada por la innecesaria complicación de los enunciados, hace que la concordancia se tambalee: * Los niveles de recaudación del ejercicio corriente alcanzados por el Ayuntamiento, en estos tres capítulos presupuestarios, únicamente llega al 45 por ciento… 2. Concordancia ad sensum. Este tipo de relación gramatical suele producirse cuando el núcleo singular de cierto sujeto es un nombre colectivo, o con cierto sentido colectivo y atrae el número del verbo hacia el plural. El hecho de dicho núcleo aparezca acompañado de un CN en plural refuerza la citada tendencia. En los documentos es uno de los errores recurrentes. * Así mismo, aunque no es imputable al propio IMV, el resto de los plazos legalmente existentes en la tramitación del mismo han sido incumplidos por el

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Ayuntamiento de Málaga dado que la aprobación provisional se efectuó el 30 de mayo de 1996,… En otros momentos, encontramos un sujeto en plural en concordancia errónea con un verbo en singular: *Algunas de estas aportaciones no se ha documentado 3. En el caso de los sujetos múltiples, si son distinto género, la concordancia siempre se hará en masculino: * La misma LRHL obliga a que los estados y cuentas del IMV sean rendidas por su Presidente antes del 15 de mayo del ejercicio siguiente (art.193.1) para ser consolidada con los del Ayuntamiento. 4.

Sujeto, verbo copulativo y atributo deben concordar:

* Son fines y objetivos de este organismo de acuerdo con las normas básicas de Régimen Local, la realización de actividades complementarias de otras Administraciones Públicas en materia de vivienda.

11.

LÉXICO. LISTA DE PALABRAS Y EXPRESIONES DE USO INCORRECTO O DESACONSEJADO

Construcción incorrecta Construcción correcta o discutible o aconsejada

Observaciones

A Acarrear una mejoría

suponer, facilitar

Acarrear debe emplearse para referirse a daños o desgracias a causa que a causa de que Omisión de una preposición a cuenta del ayuntamiento por cuenta del ayunta- Empleo erróneo de una prepomiento sición a consecuencia de como consecuencia de desaconsejada acordar (como conceder) conceder acorde según, de acuerdo con Acorde significa «en consonancia o conformidad con otra». Debe evitarse el empleo de acorde con o acorde a como locuciones invariables de sentido equivalente a según o de acuerdo con a día de hoy hoy adolecer de (con el sentido carecer de Adolecer significa, entre otras de faltar algo) cosas, tener o padecer algún defecto a falta de Debe evitarse para indicar tiempo a grosso modo grosso modo agudizamiento agudización al extremo de hasta el extremo de a la hora de al desaconsejada a la mayor brevedad con la mayor brevedad a lo largo de (tiempo) durante a los efectos de/ a efectos para desaconsejada de a más de además de

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Construcción incorrecta o discutible a nivel de anteriormente a a provecho de aperturar a pesar que a poco abastecer con abogar a alguien adicionalmente al objeto de al respecto de

Construcción correcta Observaciones o aconsejada en cuanto a / en/ por antes de en provecho de abrir a pesar de que por poco abastecer de abogar por alguien además con el objeto de respecto de/con respecto a alarmista (referido a co- alarmante Alarmista significa realmente sas) «Persona que produce alarma»; no es aplicable, pues, a cosas. No se debe confundir con alarmante anteriormente a con anterioridad a aparcar un estudio aplazar un estudio ascribir adscribir Ascendencia (con el signi- autoridad, relevancia Ascendencia se refiere al conficado de autoridad o relejunto de ascendientes o antevancia) pasados, así como al origen o procedencia de algo Asequible (referido a per- accesible Asequible es algo que puede sonas) conseguirse o alcanzarse asertar aseverar, afirmar aspectos puntuales aspectos concretos a tal extremo hasta tal extremo atentar a atentar contra ausentismo absentismo B bajo el punto de vista bajo el radio de acción bajo encargo

desde el punto de vista dentro del radio de acción por encargo

11.

LÉXICO. LISTA DE PALABRAS Y EXPRESIONES

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Construcción incorrecta o discutible bajo ciertas circunstancias/ condiciones bajo la base de barajar una posibilidad

Construcción correcta Observaciones o aconsejada en ciertas circunstancias/ condiciones sobre la base de considerar/ tener en No se pueden barajar elementos cuenta unitarios bimensual Se emplea erróneamente con el sentido de «una vez cada dos meses», cuando significa «dos veces al mes» buscar un acercamiento buscar un acercamiencon to a C camino a la solución carácteres carnet de identidad centrarse en torno a cerca a cesar a alguien

camino de la solución caracteres Carné de identidad girar en torno a cerca de destituir (cesar es intransitivo) colaborar a colaborar en / con colega (de rango) homólogo Colega es un compañero en un colegio, iglesia, corporación o ejercicio colectivo de grupo / comunidad de desaconsejada como un todo en conjunto comparecimiento comparecencia conformar formar Conformar significa «ajustar, concordar» o «dar forma» con la mejor buena volun- con la mejor voluntad tad con la peor mala fe con la peor fe con relación a en relación con/con respecto a concrección concreción concurrir ante comparecer ante confrontación (como en- enfrentamiento (confrentamiento) frontar significa comparar)

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Construcción incorrecta Construcción correcta o discutible o aconsejada consecuente a consecuente con contemplar diversas fases Prever, establecer, incluir diversas fases contribuir en /con contribuir a cotizar (al alza) cotizarse con vista a con vistas a cuanto menos cuando menos culminar en culminar con culpabilizar culpar cumplir un objetivo alcanzar un objetivo D dar la bien venida dar la bienvenida de acorde con acorde con de acuerdo a de acuerdo con de cara a con vistas a / para de conformidad a/con según de entrada al comienzo/ para comenzar de imprevisto de improviso delegar a delegar en del orden de aproximadamente/ alrededor de de motu proprio motu proprio de otra parte; de otro lado por otra parte; por otro lado depauperizar depauperar derivar en desembocar en de su lado por su parte Detentar un cargo Desempeñar, ejercer, ocupar diezmil diez mil distinto a distinto de E echar a faltar echar de menos o echar en falta edil (como alcalde) alcalde

Observaciones

desaconsejada

Detentar significa ocupar de modo ilegítimo desaconsejada

Edil se refiere a concejal, miembro de una corporación municipal

11.

LÉXICO. LISTA DE PALABRAS Y EXPRESIONES

Construcción incorrecta Construcción correcta o discutible o aconsejada el resto de datos el resto de los datos

Observaciones

emitir una sentencia

dictar una sentencia

en aras a/ en aras de

para, con el fin de

en base a

sobre la base de /según

en calidad de

como

en cantidad

en abundancia

en cumplimiento con/ a

en cumplimiento de

en demanda de

en petición de

desaconsejada

en el marco de

en

desaconsejada

en favor de

a favor de

enfrentar un problema

afrontar un problema

en pocos minutos (volver, dentro de pocos minu- anglicismo p.e) tos desaconsejada en orden a para en otro orden de cosas

igualmente, además

en profundidad

Profundamente, con profundidad

en relación a

en relación con/con relación a

en semana

por semana a la semana

en virtud a

en virtud de

es de esperar variaciones

son de esperar variaciones

es por ello que

es por ello por lo que F

Frente de

Frente a / en frente de H habida cuenta de que hacer mención de I

habida cuenta que hacer mención a igual como incautar inflacción

igual que incautarse de inflación

desaconsejada

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Construcción incorrecta Construcción correcta Observaciones o discutible o aconsejada inflingir infligir /infringir En el primer caso nos referimos a causar algún daño; en el segundo, a obviar alguna ley, precepto u orden J jugar un papel/ rol desempeñar un papel Jugar un papel o rol es una construcción propia del inglés L la mayoría de recursos la mayoría de los recursos la práctica totalidad/ la la totalidad ¿Existe acaso una totalidad teócasi totalidad rica? lapsus de tiempo lapso Lapsus es una equivocación o falta cometida por descuido legitimizar legitimar listado lista Listado es un adjetivo M más nada nada más mejorar favorablemente mejorar (de) motu propio motu proprio N no dar a basto no dar abasto no importa qué día/ per- cualquier día/ persona sona O objección objeción ostentar un cargo Desempeñar, ejercer, Ostentar significa hacer gala de ocupar un cargo algo P pasar por (como depender depender de de planning plan/planificación por contra contrariamente/por el desaconsejada contario posicionarse situarse posteriormente a después de preveer prever

11.

LÉXICO. LISTA DE PALABRAS Y EXPRESIONES

Construcción incorrecta Construcción correcta Observaciones o discutible o aconsejada previamente a antes de R recientísimo recentísimo rechace rechazo reforzamiento refuerzo remarcable destacable respecto de con respecto a desaconsejada S seguidamente a a continuación de similaridad similitud simultáneamente con a la vez que sobreseír sobreseer status situación status quo statu quo stricto senso stricto sensu suplementar suplir T tan óptimo/pésimo tan bueno/malo tener lugar (galicismo) celebrarse transpasar traspasar

93

12.

HACIA LA CLARIDAD EN EL LENGUAJE ADMINISTRATIVO

Si tu intención es describir la verdad, hazlo con sencillez y la elegancia déjasela al sastre (Albert Einstein).

El lenguaje administrativo, como cualquiera de los denominados especiales, muestra una morfosintaxis y un léxico distintos a los del registro coloquial. Esta característica es, obviamente, conocida y utilizada por los redactores profesionales y genera en no pocas ocasiones un cierto clima de indolencia o mecanicismo que desemboca en receptores incapaces de descodificar unos textos que en un principio iban dirigidos a ellos. Esto ocurre, entre otros motivos, porque el lenguaje administrativo no suele ser paradigma de un estilo directo y claro, fácilmente comprensible por los no técnicos. Además se complica innecesariamente con el empleo de un léxico oscuro y de una sintaxis habitualmente farragosa que –en casos extremos– vulneran todas las leyes de la comunicación. Por otra parte, y no podemos dar la espalda a este hecho, el tiempo corre en contra de unos redactores que han de elaborar sus documentos con una velocidad innegociable, pero a la vez inaceptable. Sirva para ilustrar esta situación la conocida frase del doctor Gregorio Marañón, que afirmaba que la rapidez es una virtud que engendra un vicio: la prisa. Desde los años setenta se observa una cierta tendencia –por parte de administraciones públicas y empresas independientes– a actuar sobre la forma de comunicación de la administración con los ciudadanos. Esta corriente ha hecho consciente a todos de las infranqueables barreras que existían. Y, aunque no se ha resuelto el problema, sí se va apreciando un paulatino interés por tomar medidas para hacerlo. El presente manual es buena prueba de ello. La administración pública española no ha estado al margen de esta novedosa corriente. Así, por ejemplo, en la Orden de 7 de julio de 1986 por la que se regula la confección de material impreso y se establece la obligatoriedad de consignar determinados datos en las comunicaciones y escritos administrativos, se ofrecen, entre otras, estas consideraciones sobre la redacción de escritos: En la elaboración material de los documentos y comunicaciones administrativas, en especial de los que hayan de dirigirse a los particulares, se deberá

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

disponer el texto en forma clara y concisa, acudiendo a párrafos breves y separados, y evitando la aparición de apartados cuya extensión o complejidad dificulte innecesariamente la interpretación de su contenido. El empleo de abreviaturas o siglas en el texto de los documentos o comunicaciones irá precedido, necesariamente, la primera vez en que aquellos aparezcan, de la expresión o denominación completa a que correspondan. Por otra parte, en la Resolución de 28 de julio de 2005, de la Subsecretaría de la Presidencia, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de julio de 2005, por el que se aprueban las Directrices de técnica normativa, se dedican unas reflexiones a criterios lingüísticos generales: 101. Lenguaje claro y preciso, de nivel culto, pero accesible.-El destinatario de las normas jurídicas es el ciudadano. Por ello deben redactarse en un nivel de lengua culto, pero accesible para el ciudadano medio, de manera clara, precisa y sencilla. Se utilizará un repertorio léxico común, nunca vulgar, y se recurrirá, cuando proceda, al empleo de términos técnicos dotados de significado propio; en ese caso, se añadirán descripciones que los aclaren y se utilizarán en todo el documento con igual sentido. Se evitará el uso de extranjerismos cuando se disponga de un equivalente en castellano, la utilización de palabras y construcciones lingüísticas inusuales, así como la españolización de términos extranjeros cuando en nuestro idioma tienen otro significado, y es conveniente mantener un terminología unitaria a lo largo del texto. La claridad y sencillez exigen respetar el orden normal de los elementos de la oración, prescindiendo del hipérbaton, y evitar todo aquello que, sin aportar precisiones de contenido, complique o recargue innecesariamente la redacción de la norma: emparejamiento de sinónimos léxicos o sintácticos (una actitud clara y manifiesta; exhibió e hizo ostentación); epítetos triviales («fiel» en fiel reflejo, «claro» en claro exponente); perífrasis superfluas (ser de aplicación por aplicarse). En esa misma línea, se evitará el uso de formas de pasiva para aquellos casos en que el español tiene en las oraciones activas o en la pasiva con «se» su forma más adecuada de expresión: «Los solicitantes rellenarán las solicitudes con letras mayúsculas», y no «serán rellenadas las solicitudes con letras mayúsculas por los solicitantes». El decoro lingüístico de las normas jurídicas obliga, dentro de la sencillez, a cuidar la propiedad y a huir de la pobreza de expresión. Se incurre en ella cuando, por ejemplo, se echa mano de verbos de sentido muy general: hacer

12.

HACIA LA CLARIDAD EN EL LENGUAJE ADMINISTRATIVO

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una queja o hacer un expediente, en vez de formular una queja o incoar un expediente; o cuando se abusa de comodines léxicos difundidos: paquete de medidas por conjunto de medidas o, simplemente, medidas. 102. Adecuación a las normas lingüísticas generales de la Real Academia Española.-La redacción de los textos seguirá las normas gramaticales y ortográficas de la Real Academia Española y su Diccionario. Las dudas que puedan presentarse se resolverán de acuerdo con lo establecido en el Diccionario panhispánico de dudas, que la Academia Española ha consensuado con todas las Academias de América y Filipinas. La Subsecretaría de la Presidencia, con la colaboración de la Real Academia Española, elaborará unas instrucciones complementarias de tipo práctico que ayuden a aplicar los criterios lingüísticos generales en disposiciones y normas oficiales. Dichas instrucciones formarán parte integrante de estas directrices. Si resumimos lo planteado hasta este momento, podemos afirmar sin miedo a equivocarnos que un lenguaje administrativo claro, correcto y simplificado reporta múltiples ventajas, ya que al escribir de acuerdo con las características y necesidades del lector objetivo, se optimizan recursos y se mejora la eficacia comunicativa. 12.1.

Criterios generales de redacción

A continuación vamos a proponer una serie de instrucciones claras, un repertorio de normas que inevitablemente habremos de tener presentes en la redacción de nuestros textos para evitar la pérdida de control verbal por parte de unos receptores que habitualmente no comparten nuestra situación comunicativa: 12.1.1.

Emplee el tiempo necesario (planee, escriba y revise)

Un texto de calidad debe contemplar en su construcción una serie de fases que le aportarán la debida calidad: es imprescindible que antes de ponernos a escribir tengamos presente cuál es el receptor de nuestro escrito (recordemos que en la mayoría de los casos el destinatario final es el ciudadano), qué nivel de competencia posee sobre el asunto que vertebra el texto o cuáles son sus conocimientos en torno al léxico técnico. Considerando todas estas circunstancias contextuales, seleccionaremos la información, el lenguaje que vamos a emplear y la estructura en la que vamos a organizar las ideas.

98

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Una vez realizado este planteamiento inicial, nos dispondremos a redactar sin perder en ningún momento la información extraída de la primera fase. Por último, finalizada la composición del escrito, dedicaremos unos minutos a releer lo escrito: en muchas ocasiones basta un vistazo al texto para percibir errores provocados por un uso inadecuado del teclado, por la clásica técnica del corta y pega o simplemente porque no hemos elegido el elemento léxico o la estructura gramatical adecuados a nuestros propósitos. Como norma general, recordemos, redactaremos de forma clara, sin ambigüedades e intentaremos escapar construcciones excesivamente amplias y recargadas. Nunca pensemos que esta fase es una pérdida de tiempo, puesto que la composición de un texto es una tarea compleja y si mejoramos nuestras estrategias mentales de redacción, cada vez tendremos que dedicar menos a estos menesteres. 12.2.2.

Organice los párrafos

Hay que procurar que la estructura de los párrafos sea clara y sólida. En las Directrices de técnica normativa citadas con anterioridad se proponía una estructura general: En la redacción de las disposiciones se mantendrá el orden siguiente: a)

de lo general a lo particular;

b)

de lo abstracto a lo concreto;

c)

de lo normal a lo excepcional;

d)

de lo sustantivo a lo procesal.

En cualquier caso, hemos de tener presente que cada párrafo ha de tratar sobre un solo tema, los diferentes párrafos deben aparecer ordenados y con una extensión –marcada por las reglas del decoro– que se encuentre entre las tres y las cinco oraciones. Cada párrafo podrá dividirse en subpárrafos si consideramos que es necesario para el entendimiento. Además, tendremos que usar adecuadamente los conectores que proporcionen una correcta coherencia y cohesión a nuestro texto: el uso adecuado de conectores aporta una elevada calidad a la redacción y redunda en la fuerza comunicativa de nuestros escritos. Los conectores son palabras o locuciones que sirven para unir frases o párrafos de un texto. Los conectores nos indican qué relación mantiene la nueva idea con la información aparecida antes.

12.

HACIA LA CLARIDAD EN EL LENGUAJE ADMINISTRATIVO

Clase

Función

Explicativos

Aclaran ideas manifestadas previamente:

99

Ejemplo

• De repetición. Insisten en lo dicho y lo reformulan (con otras palabras, es decir, o sea…)

Ha de mejorarse el trámite de entrega de cuentas por parte de todas las empresas municipales, para que en lo sucesivo se puedan recibir en el plazo legalmente establecido, es decir, antes del 15 de mayo del ejercicio siguiente.

• De adición. Aportan ideas nuevas (además, también, de la misma manera, asimismo…)

En octubre de 2005, se aprobó la Carta de Servicios de la Biblioteca de Andalucía que recoge además del detalle de las funciones por áreas…

• De rectificación. Matizan una idea que no se manifestó con la claridad deseada. (al contrario, antes bien…)

En cuanto a las transferencias, su importe, al contrario que en ejercicios anteriores, disminuye en relación con el de 2003.

De ejemplificación. Ilustran En aquellos presupuestos en los que con ejemplos (por ejemplo, resulta necesario si se recogen en las así, a saber,…) Bases de Ejecución (como se puede contemplar, por ejemplo, en los presupuesto de 2006 o 2007)… De resumen o conclusión. La siguiente tabla muestra, en resumen, Sintetizan lo importante al las cifras contempladas en el Programa final (en resumen, en breves anual y su cumplimiento. palabras, en conclusión). De ordena- Transmitir las ideas de for- Esta memoria incluye también nuevos ción ma estructurada: en pri- indicadores, los cuales se relacionan a mer lugar, primero, por lo continuación: pronto, en segundo lugar, a continuación, más adelante, seguidamente, ahora, antes, en este momento, próximamente… De contraste

Oponer ideas. Suelen encabezar una oración o párrafo en el que se expresa una idea opuesta a la del anterior.: De otro modo, sin embargo…

El nivel medio de las subvenciones de explotación es del 7% (8% en el ejercicio 2004). Sin embargo, hay sectores cuyo nivel de dependencia es significativo.

100

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Clase

Función

De causa y Relacionan un hecho con sus consecuencia causas o consecuencias: Ello se debe a que, por ello, es por eso por lo que, por este motivo, a causa de ello, por lo tanto, entonces, por consiguiente, en consecuencia... De opinión Ofrecen una valoración ante un hecho: A mi juicio, en concreto, desde mi punto de vista, sin duda, probablemente. Las buenas prácticas en la redacción de textos administrativos nos alejan del empleo de esta clase de conectores.

12.1.3.

Ejemplo Debido a ello, durante 2005, las actividades desarrolladas por el Consorcio estaban limitadas a las funciones citadas anteriormente y, en consecuencia, la entidad presenta un presupuesto para gastos de reducido importe. Desde este punto de vista, aplicar la totalidad del ingreso al ejercicio 2004 sí que hubiera tenido un efecto distorsionador sobre el resultado de dicho ejercicio.

Construya oraciones cortas y claras

Tradicionalmente, tanto en el discurso administrativo como en otros que exigen un cierto grado de formalización, se da una cierta tendencia a alargar los períodos sintácticos. Dicho uso responde a una concepción errónea sobre la calidad del discurso: parece que cuanto más extensos sean los enunciados mostramos una más elevada calidad comunicativa (pensemos, por ejemplo, en las clásicas entrevistas callejeras de las televisiones o radios locales: muchas personas abordadas por los reporteros suelen alambicar y complicar el discurso porque creen que así hablan mejor. Nada más alejado de la realidad). Las investigaciones modernas en campos como el de la percepción o la memoria han demostrado que un enunciado extenso es difícil de retener tras una única lectura. Esto se debe a la fuerza real de nuestra memoria a corto plazo o de trabajo, que nos impide descodificar correctamente oraciones que vayan más allá de las quince palabras. Por otra parte, hemos de tener presente que los enunciados largos provocan cansancio y generan ambigüedad, además de constituirse en una de las fuentes fundamentales de nuestros errores más habituales. Para ayudarnos en nuestro empeño, habremos de tener en cuenta que cada frase debe centrarse en una sola idea y que tendremos que eliminar cualquier elemento ornamental o retórico que no aporte información ni contenido a nuestro

12.

HACIA LA CLARIDAD EN EL LENGUAJE ADMINISTRATIVO

101

discurso: ello no indica en ningún caso que debamos caer en un estilo telegráfico, simplemente tendremos que eliminar subordinadas, incisos y ejemplos que no aporten información esencial. En muchas ocasiones apreciamos que la excesiva extensión de los períodos provoca, por ejemplo, errores de concordancia: *Son fines y objetivos de este organismo de acuerdo con las normas básicas de Régimen Local, la realización de actividades complementarias de otras Administraciones Públicas en materia de vivienda 12.1.4.

Evite la nominalización excesiva

La nominalización consiste en sustituir un verbo por un sustantivo derivado directamente del mismo: reclamar / realizar una reclamación. Llevar a cabo una evaluación / evaluar Efectuar una renovación / renovar Llegar a un acuerdo para / acordar Dar cumplimiento / cumplir Es un mecanismo que se emplea a menudo para despersonalizar las oraciones o no explicitar abiertamente su sujeto. El deseo de objetividad de los textos administrativos provoca que el citado recurso abunde. Por otra parte, una cierta cantidad de nominalizaciones parece conferir al discurso un registro elevado (en el lenguaje administrativo es un rasgo de estilo el empleo de una nominalización que aporta complicación y estatismo innecesarios: Mediante la remisión de la comisión…// El objeto social de CSTV es la producción, reproducción, difusión y transmisión de sonidos y/o imágenes simultáneamente mediante emisiones de ondas radioeléctricas, cables o cualquier otro medio de soporte de transmisión, destinadas al público en general…). La insistencia en el empleo de este recurso provoca que alejemos el registro de una lengua estándar que todos podríamos entender: 12.1.5.

Las formas no personales

Comentamos en otro capítulo de este manual la tendencia al empleo de construcciones erróneas relacionadas con las formas no personales del verbo: gerundios BOE, infinitivos como verbo principal…En nuestro deseo de evitar estos errores, tendremos prudencia en el empleo de formas no personales. No consiste, por ejemplo, en no usar gerundios, sino en pensar bien si los que vamos a emplear se ajustan a la norma.

102

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

*Se trata de una ley regulando las obligaciones fiscales −…*se ha recabado información de determinadas operaciones, recibiendo la última el 2 de mayo de 2002. * Sin embargo, puntualizar respecto al Proyecto de Adecuación y Peatonalización del Centro Histórico Comercial, que se ha imputado… *Por último, indicar que el nivel medio de recaudación… *Siendo oído el testimonio… 12.1.6.

Cuidado con la voz pasiva

El español es una lengua que, a diferencia de otras, apenas contempla en la lengua estándar el empleo de pasiva. Es difícil encontrar construcciones como se hará constar o tendrán que ser vendidos…Muchos autores afirman que la utilidad de las construcciones pasivas se relaciona con la posibilidad de ocultar el sujeto activo (lo cual aporta objetividad al discurso y nos permite centrarnos más en los procesos que en las personas). En cualquier caso, el abuso de estas formaciones de nuevo aparta nuestro estilo del habitual en la lengua española. Por tanto, hay que evitarlo: Los datos han sido presentados por los técnicos municipales/ Los técnicos municipales han presentado los datos 12.1.7.

Use palabras simples

Observamos en muchos casos una machacona tendencia al empleo de palabras complicadas, alejadas del principio de economía que debe adornar nuestra lengua. Como venimos afirmando, esta práctica también se relaciona con el deseo de elevar el registro, pero nos aparta de nuestro verdadero propósito: ser entendidos. Según esta doctrina, frases como: *El análisis de los datos avanza hacia adelante o *El auditor lo pudo ver con sus propios ojos son incorrectas. Además, en no pocos casos, empleamos giros que podrían obviarse: En el caso de que / si Un cierto número de / algunos En orden a / para A tenor de / según

12.

HACIA LA CLARIDAD EN EL LENGUAJE ADMINISTRATIVO

103

En el momento presente / ahora Un elevado porcentaje de / muchos A la hora de / al *Las razones que se alegan por parte de los investigadores para tramitar los contratos a través de estas entidades en lugar de hacerlo a través de las OTRIS derivan, fundamentalmente, de la mayor agilidad que tienen estos entes a la hora de gestionar los contratos. 12.1.8. Aclare las abreviaturas y siglas para garantizar la legibilidad del texto Un documento que se precie debe ir encabezado por un glosario en el que se concrete el significado de las abreviaturas y siglas que se van a emplear: hemos de tener presente que nuestros lectores no tienen que disponer de listas de estos elementos lingüísticos, y si no se los desciframos de manera explícita, se quedarán en la ignorancia. 12.1.9.

No abuse de los tecnicismos

Los términos técnicos aportan, gracias a su fuerza monosémica (significado específico) un evidente rigor a nuestra exposición. Sin embargo, es cierto que en algunas ocasiones podemos seleccionar elementos léxicos de un nivel más accesible que nos permitirán ser entendidos por los lectores: Residuos afectados / Previsión habitantes equivalentes /Sectores diagnósticos 12.1.10.

Emplee términos precisos para evitar la ambigüedad

El empleo de un lenguaje vago e impreciso puede menguar la calidad de nuestros textos. El español es una lengua riquísima en matices y fuertemente polisémica. Por ello, hemos de ser cuidadosos en la selección del léxico y, en román paladino, llamar a las cosas por su nombre. Se debe evitar en cualquier caso la utilización de palabras comodín, es decir, aquellas vacías de significado que nos puedan hacer pensar en referentes amplios: importante, cosa, tema, tener… * Esta actuación tiene los siguientes objetivos…

104

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

*Los Estatutos mencionados recogen esta figura con importantes limitaciones. *Desde el ejercicio 1996 todos los hospitales han experimentado un importante incremento en el número de prótesis implantadas. En este caso, el adjetivo importante podría cambiarse por otro más preciso como significativo, elevado… Se recomienda, además, que nos abstengamos de abusar de ciertas palabras o construcciones: pensemos en el verbo existir. El concepto referido por este verbo es filosóficamente complejo: afirmaba el pensador Agustín García Calvo que lo que existe, y cualquiera que existe está condenado a defender su realidad. Por tanto, serán por lo menos imprecisas frases como existen ciertos indicios… En este punto, indicaremos que es recomendable la sustitución por el verbo haber, ya que la existencia de un elemento no indica necesariamente que lo podamos encontrar. 12.1.11.

Elimine palabras o conceptos innecesarios

En no pocas ocasiones, aportamos una gran cantidad de información que, aunque aparentemente sea necesaria, entorpece la descodificación de nuestros escritos. En este sentido podemos citar la redundancia: * …en una posición sumamente crítica y de grave riesgo… *Se accede a consentir lo solicitado. * Fue aprobado por el Pleno de la Corporación en sesión plenaria Pensemos, por otra parte, en los largos repertorios de leyes, órdenes, decretos…que ofrecemos en los informes. La situación se podría cambiar si incluimos, por ejemplo, notas a pie de página que puedan ser consultadas por quien las necesite, pero que no entorpezcan la lectura del documento principal. Por último, se recomienda también que se eviten palabras y construcciones como un total de, básicamente, realmente… ya que no aportan información alguna: Los sitios web deben tener un tamaño razonable, no abusar de muchas páginas colgadas unas tras otras. Dar al usuario lo que realmente necesite. No se trata de convertir las páginas web en tribunas de oratoria política.

12.

12.1.12.

HACIA LA CLARIDAD EN EL LENGUAJE ADMINISTRATIVO

105

Muestre coherencia al redactar

La coherencia es una actitud que se basa en ser lógicos y consecuentes: ayudaría sobremanera a la coherencia de nuestros informes el hecho de la misma terminología en todos los documentos. 12.1.13.

Incluya tablas, gráficos o esquemas

Servirán para aclarar cuantos datos estimemos necesario y ahorrarán espacio y distracciones en el cuerpo del informe. 12.1.14.

Emplee criterios de estilo para redactar con un lenguaje eficaz e inteligible

Ante cualquier duda, no tenga inconvenientes en consultar este manual de estilo. 12.1.15. Sírvase de fuentes bibliográficas o electrónicas de consulta: diccionarios, libros de estilo, etcétera. Un buen redactor siempre tiene a su alcance elementos de consulta: todos los días podemos aprender algo nuevo. En concreto, la versión en internet del Diccionario panhispánico de dudas es un material de consulta imprescindible. 12.2. 12.2.1.

Criterios para la cita de leyes y documentos oficiales Normativa estatal y autonómica

Para citar una ley o un documento oficial (decreto, orden, resolución…) de ámbito nacional o autonómico, se emplea el siguiente criterio: Ley X/AAAA, de D de M, nombre. (X: Número de la ley; AAAA, año de publicación, con los cuatro dígitos; D, día, escrito con cifras; M, mes, escrito con minúscula inicial. Ejemplo: Ley 44/2006, de 29 de diciembre, de mejora de la protección de los consumidores y usuarios.) En el caso de la normativa autonómica, ha de hacerse constar la comunidad autónoma correspondiente: Ley de la Comunidad Autónoma de Andalucía X/ AAAA, de D de M, nombre.

106 12.2.2.

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Normativa comunitaria

Para la cita de directivas, decisiones y reglamentos de la Comunidad Europea, en cambio, se sigue un orden distinto: Directiva AAAA/N/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de D de M de AAAA, nombre: Directiva 2002/59/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2002, relativa al establecimiento de un sistema comunitario de seguimiento y de información sobre el tráfico marítimo y por la que se deroga la Directiva 93/75/CEE del Consejo.

13.

BIBLIOGRAFÍA

Agencia EFE: Manual de español urgente. Madrid, Cátedra, 2006. ALARCOS LLORACH, Emilio: Gramática de la lengua española. Madrid, Real Academia Española, Espasa-Calpe, 1994. ARAKAMA, J. M. [et al.]: Libro de estilo del IVAP. Instituto Vasco de Administración Pública, 2005. CASSANY, Daniel: Afilar el lapicero: guía de redacción para profesionales. Barcelona, Anagrama, 2007. Centro de estudios Garrigues: Libro de estilo Garrigues. Navarra, GarriguesAranzadi, 2005. DE MIGUEL, Elena: El texto jurídico-administrativo: análisis de una orden ministerial en www.ucm.es, 2000. Dipartamento della funzione pubblica: Direttiva sulla semplificazione del linguaggio dei testi administrativi. Roma, Dipartamento della funzione pubblica, 2002. Directorate General for Translation: Fight the fog-write clearly: how to write clearly, en http://ec.europa.eu/translation/language_aids/english_en.htm. El País: Libro de estilo. Madrid. Ediciones El País, 1996. ESCARPANTER, José: Eso no se escribe así: los 1000 errores más frecuentes en español. Madrid, Playor, 1993. ESCARPANTER, José: Eso no se dice: el rompecabezas de las preposiciones. Madrid, Playor, 1994. GAUQUELIN, Daniel: Saber comunicarse. Bilbao, Ediciones Mensajero, 1972. GÓMEZ TORREGO, Leonardo: Hablar y escribir correctamente: gramática normativa del español actual. Madrid, Arco Libros, 2006. GÓMEZ TORREGO, Leonardo: Nuevo manual de español correcto. Madrid, Arco Libros, 2002. LÁZARO CARRETER, Fernando: El dardo en la palabra. Barcelona, Galaxia Gutenberg, 1997.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

LÁZARO CARRETER, Fernando: El nuevo dardo en la palabra. Madrid, Aguilar, 2003. MARTÍN VIVALDI, Gonzalo: Curso de redacción: teoría y práctica de la composición y del estilo. Madrid, Paraninfo, 2000. MARTÍNEZ DE SOUSA, José: Dudas y errores de lenguaje. Madrid, Paraninfo, 1983. MAP: Manual del lenguaje administrativo. Madrid, INAP, 1990. Ministerio de la Presidencia: Resolución de 28 de Julio de 2005, de la Subsecretaría, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consejo de Ministros, de 22 de Julio de 2005, por el que se aprueban las Directrices de técnica normativa. Plain English Campaign: the a to z alternative words. Londres, Plain English Campaign, 2001. Real Academia Española, Asociación de Academias de la Lengua Española: Diccionario panhispánico de dudas. Madrid, Santillana, 2006. Real Academia Española: Diccionario de la lengua española. Madrid, Real Academia Española, 2001. Real Academia Española: Ortografía de la lengua española. Madrid, Real Academia Española, 1999. SARMIENTO, Ramón: El lenguaje de la administración, en www.cct.urjc.es SFP: Lenguaje claro. México DF, 2007.

ANEXO I

ANEXO I

111

EXPRESIONES Y LOCUCIONES LATINAS DE USO FRECUENTE Término A fortiori A posteriori A priori Ab initio Ab intestato Ad cautélam Ad hoc Ad infinitum Ad líbitum Ad lítteram/ ad pédem litterae Ad personam Addenda o addéndum Alma mater Bona fide Cæteris (hay que ponerle tilde) páribus Circa Corpus De facto De iure Erga omnes

Significado A la fuerza, por un motivo inexcusable. Con posterioridad al análisis o la experiencia. Algo se considera con anterioridad a ser analizado. Desde el inicio. Resultado del fallecimiento de un individuo sin haber dejado testamento. Por precaución. Se refiere en ocasiones a la adopción de medidas cautelares. Con un fin determinado. Hasta el infinito. Se emplea para acciones a las que no se presume final. A voluntad, libremente. Al pie de la letra. Reservado para una persona determinada, a título personal Texto o cuerpo documental que se adjuntan al final de un escrito o un libro. Centro académico donde alguien se ha formado. Suele reservarse para la universidad. De buena fe. El resto permanece igual. Suele representarse con las siglas c.p.

Alrededor de. Es un elemento de aproximación o estimativo. Se refiere a un conjunto establecido de hechos, personas o datos para analizar. De hecho. Alude a hechos consumados. Ajustado al derecho. Opuesto a «de facto» Frente a todos.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Et cætera (hay que ponerle tilde)(etc.) Ex Ante Ex lege Ex nunc Grosso modo Hic et nunc Ibídem (ibíd.) In absentia In ambiguo In continenti In extenso in fíeri In fine Infra In situ Ipso facto Iuris et de iure Iuris tántum Motu proprio Mutatis mutandis Non bis in ídem Pacta sunt servanda Pássim

Y el resto. Antes de. Previo a. De la ley, según la ley. Desde ahora. Aproximadamente .Está locución nunca puede ir precedida por el nexo a). Aquí y ahora; en seguida. Allí mismo, en el mismo lugar. En ausencia. En la duda. En el mismo momento. En toda su extensión. Suele emplearse para hablar de un texto completo. Al hacerse.: algo está en vías de ejecución o ejecutándose. «Al final. »Se emplea para indicar que la referencia a un texto está al final de un párrafo o de una página. Debajo, en la parte inferior. Se usa para referirse a palabras o comentarios expresados con posterioridad en el texto. En el mismo lugar. Inmediatamente, en este preciso instante. Presunciones que no admiten prueba en contrario. Presunciones que admiten prueba en contrario. Por iniciativa. Propia. No se emplee con el nexo de. Modificando lo necesario. Sin repetir lo mismo. Los pactos han de ser cumplidos.

Aquí y allá; un asunto o argumento se encuentra en diversos lugares de un determinado texto. Per acciddens Accidentalmente. Por azar o casualidad. Per se Por sí mismo, en sí mismo. Post mortem Después de la muerte. Prima facie A primera vista. No debe anteponérsele el nexo a. Rebus sic stantibus Manteniendo las cosas de esta manera. Estando así las cosas. Sic (sic) Así,de este modo.Se emplea para reforzar que una palabra o una frase es textual. Sine díe Sin plazo determinado. Suele tener el sentido de nunca.

ANEXO I

Sine qua non

Statu quo Stricto sensu Ut supra Velis nolis Versus

113

Sin la cual no. Se refiere a una condición insalvable para que se realice algo. En muchas ocasiones , la antecede el sustantivo conditio. Estado de las cosas. En muchas ocasiones alude a la conservación del equilibrio social, económico o político. En sentido estricto. Arriba, en la parte superior. Se utiliza para referirse a palabras o comentarios expresados con anterioridad en el texto Quieras o no. Transmite el sentido de en cualquier caso. Hacia.

ANEXO II

ANEXO II

117

GLOSARIO DE TÉRMINOS TÉCNICOS

A ACTIVO Y ACTIVO PROPIO Activo es todo bien o derecho integrado como tal en la contabilidad de la entidad, sea o no de su titularidad, del cual se espera que en el futuro contribuya directa o indirectamente a la consecución de los objetivos que constituyen su actividad. Incluye, por tanto, los elementos recibidos en cesión o adscripción y excluye los entregados en cesión o adscripción. Activo propio es todo bien o derecho cuya titularidad corresponde a la entidad contable como consecuencia de sucesos pasados. Incluye, por tanto, los elementos entregados en cesión o en adscripción y excluye los recibidos en cesión o adscripción. ACTO DE RECONOCIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DE DERECHOS Es aquel acto, realizado o no por la entidad contable, mediante el cual se determina el importe a percibir por la misma como consecuencia de la realización de un ingreso presupuestario. ACTO DE RECONOCIMIENTO Y LIQUIDACIÓN DE OBLIGACIONES Es el acto administrativo dictado por la autoridad competente de la entidad contable, mediante el cual asume y cuantifica una deuda a su cargo como consecuencia de la realización de un gasto presupuestario.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

AMORTIZACIÓN DE ACTIVOS Es la expresión contable de la depreciación que normalmente sufren los bienes de inmovilizado por el funcionamiento, uso y disfrute de los mismos. Debe considerarse, igualmente, la obsolescencia que pudiera afectarlos. APLICACIÓN AL PRESUPUESTO, IMPUTACIÓN PRESUPUESTARIA Es el proceso mediante el cual se anota, en los libros y registros que reflejan la liquidación del presupuesto, una operación que corresponde a un gasto o ingreso presupuestario. Dicha anotación será simultánea a la que se realice en las correspondientes cuentas patrimoniales o de gestión. ÁREAS CRÍTICAS O DE RIESGO Son aquellas en las que se pueden producir errores o irregularidades significativas y para las que se deben diseñar pruebas específicas. ATRIBUCIÓN PATRIMONIAL Acto jurídico por medio del cual una persona proporciona a otra una ventaja o un beneficio de carácter patrimonial. AUDITORÍA La auditoría consistirá en la comprobación de la actividad económicofinanciera de los entes o programas presupuestarios objeto de control realizada de forma sistemática y mediante la aplicación de los procedimientos de revisión propios. Las auditorías, definidas según sus objetivos, se clasifican a los efectos de las normas técnicas en auditorías de regularidad y auditorías operativas. Las auditorías de regularidad incluyen las auditorías financieras y las auditorías de cumplimiento. Las auditorías operativas incluyen auditorías de economía y eficiencia, las auditorías de programas y las auditorías de sistemas y procedimientos.

ANEXO II

119

AUTORIZACIÓN DE GASTO La autorización es la operación contable que refleja el acto en virtud del cual el ministro o autoridad competente para gestionar un gasto con cargo a un crédito presupuestario acuerda realizarlo, determinando su cuantía en forma cierta o de la forma más aproximada posible. Para tal fin, se reserva la totalidad o una parte del crédito presupuestado. Este acto no implica aún relación con interesados ajenos a la entidad, pero supone la puesta en marcha del proceso administrativo.

B BALANCE Es el estado que presenta la posición patrimonial de una entidad en un momento determinado. Se estructura a través de dos masas patrimoniales, activo y pasivo, desarrolladas cada una de ellas en agrupaciones que representan elementos patrimoniales homogéneos.

C COBRO Es toda entrada material o virtual de fondos en la tesorería de una entidad. COMPROMISO DE GASTO Es la operación contable que refleja el acto en virtud del cual la autoridad competente acuerda o concierta, según los casos, y tras el cumplimiento de los

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

trámites que, con sujeción a la normativa procedan, la realización de obras, prestación de servicios, etc., previamente autorizados. El importe por el que se acuerda el acto y, por lo tanto, el de la operación contable de compromiso ha de estar, en todo caso, exactamente determinado, al igual que las condiciones de realización de la obra, prestación del servicio, etc. COMPROMISO DE INGRESOS Se entiende por compromiso de ingresos el acto jurídico por el que cualesquiera entidades o personas, públicas o privadas, se obligan, de forma pura o condicionada, mediante un acuerdo o concierto, a financiar total o parcialmente una determinada unidad de gasto presupuestario realizado por una administración pública. CONTABILIDAD PÚBLICA Es la parte de la microcontabilidad constituida por un conjunto de principios y normas aplicables a aquellos entes encuadrados dentro del sector público que desarrollan su actividad en el entorno del mismo. CONTRIBUCIONES ESPECIALES Contribuciones especiales son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la obtención por el obligado tributario de un beneficio o de un aumento de valor de sus bienes como consecuencia de la realización de obras públicas o del establecimiento o ampliación de servicios públicos. CONTROL INTERNO Comprende el plan de organización y el conjunto de medidas, métodos y procedimientos implantados por la entidad con la finalidad de proteger sus activos, asegurar la validez de la información, -y el cumplimiento de la normativa aplicable, así como garantizar una gestión eficiente y eficaz de los recursos públicos.

ANEXO II

121

CUADRO DE FINANCIACIÓN Es un estado financiero que forma parte de la memoria y que recoge los recursos financieros obtenidos en el ejercicio, y sus diferentes orígenes, así como la aplicación o el empleo de los mismos en inmovilizado o en circulante. CUENTAS DE OBLIGACIONES RECONOCIDAS EN LA EJECUCIÓN DEL PRESUPUESTO Cuentas patrimoniales que representan deudas ciertas contraídas con terceros por la entidad contable cuya situación y movimiento son coincidentes con los reflejados en los pertinentes libros y registros de carácter presupuestario. CUENTAS DE OTRAS OBLIGACIONES Cuentas patrimoniales que representan deudas ciertas o estimadas de la entidad contable que corresponden a obligaciones no presupuestarias o extrapresupuestarias. CUENTA DEL RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL Es el estado que presenta este resultado referido a una entidad y a un ejercicio. Se estructura en dos corrientes (positiva y negativa), desarrollada cada una de ellas en función de la naturaleza económica de cada operación, y que recogen:

✓ La positiva: los ingresos y los beneficios de la entidad. ✓ La negativa: los gastos y las pérdidas de la entidad.

D DERECHO A COBRAR Es un crédito actual de la entidad frente a terceros, surgido como consecuencia de acontecimientos pasados, en virtud del cual el deudor queda obligado a satis-

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

facer a la entidad una determinada cantidad de dinero, en un momento concreto (vencimiento) y con las condiciones que se derivan de su soporte documental. Este concepto engloba los derechos a cobrar presupuestarios y los derechos a cobrar no presupuestarios. Son derechos a cobrar presupuestarios aquellos que se derivan de ingresos y de otros recursos destinados a financiar el gasto presupuestario de la entidad. El reconocimiento de un derecho a cobrar presupuestario implica su imputación al correspondiente presupuesto de ingresos. Son derechos a cobrar no presupuestarios: – Aquellos que deban incluirse en esta categoría de acuerdo con la normativa vigente, y que no lo serán en el momento de su vencimiento. – Los derechos no vencidos en fin de ejercicio derivados de ingresos devengados (estos derechos serán no presupuestarios hasta la fecha de vencimiento). – Los demás activos financieros, hasta la fecha de su vencimiento. DERECHOS DE PRESUPUESTOS CERRADOS Son aquellos derechos de cobro cuya aplicación presupuestaria corresponde a ejercicios presupuestarios anteriores. DERECHOS DEL PRESUPUESTO CORRIENTE Son aquellos derechos de cobro cuya aplicación presupuestaria corresponde al ejercicio presupuestario en vigor. DESPLAZAMIENTO PATRIMONIAL Es un término más concreto que el recogido en la definición de «atribución patrimonial», ya que requiere que la citada ventaja o beneficio se materialice en un bien dinerario o no dinerario, que cambia de titularidad, y deja así al margen toda atribución patrimonial que suponga para el beneficiario la evitación de un gasto.

ANEXO II

123

E ENTIDAD CONTABLE PÚBLICA Es todo ente que, perteneciente al sector público, tenga personalidad jurídica propia, presupuesto de gastos e ingresos diferenciado, y deba formar y rendir las cuentas en régimen de contabilidad pública. ERROR TOLERABLE Es el error máximo que en un grupo homogéneo de revisión (expedientes de contratación, de personal, informes financieros...) el auditor está dispuesto a aceptar para concluir que se alcanzan los objetivos de auditoría. ESTADO DE LIQUIDACIÓN DEL PRESUPUESTO Es aquel estado que presenta, con la debida separación, la liquidación del presupuesto de gastos y la liquidación del presupuesto de ingresos.

✓ La liquidación del presupuesto de gastos, con arreglo a la estructura que presente, contendrá la siguiente información: a) Los créditos totales autorizados, haciendo distinción entre los iniciales, modificaciones y definitivos. b)

Las obligaciones reconocidas netas con cargo a los mismos.

c)

Los remanentes de crédito.

d)

Los pagos realizados.

e) Las obligaciones reconocidas en el ejercicio y pendientes de pago al finalizar el mismo.

✓ La liquidación del presupuesto de ingresos, con arreglo a la clasificación que presente, contendrá la siguiente información: a) Las previsiones definitivas, haciendo distinción entre las previsiones iniciales, modificaciones y definitivas. b)

Los derechos reconocidos netos.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

c)

La recaudación neta.

d)

Los derechos cancelados por insolvencia y otras causas.

e) Los derechos reconocidos en el ejercicio pendientes de cobro al finalizar el mismo. ESTADO DEL RESULTADO PRESUPUESTARIO Determinado por la diferencia entre derechos reconocidos y obligaciones reconocidas netas, se integra por las siguientes magnitudes: saldo no financiero, resultado presupuestario del ejercicio, variación neta de pasivos financieros presupuestarios y el saldo presupuestario. ESTADO DE LA TESORERÍA Es una magnitud de carácter financiero. Presenta, por diferencia entre el importe total de cobros y de pagos del ejercicio, el superávit o déficit de tesorería del mismo. Esta magnitud junto con el saldo inicial de la tesorería refleja la capacidad o necesidad inmediata de liquidez. ESTADO DE LA VARIACIÓN DE ACTIVOS Y PASIVOS Muestra la variación en la composición del patrimonio de la administración general. EVIDENCIA EN AUDITORÍA Las conclusiones, las recomendaciones, los comentarios, etc. que pueda formular el auditor deben sustentarse en elementos probatorios, justificantes, testimonios documentales, etc., obtenidos durante la ejecución de las pruebas o procedimientos de auditoría. Este soporte del trabajo del auditor recibe el nombre de evidencia.

ANEXO II

125

F FECHA DE CIERRE DEL PERÍODO Última fecha correspondiente a un período contable. Dicho período puede ser, o no, igual al ejercicio contable cuya duración, actualmente, es coincidente con el año natural.

G GASTOS Son aquellos flujos que configuran el componente negativo del resultado económico-patrimonial, producidos a lo largo del ejercicio por las operaciones conocidas de naturaleza presupuestaria o no presupuestaria, como consecuencia de la variación de activos o el surgimiento de obligaciones, que implican un decremento en los fondos propios. Por tanto, este término se reserva para aquellos flujos que deben imputarse al resultado citado de la entidad a través de cuentas de gestión. No debe confundirse con el término «gasto presupuestario»: existen gastos que no constituyen gasto presupuestario. GASTOS CON FINANCIACIÓN AFECTADA Se identifica como un gasto con financiación afectada toda aquella unidad de gasto presupuestario que —bien por su naturaleza o condiciones específicas, bien como consecuencia de convenios entre la entidad responsable de su ejecución y cualesquiera otras entidades, de carácter público o privado— se financie, en todo o en parte, mediante recursos concretos que en el caso de no realizarse el gasto presupuestario no podrían percibirse o, si se hubiesen percibido, deberían destinarse a la financiación de otras unidades de gasto de similar naturaleza o, en su caso, ser objeto de reintegro a los agentes que los aportaron.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

GASTOS PRESUPUESTARIOS Son aquellos flujos que suponen el empleo de créditos consignados en el presupuesto de gastos de la entidad. Su realización conlleva obligaciones a pagar presupuestarias con origen en gastos, en inversiones o en el vencimiento de obligaciones. Por tanto, este término se reserva para aquellos flujos que deben imputarse al resultado presupuestario de la entidad. No deben confundirse con el término «gasto»: hay gastos presupuestarios que no constituyen un gasto. GRADO DE CUMPLIMIENTO En el presupuesto de gastos, el grado de cumplimiento relaciona los pagos realizados con las obligaciones reconocidas. En el presupuesto de ingresos, relaciona los derechos recaudados con los derechos reconocidos o liquidados. GRADO DE EJECUCIÓN En el presupuesto de gastos, es el porcentaje de obligaciones reconocidas sobre los créditos definitivos. Por tanto, informa sobre los recursos que la Administración ha gastado en relación con lo que el parlamento le autorizó a gastar. El porcentaje de ejecución puede ser inferior o igual al 100%, pero nunca superior, ya que los créditos son limitados y vinculantes. Por su parte, en el presupuesto de ingresos, el grado de ejecución es el porcentaje de derechos reconocidos o liquidados sobre las previsiones definitivas de ingresos. Así pues, este porcentaje indica cuánto ha liquidado la Administración de lo que el parlamento en su momento previó que podía liquidar a su favor. En este caso, el porcentaje sí puede ser superior al 100%, pues los ingresos presupuestados son simplemente estimaciones.

I IMPORTANCIA RELATIVA Se entiende por importancia relativa el criterio por el cual se valora la incidencia de una omisión o el carácter inexacto de una información que, teniendo en

ANEXO II

127

cuenta las circunstancias concurrentes, probablemente conducirá a una persona razonable, apoyada en esta información, a modificar su juicio. Todos aquellos aspectos que superen los niveles o cifras de importancia relativa aplicados en el trabajo se considerarán significativos. IMPUESTOS Impuestos son los tributos exigidos sin contraprestación cuyo hecho imponible está constituido por negocios, actos o hechos que ponen de manifiesto la capacidad económica del contribuyente. INGRESOS Son aquellos flujos que configuran el componente positivo del resultado económico-patrimonial, producidos a lo largo del ejercicio por las operaciones conocidas de naturaleza presupuestaria o no presupuestaria, como consecuencia del incremento de los activos o de la disminución de las obligaciones que implican un incremento del patrimonio neto. Por tanto, este término se reserva para aquellos flujos que deben imputarse al resultado citado de la entidad a través de cuentas de gestión. No debe confundirse con el término «ingreso presupuestario»: existen ingresos que no constituyen ingreso presupuestario. Tampoco debe confundirse con el término «cobro», es decir, un ingreso no debe identificarse con flujos de tesorería. INGRESOS PRESUPUESTARIOS Son aquellos flujos que determinan recursos para financiar los gastos presupuestarios de la entidad. Generan derechos de cobro presupuestarios, que deben imputarse al correspondiente presupuesto, con origen en ingresos, en otros recursos o en el vencimiento de derechos de cobro no presupuestarios. Por tanto, este término se reserva para aquellos flujos que deben imputarse al resultado presupuestario de la entidad. No debe confundirse con el término «ingreso»: existen ingresos presupuestarios que no constituyen ingreso.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

INMOVILIZADO Se entiende por inmovilizado, en sentido genérico, el conjunto de elementos patrimoniales reflejados en el activo, con carácter permanente y que no están destinados a la venta. INMOVILIZADO INMATERIAL Aquel inmovilizado que se concreta en un conjunto de bienes intangibles y derechos susceptibles de valoración económica que cumplen además las características de permanencia en el tiempo y utilización en la producción de bienes y servicios o constituyen una fuente de recursos del sujeto. INMOVILIZADO MATERIAL Conjunto de elementos patrimoniales tangibles, muebles e inmuebles que se utilizan de manera continuada por el sujeto contable en la producción de bienes y servicios públicos y que no están destinados a la venta. INVERSIONES DESTINADAS AL USO GENERAL Los bienes integrados en esta agrupación contable son elementos tangibles, constituyen uno de los productos derivados de la actividad de los entes públicos, y se caracterizan porque han de ponerse a disposición de los ciudadanos, y constituyen, de este modo, una transferencia a la sociedad. Deben cumplirse una serie de características: 1)

Estar incluidos en el dominio público.

2) Si se trata de bienes destinados al uso general, depender jurídicamente de la tutela del sujeto contable. 3) Si se trata de infraestructuras, haber sido realizadas con cargo a los respectivos presupuestos o, haber sido recibidas de otro sujeto público o privado. 4)

Tener una vida útil que trascienda un ejercicio económico.

5) Ser utilizables directamente por la generalidad de los ciudadanos, sin más restricciones que las derivadas de la policía administrativa.

ANEXO II

129

INVERSIONES GESTIONADAS PARA OTROS ENTES PÚBLICOS Son aquellos bienes que siendo adquiridos o construidos con cargo al presupuesto de gastos de una Administración Pública, deben ser transferidos necesariamente a otra administración una vez finalizado el procedimiento de adquisición o finalizada la obra y con independencia de que la Administración destinataria participe o no en su financiación.

M MEMORIA La memoria completa, amplía y comenta la información contenida en el balance, en la cuenta del resultado económico patrimonial y en el estado de liquidación del presupuesto. MODIFICACIONES DE CRÉDITO Variaciones cuantitativas, cualitativas o temporales de los créditos inicialmente aprobados en el presupuesto de gastos, realizadas conforme a la legalidad vigente. MUESTREO ESTADÍSTICO Es un tipo de muestreo en el que la determinación del tamaño de la muestra, la selección de las partidas que la integran y la evaluación de los resultados se realizan por métodos matemáticos basados en el cálculo de probabilidades.

O OBLIGACIÓN A PAGAR Es una deuda actual cierta que supone un pasivo para la parte deudora proveniente de transacciones, acuerdos o acontecimientos de naturaleza presu-

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

puestaria o no presupuestaria acaecidos en un tiempo pasado, y en virtud de la cual la entidad se ha comprometido a realizar, al vencimiento de la misma, una prestación evaluada económicamente. Este concepto engloba las obligaciones a pagar presupuestarias y las obligaciones a pagar no presupuestarias. Son obligaciones a pagar presupuestarias aquellas que se derivan de adquisiciones, obras, servicios, prestaciones o gastos presupuestarios en general, de las que se ha dictado el correspondiente acto de reconocimiento y liquidación de acuerdo con la normativa aplicable. El reconocimiento de una obligación a pagar presupuestaria implica su imputación al correspondiente presupuesto de gastos. Aquellas obligaciones derivadas de gastos efectivamente realizados o de bienes y servicios efectivamente recibidos, para las que no se ha producido su aplicación al presupuesto de gastos siendo procedente la misma, se califican como obligaciones extrapresupuestarias. Son obligaciones a pagar no presupuestarias:

✓ Aquellas que deban ser no presupuestarias de acuerdo con la normativa vigente, y que no lo serán en el momento de su vencimiento. ✓ Las obligaciones no vencidas en fin de ejercicio derivadas de gastos devengados o de bienes y servicios efectivamente recibidos; estas obligaciones son no presupuestarias hasta la fecha de vencimiento. ✓ Los demás pasivos financieros hasta el momento de su vencimiento. OBLIGACIONES DE PRESUPUESTOS CERRADOS Obligaciones a pagar cuya aplicación presupuestaria corresponde a ejercicios presupuestarios anteriores. OBLIGACIONES DEL PRESUPUESTO CORRIENTE Obligaciones a pagar cuya aplicación presupuestaria corresponde al ejercicio presupuestario en vigor.

ANEXO II

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OPERACIONES NO PRESUPUESTARIAS Son aquellas que no generan obligación a pagar o derecho a cobrar alguno, o bien generan una obligación a pagar no presupuestaria o un derecho a cobrar no presupuestario. OPERACIONES PRESUPUESTARIAS Son aquellas que se derivan de la ejecución del presupuesto, y que, por tanto, deben realizarse de acuerdo con los procedimientos presupuestarios legalmente establecidos.

P PAGO Toda salida material o virtual de fondos de la tesorería de una entidad. PASIVO Ver obligación a pagar. PATRIMONIO NETO Es la parte residual de los activos de la entidad, una vez deducidas todas las obligaciones con terceros. En el ámbito de la contabilidad pública, este término, con carácter general, se considera equivalente al de fondos propios. PRECIOS PÚBLICOS Los precios públicos son aquellos ingresos públicos que se exigen como consecuencia de:

132 1) blico.

LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

La utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio pú-

2) Las entregas de bienes asociadas a determinadas prestaciones de servicios. 3) La prestación de servicios o realización de actividades en régimen de derecho público que no tengan el carácter tributario de la tasa. PRESUPUESTO DE GASTOS Constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de las obligaciones que, como máximo, puede reconocer la entidad durante el correspondiente ejercicio. El término «obligaciones» hace referencia a todo tipo de obligaciones a pagar exceptuadas las no presupuestarias. PRESUPUESTO DE INGRESOS Constituye la expresión cifrada, conjunta y sistemática de los derechos que se prevea liquidar durante el correspondiente ejercicio. El término «derechos» hace referencia a todo tipo de derechos a cobrar exceptuados los no presupuestarios. PROGRAMA DE AUDITORÍA El programa de auditoría es un documento que propone una relación de controles y procedimientos que han de seguirse para efectuar la auditoría y preparar el informe. Deberá elaborarse un programa escrito para cada área en que se divida el trabajo que se tenga que realizar. PROVISIÓN POR DEPRECIACIÓN La provisión es un fondo que constituye el sujeto contable con objeto de paliar la posible depreciación de carácter reversible que puedan sufrir los bienes naturales que se encuentran registrados en su activo.

ANEXO II

133

PRUEBAS DE CUMPLIMIENTO Son aquellas pruebas de auditoría orientadas a proporcionar al auditor una seguridad razonable de que los procedimientos relativos a los controles internos están siendo aplicados tal como fueron establecidos. Estas pruebas son necesarias si se va a confiar en los procedimientos de control interno; sin embargo, cuando los procedimientos de control interno no son satisfactorios, el auditor no debe confiar en los mismos. PRUEBAS SUSTANTIVAS Consisten en los exámenes, análisis y verificaciones que se realizan sobre operaciones, actividades, saldos de cuentas y documentos en general, relacionados con los objetivos de fiscalización, con el fin de obtener evidencia acerca de la integridad, exactitud y adecuación de aquéllos.

R RECONOCIMIENTO DE UN DERECHO Es el proceso por el cual se incorpora al balance un elemento que cumple las características de definición de derecho a cobrar. RECONOCIMIENTO DE UN GASTO Es el proceso de imputar al ejercicio un elemento que, cumpliendo las características enunciadas en la definición del mismo, satisface los siguientes requisitos: a) Que se haya producido un hecho contable que implique un decremento en el patrimonio neto de la entidad asociado a una variación de activos o surgimiento de obligaciones. El reconocimiento del gasto ha de realizarse simultáneamente al momento en que se registren las variaciones de activo u obligaciones que los mismos originan. b)

Que la partida tenga un coste o un valor que pueda ser medido con fia-

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

bilidad. Dentro de este requisito cabe incluir el uso de estimaciones razonables como un método válido para cuantificar ciertos gastos. El reconocimiento no puede ser sustituido en ningún caso por medio de notas u otro material explicativo. RECONOCIMIENTO DE UN INGRESO Es el proceso por el cual se imputa al ejercicio un elemento que, reuniendo las características de ingreso establecidas en la definición del mismo, cumpla los siguientes requisitos: a) Que se haya producido un hecho contable que implique un incremento en el patrimonio neto de la entidad asociado a un aumento de activos o disminución de obligaciones. El reconocimiento del ingreso ha de realizarse simultáneamente al momento en el que se registran los incrementos de activos o disminuciones de obligaciones que los mismos originen. b)

Que el ingreso tenga un valor que pueda ser medido con fiabilidad.

El reconocimiento no puede ser sustituido en ningún caso por medio de notas u otro material explicativo. RECONOCIMIENTO DE UNA OBLIGACIÓN Es el proceso por el cual se incorpora al balance un elemento que cumpla las características descritas en su definición. REMANENTE DE TESORERÍA Es una magnitud de carácter financiero que representa el excedente de liquidez a corto plazo disponible en la fecha de cierre del ejercicio presupuestario. Se obtiene por diferencia entre la suma de los derechos reconocidos netos pendientes de cobro a corto plazo y los fondos líquidos menos las obligaciones ciertas reconocidas netas pendientes de pago a corto plazo, tanto en operaciones presupuestarias como no presupuestarias. RESULTADO ECONÓMICO-PATRIMONIAL Es la variación de los fondos propios de la entidad producida en un perío-

ANEXO II

135

do como consecuencia de sus operaciones de naturaleza presupuestaria y no presupuestaria. Se determina por diferencia entre los ingresos y los gastos del período al que se refiere. RESULTADO PRESUPUESTARIO Es la diferencia entre la totalidad de ingresos presupuestarios realizados durante el ejercicio, excluidos los derivados de la emisión y creación de pasivos financieros, y la totalidad de gastos presupuestarios del mismo ejercicio, excluidos los derivados de la amortización y reembolso de pasivos financieros. RETRIBUCIONES EXPLÍCITAS Son aquellas cargas financieras de una deuda que se caracterizan por las siguientes notas:

✓ No forman parte del valor de reembolso de la deuda. ✓ Su vencimiento se puede negociar independientemente del que corresponde al valor recibido, y puede coincidir o no con el mismo. En aquellas emisiones de deuda pública, con un único vencimiento de intereses explícitos, coincidente en el tiempo con la creación de la deuda o con el vencimiento del capital, los citados intereses deberán ser tratados, en todo caso, como retribuciones explícitas. RETRIBUCIONES IMPLÍCITAS Son aquellas cargas financieras de una deuda que se caracterizan por las siguientes notas:

✓ Forman parte del valor de reembolso de la deuda. ✓ Están incorporadas en el título representativo de la deuda. ✓ Su vencimiento es el mismo que el correspondiente al valor recibido en el momento de perfeccionar la transacción, y no se pueden negociar, en consecuencia, de forma independiente al mismo.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

Su cuantificación se realiza mediante el cálculo de la diferencia que pudiera existir entre el valor de reembolso y el valor recibido. RIESGO DE AUDITORÍA El riesgo de auditoría refleja la posibilidad de que el auditor emita una opinión o llegue a una conclusión errónea después de la ejecución de todos los procedimientos de auditoría. Por tanto, refleja el riesgo de que estos procedimientos no detecten errores materiales.

S SALDO NO FINANCIERO Se obtiene por la diferencia entre los derechos reconocidos y obligaciones reconocidas de operaciones no financieras (capítulos I a VII del presupuesto de ingresos y gastos respectivamente). Pone de manifiesto en qué medida los derechos presupuestarios derivados de operaciones no financieras han sido suficientes para financiar las obligaciones no financieras. SALDO PRESUPUESTARIO Es la magnitud que se obtiene añadiendo al resultado presupuestario del ejercicio la variación neta de pasivos financieros presupuestarios. SUBVENCIÓN Es todo desplazamiento patrimonial que tiene por objeto una entrega dineraria o en especie entre los distintos agentes de las Administraciones Públicas, y de éstos a otras entidades públicas o privadas y a particulares, así como las realizadas por éstas a una Administración Pública, todas ellas sin contrapartida directa por parte de los entes beneficiarios; afectada a un fin, propósito actividad o proyecto específico; con obligación por parte del destinatario de cumplir

ANEXO II

137

las condiciones y requisitos que se hubieran establecido o, en caso contrario, proceder a su reintegro. SUBVENCIONES CORRIENTES Son aquellas que se destinan a financiar operaciones corrientes concretas y específicas. Pueden clasificarse a su vez en subvenciones de explotación y otras subvenciones corrientes. SUBVENCIONES DE CAPITAL Son aquellas que tienen por finalidad mediata o inmediata la financiación de operaciones específicas y concretas de formación bruta de capital fijo, de tal forma que su concesión implica que el beneficiario debe adquirir o construir activos fijos determinados previamente, pudiendo adoptar tanto la forma de entrega de fondos como la de bienes de capital ya formados; asimismo la finalidad puede ser la compensación de resultados negativos acumulados o la cancelación o minoración de elementos de pasivo. SUBVENCIONES DE EXPLOTACIÓN Son aquellas subvenciones corrientes concedidas normalmente por una Administración Pública, y excepcionalmente por un particular, a una unidad productora de bienes y servicios destinados a la venta con la finalidad de influir en los precios o permitir una remuneración suficiente de los factores de producción, así como compensar resultados negativos de explotación producidos durante el ejercicio. SUPERÁVIT O DÉFICIT DE FINANCIACIÓN DEL EJERCICIO Esta magnitud es el déficit o superávit de financiación generados por las operaciones presupuestarias del ejercicio. Se calcula añadiendo al saldo presupuestario el remanente de tesorería empleado para cubrir obligaciones reconocidas con cargo al presupuesto en vigor y ajustándolo con las desviaciones de financiación producidas en gastos con financiación afectada.

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LIBRO DE ESTILO DE LA CÁMARA DE CUENTAS DE ANDALUCÍA

T TASAS Son los tributos cuyo hecho imponible consiste en la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público, la prestación de servicios o la realización de actividades en régimen de derecho público que se refieran, afecten o beneficien de modo particular al obligado tributario, cuando los servicios o actividades no sean de solicitud o recepción voluntaria para los obligados tributarios o no se presten o realicen por el sector privado. TRANSFERENCIA Es todo desplazamiento patrimonial que tiene por objeto una entrega dineraria en especie entre los distintos agentes de las Administraciones Públicas y de éstos a otras entidades públicas o privadas y a particulares, así como los realizados por é stas a una Administración Pública, todas ellas sin contrapartida directa por parte de los entes beneficiarios; dichos fondos se destinan a financiar operaciones o actividades no singularizadas. TRANSFERENCIAS CORRIENTES Son aquellas transferencias que implican una distribución de renta para ser utilizadas en la financiación de operaciones corrientes no concretas ni específicas realizadas por el beneficiario. TRANSFERENCIAS DE CAPITAL Son aquellas transferencias que implican una distribución de ahorro y patrimonio y que se conceden para el establecimiento de la estructura básica, en su conjunto, del ente beneficiario.

ANEXO II

139

V VALOR DE EMISIÓN O EFECTIVO Es el importe de los capitales tomados a préstamo, en cuanto que es la cantidad que el prestamista pone a disposición de la Administración Pública deudora. VALOR DE REEMBOLSO Es la cantidad a pagar en el momento del vencimiento de una deuda. Dicha cantidad, que debe figurar en el título representativo de la deuda, puede estar formada por el valor recibido en el momento de perfeccionar la transacción más unas retribuciones adicionales a pagar en el momento del vencimiento pactado en la misma. VARIACIÓN NETA DE PASIVOS FINANCIEROS Es la diferencia entre la totalidad de los derechos reconocidos derivados de la emisión o creación de pasivos financieros y las obligaciones consecuencia de la amortización o reembolso de pasivos financieros.

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