IV. Administración Local

ned by OFICIAL CIPADO DE 12.30 BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1/7 núm. 301 de 31-XII-2012 IV. Administración Local Ayuntamientos De Av

16 downloads 124 Views 523KB Size

Recommend Stories


IV. Administración Local
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 267 de 17-xi-2015 1/5 IV. Administración Local Ayuntamientos De Mieres Anuncio. Aprobación inicial d

IV. Administración Local
N.º 42 • Miércoles 2 de Marzo de 2016 Pág. 48 IV. Administración Local Excma. Diputación Provincial de Salamanca La Excma. Diputación Provincial de

IV. Administración Local
N.º 20 • Viernes 30 de Enero de 2015 Pág. 21 IV. Administración Local AYUNTAMIENTOS Salamanca BASES DE LA CONVOCATORIA DE BONOTAXI PARA LAS PERSONA

IV. Administración Local
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 131 de 8-vi-2015 1/5 IV. Administración Local Ayuntamientos De Llanes Anuncio. Aprobación inicial de

IV. Administración Local
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1/7 núm. 137 de 15-vi-2015 IV. Administración Local Ayuntamientos De Avilés Decreto de Alcaldía. Convocat

IV. Administración Local
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 120 de 25-v-2016 1/7 IV. Administración Local Ayuntamientos De Langreo Anuncio. Bases para la dotaci

IV. Administración Local
BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 146 de 24-vi-2016 1/5 IV. Administración Local Ayuntamientos De Piloña Anuncio. Aprobación definitiv

CAPITULO IV CAPITULO IV
CAPITULO IV ________________________________________________________________________ CAPITULO IV 37 CAPITULO IV __________________________________

Story Transcript

ned by OFICIAL CIPADO DE

12.30

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 1/7

núm. 301 de 31-XII-2012

IV. Administración Local Ayuntamientos De Avilés Anuncio. Aprobación definitiva de la ordenanza 108. El Pleno Municipal, en sesión celebrada el día diecinueve de octubre de dos mil doce, acordó la modificación de la Ordenanza n.º 108 reguladora del precio público de la Fundación Deportiva Municipal. Dentro del período de información pública se presentó una alegación por la propia Fundación Deportiva Municipal que fue estimada por el Pleno en sesión ordinaria celebrada el día veintiuno de diciembre de dos mil doce, por lo que se procede a la publicación del texto integro de la ordenanza modificada. Avilés, a 27 de diciembre de 2012.—La Concejala responsable del Área de Hacienda y Promoción de Ciudad (P.D. Alcaldía de 23/06/2011).—Cód. 2012-23602. ORDENANZA N.º 108

REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DE LA FUNDACIÓN DEPORTIVA MUNICIPAL

De conformidad con lo previsto en el artículo 127, en relación con el artículo 41, ambos del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Excelentísimo Ayuntamiento de Avilés, establece el precio público por prestación de servicios en las instalaciones de la Fundación Deportiva Municipal, especificados en las tarifas contenidas en la presente Naturaleza, objeto y fundamento Artículo 1. El precio público que se regula en esta Ordenanza, recae sobre los actos de utilización de las instalaciones de la Fundación Deportiva Municipal y los servicios prestados por la misma. Obligados al pago Artículo 2. Están obligados al pago del precio público regulado en esta Ordenanza, las personas físicas o jurídicas que se beneficien de los servicios o actividades prestados o realizados en la Fundación Municipal Deportiva Artículo 3. La percepción del precio público regulado en esta Ordenanza, queda sujeta a la siguiente tarifa: USOS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS PISCINA Entrada Baño:

Precio/uso

Personas adultas

2,70

Niña/o

1,45

BONOS

Precio

Bono de personas adultas 15 usos

30,80

Bono de niñas/os 15 usos

17,35

ALQUILERES DE ENTIDADES

Precio

Cód. 2012-23602

Alquiler/hora de calle de piscina:

38,10

Alquiler/hora vaso de enseñanza para actividades organizadas: TENIS, PADEL, SQUASH

54,90 Precio/uso

Tenis por hora de utilización con luz natural

4,70

Padel por hora de utilización con luz natural

5,15

Por ½ hora de utilización de Squash

3,90

Tele-Squash 15 usos

Precio

43,50 http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 2/7

núm. 301 de 31-XII-2012

Tele-Padel+tasa de luz artificial si es preciso su uso, 15 usos

57,60

Tele-Tenis+tasa de luz artificial si es preciso su uso, 15 usos FRONTÓN

50,70 Precio/uso

Por hora de utilización con luz natural

Precio

6,60

Tele-Frontón+tasa de luz artificial si es preciso su uso, 15 usos LUZ ARTIFICIAL

74,30 Precio/uso

Complemento luz artificial para Tenis, Padel ó Frontón TENIS DE MESA

1,90 Precio/uso

Por hora de uso de mesa

1,90

SALA DE MUSCULACIÓN y FITNESS

Precio/uso

Por cada entrada, 120 minutos sesión

Precio

2,30

Bono de 15 usos

26,00

Bono de 15 usos, con monitor/a de entrenamiento personalizado

38,10

Bono de 60 usos, de uso exclusivo de entidades deportivas ROCÓDROMO Y BULDER

69,45 Precio/uso

Por hora de utilización

Precio

2,30

Bono de 15 usos

26,00

SAUNA Por hora de uso de sauna

4,30

Bono de 15 usos

48,40

ESTADIO MUNICIPAL DE ATLETISMO

Precio/uso

Entrada personas adultas

4,10

Entrada niña/o

2,90

Bono de personas adultas, 15 usos

46,10

Bono de niñas/os, 15 usos

32,80

Bono entidades deportivas, 30 usos

61,45

Bono entidades deportivas niño/a, 30 usos

43,75

PISTAS POLIDEPORTIVAS

Precio/uso

Por hora de utilización Cancha Cubierta completa

30,70

Por hora de utilización de 1/3 Cancha Cubierta

12,65

Por hora de utilización de Cancha Descubierta con luz natural

15,35

Por hora de utilización de Cancha Descubierta con luz artificial

21,45

Por hora de utilización de Salas Polivalentes y Artes Marciales

30,70

Por hora de utilización de Sala de Spinning (exclusivamente para eventos deportivos)

81,90

Por hora de utilización de Sala de Tiro de la Magdalena

13,15

ALQUILER PABELLONES DEPORTIVOS

Precio/uso

Por alquiler del Palacio Municipal de Deportes al día para Eventos (IVA incluido)

2.698,25

Por alquiler del Palacio Municipal de Deportes medio día para Eventos (IVA incluido)

1.348,60

Por alquiler del Pabellón de la Magdalena al día para Eventos

1.743,85

Por alquiler del Pabellón de la Magdalena media día para Eventos Por alquiler de los Polideportivos de la Luz, Los Canapés, Jardín de Cantos y la Toba, al día para Eventos Por alquiler de los Polideportivos de La Luz, Los Canapés, Jardín de Cantos y la Toba, medio día para Eventos Cód. 2012-23602

Precio

CAMPOS DE FÚTBOL

870,10 1.305,15 652,05 Precio/uso

Por hora de utilización de Campo de Fútbol de Hierba sintética de la Toba

65,85

Por hora de utilización de Campo de Fútbol de Hierba sintética de la Toba con luz artificial

71,35

Por hora de utilización de Campo de Fútbol 7 de Hierba sintética

54,90

Por hora de utilización de Campo de Fútbol 7 de Hierba sintética con luz artificial

60,35

Por hora de utilización del campo de fútbol “Santa Bárbara”

68,05

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 3/7

núm. 301 de 31-XII-2012

Por hora de utilización del Campo de Fútbol “Santa Bárbara” con luz

76,85

Por hora de utilización de Campo de Fútbol arena y zona verde interior de la Pista de Atletismo de la Toba

30,70

Por cada hora de utilización de Campo de Fútbol arena y zona verde interior de la Pista de Atletismo de la Toba con luz artificial

39,55

SALON DE ACTOS y AULAS POLIVALENTES

Precio/uso

Por alquiler por hora del salón de actos del Centro Deportivo de la Toba

47,75

Por alquiler del salón de actos del Centro Deportivo de la Toba ½ día

268,05

Por alquiler del salón de actos del Centro Deportivo de la Toba, día completo

538,65

Por alquiler por hora del salón de actos del Complejo Deportivo Avilés

46,15

Por alquiler del salón de actos del Complejo Deportivo Avilés ½ día

261,00

Por alquiler del salón de actos del Complejo Deportivo Avilés, día completo

523,10

Por alquiler por hora del aula polivalente del Complejo Deportivo Avilés

24,15

LOCALES

Precio/uso

Uso de locales en instalaciones de la Fundación Deportiva Municipal al mes (Casa del Deporte)

35,10

USOS ENTIDADES DEPORTIVAS Bonificación del 50% sobre el precio público en relación con el uso propio de la actividad principal, siempre que tenga relación con el objeto de la entidad deportiva, de acuerdo con la convocatoria de uso de instalaciones deportivas municipales. En el caso de la natación la unidad de uso corresponde a tres calles. Las liquidaciones de Pago resultantes del uso de instalaciones deportivas por las distintas entidades deportivas del municipio de Avilés y conforme a la convocatoria publica de uso de instalaciones deportivas se realizará con carácter trimestral. El pago del precio público en ningún caso, permitirá el uso de las instalaciones deportivas municipales, para desarrollar actividades particulares de carácter lucrativo, salvo autorización expresa de la Fundación Deportiva Municipal de Avilés Es responsabilidad de las entidades deportivas el cumplimiento de la normativa legal, a todos los efectos, en relación con el cobro de entradas a los recintos deportivos con motivo de la competición de sus equipos. ACTIVIDADES DEPORTIVAS ACTIVIDADES DE PISCINA CURSILLOS PARA PERSONAS ADULTAS

Precio/clase

Precio

2 días a la semana durante 1 trimestre

2,81

67,55

3 días a la semana durante 1 un trimestre

2,81

98,60

Fines de semana durante 1 trimestre CURSILLOS DE EMBARAZADAS

2,81

59,20

Precio/clase

Precio

2 días a la semana durante 1 ½ mes

2,81

33,85

3 días a la semana durante 1 ½ mes

2,81

50,70

CURSILLOS NIÑAS/OS, EDUCACIÓN PRIMARIA y SECUNDARIA

Precio/clase

Precio

2 días a la semana durante un trimestre

2,18

52,40

3 días a la semana durante un trimestre

2,18

76,35

Fines de semana durante un trimestre CAMPAÑA ESCOLAR DE NATACIÓN MUNICIPAL (15 ó 16 clases, 2 ó 3 días a la semana)

2,18

45,75

Precio/clase

Precio

0,81

12,30

CURSILLOS DE COLEGIOS Cursillos para colegios, Preescolares

2,40

Cursillos para colegios, Educación Infantil y Primaria

2,05

CURSILLOS PREESCOLAR y BEBÉS

Cód. 2012-23602

Precio/clase

Precio

2 días a la semana durante un trimestre

2,85

68,65

3 días a la semana durante un trimestre

2,85

100,10

Fines de semana durante un trimestre

2,85

60,05

Precio/clase

Precio

1,54

18,50

2 días a la semana durante un trimestre

1,54

37,00

3 días a la semana durante un trimestre

1,54

53,90

Precio/clase

Precio

ACTIVIDAD ACUÁTICA PARA PERSONAS CON DISCAPACIDAD MOTORA y/o INTELECTUAL 1 día a la semana durante un trimestre

ACTIVIDAD ACUATICA PARA PERSONAS DE 65 AÑOS y MAYORES http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 4/7

núm. 301 de 31-XII-2012

2 clases semanales al trimestre

1,28

3 clases semanales al trimestre ACTIVIDAD ACUÁTICA TERAPEUTICA y CORRECTIVA

30,70

1,28

44,80

Precio/clase

Precio

2 días a la semana durante 1 ½ mes

3,52

42,30

3 días a la semana durante 1 ½ mes

3,52

63,40

Precio/clase

Precio

2,08

50,15

GIMNASIA ACUATICA PARA PERSONAS ADULTAS MENORES de 65 AÑOS 2 clases semanales al trimestre 3 clases semanales al trimestre

2,08

73,30

Fines de semana durante un trimestre

2,08

43,90

Precio/clase

Precio

2,08

50,15

NATACIÓN DE MANTENIMIENTO JOVENES y PERSONAS ADULTAS 2 días a la semana durante un trimestre 3 días a la semana durante un trimestre

2,08

73,30

Fines de semana, al trimestre

2,08

43,92

Precio/clase

Precio

2,81

67,55

AQUAEROBIC y MODALIDADES SIMILARES 2 días a la semana durante un trimestre 3 días a la semana durante un trimestre

2,81

98,60

Fines de semana, al trimestre

2,81

59,20

NATACIÓN RECREATIVA

Precio/uso

Niñas/os

1,80

Personas adultas

3,00

FIESTA ACUATICA CON HINCHABLES

Precio/uso

Niñas/os

3,50

Personas Adultas

4,70

ACTIVIDADES EN CANCHA O SALA GIMNASIA DE MANTENIMIENTO y TONIFICACION Gimnasia de Mantenimiento y Tonificación, 2 días a la semana, al trimestre Gimnasia de Mantenimiento y Tonificación, 3 días a la semana, al trimestre

Precio

1,58

38,20

1,58

55,65

Precio/clase

Precio

Gimnasia para mayores de 65 años, 2 días a la semana, al trimestre

1,09

26,15

Gimnasia para mayores de 65 años, 3 días a la semana, al trimestre

1,09

38,15

Precio/clase

Precio

1,58

19,05

Pilates y sus modalidades, 2 días a la semana, al trimestre

1,58

38,20

Pilates y sus modalidades, 3 días a la semana, al trimestre

1,58

55,65

Precio/clase

Precio

Cardioritmo y Bailes Urbanos y Latinos, 2 días a la semana, al trimestre

1,58

38,20

Cardioritmo y Bailes Urbanos y Latinos, 3 días a la semana, al trimestre

1,58

55,65

Precio/clase

Precio

1,58

38,20

GIMNASIA PARA MAYORES DE 65 AÑOS

PILATES y SUS MODALIDADES Pilates y sus modalidades, 1 día a la semana, al trimestre

CARDIORITMO y BAILES URBANOS Y LATINOS

AEROBIC y SUS MODALIDADES Aeróbic y sus modalidades, 2 días a la semana, al trimestre Aeróbic y sus modalidades, 3 días a la semana, al trimestre

1,58

55,65

Precio/clase

Precio

Yoga y Tai-Chi, 2 días a la semana, al trimestre

1,58

38,20

Yoga y Tai-Chi, 3 días a la semana, al trimestre

1,58

55,65

Precio/clase

Precio

2,30

80,50

YOGA y TAI-CHI

Cód. 2012-23602

Precio/clase

MULTIACTIVIDAD Multiactividad (compuesta por la realización semanal de una sesión de ciclismo indoor, de aeróbic y de pilates), 3 días a la semana, al trimestre: CURSOS MUJERES

Precio

Cursos deportivos para mujeres, Plan integral contra la Violencia de Género, al trimestre

22,25

PATINAJE

Precio

Cursos de Patinaje Artístico para niñas/os, mensual

17,65 http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 5/7

núm. 301 de 31-XII-2012

CICLISMO INDOOR

Precio/clase

Precio

Ciclismo Indoor 1 día a la semana, al trimestre

3,53

42,40

Ciclismo Indoor 2 días a la semana, al trimestre

3,18

76,55

Ciclismo Indoor 3 días a la semana, al trimestre

3,02

105,70

Precio/clase

Precio

0,74

26,10

ACTIVIDADES AL AIRE LIBRE GIMNASIA DE MANTENIMIENTO EN PARQUES Gimnasia de Mantenimiento (al aire libre), 3 días a la semana ,al trimestre TENIS

Precio/clase

Precio

Cursos de Tenis para personas adultas, 15 clases mensual

1,76

26,35

Cursos de Tenis para niñas/os, 15 clases mensual

1,17

17,65

CAMPAMENTO DE VERANO

Precio

Campamento de verano

366,85

ACAMPADA

Precio

Mi primera acampada

97,75

SENDERISMO

Precio

Por asistencia a cada excursión de senderismo; mayores de 18 años

10,45

Por asistencia a cada excursión de senderismo; menores de 18 años

7,70

SERVICIOS MÉDICOS RECONOCIMIENTOS MÉDICOS

Precio

Reconocimiento médico, sin prueba de esfuerzo en ergómetro

35,10

Reconocimientos médicos para equipos o federaciones más de 10 personas, sin prueba de esfuerzo en ergómetro.

26,35

CONSULTAS Y REVISION DE LESIONES

Precio

Consulta médica

23,05

Revisión de lesiones valoradas con anterioridad por el Servicio Médico de la Fundación

10,95

PRUEBAS DE ESFUERZO

Precio

Prueba de Esfuerzo (en ergómetro, ciclo ergómetro, cinta rodante, kayak-ergómetro, remo-ergómetro) sin análisis de gases, previa prescripción del Servicio Médico

58,90

Prueba de Esfuerzo (en ergómetro, ciclo ergómetro, cinta rodante, kayak-ergómetro, remo-ergómetro) sin análisis de gases, para equipos o federaciones de más de 10 personas

36,65

Prueba de esfuerzo (en ergómetro, ciclo-ergómetro, cinta rodante, kayak-ergómetro, remo-ergómetro) con análisis de gases, previa prescripción del Servicio Médico

94,10

Prueba de esfuerzo (en ergómetro, ciclo-ergómetro, cinta rodante, kayak-ergómetro, remo-ergómetro) sin análisis de gases, para equipos o federaciones de más de 10 personas

58,90

Test en plataforma ergométrica

56,60

Test en plataforma ergométrica para equipos o federaciones de más de 10 personas

36,65

SESION FISIOTERAPIA

Precio

Electroterapia/Fisioterapia, sesión normal (determinada por el servicio médico)

16,80

Electroterapia/Fisioterapia, sesión especial (determinada por el servicio médico)

33,60

ABONADO DUPLICIDAD DE TARJETA DE USUARIO O ABONADO

Precio

Cód. 2012-23602

Duplicidad de tarjeta

7,15

ABONO DEPORTE AVILES

Precio

Matrícula Abono Deporte, cuota de inscripción

34,05

Abono personas adultas (mayores de 16 años) cuota mensual, con pago trimestral mínimo

34,05

Abono Familiar (válido para ambos cónyuges y 2 niñas/os) cuota mensual , con pago trimestral mínimo

51,05

Niña/o suplementario a la unidad familiar, cuota mensual, con pago trimestral

6,80

El primer pago corresponderá a la matrícula de inscripción y primer trimestre de abono La matrícula de inscripción es válida mientras se permanezca como abonado de la FDM La baja y posterior alta, si hubiesen trascurrido más de dos meses, conllevará la necesidad de abonar el importe de una nueva matrícula ACTIVIDADES SUJETAS A RESERVA PREVIA DE ABONADOS Por hora de utilización de pista de Tenis con luz natural http://www.asturias.es/bopa

Precio/uso 3,40

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS 6/7

núm. 301 de 31-XII-2012

Por hora de utilización de pista de Padel con luz natural

3,85

Por ½ hora de utilización de pista de Squash

2,75

Por hora de utilización de Frontón con luz natural

4,70

Tasa de luz artificial en Tenis, Padel ó Frontón

1,05

OTROS Exhibiciones deportivas con taquillaje:10% de taquilla más el precio del alquiler Mediante acto administrativo, se faculta al Sr. Presidente para el establecimiento de cuota de entradas a espectáculos según coste del servicio PUBLICIDAD Publicidad en exhibiciones deportivas (por pancarta normalizada dinámica

15,75

NUEVAS ACTIVIDADES Mediante acto administrativo se faculta al Sr. Presidente de la Fundación Deportiva Municipal para el establecimiento de cuotas, para nuevas actividades y actividades de verano, según coste del servicio BONOS Todos los bonos tendrán una caducidad de 3 meses Exenciones

Artículo 4. 1. Mediante acuerdo del Consejo de Administración u órgano en que delegue, de la Fundación Municipal Deportiva de Avilés, podrá eximirse total o parcialmente del pago de los precios públicos establecidos en las presentes ordenanzas, a las entidades u organismos que por circunstancias de interés deportivo o social, realicen actividades o eventos en las instalaciones deportivas municipales. 2. Mediante acuerdo del Consejo de Administración u órgano en que delegue, de la Fundación Municipal Deportiva de Avilés, podrá eximirse del pago del 50% a aquellas entidades que tengan firmados convenios de colaboración con el Ayuntamiento o que desarrollen programas específicos en el ámbito deportivo, subvencionados a través de convocatoria pública, cuando resulte procedente. 3. Las mujeres víctimas de violencia de género y con escasos recursos económicos, podrán solicitar exención de pago de los precios públicos establecidas en la presente ordenanza para ellas y/o sus hijas/os. Para hacer efectiva esta exención, deberán adjuntar a la solicitud un informe favorable de los Servicios Sociales o del Servicio Municipal de la Mujer y acuerdo del Presidente de la Fundación Municipal Deportiva de Avilés. Obligación al pago Artículo 5. 1. La obligación de pago del precio público regulado en esta Ordenanza, nace desde que se inicia la prestación del servicio, con la periodicidad de facturación que para cada caso se determine mediante acuerdo del Presidente de la Fundación Municipal Deportiva de Avilés 2. El pago del precio se efectuará en el momento de presentación de la correspondiente liquidación, factura o ticket, en los casos que así se establezca, entendiéndose como vencimiento del precio la fecha de su notificación. 3. El pago del precio público en ningún caso, permitirá el uso de las instalaciones deportivas municipales, para desarrollar actividades particulares de carácter lucrativo, salvo autorización expresa de la Fundación Deportiva Municipal de Avilés. Forma de pago Artículo 6.

Cód. 2012-23602

No se admitirá otra forma de ingreso de las deudas que las expresamente previstas en el Art. 18 de la Ordenanza Fiscal General de Gestión, Recaudación e Inspección de los tributos y demás ingresos de Derecho Público del Ayuntamiento de Avilés El pago de las tarifas reguladas en los apartados de actividades deportivas y abonados se realizará mediante cargo en la cuenta facilitada por el beneficiario del servicio o actividad. A tal efecto, cuando se presente la solicitud de inscripción y/o renovación, junto con esta se entregará debidamente firmada, una autorización bancaria a través de la que se domiciliarán los recibos con la periodicidad que al efecto establezca la dirección de la Fundación. La falta de pago de la liquidación conlleva la pérdida del derecho a la prestación del servicio o la realización de la actividad.

http://www.asturias.es/bopa

BOLETÍN OFICIAL DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS núm. 301 de 31-XII-2012

7/7

Inspección Artículo 7. La inspección desarrollará su cometido con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley reguladora de las Haciendas Locales, disposiciones de desarrollo legal de las anteriores y Ordenanza Fiscal General de este Excmo. Ayuntamiento. Sanciones Artículo 8. Las infracciones reglamentarias, las ocultaciones y los actos de defraudación, serán sancionados con arreglo a las disposiciones vigentes, previa la formación de expediente o levantamiento de actas de inspección. La calificación de infracciones tributarias y el régimen de sanciones que a las mismas corresponda en cada caso, se establecerá conforme a lo dispuesto en los artículos 183 y siguientes de la Ley General Tributaria. Partidas fallidas Artículo 9. Se consideran partidas fallidas o créditos incobrables, aquellas cuotas que no hayan podido hacerse efectivas por el procedimiento de apremio, para cuya declaración se formalizará el oportuno expediente, de acuerdo con lo dispuesto en el vigente Reglamento de Recaudación. Disposición adicional Única. Para lo no previsto en esta Ordenanza, serán de aplicación los preceptos de la Ley de Procedimiento Administrativo, Ley Reguladora de las Bases de Régimen Local, Ley reguladora de las Haciendas Locales y demás disposiciones complementarias, actualmente en vigor o que se dicten en lo sucesivo, así como lo establecido en la Ordenanza Fiscal General del Excelentísimo Ayuntamiento de Avilés. Disposición final

Cód. 2012-23602

La presente Ordenanza, que ha sido aprobada por acuerdo del Pleno del día 21 de diciembre del 2012, entrará en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial del Principado de Asturias y será de aplicación a partir del día 1 de enero de 2013, permaneciendo en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

http://www.asturias.es/bopa

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.