Junio de Resolución 652 de de abril de 2012

Junio de 2012 Resolución 652 de 2012 30 de abril de 2012 Como medida preventiva de acoso laboral el “1.7 Conformar el Comité de Convivencia Laboral

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2012 de 20 junio
Documento Tribunal Superior de Justicia TSJ de Castilla y León, Valladolid (Sala de lo Social, Sección 1ª) Sentencia num. 1226/2012 de 20 junio AS\20

Nº 224: ABRIL - MAYO - JUNIO 2012
Nº 224: ABRIL - MAYO - JUNIO 2012 Redacción, Administración y Publicidad: Valencia, 70, entlo. 2ª 08015 Barcelona Tel. 932 265 151 Edita: Edicions Si

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Junio de 2012

Resolución 652 de 2012 30 de abril de 2012

Como medida preventiva de acoso laboral el “1.7 Conformar el Comité de Convivencia Laboral y establecer un procedimiento interno confidencial, conciliatorio y efectivo para prevenir las conductas de acoso laboral”. (Artículo 14, Resolución número 2646 del 17 de julio de 2008)

“Toda conducta persistente y demostrable, ejercida sobre un empleado, trabajador por parte de un empleador, un jefe o superior jerárquico inmediato o mediato, un compañero de trabajo o un subalterno, encaminada a infundir miedo, intimidación, terror y angustia, a causar perjuicio laboral, generar desmotivación en el trabajo, o inducir la renuncia del mismo, conforme lo establece la Ley 1010 de 2006. (…)”.

Como una medida preventiva de acoso laboral que contribuye a proteger a los trabajadores contra los riesgos psicosociales que afectan la salud en los lugares de trabajo, es necesario establecer su conformación.

Artículo 3, Conformación: El Comité de Convivencia Laboral estará compuesto por un número igual de representantes del empleador y de los trabajadores, con sus respectivos suplentes. Los integrantes del Comité preferiblemente deben contar con competencias actitudinales y comportamentales, tales como respeto, imparcialidad, tolerancia, serenidad, confidencialidad, reserva en el manejo de información y ética; así mismo, habilidades de comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos. Para el caso de SACSA: “Entre 51 a 500 servidores públicos o trabajadores, el Comité estará conformado por seis (6) miembros, tres (3) representantes de los trabajadores y (3) tres del empleador”.

El Comité de Convivencia Laboral de entidades públicas y empresas privadas no podrá conformarse con servidores públicos o trabajadores a los que se les haya formulado una queja de acoso laboral, o que hayan sido víctimas de acoso laboral, en los últimos seis (6) meses anteriores a su conformación.

El empleador designará directamente a sus representantes y los trabajadores elegirán los suyos a través de votación secreta que represente la expresión libre, espontánea y auténtica de todos los trabajadores, y mediante escrutinio público, cuyo procedimiento deberá ser adoptado por cada empresa o entidad pública, e incluirse en la respectiva convocatoria de la elección.

El período de los miembros del Comité de Convivencia será de dos (2) años, a partir de la conformación del mismo, que se contarán desde la fecha de la comunicación de la elección y/o designación.

1. Recibir y dar trámite a las quejas presentadas en las que se describan situaciones que puedan constituir acoso laboral, así como las pruebas que las soportan. 2. Examinar de manera confidencial los casos específicos o puntuales en los que se formule queja o reclamo, que pudieran tipificar conductas o circunstancias de acoso laboral, al interior de la entidad pública o empresa privada.

3. Escuchar a las partes involucradas de manera individual sobre los hechos que dieron lugar a la queja. 4. Adelantar reuniones con el fin de crear un espacio de diálogo entre las partes involucradas, promoviendo compromisos mutuos para llegar a una solución efectiva de las controversias. 5. Formular un plan de mejora concertado entre las partes, para construir, renovar y promover la convivencia laboral, garantizando en todos los casos el principio de la confidencialidad.

6.

Hacer seguimiento a los compromisos adquiridos por las partes involucradas en la queja, verificando su cumplimiento de acuerdo con lo pactado.

7.

En aquellos casos en que no se llegue a un acuerdo entre las partes, no se cumplan las recomendaciones formuladas o la conducta persista, el Comité de Convivencia Laboral, deberá remitir la queja a la Procuraduría General de la Nación, tratándose del sector público. En el sector privado, el Comité informará a la alta dirección de la empresa, cerrará el caso y el trabajador puede presentar la queja ante el inspector de trabajo o demandar ante el juez competente.

8.

Presentar a la alta dirección de la entidad pública o la empresa privada las recomendaciones para el desarrollo efectivo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral, así como el informe anual de resultados de la gestión del comité de convivencia laboral y los informes requeridos por los organismos de control.

9.

Hacer seguimiento al cumplimiento de las recomendaciones dadas por el Comité de Convivencia a las dependencias de gestión del recurso humano y salud ocupacional de las empresas e instituciones públicas y privadas.

10. Elaborar informes trimestrales sobre la gestión del Comité que incluya estadísticas de las quejas, seguimiento de los casos y recomendaciones, los cuales serán presentados a la alta dirección de la entidad pública o empresa privada.

El Comité de Convivencia Laboral se reunirá ordinariamente por lo menos una (1) vez al mes, sesionará con la mitad más uno de sus integrantes y extraordinariamente cuando se presenten casos que requieran de su inmediata intervención y podrá ser convocado por cualquiera de sus integrantes.

Las entidades públicas o empresas privadas deberán garantizar un espacio físico para las reuniones y demás actividades del Comité de Convivencia Laboral, así como para el manejo reservado de la documentación y realizar actividades de capacitación para los miembros del Comité sobre resolución de conflictos, comunicación asertiva y otros temas considerados prioritarios para el funcionamiento del mismo.

Las entidades públicas o las empresas privadas, a través de la dependencia responsable de gestión humana y los Programas de Salud Ocupacional, deben desarrollar las medidas preventivas y correctivas de acoso laboral, con el fin de promover un excelente ambiente de convivencia laboral, fomentar relaciones sociales positivas entre todos los trabajadores de empresas e instituciones públicas y privadas y respaldar la dignidad e integridad de las personas en el trabajo.

Con base en la información disponible en las entidades públicas o empresas privadas y teniendo en cuenta los criterios para la intervención de factores de riesgo psicosociales, las Administradoras de Riesgos Profesionales llevarán a cabo acciones de asesoría y asistencia técnica a sus empresas afiliadas, para el desarrollo de las medidas preventivas y correctivas del acoso laboral.

Las entidades públicas o empresas privadas dispondrán hasta de tres (3) meses, contados a partir de la publicación de la presente resolución para implementar su contenido.

Socialización de Estudio de Impacto Ambiental:

Cumpliendo con los lineamientos de participación establecidos por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, del 26 de mayo al 7 de junio del presente año, Aerocivil y SACSA han realizado frente a comunidades de Crespo y San Francisco, y autoridades de Cartagena, la primera fase de socialización del Estudio de Impacto Ambiental. El objetivo del Estudio es la actualización de la Licencia Ambiental del Aeropuerto Internacional Rafael Núñez para la ejecución de obras del Proyecto de Expansión y Modernización; con base en el cual se definen las correspondientes medidas de prevención, corrección, compensación y mitigación de los impactos ambientales que éste generará. En esta primera fase de socialización, Lupien Rosenberg et Associés, empresa que desarrolla el Estudio, realizó el Taller de Identificación de Impactos Ambientales con comunidades de Crespo y San Francisco.

SACSA recibe nueva ruta y nuevas frecuencias con el tradicional bautismo de bienvenida El lunes 4 de junio a las 12:35 p.m. arribó a nuestra ciudad el vuelo inaugural directo Cali-Cartagena-Cali de la aerolínea Avianca. Esta nueva ruta opera con 5 frecuencias semanales de lunes a viernes, a medio día.

El viernes 22 de junio, alrededor de las 9:00 a.m., comenzó a operar el nuevo vuelo diario Panamá-Cartagena-Panamá de Copa Airlines Colombia. La nueva tercera frecuencia ofrece a los viajeros del departamento de Bolívar más opciones de conectividad internacional hacia 64 destinos en 29 países, en Norte, Centro y Sur América y el Caribe, a través del Hub de Las Américas en Panamá.

SACSA generador de buenas noticias… La edición junio 2012 del boletín del Consejo Internacional de Aeropuertos – ACI (Airports Council International), resaltó la gestión RSE SACSA y la reciente certificación en Responsabilidad Social Fenalco Solidario con el titular “Sociedad Aeroportuaria de la Costa recibe certificado RSE”… “Esta certificación reitera el compromiso de SACSA, por medio de una política empresarial que tiene en cuenta la calidad de vida de sus trabajadores, cuidado y preservación del medio ambiente, y su vinculación con la comunidad. Además del compromiso de cada uno de sus trabajadores, al ofrecer servicios aeroportuarios eficientes, con excelente calidad y altos niveles de seguridad”.

CONEXIÓN reconoce el trabajo de cada uno de los colaboradores SACSA, quienes desde sus funciones contribuyen al desarrollo de la política RSE; y en especial, a Consuelo Acevedo, líder de este proceso.

EL 11 de junio de 2012, en el diario EL TIEMPO, noticia sobre el Proyecto de Expansión y Modernización del Aeropuerto Internacional Rafael Núñez… http://www.eltiempo.com/economi a/negocios/ARTICULO-WEBNEW_NOTA_INTERIOR11936361.html

La pasión del fútbol en el Campeonato Interempresas Comfenalco El pasado domingo 17 de junio, el equipo de SACSA ganó 4x1 su primer partido en el Campeonato Interempresas Comfenalco, jugado con el equipo anfitrión en la cancha La Gambeta. Los 4 goles fueron anotados por Anthony Wong, Luis Burgos, Oswaldo Carrillo y Ricardo Bustos. Durante el partido, se destacó la marcación de Rudy Herrera y el apoyo en la arquería de Luis Arroyo en el segundo tiempo. Asimismo, el 24 de junio, SACSA ganó 4x3 jugando con el equipo C.I OCEANOS. Luis Burgos anotó 2 tantos, convirtiéndose en el goleador del equipo con un acumulado de 3 goles. Cabe resaltar, que lo anterior se debe al trabajo en equipo y a la entrega de cada uno de los participantes.

Conforman el equipo: Germán Gómez, Fernando Gómez, Luis Burgos, Oswaldo Carrillo, Banklin Mena, Rudy Herrera, Miguel Pájaro, Anthony Wong, Rubén Nieto, Ricardo Bustos, Luis Fernando Riobó, Erick Gómez, Hadid Álvarez (arquero), Juan Guillermo Flórez (arquero), Luis Arroyo (arquero). Técnico: Sergio Valencia.

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