LA COFRADÍA DE LAS ÁNIMAS BENDITAS DEL PURGATORIO, DE ÍLLORA. - Resumen Histórico -

1 LA COFRADÍA DE LAS ÁNIMAS BENDITAS DEL PURGATORIO, DE ÍLLORA - Resumen Histórico - La Cofradía y las Fuentes documentales. El único Libro de Cue

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LA COFRADÍA DE LAS ÁNIMAS BENDITAS DEL PURGATORIO, DE ÍLLORA

- Resumen Histórico -

La Cofradía y las Fuentes documentales.

El único Libro de Cuentas de la Cofradía de las Animas del Purgatorio que se conserva en el Archivo Parroquial comienza en el año 1649, pero viene arrastrando el resultado de cuentas anteriores, lo que demuestra la existencia de, al menos, otro libro más antiguo de la Cofradía, que no se encuentra en el Archivo Parroquial. Tampoco se han conservado los primeros documentos sobre la fundación, constituciones, hermanos o cofrades, etc. (para el asiento de los cofrades se compró “un libro de papel blanco enquadernado”, en el año 1651). Sobre las constituciones, existe lo que podría ser una transcripción de las originales, realizada aproximadamente hacia el año 1800, que están incluidas en un Libro de Actas de la Cofradía, libro que termina con una lista de hermanos realizada el año 1901.

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Sin embargo, localicé un documento de la Cofradía de las Animas, evidentemente traspapelado, que se encuentra encuadernado en el libro 1º de la Cofradía del Cristo de San Marcelo o de la Santa Vera Cruz. Se trata de una sola hoja, foliada con el nº 103, pero que haría la número 272 de mi numeración en el citado libro de la Santa Vera Cruz, el cual se encuentra sin foliar. Esta hoja 103 contiene una entrega de bienes de la Cofradía de las Ánimas, que hace un mayordomo saliente al mayordomo entrante, en presencia del Hermano Mayor de la Cofradía, que a su vez era Alcalde Ordinario de Illora. Pero lo más relevante, es que dicha hoja y entrega de bienes está fechada el 11 de Abril de 1597. Es, por ello, un documento de capital importancia para situar la antigüedad de la Cofradía de las Ánimas de Illora. Por otra parte, el cumplimiento de unas mandas a la devoción de San Miguel, contenidas en un testamento fechado en 1587, se dejaron a cargo de la Cofradía de Nuestra Señora del Rosario. Por lo que, o bien la imagen de San Miguel no estuvo vinculada a la Cofradía de las Ánimas desde la fundación de ésta, o en ese año 1587 aún no se había fundado la Cofradía. De ser cierta la segunda hipótesis la fundación de la Cofradía de las Ánimas habría que situarla entre los años 1587 y 1597.

Respecto al Libro de Cuentas de la Cofradía de las Ánimas que se ha conservado, se encuentra sin foliar (como ocurre generalmente con los libros de otras Cofradías), y comprende desde el año 1649 hasta el de 1704. Le falta la que sería la hoja 11, que contiene la última parte de las cuentas correspondientes al año 1651. Y también la hoja 14, que contendría parte de los gastos del año 1652. Unas hojas del libro se encuentran encuadernadas con la parte superior de las hojas situada abajo y la inferior arriba; o bien, fueron escritas con el libro situado al revés, y contienen el Inventario de Bienes de la Cofradía del año 1676. Entre los bienes relacionados en dicho Inventario de 1676, está “el libro de asiento de los cofrades”, que, como dije más arriba, no se encuentra actualmente en el Archivo Parroquial. Tampoco está en el Archivo un nuevo “libro blanCo de Papel para sentar los Cofrades de las animas”, que se compró en el año 1696.

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Terminado el Libro de Cuentas en el año 1704, sabemos de la existencia de otro Libro de Cuentas posterior por medio del Acta de la reunión celebrada por la Hermandad en el 16/12/1811, en donde se menciona una diligencia inserta en el folio 16 v.to del “Libro Corriente de Cuentas”. También en el Acta de la reunión celebrada el 09/04/1822, se menciona un acuerdo adoptado en 30/11/1782, “al f.º 23 del libro q.e empezo en 1780.”

Otros documentos de la Cofradía de las Animas del Purgatorio que se conservan son:

- Un Libro de las Misas que se decían por las Animas del Purgatorio, que abarca desde 1760 hasta 1782. El número registrado de misas anuales oscila entre las 1205 misas, en el año 1777, a las 3.127, en el año 1781. Para el registro de las misas, se numeran una por una, indicando al lado del ordinal el religioso que la dijo, que generalmente son frailes. Entre los religiosos que dijeron misas, en el año 1772 firma “F.r Antonio de Sn Rogelio”. En los años 1776 y 1779,“Fr. Josef de Yllora”. En 1780, “el P.or de Alomartes Fr. Xptoval de G.da”. Algunos años se mencionan 50 misas que se decían por “el anima de Franco de Rozas de la Renta de la haza que dejo [...] del Albercon Alto”. El citado Francisco de Rozas, “Mançebo Hixo de Juº de Rozas y de D.ª Marina ximenez de quellar”, falleció en 1696, y dejó a la Cofradía “tres Haças que tenia para de sus Reditos Se digan Misas por Su Intençion”.

- El ya citado Libro de Actas, en cuyas primeras hojas se recoge una transcripción de las Constituciones o normas de funcionamiento de la Hermandad. El libro carece de las hojas 1, 2 y 3, por lo que el articulado constitucional parte del número 15, situado en la hoja 4. Asimismo deben faltar las hojas numeradas 23 a 26, pues el libro presenta unas costuras deficientes. La primera fecha que sirve para datar este libro es el 8 de Diciembre de 1811, en que levantó un Acta de la reunión celebrada ese día para fijar el número de hermanos, y llega hasta el año 1901.

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El artículo 22 de las Constituciones transcritas fijaba la cuota de entrada en la Hermandad en 4 reales, mientras que en el acta de la reunión celebrada el 09/04/1822, “se resolvio que las entradas de hermanos sean desde esta fha. en adelante a Sesenta r.s Cada una”, diferencia de cuotas que da una idea de la antigüedad de las Constituciones de la Hermandad, aunque la transcripción de las mismas, inserta en este libro, se hiciera hacia el año 1800 (unas cuotas de importe próximo a los cuatro reales se pagaban en otras cofradías hacia finales del siglo XVI y principios del XVII).

- Una Elección de Cargos de la Cofradía realizada el año 1745.

- Un Contrato de Arrendamiento de una finca de la Hermandad, del año 1779. - Un Decreto del Vicario General del Arzobispado de Granada, del año 1777, por el que se manda al Cura de Alomartes, Don Salvador de Villarraso, “que con ningun pretexto, impida alos Beneficiados dela Yglesia de ella [Illora], el uso de su derecho Beneficial, en la del mencionado Lugar [Alomartes], ni menos el que los suso dichos celebren, las Misas, y demas Funciones, que les Corresponde, asi delas Hermandades, como delas demas que ocurran, ni tampoco la presidencia en la Elecciones Juntas, y Cavildos que por dichas Hermandades se celebren, ajuste Cuentas, y demas que â ellas seles ofrezca, concurriendo en caso, de que quiera dicho Cura [...]” El problema se había originado con motivo de “que en la Yglesia del Lugar de Alomartes, anexo dela referida mi Yglesia Parroquial, se ha erijido una nueva Hermandad de Animas [...] haviendo pretendido ver el Libro de dicha Fundazion, luego que supimos de ella para imponernos en las obligaciones de nuestro Cargo lo pedimos alos Mayordomos dela Hermandad, y su entrega se Contradixo p.r D.n Salvador Villarraso, Cura actual del Lugar de Alomartes, quien respondio que no se entregaba, por que nadie tenia que hazer, ni entender en el govierno de dicha Hermandad sino el Cura [...]” - Por último, tenemos la Cuenta de ingresos y gastos de la Hermandad de las Benditas Animas del año 1902 y una “Lista de los Hermanos” del año 1902 al 1903.

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Las Constituciones de la Hermandad.

Las Constituciones de la Hermandad de las Ánimas tratan esencialmente de las obligaciones de la recogida de limosnas y del destino de éstas para misas por las almas. Las limosnas se recogían, por el pueblo y su término en Agosto (en granos), el Día de los Santos Inocentes y por las noches según el turno señalado para todos los hermanos (excepto Hermano Mayor, Mayordomos, enfermos y ausentes). En el mes de Noviembre se celebraba el Octavario, con Misa cantada de Réquiem cada uno de los días, y, además, sermón y procesión el primero y último día del Octavario, día en los que se cantaban dos responsos, uno en la Iglesia y otro en el Cementerio. También se decía una Misa, “por las venditas Animas”, en la mañana de todos los lunes del año.

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El día del entierro de un hermano, debía “asistir la Hermandad Con su Cruz y doce Achas en forma de procesión â casa del Difunto, y acompañando el Entierro delante de la Cruz de la Parroquia hasta la Yglesia, en donde mantendran la Cera encendida, hasta que sea Sepultado el Cuerpo” (la redacción de este artículo debió hacerse durante los siglos en que a la mayor parte de los fallecidos se les enterraba en la misma Iglesia Parroquial). Se decían 18 misas “por el Alma de cada Herm.º que falleciere”, y 6 “por el Alma de qualesquiera Muger de Herm.º”, “Padres, Madres . ó Hermanos”. Aunque en “acta Con fuerza de Constitucion”, aprobada el 30/11/1782, se acordó que se dijesen “Cincuenta Misas á Cada hermano def.to y veinte y cinco a sus mugeres”, acuerdo que fue ratificado en reunión del año 1822.. Pero no sólo con los cofrades fijaba obligaciones la Hermandad, también las tenía para cualquier vecino de Illora que falleciere, dando cuatro hachas “para todos los Entierros delos que no fueren Hermanos, y fueren V.nos de esta Villa”. Por el acta de la reunión celebrada por la Hermandad el día 8/12/1811, sabemos que “el Capitulo primero de sus constituciones” fijaba en 43 el número de hermanos que debía de tener la Cofradía. Número que fue elevado hasta 80 en la citada reunión “p.ª q.e por este medio este bien surtida la referida Hermandad, p.ª la recoleccion de la Limosna diaria de Capachas, las de Agosto, Cortijos, y demas ocurrencias de la misma Hermandad”, acordando que “no se recivan Hermanos que pasen de los ochenta establecidos”. A pesar de ello, el número de hermanos a finales del año 1814 era de 101. Los últimos datos sobre el número de hermanos o cofrades procede de las listas de los años 1901 y 1902, en la primera figuran 64 hermanos (26 mujeres y 38 hombres), y en la segunda 80 hermanos más 16 nuevos (56 hombres y 40 mujeres). La obligación general de participar en las peticiones de limosnas y las excepciones que por uno u otro medio se obtenían para la realización de esa tarea, introducía una tensión permanente en el seno de la Hermandad que obligaba a tomar acuerdos para salir al paso de las diversas circunstancias y dificultades que surgían en la puesta en práctica de esa actividad. Veamos: - Algunos hermanos “estavan Jubilados, sin Causas Lex.mas p.ª ello”, acordándose que “volviesen a servir en todos los actos comunes y particulares de la dha Hermandad, haciendoles saver esta determinacion”, según acuerdo de la reunión citada del 8/12/1811. No obstante, y según acuerdo tomado en 26/12/1814, de nuevo “quedaron Jubilados”, los mismos hermanos, más otros dos “p.r suplica q.e p.ª ello hicieron”.

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En Junta del año 1822, entre otros asuntos se trató de “Si se an de quitar las Jubilaz.s =”. Acordándose que “Continuen las Jubiliz.s Constandole ala Junta menor la Certeza q.e los pretendientes espongan p.ª ello =”. Evidentemente, la condición de jubilado dentro de la Hermandad, suponía estar relevado de la obligación de participar en las peticiones de limosnas. - Otro acuerdo tomado en la reunión del 8/12/1811, fue prohibir que Manuel Montalban (del que no está claro si era hermano) pidiera “Limosnas de Capachas, ni otras, por ningun hermano, a quien toque y corresponda estas petisiones, por convenir asi a la Hermandad”. En la reunión del 08/12/1814, por segunda vez se insistió en este asunto, pero de modo más tajante, acordándose “Que el Hermano q.e buelba a incurrir en el delito de entregar la Capacha á Manuel Montalvan, ni a otras personas de poco respeto, quede escluido...” . Igualmente se prohibió que por un hermano que no pueda pedir, pidiera un hijo suyo u otra persona que no fuera hermano. Y unos años después, en reunión del 09/04/1822, se prohibía “que las Limosnas de Capachas las hagan los muchachos Como esta prohibido en otras actas anteriores y Conforme lo han echo observar otros hermanos Mayores y q.e en el Caso de q.e algun hermano no pueda ejecutarlo p.r sí, entregue dos r.s por cada vez que esto se verifique =”. - El Notario y organista Don Carlos Galindo, había “manifestado varias veces quererse incorporar en esta hermandad y que en Lugar de otras pensiones la Serviria gratuitam.te”; tomándose el acuerdo, en la reunión celebrada el 16/12/1811, de admitirle “por Hermano Secretario perpetuo y q.e como tal goce, y disfrute de todos los privilegios con q.e asiste la referida hermandad a todos sus individuos siendo de su obligaz.n trabajar sin percivir estipendio alguno por cuantas dilig.s y demas q.e va espresado se ofrezcan, con lo q.e satisfara su Servicio en Lugar de pedir Capachas, y otras Limosnas”. - En Junta celebrada el 26/12/1814, se acordó excluir de la Hermandad a cuatro cofrades que estaban residiendo fuera de Illora, admitiendo en su lugar como hermanos a cuatro vecinos. También se determinaba que, en adelante, cualquier miembro de la Hermandad que se ausentara de Illora quedaría excluido, debiendo pagar una cantidad determinada si regresara tiempo después y quisiera volver a incorporarse a la Cofradía. - En 1816, un grupo de hermanos eludía repetida y conscientemente la participación en la peticiones de “la Limosna de Capachas... y q.e sin enbargo de haverles reconvenido primera, segunda, y tercera vez respondian con Soflama, y Burlas, sin verificarse el remedio”, actitud que fue imitada por otros cofrades. El Hermano Mayor y los Mayordomos acordaron que “se escluyesen y Separasen de la Hermandad dando p.r Vacantes sus Plazas y q.e los de mas q.e mensionan u

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ôtros q.e en adelante no Cumplan con sus deveres sufran la pena prevenida en la dha Constitucion del numero diez y nueve...”. - En enero de 1817, el Cura de Illora Don Juan Antonio de Palma, había sido “Admitido p.r Hermano, de esta Hermandad con la obligaz.n de Predicar los dos Sermones, Aconstumbrados, en los anuales Novenarios de Animas, q.e estos de algunos años a esta parte se han reducido a uno Solo, Costeandose el otro pr la misma Hermandad y que ahora Solicita Se eceptue de este Cargo pidiendo la Limosna de Capachas p.r sí u otra persona, quando le Corresponda...”. A esta solicitud no condescendió el Hermano Mayor y Mayordomos de la Hermandad, concediéndole “q.e Continuase con el Cargo de Predicar un Sermon delos dos a q.e Se obligò sin embargo de perjudicarse la Citada Hermandad con el gasto del otro;”. El Sacerdote, respondió, de un modo que parece un tanto drástico, “q.e no podia ni le acomodaba Seguir en la Herm.d en los Terminos q.e se proponen, y q.e desde luego se Borrase, y Escluyese de tal herm.º...”. Baja en la Corporación que fue aceptada por el Hermano Mayor y Mayordomos, acordando “q.e desde esta fha. quede excluido de tal Hermano”. Diez meses después el citado Cura Don Juan Antonio de Palma, debió de reconsiderar su actitud, y se dirigió a la Hermandad “pidiendo volverse a inCorporar en la herm.d con el Cargo y obligaz.n de predicar de Gratis todos los años uno delos dos Sermones del Novenario q.e se hace en esta Yg.ª a favor delas Venditas Animas y q.e p.r este serb.º Sele eceptuase de pedir la Lim.ª a Constumbrada de Capachas...”. Conviene apuntar que esta petición se producía exactamente el día 12 de octubre, o sea, unas dos semanas antes de que se iniciara el Novenario “en el Mes de Noviembre, despues del dia de los finados”, según el artículo 25 de las Constituciones. Aun se volvió sobre este asunto en 1824, cuando “p.r Sup.ca q.e hizo” D. Juan Antonio de Palma, “p.r sus verdaderos achaques se le dispenso el Sermón q.e tenia de su Cargo de Predicar en el Octavario y en reconpensa de el ofrecio dar todos los años una F.ª de trigo lo q.e se le concedio...” - La Hermandad, daba “de Comer, y beber, el dia delos Santos Ynocentes a las personas q.e se ocuparan en pedir las Limosnas de este dia, Rifar los efectos Recolectados, y alos q.e Asisten con instrumentos, a esta demanda, en lo q.e se causaban muy crecidos gastos é inutiles p.ª el Benef.º delas Benditas Animas, teniendo tambien pres.te la decadencia de las Limosnas p.r las Circunstancias de los tpos.”, por lo que mediante Acta del 08/02/1818, se acordó omitir dicha práctica de darles de comer y beber, previniendo a las personas encargadas que sus obligaciones debían seguir ejerciéndolas y seguir con ellas y “q.e no an de Recivir ótro premio q.e el de estar esentos de pedir Lim.ª de Capachas”. Lo cual aceptaron los afectados.

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Sin embargo, por acta del 26/12/1818, los nuevos Hermano Mayor y Mayordomos acordaban “q.e los Cuatro Rifadores, y los dos tocadores, a saber Bernabe de Quesada, Josef Rosales, Antonio Berben, y Matias Peynado, y Ant.º y Fran.co Garzia Covo, sin embargo de q.e los primeros an estado disfrutando los Fueros y Sufrajios de la Hermandad, como tales hermanos, sin otra pension q.e la de Rifar los Aguinaldos de Pascua, y otras limosnas, estando exsentos de pedir limosna de Capachas, y q.e los segundos tambien lo an estado solo por la pension de tocar sus Ynstrumentos en las rifas, y demas Funciones de Animas...”, que quedasen como hermanos de la citada Hermandad “los tales Rifadores, y tocadores... y con el Cargo de pedir las Capachas cuando por turno les corresponda, como los demas hermanos”, ya que en el acto de su admisión se obligaron unos a hacer las rifas y otros a tocar sus instrumentos únicamente por ser admitidos en la Hermandad, advirtiéndoles que tampoco se les darían “cuerdas p.ª los instrumentos, agasajos, ni gratificaziones”. Los afectados contestaron que aceptaban lo contenido en el acta (aunque uno de los rifadores, debido a tener su residencia en una casa de campo, no hizo la petición de la limosna de capachas en su turno ni había nombrado otro hermano sustituto, por lo que fue excluido y borrado “de tal Hermano”, después de que fuera requerido y de que se ofreciera a cumplir las obligaciones contraídas, cosa que no hizo). - Había hermanos que compensaban a la Hermandad con una fanega de trigo “por no pedir capacha”, y otros, que eran presbíteros, diciendo un novenario de misas.

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La economía.

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La vida económica de la Cofradía de las Animas, sigue las mismas pautas que las demás Cofradías: una serie de limosnas en metálico, que se recogen en las festividades de la Cofradía y en otras (como en Día de la Cruz en la procesión al Tocón -1669-), en los testamentos, etc., y limosnas en especie, principalmente trigo y cebada. Las cuentas son supervisadas anualmente por el Vicario de la Iglesia y redactadas por el Notario, que percibe sus honorarios. Periódicamente las cuentas son también revisadas por el Arzobispo o el Visitador de las Iglesias de Granada -con su Notario-, que percibe sus honorarios. Debido a la fabricación de algunos ornamentos de plata, la Cofradía quedó endeudada en el año 1655, haciendo donación de parte de la deuda el mayordomo en el año 1657, coincidiendo con la Visita a la Iglesia de Illora y a sus Cofradías del Arzobispo de Granada. Se desconoce las circunstancias que provocaron el que no se dieran las cuentas anuales en los cuatro años siguientes a 1657, lo que motivó un requerimiento del Visitador General del Arzobispado, en el año 1661, para que se dieran las citadas cuentas por los mayordomos correspondientes. Hacia finales del siglo XVII y en los comienzos del siguiente, diminuye notablemente el volumen de las limosnas tanto en trigo como en metálico, así como de las celebraciones tradicionales, sin que quede constancia de si el motivo fue una relajación en la petición de las limosnas u otras circunstancias. Como indicio contamos con el hecho de que en el año 1702 la petición de limosna de granos se hizo “por las Calles de esta dh,ª villa”, y no por las eras como había sido habitual: se recogieron únicamente dos fanegas y once celemines de trigo, siendo ésta la única entrada de limosnas, por todos los conceptos, en ese año. Las cuentas de los años 1678 y 1679 no están firmadas por el notario, y presentan errores de cálculo. Pero el suceso que supuso una verdadera catástrofe en la actividad habitual de la Cofradía fue la epidemia de peste del año 1681. Las primeras cuentas que se toman después de la epidemia corresponden a los años 1685, 86 y 87, informando de que en los anteriores (1681, 82 y 83), “estubo la cofradia sin mayordomos que la sirbieran por que murieron en la epidemia que padezio esta villa”. En el año 1696 falleció un devoto que dejó tres hazas a la Cofradía para que fueran arrendadas y se dijeran misas. En la visita que hizo el Arzobispo en el año siguiente, mandó se ejecutase este arrendamiento. Sin embargo, aunque se fue anotando al margen de las cuentas anuales una llamada de atención sobre esta renta pendiente, en la siguiente visita del Arzobispo, en el año 1704, quedó

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patente que las tierras habían sido sembradas por los mayordomos de la Cofradía sin reflejar en las cuentas anuales renta alguna, por lo que ordenó que se tomasen la medidas necesarias para exigir los pagos no realizados. Ese mismo año 1704, al fallecimiento de una devota ésta donó a la Cofradía otra haza de 17 fanegas de tierra de riego. Sobre una de estas fincas, que se encontraba en el “sitio q.e llaman del pozuelo”, se firmó un contrato de arrendamiento en el año 1779, por el que “Sezilio Ruiz del olmo” se obligaba a pagar 220 reales anuales. Al parecer, el Estado se incautó de numerosos Censos que se abonaban a la Iglesia de Illora y a diferentes Cofradías, según relación del año 1810. En ese año se inició la ocupación de Andalucía por las tropas francesas, por lo que no queda claro si la incautación se produjo como consecuencia de las exigencias del mando francés para que les fuesen entregadas altísimas cantidades en metálico y joyas, o por el Estado español para sostener los gastos militares del ejército en su lucha contra el invasor. En esa relación figura un importe de 48 reales a favor de la Hermandad de Animas, cantidad impuesta sobre una casa. Con relación a las casas de la Hermandad, el año 1815 (30/11) se hace una breve referencia a cierto pleito “q.e se esta siguiendo con Feliz Mtin de Abolafia sobre venta de las Casas de dha. Hermandad”. No está claro el papel en el “Litigio” de el citado Feliz Martin de Abolafia, que se encontraba presente entre los cofrades que asistieron a la reunión de la Hermandad en la que se hizo la referencia a este tema, pero poco después (24/01/1816) el Hermano Mayor y Mayordomos acordaron excluirlo de la Hermandad debido a que él y otro cofrade “habian faltado repetidas veces a la obligaz.n de pedir la Limosna de Capachas... y q.e sin enbargo de haverles reconvenido primera, segunda, y tercera vez respondian con Soflama, y Burlas, sin verificarse el remedio...”. En la misma reunión del 30/11/1815, se trató de la imposibilidad para cobrar determinadas deudas (377 reales de Mariana de Fuentez; y 198 reales de Juan Antonio de Fuentez), cuyo origen estaba en el impago de alquileres por “los Ynquilinos de las Casas”, acordándose que se “pongan Cobro de las restantes deudas Cuydando q.e los Ynquilinos de las Casas sean personas abonadas q.e puedan pagar los arrendam.tos.. p.ª q.e no se verifique mas atrasos en perjuicio de las Benditas Animas...”. Unos meses antes, concretamente el 22/05/1815, “de Orden del Herm.º May. y May.mos dela Herm.d de Animas de esta Villa sele pasó un óficio al P.e Abad de S.r S.n Basilio de Granada”, dándole cuenta de que el día veinte de citado mes “se Subastaron y Remataron las Casas de la Herm.d de Animas de esta Villa”, y le pedían que, “p.ª otorgar las Ess.ras”, informara “Sobre qual de ellas esta el Zenso q.e Cobra su Comunidad”, dato imprescindible para que se continuara pagando dicho censo. r

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En 1834, “D.n Jose Narvaez y Castilla Benef.do de la Yglesia Parro.l de esta Villa” mandó por su testamento “ala Herm.d de Animas de esta dha. Villa, una Casa pequeña q.e poseo en el Callejon de torralva la ultima q.e hay en dho, sitio, para q.e se benda y su valor se invierta en Misas por las Almas del Purgatorio Cuyo encargo recomiendo a dha. Hermandad y q.e me encomienden a Dios”. Los principales datos de este testamento, se transcriben en la colección de documentos de este trabajo. Como las demás Cofradías, la de las Animas cuenta con una persona (“munidor”) que realiza los trabajos preparativos de las fiestas, hace los recados, etc.

Imágenes y Ornamentos.

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En la entrega de bienes de la Cofradía del año 1597 ya figuran las imágenes de Nuestra Señora de la Asunción, “hecha de talla dorada questa en su nicho en la capilla de las animas” (1676), y la de Santa Lucía, también situada en la Capilla de las Animas de la Iglesia Parroquial. Para la imagen de Nuestra Señora de la Asunción, costeó la Cofradía un manto de “rraso de florençia”, en el año 1650, y contaba con tres mantos en 1676. Un manto más, “de tafetan doble carmesi”, se le hizo en el año 1689. La imagen de la Virgen tenía una corona de plata, que fue reparada en 1653 por un platero de Granada. La imagen de Santa Lucía tenía una diadema de plata y también contaba con tres mantos (1697). Se desconoce si pertenecía a la Hermandad la imagen de San Miguel o si fue debido a la epidemia de peste de 1681 que se le hizo fiesta y fue sacada por la Cofradía, algunos años después, el día del Corpus para participar en la procesión. La imagen de San Miguel estaba también situada “en el Altar de las Animas” de la Iglesia Parroquial, según consta en testamentos de los años 1763 y 1771. Existen pruebas de la devoción a San Miguel en Illora desde fechas muy tempranas, incluso anteriores a la hoja traspapelada de un inventario de la Cofradía del año 1597. Así, en el testamento de Pedro Martin de Alcaraz, de fecha 26 de Septiembre de 1587, mandaba que se vendieran “un par de bueyes de los mejores que tengo con una carreta que tengo” y “que del dho preçio se haga un çenso para que se diga y haga una memoria que sea una mysa cantada con su vijilia y visperas a la bocaçion del Sor San myguel El anjel [...]” Respecto a los autores de las imágenes nada consta en los documentos. La Cofradía tenía un pendón morado “con sus borlas y bara”, en 1597, que fue reparado en 1653, y para el que se hizo una cruz de plata en 1656. Pero en 1664 se hizo un nuevo pendón para la Cofradía “de tafetan carmesi”. La última noticia sobre las imágenes de Santa Lucía y San Miguel, procede del inventario realizado el año 1933. En este inventario, mecanografiado, se añadieron unas anotaciones manuscritas junto a la reseña de estas imágenes : “Se quemó”

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Este tremendo final es como una sentencia que se ha repetido periódicamente en nuestra historia, fruto de la intransigencia, del fanatismo o de la incultura, que hicieron de la hoguera el lugar en donde encontrar, inútilmente, los remedios. Pudiera ser que la imagen de Nuestra Señora de la Asunción figure en ese Inventario con otro nombre. La vinculación devocional de la Cofradía de las Animas con la Virgen de la Asunción, parece residir en un paralelismo entre la subida al cielo de la Virgen y la elevación o salvación de las almas, para cuyo objetivo se le rogaría ayuda. En cuanto a la devoción de la Cofradía de las Ánimas a San Miguel, en que éste representa la victoria sobre el Mal. Siendo uno de los mayores males la muerte física y creyendo en la posibilidad de la condenación del alma, mediante su intercesión la Cofradía trataría de lograr la salvación de las almas y la vida eterna. En cuanto a la muerte del cuerpo, también la intercesión de San Miguel podría entenderse como proyecto o colaboración en la lucha humana contra las enfermedades, el hambre, las guerras... y la muerte. Pero esta presencia en la vida devocional de la Cofradía de la dimensión ideológica del Arcángel San Miguel (y de su actividad como ángel) no parece vincular ambos aspectos, espiritual y corporal, pues siendo el objetivo de la Cofradía el redimir y salvar las almas de los muertos (ánimas del purgatorio), atribuían toda la eficacia para lograr tal objetivo a las rogativas y a la celebración del mayor número de misas posible, sin utilizar también como medio eficaz para intentar salvar aquellas almas acciones y proyectos hechos en nombre de los fallecidos, pero en favor de las personas vivas necesitadas: los enfermos, los pobres, los presos, los esclavos... es decir, de los que más padecían las consecuencias del mal. Estos dos medios para procurar la salvación del alma, si que están presentes en muchos testamentos de personas que, además de dejar el encargo de que fueran dichas un buen número de misas por sus alma, donaban también algunos bienes con destino a los necesitados.

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Fiestas y celebraciones.

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Las fiestas que celebraba la Cofradía eran tres: la de las Animas del Purgatorio, para la que se hacía un túmulo en la Iglesia (1651...68...), el domingo después de los Santos. La de la Asunción de la Virgen, que constaba de las vísperas, procesión y misa, el 15 de agosto. Y la de Santa Lucía, 13 de diciembre, en la que en algún año también se hacían las vísperas, procesión y misa (1665). En las primeras cuentas conservadas, correspondientes al año 1649, al relacionar tanto las limosnas recibidas como los gastos ocasionados con motivo de la fiesta de Santa Lucía, dichas partidas se justifican del siguiente modo: “...que se çelebra por la dha Cofradia en Su bispera y dia por tener su capilla la gloriosa Santa...” y “...cuya festibidad çelebra dha cofradia por estar en su capilla su Santa ymajen...”, respectivamente. Para las procesiones la Cofradía contaba con andas para las imágenes (1650, 1672), siendo las primeras andas las de la imagen de Nuestra Señora, que figura en la entrega de bienes del año 1597. En las fiestas, especialmente en la de Animas, se decían sermones por frailes venidos de Granada, Loja, Alcalá la Real o Santa Fe. Y en 1669, dice el sermón, por primera vez, un fraile del convento de Illora, cuyos miembros serían los que en adelante dijeran habitualmente los sermones. En los actos de las fiestas participaba la Capilla musical (1651...), y en la procesión de la fiesta de la Asunción (15 de agosto), una danza de gitanos (1650 -1689 en la fiesta de San Miguel- ). Después de la reconstrucción del órgano de la Iglesia, hacia 1669, interviene este instrumento en algunas festividades de la Cofradía (1669...79 y 1688, 89), en ocasiones sustituyendo a la música de capilla. El año 1677 se hizo doble celebración de fiesta a las Animas, una en el día habitual y otra coincidiendo con “las carnes tolendas”, y en 1678 se dijeron 16 misas “por las animas de purgatorio”. La epidemia de peste del año 1681 evidentemente se dejó sentir en el funcionamiento de la Cofradía. Ésta tubo interrumpidas sus actividades durante cuatro años, de 1681 a 1684 inclusive, debido a que sus mayordomos “murieron en la epidemia que padezio esta villa”. Después de la epidemia de peste de 1681, reanudadas las actividades de la Hermandad, algunos años se decía una misa cantada, “con su responso cantado en la capilla y altar delas animas”, cada lunes (1688 y 89). En la visita del año 1697, el Sr. Arzobispo mandó que se dijeran 30 misas anuales “Para que las Venditas animas tengan sufraxios de sus Limosnas”.

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También a partir de la reanudación de actividades tras la epidemia, se hacía la fiesta de San Miguel, con ocasión de su salida para la procesión del Corpus (1688, 89, 90). Sin embargo no se hacía la tradicional fiesta a Santa Lucía (1688, 89, 90...97). Es de notar que, con motivo de la peste que sufrió la Ciudad de Granada en 1679 (dos años antes que la de Illora) se tuvo como protector de la Ciudad “al gloriosissimo Arcangel Señor San Miguel en la ocasion del contagio”. 1

En 1689 se utilizan por primera vez “cojetes y polbora para zelebrar la fiesta de nuestra Sra dela asumzion” (1693) Pero la actividad de la Cofradía no se recuperó plenamente después de la epidemia del año 1681, y, aunque en 1687 debió hacerse un esfuerzo de petición de limosnas importante, el excedente acumulado ese año se fue consumiendo paulatinamente durante los años siguientes, a pesar de que en los últimos años del Siglo, únicamente se celebró la Fiesta de las Animas Benditas, lo que disminuía los gastos. No constan los motivos por lo cuales estuvo la Cofradía sin mayordomos en los años 1691 y 1692, en los que tampoco se hicieron cuentas ni se registra actividad alguna de la Cofradía. En 1693 fue mayordomo de la Cofradía de las Animas el Licenciado D. Alfonso Roque Abolafia, que poco tiempo después mantendrá un pleito con la Cofradía de la Santa Vera Cruz a causa de un censo, que D. Alfonso debía satisfacer, impuesto sobre una casa del citado Licenciado y destinado a la compra de paño para vestir a pobres de Illora.

1

“Belicas tropas conduze Miguel, que glorioso empeña Contra las intempestivas Huestes de Luzbel sobervias. De aquel General invicto La voz imperiosa ostenta, Diziendo: Quien como Dios, De una vez su Omnipotencia. Del original delito Ardor infiel representa Contagio, que de la culpa Se difundiò en su inclemencia.

Nuestro defensor Miguel Se aclame, que a la impureça De una enfermedad le aplica Un Angel, que la reprueva. Nuestro saludable auxilio Desde oy se fie a la empressa De un Heroe, que al Cielo supo Victorias cantarle inmensas. (Biblioteca Nacional. Madrid)

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En el Libro de Fábrica Menor de la Iglesia Parroquial se registra una entrada, en el año 1759, de “los Cien Rs que anualmte paga la Cofradia delas Animas pr todas Sus fiestas”. De este dato cabe deducir que la Cofradía había vuelto para entonces a celebrar algunas de sus festividades tradicionales. A través del Libro de Actas no parece que la Hermandad de las Benditas Ánimas se viera especialmente afectada por la Guerra de la Independencia, cuando la mayor parte de las cofradías de Illora suspendieron sus celebraciones y actividades. Pero siendo el principal cometido de esta Cofradía el costear las misas por las almas de los difuntos, como se cita en sus constituciones, y puesto que ello no requería de especiales celebraciones callejeras, es probable que ésta fuera la razón de su continuidad en aquellos momentos de ocupación militar extranjera.

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La Cofradía y la Iglesia Parroquial.

Es probable, que al igual que ocurría con la Cofradía de la Santa Vera Cruz, también la Cofradía de las Animas adquiriese una Capilla de la Iglesia Parroquial para situar en ella las imágenes de su culto. De hecho, el cuidado y mantenimiento de la Capilla de las Animas corría a cargo de la Cofradía. En el inventario de 1676, figuran “unos papeles que sirben de titulo de la capilla”, que pudieran ser los documentos de titularidad por parte de la Cofradía sobre la citada Capilla de las Animas. En 1651, repararon y colgaron en la Capilla “los tafetanes” de color “amarillo y carmesi”; se hicieron unos manteles para el altar y se solaron “las sepolturas questaban desoladas en dha capilla”. En 1678 se volvió a “solar la capilla de las animas questaba desolada”, arreglándose la tarima “questaba quebrada”.

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En 1655, se pidió limosna “por las calles” destinada a hacer una lámpara de plata para poner en la Capilla de las Animas. En la petición se recogieron 60 reales y la lámpara tuvo un costo de 857 reales y un peso aproximado de 1,5 Kg. Lamentablemente, al igual que ocurrió con las imágenes de San Miguel y de Santa Lucía, esta lámpara “Se destrozó en el incendio”, según anotación manuscrita incorporada en el Inventario del año 1933. En 1665 se hizo un frontal para la Capilla, “de tafetan morado carmesi”. Y al año siguiente se hizo una “colgadura” para la Capilla, en la que se emplearon unos 48 metros de “tafetan carmesi y amarillo”, que tuvieron un costo de 754 reales. En 1670, se hizo obra en la capilla y altar. De los entierros que se hacían en la Capilla de las Animas, la Hermandad percibía la cantidad económica correspondiente (1652, 1658, 59, 1664, 69, 1688). En 1659, hubo que arreglar “el altar y la punba que tenia las tablas quitadas”. Y en 1696 se hizo de nuevo el altar, utilizando piedra, ladrillos y yeso. Sin embargo, en el año 1694, estando de visita de la Iglesia de Illora el Arzobispo D. Martín de Ascargorta, mandó: “Que el Vicario Beneficiados y Collector no consientan ni permitan que en las dos Capillas de las Cofadrias de las animas y Vera Cruz se entierre persona alguna si no es que sea algun hermano pobre dela Cofadria sin que se paguen a la fabrica dos ducados por cada Zabullim.to por que ni los hermanos que no son pobres pueden Enterrarse sin pagar ala fabrica segun el tranze en que estan las Capillas ni las Cofadrias pueden Vender a persona alguna el uso de las sepolturas dellas por que este derecho como dotacion propria toca a la fabrica y no esta enagenado en quanto a esto.” En el año 1776 (L. 60. P. 19) se erigió en Alomartes “una nueva Hermandad de Animas con el Santo fin del aumento del Divino Culto, y Sufragio delas Animas del Purgatorio, por medio de los Sacrificios y otras buenas obras que sus hermanos se obligaron a cumplir [...]”, cuyas constituciones fueron aprobadas el 10 de Febrero de ese año. Pero cuando los Beneficiados de la Iglesia de Illora pretendieron “ver el Libro de dicha Fundazion, luego que supimos de ella para imponernos en las obligaciones de nuestro Cargo lo pedimos alos Mayordomos dela Hermandad, y su entrega se Contradixo p.r D.n Salvador Villarraso, Cura actual del Lugar de Alomartes, quien respondio que no se entregaba, por que nadie tenia que hazer, ni entender en el govierno de dicha Hermandad sino el Cura : con cuia respuesta ocurrimos al Yttmo Sor Arzobispo, y de su Mandato entrego el Libro el referido Cura [...]”.

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El funcionamiento de las cofradías, en general, no fue plenamente independiente. Sus actividades devocionales y también económicas eran supervisadas por los responsables de la Iglesia local y periódicamente por los de la Iglesia Metropolitana, en sus visitas. Pero, por lo que respecta a las cofradías de Illora o sus anejos, éste es el único caso de disputas o desacuerdos sobre cual de las autoridades religiosas era la competente para ejercer esa supervisión y control. Los Beneficiados de la Iglesia de Illora entendían “que el Cumplimiento de Missas, y otros Divinos oficios, es perculiar, y privativo del delos Beneficiados, y asi mismo presidir los Cavildos de Elecciones y demas juntas que celebre dicha Hermandad, y todo lo demas Corresp.te ala Economia conservazión, y aumento de ella, como fundada en Yglesia, que es Capilla de nuestra Yglesia Parroquial de Yllora [...] lo qual asi devera entenderse en los Libros de dicha Hermandad, para que en tiempo alguno, se pretenda por el Cura, que es, ô en adelante fuere posesion, en la practica de semejantes Funciones, para todo lo qual se extensivo el auto de VS. el qual para que sirva de Regimen alos Mayordomos, y demas Sugetos que entiendan en el manejo y govierno de dicha Hermandad se copie en el Libro desta, a Continuazion de sus Constituziones [...]”.

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El tiempo después de la muerte.

Desde una perspectiva puramente antropológica, la persona individual, tras su muerte, sigue proyectada en el colectivo social al que perteneció ’en cuerpo y alma’, con el que compartió sus bienes y su inteligencia, lo material y lo espiritual. Y, mientras el grupo viva, todos sus miembros pasados están de algún modo presentes en ese grupo porque sus actos individuales forman parte, para siempre, de la realidad del conjunto. Desde un punto de vista físico o materialista tiene sentido considerar la vida corporal con la única proyección citada y como definitivamente efímera. Entendida como un regalo natural, como un ‘milagro’ de la naturaleza. Con el mismo sentido que tiene la vida para cualquier otro ser vivo: microorganismo, animal o planta. Pero abrir el horizonte infinito de El Alma supone una excelsa rebelión ante la muerte, soñar o creer en la conquista del último secreto, del último misterio que la Naturaleza reserva al conocimiento: el secreto de la Vida.

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La interpretación sobre lo que ocurre después de la muerte de una persona ha sido definido de formas diversas desde las primeras civilizaciones humanas. Todas ellas han elaborado un conjunto de ritos y actividades en función del contenido de su fe o de la posible falta de ella. Uno de los casos más espectaculares de esta interpretación se produjo en el Imperio Egipcio, con el embalsamamiento de los cadáveres, la construcción de pirámides, etc. Evidentemente, sentar una ortodoxia sobre estos temas parece contradictorio con el punto de partida a que están sujetos: el misterio. Un inmenso y trascendental misterio que abarca a todo el Universo. En la religión católica la fe que resuelve la incógnita sobre el más allá de la muerte, entiendo que se difiere hacia una resurrección futura de nuestros mismos cuerpos y almas, y un estadio de tiempo intermedio e indefinido en forma de espíritu o Ánima. En los siglos estudiados, la distinta y definitiva suerte que pudieran correr tanto las ánimas como los resucitados, en función de la conducta que tuvieron en su vida, fue el fundamento de una actividad ‘a posteriori’, que intentaba influir, después de la muerte (mediante ruegos y sacrificios), para obtener aquello a lo que, tal vez, no se fue acreedor por los actos realizados durante la vida. -

“El qual sacrificio sea rrogando a dios nuestro señor perdone mis pecados y de mis padres y de mi muger [...] y de todos mis hijos y tenga por bien de llebar nuestras animas a su santa gloria...” (Año 1599).

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“[...] y les Encargo lo hagan por my anyma qual dios depare quyEn haga por las suyas [...]” (Año 1591]

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“[...] y estas fiestas se digan por nuestras animas . y por las animas de nuestros parientes y amigos y bienhechores . e por las animas de las personas que no tienen quien haga por ellas . [...]” (Año 1567)

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“[...] adonde dexo ordenado que sea mi cuerpo sepultado quando Dios nuestro s.or fuere abido. que pase desta presente bida a la çelestial gerusalen.” (Año 1598)

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“[...] que todos los dhos bienes casas y biñas. y solares se vendan En publica almoneda termino de nueve dias [...] y puesto todo En censos es my boluntad que se Haga una memoria de misas rrecadas [...] por mi anima y de mis padres, y abuelos y de los demas mis difuntos y por las animas dela dha maria de santa ana . melchora de los rreyes y marina rruiz . mis mugeres . [...]” (Año 1595)

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En lenguaje económico se podría decir que se intentaba ‘adquirir’, con los bienes materiales acumulados en vida, una mejora de la suerte o un ‘seguro’ para después de la muerte. Evidentemente, el número y calidad de los ruegos estará en proporción a los ‘bienes disponibles’ para satisfacer el número y calidad de los ritos religiosos, siendo los ‘pobres de solemnidad’ los que no podían dejar encargo alguno para conseguir mejorar su destino después de la muerte (salvo un novenario o un ruego que incluye en general a todos los difuntos, que también parece contar con excepciones a tenor de algunos documentos:

Año 1665. (Lº 3º D Fº 30). “Juº hijo de damian verdejo se entero en esta yglesia en [30/01/1665] años sepultura propia sin capa dicesele nobenario – Murio su padre damian berdejo y no pago el nobenario y asi no se dice por ser pobrisimo. demas de 3 meses de enfermedad en una cama inpedido”.

Año 1650 (Lº 2º MC Fº 45 b) “En 14 de setienbre de 1650 falleçio graçia jitana mujer de franco juarez jitano no testo dijosele nobenario 1 4 7 no ay bienes de que se digan 2 5 8 3 6 9”

“en 17 de Setienbre falleçio franco juares jitano no testo dijosele nobenario

no ay bienes de que se digan

1 2 3

4 5 6

7 8 9”

Para ellos, los pobres, la medida que fijaría el futuro de su alma y de su cuerpo, quedaría sujeta, exclusivamente, a lo realizado durante su vida en función de ese conocimiento que según el relato bíblico permanece grabado en la conciencia desde la pérdida del Paraíso: la distinción del Bien y del Mal, entre lo justo y lo injusto.

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Platón (427? – 347? antes de Jesucristo).- La Doctrina del Alma.

“Platón tomó de los viejos mitos griegos, que ya hemos encontrado en Empédocles, las ideas fundamentales para explicar el origen y el destino de las almas en este y en el otro mundo: el alma humana tiene origen divino; a consecuencia de una culpa cometida, o debido a una ley universal, llegaron desde el otro mundo a encarnarse en un cuerpo mortal, del que se librarán de nuevo con la muerte, según la sentencia del juicio de los muertos, que les impondrá un castigo o, por el contrario, les concederá un premio, conforme a su comportamiento en la tierra [...]

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Pero el alma tiene una peculiar situación intermedia entre los dos mundos: por ser de origen divino está emparentada con las Ideas, pero ella no es Idea, sino lo más semejante a las Ideas que existe. Mientras que éstas permanecen eternamente inmutables, eternamente inaccesibles, perteneciendo al mundo suprasensible, el alma, por el contrario, si bien sólo durante un corto tiempo, está dentro de un cuerpo perecedero, que pone trabas a su naturaleza divina, y que llega a ser su “tumba”. Pues el cuerpo la sumerge en multitud de deseos y necesidades, oscurece su recuerdo del esplendor del ser eterno contemplado una vez y la hace caer en una multitud de culpas y de errores, y, a menudo, le hace olvidarse de su elevada alcurnia y verdadera determinación; a no ser que, despertada por el mundo exterior, surja en ella el deseo de lo eterno, de su verdadera patria, en la forma de un auténtico “eros”, que le permita reconocer la verdadera misión que se deduce de su origen divino y de su encadenamiento a un cuerpo mortal [...] Pues el conocer lo divino no quiere decir otra cosa, para el alma nacida de la divinidad, que convertirse ella también en algo divino. El conocimiento de lo eterno significa para el alma una verdadera divinización. El camino del verdadero conocimiento, es sin embargo, el de la dialéctica, que es por eso la reina de las ciencias. Conocer lo bello, lo bueno y lo justo quiere decir para Platón como para Sócrates hacerse a sí mismo bello, bueno y justo, y de esta manera acercarse lo más posible a la divinidad. Pero esto puede hacerlo solamente aquel que puede conocer la Idea del Bien. De esta manera, el conocimiento de lo eterno es la ciencia más elevada, y para Platón también la más profunda religión. El cuidado de la salvación del alma se apoya en aquel conocimiento y oscurece a todos los demás. Sólo el filósofo, el verdadero amante de la sabiduría, que está sumido en una búsqueda incesante de lo eterno, puede esperar que alguna vez su alma, libre de este ciclo del devenir, vuelva para siempre a su estrella.” (“Historia de la Filosofía Griega”, Wilhelm Capelle –Editorial Gredos-)

Antonio Verdejo Martín. Illora - 2006

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“Tus manos me hicieron y me formaron, ¿y vas a aniquilarme después?”

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