La Semana Santa de Medina de Rioseco declarada Fiesta de Interés Turístico Internacional

La Semana Santa de Medina de Rioseco declarada Fiesta de Interés Turístico Internacional La Secretaría General de Turismo, dependiente del Ministerio

2 downloads 26 Views 112KB Size

Story Transcript

La Semana Santa de Medina de Rioseco declarada Fiesta de Interés Turístico Internacional La Secretaría General de Turismo, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, ha dado el visto bueno a la declaración de la centenaria Semana Santa riosecana como fiestas de Interés Turístico Internacional. 1.1.-Comité organizador Artemio Domínguez González Alcalde del Ayuntamiento de Medina de Rioseco Andrés San José de la Fuente Presidente de la Junta Local de Semana Santa Francisco Gallego Morán Presidente del Centro de Iniciativas Turísticas Ajújar Víctor Caramanzana Rey Presidente Asociación de Empresarios y Profesionales de Medina de Rioseco y Comarca Antonio Santamaría Martín Asociación para la Restauración y Conservación de los Templos Jesús Vicente Brezmes Caramanzana Concejal de Turismo del Ayuntamiento de Medina de Rioseco Luis Miguel González Sastre Miembro del equipo sacerdotal de la Parroquia 1.2. Calendario Diciembre 2008 Formación del Comité Organizador y Ejecutivo Formación de la Comisión de Trabajo

1

Apertura del expediente Se inicia la obtención de las promociones internacionales Enero 2009 Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento Se inicia la solicitud de adhesiones Febrero 2009 Se inicia la redacción del expediente Marzo 2009 Se publica un folleto bilingüe sobre la Semana Santa Abril 2009 La directora General de Turismo, Rosa Urbón, tras conocer el estado del expediente comunica el apoyo de la Junta de Castilla y león a la solicitud. Presentación en público del expediente Mayo 2009 Finaliza la redacción del expediente Junio 2009 Se entrega el expediente a la Dirección General de Turismo de la Junta de Castilla y León para su informe positivo Julio 2009 La Dirección General de Turismo de la Junta de Castilla y León da el informe positivo a la solicitud y traslada el expediente a la Secretaría de Estado de Turismo para la concesión definitiva Octubre 2009 La Secretaría General de Turismo, dependiente del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, concede la declaración de Fiesta de Interés Turístico Internacional a la Junta de Castilla y león

2

1.3.-Expediente Documentación que se adjuntó a la Dirección General de Turismo de la Junta de Castilla y león para tres su informe positivo fuera trsladado a la Secretaría de Estado de Turismo para la concesión definitiva: 1. Solicitud al Secretario de Estado de Turismo 2. CD con resumen-presentación en power point del expediente 3. Memoria en la que se describe el origen, antigüedad, continuidad y raigambre tradicional de la Semana Santa de Medina de Rioseco, su valor cultural, significación y alcance como atractivo turístico, además de las fechas de celebración y descripción de los actos que componen la fiesta 4. Requisitos de la orden ITC/1763/2006, de 3 de mayo para poder acceder a la solicitud de Declaración de Fiestas de Interés Turístico Internacional: ƒ Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento ƒ La declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional concedida a la Semana Santa de Medina de Rioseco en 1985 ƒ Informe del arquitecto municipal en el que se observan las acciones encaminadas en Medina de Rioseco para preservar el entorno urbano, monumental y paisajístico donde cada año se celebra la Semana Santa 5. Copias de los documentos de las cofradías que acreditan la implicación de los riosecanos en su Semana Santa a lo largo de los siglos 6. Promociones internacionales: Publicaciones en medios de prensa escrita 7. Promociones internacionales: Publicaciones en web de periódicos 8. Otras promociones realizadas 9. Adhesiones a la solicitud de Declaración de Fiesta de Interés Turístico Internacional para la Semana Santa de Medina de Rioseco 10. Recogida de firmas de adhesión a la solicitud 11. Dossier de prensa sobre el proceso de la solicitud de Declaración de Fiesta de Interés Turístico Internacional para la Semana Santa de Medina de Rioseco 12. Dossier socio económico sobre Medina de Rioseco. 13. Más de un siglo de folletos, programas, revistas y carteles de la Semana Santa de Medina de Rioseco 14. Revista Oficial de la Junta Local de Semana Santa años 1994, 1995, 1996, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2006, 2007, 2008 y 2009 15. Libro sobre Medina de Rioseco. Segundo Premio de Turismo Everest 1975

3

16. Libro sobre Medina de Rioseco, de Andrés Martín 17. Libro La música en la Semana Santa de Medina de Rioseco, de Pablo Toribio 18. Libro del Museo de Semana Santa 19. Libro Luces de Pasión. Semana Santa en Medina de Rioseco con fotos de Luís Fernández y textos de José Antonio Lobato 20. Libro de Semana Santa en Medina de Rioseco con grabados de Jesús Capa y textos de Fernando Pizarro 21. Libro El Descendimiento, de Javier Martín 22. Guía comercial de Medina de Rioseco y su comarca 23. Audiovisual Personajes de Pasión, de José Ángel Gallego 24. Audiovisual La Escalera 25. Audiovisual de Medina de Rioseco

1.4.- Adhesiones •

Pregoneros Ilustrísimo Sr. D. Carlos Amigo, Cardenal Arzobispo de Sevilla Excmo. Sr. D. Juan José Lucas Vicepresidente, 2º del Senado de España D. José Antonio Lobato del Val D. Luis Alonso García D. Julio de las Heras Galván D. José Millaruelo Aparicio D. Gabriel Pellitero Fernández D. Godofredo Garabito Gregorio Dª. Carmen Isabel Santamaría Rey D. Jesús Urrea Fernández D. José Antonio Pizarro de Hoyos D. José Delfín del Val



Otras personalidades •



Excmo. Sr. D. Carlos Divar, Presidente del Consejo General del Poder Judicial

Instituciones • • • • •

Diputación de Valladolid Cátedra de Estudios de la Tradición Universidad de Valladolid Real Academia de Bellas Artes de la Purísima Concepción Departamento de Historia del Arte. Universidad de Valladolid Centro de Iniciativa Turística Ajújar de Medina de Rioseco

4



Asociaciones • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •



Federación de Casas Regionales de Castilla y León en Andalucía Casa de Castilla y León en Sevilla Casa de Valladolid en Madrid Club Balonmano Valladolid Colegio San Vicente de Paúl Hermandad del Santo Cristo de Castilviejo Hermandad del Santo Cristo de las Puertas Club Ciclista Ciclorioseco Club Caballistas Riosecanos Hermanos Peralta Asociación Cultural El Moclín Peña Cultural Taurina Jorge Manrique Ampa Campos Góticos Asociación Cultural de Personas Mayores Rúa Mayor Asociación Española Contra el Cáncer Asociación Cultural Barrios de las Nieves Ampa Duque de Osuna (IES) Asociación Deportiva de Tanga Colegio Campos Góticos Asociación Deportiva de Frontenis Asociación Unión Musical Ampa Colegio de San Vicente Asamblea Local de Cruz Roja Asociación Cultural Nuestra Señora de la Antigua Asociación de Archivos y Biblioteca de Tierra de Campos Asociación Unión Gitana de Rioseco Junta Agropecuaria Local IES Campos y Torozos Hermandad de Nuestra Señora de Castilviejo

Otras adhesiones •

Recogida de firmas de adhesión en:

• • • • • • • • • •

Página web del Ayuntamiento de Medina de Rioseco Museo de Semana Santa Museo de San Francisco Iglesia de Santa María Centro de Recepción de Viajeros del Canal de Castilla Oficina de Turismo Oficinas del Ayuntamiento de Medina de Rioseco Oficina de la Antena Local de la Cámara de Comercio Biblioteca de Medina de Rioseco Salón de actos Obra Social de Caja España

5

• •

Comercios y establecimientos de Medina de Rioseco Actos culturales

1.5.-Promociones Internacionales: Convenio Cámara de Comercio de Valladolid para la promoción de la Semana Santa en las siguientes ciudades

• • • • • • • •

Londres en el Reino Unido Dublín en Irlanda Zurich en Suiza México Distrito Federal y Monterrey en México Nueva York, San Francisco y Miami en Estados Unidos San Paolo en Brasil Dubai en los Emiratos Árabes Unidos.

Actuaciones promocionales en medios de prensa escrita: México: Periódico: Contacto hoy Ciudad: Durango Estado: Durango Periódico: Diario Censura Ciudad: Nayarit Estado: Nayarit Periódico: Diario de la Tarde Ciudad: Villahermosa Estado: Tabasco Periódico: ABC Ciudad: Silao Estado: Guanajuato Periódico: El Diario de Coahuila

6

Ciudad: Saltillo Estado: Coahuila Periódico: Diario Reforma Ciudad: México D.F. Periódico: El Vigía Ciudad: Ensenada Estado: Baja California Periódico: Punto Crítico Ciudad: Oaxaca Estado: Oaxaca México Periódico: Crucero Ciudad: Monterrey Estado: Nuevo León Perú Periódico: Diario El Sol Ciudad: Cuzco Perú Estados Unidos Periódico: El Nuevo Herald Ciudad: Miami Periódico: Diario de las Américas Ciudad: Miami Periódico: El Bohemio News Ciudad: San Francisco Periódico: El Sol News

7

Ciudad: Nueva York Periódico: El Puente Norte de Indiana y sur de Michigan Estados Unidos Argentina Periódico: La Voz del Interior Ciudad: Córdoba Provincia: Córdoba Periódico: Diario de la República Ciudad: San Luis Provincia: San Luis Honduras Periódico: Suplemento dominical Crónica Periódico El Heraldo Ciudad: Tegucigalpa Ecuador Periódico: Suplemento dominical La Revista Periódico El Universo Guayaquil Publicaciones que se han realizado en web de periódicos y revistas.

• • • • • • • • • •

Veracruz Turismo Digital. Veracruz. México El sol de Toluca. Toluca. México Cucero. Monterrey. Nuevo León. México La Prensa. México DF. México El Reportero de las Vegas. Las Vegas. Estados Unidos El Occidental. Guadalajara. México El Sol. Cartagena de Indias. Colombia Tu Boston.Com. Boston. Estados Unidos El Hispano News. Dallas. Estados Unidos El Vigía. Ensenada. México

8

Otras promociones: • •

Página web bilungue: www.medinadrioseco.com Edición folleto bilingüe

Extraído de la Orden ITC/1763/2006, de 3 de mayo, por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional

1.- ¿QUÉ SE TENDRÁ EN CUENTA PARA LA DECLARACIÓN? La declaración de Fiesta de Interés Turístico Internacional se otorgará a aquellas fiestas o acontecimientos que supongan manifestaciones de valores culturales y de tradición popular, con especial consideración a sus características etnológicas y que tengan una especial importancia como atractivo turístico. Para la concesión de la declaración se tendrá especialmente en cuenta los siguientes aspectos: a) La antigüedad de la celebración de la fiesta o acontecimiento de que se trate. b) Su continuidad en el tiempo (entre una y otra celebración de la fiesta no deberá transcurrir más de cinco años). c) Arraigo de la fiesta en la localidad, lo que implica la participación ciudadana en el desarrollo de la fiesta. Para evaluar este aspecto, se considerará la existencia de asociaciones, peñas, u otras agrupaciones similares de ciudadanos, que la respalden. Este hecho se verificará a través de estatutos, autorizaciones u otros documentos acreditativos de la constitución y funcionamiento de las citadas agrupaciones, de los que se aportará una copia compulsada, junto con la solicitud de declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional o Internacional. d) La originalidad y diversidad de los actos que se realicen. 2.- REQUISITOS IMPRESCINDIBLES

9

La declaración de Fiesta de Interés Turístico Internacional se otorgará cuando se estime que concurren relevantes circunstancias en cuanto a la promoción turística de España en el exterior. Por otra parte, las Fiestas que se solicite sean declaradas de Interés Turístico Internacional, deberán estar declaradas Fiesta de Interés Turístico Nacional en el momento de la solicitud y haberlo estado, al menos, durante los cinco años inmediatamente anteriores. Habrá de cuidarse especialmente el entorno urbano, monumental y paisajístico del lugar de celebración de la Fiesta y a tal efecto deberán aportarse los correspondientes permisos e informes de las actuaciones encaminadas al cumplimiento de estos fines.

3.-LO QUE ACOMPAÑARÁ A LA SOLICITUD Las solicitudes de declaración de Fiesta de Interés Turístico Nacional e Internacional habrán de ir acompañadas de una memoria explicativa con el contenido y amplitud, que los solicitantes estimen oportunos y en la que, en todo caso, se exprese: 3.1.-MEMORIA DE LA FIESTA: El origen, antigüedad y raigambre tradicional de la manifestación de que se trate y su valor cultural, significación y alcance como atractivo turístico. La fecha de celebración y descripción de los actos que componen la fiesta. 3.2.-ALOJAMIENTOS TURÍSTICOS DE LA ZONA La existencia en la localidad o en el área geográfica inmediata (a una distancia no superior a 50 kilómetros), de un equipamiento adecuado de alojamientos y servicios turísticos para la recepción de visitantes. Habrán de tenerse en cuenta especialmente los accesos y la señalización de la localidad en que se celebre la fiesta. 3.3.-10 PROMOCIONES INTERNACIONALES La realización, por las entidades organizadoras, de acciones promocionales suficientes para la atracción de corrientes turísticas. Como documentación justificativa de esa promoción

10

será necesario presentar, para el caso de las fiestas de Interés Turístico Nacional, un mínimo de veinte actuaciones promocionales en medios de prensa escrita (periódicos, revistas, etc.), radios y televisión de difusión nacional o en uno o varios países extranjeros; para el caso de fiestas de Interés Turístico Internacional, será necesario presentar un mínimo de diez actuaciones de difusión en uno o varios países extranjeros. 3.4.-ACUERDO DEL PLENO DEL AYUNTAMIENTO En todo caso, las solicitudes para la declaración de Fiesta de Interés Turístico habrán de ir acompañadas de Acuerdo de Pleno del Ayuntamiento de la localidad en que se celebre y de informe de la Comunidad Autónoma en cuyo ámbito territorial tenga lugar. 3.5.-INFORME POSITIVO DE LA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN El informe de la Comunidad Autónoma en caso de ser negativo deberá ser motivado y tendrá carácter vinculante, por lo que en este supuesto, no se continuará la tramitación de la solicitud, sin perjuicio de la notificación que proceda cursar al interesado. 4.-LAS SOLICITUDES IRÁN DIRIGIDAS A: Las solicitudes se dirigirán al Secretario General de Turismo y se presentará o remitirán por cualquiera de los medios previstos en los artículo 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificado por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de conformidad con lo que a continuación se expone. La presentación o remisión de solicitudes se hará ante los organismos turísticos competentes de las Comunidades Autónomas, que enviarán el expediente a la Subdirección General de Calidad e Innovación Turísticas, de la Secretaría General de Turismo, acompañado del informe a que se refiere el párrafo 2 y siguientes del apartado cuarto de esta Orden. 5.-RESOLUCIÓN El plazo máximo para la resolución del expediente será de tres meses, a contar desde la fecha de recepción de la solicitud por parte de la Subdirección General de Calidad e Innovación Turísticas, de la Secretaría General de Turismo

11

La Subdirección General de Calidad e Innovación Turísticas, tras la tramitación del expediente, elevará propuesta razonada sobre la procedencia o no de acceder a la declaración solicitada. Las declaraciones se otorgarán por Resolución de la Secretaría General de Turismo que se publicará en el Boletín Oficial del Estado. En caso de denegación se comunicará por escrito al interesado. Contra la resolución del Secretario General de Turismo cabe recurso administrativo ordinario de alzada ante el Secretario de Estado de Turismo y Comercio, según lo dispuesto en los artículos 114 a 116 de la Ley 30/ 1992, de 26 de noviembre. El plazo para la interposición del recurso será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la comunicación de la denegación o, en el caso de las resoluciones de concesión, al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado. 7.-CARÁCTER INDEFINIDO DE LA DECLARACIÓN Las declaraciones de Fiesta de Interés Turístico Nacional e Internacional tienen carácter indefinido, mientras concurran las circunstancias que motivaron su concesión. Las declaraciones de Fiesta de Interés Turístico Nacional e Internacional, en los supuestos contemplados en esta Orden, otorgarán el derecho a hacerlas constar en las acciones de promoción, con indicación expresa de la Resolución de Concesión. Se faculta a la Secretaría General de Turismo del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, para establecer las normas complementarias que se precisen para la aplicación y desarrollo de lo que en esta Orden se establece. (Extraído de la Orden ITC/1763/2006, de 3 de mayo, por la que se regula la declaración de fiestas de interés turístico nacional e internacional)

12

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.