LEY DE CATEGORIZACIÓN DE LA RED VIAL NACIONAL DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA 2012

LEY DE CATEGORIZACIÓN DE LA RED VIAL NACIONAL DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA 2012 DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA JUSTIFICACIÓN ARTICULO 1. DE LA LEY 12

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LEY DE CATEGORIZACIÓN DE LA RED VIAL NACIONAL DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA 2012

DIRECCION DE INFRAESTRUCTURA

JUSTIFICACIÓN ARTICULO 1. DE LA LEY 1228

Título

“…las vías que conforman el Sistema Nacional de Carreteras o Red Vial Nacional se denominan arteriales o de primer orden, intermunicipales o de segundo orden y veredales o de tercer orden. Estas categorías podrán corresponder a carreteras a cargo de la Nación, los departamentos, los distritos especiales y los municipios. El Ministerio de Transporte será la autoridad que mediante criterios técnicos, determine a qué categoría pertenecen”

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ANTECEDENTES ARTICULO 12. DE LA LEY 105 de 1993 Artículo 12º.Definición e integración de la infraestructura de transporte a cargo de la Nación. Se entiende por infraestructura del transporte a cargo de la Nación, aquella de su propiedad que cumple la función básica de integración de las principales zonas de producción y de consumo del País, y de éste con los demás países. Esta infraestructura está constituida por: 1. La red nacional de carreteras, con sus zonas, facilidades, y su señalización, que se define de acuerdo con los siguientes criterios: a. Las carreteras cuyos volúmenes de tránsito sean superiores a aquellas que sirven hasta un 80% del total de la red vial de carreteras. b. Las carreteras con dirección predominante sur - norte, denominadas Troncales, que inician su recorrido en las fronteras internacionales y terminan en los puertos del Atlántico o en fronteras internacionales. c. Las carreteras que unen las Troncales anteriores entre sí, denominadas Transversales, cuyo volumen de tránsito esté justificado, según el contenido del literal a, que comuniquen con los Países limítrofes o con los puertos de comercio internacional. d. Las carreteras que unen las capitales de Departamento con la red conformada con los anteriores criterios, de acuerdo con su factibilidad técnica y económica; esta conexión puede ser de carácter intermodal. e. Las vías para cuya constitución se ha comprometido el Gobierno Nacional con Gobiernos Extranjeros mediante convenios o pactos internacionales. Con el propósito de que se promueva la transferencia de las vías que están hoy a cargo de la Nación hacia los Departamentos, el Ministerio de Transporte adoptará los mecanismos necesarios para que la administración, conservación y rehabilitación de esas vías, se pueda adelantar por contrato. Las carreteras nacionales podrán convertirse en departamentales a petición del Departamento respectivo, si este demuestra la capacidad para su rehabilitación y conservación. 2. Los ríos, canales de aguas navegables, su señalización y aquellos puertos públicos fluviales de interés Nacional. 3. Los puertos públicos marítimos de propiedad de la Nación, y sus canales de acceso. 4. Las líneas férreas de propiedad de la Nación que incluye su zona, señalización e infraestructura para el control del tránsito. 5. La red de ayudas, comunicaciones y meteorología del transporte aéreo, básicos para prestar los servicios de aeronavegación y la infraestructura aeroportuaria. 6. Los faros, boyas y otros elementos de señalización para el transporte marítimo. 7. Los puentes construidos sobre los accesos viales en zonas de frontera. 8. Los viaductos, túneles, puentes y accesos en general a las capitales de departamentos, distritos y municipios. Ver el Decreto Nacional 1735 de 2001

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ANTECEDENTES ARTICULO 1. DECRETO LEY 2770 de 1953

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ALGUNOS CRITERIOS DE CATEGORIZACIÓN CRITERIOS FUNCIONALIDAD TRÁNSITO PROMEDIO DIARIO- TPD DISEÑO GEOMÉTRICO POBLACIÓN TIPO DE SUPERFICIE VELOCIDAD DE OPERACIÓN LONGITUD DE VIAJE PORCENTAJE DE VEHÍCULOS PESADOS

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CRITERIOS ADOPTADOS FUNCIONALIDAD: toda vez que la existencia de las carreteras se hace para cumplir un propósito como la comunicación, el transporte de pasajeros y de carga, comercialización desde el interior del país con otros países entre otros. La función más relevante es la de conectar ciertos nodos de diversos niveles de importancia integrando diferentes regiones del país. CATEGORIA

FUNCIÓN PRIMORDIAL

Red de Primer Orden

Permite la comunicación a nivel Nacional

Red de Segundo Orden

Permite la comunicación Intermunicipal

Red de Tercer Orden

Permite la comunicación a nivel Veredal

a

nivel

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TRÁNSITO PROMEDIO DIARIO: El transporte establece los lazos de unión entre los diferentes sectores económicos sociales y culturales, al realizarse el transporte por carretera, se produce la circulación de vehículos y por lo tanto el tránsito; Mediante el análisis de tránsito se puede determinar no solo el grado de utilización de cada vía, sino el tipo de utilización que tiene CATEGORIA

LÍMITE INFERIOR

Red de Primer Orden

LÍMITE SUPERIOR >= 700 Veh/día

Red de Segundo Orden

150 Veh/día

< 700 Veh/día

Red de Tercer Orden

>= 1 Veh/día

< 150 Veh/día

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DISEÑO GEOMÉTRICO: cuando se ajusta a las condiciones topográficas del terreno, tipo de suelo y volumen de usuarios se define como determinante en razón a que la geometría bien implementada representa la reducción de costos de operación vehicular, tiempos de viaje, incremento en las velocidades de operación

CATEGORIA

LÍMITE INFERIOR

LÍMITE SUPERIOR

Doble Calzada Red de Primer Orden

Calzada Sencilla

>= a 7.30 m

Red de Segundo Orden

Calzada Sencilla

< 7.30 m

Red de Tercer Orden

Calzada Sencilla

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