LIBRO I DE LA JUNTA VECINAL DE TROBAJO DEL CAMINO

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LIBRO I DE LA JUNTA VECINAL DE TROBAJO DEL CAMINO

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AÑOS 1821 A 1854

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INDICE

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1821 11 junio- Convenio entre los pueblos de Trobajo y Armunia sobre limites de sus términos confinantes, aprovechamiento de pastos y prendadas de ganados. 10 25 septiembre-impuesto sobre la venta de vino. 12 26 septiembre-Nombramiento del fiel para la cobranza del impuesto sobre el vino. 12 26 septiembre- Cupo para aguardiente y licores. 13 27 septiembre-Cupo para aguardiente y licores. 13 1822 1 enero- Nombramiento de Alcalde, Regidor, Fiel de hechos y depositario. 14 1823 1 enero- Nombramiento de Alcalde, Regidor, Fiel de hechos y depositario. 14 15 enero-Rebaja de impuesto a Bernardo Centeno por pleito. 15 2 febrero-Escritura de convenio entre en Concejo y Gregorio Freyle, por cerramiento indevido de finca en la calzada. 15 1 junio-Remate para avasto de vino. 16 29 junio- Obligación de Mateo Navares abastecedor de vino. (2 documentos 17 17 agosto-Acuerdo para permitir uso de dos prados (Sotico y Badillo) al Convento de San Marcos. 18 1824 26 diciembre- Acuerdo para la venta al por mayor de vino por forasteros. 19 1825 6 octubre-Propuesta para las elecciones de 1826 20 1826 16 abril-Multa a Manuel Fernandez de San Andrés por sembrar sin permiso finca en los dos valejos. 21 4 septiembre-Licencia del militar Santiago García. 21 15 octubre-Entrega de cartas de debitos a los regidores 21 1827 25 marzo-Declaración de que en el pueblo no hay ningún voluntario realista. 22 20 abril-Lectura del padrón del vecindario, 37 vecinos. 22 22 mayo-Acuerdo para hacer reguero 22 8 octubre-Propuesta para elecciones de 1828. 23 12 agosto-Remate del aguardiente y licores en Francisco Duarte 23 11 noviembre-Remate para el abasto de vino. 24 1828 25 febrero-Nombramiento de apoderado para la defensa de las aguas. 25 28 diciembre-Acuerdo para no pedir nada a Francisco Duarte por su parte de aguardiente. 25 1829 24 enero- Condiciones para el abasto de vino en 1829 26 28 marzo-Curaduria de Thomas Rodríguez a favor de su sobrino Josef Zenteno. 26 3 mayo-Supresión del impuesto de la caridad a la iglesia por cada mujer parturienta. 27 3 mayo-Acuerdo para atender el pago de los voluntario realistas. 27 19 julio- Acuerdo con los abastecedores de la taberna. 28 19 julio-Entrega de certificado de gastos a los regidores. 28 1830 31 enero-Acuerdo abastecedores de vino. 28

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8 agosto-Acuerdo sobre el trabajo de la tierra. 29 12 septiembre-Condiciones para el maestro de escuela. 29 25 septiembre-Impuesto para los voluntarios realistas. 30 27 septiembre-Fijación de edicto del impuesto para voluntarios realistas. 30 29 septiembre- Celebración del remate del impuesto para voluntarios realistas. 30 22 octubre-Fijación de edicto del 2º remate para impuesto de voluntarios realistas. 31 31 octubre-Celebración del 2º remate del impuesto para voluntarios realistas. 31 26 noviembre- Fijación del edicto del 3º remate para impuesto de voluntarios realistas.32 30 noviembre- Celebración del 3º remate del impuesto para voluntarios realistas. 32 1831 20 enero-Ajuste de cuentas con los regidores salientes. 33 29 enero-Condiciones del remate de abasto de vino por Francisco Cubria. 33 27 marzo- Entrega al maestro de los niños de dos cargas de centeno. 33 28 agosto-Obligaciones del médico Carlos Aguado. 33 28 diciembre-Condiciones de Nicolás Bustamante para abastecimiento de vino. 34 28 diciembre-Remate del impuesto de los voluntarios realistas. 35 28 diciembre-Subasta de parcela en la cotada. 35 1832 29 marzo-Convenio con Nicolás Bustamante para abastecer la taberna. 35 ¿- Nombramiento de guarda desde el 15 de octubre de 1832 al 15 de agosto de 1834. 35 31 mayo-Acuerdo sobre la guarda de la vecera. 36 17 junio-Acuerdo Becera pequeña. 36 Agosto-Acuerdo con el médico Carlos Aguado. 37 9 septiembre-Obligaciones del maestro. 37 5 diciembre-Remate para el abasto de vino. 38 ¿-Impuesto de voluntarios realistas. 39 1833 3 febrero-Ajuste de cuenta con los regidores salientes. 39 10 febrero-Acuerdo para que ningún forastero corte leña. 39 10-17 y 24 de febrero- Arriendo de tierras de Josef Centeno. 40 1 abril-Acuerdo para no llevar vino del concejo a casa. 40 18 agosto-Acuerdo para no arar las tierras antes del 18 de agosto. 41 25 agosto-Acuerdo con el maestro. 41 1 noviembre-Acuerdo con Antonio Cañón de Cubillas para dejarle pastar 200 ovejas. 41 14 diciembre-Obligaciones del abastecedor de vino. 42 ¿ -Consentimiento a Ysidro Blanco para meter una res en el coto. 43 1834 12 octubre-Elección de Manuel Gutiérrez Diez como maestro para el curso. 43 19 octubre-Acuerdo con Carlos Aguado, para asistir como médico. 43 26 diciembre-Obligaciones del abastecedor de vino, Carlos Olea. 44 1835 11 enero-Acuerdo prohibiendo que los mozos pongan ramos en los tejados de las casas.45 11 enero-Solicitud de los fiadores de la taberna del pasado año, de dinero a los vecinos.45 7 junio-Constancia de pago de los impuestos realistas al alcalde. 46 27 diciembre-Condiciones para Francisco Cubría, abastecedor de vino. 46 1836 7 febrero-Dinero que tiene en su poder el Ayuntamiento de los voluntarios realistas. 47 5 mayo-Acuerdo para las echar los cerdos a las beceras. 48 3

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29 mayo-Arriendo del “El Callejón” 49 14 junio-Acuerdo de sanciones para los vecinos que no acudan a los entierros. 49 25 julio-Aprovechamiento coto Boyal. 49 4 septiembre-Cuentas de los regidores Agustín Centeno y Juan Fernández. 50 25 septiembre-Convenio con Pedro Cañón para el pasto de las ovejas durante el invierno. 52 11 diciembre-Condiciones para Tomas Guesuraga, abastecedor de vino. 52 15 diciembre-Vecindad de Santiago Gutiérrez. 53 25 diciembre-Vecindad de Benito Laiz 53 26 diciembre-Vecindad de Benancio Navares. 53 ¿-Cargos a los regidores. 54 1837 15 enero-Cuentas de los regidores Agustín Centeno y Juan Fernández. 54 12 febrero-Revisión de las cuentas de los regidores anteriores. 56 30 abril-Cuentas de los regidores Manuel Gutiérrez y Santiago García. 56 14 mayo-Vecindad de Manuel Suárez. 57 30 octubre- 2ª cuentas de Manuel Gutiérrez y Santiago García. 57 5 noviembre-Acuerdo para que los vecinos paguen dinero para el día de San Andrés 59 17 diciembre-Obligaciones de Diego Florez de Villaobispo, abastecedor de vino. 59 18 diciembre-Curaduría de Bicenta Prieto, recayendo en su hermano Ysidro. 60 1838 7 enero-Vecindad de Isidro Prieto. 61 21 enero-Vecindad de Gregorio Billayandre. 61 18 marzo-Vecindad de Dámaso Fernández. 61 19 marzo-3º cuentas de Manuel Gutiérrez y Santiago García. 61 16 abril-Cuentas de Pedro Centeno y Francisco Álvarez. 62 15 junio-Préstamo de 500 reales a Manuel Gutiérrez. 64 12 agosto-2ª cuentas de Pedro Centeno y Francisco Álvarez. 65 ¿ agosto-1ª cuentas de Pedro Centeno (incompleto) 65 16 septiembre-Obligaciones de José Antonio Gutiérrez , maestro. 66 29 noviembre-Condonación de deuda de 500 reales al anterior regidor. 66 1839 14 enero-Condiciones para el abasto de vino. 67 3 febrero-Vecindad de Bicente Diez. 67 17 marzo-Nombramiento y condiciones del maestro José Antonio Gutiérrez. 67 14 abril-Vecindad de Matías Martínez. 68 23 mayo-Acuerdo de Thomas Guisuraga con sus vecinos para la construcción de una casa dejando paso a la salida de aguas. 68 7 julio-Cuentas de Pedro Centeno y Francisco Álvarez. 69 28 julio-Acuerdo para arrendar el pasto de ovejas a José García de Geras de Gordón. 70 4 agosto-Acuerdo para no echar reses a la becera. 71 20 octubre-Subasta de las hierbas del campo. 72 1840 5 febrero-Cuentas de Froylan Fernández y Juan Guerrero. 72 9 febrero-Acuerdo para que los presidentes no gasten más de lo acordado. 75 9 febrero-Cuentas de Pedro Fernández y Atanasio Martínez. 76 13 febrero-Condiciones para el abasto de vino. 77 3 marzo-Vecindad de Juan Fernández. 77 8 marzo-Arriendo de las fincas que esta para arriba de La Molinera. 78 31 marzo-Acuerdo con la cofradía de Santiago sobre finca en El Sotico. 79 4

79 79 80 80 80 81 81 82 82 83 84 84 86 87 87 88 88 88 89 89 90 91 91 92 92 93 93 94 95 96 96

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5 abril-Vecindad de Marcelino Gutiérrez. 19 abril-Vecindad de Casimiro Santos. 26 abril-Vecindad de Toribio Paniagua. 27 abril- Castigo a Pedro Centeno y Tomás Rodríguez por no hacer caso a la justicia. 3 mayo-Acuerdo final con José García de Jeras de Gordón sobre el arriendo de pastos. 3 mayo-Acuerdo de nuevo arriendo de pastos a José García. 10 mayo-Cuentas de Pedro Fernández y Atanasio Martínez. 24 mayo-Remate y obligaciones del encargado de tocar las campanas. 28 junio-Acuerdo sobre la becera grande. 6 septiembre-Obligaciones del guarda. 6 septiembre-Vecindad de Gregorio Fernández. 15 noviembre-Cuentas de Pedro Fernández y Atanasio Martínez. 21 diciembre-Acuerdo y condiciones para suministro de vino para 1841. ¿- Cuenta coto de abajo. 12 abril (documento tachado) condiciones para el maestro en 1841. 28 febrero- Cuenta (incompleto). 1841 17 enero-Vecindad de Tomás Álvarez. 25 enero-Últimas cuentas de Pedro Fernández y Atanasio Martínez. 31 enero-Vecindad de Facundo Fernández. 7 marzo-Vecindad de Mateo Centeno. 7 marzo-Condiciones de compra de pan. (2 partes). 7 marzo-Acuerdo poner multas en el coto de ganado. 21 marzo.-Remate de cuentas de Pedro Fernández y Atanasio Martínez. 4 abril-Vecindad de José Centeno. 11 abril-Vecindad de Manuel Navares. 12 abril-Vecindad de Miguel Guerrero. 16 mayo-Cuentas de Pedro García y Juan García. 29 septiembre-Condiciones del guarda. 21 noviembre- Cuentas de Pedro García y Juan García. 12 diciembre-Vecindad de Dámaso Blanco. 12 diciembre-Forma de pago del abasto de vino. 1842 Acuerdo sobre la becera grande. 6 febrero-Remate de las cuentas de Froilan Fernández y Juan Guerrero. 24 febrero-Cuentas de Juan García y Pedro García. 27 marzo-Trato sobre el pasto de las churras. 4 abril-Cuentas de Juan Fernández y Miguel García. 10 abril-Obligaciones del maestro y la escuela para 1842. 1 mayo-Arriendo de tierra en el valle. 1 mayo-Condiciones abastecedores de vino. 2 mayo-Revista de los corderos de las churras. 3 noviembre-Arriendo de corral. 3 noviembre-Condiciones del guarda. 23 noviembre-Cuentas de Miguel García y Juan Fernández. 1843 1 enero-Condiciones abasto de vino. 9 enero-Últimas cuentas de Miguel García y Juan Fernández. 26 febrero-Vecindad de Andrés Cubría. 26 marzo-Condiciones para el abasto de carne. 9 abril-Condiciones admisión de ganado en el coto. 9 abril-Vecindad de José García. 5

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16 abril-Vecindad de Atanasio Fernández. 110 17 abril-Vecindad de Domingo Fernández. 110 17 abril-Cuotas del coto de arriba. 110 17 abril-Obligaciones del maestro para 1843 111 23 abril-Cuentas de Pablo Fernández y Julián Martínez. 111 23 abril- Acuerdo que hace Francisco Martínez. 113 30 abril-Obligaciones del pastor de ovejas. 113 6 mayo-Recuento de corderos de las churras. 114 7 mayo-Acuerdo para los abastecedores de vino. 114 1 noviembre-Acuerdo del pastor del campo. 115 1 noviembre-Venta de 14 chopos en La Cabrada. 115 12 noviembre-2ª cuentas de Pablo Fernández y Julián Martínez. 116 26 diciembre-Escritura para el abasto de vino para 1844 117 1844 7 enero-Acuerdo y obligaciones de pobres. 119 19 marzo-3ª cuentas de Pablo Fernández y Julián Martínez. 119 31 marzo-Vecindad de Ángel Álvarez. 121 2 abril-Acuerdo sobre prado de Froylán Fernández. 121 7 abril-Vecindad de Juan García. 122 7 abril-Vecindad de Placido Fernández. 122 8 Abril-Acuerdo de poner multa al que no acuda a la llamada de justicia o al toque de campana. 123 28 abril-Arriendo de pasto para las ovejas churras de Santiago Rodríguez de Cubillas de Arbás. 27 mayo-Remate de cuentas. Pablo Fernández y Julián Martínez. 124 11 agosto-Cuentas de Bernabé Florez y Manuel Gutiérrez. 125 25 agosto-Acuerdo con el cirujano para 1844. 127 25 agosto-Multa a Tomas Rodríguez. 127 1 septiembre-Arriendo del pastor del campo para 1844. 128 17 noviembre-Vecindad de Domingo Martínez. 128 22 noviembre-Vecindad de Bernardino Trobajo. 129 8 diciembre-2ª cuentas de Bernabé Florez y Manuel Gutiérrez. 129 22 diciembre-Obligación de dos vecinos de San Andrés para cegar un reguero. 130 27 diciembre-Escritura para el abasto de vino para el año que viene. 131 ¿-Acuerdo sobre el ganado que se mete al coto en Otoño. 132 1845 19 enero-Multa al pastor por meter mas ovejas de las pactadas. 133 26 enero-3ª cuentas de Bernabé Florez y Manuel Gutiérrez. 133 6 febrero-Ultimas cuentas de Bernabé Florez y Manuel Gutiérrez. 134 9 febrero-Acuerdo sobre el gasto de los regidores. 135 23 febrero y 20 abril- Multas varias. 135 11 febrero-Multa a Juan Fernández y Bernardino Trobajo. 135 20 abril-Vecindad de Martín Cubría. 135 20 abril-Acuerdo para la venta de vino en las ferias de San Juan, la de San Miguel, los Santos y San Andrés para pagar los arbitrios de carreteras. 136 27 abril- Arriendo de pasto para las ovejas de Santiago Rodríguez de Cubillas de Arbás. 136 4 mayo- Acuerdo con el pastor para 1845. 137 11 mayo-Vecindad de Benito Fernández. 137 18 mayo-1ª cuentas de Bernabé Florez y Manuel Gutiérrez menor. 138 19 noviembre-Acuerdo con el guarda. 139 7 diciembre-2º cuentas de Bernabé Florez y Manuel Gutiérrez menor. 139 1846 2 enero- Acuerdo de la bezera desde el día de San Martín al día de San Juan. 141 6

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2 febrero-Vecindad de Salvador Martínez. 141 8 febrero-Últimas cuentas de Bernabé Florez. 142 25 febrero-Rebaja en el precio del abasto de vino. 143 16 abril-Acuerdo para levantar sebes antes del día de San Pedro. 143 26 abril-Acuerdo sobre las ovejas churras. 143 27 abril-Ultimas cuentas de Bernabé Florez (otras). 144 21 Mayo- Establecimiento de multa para el vecino o forastero que se coja segando en pradera, linderos o regueros. 145 21 mayo-Convenio de Francisco Martínez para librarle de las cargas vecinales. 145 13 julio-Arriendo a Pedro Martínez de dos prados por cinco años, en el Sótico y Los Picones. 146 13 julio-Arriendo a Dámaso Fernández de un prado en la Pontona por cinco años. 146 13 julio-Arriendo de varias praderas. 146 4 octubre-2º cuentas de Francisco Santos. 147 20 diciembre.-Arriendo de los habitizios de consumo para 1847, 149 1847 18 abril-Vecindad de Raimundo Martínez. 150 15 abril-Arriendo al pastor de las ovejas churras. 150 2 mayo-3º cuentas de Francisco Santos. 151 20 mayo-Convenio con Juan Arias de Oteruelo para revisar la Muria que divide los puebles en el sitio de los Cuerragos. 152 11 septiembre-4º cuentas de Francisco Santos. 153 16 noviembre-Arriendo de un quiñón para hacer frente a los gastos. 154 28 noviembre-Vecindad de Matías González. 154 28 noviembre-Vecindad de Balentín Fernández. 155 28 noviembre-Vecindad de Benito Álvarez. 155 26 diciembre-Escritura para el abasto de aguardiente para 1848. 155 26 diciembre-Escritura para el abasto de vino para 1848. 156 26 diciembre-Prohibición para que los mozos pongan ramos de romero en las casas. 158 1848 10 enero-Cuentas de Francisco Santos-últimas cuentas. 158 16 enero-Multa a Benito Álvarez y Froilán Fernández por haber cavado cepas en las regueras del concejo. 159 3 junio-Acuerdo sobre el ganado, veceras, prados, multas… 159 27 agosto-Obligaciones para el abasto de carne. 161 27 agosto-Obligaciones del pastor del campo. 162 27 agosto-Arriendo de la panera del concejo. 163 29 agosto-Cesión de las obligaciones del abasto de carne. 164 ¿-Obligaciones del maestro para 1848. 164 1849 9 abril-Vecindad de Ángel Santos. 165 7 octubre-Obligaciones del maestro para 1849 165 1850 20 enero.-Cuenta de Miguel García y Pedro García. 166 17 febrero-Vecindad de Juan García de Llanos. 166 1 abril-Arriendo de pastos a Santiago Rodríguez de Cubillas de Arbás. 167 7 abril-Vecindad de Juan Laiz. 167 11 abril-Vecindad de Jerónimo Martínez. 168 21 abril-Pago que ha de hacer el abastecedor de vino al antiguo pedáneo, por no haberlo pagado. 168 20 agosto-Revisión de cuentas de los antiguos pedáneos Miguel García y Pedro García 169 20 octubre-Cuentas de Andrés Cubría. 170 7

171 172 172 173 174 175 175 175 176 177 177 177 178 178 179 179 180 180

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1851 2 febrero-Vecindad de Josef Fernández. 9 junio-Vecindad de Vizente Fernández. 1852 17 febrero-Últimas cuentas de Andrés Cubría. 6 octubre-Cuentas de Manuel Gutiérrez menor. 23 octubre-Acuerdo con el guarda. 1853 1 enero-Vecindad de León García. 16 enero-Vecindad de Santos Álvarez. 17 enero-Ultimas cuentas de Manuel Gutiérrez menor. 24 abril-Vecindad de Pedro Álvarez. 1 mayo- Obligación de Froylan Fernández con el concejo para retire una sebe en la Zarzosa. 8 mayo-Vecindad de Santiago Prieto. 15 mayo.- Obligaciones del pastor para 1853. 16 mayo-Vecindad de Ambrosio García 6 noviembre-Arriendo del pastor para 1854. 28 diciembre- Cuentas de Manuel Gutiérrez Menor (incompleto). 1854 7 mayo- Vecindad de Gabriel Martínez. 5 noviembre.-Obligaciones del guarda para 1854. 24 diciembre-Vecindad de Pablo Albarez.

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Documentos sin fecha 17 agosto-Asiento para el ganado. 17 X - Multa al guarda. 4 agosto-Establecimiento de multas para el ganado (incompleto). 11 septiembre.- Cuentas. 13 noviembre.- Multas para el que cabe las cepas. 12 abril- Pagos por meter reses en la era de arriba.

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1821 1821, Junio, 11

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Convenio entre los pueblos de Trobajo y Armunia sobre limites de sus terminos confinantes, aprovechamiento de pastos y prendadas de ganados.

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En once de junio de mil ochocientos veinte y uno se juntaron los señores Bernardo Centeno, Dionisio Martinez, Manuel Guerrero y Lorenzo Fernandez vecinos de Trobajo: y los señores Angel Arias, Pedro Martinez, Lorenzo Alvarez y Froylan Campomanes mayor, vecinos de Armunia, todos nombrados por sus respectivos concejales, y autorizados suficientemente para tratar y arreglar las dudas y competencias que se suscitaban sobre los limites, aprovechamiento de pastos, y prendadas de ganados de sus pueblos, y establecer reglas fixas que en lo sucesivo eviten estos inconvenientes y mantengan la union y buena armonia que debe haber entre pueblos confinantes; despues de un maduro examen, se han convenido y comprometido en los puntos siguientes

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1. Partiendo desde la presa llamada de Bernesga acia el Oriente hasta una zarza que se dice ser mojon del prado de la tesoreria tiene de ancho el camino viejo veinte y ocho varas, esto es desde la zarza que esta a la izquierda hasta la seve o cerrada de los prados de gualda en la direcion que va marcada : siguiendo esta misma se halla (a la izquierda) un mojon que divide dos heredades, la una del cabdo de la Santa Iglesia de Leon, y la otra del Tesorero; de este mojon a los prados de Quiñones tiene de ancho dicho camino 18 varas = desde el mojon (a la izquierda y en la misma direcion) que divide la heredad del cabildo y de la Iglesia de Trobajo hasta dichos prados tiene de ancho el camino catorce varas = siguiendo el mismo camino hasta otro mojon que divide la heredad de dicha Iglesia de la de herederos de Pedro Suarez vecino de Leon, tiene en este espacio quince varas de ancho = desde este punto hasta otro mojon que divide (siempre a la izquierda) las heredades de herederos de Manuel Alvarez vecino de Armunia, y herederos de Domingo Garcia vecino de Trobajo, tiene de ancho el camino hasta la sebe de dichos prados quince varas. Desde aqui hasta el mojon que divide el prado Batan, y heredad del cabdo tiene de anchura el camino doce varas y media = siguiendo hasta la esquina del prado cerrado de Felix Fernandez mayor vecino de Trobajo, tiene de ancho el camino desde este punto hasta el mojon que por la orilla derecha se halla en el prado de Froylan Campomanes vecino de Armunia, tiene de ancho el camino doce varas. 2. Que dicho camino viejo desde dicha presa de Bernesga hasta el prado de Felix Fernandez mayor vecino de Trobajo, y el de Froylan Campomanes, mayor vecino de Armunia con la extension y anchura marcadas arriba, le haya de aprovechar el lugar de Armunia en el primer pelo y en el otoño el lugar de Trobaxo. 3. Que la yerba que produce dicho camino (el que sirve de raya entre los dos pueblos ) ha de ser regada y no pastada con los ganados.

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4. Que desde dichos mojones hasta los prados que llaman de Juan de Llanos queda dicho camino a beneficio y para servidumbre de los dos pueblos. 5. Que desde estos prados hasta la murua que llaman del Regueron queda en la primavera a beneficio del lugar de Trobajo hasta el dia de San Pedro, con la condicion que no ha de ser pastado por el comun, sino regado o arrendado por algun particular. 6. Que el dia de San Pedro se han de poner dos estimadores de cada pueblo para apreciar los daños que hasta dicho dia hayan ocasionado los ganados del que paste dicho camino y desde el mismo dia queda en adelante responsable el lugar de Armunia de los daños que ocasionen, volviendo a apreciar, siempre que pueda ser, los mismos estimadores los daños nuevamente hechos.

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7. Que desde el mismo punto de la presa de Bernesga, de donde se partio en la medicion de arriba hasta la muria de Santa Eufemia acia el Poniente sigue dividiendo el termino el dicho camino viejo, cuya anchura no se desmarca y queda su aprovechamiento a beneficio de Trobajo, tanto en otoño como en primavera. Y en cuanto a la frontera de la Presa cada pueblo hara la que le pertenece.

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8. Que las penas que han de correr de pueblo a pueblo en los terminos concegiles sea de veinte maravedis desde San Miguel a Marzo, siendo de becera : y doble desde Marzo a San Miguel; y los daños, si los hiciere. Y no siendo ganado en vecera pagara un cuarto cada res, y los daños que hiciere.

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9. Que no habiendo, o no hallandose murias desde la de Santa eufemia hasta la del Regueron, servira de limite entre los dos pueblos el camino viejo segun va detallado, y que cada pueblo remurie la parte que le pertenece quando lo tenga de costumbre.

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10. Que no se repare en las murias, ni se altere la buena armonia entre los pueblos, porque estas baxen o suban alguna cosa, pues quedan convenidos en que el citado camino divida los terminos.

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Todo lo qual acordaron los referidos diputados, y a merced de sus respectivos pueblos se obligaron a observar y cumplir. Y en fe de ello lo firmaron dicho dia, mes y año Bernardo Zenteno (rúbrica)

Manuel Guerrero (rúbrica)

Dionisio Martinez (rúbrica)

Angel Arias (rúbrica)

Lorenzo Fernandez (rúbrica)

Pedro Martinez (rúbrica)

Froylan Campomanes (rúbrica) Lorenzo Albarez (rúbrica)

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1821, setiembre, 25. Trobajo del Camino

Pagina 9

En el lugar de Trobajo del Camino a beynte y cinco dias de el mes de setiembre de este presente año de 1821 estando los bezinos juntos en la Casa de Concejo a donde se tratan las cosas del bienestar y abiendosenos comunicado una orden por el señor intendente y con ella un cupo fixado sobre cinco articulos que con los que en esta se contienen y biendo la *** Conzejo y vezinos que el pagar dicho cupo era indispensable determinaron dicha *** y sus vezinos que se cargare dos reales vellon en cada cantara de bino que en el termino de dicho pueblo se bendiese por espacio de el restante de tiempo que falta desde esta fecha hasta el dia 1º de julio del año venidero de mil ochocientos veynte y dos y en fec de ello lo firmaron los que supieron y los señores de *** en dicho dia mes y año.

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Dionisio Martinez (rúbrica)

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Mateo Nebares (rúbrica)

lC

Felys Fernandez (rúbrica)

o

(rúbrica)

aj

Gregorio

de

Antonio Blanco (rúbrica)

e

El rejidor Manuel Guerrero (rúbrica)

Tr

ob

Simon Nistal (rúbrica)

na

ld

El fiel de fechos Juan Santos (rúbrica)

ve

ci

1821, septiembre, 26. Trobajo del Camino

Página 10

Ju

nt

a

En el lugar de Trobajo del Camino a veynte y seis dias del mes de septiembre de mil ochocientos y veynte y uno se reunieron los vezinos de dicho pueblo a la Casa de Conzejo a fin de nombrar un fiel para la cobranza y paga de los dos reales ya cargados en cantara de bino y tubieron a bien arrendar este derecho por todo el tiempo que exige el cupo contando desde esta fecha; y determinaron sacarlo a quien mas diese por este derecho y quedo rematado en mil ciento y dos reales de vellon en Francisco Cubria vezino de este dicho lugar. Con la condicion de que todo vezino y forastero que quiera bender bino en este lugar debe al tiempo de yntroducirlo yr con ello en casa del fiel y rematante de este derecho para que alli coste las cantaras que yntroduce y aun mismo tiempo paga la cota que le esta señalado y de no azerlo asi perdera el genero por entero o lo que de de derecho y *** deba de pagar que debera ser por lo menos veynte reales por cantara del dicho articulo y para el cumplimiento de esta carga pago de lo que dicho rematante debe de pagar dio por fiador a Juan Santos vezino del dicho lugar y en fe de ello lo firmo y lo firmaron los rejidores y fiel de fechos en dicho dia mes y año arriba dicho (tachado). La multa puesta es para el rematante.

12

Juan Santos (rúbrica) Francisco Cubria (rúbrica) Rejidor Manuel Guerrero (rúbrica)

1821, septiembre, 26. Trobajo del Camino

Página 11

ob

aj

o

de

lC

am

in

o

En el lugar de Trobajo del Camino a veynte y seis dias del mes de septiembre de mil ochocientos y veynte y uno. Estando la *** y vezinos juntos en el sitio aconstumbrado y Casa de Concejo determinaron que en virtud del decreto de las Cortes de seis de septiembre prosimo que conzede arrendar zinco articulos uno de ellos es de aguardiente y licores y abiendo echo un calculo entre este y el de el bino que en este lugar no ay otros por allarse la ciudad cercana y probeirse de ella, que debia pagar la sesta parte del cupo que son ciento y cincuenta reales y quedo rematado en Mateo Nabares en esta dicha cantidad con la condicion de que lo a de medir por medidas de a ocho, y que quales quiera vezino o forastero que se ponga a bender por menos de una arroba, y si algun forastero yciese noche en este lugar sin abisar al abastecedor de la cantidad de cantaras que trae perdera el genero y ademas sera responsable de los que sea justo y para el cumplimiento de su contijente dio por fiador a Felis Fernandez menor y en fec de ello lo firmaron y firme yo el rejidor y fiel de fechos.

Tr

Felis Fernandez menor(rúbrica)

ld

e

Mateo Nebares (rúbrica)

ve

ci

na

el fiel de fechos Juan Santos (rúbrica)

a

1821, septiembre, 27. Trobajo del Camino.

Página 12

Ju

nt

En el lugar de Trobajo de el Camino a veinte y siete dias del mes de septiembre del año de mil ocho cientos veinte uno estando la *** y vecinos juntos en el sitio acostumbrado y Casa de Concejo, determinaron que en virtud del decreto de las Cortes del seis de septiembre prosimo que conzede arendar 2 articulos uno de ellos es de aguardiente y licores y abiendo echo un calculo entre este y el de el bino que en este lugar no ay otros por allarse la ciudad cercana y probeirse de ella que debia de pagar la resta parte del cupo que son ciento y cincuenta reales que quedo rematada en Bernardo Zenteno en esta dicha cantidad con la condicion de que lo a de medir por medidas de a ocho y que quales quiera vecino o forastero que se ponga a bender por menos de una arroba y si algun forastero yciese noche en este lugar sin abisar al abastecedor de la cantidad de cataras que trae perdera el genero y ademas sera responsable de los que sea justo y el quartillo de el aguardiente lo a de vender a doze quarto y dio por fiador a Agustin Zenteno y por ser berdad lo firmaron junto con el fiel de fechos ariba dicho

13

Bernardo Zenteno (rúbrica) Agustin Zenteno (rúbrica) Fiel de fechos Juan Santos (rúbrica)

1822 1822, Enero, [1]. Trobajo del Camino

Página 13

ob

aj

o

de

lC

am

in

o

En el lugar de Trobajo del Camino a primero de Enero de mil ochocientos y veynte y dos se reunieron todos los bezinos y ciudadanos de el en el sitio acostumbrado y Casa de Conzejo a fin de nombrar *** para el año arriba dicho a pluralidad avsoluta de botos y salieron los sujetos siguientes: el señor Thomas Rodriguez Alcalde, el señor Juan Garcia rejidor, el señor Lorenzo Fernandez fiel de fechos, depositario el señor Pablo Fernandez y en fec de ello lo firmaron

Tr

1823

Página 14

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e

1823, Enero, [1]. Trobajo del Camino

Ju

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a

ve

ci

na

En el lugar de Trobajo del Camino a primero de Enero de mil ochocientos y veynte y tres se reunieron todos los bezinos y ciudadanos de el en el sitio acostumbrado y Casa de Conzejo a din de nombrar ++++ para el año arriba dicho proponiendo primeramente a pluralidad avsoluta de botos siete electores que lo fueron los señores Pablo Fernandez, Francisco Cubria, Dionisio Martinez, Thomas Gutierrez todos vecinos y ciudadanos de dicho lugar en el exercicio de sus derechos y salieron por mayoria de botos el señor Felis Fernandez menor y Esteban Panyagua regidores, el señor Froylan Fernandez fiel de Fechos, el señor Thomas Rodriguez depositario y en fec de ello lo firmaron en dicho lugar dia mes y año. electores Francisco Cubria (rúbrica) Pablo Fernandez (rúbrica) Manuel Guerrero (rúbrica)

Juan Santos (rúbrica)

Dionisio Martinez (rúbrica) Tomas Gutierrez (rúbrica)

* Manuel Guerrero, Juan Santos, Isidoro Gutierrez ... todos

14

1823, Enero , 15. Trobajo del Camino

Página 19

lC

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in

o

En el lugar de Trovajo del Camino a 15 dias del mes de Enero del año de 1823 estando juntos los vecinos en la casa del concejo donde se tratan las cosas del bienestar de todos los bezinos pidio Bernardo Zenteno unos de sus bezinos le yzieren gracia y rebaja de cantidad de maravedis que dicho Bernardo esta debiendo al Conzejo y liquidada que fue resulte ser quinientos ochenta y cuatro reales para esta cantidad tiene entregados ciento y cincuenta reales y de conbenio de todos los bezinos se le yzo gracia de doscientos reales en inteligencia que un pleyto que se comenzo en el año de 1822 sobre el cierro de un prado al sitio de tras la biña se ha de dejar en el estado que se halla pagando cada uno lo costeado y el prado queda abierto y el Bernardo pagar ynmediatamente doscientos treynta y quatro reales que resta y en fec de ello lo firmaron los que supieron junto con la ** y fiel de fechos en este dicho lugar dicho dia mes y año.

de

Bernardo Zenteno (rúbrica)

aj

ob

Tomas Gutierrez (rúbrica) Juan Santos (rúbrica)

o

Dionisio Martinez (rúbrica) Lorenzo Fernandez (rúbrica)

Tr

Felys Fernandez (rúbrica) Juan Garcia (rúbrica)

na

ld

Manuel Guerrero (rúbrica)

e

Por ausencia del fiel de fechos

Página 8

ci

1823, febrero, 2. Trobajo del Camino

ve

Escritura de convenio. Entre el Consejo y Gregorio Freyle

Ju

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a

En el lugar del Trobajo del Camino a dos dias de el mes de Febrero de mil ochocientos y veynte y tres estando todos los vezinos reunidos en la Casa de Conzejo donde se tratan las cosas pertenecientes a el bienestar de todos los bezinos : le acordo, que en el año pasado de mil ochocientos y veynte y dos, baliendose de las facultades decretadas por las Cortes, un bezino de este pueblo llamado Gregorio Freyle se propaso a zerrar un prado a el sitio que llaman Tras la biña, y confronta con la calzada ynpidiendo el y otro que no cerro junto a el el uso y paso de aquel paraje. Por cuyo motivo el Conzejo pidio fuesen abiertos y los dueños no lo yzieron; el Conzejo se adelanto a destrozarlo y cortar dicho cierro. Por tanto el Gregorio Freyle emprendio pleyto contra este echo y en el dia por medio de Lorrenzo Fernandez su hijo politico pidio compostura. Como en efecuto el Conzejo ynmediatamente la aceto en la forma siguiente: 1º, que los gastos causados hasta el dia cada uno pierda los suyos y que el prado por aora quede abierto. 2º, que el Gregorio por multa conzejil abia pagado diez y siete reales por unos carros de cantos que echo donde no se le mando, que se los debuelva al Conzejo, en lo quedamos todos conformes y convenidos y para que conste y 15

obre los efecutos conbenientes aremos esta escritura de conbenio que firmaron los que supieron junto con el Gregorio Freyle en dicho lugar dia mes y año. En 22 de Agosto de 1824. Pidio el Lorenzo Fernandez como dueño propyetario que en el dia es de dicho prado que se conformaba con esta compostura bolbiendole los diez y siete reales y el conzejo y vezinos asistieron en lo mismo y firmaron. Lorenzo Fernandez (rúbrica) anterior)

1824, Agosto, 22 ( forma parte del documento

Manuel Guerrero (rúbrica)

Dionisio Martinez (rúbrica)

am

in

o

Tomas Gutierrez (rúbrica)

Página 271

de

lC

1823, Junio, 1. Trovajo del Camino

Tr

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o

En el lugar de Trovajo del Camino a primero de Junio del año de 1823 estando juntos los vecinos en la casa de Conzejo a donde se tratan las cosas del vienestar se saco a remate el avasto de el vino con las condiciones siguientes :

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primero

segunda

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ci

na

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es condicion que se a de vender el quartillo de vino un quarto menos que en Leon y se a de medir por las medidas arregladas a las de Leon

tercera

Ju

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es condicion que el maravedi queda por cuenta de el avastecedor el pagarle

es condicion que el dinero le a dar el avastecedor ___ tres tercios yguales de dos en dos meses es por que se acordo arrendar el avasto por medio año contado desde el primer dia de julio del año de 1823 asta el ultimo dia de el mes de diciembre dicho año Pregon

Abasto de vino

queda puesto el abasto de bino en Juan Martinez en trescientos beinte reales en dinero y siete cantaras de Toro y de vuena calidaz.

16

1823, Junio.29 Trobajo del Camino

Página 15 y 16

Obligación de Mateo Nabares Digo yo Mateo Nabares vecino del lugar de Trobajo que por este me obligo con mi persona y bienes habido y o futuros a saber la cantidad de mil reales de vellon y onze cantaras de vino cuatro libras de pan y hun cuarteron de queso cada vecino y el vino a de ser de Toro y de vuena calidad = Con la condicion que los mil reales los ha de pagar en tres tercios y el vino y pan y queso quando la **** se lo pida.

de

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in

o

Y es de condicion que ha de pagar por su cuenta el maravedi en azumbre y tambien en condicion que si alguna cantidad se pide por razon de las banderas tambien ha de ser cuenta del dicho abastecedor. Tambien es condicion que ha de vender el cuartillo de vino hun cuarto menor que se venda en Leon siendo las medidas del _______ Tambien es condicion que no pueda dicho abastecedor ympidir de vender de media cantara arriba ha ninguna persona de lugar ni forastero = y es condicion que si algun tratante vendiere de media cantara abajo se le ynpone la multa de dos ducados el uno se le aplicara para el concejo y el otro para el habastecedor =

ob

aj

o

Tambien es condicion que cualquiera forastero que entre este pueblo ha bender vino tendra que habisar ha el abastecedor para que se satisfaga se vende por mayo(r)o menor =

na

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Tr

Tambien es la condicion que los mil reales ha de ser el primer tercio en fin de agosto del año de mil ochocientos y veinte y tres y los demas iguales hasta el fin de diciemvre y bajo de todas estas condiciones se obligo al referido Mateo Nabares ha satisfacer y pagar todo lo otorgado en esta escritura sin alegar ynorancia ni demora alguna y si alguna vejacion se ocasionare sera a costa del habastecedor =

Ju

nt

a

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ci

y para su habono da por fiador de estas cantidades a Juan Martinez vecino del dicho pueblo y para que coste y obre los efectos que mejor combengan lo firman el habastecedor y fiador junto con la ***** y el fiel de fechos. En Trobajo y Junio veinte y nuebe de 1823 Mateo Nebares (rúbrica) *** (signo) Francisco Cubria (rúbrica) a ruego del fiador Por interino de regidor Dionisio Martinez (rúbrica) Tomas Gutierrez (rúbrica) Por ausencia del fiel de fechos Pablo Fernandez (rúb.) 1823, Junio, 29. Trobajo del Camino.

Página 17

Obligacion Mateo Nebares

17

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o

Digo yo Mateo Nebares vecino de este lugar de Trobajo del Camino que me obligo a dar y pagar a la Junta y becinos de dicho pueblo la cantidad de doscientos quarenta y un reales de dinero por espacio de medio año que comienza en 1º de Julio y concluye en fin de diziembre y seis cantaras de bino de Toro y quatro libras de pan cada vecino y un quarteron de queso. Pues que es esta cantidad fue rematado el abasto de aguardiente por seis meses segun estan expresados y su paga en tercios segun el bino con la condizion de que haya de ser de calidad y a contento de la Junta a personas que mande a doze quartos el quartillo y que ningun vezino ni forastero pueda vender por menor bajo la multa de dos ducados por la primera vez y doble la segunda y solo se le permite bender a el abastecedor por mayor y menor con estas condiciones quedo obligado y se obligo bajo las mismas penas que los que dilincan en contrario a si lo aceto y firmo en la casa de Conzejo a presencia de la Junta fiel de fechos y becinos que se hallaron presentes y dio por fiador a Juan Martinez vecino del dicho lugar y por no saber firmar firmo un (signo) *** , a ruego que le fue Francisco Cubria vecino del mismo.

lC

Trobajo y Junio 29 de 1823

de

Francisco Cubria (rúbrica)

aj

o

Dionisio Martinez (rúbrica)

e

Tr

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Por ausencia del fiel de fechos Pablo Fernandez (rúbrica)

Página 18 y 19

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1823, Agosto, 17. Trobajo del Camino

Ju

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a

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En el lugar de Trobajo del Camino a diez y siete dias del mes de Agosto de mil ochocientos y veynte y tres. Reunidos los bezinos en la Casa de Conzejo se acordo que de conbenio de todos se otorgue una escritura a fabor de la Casa y Conbento de San Marcos de Leon permitiendoles dos prados cerrados uno en el sotico y otro en el Badillo y tambien queda el Conzejo oblligado a cerralos por aberse yntroducido los bezinos por si sin orden ni facultad de la superior Junta a cortar el cierro y habrirlo y por ebitar pleytos y querellas se yzo esta compostura en la que todos fuimos consentidos y conbenidos y para que en lo sucesibo ninguno alegue ignoranzia se pone por acuerdo quie firmaron los que supieron y los que no yzieron una cruz. Junto con los regidores y fiel de fechos que lo son Dionisio Martinez y Thomas Gutierrez rejidores Froylan Fernandez fiel de fechos Y para azer la escritura otorgamos poder cumplido a la Junta y seis bezinos que lo fueron Pablo Fernandez, Isidoro Gutierrez, Juan Martinez, Juan Santos, Thomas Rodriguez y Froylan Fernandez.

Dionisio Martinez (rúbrica) Felys Fernandez (rúbrica)

18

Francisco Cubria

"

Juan Garcia

"

Jacinto Villayandre

"

Pedro Martinez

"

Mateo Nebares

"

Lorenzo Gonzalez "

Joaquin Paniagua

"

Epifanio Martinez " Antonio Martinez (rúbrica)

Joaquin Garcia no sabe +

Manuel Albarez no sabe +

Esteban Paniagua no sabe +

Bicente Garcia no sabe +

Lorenzo ______ no sabe +

Juan Martinez no sabe +

Julian Martinez (rúbrica)

Pablo Fernandez (rúbrica)

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in

o

Agustin Centeno (rúbrica)

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de

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Manuel Trovajo

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1824 e

1824, Diciembre, 26

Página 21

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En 26 de Diciembre de este año de 1824 astando reunidos en la casa de Conzejo y sitio acostumbrado donde se tratan las cosas del bienestar de todos. Y se acordo que todo forastero que benda bino por mayor en termino de este lugar a de pagar un real en cantara y el marabedi en azumbre, y que qualquiera bezino que le admita en su casa y no abise a la Junta ? para dicha cobranza pagara el la cota señalada y ademas un ducado de multa pues que el arriero no sabe lo determinado en conzejo como el bezino y lo firmamos en dicho dia mes y año. Tomas Gutierrez (rúbrica) Juan Santos (rúbrica) Dionisio Martinez (rúbrica) Manuel Guerrero (rúbrica) Por ausencia del fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica) ---------------(Esto entre dos documentos) quenta del bino que se ba sacando del remate de la taberna lo primero el dia 14 de octubre dos cantaras……………. 2

19

el dia 29 del mismo dos cantaras………………………… 2

1825 1825, Octubre, 6. Trobajo del Camino

Página 22

Propuestas de elecciones para el año 1826

am

in

o

En el lugar de Trobajo del Camino a seis dias del mes de octubre de mil ochocientos y veynte y cinco habiendo prezedido en el dia anterior citacion de todos los sujetos que componen este conzejo a fin de azer las propuestas de eleyciones para el año 1826 y despues de reunidos en la Casa de Conzejo todos juntos se paso a azer la propuesta en la forma siguiente:

lC

Primeramente, para rejidor por el estado noble

de

en primer lugar Don Isidoro Gutierrez vecino de este lugar

o

en segundo Don Felis Fernandez menor

ob

aj

en terzero Don Miguel Fernandez vecino del mismo

Tr

Para rejidor por el estado general

ld

e

en primer lugar el señor Joaquin Paniagua

na

en segundo el señor Antonio Martinez

ve

Para procurador

ci

en tercero, el señor Juan Fernandez, todos vecinos del dicho

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a

en primer lugar al señor Tomas Rodriguez

Ju

en segundo Don Tomas Gutierrez en tercero el señor Manuel Guerrero vezino de este lugar = en esta forma quedo echa la propuesta en este dia seis de octubre de dicho año y lo firmamos Pablo Fernandez (rúbrica) procurador Fiel de fechos Francisco Cubria (rúbrica)

20

1826 1826, Abril, 16. Trobajo del Camino.

Página 269

lC

am

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o

En el lugar de Trobajo del Camino a diez y seis dias del mes de Abril de 1826 estando la mayor parte de bezinos juntos en la casa de Conzejo, acordaron que una tierra propia de Manuel Fernandez vecino de San Andres, que se halla en termino de este lugar y sitio de los dos balejos sombrada fuera de bago y hoja se le proybe para lo sucesibo tanto a este como qualquiera otro y por haberla sembrado sin consentimiento se le multa en cuatro ducados y de conbenio entre el Conzejo y el Manuel quedamos que no pidira nunca daño alguno por lo tocante a el presente año ni debera prendar ningun res y si echarlos fuera y quitarles de daño en caso de cojerlos dentro de la tierra y tambien se le multo en otros cuatro ducados por haber echo una torca en el reguero y echar el agua por el camino, y el reguero en el caso de azer alguna defensa hayga de ser de mojones a dentro y en todo caso el reguero por su posesion y en fec de ello lo firmamos en dicho lugar y dicho dia, mes y año.

de

Y por no saber firmar el Manuel yzo esta cruz †

ob

Tr

Fiel de fechos Manuel Guerrero (rúbrica)

aj

o

Rejidor Joaquin Paniagua (rúbrica)

Página 263

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1826, Septiembre, 4. Trobajo del Camino.

Ju

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a

ve

ci

na

En quatro de Septiembre de mil ochocientos y veynte y seis estando la justicia y bezinos juntos en la casa de Conzejo de este lugar de Trobajo del Camino Santiago Garzia, hijo de Francisco y de Froylana fernandez, vecino del mismo soldado que fue en el regimiento de Melizias de León. presento su lizenzia avsoluta con todos los requisitos que le perteneze la que se le oyo y se le dio por util con la calidad y condizion de oserbar y guardar todos los privilegios que le puedan pertenecer y lo firmaron los señores de 1ª en el menzionao pueblo dicho día, mes y año. Joaquin Paniagua (rúbrica) Tomas Rodriguez (rúbrica) fiel de fechos Manuel Guerrero (rúbrica) 1826, Octubre, 15.

Página 267

En quinze de octubre de 1826 en publico conzejo se acordo que las cartas de pago que en este año se sacaron de la Contaduria por mano de Ysidoro Gutierrez pertenezientes a debitos del año de 25 hasta la cantidad de cinco mil y cincuenta reales fueron entregados a dicho Ysidoro por mano del despositario Francisco Cubria y a este se los entregaron los rejidores del año a que pertenezieron que lo son Pedro Garzia y 21

Manuel Albarez y para que sirba de memoria se queda aqui estanpado en dicho dia mes y año.

1827 1827, Marzo, 25. Trobajo del Camino

Página 23

Alistamiento de voluntarios realistas

lC

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in

o

En 25 de Marzo de 1827 estando todos los bezinos juntos en publico Conzejo se bolbio a repetir si habia algun bezino o mozo soltero que boluntariamente quisiese ser alistado para boluntario realista y presentarse en las filas de todos los demas cuando fuese llamado para cualquiera fatiga y no se hallo ninguno que dijese que el queria ser; de consiguiente; la junta dara ynmediatamente testimonio de que no hay en este pueblo nunguno y para que cosnte lo firmaron en este lugar de Trobaxo del Camino dicho dia mes y año

de

Regidor Juan Guerrero (rúbrica)

o

Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

Página 24

ob

aj

1827, abril, 20

Tr

Lectura del padron de vecindario

ve

ci

na

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e

En el dia 20 de Abril de 1827 por llamamiento de la Junta se reunieron los vezinos en la Casa de Conzexo a fin de leerles el padron de bezindario que se habia formado hasta el numero de 37 vecinos de uno y otro estado a lo que contestaron los bezinos estaba arreglado y lo firmamos la junta y fiel de fechos en dicho lugar dia mes y año.

a

Regidor Juan Guerrero (rúbrica)

Ju

nt

Lorenzo Fernandez fiel de fechos (rúbrica)

1827, Mayo, 22. Trovajo del Camino.

Página 225

En el lugar de Trovajo del Camino a veinte y dos dias del mes de Mayo del año de mil ochocientos veinte y siete. Estando reunidos en la casa de concejo la justicia y la mayor y mas sana parte de becinos de este lugar de Trovajo del Camino, acordaron , que en birtud de los muchos dias que perdia en el concejo entero para acer un travajo tal vez media ora; para acer un regero de poco travajo aunque otros davan mas que hacer, fueron combenidos todos los becinos junto la justicia que cada uno que tubiese posesion suya o harredada (sic) y deviese pasar reguero por ella para el riego de otras posesiones yciese el mismo el reguero ; y hasi todos los demas hasta llegar a la ultima pues que de este modo se hebitaria la reunion del becindario para un pequeño travajo ;

22

hasi lo hacordaron y firmaron en dicho lugar dicho dia, mes y año los becinos que supieron, la justicia y fiel de fechos Francisco Cubria (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

Tomas Gutierrez (rúbrica)

Juan Fernandez (rúbrica)

Bartolome Diez (rúbrica)

Agustin Centeno (rúbrica)

El rejidor Bernardo Fernandez (rúbrica) Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

am

in

o

Pablo Fernandez (rúbrica)

Página 26

de

lC

1827, octubre, 8. Trobajo del Camino. Propuestas de elecciones para el año 1828

Tr

ob

aj

o

En el lugar de Trobajo del Camino a 8 días del mes de octubre de 1827 habiendo prezedido la citacion de indebiduos que componen el Ayuntamiento en el dia anterior a fin de azer las propuestas de elecciones para el año de 1828 y despues de reunidos en la casa de Conzejo *se paso a ejecutarla en la forma siguiente:

na

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e

Primera / para rexidor primero por el estado noble a Don Bizente Garzia. Segundo a Don Manuel Trobayo. Tercero a Don Froylan Fernandez.

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Por el estado general para rejidor primero e señor Juan Fernandez en segundo el señor Juan Santos en terzero el señor Juan Garzia

Ju

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a

En esta forma quedo echa la propuesta en dicho dia, y lo firmo yo el fiel de fechos en dicho lugar dia mes y año. Lorenzo Fernandez (rúbrica)

1827, agosto, 12 . Trobajo del Camino

Página 25

Remate del aguardiente y licores en Francisco Duarte Digo yo Francisco Duarte vecino de la ciudad de Leon que me obliga en birtud de remate formal segun consta en el expediente formado de Aguardiente y Licores en este año de 1827 por el cual, y como mayor y mejor postor quedo rematado en mi, en cantidad de trescientos y treynta y cinco reales oy en el dia de la fecha tubo a bien el conzejo rebajarle los treynta y cinco reales por ser corto el tiempo y asimismo se trato que en virtud del cargamento de boluntarios realistas sobre el ramo de Aguardientes se 23

le permite bender el cuartillo a diez y seis cuartos de buena calidad, las medidas de atreynta y dos y para el cumplimiento de todo doy por mi fiador a Thomas Rodriguez vecino de este lugar de Trobajo la cantidad del dinero la entregara a la ********** el dia que lo pida y en fec de todo lo firmo junto con el fiador a doze de Agosto de 1827 en este lugar de Trobajo del Camino Francisco Duarte (rúbrica)

Tomas Rodriguez (rúbrica)

1827, nobiembre, 11. Trobajo del Camino

Página 27

ve

Justo Nicolas (rúbrica)

ci

Francisco Cubria (rúbrica)

na

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Tr

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o

de

lC

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in

o

Dezimos nosotros Francisco Cubria de este lugar de Trobayo del Camino, Justo Nicolas y Josef Lopez vecinos de el de Quintana de Raneros que en birtud de formal remate que si hizo en pobilco (sic) conzejo en el dia veynte y ocho de octubre de mil ocho cientos y veynte y siete para el abasto de bino de esta taberna de dicho pueblo para el año benidero de mil ochocientos y veynte y ocho nos obligamos a pagar cinco mil cuatrocientos y cincuenta reales del en cabezo del año de veynte y ocho el tercio de fin de diciembre de este año de veynte y siete y dos mil reales que se debian del año de veynte y cuatro, bayo las condiziones que expresa el papel de remates ; y para el pago de todas estas cantidades cede el conzeyo ademas del abasto del bino, las alcabalas de los años 24, 25 y 26, el derecho del bino bendido en el año de 24 y nuebe cientos veynte y ocho reales que restaban del año de 27 y nos obligamos a llebar el dinero a la contaduria y traer las cartas de pago a conzejo. Pero ha de yr el rejidor a reyidores con los abastecedores azer las pagas con estas condiziones quedamos obilgados unos y otros y en fec de todo lo firmamos en este dicho lugar de Trobayo del Camino a onze dias del mes de nobiembre de mil ochocientos y veynte y siete.

nt

a

Juan Guerrero (rúbrica)

Ju

Josef Lopez (rúbrica) Bernardo Fernandez (rúbrica) Como fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

24

1828 1828, Febrero, 25.

Página 29

Nombramiento de apoderado para la defensa de las aguas.

in

o

En 25 de Febrero de mil ochocientos veynte y ocho estando todos los bezinos o la mayor parte reunidos en la Casa de Conzeyo a fin de nombrar un apoderado para la defensa de las aguas de la presa Bernesga a boz de la ** y Bezinos que se hallaron presentes se nombro para nuestro defensor y apoderado a el bezino Francisco Cubria obligandonos a pasar y dar por bien echas cuantas diligenzias este praytique en dicha defensa y abonarle todos los gastos y sus lejitimas ocupaziones y en fec de ello lo firmaron la ** y bezinos que supieron en dicho dia, mes y año. Agustin Centeno (rúb)

Pablo Fernandez (rúbrica)

Manuel Guerrero (rúb)

lC

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Rejidor Juan Fernandez (rúbrica)

de

Froylan Fernandez (rúbrica)

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o

Juan Santos (rúb.)

Julian Martinez (rúbrica)

Antonio Nistal (")

Pedro García "

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Pedro Martinez (rúb.)

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Dioninio Martinez (")

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Angel Martinez (")

Joaquin Paniagua " Antonio Martinez "

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ci

Tomas Gutierrez (")

Bartolome Diez "

a

Francisco Martinez (")

Ju

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1828, Diziembre, 28. Trobajo del Camino.

Página 267

En el dia vynte y ocho de diziembre de 1828 estando la mayor parte de bezinos juntos en la casa de conzejo se acordo que a Don Francisco Duarte vecino de Leon en el año benidero de 1829 no se le a de pedir nada por terzera parte del aguardiente que pueda corresponder al pueblo en dicho año de 29 y tampoco por susidio ni por ynpuesto de realistas y si pagara la lizenzia asi se acordo y firmo en dicho pueblo de Trobajo del Camino dicho dia mes y año. Juan Fernandez (rúbrica)

Tomas Rodriguez (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

Felys Fernandez (rúbrica)

Agustin Zenteno (rúbrica)

Lorenzo Fernandez (rúbrica) Francisco Cubria (rúbrica) 25

1829 1829, Enero, 24. Trobajo del Camino.

Página 30

Condiciones para el abasto de vino para 1829 Dizimos nosotros Don Nicolas Bustamante vecino de Leon, Justo Nicolas y Josef Lopez vecino de Quintana de Raneros y Francisco Cubría vecino de el de Trobajo del Camino que en virtud de formal remate que se yzo en publico conzejo de el abasto de bino para el año presente de mil ochocientos veynte y nuebe nos obligamos juntos y demancomun a surtir dicho abasto bajo las condiziones siguientes:

in

o

1ª que las medidas han de ser de a ocho azumbre la cantara.

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de

2ª que se ha de bender el cuartillo de bino un cuarto menos que lo de Toro y el Tierra dos cuartos menos que el bino de Toro y de Tierra de Billamañan todo de buena calidad,

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de

que la lizenzia y marabedi la han de pagar los abastezedores, y la cota que le corresponda por subsidio comerzial; que se a de sacar el bino en un cantaro pequeño bidriado para ebitar el fraude de la espuma, que si falta el bino de tierra a de dar el bino de Toro al prezio de el da tierra. Nota ) Que los prezios a que se han de arreglar han de ser la taberna de Aleyos y la Mariana y Calonye vecinos, de Leon, con estas condiciones se obligaron a pagar cinco mil ciento y cincuenta rreales en dinero que fue el ultimo remate a los terzios pertenezientes y cada terzio quinze dias antes que benza lo entregaran a la **, y ** tienen que pagar treze cantaras de bino y un mollete y un cuarteron de queso cada bezino, y lo firmamos en Trobayo del Camino y enero veynte cuatro de 1829

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Francisco Cubria (rúbrica)

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Justo Nicolas (rúbrica)

Página 31

Ju

1829, Marzo, 29. Trobajo del Camino Curaduria.

En el lugar de Trobajo del Camino a veynte y nuebe dias del mes de Marzo de 1829 estando reunidos la mayor parte de los bezinos en la Casa de Conzejo, y habiendo quedado huerfano de padre y madre Josef Zenteno hijo de Francisco Centeno y Ignes Rodriguez nombro la ** por su curador por ser menor de catorze años a su tio Thomas Rodriguez quien aceto la curadoria y se yzo cargo y entrega de la persona y bienes de dicho Josef. Segun que por yjuela y cuentas le hayan correspondido de sus padres y lo firmo en dicho lugar dicho dia, mes y año. Thomas Rodriguez (rúbrica)

26

1829, Mayo, 3. Trobayo del Camino.

Página 32

Suspension del impuesto de la caridad a la Iglesia por cada mujer parturienta

Tomas Gutierrez

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Francisco Cubria

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Felys Fernandez

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Agustin Zenteno

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Juan Fernandez

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Bartolome Diez

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Lorenzo Gonzalez

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Joaquin Paniagua

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Francisco Martinez (rúbrica)

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_____ Martinez

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Antonio Nistal (rúbrica)

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Froylan Fernandez (rúbrica)

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Manuel Guerrero (rúbrica)

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En el lugar de Trobajo del Camino a tres dias de el mes de Mayo de mil ochocientos y veynte y nuebe estando reunidos todos los bezinos o la mayor parte en la casa de Conzejo y siendo rejidores Froylan Fernandez y Manuel Guerrero se acordo de conbenio de todos que el estilo o costumbre antigua que hasta esta fecha se ha oserbado de que cada mujer que pariere llebaba y ha llebado por una bez cada parto que tubiese, debia de asistir con la caridad acostumbrada entre bezinos a la Iglesia. Que en lo sucesivo y desde hoy en adelante no se les pueda obligar ni se les obligue a contribuyr con semejante caridad por parezer cosa extraña y mal ympuesto semejante estilo; a si lo acordamos y firmamos los que supieron en este dicho lugar y mayo dicho dia y año citado.

Página 33

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1829, Mayo, 3. Trobayo del Camino

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Acuerdo para atender a el pago de voluntarios realistas

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En el lugar de Trobayo del Camino a tres dias del mes de Mayo de mil ocho cientos y veynte y nuebe estando reunidos la mayor parte de bezinos en la casa de Conzeyo se acordo que para atender a elpago de voluntarios realistas y otras urjenzias, que se permitiese en la taberna medidas de anuebe desde este dia hasta 1º de Julio y desde 1º de Septiembre hasta fin de diziembre de dicho año y que en satisfazion de ello se obligarion los abastecedores a dar y satisfazer al conzejo nuebe cientos reales en dinero y nuebe cantaras de bino en ynteligenzia que de esta cota se a de pagar el impuesto de voluntarios realistas y si alguna cosa quedare se aprobechara el concezyo de ello y el bino por mayor con arreglo a orden deben de cobrarlo a prezio de medidas de aocho y en fec de ello lo firmamos la ** y fiel de fechos y bezinos mas ynteligentes del pueblo en dicho lugar dicho dia, mes y año. Tomas Gutierrez (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

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Agustin Zenteno

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Tomas Rodriguez

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Pedro Garcia

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Lorenzo Fernandez

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Juan Guerrero

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Dionisio Martinez

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Juan Santos

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Por ausencia del fiel de fechos : Pablo Fernandez (rúbrica)

1829, Julio, 19. Trobayo del Camino

Página 34

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Acuerdo con los abastecedores de la taberna

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En 19 de Julio de 1829 se yzo trato con los abastecedores de la taberna que bendan el bino un cuarto menos que en Leon segun hasta aqui y el por mayor para los bezinos a doze reales aunque sea por cuartillos y lo firmamos en Trobayo del Camino dicho dia mes y año.

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Manuel Guerrero (rúbrica)

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Fiel de fechos Freilan Ramos (rúbrica)

Página 270

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1829, Julio, 19.

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En 19 de julio de 1829 entrego el rejidor Bizente Garzia a los rejidores Froylan Fernandez y Manuel Guerrero un certificado de las gastos causados en Balladoliz por Antonio Blanco de esta bezindad con el rezibo al respaldo de estar satisfecho a Don Casiano Fierro y lo firmamos en dicho lugar dicho dia, mes y año

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Manuel Guerrero (rúbrica)

Ju

1830

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Froylan Fernandez (rúbrica)

1830, Enero, 31. Trobayo del Camino.

Página 34

En el lugar de Trobayo del Camino a treynta y uno de enero de mil ochocientos treynta , estando la mayor parte de bezinos la ** y los abastecedores de la taberna en la casa de conzeyo a fin de azer **** y obligazion para el corriente año de mil ochocientos y treynta y acordo la ** y bezinos que la benta de bino por todo el año queda a la boluntad de los abastezedores el darle el prezio que ellos quieran bayo de las condiziones : 1ª que las medidas an de ser de aocho segun las han tenido en los años anteriores. 2ª que el bino haya de haber de dos bendiendose a un tiempo, de tierra de Toro y de tierra de Billamañan y de buena calidad; y han de pagar por todo el año seis mil reales y ademas treze cantaras de bino, un mollete y un cuarteron de queso cada

28

bezino , y dos cargas de centeno y para el impuesto de Realistas mil cuatrocientos y un reales y no pidiran a los bezinos nada por cerdos ni jatos ni otra cosa, y si cobraran del aguardiente que yntroduzca con arreglo a orden y que ningun bezino admita en su casa a persona alguna que trasporte bino sin abisar a la ** o abastezedores bayo la multa de un ducado por primera bez y en segunda lo que el conzejo tenga a bien ynponer aplicada esta multa la mitad para el conzejo y la otra mitad para los abastezedores si lo otorgaron y firmaron en dicho lugar dicho dia , mes y año- el marabedi le pagaran los abastezedores

"

Justo Nicolas

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Felys Fernandez

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Francisco Cubria (rúbrica)

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el fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

Página 31

de

1830, Agosto, 8. Trobajo del Camino

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Acuerdo sobre el trabajo de la tierra

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En el lugar de Trobajo del Camino estando la mayor parte de vecinos juntos en la Casa de Conzejo donde de tratan las cosas del vienestar acordaron que dingun (sic) vezino ni forastero trabaje las tierras de que se quite el fruto a no pasar por lo menos el 20 de agosto bajo la multa de dos ducados y si profian sera lo que tengan por conbeniente y para que coste donde conbenga lo firmaron los que supieron junto con la justizia. en Trobajo y Agosto 8 de 1830. Firmo todo lo dicho dandome el agua quando sea necesaria.

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1830, Septiembre, 12. Trobajo de arriba.

Página 261

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En el lugar de Trobajo de arriba a doce dias del mes de Septiembre de mil ochocientos treinta estando juntos en publico concejo los señores rexidores Felix Fernandez Mayor, y Juan Garcia, con la mayor parte de vecinos se trato de ajustar a el maestro de primeras letras Domingo Garcia, para la enseñanza de los niños con las condiciones siguientes: La escuela se empezara desde el dia de los Santos de este dicho año hasta del Domingo de Ramos del siguiente; se le daran doce fanegas de centeno, y cada niño de leer un real, y los de escribir y contar dos reales cada uno, y el dicho maestro queda con la obligacion de cumplir con sus respectivas obligaciones, asi se trato en este dicho lugar dia, mes y año nominados y lo firmaron dichos señores rexidores con el maestro y vecinos que supieron de que yo el fiel de fechos certifico. Señores rexidores Felys Fernandez (rúbrica)

Domingo Garcia (rúbrica)

Juan Garcia (rúbrica)

29

Agustin Centeno (rúbrica) Tomas Gutierrez (rúbrica)

1830, Setiembre, 25. Trobajo del Camino.

Página 222

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En el lugar de Trobajo del Camino a veinte y cinco dias del mes de Setiembre de mil ochozientos treinta se determino por Don Felix Fernandez regidor primero de dicho pueblo, se reunieron en la casa de concejo todos los individuos de que se compone este Ayuntamiento a fin de determinar el dia del remate del arbitrio o impuesto para equipo de voluntarios realistas ; y se acordo que por el fiel de fechos de dicho pueblo se fixasen Edictos en los parages publicos llamando licitadores que quisiesen concurrir a dicho remate para el dia 29 de dicho mes, y hora de las diez de su mañana, previniendo en ellos acudan a la casa de concejo y sitio de su ayuntamiento en el dia y hora citada. Asi se acordo y firmo en dicho lugar, dia, mes y año.

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Felys Fernandez (rúbrica)

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Juan Garcia (rúbrica)

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

Página 222

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1830, Setiembre, 27. Trobajo del Camino.

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Fixacion de Edictos.

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Certifico yo el fiel de fechos que en el dia 27 de Setiembre de 1830 fixe edictos en los parages publicos y sitios acostumbrados de este lugar de Trobajo del Camino llamando a publico remate del arbitrio o impuesto para el equipo de voluntarios realistas correspondiente al año que viene de 1831, que acuda a la casa de concejo el dia 29 del presente mes y hora de las 10 de su mañana. Y para que conste lo firmo en Trobajo del Camino a 27 de Setiembre de dicho año. Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

1830, Setiembre, 29. Trobajo del Camino.

Página 222

En el lugar de Trobajo del Camino a 29 dias del mes de Setiembre de 1830, y hora de las 10 de su mañana se presento el Señor Felix Fernandez como regidor 1º de este lugar, el fiel de fechos y demas individuos de que se compone este Ayuntamiento en la casa de concejo a fin de celebrar el primer remate del impuesto para voluntarios realistas perteneciente al año que viene de 1831, y publicado que fue por mi el fiel de fechos en alta e inteligible voz : “ quien quisiere hacer postura al arbitrio de voluntarios

30

realistas que puede suceder en este lugar de Trobajo del Camino en todo el año que viene, se admitira, siendo arreglada”. Y enseguida se presento Pablo Fernandez del referido pueblo y le puso en 200 reales. Y aunque fue publicado una, dos y tres veces quien mejorase la postura de doscientos reales al impuesto de voluntarios realistas perteneciente al año que viene de mil ochocientos treinta y uno de este pueblo de Trobajo del Camino no no hubo quien, y quedo rematado por hoy en el dicho Pablo Fernandez. Y para que conste lo firmamos en el citado pueblo y Septiembre 29 de 1830 mandando fijar nuevos edictos ** segundo remate Felys Fernandez (rúbrica) Juan Garcia (rúbrica)

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Lorenzo Fernandez (rúbrica)

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1830, Octubre, 22.

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Fixacion de nuevos edictos

Página 223

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Certifico que yo el fiel de fechos que yo dia 22 de Octubre de 1830 fixe nuevos edictos en los mismo parages y sitios publicos llamando licitadores para la mejora y segundo remate del arbitrio de voluntarios realistas para el dia 31 de dicho mes y hora de las 10 de su mañana a la casa de concejo y sitio acostumbrado.

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

Página 223

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[1830], Octubre, 31. Trobajo del Camino.

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En el lugar de Trobajo del Camino a 31 de Octubre y hora de las 10 de su mañana se presento en la casa de Concejo y sitio aconstumbrado el Señor Felix Fernandez regidor primero, fiel de fechos, y demas individuos de que se compone este ayuntamiento a fin de celebrar el segundo remate del impuesto de voluntarios realistas de este lugar de Trobajo del Camino perteneciente al año que viene de 1831, y publicado que fue por mi el fiel de fechos, se presento Francisco Cubria, vecino de dicho pueblo, y le hizo la mejora de medio diezmo, y diezmo, que uno y otro compone doscientos treinta reales………………………………………………………….…..230 Froilan Ramos, vecino del mismo, lo mejora en cien (reales) ………………………100 Froilan Fernandez de idem en cincuenta reales mas ……………………………….…50 Francisco Cubria en cien reales mas ……………………………………….………..100 Froilan Ramos en cuarenta reales mas ……………………………………………….40 31

Francisco Cubria en cincuenta reales mas ……………………………………………50 Froilan Ramos en veinte reales mas …………………………………………………..20 Francisco Cubria en 10 reales mas ……………………………………………………10 Froilan Ramos en un real mas ………………………………………………………….1 Francisco Cubria en un real mas …………………………………………..…………...1

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Y aunque fue publicado una, dos, tres y mas veces en alta voz, no hubo quien diese mas, ni hiciese mejora alguna y quedó rematado en este dia en el mayor postor, que lo fue Francisco Cubria, y lo firmamos; mandamos fixar nuevos edictos para el tercer remate en los mismos parajes y sitios anteriores.

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Felys Fernandez (rúbrica)

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Juan Garcia (rúbrica)

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

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Fixacion de edictos para el remate tercero.

Página 224

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1830, Noviembre, 26.

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Certifico yo el fiel de fechos que yo 26 de noviembre de 1830 fixe edictos en los mismos sitios y parajes llamando para el dia 30 de dicho mes y hora de las 10 de su mañana a la casa de concejo y sitio acostumbrado a los licitadores para el 3º y ultimo remate del impuesto para voluntarios realistas perteneciente al año de 1831

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica) Página 224

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1830, Noviembre, 30. Trobajo del Camino.

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En el lugar de Trobajo del Camino a 30 de noviembre de 1830 y hora de las 10 de su mañana se presentó en la casa de concejo y sitio de su Ayuntamiento el Señor Felix Fernandez regidor primero, el fiel de fechos y demas individuos de que se compone a fin de celebrar el tercer remate del impuesto para voluntarios realistas de dicho pueblo perteneciente al año que viene de 1831, y publicado que fue dicho remate por mi en alta voz y repetida una, dos, y mas veces : “ Si hubiese quien mejore la postura de 602 reales en que se halla puesta el arbitrio para voluntarios realistas de este pueblo para el año que viene de 1831” no hubo quien diese mas ni mejorare la postura. En consecuencia se da por bien rematado y se le hace bueno dicho remate en los 602 reales a Francisco Cubria vecino de dicho pueblo como mayor y mejor postor . Y para que conste lo firmamos junto con el rematante en Trobajo del Camino a 30 de noviembre de 1830. Felys Fernandez (rúbrica)

Francisco Cubria (rúbrica)

Juan Garcia (rúbrica)

Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica) 32

1831 1831, Enero, 20 . Trobayo del Camino

Página 35

En el dia 20 de enero de 1831 se ajustaron las cuentas de los rejidores del año de 1830 y se gastaron dos cantaras de bino que son las ultimas que se debian del remate del año 1831 (sic) y para memoria y acuerdo se pone este escrito en el lugar de Trobayo dicho dia, mes y año. Fiel de fechos: Francisco Cubria (rúbrica) 1831, Enero, 29. Trobayo del Camino

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Francisco Cubria vecino de este lugar de Trobayo del Camino segun consta en papel de remate y condiciones se obligo a pagar a la **, Conzeyo y bezinos de este dicho lugar por el remate de abasto de bino por todo el año presente de 1831 la cantidad de seis mil reales, diez y seis cantaras de bino dos, cargas de centeno, dos libros *** de pan cada vecino, y un cuarteron de queso y un emina errada para el serbizio conzejil, y las demas condiziones que constan en el cuaderno y para la satisfazion de todo dio por fiador a Pablo Fernandez vecino del mismo en el que fue admitido por la ** , y bezinos, y para que conste lo firmaron el arrendatario y fiador en Trobayo del Camino y enero veynte y nuebe de 1831.

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Francisco Cubria (rúbrica)

Página 37

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1831, Marzo, 27.

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Entrega de dos cargas de centeno al maestro de niños.

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En 27 de marzo de 1831 de mandato de la **, conzeyo y vezinos entrego Francisco Cubria a el maestro de niños las dos cargas de centeno que constan del remate y lo firmo la ** Bartolome Diez (rúbrica) 1831, Agosto, 28. Trobayo del Camino.

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Obligaciones de Carlos Aguado médico En el lugar de Trobayo del Camino a veynte y ocho de agosto de mil ochocientos y treynta y uno reunidos en la casa de conzejo la ** y bezinos de el se presento Don Carlos Aguado facultitibo examinando de cirujia solizitando la abenenzia y asistenzia de su facultad a todos los bezinos de el y sus familiares y domesticos a excepzion de los daños por mano ayrada y males benericos el que se combino bayo de las condiziones siguientes: primera queda obligado dicho Don Carlos a benir al pueblo una bez cada dia todo el año siempre que hayga algun enfermo sea quien fuere pequeños o grande y si sucediere no aber ninguno no queda obligazion de benir hasta que sea abisado, y este abiso sera por primera bez y despues asistira hasta que el 33

enfermo muere o se pone sin calentura y al fin queda obligado a feytar a todo bezino cada ocho dias si fuesen a su casa y a todas las cosas de su facultad a exceyzion las dichas arriba, y si abisandole para benir a bisitar un enfermo no biniese por no querer, la ** abisara a otro y se pagara su cuenta pero si sucediese no poder sera de un cargo mandar otro facultativo; y en pago y satisfazion de su asistencia a de pagar la ** Conzeyo y bezinos cobrado seco y limpio cuatro cargas y media de centeno, en el Agosto de mil ochocientos treynte y dos asi lo otorgamos y firmamos la ** y dicho Don Carlos y bezinos que supieron en dicho lugar dicho dia mes y año Bartolome Diez (rúbrica) Carlos Aguado (rúbrica)

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(rúbrica) fiel de fechos

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Francisco Cubria

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Juan Santos (rúbrica)

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1831, Diziembre, 28. Trobayo del Camino.

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Digo yo Don Nicolas Bostamante vecino de Leon que como mayor pastor de el abasto de bino que se hayga de consumir en este lugar de Trobayo del Camino en todo el año que biene de mil ochocientos y treyne y dos y me obligo a cumplir dicho abasto bayo las condiziones siguietes. 1ª que he de bender el bino de buena calidad de tierra de Billamañan y de tierra de Toro y bender de uno y otro todo aun tiempo un cuarto menos el cuartillo de uno y otro que los prezios que bendan tres tabernas de Leon que sera la de Don Luis Gabilan Aleyo Carro y la Mariana. Las medidas han de ser de aocho azumbre la cantara, que la cantidad en que queda rematada la a de pagar por terzios segun se pide en contaduria, quinze dias antes que benza el tercio, en plata u oro, que e de pagar seis mil reales? que fue la cantidad en que quedo rematado con unas siete cantaras de bino, y dos libras de pan cada bezino y un cuarteron de queso tanbien cada bezino, el susidio que le corresponda, la lizenzia, el marabedi y cualquier otra cosa _______ y recayga sobre dicho abasto, y no podra el abastezedor ynpedir que todo bezino y abitante en este pueblo introduzca y trayga bino para su consumo pero no lo podran bender por mayor sin abisar a la ** o abastecedor y por menor de ninguna manera, y ademas he de pagar tres cargas de centeno al maestro de niños y para el cumplimiento de uno y otro dio por fiadores a Francisco Cubria, Juan Garzia, Felis Fernandez todos los vecinos de este lugar de Trobayo del Camino y en fec de ello lo firmaron en dicho lugar y diziembre veynte y ocho de 1831. Felis Fernandez (rúbrica) Nicolas Bustamante (rúbrica) Juan Garzia (rúbrica) Francisco Cubria, (rúbrica) 34

1831, Diciembre, 28.

Página 39

En este mismo quedo rematado el ynpuesto de voluntarios realistas en quinientos reales en dinero y cuatro cantaras de bino y lo firmo en dicho dia. Nicolas Bustamante

(rúbrica)

1831, Diziembre, 28. Trobajo

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En doze de diziembre de 1831 se saco a publico Conzejo un cacho de terreno como de una carga que se señalo a un lado de la cotada que linda con otro de Francisco Cubria y pubicado que fue le puso Tomas Rodriguez vecino de este lugar en ciento y cuarenta reales en dinero y cantara y media de bino y se dio el segundo plegon el diez y seis del mismo y no hubo quien dar mas y quedo en el mismo Tomas y en el dia dez y ocho se le dio el terzero y ultimo y quedo en Francisco Cubria en ciento y cuarenta y un reales y dos cantaras y media de bino; mas abajo se le bendio otro primero al mismo Francisco como diez eminas en doscientos y cuatro reales en dinero y cuatro cantaras de bino los que tiene satisfecho a los rejidores en Trobajo y diziembre veynte y ocho de 1831

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Bartolome Diez (rúbrica)

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Angel Martinez (rúbrica)

Página 268

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1832, Marzo, 29.

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1832

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En el dia 29 de Marzo de 1832 se yzo conbenio con Don Nicolas Bustamante vecino de Leon como abastezedor que es de la taberna de est pueblo para reyntregrase de el dinero del remate del ynpuesto de voluntarios realistas y quedamos conbenidos en que pusiera las medidas de a nuebe desde el 1º de Abril hasta fin de año y cuatrocientos y cincuenta reales que nos dio no los pedira nunca y pagara los terzios segun esta tratado y lo firmo en dicho dia, mes y año. Nicolas Bustamante (rúbrica) 1932

Página 268

Antonio Fernandez vecino de Rabanal de Sena se ajusto a guardar el campo de tierras y prados desde el quinze de octubre de 1832 hsta el quin[ze] de agosto de 1834 y si huibiese fruto en las tierras guardara hjsta que se acaban de recoger pagandole catorze fanegas y media de pan centeno, las penas las acostumbradas y si pide ocho dias por San Pedro para yr a su tierra se le concederan

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1832, Mayo, 31.

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Concejo del 31 de mayo de 1832. Acuerdo sobre la guarda de la vecera.

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En el celebrado en este dia, considerando los perjuicios que se siguen al publico de no salir al tiempo debido los pastores a encargarse de la guarda de las respectivas veceras de ganados que por su turno les tocan, cuya falta procede de no avisar con la debida anticipacion al que debe guardarla, se acordo: Que desde el dia de oy, sea en adelante obligacion del que la guarde avisar desde la vispera antes de la noche al que la debe y toca guardar el dia siguiente bajo la pena de volverla a guardar el omiso y cargar con toda la responsabilidad consiguiente a este cargo. Asi se acordo y firmo por los señores de justicia y cuatro vecinos a nombre del Concejo, de que yo el fiel de fechos certifico en dicho dia.

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Miguel Garcia (rúbrica)

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Agustin Centeno (rúbrica)

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Froilan Ramos (rúbrica)

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Froylan Fernandez (rúbrica)

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Juan Guerrero (rúbrica)

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Dionisio Martinez (rúbrica)

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica) Página 7

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1832, junio, 17.

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Acuerdo Becera pequeña

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En diez y siete de Junio de mil ochocientos treynta y dos se acordo a pluralidad de botos en publico Concexo : que la bezera pequeña se ha de guardar desde el dia de San Miguel hasta el dia de San Juan, cada uno por todo el ganado que tenga a escepzion de una parexa cada bezino. Pera (sic) si esta parexa el bezino la echa solo un dia a la bezera guardara todo el tiempo por ella sin que pueda librar ningun res. Asi se acordo y firmo en dicho dia, mes y año. Miguel Garcia (rúbrica)

Froylan Ramos (rúbrica)

Tomas Gutierrez (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

Bernardo Fernandez (rúbrica)

Juan Guerrero (rúbrica)

Pedro Garcia (rúbrica)

Dionisio Martinez (rúbrica)

Pedro Centeno (rúbrica)

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Por el Fiel de Fechos Francisco Cubria (rúbrica) - Nota al margen este pastor a de tener de catorze años para arriba

1832, Agosto, Trobayo del Camino.

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En el lugar de Trobayo del Camino a doze dias del mes de agosto de 1832 se presento don Carlos Aguado, vecino de Leon, facultatibo de Cirujia y quedo ajustado para la asistenzia de todos los vecinos y abitantes y residentes en dicho pueblo por eypazio de un año contado desde esta fecha bayo las condiziones de la escritura anterior pagandole por su trabayo y asistencia seis cargas menos fanega de pan centeno cobrado y junto y para que conste lo firmamos dicho Don Carlos en dicho lugar dia mes y año.

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Miguel Garica (

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Carlos Aguado (rúbrica)

Froylan Ramos (rúbrica)

Felys Fernandez (rúbrica)

Juan Santos (rúbrica)

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Reyidor Tomas Gutierrez (rúbrica)

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

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1832, Setiembre, 9. Trobayo del Camino.

Página 40

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Digo yo Manuel Gutierez residente en este lugar de Trobayo del Camino que por este me obligo a dar escuela o enseñanza de primeras letras, que su prinzipio sera el dia de Todos Santos y se concluira el domingo de Ramos del año de la fecha. Y por su trabajo le paga el conzeyo y becinos cuatro cartas de Zenteno y es condicion que el maestro a de ayudar a el oficio de animar y preguntar la dotrina a la ora del rosario a todos los que llegen y s condicion que se enseñara a todos los mozos y becnios de noche y con estas condiciones se obligaron todos y para que cos lo firmo el maestro junto con la justicia en Trobayo del Camino setiembre 9 de 1832. Reyidor Migel Garcia (rúbrica) Manuel Gutierrez (rúbrica) Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

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1832, Diciembre, 5. Trovajo.

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Digo yo Juan Ujidor y mi mujer Maria Gonzalez becinos de Trovajo del Camino que por este nos obligamos a pagar al conzejo y becinos de dicho pueblo la cantidad de ocho mil ciento cuarente y quatro reales en birtud de formal remate por el abasto de bino que se ha de bender en la taverna de este lugar de Trovajo del Camino, en todo el año que biene de mil ochocientos y treinta y tres, y me obligo a cumplir dicho abasto bajo las condiciones siguientes; 1ª que el abastecedor a de bender el bino de buena calidad de Tierra de Toro, y de Tierra de Billamañan y a de bender de uno y otro a un tiempo, para que todo pasajero, beva de lo que mejor le hacomode; 2ª , que ha de veneder por medidas de a ocho azumbres la cantara; 3ª que ha de vender un cuarto menos en cuartillo de una y otra clase que los prezios de la taberna de Don Luis Gabilanes, Alejo Carro y la Mariana vecino de Leon; 4ª que la cantidad en que quedo rematada la ha de pagar por quatro terzios en platau oro quince dias hantes que cumpla el tercio; 5ª que pagara el havastecedor el susidio que le quepa, la licencia y el marabidi y qual quiera otro casa que sea de su cargo; 6ª que no himpidera el havastecedor a ningun becino y havitante yntroducir binno para su consumo, pero no le podra bender este haun por mayor sin abisar a la justicia hu al tavernero, a fin de de que el havastecedor covre sus derechos, y al por menor nadie lo podra bender sin licencia del abastecedor so pena de ser castigado con arreglo a las leyes y ordenes bijentes sobre la materia; y ademas de esta cantidad a de pagar una carga de centeno para la escuela , y tres cataras de bino, de buena calidad, y para el cumplimiento de uno y otro dio por fiadores a Pablo Fernandez y Agustin Centeno becinos de esta becindad y para que coste lo firmaron junto con la justicia y el fiel de fechos en Trovajo y diciembre, cinco de mil ochocientos treinta y dos;

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Rejidor 1º Miguel Garcia (rúbrica)

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Rejidor 2º Froilan Ramos (rúbrica)

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Juan Ujidor (rúbrica)

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Pablo Fernandez (rúbrica) Agustin Centeno (rúbrica) Como fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica) Nota. En 18 de Agosto de 1833 se le yzo grazia de quinientos reales.

38

1832,

Página 42

Impuesto de Realistas año 1832.

de

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Por la presente escritura yo Don Juan Azcarate vecino de la ciudad de Leon me obligo a pagar a la Justicia de Trobajo del Camino ó a quien debidamente la represente, la cantidad de nuevecientos y un real que es la suma a que llegó la subasta del Impuesto para Voluntarios Realistas, que se remató en Froilan Ramos encargado por mi ara pujarba, el cual, a mayor abundamiento me cede y traspasa el derecho que pudiera tener a disponer de ella, y cuya cantidad corresponde al año proximo venidero de mil ochocientos treinta y tres, bajo las condiciones siguientes = 1º Que esta paga la tengo que hacer en moneda de plata ú oro = 2ª Que tengo de entregar a dicha Justicia lo que corresponda a cada tercio quince dias antes que se venza el plazo = 3ª que tengo de nombrar fiador a satisfacción de ella con quien se haya de entender sin necesidad de hacerlo conmigo directamente = 4ª Que este fiador ha de tener la obligacion a avisarme siendolo el por la Justicia para pagar los tercios ó para cualquier otro fin que se ofrezca, constituyendome responsable de las faltas ó perjuicios que por culpa de este ó la mia se originen.

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o

1833

Página 42

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1833, Febrero, 3.

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En tres de Febrero de 1833 se agustaron las cuentas a los señores reyidores Miguel Garcia y Froylan RAmos de cargo y data y resulta a fabor de los señores reyidores setecientos beinte y ocho reales salbo eror, los que se les pagara lo mas pronto que se pueda.

Ju

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Desde el tres de febrero hasta el 1º de Abril resulto de gastos los figurados doscientos sesenta y dos reales y veynte y seis maravedis que con los setecientos veynte y ocho reales que alcanzaban son nuebe cientos y nobenta reales y veynte y seis maravedis y se les yzo de cargo mil y tres reales por lo que deben los rejidores al conzeyo honze reales y ocho maravedis salbo error. 728

262 26 990 26

1833, Febrero, 10.

Página 43

Acuerdo En diez de Febrero de 1833 de acuerdo el Conzejo que dingun becino ni forastero corte leñas por dingun pertesto bajo la multa de hun duaco siendo con cano y 39

siendo con fige cinco reales y para que coste lo firmaron los que supieron en dicho dia mes y año arriba dicho hasta que el Conzejo disponga otra cosa. Miguel García Manuel Guerrero (rúbrica) Froilan Ramos (rúbrica) Juan Guerrero

"

Froylan Fernandez

Francisco Cubria,

"

"

Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

1833. Febrero. 10 - 17 – 24

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Página 43

in

Ariendo de las tierras de Josef Centeno

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En diez de Febrero de 1833 se dio un pregon a las tierras de Josef Centeno y las puso Lorenzo Gonzalez en ocho eminas de centeno y quedo por oi en el.

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17. Segundo pregon, las puso Pedro Garcia en ocho eminas y selemin de centeno y quedaron en el por oi

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24. Tercer pregon, las puso Santiago Garcia en nuebe eminas y zelemin de Zenteno y primera paga en nuestra señora de Setiembre de 1834 y segunda paga en Nuestra señora de Setiembre de 1836.

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Santiago Garcia (rúbrica)

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

Página 44

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1833, Abril, 1. Trobayo del Camino.

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Acuerdo sobre los jarros que van a concejo.

Ju

En 1 de Abril de 1833 estando en la casa de conzeyo y sitio acostumbrado se acordo que en cualquiera ocasion que se beba bino en conzeyo sea de benzindad o de otro aprobechamiento, no se dara a ninguno para llebarlo en jarro para su casa a ningun bezino ni biuda, y si fuese un dia de azendera si el bezino no pudiera asistir ynbiara al conzeyo o sitio donde se beba la persona que hayga ydo a trabayar, Pero si cualquiera bezino o bezina no pudiese asistir al trabayo, no por eso deyara de yr al aprobechamiento y tambien se acordo que se de la parte o porcion que le pueda corresponder al pastor de bezera a un enfermo a un preio y biudas llebando el yarro al conzeyo y el que este de bagaye = asi se acordo y firmo en Trobayo del Camino y Abril 1º de 1833.

40

Rejidor : Manuel Trobajo (rúbrica)

Rejidor : Francisco Cubria (rúbrica)

Pablo Fernandez (rúbrica)

Fiel de fechos: Francisco Martinez (rúbrica)

Juan Fernandez (rúbrica)

Froilan Ramos (rúbrica)

Manuel Guerrero (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

Miguel Garcia (rúbrica)

Tomas Rodriguez (rúbrica)

Agustin Centeno (rúbrica)

Página 45

o

1833, Agosto, 18.

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En el dia 18 de Agosto de 1833 se acordo que ningun vezino ni forastero are sus tierras propias ni arrendadas antes del dia diez y coho de Agosto de cada año por conbenir asi el bien comun.

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de

El rejidor Francisco Cubria (rúbrica)

Página 45

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1833, Agosto, 25.

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En el día 25 de Agosto de 1833 se ajusto Manuel Gutierrez vecino del mismo a dar escuela dando prinzipio en 1º de nobiembre y siguira hasta el sabado de Ramos se le deyan por bacantes desde el día de Nabidad hasta el dia de los Reyes y dara escuela los dias de media fiesta y se obligo a cumplir bayo las condiziones de la escritura del año pasado y pagandole ygual cantidad, que son cuatro cargas de pan centeno de dar y tomar y lo firmamos y firmo en dicho lugar dicho dia.

a

Fiel de fechos: Francisco Martinez (rúbrica)

Ju

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

1833, Noviembre, 1. Trobajo

Página 264

Antonio Cañon vecino de Cubillas del Conzejo se obligo a pagar cuatrocientos y veynte y cinco reales y ocho cantaras de bino por dejarle pastear doscientas obejas en el termino de este lugar por los parajes acostumbrados y no se consiente que las trayga en las heras que se hallen acotadas en el mes de diziembre y enero se le permite traerlas por junto al cercado pero en entrando febrero no la traera por halli y las tendra hasta el veynte de Abril y si por mal tiempo no pudiese salir se le consistira hasta el veynte y cinco por la misma cantidad y lo firmo en Trobajo y Nobiembre primero de 1833 Antonio Cañon (rúbrica)

41

¿ En este año de 1833 se consitio a Ysidoro Blanco un res al coto por la mucha necesidad que tenia para el trabajo y que a otro no se consistira de esta suerte pagando cantara y media de bino. 1833, Diciembre, 14. Trobajo del Camino

Página 46 y 47

Ju

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de

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Digo yo Juan Ujidor y su mujer Maria Gonzalez vecino de este lugar de Trobajo del Camino que nos obligamos a pagar a la ****, Conzeyo y bezinos de dicho pueblo la cantidad de cinco mil nuebe cientos nobenta y cuatro reales y siete maravedis y cuatro cargas de pan centeno, media arroba de azeyte cuatro cantaras y media de bino y una libra de pan cada bezino en birtud de formal remate por todo el bino que por menor que se pueda bender en la taberna de este lugar de Trobayo del Camino en todo el año que biene de mil ochocientos y treynta y cuatro y me obligo a cumplir abasto bayo las condiziones siguientes = 1ª que el abastecedor a de bender el bino de buena calidad de tierra de Toro y de tierra de Billamañan y a de bender de uno y otro todo a un tiempo para que todo pasajero beba de lo que mejor le acomode. 2ª que ha de bender por medidas de a ocho azumbres la cantara. 3ª que ha de bender un cuarto menos que el cuartillo que lo que se benda en las tres tabernas señaladas en Leon que sera la de La Mariana. Don Luis Gabilan y Aleyo Carro y se entiende que el del Toro debe ser dos cuartos menos que el de tierra. 4ª que la cantidad en que quedo remata la a de pagar en cuatro terzios en plata u oro, quinze dias antes de que benza el terzio. 5ª que pagara el abastecedor el susidio que le quepa la lizenzia y el marabedi y otro cualquiera cosa que sea de su cargo = 6ª que no ynpidiera el abastecedor a ningun bezino ni abitante yntroduzir bino para su consumo pero no lo podra bender por mayor sin abisar a la ** o al abastezedor para los fines que conbenga y para que cobre sus derechos y al por menor nadie lo podra bender pena de ser castigado con arrteglo a la leyes bijentes sobre la materia = Y para el cumplimiento y seguridad de la ** y bezinos dio por fiadores a Pablo Fernandez, Froylan Fernandez, Lorenzo Fernandez, Felys Fernandez menor y Juan Santos todos vecinos de este lugar de Trobayo, quienes se obligaron con sus personas y bienes a la satisfazion de dichas cantidades. En Trobayo del Camino y diziembre catorze de mil ochocientos treynta y tres. Pablo Fernandez (rúbrica) Froylan Fernandez (rúbrica) Felys Fernandez (rúbrica) Francisco Juan Santos (rúbrica)

Por ante mi el fiel de fechos Fiel de fechos:

Martinez (rúbrica)

Juan Ujidor (rúbrica)

42

1833

Página 270

En este año de 1833 se consitio a Ysidoro Blanco un res al coto por la mucha necesidad que tenia para el trabajo y que a otro no se consistira de esta suerte pagando cantara y media de bino.

1834 1834, Octubre, 12. Trobajo del Camino.

Página 48

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

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de

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En el lugar de Trobajo del Camino a doce de octubre de mil ochozientos treinte y cuatro, junto al Concejo pleno en la Casa y sitio acostumbrado se procedio a la eleccion de maestro de primera educacion para el curso del presente año que ha de durar desde el primero de noviembre de él hasta el Domingo de Ramos del venidero de ochozientos treinta y cinco bajo las condiciones siguientes = 1ª que ha de dar escuela todos los dias de este curso excepto los que median desde el dia de Navidad hasta el dia de Reyes inclusive y los domingos y dias de fiesta entera = 2ª que las horas de escuela comenzaran desde las 9 hasta las 12 de la mañana; y de 2 hasta ponerse el sol por la tarde = 3ª que debera preguntar la doctrina y rezar el rosario en auiencias, enfermedad u ocupacion del señor cura = 4ª que ha de usar del metodo de Vallejo con arreglo a Reales ordenes vigentes y que se expidan. Y el concejo se obliga a pagarle cuatro cargas de centeno corriente de dar y tomar y cobrado, la cual escuela se remato en dicho dia en Manuel Gutierrez Diez como mejor postor el cual se obligo a cumplir las condiciones arriba expresadas y en fe de ello lo firmo y a nombre del Concejo el fiel de fechos de él, dia, mes, y año arriba dichos.

Ju

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

1834, Octubre, 19. Trobajo del Camino.

Página 48 y 49

En el lugar de Trobajo del Camino a diez y nueve de octubre de mil ochocientos treinta y cuatro, juntos en la casa de Concejo los regidores y vecinos de que se compone para tratar de pro comunal acordaron ajustar cirujano que les asista, tanto a ellos, como a sus familiares y dependientes en las enfermedades y dolencias que padecieren , y por el tiempo en que se convengan, y a este fin se to maron los votos de los que se hallaron presentes, a cuyo fin se habia dado dado mandado el dia anterior por el señor regidor para que todos asistiesen al Concejo; y habiendo resultado de la votacion ser el mayor numero de parecer que se hiciese la tal contrata. En su consecuencia los vecinos Bernardo Centeno, Agustin Centeno y Tomas Rodriguez autorizados por el regidor Don Bernardo Fernandez, pasaron a tratar con Don Carlos Aguado, vecino de Leon , y

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cirujano aprobado, y convinieron en lo siguiente : 1º el referido Don Carlos se obliga a prestar su asistencia y por el termino de un año, contado desde el dia de oy, a todo vecino o persona de su casa, enfermo, (a excepcion de los daños por mano airada , y lue venerea) desde que sea aviasdo hasta que se halle fuera de peligro = 2º que siendo avisado, tenga la obligacion de aistir en la forma referida = que si no quisiese venir a visitar la justicia del pueblo pueda llamar a otro facultativo que lo haga, y pagarle a cuenta de él: = que si no pudiese venir sera de su cargo proveer de quien asista: = Y que tenga tambien obligacion a rasurar cada 15 ? dias a todo vecino que al efecto se presente en su tienda o barberia. Y que por esta asistencia y trabajo el Concejo se obliga a pagarle siete cargas de centeno sano y limpio, de dar y tomar, junto , cobrado, y conducido a su casa, quedando de cuenta de dicho Don Carlos el cargo de pagar los derechos de entrada. Y en fe de ello dichas partes contratantes lo firmaron dicho dia. Página 50 y 51

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1834, Diciembre, 26. Trobajo del Camino

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En el lugar de Trovajo del Camino a 26 de diciembre de mil ochocientos treinta y quatro le presento Don Carlos Olea becino de la ciudad de Leon como rematante de la taberna de dicho pueblo para el año que biene de mil ochocientos treinta y cinco, con el fin de hacer esta obligacion bajo las condiciones del remate que firmo, que son las siguientes:

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1ª, que dicho harrendatario ha de bender el bino de vuena calidad, de tierra de Villamañan, y de tierra de Toro de havas clases, aun tiempo, un quarto menos en quartillo que los precios que haiga en tres tavernas que se señalan en Leon que lo son la de Don Luis Gavilan, Alejo Carro y Lamariana, en intelijencia que si por casualidad estuviese el bino de Toro, al mismo precio que el de tierra, ha de ser el de Tierra dos quartos menos que el de Toro.

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2ª,... las medidas han de ser de ocho azumbres la cantara

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3ª,... que la cantidad, en que se rremato dicho abasto a de pagar el arrendatario tres mil reales el primer dia que comience a vender, y el restante para fin de Junio, todo para dicho año, en plata u oro. 4ª,... sera de cargo del avastecedor pagar el maravedi que le corresponda susidio licencia y demas cargos que tenga ; de suerte que la cantidad en que quedo rrematado dicho abasto se a de entregar a la Justicia sin cargo ni rrevaja alguna. 5ª..., que dara fianza suficiente becino, y arraygado en el pueblo, lega llana y abonada, a boluntad del ayuntamiento, la que berefico 6ª..., que todo becino o forastero que bende vino por mayor pagara dos reales cada cantara al abastecedor. Y esto introdudtores deberan bajo las penas que marcan las leyes, havisar a la justicia y abastecedor para el convesimiento de lo que se introduce y covranza del derecho, y este se pagara en el momento que se benefique la benta pero el bino introducido por los becinos para el consumo de su casa sera livre de todo derecho. 44

7ª..., han de pagar los abastecedores quatro cargas de centeno para la esquela de buena calidad, onze cantaras de vino y un mollete cada becino; y todo ello monta en dinero seis mil catorce reales, quatro cargas de pan, once cantaras de bino y mollete cada becino.

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En caso que por alguna orden real no pueda el concejo cumplir el trato que esta echo pagaran los abastecedores aprorata lo que les corresponda y el concejo les debolvere lo restante de la cantidad que haygan entregado; Y, para el cumplimiento de todo esto que queda estampado dio por fiadores mancomunadamente a Don Diego Florez becino de Villa obispo y Francisco Cubria becino de dicho pueblo y para que conste y obre los efectos conbenientes lo firmamos, junto con la justicia y fiel de fechos en Trobajo del Camino a beinte y ocho dias, del mes de diciembre de mil ochocientos treinta y quatro.

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Carlos Olea (rúbrica) Francisco Cubria (rúbrica) Diego Florez (rúbrica)

de

Pedro Martinez (rúbrica) Fiel de fechos: Lorenzo Fernandez (rúbrica)

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1835

Página 52

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1835, Enero, 11.

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En el dia honze de Enero de 1835 estando la ** y vecinos de este lugar de Trobayo del Camino reunidos en la casa de Conzejo acordaron y dispusieron que desde hoy en adelante no se consienta a los mozos poner ramos en las casas en los dias de año nueba y los Santos Reyes por ser muy perjudiziales tanto para los teyados como para los dueños que tienen romeros en sus posesiones, y si alguna persona se propasase azerlo serla multado en cuatro ducados o mas si su reyncidencia tiene lugar a ello ase se acordo y firmo por la ** y fiel de fechos en dicho lugar dia, mes y año.

Ju

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Bernardo Fernandez (rúbrica) Pedro Martinez (rúbrica) Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica) 1835, Enero, 11.

Página 53

En el dia honze de Enero de mil ochocientos y treynta y cinco se presentaron Pablo Fernandez, Froylan Fernandez y Felis Fernandez, Juan Santos vecinos de este lugar y fiadores que fueron de la taberna del año pasado de mil ochocientos y treynta y cuatro suplicando a la ** y bezinos de dicho lugar les diesen mil y quinientos reales los que les concedieron y dieron los dichos mil y quinientos reales bajo la condizion de que los dichos fiadores han de bolber esta cantidad para el dia quinze de Marzo de este año y ponerlo en poder de la ** o depositario en moneda usual y corriente en plata u oro sin

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dar lugar a costar ni menos cabos y en el caso de que las hubiere seran de su cargo y asi se bligaron y firmaron en dicho lugar dia mes y año Pablo Fernandez (rúbrica) Froylan Fernandez (rúbrica) Felys Fernandez (rúbrica) Juan Santos (rúbrica) Fiel de fechos Lorenzo Fernandez

o

*Documento tachado y transcrito

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1835, Junio, 7. Trobajo

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Nota.

Página 261

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de

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Del ynpues[to] de realistas se pago a los señores alcaldes del año de mil ochocientos treinta y cuatro el gasto que tubieron por año y la suscricion de los boletines que todo son ciento ochenta y cuatro reales, esto si se llega a pedrir lo esta debiendo el conzejo y para que conste lo firmo los deputados y el fiel de fechos, en Trobajo, Junio, siete de mil ochocientos treinta y cinco.

Tr

Pablo Fernandez (rúbrica)

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Juan Fernandez (rúbrica)

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Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

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1835, Diciembre, 27. Trovajo del Camino.

Página 55

Ju

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a

Digo yo Francisco Cubria vecino de este lugar de Trobayo del Camino que como mayor postor en el remate de abasto de bino de esta taberna de Trovayo del Camino para el año que biene de mil ochocientos y treynta y seis, y quedando en el ultimo remate en la cantidad de seis mil reales en dinero, dos cantaros de vino y tres cargas de pan centeno para la escuela; bajo las condiciones y rreglas siguientes; 1ª,... que el dinero se a de pagar por tercios, segun se pide en Contaduria poniendole en poder de la Justicia o depositario que nombre quince dias antes que venza el primero y subcesivamente todos los demas hasta concluir el año; 2ª,... que el vino aya de ser de vuena calidad de tierra de Villamañan, y de tierra de Toro, que se haya de vender de uno y otro todo aun tiempo para que cada uno y todo pasajero veva de lo mejor que acomode, y se vendera un cuarto menos en cuartillo que los precios que hayga en tres tavernas señaladas en Leon que lo son,

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Don Luis Gavilan, Alejo Carro y Lamariana, y en caso que no haya vino de tierra vendera el de Toro, al precio que les corresponda el de Tierra 3ª,... que las medidas han de ser de ocho azumbres la cantara 4ª,... sera de cargo del avastecedor el pagar el maravedi, subsidio, licencia y demas cargos que tenga, de suerte que la cantidad en que quedo el remate se ha de entregar a la justicia o depositarlo en plata u oro en los terminos arriva dichos sin cargo ni rrevaja alguna. 5ª,... dara por fiador un becino del pueblo seguro lego llano y avonado, a voluntad del Ayuntamiento;

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6ª,... todo vecino o forastero que venda vino por mayor pagara dos reales por cada cantara, al avastecedor y estos introductores deveran bajo las penas que marcan las leyes havisar a la Justicia y avastecedor para el conocimiento de lo que se introduce y covranza del derecho y este se pagara en el momento que se verifique la venta

de

7ª,... que el vino que cada vecino introducca para el consumo de casa sea livre de todo

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derecho

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Tr

Y para el cumplimiento de todo esto que queda estampado dio por fiador a Lorenzo Fernandez, vecino de la misma vecindad a gusto del Ayuntamiento y para que conste y obre los efectos conbenientes lo firmamos junto con la justicia y fiel de fechos en Trovajo del Camino veinte y siete dias de mil ochocientos treinta y cinco

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Bernardo Fernandez (rúbrica)

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Francisco Cubria (rúbrica)

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a

Pedro Martinez (rúbrica)

Ju

Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

1836 1836, Febrero, 7. Trovajo

Página 261 y 262

Nota. Se entiende que el dinero que estava em poder del señor alcalde del Ayuntamiento de Vernesga de Avajo de los años de 1834 y 1835 del deposito de voluntarios realistas que despues de aver pagado el arriendo en contaduria y con la orden de averse mandado quedar a venefcio de los pueblos se ha pagado los gastos ocasionados de la quinta estraordinaria de cien mil ombres que son ciento setenta y

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nueve reals que con treinta reales mas que quedan para los gastos de los alcaldes del año de 1835, compone 209 reales que avonara el concejo cuando le sea pedido y para que no se pida a ningun rejidor lo firmamos en Trovajo los que supieron junto con la justicia y el fiel de fechos en dicho pueblo a siete de febrero del mil ochocientos treinta y seis. Agustin Centeno (rúbrica)

Tomas Rodriguez (rúbrica)

Pablo Fernandez (rúbrica)

Fely Fernandez (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

Bernardo Fernandez (rúbrica)

Pedro Centeno (rúbrica)

Juan Guerrero (rúbrica)

o

Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

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Alcaldes pedanos Manuel Gutierrez Mayor (rúbrica) Santiago Garcia (rúbrica)

lC

Pedro Garcia (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

Santiago Gutierrez (rúbrica)

Francisco Martinez (rúbrica)

Antonio Nistal (rúbrica)

Bartolome Diez (rúbrica)

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de

Migel Garcia (rúbrica)

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Lorenzo Gonzalez (rúbrica) Página 56 y 57

e

1836, Mayo, 5.

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En cinco de Mayo de mil ochocientos treinta y seis estando juntos los vecinos de este lugar de Trobajo del Camino, se acordo que por los desordenes que traian los cerdos y quimeras los vecinos unos con otros, se mando que sigise la becera de cerdos segun las demas beceras de un becino a otro, sin que le balga a dinguno decir que no lo echa a la becera bajo la pena de ciento y dos marabedises para las penas de camara y gastos de justicia y a demas lo que cueste a guardar la becera el dia que no quiera salir algun becino a ella, contando que por cada cerdo un dia, sin que las cerdas que llegasen a parir no se le manda guardar por los cerditos. Asi se acordo y firmaron los que dijeron saber dicho dia mes y año ariba dicho, acerca de los cerditos estaran libres de guardar la becera dos meses despues lo mismo que los demas; y todo becino o abitante que no eche los cerdos a la becera pagara cuatro reales y el daño que agan los cerdos asi se acordo y firmaron los que supieron junto con la justicia y el fiel de fechos en Trobajo del Camino Mayo cinco de 1836 Manuel Gutierrez (rúbrica)

Juan Garcia (rúbrica)

Julian Martinez (rúbrica)

Bartolome Diez (rúbrica)

Santiago Garcia (rúbrica)

Pedro Garcia (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

Bernardo Fernandez (rúbrica)

48

Pedro Centeno (rúbrica)

Felys Fernandez (rúbrica)

Tomas Rodriguez (rúbrica)

Pablo Fernandez (rúbrica)

Juan Fernandez (rúbrica)

Agustin Fernandez (rúbrica) Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

1836, Mayo, 29.

Página 56

in

o

En veinte y nueve de Mayo del año de 1836 se rremato en publico concejo el sitio titulado el Callejon, y le rremato con las condiciones siguientes. Lo primero que a todos los dueños de las Casas y Guertos, pajares que tengan entrada por dicho callejon sera livre y franca en todo tiempo y no podra ser arado; y lo mismo bentanas, puertas y arbañales seran livres

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1836, Junio, 14.

Página 260

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de

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En el dia catorze de Junio de mil ochocientos y treynta y seis se acordo que los bezinos que falten a los entierros en lugar de cuatro reales que antes se pagaban paguen desde hoy en adelante dos reales y estos dos reales se pagaran en el dia de la falta o entregar una prenda sufiziente y esta multa la pagaran todos los que no lleguen por lo menos a la esquina de la casa del cura Don Lazaro Abezilla cuando benga la procesion a buscar el cuerpo, y si fuese parbuol (sic) parbulo si el entierro de estos fuese en dia debera darse mandado y no seran multados los que no se les encuentre y ser abisados, y si pasan veynte y cuatro oras bastara el toque de campana para yncurrir en la pena y no seran libres de estos dos reales mas que los enfermos, los presos y forasteros antes de el toque de canpana y los ocupados por la ** justicia; el difunto o la casa donde salga pagara los derechos acostumbrados asi se acordo y firmo en dicho lugar y casa de Conzejo dicho dia, mes y año

a

Francisco Cubria (rúbrica)

Tomas Gutierrez Froylan Fernandez (rúbrica)

Agustin Centeno (rúbrica)

Tomas Rodriguez (rúbrica)

Ju

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Pablo Fernandez (rúbrica)

Manuel Guerrero (rúbrica) Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica) 1836, Julio, 25.

Página 264 y 265

En veinte y cinco de Julio del año de 1836 estando juntos todos los becinos en la Casa de Concejo a tratar sobre barios asuntos combenientes para todos, y se trato sovre los aprovechamientos de los otoños; conformados que fuymos todos se dispuso lo siguiente; que todo beicno que aproveche en el coto Boyal queda sujeto a vadajes y todas cargas que le corresponda y en el caso que alguna nos ese util para el vadaje pagara diez reales por cada corrido; y si uviese quien lo aga por menos se da esta

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facultad al que le corresponda; y en caso que no ayga quien baya por este dinero y baya el becino que le corresponda quedara el dinero para el Concejo; y si alguno saliese de badaje y se livre por dinero u otra qualquiera cosa; se pasara por badaje, siempre que no buelvan a pedir o janao o caballerias; y conformados todos con este acuerdo lo firmaron los que supieron y dijeron saber junto con la justicia. Pablo Fernandez (rúbrica)

Pedro Martinez (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

Tomas Gutierrez (rúbrica)

Pedro Garcia (rúbrica)

Antonio Martinez (rúbrica)

Miguel Garcia (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

Manuel Guerrero (rúbrica)

Bartolome Diez (rúbrica)

Pedro Fernandez (rúbrica)

Pedro Centeno (rúbrica)

Francisco Martinez (rúbrica)

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in

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Bernardo Fernandez (rúbrica)

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1836, Septiembre, 4. Trobajo del Camino

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de

Juan Fernandez (rúbrica)

Página 60 y 61

Cargo

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Tr

En el lugar de Trobajo del Camino a quatro dias del mes de septiembre de 1836 se les rrecibieron las quentas de cargo y data a los señores rreales que fueron y son al presente Agustin Zenteno y Juan Fernandez en la forma siguiente.

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a

Lo primero se les ace de cargo quatrocientos y beynte y cinco reales de lo que pago el churrero................................................................................................................ 425 ydem mas se les ace de cargo seyscientos y quarenta y siete reales de las tierras de Conzejo................................................................................................................... 647 ydem mas se les ace de cargo sesenta reales que dio Salcedo por la arena ............ 060 ydem mas se les hace cargo de quatro reales del camino de Santa Eufemia ............. 004 ydem mas doce reales que balio el camino biejo ....................................................... 012 ydem mas diesyocho reales que balio la pradera del Silbar ...................................... 018 ydem mas se les ace el cargo quatro reales y dos quartos de pradera del prado del cabildo ...................................................................................................................... 004 ydem mas se les ace de cargo dies reales de la calleja del prado de Santiago ........... 010 50

ydem mas se les ace de cargo beynte reales que balio lo detras los bosques ........... 020 ydem mas se les ace de cargo seys reales del prado de Gabriel Martinez .................006 ydem mas se les ace de cargo diez reales que balio la tierra de Bernardo Fernandez al sitio del vadillo .......................................................................................................... 010 Suma 1.216 Suma de la buelta 1.216 Sigue el cargo

o

ydem mas se les ace de cargo beynte reales por cerrar un prado de Miguel Garcia.. 020

am

in

ydem mas se les ace cargo treynta rreales de un cacho que se le dio a Pablo Fernandez arrimado a su huerta ........................................................................................ 030

1296 - 0040 1256

Tr

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o

de

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ydem mas se les ace de cargo treynta rreales de un cacho junto a la laguna del tío Guerrero…………………………………………………………………......... 030

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Nota. le rrevajan de este cargo que son mil y doscientos y noventa y seis rreales quarenta rreales que se devian a Pedro Martinez

ve

ci

Mas. se les hace de cargo ochenta rreales que se aumentaron en las tierras de concejo .......................................................................................................................... 0081

nt

a

1337

Ju

A manera que conferidos estos mil y doscientos y cincuenta y seys rreales que se les yzo de cargo con dos mil y cuatrocientos y sesenta y dos rreales que se les rrecibio en datas de sus memoriables rresulta en dever el noble conzejo a los dichos rrejidores Agustin Zenteno y Juan Fernandez la cantidad de mil y doscientos y seys rreales. Nota. Le haumentan en esta cuenta que ya esta conferida cien rreales que se les cargan del ganado del coto que son seis rreales a 13 rreales y tres a ocho ................. 0100

51

1836, Septiembre, 25

Página 28

Convenio con Pedro Cañon para el pasto de las obejas durante el invierno. En el dia veynte y cinco de septiembre de mil ocho cientos y treynte y seis se presento Pedro Cañon de Cuebillas y se yzo trato y conbenio la ** Conzeyo y bezinos de este lugar de Trobayo del Camino con dicho Pedro Cañon y a nombre de su padre Antonio Cañon de traer a pastiar en la enbernia el numero de doscientas y veynte a treynta obeyas churras y no mas hasta el ultimo dia de Abril del año de 37 y andaran pastiando por los sitios acostumbrados y que no este cobrados pagando cuatrocientos setenta y cinco reales en dinero y siete cantaras de bino una oy mismo y tres cuando entren y otras tres cuando salgan y firmamos y firmo yo dicho dia mes y año

am

in

o

Pedro Cañon (rúbrica)

lC

1836, Diciembre, 11. Trovajo del Camino.

Página 62 y 63

Tr

ob

aj

o

de

Digo yo Tomas Guesuraga residente en este lugar de Trovajo del Camino que como mayor postor en el remate de havasto de vino de esta taverna de Trovajo del Camino, para el año que viene de mill ochocientos treinta y siete, y quedando en el ultimo remate, en la cantidad de ocho mil reales, en dinero; tres cargas, de pan centeno , para la escuela siete cantaras de vino, y dos livras de pan cada vecino; bajo las condiciones y rreglas siguientes;

ci

na

ld

e

1ª,... que el dinero se a de pagar por tercios segun se pida en Contaduria, poniendolo en poder de la justicia o depositario que nombre, quince dias antes venza el primero, y subcesivamente todos los demas, asta cuncluir el año,

Ju

nt

a

ve

2ª,... que el vino aya de ser de vuena calidasd de tierra de Villamañan y de tierra de Toro y se aya de vender de uno y otro lado aun tiempo para que cada uno y toro forastero , veva de lo que mejor acomode y se vendera un cuarto menos en quartillo que aygan en los precios de tres tavernas señaladas en Leon, que lo son Don Luis Gavilan, Alejo Carro y Lamariana, y en caso que no aya vino de tierra, vendera el de Toro al precio que le corresponda el de tierra 3ª,... que las medidas han de ser de ocho azumbres la cantara 4ª,... sera de cargo del avastecedor el pagar el maravedi, subsidio, licencia y demas cargos que tenga de suerte, que la cantidad en que quedo el remate se ha de entregar a la justicia o depositario, en plata u oro en los terminos arriva dichos, sin cargo ni rrevaja alguna. 5ª,... dara por fiador vecino seguro lego llano y avonado a boluntad del ayuntamiento; 6ª,... todo vecino o forastero que venda vino por mayor ha de pagar dos rreales por cada cantara, al avastecedor; y estos introductores deveran, vajo las penas que marian las

52

leyes havisar a la justicia y avastecedor para el conocimiento de lo que se introducca y covranza del derecho y este se pagara en el momento que se berifique la venta; 7ª,... que el vino que cada vecino introducca para el consumo de su casa sea livre de todo derecho; y para el cumplimiento de lo que va estampado dio por fiador a Lorenzo Fernandez de esta vecindad, y Don Antonio, Juaquin vecino de Leon a/gusto del ayuntamiento y para que conste y obre los efectos conbenientes lo firmamos, junto con la justicia y fiel de fechos en Trovajo del Camino a once de diciembre de mil ochocientos treinta y seis; Tomas Gueruaga (rúbrica) Lorenzo Fernandez (rúbrica)

Juan Fernandez (rúbrica)

o

Antonio Joaquin " Fiel de fechos Lorenzo Fernandez

lC

1836, Diciembre, 15. Trobajo del Camino.

in

"

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Agustin Centeno

de

Vecindad de Santiago Gutierrez.

Página 226

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Tr

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aj

o

En 15 de diciembre del año de mil ochocientos treinta y seis se admitio por vecino a Santiago Gutierrez y tomo la vecindad por la casa de la cuesta y pago los derechos costumbrados y dio por fiador para las cargas conzejales a Tomas Gutierrez de la misma vecindad, y por berdad lo firmo junto con el fiel de fechos en Trobajo del Camino dicho dia, mes y año arriba dicho

na

ld

Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica)

ve

Vecindad Benito Laiz.

Página 226

ci

1836, Diciembre, 25. Trobajo del Camino.

Ju

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a

En 25 de diciembre de 1836 se admitio por vecino a Benito Laiz y dio la becindad por su casa, pago los derechos acostumbrados, dio por fiador para las cargas conzejales a Felis Fernandez de la misma vecindad , y por berdad lo firmo junto con el fiel de fechos. En Trobajo del Camino dicho dia, mes y año arriba dicho Fiel de fechos Lorenzo Fernandez (rúbrica) 1836, Diciembre, 26. Trobajo del Camino.

Página 226

Vecindad Benancio Navares En veinte y seis de diciembre de 1836. Se admitio por vecino a Benancio Navares, dio la vecindad por la casa que le toco de su padre, pago los derechos acostumbrados para las cargas concejales, dio por fiador a Froylan Fernandez de la misma vecindad y por berdad lo firmo junto con el fiel de fechos en Trovajo del Camino dicho dia, mes y año arriba dicho

53

Cargo que se le ace a los señores rejidores del año 1836. Cargo lo primero se les ace de cargo quatrocientos y beynte y siete digo beynte y cinco reales que pago el obejero ..... 425 ydem mas se le ace de cargo seyscientos y quarenta y siete reales.

in

o

(este documento esta tachado)

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1837

lC

1837, Enero, 15. Trovajo del Camino

Página 227 y 228

ob

Cargo

aj

o

de

En el lugar de Trovajo del Camino a 15 de Enero del año de 1837, se le recivieron las cuentas de cargo y data a los rejidores del año de 1836, que lo son Agustin Centeno y Juan Fernandez, en la forma siguiente

e

Tr

Lo primero quatrociento cinquenta reales de las obejas ………………..…………..450

ld

idem, mas, setecientos cincuenta y siete reales de las tierras de concejo ………….757

na

idem, mas, sesenta reales que dio Salcedo por la arena ……………………………...60

ve

ci

idem, mas, quatro reales del camino Sant ofemia …………………………………..…4

a

idem, mas, doce reales del camino biejo ………………..…………………….……..12

Ju

nt

mas, diez y ocho reales de la pradera del Silvar ………………..…………………….18 mas, quatro reales de la calleja del prao del cavildo …………………………………...4 mas, diez reales de la calleja del prao de Santiago……………………………………10 mas, beinte reales que balio lo de tras los bosques..…………………………………...20 mas, seis reales del prao de Gavriel …………………………………………….………6 mas, beinte reales por cerrar el prao de Miguel Garcia …………………………….…20 mas, treinta reales por un cacho del Lio ----- que se le dio arrimado a su guerta ……...30 mas, treinta reales que se le dio a Manuel Gutierrez un cacho a la laguna del tio Guerrero………………………………………….…………………………………….30

54

mas, cien reales por el ganado del coto ……………………………………..……….100 mas, treinta reales que dio Julian por el tendal …………………………………….…30 mas, treinta y siete reales de los retazos que se vendieron para la arina ……….…….37 mas, ciento beinte reales de la yerva ……………………………………………...…120 mas, beinte y siete reales de la paja ………………………………….……………..…27 -------Suma y sigue ….1735

in

o

mas, mil quinientos setenta y tres reales que balieron los dos cachos que compro Santiago en las Bargas……………………………………..………………………..1573

lC

am

mas, setecientos reales que balio el cacho que compró Francisco Alvarez a los pontones……………………………………………………………………………....700

o

de

mas, el rencon detras de las Grangas que compro Don Felipe vecino de Leon balio mil doscientos sesenta reales ……………………………………………………………1260

ob

aj

mas, novecientos reales que balio el retaco de los pacederos …………………….....900

Tr

mas, cinquenta y dos reales de los abitantes …………………………………….....…52

e

mas, ochenta y tres reales de la quinta parte de la aguardiente …………………....….83

na

ld

mas, catorce reales de la alcavala de una tierra que se bendio de Armunia .………..…14

ci

mas, dos reales otra que compro Tomas Gutierrez a Narciso Soto vecino de Armunia 2

a

ve

mas, catorce reales por la casa que vendio Bicente Garcia …..……………………….14

Ju

nt

-------Suma total ………..6333

De manera que ymporta el cargo que se ace a dichos rejidores los figurados seis mil trescientos treinta y tres reales, que conferidos con seis mil doscientos noventa y uno que resulta de sus memoriales ,…………………………………………………..6291, alcanza el conzejo a dichos rejidores en quarenta y dos reales ………..………………42 salvo error de pluma o numero y para que conste y obre los efesetos (sic) que combenga lo firmamos en Trovajo y enero quince de mil ochocientos treinta y siete El regidor Manuel Gutierrez (rúbrica) Pablo Fernandez fiel de fechos (rúbrica)

55

1837, Fevrero, 12. Trovajo del Camino.

Página 229

En 12 de Fevrero del año de 1837 se acordaron y revisaron las cuentas de los rejidores del año de 1836, Agustin Centeno y Juan Fernandez y quedandose conformes los dichos rejidores, y el concejo, quedaron y quedemos en no pedir ni demandar cosa alguna y quedan a cargo de los dichos rejidores el pagar todo el de su año que no se ayga pagado; y para que conste lo firmamos en Trovajo junto con la justicia y fiel de fechos de este presente año de 1837 Agustin Centeno (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

Santiago Garcia (rúbrica)

in

o

Como fiel de fechos Pablo Fernandez (rúbrica)

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Nota: documento tachado. Transcribo

Página 257 y 258

de

Cuentas. Manuel Gutierrez y Santiago Garcia.

lC

1837, Abril, 30. Trovajo del Camino

ob

aj

o

En 30 de Abril del año de 1837 se le recivieron las cuentas de cargo y data a los rejidores de este presente año que lo son Manuel Gutierrez y Santiago Garcia en la forma siguiente

Tr

Cargos

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e

Lo primero de la taverna ……………………………………………..…………….. 500

na

de un carro de paja …………………………………………..………………..…….. 21

ve

ci

de los barrerones …………………………………….…………………………….. 1050

a

del cacho que se vendio en la cotada ………………….…………………………… 160

nt

de otro que se vendio en el camino de Montejo ………………..…………………… 60

Ju

de otro que se vendio en los biñales …………………………………………………. 60 de otro que se vendio a Froylan Fernandez ………………..………………………… 20 por otro prao y tierra a Manuel Gutierrez Mayor al Regueron ……………………….. 60 por otro que se dio cerrado al tio Domingo de San Andres ………………………….. 50 por otro a Francisco Martinez Menor ………………………………..………………. 50 por otro Agustin Centeno …………………………………………………………… 150 por otro a Bernave Florez ……………………………………………………………...20 por otro a Gregoria Centeno …………………………………………………………. 20

56

por las obejas o churras …………………………………………..………………… 475 -------Suma total …………… 2696 Data …………………. 1916 -------Alcanza el concejo ……….. 780

am

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o

De manera que ymporta el cargo que se hace a los dichos rejidores los figurados dos mil seiscientos noventa y seis reales, salvo error que conferidos con mil novecientos diez y seis que resula de sus memoriales y pagas de concejo que de a favor del concejo lo figurados setecientos ochenta reales salvo error de pluma o numero yu para que cons[te] y obre los efectos que combenga lo firmamos en Trovajo y Abril 30 de 1837

lC

Manuel Gutierrez (rúbrica)

de

Santiago Garcia (rúbrica)

aj

o

Por ausencia del fiel de fechos Bartolome Diez (rúbrica)

Página 224

Tr

Becindad de Manuel Suarez.

ob

1837, Mayo, 14. Trovajo del Camino.

ve

ci

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En catorce de Mayo del año de 1837 se admitio por vecino a Manuel Suarez y dio su becindad por la casa donde abita y pago los derechos aconstumbrados dio por fiador, para las cargas concejales Atanasio Martinez y por verdad lo firmo junto el fiel de fechos en Trovajo del Camino dicho dia, mes y año.

a

Manuel Suarez (rúbrica)

Ju

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Como fiel de fechos Pablo Fernandez (rúbrica) 1837, Octubre, 30. Trovajo del Camino.

Página 258 y 259

2as Cuentas. Manuel Gutierrez y Santiago Garcia En trenta de octuvre de 1837 se le recivieron las segundas cuentas de cargo y data asta ultimos de dicho mes a los rejidores de este presente año que lo son Manuel Gutierrez y Santiago Garcia, en la forma siguiente Cargos de dos tercios de la taverna ………………………………………….……………. 1.000 alcances de las primeras cuentas ……………………….…………………………… 780 del ganado del coto de arriva …………………………….…………….…………… 130 57

del camino biejo…………………………………..…………………………………… 18 del camino de Santa Ofemia ……………………………………………...……………. 4 la Pladera de Billamoros …………………………….……………………………...…. 7 de la pradera de la Orca ……………………………………….…………..………….... 6 de la pradera del Barreron ………………………………………………………..……. 7 de tras los bosques …………………………..…………………...…………..……….. 40 del prado que arrendo Agustin Centeno ………………………….………….………. 30

o

del prado que se dio al Regueon cerrado a Manuel Guerrero…………...……………. 10

am

in

por un prado a Manuel Alvarez tras la viña ……………………………………...…… 50

lC

la calleja del prado del cavildo ……………………………………..…………………. 4

de

la de San Claudio ……………………………….……………………………………. 14

o

la arena de Salcedo …………………………………………..………………………. 30

ob

aj

otro prado que se dio a Gavriel Martinez ……………………………………………… 6

Tr

ganado al coto de avajo ………………………..……………………………………...36

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--------

na

Suma total de cargos ………….. 2.172

ci

Datas que dan los rejidores en sus memoriales y pagas que se an echo ... 2.149

ve

--------

Ju

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a

Alcanza el concejo …………………………………………………………… 23 De manera que ymportan los cargos que se hacen a los dichos rejidores los figurados dos mil ciento setenta y dos reles, salvo error, que conferidos con dos mil ciento quarenta y nueve que resutlan de sus memoriales y pagas que han echo a favor de concejo, quedan a favor del Conzejo los figurados veinte y tres reales, salvo errror de pluma o numero y para que conste y obre los efectos que combenga lo firmamos en Trovajo y octubre treinta de 1837 Manuel Gutierrez (rúbrica) Santiago Garcia (rúbrica) Por ausencia del fiel de fechos Bartolome Diez (rúbrica)

58

1837, Noviembre, 5. Trovajo del Camino.

Página 64

Dicimos nosotros, la justicia , y becinos de este lugar de Trovajo del Camino que desde hoy en adelante hasta fin de diciembre de este presente año havemos de pagar doscientos reales para el dia de San Andres del mismo, por combenio y contrata que hicimos en publico concejo con Francisco Cubria de esta becindad y a nombre de sus compañeros por razon del vino que quierran cosumir en su casa por la carga himpuesta del cuarto en quartilo y bajo de esta compostura no podran los arrendatarios covrar de ningun vecino dicho quarto y si dos reales al que venda por mayor, y el quarto en quartillo asi a los forasteros como a los del pueblo, y para que conste lo firmamos en dicho lugar de Trovajo y Noviembre cinco de mil ochocientos treinta y siete

o

Manuel Gutierrez (rúbrica)

am

in

Santiago Garcia (rúbrica)

lC

Tomas Guesuraga (rúbrica)

de

Como fiel de fechos Pablo Fernandez (rúbrica)

Página 66 y 67

o

1837, Diciembre, 17. Trobayo del Camino.

ci

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Tr

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aj

Digo yo Diego Florez vecino de Billaobispo que en birtud de formal remate que se celebro en el dia treynta de nobiembre de este año de la fecha del abasto de bino de este lugar de Trobayo del Camino para el año que biene de mil ochocientos y treynta y ocho quedo rematado dicho abasto en el ya menzionado Diego Florez en cantidad de nuebe mil veynte y un rreales, en dinero tres cargas de pan centeno para el maestro de niños, quinze cantaras de bino dos libras de pan cada vecino, un quarteron de queso tambien cada bezino todo bayo las condiziones siguientes:

nt

a

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1ª Que el dinero lo a de pagar en cuatro terzios iguales quinze dias antes que benza segun se pide en Contaduria poniendolo en poder de la ** o depositario nombrado en plata u oro;

Ju

2ª Que el bino a de ser de buena calidad de tierra de Toro y de Billamañan y se a de bender todo aun tiempo, para que todo bezino o pasyero beba de lo que mejor le acomode y sea de bender un cuarto menos que se benda en tres tabernas señaladas en Leon que lo son Don Luis Gavilan, Aleyo Carro y La Mariana, y en caso de no tener bino de tierraa de dar el de Toro al prezio del de tierra ais queda obligado. 3ª las medidas han de ser de a ocho azumbres la cantara 4ª sera de cargo del mismo abastecedor sin rebaya de medidas pagar el marabedi tanto el consumo de su abasto como el consumo de los bezinos, la licencia susidio y el nuebo impuesto tambien a de pagar el abastezedor por el bino que el consuma y por lo que consuman los bezinos de suerte, que la calidad en que esta rematado dicho abasto la a de entregar sin rebaya alguna quedando el consumo de los bezinos libre de todo derecho

59

5ª Todo vecino o forastero que benda vino por mayor a de pagar dos rreales a el abastezedor por cada cantara que benda y estos introductores deberan, bayo las penas que marcan las leyes abisar al abastezedor para el conozimiento de lo que se introduze y cobranza del derecho y este se pagara en el momento que se berifique la benta.

o

El que benda bino por mayor pagara ademas de los dos rreales el marabedi que le corresponda con estas condiziones quedo obligado a cumplir dicho abasto y remate y dio por fiador para todo con quien se entendera la ** tanto para la cobranza del dinero como en todas las cosas pertenecientes a este remate a Agustin Centeno de este bezindad asi lo otorgaron y firmaron en Trobayo del Camino y diziembre diez y siete de mil ochocientos y treynta y siete. Agustin Centeno (rúbrica) Diego Florez (rúbrica).

Página 23 y 24

am

in

1837, diciembre, 18. Trobajo del Camino

lC

Curaduria

na

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o

de

En diez y ocho de diciembre de mil ochocientos treinta y siete le presento Bicenta Prieto menora que quedo de su difunto padre Lorenzo Prieto pidiendo a la justicia de este lugar de Trovajo nombrar curador de su persona y bienes que le tocaron de sus difuntos padres y la justicia acompañada de Pedro Martinez, Ysidoro Blanco junto con el fiel de fechos todos vecinos del dicho pueblo; Pasamos todos reunidos a la Casa de dicha difuncion y se la pregunto a quien queria nombrar, por tener su edad correspondiente para ello y dijo: nombro por que es mi boluntad a mi ermano Ysidro Prieto para que sea tutor y curador de mi persona y bienes; y estando presente dicho Ysidro dijo que acetava y aceto a dicha curactoria ante los citados

Ju

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ci

(otro documento en medio y luego continua) testigos, en dicho lugar dia mes y año; el que se le obliga con su persona y bienes a dar cuenta de lo que se le entregase a dicha manera cuando le sean pedidos y para que conste y obre a los efectos que mejor conbenga lo firmo y firmamos la justicia y testigos junto con el fiel de fechos en Trovajo y diciemvre 18 de 1837. Ysidro Prieto (rúbrica)

Pedro Martinez (rúbrica)

Ysidoro Blanco (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

Santiago Garcia (rúbrica)

Como fiel de fechos Pablo Fernandez (rúbrica)

60

1838 1838, Enero, 7. Vecindad Isidro Prieto.

Página 229

En siete de Enero del año de 1838 se azmitio por bezino a Ysidro Prieto y tomo la becindaz por la casa de su padre y dio por fiador para las cargas conzejiles y lo demas que se ofreciese a Manuel Albarez de la misma becindaz. Lo firmo la justicia junto con el fiel de fechos en dicho dia mes y año arriba dicho Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 229

in

o

1838, Enero, 21.

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Vecindad Gregorio Billayandre.

o

de

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En veinte y uno de Enero del espresado año se azmitio por becino a Gregorio Billayandre, tomo la vecindad por la casa donde vive y dio por fiador para las cargas concejiles y lo demas que se ofreciese, a Juan Garcia, de la misma becindad y lo firmo la justicia y fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho.

ob

aj

Juan Garcia (rúbrica)

Tr

Manuel Gutierrez (rúbrica)

ld

e

Se salio de vecino en el año de 1841. Pago los derechos de salida. Gutierrez (rúbrica). Página 230

na

1838, Marzo, 18.

ci

Vecindad Damaso Fernandez.

Ju

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a

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En diez y ocho de Marzo de este presente año de 1838 se hazmitio por vecino a Damaso Fernandez y tomo la becindad por la casa donde vive y dio por fiador para las cargas concejales, y lo demas que se ofreciese, Agustin Centeno de la misma becindad y lo firmo la justicia junto con el fiel de fechos en dicho dia, mes y año. Manuel Gutierrez (rúbrica) Damaso Fernandez (rúbrica) 1838, Marzo, 19. Trobajo del Camino

Página 230, 231 y 232

3as Cuentas. Manuel Gutierrez y Santiago Garcia. En el lugar de Trobajo ha diez y nuebe dias del mes de Marzo del año de mil ochocientos trenta y ocho. Se recibieron las cuentas terceras a los señores alcaldes pedanios que a el presente son Manul (sic) Gutierrez y Santiago Garcia de todo cargo y data en la forma siguiente

61

Lo primero se les haze de cargo de quinientos reales que an sobado de la taberna ….500 ydem, mas se haze cargo de quinientos reales del sobrante del tercio primero del presente año …………………..……………………………………..………………..500 ydem, mas se les haze cargo de ziento y dos reales que pagan los habitantes …….…102 ----------1102 ydem, mas se les haze cargo de ochenta y tres reales balor de la cuarta parte del aguardiente ………………………………….……………………..…………………..83

1185

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o

--------

------1.345

ob

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o

de

lC

ydem, mas se le haze cargo de ciento sesenta reales de la arcabala (sic) de las eredades de las monjas de la Conceycion que vendio Don Nicolas Regueral en este pueblo…………………………………………………………………………………160

ci

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Tr

De manera que ymporta el cargo que se haze ha los señores alcaldes los figurados mil trescientos cuarenta y cinco reales que conferidos con dos mil cuatrocientos nobenta y cuatro reales vellon que se las han recibido en data en sus memoriales resulta ser alcanzado el concejo ha fabor de los señores alcaldes en la cantidad de mil ciento cuarenta y nuebe reales salbo error de pluma o numero y para que coste lo firmo en dicho dia, mes y año, en Trobajo y Marzo diez y nuebe de 1838

a

ve

Como fiel de fechos Pablo Fernandez (rúbrica)

nt

1838, Abril - Diciembre , . Trobajo del Camino.

Página 252, 253, 254 y 255

Ju

Cuentas. Pedro Centeno y Francisco Albarez. En el “dia diez y seis de Abril “ se recibieron las quuentas de la primer semana a los señores alcaldes pedanios Pedro Centeno y Francisco Albarez y despues de vistos sus memoriales se le aprobaron 146 reales que ymportaron sus memoriales …………….146 en el “dia vinti y dos del mismo “ dieron las quentas de la segunda semana y lido (sic) sus memoriales dijeron se les aprobaban. ynporto este memorial setenta y un reales y onze maravedis …………………………………………………………………… 71=11 en el dia “29 de Abril” se ricibieron las cuentas de la ultima semana del mismo y se ynporto ciento y cincuenta y seis reales ………………….…………………….. 156-17?

62

en el dia “6 de Mayo de 1838” dieron la cuenta semanal los alcaldes pedaneos en la que resulto tener de gastyos cientos y dos y veynte y cuatro maravedis ………...….. 102=24 -------476└52 18 para el pago de este gasto se les da en data cuatrocientos setenta y cinco reales de las churras y queda alcanzado el conzejo en un real y diez y ocho maravedis . Trobajo y Mayo seis de 1838. esta pasado adelante

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o

Francisco Cubria (rúbrica)

de

lC

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cuenta que dieron los alcaldes pedaneos hoy “treze de mayo” dieron los gastos de esta semana cincuenta y un real y veynte maravedis y con un real y diez y coho maravedis del alcanze y con un real y diez y ocho maravedis del alcanze de atras son cincuenta y tres reales y cuatro maravedis …………………………………………...………… 53=4

aj

o

cuenta que dieron los alcaldes pedaneos hopy “veinte de Mayo” dieron de gastos de esta semana ciento treinta reales ……………………………………………………. 130

Tr

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cuentas que dieron los alcaldes pedaneos hoy “veinte y siete de Mayo” dieron de gastos esta semana de veinte y tres reales ……………...……………………………………. 23

ci

na

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cuenta que dieron los alcaldes pedaneos hoy “quatro de junio” dieron de gastos de esta semana treinta y seis reales …………………………………………………………… 36 cuenta que dieron los alcaldes hoy “diez del mes de junio” dieron de esta semana nobenta y tres reales ………………………………………………………………….. 93

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cuenta que dieron los señores alcaldes pedanios hoy “diez y siete de junio” dieron de gastos y pagas setenta y siete y medio …………………………………………….77=17

Ju

en el dia “veinte y cuatro de junio” an dado la cuenta ultima semana de junio y se ymporto diez y seis reales y trece maravedis ……………………………………. 16=13 -----------429=34 el dia “29 de junio” dieron las cuentas los señores alcaldes de la semana y se le recivieron en su memorial veinte y nueve reales y diez y siete maravedis ………. 29=17 cuenta que dieron los señores alcaldes pedanio de todo el mes de julio dieron de datas doscientos sesenta y nuebe reales …………………………………………………. 269 cuenta que dieron señores alcaldes pedanes en la “ultima semana de julio y primera de agosto” ……………………………………………………………………………….. 90

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-------dieron de datas ……..… 388 suma de la otra plana …. 429 -------817

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de

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o

cuenta que dieron los señores alcaldes pedanes de “tres semanas de Agosto” dieron de datas ciento veinte y nuebe reales ………………………………………………….. 129 cuenta que dieron los señores alcaldes pedanios hoy “catorce de otubre” dieron de dtas de seis semanas trescientos sesenta y dos reales y cinquenta y un maraveds ………. 362 cuenta que dieron los señores alcaldes pedanios hoy “once de Noviembre” dieron de datas en tres semanas que fueron 3ª de octuvre y ultima de yden, y primera de Noviembre dieron en sus memoriales ciento tres reales y medio ………………. 103=17 cuenta que dieron los señores alcaldes pedanios Pedro Centeno y Francisco Alvarez el dia “nueve de diciembre” de tres semanas que lo fueron 2ª de Noviembre, 3ª de yden y 1ª de diciembre, y dieron en datas en sus memoriales la cantidad de seiscientos treinta y quatro reales, 24 maravedis, salvo error ………………………………………… 634=24 en “beinte y tres de diciembre” dieron las cuentas los señores alcalde pedanios que son Pedro Centeno y Francisco Alvarez de dos semanas que lo fueron 2ª de diciembre y tercera del mismo y dieron en sus memoriales la cantidad de quatrocientos y quince reales salvo error …………………………………………………………………….. 415 Página 220

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1838, Junio, 15. Trobajo del Camino.

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En el dia de quince de junio de este año de mil ochocientos treinta y ocho siendo alcaldes pedanios Pedro Centeno y Francisco Albarez de este lugar de Trobajo del Camino prestamos a Manuel Gutierrez nuestro antecesor la cantidad de quinientos reales de vellon los quales se obligo el dicho Manuel a pagar con sus bienes raizes o muebles. Esta cantidad la a de pagar para el treinta del mes de sebtiembre Agustin Centeno y Lorenzo Fernandez y para que conste lo firmaron juntamente con los señores alcaldes y el fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho Manuel Gutierrez (rúbrica)

Francisco Cubria (rúbrica)

Lorenzo Fernandez (rúbrica) Agustin Centeno (rúbrica) Fiel de fechos Bartolome Diez (rúbrica)

el documento aparece tachado (transcribo)

64

1838, Agosto, 12. Trobajo del Camino.

Página 232 y 233

2as Cuentas Pedro Centeno y Francisco Albarez. En el lugar de Trobajo del Camino a doce dias del mes de Agosto de este año de mil ochocientos treinta y ocho se recibieron segundas cuentas a los señores alcaldes pedanos que son Pedro Centeno y Francisco Albarez se les reciben sus datas desde el trece de Mayo en la forma siguiente Cargo Lo primero se les haze de cargo sesenta reales de tras los bosques………..…….….0060

in

o

ydem, mas se les ace cargo nuebe reales que balio el ___ de la calleja de del prado de Bernardo …….………………………….……………………………………….….0009

am

mas, quatro reales de la calleja del prado del cabildo ……………….…………..…0004

lC

mas, once reales que balio la pradera del Silbare ? ………………………………....0011

----------91

ob

aj

o

de

mas, siete reales que balio la pradera de Villamoros ……………………………….0007

Tr

mas, siete reales que balio la pradera de la Barga ………………..………………....0007

ld

e

mas, quatro reales que balio el camino de Santa Fermia ? ………………………….0004

na

mas, catorce reales que balio el otoño del prado de las Monjas ………………….…0014

ci

--------

ve

116

Ju

nt

a

De manera que ynporta el cargo que se les ace a los señores alcaldes figurados ciento diez y seis reales que conferidos con nuebe cientos y quareta y seis reales vellon que se be en datas de sus memoriales y resulta ser alcanado (sic) el concejo a fabor de los señores alcaldes en la cantidad de ochocientos treinta reales salbo error de pluma o numero y para que conste lo firmo en dicho dia mes y año arriba dicho en Agosto seis de mil ochocientos treinta y ocho. Fiel de fechos Bartolome Diez (rúbrica) 1838, Agosto, ?. Trobajo del Camino.

Página 234

1as cuentas. Pedro Centeno y Francisco Albarez En lugar de Trobajo del Camino a dias del mes de Agosto del año de mil ochocientos treinta y ocho se recibieron las cuentas las primeras cuentas a los señores

65

alcaldes pedaenios (sic) que son Pedro Centeno y Francisco Albarez se recibio de todo cargo y data en la forma siguiente Trozo de documento: incompleto

1838, Septiembre, 16. Trobajo del Camino

Página 259

ob

aj

o

de

lC

am

in

o

En el pueblo de Trovajo del Camino a diez y seis dias del mes de Septiembre de mi ochocientos treinta y ocho, estando juntos en concejo la mayor y mas sana parte de los vecinos acordaron admitir maestro para la enseñanza de niños por lo que haviendose presentado Jose Antonio Gutierrez del pueblo de Begaquemada aficionado al magisterio de primeras letras y habiendo sido esaminado por el Ayudante Ayte y parroco del dicho pueblo de Trovajo y halladole util para la enseñanza del dicho magisterio se le dio por admitido para la enseñanza de la jubentud del dicho pueblo a dar y pagar al dicho maestro la cantidad de tres cargas de centeno y ocho eminas para el dia que concluye la escuela dandole tambien alguna parte desde el ida que empieza a enseñar para su sustento; siendo a cargo del dicho maestro asistir al rosario y esplicar la doctrina del catecismo en el tiempo acostumbrado y el calbario en tiempo de Cuaresma, por tanto se halla sugeto a cumplir con la obligacion acostumbrada y por se asi lo firmamos la justicia del mismo y con el dicho maestro hoy dia de la fecha ad supra

Tr

Como maestro Jose Antonio Gutierrez (rúbrica)

ld

e

Pablo Fernandez (rúbrica)

Página 234

ve

1838, Noviembre, 29.

ci

na

Bartolome Diez (rúbrica)

Ju

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a

En beinte y nueve de Noviembre de 1838 estando reunidos en el sitio acostumbrado y casa de concejo la mayor y mas sana parte de vecinos junto con los señores alcaldes pedanios Pedro Centeno y Francisco Alvarez junto con el fiel de fechos ; Se presento Manuel Gutierrez alcalde pedanio que fue en el año pasado a pedir favor al noble concejo sobre las cuentas de su año; y resolvio el noble concejo el perdonarle al dicho Manuel quinientos reales que el concejo le avia prestado ; y quedaron conformes en todas las quentas del dicho Manuel y no pidira ni demandara el concejo contra el dicho Manuel no el podra pidir ni demandar contra el concejo en cosa alguna y para que conste lo firmaron los señores alcaldes y fiel de fechos y becinos que dijeron saber junto con el dicho Manuel en dicho dia, mes y año arriva dicho Pedro Centeno (rúbrica) Manuel Gutierrez (rúbrica)

66

1839 1839, Enero, 14. Trobayo

Página 68

Pedro Centeno (rúbrica)

Gabriel Balbuena (rúbrica)

lC

Francisco Cubria (rúbrica)

de

Diego Florez (rúbrica)

am

in

o

Dezimos nosotros Don Gabriel Balbuena vecino de Leon Don Diego Florez vecino de Billa Obispo y Francisco Cubria vecino de Trobayo del Camino que en birtud de remate echo en publico conzeyo nos obligamos a poner abasto de bino en la taberna de dicho Trobayo por todo el presente año de Toro y de Tierra segun costa en el remate y bayo las condiziones de el y de bayar el marabedi en la medida pagando los terzios seis mil rreales en Contaduria y tres mil rreales para la contribuzion de Guerra y el resto hata nuebe mil cuatrocientos sesenta y dos rreales para el conzeyo y dieron por fiador para el cumplimiento de todo a Pedro Centeno de esta bezindad y para que conste lo firmamos en dicho lugar de Trobayo y enero catorze de mil ochocientos y treynta y nuebe.

Página 58

o

1839, Febrero, 3.

ob

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Vecindad de Bicente Diez.

ci

ve

Bicente Diez (rúbrica)

na

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e

Tr

En tres Febrero del año de 1839 se admitio por vecino a Bicente Diez y su muguer y tomo la vecindad por la casa donde bibe y pago sus derechos acostumbrados y dio por fiador para las cargas concejiles a Francisco Albarez vecino de dicho pueblo y para que conste lo firmo el dicho Bicente con la justicia y el fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriba dicho.

a

Froylan Fernandez (rúbrica)

nt

Juan Guerrero (rúbrica)

Ju

Por el fiel de fechos Bartolome Diez (rúbrica)

1839, Marzo, 17. Trovajo del Camino

Página 255 y 256

En el pueblo de Trovajo del Camino a diez y siete de marzo de mil ochocientos treinta y nuebe estando juntos en concejo la mayor y mas sana parte de los vecinos en la casa y sitio aconstumbrado determinando las cosas pertenecientes al bien comun, una de ellas fue admitir maestro para la enseñanza de niños; por lo que habiendose pesentado Jose Antonio Gutierrez del pueblo de Vegaquemada aficionado a dicho magisterio *** se le dio por admitido por tal maestro para el año presente de mil ochocientos treinta y nuebe respecti__? el de cuarenta en el precio y cuantia de cuatro cargas de centeno cuya cantidad se le a de pa la justicia del dicho pueblo en el 1º de Noviembre y 67

concluyendo en el sabado de Ramos del mismo año; y por ser ______ firmamos nosotros la justicia del mismo en nombre del Comun de vecinos, acompañado del dicho maestro. Froylan Fernandez (rúbrica) Juan Guerrero (rúbrica) Como maestro Jose Antonio Gutierrez (rúbrica) Por el fiel de fechos Bartolome Diez (rúbrica) 1839, Abril, 14.

Página 36

in

o

Vecindad de Matias Martinez

o

de

lC

am

En catorce dias del mes de Abril del año de 1839 se azmitio por vecino ha Matias Martinez y su mujer Luisa Cañon y pago los derechos acostumbrados y tomo la vecindad por la casa don havita y dio por fiador para las cargas concejales ha Thomas Rodriguez y para que conste lo firmo junto con la justicia, en dicho dia, mes y año harriba dicho.

aj

Matias Martinez (rúbrica)

Tr

ob

Juan Guerrero (rúbrica)

e

Froylan Fernandez (rúbrica)

Página 69

ld

1839, Mayo, 23.

Ju

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a

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ci

na

En el dia veynte y tres de mayo de mil ochocientos y treynta y nuebe habiendo bendido el Conzeyo a thomas Guisuraga residente en dicho pueblo un cacho de terreno para construyr una casa que se dio a la salida del pueblo para la Birgen al lado del norte junto al camino cuando comenzo abrir los cimientos se queyo Francisco Cubria de esta bezindad y a nombre de sus compañeros Justo Nicolas y Josef Lopez vecinos de Quintana de Raneros que debia deyar una calleya para el escorrentio de las aguas que salen de una Laguna cercana a este paraye y ademas para las llobidizas y se midieron dos baras que quedaran libres entre el cimiento de los dichos Justo Josef y Cubria y el conzeyo le dio otras dos baras mas que lo que antes tenia señalado azia el lado del poniente para que aprobechase alli lo que aca deyaba sin que pase dinero alguno de parte aparte y solo si igual terreno y para que coste lo firmamos la ** fiel de fechos y el dicho Thomas Guisuraga en dicho lugar dia mes y año Froylan Fernandez (rúbrica) Tomas Guisuraga (rúbrica) Juan Guerrero (rúbrica) Francisco Cubria (rúbrica) 68

1839, Julio, 7. Trovajo del Camino

Página 250 y 251

Cuentas de Pedro Ceteno y Francisco Albarez. En el lugar de Trovajo del Camino a siete de Julio de 1839 se rrecibieron las cuentas de cargo y data a los señores alcaldes pedanios del año de 38, que los son Pedro Centeno y Francisco Alvarez estando en el sitio aconstumbrado y casa de Concejo en la forma siguiente; Cargos quatrocientos y setenta y cinco reales de las churras ………………………………475

o

del cacho de los biñales …………………………………………………..….…….115

am

in

del cacho de la laguna de las eras de arriva ……………………………….….. 367- 17

lC

del silbar ………………………………………………………………..…..………101

de

del otro del silvar ……………………………..…………………………….….……80

o

de los cuerrabos ……………………….………………………………..…………..200

ob

aj

del cacho de junto a casa de Atanasio ……………………………..…………...326-17

Tr

de la taverna ………………………………………………………………………..6000

e

tras los bosques …………………………...…………………………………………..51

na

ld

por otro prado detras de la biña ………………………………………………...…….24

ci

la calleja del cabildo ………………………………….………………………………..4

ve

la de San Claudio ………………………………………………………………………9

nt

a

la del barreron ……………………………………………..……………………………7

Ju

el camino biejo de la laguna …………………………………………………………….1 la de Billamoros ……………………………………………………………………..…7 la del Silvar ……………………………………….…………………………………....11 la re_a? de Salcedo ……………………………………………………………………20 de la prendada de los bueyes …………………………………………………………..40 de la alcabala de la tierra de Bartolome Diez ………….………………………………16 del prado que bendio Julian Martinez ………………………………………………….10 del prao que bendio Faundo de Billabater ……….…………………………………….28

69

de la quinta parte de aguardiente ………………….………………………………..….85 de los abitantes …………………….…………………………………………………..50 ------Sigue ………….8031 de las tierras que bendio Bernardo Centeno a su hijo Pedro Centeno……………….…..3 de otra que bendio a Marcelino ……………………………………………..……….….1 por un prado que bendio a su hijo Agustin Centeno y una tierra a los Biña les …….…. 3 por otro prado que bendio Francisco Cubria a las eras de arriva …………………...…. 4

in

o

por el prado que compro Santiago Garcia …………………….…………………… 1080

am

por el barreron …………………………….…………………………………….……220

lC

por la alcabala de la casa bendio Juan Rodriguez ………..……………………………. 6

de

por otra que bendio Juan Guerrero …………………………………………………… 12

aj

o

por otra que bendio Manuel Gutierrez Menor ……….……………………………..… 6

e

Tr

ob

por otros praos que compro Abnasio ………………………………………………… 14 --------

ld

Total …..……. 9.380

Ju

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a

ve

ci

na

De manera que himportan los cargos que se les ace el concejo a los señores alcaldes pedanios arriva dichos los figurados nueve mil trescientos ochenta reales salvo error de pluma o numero que conferidos con nuebe mil setecientos treinta y ocho reales que/da en datas en sus memoriales y cartas de pago, alcalzan los señores alcaldes al concejo la cantidad de trescientos cinquenta reales, salvo error y para que conste los efectos que conbenga la firmaron la justicia y fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho Froylan Fernandez (rúbrica) Por ausencia del fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1839, Julio , 28. Trovajo.

Página 65

En beinte y ocho de Julio de mil ochocientos treinta y nueve estando en el sitio aconstumbrado y Casa de Concejo la mayor y más sana parte de becinos junto con la justicia que lo son Froylan Fernandez, alcalde pedanio 1º nombrado, y Juan Guerrero 2º becinos de este pueblo de Trovajo y el fiel de fechos hinterino, se presento Jose Garcia becino de Jeras de Gordon arrendar el pasto de este pueblo para pastiar con obejas desde

70

el quince de octubre de este presente año asta fin de abril del año de 1849, y a de pastiar, con doscientas quarenta cabezas, diez mas o menos y bajo de quel ? no a de pastiar por las erras estando cotas ni otras parajes donde el pueblo cote; y ademas si yciesen algun daño por cotos o frutos sembrados pagara el daño y castigo que tengan a bien imponerle, y bajo de todo esto se obligo a pagr a la justicia y becinos la cantidad de seiscientos reales en dinero y nueve cantaras de bino mediao y de esto se gasto una y quedaron en ocho; y para que coste lo firmo y firmaron la justicia y fiel de fechos en Trovajo y julio 28 de 1839. Josef Garcia (rúbrica) Froylan Fernandez (rúbrica)

in

o

Ynterino, de fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

am

1839, Agosto, 4. Trobajo

Página 59

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de

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En el lugar de Trobajo a cuatro dias del mes de Agosto del año de 1839 estando juntos la mayor y más sana parte de vecinos en el sitio acostumbrado y casa de concejo hacordaron lo siguiente bisto el desorden que havia con el jalero de no padecer pastor para sarle de la calle disculpandose que el tenia un res que tenia guardado del otro corrido y el que tenia tres lo misma y para quitar ynconbenien diyeron que que se guardara por cada rres un dia de manera que el que falte a el cumplimiento de esta acuerdo sera mutado en un ducado y guardar la vecera otra bez y la yusticia vuscara pasto a consta de aquel que falte a lo mandado y para que conste firmaron los que supieron junto con la ** y el fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho. Nota.

Ju

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a

ve

ci

na

haz-bitiendo que desde San Juan hasta San Miguel Martin se an de reservar quatro cabezas; no echandolas a la becera, y si las echase alguna de estas quatro guardara por cada cabeza un dia; y lo mismo por las de labranzas si las llegase a echar; y desde San Martin en adelante asta San Juan del año siguiente, no se livrara mas que una pareja, y por todo lo demas se guardara por cada res un dia y si esta pareja fuese a la becera lo mismo guardara, y sino las echase a la becera tendra pastor con ellas, asi lo acordaron y dispusieron y firmaron los que dijeron saver con la justicia y fiel de fechos en dicho dia mes y año, esto sera para siemrpe jamas. Santiago Garcia (rúbrica)

Julian Martinez (rúbrica)

Lorenzo Gonzalez (rúbrica) Juan Guerrero (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica) Manuel Guerrero (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

Joaquin Panyagua (rúbrica) Juan Garcia (rúbrica)

Pablo Fernandez (rúbrica)

Juan Martinez (rúbrica) Atanacio Martinez (rúbrica) Pedro Centeno (rúbrica)

Yo firmo el fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) 71

Agustin Centeno (rúbrica) Juan Fernandez (rúbrica)

1839, Octubre, 20. Trovajo

Página 70

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in

o

En beinte de octubre de este año de 1839, estando en el sitio acostumbrado y casa de concejo, la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos se presento; Anton Cañon o persona en su presencia que lo fue su hijo, y con arreglo al primer remate que se yzo de las yervas del campo, en beinte y ocho del mes de julio del mismo año dijo echava y echo la quarta parte a las dichas yervas arendadas por Jose Garcia vecino de Jeras de Gordon, el concejo la admitio, y estando presente el dicho Jose Garcia dijo que el se abrazava con la quarta parte; y no aviendo quien diese mas quedo por tercero y ultimo remate en el dicho Jose Garcia por mayor y mejor pastor; en la cantidad de setecientos reales en dinero y nueve cantaras de cino mediao y de esto se a gastado una cantara de vino ba las condiciones que cosnta en el remate en cho en beinte y ocho de julio del mismo año, y queda obligado y se obligo el dicho Jose a pagar dicha cantidad, y para que conste los efectos que combenga lo firmo la justicia y el fiel de fechos junto con el dicho Jose en Trovajo en dicho dia mes y año arriva dicho

lC

Jose Garcia (rúbrica)

de

Froylan Fernandez (rúbrica)

ob

aj

o

Por ausencia del fiel de fechos, Manuel Gutierrez (rúbrica)

Tr

1840

Página 235, 236, 237, 238 y 239

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1840, Fevrero, [5-6]. Trovajo del Camino.

na

Cuentas 1839. Froylan Fernandez y Juan Guerrero

Ju

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a

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ci

En 5 de fevrero del año de 1840 estando reunidos en el sitio acostumbrado y casa de concejo la mayor y mas sana parte de vecinos, se trato de tomar cuentas de cargo y data a los señores alcaldes pedanios del año de 1839 que lo son Froylan Fernandez y Juan Guerrero vecinos de este lugar de Trobajo del Camino y todos reunidos con los señores alcaldes del presente año de 1849 que lo son Pedro Fernandez y Atanasio Martinez, y yo el fiel de fechos nombrado por los mismos pasamos enseguida delante del Concejo acerles los cargos siguientes Se hace de cargo quinientos reales de las obejas ……………………………500 mas, ciento ochenta reales de la calleja que se dio a Juan Fernandez ……………….180 mas, de un cacho al barreron doscientos veinte ………..……………………………220 mas, se ace de cargo trescientos nobenta y dos reales del prado que se bendio al Sotico a Pedro Centeno ………………..…………………..………………………………..392

72

mas, se ace de cargo de cien reales del ganado que metio al coto de arriva a rrazon de beinte reales por mas que lo son una de Julian Martinez otra Francisco Martinez otra Francisca Gomez otra Bicente Garcia y otra Santiago Garcia ……………………….100 mas, se ace de cargo quarenta y tres reales y seis maravedis del cacho que se vendio en los biñales despues de abonar a Pablo Fernandez un escote de once quartos y medio y quedan en los figurados ………………………………………………………..…..43= 6

----------1459 =6

in

o

mas, se ace de cargo beinte y quatro reales del ganado que fue al coto de avajo, una Juan Guerrero, otra Tomas Gutierrez, Juan Fernandez y Pedro Martinez a rrazon de seis reales por una …………………………………………………………………………..24

am

mas, se ace de cargo trecientos y beinte reales de la alcavala de cachete ……...……320

lC

mas, por la calleja de San Claudio que llevo Juan Garcia …………………..………….8

de

mas, otra por la del prado del cavildo que llevo Manuel Trovajo quatro reale……..…...4

aj

o

mas, por tras los bosques cinquenta y tres reales ……………………………………...53

ob

mas, la pradera de Billamoros que llevo Bartolo Diez …..……………..………………5

Tr

mas, el camino biejo quedo en Tomas Rodriguez en treinta y ocho reales…………...38

ld

e

mas, el camino de Santa Ofenia quedo en Bernabe Florez en quatro reales ………..….4

na

mas, por el prado de tras la biña que llevo Agustin Centeno en beinte reales………....20

ve

ci

mas, se ace de cargo nueve mil quatrocientos sesenta y dos reales de la taverna ….9462

a

mas, se ace de cargo de la quinta parte de aguardiente, ochenta reales ..…………….80

Ju

nt

mas, de la alcabala de los chopos que se vendieron en la tierra Matilla treinta y seis reales…………………………………………….…………………………………..…36 mas, se le ace cargo de quatro mil reales que se abonan por Real Orden del medio diezmo ………………..………………………………………………………..……4000 mas, se le ace de cargo de mil setecientos reales de los avonares que abia ? asta el año quarenta ………………..…………………………………………………….….….1.700 -------17.189 = 6 mas, se le ace de cargo de quinientos y ocho reales y cien y siete mas que sale de la contrivución de paja y utensilios del año treinta y ocho segun consta en el cobratorio, solo de los becinos………………………………...……………………………. 508 = 17 73

mas, se le ace de cargo de mil reales y quince maravedis de la contrivucion de paja y vecinos del año 38 y 39 solo de lo forastero, según consta en el covratorio ………………………………………………………….…………………….. 1.000 = 15 mas, se le ace de cargo al dicho rejidores de dos mil quarenta y cinco reales de la contrivucion estraordinaria de guerra revajado trescientos quarenta y ocho reales que lebo de quievras asta este dicho dia; y solo esta cantidad sale de lo forastero ….………………………………………..…………………………………………. 2045 mas, se le ace de cargo de quarenta reales de los abitantes .....…………………….… 40 mas, se ace cargo de ciento y quarenta reales de los prados cerrados ……………… 140

am

in

o

mas, se le ace de cargo de diez y ocho reales de la alcavala de la tierra que [(tachado)] compro Miguel Garcia ……………………..…………………………………...…….. 18

lC

mas, se le ace de cargo de diez reales, quedaron de la predada de las bacas de Ferral ……………………………………………….……………………………………….. 10

o

de

mas, se le ace de cargo de quatro reales de la alcavala de las tierras que compro Jose Cubria………….……………………………………………………………………….. 4

e

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ob

aj

Mas, se le ace de cargo de ocho reales de la alcavala de la casa que compro Ysidro Prieto ………………………………..……………….………………………..……….. 8 ----------

ld

20.963

ci

na

mas, se le ace de cargo de doce reales de la alcavala de la madera que bendio Don Aniceto Cavero vecino de León en termino de este pueblo ……………………..…… 12

nt

a

ve

mas, se le ace de cargo de ocho reales de la alcavala de la casa que vendio Manuel Garcia ……………………………………………..…………………………………… 8

Ju

mas, se ace de cargo de cinco reales de la alcavala del querto que bencio Bartolo Diez…………………………………………………………………………………..….5 mas, se ace de cago de quatro reales de la alcavala del querto que compro Atanasio Martinez …………………………………………………..…………………………… 4 mas, se ace de cargo de catorce reales de la alcavala de la casa que compro Pedro Gutierrez……………………………………………….………................................... 14 mas, se ace de cargo de tres reales de la alcavala del prao que compro a los esa de Pifanio Martinez ……………………………………………………………………….. 3 mas, se ace de cargo de seis reales de la alcavala de la casa que bendio Miguel Garcia ……………………………………………………………………………………….…. 6

74

mas, se le ace de cargo de quinientos y ocho reales y medio de la contrivucion de paja y utensilios del año 39, solo de los vecinos …………………………..………….... 508=17 mas, se le ace de cargo de quatrocientos reales de la contrivucion estraordinaria que guerra…………………………..…………………………………………………….. 400 ---------total ………. 21.923

ob

aj

o

de

lC

am

in

o

De manera que himportan los cargo que van echos a los señores alcaldes pedanios del año 1839 que lo son Froylan Fernandez y Juan Guerrero los figurados Beinte y un mil nobecientos beinte y tres reales ciento cinquenta que dispues de aberse combenido asi el concejo como los dichos rejidores, en que lo que ocho ombres nombrados quatro por el concejo y quatro por los rejidor ; ycieran davan por echo y conformados asi unos como otros se apartaron y le revajaron de sus memoriales trescientos beinte reales y aema les avonaron beinte y ocho reales que no los tenian datos, y les quedaron en doscientos nobenta y dos reales, y les quedo en limpio los atrás espresados, y conferidos con los cargos echos alcanzan dichos rejidores la cantidad de tres mil doscientos beinte y siete reales, salvo error, y tambien el concejo se de los cargos echos, no se cobra todo avonara el concejo las quierras que aviese, y para que coste lo firmron los que supieron junto con la justicia y fiel de fechos en Trovajo y fevrero, seis de 1840

Tr

Cargos ……………… 21.923

---------

Alcanzan …………….. 3.227

ci

na

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e

Datas ……………….. 25.150

ve

Atanasio Martinez (rúbrica)

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a

Pedro Fernandez (rúbrica)

Ju

Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1840, Febrero , 9.

Página 221

Acuerdo En nueve de febrero estando reunidos en el sitio aconstumbrado y casa de concejo la mayor y mas sana parte de becinos junto con los señores alcaldes pedanios que lo son Pedro Fernandez , y Atanasio Martinez y yo el fiel de fechos acordaron y dejeron que por ningun pretesto los señores alcaldes de este año y lo mismo todos los demas en adelante no se propasen a cer mas gastos por quenta de concejo, que en los terminos siguientes, a la justicia se le pasaran por dir ayunt ** o acer dilingencias

75

urgentes por el concejo siendo licitas se les abona por dir ayuntamiento quatro reales, baya uno o vayan dos, o los que bayan ; y lo mismo sera si ban a Leon a otras diligencias; el dia que la justicia (sic) ande con los faltos se les avona una acumbre (sic) de bino; y no sera mas que el 1º dia y los que no bayan se le cobrara la multa que es quatro reales segun consta en acuerdo y para cuando se vaya a dar los botos a Leon sea este año u otro en adelante, se avonan a rrazon de dos reales por cada uno ; y a los badejes ni ministros no se les abona cosa ninguna; ni apliegos ni beredas ni presos; asi lo acordaron y firmaron en dicho dia, mes y año. Pedro Fernandez (rúbrica)

Atanasio Martinez (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

Pedro Centeno (rúbrica)

in

Pedro Martinez (rúbrica)

am

Santiago Garcia (rúbrica)

o

Agustin Centeno (rúbrica) Santiago Gutierrez (rúbrica)

aj

o

de

lC

Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

ob

1840, Fevrero, 9.

Página 240 y 241

Tr

Cuentas. Pedro Fernandez y Abnacio Martinez

ci

na

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e

En nueve de fevrero de este año de 1840. Se tomaron las cuentas a los señores alcaldes pedanios Pedro Fernandez y Abnasio Martinez de cargo y data estando reunidos en el sitio acostumbrado y casa de concejo, y yo el fiel de fechos ley en alta voz sus memoriales, y no uvo reclamacion alguna y degeron se les diera su aprovazion

Ju

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Se le recive en data sus memorial en gastos y pagar la cantidad de doscientos sesenta y seis reales …………………………………………………………………………… 266

Cargos de trescientos reales del cacho del prado que compro Pedro Centeno al Sotico ……………………………….……………………………………………………… 300 mas, se acen de cargo cien reales que da Juan Fernandez por cerrar la tierra de la vega al camino de la molinera ………………………..………………….……………….. 100 -------Total .….. 400 De manera que ynportan los cargos echos a los dichos rejidoes los figurados quatrocientos reales que conferidos con doscientos sesenta y seis reales quedan en datas en sus memoriales despues de rrevajarles ocho cantaras de vino que ay gastadas; y estas

76

se rrevajaron de las que tienen que dan el avasto, y le quedan en limpio los figurados y conferidos con los dichos cargos alcanza el concejo a los señores alcaldes en ciento treinta y cuatro reales según se forman y para que conste lo firmo en dicho dia, mes, y año Cargos ....................400 Datas …………..… 266 -----------Alcanza el concejo....134

o

Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 71

am

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1840, Febrero, 13. Trovajo del Camino.

e

Tr

ob

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o

de

lC

Dezimos nosotros que Gabriel Balbuena vecino de Leon y Francisco Cubria vecino de Trovajo; que nos obligamos a poner el abasto de bino que se pueda consumir de Tierra y de Toro en la taberna de este lugar de Trovajo del Camino en todo el presente año de mil ochocientos quarenta pagando por dicho abasto siete mil rreales en dinero, diez y ocho cantaras de vino, dos livras de pan cada vecino y se les permitira si fuese boluntad de los dichos abastecedores poner medidas de a nueve desde primero de setiempbre asta fin de año y para que conste lo firmaron en Trovajo del Camino y fevrero trece de 1840; y ademas pagaran el maravedi de el consumo del pueblo la licencia y subsidio bajandolo en las medidas

ve

1840, Marzo, 3.

ci

na

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fiador, Pedro Centeno (rúbrica) Francisco Cubria (rúbrica)

Página 36

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a

Becindad de Juan Fernandez

Ju

En tres de Marzo del año de 1840, se admitio por vecino, a Juan Fernandez y su mujer Eugenia Fernandez y pago los derechos aconstumbrados y tomo la vecindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales ha Pablo Fernandez y para que conste lo firmo junto con la justicia y fiel de fechos, en dicho dia, mes y año. Juan Fernandez Pablo Fernandez Alcaldes pedanios Pedro Fernandez (") Atanasio Martinez ( " ) como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

77

1840, Marzo, 8. Trobajo del Camino

Página 71 y 72

Renta En ocho de Marzo estando reunidos en la Casa de Concejo la mayor y más sana parte de becinos se trato de arrendar las tierras que se cojieron de Don Manuel Guarida vecino de Leon y no se arriendan mas que las que estan del camino de la Molinera para arriva que son tres tierras y las arrendo Juan Garcia vecino de Trovajo, en la cantidad de una carga de trigo de vuena calidad bajo de las condiciones siguientes; 1ª, que la dicha cantidad de trigo lo a de llevar el mismo y a de pagar el rejistro por su cuenta ;

am

in

o

2ª, que las detras del prado de Juan de Llanos las a de dejar ____? a este setimpbre y los mismo las de las Bargas de abajo de 1840;

lC

3ª, pagara tambien lo que le corresponda de la renta de concejo y la 1ª paga sera para el setiempbre del año que biene de 1841;

aj

o

de

4ª, quedan arrendadas estas tierras por el tiempo que dura este arriendo y sera de su cargo el pagar la contrivucion y bajo de estas condiciones lo firmo junto con la justicia y fiel de fechos en dicho dia mes y año arriva dicho;

ob

Juan Garcia (rúbrica)

e ld

Juan Fernandez (rúbrica)

na

Froylan Fernandez (rúbrica)

Tr

Atanasio Martinez (rúbrica)

ve

ci

Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 219

a

1840, Marzo, 31. Trovajo del Camino.

Ju

nt

Acuerdo sobre la cofradia de Santiago. En el lugar de Trovajo del Camino a treinta y uno del mes de marzo de este año de mil ochocientos quarenta, haviendo llegado a noticia del Abad y jueces de la cofradia de Santiago, que el concejo y becinos de el dicho lugar y sitio de Trovajo que havian señalado un cacho de terreno en termino del dicho lugar y sitio del sotico que tenia parte en ello dicha cofradia de Santiago; Se determina poner hombres por parte del concejo y por parte de la cofradia, el abad procurador y jueces para que lo fuesen a rreconozer y rreconocido que fue quedaron combenidos asi unos como otros que el pan que se aconstumbrava dar la cofradia para la escuela del referido pueblo queda abonado asta el espresado año arriva dicho; por este perjuycio que se les a ocasionado y no pasara dinero de una parte a otra; en quanto al señalamiento de concejo ; y otro cacho que el que le cerro, se propaso ademas de lo señalado no entra en esta compostura; y la cofradia se entendera con el; y para que conste lo firmaron el abad y procurador de la

78

cofradia, junto con la justicia , y becinos que dijeron saber; y yo el fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho Francisco Cubria (rúbrica)

Bernardo Fernandez (rúbrica)

Julian Martinez (rúbrica)

Antonio Nistal (rúbrica)

Pedro Fernandez (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

o

1840, Abril, 5. Página 55

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Becindad de Marcelino Gutierrez.

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de

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En cinco de Abril del año de 1840 se admitio por vecino a Marcelino Gutierrez y su mujer Maria Centeno y pago los derechos aconstumbrados y tomo la becindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas concejales a su padre Tomas Gutierrez de la misma becindad y para que conste lo firmo junto con la justicia y fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho

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Marcelino Gutierrez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 35

na

1840, Abril, 19.

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Becindad de Casimiro Santos

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En diez y nuebe de Abril de este año de 1840 se admitio por vecino a Casimiro Santos y su mujer Francisca Fernandez y pago los derechos acostumbrados y tomo la becindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas concejales a Froylan Fernandez de esta vecindad y para que conste lo firmo junto con la justicia y el fiel de fechos en dicho dia, mes y año. Casimiro Santos (rúbrica) Pedro Fernandez

"

Fiel de fechos Manuel Gutierrez "

79

1840, Abril, 26. Becindad de Torivio Panyagua

Página 53

En beinte y seis de Abril de este año de 1840 se admitio por becino a Torivio Panyagua y su mujer Ysidora Alvarez y pago los derechos aconstumbrados y tomo la becindad por la Casa donde avita y dio por fiador para las cargas conzejales a Juaquin Panyagua de la misma becindad y para que conste lo firmo y firme yo fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho Torivio Paniagua (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 220

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1840, Abril, 27.

de

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En el dia beinte y siete de Abril de 1840 se castigo a Pedro Zenteno y a Tomas Rodriguez por no azer caso de la señora Justicia viendose lebantado el señor alcalde primero una y dos vezes y tres a presenzia de el noble conzejo y no obedezen y para que conste lo firmaron señores alcaldes junto con el fiel de fechos

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1840, Mayo, 3. Trobajo del Camino

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Pedro Fernandez (rúbrica)

Página 74

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En el lugar de Trovajo del Camino a tres dias del mes de mayo de este año de 1840 en publico concejo y habiendo residido en dicho pueblo en los ultimos dias de octubre y diciembre de 1839 y en los principios de 1840 asta fines de Abril Jose Garcia vecino de Jeras de Gordon con sus ganados lanares y siendo este dia ultimo de su marcha y cumplimiento de su trato y por lo mismo la justicia y fiel de fechos determinaron acer recuento de las crias del año y resulto tener cinco de diezmo himmeditamente se mando poner un perito tasador por parte de la justicia qual lo fue Pablo Fernandez vecino de la misma vecindad, los que separados que fueron de la justicia y becinos que acompañaban para la tasacion de los que pertenecian al medio diezmo, dijeron eran cinco y su tasacion a siete reales cada uno himporta treinta y cinco reales los que por aora los llevo y se yzo cargo de ellos Jose Garcia vecino de Jeras de Gordon el que dara cuenta de ello al arrendatario que con titulo u orden real le sea pidido y para que conste lo firmo y firmaron en Trovajo del Camino en dicho dia, mes y año arriva dicho dando por fiador de _____? a Francisco Cubria de esta vecindad Joset Garzia (rúbrica)

Atanasio Martinez (rúbrica)

Pablo Fernandez (rúbrica)

Francisco Cubria (rúbrica)

Santiago Gutierrez (rúbrica) Pedro Fernandez (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

80

1840, Mayo, 3. Trobajo del Camino

Página 72 y 73

Obligacion sobre las obejas ; año de 1840.

de

lC

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En tres de mayo de 1849 estando reunidos en la Casa de Concejo la mayor y mas sana parte de becinos juntos con los señores alcaldes pedanios que lo son pedro Fernandez y Atanasio Martinez, y yo el fiel de fechos. Le presento Jose Garcia vecino de Jeras de Gordon arrendar el pasto ****? para pastiar con sus obejas desde el quince de otubre de este presente año asta beinte y cinco de Abril del año de 1841 y se le permite pastiar con doscientas quarentae cavezas diez mas o menos; y no se le permite pastiar por las eras, estando cotas ni otro qualesquiera sitio o paraje donde el concejjo cote ni podran meterlas en prados cerrados; y si yciesen algun daño por los frutos o cotos: pagara el daño, y ademas la multa o castigo que la justicia le himponga ; y bajo de todo esto se obligo a pgar a la justicia y becinos la cantidad de setecientos reales en dinero y nueve cantaras de vino mediado y desde dicho dia quedo por ultimo remate en el dicho Jose Garcia y no se permitiran mas pojas ni cosa alguna asi fueron conbenidos todos lo becinos; y para que conste lo firmo el dicho Jose junto con la justicia y fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho; y del vino ya se a gastado una cantara, y quedan en ocho;

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Pedro Fernandez (rúbrica)

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Atanasio Martinez (rúbrica)

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Jose Garzia (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 241

ci

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1840, mayo, 10.

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Cuentas. Pedro Fernandez y Abnasio Martinez.

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En diez de mayo de este año de 1840 se tomaron las quentas de cargo y data a los señores alcaldes pedanios que lo son Pedro Fernandez y Abnasio Martinez estando rreunidos e[n] la casa de concejo y sitio aconstumbrado y leydos que fueron sus memoriales por mi el fiel de fechos en alta voz; y preguntado que fue si abia alguna cosa que rreclamar; que se dijere, y no uno quien rreclamare cosa alguna; y enseguida paso yo el fiel de fechos a formarla en la forma siguiente; Cargos Se les ace cargo a los dichos alcaldes de ciento treinta y quatro reales alcance que rresulta en las cuentas de atras ……………………………..…………..…………… 134 mas, sesenta y seis reales del cacho que se vendio a la cotada Abnasio Martinez …….66 mas, se le ace cargo de seiscientos y cinquenta reales de las obejas ………..……… 650 --------

81

Total ..…. 850 Se le _ecivi en data sus memoriales de gastos y pagas seiscientos sesenta y siete reales que conferidos con los ochocientos cincuenta de los cargos alcanza el concejo a los dichos alcaldes en la cantidad de ciento ochenta y tres reales, salvo errro ……...….. 667 alcanza el concejo …….. 183 y para que conste lo firmo en dicho dia, mes y año arriva dicho. Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 270

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1840, Mayo, 24.

Página 75 , 76 y 77

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1840, Junio, 28. Trovajo del Camino

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En 24 de mayo se rremato por ultimo re […] / en publico concejo las campanas con la condicion [……] / car la oracion asta ? el dia San Miguel de Ma […] / del año que viene de 1841 y de tocar por la mañana y a la noche / y tocar a nube el dia que la ayga y no aguardara a que la nuve se cargue encima o se ponga muy hime / diata o amas tardar luego que principie a tronar / a todo, esto queda obligado y cumpliendo con lo mencionado; le a de pagar el concejo diez y siete eminas de centeno; echo este remate en el dia arriva dicho y para que conste lo firmo y yo el fiel de fechos

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Acuerdo sobre la vezera grande.

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En el lugar de Trovajo del Camino a veinte y ocho dias del mes de Junio de este año de 1840, estando reunidos en el sitio aconstumbrado y casa de concejo todos los becinos o la mayor y mas sana parte de becinos junto con los señores alcaldes pedanios que los son Pedro Fernandez y Atanasio Martinez y yo el fiel de fechos todos reunido acordaron lo siguiente; 1ª, que desde el dia de San Juan asta el dia de San Miguel que concluye la dicha becera la han de guardar dos becinos y no se les permite buscar pastor a ninguno a no ser que se halle forastero hantes que le toque la vecera o este enfermo o preso o por algun caso empleado por la justicia y el que no lo oserve lo mandado que vayga con la vecera pagara un ducado 2ª, en esta becera se permite quatro cavezas y se guardara un dia, y lo mismo si no echara mas que dos cabezas o una; el de una guardara un corrido si y otro no; y no se permite mas a no ser que se govierne con el pueblo los fureros guardaran la vecera del jatero y aunque no se echen a ella y lo mismo de los pacedores / pacederos

82

3ª,... todo el que eche el ganado a esta becera queda con obligacion de guardarla el dia que le corresponda y no se permiten en dicha becera jatos que pasen de año a no ser que sean capados. 5ª,... todo el ganado que se coja en el coto de dia le señala multa de un ducado, y si fuese de noche a de pagar 20 reales, mitad para el que lo coja y lo demas para el concejo. 4ª,... buelbe esta condicion; que por ningun pretesto se permite ningun ganado apartado en ninguna parte ni con pastor ni en sin el; y si pueden y se les permite en sus pacederos, asta el dia de San Pedro en adelante seran multada la pareja apartada en cinco reales por cada vez

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6ª, ... todo el que quisiera meter ademas de los cuatro cabos mas ganado a la dicha becera a de pagar por cada uno diez y seis reales y no se admitera menosa ninguno;

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de

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7ª, ... la vecera del jatero, si el pastor la dejase a mecer con la grande, o solo algun jato, se viese en la becera grande sienfo que se a entregado; a dicha becera a de pagar la multa de veinte reales si se llegase a mezclar por entero y si uno o dos mas se mezclase pagara un real por cada uno siendo entregados y sino lo pagara el amo o dueño de dicho ganado, y si alguno fuese malo que el pastor no le pudiese sujetar queda el amo con obligacion de ponerle revollo o rrevollos a las patas bajo de pagar la multa himpuesta el mismo dueño?

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8ª, ... todo pastor del jatero el dia que le toque la veceram a de salir al sitio antes de salir el sol; y no estando sera multado en un ducado;

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9ª, ... todos los jatos o jatas que nadcan desde Agosto asta San Martin an de pagar seis reales y guardar el jatero.

Ju

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Esto acordaron los reunidos y dejeron se oserve bajo que todas las condiciones que estan estampadas y qualesquiera que no las oserve, se les señala la multa de un ducado esta multa es para las condiciones que no tienen la multa señalada; asi lo acordaron y firmaron en dicho lugar los que dijeron saver y dicho dia mes y año arriva dicho Pedro Fernandez (rúbrica)

Atanasio Martinez (rúbrica)

Dijeron que bastavan el firmar la justicia y fiel de fechos pues estando todos presentes lo dieron por bien echo y acordado, y lo firme yo el fiel de fechos junto con la justicia que arriva firma; fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) 1840, Setiembre, 6.

Página 249

En seys de setiembre de mil ochocientos 40 digo yo Jose Menendez que me obligo a guardar los panes y cotos del lugar de Trobajo del Camino por el año ariba dicho del que biene de 1841 hasta el dia de Nuestra Señora de Agosto y el conzejo se

83

obliga a pagar al dicho Jose cuatro cargas de zenteno y el dicho Jose cobrara las penas acostumbradas en el dicho pueblo que con desde San Miguel a marzo un ochabo por cada cabeza suelta y diez maravedis por lo de bezera y en adelante doble pena el carro forastero en todo tiempo pagara un rreal pasando por las eras y si fuese dos bezes duplicando la pena oteruelo ? los rrebaños un rreal el ganado bacuno dos cuartos por cabeza la birgen, los rrebaños dos reales y si buelbe dobel los que se cojan abeña ? diez reales, lo de Leon por cabeza quatro reales los rrebaños diez reales y porque coste lo firmaron la justizia y fiel de fechos arriba dicho Pedro Fernandez (rúbrica)

in

o

Atanasio Martinez (rúbrica)

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1840, Septiembre, 6.

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Becindad de Gregorio Fernandez

Página 57

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de

En seis de Sebpbre de este mismo año de 1840 se admitio por vecino a Gregorio Fernandez y su mujer Ysabel Fernandez y pago los derechos aconstumbrados y tomo la vecindad por la casa de junto a casa de su padre y dio por fiador para las cargas conzejales a su padre Juan Fernandez de la misma vecindad para que conste lo firmo y yo el fiel de fechos firme en dicho dia mes y año arriva dicho.

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Gregorio Fernandez (rúbrica)

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Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 242 y 243

ci

1840, Noviembre, 15. Trovajo del Camino

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Cuentas. Pedro Fernandez y Abnasio Martinez.

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En 15 de Noviembre se tomaron las cuentas de cargo y data a los señores alcaldes pedanios que lo son Pedro Fernandez y Abnasio Martinez estando reunidos en la casa de concejo y sitio aconstumbrado y leydos que fueron sus memoriales por mi el fiel de fechos en alta voz; y preguntado que fue despues de aberlos leydo si avia alguna cosa que reclamar; que se dijere, y no aviendo avido quien rreclamacion alguna y enseguida paso yo el fiel de fechos a formarla y estamparla en la forma siguiente; Cargos Se les acen de cargo a los dichos alcaldes de ciento ochenta y tres reales que rresultan a favor de concejo en las 2as cuentas ……………………………………..…………… 183 mas; se le acen de cargo de mil reales que de sobrante del avasto de vino …...…… 1000 mas; se le acen de cargo de 100 reales del camino viejo …………………………… 100

84

mas, se le acen de cargo de 25 reales del cacho que compro Santiago Gutierrez junto a casa ……………………………………….……………………………………………25 mas, de otro cacho que compro Francisco Blanco ………………………………...…. 20 mas, de otro cacho que compro Juan Martinez ………………………………………. 25 mas, de la pladera de Billamoros …………………………………….……………….. 4 mas, del Camino de Santa Ofemia ……………………………………………….……. 4 mas, de la del prado cavildo …………………………………….……….…………….. 4 mas, del cacho que se vendio a Fontanillas que compro Pedro Fernandez ……...….. 120

in

o

mas, del cacho que se vendio a Soton y lo llevo Bernardo Fernandez ……………… 42

de

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mas, del cacho que se salio el silletero …………………………………..………..…. 15 --------

Siguen ……….. 1542

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mas, se le acen de cargo de 20 reales del prado que llevo Francisco Cubria tras la viña 20 -------Cargos …. Total …….. 1562

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Se le rreciven en data en sus memoriales de gastos y algunas pagas mil seiscientos sesenta y siete reales ………………..………………………..………………….... 1667

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--------

Ju

que conferidos con los mil quinientos sesenta y dos reales que resultan de los cargos echos alcanzan los alcaldes pedanios al concejo los figurados ciento y cinco reales, salvo error ……………………………………………………………………..……. 105 Datas ………….…… 1667 ---------Cargos ……………....1562 ---------Alcanzan al concejo….. 105

85

y para que conste lo firmo yo el fiel de fechos en Trovajo y Noviembre quince de mil ochocientos quarenta. fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1840, Diciembre, 21. Trovajo del Camino.

Página 78, 79 y 80

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Digo yo Tomas Guesuraga residente en el pueblo de Trovaj-o del Camino; que en birtud del remate que se celevro en el dia treinta de Nobiembre de este año de la fecha del avasto de bino del espresado lugar; para todo el año que viene de mil ochocientos quarenta y uno; queda rematado dicho avasto por mayor postor en el ya referido Tomas Guesuraga en la cantidad de nueve mil setecientos y beinte reales, en dinero, quatro cargas de pan centeno para la esquela dos capirotes para los becinos de un mollete y un quarteron de queso cada vecino y cada vez que lo gasten o aprovechen y ademas beinte cantaros de vino de Toro; y una media cantara de cobre para el concejo, potada usual y corriente, todo bajo, las condiciones siguientes:

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de

1ª,... que la cantidad en que se rremate, la a de pagar en quatro tercios yguales quince dias antes que benzan cada uno de por si y sera de cargo del avastecedor y fiador poner dichas cantidades en poder de la justicia o depositario que nombre en plata u en oro y en los terminos que quedan dichos.

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2ª,... que el bino aya de ser de vuena calidad de tierras de Toro y de Billamañan y se haya de bender todo an un tiempo para que todo becino o pasajero beva de lo mejor que acomode y esto se bendera un quarto menos en quartillo que los precios que se señalam en tres tavernas en Leon que lo son Don Luis Gabilan, Alejo Carro y La Mariana y en caso de no tener bino de tierra dara el de Toro a precio del de tierra pues asi queda obligado.

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3ª, ... las medidas han de ser de a ocho azumbres la cantara

Ju

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4ª, ... sera cargo del avastecedor el pagar el maravedi en azumbre y lo mismo por el consumo de cada vecino que consuma en su casa, y sera de su cargo el pagar la licencia y subsidio que le corresponda por dicho abasto de suerte que la cantidad en que esta rematado se a de entregar a la justicia segun se espresa en la 1ª condicion 5ª, ... tambien sera de su cargo el pagar el maravedi del bino que consuma el Concejo el maravedi lo rrevajara de las medidas 6ª, ...todo vecino o forastero que benda vino por mayor a de pagar al abastecedor dos reales en cantaro que bendan y ademas an de pagar el maravedi que les corresponda; y estos yntroductores deberan bajo las penas que marcan las leyes abisaran al avastecedor para el conocimiento de lo que se introduce y cobranza del derecho y este se pagara luego que se berifique la benta.

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7ª, ... el vino que hayga gastado en los rremates se a de pagar al avastecedor de este año de 1840 8ª, ... tambien es condicion que a de pagar quatrocientos reales en el 1º dia que se ponga a vender, y estos seran a quenta de todo el ymporte del dinero en que se rremato 9ª, ... de suerte que el consumo que cada vecino consuma en su casa sera livre de todo derecho

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o

Y bajo de todas estas condiciones quedo obligado a cumplir dicho abasto y remate y dio por fiador para todo con quien se entendera la justicia tanto para cobrar el dinero como pa todas las cosas pertenecientes a este remate a Lorenzo Fernandez de esta vecindad asi lo otorgaron y firmaron en Trovajo del Camino y diciembre beinte y uno de mil ochocientos quarenta

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Tomas Guesuraga (rúbrica)

de

Lorenzo Fernandez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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1840,

Página 268

Tr

ganado que han echado al coto de avajo a rrazon de 16 reales cada uno

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Juan Fernandez, dos …………………………………………………………………...32

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Froylan Fernandez, dos ………………………………………………………………..32

Página 52

a

1840, Abril, 12. Trovajo del Camino

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En el lugar de Trovajo del Camino a 12 de Abril de este año de 1840 estando la justicia y becinos reunidos en el sitio aconstumbrado y casa de Conzejo se hajusto a dar escuela de niños para el año que viene de 1841, Jose Gutierrez, residente en Begaquemada, bajo las condiciones siguientes: 1ª que dara principio para el dia de los Santos del año 41 asta Ramos del mismo; y se obliga tambien asistir a misa todos los dias de fiesta, y los dias de lavor mandara dos niños o el dira el rosario todas las noches y preguntara la doctrina en su tiempo y dira los pasos por la Cuaresma; y para esto se a de pagar el Concejo y becinos quatro cargas de pan centeno; y , los padres de los muchachos an de dar los que escrivan dos reales o una livra ____________? y los que lean un real o media livra y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en dicho dia y mes y año arriva dicho. *Documento tachado y transcrito

87

1840?, Fevrero, 28.

Página 239

En beinte y ocho de fevrero se rreunio el concejo en la casa y sitio aconstumbrado acavar de cerrar las cuentas de los alcaldes del año de 1839 y se le revajaron del alcance que arriva se ve mil quinintos noventa y tres reales y le quedan mil seiscientos treinta y quatro reales se le avonan de quierras, sigue a la oja quarta *Documento incompleto y tachado

1841 Página 73

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1841, Enero, 17. Trobajo del Camino.

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Año de 1841 Becindad de Tomas Alvarez

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En diez y siete del mes de Enero del expresado año, se admitio por vecino a, Tomas Alvarez y su mujer Justa Garcia; tomo la vecindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales a su padre Manuel Alvarez vecino de este pueblo de Trovajo del Camino y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en dicho lugar dicho dia mes y año arriva dicho;

ob

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Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 243 y 244

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1841, Enero, 25. Trovajo del Camino.

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Tomas Alvarez (rúbrica)

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Ultimas cuentas. Pedro Fernandez y Atanasio Martinez

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En 25 de enero de este año de 1841 se rrecivieron las ultimas cuentas de los señores alcaldes pedanios del año de 1840, que lo fueron Pedro Fernandez y Atanasio Martinez estando rreunidos en el sitio aconstumbrado y casa de concejo; y tomado que fue el silencio se leeron sus memoriales en alta voz por mi el fiel de fechos y despues de leydos se dijo si alguna cosa tenian que advertir o queja que dar sobre los referidos memoriales y no aviendo rreclamacion ninguna pase yo el fiel de fechos a estamparlas en este livro de caja en esta forma; Cargos Se ace de cargo de cinquenta y tres reales que sobraron del prado de Atanasio despues de pagar un tercio ……………………………….....………………………………..…53 Se ace de cargo de la alcavala de la tierra que vendio Julian Martinez veinte y quatro maravedis ……………………………………………………………………………………… = 24 Mas se ace de cargo veinte reales de los avitantes ………………………….………...20

88

-------Cargo …..

Total ………. 73 = 24

Se le rreciven en data en sus memoriales de gastos y algunas pagas novecientos quarenta y nueve reales y 22 maravedis y ademsa ciento y cinco reales que resultan de alcance en las quentas del 15 de Nobiembre que todo resulta en la datas la cantidad de mil cinquenta y quatro reales y 22 maravedis en que la formo yo el fiel de fechos en esta forma reales

maravedis

Datas ……………….1054 = 22

lC

Alcanzan al concejo …….981

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-------------

o

73 = 24

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Cargos ……………..

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fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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o

de

De manera que conferidos las datas con los cargos alcanzan los dichos alcaldes pedanios al concejo los figurados nuevecientos ochenta y un reales, salvo error y para que conste lo firmo yo el fiel de fechos siendo asi que no uvo reclamacion alguna; lo firmo en Trovajo y Enero 25 de mil ochocientos y cuarenta y uno

ld

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1841, Enero, 31

Página 49

na

Becindad de Facundo Fernandez.

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En treinta y uno de Enero de este año de 1841 se admitio por becino a Facundo Fernandez y su mujer Maria Martinez y pago los derechos aconstumbrados; tomo la vecindad, por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales a su suegro Pedro Martinez, vecino de este pueblo de Trovajo del Camino y para que conste lo firmo y firmo yo el fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho. Facundo Fernandez (rúbrica) Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) 1841, Marzo , 7.

Página 47

Becindad de Mateo Centeno En siete de Marzo de 1841, se admitio por becino, a Mateo Centeno y su mujer Maria Cubria pago los derechos aconstumbrados tomo la vecindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales a su padre Agustin Centeno de la misma vecindad, y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho.

89

Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Mateo Centeno (rúbrica) 1841, Marzo, 7.

Parte 1

Página 247 y 265

de

lC

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o

En siete de Marzo del año de mil ochocientos quarenta y uno, estando rreunidos en la casa de Concejo y sitio aconstumbrado la mayor y mas sana parte de becinos junto con la justicia y fiel de fechos se acordo; y fueron todos gustosos en que desde dicho dia no se trayga el pan aconstumbrado de una ogaza de ocho livras y para esto se trato de que por la falta de dicho pan se trayga [media cantara de vino mas que son las] tres cantaras y media de vino de tierra, esto es y se le permite al yjo de vecino; y en el dia que page estos derechos; bendra segun constumbre su mujer y acompañada para otorgar la fianza de las cargas concejales; y si fuese fuera de hijo de vecino pagara quatro cantaras de vino de tierra de vuena calidad esto a de ser siendo de la Hermandad de los quatro pueblos, San Andres, Billavalter, Ferral y Trovajo, y fuera de estos quatro dichos pagara lo aconstumbrado, y asi lo acordaron y firmaron los que digueron saber junto con la justicia y fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho, lo emendado balga Francisco Cubria (rúbrica) Agustin Centeno (rúbrica)

Tomas Gutierrez (rúbrica)

aj

Pablo Fernandez (rúbrica)

ob

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Juan Garcia (rúbrica)

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Tomas Rodriguez (rúbrica) Bernabe Fernandez (rúbrica)

e

Froylan Fernandez (rúbrica)

ci

Bartolome Diez (rúbrica)

Julian Martinez (rúbrica)

na

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Miguel Garcia (rúbrica)

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Pasan estas firmas por no aber mas sitio a la oja once a la derechas pagina 265

nt

a

Parte 2

Ju

Sigue el acuerdo del dia siete de marzo Mateo Centeno (rúbrica)

Benito Laiz (rúbrica)

Matias Martinez (rúbrica)

Francisco Blanco (rúbrica)

Antonio Nistal (rúbrica)

Manuel Guerrero

90

(rúbrica)

[1841, Marzo, 7.]

Página 248

Se acordo en el mismo dia lo siguiente el coto el ganado que se coja en dia medio rreal y de noche quatro reales por cada cabeza siendo de ora de zena adelante; las obejas quatro reales por rrebaño y las churras cojiendolas en donde esta coto diez reales; el dicho Jose por no saber firmar yzo la señal de cruz ┼ por ausencia del fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

1841, Marzo, 21. Trovajo del Camino.

Página 245 y 246

o

Remate Cuentas. Pedro Fernandez y Atanasio Martinez.

Cargos

de

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in

En 21 de marzo estando reunidos en la casa de concejo y sitio aconstumbrado la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos se trato de rematar y concluir las quentas de los pedanios de año de 40 que lo son Pedro Fernandez y Atanasio Martinez en esta forma

aj

o

del prado de Atanasio Martinez ……………………………………..……..1747

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del abasto del año de 40 ………….……………………………..………… 4500

ld

e

de la contrivucion ordinaria del dicho año rrevajado 5 reales que uno de quievras …………………………………………………………………….………..1036

na

--------

Datas

a

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Total ………. 7.283

Ju

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Del pliego de cuota fija del dicho año ……………………......……………6988 alcance anterior ………………………………………………………………981 mas, ciento treinta y cinco reales que por olvido se an quedado en las otras quentas de varias partidas en la qual se leeron al publico……………………………......135 mas, ciento y cinco reales que ____to el covrar la contrivucion ordinaria a Manuel Gutierrez …………………………………………………………..………….105 --------Total ……..8.209 Cargo …….7.283 --------Alcanzan los rejidores 926

91

De manera que himportan los cargos que van echos los figurados siete mil doscientos ochenta y tres reales quedan en datas; alcanzan los dichos rejidores o alcaldes pedanios al concejo en la cantidad de novecientos viente y seis reales salvo error y los dichos alcaldes rreciviendo dicho alcance seran de su cargo el pagar el tercio que se deve del año de 40 y presentaran su carta de pago que es la que falta; y asi se conformaron y las otorgaron y firmaron la justicia y yo el fiel de fechos en Trovajo y Marzo veinte y uno de 1841. Pedro Garcia (rúbrica)

o

fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 37

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1841, Abril, 4

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Becindad de Jose Centeno

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de

En quatro de Abril de este año de 1841 se hadmitio por becino, a Jose Centeno y su mujer Angela Crespo y pago los derechos acostumbrados y tomo la vecindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales a su tio Tomas Rodriguez de la misma becindad, y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriva dicho.

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Jose Zenteno (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 14

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1841, Abril, 11

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Becindad de Manuel Nabares y su mujer ; Año de 1841.

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En once de Abril de este año de 1841 se admitio por vecino a Manuel Navares y su mujer Leonor Garcia, pago los derechos aconstumbrados y tomo la becindad por la casa de la calle real y dio por fiador para las cargas concejales a Juan Garcia de la misma vecindad, padre politico y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en dia mes y año arriva dicho. Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Manuel Nabares (rúbrica)

92

1841, Abril, 12

Página 21

Año de 1841 becindad de Miguel Guerrero En 12 de Abril se admitio por becino a Miguel Guerrero y su mujer Andrea Fernandez, pago los derechos aconstumbrados, tomo la becindad por su casa, calle de la Fuente y dio por fiador para las cargas concejales a su padre Juan Guerrero de la misma vecindad. Y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en dicho dia mes y año arriba dicho. Miguel Guerrero (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 190 y 191

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1841, Mayo, 16. Trovajo del Camino.

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1as Cuentas. Pedro Garcia y Juan Garcia

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de

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En 16 de Mayo de este año de 1841, estando reunidos en la casa la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos se tomaron las quentas de cargo y data a los alcaldes pedanios que lo son Pedro Garcia y Juan Garcia y yo el fiel de fechos ley los memoriales en alta voz, y no aviendo reclamacion alguna por allarles arreglados paso el concejo acer los cargos siguientes

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Cargos Reales de las obejas setecientos reales .................................................................................. 700

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mas, de la alcavala del arquitecto por las eredades que vendio en este pueblo trescientos sesenta y seis reales ................................................................................................... 366

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mas, de la alcabala de la tierra que compro Venito Laiz y Tomas Gutierrez a Miguel Campomanes vecino de Armunia ................................................................................ 34

Ju

mas, beinte reales que dio Manuel Gutierrez por cerrar el quiñon de la calzada ...........20 mas, diez y seis reales por otro que cerro al mismo sitio Gregoria Centeno ................ 16 mas, beinte reales por otro que cerro Manuel Guerrero a los Cuerragos……….……..20 mas, cinco reales de un chopo que se bendio a la calzada.............................................. 5

Sigue ............. 1161 mas, de la alcavala de la tierra que compro Bernardo Fernandez, doce reales .............12

93

mas, son cargo de doscientos sesenta y ocho reales que sobro del pago del 1er tercio ynclusos veinte duros que se pagaron a Francisco Cubria; y no se mete en este tercio nada de la ____ ____ ....................................................................................... 268 mas, ocho reales de la alcavala de los marranos ........................................................... 8 mas, del camino de la Santa ******* ........................................................................... 4 Total ............................................... 1453

lC

Alcanzan los rejidores .................... 21

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o

De manera que suman los cargos que van echo a los dichos alcaldes pedanios los figurados mil quatrocientos cinquenta y tres reales, salvo error que conferidos con mil quatrocientos setenta y quatro reales que nos presentan en sus memoriales; alcanzan los dichos alcaldes pedanios al concejo en la cantidad de veinte y un reales salvo error: segun de forma: ........ Cargos ......................................... 1453 Datas .......................................... 1474

de

Y para que conste los efectos que combenga siendo que no ávido reclamacion alguna las firmo yo el fiel de fechos en dicho lugar de Trovajo dicho dia mes y año arriva dicho

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1841, Septiembre, 29. Trovajo del Camino.

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 246

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En 29 de Septiembre de este año de 1841 estando reunidos en la casa de concejo y sitio aconstumbrado la mayor y mas sana parte de vecinos junto con la justicia y fiel de fechos; Se presento Jose Melendez vecino del concejo de grao para ajustarse a guardar todos los frutos y cotos que se hallan en trmino de este pueblo de Trovajo del Camino y se hajusto bajo de las condiciones siguientes: 1ª, queda obligado dicho pastor del capo desde dicho dia asta la ultima gavilla que hayga en la vega; y de los daños que hayga en toda la dicha temporada no dando dañadores licitos y berdaderos pagara el a cuenta de su salario el daño o daños que uviese ** 2ª, queda obligado en dar pesquisa todos los domingos el ganado que resulte a ver visto aciendo daño y su pena desde dicho dia asta Marzo sera dos marabedis por caveza se_a de qualquiera clase y siendo de becera o rrevaño diez maravedis esto fuera de los daños que hagan echo y de marzo en adelante sera doble la pena y bajo de estas condiciones queda obligado el concejo a pagarle quatro cargas de pan centeno; y para que conste lo firmo la justicia y fiel de fechos y el dijo no saber. En Trovajo en dicho dia, mes y año arriva dicho y es condicion que asta nuestra Señora de Agosto queda sujeto a cumplir dicho trato Pedro Garcia (rúbrica) Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

94

1841, Noviembre, 21. Trovajo del Camino

Página 192 y 193

2 as Cuentas Pedro Garcia y Juan Garcia En 21 de Noviembre de este año de 1841 estando todos los vecinos o la mayor y mas sana parte del Concejo en el sitio aconstumbrado y casa de Concejo dieron las 2 as cuentas, los alcaldes pedanios que lo son Pedro Garcia y Juan Garcia, de cargo y data y abiendose tomado silienzo fueron leydos sus memoriales, en alta voz, por mi el fiel de fechos y no haviendo reclamacion alguna por allarlos arreglados, paso el concejo y yo el fiel de fechos acer los cargos siguientes; Lo primero

Reales maraved.

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o

Cargos

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Se hace de cargo de ochenta reales que le tras los vosques............................. 80

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mas, de la calleja de cavildo ............................................................................. 4

de

mas, de la de Señor Claudio, diez reales ....................................................... 10

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mas, se hace de cargo ciento y ochenta reales y doce maravedis que pague por el camino de Vargos y avercedo por escote ….................................................. 180=12

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mas, se hace de cargo ciento y veinte reales y diez y ocho maravedis del 2º tercio de vagos por escote .............................................................................................. 120=18

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mas, se hace de cargo de setenta reales que se quedaron en pagar los zapateros . 70

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mas, diez y seis reales de las prendadas de los revaños de Ferral......................16

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mas, once reales de una multa a Ramon el de Manuela por aver cortado leña sin licencia del concejo…………………….………………………………………………..11 Sigue .......... 491=30

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mas, de veinte y dos reales de otra multa a Juan Martinez por aver cortado leña en termino de concejo sin licencia ........................................................................... 22 mas se hace de cargo de setecientos treinta y seis reales de los sobrantes del 2º y 3º trimeste de la taverna avonando y quedan avonados seiscientos reales que se dieron a Valvuena de estos tercios………………………………………………..……... 736 Total ........................................... 1250=30 De manera que suman los cargos que van echo a los dichos alcaldes pedanios los figurados mil doscientos y cinquenta reales, salvo error; que conferidos con mil quatrocientos ochenta y uno que nos presentan en sus memoriales y una carta de Balbuena de pago de 600 reales y ademas veinte y un reales que resulta en las 1 as cuentas, alcanzan los dichos alcaldes al conzejo en doscientos y cinquenta y tres reales segun se firma

95

Cargos ............ 1249 Memoriales y alcanze anterior ………... 1502 Alcanzan ........... 253 Y para que conste los efectos que conbengan siendo que no hávido reclamacion alguna de sus memoriales las firmo yo el fiel de fechos en Trovajo y Noviembre 21 de 1841 Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 58

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1841, Diciembre, 12.

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Becindad de Damaso Blanco

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de

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En doze de diciembre de este año de 1841 se admitio por vecino a Damaso Blanco y su mujer Francisca Fernandez y pago los derechos acostumbrados y tomo la vecindad por la casa donce abita y dio por fiador para las cargas concejales a Lorenzo Gonzalez de la misma becindad y para que conste lo firmo junto con la justicia y el fiel de fechos en dicho dia, mes y año ariba dicho.

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Pedro Garcia (rúbrica)

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Lorenzo Gonzalez (rúbrica)

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Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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1841, Diciembre, 12. Trovajo del Camino.

Página 80 y 81

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En dia 12 de diciemvre de este año de 1841, estando todos los vecinos justicia y fiel de fechos en la casa de concejo y sitio acostumbrado se presento Tomas Guesuraga como avastecedor, y mayor postor del avasto de bino de este pueblo de Trovajo del Camino y Lorenzo Fernandez como su fiador y vecino del mismo; y asi mismo pidieron gracia al concejo de sus devitos y aviendo resultado en dever los dichos al concejo la cantidad de 2498 reales resulto el concejo y becinos en que se pagase 1764 reales lo restante se le hacen de gracia que son 734 reales y ademas se avonaran a los alcaldes pedanios del dicho año la cantidad de 68 reales que restavan del 3º tercio pues ya los tienen cargados en sus cuentas asi lo acordaron y firmaron la justicia y fiel de fechos en consentimiento de todos los vecinos en Trovajo y diciemvre 12 de diciemvre de 1841 Pedro Garcia (rúbrica) Juan Garcia (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

96

1842 1842

Página 31 Acuerdo sovre donde quedan las veceras la vecera grande, quedo y guardo el ultimo, Isid[o]ro Prieto

la vecera de los marranos guardo el ultimo la vecera de las pollinas guardo el ultimo

Página 77

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Remate de las cuentas de Froylan Fernandez y Juan Guerrero.

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1842, Febrero, 6. Trobajo del Camino

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de

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En 28 de fevrero se reunio el concejo acer el remate de todas las cuentas de los rejidores arriva dichos y despues de averle avonado todo lo que fue justo y de rrazon, y el aver dado datos licitos y berdaderos, quedaron asi los rejidores como el concejo de no bolver a rrepetir cosa alguna sobre el asunto de dichas cuentas y pagando el alcance que resulta que con 2457 reales segun se ve, y lo firmaron en dicho dia mes y año

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Alcalde pedanio Pedro Garcia (rúbrica)

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Froylan Fernandez (rúbrica)

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Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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Forma de cuenta

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Alcanze anterior .................................3227

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Se rrevajan .........................................1593

Alcanza ..............................................1634 Ademas se le avonan de quievras y .....823  Alcanze liquido ..................................2457

Me doy yo Froylan Fernandez como rejidor que fuy en el año de 1839, por satisfecho de todo el alcanze que a rresultado a mi favor q. son los figurados dos mil quatrocientos

97

cinquenta y siete reales y para que conste donde conbenga lo firmo en Trovajo y fevrero seis de 1842 Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) y lo firmo yo Froylan Fernandez (rúbrica) 1842, Febrero, 24.

Página 194 y 195

Cuentas. Juan Garcia y Pedro Garcia

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En 24 de Fevrero de este año de 1842, se rreunio la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de becinos en la casa de Concejo y sitio aconstumbrado a tomar las cuentas de los alcaldes pedanios del año pasado de 41 que lo son Juan Garcia y reunidos que fueron se tomo el silencio y ley yo el fiel de fechos en alta voz sus memoriales, y allandolos arreglados y no aviendo reclamacion alguna se les recivieron y yo el fiel de fechos las paso al livro de Caja de Concejo en esta forma Cargos

de

Reales marav.

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Se les aze de cargo de mil ochenta y siete reales de la contrivucion de paja y ** ….1087

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mas, se le ace de cargo de dos reales de la alcavala de las tierra que vendio Francisco Garcia vecino de Armunia .............................................................................................. 2

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mas, se ace de cargo de siete reales de la alcavala de las tierras que vendio Francisco Cubria vecino de Ardon ................................................................................................... 7

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mas, se ace de cargo de 10 reales de la alcavala de los quiñones que bendio Bicenta Martines a los Biñales ................................................................................................... 10

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mas, son cargo de 14 reales de la alcavala de la tierra que bendio Lorenzo Fernandez al Regueron ……………………………………………………………………………… 14

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mas, son cargo de 5 reales de la alcavala de quiñon que bendio Agustin Centeno a los Biñales ……………………………………………………………..……………………5 mas, son cargo 8 reales de la alcavala de la madera que bendio Don Jose Escovar vecino de Leon ….……………………………………………………...……………………….8 -------Sigue ........ 1133 son cargo de 4 reales de la alcavala del prado que bendio Santiago Garcia a las Bargas…………………………………………………………………………….…….. 4 ------Total ........ 1137

98

Se le reciven en datas e sus memoriales ................................................. 868 mas, a Vernardo Fernandez por sus trabajos .............................................. 7 mas, a Manuel Gutierrez por las relaciones ............................................. 50 mas, de las quivras de la contrivucion ..................................................... 58 mas, del alcance de las quentas anteriores .......................................... 253 Datas ..................... 1236 Cargos ................... 1137 Alcanzan los rejidores los figurados noventa y __ nueve reales, salvo error .......….... 99

o

de

lC

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o

De manera que suman los cargos que ban echos a los dichos rejidores los figurados mil ciento treinta y siete reales que conferidos con mil doscientos treinta y seis reales que se les avonan en sus memoriales y quievras alcanzan al concejo los figurados noventa y nueve reales en lo que se quedaron asi el concejo como los rejidores animes y conformes; y para que conste los efectos que conbengan las estampo en el livro de concejo y las firmo yo el fiel de fechos en dicho lugar dicho dia, mes y año arriva dicho junto con la justicia del presente año

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 218

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1842, Marzo, 27.

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Trato sobre el pasto de las churras para el año se 1843

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En veinte y siete de marzo de este año de 1842 se reunieron la justicia, fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos en la casa de conzejo y sitio aconstumbrado y reunidos que fueron se levanto la justicia y tomo silenzio, a esto, se presento Santiago Rodriguez vecino de Cubillas, concejo de Rodiezmo y dijo si el concejo tenia a bien acer trato para el año que viene de 1843 y el concejo y vecinos dijeron que bajo las condiciones avajo se hanotan que no avia enconbeniente, y a de pagar en dinero ochocientos y cinquenta reales en dinero y doce cantaros de vino mitad de Toro, y mitad de tierra, y las condiciones son las siguientes, 1ª, que no a de pastiar con mas ganado que doscientas cavezas diez arriva o avajo; 2ª, no a de pastiar por ningun paraje que el concejo cote ni en las eras ni en otra parte que este coto ; 3ª, ni se le permite pastiar con las dichas obejas o churras asta el veinte y cinco de avril del año arriva dicho y bajo de todas estas condiciones dijo el referido Santiago Rodriguez que se obligava a guardar y oservar las referidas condiciones, y si por alguna causa o motivo o descuydo yciesen algun daño por lo arriva espresado o algun becino sera multado por la justicia y Becinos y asi mismo se oblige a pagar la rreferida cantidad y para que conste lo firmo en dicho dia, mes y año arriva dicho Santiago Rodriguez (rúbrica)

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1842, Abril, 4. Trovajo del Camino.

Página 196 y 197

Cuentas. Juan Fernandez y Miguel Garcia En 4 de Abril se rreunio en la casa de Concejo y sitio aconstumbrado la justicia y la mayor y mas sana parte de becinos y se tomo el silencio y dieron las cuentas los alcaldes pedanios que lo son Juan Fernandez y Miguel Garcia en la qual se lelieron sus memoriales en alta voz y concluidos que fueron no avido reclamacion alguna por allarlos arreglados y no aviendo reclamacion alguna paso yo el fiel de fechos a estaparlas en este livro para su resguardo en esta forma

o

Cargos que se le ace el concejo reales marav.

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Se les ace de cargo lo primero novecientos reales de las churras.................................900

lC

mas, es cargo de trescientos reales de Francisco Cubria por el prado que se le dio cerrado a los picones ....................................................................................................300

o

de

mas, doce reales de Lorenzo Gonzalez por un cacho que se le dio arrimado al palomar ……………………………………………………………………………………….…12

Cargos ... total ....1225 = 24

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mas, trece reales y 24 maravedis que resulto en las pesquisas todas asta el dia 4 de Abril estan cargados .........................................................................................................13 = 24

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Datas que dan los dichos rejidores en sus memoriales .........926 = 12

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Alcanza el concejo ................299 = 12

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De manera que suman los cargos que van echos los figurados mil doscientos veinte y cinco reales y 24 maravedis que conferidos con novecientos veinte y seis reales y 12 maravedis que resultan en los memoriales; alcanza el concejo los figurados doscientos noventa y nueve reales y 12 maravedis en lo que se quedaron asi el concejo como los rregidores conformados en las referidas cuentas y no aviendo queja ni rreclamacion alguna las estampo y apruevo en este livro yo el fiel de fechos en Trovajo del Camino y abril 4 de 1842. Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) 1842, Abril, 10. Trovajo del Camino

Página 81

Obligacion para la escuela año de 1842 En 10 de Abril de este año de 1842, estando reunidos en la casa de concejo y sitio acostumbrado, la justicia, fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos se presento Anguel Alvarez residente en este pueblo de Trovajo del Camino, y pidio la 100

escuela o enseñanza de niños y niñas y tomado que fue el silencio quedo ajustado bajo las condiciones que en el papel se la an leydo; y quedo el cumplirlas todas y el Concejo de darle quatro cargas de pan centeno y escriva le a de pagar ocho quartos y los que lean a quatro quartos asi lo otrogo y firmo la espresada obligazion; en Trovajo del Camino 10 de Abril de 1842 Angel Alvarez (rúbrica) Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) 1842, Mayo, 1. Trovajo

Página 263

Tierra en arriendo año de 1842

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En 1º de Mayo se dio el ultimo remate la tierra de Concejo del Balle y quedo en el mayor postor en Damaso Blanco en quatro eminas y media de centeno cada 2º año y este arriendo se hace por quatro años contados desde el año de la fecha y para que conste lo firmo yo el fiel de fechos por que dijo no saber, en Trovajo y mayo 1 de 1842

de

fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 82 y 83

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1842, Mayo, 1. Trovajo del Camino

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Hacuerdo sobre los havastecedores de este año de 1842

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En el lugar de Trovajo del Camino a 1º de Mayo de mil ochocientos quarenta y dos y hallandose este dicho pueblo rematado y harrendado por rentas provinciales por hante el señor yntendente de Leon, los harrendatarios de ellas hintentan covrar los derechos que le pertenecen por el ramo del bino, y pues que el formulario ultimamente es pedido, manda que se pague el cinco por ciento del balor de ello la 7ª parte y veinte y ocho maravedir en arroba y para llevarlo adelante y que cada uno que lo trayga para su consumo o lo benda por mayor puella saver quanto a de pagar, mando la justicia de dicho pueblo a cinco hombres de su becindad y el fiel de fechos, los que fueron Manuel Guerrero, Froylan Fernandez, Agustin Centeno, Bernardo Fernandez y Francisco Cubria para que estos se separasen del concejo y hiciesen tasacion del balor de la compra de binos, portes y sisa; los que despues de reunidos, en union, dijeron tasavan la cantara de vino comprada en Toro a cinco reales y por razon de parte a cinco reales y por razon de sisa seis reales que uno y otro reunido hasciende a la cantidad de veinte y dos reales cada cantaro; y el bino comprado en tierra de Billa Mañan y sus lugares hinmediatos lo regularon a nueve reales cantaro y un real por razon de porte; y cinco reales por rrazon de sisa que todo reunido hasciende a la cantidad de quince reales cantaro y con porporcion a estas cantidades señaladas cada uno que le comprenda deve de pagar los derechos señalados al avastecedor o avastecedores pues que se supone ser vastante para susanar el perjuicio que les pueda recaer asi lo consintio la justicia, concejo y becinos y los peritos nombrados para este fin y para que conste lo firmaron los peritos nombrados junto con la Justicia y fiel de fechos en dicho lugar, dia, mes, y año ya citado.

101

Miguel Garcia

Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica) Manuel Guerrero (rúbrica) Juan Fernandez (rúbrica) Agustin Centeno (rúbrica) Bernardo Fernandez (rúbrica)

o

Francisco Cubria (rúbrica)

Página 83

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1842, Mayo, 2. Trovajo del Camino

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Año de 1842. Revista de los corderos de las churras

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de

En dos de Mayo de este año de 1842, paso la justicia acompañada de dos becinos que lo fueron Francisco Cubria y Tomas Gutierrez y yo el fiel de fechos a contar los corderos que abia en el revajo? de las churras y apartados que fueron los referidos corderos, resulto el tener en el referido dia ochenta crias en que corresponde al medio diezmo quatro en que fueron tasados por los referidos ombres a seis reales por cada uno y esto se tasa para si en lo sucesivo se presentase alguno que rreclame diezmo medio diezmo o contrivucion y de no suceder ni uno ni otro y corresponden a otro pueblo la paga de ello, nada se le pidira en este y para que conste lo firmaron los arriva dichos en Trovajo del Camino en dicho dia mes y año arriva dicho. Juan Fernandez (rúbrica)

ci

Miguel Garcia (rúbrica)

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Tomas Gutierrez (rúbrica)

Francisco Cubria (rúbrica)

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Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1842, Noviembre, 3.

Página 83

Arriendo del avono de Concejo En 3 de noviembre estando la justicia y la mayor parte de vecinos en la casa de concejo y sus imididaciones de medias calles, y quedo rematado por mayor postor en Benancio Navares en la cantidad de 18 quartillos de vino de Toro y 4 molletes asta el dia de año nuevo del año de 1843 puede meter dicho arrendatario revayos 6 bacadas en dicho corral y el avono que agan es de el; mas si por las bacadas que metiere yciesen algun daño a las paredes del corral, quadras o casa sera a su consta reficionado y lo firmo.

102

1842, Noviembre, 3. Trovajo del Camino.

Página 84

Harriedo del pastor del Campo año de 1842

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de

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En dos de noviembre del referido año estando reunidos en el sitio acostumbrado y casa de concejo la mayor y mas sana parte de vecinos, la justicia y fiel de fechos se hajusto para guardar el campo a Jose Menendez vecino de San Andres de _____ concejo de _____ bajo las condiciones siguientes: 1ª a de dar principio a dicho travajo en 1º de octubre del presente año, asta 15 de agosto del año de 1843, 2ª se le pone de pena desde San Miguel a Marzo dos maravedis por cada res de cualquiera clase que coja aciendo daño y de Marzo en adelante un cuarto por cada res; y si fuese de becera, aunque sea una sola caveza 10 maravedis asta Marzo, y de marzo en adelante 20 maravedis siendo de becera; estas mullas son para el mismo pastor; hademas queda señalado de pena para el concejo bajo los terminos arriva dichos doble de la que se señala al pastor, ademas las penas de los forasteros la mitad para el pastor cojiendolas el mismo; el revaño o revayos que se cojan aciendo daño seran considerados como si fuese una vecera. 3ª, y si uviese algun daño y el pastor no diese dañadores, sera pagado el daño, regulado por dos peritos nombrados por cada parte, a consta de su salario, y dando dañadores licitos no pagara nada y bajo de todas estas condiciones y dandolas complidas se obliga a pagarle el concejo justicia y becinos al referido Jose Menendez a pagarle quatro cargas de pan centeno usual y coriente; asi lo acordaron y quedaron combenidos asi unos como otros de todo lo tratado y lo firmo la justicia y fiel de fechos en Trovajo y noviembre 3 de 1842, el dicho Jose dijo no saver; yzo la señal de cruz 

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

na

Juan Fernandez (rúbrica)

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1842, Noviembre, 23. Trovajo del Camino.

Página 197 y 198

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Cuentas. Miguel Garcia y Juan Fernandez.

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En 23 de Noviembre de este año de 1842, estando en la casa de concejo la manor (sic) y mas sana parte de vecinos se tomaron las cuentas a los alcaldes pedanios Miguel Garcia y Juan Fernandez, y lo cual se tomo silencio y yo el fiel de fechos ley en alta voz sus memoriales, partida por partida y no aviendo reclamacion alguna de todas sus partidos, paso yo el fiel de fechos a estamparlas en este livro de Caja; como se sigue Cargos reales marav. lo primero se les ace de cargo de doscientos noventa y nueve reales y 12 marevedis que resulto de alcance a favor de concejo en las 1ª cuentas ........................................299 = 12 Es cargo de quarenta y dos reales que balio la pradera de Juan Guerrero de los Bargas por el otoño ……………………………………………………………………....42 103

es cargo de 21 reales que balio la pradera de Francisco Cubria el otoño ……………………………………………………………………………….21 cargo la calleja de San Claudio catorce reales……........................................14 es cargo de quatro reales de la del cavildo………………...............................4 es cargo de 20 reales que balio el cacho de la torca……...............................20 es cargo de treinta reales que paga Marcelo de las Matas por conbenio por la caballeria ……………………….…………………………………………………..…30

o

es cargo de diez reales a Manuel Alvarez por averle cojido el ganado desarrendado de noche …………………………………………………………….……..….10

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es cargo de diez reales a Froylan Fernandez por andar el ganado de noche sin pastor……………………………………………………………….……...10

de

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es cargo de diez reales al mayorazgo de Billamañin por soltar el ganado de noche entre frutos, su fiador Bartolome Diez e Isidro Prieto…......................................10

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es cargo de 14 reales de unas prendadas de las cabras…………….............13

total..... 474 = 12

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Cargos .....................472 = 12

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De manera que suman los cargos que van echos a los referidos alcaldes pedanios los figurados quatrocientos setenta y quatro reales y 12 maravedis conferidos en setecientos y dos reales y 31 reales quedan en sus memoriales de gastos y pagas que an echo por el concejo resulta ser el concejo alcanzado en doscientos veinte y ocho reales y 19 maravedis como se forma

Datas ........................702 = 31 ------------------------------------Alcanzan los rejidores los figurados 228 = 19

De manera que aviendo sido dichas cuentas tomadas en publico concejo y no uvo reclamacion alguna las paso yo el fiel de fechos a estamparlas en este livro y darlas su aprovacion en Trovajo y Noviembre 23 de 1842 Manuel Gutierrez (rúbrica) fiel de fechos.

104

1843 1843, Enero, 1. Trovajo del Camino

Página 85, 86 y 87

Escritura del avasto. Año de 1843

o

Digo yo Pedro Martinez y compañeros, becinos de este pueblo de Trovajo del Camino que en birtud del remate que se celevro en el dia ocho de diciemvre del año pasado de 1842 segun consta en el papel de condiciones del abasto de vino que se puede consumir en todo el presente año de 1843 quedo rematado quedo rematado dicho avasto por mayor postor en el referido Pedro Martinez en la cantidad de ocho mil reales en dinero y seis cantaros de vino quatro cantaros de vino de tierra y dos cantaros de vino de Toro; bajo las condiciones que se espresan

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1ª,... que la cantidad en que se rremato dicho avasto se ha de pagar en quatro tercios yguales quince dias hantes que venza el 1º y sudcesivamente todos los demas, asta concluir el ultimo en plata u oro y lo pondra en poder de la justicia o depositario que se nombre

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o

2ª,... que el vino aya de ser de tierra de Toro y de Billamañan, de buena calidad y lo a de bender todo a un tiempo para que todo vecino y forastero veva de lo mejor que hacomode

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3ª, ... las medidas han de ser de a ocho azumbres la cantara

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4ª, ... sera cargo del havastecedor el pagar el maravedi en azumbre y lo mismo por lo que consuma cada vecino en su casa; tambien sera de su cargo el pagar la licencia y susidio que le corresponda

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5ª, ... tambien sera de su cargo el pagar el recargo que por orden a venido pagar ademas, de todo dos maravedis en azumbre y si dicho como biniese alguno mas todo sera de su cargo de manera que la cantidad en que se rremato a ser livre de todo

Ju

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6ª,... tambien es condicion que el (tachado ...) y dicho maravedi y recargo que corresponda al vino que consuma el concejo tambien sera de cargo del abastecedor el pagarlo 7ª,...todo vecino o forastero que venda vino por mayor a de pagar al avastecedor o avastecedores dos reales y medio en cantaro que vendan el maravedi en azumbre y estos yntroductores deberan bajo las penas que marcan las leyes avisar al avastecedor o abastecedores para el conocimiento de lo que se introduce y cobranza del dineros **, y esto se pagara luego que se berifique la venta. 8ª,... el consumo que cada vecino consuma en su casa a de ser livre de todo derecho y recargo 9ª, ... dara fiador o fiadores, becinos del pueblo legos llanos y abonados a boluntad de la justicia y vecinos para las quievras si las uviese 105

10ª,... el bino que consuma el concejo por mandado de la justicia y por cuenta de los fondos si los hubiese de dicho concejo se ha de gastar el referido absto mas no lo que pague el beicno por si y bajo de todas estas condiciones que van espresadas la otorgo y firmo juntamente con los fiadores y la justiica y fiel de fechos en Trovajo del Camino y Enero 1º de 1843. Nota. Todo el que benda bino por mayor si aver dado parte a la justicia o abastecedores sera multado en dos ducados por la primera vez y sera un ducado para los avastecedores y otro para el concejo y lo firmamos todos reunidos en el dicho dia arriva dicho Pedro Martinez (rúbrica) Atanasio Martinez (rúbrica)

Alcalde Miguel Garcia (rúbrica)

Juan Fernandez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

o

fiadores Pedro Centeno (rúbrica)

Página 198 y 199

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Ultimas cuentas. Miguel Garcia y Juan Fernandez

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1843, Enero, 9. Trovajo del Camino.

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En 9 de Enero de este año de 1843 reunido el concejo en la casa y sitio aconstumbrado la justicia y fiel de fechos y reunidos que fueron se tomo el silencio y se tomaron las ultimas cuentas que dieron los alcaldes pedanios del año de 1842 que lo fueron Miguel Garcia y Juan Fernandez y tomado que fue el silencio se leeron sus memoriales de gastos y pagas partida por partida por mi el fiel de fechos y leidos que fueron al publico se dijo si avia alguna queja sobre las referidas partidas; y no aviendo queja alguna por allarlos como se hallan arregladas paso yo el fiel de fechos a estamparlas al livro de caja que al presente se be en la forma y manera siguiente

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Cargos

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reales marav.

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el cacho que compro Ysidro Prieto al tomillar de encima del balle, ciento veinte y quatro reales ………………………………………………………………………....124 Siguen a la vuelta ............... otro cacho que compro Ysidro Prieto al Balejo en sesenta y seis reales........................66 otro cacho el mismo Ysidro junto al primero del Tomillar en sesenta y ocho reales………………………………………………………………………………......68 otro que compro Juan Rodriguez a los Biñales en quarenta y ocho reales ...................48 otro que compro Pedro Gutierrez por encima de la Fuente en ciento y nueve reales ……………………………………………………………………..............................109

106

otro ejido que se dio a Bartolome Diez a la tierra de los Biñales en cinquenta reales ........................................................................................................................................50 otro que compro Santiago Garcia al Pemarral en sesenta reales ……………………..60 recivido en dinero de las obejas del año de 1843 doscientos reales............................200 --------Total....... 725 Mas de los escotes......................................1023

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Datas en sus memoriales ........768

--------Total ........ 2062 Cargos .......1748 ---------

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en cartas o rrecivos ...............1066 alcanze anterior ......................228

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Alcanzan los figurados trescientos y catorce reales, salvo error................................. 314

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alcance ................ 314

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y no avido reclamacion alguna las paso a este libro y darlas su aprovacion en Trobajo del Camino y Enero 9, de 1843.

10

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de Ysidro Prieto

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¿ del en caveza .... 380

------704 alcance liquido

Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

107

1843, febrero, 26.

Página 25

Becindad de Andres Cubria y su mujer, año de 1843 En este veinte y seis de fevrero del año de 1843 se admitio por becino Andres Cubria y su mujer Josefa Fernandez pago los derechos acostumbrados, tomo la becindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales a Pedro Fernandez y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en *Trovajo* y fevrero [2]6 de 1843 Andres Cubria (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 87 y 88

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1843, Marzo, 26.

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Escritura sobre el abasto de carne año 1843

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En 26 de Marzo se rreunio en el sitio y casa de concejo la justicia y la mayor y mas sana parte de becinos y yo el fiel de fechos, con el fin y objeto de acer escritura a favor de Atanasio Martinez, vecino del mismo pueblo, para el abasto de carne que se pueda consumir en todo el presente año de 1843 bajo las condiciones siguientes

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1ª,... que la cantidad en que se a rrematado, a de dar la mitad del dinero en el dia que se ace esta escritura o cuando la justicia se lo pida y la otra mitad antes de concluir el año

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2ª,... todo vecino sera livre el traerla para su consumo, donde quiera; y lo mismo todo lo que deguelle para dicho consumo

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3ª,... todo vecino que se le desgraciase algun res sera livre para poderla bender o acen de ella lo mejor que le acomode.

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4ª,... toda res que se deguelle para dicho abasto a de ser de carne de paso usual y corriente

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5ª,... no se le permite bender carne muerta que hayga de otra parte sino que ha de ser muerta en el mismo avasto 6ª,... no se le permite a ningun forastero el bender carne de ninguna clase, ni tocino mas que al mismo arrendario 7ª,... si algun forastero bendiese carne o tocino sin licencia del arrendatario y este lo cojiese vendiendo o lo pueda acer vueno el averla vendido aunque no fuese mas que un quarteron sera multado por la 1ª vez en un ducado y doble por la 2ª, y esta multa sera para el arrendatario 8ª,... este arrendatario podra vender aceyte, javon y binagre, solo que estos ramos seran livres para que cualquier forastero los pueda publicar por las calles; y bajo de todas estas condiciones, se obligo el referido Atanasio a pagar al concejo, justicia y becinos la

108

cantidad de doscientos y diez reales en dinero y dos cantaros y medio de vino de tierra y para que conste la firmo en dicho dia mes y año arriva dicho otra,... sera de cargo del avastecedor el pagar el recargo de un real por ciento sobre la alcavala por cada res que deguelle bacuno; otra la Casa de Marcelo de las Matas que da a for del avastecedor el governarse con el, mas si bendiese otro forastero, fuera del referido, Marcelo, sera por cuenta del concejo asi lo otorgo y firmo Atanasio Martinez (rúbrica)

1843, Abril, 9.

Página 217

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Acuerdo sobre ganado que no se tengan año y dia.

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En 9 de Abril de 1843 se rreunio el concejo, justicia y la mayor y mas sana parte de becinos y yo el fiel de fechos y tomado el silencio se presento Ysidoro Blanco, y dijo que si tenia a bien el concejo, el admitirle y ternero de año al coto de la primavera, y dijo la justicia y becinos que por tener el trabajo de colocar todos los pobres que bienen a dormir a este pueblo cada uno donde corresponde se le admita y ademas perdona al concejo veinte reales que el concejo le avian ofrecido, y solo se admitira a este y no a otro a no ser que se componga con el concejo;

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Otro. Al mismo punto que estando todos reunidos acodaron que todo vecino que no tenga una res año y dia siendo dada por otro quales quiera vecino o forastero a de pagar quarenta reales con arreglo a lo que pagan los que piden para aprovechar los cotos asi lo acordaron y firmaron los que dijeron saber en dicho dia mes y año arriva dicho.

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Alcalde pedaneo Pablo Fernandez (rúbrica) Bernabe Fernandez (rúbrica) Pedro Garcia (rúbrica)

Miguel Garcia (rúbrica)

Pedro Centeno (rúbrica)

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Agustin Centeno (rúbrica)

Francisco Santos (rúbrica)

Manuel Nabares (rúbrica)

Santiago Gutierrez (rúbrica)

Juan Fernandez (rúbrica)

Pedro Gutierrez (rúbrica)

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Atanasio Martinez (rúbrica)

Bicente Diez (rúbrica)

Marcelino Gutierrez (rúbrica)

109

1843, Abril,9.

Página 63

Becindad de Jopse Garcia año de 1843 En 9 de Abril de este año de 1843 se admitio por becino a Jose Garcia y su mujer Sinforosa Fernandez pago los derechos de costumbre, tomo la becindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas concejales a Juan Fernandez Mayor de la misma becindad, y para que conste lo firmo. Jose Garcia (rúbrica) Manuel Gutierrez (rúbrica) fiel de fechos Página 68

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1843, Abril , 16.

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Becindad de Atanasio Fernandez y su mujer, año de 1843.

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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En 16 de Abril de este año de 1843 se hazmitio por vecino Atanasio y su mujer Beatriz Garcia y pagaron los derechos de aconstumbrados tomo la becindad por la casa donde abita dio por fiador para las cargas concejales a Miguel Garcia de esta becindad y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos, fecha 2 supra ? Atanasio Fernandez (rúbrica)

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1843, Abril, 17

Página 70

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Becindad de Domingo Fernandez, año de 1843

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En 17 de Abril de este año de 1843 se hadmitio por vecino a Domingo Fernandez, pago los derechos aconstumbrados tomo la becindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas concejales a Damaso Fernandez vecino de esta becindad y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos, fecha uz supra ? firmo su fiador por que dijo no saver

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Damaso Fernandez (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1843, Abril, 17. Ganado al coto de arriva año 1843

Página 89 y 90 abajo

En 17 de Abril estando reunido el Concejo en el sitio aconstumbrado se trato de ber quien era el que metia a ganado al coto, de la primavera a rrazon de veinte reales por caveza; y pidieron los siguientes, Miguel Garcia uno 20 reales

Martin Diez........20

110

Jose Cubria uno 20 reales

Catalina Fernandez una jata furera.........8

Atanasio Martinez 20 reales

el jato de Maria Martinez por no tener para completo de la pareja y el jato de año y bien mediano se le concedio al coto de arriva y paga ..........................10

Julian Martinez otra 20 reales

Sigue el ganado al coto de arriba Francisco Santos una ............. 10

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Santiago Gutierrez por una jata de año ..8

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1843, Abril, 17

Página 89

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Obligacion del maestro de niños año de 1843

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En 17 de Abril de 1843 estando reunidos la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sanaparte de vecinos se presento Angel Alvarez residente en este pueblo a pedir la escuela y enseñanza de niños y niñas y tomado que fue el silencio se hablo y quedo ajustado bajo las condiciones que en el papel que el Concejo a puesto y obra en su poder quedo enterado de ellas y quedo el cumplirlas todas y bajo de esto quedo ajustado por tres años que se prencipiaran a contar desde la fecha y cumplira en el año de 1846 y el Concejo y becinos el pagarle quatro cargas de pan centeno cada año y dara principio en por los Santos de cada año y cumplira el domino de Ramos de cada año y asi la otorgo y firmo junto con el fiel de fechos en dicho dia mes y año arriva dicho y la ultima paga sera en el año de 1846, y la 1ª el año de 1844

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Maestro *** Angel Alvarez (rúbrica) fiel de fechos

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

1843, Abril, 23. Trovajo del Camino.

Página 200 y 201

1ª Cuentas. Pablo Fernandez y Julian Martinez. Estando reunidos y con mando todos los becinos en la casa y sitio aconstumbrado, se tomaron las cuentas de cargo y data a los alcaldes pedanios que lo son Pablo Fernandez y Julian Martinez, en la forma y manera siguiente Cargos lo primero se les ace cargo a los referidos alcaldes de ochocientos quarenta y dos reales que balio el prado que compro Francisco Martinez ……………………….……....... 842 mas se les ace cargo de seiscientos y cincuenta reales que ay de las ovejas .............. 650

111

mas se les ace cargo de trescientos y cinquenta reales del primer tercio de los sovrantes del avasto ……………………………………………………………………….….. 350 mas se les ace cargo de ciento noventa y dos reales de la alcavala del prado que compro Don Mariano Solis, vecino de Leon .......................................................................... 192 mas es cargo del cacho que compro Bartolome Diez setenta reales…………..….… 70 mas es cargo de sesenta reales que dio Pablo Fernandez por cerrar las arrivas un cacho…………………………………………………………………………….……60 mas es cargo de quarenta reales que pago Pedro Nistal por cerrar el quiñon de la calzada.……………………………… ………………………………………….……40

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mas es cargo de quarenta reales que paga Damasio Fernandez por cerrar otro quiñon en la calzada ………………………………..………………………..…………..….……40

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mas es cargo de sesenta reales que pago Pedro Centeno por cerrar un cacho arrimado a su prado en el Sotico .……………………………………………………….. ……….60

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mas se le ace cargo de diez y seis reales de la alcavala de la madera que bendio Don Mariano Toliz vecino de Leon …………..……………………………………..……..16

--------

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mas es cargo de treinta y seis reales que por combenio an quedado de pagar los de Ferral a cada pueblo ………………………………………………………..………… 36

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2356

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mas, se le ace cargo de la alcavala del prado que bendio Marcelo vecino de Armunia y lo compro Benito Fernandez ………………………………………………………5 =17

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mas, se le ace cargo de la alcavala de los negrillos que vendio Don Aniceto Cavero vecino de Leon, cinco reales ……………………………………………….……..5

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mas se le ace de cargo de cien reales de la mitad de la carne que quedo de dar adelantado Tanasio ………………………………..…………………………… 100 -------Total de cargos …….. 2.466=17 ----------Datos en sus memoriales y pagar que resultan en dinero ………2443 ----------Alcanza el concejo ……………22=17

112

-------De manera que suman los cargos que van echos a los referidos alcaldes pedanios los figurados dos mil quatrocientos sesenta y seis reales y medio, que conferidos con dos mil quatrocientos quarenta y tres reales que resultan en sus memoriales alcanza el concejo a los referios alcaldes los figurados veinte y dos reales y medio, salvo error; y como despues de aver leido sus memoriales en alta voz por mi fiel de fechos y no aviendo avido reclamacion alguna se aprovaron según constumbre por mi el fiel de fechos en Trovajo del Camino y Abril, 23 de 1843 Manuel Gutierrez (rúbrica) fiel de fechos. Página 90

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Acuerdo y compostur o combenio que ace Francisco Martinez

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1843, Abril, 23. Trobajo del Camino

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Con el Concejo y vecinos de este pueblo de Trovajo del Camino bajo las condiciones que se espresan, estando todos reunidos en la casa y sitio aconstumbrado y es como se sigue, 1ª, queda esento el referido Francisco de todas gavelas de concejo como son facenderas, alojamientos, de mandados pliegos y beredas **,2ª, no por esto se desime de pagar los escotes y contrivuciones que le corresponda; 3ª, tambien no se le permite al referido Francisco por el espacio de tres años, en que queda conformado, con el concejo, el aprovechamiento de los pastos comunes, con sus ganados, de qualquiera clase que sean; y para este tiempo dio quatro cantaras de vino; y en este punto se quedaron conformes unos y otros y no firmo porque dijo no saber y a su ruego lo firmo un testigo y la justicia en Trovajo y abril 23 de 1843 Bernardo Fernandez (rúbrica)

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A su ruego,

Julian Martinez (rúbrica)

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Alcalde pedanio

Página 216

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1843, Abril, 30.

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fiel de fechos, Manuel Gutierrez (rúbrica)

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Obligacion sobre el pastor de la obejas En 30 de Abril de este año de 1843 estando reunidos la justicia, fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos en la Casa y sitio aconstumbrado y se presento Santiago Rodriguez vecino de Cubillas Concejo de Rodiezmo y tomado el silencio dijo que se tenia a bien el publico el acer arriendo para el año que viene de 1844 y respondio el publico que no tenia incombeniente ; en lo qual se quedaron conformes unos y otros; y que no se ha de evita mas postura por otro que lo que aquí se espresa y quedaron y quedo el referido Santiago el pagar al concejo y becinos la cantidad de ochocientos y cincuenta reales en dinero y doce cantaros de vino mezclado livres; y no se permite pastiar con mas ganado que con doscientas cinquenta cavezas diez mas o menos no a de pastiar por ningun paraje que el concejo cote ni en las eras estando cotas; tampoco se le permite pastiar por prados cerrados de ningun becino, y se le permite el pastiar asta el 113

25 de Abril del añop de 44; y bajo de estas condiciones dijo el Santiago Rodriguez el cumplirlas todas y de no cumplirlas permite ser castigado con lo que el concejo y becinos tenga a bien; asi queda obligado y se obligo y firmo en dicho dia mes y año arriva dicho. Santiago Rodriguez (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) 1843, Mayo, 6. Recuento de corderos de las churras año de 1843

Página 91

de

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En seis de Mayo del espresado año paso la justicia acompañada de dos becino y yo el fiel de fecho, a la casa y posada de donde se hallaran y apartados que fueron todos, se contaron, y resulto aver ochenta, entre todos; y fueron tasados por los paritos a seis reales por cada uno, de los que toque al diezmo o medio diezmo, y si alguno pidiese contra este particular seha para el diezmo o para contrivucion, se pone este requisito para que pague se le corresponde en este pueblo --- en el suyo lo que seha justo, y para que conste lo firmaron junto con el mismo pastor en dicho dia mes y año arriva dicho.

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Julian Martinez (rúbrica)

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Tasadores Tomas Gutierrez (rúbrica)

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Antonio Rodriguez (rúbrica)

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Alcalde pedanio Pablo Fernandez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 91

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1843, Mayo, 7. Trovajo del Camino

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Acuerdo y combenio por el concejo con los abastecedores del presente año de 1843.

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En siete de Mayo del espresado año se rreunio la justicia fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos en la casa de concejo y sitio aconstumbrado; y estando reunidos mando la justicia tomar silencio y a esto, se presento Pedro Martinez y compañeros mas solo ablo el Pedro Martinez y dijo que si el concejo y becinos tinia a bien el dar las medidas de a nueve azumbres la cantara y respondio el publico y sus jefes en que si dando doscientos reales un dinero y dos cantaros de vino blanco para un refresco en la qual acelaron unos y otros y desde este dia asta fin bien estos arendatarios daran la cantidad de los doscientos reales quando la justicia se los pida a se quedaron combenidos; y la firmar en la justicia fiel de fechos junto con el mismo Pedro Martinez en 7 de Mayo del espresado año arriva dicho Trovajo del Camino Pedro Martinez (rúbrica) Pablo Fernandez (rúbrica)

114

Julian Martinez (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1843, Noviembre, 1. Trovajo del Camino Arriendo del pastor del campo. Año de 1843

Página 92

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En 1º de noviembre del espresado año estando reunidos la justicia fiel de fechos y todos los becinos que quisieron concurrir en la casa de concejo y sitio acostumbrado, le trato de ajustar pastor para el campo y se presento Melchor Gonzalez residente en este pueblo de Trovajo del Camino; el qual quedo ajustado para guardar el referido campo bajo las condiciones siguientes = 1ª; queda obligado el referido Melchor juntamente con su mujer a guardar el campo de Bega y monte asta la ultima gabilla que hayga en la vega del año que viene 1844; 2ª; todos los daños que se orejinen en los frutos sembrados de los becinos y forasteros que tengan sembrado en el bajo del referido pueblo, no dando dañador sera por su cuenta el pagador; 3ª, las multas, que se echen a los forasteros, por sus ganados seran la mitad para el siendo que el las prende o aviso para ejecutarlo en compañia de vecinos que la justicia les mande; mas si algun becino las prendase sera para el la mitad de la multa que el concejo tenga a vien el echarle; 4ª, tambien queda obligado dicho pastor del campo desde esta fecha asta el dia que cumpla el tocar la oracion por la mañana y a la noche; ademas no cobrara mas multa por caveza que este aciendo daño desde esta fecha asta el primer dia de Marzo dos maravedis y siendo de vecera 10 maravedis y de marzo en adelante 4 maravedis y siendo de vecera 20 maravedis y ademas los daños que uviese; y cumpliendo con todas estas condiciones se obligo el concejo y becinos a darle y pagarle tres cargas y media de pan centeno; este pastor tambien queda obligado a oservarlas y cumplirlas todas asi quedaron combenidos unos y otros y lo firmo y firmo yo el fiel de fechos en Trovajo del Camino y noviembre 1º de 1843 Melchor Gonzalez (rúbrica)

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Alcaldes pedanios Pablo Fernandez (rúbrica) Julian Martinez (rúbrica) Manuel Gutierrez fiel de fechos (rúbrica)

1843, Noviembre, 1.

Página 93

Benta que se ha echo en 1º de Noviembre de 1843 de 14 chopos en la Cabrada fuera del bloque y de frontera Se sacaron a pregon con la condicion de dar el dinero en presente y los chopos se han de dar cortados al 1º de Marzo del año que viene de 1844 y se an de cortar en un dia todos y los puso Manuel Gutierrez Menor a nueve reales y ** cada uno y sacado que

115

fue a pregon no uvo quien diese mas y quedaron rematados en el referido Manuel en la cantidad de ciento veinte y nueve reales y medio que es su ymporte bajo de las condiciones que arriva se espresan y para que conste lo firmo en dicho dia mes y año arriva dicho; bajo de no pribar en el termino de 4º dia el echar el diezmo o medio diezmo o quarta parte, y no echando alguna de las pegas referidas y en el termino que se fija queda rematados en el dicho Manuel y no se admitira postura alguna fuera del referido termino Manuel Gutierrez (rúbrica) esta obligacion queda cumplida 1843, Noviembre, 12. Trovajo del Camino.

Página 201, 202 y 203

o

2as Cuentas. Pablo Fernandez y Julian Martinez

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Estando reunidos todos los vecinos o la mayor parte y mas sana parte de ellos, se tomaron las 2as cuentas de cargo y data a los alcaldes pedanios Pablo Fernandez y Julian Martinez en la forma y manera siguiente Cargos

de

reales marv.

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Se ace cargo de veinte y dos reales y 22 maravedis que resulto de alcanze en las 1 as cuentas …………………………………….………………………………..….… 22=22

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mas, se le ace cargo de setecientos reales del sovrante del 2º y 3 er , tercio del avasto ……………………………………………………………………………………. 700

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mas son cargo de 37 reales de un carro de paja de concejo ….……………….…. 37

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mas, son cargo de sesenta reales que balieron los carneros de los p*…………….. 60

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mas, son cargo de 50 reales que dio la de Salinas por el prado de las ** - Bargas ……………………………………………………………………………………....50

Ju

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mas, doce reales de las prendadas de los revaños de la Virgen ..……………….…12 mas, son cargo de treinta reales que balio la alcavala del prado que compro Pedro Martinez ………………………………………………………………………...….30 mas, son cargo de doce reales de la alcavala del prado que compro Atanasio Martinez a los menores ……………………………………..……………………………..…...12 mas, son cargo de 15 reales de la alcavala de la casa que vendio Tomas Fernandez al Francisco Santos ..……..........……………………………………………….……15 mas, son cargo de 20 reales de la alcavala del prado que vendio Tomas Fernandez al Cuerrago …………………………………………….………………………...….20 mas, son cargo de 44 reales de las prendadas que avido asta la fecha de los revaños de Ferral o daños …………………………………….………………………...…….44 116

mas, son cargo de ciento veinte y nueve reales y medio que balieron los 14 chopos en la calzada a nueve reales y ** ..…………….…………………………………..…129 = 17 mas, son cargo de beinte y quatro reales de los chopos que llevo Mateo Centeno, dos chopos ……………………………………….………………………………… 24 mas, son cargo de ochenta y ocho reales del ganado que anduvo al coto de la prim ? primavera sin contar la de Miguel Garcia y el Jato de Santiago Gutierrez porque estos se lo devia el concejo y a Francisco Santos se le revajo la mitad .………… ….…88 mas, son cargo de 10 reales que balio la prendada de los bues de la Vega de Leon ………………………………………………………………………….…....10

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Total de cargos 1.254 = 5

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Datas que resultan en sus memoriales de gastos y pagas ….……….……2054

de

Alcanzan los rejidores al Conzejo los figurados ..………………………800

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De manera que haviendo sido sus memoriales leidos en alta boz por mi el fiel de fechos ante el publico no avido reclamacion alguna por averlos allado arreglados y de no aver reclamacion paso yo el fiel de fechos a estamparlas en este livro de caja de concejo y darle su aprovacion segun se acostumbra, que segun se a figurado suman los cargos mil doscientos cinquenta y quatro reales que conferidos dos mil cincuenta y quatro reales que sumaron sus memoriales; alcanzan los rejidores al concejo en los figurados ochocientos reales salvo error y como no avido reclamación alguna se haprobaron y fijaron dichas cuentas por mil el fiel de fechos en Trovajo del Camino y Noviembre 12 de 1843

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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1843, Diciembre, 26. Trovajo del Camino Escritura del abasto de vino para el año que biene de 1844. Página 93, 94 y 95. Digo yo Don Manuel Garcia vecino de Leon y Santiago Garcia y su mujer Antonia Ramos, vecinos de este pueblo de Trovajo como fiadores del primero Don Manuel; que en birtud del remate celebrado en treinta de Nobiembre del presente año de 1843 segun consta en el papel de remates y queda rematado en el mayor y mejor postor en el referido Don Manuel Garcia en la cantidad de ocho mil trescientos quarenta y cinco reales en dinero, dos molletes cada vecino y media livra de queso cada vecino nueve cantaras de vino de Toro y avasto; y ademas treinta molletes bajo las condiciones que se expresan y son las siguientes

117

1ª, ... que la cantidad en que se a rrematado dicho abasto se a de pagar en quatro tercios yguales quince dias hantes que benza el 1º y sucesivamente asta cuncluir el ultimo; y su paga sera en plata u oro y lo pondran en poder de la justicia o depositario que se nombre. 2ª, ... que el bino aya de ser de tierra de Toro y de Billamañan y de buena calidad y lo a de vender todo aun tiempo para que todo becino y forastero beva de la mejor que acomode. 3ª, ... las medidas an de ser de a ocho azumbres la cantara

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4ª, ... sera cargo del abastecedor el pagar el maravedi en azumbre, y lo mismo por lo que consuma cada vecino en su casa; y tambien sera de su cargo el pagar la licencia, y subsidio que le corresponda.

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5ª, ... tambien sera de su cargo el pagar el recargo que por orden a benido de pagar ademas de todo dos maravedis en azumbre de vino de manera que la cantidd en que sea rrematado a de ser livra de todo ** bajo estas condiciones.

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6ª, ... tambien es condicion que el dicho maravedi y recargo que corresponda al bino que consuma el concejo tambien sera de cargo el avastecedor el pagarlo.

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7ª, ... todo becino o forastero que bendan vino por mayor an de pagar al abastecedor dos reales y medio en el recargo de los dos maravedis en azumbre; y estos yntroductores deberan bajo las penas que marcan las leyes avisar a la justicia o abastecedor, para el conocimiento de la que se introduce y cobranza de dineros y esto se pagara luego que se berefique la benta.

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8ª, ... el consumo que cada becino consuma en su casa a de ser libre de todo derecho y recargo.

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9ª, ... dara fiador o fiadores vecinos del pueblo legos llanos y avonados a boluntad de la justicia y ayuntamiento de este pueblo para que la justicia se entienda con el.

Ju

10ª, ... el bino que consuma el concejo por cuenta de los fondos si los uviere sera gastodo del avasto y no de otra parte ninguna; mas no lo que pague el becino por si este lo traera donde acomode o segun trate ayga entre el concejo. 11ª, ... todo el que benda bino por mayor sin dar parte a la justicia o abastecedor, y el otro para el concejo, por la primera vez y doble la 2ª, y sucesivamente dovlando . Y bajo de todas las expresadas condiciones que ban estampadas, la otorgo y firmo el referido Don Manuel, juntamente con su fiador, la justicia y fiel de fechos en Trovajo del Camino y dicienvre veinte y seis de mil ochocientos quarenta y tres Manuel Garcia de Soto (rúbrica) Fiador Santiago Garcia (rúbrica)

118

Alcaldes pedanios Pablo Fernandez (rúbrica) Julian Martinez (rúbrica) Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1844 [1844], Enero, 7. Acuerdo y obligaciones de pobres

Página 96

o

En 7 de Enero estando reunidos la justicia, fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de becinos se trata lo siguiente

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Estando todos reunidos se saco a quin por menos llevase los pobres a quin corresponda de los vecinos; escento los miembros que se hallen de justicia; y este arendatario le livra el concejo de todas acenderas mandados de concejo, hintieros y escotes de concejo y ayuntamiento, mas no queda livre de contribucin o de contrivuciones resulten n el presente año de 1844, a de pagar dos reales, es condicion que si rresultase veinte reales de escotes solo pagara dos reales este lo pagara asi se acordo y firmo en dicho dia mes y año arriva dicho

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Lorenzo Gonzalez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 203 y 204

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1844, Marzo, 19.

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3as Cuentas Pablo Fernandez y Julian Martinez

Cargos

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En 19 de Marzo de 1844 reunidos la mayor y mas sana parte de vecinos, la justicia y fiel de fechos se tomaron las 3as cuentas a los alcaldes pedanios Pablo Fernandez y Julian Martinez en la forma y manera siguiente

Lo primero se les ace de cargo a los referidos rejidores de mil doscientos quince reales que balio el prado que compro Francisco Martinez en las Bargas …………….…... 1215 Mas, son cargo de doscientas veinte y cinco reales que balio el prado que compro Francisco Santos a las Mundinas ……………………………………………….…… 225 mas, son de cargo de la calleja de San Claudio ……………………………………….. 8 mas, la calleja del cabildo …………………………………………………………….. 3 la de Tomas Rodriguez de la Pontana ….…………………………………..…………. 6 otra a Francisco Alvarez a la torca y *** …………………………....…………8

119

otro prado a tras la viña de Andres Cubria …………….…………….….…... 12 tras los bosques a Pedro Centeno y *** …………………….……….………. 40 la pladera de tras del prado de Tomas Gutierrez perteneciente a Manuel Alvarez ……………………………………………………………………………….... 4 Mas, son cargo de diez reales de alcavala del prado que vendio Tomas Fernandez en las Bargas a Juan Fernandez Mayor ………………………………………….……….… 10 Mas, son cargo de treinta y seis reales de la alcavala del prado que vendio Bartolome diez en las Bargas …………………………………………………………..……… 36

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Mas, son cargo de setenta reales de la alcavala del prado que vendio Lorenzo Fernandez en las Bargas ……………………………………………..…………….. 70

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Mas, son cargo de cien reales de la alcavala de la casa que bendio Santiago Garcia ……………………………………………………………………………….……..100

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de

Mas, son cargo de dos reales de la alcavala del querto que vendio Tomas Rodriguez al cimenterio …………………………………….……………………………………… 2

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Mas, son cargo de la alcavala de la tierra que vendio Dionisio Diez vecino de Armunia real y medio ………………………………………………………..…………..….1-12

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Mas, son cargo de un real y 12 maravedis de la tierra que vendio Petra Martinez vecina de Armunia ……………………………………………………………………..…. 1-12

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, son cargo de veinte reales que dio Pedro Fernandez por un cacho que compro a la Reguera de ******* ………………………………………………………..… 20

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, son cargo de treinta reales que pago Agustin Centeno por un prado que se le dio cerrado al gorgollon …………………………………………………………….. 30

Ju

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, son cargo de queatro reales de la alcavala de las tierras que compro Ysidro Pietro ……………………………………………………………………... 4 , son cargo de dosientos y quarenta reales que an percivido de las churras …………………………………………………………………..………. 240 , son cargo de seis reales de la alcavala de la tierra que vendio Alejandro, vecino de San Andres a Miguel Garcia …………………………………………… 6 -------Cargos ……….

2.041

Son cargo ademas de todo de setecientos y seis reales que han salido de los escotes asta yo dia de la fecha que fueron cinco y covrados ……………………………………... 706

120

-------Cargos ……….. 2747 forma de cuenta datas en sus memoriales de los dos rejidores ..…………………... 1.024 alcanze de las quentas de atrás ……………………………….………………….…. 800 de los escotes pagados asta la fecha ………………………………………………… 994 -------Datas ………..

2.818

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alcanzan los rejidores los figurados ………………………………………………... 71

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de

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De manera que suman los cargos que van echos a los rejidores los figurados dos mil setecientos quarenta y siete reales que conferidos con dos mil ochocientos diez y ocho reales quedan en sus datos, alcanzan los rejidores los referidos setenta y un reales, salvo error de pluma o suma quales dichos memoriales fueron leydos en alta voz por mi el fiel de fechos en público concejo y concluydos que fueron en alta voz dije yo el fiel de fechos si tenian que repetir o revajar alguna de las datas que se han manifestado; y aviendo respondido que los davan por pasibos por allarlos arreglados pase yo el fiel de fechos a estamparlas en este livro de caja de concejo y darlas su aprovacion según constumbre; por la qual las otorgo y firmo ante el publico concejo; quales las dieron por concluydos y aprovadas en 19 de Marzo del año de 1844 y las firme como el fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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Página 81

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1844, Marzo, 31.

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Becindad de Angel Albarez. Año de 1844

Ju

En 31 de Marzo del espresado año se admitio por becino a Angel Alvarez, y su mujer Agueda Alvarez; tomo la becindad por la casa donde abita y pago los derechos de constumbre: de pan y de bino, para su reconocimiento y, dio por fiador para las cargas concejales a Francisco Alvarez de esta becindad y para que conste lo firmo junto con el fiel de fechos en Trovajo fecha ad supra Angel Alvarez (rúbrica) Manuel Gutierrez fiel de fechos (rúb.) 1844, Abril, 2. Trobajo del Camino. Acuerdo sobre el prado de Froylan Fernandez.

Página 96

En el dia dos de Abril del año de 1844 paso todo el conzejo rreunido la mayor y la mas sana parte de bezinos a los picones aber un zierro que de nuebo estaba plantando

121

Froylan Fernandez de esta becindad y advirtio la justicia y concejo y becinos lo cerraba por donde no le a sido permitido, y para señalar por donde debia tirarse la sebe y se nombraron por mayores botos a Manuel Gutierrez mayor, Miguel Garzia y Pedro Garzia y Juan Garzia y dijeron al publico concejo que si en los cuatro nombrados zedia el conzejo y el rreferido Froylan, todas las facultades que a su fabor tenia y tubiese a lo que rrespondieron que asi unos como otros las zedian a los mismos nombrados y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en nombre de conzejo y bezinos junto con el rreferido Froylan quien firmo en Trobajo del Camino en dicho dia mes y año arriva dicho. Froylan Fernandez (rúbrica)

o

Manuel Gutierrez (rúbrica)

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Bernabé Florez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

Página 158

de

1844, Abril, 7.

o

Becindad de Juan Garzia

Miguel Garcia (rúbrica)

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

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En siete de Abril del año de mil ochozientos cuaren y cuatro se admitio por bezino a Juan Garzia y su mujer Bitoriana Paniagua y tomo la becindad por la casa donde abita y pago los derechos acostumbrados y dio por fiador para las cargas conzejales a Miguel Garzia de la misma becindad y para que conste lo firm junto con las justicia y el fiel de fechos

a

Bernabe Florez (rúbrica)

Ju

nt

Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) 1844, Abril , 7

Página 158

Becindad de Placido Fernandez. En el dia siete de Abril del año de 1844 se admitio por bezino a Plazido Fernandez, y su mujer Feliziana Martinez y tomo la bezindad por la casa donde abita y pago los derechos acostumbrados, y dio por fiador para las cargas conzejales a Lorenzo Fernandez de la misma becindad, y para que conste lo firmo junto con la justizia y fiel de fechos. Placido Fernandez (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

122

1844, Abril, 8.

Página 97

Acuerdo que se aze para el que no acuda al mandado que se de por mandado de la justizia = en 8 de Abril de 1844

o

En el dia ocho de el expresado mes de Abril se rreunio la justizia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de bezinos para inponer la multa que le sea mas inconveniente para el que no acuda al mandado que se le de cuando la justizia lo mande o toque de campana o a la pesquisa de los domingos y acordaron todos los bezinos que a la _____ que sea falto los domingo ygualmente al toque de campana se les castiga en cuatro cuartos y el que falte al mando se les castiga en un rreal y se conbinieron en esta multa y a de ser cobrado en el momento que falten y para que conste lo firmaron los bezinos y la justizia y el fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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in

Pablo Fernandez (rúbrica)

Tomas Rodriguez (rúbrica)

lC

Bernardo Fernandez (rúbrica)

Damaso Fernandez (rúbrica)

de

Agustin Centeno (rúbrica)

Página 98

o

1844, Abril 28. Trobajo del Camino.

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Arriendo del pasto de ynbernia para las obejas churras con Santiago Rodriguez Becino de Cubillas de Arbas. Año de 1844 y concluyra en el 25 de Abril de 1845

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En el lugar de Trobajo del Camino a beynte y ocho dias del mes de Abril del presente año reunidos en la Casa de Conzejo la justizia Conzejo y bezinos, se presento Santiago Rodriguez bezino de Cubillas de Casares Conzejo de Arbas suplicando a dicho Conzejo le admitieren para el pasto de la inbernia doszientos a doscientas y zincuenta obejas diez mas o menos pagando por ellas ochozientos y zincuenta reales en dinero y doze cantaras de bino seys de tierra de Toro y otras seys de tierra de billamañan cuyas cantidades en cuanto al bino, tres cantaras a la entrada y otras tres quedaran para la salida y las seys quedaran para darlas cuando la justicia se las pidan, y el dinero segun constumbre y este arendatario no podra traer las obejas en el tiempo que esten en este pueblo en posesiones de particulares que agan perjuizio ni en cotos que determine el pueblo ni panes y al fin se hebitara todo perjuizio y solo las traera en el pasto comun y conzejil, asi fue el conbenio y trato, y para que conste lo firmamos en dicho lugar de Trobajo del Camino 28 de Abril de 1844. Santiago Rodriguez (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

123

1844, Mayo, 27.

Página 205 y 206

Remate cuentas. Pablo Fernandez y Julian Martinez En el dia 27 de Mayo de 1844 reunidos todos los becinos, la justicia y yo el fiel de fechos se arremataron las cuentas de cargo y dato del año anterior de los pedaneos Pablo Fernandez y Julian Martinez en la forma siguiente Cargo Se les aze cargo de escote de Manuel Nebares ciento ochenta y dos reales …..… 182 iden, otro que cobro Ygnazio Gutierrez ciento sesenta y tres ...……………......... 163-18

in

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iden, otro que cobro Josef Garzia doscientas cuarenta y dos ………………….… 242-4

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iden, otro de Ysidro Prieto de ……………………………………………………. 82-20

lC

iden, de Benito Layz ………………………………………………..……….……. 73-12

de

iden, de la contribuion del clero ………………………………..…………..…. 1544

aj

o

iden, de la de pajad y utensilios ……………………………………………….. 1112

ob

iden, de la rrebaja de las medidas ………………………………….………...…. 200

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iden, del abasto del bino ………………………………………………………. 6600

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Suman los cargos los figurados ………………….…………………..10.199-20

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que conferidos con diez mil seyscientos treynta y uno quedan en sus cartas de pago resulta alcanzar los dichos rejidores al conzejo en la cantidad de cuatrocientos treynta y dos reales que rreunido con setenta y uno de las cuentas de atras asciende a la cantidad de quinientos tres reales salbo error de suma o pluma.

Ju

Forma de cuenta

Cargo …………………….…..…..... 10.199 Data ……………………...……..…. 10.631 -------Alcanza ……………………….…. 432 Alcanze de atras …………………….... 71 -------Total ………………………………….…….. 503

124

habiendo quedado conformes asi el Conzejo como los dichos rejidores pase yo el fiel de fechos a estamparlas en este libro de caja Concejo y darles su aprobacion segun costumbre y para que conste lo firmo en dicho dia, mes, y año arriba dicho Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) 1844, Agosto, 11.

Página 207, 208 y 209

Cuentas Bernabe Florez y Manuel Gutierrez

in

o

En 11 de Agosto de este año de 1844 estando reunidos en la casa de conzejo y sitio aconstumbrado; la justizia y fiel de fechos; y la mayor y mas sana parte de becinos; se tomaron las cuentas de cargo y data a los señores alcaldes pedaneos que los son Bernabe Florez y Manuel Gutierrez menor y yo el fiel de fechos ley sus memoriales en alta voz; y no abiendo reclamacion alguna

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Cargos

de

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lo primero se les haze de quinientos ochenta y cinco reales de obejas churras ….. 585

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o

yden, mas se les aze de cargo de tres mil ochocientos ochenta y dos reales por dos tercios de la taberna bencinos en fin de junio ….………………………………. 3.882

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ydem, mas se les haze cargo de ochenta y nuebe reales y catorze maravedis del escote que cobro Migel Gerrero …………………………………………..…..…………. 89=14

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ydem, mas se les haze de cargo de ochenta y dos reales y beynte maravedis del escote que cobro Placido Fernandez …………………………………………………..… 82=20

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ydem, mas se les haze cargo de ochenta y ocho reales de las propinas de los prados de Bartolome Diez y Francisco Santos ……………..…………………………….…. 88

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ydem, mas se les haze cargo de ciento beyte reales del queso de la taberna ….... 168

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Ju

4.894=34

ydem, mas se les haze cargo de nuebe reales que se cobro a Facundo Fernandez por la multa que se le echa …………………………………………………………….…… 9 ydem, mas se les aze de cargo un ducado cada real cada rres y los reses son tres y la mitad son de los ganaderos y quedan diez y seys rreales y medio ……….…….... 16=16 ydem, mas se les haze cargo de diez reales que se castigaron dos bacas del sobrino de cura de Armunia Andres Arias la mitad, la mitad para los que le cojieron ………... 5 ydem, mas se les haze cargo de cuarenta y dos reales de la yerba que quedo del dia Santa Marina ………………………..………………………………………….… 42

125

ydem, mas se les haze de cargo de diez reales de Juan garcia por tener el ganado deche (sic) (de noche) en el coto y la mitad es de los que las que lo cojeron ……………... 5 ydem, se les haze cargo de dos reales y 24 maravedis que salieron de las multas ………………………………………………………………………………...…. 2=28 ydem, mas se les haze cargo de mil quinientos nobenta y siete reales y treynta maravedis de la contribucion becida asta fin de junio y los tres tercios del clero __________ en fin del mismo que todo reunido es …………………………… 1597=30

in

o

ydem, mas se les haze cargo de sesenta y coho reales de cuatro reses, una de Juan Fernandez Mayor y otra de Tomas Gutierrez y dos de Pedro Centeno ……….……………………………………………………………….………... 68 --------

lC

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Suma ……. 6.639 └44

-------6735

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o

de

ydem, mas se les haze cargo de nobenta y seys reales de seys reses que metieron al cato Juan Garcia mayor 3 reses y Juan Fernandez mayor una y otro de Bernardino Trobajo y otra de Martin Cubria ……………………………………………….………….… 96

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Total de cargos ………………………………….………………..…… 6735

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Forma la cuenta data de los rejidores en reales ……………………….. 7024

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Alcanze en fabor de los rejidores ………………………………….….... 289

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De manera que suman los cargos que ban echos a los rejidores los figurados seys mil setecientos treynta y cinco reales que conferidos con siete mil beynte y cuatro quedan en sus datas; alcanzan los rejidores los referidos doscientos ochenta y nuebe reales sabo herror de pluma o suma cuales dichos memoriales fueron leydos en alta voz por mi el fiel de fechos en publico conzejo y concluydos que fueron; en alta voz dije yo el fiel de fechos se tenian que repetir o rebajar alguna de las datas que si an manifestado; y habiendo respondido que las daban por pasivas por allarlas arregladas pase yo el fiel de fechos a estanparlas en este libro de caja de conzejo y darlas su aprobazion segun constumbre por lo cual las otorgo y firmo ante el publico concejo que se las dieron por concluydos y aprobados en 11 de Agosto del año de 1844 y las firmo como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

126

1844, Agosto, 25. Trobajo del Camino

Página 100 y 101

Acuerdo y conbenio con el cirujano para este año de 1844 En el dia 25 de Agosto de este año de mil ochocientos cuarenta y cuatro estando los señores alcaldes pedaneos y que lo son Bernabe Florez y Manuel Gutierrez menor juntamente con el fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de becinos en la casa de Conzejo y sitio aconstumbrado se trato lo siguiente =

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o

En dicho mes y dia se presento Don Narciso Fernandez Garcia cirujano a probada pretendiendo la plaza de tal facultalibo para la asistenzia de todos los abitantes de ciho pueblo y el Conzejo se a conbenido con darle nuebe cargas de centeno por el trabajo de un año en que se contratado bajo las condizione siguientes

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1ª, ... que dicho Don Narziso a de residir en dicho pueblo

de

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2ª, ... que a de asistir a todos en sus enfermedades fuera de las de _____ ____ y partes

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3ª, ... que cualquiera que quisiere afeytarse a de acudir a su casa cuando lo acomode al que se ba afeytar

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4ª, ... que la cobranza y a de se por su carga siendo de obligacion del alcalde pedaneo el darle la lista de la cobranza

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5ª, ... que en su ausenzia a de ser de su obligacion el dejar quien aga sus beces

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Y abiendose conbenido con todo lo que abraza en dichas condiziones para cumplimiento lo firmaron en Trobajo del Camino y Agosto 25 de 1844

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Narciso Fernandez (rúbrica)

a

Manuel Gutierrez (rúbrica)

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Bernabe Florez (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

[1844], Agosto, 25.

Página 101

En el dia 25 de Agosto se castigo a Tomas Rodriguez en publico Conzejo por no salir a la becera cuando le tocaba en un ducado .............................................................1

127

1844, Septiembre, 1. Trovajo del Camino

Página 99

Arriendo del pastor del Campo año de 1844.

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de

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o

En primero de Septiembre del presente año estando reunidos en la caza de concejo, la justicia y la mayor parte de becinos, y el fiel de fechos interino. Se hajusto el pastor para el campo, bajo las condiciones siguientes, = 1ª, queda obligado dicho pasto Manuel Rodriguez a guardar el termino de este pueblo de Bega y mante; asta la ultima gabilla que ayu o a en la vega sea de qualquiera fruto del año que viene de 1845 = 2ª, todos los daños que resulten en lo sembrado se de becinos o forasteros no dando dañadores licitos sera de su cargo el pagador a cuenta de su salario 3ª, la multa que se echen a los forasteros, siendo prendados por el se dara la mitad de la multa; y lo mismo se dara a qualesquiera becino que las prende y dicho pastor avisare a la justicia favor para prendar, se le dara la mitad de la multa. 4ª, queda obligado dicho pastor el tocar la oracion por la mañana y a la noche. 6ª, no covrara mas multa al ****** del pueblo desde esta fecha asta el 1 er dia de Marzo que dos maravedis por caveza y siendo d becera 10 maravedis, y de marzo en adelante 4 maravedis por cabeza y siendo de becera 20 maravedis po cada vez que les coja; y ademas la multa; y no cumpliendo con dichas condiciones tambien sera multado en lo que la justicia y vecinos tengan a bien lo que aceto el cumplirlas y para que conste lo firmo junto con la justicia y fiel de fechos interino en trovajo y setiembre 1º del 1844, el concejo queda obligado a darle tres cargas de pan centeno;

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

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Bernabe Florez (rúbrica)

na

Manuel Gutierrez fiel de fechos interino (rúbrica)

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Manuel Rodriguez (rúbrica)

Página 101

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1844, Noviembre, 17. Trovajo del Camino Año de 1844. Vecindad de Domingo Martinez.

En 17 de Nobiembre del presente año de 1844 se admitio por vecino a Domingo Martinez y su mujer, Liverata Garcia, pago los derechos aconstumbrados al concejo, tomo la vecindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales a Pedro Martinez de esta vecindad, y para que conste lo firmo, junto con el fiel de fechos interino en Trovajo del Camino en dicho dia mes y año arriva dicho Domingo Martinez (rúbrica) fiel de fechos interino Manuel Gutierrez (rúbrica)

128

1844, Noviembre, 22. Trobajo del Camino

Página 159

Becindad de Bernardino Trobajo. En el dia beynte y dos de Noviembre del año de mil ochocientos cuarenta y cuatro se admitio por becino a Bernardino Trobajo y su mujer Saturnina Fernandez y tomo la becindad, por la casa don abita y dio por fiador para las cargas conzejales a su padre Manuel Trobajo de la misma bezindad y para que conste lo firmo en Trobajo y juntamente con la justizia y fiel de fechos en dicho dia mes y año Bernardino Trobajo (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) Página 210, 211 y 212

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1844, diciembre, 8.

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2as Cuentas Bernabe Florez y Manuel Gutierrez

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de

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En el dia ocho de dicienbre de este año de 1844 estando en la casa de concejo y sitio acostumbrado la justicia y fiel de fechos y la mayo y mas sana parte de becinos se tomaron las segundas cuentas de cargo y data a los señores alcaldes pedaneos que al presente lo son Bernabe Florez y Manuel Gutierrez menor y yo el fiel de fechos despues de tomar el silenzio ley sus memoriales en alta boz partida por partida y no abiendo reclamazion alguna pase yo el fiel de fechos a estamparlas en este libro de Caja y es como sigue

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e

Cargo

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lo primero se le aze cargo de dos mil ochenta y seys reales del 3 er terzio de la taberna ………………………………………………………………………………………2.086

a

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ydem, mas se haze cargo de doscientos onze reales del cacho de Miguel Guerrero y Ysidro Prieto …………………………………………………...…………….……….211

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ydem, mas se haze cargo de sesenta reales del cacho de Manuel Trobajo ………..….60 ydem, mas se aze cargo de sesenta reales de los carneros del ospital …….………….60 ydem, mas se le haze cargo de doscientos cincuenta reales del escote de la birjen ...250 ydem, mas se le aze cargo de ciento ochenta y un reales del cacho de Ygnacio Gutierrez …………………………………………………………………………………….…..181 ydem, mas se le aze cargo de ocho reales de la calleja de San Claudio que la trae Jua Garcia menor ? …………………………………………………….…………….………8 -------2856

129

ytem, mas se le aze cargo de tres reales de la calleja del prado del cabildo …………….3 ytem, mas se les aze cargo de cinco reales de la querta de Tomas Rodriguez ………....5 ytem, mas se les aze cargo de doze reales del prado de Andres Cubria detras de la biña ………………………………………………………………………………………….12 ytem, mas se les aze cargo de cuarenta reales de Manuel Alvarez detras de los bosques…………………………………………………………………………………40 ytem, mas se les haze cargo de cuatro reales de la pladera de Manuel Alvarez de las Bargas …………………………………………………….……………………..…..….4

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de

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o

ytem, mas se le haze cargo de ochenta y ocho reales del escote cantor del 3 er tercio ………………………………………………………………………………..………. 88 --------

Cargo …..….. 3008 --------

Datas …..…….. 3834 --------

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Alcances en favor de los rejidores …………………………….….. 0826

Ju

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De manera que suman los cargos que ban echos a los rejidores los figurados tres mil ocho reales que conferidos con tres mil ochocientos treynta y cuatro quedan en sus datas alcanzan los rejidores al concejos los figurados ochocientos beynte y seys reales salbo error de pluma o suma cuales dichos memoriales fueron leydos en alta boz por mi el fiel de fechos que si tenian que repetir o rrebajar alguna de las datas que se an manifestado y abiendo respondido que las daban por pasibas por allarlas arregladas pase yo el fiel de fechos a estamparlas en este libro de caja de concejo y darlas su aprobacion segun costumbre por lo cual van metidos en cuenta doscientos ochenta y nueve reales que tenian en sus alcances de las primeras cuentas de lo cual otorgo y firmo ante el publico concejo que las dieron por concluydas y aprovadas en 8 de diciembre del año de 1844 y lo firmo como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) 1844, Diciembre, 22. Trobajo del Camino.

Página 215

En el dia 22 de diciembre del año de 1844 se presentaron los señores Vicente Gutierrez y Luis Villaverde vecinos del lugar de San Andres del Ravanedo ante el publico concejo de Trovajo del Camino y digeron que por esta se obligaban a cegar el reguero que tienen metido en nuestro termino levantando el fruto que pueda producir dicho terreno; y de no hacerlo en el termino espresado vajo la multa irremisible pagaran

130

todos coste que se les impongan y para que conste lo firmaron los espresados y uno dijo no saber en Trovajo dicho dia, mes y año Vicente Gutierrez (rubrica) Bernabe Florez (rubrica) Manuel Gutierrez (rubrica) Por ausencia del fiel de fechos Angel Alvarez (rubrica) 1844, Diciemvre, 27. Trobajo del Camino.

Página 103, 104 y 105

Escritura del abasto de bino para todo el año que biene de 1845.

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de

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Digo yo Pedro Fernandez vecino de este lugar de Trobajo del Camino y mi mujer Ramona Cubria con sus fiadores vecinos de este pueblo que lo son Pedro Centeno y Pedro Martinez que en birtud del primer remate celebrado en el dia siete de diciembre de este presente año de 1844 segun consta en el papel de condiciones y remates y quedo en mayor y mejor postor en el referido Pedro Fernandez en la cantidad de ocho mil rreales vellon, cuatro cargas de pan centeno para el maestro catorze cantaras de bino de Toro cinco dozenas de tabla á piso para ayudar a entarimar la yglesia un mollete y un cuarteron de queso cada becino bajo las mismas condiziones que aqui se espresan y es como sigue

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1ª, ... que la cantidad, en que se a rrematado dicho abasto se a de pagar en cuatro tercios yguales quince dias antes de que benza el primer tercio y suzesibamente asta concluyr el ultimo, y su paga sera en plata y oro y lo pondran en poder de la justicia o depositario que se nombre =

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2ª, ... que el bino sera de tierra de Toro y de Billamañan y de buena calidad y lo a de bender todo a un tiempo para que todo becino o forastero beba de lo mejor que le acomode.

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3ª, ... las medidas an de ser de ocho azumbres la cantara

Ju

4ª, ... sera cargo del abastecedor el marabedi en hazumbre y lo mismo por lo que consuma cada becino en su casa; y tambien sera de su cargo el pagar la lizenzia y subsidio que le corresponda 5ª, ... tambien sera de su cargo el pagar el recargo que por orden a venido de pagar ademas de todo dos maravedis en azumbre de bino de manera que la cantidad en que sea rematado a de ser libre de todo derecho bajo de estas condiciones 6ª, ... tambien sera condizion que el dicho marabedi y recargo sera de cargo del abastecedor el pagarlo 7ª, ... todo becino o forastero que benda bino por mayor an de pagar al abstecedor dos reales y medio en cantara de bino que se benda = el marabedi en azumbre; y el recargo de los dos maravedis en azumbre; y estos yntrodutores deberan bajo las penas que

131

marcan las leyes abirar la justicia o abastecedor para el conozimiento de lo que se yntroduze y cobranza de derechos, y esto se pagara luego que se berifique la benta 8ª, ... que el bino que consuma cada becino en su casa a de ser libre de todo derecho y recargo 9ª, ... dara fiador o fiadores vecinos del pueblo legos llanos y abonados a boluntad de la justicia y Ayuntamiento de este pueblo para que la justicia se entienda con el. 10ª, ... el bino que consuma el conzejo a cuenta de los fondos si los hubiese; sera gastado del abasto; y no de otra parte ninguna mas no lo que page cada vecino por si este lo traera donde le acomode o según trato que tenga el conzejo.

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11ª, ... todo el que benda bino por mayor sin dar parte a la justizia o abastecedor sera multado en dos ducados el para el abstezedor y el otro para el conzejo y doble la segunda y sucesibamente doblando

de

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Y bajo de las espresadas condiziones que ban estampadas la otorgo y firmo el referido Pedro Martinez juntamente con sus fiadores la justicia y fiel de fechos en Trobajo del Camino y diciemvre, 27 de 1844 y fio Francisco Cubria de esta becindad

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Pedro Fernandez (rúbrica)

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Francisco Cubria ( rúbrica)

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Bernabe Florez (rúbrica)

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) Página 97

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1844,

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Acuerdo sobre el ganado que se mete al coto de Otoño

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Tomas Gutierrez Pedro Centeno

un real .....................14 dos reales ................28

Juan Fernandez mayor hun real .................14

132

1845 1845, Enero, 19.

Página 102

Multas En 19 de Enero del presente año de 1845 estando reunidos en la casa de Concejo y sitio aconstumbrado, la justicia y la mayor parte de vecinos, se multo al pastor de las churras en quatro ducados por aver traydo beinte y quatro cabezas mas de lo tratado; abonando a dicho pastor asta 260 y aver sido revisadas y contadas por dos vecinos y la justicia; y lo firmo la justicia = 1845, Enero, 26.

Página 212, 213 y 214

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3as cuentas. Bernabe Florez y Manuel Gutierrez

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En el dia 26 de Enero de este año de 1845 estando en la casa de conzejo y sitio aconstunbrado la justizia y fiel de fechos la mayor y mas sana parte de vezinos se tomaron las terceras cuentas a los señores alcaldes pedaneos que al presente lo son Bernable Florez y Manuel Gutierrez menor y yo el fiel de fechos despues de tomar el silenzio ley sus memoriales partida por partida en alta boz y no abiendo reclamazion alguna pase yo el fiel de fechos a estanparlas en este libro de caja de conzejo y es como sigue

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lo primero se les haze cargo de seyscientos quinze reales y ocho maravedis que quedo por meter en cargo en las segundas cuentas del clero y cota fija ………………..…. 615

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ytem, mas se les aze cargo de dos mil ochenta y seys reales por el ultimo terzio de la taberna …………………………………………………………………………..… 2086

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ytem, mas se le aze cargo de seyscientos quinze reales po los terzios de cota fija y el clero ultimos …………………………………………..………………………….… 615

Ju

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item, mas se les haze cargo de beynte reales de la alcabala del prado de Gabriel Martinez …………………………………………………………………………...…. 20 ytem, mas se les haze cargo de ciento beynte y ocho reales sobrantes de paja ylitem y clero ……………………………………………………………………………. 128 14 ----------3464 14 ytem, mas se les haze cargo de siete reales de la alcabala de una tierra que compro Ysidro Pietro …………………………………………………………………..……… 7 -------Cargos echos a los rejidores …………………………………….……... 3741 14

133

Datas que dan los rejidores en sus memoriales …………………...……. 4983-24 Alcanza en fabor de los rejidores ……………………………………….. 1512/10

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De manera que suman los cargos que ban echos a los rejidores los figurados tres mil cuatrozientos setenta y un real y 14 maravedis que conferidos con cuatro mil nuebezientos ochenta y tres reales y 24 maravedis que quedan en sus memoriales alcanzan los rejidores en los figurados mil quinientos doze reales y diez maravedis salvo error de pluma o numero cuales dichos memoriales fueron leydos en alta boz por mi el fiel de fechos partida por partida; y despues de tomado el tomado silenzio dije yo el fiel de fechos que si tenian que rebajar o rrepetir alguna de sus partidas que se an manifestado y abiendo respondido que las daban por pasibas por allarlas arregladas ; pase yo el fiel de fechos a estanparlas en este libro de caja según costumbre por lo cual ban metidos en sus alcances en las segundas cuentas de lo cual otorgo y firmo ante todo el publico conzejo que las dieron por pasibas y concluydas y aprobadas en 26 de enero de 1845 y lo firmo como fiel de fechos.

de

Mateo Centeno (rúbrica)

Página 110 y 111

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1845, Febrero, 6. Trobajo del Camino

Cargos …………………………..……..12,815

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En el dia seys de febrero se tomaron las ultimas cuentas a los señores alcaldes pedaneos del año de 1844 que lo son Bernabe Florez y Manuel Gutierrez menor reunidos todos los vecinos y yo el fiel de fechos se tomo el silenzio y se leeron los memoriales de uno y otro los cuales les rebajaron lo mismo las datas que los cargos que no se allaron lizitos presentaron sus cartas de pago y recibos y allandolos todos corrientes se formo la cuenta general de cargo y data en la forma siguiente:

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Datas que dan los rejidores en sus memoriales y cartas de pago …………….14,714

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--------

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Alcanze en fabor de los regidores los figurados ………………..…….1899 Lo cual quedaron unos y otros lo mismo el Conzejo que los rejidores conformes y conformados en no pedir ni demandar cosa alguna contra dichas cuentas pagando el Concejo el espresado alcanze que resultan en fabor de los rejidores y quedan ajustadas estas cuentas asta el beynte y seys de Enero de este año de 1845 y para que conste lo firmaron los rejidores juntamente con el fiel de fechos en Trobajo y febrero 6 de 1845 y firmaron los rejidores para que no puedan pedir ni demandar y por el Concejo firmo el fiel de fechos Bernabe Florez (rúbrica) Manuel Gutierrez (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) 134

1845, Febrero, 9.

Página 187 y 188

Acuerdo sobre el gasto de los rejidores En nuebe de Febrero de este año de 1845 se nombraron ocho hombres para regular los gastos de los rejidores del presente año que lo son Bernabe Florez y Manuel Gutierrez Menor y lo demas que gaste no se les abonara; y lo mismo sera para en adelante y es como sigue. 1945, multas varias.

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En el dia 23 de Febrero se castigo en dos ducados a Damaso Fernandez por aber cabado las zepas de la regera de Fontanillas y para que conste lo firmo la justicia y el fiel de fechos.

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En el dia 23 de fevrero se castigo en publico conzejo a Juan Rodriguez en un ducado por ynobediente a la justizia y lo firmo la justizia

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En el dia 20 de Abril se multo a Toribio Panyagua por aber arramado una taza de bino abiendo bezinos que lo ubiesen bebido es dezir azer desprecio de quien nos lo ubiese dado siendo asi que no nos questa nada a el comun. Se multo a el Toribio en un ducado.

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Sigue la multa al de Pedro Gutierrez por decir que se multe a el rejidor que diga el porque mas se le multa a el Pedro Gutierrez en dos ducados.

Página 102

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1845, Fevrero, 11.

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En dia diez onze de Frevero del presente año de 1845 estando la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vezinos en la casa de Conzejo y sitio aconstumbrado se castigo á Juan Fernandez menor y a Bernardino Trobajo en diez reales cada uno por no obedecer á la justizia y lo firmo la justizia.

1845, Abril , 20. Trobajo del Camino.

Página 215

Año de 1845. Bezindad de Martin Cubria. En el beinte de abril del año de 1845 se admitio por becino a Martin Cubria y su mujer Luzia Llamas pago los derechos acostumbrados al concejo, tomo la bezindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas conzejales a Francisco Cubria de esta bezindad y para que coste lo firmo junto con el fiel [ de fe] chos; en Trovajo del Camino en dicho dia, mes y año ariba dicho. Martin Cubria (rúbrica) Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica) 135

1845, Abril, 20. Trobajo del Camino.

Página 189

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En el lugar de Trobajo del Camino a beinte dias del mes de Abril de 1845 estando reunidos la justizia y bezinos en la casa de concejo se yzo trato y conbenio con Francisco Cubria vecino del mismo y abastecedor de la taberna y rematante de los arbitrios de carreteras y quedamos conbenidos en que abia de bender el bino por medidas de a nuebe la feria de San Juan, la de San Miguel, Santos y San Andres para sacar los derechos de arbitrios de carreteras que segun el boletin de treze de nobiembre numero nobenta y uno se halla cargado todo el becindario y con esto todos los bezinos quedan libres del pago asceicion de los bendedores por mayor o forasteros que quieran bender generos de los grabados en dicho boletin y de no poder ser esto que se lleva dicho se le abonaran de los propios o fondos de concejo quatrocientos reales asi quedamos conbenidos y lo firmamos la justicia y el fiel de fechos y el dicho Francisco Cubria dicho dia, mes y año dicho ariba

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de

En la feria de San Juan bendera 4 dias, en la de San Miguel las tendra hasta el domingo de los carros, en la de los Santos ocho dias antes y ocho despues y en la de San Andres quatro atras y cuatro alante y para que coste lo la firmamos los que arriba se espresan

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Bernabe Florez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

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Francisco Cubria (rúbrica)

Página 106

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1845, Abril, 27. Trobajo del Camino.

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Ariendo que haze Santiago Rodriguez becino de Cubillas, Concejo de Arbas para la enbernia del año de 1845 y cumple el año de 1846 el dia 25 de Abril y este ariendo es para el ganado lar(sic)o churras. En el lugar de Trobajo del Camino a beinte y siete dias del mes de Abril la justizia, conzejo y becinos se presento Santiago Rodriguez bezino de Cubillas concejo de Arbas dijo a dicho concejo le admitiesen para el pasto de la enbernia doscientas a doscientas cinquenta obejas diez mas o menos pagando por ellas ochocientos cinquent reales en dinero y doze cantaras de bino seis de Toro y seis de tierra de Billamañan cuya cantidad en quanto a el bino tres cantaras para la entrada y tres para la salida y las seis restantes sera para quando la justizia se las pida y el dinero segun costumbre y este arrendatario no podra traer las obejas en el tiempo que este en este pueblo por posesiones de los particulares ni en cotos que determine el pueblo ni en panes y al fin se habitara todo perjuycio y solo las podra traer termino o pasto comun y no particular pues asi fue el conbenio y trato y para que coste lo firmamos en Trobajo y Abril 27 de 1845 136

Santiago Rodriguez (rúbrica) Bernabe Florez (rúbrica) Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica) 1845, Mayo, 4. Trobajo del Camino.

Página 108

Ariendo del pastor del campo año de 1845.

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El dia quatro de mayo del presente año estando reunidos en la casa de concejo y sitio acostumbrado la justizia y becinos y yo el fiel de fechos se hajusto el pastor para el campo bajo las condiciones siguientes 1ª, queda obligado dicho pastor Jose Melendez a guardar el pan y termino de monte y bega hasta el dia quince de agosto del presente año 2ª, todos los daños que resulten en lo sembrado sea de becinos o forasteros no dando dañadores llicitos sera de su cargo el pagarlos a cuenta de su salario 3ª, la multa que se echen a los forasteros siendo prendados por el se le dara la mitad de la multa y lo mismo se dara a qualquiera becino que los prende y dicho pastor avisase a la justizia fabor por prendar se le dara la misma multa 4ª, no cobrara se es de vecera cinco quartos por la vezera y lo mismo si fuese un rrres y no cumpliendo estas obligaciones tambien sera multado en lo que la justizia y bezinos tengan a bien lo que azeto a cumplidas y para que coste lo firmo junto con la justizia y el fiel de fechos en Trobajo del Camino y mayo de 4 de 1845 y dijo no saber firmar el mencionado Jose yzo la señal de Cruz ┼

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Bernabe Florez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

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desde el quatro de mayo sera preciado el **? para su cumplimiento. Nota queda ajustado dicho Jose Menendez en las figuradas diez y ocho heminas de centeno las que se pagaran a su tiempo

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Fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica) Página 188

Ju

1845, Mayo, 11. Trobajo del Camino. Año de 1845. Bezindad de Benito Fernandez.

En el dia onze de mayo se admitio por vecino a Benito Fernandez y su mujer Jacoba Garcia y no pago los derechos acostumbrados, solo pago lo que tubo a bien de su boluntad y dio la becindad por la casa donde vive y dio por fiador para las cargas concejales a Santiago Garcia de la misma vecindad y para que conste lo firmo junto con la justicia y el fiel de fechos en Trobajo del Camino y Mayo 11 de 1845 Benito Fernandez (rúbrica) Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

137

1845, Mayo, 18. Trobajo del Camino

Página 112 y 113

1ª Cuentas En el dia diez y ocho de mayo se tomaron las cuentas primeras a los señores alcaldes pedanios del año de 1845 que lo son Bernabe Florez 1º y Manuel Gutierrez menor 2º reunidos todos los vezinos y yo el fiel de fechos se tomo el silencio y se leeron los memoriales de uno y otro y despues de leydos se tomo el silencio y dije yo el fiel de fechos si tenian que rebajar algunas de las datas y dijeron que no que las daban por pasibas por allarlas arregladas. Cargos

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lo primero se le aze cargo de ochocientos cinquenta reales de las reales obejas churras ………………………………………………………………………………………...850

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Mas se le haze cargo de tres cientos cinquenta reales del sobrante de la taberna del primer tremestre ……………………………………………………………………... 350

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de

Mas se le hace de cargo de setecientos nobenta y nuebe reales de los cachos que se bendieron para pagar los alcances del año anterior y sobro dicha cantidad ………....799 --------1999

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Astienden los cargos echos a los rejidores los figurados mil nuebecientos nobenta y nuebe reales que contenidos con mil quatro cientos setenta y dos reales quedan en sus memoriales, alcanza el Concejo a los rejidores en los figurados quinientos beinte y siete reales quedando combenidos lo mismo el concejo que los rejidores en no pedir ni demandar cosa alguna contra dichas cuentas y queda pago los alcances de las cuentas anteriores que eran mil ochocientos nobenta y nuebe reales y quedan conduyctas acta el dia de la fecha

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Cargo echo a los rejidores…......................................................................................1999

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Dar en datas y dinero pago …...................................................................................1472 --------

Alcanza al Concejo a los rejidores…..........................................................................0527 y para que conste lo firmaron los rejidores que no puedan pedir ni demandar y por el Concejo lo firmo yo el fiel de fechos en Trobajo dicho dia mes y año dicho arriba Bernabe Florez (rúbrica) Manuel Gutierrez (rúbrica) Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

138

1845, Noviembre, 19. Trobajo del Camino.

Página 109

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Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

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Nota estara hasta el dia de nuestra señora de Agosto

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En el dia diez y nuebe de Nobiembre del presente año de 1845 se reuniio la justizia y la [ma]yor y mas sana parte de bezinos y yo el fiel de fechos, y se presento Jose Melendez a pretender el Campo de dicho pueblo, a guardar todo el año hasta la ultima gabilla o fruto que ayga en la bega, dando principio desde el dia de la fecha bajo las condiziones siguientes 1ª, que desde hoy en adelante cobrara por cada cabeza de ganado cualquier clase que sea ha de cobra un cuarto por cada cabeza que coja en el pan u coto y ademas las dara en pesquisa todos los domingos 2ª, que las penas del ganado forastero que coja tendra la mitad de la pena que ynponga el concejo 3ª, que todos los daños que se origuinen en los frutos no dando dañadores licitos y berdaderos los pagar el criado a cuenta de su salario; y para esto se obliga el concejo y bezinos a pagarle tres cargas de pan centeno y fanega para el tiempo que queda ajustado o segun lo ba ganando y para que coste lo firmo el dicho Jose juntamente con la justizia y el fiel de fechos en Trobajo del Camino y octubre 19 de 1845 el dicho Jose por no saber firmar yzo la señal de cruz ┼

Página 113, 114 y 115

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1845, Diciembre, 7

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2ª Cuentas

Cargos

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En el dia siete del mes de diziembre del año de 1845 se tomaron las segundas cuentas a el señor alcalde Pedaneo que a el presente lo es Bernabe Florez reunidos todos los vecinos que cuisieron concurrir y yo el fiel de fechos y se tomo el silencio y se leeron los memoriales en alta boz por mi el fiel de fechos si tenian que rebajar algunas de las datas y dijeron que no por allarlas aregladas que las daban pasibas

Lo primero se le haze cargo de trescientos cinquenta reales del 3º tercio del avasto …………………………………………………………………………………….......350 Son cargo de Juan Garcia Mayor de dos reales al coto a doce reales cada una son .......24 Pedro Fernandez una .....................................................................................................12 Juan Fernandez mayor dos .....................................................……………..................24 Tomas Gutierrez una …..................................................................................................12 Manuel Alvarez una ...................................…...............................................................12 Francisco Alvarez dos ..................................................................................................24

139

Pedro Martinez dos.......................................................................................................24 de la alcavala de la casa que vendio Ysidoro Garcia vecino de San Andres y Francisco, y mas la de Gregorio ..............................…...................................................................80 del remate de la aguardiente sin lo que corresponda del remate para atras .........................................................................................................................................61 detras los vosques ……..................................................................................................40 del prado de Andres Cubria ...................................…………………………….….......10 de la calleja del Cavildo .................................................................................................4

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Manuel Gutierrez Menor de la Calleja de San Claudio ..................................................8

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Jose Centeno por la tierra de la Pontona ..........................................................................5

Suman .....................714

-------Suman los cargos 1241

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Mas son cargo de quinientos veinte y siete reales que resulto a favor del Concejo en las cuentas de atras.............................................................................................................527

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Datas que nos presenta en sus memoriales, cartas de pago y recivos …….…….......1328

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Alcanza el rejidor .................87

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los figurados ochenta y siete reales, ligue a la vuelta **

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De manera que aviendose reunido la mayor y mas sana parte de los vecinos en la casa y sitio aconstumbrado se tomo el silencio y fueron leydos sus memoriales en alta voz por mi el fiel de fechos; y concluydos que fueron, no hubo reclamacion alguna sobre el particular por allarlos arreglados como se hallan y determinaron se hestampen en el livro de Concejo donde asi unos como otros quedaron conformes, y de no bolver a repetir cosa alguna sobre el asunto, de estas cuentas, asi lo firme yo el fiel de fechos a presencia de la justicia y vecinos en dicho dia mes y año atras espresado; y para mas claridad, la formo al presente Cargos ....................1241 Datas ......................1328 -----------

140

Alcanze a favor del pedanio los figurados....…….. 87 y la firme como fiel de fechos Bernabe Florez (rúbrica) Como fiel de fechos, Santiago Gutierrez (rúbrica)

1846 Página 186

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1846, Enero, 2. Trobajo del Camino

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Acuerdo sobre la bezera desde el dia de San Martin asta el dia de San Juan

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de

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Lo primero que desde el dia de San Martin hasta el dia de San Juan no se librara mas que la pareja del yugo a labranza, y por las demas cabezas que le quedan guardara un dia por cada una y si echase la pareja de la labranza solo un dia tanbien guardara por ella la bezera qualysquiera vecino que fuere; y si se quedase algun bezino con dalgun rres que no guardare por el pagara una peseta de multa y lo mismo por los terneros que naziesen antes del dia de Nabidad. Trobajo y Enero beynte y cinco de mil ochocientos quarenta y seys.

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Nota. Si algun bezino se quedare con algun rres que no guardare la bezera pagara los quatro reales ya mencionados y ademas bolber a guardar la bezera

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Francisco Santos (rúbrica)

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Como fiel de fechos ynterino Santiago Gutierrez (rúbrica)

Página 159

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1846, Febrero, 2.

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Año de 1846. Becindad de Salbador Martinez y su mujer. En el dia dos de febrero del año de 1846 se hazmitio por bezino a Salbador Martinez, y su mujer Petra Florez y tomo la bezindad por la casa donde bive y dio por fiador para las cargas concejales a Pedro Fernandez digo Martinez de la misma vecindad y para que conste lo firmo en Trovajo y Enero 2 de 1846. Salbador Martinez (rúbrica) Como fiel de fechos ynterino Santiago Gutierrez (rúbrica)

141

1846, Febrero, 8. Ultimas cuentas del año de 1846

Página 115 y 116

En el dia ocho del mes de febrero se tomaron las ultimas cuentas de cargo y data a el alcalde pedaneo que a el presente lo fue Bernabe Florez reunidos todos los vecinos que cuesieron concurrir y, yo el fiel de fechos despues de reunidos los vecinos se tomo el silencio y se leeron los memoriales en alta boz por mi el fiel de fechos dije yo el fiel de fechos si tenian que rebajar agunas de las datas y dijeron que no que las daban por pasibas por allarlas arregladas Cargos

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Lo primero se le aze de cargo de trescientos cincuenta reales del ultimo tercio del abasto del año de 1845 ........................................................................................................... 350

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Mas se le haze de cargo de beynte reales de la casa de concejo .……………………. 20 --------

de

Suman los cargos hechos en sus memoriales...............................370

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Dan en datas segun sus memoriales cuinientos beynte y cinco reales........................525

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Alcance a fabor del rejidor de las cuentas pasadas y…................................................87 --------

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las presentes................................................................................................................612

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De manera que habiendose reunido todos los bezinos que cuisiero concurrir en la casa de concejo y sitio acostumbrado se tomo el silencio y fueron leydos los memoriales en alta boz por mi el fiel de fechos y concluydos que fueron no ubo reclamazion alguna sobre el particular por hallarles hareglados como se hallan y determinaron se estanpen en el libro de caja donde asi unos como a otros quedaron conformes y de no bolber a rrepetir (pagan de sus alcanzes) cosa alguna sobre el asunto de estas cuentas asi lo firme yo el fiel de fechos a presencia de la justicia y bezinos en dicho dia mes y año atras espresado; y para mas claridad la forma al presente Cargos .................…...370 Datas ...................…...612 -------------Alcanze a favor del pedanio.........242 Francisco Santos (rúbrica)

Bernabe Florez (rúbrica)

Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

142

1846, Fevrero, 25. Trovajo del Camino.

Página 117

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En el dia 25 de fevrero de este año de mil ochocientos cuarenta y seis aviendose presentado Francisco Cubria al Conzejo estando todos reunidos y la mayor y mas sana parte de vecinos juntamente con la justicia y fiel de fechos que en virtud de el avasto de vino del año de 1845 avia sido rematado en la cantidad de ocho mil reales quedaron todos los becinos que se echaron la cuarta parte y seria rebajado por quitar ynconbenientes los ocho mil reales ascendia la cantidad arriba dicha y despues de rrebajarle lo que le correspondia quedo el dicho Francisco Cubria sujeto a satisfacer siete mil setecientos reales y lo firmamos la justicia y fiel de fechos en Trovajo y febrero 25 de 1846

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Alcalde pedanio Francisco Santos (rúbrica)

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Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

Página 118 y 119

de

1846, Abril, 16. Trovajo del Camino.

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En el lugar de Trovajo del Camino a diez y seys dias del emes de Abril del año de mil ochocientos cuarenta y seys estando la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos; en la de Conzejo y sitio aconstumbrado trataron de tirar cuatro seves de nuebo estavan echas por empedir el pasto de los ganados se presento Manuel Gutierrez mayor y Miguel Garcia y Pedro Martinez y con ** Manuel Gutierrez menor y Benito Layz y dizen ante todo el Concejo que se las dejasen para guarda el primer pelo; y que para el dia de San Pedro abian de levantar las seves y dejar para la vecera francas las praderas: que una a la calleja del Sotico linda M prado de Bartolome Diez por Miguel Garcia y Pedro Martinez, ___? linda P con la presa mayor; otra del mismo a los picones linda N prado de Froylan Fernandez los que se convinieron a dejarlas francas desde dia San Juan o San Pedro del mes de Junio, por este año y para siempre gamas amen no siendo que se convenga con el Conzejo y no se les consiente el poner zierro vivo en las seves; sino una sola frontera de cierr[o] muerto y para que conste lo firmaron en Trovajo y abril 16 de 1846. Nota ). y queda echo en nombre de todos los rrenteros dichos cachos. 1846, Abril, 26.

Página 120

Acuerdo sobre las obejas churras año de 1846 En el lugar de Trovajo del Camino a veynte y seys dias del mes de Abril de este año de cuarenta y seys estando la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos se presento Santiago Rodriguez vecino de Cubillas Conzejo de Arvas; y dijo; que si el conzejo tenian a bien el admitirle doscientas cincuenta cabezas diez mas o menos de obejas churras para pastiar en la envernia de este año y las traera en pasto comun y no en particulares ni en cotos que el pueblo determine; y en fin; se evitara todo

143

perjuyzio y pagara la cantidad de ochocientos y zincuenta reales vellon y doze cantaras de vino seys de Toro ; y seys de tierra de buena calidad, tres para la entrada y tres para la salida; y las otras seys para cuando la justicia se las pida; y las traera asta el dia 25 de Abril del año de de mil ochocientos cuarenta y siete y para que conste lo firmo en Trovajo del Camino y abril 26 de 1846 y el dinero segun constumbre y lo firmo Santiago Rodriguez (rúbrica) Francisco Santos (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) 1846, Abril, 27. Trovajo del Camino.

Página 121 y 122

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Cargos

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En el dia 27 de Abril de este año de 1846 se tomaron las ultimas cuentas al alcalde pedaneo Bernabe Florez de las rebaja de datas que tenian en sus cargos que eran quebradas; y para ponerles los cargos que tenia recibidos y abonos que tenian; solo quedo por meter en cargos el seys por ciento que queda para el Conzejo; Estas cuentas se tomaron en presenzia de la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos y despues de tomar el silenzio se le atendieron sus datas y lo mismo se le yzieron sus cargos y es a saber

Tr

Lo primero se le aze de cargo de mil seyscientos zincuenta reales del ultimo terzio del abasto de vino de este pueblo .....................................................................…..........1650

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En cargo doscientos setenta y zinco reales del abono de culto parroquial de este pueblo ….………………………………………………………………………………..…. 275

ci

En cargo de sesenta y un reales del remate de la guardiente del cuarenta y zinco .....61

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En cargo de siete reales y 24 maravedis del sobrante del cobratorio de las ultimas mensualidades de 45…………………………………………………...……….…….7.24

Ju

En cargo de sesenta y un reales por el abono del cuatro por ciento de las mismas mensualidades ………………………………………………………………………….61 -------Total..... ....2054*24 Cargos echos al alcalde pedaneo Bernabe Florez de esta cuenta .................--..........2054 Datas que da en sus memoriales.……........................................................................1881 -------Suma .....0173 Alcanze en fabor del Conzejo

144

De manera que suman los cargos echos a dicho alcalde pedaneo la cantidad de dos mil zincuenta y cuatro reales y las datas ymportaron mil ochozientos ochenta y uno reales quedan en favor del Conzejo ciento setenta y tres reales y tanbien quedan en fabor del Conzejo tambien el seys por ciento de los seys meses de cuarenta y zinco y quedo asi el Conzejo como dicho alcalde en no pedir ni demandar nada contra dichas cuentas y para que conste lo firmo el dicho alcalde pedaneo y por el Conzejo lo firmo el [-]calde pedaneo que al presente lo es con su fiel de fechos en Trovajo del Camino Bernabe Florez (rúbrica) Alcalde pedaneo que al presente es Francisco Santos (rúbrica)

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Como fiel de fechos Mateo (rúbrica) Página 185

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1846, Mayo, 21. Trovajo del Camino.

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En el dia 21 de Mayo de este año de 1846 estando la mayor y mas sana parte de vezinos, la justicia y fiel de fechos en la casa de conzejo y sitio aconstumbrado, se trato que todo vecino o forasteros que se coja segando en pladeras o lindeos o rregeros de entre panes se le castiga en la multa de un ducado y sera covrado en el mismo auto que se coja sin disculpa ninguna; y para que conste lo firmo yo el fiel de fechos en nombre de todos lo becinos en Trovajo del Camino y Mayo 21 de 1846

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Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

Página 123

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1846, Mayo, 21. Trobajo del Camino.

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Conbenio de Francisco Martinez.

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En el dia 21 de Mayo de este año de 1846 estando en la casa de Conzejo y sitio aconstumbrado la justizia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vezinos; se presento Francisco Martinez de la misma vezindad, que en virtud que esta residiendo vastante a tres mano para cumplir las cargas conzejales que si el Conzejo tiene a vien el livrarlo de todas las cargas ya dichas que daria lo que fuese justo; y respondio el Conzejo que pagase tres cantaras de vino de 1ª con la condizion que en cuanto este en dicho sitio no podra tener ganado ninguno a los probechos de Conzejo ni pastos y para que conste lo firmo en Trobajo del Camino y Mayo dicho dia mes y año arriba dicho. Nota. Queda sujeto a todos los escotes de vezindad para cualquiera clase que sea y la contribuzion que se corresponda para todos conzentos. Queda el conbenio echo por tres años cumplidos desde la fecha y lo firmo como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

145

1846, Julio, 13. Trovajo del Camino

Página 183

En el dia 13 de julio de este presente año de 46 se presento Pedro Martinez al publico conzejo si tenia el conzejo a vien el darle dos cachos que tiene uno en el Sotico, otro en los Picones, por zinco años por el segundo pelo de otoño que es del conzejo segun constumbre y el Conzejo respondio que diese doze reales en dinero cada año y media cantara de vino de tierra lo mismo el de enero que el vino es cada año de los zinco años que cunplen en el año de 1851 y para que conste lo firmo en Trovajo y julio 13 de 1846 Pedro Martinez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) Página 183

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1846, Julio, 13. Trovajo del Camino.

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En el mismo dia trece se rremato el segundo pelo de otoño del prado de la Pontona de Tomas Rodriguez por no convenirse el dicho Tomas Rodriguez y quedo en mayor y mejor postor en Damaso Fernandez en la cantidad de 23 reales y una cantara de vino de tierra cada año y queda rematado por zinco años comenzando la primera paga en este año de cuarenta y seys y concluyr en el de zincuenta y uno y lo firmo el rrematante con el fiel de fechos de dicho pueblo; con la condizion que si lo araba el prado el dicho Tomas se le rebajaria a docena a rrata porzion corresponda y lo firmo en Trovajo y julio y trece de 1846.

Página 184

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1846, Julio, 13. Trovajo del Camino

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En el dia 13 de Julio deste año de 46 estando la justicia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos acordaron estando asi la primera riega que todos los cachos que antiguamente se arrendaban el segundo pelo y tambien el prado que tiene Miguel Garcia y mando el Conzejo que se nombraran seys hombres que lo fueron Juan Fernandez Mayor, Pedro Centeno, Juaquin Paniagua, Benancio Nabares, Miguel Garcia y Manuel Trovajo y tasaron los cachos con la condicion que esta compostura por 5 años y los detras de los vosques lo an de aprovechar cada un año lo primero tras de los [bos]ques en cuarenta reales y una cantara de vino de tierra ...40 otra detras del prado Francisco Albarez en siete reales por Francisco Nistal y una ** de vino de tierra ................................................................................................................... 7 otra de Jose Centeno a la Pontona en diez reales y media cantara de tierra ..................10 otra del prado del cavildo en cuatro reales en Manuel Trovajo ....................................4 otra a la guerga por Manuel Gutierrez menor en tres reales .........................................3

146

otra de Miguel Garcia en la Pontona de Miguel Garcia en ocho reales y media cantara de vino de tierra ..............................................................................................................8 Y quedaron todos convenidos en satisfacer esta cantidad cada uno a la justicia que fuere en este pueblo y para que conste lo firmaron todos los que dijeron saber firmar y de no satisfacer dicha cantidad aprovecha el concejo el segundo pelo como a sido siempre constumbre balga entre renglones =

o

Otra de Andres Cubria en diez reales y media cantara de vino de tierra y queda con la condicion que la presa o rregero que tengan las posesiones sera de cargo de los arrendatarios en todo tiempo asi lo acordaron y firmaron en Trovajo y Julio 13 de 1846

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Pedro Centeno (rúbrica)

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Bernardo Trobajo (rúbrica)

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firma de los ynteresados Tomas Gutierrez (rúbrica)

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Miguel Garcia (rúbrica)

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Lucas Garcia (rúbrica)

Página 124, 125 y 126

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1846, Octubre, 4.

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2as Cuentas Francisco Santos

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En el dia cuatro de obtubre de este año de mil ochozientos cuarenta y seys estando en la Casa de Conzejo y sitio aconstumbrado la justizia y fiel de fechos; y la mayor y mas sana parte de vecinos. Se tomaron las segundas cuentas al señor alcalde pedaneo Francisco Santos; de todos los gastos y cartas de pago que apunto por el conzejo; fuera de terzios; y despues de tomado el silenzio; ley yo el fiel de fechos sus memoriales partida por partida y despues de acabar de leer los dichos memoriales dije yo el fiel de fechos que se tenian que rrebajar algunas de sus datas y dijeron que las daban por pasibas por hallarlas arregladas y pase yo el fiel de fechos a estanparlas en este libro de Caja de Concejo y es como sigue Cargos Lo primero se le aze cargo de cuarenta y siete reales del cobratorio de fin de Junio del presente año …..........................................................................................................47 En cargo de ciento cuarenta y cuarenta y cuatro reales del pan del maestro ......... .....144 En cargo de sesenta reales de los carneros del ospital ...................................................60 En cargo de trescientos ochenta reales de los sobrantes del medio año del avasto de vino................................................................................................................................380

147

En cargo de cuarenta reales por tras de los bosques …..................................................40 En cargo de siete reales del prado de Francisco Nistal ..................................................7 En cargo de diez reales del prado de Tomas Rodriguez …............................................10 En cargo cuatro reales del Cabildo por Manuel Trovajo .................................................4 En cargo de tres reales del prado de Manuel Gutierrez …...................................…..…. 3 -------Siguen los cargos...........395 Suma de atras ...........… 395

de

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En cargos de ocho reales del prado de Miguel Garcia de la Pontona .............….............8 En cargo de diez reales del prado detras de la viña de Andres Cubria ..........................10 En cargo de doze reales de los prados de Pedro Martinez ..............................................12 -------Suma ......425

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Suman los cargos echos al alcalde pedaneo los figurados cuatrocientos veynte y zinco reales que conferidos con dos mil ochenta y tres reales rresulta alcanzar el alcalde al Conzejo en mil seyscientos zincuenta y ocho reales como se figura

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Cargos echos al alcalde …............................................................................................425

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Datas en sus memoriales que da el alcalde .......................................…......................2083

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Alcanza el alcalde pedaneo al conzejo en ................................................................. 1658

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De manera que visto el Conzejo la cuenta quedaron conformes asi el Conzejo como el alcalde pedaneo en no pedir ni demandar ni el Conzejo ni el alcalde sobre dichas cuentas; y para que conste lo firmo el alcalde pedaneo y por el Conzejo lo firmo el fiel de fechos y quedan metidos quinientos cuatro reales de las cuentas anteriores Francisco Santos (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) Nota. Se le carga a alcalde pedaneo ciento setenta y tres reales de los alcances de Bernabe y le queda a dever el Conzejo Alcalde pedaneo en mil cuatrocientos ochenta y zinco reales Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

148

1846, Diciembre, 20

Página 178, 179, 180 y 181

Arriendo de los hazbiticios de consumo para el año de 1847. Papel de condiziones del Conzejo y vecinos de Trovajo del Camino para el arriendo de los derechos de las especies sujetas a la contrivucion del consumo para el solo año de 1847. Primero que cualesquiera persona puede vender vino y aguardientes y demas articulos sujetos a dicha contrivucion pagando los derechos a el arrendatario de ellos con sujezion a lo que dispone la ley para su yntroducion y venta.

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2ª, ... que el arrendatario a de ver obligado a espender en todo tiempo y sitio publico el vino y aguardiente.

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3ª, ... que tanto el dicho arrendatario como cualquiera otra persona que huviese de vender dichos articulos an de estar sujetos a las medidas que elijiere el ayuntamiento y obligados a tener buena calidad de dichos generos quedando sujetos de lo contrario a las penas que les ynpusiese la justicia.

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4ª, ... que el consumo de todos los vecinos y havitantes a de ver libre de el derecho de todos los articulos que marca la ynstruccion.

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5ª, ... sera cargo del arrendatario de los derechos de las especies sujetas a el consumo el pagar toda la cantidad que correspondiere a el impuesto sobre carreteras; no solo por el consumo de la taberna sino tambien el de todos los vecinos; y en los mismos terminos la cantidad que pudiere corresponder a el impuesto del maravedis para los niños espositos; e ygualmente estara obligado a pagar el subisdio que perteneciere a el ramo de vino y demas especies y la licencia correspondiente.

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6ª, ... que el pago de la cantidad en que se an rematados los derechos de dicho consumo a de ver presentado a la justicia anticipado el dia cinco de cada mes por lo que corresponde a tres mil cuarenta y cuatro reales y por lo demas cuando la justicia se lo pidiere y bajo de todas estas condiciones cubrio dicha cantidad Benito Fernandez de esta vecindad En el dia veynte de dicembre de este año de mil ochocientos cuarenta y seys se dio el segundo y ultimo remate de todas las especies sujetas a la contrivución y derechos de consumos de este pueblo de Trovajo del Camino y quedo en mayor y mejor postor en Don Alejandro Serrano -- economo de este lugar de Trovajo en la cantidad de tres mil cuarenta y cuatro reales vellon cuatro cargas de pan de centeno de vuena calidad para la yglesia entre las dos y dio por fiadores a Pedro Centeno y Pedro Martinez de esta vecindad y para que conste lo firmaron el rematante juntamente con sus fiadores la justizia y fiel de fechos de dicho Trovajo. Alejandro Serrano Rebolledo (rúbrica) Como fiadores Pedro Centeno (rúbrica) 149

Pedro Martinez (rúbrica) Francisco Santos (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) Trozo de un documento Papel de condiziones sovre el azbitrio de consumos del pueblo de Trovajo del Camino para el año de 1847

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1ª, ... que el consumo de cada vecino sea libre de todo derecho; tanto de vino como de carne y tocino y todo lo que se consuma libre de todo derecho.

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1847

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Año de 1847. Becindad de Raymundo Martinez.

Página 160

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1847, Abril , 18. Trobajo del Camino.

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En el dia diez y ocho del mes de Abril del año de mil ochocientos quarenta y siete se azmitio por bezino a Raymundo Martinez y su mujer Teresa Martinez tomo la bezindaz por la casa donde bibe; y dio por fiador a Julian Martinez de la misma vezindad para todas las cargas conzejales y para que conste lo firmo en Trobajo y Abril diez y ocho de 1847.

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A ruego; Julian Martinez (rúbrica)

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Como fiel de fechos ynterino Santiago Gutierrez (rúbrica) Página 177

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1847, Abril, 25. Trobajo del Camino.

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Arriendo el pastor de las obejas churas. En el dia 25 de Abril del año de mil ochozientos 47= Estando reunidos la mayor y mas sana parte de bezinos en la Casa de Conzejo y sitio acostumbrado, la justizia y el fiel de fechos ynterino, se presento Santiago Rodriguez vecino de Cubyllas Conzejo de Rodiezmo y trato de acer arriendo por tres años pagando cada un año la cantidad de ochocientos y cinquenta reales y doze cantaras de bino seys cantaros de toro y seys de tierra; y no se le concede andar por panes y sitios que el conzejo acote; y la cantidad que cada año corresponda la pagara a el tiempo que cumpla a la justizia o depositario que se nombre, y cumplirá cada año el dia beynte y cinco de Abril de cada un año y para que conste lo firmo en Trobajo y abril beynte y cinco de 1847 Alcalde pedaneo Francisco Santos (rúbrica)

150

Nota. No se anota la rrobla en los anos de su arriendo por pagarla el año de 47 = y las obejas que a de traer no pasaran de doscientos y cinquenta diez mas o menos. Trobajo y Abril 25 de 1847 Santiago Rodriguez (rúbrica) Como fiel de fechos ynterino Santiago Gutierrez (rúbrica)

1847, Mayo, 2

Página 126 , 127 y 128

3as Cuentas. Francisco Santos

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En el dia dos de Mayo de este año de mil ochozientos cuarenta y siete; estando en la Casa de Conzejo y sitio aconstumbrado; la mayor y mas sana parte de vecinos la justizia y fiel de fechos; se tomaron las terceras cuentas de cargo y data al señor alcalde pedaneo Francisco Santos de todos los gastos y cartas de pago que a pagado fuera de tercios; y despues de tomado el silencio ley yo el fiel de fechos sus memoriales; partida por partida y despues de hacabar de leer los dichos memoriales dije yo el fiel de fechos que si tenian que rebajar algunas de sus datas y dijeron que las daban por pasibas por allarlas arregladas; pase yo el fiel de fechos a estanparlas en este libro de Caja de Concejo y es como sigue

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Cargos

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Lo primero se le haze cargo de doscientos veynte y ocho reales de cacho de Juan Guerrero .…………………………………………………………………………......228 En cargo de doszientos reales de los alcanzes de Bernabe de ….................................200 En cargo de mil doszientos reales del prado de Ysidoro Prieto..............................1200 En cargo de ziento treynta reales de los cachos de Lucas..........................................130 En cargo de cien reales de las zepas de Fontanillas.....................................................100 En cargo de ochozientos zincuenta reales de las obejas churras................................850 En cargo de veynte y ocho reales del abono de las Casa de Conzejo …........................28 ---------2736 Suma anterior ......................2736 En cargo de seys reales de los de Ferral que prendaron en Fontanillas ….......................6 En cargo de onze reales de una tierra en el campo de Froylan Fernandez ….................11 En cargo de ziento zincuenta reales de la tierra de Domingo Garcia de San Andres.....150 -------Total .....2903 Ademas ziento nobenta y siete reales del cacho de Benito Fernandez de enzima la fuente ………………………………………………………………………………………...197 151

En cargo de treynta reales del tendal por Andres Cubria .............................................30 ------3130 Suman los cargos echos al alcalde pedaneo los figurados tres mil ziento treynta reales que conferidos con cuatro mil cuarenta y ocho reales que da dicho señor alcalde pedaneo en sus memoriales rresul alcanzar al Conzejo en nuebe zientos dies y ocho reales como se figura Cargos echos alcalde pedaneo ….............................................................................3130

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Datas que da el pedaneo en sus memoriales ….........................................................4048

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Alcanza el alcalde pedaneo en................ ........................................ .......................0918

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de

De manera que visto el Conzejo la cuenta quedaron asi el Conzejo como el señor alcalde pedaneo en no pedir ni demandar ni el Conzejo ni el señor alcalde pedaneo sobre dichas cuentas y para que conste lo firmo el señor alcalde y por el Conzejo lo firmo yo el fiel de fechos y queda metido el alcanze anterior

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Como alcalde pedaneo Francisco Santos (rúbrica)

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Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

Página 176

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1847, Mayo, 20. Trovajo del Camino

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Convenio que fue Juan Arias vecino de Oteruelo

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En el dia 20 de Mayo de este presente año de mil ochozientos cuarenta y siete; abiendo sido reclamado el señor alcalde pedanio que al presente lo es Francisco Santos vecino de Trovajo que en union de sus vecinos o de los de su mayor confianza para que se presentare ante la de Oteruelo que fue la que puso dicho reclamazion que se presentare en el sitio de los Cuerragos raya de los dos menzionados pueblos para ber algunos fraudes que abia en la muria de dicho sitio y se rrenobo dicha muria por no aber fraude alguno; en presencia por la parte de el señor alcalde pedaneo Ramon Gerrero, Ysidro Guerrero, Juan Arias y Tomas Alvarez, y por la parte de Trovajo el señor alcalde pedaneo Francisco Santos, Juaquin Paniagua y Mateo Centeno; y ------- ? paso que el menzionado Juan Arias habia sacado un rregero por la servadunbre o camino de los dos pueblos y abiendo sido el rreferido regero por el conzejo de Trovajo se allano pagar la multa que se le puso por el señor alcalde pedaneo que fue la cantidad de cuatro ducados y bolber a poner el rregero por donde estaba y para que conste lo firmaron el dicho Juan Arias juntamente con la justicia y fiel de fechos del dicho pueblo de Trovajo en el dia 24 de mayo de 1847

152

1847, Sebtiembre, 11.

Página 128 y 129

4as Cuentas. Francisco Santos. En el dia onze de sebtiembre de este presente año de mil ochozientos cuarenta y siete estando en la Casa de Conzejo y sitio aconstumbrado la justizia y fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de vecinos; se tomaron las cuentas cuartas de cargo y data y despues de tomado el silenzio ley yo el fiel de fechos en alta voz los memoriales que presento dicho señor alcalde que al presente lo es Francisco Santos partida por partida y despues de leydos dije yo el fiel de fechos que si tenian que revajar alguna de sus datas y dijeron que las daban por pasibas por allarlas aregladas y pase yo el fiel de fechos a estamparlas en este libro de Caja de Concejo segun constumbre = y es como sigue =

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Cargos

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Lo primero es cargo de ziento noventa y un reales del seys ** del año de cuarenta y zinco ………………………………………………………….…………….................198

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En cargo de treynta reales del cacho de Salbador Martinez y Pedro Martinez ..............30

-----280

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En cargo de diez y nuebe reales de Ysidro Guerrero de Oteruelo .............................19 En cargo de cuarenta reales detras de los vosques por Manuel Fernandez vecino de San Andres ………………………………………………………………………................40

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Suman los cargos echos al señor alcalde pedaneo lo figurados doszientos ochenta reales de vellon que conferidos con dos mil zincuenta y zinco reales resulta a deber el Conzejo al señor alcalde pedaneo la cantidad de mil setezientos setenta y zinco reales de vellon.

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Sigue el cargo anterior Como se fugura ....

Cargos ….............................................280 Data que da en sus memoriales .........2055

Resulta alcanzar el señor alcalde pedaneo al Conzejo en ........................................ 1775 De manera que visto el Conzejo la cuenta quedaron asi el Conzejo como el señor alcalde pedaneo en no pedir ni demandar ni el Conzejo como el señor alcalde pedaneo en no pedir ni demandar sobre dichas cuentas y para que conste lo firmo el señor alcalde pedaneo y por el Conzejo lo firme yo el fiel de fechos en dicho dia mes y año arriba dicho; quedan abonados los nuebe zientos diez y ocho reales que alcanzo el señor alcalde pedaneo en las terceras cuentas Francisco Santos (rúbrica)

Como fiel de hechos Mateo Centeno (rúbrica)

153

1847, Noviembre, 16. Trobajo del Camino.

Página 173

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En el dia 16 del mes noviembre de este presente año de mil ochocientos zientos cuarenta y siete; estando en la casa de Conzejo y sitio ha constumbrado la mayor y mas sana de parte de vecinos la justicia y fiel de fechos, para tratar barios asuntos pertenecientes al vien comun; uno de hillos fue de que allandose el Conzejo vastante nezesitado por escotes de ayuntamiento, gastos del juzgado, cañamas quebradas de contrivución, gastos universales del pueblo, pagos de pobres y soldados y presos que vienen de justicia en justicia; y conducion de ellos; y varios asuntos urjentes por el vien comun, no podiendo alcanzar la cobranza de dichos gastos se trato el echar vezinalmente un quiñon de era cada vecino con su tasacion; lo que se pusieron hombres tasadores que lo fueron Miguel Garcia, Bartolome diez, Bernabe Florez y Manuel Gutierrez menor; los que se conformaron en la tasacion que dijeran dichos hombres y la era que tocare a cada vecino solo se haprovechara de ella para trillar perpetuamente; y los demás probechos se quedara para el comun segun constumbre antigua; ningun vecino podra cerrar la era ni ararla ni disponer de ella no siendo para trillar; y quedando todos los becinos conbenidos en la forma siguiente

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1ª Froylan Fernandez ............... 10 reales

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2ª Cruz Diez .............................10 reales

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3ª __________ Fernandez ....... 10 reales

Página 156

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1847, Noviembre, 28 . Trovajo del Camino.

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Año de 1847. Becindad de Matias Gonzalez.

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En el dia 28 de Noviembre de este año de mil ochocientos cuarenta y siete se admitio por vecino a Matias Gonzalez; [ y su mujer Ysabel Fernandez ] y pago los derechos aconstumbrados tomo la vecindad por la casa donde havita y dio por fiador ha su padre Lorenzo Gonzalez de esta vecindad, para las cargas conzejales y para que conste lo firmo en Trovajo y Noviembre 28 de 1847. Nota. Balga entre rrenglones. Matias Gonzalez (rúbrica) Lorenzo Gonzalez (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

154

1847, Noviembre, 28. Trovajo del Camino. Año de 1847. Becindad de Balentin Fernandez

Página 156

En el dia 28 de Noviembre de este año de mil ochozientos cuarenta y siete se admitio por vecino ha Balentin Fernandez; [ y su mujer ___ ___ ] y tomo la vecindad por la casa donde habita y dio por fiador para las cargas conzejales a Froylan Fernandez de esta vecindad, y para que conste lo firmo en Trovajo del Camino y Noviembre 28 de 1847. Nota. balga entre rrenglones. Valentin Fernandez (rúbrica)

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Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

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1847, Noviembre, 28. Trovajo del Camino.

de

Año de 1847. Becindad de Benito Alvarez

Página 156 y 157

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En el dia 28 de Nobiembre de este presente año de cuarenta y siete se admitio por vecino a Benito Alvarez; y su mujer Josefa Fernandez y pago los derechos aconstumbrados y dio por fiador para las cargas con - [zejales a su padre Manuel Alvarez de esta vecindad, y lo firmo

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Benito Alvarez (rúbrica)

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el fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

Página 151 y 152

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1847, Diciembre, 26. Trobajo del Camino.

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Escritura del avasto del aguardiente para el año que viene de 1848. Digo yo Pedro Fernandez vecino de este pueblo de Trovajo del Camino con mi fiador que lo es Atanasio Martinez de esta vecindad, que en virtud del primer y ultimo remate celebrado en el dia veynte y seys de diciembre de este presente año de mil ochocientos cuarenta y siete segun consta en el papel de condiciones y quedo en mayor y mejor postor en el referido Pedro Fernandez en la cantidad de mil seyscientos cuarenta y cinco reales vellon, dos cantaras de vino de Toro, una cantara de aguardiente, una arrova de cera blanca para la yglesia y arrova y media de azeyte para ydem para la Semana Santa, una libra de pan cada vecino y viuda; un graduador para el Conzejo y la aguardiente a de ser de diez y nueve a veynte y un grado vajo las condiciones que avajo se espresan, y es como sigue 1ª, ... que solo podra vender el abastecedor y no ningun otro vecino

155

2ª, ... que el consumo del vecino a de ser libre 3ª, ... que el avastecedor a de pagar los advitrios que pertenecca a dicho ramo y lo mismo la lizenzia y subsidio todo sera de cargo del avastecedor el pagarlo 4ª, ... que las medidas an de ser de a ocho azumbres la cantara Y bajo de estas condiciones lo firmo el rematante juntamente con su fiador en Trovajo del Camino y diciembre 26 de 1847 Pedro Fernandez (rúbrica) Fiador Atanasio Martinez (rúbrica)

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Alcalde pedaneo (rúbrica)

Página 153, 154 y 155

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Escritura del avasto de vino para el año de 1848.

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1847, Diciembre, 26. Trovajo del Camino.

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el fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

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Digo yo Don Antonio Renteria residente en este pueblo de Trovajo del Camino; juntamente con mi fiador Pedro Centeno vecino del referido pueblo de Trovajo; que en virtud del ultimo remate celevrado en el dia 26 de diciembre de este presente año de mil ochocientos cuarenta y siete; segun consta en el papel de condiziones y remates y quedo en mayor y mejor postor en el referido Don Antonio Renteria en la cantidad de cuatro mil setezientos veynte y tres reales vellon, diez cantaras de vino de Toro, zinco libras de pan cada vecino y viuda; y tres quarterones de queso, lo mismo, y con las mismas condiciones que el pan; una arroba de cera blanca para la yglesia; arrova y media de azeyte de oliba para yden; dos cargas de pan centeno en grano para la escuela; y a de ser el centeno linpio y seco y de vuena calidad, y ademas veynte y cuatro libras de pan; vajo las condiziones siguientes 1ª, ... que la canlidad en que se a rematado dicho avasto a ha de pagar mensualmente el primer dia de cada mes ha rrata porzion corresponda al tercio y la entregara a la justicia que se alle en dicho año; y la pagara en plata y oro en los terminos que quedan espresados; y de no pagarlo el avastecedor lo pagara el fiador con mas las constas que se orijinasen por causa de estos; arrendatarios 2ª, ... que el vino aya de ser de tierra de Toro y de tierra de Villamañan y se aya de vender en todo tiempo para que todo vecino o forastero veva de lo mejor que le hacomode. 3ª, ... que las medidas an de ser de ocho azumbres la cantara sin rrevaja de maravedi

156

4ª, ... sera de cargo del avastecedor el pagar el maravedi en hazumbre y lo mismo por lo que consume el vecino en su casa; y sera de cargo del avastecedor el pagar la lizenzia y subsidio que le corresponda a dicho avasto, de suerte que la cantidad, en que se a rrematado a de ser libre; y sea entregada a la justicia segun se espresa en la primera condizion 5ª, ... tanbien sera de cargo del avastecedor el pagar el maravedi del vino que consuma el concejo sin rrevaja de las medidas

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6ª, ... todo vecino o forastero que venda vino por mayor segun marca la ynstruccion pagara los derechos que marque la misma ynstruccion; y no podra vender ninguno al por menor segun es condizion no siendo el avastecedor; y estos que vendan por mayor pagara tambien el rrecargo al avastecedor de los dos maravedis en hazumbre y estos yntrodytores avisaran a la justicia o al avastecedor; vajo las penas que marquen las leyes; para conozimiento de lo que se yntroduze y cobranza de derechos, y esto se pagara luego que se verifique la venta

de

7ª, ... que el dicho maravedi y todo el rrecargo que venga sobre dicho rramo lo a de pagar el avastecedor

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8ª, ... que el vino que consuma el vecino en su casa ha de ser libre de todo derecho y rrecargo

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9ª, ... dara fiador o fiadores vecinos del pueblo legos llanos y avonados ha voluntad de la justicia y ayunta ? de este pueblo; para que la justicia se entienda con el

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10ª, ... el vino que consuma el conzejo si los ubiese sera del avasto; y no de otra parte; mas no lo que page el vecino por si que no salga de los propios de conzejo.

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11ª, ... todo el que venda vino por mayor sin dar parte a la justicia o al avastecedor sea multado en dos ducados por la primera vez y doble por la segunda y sucesibamente doblando y esta multa sera la mitad para el concejo y la otra mitad para el avastecedor

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12ª, ... que no abiendo vino de tierra a de dar el vino de Toro al precio del de tierra segun es condizion Y bajo de estas condiziones la otorgo y firmo el rematante juntamente con su fiador la justicia y fiel de fechos en Trovajo del Camino y diciembre 26 de 1847 Fiador Pedro Centeno (rúbrica) Francisco Santos ( rúbrica) el fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

157

1847, Diciembre, 26. Trovajo del Camino.

Página 175

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En el dia 26 de diciembre de este presente año de mil ochozientos cuarenta y siete; estando en la casa de concejo y sitio haconstumbrado; la mayor y mas sana parte de vecinos, la justicia y fiel de fechos; tratando varios hasuntos urjentes al vien comun; uno de ellos fue el que en birtud de las muchas quimeras que se causan con los mozos por poner los rramos de rromero ho yedra ha rrespondido el señor alcalde pedaneo con consentimiento del conzejo y vecinos de este pueblo de Trovajo del Camino que estan privados los rramos por Real Horden, y que vajo la multa de dos ducados el mozo que se le coja poniendo un rramo de cualquiera clase que sea y lo mismo la casa que tenga rramo puesto; y hasi lo hacordaron los vecinos de este dicho pueblo juntamente con la justicia y fiel de dicho pueblo en dicho dia mes y año arriva dicho = y lo firmaron los vecinos y el señor alcalde pedanio Francisco Santos (rúbrica) Froylan Fernandez (rúbrica)

Pedro Centeno (rúbrica)

Bernabe Florez (rúbrica)

Pedro Garcia (rúbrica)

Pedro Fernandez (rúbrica)

Juan Guerrero (rúbrica)

Miguel Guerr_ (rúbrica)

Lucas Garcia (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

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Juan Fernandez (rúbrica)

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Benancia Navares (rúbrica)

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Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica)

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Trozo de un documento

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Papel de condiziones sovre el azbitrio de consumos del pueblo de Trovajo del Camino para el año de 1847

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1ª, ... que el consumo de cada vecino sea libre de todo derecho; tanto de vino como de carne y tocino y todo lo que se consuma libre de todo derecho.

1848

1848, Enero, 10. Trovajo del Camino

Página 130

Las cuentas del pedaneo Francisco Santos. Ultimas cuentas. En el dia 10 de Enero del presente año de mil ochocientos quarenta y ocho reunidos en la Casa de Concejo la Justicia y fiel de fechos con las mayor y mas sana parte de vecinos se tomaron las ultimas cuentas que dio Francisco Santos correspondientes al año pasado de 1846 y 1847 y tomado que fue el silencio se leeron por mi el fiel de fechos en alta boz resulto allarles arreglados. Se confirmaron unos y otros y ademas se les revajo de sus alcanzes que resultaban 2744 cien reales en que

158

quedaron 2644 los mismos que el Concejo Justicia y vecinos en abonarle la referidad cantidad, y para su pago le dieron los que cobrase de los sobrantes del bino y aguardiente que con 2904 reales, y pagados los alcances al regidor por mensualidades quedan 260 reales asi se confirmaron, y quedaron conformes, unos y otros; de no pidir ni demandar cosa alguna unos a otros y estos alcances resultaron de los años arriva dichos que lo fueron 1846 y 1847. Y para que conste lo firmo y firme, yo el fien de fechos en Trovajo del Camino, fecha ad supra. Francisco Santos (rúbrica) Alcalde pedaneo Miguel Garcia (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 174

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1848, Enero, 16.

Página 162, 163, 164, 165 y 166

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1848, Junio, 3. Trovajo del Camino.

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En el dia diez y seis de Enero de este presente año de 1848 por mandado del señor alcalde pedanio se castigaron a los becinos que an cabado zepas en las regueras de conzejo y el uno fue Benito Albarez y el otro Froylan Fernandez por aber sido su yjo y lo mismo a qualquiera otro que se aberigue y el señor alcalde pedanio les inpuso la multa de dos ducados cada uno y de no pagarlos luego lo pasare al semanal Francisca Fernandez por aver sido sus hijos y llevaran la misma multa

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Acuerdo del dia 3 de Junio de 1848.

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En el dia 3 de Junio del año de 1848 se rrreunio la mayor y mas sana parte de becinos en la casa y sitio aconstumbrado la justicia y yo el fiel de fechos para tratar varios asuntos combenientes al bien comun de todos; y entre ello se trato lo siguiente, trato, combenio y condiciones que se tratan 1ª, es conbenio y trato entre todos en que ayga becera como siempre y esta entre el dia de San Juan en los pacederos que le corresponda; y enseguida el dia de San Pedro a los demas; y sudcisavamente siguiendo por sus tramites a o cuando la justicia mande romper los cotos como ates se aconstumbrava; 2ª, que para el dia de San Martin de cada año se ande avrir todos los prados cerrados que ubiese en el termino, escento si algunos tuviesen previlejios o aber pagado al concejo para ternerlo cerrado, 3ª, que todos los prados que les corresponda abrirse el dia arriba dicho y llegase a tener otoño o rrepunto pagara dos reales por cada emina, y este no entrara ganado alguno en el ni se le podra avrir asta el dia de Nuestra Señora de la Conceycion; y en este dia si podra entrar el ganado o abrir su cancilla. Y estos y todos los que se habran susistiran abiertos asta el primer dia de fevrero de cada año. 4ª, en el dia de San Juan de cada año se echara la vecera con los jatos ambas reunidas, asta el dia de Santiago; en este dia, se apartara todo ganado cerril y no se admitira mas ganado que cuatro cabezas en la becera grande; y estos no se contaran, mas que ganado domado o jatas por domar; mas no jatos por capas que pasen de año,

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bajo la multa de dos ducados por cada jato que se coja, y lo mismo si alguno echase mas de los quatro reses que quedan espresadas; 5ª, es condicion que todo ganado que se coja de noche por el coto o los frutos o sitios donde la becera del comun no uviese entrado sera multado en dos ducados por la primera vez y doble a la segunda; y si llegase a la 3ª sera demandado a la justicia superior para que esta juzgue lo mas conbeniente. Y si fuese por caso de salirse el ganado de un prado o por caso ligero fuese al coto o a los frutos sera multado en pena leve cosiderando que el caso sea cierto. 6ª, de ninguna manera ni por ningun protesto se permite el ganado *aparbelo * por ningun sitio sino que todo se eche a la becera que le corresponda bajo la multa de un ducado por cada pareja que se alle fuera de vecera apartada por la 1ª vez, doble la segunda y por la tercera sera con arreglo a lo que espresa la 5ª condicion, 7ª, es condicion y conbenio que todos los jatos que tengan tres años cumplidos y contado al Marzo segun constumbre seran capados en el dia de San Juan de cada año a no ser que el maestro castrados no benga y de no cumplir dicho dia no se les permite mas que asta el dia de Santiago de cada año y nada mas solo quedara el nombrado por toro o padre para semilla. 8ª, no se permite bajar la vecera de las yeguas y pollinas asta el dia Nuestra Señora de Agosto de cada año bajo la multa de quatro reales por cada vez. 9ª, es condicion y conbenio que todo el que no segare la yerva de algun prado avertizo ? para Santamarina queda para el comun y no se le permite el regado pasado el dicho dia. 10ª, es condicion que todo el que tenga un res de cualesquiera clase que sea que no tenga año y dia a de pagar diez reales. Y bajo de todas estas condiciones trato y conbenio que queda escrito; lo firmamos la mayor parte de becinos que dijeron saver y queremos, y otorgamos y firmamos todos en union que balga este combenio que emos echo como si fuese escritura publica y que se oserven y la justicias agan oservar y guardar todas las condiciones que se espresan; y dicimos todos en union que si fuese este combenio presentado ante algun trivunal de justicia se apruebe y de toda ley que le combemga y condene. Si alguno se oponga contra este combenio; pues lo allamos arreglado al bien comun de todos. Asi lo otorgamos y firmamos todos en buena paz y union en Trovajo y Julio tres de mil ochocientos cuarenta y ocho. Pedro Garcia (rub.)

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los pedanios; Miguel Garcia (rúbrica)

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yndividuo de Ayuntamiento Atanasio Martinez (rúbrica) Juan Fernandez (rúbrica)

Juan Garcia (rúbrica)

Bernardo Fernandez (rúbrica)

Miguel Guerrero (rúbrica)

Froylan Fernandez (rúbrica)

Bernabe Florez (rúbrica)

Pedro Centeno (rúbrica)

Pedro Fernandez (rúbrica)

Jose Centeno (rúbrica)

Lucas Garcia (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

Pedro Martinez (rúbrica)

Mateo Centeno (rúbrica)

Juan Guerrero (rúbrica)

160

Andres Cubria (rúbrica) Siguen las firmas Ignacio Gutierrez dijo no saver yzo la señal de cruz †

Santiago Gutierrez (rúbrica)

Juan Garcia Menor dijo no saber yzo la señal de cruz † Manuel Gutierrez (rúbrica) Bicente Garcia dijo no saver yzo la señal de cruz †

Matias Martinez (rúbrica)

Joaquin Paniagua (rúbrica)

Juan Fernandez (rúbrica)

Julian Martinez (rúbrica)

Jose Garcia (rúbrica)

Francisco Nistal dijo no saver yzo la señal de cruz †

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Francisco Blanco (rúbrica)

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Gregorio Fernandez (rúbrica) Bartolome Diez (rúbrica)

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Martin Cubria (rúbrica)

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Francisco Alvarez dijo no saver yzo la señal de cruz †

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Salvador Martinez (rúbrica)

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Domingo Martinez (rúbrica) Ysidoro Blanco (rúbrica)

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Placido Fernandez (rúbrica)

Raymundo Fernandez (rúbrica)

Casimiro Santos (rúbrica)

Benito Fernandez (rúbrica)

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Cruz Diez (rúbrica)

Pedro Gutierrez (rúbrica)

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Marcelino Gutierrez (rúbrica)

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Benancio Navares (rúbrica)

Froylan Espinosa (rúbrica)

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Gabriel Martinez dijo no saver yzo la señal de cruz †

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Santiago Garcia

(rúbrica)

Benito Alvarez (rúbrica) Valentin Fernandez (rúbrica)

Bernardino Trovajo (rúbrica) 1848, Agosto, 27. Trobajo del Camino.

Página 181 y 182

Año de 1848. Obligación del abasto de la carne de este pueblo de Trobajo del Camino bajo las condiciones siguientes 1ª, ... es condicion que ha de matar el arrendatario de dicho ramo tres dias a la semana que an de ser lunes, martes y biernes. 2ª, ... es condicion que en los dias arriva dichos a de matar baca, castron y carnero

161

3ª, ... es condicion que el precio de la carne que se benda en este pueblo no ha de pasar la vaca o ternera a de ser a cinco quintos livra, el castron a seis quintos livra y el carnero a siete quintos livra. Y toda sera de paso y de buena condicion. 5ª, ... es condicion que el consumo de cada vecino sera livre de todos derechos y recarga y la podra traer de donde le acomode. 6ª, ... no podra ningun becino ni forastero el bender carne de estas clases al por menos sin dar parte al arrendatario; y de no estar el arrendatario en el pueblo lo dara a la justicia.

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7ª, ... el vecino que se le disgraciase algun res lo podra bender al por mayor y lo mismo si ___ uno, dos o mas cuando les acomode y asi estos como los primeros sin dar parte a los arrendatarios o justicia

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8ª, ... este remate se hace a punto cerrado; no podra matar ni degollar ningun forastero sin dar parte a los dichos arrendatarios y si lo ycieren seran castigados con arreglo a ley y la carne decomiso

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9ª, ... no se permitira yntroducir carne muerta para la venta sino es que toda se a de degollar al presente en los dias que quedan espresados

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10ª, ... esta obligacion sera por todo el presente año de 1848.

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Y bajo de todas estas condiciones queda rematado dicho ramo despues de aver llevado los rremates correspondientes y aber echado el diezmo; determina la justicia que para el 27 de Agosto y ora de las 9 de la mañana se azmitia la quinta parte y pasado dicha ora no se admitira mas; a dicha ora nos personamos la justicia y becinos y yo el fiel de fechos en la casa y sitio aconstumbrado para acer el rremate del rramo y arriva dicho y tomado el silencia se saco a pregon sobre quien echava la 4ª parte y no aviendo quien quedo rrematada en Felipe Fernandez y Fausto Fernandez en la cantidad de ciento cinquenta y quatro reales de vellon los que pagaran en dos tercios el 1º para el dia de San Froylan y el 2º para el dia de San Andres del presente año y para que conste lo firmaron y firme yo el fiel de fechos en 27 de Agosto de 1848. Ademas de la cantidad un carro de paja por su cuenta y lo firmo Felipe Fernandez (rúbrica) Nota al margen: "vino: dos cantaras y medio tierra". 1848, Agosto, 27. Trovajo del Camino

Página 131 y 132

Obligacion del pastor del campo año de 1848. En el dia 27 de Agosto del presente año de 1848, estando en la casa de Concejo, y sitio aconstumbrado, la justicia y la mayor y mas sana parte de becinos y yo el fiel de fechos se trato arrenda pastor para el campo bajo las condiciones siguientes 1ª es

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condicion que ha de principiar a guardar el campo el dia primero del mes de octubre del presente año y a de concluir el dia de Nuestra Señora de Setiempre del año que viene de 1849. 2ª es condicion que desde el primer dia que principia a guardar asta el primer dia de Marzo a de cobrar dos maravedis por cada res que coja aciendo daño y si fuese de vecera cobrara 10 maravedis y desde el 1º de Marzo asta que concluya cobrara un cuarto y si es de becera cinco quintos 3ª, las multas de los forasteros si las cojiese el tendra la mitad 4ª, es de su obligacion el tocar la oracion por la mañana y a la noche, y tocar a nube cuando la uviese dandole un compañero, y esto sera el tiempo que queda obligado a guardar 5ª, sera de su cargo el pagar los daños si los uviese en los frutos no dando dañadores berdaderos. A lo que se presento Agustin Blanco el dijo se obligaba a cumplir todas las condiciones y para cumplirlas se obliga el Concejo a darle y pagarle quatro cargas y fanega de pan centeno, y esto se pagara segun lo vaya ganando; asi lo otorgamos y firmamos yo el fiel de fechos, el dijo no saver y a su ruego y testigo de este trato, Felipe Fernandez vecino de Robledo de la Baldoncina.

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En Trobajo del Camino y agosto de 1848 en el auto se tomo el silenzio a lo que se lebanto la justizia y llamado que fue el referido Agustin se le tomo juramento por dios y una cruz de acerlo fiel y leal y berdaderamente asi como dios manda a lo que respondio que si pues asi lo ycieser dios le ayude y sino se lo demande; y lo firmamos los atras espresados

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Felipe Fernandez (rúbrica)

Página 185

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1848, Agosto, 27.

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Pedaneo Miguel Garzia (rúbrica)

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Arriendo de la panera de Concejo.

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El 27 de Agosto estando en la casa de concejo la mayor y mas sana parte de becinos, la justicia y yo el fiel de fechos se arrendo la panera de concejo al abastecedor de la carne, Felipe Fernandez, bajo de estas condiciones siguientes: 1ª, que dicho Felipe no se le remite el baudullo ? o abono de las reses que deguelle _____ que en el dia que las mate lo a de recojer o llevar del punto donde deguella, y lo metera en corral o guerto, donde este cerrado, dentro de puertas, 2ª, ... a de traer por su cuenta y rasgo un carro de teja, buena y de buena calidad; y esta la a de traer para los Santos del presente año de 1848, ocho dias mas o menos y para que conste lo firmo; y firme yo el fiel de fechos en dicho dia mes y año arriva dicho. Este arriendo es asta año nuevo del año de 1849 Felipe Fernandez (rúbrica) Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

163

1848, Agosto, 29. Trovajo del Camino.

Página 172

En beynte y nueve de Agosto del año de 1848 abiendo sido rematado el abasto de carnes por el resto de este presente año bajo las condiciones espresadas en este livro para el bendaje de carnes, a cuya calidad y precios estan dichos y el cargo de un carro de teja, derechos de vino espresados y al fin contadas cargas que el concejo tiene cargadas al abastecedor con ellas mesmas se cargo Fausto Fernandez, Manuel Crespo y Don Ysidro Solis aquellos vecinos de Montejos y este ultimo residente en Trovajo = y de esta suerte quedaron conbenidos; y el Felipe Fernandez esento de todas obligaciones y pagos; asi lo consintieron, firmaron en Trovajo del Camino, y agosto 29 de 1848. Fausto Fernandez (rúbrica)

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Manuel Crespo (rúbrica)

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Ysidro Garcia Solis (rúbrica)

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el Felipe cede el derecho que tiene y la justicia lo dio por cedido = y lo firmaron

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Alcalde pedanio Miguel Garcia

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Felipe Fernandez

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Fueron testigos de este conbenio los que abajo firman

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Jacinto Perez (rúbrica)

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Francisco Cubria (rúbrica)

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 170

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1848, , 9.

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Obligacion del maestro año de 1848. En el dia nuebe d ...bre? de este presente año de mil ochocientos cuarenta y ocho; estando todos los vecinos o la mayor parte y mas sana de vecinos la justicia y fiel de fechos en la casa de conzejo y sitio aconstumbrado, se presento Santos de Robles vecino de Barrillos de las rimadas haver si le conzedian la escuela de este lugar de Trovajo del Camino; y biendo los vecinos la forma de su letra y sus disposiciones se le a conzedido; y su paga es cuatro cargas de pan centeno para el dia que cumpla tiene que dar escuela su principio es el dia dos de noviembre de este presente año y se concluira el sabado de Rramos del año de mil ochozientos cuarenta y nuebe; y tambien es condizion que a de dar escuela dos oras de noche; poniendo la luz los que asistan a ella; y queda el dicho maestro obligado a asistir con sus discipulos a las misas de animas que se digan durante la temporada; asistira a la escuela desde las ocho de la mañana asta las doce; y desde la una de la tarde asta el poner del sol; y decir el rrosario a la ora aconstumbrado

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y decir el calvario al ser de dia; y para que conste lo firmo el maestro juntamente con la justicia y el fiel de fechos en dicho dia mes y año arriba dicho Santos de Robles (rúbrica) Miguel Garcia (rúbrica)

1849 1849, Abril, 9.

Página 206

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Becindad de Angel Santos. Año de 1849.

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En nuebe de Abril del presente año de 1849 se admitio por vecino a Angel Santos y su mujer Manuela Fernandez pago los derechos aconstumbrados tomo su becindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas concejales a Pedro Fernandez de la misma vecindad y para que conste lo firmo junto con el fiel de fechos en dicho dia, mes y año ariba dicho

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Angel Santos (rúbrica) fiel de fechos.

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Nota: derechos 3 cantaras y medio de vino de tierra (al margen) Página 214

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1849, Octubre, 7. Trobajo del Camino.

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Obligacion del maestro de 1ª educación año de 1849.

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En el lugar de Trovajo del Camino a 7 dias del mes de octubre del año presente de 1849, estando la justicia y la justicia y la mayor parte de becinos y yo el fiel de fechos en la casa de concejo, se presento Manuel Alaiz vecino de Billavente ayuntamiento de Baldefresno a la pretension de la enseñanza de los niños y niñas; y aviendose tomado el silencio se trato bajo las condiciones siguientes,

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1] queda obligado a dar principio a dicha enseñanza en el 1] dia de nobiembre del presente año que viene de 1850; 2] queda obligado a rrezar el rosario todas las noches, y el calbario toda la cuaresma lo que ara en este tiempo la instrucción de la doctrina cristiana ; 3] asistira a los oficios de animas y otros que ubiese de particulares; 4] queda obligado a dar la enseñanza de noche a todos los que asistan a ella; y cumpliendo con todas estas obligaciones queda sujeto la justicia y becinos de dicho pueblo a darle la cantidad de quince fanegas de pan centeno seco y de buena calidad; no se contaran con esta paga los niños que bengan forasteros „ y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos en dicho dia, mes y año arriba dicho; lo emmendado balga. fiel de fechos Manuel Gutierrez (rubrica) Manuel Alaiz

165

1850 1850, Enero, 20. Trobajo del Camino.

Página 149 y 150

Miguel Garcia y Pedro Garcia

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Lo primero datas que nos da en sus memoriales .......10244

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En el dia beynte de Enero del año de 1850 estando la justizia y el fiel de fechos y la mayor y mas sana parte de bezinos en la Casa de Conzejo y sitio acostumbrado se le tomaron las cuentas a los señores alcaldes pedaneos que al presente son 1º Miguel Garcia, 2º, Pedro Garcia de los años de cuarenta y ocho y cuarenta y nuebe que lo ejercieron de todos sus cargos y datas y gastos echos por el conzejo y sus cartas de pago, y rezitos y leydos que fueron sus memoriales en alta boz por mi el fiel de fechos se tomo el silencio si se daban pasibos sus memoriales y dijeron que los hallaban arreglados; y bajo de oyr esta propuesta paso yo el fiel de fechos y los estampo en este libro de Caja para que no puedan pedir ni demandar tanto los referidos pedaneos como el conzejo los unos a los otros; y formo yo el fiel de fechos esta cuenta y es como sigue

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Cargos que les haze el Conzejo ..................................9698

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Alcanzan ...............00546

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resultan alcanzar los referidos pedaneos al Conzejo en la cantidad de Cuynientos cuarenta y seys reales vellon salbo error de pluma o numero y para que conste y obre donde conbenga lo firmaron los referidos pedaneos a quienes corresponde y por el Conzejo lo firmo yo el fiel de fechos sin que ayga lugar a bolber a cuentas pues asi quedaron conformes tanto los referidos pedaneos como el concejo en que hemos quedado combenidos. Trobajo y enero beynte de mil ochocientos cinquenta.

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Miguel Garcia (rúbrica) Andres Cubria (rúbrica)

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Fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

1850, Febrero, 17.

Página 123

Becindad de Juan Garcia de Llanos. En el dia diez y siete de Febrero de este presente año de 1850 se azmitio por bezino a Juan Garcia y su mujer Froylana Martinez y pago los derechos de costumbre y dio y tomo la vecindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas conzejiles a Julian Martinez de la misma becindad y para que conste lo firmo junto con la justicia y fiel de fechos.

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Julian Martinez (rúbrica) Andres Cubria (rúbrica) Por ausencia del fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) 1850, Abril, 1. Trobajo del Camino.

Página 133

Año de 1850. Arriendo que haze Santiago Rodriguez bezino de Cubillas y Concejo de Arbas para la enbernia desde el año de cincuenta hasta el año de cincuenta y tres hasta el dia 25 de Abril de cada año que cunplira.

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En el lugar de Trobajo del Camino a 1º de Abril del año ya espresado estando la justizia y fiel de fechos la mayor y mas sana parte de bezinos en la Casa de Conzejo y sitio aconstumbrado; le presento Santiago Rodriguez vecino de Cubillas y Conzejo de Arbas; dijo dicho conzejo se le azmitiese su arriendo el que se obligo a pagar ochocientos cinquenta reales en dinero por cada un año para el beynte y cinco de Abril que cumple dicho arriendo y ademas se obligo a pagar doze cantaros de bino seys de tierra de Toro; y seys de tierra todo de buena calidad y estos marabedises los pagara el pedaneo que se alle en cada un año ; y se le permitan en este arriendo doscientas cincuenta obejas diez mas o menos; y no se le permiten traer dicho ganado por los prados cerrados o por otros sitios que el conzejo tenga cotado se le castigara en lo que el conzejo tenga a bien; y para que conste lo firmo el arrendatario junto con la justizia y fiel de fechos en Trobajo del Camino y abril 1º, de 1850.

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Santiago Rodriguez (rúbrica)

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Andres Cubria (rúbrica)

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Fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

Página 134

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1850, Abril, 7. Trobajo del Camino

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Bezindad de Juan Layz En el dia siete de Abril del año de mil ochocientos cincuenta se azmitio por bezino a Juan Layz y su mujer Anjela Cubria y pago los derechos aconstumbrados y tomo la becindad por la casa donde bibe y dio por fiador para las cargas conzejales a Martin Cubria de la misma vezindad y para que conste lo firmo el bezino junto con la justizia y fiel de fechos en Trobajo del Camino y Abril siete de 1850 Juan Layz (rúbrica)

Martin Cubria (rúbrica)

Andres Cubria (rúbrica)

Fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

167

1850; Abril ,11. Trobajo del Camino.

Página 134

Bezindad de Jeronimo Martinez En el dia onze del mes de Abril del año de de cinquenta se azmitio por bezino a Jeronimo Martinez y su mujer Maria Fernandez y pago los derechos acostumbrados y dio la becindad por la casa donde bibe; y dio por fiador para las cargas conzejales a Salbador Martinez de la misma bezindad y para que conste lo firmo el bezino junto con la justizia y fiel de fechos en Trobajo del Camino y Abril onze de 1850 Geronimo Martinez (rúbrica)

Salbador Martinez (rúbrica)

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o

Andres Cubria (rúbrica)

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Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

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1850, Abril, 21. Trovajo del Camino.

Página 168 y 169

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En el lugar de Trovajo del Camino a 21 dias del mes de Abril de este presente año de mil ochozientos y zincuenta estado todos los vecinos reunidos en la casa de Conzejo y sitio aconstumbrado la justicia y fiel de fechos tratando varios asuntos ** al vien comun uno de ellos fue que se presento un vecino que lo es Miguel Garcia alcalde pedaneo de los años de mil ochocientos cuarenta y ocho y cuarenta y nuebe; diciendo que Damaso Fernandez de esta vezindad, y avastecedor del avasto de vino del año de cuarenta y nuebe que no pagaba la cantidad que rresulta el avasto de vino del rreferido año de 49 que se allanava a pagar el primer rremate echo de dicho avasto segun consta del papel de rremates y viendo el Conzejo los enconvenientes que pudieran rresulta por causa de dichos rremates despuso el conzejo el aser gracia el conzejo al Damaso Fernandez cuatrozientos reales que le yzieron cuando el dicho alcalde pedanio dio sus cuentas y trescientos reales que se aze de gracia el dicho conzejo oy dia de la fecha que ymporta toda la gracia la cantidad de setecientos reales y el dicho pedaneo Miguel Garcia le yzo gracia a Damaso ziento sesenta reales y des oy en adelante pagara el Damaso al dicho alcalde pedaneo de los dichos años no tienen que pedir ni demandar nada contra el conzejo ni el conzejo con ellos. Asi nos conformamos asi el conzejo como alcalde pedaneo de los años atras espresados y damos facultad a las autoridades de justicia para que el primero que se siere en justicia no se oyra a ninguno por quedar conformes asi lo acordaron y firmaron en dicho dia mes y año. Nota. Se advierte que en el mismo dia le yzieron de gracia todos los vecinos a el Damaso cien reales mas de gracia por allarla agrabiado y lo firmaron por el concejo el fiel de fechos y en nombre de todos los vecinos y lo mismo lo firma el pedaneo de dichos años y el Damaso = y el Damaso pagara los alcanzes que rresulten en sus cuentas en el termino de quinze dias y asi lo firmo a el Miguel Garcia

168

Damaso Fernandez (rúbrica) Miguel Garcia (rúbrica) Santiago Gutierrez fiel de fechos (rúbrica)

1850, Agosto, 20.

Página 147 y 148

Cuenta Miguel Garcia y Pedro Garcia

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de

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En el dia beynte de Agosto del año de cinquenta se le ajusto la cuenta al señor alcalde pedaneo Miguel Garcia y Pedro Garcia de los años de quarenta y ocho y quarenta y nuebe de todos los gastos echos por el concejo y cartas de pago; pues asi lo a mandado el señor alcalde constituzional del Ayuntamiento mandando al pedaneo actual que nombrase seys o mas hombres de su confianca a los que nombro a los siguientes: Pedro Centeno, Bernardo Fernandez, Pedro Fernandez, Mateo Centeno, Bernabe Florez, Benancio Nabares, Manuel Gutierrez Mayor, los que se juntaron para el efeccto, despues de estar todos reunidos en la casa de conzejo y sitio acostumbrado presentaron los pedaneos sus memoriales y cartas de pago y despues de repasados sus memoriales se les rebajaron algunas de las datas que no las dieron los hombres pasibas; y quedaron conformes asi unos como otros en la cuenta siguiente la que resulto en fabor de los alcaldes pedaneos alcanzar al conzejo en la cantidad de seys (encima siete) cientos reales salbo error de pluma o numero pues asi quedaron conformes en no pedir ni demandar los uno a los otro tanto el concejo como los alcaldes pedaneos pues el que pidiese contra dicha cuenta se le conde ante cualquier tribunal de justizia y para que conste lo firmaron los alcaldes pedaneos y los hombres nombrados para dicho efeccto;

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Pues le queda abonado el consumo de la carne que son doscientos reales y ademas sesenta reales de las misas botibas y tres cantaras de bino que dio el dia de las cuenta; yncluso todo esto en los setecientos reales

Ju

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Alcanzan al Conzejo ..................700 reales. Miguel Garcia (rúbrica)

Pedro Garcia (rúbrica)

Pedro Centeno (rúbrica)

Pedro Fernandez (rúbrica)

Bernabe Florez (rúbrica)

Benancio Navares (rúbrica)

Mateo Centeno (rúbrica)

Manuel Gutierrez (rúbrica)

Andres Cubria (rúbrica) Como fiel de fechos Santiago Gutierez (rúbrica)

169

1850, Octubre, 20. Trobajo del Camino.

Página 136, 137 y 138

Cuentas de Andres Cubria.

o

En el dia beynte de oztubre del año de mil ochocientos y cinquenta. Estando en la Casa de Conzejo y sitio aconstumbrado la justizia y fiel de fechos y la mayor y la mas sana parte de bezinos abiendoles dado mandado como es constumbre; yo el alcalde pedaneo (al margen del alcalde pedaneo Andres Cubria) les di las cuentas de cargo y data de gastos echos por el Conzejo y dinero pago; y los bezinos recibieron estas datas y leydos que fueron los memoriales en alta boz por mi el fiel de fechos quedaron conformes tanto los unos como los otros en no pedir ni demandar cosa alguna contra dicha cuenta, y paso yo el fiel de fechos y las estampo en este libro de Caja y es la cuenta como se figura

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Cargo

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Lo primero es cargo de ochocientos y cinquenta reales de las obejas churras.........850

de

En cargo de doscientos cinquenta y siete reales digo doscientos quarenta y siete de la leña de los de Ferral ....................................................................................................247

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En cargo de ochenta reales del prado que cero(sic) Gabriel Redondo .....................080

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En cargo de diez y seys reales del cacho de Placido que cojio a la Moliner..............016

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En cargo de doscientos cinquenta y siete reales que le balio el cacho que llebo Ysidro Prieto a la Reguera …………….................................................................................257 ------

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1450

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Sigue el cargo de la bueta …………………………............1450

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Es cargo de ciento diez y nuebe reales de cacho que llebo Francisco Albarez al campo………………………………………………………………………….……...119 Es cargo de nobenta y dos reales que balio el que llebo Salbador ………………….092 Es cargo de media carga de centeno que dio Marcelino Gutierrez para el maestro beynte y siete reales .....................................................................................................027 Es cargo de cinquenta y un reales que balio el cacho de junto al Cementerio ............051 Es cargo de trenynta y dos reales que balio el camino biejo ……...............................032 Es cargo de quarenta reales que dio Manuel el Bizcayno por el cacho que cabo al canal……………………………………………………………………………….….040 Es cargo de beynte y tres reales que balio el cacho que llebo Jose Fernandez a la Reguera …………………………………………..…………………………………...023

170

Es cargo de ciento y beynte y seys reales que balio el cacho que llevo Jose Garcia ____ de los gañones largos …....................................................................................................6 Es cargo de doze reales que balio el abono del corral de la Casa de conzejo …...............................................................................................................................…012 Es cargo de cinquenta y cuatro reales que balio el abono del corral de Fontanillas .……………………………… ………………………………………………...……..054 Es cargo de diez y seys reales que balio el pajar de conzejo …................................…016

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Es cargo de diez y seys reales del abono de Requero de botejos ………………..…...016

----------

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Cargos echos al pedaneo.........................2058

----------

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de

Datas que nos da en sus memoriales ..... 3052

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Alcalze a fabor del pedaneo ...................0984

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De manera que bisto el Conzejo la cuenta quedaron conformes asi el Conzejo como el alcalde pedaneo en no pedir ni demandar cosa alguna contra dicha cuenta y para que conste lo firmo el alcalde pedaneo y por el Conzejo lo firmo yo el fiel de fechos en Trobajo del Camino y octubre 20 de 1850

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Andres Cubria (rúbrica)

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1851

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Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

1851, Febrero, 2. Trobajo del Camino.

Página 174

Bezindad de Josef Fernandez. Año de 1851. En el dia dos de Febrero del año de mil ochocientos cinquenta y uno se admitio por vecino a Josef Fernandez y su mujer Maria Manuela Garcia y pagaron los derechos aconstumbrados y tomo la bezindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas conzejales a Miguel Garcia de la misma vecindad y para que conste su entrada lo firmo junto con la justizia y fiel de fechos en Trobajo y febrero dos de 1851 Jose Fernandez (rúbrica) Como fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica).

171

1851, junio, 9. Trobajo del Camino.

Página 135

Vecindad de Vizente Fernandez. Año de 51. En el dia nuebe de Junio del año de 51. Se azmitio por vezino a Vicente Fernandez y su mujer Madalena Cubria y dio la vezindad por la casa donde vibe y dio por fiador para las cargas conzejales a Bernardo Fernandez de esta bezindad y pago los derechos acostumbrados; y para que conste lo firmo junto con la justizia y fiel de fechos en Trobajo y junio 9 de 1851 .... derechos tres cantaros y medio de bino de tierra. Vicente Fernandez (rúbrica)

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Andres Cubria (rúbrica)

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Fiel de fechos Santiago Gutierrez (rúbrica)

de

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1852

Página 138 y 139

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1852, Febrero, 17. Trobajo del Camino.

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Ultimas cuentas de los años 1850 y 1851. Pedaneo Andres Cubria.

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En el dia 17 del mes de Fevrero del presente año de 1852, aviendo dado mandado, por la justicia pedania, que al presente lo es Manuel Gutierrez menor, con el fin y ozjeto de tomar las cuentas al pedanio del año anterior, que lo fue Andres Cubria, y reunidos que fueron en la Casa de Concejo; se tomo el silencio y fueron leydos sus memoriales, data por data; y abiendolas allado arregladas; se dieron por pasivas y no huvo reclamacion alguna; y enseguida pase yo el fiel de fechos a estamparlas en este libro de Caja, como es comtumbre = y se forma la cuenta como sigue

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Se le yzon de cargo a dicho pedaneo ....................4834

Ju

Datas y pagas que consta en sus memoriales ........5445 --------

Alcanza el pedanio ................................................611 -----------------------------Sigue a la buelta del alance que atras se espresa tubo a bien el referido pedaneo el acer la gracia de ciento once reales y le quedan a su favor quinientos reales ...........500 los mismos que el Concejo y becinos del pueblo de Trobajo quedan y quedamos todos en union a pagarlos, lo mas pronto y posible que se pueda sin aguardar a constar ni otras bejaciones, asi quedaron conbenidos unos y otros, y no pedir ni demandar cosa alguna sobre las

172

referidas cuentas pues asi nos emos conformado y para que conste la firmo la justicia actual y yo el fiel de fechos en Trobajo del Camino y fevrero 17 de 1852 pagado que se le ha dicha cantidad si podra por bajo me doy por satisfecho y su firma Andres Cubria (rúbrica) Manuel Gutierrez (rúbrica) Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1852, Octubre, 6.

Página 140 y 141

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1as Cuentas Manuel Gutierrez menor

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En el dia 6 de octubre del año de mil ochocientos y cinquenta y dos abiendo dado mandado a dos becinos que abisara a todos casa por casa para que en el presente dia seis y ora de las dos de su tarde se rreunan en la casa de Conzejo y sitio aconstumbrado con el fin y ocjeto de tomar y dar las cuentas al pedanio Manuel Gutierrez menor y llegada dicha ora y reunidos todos los que quisieron concurrir se tomo el silencio y leydos los memoriales asi de gastos como de pagas les [a__llado] arreglados y en seguida mandaron estamparlas en este livro para su resguardo en esta forma.

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Cargos

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Lo primero son cargo de ochocientos reales de las obejas churras ……………….....800

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Son cargo de setecientos reales de los terrenos de la Calzada y treinta reales ............730

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Son cargo de ciento quarenta y dos reales del cacho de Andres Cubria ….................142

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Son cargo de catorce reales del abono de la casa de Concejo ......................................14

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Son cargo de quarenta y tres reales del camino biejo …...............................................43 Son cargo de 40 reales del prado de Pedro Centeno ....................................................40 Son cargo de cinco reales de las Tapias de Pedro Centeno ...........................................5 -----Sigue = 1774 -----De atras ......1774 Son cargo de ciento bente reales del cacho que llevo Pablo Alvarez a la Calzada .….120 Son cargo de treinta reales del cacho de Placido Fernandez junto a casa .....................30

173

-----Cargos total ....................................................1954 Datas que da en sus memoriales y pagas .........2262 ---------Total alcance a favor del pedanio ............308 reales -------------------------------

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De manera que aviendo sido leydo sus memoriales al publico y allandoles arreglados pase yo el fiel de fechos a estamparlas y firmarlas en este livro de caja a los que no piden cosa alguna ni demandar asi unos como otros se an quedado conformes en un todo y no podran ser pedidas estas cuentas, en ningun tiempo, a no ser por orden superior y para que conste lo firme yo el fiel de fechos en dicho dia mes y año arriva dicho.

de

Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 161

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1852, Octubre, 23. Trobajo del Camino

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En el dia beynte y tres de Oztubre del año de mil ochocientos cientos cinquenta y dos estando la justizia y vecinos y yo el fiel ynterino en la Casa de Conzejo y sitio de constumbre se presento ante la justizia y vezinos Domingo Perez vecino del pueblo del Ferral pretendiendo la guarda del campo de todo fruto que si siembre o este senbrado en lo abierto y pasto de Conzejo como las erras el balejo y el balle y fontanillas y otras barias praderas que el pueblo acote dentro del radio de sus murias; el que se ajusto y se obligo a guardiar todo jenero de fruto en la cantidad de tres cargas y media de pan centeno el que se le pagara segun la bayga mereciendo y queda obligado a guardar la bega tambien asta lebantar la ultima gabilla que ayga en ella; y tambien prometio azerlo fiel y bien sin lebantar falso testimonio a ningun bezino y tambien llebara la mitad de las prendadas forasteras; y tambien se le dara acta del primer dia de Marzo dos maravedis por cada cabeza que coja en los panes; y desde el primer dia de Marzo en adelante cuatro maravedis por cabeza para el y para el conzejo desde marzo en adelante sera la pena de cinco cuartos siendo de bezera el que fue ajuramentado ante la justizia y bezinos pues asi lo prometio y firmo y por no saber firmar yzo la señal de la cruz (signo) en Trobajo del Camino y oztubre 23 de 1852 Como fiel de fechos ynterino Santiago Gutierrez (rúb)

174

1853 1853, Enero, 1[-]

Página 24

Vecindad de Leon Garcia y su mujer Marcela. Año 1853 En 1 [-] de Enero del presente año de 1853 se admitio por vecino a Leon Garcia y su mujer Marcela Alvarez los que pagaron los derechos acostumbrados, tomo la vecindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales a Lucas Garcia de la misma vecindady lo firmaron y firme el fiel de fechos -----------------Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 26

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1853, enero, 16.

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Becindad de Santos Alvarez y su mujer Clara Garcia año de 1853.

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En 16 de Enero del presente año de 1853 se admitio por vecino a Santos Albarez y su mujer Clara Garcia pago los derechos aconstumbrados tomo la becindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas concejales a Miguel Garcia de la misma vecindad. Firmo su fiador y yo el fiel de fechos en dicho dia mes y año arriva dicho.

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Miguel Garcia (rúbrica)

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Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 142 y 143

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1853, Enero, 17.

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2as Cuentas, Manuel Gutierrez menor

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En el dia 17 de Enero del presente año de 1853 se dio mandado a todos los becinos el dia anterior casa por casa para tomar las 2ª cuentas y ultimas del año anterior a 1852 al pedanio que al presente lo es Manuel Gutierrez Menor y rreunidos todos en la Casa de Concejo se tomo el silencio y se eleeron sus memoriales en alta voz por mi el fiel data por data, y allandolas todas arregladas ; como las allaron; mandaron las estapase en este livro de caja como constumbre; en la forma siguiente Cargos Se le hace cargo a dicho pedanio ochocientos cincuenta reales del obejas churras del presente año de 1853 …................................................................................................850 Mas con cargo de 13 reales que vale el bosque en renta cada un año ...........................13 Mas con cargo de 15 reales que bale en renta el pajar que trae Raymundo Martinez ....15 Son cargo de 4 reales por Juan Fernandez Mayor del camino biejo ...............................4

175

Mas se le ace de cargo de 56 reales importe del cobratorio que cobra Geronimo Martinez a rrazon de ** 6 quintos ** por vecino y son 78 vecinos importan .......56 = 16 Mas cinquenta y dos reales y 18 maravedis de las pesquisas ..................................52 - 18 --------Total cargos ............991 De manera que suman los cargos que ban echos al referido pedanio los figurados nobecientos y un reales que conferidos con mil sesenta y seis reales que importan sus memoriales de pagas y gastos resta el concejo al pedanio setenta y cinco reales salvo erro y formo la cuenta

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datas en pagos y gastos en sus memoriales .....1066

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cargos que hace el concejo ...............................991

de

Total alcance .............75

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Nota. Esta metido el alcance de las quentas anteriores en estas.

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De manera que segun las cuenta queda formada, an quedado unanimes y conformes todos sin que uviese reclamacion alguna y se las an dado aprobadas asi unas como las otras y quedan conformes por todo el año pasado de 1852; y resultan del alcance a bafor (sic) fabor del pedanio lo figurados setenta y cinco reales y para que conste donde conbengan las firme yo el fiel de fechos a voz de todos como constumbre y no pidiran el Concejo al pedanio reclamacion alguna ni el pedanio al Concejo sobre las cuentas dadas en el referido año, pues asi se an conformado en toda union y las firme en dicho dia mes y año atras espresado.

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Como fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

1853, Abril, 24. Año de 1853. Becindad de Pedro Albarez.

Página 135

En el dia 24 del mes de Abril del presente año de 1853. Se admitio por vecino a Pedro Alvarez y su mujer ** Gonzalez los que pagaron los derechos aconstumbrados tomo la becindad por la casa donde avita, y dio por fiador para las cargas concejales a Francisco Alvarez los que firmaron y firme yo el fiel de fechos en dicho dia, mes, y año arriba dicho Pedro Alvarez (rúbrica) fiador, dijo no saber

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fiel de fechos Manuel Gutierrez Mayor (rúbrica) 1853, Mayo, 1.

Página 111

Obligacion que ace Froylan Fernandez con el Concejo Año de 1853

de

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En 1º de Mayo del año arriva dicho abiendo sido citado el referido Froylan ante el señor alcalde constitucional sobre el cierro de una posesion que radica en termino de Trobajo del Camino y sitio de la Zarzosa mando el señor alcalde constitucional se nombrase dos hombres por la parte del Concejo y dos por parte del referido Froylan; los que fueron por el Concejo Andres Cubria y Manuel Gutierrez mayor; y por el Froylan lo fueron Juan Garcia Mayor, Ysidoro Blanco y reunidos pasaron al sitio arriva dicho y biendo los perjuycios que que causava la dicha seve se an conformado asi unos como otros en que se rretire la seve quatro pies toda la frontera por la parte del ** asi lo yzo saber al referido Froylan en lo que se conformo y queda a cumplir esta obligacion lebantando el fruto de esta posesion asi se lo a concedido el concejo y becinos y para que conste lo firmo en dicho dia mes y año arriva dicho y para levantarla abisara a la justicia antes de levantar nada

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Froylan Fernandez (rúbrica)

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Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 119

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1853, Mayo, 8

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Año 1853. Becindad de Santiago Prieto.

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En el dia 8 del mes de Mayo del presente año de 1853 se admitio por vecino a Santiago Prieto y su mujer Maria Blanco los que pagaron los derechos que le correspondieron, y tomo la vecindad por la casa donde avita y dio por fiador para las cargas concejales a Ysidro Prieto de la misma becindad, y para que conste lo firmo, y firmo yo el fiel de fechos.

Ju

Santiago Prieto (rúbrica) Ysidro Prieto (rúbrica) Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) 1853, Mayo, 15. Trobajo del Camino.

Página 146

Escritura obligacion del pastor de las obejas churras, año de 1853 En el lugar de Trobajo del Camino a quince de Mayo del año espresado, estando la justicia y yo el fiel de fechos, y la mayor y mas sana parte de becinos, en la Casa de Concejo y sitio aconstumbrado se presento Santiago Rodriguez vecino de Cubillas Ayuntamiento de Rodiezmo, y tomado el silencio, se levanto el referido pueblo tenian a

177

bien acerle arriendo para el pasto de su ganado; y respondio el concejo y becinos que no abra imcobeniente, y aviendo pedido el referido Santiago baja en su arriendo de los anteriores se le concidio de vaja cien reales en lo que quedo sujeto a la paga anualmente durante este arriendo en la cantidad de setecientos setenta reales, no dura mas que por tres años 1º, sera 1854 2º; 1855 y 3º, 1856, y ademas a de dar doce cantaras de vino en cada un año, mitad de Toro, y mitad de tierra; 3, dara a la entrada 3 a la salida y los restantes los dara quando la justicia, y becinos lo necesiten, y esto sera a su presencia, o encargado se su persona; condicion que no pastearan en prados cerrados, no en cotos que el concejo tenga, que sujeto al pago de todos los daños que agan o causen no solo al concejo, sino a otro particular asi otorgo y firmo y se obligo a cumplir todo lo espresado; y firmo en dicho dia, mes y año arriva dicho

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Santiago Rodriguez (rúbrica)

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Pedanio Manuel Gutierrez (rúbrica)

de

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Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

Página 119

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Año de 1853. Becindad de Ambrosio Garcia

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1853, Mayo, 16

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En el dia 16 de Mayo del presente año de 1853 se admitio por vecino a Ambrosio Garcia y su mujer Saturnina Fernandez los que pagaron los derechos aconstumbrados y tomo la vecindad por la casa dode avita dio por fiador para las cargas concejales a Lucas Garcia de la misma becindad y para que conste lo firmo y firme yo el fiel de fechos. Lucas Garcia (rúbrica)

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Ambrosio Garcia (rúbrica)

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Fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica) Página 167

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1853, Noviembre, 6. Trovajo del Camino.

Arriendo del pastor del campo, año de 1853, y parte del que se biene de 1854. En el dia seis de noviembre del presente año de mil ochocientos cinquenta y tres estando la justicia, fiel de fechos, en la Casa de Concejo y sitio acostumbrado, en la que se rreunieron la mayor y mas sana parte de vecinos, a tratar varios asuntos para el bien comun de todos = entre otros se trato de arrendar pastor para guardar toda clase de frutos que se sembrase en termino abertizo de este pueblo = a lo que se presento Manuel Fernandez a lo que a presencia de el se le sacaron las condiciones siguientes = 1ª, que el referido pastos del campo queda obligado a guardar toda clase de frutos, segun queda expresado de esta fecha asta Nuestra Señora de Septiembre, del año que viene de 1854, = 2ª, queda obligado desde el dia 1º del año espresado de 54 , asta, el dia de Nuestra Señora de Septiembre del mismo año a tocar la oracion por la mañana y a la noche = 3ª,

178

se le señala para su pena un quarto por cada res de qualesquiera clase que coja en los frutos, y color = y obligado a dar parte al dueño del fruto o posesión, para abonar los daños, además de su pena = y cumpliendo con estas condiciones queda obligado el Conzejo y becinos a satisfacerle quatro cargas de pan centeno; la que se le dara con arreglo al tiempo, y trabajo que tenga prestado = asi lo firmo y junto con la justicia y fiel de fechos en Trovajo del Camino y noviembre, seis de 1853 = no firmo por no saver yzo la señal de cruz, Manuel Fernandez yzo la cruz † el pedanio Manuel Gutierrez (rúbrica) fiel de fechos Manuel Gutierrez (rúbrica)

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1853, Diciembre, 28.

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Cuentas. Manuel Gutierrez Menor

Página 145

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En 28 de diciemvre del presente año de 1853 fueron abisados todos los vecinos casa por casa por los vecinos Jeronimo Martinez y Matias Gonzalez; para que en el dia 29 y ora de salir el sol se rreunieron a la casa de concejo de constumbre con el fin de tomar las cuentas de cargo y data al pedanio Manuel Gutierrez Menor, a dicha ora se abrio la puerta de la dicha Casa, y no abiendo llegado mas que unos 13 o 14 mando dicho pedanio al vecino Angel Santos tocase la campana para ejecutar el referido acto, lo que ejecute y toco el dicho Angel y aviendo dado tiempo para dicha reunion; trataron de que por mi el fiel de fechos fuesen leydos sus memoriales de gastos y pagas; y abiendoles allado en un todo arreglados y aberlos dado de paso, mandaron que sean estampadas en este livro de Caja, por mi el fiel de fechos y se le de su aprobacion segun costumbre = en seguida y con sentimiento de todos los vecinos que al presente se allaron pase yo el fiel de fechos a forjar la cuenta, en esta forma

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Cargos que le ace el concejo desde el 11 de Noviembre? en que dio las ultimas, asta esta fecha; son los siguiente,

Ju

Cargos ...................reales

(nota). Documento

Cuentas incompleto.

1854 1854, Mayo, 7.

Página 169

Año de 1854. Becindad de Gabriel Martinez y su mujer Gabriela Gonzalez. En el dia siete de Mayo de este presente año de mil ochozientos zincuenta y cuatro se admitio por vecino a Gabriel Martinez y a su mujer Gabriela Gonzalez; y pago

179

los derechos aconstumbrados y cojio la vecindad por la casa donde abita y dio por fiador para las cargas concejales a Matias Gonzalez de esta vecindad. Gabriel Martinez (rúbrica) Como fiel de fechos Mateo Centeno (rúbrica) 1854, Nobiembre, 5. Trobajo del Camino.

Página 171

Guarda del campo año de 54.

Antonio Nistal (rúbrica)

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Raimundo Fernandez (rúbrica)

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En el lugar de Trobajo del Camino a cinco dias del mes de nobiembre de 1854= Estando en la casa de conzejo y sitio de costumbre la mayor y mas sana parte de vecinos, se trato de ajustar criado para el campo para el año benidero de cincuenta y cinco de furtos ("frutos") cojidos del año de cincuenta y cinco el que se ajusto, y quedo ajustado Antonio Nistal el que se obligo a guardar todo el campo lo mismo y en la bega que en monte y cotos que el conzejo acote lo mismo todas clases de titos y patatas que se siembren en el dicho bago, y queda sujeto a todos los daños que hubiese o dar dañadores para dichos daños y quedamos sujetos el conzejo y becinos a pagarle al dicho criado cuatro cargas de pan centeno por rrazon de la guarda del campo y tocar las oraciones por la noche y a la mañana todos los dias esecto a la nubes, y se le daran segun le bayga correspondiendo, con respeyto de pagar los daños segun su paga, y es condizion que el pan se le dara cobrado por rrazon de su trabajo sin demora alguna y para que conste lo firmo el dicho Antonio y la justizia en Trobajo del Camino y nobienbre presto su juramento delante de la justizia y bezinos y para que conste lo firmo

Página 157

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1854, Diciembre, 24 .

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Becindad de Pablo Albarez. En el dia 24 de Diciembre de mil ochocientos cincuenta y cuatro se admitio por becino a Pablo Alvarez; y su mujer __ da Cubria y pago los derechos acostumbrados. Y fue su fiador para las cargas conzejales a su padre Manuel Albarez de la misma vecindad. Tomo la vecindad por la casa donde vibe y para que coste lo firmo Pablo Albarez (rúbrica)

180

Documentos sin fechar [ ], Agosto, 17.

Página 107

En el dia diez y siete de Agosto se asento el ganado que traya cada bezino ademas de los cuatro cabos = Juan Garcia Mayor dos reses diez y seys reales por cada res …………………...…….32 Pedro Fernandez dos reses ……………………………………………………………..32 Juan Fernandez Mayor dos reses ………………………………………………..……32

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Tomas Gutierrez un res …………………………………………………..…………..16

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Manuel Albarez un jato ……………………………………………………….….…..16

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Francisco Albarez dos reses ……………………………………………………….…32

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Pedro Martinez dos reses ………………………………………………………….…32

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Pedro Centeno dos reses ….………………………………………………….………32

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[ ], [ ], 17.

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], Agosto, 4.

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El dia diez y siete se multo a el guarda por que le cojio un becino sacando patatas en un tierra de Juan Garcia. Se multo en un ducado.

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En quatro de Agosto acordaron estando juntos la mayor y mas sana parte de becinos en el sitio acostumbrado y casa de Concejo dispuson y acordaron lo siguiente; que desde dicho dia no se permite por ningun pretesto, bajo la ulta de quatro ducados el que se aparte ganado ninguno sino que todo a de echarse a la becera, ni porque esten acarriando, tarde o temprano, ni por dice? a Leon con paja, y en fin ni por otro ningun pretestom solo se permiti si por algun pretesto se ofreciere estar ataos al mismo carro; bajo la misma multa que esta impuesta; y asi mismo acordaron que se guardara por cada cabeza un dia a esciycion una pareja livre cada becino; asi acordaron y firmaron en dicho dia, mes, y año arriva dicho; nota.

*Documento incompleto: no presenta firmas.

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, Setiembre, 11.

Página 143 y 144

En el dia 11 de Setiempbre abiendo dado mandado casa por casa tomar las quentas el ¿en el ? dia 4 del presente mes, y hoy, dia 11 dando abiso al salir de misa a todos que concurriesen a la casa de Concejo para el asunto de tomar las cuentas, se rreunieron al referido sitio, muchos de los becinos, y tomado el silencio se les advirtio que si eran gastosos el tomar las quentas y dejeron que si por que todos nunca se juntan; y tomado el silencio se leeron data por data los memoriales por mi el fiel de fechos asi de gastos como de pagas, y no abiendo reclamacion alguna por allarlos arreglados dijeron que como constumbre las estanpase en este livro de caja como es constumbre; y enseguida pase yo como fiel de fechos nombrado por el pueblo a formarlas en esta forma

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Suman sus memoriales de gastos y pagas desde 4 de Reales ** Enero asta oy dia 11 de setiembre la cantidad de .......................................................................................659 - 25

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Mas alcance de atras …………………………………………………………......75

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A total ..................734= 25

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Cargos que se hacen al pedanio para dicho alcance lo primero son cargo de ochenta reales de Santiago Fernandez por el cacho que compro ….............................................80

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Mas son cargo de 18 reales que dio el mismo por el cacho que ___ segun los ____ .....18

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Mas son cargo de siete reales de las prendadas de los de _ anandos se gastaron ___ reales pero no se __ taron …….......................................................................................7

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Mas son cargo de quince reales de las prendadas de los de __ asta esta fecha ..............15

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---------Cargos total ..............120 ----------

Mas 15 reales de la renta del ____ de Concejo por Rraymundo Martinez ….................15 Mas ocho reales de los de ___ ..........................................................................................8 ---------Cargos ...................143 ---------Datas ............734 = 25 182

---------Alcanza el pedanio .....591 ? = 25 De manera que conferidos los cargos con las datas menos los marabedis alcanza el pedanio los figurados quinientos nobenta y nuebe reales salvo error y aviendo sido conformados todos los que se allaron presentes las firme yo el fiel de fechos segun constumbre en dicho dia mes y año arriva dicho. Manuel Gutierrez fiel de fechos (rúbrica) lo emendado son = 599 reales 25 maravedis ----------, Noviembre, 13

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En el domingo 13 de nobiembre se acordo en publico conzexo que qual quiera vecino o militante que se le encuentre cabando zepas o cortando lella se le execute la multa de dos ducados por la primera vez y por la siguiente doble pena y la misma pena lleva por las tierras o prados de le particulares y para que cosnte lo firmaron los señores de ** junto con los que supiero y el fiel de fechos

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Bartolome Diez (rúbrica)

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Froylan Fernandez (rúbrica)

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Angel Martinez (rúbrica)

Página 102

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12 abril.

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En el dia doze de Abril se echo el ganado a pastear en las heras de ariba segun constubre y pidieron barios bezinos para un res si se les azmitiere dijeron que si que pagarian a beinte reales por cada rres y fueron los siguientes

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Manuel Gutierrez Mayor ... por un res ............................................ 20

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Julian Martinez por un res ................................................................ 20 Pedro Fernandez por un res ............................................................. 20

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