LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA

LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, cla

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AYUNTAMIENTO DE TIJUANA, B.C
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BECA DE LA AMISTAD. El programa de Beca de la Amistad, contempla las siguientes partes contratantes:
  BECA  DE  LA  AMISTAD   BASES  DE  POSTULACIÓN  IECE   1.-­‐  DEFINICIÓN:   Las   becas   de   Amistad   Ecuatoriano-­‐Peruana   denominadas   “Univ

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LINEAMIENTO DE BECA INTERNA DE LA UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA DE TIJUANA. ARTICULO 1.- El presente Lineamiento tiene por objeto, establecer las bases, clasificar y definir los criterios que norman las Becas Internas, así como, las disposiciones a que deberán sujetarse los estudiantes de la Universidad Tecnológica de Tijuana, con el objetivo de obtener una Beca. ARTÍCULO 2.- Para los efectos del presente Lineamiento, se entenderá por: a) UTT: A la Universidad Tecnológica de Tijuana. b) Lineamiento: Lineamiento para la Beca Interna de la Universidad Tecnológica de Tijuana. c) Las Beca Internas tienen las siguientes 4 modalidades: Becas Académicas: Se otorgan para distinguir a los alumnos que hayan alcanzado los mejores promedios de calificación en cada periodo escolar cuatrimestral, siempre que el promedio sea igual o superior a ochenta. Beca Deportiva: Se otorga a alumnos que tengan una participación relevante como integrante de los selectivos deportivos, que representen a la UTT en eventos locales, regionales y nacionales, con promedio mínimo de ochenta. Beca Socioeconómica: Se otorgara a aquellos alumnos que previa comprobación por medio de un Socioeconómico se acredite que requieren apoyo para sus estudios. Todas las Becas se valoraran cuatrimestralmente, por lo que su renovación no será automática, debiendo para el efecto el aspirante reunir los requisitos que marca el artículo Sexto de este Lineamiento. Beca por Convenio Institucional: Se otorgara a todos aquellos alumnos que a través de Convenio que para tal efecto celebre la Universidad con organizaciones civiles debidamente acreditadas, dependencias municipales, Estatales y federales, que requieran de un apoyo adicional para continuar con sus estudios de educación superior, siempre y cuando se cumpla con los requisitos que se establezcan para el caso particular con cada una de las entidades convenidas. d) Rector: Al Rector de la Universidad Tecnológica de Tijuana. e) Director de Administración y Finanzas: Al Director de Administración y Finanzas de la Universidad Tecnológica de Tijuana. f) Director de Extensión Universitaria: Al Director de Extensión Universitaria de la Universidad Tecnológica de Tijuana. g) Director de Planeación y Evaluación: Al Director de Planeación y Evaluación ARTICULO 3.- Las becas Internas de la Universidad Tecnológica de Tijuana, tienen por objetivo favorecer la permanencia de los alumnos inscritos en la Universidad, y que con ello terminen oportunamente sus estudios.

ARTICULO 4.- La Beca Interna, consiste en una ayuda a los alumnos, que cursan sus estudios en esta Universidad, mediante apoyo económico, cuyo monto será variable y en base a los recursos financieros disponibles para este fin y de acuerdo al criterio del “monto vigente”, que en forma cuatrimestral se publicará en la convocatoria. ARTICULO 5.- Los requisitos que deberán cumplir los alumnos de la Universidad. a) Estar inscrito en el cuatrimestre por el que esta aplicando; b) Presentar su recibo de pago correspondiente al cuatrimestre para el que se solicita la beca; c) Para el otorgamiento de las becas Académica, Deportiva y Especial deberá el alumno contar con un promedio de calificaciones general mínimo de 80 (ochenta); d) Para el otorgamiento de la Beca Socioeconómica, el promedio mínimo es del 70 (setenta) y se dará preferencia a estudiantes que provengan de familias cuyo ingreso sea igual o menor tres salarios mínimos vigentes en la región y en segundo término a aquellos cuyo ingreso familiar sea menor o igual a 7 salarios mínimos vigentes en la región. Previo estudio socioeconómico; e) No contar con algún beneficio equivalente en dinero o en especie otorgado para su educación, sea público o privado al momento de solicitar la beca interna; f) No contar con un titulo previo de licenciatura; g) No tener exámenes extraordinarios.

ARTICULO 6.- Los alumnos aspirantes a la Beca Interna que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 5 del presente Lineamiento, serán seleccionados prioritariamente en función de su necesidad económica. Cuando el número de solicitantes de beca interna no pueda ser atendido con los recursos disponibles de la UTT destinados para este fin, los aspirantes serán seleccionados en función de su mayor necesidad económica, dando prioridad a los aspirantes que inicien o continúen sus estudios provengan de comunidades rurales y urbano marginadas; y mejor desempeño académico previo. ARTICULO 7.- Los alumnos que obtuvieron una Beca Interna Académica, Deportiva o Especial, para iniciar los estudios de técnico superior universitario en cualquiera de las carreras que se imparten en la Universidad Tecnológica de Tijuana, podrán gozar de su beneficio en el siguiente cuatrimestre escolar, siempre que demuestren haber cursado y aprobado la totalidad de las materias del plan de estudios correspondientes al cuatrimestre cursado y haber obtenido un promedio mínimo de calificación de 80 (ochenta) y que cumplan con la totalidad de los requisitos que marca el articulo 6to. de este Lineamiento. En el caso de los Acreedores de la beca socioeconómica, el promedio mínimo de calificaciones será de 70 (setenta), independientemente de que deban de cumplir con los requisitos del articulo 6to. de este Lineamiento, la renovación de la Beca estará supeditada al resultado del nuevo estudio socioeconómico y siempre que demuestren

haber cursado y aprobado la totalidad de las materias del plan de estudios correspondientes al cuatrimestre cursado. ARTÍCULO 8.- Son obligaciones de la Dirección de Administración y Finanzas en el marco de Beca Interna: a) Aportar oportunamente los recursos financieros para este fin. Notificando a la Dirección de Extensión Universitaria al inicio del cuatrimestre, los recursos financieros disponibles. b) Autorizar el otorgamiento de las becas solicitadas en base a los recursos financieros disponibles para este fin. Apegándose a la siguiente distribución, se destinará el 60% de los recursos disponibles al apoyo de la Beca Socioeconómica, repartiendo el remanente de la siguiente forma: el 20% a la Beca Académica; el 10% a la Beca Deportiva y el 10% a la Beca Especial. Si por alguna causa hubiere remanente de alguno de los porcentajes, se acumulara para el siguiente cuatrimestre y se aplicara al apoyo de la Beca respectiva. No se podrá destinar el remanente a beca diferente para la cual fue destinada, salvo que se justifique la necesidad de la medida y previa autorización del Consejo Directivo de la UTT. c) Evaluar regularmente el funcionamiento de la Beca Interna y emitir recomendaciones para su desarrollo. d) Llevar a cabo auditorias aleatorias para verificar la situación financiera de este Programa de Beca Interna. ARTÍCULO 9.- Son obligaciones del Jefe del Departamento de Servicios Estudiantiles en el marco de Beca Interna: a) Observar las presentes reglas; así como cualquier otra reglamentación complementaria que ellos se derive. b) Incorporar al alumno becado en alguno de los programas de apoyo comunitario que la Universidad Tecnológica de Tijuana tenga disponible. c) Recabar las solicitudes de Beca Interna de los alumnos solicitantes. Evaluar y proceder a elaborar una solicitud general que incorpore el listado de los alumnos acreedores a la Beca Interna, para que por conducto de la Dirección de Extensión Universitaria se envíe a la Dirección de Administración y Finanzas para que autorice el otorgamiento de los apoyos procedentes. d) Informar cuatrimestralmente al Rector y al Director de Administración y Finanzas, por conducto de la Dirección de Extensión Universitaria, el desempeño académico de los becarios, en base a la información proporcionada por el departamento de servicios escolares. e) Mantener actualizada al inicio de cada cuatrimestre, la historia académica del becario; así como la documentación respectiva. f) Convocar a reunión a los alumnos que se hicieron acreedores a Beca, y recabar su firma en la carta compromiso. g) Aplicar el Procedimiento P-EU-01. ARTICULO 10.- Los Becarios tendrán los siguientes derechos y obligaciones:

a) Recibir el comunicado por parte del Departamento de Servicios Estudiantiles sobre la asignación de la Beca Interna. b) Suscribir la documentación que formalice el otorgamiento de la Beca Interna. c) Iniciar el Programa de estudios en los tiempos establecidos. d) Cumplir con sus estudios asistiendo con regularidad a clases. e) Cumplir con lo establecido en la Normatividad que rige en la Universidad Tecnológica de Tijuana. f) Mantener un rendimiento académico, con promedio de calificaciones general de 80 (ochenta). g) Observar buena conducta dentro y fuera de las instalaciones de la Universidad Tecnológica de Tijuana. h) Prestar un servicio dentro de los programas de apoyo comunitario que la UTT tenga disponible para tal fin. i) Informar en los primeros siete días hábiles de inicio del cuatrimestre escolar la situación socioeconómica, adjuntando documentos probatorios de ingresos o en su caso, presentar escrito en el que se manifieste bajo protesta de decir verdad, la ocupación de los padres o tutor del solicitante, donde se haga constar los ingresos económicos familiares. j) Informar de cualquier situación que le impida el correcto desempeño académico, solicitando la suspensión, cancelación o terminación del apoyo. k) Informar al Departamento de Servicios Estudiantiles los datos personales y anexos en el formato que se proporcione por el citado departamento. l) Contar con la Clave Única de Registro de Población (CURP) o constancia de haber iniciado el trámite al momento de obtener Beca Interna; y m) Las demás que se establezcan en el Lineamiento para la Beca Interna y otras disposiciones aplicables. ARTÍCULO 11.- Serán causas de cancelación de la Beca Interna, las siguientes: a) Cuando los ingresos familiares sean superiores a siete salarios mínimos mensuales. b) Cuando el becario proporcione información falsa para la renovación de la beca y/o altere algún documento que se establezca como requisito para el trámite de la beca interna. En este caso, la Universidad Tecnológica de Tijuana hará exigible al alumno de los recursos financieros proporcionados; en caso de negativa, se turnara el caso a la Unidad Jurídica de la UTT, para los efectos legales conducentes. c) El incumplimiento en las obligaciones señaladas en el presente Lineamiento. d) Cuando el becario renuncie por escrito expresamente a los beneficios del apoyo de la Beca Interna. e) Cuando el becario suspenda sus estudios de manera definitiva. f) Incurrir en faltas graves que estén sancionadas por el Lineamiento Académico de Alumnos de la UTT. ARTÍCULO 12.- Serán causas de terminación de la Beca Interna: a) Cuando el becario concluya su sexto cuatrimestre.

b) Cuando concluya el cuatrimestre que ampara el periodo de la beca interna solicitada. c) Por muerte del becario.

TRANSITORIOS PRIMERO.- En todos los casos que se llegaran a presentar y que no estén contemplados en el presente Lineamiento, se resolverá en forma conjunta por las Autoridades Universitarias responsables de su aplicación. SEGUNDO.- El presente Lineamiento entrará en vigor al día siguiente de su aprobación por parte del Consejo Directivo de la Universidad Tecnológica de Tijuana, quedando abrogado el lineamiento anterior. TERCERO.- Todo procedimiento que se encuentre en trámite y que sea anterior a la vigencia del presente Lineamiento, se regirá en los términos del Lineamiento Abrogado en todo lo que beneficie a las partes. CUARTA.- El Rector de la UTT, por encargo del Consejo Directivo, deberá instrumentar las acciones necesarias para la publicación del presente Lineamiento, haciéndolo del conocimiento de la Comunidad Universitaria. Dado en la sala de Juntas de la Universidad Tecnológica de Tijuana el 10 de marzo de dos mil nueve.

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