LIQUIDACION DE PRESTACIONCES SOCIALES. Años contables de 360 días Meses contables 30 días

PRESTACIONES SOCIALES MATERIAL DE APOYO LIQUIDACION DE PRESTACIONCES SOCIALES Años contables de 360 días Meses contables 30 días EJEMPLO: Pepita Pére

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GOBERNADOR Sr. Mario Das Neves MINISTRO DE COORDINACION DE GABINETE Sr. Norberto Yauhar SUBSECRETARIO DE MODERNIZACION DEL ESTADO Sr. Miguel Angel R

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PRESTACIONES SOCIALES MATERIAL DE APOYO

LIQUIDACION DE PRESTACIONCES SOCIALES Años contables de 360 días Meses contables 30 días EJEMPLO: Pepita Pérez laboro en Lácteos la pradera de enero 1 a dic 31 del año 2013 y tuvo un salario $1.500.000

PARA CUANDO SE RETIRA UN TRABAJADOR. CESANTIAS = SB X No. De DIAS 360 SALARIO BASE, Es el último salario mensual, siempre y cuando este no haya tenido variación en los tres meses anteriores, si no se toma el promedio de los del último año.

Liquidación de cesantías Cesantías = SB x No. De días 360 Cesantías = 1.500.000 x 360 días = 1.500.000 360

Otro ejemplo, su tío laboro del sueldo de $1.200.000

01 Abril hasta el 31 de Diciembre con un

Cesantías = 1.200.000 x 270 días = 899.999 = 900.000 360

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LIQUIDACIÓN DE INTERESES

INTERESES A CESANTIAS ES = CESANTIAS x No. De días x 0.12 360

Reemplazo de acuerdo al ejemplo que traemos

1.- 1.500.000 x 360 x 0.12 = 180.000 360 2.- 900.000 x 270 x 0.12 = 108.000 360

Prima de servicios

PRIMA = SBASE X NO. DE DIAS 360

Nota: en el momento del retiro ya se le había cancelado la prima del primer semestre.

PRIMA = SBASE X No. DE DIAS 360 El No de días corresponden a 6 meses x 30dias = 180dias Nota para este caso ya le cancela la prima correspondiente al mes de junio primer semestre

Vamos a cancelar entonces lo correspondiente al segundo semestre.

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PRIMA = 1.500.000 x 180 = 750.000 360

2.- PRIMA= 1.200.000 X 180 = 600.000 360

VACACIONES Tengamos en cuenta que las vacaciones se pueden disfrutan y/o compensar dependiendo del tipo de contrato de trabajo, si es contrato a término fijo si no se lo renuevan hay que pagárselas compensarlas y si es un contrato a término indefinido disfrutadas Son quince días que se convierten en más Cuando tengo un contrato a término indefinido y voy a liquidar debo de tener en cuenta: Ojo si mi jornada laboral es de lunes a sábado, los días hábiles se cuentan de lunes a sábado para entrar a disfrutarlos Pero si la jornada es de lunes a viernes, los días hábiles se cuentas de lunes a viernes

VACACIONES COMPENSADAS O SE QUE SE LAS PAGAN

VACACIONES= SB X No. días 720 O

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VACACIONES = SB /2 x No. Días 360

Ejemplo: Calcular el valor a pagar por vacaciones de un trabajador que laboro con contrato a término fijo de un año y cuyo salario básico era de un $1.000.000

VACACIONES= SB X No. días 720 REEMPLAZO VACACIONES = 1000.000 X 360 = 500.000 720 REEMPLAZO VACACIONES = SB /2 x No. Días 360 VACACIONES = 1000000/2 X 360 = 500.000 360

Las Provisiones para prestaciones sociales legales, aportes a la seguridad social y aportes parafiscales se harán según el siguiente cuadro: BASE PARA LIQUIDAR = TOTAL DEVENGADO (SB + SUB TRANSP. + HEXTR) APORTES Salud Fondo pensión Fondo solidaridad pensional Arl, según decreto Cajas compensación familiar SENA I.C.B.F.

EMPRESA *8.5% 12% Minima 0.522% 4% *2% *3%

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TRABAJADOR 4% 4% 1%

TOTAL 12.5% 16%

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*Nota: si la empresa tiene más de dos trabajadores no hará el aporte correspondiente a saludo del 8.5%, ni lo correspondiente al Sena y al I.C.B.F. (ver cree) El CREE APORTES PARA FISCALES Todo empleador Persona natural que emplee de carácter permanente a un trabajador a su servicio está obligado a efectuar aportes parafiscales del 9% de su nómina mensual de salarios con destino al SENA, I.C.B.F. y CAJAS DE COMPENSACION FAMILIAR. Este aporte se realiza por intermedio de la caja de compensación a que este afiliado el empleador. A partir del 1 de Mayo de 2013

Nota: A partir del primero de Mayo del 2013, se desmontan los aportes al I.C.B.F. y al Sena a todas las Personas jurídicas. Auxilio de transporte actual: $ 74.000 los trabajadores que devenguen hasta 2 salarios mínimos mensuales vigentes deben recibirlo. Este pago tiene la naturaleza de un auxilio económico con destinación específica y por mandato de la ley se debe incorporar al salario única y exclusivamente para efectos de liquidación de prestaciones sociales (cesantías, intereses a las cesantías, prima).

En la actualidad el salario mínimo está señalado en $644.350 mensuales Contrato de trabajo: el contrato de trabajo es un acuerdo por virtud del cual una persona natural se obliga a prestar un servicio personal a otra (natural o jurídica) cumpliendo ordenes e instrucciones, un horario y por su labor una remuneración. Cuando el contrato es verbal, se entiende que es a término indefinido. En el evento de terminación de contrato dentro del periodo de prueba (2 meses) deben pagarse cesantías e intereses sobre ellas y las demás prestaciones a las que tenga derecho el trabajador.

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Recuerde “el que paga mal paga doble” “Las prestaciones sociales son derechos irrenunciables”

Preparado por CP. ANA STELLA MENDOZA PINILLA Enero 2015

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