MACROMAGNITUDES DEL SECTOR AGRARIO: LA P.F.A., EL V.A.B. Y LA RENTA AGRARIA FERNANDO NAVARRO ALFARO

MACROMAGNITUDES DEL SECTOR AGRARIO: LA P.F.A. , EL V.A.B. Y LA RENTA AGRARIA FERNANDO NAVARRO ALFARO INDICE: 1. INTRODUCCIÓN. 2. METODOLOGÍA C.E.

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MACROMAGNITUDES DEL SECTOR AGRARIO:

LA P.F.A. , EL V.A.B. Y LA RENTA AGRARIA FERNANDO NAVARRO ALFARO

INDICE:

1. INTRODUCCIÓN.

2. METODOLOGÍA C.E.A.

3. METODOLOGÍA S.E.C.-95

1.INTRODUCCIÓN: Las macromagnitudes agrarias constituyen una representación simplificada y adaptada a las necesidades de análisis, de la enorme variedad de operaciones y flujos económicos que se realizan en un período contable en las explotaciones agrarias, entre ellas , y en sus relaciones con otras unidades económicas.

La metodología y los conceptos utilizados en la elaboración de las cuentas económicas de la agricultura en los países miembros de la Unión Europea los establece la Oficina de Estadística de la Comunidad Europea (EUROSTAT). En la publicación “Manual de las Cuentas Económicas de la Agricultura y la Selvicultura” (Luxemburgo 1989) se recoge la metodología CEA que es la que se ha venido empleando hasta las macromagnitudes correspondientes a 1999. A partir de entonces se ha cambiado la forma de cálculo, empleándose actualmente la metodología llamada SEC-95.

Las macromagnitudes agrarias nacionales se elaboran, según metodología de la Unión Europea, por la unidad de Estadística del MAPA. Cada provincia elabora sus propias macromagnitudes que luego son centralizadas a nivel de Comunidad Autónoma, y posteriormente, el MAPA traslada los resultados a la U.E. Las cuentas del sector agrario se van elaborando con un retraso de 3 años. No obstante, tanto las Comunidades Autónomas como el Ministerio hacen unas estimaciones previas a la elaboración definitiva. Dado que casi toda la información publicada sobre las macromagnitudes se ha elaborado con la metodología antigua, se comienza exponiendo dicha forma de cálculo, para posteriormente presentar la nueva.

2. METODOLOGÍA C.E.A.: Las principales macromagnitudes agrarias son las siguientes: A. Producción total agraria. B. Reempleo. C. Producción final de la Agricultura. D. Consumos intermedios. E. Valor añadido bruto a precios de mercado. F. Valor añadido bruto al coste de los factores. G. Impuestos ligados a la producción. H. Subvenciones de explotación. I. Amortizaciones. J. Renta agraria o valor añadido neto al coste de los factores. * A continuación las veremos una a una:

A. Producción total agraria. Es el conjunto de bienes y servicios producidos por el sector agrario en un año, cualquiera que sea su destino (autoconsumo por las familias productoras, utilización como elemento de producción en un nuevo proceso productivo agrario, empleo como elemento intermedio en una industria transformadora, consumo directo por las familias no productoras, etc).

B. Reempleo. Engloba todas aquellas partidas de la Producción total que se utilizan en un nuevo proceso productivo, sin haber experimentado ningún tipo de transformación en los sectores no agrarios (granos para semillas usados directamente en la propia explotación, piensos elaborados en la explotación, trabajo animal, estiércol producido que se aplica en parcelas de la explotación, etc).

C. Producción Final Agraria (P.F.A.). Está constituida por la suma aritmética de: ¾Los bienes y servicios vendidos a otras ramas de la economía. ¾Los bienes transformados por los productores. ¾Los bienes que han sido consumidos en los hogares de los productores. ¾El aumento o disminución de los “stocks” de productos terminados. Desde otro punto de vista, puede definirse la Producción Final Agraria como la diferencia entre la Producción Total y el Reempleo. D. Consumos intermedios. Incluye todos aquellos gastos que es preciso realizar en medios de producción corrientes (semillas selectas y plantones, fertilizantes, energía, piensos, etc.) para el desarrollo del proceso productivo agrario. No se incluyen en este concepto los gastos realizados en equipamiento y mejora de las explotaciones, que han de ser considerados como gastos de inversión, y que por lo tanto se computan en amortizaciones.

E. Valor Añadido Bruto (V.A.B.) a precios de mercado. Representa el resultado económico final de la actividad productiva, y se obtiene detrayendo de la Producción final agraria los consumos intermedios (o gastos de fuera del sector o elementos intermedios incorporados al proceso productivo). V.A.B.a.p.m. = Producción final de la agricultura – Consumos Intermedios

F. Valor Añadido Bruto (V.A.B.) al coste de los factores. Los precios de mercado de determinados productos pueden incluir una parte más o menos importantes de impuestos. En otros casos, los productores reciben una serie de subvenciones a su explotación con la finalidad de disminuir los costes de producción o aumentar las rentas, por lo que la medida del Valor Añadido a precios de mercado puede no ser suficiente para el análisis del “Valor Añadido” para la actividad de que se trate, en este caso la agraria. Para obviar este inconveniente se calcula el VAB al coste de los factores, que se obtiene detrayendo del VAB a precios de mercado el importe de los impuestos ligados a la producción netos de subvenciones, o lo que es lo mismo, añadiéndoles las subvenciones de explotación netas de impuestos. V.A.B.a.c.f. = V.A.B.a.p.m. – Impuestos ligados a la producción + subvenciones de explotación.

G. Impuestos ligados a la producción. Son pagos obligatorios con los que las Administraciones Públicas o las instituciones comunitarias gravan a las unidades de producción agraria en relación con su actividad productiva o al uso de factores de producción. Estos impuestos han de ser satisfechos, tanto si la actividad produce un beneficio o no. ÖEntre los impuestos ligados a la producción destacan: 9El impuesto sobre bienes inmuebles de naturaleza rústica. 9Los impuestos sobre la maquinaria utilizada en agricultura. 9Tasas de corresponsabilidad. No tienen la consideración de impuestos ligados a la producción los que pueden gravar el beneficio obtenido en la actividad, ni los que gravan la renta y el patrimonio, ni tampoco el IVA, que es una figura impositiva que grava el consumo final.

H. Subvenciones de explotación. Según el EUROSTAT, son transferencias corrientes, sin contrapartida, que las Administraciones Públicas o las instituciones comunitarias pagan a las unidades que producen bienes y servicios de naturaleza agraria, con el fin de influir en los niveles de producción, los preciosa o la remuneración de los factores de producción. De la definición anterior se deduce claramente que el concepto “subvención de explotación” no coincide con el más amplio de “ayudas”; en el primero no se incluyen al menos, los 3 siguientes tipos de “ayudas”: ™Las ayudas a la inversión, que son transferencias de capital. ™Las transferencias corrientes a los organismos de regulación del mercado o a las industrias transformadoras de productos agrarios, que se destinan a unidades no productores de bienes de naturaleza agraria ™La mayor parte de las ayudas al “desarrollo rural”, que se concretan en inversiones en activos físicos o inmateriales que sobrepasan el ámbito de la actividad agraria.

En relación con su registro, el Manual EUROSTAT establece que las subvenciones de explotación deben ser contabilizadas en el momento de su pago a las unidades receptoras, con independencia del momento en que haya tenido lugar el hecho económico que origina el derecho a su percepción.

I. Amortizaciones. Desde el punto de vista del cálculo de cuentas económicas de una rama de actividad, las amortizaciones expresan la valoración del consumo anual de los medios de producción utilizados en la actividad y que tienen una vida útil superior a un año; las amortizaciones o consumos de capital fijo cuantifican el valor del equipo capital consumido en el proceso de producción durante el período anual de referencia a causa del desgaste normal y de la obsolencia o envejecimiento previsible.

*El manual EUROSTAT establece como amortizables los

siguientes bienes de capital: 9Maquinaria y equipos agrícolas. 9Construcciones agrícolas y ganaderas.

*NO se consideran bienes amortizables: ¾ Los no reproducibles (la tierra agrícola) ¾ Los de duración indeterminada (caminos rurales, obras de regadío y drenaje), que se mantienen con las obras de reparación y conservación. ¾ Aquellos que representen conjuntos de capital (plantaciones, censos de ganado reproductor) cuyas variaciones netas anuales son ya contabilizadas en la rúbrica “bienes de capital fijo producidos por cuenta propia” de la Cuenta de producción.

El cálculo de amortizaciones se realiza a “precios de reposición”, es decir, aquellos que los agricultores tienen que pagar para sustituir, tan aproximadamente como sea posible, la maquinaria, equipo o construcción de que se trata en el año de referencia. Por cada uno de los bienes de capital considerados se establece un período de amortización o vida útil de n años, obteniéndose así las denominadas “tasas de amortización”. J. Renta agraria o valor añadido neto al coste de los factores. Se obtiene detrayendo al “V.A.B. al coste de los factores” el importe de las Amortizaciones (consumo de capital fijo por el proceso productivo en el año). Esta magnitud cuantifica, en síntesis, el montante de las remuneraciones percibidas por los “factores originarios de la producción aplicados a la actividad agraria en el año de referencia, factores que en sentido amplio pueden individualizarse en : Tierra, Capital, Trabajo, Gestión empresarial y las subvenciones recibidas de las Administraciones Públicas.

3. METODOLOGÍA S.E.C.-95: La aparición del nuevo sistema europeo de cuentas (SEC-95) adoptado por EUROSTAT, obliga a modificar a partir del año 2000 la forma de cálculo de las Cuentas económicas de la agricultura. La nueva metodología pretende acercarse a la realidad agraria de cada uno de los Estados Miembros de la UE, de forma que exista un vínculo común que permita la comparación y la agregación de los mismos para la obtención de las macromagnitudes agrarias de toda la UE.

*Las más importantes MODIFICACIONES con respecto a la metodología CEA son las siguientes: ° Hasta ahora se consideraba cada provincia como una única explotación en la que los productos agrarios que se utilizaban para la obtención de una nueva producción dentro de la misma se consideraban como reempleos; ahora se crea el concepto de la Unidad de Actividad Económica global (UAE-Local) que en el caso de la actividad agraria es la Explotación Agraria, de la que existen 3 tipos: ¾Agrícola ¾Ganadera ¾Mixta.

Con esto, cualquier producto que una UAE-Local transfiera a otra (aunque sea de la misma provincia) se considera consumo intermedio y no reempleo.

*Las más importantes MODIFICACIONES con respecto a la metodología CEA son las siguientes: ° Se introducen nuevos conceptos como el ganado caballar de

raza, el ganado bravo, la caza, etc, que antes no se valoraban. ° En la Producción final de la Rama se introducen los Servicios

Agrarios (empresas que realizan servicios a terceros). ° Se crean las Actividades Secundarias no Agrarias no

Separables, en las que se incluyen la transformación en la propia explotación de productos agrarios. ° La valoración de la Producción de la Rama se realiza a Precios Básicos. Estos precios se obtienen para cada producto como resultado de añadir al precio que recibe el productor, las subvenciones al producto y restándoles los impuestos que tenga, si es el caso. Esto supone que parte del capítulo de subvenciones de explotación de la metodología anterior se incorpora en la valoración de la producción de la rama agraria a precios básicos, y el resto aparece como Otras subvenciones a la Producción.

*Las más importantes MODIFICACIONES con respecto a la metodología CEA son las siguientes: ° Se valora como vino y aceite sólo aquel que elabora el agricultor, tanto individualmente como en cooperativas; cuando el agricultor no transforma, se valora en uva y aceituna. ° En el apartado de Consumos de capital fijo se incluyen las Plantaciones. ° Desaparecen los conceptos de VAB a precios de mercado y de VAB a coste de los factores, por lo que el concepto de Renta Agraria, que antes era equivalente al Valor Añadido Neto al coste de los factores, pasa a denominarse Renta de los Factores.

Ö Todas estas modificaciones suponen un considerable aumento del valor de la Producción final de la Rama, en relación a la metodología anterior.

*El nuevo esquema de las macromagnitudes (Según S.E.C.-95) es el siguiente: ÖLa diferencia entre la Producción de la Rama Agraria y los Consumos Intermedios se denomina Valor Añadido Bruto a Precios Básicos. Si a este último se le detrae el Consumo de Capital Fijo (antes Amortizaciones) se obtiene el Valor Añadido Neto a Precios Básicos. ÖSi al Valor Añadido Neto a Precios Básicos se le añaden Otras Subvenciones de Explotación y se le restan Otros Impuestos sobre la Producción se obtiene la Renta de los Factores. ÖSi al Valor Añadido Neto a Precios Básicos se le suman Otras Subvenciones de explotación y se le resta la Remuneración de asalariados y Otros Impuestos sobre la Producción se obtiene el Excedente Neto de Explotación o Renta Mixta. ÖSi al excedente Neto de Explotación o Renta Mixta se le suman los Intereses a Percibir y se le restan los Arrendamientos y los Intereses a Pagar se obtiene la Renta Neta del Empresarios.

De forma esquemática sería así:

Producción de la Rama Agraria – Consumos Intermedios = VAB a Precios Básicos VAB a Precios Básicos – Consumos de Capital Fijo = VAN a Precios Básicos VAN a Precios Básicos + Otras Subvenciones – Otros Impuestos = Renta de los Factores VAN apb + Otras Subvenciones – Remuneraciones Asalariadas – Otros Impuestos = Excedente Neto de Explotación o Renta Mixta Excedente Neto Explotación + Intereses a Percibir – Arrendamientos – Intereses a pagar = Renta Neta del Empresario

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