Manejo Pesquero y Conservación del Caracol Pala (Strombus gigas) en Colombia

Manejo Pesquero y Conservación del Caracol Pala (Strombus gigas) en Colombia E. CASTRO1, M. PRADA2. J. CALDAS y V. PUENTES 1 Secretaria de Agricultur

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Manejo Pesquero y Conservación del Caracol Pala (Strombus gigas) en Colombia E. CASTRO1, M. PRADA2. J. CALDAS y V. PUENTES 1

Secretaria de Agricultura y Pesca del Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Avenida Francisco Newball, Edificio Coral Palace. San Andrés, Colombia 2 CORALINA. Vía San Luis, San Andrés, Colombia 3 Dirección de Asuntos Marinos, Costeros y Recursos Acuáticos, Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible. Calle 37 No. 8-40, Bogotá, Colombia 4 Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca – AUNAP. Calle 43 No. 57-41 Piso 5. CAN, Bogotá, Colombia.

1. Introducción Colombia ha tenido grandes progresos en el manejo pesquero y la conservación del caracol pala desde la Primera Conferencia Internacional llevada a cabo en Puerto Rico en 1996; iniciativa que fue producto de una propuesta presentada por el país, Dr. Orlando Mora, durante el Taller sobre la Biología, Pesquería, Maricultura y Manejo del Caracol realizado en Venezuela en 1991. El presente reporte describe los avances alcanzados en la ultima década. 2. Descripción de la Pesquería La pesquería comercial en los 70s se realizó en los Archipiélagos de San Bernardo e Islas del Rosario, y en 1977, como consecuencia de la sobrepesca, se ordenó su cierre indefinido (Mora, 1994). La pesquería se trasladó al Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina -ASPC-, área donde el caracol era aprovechado para subsistencia de los nativos de las islas. Se conoce de la asignación de cuotas de pesca en la Guajira (1999 a 2004), pero se tiene poco conocimiento sobre esta pesquería (Fig. 1). Desde el inicio de la pesca industrial a principios de los 80s, el ASPC ha aportado casi la totalidad de la producción nacional, donde los desembarcos han mostrado una tendencia decreciente pasando de 813 t en 1988 a 465 t en 1993, y a tan sólo 81 t en 2003 (Prada et al., 2009). Entre 2005 y 2007 la pesquería en el ASPC estuvo cerrada teniendo en cuenta un examen de comercio significativo de CITES, reabriéndose sólo para los Bancos de Serrana y Roncador ente 2008 y 2010 con una producción anual cercana a las 100 t (Fig. 2). En 2011 se cerró nuevamente y para 2013 se proyecta reabrirla en Serrana, exclusivamente para la pesca artesanal, con una cuota de sólo 19 t en estado semi-limpio. La reducción en los desembarques está ligada a la disminución en la abundancia del recurso y a mayores restricciones al esfuerzo pesquero que redujeron la flota industrial en un 60%. Para el ultimo periodo de pesca (2008 a 2010) sólo operaron anualmente un promedio de cinco embarcaciones industriales (con máximo 18 buzos cada una), y entre 8 y 10 artesanales con un máximo de seis buzos. La pesca artesanal ha ganando mayor participación pasando de menos de 10% en 2004 a más de 40% en 2008. La única técnica de pesca autorizada tanto a nivel artesanal como industrial es el buceo libre a pulmón. 3. Políticas y Legislación La actividad pesquera está regulada por el Estatuto General de Pesca, Ley 13 de 1990, y su Decreto Reglamentario 2256 de 1991 que crea el Comité Ejecutivo para la Pesca, integrado

por las autoridades pesqueras y el Ministerio de Ambiente (Autoridad administrativa CITES), y es el encargado de definir anualmente las especies a ser aprovechadas y las cuotas globales de pesca. Colombia ha mostrado un gran compromiso en la adopción de instrumentos regionales, tales como: a) Declaración de Rio, que entró en vigor en 1992; b) Convenio de Diversidad Biológica, ratificado por la Ley 165 de 1994; c) Convención Internacional sobre Comercio de Especies de Fauna y Flora Silvestres –CITES- ratificada por la Ley 17 de 1981, y d) Protocolo Sobre Áreas y Fauna Especialmente Protegidas en la Región del Gran Caribe –SPAW-, aprobado por la Ley 356 de 1997. Actualmente, Colombia se encuentra en el proceso de formulación de un Plan de Acción Nacional para la Conservación y Manejo Ecosistémico del Caracol Pala, que espera constituirse como el principal instrumento de política nacional para este recurso. 4. Actividades Desarrolladas El ASPC fue reconocido en 2000 por la UNESCO como la Reserva de Biósfera Seaflower y posteriormente en 2005 como el Área Marina Protegida Seaflower, donde se ha identificado al caracol como un recurso clave. Se resalta como experiencia piloto el repoblamiento de más de 7.000 caracoles en la Isla de Providencia durante los últimos siete años. También se ha reforzado la educación ambiental mediante la implementación de un currículo de caracol y jornadas de sensibilización teórico practicas con la comunidad. La cooperación regional ha sido una prioridad organizando en la isla de San Andrés en 2008 un taller que contó con representantes de Colombia, Nicaragua, Honduras, Islas Caimán, Republica Dominicana, Puerto Rico, Estados Unidos y organizaciones como CFMC, NOAA y OSPESCA (Prada y Castro, 2009). 5. Manejo Pesquero y Actividades de Conservación Colombia ha realizado grandes esfuerzos para alcanzar un manejo responsable del caracol pala siguiendo las orientaciones de FAO y CITES. Adicional a las medidas tradicionales de regulación pesquera adoptadas desde 1977 (Tabla 1), en los últimos seis años se ha dado un giro importante pasando de decisiones basadas en análisis de datos dependientes de la pesca a independientes de la misma, provenientes de estudios que estiman densidades y abundancias del caracol por estratos de hábitats y profundidad que son realizados en cada banco del ASPC mínimo una vez cada tres años. Con el nuevo enfoque de manejo basado en el ecosistema se incorporó como criterio de sostenibilidad la aplicación de la regla de control del 8% propuesta por Medley (2005), aumentando la restricción para bancos de pesca de poca extensión. La definición del tamaño del stock se hace considerando sólo los individuos adultos (labio >5 mm), y la pesca sólo es autorizada cuando la densidad total de adultos del banco supera 50 ind/ha, preferiblemente 100 ind/ha. Otros aspectos como el reclutamiento de juveniles, el hábitat, la zonificación del AMP y la pesca ilegal son considerados. Este modelo ha resultado en un manejo adaptativo que ha mantenido ciclos de cierre y reapertura de la pesquería, los cuales han mostrado respuestas positivas para la recuperación del recurso. Como medidas de control y vigilancia, la autoridad marítima (DIMAR) mantiene vigilancia del sistema de posicionamiento satelital VMS a bordo de embarcaciones de pesca industrial, y la Armada Nacional junto con la Fuerza Área hacen patrullajes periódicos en altamar. Las autoridades pesqueras adelantan controles en puertos y establecimientos de comercio, mientras que el Ministerio de Ambiente y Desarrollo sostenible, autoridad administrativa CITES, autoriza y hace seguimiento a las exportaciones.

5. Consumo y Comercio No se cuenta con datos sobre el consumo per cápita de caracol pala en Colombia, ni sobre el comercio nacional. No obstante, se conoce que para el ASPC, el caracol pala es un producto tradicional de la gastronomía, y su demanda es alta, la cual es estimada entre 10 y 15 t anuales. Entre 2000 y 2011 se otorgaron autorizaciones CITES para la exportación de 867.152 kg de filetes con destino a los Estados Unidos (88,8%) y lo restante a las islas de Curazao y Aruba. Se destaca en el periodo la gran importancia obtenida por el mercado de perlas que alcanzó las 7.814 unidades teniendo como principal destino a Japón (87,7%), seguido por Suiza (10,7%) y los Estados Unidos (1,5%), y cuyas exportaciones (entre 2000 y 2003) duplicaron en valor a las de filete (Prada et al., 2009). Respecto a las conchas se exportaron 4.910 unidades con destino principal Vietnam (83,7%), seguido de Japón (15,9) y Francia (0,4%) (Tabla 2). 6. Sistemas de Colección de Datos: Estadísticas, Investigaciones y Evaluación del Stock En el ASPC las estadísticas de desembarque entre 1985 y 2003 fueron depuradas gracias a una alianza entre autoridades pesqueras, ambientales, la academia y la industria, y desde entonces se mantienen actualizadas. La realización periódica de investigaciones con gran cubrimiento espacial (más de 500 estaciones de muestreo en 10 atolones) ha permitido generar bases de datos con valores de densidad y abundancia de juveniles y adultos en cada banco. Las evaluaciones de stock y estimados de cuotas de pesca han contado con la asesoría del Dr. Richard Appeldoorn, Universidad de Puerto Rico. También se cuenta con evaluaciones para el Caribe continental de Colombia para las áreas de La Guajira y los PNN Corales de Rosario y San Bernardo (Tabla 3). Estudios biológicos se han llevado a cabo sobre el ciclo reproductivo anual y su posible atenuación debido a un parasito presente en la glándula digestiva (Castro et al. 2007). Además se estudio la conectividad y diversidad genética diferenciando cuatro stocks genéticos en el Caribe Colombiano (Márquez et al., Sin publicar). Recientemente se iniciaron estudios sobre abundancia de larvas, y se estructuró un modelo de corrientes para entender su influencia en la distribución larvaria (Lonin et al., 2011). Estudios sobre parásitos y bacterias potencialmente patógenas asociadas al caracol se encuentran en curso (Márquez et al., Sin publicar), así como un estudio sobre los patrones de movimiento del caracol asociado al hábitat mediante telemetría acústica. 7. Consideraciones Finales El nuevo modelo de manejo pesquero, con alto nivel de precaución, implementado por Colombia viene contribuyendo significativamente a la conservación y recuperación del caracol en diferentes zonas del ASPC. Sin embargo, la creciente presión de la pesca ilegal que afecta a todo el Caribe Suroccidental se constituye en una gran amenaza que sólo podrá ser contrarrestada con una mayor y eficaz cooperación regional, incluyendo los países productores e importadores. Los altos niveles de restricción adoptados por Colombia, tanto en el ASPC como en el Caribe Continental, tienen fuertes repercusiones sociales y económicas, principalmente para los pescadores artesanales, por lo que es necesario implementar proyectos alternativos para estas comunidades que faciliten la adopción de las medidas de conservación y recuperación.

Literatura Citada Ballesteros, F.; García-Valencia, C.; Rueda, M.; Gómez, K. y L.S. Mejia. 2007. Abundancia y caracterización de la pesquería del caracol pala Strombus gigas (Mollusca: Strombidae) en el Archipiélago de San Bernardo, Caribe colombiano. Proceedings of the Gulf and Caribbean Fisheries Institute 58: 393397. Castro, E.; Frenkiel, L.; Baqueiro, E. y D. Aldana. 2007. Atypical reproductive cycle of the Queen Conch Strombus gigas (Mollusca: gastropoda). Proceedings of the Gulf and Caribbean Fisheries Institute 58: 443-450. Castro, E.; Rojas, A.; Prada, M.; Forbes, T.; Lasso, J. y M. Manrique. 2011. Estado actual de las poblaciones del caracol Strombus gigas en el sector norte del área marina protegida Seaflower. Reporte Técnico. Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Coralina. Universidad Nacional de Colombia. San Andrés isla, 23p. Forbes, T.; Prada, M. y E. Castro. 2012. Estado actual del caracol Strombus gigas en la zona externa al AMP Seaflower, Colombia. Reporte Técnico. Global Reef Expedition. Coralina. Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. San Andrés isla, 12p. Gómez-Campo, K.; Rueda, M.; García-Valencia, C.; Ballesteros, F. y L.E. Mejía. 2007. Densidad y distribución de la estructura poblacional de Strombus gigas Linnaeus, 1758 (Mollusca: Strombidae) asociada a diferentes hábitats en el Archipiélago Nuestra Señora del Rosario, Caribe colombiano. Proceedings of the Gulf and Caribbean Fisheries Institute 58: 399-405. Lonin, S.; Prada, M. y E. Castro. 2011. Simulación de larvas de caracol pala Strombus gigas en la Reserva de Biosfera Seaflower, Caribe Occidental colombiano. Boletín Científico CIOH 28: 156-166. Medley, P. 2005. Manual for the monitoring and management of queen conch. FAO Fisheries Circular. No. 1012. 58p. Mora, O. 1994. Análisis de la pesquería de caracol pala (Strombus gigas L.) en Colombia. In: Appeldoorn, R.S. and B. Rodríguez (Eds). Queen Conch biology, fisheries and mariculture. Fundación Científica Los Roques. Caracas, Venezuela, 137-144. Nieto-Bernal, R.; Rodríguez, A.; Chasqui, L.; Castro, E. y D.L. Gil-Agudelo. 2011. Distribucion y abundancia de las poblaciones de gasterópodos de importancia comercial en la Guajira, Caribe Colombiano. INVEMAR-. Gobernación de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Serie Documentos Generales de INVEMAR No. 46. Santa Marta, Colombia. 32p. Prada, M.: Castro, E.; Taylor, E. Puentes, V. & N. Daves. 2009. Non detriment findings for the Queen Conch in Colombia. NOAA Fisheries – Blue Dream Ltd (eds). San Andres Island, Colombia. 51p. Prada, M. y Castro, E. 2009. Memorias del Taller para el Mejoramiento del Manejo Colaborativo y el Control del Caracol en el Caribe Sur-Occidental. San Andrés isla, Colombia, julio 28-31, 2008. 236p. Valderrama B., M., S. Hernández B. 1999. Determinación de la abundancia del recurso caracol de pala Stombus gigas en los bajos Serrrana, Serranilla, Roncador y Quitasueño como base para la definición de cuotas de pesca en el Archipiélago de San Andrés y Providencia, Caribe Colombiano. Reporte Técnico INPA, 16 pp.

Figura 1. Áreas que han soportado algún nivel de pesca de caracol en los últimos 40 años.

Figura 2. Desembarques de caracol (t) en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina

Tabla 1. Regulaciones pesqueras especificas para el caracol pala en Colombia. Acto Administrativo Resolución INDERENA 1977 Declaración Conjunta EE.UU y Colombia, 1987 Tratado Vásquez Saccio 1972 Acuerdo INDERENA No. 007 de 1990 Resolución INPA No. 179 de 1995 Resoluciones Ministerio de Agricultura desde 1997 Acuerdo JUNDEPESCA No.004 de 2005 Acuerdo de Co-manejo del Caracol en ASPC (20 de diciembre de 2007). Fallo Acción Popular de enero de 2008, Tribunal Administrativo de San Andrés y Providencia

Regulación Cierre pesquería archipiélagos Nuestra Señora del Rosario y San Bernardo. Veda permanente Banco Quitasueño (ASPC). Prohíbe la captura de juveniles (

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