Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc...)

ACTA INFORMATIVA: AUXILAR ADMINITRATIVO/A 1. LUGARES DE TRABAJO Localización: Instalaciones y pasillos. Causas: Posibles falta de orden y limpieza e

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ACTA INFORMATIVA: AUXILAR ADMINITRATIVO/A 1. LUGARES DE TRABAJO Localización:

Instalaciones y pasillos.

Causas: Posibles falta de orden y limpieza en los centros de trabajo. 020. Caída de personas al mismo nivel 060. Pisadas sobre objetos.

Riesgo:

Medida Preventiva: Se mantendrán las instalaciones y pasillos en las mejores condiciones de orden y limpieza, libres de obstáculos. Se deberán mantener siempre las superficies de trabajo secas y exentas de sustancias resbaladizas. Orden y limpieza diaria de los equipos y demás herramientas de trabajo, de forma que éstos se encuentren siempre en el lugar habilitado para los mismos. Las operaciones de limpieza y mantenimiento se realizarán con las maquinas desconectada de la red eléctrica. Los materiales que no se estén utilizando se deberán almacenar en lugares que no entorpezca el trabajo, eliminando del centro todos los útiles y maquinaria que no se utiliza. Las vias de paso deberán estar libres de materiales y objetos, por ejemplo la de acceso a vestuario y aseo. El empresario deberá llevar a cabo una política de seguridad y salud que garantice un buen sistema de orden y limpieza en el centro de trabajo, la cual consista en atribuir la responsabilidad a un trabajador por cada zona, encargado de establecer los objetivos, así como de vigilar el cumplimiento de los mismos. Evitar siempre que sea posible los suelos mojados y resbaladizos. Si tiene que andar sobre cualquiera de ellos: - Reduzca la velocidad - Acorte los pasos - Mantenga sus pies ligeramente de puntillas - Haga giros amplios. Localización:

Estanterías

Causas: Inspecciones de estanterías 030.Caídas de objetos por desplome y derrumbamiento 040.Caídas de objetos desprendidos 070.Choques contra objetos inmóviles

Riesgo:

Medida Preventiva: - Asegurar unas inspecciones diarias que detecten anomalías fácilmente visibles tales como: elementos deformados, defectos de verticalidad, debilitamiento del suelo, falta de gatillos de seguridad, cargas deterioradas etc. y proceder a su reparación inmediata. Cada año se deberá hacer una revisión completa del estado de las estructuras y actuar en consecuencia. Todas las observaciones relativas al estado de las estructuras y suelo son aconsejables que sean consignadas en un registro en el que se harán constar, fecha, naturaleza de la anomalía registrada, trabajos hechos para remediarla y su fecha. - También se deberán consignar informaciones relativas a las cargas. Los objetos depositados no deben sobrepasar los límites perimetrales, altura y peso máximo. Localización:

Vías y salidas de evacuación

Causas: Posible colocación de materiales en la vías de evacuación Riesgo:

200. Incendios

Medida preventiva: Las zonas de paso, salidas y vías de circulación de los lugares de trabajo y, en especial, las salidas y vías de circulación previstas para la evacuación en casos de emergencia, deberán permanecer libres de obstáculos de forma que sea posible utilizarlas sin dificultades en todo momento Las puertas de emergencia deberán abrirse hacia el exterior y no deberán estar cerradas, de forma que cualquier persona que necesite utilizarlas en caso de urgencia pueda abrirlas fácil e inmediatamente. Las vías y salidas de evacuación, así como las vías de circulación que den acceso a ellas, no deberán estar obstruidas por ni ngún objeto de manera que puedan utilizarse sin trabas en cualquier momento. Estarán prohibidas las puertas específicamente de emergencia que sean correderas o giratorias. Las puertas situadas en los recorridos de las vías de evacuación deberán estar señalizadas de manera adecuada. Se deberán poder abrir en cualquier momento desde el interior sin ayuda especial. Cuando los lugares de trabajo estén ocupados, las puertas deberán poder abrirse. Las vías y salidas específicas de evacuación deberán señalizarse conforme a lo establecido en el Real Decreto 485/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de señalización de seguridad y salud en el trabajo. Esta señalización deberá fijarse en los lugares adecuados y ser duradera. Las vías y salidas de evacuación, así como las vías de circulación que den acceso a ellas, no deberán estar obstruidas por ni ngún objeto de manera que puedan utilizarse sin trabas en cualquier momento. Las puertas de emergencia no deberán cerrarse con llave. En caso de avería de la iluminación, las vías y salidas de evacuación que requieran iluminación deberán estar equipadas con iluminación de seguridad de suficiente intensidad. Localización:

BOTIQUIN

Causas: Reposición del botiquín del centro de trabajo. Riesgo:

Organizacional (Atención en caso de accidente)

Medida preventiva: El material de primeros auxilios se revisará periódicamente y se irá reponiendo tan pronto como caduque o sea utilizado, que contenga desinfectantes y antisépticos autorizados, gasas estériles, algodón hidrófilo, venda, esparadrapo, apósitos adhesivos, tijeras, pinzas y guantes desechables. Localización:

Instalación eléctrica

Causas: Mantenimiento de la instalación Riesgo: Medida preventiva:

150. Contactos eléctricos directos o indirectos

La instalación eléctrica de los lugares de trabajo deberá ajustarse a lo dispuesto en su normativa específica. En todo caso, y a salvo de disposiciones específicas de la normativa citada, dicha instalación deberá satisfacer las condiciones que se señalan en los siguientes puntos de este apartado. La instalación eléctrica no deberá entrañar riesgos de incendio o explosión. Los trabajadores deberán estar debidamente protegidos contra los riesgos de accidente causados por contactos directos o indirectos. La instalación eléctrica y los dispositivos de protección deberán tener en cuenta la tensión, los factores externos condicionantes y la competencia de las personas que tengan acceso a partes de la instalación. Localización:

Aparatos Aire Acondicionado

Causas: Revisiones periódicas de loa aparatos aire acondicionado.

Riesgo:

310.- Exposición a contaminantes biológicos.

Medida preventiva: Deben limpiarse periódicamente los filtros, conductos y demás circuitos del aparato de aire acondicionado periódicamente. 2. SEGURIDAD EN MAQUINAS Localización:

Equipos de trabajo.

Causas: Mal mantenimiento de los equipos de trabajo. 100. Cortes por objetos o herramientas. 120. Atrapamientos por o entre objetos. 150. Contactos eléctricos directos. 160. Contactos eléctricos indirectos.

Riesgo:

Medida preventiva: El empresario informara que la máquina se desconecta de la corriente eléctrica en operaciones de ajuste o reparaciones y del manual de instrucciones de las mismas. Antes de acometer las operaciones limpieza, mantenimiento y sustitución de componentes debemos proceder a consignar los equipos de trabajo, es decir a separarlos de sus fuentes de energía (desenchufarlos) y asegurarnos que todos sus órganos móviles están parados antes de intervenir. En ningún caso inutilizaremos protecciones de la máquina. - Se debe de comunicar a ESTUDIOS TECNICOS EN RIESGOS LABORALES, S.L. la adquisición de la compra de nuevos equipos de trabajo Localización:

Equipos de trabajo.

Causas: Ausencia de marcado C.E. Falta manual de instrucciones. Deficiencias en los equipos de trabajo Riesgos organizacionales

Riesgo:

Medida preventiva: El empresario deberá acreditar documentalmente la existencia de la "declaración CE de conformidad" respecto de las máquinas anteriores a 1995. En caso de que no pueda acreditar documentalmente tal extremo respecto de las anteriores máquinas, se seguirá el siguiente procedimiento para adecuarlas conforme a la normativa vigente: Contactar con el fabricante de la maquinaria, o su representante legal en España, para que aporte la declaración de conformidad de las máquinas antes mencionadas, o en su caso, el examen CE de cada una de las máquinas. El empresario deberá tener los manuales de instrucciones de los equipos de trabajo e informar a los trabajadores sobre su uso y funcionamiento. En el caso de no poder justificar lo anterior, se recomienda contactar con un Organismo Autorizado para que verifique dicha adecuación de las maquinas o equipos de trabajo. Las operaciones de mantenimiento de las máquinas y demás equipos de trabajo serán realizadas siempre por personal debidamente autorizado, siguiendo estrictamente las instrucciones del fabricante y con los motores parados. Localización:

Normas generales de la maquinaria

Causas: Posible manejo de maquinaria sin haber recibido las instrucciones de seguridad pertinentes.

Riesgo:

Riesgos organizacionales

Medida preventiva: Antes de usar la máquina el trabajador deberá conocer su manejo y adecuada utilización. Esta operación se repetirá para cada una de las máquinas que utilice el trabajador. Se dotará a las máquinas de todas las protecciones necesarias y en no efectuar operaciones de mantenimiento o reparación con la máquina en funcionamiento. Prestar atención a taludes, terraplenes, zanjas, líneas eléctricas y cualquier otra situación que pueda entrañar peligro. No efectuar reparaciones que puedan entrañar peligro. Comunicar cualquier anomalía en el funcionamiento de la máquina al jefe más inmediato. Cumplir las instrucciones de mantenimiento. Localización:

Mantenimiento preventivo de la maquinaria

Causas: Establecimiento programa de mantenimiento

Riesgo: Medida preventiva:

Riesgos organizacionales

El responsable de mantenimiento elaborará un programa de mantenimiento que conste de los siguientes puntos: Cada equipo o conjunto de equipos idénticos dispondrán de un libro de registro del programa de revisiones a realizar en cada uno de ellos, en el que se recogerán los trabajos de mantenimiento y reparación realizados. Para ello, estarán identificados los elementos y las partes críticas de los equipos objetos de revisión y los aspectos concretos a revisar. Se dispondrán de hojas de revisión mediante cuestionarios de chequeo específicos para facilitar el control de los elementos y aspectos a revisar, en donde el personal indicará las actuaciones y la fecha de revisión así como los responsables de realizarlas. Las hojas de revisión cumplimentadas, así como los registros de los trabajos realizados, se guardarán en las propias unidades funcionales. Se diferenciarán, en función de la frecuencia requerida, las diferentes actuaciones, bien sea de verificación de estándares o bien porque se traten de tareas específicas. Cada actividad de mantenimiento preventivo estará debidamente codificada. Se registrarán en algún lugar destinado a tal efecto. Resultados de las revisiones preventivas: cuando en el curso de una revisión se detecten anomalías, estas deberán ser notificadas. Obviamente, siempre que sea posible se repararán inmediatamente o se programará su solución. Localización:

EQUIPOS DE TRABAJO

Causas: Comunicación de adquisición de nuevos equipos de trabajo, vehículos de empresa, etc…

Riesgo:

Organizacional Probabilidad

Nivel de riesgo

B

Consecuencias M

A

LD

Estimación de riesgo D

x

ED

x

T

TO

M

I

IN

x

Medida preventiva: - Cuando la Empresa adquiera cualquier Equipo de trabajo, vehículos de empresa, etc., se deberá comunicar a ESTUDIOS TECNICOS EN RIESGOS LABORALES, S.L., para proceder a la evaluación de los mismos. Localización:

MAQUINARIA

Deficiencia detectada: Posible falta de información en el uso de la maquinaria Medida correctora: - Disposiciones mínimas generales aplicables a los equipos de trabajo:  Los órganos de accionamiento de un equipo de trabajo que tenga alguna incidencia en la seguridad deberán se claramente visibles e identificables y cuando corresponda, estar indicado con señalización.  La puesta en marcha de un equipo solamente se podrá efectuar en una acción voluntaria sobre un órgano de accionamiento previsto a tal efecto  Cada equipo de trabajo deberá estar provisto de un órgano de accionamiento que permita su parada total en condiciones de seguridad  Cualquier equipo de trabajo que entrañe riesgo de caída de objetos o de proyecciones deberá estar provisto de dispositivos de protección adecuados a dichos riesgos.  Cualquier equipo que entrañe riesgo por emanación de gases, vapores o líquidos o por emisión de polvo deberá estar provisto de dispositivos adecuados de captación o extracción cerca de la fuente emisora correspondiente.  Si fuera necesario por seguridad y salud de los trabajadores, los equipos de trabajo y sus elementos deberán estabilizarse por fijación o por otros medios.  En los casos que exista riesgo de estallido o de rotura de elementos de un equipo que pueda afectar significativamente a la seguridad o a la salud de los trabajadores deberá adoptarse las medidas de protección adecuadas.  Cuando los elementos móviles de un equipo de trabajo pueda entrañar riesgos de trabajo por accidente mecánico, deberán ir equipados con resguardos o dispositivos que impidan el acceso a las zonas peligrosas o que detengan las maniobras peligrosas antes del acceso a dichas zonas.  Las zonas y puntos de trabajo o mantenimiento de un equipo de trabajo deberán estar adecuadamente iluminadas en función de las tareas a realizar.  Las partes de un equipo de trabajo que alcancen temperaturas elevadas o muy bajas deberán estar protegidas contra los riesgos de contacto o la proximidad de trabajo.  Los dispositivos de alarma de los equipos deberán ser perceptibles y compresibles fácilmente y sin ambigüedades.  Todo equipo de trabajo deberá ser adecuado para proteger a los trabajadores expuestos contra riesgos eléctricos  Todo equipo que entrañe riesgo de vibración, ruido o radiaciones deberá disponer de las protecciones o dispositivos adecuados para limitar, la generación y propagación de estos agentes físicos. *TODOS LOS TRABAJADORES EN EL USO DE CUALQUIER EQUIPO DEBERÁN ESTAR INFORMADO DEL MANEJO DEL MISMO, DEL MANTENIMIENTO ADECUADO, DEL PROCESO DE LIMPIEZA, DEL USO DE LAS PROTECCIONES Y DE TODO AQUELLO QUE SE CREA NECESARIO PARA EL PUESTO, USANDO PARA ELLO LAS INSTRUCCIONES QUE SE DESARROLLAN EN LOS MANUALES DE CADA EQUIPO. *CADA TRABAJADOR DEBERÁ DESARROLLAR LAS TAREAS PARA LAS QUE HA SIDO CONTRATADO NO DEBIENDO EJERCER OTRAS DISTINTAS A SU PUESTO, EVITANDO ASI PROVOCAR RIESGOS INNECESARIOS DEBIDO AL DESCONOCIMIENTO. 3. INSTALACION ELECTRICA Localización:

Cuadros eléctricos

Causas: Comprobación periódica de la protección diferencial.

Riesgo:

150. Contactos eléctricos directos. 160. Contactos eléctricos indirectos. 190. Explosiones 200. Incendios.

Medida preventiva: Mantener la Identificación de cada uno de los interruptores que aparecen en el interior del cuadro eléctrico mediante etiquetas identificativas. Así como su señalización. Mantener el cuadro eléctrico siempre cerrado. Comprobar periódicamente mediante el pulsador TEST (una vez al mes), la protección diferencial. Localización:

Instalación eléctrica

Causas: Existencia de sobrecarga de enchufes.

Riesgo: Medida correctora:

150. Contactos eléctricos directos. 160. Contactos eléctricos indirectos. 200. Incendios.

- Se eliminará la sobrecarga de enchufes, así como los empalmes y conexiones estarán siempre aislados y protegidos. - Todas las bases de enchufes y clavijas de conexión estarán bien sujetas, limpias y no presentarán partes activas accesibles, cuando estén conectadas. - Todas las masas con posibilidad de ponerse en tensión por avería o defecto, estarán conectadas a tierra. - Los receptores portátiles protegidos por puesta a tierra, tendrán las clavijas de enchufe sujetas y aisladas. - Los empalmes se realizarán siempre con medios mecánicos, nunca con cinta aislante. - Se procurará que los cables no discurran por el suelo, sino mediante regletas habilitadas. Solamente podrán realizar los trabajos de instalación, reparación y mantenimiento de instalaciones eléctricas las personas debidamente autorizadas y formadas de la empresa de mantenimiento. - En caso de utilizar alargaderas se recomienda que los cables vayan aéreos, bajando a los puestos de trabajo por paredes u columnas. Localización:

Transformador de alta tension

Causas: Carece de cortafuegos el foso de recogida del aceite del transformador. 150. Contactos eléctricos directos. 160. Contactos eléctricos indirectos. 190. Explosiones 200. Incendios.

Riesgo: Medida preventiva:

Colocar en el foso de recogida del aceite de transformador un cortafuegos estableciendo tabiques de separación de acuerdo a la MIE RAT 14 4. PROTECCION CONTRA INCENDIOS Localización:

EXTINTORES

Causas: Realización de revisión trimestral y anual de los extintores.

Riesgo:

200.- Incendios.

Medida preventiva: - Se deberá realizar una verificación trimestral y semestral de los extintores dejando constancia escrita de dichas inspecciones. Las inspecciones serán realizadas de la siguiente manera: - Extintores de Incendios: Trimestralmente: Comprobación de accesibilidad, precintos y mangueras Verificar el estado de carga (peso y presión y botellín de gas) Anualmente serán realizadas las revisiones establecidas por el RD 1492/1993 –modif. OM 16-04-1998) por personal especializado del fabricante, instalador o empresa de mantenimiento autorizada. Una empresa autorizada realizará cada cinco años: Retimbrado de los extintores. El mantenedor de los sistemas de extinción, tiene la obligación de informar por escrito al titular de los sistemas contra incendios que no ofrezcan garantías del correcto funcionamiento, presenten deficiencias que no puedan ser corregidas durante el mantenimiento o no cumplan las disposiciones vigentes. El mantenedor deberá entregar una copia del documento al titular donde justifique que ha realizado las operaciones de mantenimiento, la fecha en la que han sido realizadas, resultado o incidencias, elementos sustituidos y todo aquello que considere oportuno para el buen funcionamiento de los sistemas y además comunicar la fecha en que corresponde realizar las operaciones de mantenimiento periódicas. Como todo equipo a utilizar en caso de emergencia deberá acompañarse de una política de mantenimiento que asegure su perfecto estado en todo momento, gracias a lo cual su utilización obtendrá las máximas garantías de éxito. Localización:

EXTINTORES (MODULO BACHILLERATO)

Causas: Falta de extintores.

Riesgo:

200.- Incendios.

Medida preventiva: Se colocaran extintores de 9kg Polvo ABC en el modulo de bachillerato a 15 metros lineales uno del otro, y a una altura máxima de 1.70 metros respecto del suelo. Extintor de 5 Kg. CO2 con eficacia mínima 34B junto cuadro eléctrico. Localización:

MEDIOS DE EXTINCION

Causas: Mantenimiento de los medios de extinción.

Riesgo: Medida correctora:

200.- Incendios.

Se deberá realiza una verificación trimestral y semestral de los distintos medios de extinción dejando constancia escrita de dichas inspecciones. Las inspecciones serán realizadas de la siguiente manera: 

Bocas de Incendio Equipadas (BIEs) Trimestralmente: Comprobación de la buena accesibilidad y señalización de los equipos. Comprobación por inspección de todos los componentes, procediendo procediendo a Desenrollar la manguera en toda su extensión y accionamiento de la boquilla caso de ser de Varias posiciones. Comprobación, por lectura del manómetro, de la presión de servicio. Limpieza del conjunto y engrase de cierres y bisagras en puertas del armario. Anualmente: Desmontaje de la manguera y ensayo de esta en lugar adecuado. Comprobación del correcto funcionamiento de la boquilla en sus distintas posiciones y del sistema de cierren. Comprobación de la estanquidad de los racores y manguera y estado de las juntas Comprobación de la indicación de manómetro con otro de referencia (patrón ) acoplado en el racor de conexión de la manguera. Cada cinco Años: la manguera debe ser sometida a una presión de prueba de 15kg/cm2



Sistemas automáticos de detección y alarma de incendios: Trimestralmente: Comprobación de funcionamiento de las instalaciones (cada fuente de suministro). Sustitución de pilotos, fusibles, etc. Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornas, reposición de agua destilada,etc...) Anualmente: Verificación integral de la instalación. Limpieza del equipo de centrales y accesorios. Verificación de uniones roscadas o soladas. Limpieza y reglaje de relés. Regulación de tensiones e intensidades. Verificación de los equipos de transmisión de alarma. Prueba final de la instalación con cada fuente de suministro eléctrico.  Sistemas Fijos de Extinción Trimestralmente: Comprobación de las boquillas de extintores y rociadores. Comprobación de los componentes: válvula de prueba, mandos, etc.). Comprobación del estado de carga del sistema Limpieza general de todos los componentes  Sistema de abastecimiento de agua contra incendios: Anual: mantenimiento de motores y bombas de acuerdo con el fabricante. Limpieza de filtros y elementos de retención de suciedad en alimentación de agua. Prueba de estado de carga de baterías y electrolito de acuerdo con las instrucciones del fabricante. Prueba, en las condiciones de recepción, con realización de curvas de abastecimiento con cada fuente de agua y de energía. Anualmente serán realizadas las revisiones establecidas por el RD 1492/1993 –modif. OM 16-04-1998) por personal especializado del fabricante, instalador o empresa de mantenimiento autorizada. Localización:

MEDIOS DE EXTINCION

Causas: Mantenimiento de los medios de extinción.

Riesgo:

200.- Incendios.

Medida correctora: Se deberá realiza una verificación trimestral y semestral de los distintos medios de extinción dejando constancia escrita de dichas inspecciones. Las inspecciones serán realizadas de la siguiente manera: 

Sistemas manual de alarma de incendios: Trimestralmente: Comprobación de funcionamiento de la instalación (con cada fuente de suministro). Mantenimiento de acumuladores (limpieza de bornas, reposición de agua destilada, etc...) Anualmente: Verificación integral de la instalación. Limpieza de sus componentes. Verificaciones de uniones roscadas o soldadas. Prueba final de la instalación con cada fuente del suministro eléctrico.  Sistemas fijos de extinción (rociadores de agua, agua pulverizada): Trimestralmente: Comprobación de que las boquillas del agente extintor o rociadores están en buen estado y libres de obstáculos Para su funcionamiento correcto. Comprobación de buen estado de los componentes del sistema, especialmente de La válvula de prueba en los sistemas de rociadores, o los mandos manuales de la instalación de los sistemas de polvo, o agentes extintores gaseosos. Comprobación del estado del estado de carga de la instalación de los sistemas de polvo, anhídrido carbónico, o hidrocarburos halogenados y de botellas de gas impulsor cuando existan. Comprobación de los circuitos de señalización, pilotos, etc. , en los sistemas con indicaciones de control. Limpieza general de todos los componentes. Anualmente: Comprobación integral, de acuerdo con las instrucciones del fabricante o instalador, incluyendo en cada caso: Verificación de los componentes del sistema, especialmente los dispositivos de disparo y alarma. Comprobación de la carga de agente extintor y del indicador de la misma (medida alternativa del peso o presión). Comprobación del estado del agente extintor. Prueba de la instalación en las condiciones de su recepción. Anualmente serán realizadas las revisiones establecidas por el RD 1492/1993 –modif. OM 16-04-1998) por personal especializado del fabricante, instalador o empresa de mantenimiento autorizada. 5. MEDIDAS DE EMERGENCIA

Localización:

Situaciones de emergencia

Causas: Ausencia de Plan de emergencia y Evacuación

Riesgo:

200. Incendios.

Medida correctora: Los trabajadores deberán ser informados, formados, conocer y llevar a cabo las indicaciones del Plan de Autoprotección de que dispone la empresa, conforme a lo establecido en el Artículo 20 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, debiendo estar compuesto dicho Plan de Autoprotección de cómo mínimo de los siguientes documentos: 1.- Evaluación del riesgo. 2.- Medidas de protección, 3.- Plan emergencia. 4.-Implantación del mismo y planos específicos de acuerdo a la normativa, en el que se analicen las posibles situaciones de emergencia y se prevean las medidas necesarias a adoptar en materia de primeros auxilios, lucha contra incendios y evacuación de los trabajadores, designando para ello al personal encargado de poner en práctica éstas medidas y comprobando periódicamente, en su caso, su correcto funcionamiento. Localización:

Alumbrado de emergencia

Causas: Revisión periódica del alumbrado de emergencia.

Riesgo:

200. Incendios.

Medida preventiva: Se deberá comprobar de forma periódica el correcto funcionamiento de cada una de las luminarias del alumbrado de emergencia de las instalaciones. Periódicamente se debe realizar una prueba de funcionamiento de las luces de emergencia con el fin de comprobar su perfecto estado de mantenimiento. Localización:

Centro de trabajo

Causas: Mantenimiento de carteles de señalización de emergencia y evacuación

Riesgo:

200. Incendios.

Medida preventiva: Se deberá comprobar periódicamente que los carteles de señalización de emergencia y evacuación están dispuestos correctamente. Localización:

Recorridos de evacuación.

Causas: Inspecciones periódicas de los recorridos de evacuación y puertas de salida al exterior.

Riesgo:

200. Incendios.

Medida preventiva: Se deberá realizan inspecciones periódicas de los recorridos de evacuación comprobando que los caminos o vías de evacuación están libres de obstáculos. Se deberá realizan inspecciones periódicas de las puertas de salida al exterior comprobando que las mismas permanezcan abiertas. En caso negativo, las llaves estarán localizadas. Se deberá realizan inspecciones periódicas la empresa para ver si dispone de la relación de teléfonos de urgencia (Bomberos, Policía, Ambulancias...), comprobando que se encuentran en un lugar visible. Los teléfonos se deberán actualizar periódicamente si fuese necesario y comprobaciones que en los accesos existe un ejemplar del Plan de Autoprotección. 6. APARATOS A PRESION Localización:

CALDERA

Causas: - Revisiones Periódicas y Documentación de la Instalación de la Caldera-Quemador. 190. Explosivos. 200. Incendios. Medida preventiva: - El operador de caldera será el encargado de vigilar, supervisar, conducir y mantener la caldera, debiéndose cumplir que: Riesgo:

a)

Los operadores, de calderas con un P*V>50, estén en posesión de un carnet de operador industrial de calderas.

b)

Los operadores, de calderas con un P*V< ó = 50, serán instruidos en la conducción de las mismas por el fabricante, el instalador o por el usuario, si dispone de técnico competente.

- El usuario de la Caldera dispondrá de Normas de Seguridad y mantenimiento proporcionada por fabricante o instalador. En la Sala de Calderas existirá a disposición del Encargado de calderas: Manual de instrucciones de calderas, Manual de instrucciones del Quemador, Manual de Instrucciones del Equipo de Tratamiento de Agua, dirección y teléfono del parque de bomberos más próximo y del servicio técnico. - El Usuario llevará un Registro, visado y sellado por la Delegación de Industria donde se recogerá el nombre del operador de calderas, características de la caldera, procedencia, suminisrador, fechas de pruebas, de inspecciones no oficiales y de reparaciones. - Las Inspecciones oficiales se realizarán a los 5 años de entrada en servicio, a los 10 años y posteriormente cada 3 años. Con independencia de las inspecciones oficiales, los usuarios deberán hacer examinar sus aparatos una vez, al menos cada año y harán constar los resultados de éstas inspecciones en el Libro de Registro respectivo. Se dispondrá de los equipos de protección individual necesarios para garantizar la seguridad y salud del operador de calderas ante una posible fuga de CO. * Las exigencias en cuanto a medidas de seguridad quedarán, en cualquier caso, sujetas al Reglamento de Aparatos a Presión en su MIE-AP1. NOTA: La empresa, aporta el proyecto de la instalación de la caldera. 7. INSTALACIONES FRIGORIFICAS 8. INSTALACIONES PETROLIFERAS

Localización:

Depósitos Gas-oil

Causas: Ausencia de contrato de para revisiones y pruebas de los depósitos de almacenamiento de liquido combustible 190. Explosivos. 200. Incendios.

Riesgo:

Medida preventiva: Presentar ante ESTUDIOS TECNICOS EN RIESGOS LABORALES, S.L. el Proyecto técnico y certificado final de obra para el depósito en Interior > 3000 litros de capacidad (15.000 litros) que contenga Memoria descriptiva y cálculos, Planos, Mediciones-Presupuesto, Pliego de condiciones y Plan de ejecución de obras. El Titular de la Instalación mantendrá en correcto estado de funcionamiento y será responsable del cumplimiento de los requisitos técnicos y de seguridad que la misma establece. El Titular de la Instalación deberá solicitar la actuación de las empresas instaladoras, mantenedoras o conservadoras, a fin de revisar y comprobar, dentro de los plazos que se señalan, el correcto estado y funcionamiento de los elementos, equipos e instalaciones, según los requisitos y condiciones técnicas o de seguridad exigidos por los reglamentos o normas que sean de aplicación. De los resultados de las revisiones se emitirán los certificados que serán conservados por el Titular. En instalaciones que requieren proyecto se realizarán cada cinco años, las revisiones y pruebas correspondientes. En instalaciones enterradas se realizarán además las siguientes pruebas: 1. Protección activa para tanques y grupos de tanques con capacidad global hasta 60000 litros cada dos años. 2. Tanques de doble pared con detección automática de fugas no será necesario la realización de pruebas periódicas de estanqueidad. 3. En tanques enterrados en cubeto estanco con tubo buzo, no será necesario la realización de pruebas periódicas de estanqueidad. El personal de la instalación comprobará al menos semanalmente la ausencia de producto en el tubo buzo. 4. A los tanques que no sean ni 2 ni 3, se les realizará una prueba de estanqueidad. 5. Las tuberías deberán ser sometidas cada cinco años a una prueba de estanquidad (la primera se realizará a los diez años de su instalación o reparación) - Se inspeccionarán cada diez años aquellas instalaciones que necesiten proyecto que será realizada por un Organismo de Control Autorizado. Localización:

Depósitos Gas-oil

Causas: Ausencia de contrato de para revisiones y pruebas de los depósitos de almacenamiento de liquido combustible 190. Explosivos. 200. Incendios.

Riesgo:

Medida preventiva: Deberá solicitar la actuación de la empresas instaladoras, mantenedoras, o conservadoras de nivel correspondiente a la instalación, a fin de revisar y comprobar, cada diez años, el correcto estado y funcionamiento de los elementos, equipos e instalaciones, según los requisitos y condiciones técnicas o de seguridad por los reglamentos y normas que sean de aplicación. Del resultado de la revisiones se emitirán, por ellas, las correspondientes certificados, informes, o dictámenes debidamente diligenciados, los cuales serán conservados por el titular a disposición de la Administración que lo solicite. 9. INSTALACIONES GLP Localización:

Instalación de gas propano

Causas: Mantenimiento periódico de la Instalación de propano.

Riesgo:

190. Explosiones

Medida correctora: El titular de la instalación deberá disponer de: - Autorización de la instalación y puesta en servicio por parte del Ministerio de Industria y Energía. - Certificado de inspecciones realizadas. - Libro de mantenimiento. - Contrato de mantenimiento suscrito con una empresa instaladora autorizada. 10. APARATOS DE ELEVACION Localización:

ASCENSORES

Causas: Mantenimiento periódico de las revisiones efectuadas al ascensor

Riesgo:

120. Atrapamiento por o entre objetos.

Medida correctora: - El propietario o, en su caso, el arrendatario de un aparato de elevación y manutención, ha de cuidar de que éste se mantenga en perfecto estado de funcionamiento, así como impedir su utilización cuando no ofrezca las debidas garantías de seguridad para las personas o las cosas. A estos efectos, tendrá que cumplir las siguientes obligaciones: a) Realizar el mantenimiento y revisiones de la instalación con empresa inscrita en el Registro de Empresas Conservadoras existente en el correspondiente órgano territorial competente de la Administración Pública. b)

Solicitar a su debido tiempo la realización de las inspecciones periódicas que establezcan las ITC.

c) Tener debidamente atendido el servicio de las instalaciones, a cuyo efecto dispondrá, como mínimo, de una persona encargada del aparato si así se estableciera en la ITC correspondiente. d)

Impedir el funcionamiento de la instalación cuando, directa o indirectamente, tenga conocimiento de que la misma no reúne las debidas condiciones de seguridad.

f) Facilitar a la empresa conservadora la realización de las revisiones y comprobaciones que está obligada a efectuar en su aparato elevador o de manutención.

11. PRODUCTOS QUIMICOS Localización:

Productos químicos.

Causas: No se dispone de las fichas de seguridad 170. Contactos con sustancias cáusticas y/o corrosivas 180. Exposición a sustancias nocivas o tóxicas

Riesgo:

Medida correctora: - Almacenar los productos de limpieza en el interior de un armario protegido con llave. - La empresa deberá disponer de las fichas de seguridad de aquellos productos que utilice e informar a los trabajadores. - Guardará dichas fichas de forma que estén a disposición de los trabajadores, para el conocimiento de sus riesgos y medidas de actuación en caso de intoxicación Localización:

Productos químicos.

Causas: No se dispone de las fichas de seguridad 170. Contactos con sustancias cáusticas y/o corrosivas 180. Exposición a sustancias nocivas o tóxicas

Riesgo:

Medida correctora: - El empresario o el encargado de cada zona de trabajo en la que se utilicen productos químicos, deberá informar a los trabajadores del contenido de las fichas de seguridad, de forma que conozcan perfectamente cuales son los riesgos a que están expuestos, así como las medidas de prevención y protección en cada caso. - La información de las mismas será facilitada a los trabajadores de la siguiente manera: - Facilitar una copia a cada trabajador (conservando el empresario los recibís) - Exponer las fichas en un tablón de consulta general, o bien archivarlas en una carpeta ubicada en el mismo puesto de trabajo en el que se utilizan tales productos de forma que los trabajadores puedan tener acceso en todo momento. Todos los productos que utilicen los trabajadores deberán estar dispuestos en sus envases originales, garantizado su correcto etiquetado. Si se cambiaran de envase, se deberán etiquetar de forma clara y permanente, indicando su contenido. Localización:

Productos químicos.

Causas: No disponen de Fichas de datos de seguridad de los productos químicos utilizados. 170. Contactos con sustancias cáusticas y/o corrosivas 180. Exposición a sustancias nocivas o tóxicas

Riesgo:

Medida correctora: Solicitar las Fichas de Datos de Seguridad de todos los productos químicos utilizados (disolventes, pinturas, etc.) Las fichas de datos de seguridad deberán estar a disposición de los trabajadores. En base a las Fichas de Datos de Seguridad se identificarán y clasificarán los productos químicos de acuerdo a sus características. Estudiar la sustitución de productos, cuando las características toxicológicas del agente justifiquen la búsqueda de alternativas a las sustancias químicas utilizadas. Es necesario el empleo de los siguientes Equipos de Protección Individual: Gafas de montura integral, Guantes con resistencia a productos químicos, mecánica y con estrías antideslizante, y calzado con resistencia a la absorción. Se deberá garantizar la ausencia de atmósferas explosivas debido a la emanación de vapores por falta de orden y limpieza de los envases, mal almacenamiento o vertidos accidentales. Se deberán mantener herméticamente cerrados todos los envases. Se deberán retirar los recipientes de recogida de goteos de los envases, ya que contribuyen a derrames accidentales y generan atmósfera explosiva. Las operaciones de limpieza con sustancias inflamables o corrosivas deben realizarse con la debida precaución: ventilación, control de posibles focos de ignición, disponibilidad de medios materiales idóneos, etc. 12. SEÑALIZACION DE SEGURIDAD Localización:

ZONAS DE ALMACENAMIENTO PRODUCTOS QUÍMICOS.

Causas: Ausencia de señalización. 170. Contactos con sustancias cáusticas y/o corrosivas 180. Exposición a sustancias nocivas o tóxicas

Riesgo:

Medida correctora: Colocar en la puerta del almacén de productos químicos, un letrero que indique: 

“Almacén de productos químicos” y el símbolo de advertencia de "materias tóxicas y corrosivas".

Localización:

ASCENSOR

Causas: Ausencia de señalización.

Riesgo: Medida correctora:

200.- Incendios.

Señalizar en las puertas de entrada al ascensor con un cartel indicativo:

Localización:

PUNTO DE REUNION

Causas: Ausencia de señalización.

Riesgo:

200.- Incendios.

Medida correctora: - Se deberán señalizar el punto de reunión mediante la siguiente señal:

Seguir indicaciones del Plan de Emergencia y Evacuación Localización:

Recorridos de Evacuación

Causas: La Empresa no tiene señalizado los Recorridos de Evacuación.

Riesgo:

200.- Incendios.

Medida correctora: Deberá señalizarse con esta señal los recorridos de evacuación.

Localización:

DEPOSITOS GAS-OIL

Causas: Ausencia de señalización de prohibición en el taller

Riesgo:

200.- Incendios.

Medida correctora: Ubicar señalización de prohibición “prohibido fumar, encender fuego y Prohibido El Paso” en la puerta de entrada taller.

Localización:

SALA DE CALDERAS

Causas: Ausencia de señalización. 190. Explosiones. 200. Incendios.

Riesgo:

Medida correctora: Se señalizará la sala de calderas con la siguiente señalizaciones de prohibición y peligro:

Prohibido fumar y/o encender fuego

Materias inflamables

13. CONTRATACIÓN /SUBCONTRATACIÓN Localización:

Coordinación Actividades Empresariales.

Causas: Posible presencia de Empresas realizando trabajos en el Centro de Trabajo, o subcontratación de sus servicios para otras tareas.

Riesgo:

Organizacional

Medida Preventiva: 1. El Empresario Titular de “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO” adoptará las medidas necesarias para que aquellos otros empresarios y trabajadores autónomos que desarrollen actividades en su Centro reciban la INFORMACIÓN y las Instrucciones adecuadas para que les permita realizar su actividad de modo seguro. El Titular de la empresa “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO”, debe entregar a las Empresas que desarrollen trabajos en su Empresa la siguiente documentación: Riesgos existentes en el Lugar de Trabajo. Medidas de prevención y protección que existan. Actuaciones que estén previstas para los supuestos de emergencia. El Titular o encargado de la empresa, donde desarrollen tareas los trabajadores de “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO” debe entregar la siguiente documentación e informar: Riesgos existentes en el Lugar de Trabajo. Medidas de prevención y protección que existan. Actuaciones que estén previstas para los supuestos de emergencia. Las Empresas firmarán el correspondiente Recibí de la Información facilitada por la empresa “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO” 2. A la misma vez, el Titular de la Empresa “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO”, deberá solicitar a las Empresas con las que haya contratado algún tipo de servicio la siguiente documentación: Contrato con un Servicio de Prevención Ajeno de Riesgos Laborales. Formación del trabajador. Vigilancia de la Salud. 3. La Documentación a la que se refiere el Punto 2, será solicitada a todas las Empresas con las que tengan contratadas algún tipo de Servicio. 4. Se deberá cumplir el Protocolo de actuación ante situaciones de subcontratas y empresas de trabajo temporal indicado en el plan de prevención de la empresa. Localización:

Embarazadas

Causas: Posible contratación de mujeres embarazadas, así como tareas desarrolladas durante y después del periodo de gestación

Riesgo:

Organizacional

Medida Preventiva: - La evaluación deberá comprender la determinación de la naturaleza, el grado de duración y de la exposición de este colectivo, a agentes, procedimientos o condiciones de trabajo que puedan influir negativamente en su salud de las trabajadoras o del feto, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico. 1. Si los resultados de la evaluación relevasen un riesgo para la seguridad y salud, o una posible repercusión sobre el embarazo o la lactancia de las citadas trabajadoras, el empresario debe adoptar las medidas necesarias para evitar la exposición a dicho riesgo: Adaptar, en su caso, las condiciones o el tiempo de trabajo a la trabajadora afectada. Evitar la realización del trabajo nocturno o del trabajo a turnos, cuando resulte necesario. La trabajadora deberá disponer de asientos e incluso algún lugar donde poder descansar o reposar en posición horizontal, con la debida discreción. 2. Cambio de puesto o función diferente y compatible con su estado: Cuando la adaptación de las condiciones o del tiempo de trabajo no resulta posible o, a pesar de tal adaptación, las condicio nes de un puesto de trabajo pueden influir negativamente en la salud de la trabajadora o el feto. Cuando así lo certifique los servicios médicos del INSS o de las Mutuas, con el informe médico del Servicio Nacional de Salud, que asista facultativamente a la trabajadora. A estos efectos, el empresario deberá determinar, previa consulta con los representantes de los trabajadores, la relación de los puestos de trabajo o función diferente y compatible con su estado. 3. Se podrá declarar el paso de la trabajadora a la situación de suspensión del contrato de trabajo por riesgo durante el embarazo: En caso de que el cambio de puesto no sea técnica u objetivamente posible o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados. Durante el periodo necesario para la protección de su seguridad y salud. Mientras persista la imposibilidad de reincorporarse a su puesto de trabajo anteriormente u otro compatible con su estado. 4. No se podrá actuar sobre los posibles riesgos añadidos en tanto la interesada, no le haya comunicado que se encuentra en uno de los siguientes estados: Embrazada. Situación del futuro ser en el periodo de embarazo. Recién nacido lactante; siempre y cuando se produzca mediante alimentación materna. Localización:

Menores de edad

Causas: Posible contratación de menores de edad.

Riesgo:

Organizacional

Medida correctora: - Antes de la incorporación al trabajo de jóvenes menores de edad de dieciocho años, y previamente a cualquier modificación importante de sus condiciones de trabajo, el empresario deberá efectuar una evaluación de los puestos de trabajo a desempeñar por los mismos, a fin de determinar la naturaleza, el grado y la duración de su exposición, en cualquier actividad susceptible de presentar un riesgo específico al respecto, a agentes, procesos o condiciones de trabajo que puedan poner en peligro la seguridad o la salud de estos trabajadores. - A tal fin, la evaluación tendrá especialmente en cuenta los riesgos específicos para la seguridad, la salud y el desarrollo de los jóvenes derivados de su falta de experiencia, de su inmadurez para evaluar los riesgos existentes o potenciales y de su desarrollo todavía incompleto. - En todo caso, el empresario informará a dichos jóvenes y a sus padres o tutores que hayan intervenido en la contratación, conforme a lo dispuesto en la letra b) del artículo 7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, de los posibles riesgos y de todas las medidas adoptadas para la protección de su seguridad y salud. Localización:

Minusválidos y personas sensibles a determinados riesgos

Causas: Posible contratación personas minusválidas, y personal sensible a determinados riesgos.

Riesgo: Medida correctora:

Organizacional

- El empresario garantizará de manera específica la protección de los trabajadores que, por sus propias características personales o estado biológico conocido, incluidos aquellos que tengan reconocida la situación de discapacidad física, psíquica o sensorial, sean especialmente sensibles a los riesgos derivados del trabajo. A tal fin, deberá tener en cuenta dichos aspectos en las evaluaciones de los riesgos y, en función de éstas, adoptará las medidas preventivas y de protección necesarias. Los trabajadores no serán empleados en aquellos puestos de trabajo en los que, a causa de sus características personales, estado biológico o por su discapacidad física, psíquica o sensorial debidamente reconocida, puedan ellos, los demás trabajadores u otras personas relacionadas con la empresa ponerse en situación de peligro o, en general, cuando se encuentren manifiestamente en estados o situaciones transitorias que no respondan a las exigencias psicofísicas de los respectivos puestos de trabajo. - Igualmente, el empresario deberá tener en cuenta en las evaluaciones los factores de riesgo que puedan incidir en la función de procreación de los trabajadores y trabajadoras, en particular por la exposición a agentes físicos, químicos y biológicos que puedan ejercer efectos mutagénicos o de toxicidad para la procreación, tanto en los aspectos de la fertilidad, como del desarrollo de la descendencia, con objeto de adoptar las medidas preventivas necesarias. Localización:

Coordinación Actividades Empresariales.

Causas: Posible presencia de Empresas realizando trabajos en el Centro de Trabajo, o subcontratación de sus servicios para otras tareas.

Riesgo:

Organizacional

Medida Preventiva: Cuando se actúe como empresa contratista / subcontratista, se deberán cumplir las siguientes obligaciones: Elaborar el Plan de Seguridad y salud (no los subcontratistas). (artículo 7.1 del RDC) Aplicar los principios de la acción preventiva del artículo 15 de la LPRS (art. 11.1.a de RDC), que dependerá de la consecuencia desde el punto de vista del riesgo y de la concreta medida. Cumplir y hacer cumplir a su personal lo establecido en el PSS (art. 11.1.b de RDC). Cumplir la normativa en materia de prevención (art. 11.1.c de RDC). Informar y proporcionar las instrucciones adecuadas a los trabajadores autónomos (art. 11.1.b de RDC). Atender las indicaciones y cumplir las instrucciones del coordinador en ejecución de obra, o en su caso, de la dirección facultativa (art. 11.1.e de RDC). Facilitar a los representantes de los trabajadores copia del plan de seguridad y salud. (artículo 16.3 del RDC). 1.- Cuando la empresa actúa como subcontratista, deberá informarse de las medidas preventivas que se deben adoptar en la propia realización de la fase de obra, solicitando a la empresa contratista una copia del plan de seguridad y salud en obras de Construcción 2.- Cumplir con las medidas propuestas del Plan Seguridad e informar a los trabajadores de dichas medidas preventivas. Localización:

EMPRESAS DE TRABAJO TEMPORAL

Causas: Posible presencia de Empresas realizando trabajos en el Centro de Trabajo, o subcontratación de sus servicios para otras tareas.

Riesgo:

Organizacional

Medidas correctoras: - Previamente a la prestación de los servicios por parte de los trabajadores subcontratados, la empresa “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO” debe asegurarse que:  Que ha sido considerado apto a través de un adecuado reconocimiento de su estado de salud, para la realización de los servicios que deba prestar en las condiciones en que hayan de ser efectuados. (LPRL Art. 22.; RSP Art.37.3)  Que posee las cualificaciones y capacidades requeridas para el desempeño de las tareas que se le encomienden en las condiciones en que vayan a efectuarse y cuenta con la formación necesaria todo ello en relación con la Prevención de los riesgos a los que pueda estar expuesto (LPRL Art. 19 y sus Disposiciones de Desarrollo)  Ha recibido las informaciones relativas a las características propias del puesto de trabajo y de las tareas a desarrollar, a las cualificaciones y aptitudes requeridas y a los resultados de la evaluación de riesgos (R.D.216/99 Art.2)  La empresa “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO” debe impedir el inicio de la prestación de servicios de un trabajador puesto a su disposición, hasta que no tenga constancia del cumplimiento de estas obligaciones.  Informar al trabajador puesto a su disposición de los riesgos para la Seguridad y Salud que existen en “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO”. Informar de la incorporación especificando el puesto de trabajo a desarrollar sus medidas preventivas y la información recibida, tanto los delegados de prevención o a los representantes legales de sus trabajadores y al servicio de prevención ajeno.  Una vez incorporado a “SCOOP DE ENSEÑANZA VIRGEN DEL PASICO” velará por la Seguridad y Salud del trabajador, conforme a lo establecido en R.D.216/99.  Dicha documentación deberá estar a disposición de la Autoridad Laboral competente. Localización:

RECURSO PREVENTIVO

Causas: Obligatoriedad de disponer de recursos preventivos

Riesgo:

Organizacional

Medida correctora: Presencia de los recursos preventivos. De conformidad con el artículo 32 bis de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, la presencia en el centro de trabajo de los recursos preventivos, cualquiera que sea la modalidad de organización de dichos recursos, será necesaria en los siguientes casos: Cuando los riesgos puedan verse agravados o modificados, en el desarrollo del proceso o la actividad, por la concurrencia de operaciones diversas que se desarrollan sucesiva o simultáneamente y que hagan preciso el control de la correcta aplicación de los métodos de trabajo. Como la empresa, en principio, no realiza actividades peligrosas la obligación de designar los recursos preventivos en las distintas obras de construcción que la empresa ejecute r ecaerá tal y como define el artículo 8 apartado 9 “Cuando existan empresas concurrentes en el centro de trabajo que realicen las operaciones concurrentes a las que se refiere el apartado 1.a) de este artículo, o actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales, a los que se refiere el apartado 1.b), la obligación de designar recursos preventivos para su presencia en el centro de trabajo recaerá sobre la empresa o empresas que realicen dichas operaciones o actividades, en cuyo caso y cuando sean varios dichos recursos preventivos deberán colaborar entre sí y con el resto de los recursos preventivos y persona o personas encargadas de la coordinación de las actividades preventivas del empresario titular o principal del centro de trabajo.” Cuando se realicen las siguientes actividades o procesos peligrosos o con riesgos especiales: 1. Trabajos con riesgos especialmente graves de caída desde altura, por las particulares características de la actividad desarrollada, los procedimientos aplicados, o el entorno del puesto de trabajo. 2. Trabajos con riesgo de sepultamiento o hundimiento. 3. Actividades en las que se utilicen máquinas que carezcan de declaración CE de conformidad por ser su fecha de comercializació n anterior a la exigencia de tal declaración con carácter obligatorio, que sean del mismo tipo que aquellas para las que la normativa sobre comercialización de máquinas requiere la intervención de un organismo notificado en el procedimiento de certificación, cuando la protección del trabajador no esté suficientemente garantizada no obstante haberse adoptado las medidas reglamentarias de aplicación. 4. Trabajos en espacios confinados. A estos efectos, se entiende por espacio confinado el recinto con aberturas limitadas de entrada y salida y ventilación natural desfavorable, en el que pueden acumularse contaminantes tóxicos o inflamables o puede haber una atmósfera deficiente en oxígeno, y que no está concebido para su ocupación continuada por los trabajadores. 5. Trabajos con riesgo de ahogamiento por inmersión, salvo lo dispuesto en el apartado 8.a) de este artículo, referido a los trabajos en inmersión con equipo subacuático. Cuando la necesidad de dicha presencia sea requerida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, si las circunstancias del caso así lo exigieran debido a las condiciones de trabajo detectadas.

RIESGOS ESPECÍFICOS DEL PUESTO: AUXILIAR ADMINISTRATIVO/A Peligro Identificado: Posible caída motivada por la presencia de alguno de los siguientes factores: - Suelos irregulares, obstáculos en los pasos y accesos, falta de orden, suelos sucios y resbaladizos. Medidas preventivas: Hacer pasar los cables junto a las paredes. Prestar especial atención a la señalización que informa de riesgos de caídas al mismo nivel Cubrir y señalizar los cables que no puedan ser colocados junto a las paredes. No dejar abiertos los cajones y otros u otros elementos del mobiliario Mantener las vías de acceso y los pasos libres de obstáculos. Prestar especial atención al orden y limpieza. Evitar siempre que sean posibles los suelos mojados y resbaladizos. Si tiene que andar sobre cualquiera de ellos: - Reduzca la velocidad, acorte los pasos, mantenga sus pies ligeramente de puntillas, haga giros amplios.

Peligro Identificado: Posible falta de orden y limpieza Medidas preventivas: Se diseñarán las zonas de paso de acuerdo con el mobiliario, creando zonas de paso con las correctas dimensiones, que permitan el paso de personas. Las zonas de paso deberán tener una anchura mínima de 1 metro. No dejar cables sueltos por la Oficina.

Peligro Identificado: Aristas puntiagudas o cortantes. Utilización de cutters, tijeras, etc. Medidas preventivas: Todos los muebles de la empresa tendrán las aristas redondeadas. No se utilizarán útiles puntiagudos y/o cortantes para usos distintos de aquellos a los que están destinados. Retirar aquellos útiles que estén deteriorados. Guardarlos en su lugar correspondiente para evitar accidentes con los mismos.

Peligro Identificado: Utilización de grapadoras, taladradora, tijeras, etc… Medidas preventivas: No se utilizarán equipos defectuosos. Informar de los equipos averiados. Utilizar equipos que cumplan con la normativa CE. Utilizar los equipos únicamente para la finalidad concebida por el fabricante de los mismos.

Peligro Identificado: Uso de Equipos informáticos. Medidas preventivas: La Instalación eléctrica cumplirá lo dispuesto en el Reglamento electrotécnico de baja tensión. La instalación dispondrá de toma de tierra Evitar limpiar con líquidos cualquier equipo conectado a la red eléctrica. No utilizar los aparatos eléctricos con las manos húmedas o mojadas. Evitar salpicaduras a los equipos conectados a la corriente eléctrica. En caso de calentamiento excesivo: hacer revisar los equipos eléctricos. Evitar el uso de “ladrones” y situar los cables de manera que no puedan ser aplastados, dañados o sometidos a tracción. Mensualmente se comprobará el correcto funcionamiento de los interruptores diferenciales. (botón test).

Peligro Identificado: Contacto con productos que contienen sustancias químicas tales como tintas (de impresora, fotocopiadora, cartuchos de toner, etc.), pegamentos, adhesivos, así como productos de limpieza (lejías, detergentes, sustancias cáusticas, etc). Medidas preventivas: Respetar las indicaciones del fabricante. Cuando existan riesgos de contactos con tintas, utilizar guantes de PVC. Se evitará la respiración de gases nocivos. Exigir al fabricante las fichas de datos de seguridad de los productos. No se realizarán mezclas de productos que no estén expresamente indicadas por el fabricante. Almacenar los productos químicos peligrosos (incluidos los de limpieza) en lugares adecuados, en recipientes cerrados y correctamente etiquetados. Para evitar la acumulación de ozono se utilizará maquinaria con marcado CE y se ubicarán las impresoras y fotocopiadoras en lugares ventilados.

Peligro Identificado: Formación e información sobre del manejo de extintores ni sobre su actuación en caso de emergencia y evacuación. Medidas preventivas: Formar a los trabajadores acerca del manejo de extintores así como de su actuación en caso de emergencia y evacuación. Se deberá realizar un plan de emergencias en común con todas las empresas que se encuentran en el mismo centro de trabajo.

Peligro Identificado: El trabajador utiliza su vehículo para ir al trabajo Medidas preventivas: Observancia de las normas establecidas en el Código de Circulación Vial: - Correcto mantenimiento del vehículo (revisiones, ITV, etc.) - Inclusión en el vehículo de los triángulos de seguridad ante posible avería, chaleco reflectante, así como cualquier otra necesaria en esta materia. - No beba alcohol, ni se medique muchos medicamentos pueden ser peligrosos a la hora de conducir. - Realizar los descansos establecidos. - Se prohíbe el uso del teléfono móvil durante la conducción del vehículo.

Peligro Identificado: Peligros debidos a SERES VIVOS (bacterias, virus, hongos, ácaros del polvo, etc) y SUBPRODUCTOS (restos de insectos, heces y pelos de animales, etc.), debido a limpieza y mantenimiento inadecuado del sistema de aire acondicionado, por agua estancada (bandejas de drenaje, humidificadores, etc), por humedad excesiva del aire o por humedad en paredes, techos, suelos … Medidas preventivas: - Revisión y limpieza, según la legislación vigente, del sistema de aire acondicionado. - Limpieza y mantenimiento adecuado del local.

Peligro Identificado: Exposición a radiaciones producidas por Pantallas de Visualización de Datos o impresoras láser Medidas preventivas: Todos los equipos informáticos que se utilicen dispondrán de marcado CE. Se debe informar a los trabajadores de la correcta utilización de los equipos. Utilizar los equipos únicamente para la finalidad concebida por el fabricante de los mismos. Asegurar un mantenimiento correcto de los distintos equipos (Pantallas de Visualización e impresoras láser).

Peligro Identificado: Adoptar posturas inadecuadas durante las tareas realizadas con PVD´s. Flexión o torsión del cuello al escribir o mirar los documentos. Medidas preventivas: Seguir las siguientes recomendaciones: El puesto de trabajo debe disponer de asiento regulable en altura e inclinación del respaldo. Los pies estarán totalmente apoyados en el suelo. Las rodillas estarán a la misma altura que sus caderas. La mesa de trabajo estará al nivel de su cintura. Siéntese cerca de la mesa para que no tenga que inclinarse. Hacer pequeños descansos reducirá la tensión en todo su cuerpo. Mover los hombros en círculos, encogerse, estirarse y arquearse le activará la circulación y le aliviará la tensión. Variar la rutina de trabajo también le ayudará. Colocar el teclado frente a la pantalla para evitar torsiones innecesarias de tronco y cuello durante la ejecución de las tareas con PVD. Peligro Identificado: Utiliza la Pantallas de visualización de datos durante más de 4 horas. Medidas preventivas: En el Puesto de Trabajo de ADMINISTRATIVO/A se informará del acta de información derivada del estudio ergonómico de la medidas preventivas y recomendaciones a seguir.. La parte superior de la pantalla debe situarse al nivel de los ojos y a una distancia de entre 45-60 cm. desde el borde anterior de la mesa. Conviene colocar un filtro protector para evitar deslumbramientos. De vez en cuando, se recomienda también mirar a alguna imagen a lo lejos y sobre todo, evitar acumular pausas de trabajo para conseguir una más larga. Debe permitir ajustar su contraste y luminosidad y orientarlo a gusto de cada empleado. Respecto a sus dimensiones, lo mínimo son 14 pulgadas y los caracteres tienen que tener como mínimo 7 x 9 pixeles. A continuación daremos una serie de recomendaciones para mantener una postura correcta. Encontrar una posición estable: Trabajar en posiciones incómodas aumenta el riesgo de lesiones en los músculos, tendones, nervios y articulaciones. Estas lesiones se pueden prevenir siguiendo los siguientes consejos: Busque posiciones neutrales para su cuerpo. Relaje los brazos periódicamente dejándolos colgar a los lados. Mantenga sus hombros relajados, el cuello derecho y los codos a los lados. Relaje la espalda alineando las tres curvaturas: Hacia dentro en el cuello. Hacia fuera en el pecho. Y de nuevo hacia dentro en la baja espalda. Evite sentarse mal con los hombros hacia delante, espalda encorvada o demasiado erguida. Ajuste la altura de su silla de tal forma que sus manos estén a unos 5 cm. por encima o por debajo de sus codos. Mantenga los objetos que más utilice al alcance de su brazo. Reduciendo la Tensión de la Espalda: Escoja una silla con respaldo firme y acolchado que se ajuste vertical y horizontalmente. Utilice cojín lumbar o una toalla enrollada si su silla no tiene respaldo lumbar. Ajuste su silla de tal forma que cuando esté sentado: Sus pies estén totalmente apoyados en el suelo. Sus rodillas estén a la misma altura que sus caderas. La mesa de trabajo esté al nivel de su cintura. Siéntese cerca de su mesa para que no tenga que inclinarse. Reduciendo el estrés y la tensión. Use sillas giratorias acolchadas. Coloque el equipo de trabajo cuidadosamente. Coloque la parte superior del monitor al nivel de los ojos. Mantenga sus muñecas en posición neutral. Coloque el teclado a la altura de los codos ligeramente inclinados. Use cojín para apoyar sus muñecas. Utilice un atril para sujetar el texto que tiene que copiar. Reduzca el brillo en los monitores. Use luz indirecta. Instale difusores en las bombillas y use persianas en las ventanas. Ejercite sus ojos periódicamente apartando la vista del trabajo que estén realizando y enfocando directamente objetos Descansos: Hacer pequeños descansos reducirá la tensión en todo su cuerpo. Mover los hombros en círculos, encogerse, estirarse y arquearse le activará la circulación y le aliviará la tensión. Variar su rutina de trabajo también le ayudará.

Peligro Identificado: Posibles situaciones de estrés tales como jornada laboral excesiva ó trabajos no planificados o imprevistos Medidas preventivas: La empresa deberá tener en cuenta las siguientes medidas preventivas, con el fin de reducir o eliminar las situaciones de estrés laboral: Distribuir de forma clara las tareas y competencias. Planificar diferentes trabajos de la jornada teniendo en cuenta una parte de imprevistos. Prever las pausas. Dotar los medios y equipos adecuados No prolongar en exceso la jornada habitual de trabajo y compensarla preferentemente con descanso adicional. Impedir la acumulación de documentos innecesarios a corto plazo sobre las mesas de trabajo. Mejora el entrono de trabajo con plantas, cuadras, música ambiental, etc.

ANEXO: INFORMACIÓN MEDIDAS DE EMERGENCIA 1. ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO 1.1. Precauciones para evitar un incendio en el trabajo 1. Reduzca al mínimo el material combustible en el área de trabajo. Mantenga el material combustible alejado de fuentes de calor o fuentes de ignición. 2. Elimine y no acumule paños, trapos o material de limpieza impregnado de aceite, grasa o gasolina. 3. No invente conexiones eléctricas ni recargue los receptáculos existentes con extensiones. LAS EXTENSIONES ELÉCTRICAS SON UNA MEDIDA TEMPORERA. NO DEBE MANTENER EQUIPO PERMANENTEMENTE ENCHUFADO A UNA EXTENSIÓN. 4. Repare y no utilice equipo con cables pelados o defectuosos. 5. Almacene sólo cantidades absolutamente necesarias de líquidos inflamables y en envases diseñados para esto. 6. No coloque equipo para calentar en cuartos pequeños sin ventilación o donde se almacena material combustible. 7. Si utilizó un equipo y éste permanece caliente, asegúrese de que no lo deja donde haya material combustible. 8. Desconecte todo equipo eléctrico que no esté en uso 9. Preste atención al equipo eléctrico cuando está en uso. No deje sin atender el aceite o las grasas calentándose en la estufa. 10. Evite el sobrecalentamiento del equipo y las conexiones eléctricas. 11. Obedezca los rótulos de “NO FUMAR”. 12. Evite usar velas o lámparas de gas. Mantenga linternas eléctricas para casos de emergencia 1.2. Uso de un extintor portátil PASO 1: descolgar el extintor más cercano al conato de incendio. PASO 2: acercarse al fuego siempre a favor del viento PASO 3: desprecintar el extintor e inclinando ligeramente hacia delante, sujetar la manguera con una mano y con la otra quitar el precinto PASO 4: efectuar un disparo de prueba para comprobar que el extintor funciona correctamente PASO 5: acercarse al conato a una distancia de unos 5 metros y presionar el disparador apuntando con la manguera o lanza difusora a la base de las llamas a la vez que hacemos un barrido en zig-zag. Una vez utilizado el extintor, siempre se procederá a su recarga inmediata, y no se volverá a colgar en su soporte hasta que se encuentre en perfectas condiciones de uso y funcionamiento. 2. EVACUACIÓN DE LOS TRABAJADORES. EQUIPO DE INTERVENCIÓN. Tiene por objeto especificar los distintos niveles de alarma que se pueden presentar y llegado el caso, por la importancia del siniestro, proceder a la evacuación de los trabajadores. Para ello, primero establecemos unas normas generales de actuación y a continuación se procederá a nombrar de entre los trabajadores de la empresa un equipo de intervención que coordine todas las actividades en esta materia. 2.1. Normas generales de actuación: - Una vez localizado el conato de incendio, se deberá intentar sofocarlo con los medios de extinción disponibles, avisando a los bomberos de forma simultánea. - Si no es posible en las primeras tentativas o reviste dificultades, insista inmediatamente a los bomberos, policía y jefe de emergencia. Continúe sofocando el conato hasta el agotamiento de sus medios de extinción. - Inicie su plan de evacuación ordenadamente, acordando la zona de siniestro y evacuando posteriormente el personal y clientes de esa zona, primero, y de las cercanas, después. - Actúe con calma y serenidad; no olvide que la efectividad del plan de evacuación depende fundamentalmente de ello y en gran parte de usted. - Colabore a las órdenes de los bomberos y manténgase en contacto con ellos, informándoles, a su vez, del desarrollo de la operación. 2.2. Funciones del equipo de intervención El equipo de intervención en las medidas de emergencia del centro de trabajo estará formado por el jefe de intervención, jefe de emergencia y jefe de evacuación. Los miembros de este equipo serán designados de entre (que no por) los trabajadores de la empresa, teniendo en cuenta el carácter de permanencia en la misma y la cualificación para poder hacer frente a las funciones asignadas: Las funciones del equipo de intervención son las siguientes:

Instrucciones para el jefe de intervención:

Coordinar y dirigir la lucha contra la emergencia con el equipo o equipos de intervención, siempre bajo las órdenes del jefe de emergencia. Tratar de sofocar el fuego con los medios a su alcance (extintores, bocas de incendio, hidrantes, etc.) Si no existe la posibilidad de extinguir con los medios disponibles, desalojar los materiales combustibles de las zonas adyacentes donde se haya producido la emergencia. A la llegada de los bomberos, colaborar a sus órdenes fundamentalmente con información, no exagerar, ser veraz y concreto. Nunca se debe poner en peligro su seguridad e integridad física. Informar de forma continua al jefe de emergencia de la evolución de la emergencia.

Instrucciones para el jefe de emergencia:

Coordinar el equipo o equipos de intervención Alertar, recibir e informar a las ayudas externas Deberá estar permanentemente localizado. Si el sofocar el incendio le lleva más de tres minutos, ordenará la evacuación parcial o total del centro de trabajo. Redactará un informe indicando las causas del proceso y las consecuencias de la emergencia.

Instrucciones para el jefe de evacuación:

Deberá organizar la salida ordenada de todos los ocupantes del edificio, tratando siempre de tranquilizarlos. Verificará que no quede nadie en las dependencias del centro de trabajo. Una vez acabada la evacuación, dará parte al jefe de emergencia. 3. PRIMEROS AUXILIOS El empresario debe asegurarse de que tiene personas cualificadas en primeros auxilios siempre que haya alguien trabajando en el centro de trabajo. La ayuda de alguien que conoce qué hacer, por ejemplo, frente a una hemorragia, o en el movimiento de un herido, puede significar la diferencia entre la vida y la muerte. El artículo 20 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales establece la obligación legal para los empresarios de dotar con la adecuada provisión de primeros auxilios a su personal en caso de necesidad y el artículo 10 del R.D. 486/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad y salud en los lugares de trabajo prescribe la obligatoriedad de disponer de material y locales necesarios para la prestación de esos servicios. La responsabilidad de actuar en materia de primeros auxilios, deberá recaer en una persona que forme parte del nivel más alto de la organización, la cual se encargará de analizar las posibles situaciones de emergencia y adoptar las medidas necesarias, designando para ello al personal encargado de poner en práctica estas medidas y comprobar su correcto funcionamiento. Esta persona designada deberá tener la formación necesaria y se encargará de tener a disposición los medios adecuados, así como disponer, en un lugar visible, y próximo al teléfono, de un listado que contenga todos los teléfonos de emergencia en caso de que se requiera la intervención de asistencia sanitaria exterior. En caso de que acontezca una emergencia médica de algún trabajador o trabajadores del centro de trabajo, si se trata de un accidente leve, la persona designada pondrá en marcha el mecanismo de los primeros auxilios, con el fin de minimizar sus consecuencias; si se trata de un accidente que necesitara una actuación de personal médico cualificado, se acompañará al accidentado o enfermo al centro médico más próximo; si se tratara de un accidente o enfermedad grave, se avisará al servicio de urgencias más próximo (teléfono 112, ver listado de teléfonos de emergencia), siguiendo estrictamente la persona encargada de los primeros auxilios las instrucciones generales en esta materia, hasta que llegue el personal del servicio de urgencias y se encargue de la asistencia.

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