MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL MANEJO DE PRODUCTOS Y AGENTES QUIMICOS CANCERIGENOS

PDVSA MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL VOLUMEN 1 PDVSA N° HO–H–13 0 OCT.98 REV. FECHA TITULO MANEJO DE PRODUCTOS Y AGENTES QUIMICOS CANCERIGENOS

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PDVSA MANUAL DE HIGIENE OCUPACIONAL VOLUMEN 1

PDVSA N°

HO–H–13

0

OCT.98

REV.

FECHA

TITULO

MANEJO DE PRODUCTOS Y AGENTES QUIMICOS CANCERIGENOS

APROBADA

APROB. Salvador Arrieta



PDVSA, 1983

8 DESCRIPCION FECHA OCT.98

L.T.

PAG. REV. APROB. Edgar Vásquez

C.R.

O.A.

APROB. APROB. FECHA OCT.98

ESPECIALISTAS

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Indice 1 OBJETIVO . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2

2 CAMPO DE APLICACION . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2

3 DOCUMENTOS A CONSULTAR . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

3

3.1 3.2 3.3

Leyes y Decretos Venezolanos . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . COVENIN – Comisión Venezolana de Normas Industriales . . . . . . . . . . . PDVSA – Petróleos de Venezuela . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2 2 2

4 DEFINICIONES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2

4.1 4.2 4.3 4.4 4.5 4.6 4.7 4.8 4.9 4.10 4.11 4.12 4.13 4.14 4.15 4.16 4.17 4.18 4.19

Salud . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Salud Ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Enfermedad Profesional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Equipo de Salud Ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Agente de Riesgo Ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Agente Químico . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Riesgo Ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Concentración Ambiental Permisible (Thereshold Limit Value) . . . . . . . . Cáncer . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Cáncer Ocupacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Exámenes Especiales . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Examen Médico Pre–Empleo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Examen Médico de Riesgo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Identificación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Evaluación . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Control . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Análisis de Riesgo en el Trabajo . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Medidas Preventivas . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . Equipo de Protección Personal . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

2 3 3 3 3 3 3 4 4 4 4 4 4 4 5 5 5 5 5

5 DISPOSICIONES GENERALES . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .

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OBJETIVO Proporcionar a todo el personal de Petróleos de Venezuela una metodología para ser utilizada en los diversos procesos de trabajo donde se utilicen productos y agentes químicos, considerados como cancerígenos o de probabilidad cancerígena, anticipando, reconociendo, evaluando y controlando de manera sistemática y efectiva el riesgo a los trabajadores.

2

CAMPO DE APLICACION Esta norma aplica a todas las áreas operacionales de las Divisiones de Exploración y Producción, Manufactura y Mercadeo, Servicios, otras empresas de PDVSA, Contratistas, Empresas Mixtas y en aquellas Asociaciones y Convenios donde Petróleos de Venezuela tenga alguna participación en todo el territorio nacional.

3

DOCUMENTOS A CONSULTAR 3.1

Leyes y Decretos Venezolanos – Ley Orgánica del Trabajo – Ley Orgánica de Prevención, Control y del Medio Ambiente del Trabajo

3.2

COVENIN – Comisión Venezolana de Normas Industriales 2253 3058 3059 3060 3061

3.3

PDVSA – Petróleos de Venezuela HO–H–01 HO–H–15

4

“Concentraciones Ambientales Permisibles de Sustancias Químicas e Indices Biológicos de Exposición”. “Materiales Peligrosos. Plan de Emergencia que debe Acompañar la Guía de Despacho del Transportista”. “Materiales Peligrosos. Requisitos mínimos que debe cumplir la Hoja de Datos de Materiales no Radiactivo”. “Materiales Peligrosos. Clasificación, símbolos y dimensiones de señales de identificación”. “Materiales Peligrosos. Guía para el Entrenamiento de Personas que Manejen, Almacenes y/o Transportan Materiales Peligrosos”. Guías Funcionales en Salud Ocupacional. Sistema Gerencial de Salud Ocupacional.

DEFINICIONES 4.1

Salud Según la Organización Mundial de la Salud, es el completo bienestar físico, mental y social y no sólo la ausencia de enfermedad en un individuo.

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4.2

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Salud Ocupacional Según la Organización Mundial de la Salud y de la Oficina Internacional del Trabajo, es promover y mantener el más alto grado de bienestar físico, mental y social de los trabajadores en todas las profesiones, evitar el desmejoramiento de la salud causado por las condiciones de trabajo, protegerlos en sus ocupaciones de los riesgos resultantes de los agentes nocivos, ubicarlos y mantenerlos en puestos de trabajo que estén de acuerdo con sus aptitudes fisiológicas y con su actividad mental y en suma, adaptar el trabajo al hombre y cada hombre a su propio trabajo”.

4.3

Enfermedad Profesional Es un estado patológico imputable a la acción de agentes físicos, condiciones no ergonómicas, meteorológicas, agentes químicos, agentes biológicos, factores psicosociales y emocionales, que se manifiesten por una lesión orgánica, trastornos enzimáticos o bioquímicos, trastornos funcionales o desequilibrio mental temporales o permanentes, contraídos en el ambiente de trabajo, por el hecho o con ocasión del mismo.

4.4

Equipo de Salud Ocupacional Es un grupo de Especialistas de diferentes disciplinas que se desempeñan en el área de la salud ocupacional, entre ellos el ingeniero especialista en Higiene Industrial, Seguridad Industrial, Enfermera Ocupacional, Psicólogo, Trabajador Social, Ergónomo, Médico Ocupacional, etc., que funcionan en equipo o individual e integran el trabajo de modo que éste refleje la totalidad del objeto en estudio.

4.5

Agente de Riesgo Ocupacional Son factores del ambiente de trabajo de tipo físico, químico, biológico, condiciones no ergonómicas (disergonómicas) y psicosociales, que pueden ser causa de enfermedad profesional, accidente industrial o molestias en el trabajador.

4.6

Agente Químico Son factores provenientes de la presencia, uso, manejo y disposición de los productos químicos en operaciones y puestos de trabajo, ejemplo de ellos son: gases, polvos, líquidos, vapores, humos y nieblas.

4.7

Riesgo Ocupacional Es la probabilidad que la exposición a agentes físicos, químicos, biológicos, psicosociales o no ergonómicos, causen daño a la salud o integridad del trabajador expuesto.

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4.8

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Concentración Ambiental Permisible (Thereshold Limit Value) Es la concentración promedio ponderada en el tiempo de sustancias químicas en el ambiente de trabajo, por debajo de la cual los trabajadores están expuestos durante ocho (8) horas de trabajo, día tras día, con baja probabilidad de sufrir efectos adversos a la salud.

4.9

Cáncer Tumor maligno formado por la multiplicación desordenada de las células de un tejido o de un órgano y por lo general de pronóstico reservado , también conocido como neoplasia.

4.10

Cáncer Ocupacional Es toda patología maligna donde se demuestra la relación causa – efecto con un proceso de trabajo determinado.

4.11

Exámenes Especiales Son evaluaciones de salud practicados al trabajador y sugeridos por el equipo de salud según necesidades específicas en cada caso.

4.12

Examen Médico Pre–Empleo Es el examen médico practicado a toda persona que vaya a ingresar a trabajar en cualquier área de PDVSA, donde se incluye el examen físico, análisis de laboratorio, prueba de agudeza visual, estudio de espirometría (funcionalismo pulmonar), electrocardiograma de reposo y algún otro exigido por la Gerencia de Salud Ocupacional de acuerdo al área de trabajo y la exposición laboral, permitiendo ofrecer a un individuo sano para el puesto vacante.

4.13

Examen Médico de Riesgo Es el examen médico practicado al trabajador que labora o laborará en un ambiente de trabajo con riesgos específicos (físicos, químicos, biológicos, psicosocial y condiciones no ergonómicas) y que la Gerencia de Salud Ocupacional exija su realización.

4.14

Identificación Es la obtención de información sobre los procesos de operaciones de una planta o instalación, con el objeto de reconocer los factores de riesgo, el personal expuesto y los controles existentes. Desde el punto de vista médico, se basa en el reconocimiento de los efectos a la salud causados por agentes ocupacionales de cualquier índole presentes en el medio laborar y su entorno.

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4.15

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Evaluación Proceso mediante el cual se determina el nivel o intensidad de los factores a través de la utilización de procedimientos y equipos de medición específicos y con base a criterios o normas existentes. Desde el punto de vista médico se apoya en técnicas médicas de exámenes clínicos, paraclínicos, bioestadísticos, epidemiológicos y estudio de las condiciones a que está sometido el trabajador en su puesto de trabajo.

4.16

Control Procedimiento de ingeniería, administrativo y de protección personal, que aplicados individualmente o en conjunto, persiguen minimizar los factores de riesgo hasta niveles considerados como seguros para la salud del trabajador. Desde el punto de vista médico se basa principalmente en la ejecución de los exámenes preventivos, haciendo cumplir los planes y programas de medicina preventiva.

4.17

Análisis de Riesgo en el Trabajo Es una metodología que permite desglosar un trabajo en secuencia de actividades, para facilitar la identificación de riesgos y establecer las medidas preventivas necesarias para evitar accidentes industriales o enfermedades profesionales.

4.18

Medidas Preventivas Son las acciones de seguridad y/o medidas de ingeniería, generales y personales que se deben seguir para proteger al trabajador de los riesgos ocupacionales, evitando accidentes industriales o enfermedades profesionales.

4.19

Equipo de Protección Personal Son todos aquellos dispositivos o accesorios que emplea el trabajador para evitar lesiones por accidentes industriales o enfermedades profesionales.

5

DISPOSICIONES GENERALES Se debe establecer un programa base para el manejo y control de agentes químicos cancerígenos, designando responsabilidades en cada División, Distrito o Departamento, de manera de cumplir con los siguientes lineamientos.

5.1

Inspeccionar y evaluar las áreas industriales para determinar la existencia de productos y agentes químicos cancerígenos y la población trabajadora expuesta (propia y contratada).

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5.2

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Inventariar los productos y agentes químicos cancerígenos. – Cada organización debe elaborar un inventario de los productos y agentes químicos cancerígenos utilizados en su instalación. – El inventario incluirá, todos los productos y agentes químicos cancerígeno que se utilizan o se generen en los procesos operacionales y en los laboratorios.

5.3

Elaborar la Hoja de Información de Productos Químicos (MSDS). – Todo agente químico cancerígeno que se adquiera, se elabore o se utilice, debe estar acompañado de la Hoja de Información de Productos Químicos (MSDS) respectiva, de acuerdo a la norma COVENIN 3059. – Las MSDS de cada producto o agente químico cancerígeno deben ser exigidas a los vendedores, suplidores o fabricantes, quienes deben enviarlas a la organización que compra el producto. Una copia deberá enviarse a Higiene Industrial. – No debe permitirse la utilización de un producto o agente químico cancerígeno si no se dispone de la MSDS respectiva. – PDVSA debe elaborar la MSDS de cada producto o agente químico cancerígeno que manufacture o comercialice, incluyendo los productos intermedios. – La exigencia de las MSDS será responsabilidad de las unidades de compra y la verificación de los datos será responsabilidad de las organizaciones usuarias del producto con la asesoría de Higiene Industrial. – Las MSDS de productos o agentes químicos cancerígenos nacionales e importados deben ser elaboradas en el idioma español. Para los productos importados se anexará la MSDS en el idioma inglés.

5.4

Clasificar los productos y agentes químicos cancerígenos existentes según el esquema de la “International Agency for Research on Cancer” (I.A.R.C.).

5.5

Identificar los Productos y Agentes Químicos Cancerígeno. – Todo contenedor de productos y agentes químicos cancerígeno debe estar identificado con una etiqueta, donde además del nombre se debe colocar como mínimo las propiedades físico químicas, los riesgos inherentes a su utilización, efectos sobre la salud y medidas de precaución a seguir en caso de alguna eventualidad. – El supervisor de una instalación y los trabajadores que en ella laboren deberán identificar los productos y agentes químicos cancerígenos que ingresen a su área de trabajo y tomar en cuenta las advertencias indicadas en las etiquetas. Cuando se ingresen productos nuevos, debe participarse a la Organización de Protección Integral (Función Higiene Industrial).

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5.6

Establecer un procedimiento para la adquisición, uso, manejo, almacenamiento y disposición final de productos y agentes químicos en general.

5.7

Evaluar la exposición a productos y agentes químicos cancerígenos. – PDVSA como parte de un Programa de Salud Ocupacional, debe establecer un subprograma de evaluación de la exposición producida por productos y agentes químicos cancerígenos que constituyan un riesgo para la salud de los trabajadores. (ver PDVSA HO–H–01 “Guías Funcionales en Salud Ocupacional”). – La decisión para iniciar el programa de evaluación de cualquier producto o agente químico cancerígeno debe estar basada en el criterio de “Nivel de Acción”, según lo establecido en la Norma Venezolana COVENIN 2253. – Los resultados del monitoreo personal y de ambientes de trabajo deben mantenerse en los archivos de Higiene Industrial y/o en la historia médica del trabajador por el período que determine la autoridad competente, o lo establecido en el documento PDVSA HO–H–01.

5.8

Establecer prácticas seguras de trabajo. Todas las organizaciones donde se utilicen productos y agentes químicos cancerígenos deben establecer prácticas seguras de trabajo considerando los resultados de la evaluación de riesgos. – Estas prácticas deben incluir la dotación y adiestramiento para el uso y mantenimiento de equipos de protección personal. – Los supervisores deben observar y exigir a los trabajadores el cumplimiento de las prácticas seguras de trabajo.

5.9

Establecer programas de notificación de riesgos para productos y agentes químicos cancerígenos. – Todos los trabajadores que utilicen productos y agentes químicos cancerígenos deben ser notificados de los riesgos que ellos representan para su salud; así mismo, los trabajadores ocupacionalmente expuestos deben ser adiestrados en el manejo seguro de estos productos, cuando: se inician en la organización o instalación donde se utilizan, se requiera la actualización de sus conocimientos o se trate de nuevos productos – El adiestramiento señalado deberá estar acorde con lo establecido en la Norma COVENIN 3061 y con los procedimientos internos existentes. – La notificación escrita al trabajador debe quedar registrada en los archivos correspondientes.

5.10

Establecer programas de vigilancia médica para trabajadores expuestos a productos y agentes químicos cancerígenos, según lo establecido en el documentos PDVSA HO–H–01, que incluya:

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– Identificación de susceptibilidad individual (pre–empleo). – Control médico periódico a la población expuesta, indentificando los signos y síntomas tempranos de lesión, mediante monitorización biológica y genética. – Control bioestadístico y epidemiológico.

5.11

Establecer medidas de control operativa para limitar la exposición de los trabajadores a los productos y agentes químicos cancerígenos, de preferencia sustituyendo estos productos o agentes por otros de peligrosidad reducida o nula, aplicando métodos de ingeniería (sistemas de ventilación, aislamiento, etc.) o implantando medidas para reducir al mínimo el nivel de riesgo, tales como, automatización de proceso y uso de equipos de protección personal, entre otros. – Establecer un plan de emergencia o contingencia local.

5.12

Hacer seguimiento, evaluación, control y actualización en forma permanente del programa base sobre productos y agentes químicos cancerígenos.

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