MATRIMONIO Y DIVORCIO UN PROBLEMA DE INTERPRETACIÓN DEL NT

RICHARD N. SOULEN MATRIMONIO Y DIVORCIO UN PROBLEMA DE INTERPRETACIÓN DEL NT En el camino hacia una teología del matrimonio la reflexión cristiana ti

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RICHARD N. SOULEN

MATRIMONIO Y DIVORCIO UN PROBLEMA DE INTERPRETACIÓN DEL NT En el camino hacia una teología del matrimonio la reflexión cristiana tiene que detenerse y fijar la atención en el tema de la indisolubilidad matrimonial, con las cuestiones adyacentes que plantea el divorcio en el orden de la pastoral (1). Por lo demás, si la teología debe partir siempre de la escritura, el encuadre inicial del problema habrá de darse también --cristianamente hablando-- a la luz del NT. Y esto es precisamente lo que intenta en el presente artículo el autor, teólogo protestante, tomando la cuestión del divorcio como prototipo de un problema más amplio de interpretación del evangelio. Marriage and Divorce. A problem in NT interpretation, Interpretation, 23 (1969) 439450

INTRODUCCIÓN Todos los cristianos coinciden en admitir que Dios se nos ha revelado en Jesús de Nazaret, pero no todos están ya de acuerdo al determinar el contenido de esta revelación. Y es que la comprensión de ésta oscila entre dos diversas perspectivas que podríamos resumir así: la revelación se interpretará de una u otra manera, según sea entendida como información sobre Dios o como experiencia de Dios.

La revelación y el problema de su interpretación Entendida como información sobre Dios, la revelación nos da a conocer el plan de Dios sobre la historia (teología histórico- salvífica), en cuanto que viene a ser -desde un punto de vista equivalente- revelación de unas verdades sobrenaturales: así la entienden la teología católica y, entre los protestantes, la de la Iglesia evangélica. En cambio, entendida como experiencia de Dios -como hace la teología luterana-, la revelación equivale al acontecimiento en el que se experimentan la justicia y la misericordia de Dios; o lo que es lo mismo, a la confrontación del creyente con Dios, como realización de la existencia auténtica (reciente teología existencialista). En nuestra opinión, estas dos perspectivas no deben tomarse nunca como irreconciliables y por separado, sino que han de ser consideradas como las dos caras de una misma moneda. En efecto, aunque el NT no se ocupa en definir la revelación en cuanto tal, la Iglesia primitiva -de la que brotó el mismo NT- se nos manifiesta como consciente de esta doble cara y de estas dos dimensiones de la fe. Los sinópticos y el mismo Pablo son muestras de un claro intento de preservar y transmitir todo lo que habían recibido de parte de Cristo: daban, pues, una información. Mas su intento no apuntaba a un simple conocimiento intelectual de ciertas verdades eternas, sino que a la vez era experiencia de la justicia y misericordia de Dios, siendo ya el mismo kerigma predicado y escuchado como un obrar de Dios. En este sentido, por ejemplo, Heb 4, 2 previene de la inutilidad de "oír" lo que Dios nos dice si no se da la "vida" misma de la fe; y asimismo 1 Jn 2, 4-9 hace depender el conocimiento de Dios de la posesión y expresión de su amor.

RICHARD N. SOULEN El conflicto entre la comprensión de la revelación como información y como acontecimiento aparece también en el NT. Y así, dado que el acontecer mismo de la revelación no puede ser captado y expresado en su realidad viva, nos encontramos con una gran insistencia, por una parte, en la importancia que tiene la vida moral, precisamente como manifestación de esa experiencia salvífica de la fe; y nos encontramos también, por otra parte, con el hecho de que el acontecimiento salvífico se fosiliza en forma de leyes o, acaso menos desacertadamente, en forma de datos (como, por ejemplo, en los relatos de la conversión de Pablo), En este sentido la investigació n moderna, y sobre todo la historia de las formas (Formgeschichte), resulta de gran valor para advertir y comprobar la función de las diversas formas literarias -diálogos, narraciones, parábolas o poemas- de las que se sirvió la comunidad primitiva para comunicar efectivamente la revelación acontecida en Jesucristo.

El tema matrimonio-divorcio como prototipo del problema A través del NT examinaremos ahora las palabras puestas en boca de Jesús sobre el matrimonio y el divorcio, con el fin de descubrir aquellos elementos que influyen en el proceso de transmisión, por parte de la Iglesia, de la revelación que se nos ha dado en Cristo. Y podemos adelantar que encontraremos aquí una serie de frases taxativas y de afirmaciones absolutas que responden a una concepción de Dios como absoluto v de la revelación como información. Pero veremos asimismo cómo estos enunciados absolutos quedan postergados siempre que representan un obstáculo a la comunicación de la misericordia y del amor de Dios. Mantener la tensión entre ambos momentos de la revelación será precisamente nuestro criterio de interpretación en este análisis de las enseñanzas neotestamentarias sobre el matrimonio y el divorcio. Los pasajes en que se atribuyen a Jesús determinadas afirmaciones sobre este tema se encuentran en los sinópticos, pero también Pablo hace referencia a ello en 1 Cor. Ahora bien, puesto que entre todos los textos correspondientes se dan variantes muy notables, será labor del exegeta diferenciar el pensamiento original de Jesús de las añadiduras posteriores. De esta manera podremos descubrir el desarrollo ulterior que han sufrido los logia, así como las fuerzas que intervinieron en el proceso de tradición (o transmisión). A partir de lo cual nos será posible enunciar la doctrina neotestamentaria sobre matrimonio y divorcio, pudiendo determinar la interpretación subyacente.

ANÁLISIS DE LOS TEXTOS DEL NT Mc 10, 2-9 y Mt 19, 3-8: la actitud de Cristo Creemos que la enseñanza original de Jesús sobre el matrimonio se halla en la perícopa de Mc 10, 2-9. En ella se nos presenta a los fariseos preguntando a Jesús, para tentarle, sobre la licitud del repudiar a la esposa: Moisés -se añade- permitió escribir el acta de divorcio y repudiarla. La respuesta de Jesús es taxativa: Por vuestra dureza de corazón os escribió este precepto. Pero desde el comienzo de la creación Dios los hizo varón y hembra: por eso dejará el hombre a su padre y a su madre, y los dos se harán una sola carne. De manera que ya no son dos sino una sola carne. Pues bien, lo que Dios unió no lo separe el hombre (en el lugar paralelo Mt 19, 3-8 recoge la misma enseñanza, con ligeras variantes redaccionales). Se dan en este pasaje aquellos criterios de autenticidad

RICHARD N. SOULEN que admiten hoy la mayoría de los autores: 1) hay una discontinuidad con el pensamiento judaico y con el de la primitiva comunidad cristiana; 2) se da un testimonio múltiple; y 3) hay conformidad con otros dichos de Jesús 2 . El mismo Bultmann ha llamado la atención sobre el carácter auténtico del pasaje. En él, fundamento de la indisolubilidad absoluta del matrimonio, aparece clara la voluntad de Dios sobre hombre y mujer: ambos han de constituir una unidad en la que el divorcio es impensable e innecesario. Esta radicalidad que remite a la voluntad original del creador, en contraposición a la ley mosaica, queda aún más explícitamente expresada en Mt 19, 8: Por vuestra dureza de corazón os permitió Moisés repudiar a vuestras mujeres, pero al principio no fue así. Igualmente taxativo en su forma es el logion -sin paralelo en los otros sinópticos- de Mt 5, 27-28: Habéis oído que se dijo: no cometerás adulterio. Pues yo os digo: todo el que mira a una mujer deseándola, ya cometió adulterio con ella en su corazón. El deseo impuro es considerado aquí como adulterio porque rompe el vínculo singular entre marido y mujer. Semejante afirmación no deja de causar estupor, y la dificultad que la comunidad primitiva tuvo en soportarla explica el que no figure en la ulterior tradición neotestamentaria de la visión que Jesús tenía sobre el matrimonio. Esto argumenta en favor de su autenticidad y nos hace suponer que la actitud de Cristo era absoluta y que nunca fue cambiada por Él. Ahora bien: las interpretaciones dadas a esta enseñanza de Jesús han sido muy diversas. Los Padres de la Iglesia, según Schillebeeckx, consideraron estos textos como revelación de una ley moral: el vínculo matrimonial no debería ser roto; la indisolubilidad es una tarea a realizar personalmente. La teología escolástica, en cambio, a partir de una previa eclesiología basada en Ef 5, interpretó el vínculo matrimonial como algo objetivo y ontológico, como lo es el que une a Cristo con su Iglesia: por tanto, no puede ser disuelto (la Iglesia sólo puede declararlo nulo). Finalmente, para Lutero el matrimonio era simple materia de ley civil, cayendo por completo bajo el dominio de la razón, ya que es imposible tomar las enseñanzas de Jesús como leyes morales o determinaciones prácticas: de interpretarlas así, argumentaba Lutero, todos los hombrees serían adúlteros y asesinos, y la revelación hecha ley sería incompatible con la revelación como manifestación de la misericordia de Dios (a diferencia de ésta, la ley no da vida sino que mata). Desde una perspectiva más actual y, por otra parte, más acorde con la misma actitud de la Iglesia primitiva, podemos reconocer en Cristo a Aquel que nos revela la intención de Dios sobre su creación. Esta visión -acaso más compatible con las contemporáneas "teologías del futuro"- podrá comprenderse mejor haciendo una breve paráfrasis del sermón del monte: Moisés prohibió matar, pero la intención de Dios es que no exista ni la ira; Moisés prohibió adulterar, pero la intención de Dios es que ni siquiera se dé la lujuria... Vistos así, los preceptos de Cristo siguen siendo categóricos: revelan lo que Dios pretende y, por tanto, lo que podemos anticipar en favor de su creación. Los logia son, en cierto sentido, información; pero han de ser escuchados a la vez en esperanza, como promesas de Dios.

Las restantes aportaciones de los sinópticos La unión perfecta de hombre y mujer responde, como hemos visto, a la intención de Dios. Se trata, ahora, pues, de determinar cómo manejaron una tal "información" los

RICHARD N. SOULEN primeros cristianos. Porque, al igual que Marcos (que en los vv 11-12 añade un logion a 10, 2-9), Mateo incluye en el logion del v 9, añadido a 19, 3-8, un inciso que no responde al pensamiento de la perícopa anterior y que, asimismo, contrasta con la radicalidad de la postura de Jesús sobre la que vuelve a insistir en los vv 10-12 3 . Dejando para más adelante el análisis de este inciso de Mt 19, 9 (que se repite en Mt 5, 32), examinemos ahora el logion de Mc 10, 10-12. Ya en casa, los discípulos vuelven a preguntar a Jesús sobre el tema del divorcio. Y Jesús responde: Quien repudie a su mujer y se case con otra, comete adulterio contra ella; y si ella repudia a su marido y se casa con otro, comete adulterio. El segundo enunciado no es más que una aplicación de lo anterior al caso de la mujer, aplicación comprensible en Mc, a quien respalda la Iglesia de Roma, en donde la ley civil está más avanzada -por lo que respecta a la mujer- que en el mundo judío. En relación a la primera frase hay que decir que el logion se daba en una tradición independiente de Mc 10, 2-9 y anterior a la aparición del evangelio de Marcos: el logion paralelo de Mt 5, 32 y Lc 16, 18 que remiten a la fuente común Q así lo confirma. Así pues, con Mt 19, 9 tenemos cuatro redacciones distintas de un mismo logion. Ciertamente no es posible -contra lo que algunos han pretendido- hacerlas remontar todas a Jesús, y acaso haya que contar también con la posibilidad de que ninguna de ellas se remonte a Él. La dificultad de llegar al texto original y al contenido histórico del mismo es aún mayor, dada la gran variedad de interpretaciones que aquí se suscitan. En efecto: ¿a quién se refiere Mc 10, 11 cuando habla de adulterio "contra ella", a la primera o a la segunda mujer? Por su parte, Lc 16, 18 nos dice: Todo el que repudia a su mujer y se casa con otra, comete adulterio; y el que se casa con una repudiada por su marido, comete adulterio. Ciertamente, lo que aquí se significa es que no puede haber parte inocente en una relación de adulterio; pero ¿está ofreciendo Jesús una segunda razón de la indisolubilidad matrimonial a saber, que el divorcio equivale a volverse a casar y esto es adulterio?, ¿o se expresa aquí, más bien, que aun siendo aceptable la separación (de cuerpo y vivienda) sigue estando prohibido el volver a casarse, por ser el matrimonio indisoluble? Esta segunda es la interpretación clásica católica, y según ella se responde también a la anterior pregunta sobre Mc 10, 11 refiriendo el "contra ella" a la primera -y única - esposa. En fin, Mt 5, 32a 4 parece que ha de entenderse como situándose del lado de la mujer repudiada: Todo el que repudia a su mujer..., la expone a cometer adulterio, ahora bien, ¿no es el único sentido de esta frase el suponer que una mujer, al ser repudiada, está forzada por exigencia de la vida a volverse a casar?, ¿o se trata tal vez de una advertencia -primariamente dirigida al marido- de que abandonar a la mujer es inducirla a pecado, pues se la expone a que vuelva a casarse? A pesar de toda esta complejidad, creemos posible una elemental sistematización del contenido auténtico de esta cuadruple formulación del logion, en relación con lo dicho sobre la enseñanza de Jesús en el apartado anterior. Supuesta, en efecto, la actitud de Cristo y contando con que fue coherente en sus diversas afirmaciones sobre el matrimonio, es posible que Jesús haya dicho también que quien repudia a su mujer no sólo peca él (Me 10, 11; Lc 16, 18a), sino que expone a su mujer a pecar (Mt 5, 32a), y que asimismo comete adulterio quien se casa con una repudiada (Lc 16, 18b). Pero decimos que sólo es posible que tales afirmaciones sean auténticamente de Jesús, porque en ellas encontramos el legalismo que ha de enfrentarse con las realidades humanas, más que la expresión de la intención misma de Dios sobre el matrimonio.

RICHARD N. SOULEN Ahora bien, como predicador del tiempo escatológico, Cristo enseñó la que creía ser voluntad última de Dios sobre la creación; y ahí estribaba su autoridad, al no enseñar como cualquiera de los escribas. En este sentido, no puede pensarse en que Jesús fuera ofreciendo adaptaciones circunstanciales de esta voluntad de Dios. Que la actitud de Cristo sobre el matrimonio fue absoluta se confirma, como hemos dicho, en Mt 19, lb-12. Y si Mc 10, 11 disminuye -en vez de reforzar, ante la insistencia de los discípulos- el peso de lo afirmado por Jesús en los vv 2-9, no olvidemos que la colocación del logion responde a una técnica común en Me, por la que se sugiere la secundariedad de dicho logion. Sobre la pregunta que suscitaba Lc 16, 18 acerca de si Jesús contaba con la posibilidad de una separación sin poder volver a casarse, hay que decir que es una cuestión abierta. Si los primeros cristianos, con todo, no pensaban en una tal separación, entonces no se ve por qué se añade el v 9 a Mt 19, 3-8 y los vv 10-12 a Mc 10, 2-9. En nuestra opinión, la separación sin ulteriores nupcias fue una concesión de la primitiva Iglesia, más allá de la enseñanza del mismo Jesús.

1 Cor 7, 10-16: palabras del Señor y actitud de Pablo. Que la separación matrimonial fue de hecho practicada en el seno de la primitiva comunidad, es algo indudable. Diez o más año s antes de que se escribiera el evangelio de Mc (y el doble de tiempo antes de la aparición de los evangelios de Mt y Le), Pablo escribía ya a los corintios respondiendo a preguntas de los gentiles conversos y hacía referencia a las enseñanzas de Jesús sobre el matrimonio. Así, en 1 Cor 7, 10-11: En cuanto a los casados, les ordeno, no yo, sino el Señor: que la mujer no se separe del marido (mas en el caso de separarse, que no vuelva a casarse, o que se reconcilie con su marido) y que el marido no despida a su mujer. ¿Responde este texto -todo él- al pensamiento mismo de Jesús? Las traducciones diferirán (por ejemplo, en la puntuación) según se responda a esta pregunta. Por nuestra parte, creemos que lo expresado entre paréntesis corresponde al propio Pablo y no a Jesús 5 . La razón es que Jesús no podía haber hablado de la ira como asesinato, ni del deseo como adulterio, si no hubiese entendido la misma separación como divorcio. Dándose, por lo demás, en Cristo la revelación de la voluntad de Dios sobre la creación, la enseñanza de Jesús debía ser absoluta y no una adaptación circunstancial (éste sería el caso de la separación matrimonial) de un absoluto: como tal adaptación no podría ser universalmente aplicable. Así pues, es Pablo quien recomienda la separación sin segundas nupcias como una solución aceptable a una situación matrimonial sin salida. Si Pablo toma esta decisión, se debe a su intento de reconciliar la intención de Dios con su misericordia. Y no atribuyendo a Jesús lo que es aportación del apóstol, se evita absolutizar una concesión históricamente condicionada. Que esto corresponda a la intención de Pablo se ve más claro si consideramos lo que nos dice en los vv 12-16 sobre el matrimonio entre cristianos y no-cristianos: Digo yo, no el Señor: si un hermano tiene una mujer no creyente... y si una mujer tiene un marido no creyente..., si la parte no creyente quiere separarse, que se separe; en ese caso el hermano o la hermana no están ligados. Para vivir en paz os llamó el Señor...

RICHARD N. SOULEN Lo que aquí tiene realmente importancia es que Pablo, conocedor de la intención de. Dios -revelada en Cristo- sobre la indisolubilidad matrimonial, opta por salvar la paz entre los desavenidos, en cuanto que ésta es expresión de la misericordia divina que Pablo ha experimentado en sí mismo como perdón. Su experiencia de la misericordia se impone, pues, a su explícito conocimiento de la voluntad de Dios (conocida a través de la ley o de las enseñanzas de Cristo).

Mt 5, 32 y 19, 9: el inciso sobre la "porneía" ¿No es también lo anterior una explicación válida para el inciso que Mt 19, 9 añade al logion encontrado en Mc 10, 11 y en Q (Mt 5, 32; Lc 16, 18) ? Advirtamos, con todo, que Mt no se esfuerza por diferenciar sus propias palabras de las de Jesús, al contrario de lo que hemos podido descubrir en Pablo. Mt atribuye, pues, a Jesús el que esté permitido el divorcio en caso de adulterio 6 . ¿Por qué introduce Mt esta excepción? Diferenciándose una vez más de lo que ha hecho Pablo, Mt no da razón alguna. Pero es evidente que si adapta las enseñanzas de Cristo a su propia comunidad, es porque -como insinúa Schlatter- en el mundo judío la idea de seguir viviendo con una mujer adúltera era algo "obsceno y absurdo": En efecto, en los círculos menos afectados por el helenismo, el adulterio seguía siendo un pecado imperdonable, sancionado con la lapidación. Por eso, la imagen que Oseas había aplicado a Israel para expresar la incondicionalidad de la alianza por parte de Dios, es la de la mujer adúltera. Pero Mt no habla del amor de Dios, sino del amor humano y; en este caso, sus lectores veían incompatible el adulterio con el vínculo matrimonial. Cuando se da aquél, el esposo (en la perspectiva judaica no entraba como posible el caso de la esposa) se acoge a la bondad de Dios y no simplemente al conocimiento de su voluntad. Podemos preguntarnos si Mt, al comunicar la revela ción dada en Cristo, escoge manifestar la bondad de Dios a expensas de la claridad sobre la misma intención divina. Acuciado por esta pregunta, Bornkamm increpa a Mt porque, con su actitud, reintroduce en el ámbito de la ley lo que Jesús había establecido en yuxtaposición a ella: a saber, la voluntad de Dios. Pero, en nuestra opinión, lo que Mt ha pretendido no es dar una nueva legislación, sino tan sólo hacer comprensible la buena nueva a quienes, como los judeocristianos, eran incapaces de vivir con mujeres adúlteras. Así, Mt va más allá de sus fuentes de información y permite el nuevo matrimonio implicado en el divorcio por causa de adulterio, y sólo por esta causa. Siendo experimentada, en cambio, semejante circunstancia de un modo totalmente distinto en el mundo helénico, el adulterio no fue aceptado allí como justificación del divorcio: Pablo, Mc y Lc así lo muestran.

EL NT Y SU INTERPRETACIÓN DOCTRINAL La doctrina del NT sobre el matrimonio Resumamos ahora la doctrina neotestamentaria sobre el matrimonio y el divorcio, según lo obtenido en el análisis precedente de los textos del NT sobre el tema.

RICHARD N. SOULEN a) Jesús reveló que la intención de Dios sobre la creación era que el matrimonio había de constituir una unidad perfecta e inquebrantable. b) La Iglesia paulina, incapaz de vivir esta enseñanza como ley, permitió el divorcio en los matrimonios entre creyentes y no creyentes, en bien de la paz. Entre cristianos, permitió también la separación -sin ulteriores nupcias- y es de suponer que lo hizo asimismo para salvaguardar la paz. c) La Iglesia de Mc, en Roma, permitió igualmente la separación (acaso siguiendo a Pablo) sin segundas nupcias, y extendió la advertencia contra el divorcio a las mujeres, en razón de la avanzada legislación civil romana. d) Por último, Mt permitió entre los judeo-cristianos de Antioquía el divorcio y segundas nupcias, en el caso de que la mujer hubiera cometido adulterio. En otras circunstancias, sólo la separación sin casarse de nuevo.

Interpretación teológica subyacente La dinámica que descubrimos en la transmisión de la revelación acontecida en Cristo puede considerarse como fruto de una tensión entre dar a conocer la voluntad de Dios sobre la vida humana y el deseo de comunicar a la vez su perdón y amor, comprobados por la experienc ia como más importantes que la ley. Así, la comunidad primitiva no interpretó las enseñanzas de Jesús como ley absoluta e intocable -según se deduce de la libertad con que las trataron-, sin que esto nos permita acusar a los sinópticos o a Pablo de falsear la tradición. Todos, a su manera, procuraron conservarlo que era la intención de Dios, adaptándola al mismo tiempo a las diferentes situaciones históricas. Para nosotros, pues, ser fieles a la escritura significa mantener este mismo espíritu de libertad y no presentar -como tampoco lo hicieron ellos- decisiones históricamente condicionadas como verdades reveladas, a título de ley eterna. Pero precisamente es hacer esto, por ejemplo, permitir la separación y no el divorcio, o permitir éste pero no el casarse de nuevo. Lo fundamental es convencernos de que el evangelio que predicamos es buena nueva (es decir, paz) para quienes lo escuchan. Esto nos hará recordar que es la vida humana y no verdades sobrenaturales- lo que llevamos entre manos, y que el evangelio debe ser, al menos, bueno. Decir esto no es caer en el relativismo. Porque únicamente en el contexto de la intención de Dios sobre el hombre, tal como se nos revela en Jesucristo, puede definirse lo que es el bien.

RICHARD N. SOULEN Notas: 1 cfr. a este propósito el artículo de Ch. Duquoc, Matrimonio: Amor e institución, SELECCIONES DE TEOLOGIA, 32 (1969) 285-294. Por ser una cuestión íntimamente vinculada con el esfuerzo actual por alcanzar una mejor comprensión teológica del matrimonio, el problema pastoral del divorcio -objeto de no pocos artículos recientesnos ha parecido merecedor de una particular atención, como complemento a la anterior aportación de J. Ratzinger sobre el matrimonio. De ahí que presentemos ahora un grupo de artículos, encabezado por el de Soulen --que nos remitirá a los otros--, sobre el tema (N. del E.). 2 cfr. el artículo de I. de la Potterie: Cómo plantear hoy el problema del Jesús histórico SELECCIONES DE TEOLOGIA, 33 (1970) 32-33 (N. del E.) 3 Sobre Mt 19, 10-12, cfr. el articulo de Q. Quesnell, en este mismo número, pp 265-271 (N. del E.). 4 Como ya se ha dicho, se prescinde por ahora del inciso peculiar de Mt, tanto en 5, 32a como en 19, 9: salvo el caso de «porneía». Sobre Mt 19, 9 digamos que coincide literalmente --quitado dicho inciso-- con Lc 16, 18a. Mt 5, 32b coincide a su vez ron Lc 16, 18b. Esto nos ahorra, pues, duplicar las citas (N. del T.). 5 El autor remite aquí a los indicios que la traducción de la Revised Standard Version le ofrece, al dar una puntuación determinada, en favor de su interpretación. Acaso sea útil para nosotros comprobar la diferente construcción gramatical de la Vulgata y del original griego. La primera parece destacar semejante interpretación, no así el texto griego (N. del T.). 6 Sobre la traducción del término griego porneía en el inciso de Mt, seguimos la interpretación del autor. La cuestión, su complejidad y las diferentes interpretaciones que ha suscitado serán objeto, precisamente, de la Noticia complementaria que sigue al presente artículo (N. del 13.). Tradujo y condensó: SANTIAGO RIBAS JOSÉ MANUEL UDINA

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