Ministerio de Agricultura y Ganadería Servicio Fitosanitario del Estado Departamento Administrativo Financiero Unidad Financiera

Ministerio de Agricultura y Ganadería Servicio Fitosanitario del Estado Departamento Administrativo Financiero Unidad Financiera Rige a partir de Seti
Author:  Juan Toro Padilla

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Ministerio de Agricultura y Ganadería Servicio Fitosanitario del Estado Departamento Administrativo Financiero Unidad Financiera Rige a partir de Setiembre, 2012

DAF-UFI-CT-P-03

Elaborado por: Jefe Unidad Financiera Rocío Solano Coordinador Contabilidad Virginia Gómez Fecha: Julio, 2012

Políticas generales de Pasivo Revisado por: Jefe Unidad de PCCI. Lic. Adrián Gómez Díaz. Fecha: Julio, 2012

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Aprobado por: Dirección SFE Ing. Magda González Arroyo Fecha: Setiembre, 2012

1. INTRODUCCIÓN Las deudas de una empresa son una fuente de financiamiento que le permiten adquirir bienes de capital, inventarios, pago de nóminas, entre otros. Sin embargo, este financiamiento se debe analizar cuidadosamente, ya que compromete los recursos de la empresa a corto y largo plazo, según sea el caso. Los pasivos generalmente se obtienen de las siguientes fuentes: 

Proveedores (crédito comercial)



Banca



Crédito hipotecario



Crédito refaccionario



Emisión de obligaciones



Factoraje financiero



Almacenes generales de depósito



Préstamos personales

Esta política establece los lineamientos para la administración del pasivo por parte de la Unidad Financiera del Servicio Fitosanitario del Estado.

2. PROPOSITO Establecer las políticas generales del Pasivo que se utilizarán para el registro y valuación de las transacciones, así como su presentación en los Estados Financieros.

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3. ALCANCE Las NICSP se aplicarán en forma obligatoria en el SFE de conformidad con lo establecido en el ordenamiento jurídico y técnico aplicable. 4. MARCO LEGAL Y TÉCNICO Cuadro I. Documentos relacionados o de referencia CÓDIGO

NOMBRE DEL DOCUMENTO O REGISTRO

GC-EX-10

Ley de Control Interno. Ley No. 8292

GC-EX-02

Ley de Protección Fitosanitaria No. 7664. Ley de la Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos. Ley No. 8131, que establece que establece que el Subsistema de Contabilidad Pública es uno de los subsistemas que integran el Sistema de Administración Financiera y

GC-EX-37

faculta a la Dirección General de Contabilidad Nacional (DGCN) a ser el Órgano Rector del mismo con la responsabilidad, entre otras, de proponer las normas generales que regirán el citado subsistema. Decreto Ejecutivo No. 36961-H “Reforma decreto ejecutivo No. 34918 “Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector

GC-EX-45

Público (NICSP), en el Ámbito Costarricense” y el Decreto Ejecutivo No. 34460 “Principios de Contabilidad Aplicables al Sector Público Costarricense”. Decreto Ejecutivo No. 34460-H, del 14 de febrero de 2008, “Principios de Contabilidad Aplicables al Sector Público costarricense”; vigente hasta el 31 de

GC-EX-46

diciembre de 2012. Normas Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (NICSP).

GC-EX-77

El Código de Normas y Procedimientos Tributarios Ley No. 4755

NA

Políticas contables generales basadas en Normas Internacionales de Contabilidad

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Cuadro I. Documentos relacionados o de referencia CÓDIGO

NOMBRE DEL DOCUMENTO O REGISTRO para el Sector Público. Política General de Adopción e Implementación de las Normas Internacionales de

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Contabilidad para el Sector Público (NICSP) Definición de Políticas Contables Generales basadas en Normas Internacionales

DAF-UFI-CT-M-01

de Contabilidad para el Sector Público.

5. POLÍTICA GENERALES DEL PASIVO Registro Se registrarán como pasivos: 

Como pasivos, las obligaciones presentes, surgidas a raíz de sucesos pasados, las cuales se espera cancelar con recursos que incorporan beneficios económicos futuros.



Los pasivos se valuarán por el importe total a pagar convenido sobre las obligaciones contraídas y según realicen los reembolsos del principal se deberán mantener a su costo amortizado.



Como Pasivo no corriente las obligaciones presentes, surgidas a raíz de sucesos pasados, cuyo vencimiento es superior a un ciclo contable.



Como Pasivo corriente las obligaciones presentes, surgidas a raíz de sucesos pasados, cuyo vencimiento es igual o inferior a un ciclo contable y que se espera cancelar con recursos circulantes.

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Como Otros Pasivos las obligaciones presentes, que no se pueden clasificar como pasivos a corto o largo plazo.



Los pasivos contingentes no se reconocerán, por cuanto no existe probabilidad de desprenderse de recursos, o bien el importe de la obligación no puede ser medido con la suficiente fiabilidad. La información relevante de éstos debe ser revelada en notas a los Estados Financieros.



Los pasivos se liquidarán parcial o totalmente cuando se amortice o cancele el monto adeudado.

Presentación En el Estado de Situación Financiera, de acuerdo con su exigibilidad, en el siguiente orden:  Pasivo Corriente  Pasivo no Corriente  Otros Pasivos

En las notas a los estados financieros se revelarán, los pasivos contingentes, su naturaleza, la estimación de sus efectos, identificación de las incertidumbres relacionadas con el importe y la posibilidad de eventuales desembolsos.

6 RESPONSABLES DE LA REVISIÓN DE LA POLÍTICA

6.1 El DAF será la dependencia responsable de mantener actualizadas e implementadas las políticas contables específicas; para lo cual se apoyará en la Dirección y en la Unidad de PCCI para la aprobación de los cambios que pudiesen surgir.

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7 CONTROL DE CAMBIOS Cuadro II. Control de cambios en el documento. No.

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