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MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL Ley de Empleo Juvenil Ferias Binacionales
ISSN 1688-2889 - AÑO 8 - n.° 53 - 2/2013
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Ley de Empleo Juvenil Con el voto unánime de todos los partidos con representación parlamentaria, se aprobó recientemente la Ley de Empleo Juvenil que beneficiará, en su primer año de implementación, a unos cinco mil estudiantes. La Ley tiene por objeto promover el trabajo decente de los y las jóvenes, vinculando el empleo, la educación y la formación profesional desde la perspectiva de los derechos fundamentales. El ministro de Trabajo, Eduardo Brenta, ha señalado la relevancia de esta norma y la ha calificado como una de las más importantes aprobadas en este período de gobierno, entre otras cosas porque facilita la vinculación de los jóvenes al mercado de trabajo, manteniendo el nexo entre el trabajo y el estudio. A su vez, el jerarca destacó que «estos programas benefician a las empresas que ofrezcan posibilidades a los jóvenes que estudien». «Para nosotros es clave mantener el vínculo de la educación y el trabajo, porque no queremos que un mercado laboral como el actual, con un fuerte demanda de mano de obra, que desvincule a los jóvenes de la educación». Para fortalecer dicho vínculo, la Ley prevé subsidios a las empresas que otorguen días adicionales de licencia por estudio y propongan reducción horaria de la jornada laboral, así como también se restringe la posibilidad de rotación para los jóvenes entre 15 y 24 años que se encuentren estudiando en, por ejemplo, primaria, secundaria, UTU, cursos de INEFOP, ente otros. Se promueve que las empresas contratantes generen instancias de formación y capacitación de los jóvenes en todas las modalidades de promoción del trabajo decente juvenil. Todas las empresas deberán extender una constancia que acredite la experiencia realizada por el joven en el puesto de trabajo. ISSN 1688-2889 - AÑO 8 - n.° 53 - 2/2013 (93-98)
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Le y de Empleo Juv enil - FFeria eria binacionales - Ministerio de Trabajo y Seguridad Social Juvenil
La Ley prevé principalmente cuatro modalidades de apoyo al trabajo de jóvenes: 1)
Primera experiencia laboral en el ámbito privado y público
2)
Prácticas laborales para egresados y egresadas
3)
Práctica formativa en empresas
4)
Trabajo protegido y promovido
Las empresas privadas que empleen jóvenes en la modalidad “Primera experiencia laboral” en el ámbito privado, tendrán un subsidio de hasta el 25 % del salario. Estas contrataciones no podrán ser inferiores a seis meses ni exceder de un año y el beneficiario podrá ser contratado bajo este régimen por una sola vez. Existe también la posibilidad de contratación en el ámbito público estableciendo que para la primera experiencia laboral será al menos equivalente al 50 % de sus contrataciones anuales de becarios y pasantes. De ese 50 % al menos la mitad deben ser mujeres, el 8 % afrodescendientes, el 3 % personas con discapacidad y el 2 % personas trans. La modalidad práctica laboral para egresados está dirigida a jóvenes de hasta 29 años de edad, con formación previa y en busca de su primer empleo vinculado con la titulación que posean. En este caso el subsidio previsto será de hasta el 15 % del salario. La práctica formativa en empresas es aquella que se realiza en el marco de propuestas o cursos de educación, formación y/o capacitación laboral de entidades educativas o formativas, con el objeto de profundizar y ampliar los conocimientos de forma que permita a el o la joven aplicar y desarrollar habilidades, conocimientos y aptitudes adquiridas en la formación y que son requeridas por la realidad productiva. Esta modalidad permite la opción de no remuneración y establece que podrá ser destinado para las prácticas, un máximo de 60 h y no más del 25 % de la carga horaria total del curso. El trabajo protegido y promovido va dirigido a jóvenes menores de 30 años, desempleados y pertenecientes a hogares en situación de vulnerabilidad socio económica. Se establece un subsidio parcial del salario del beneficiario en función de lo establecido en el Programa Objetivo Empleo del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y un subsidio que puede ir desde los seis meses como mínimo hasta los 18 como máximo. Será considerado trabajo protegido joven el desarrollado en el marco de programas que presenten alguno de los siguientes componentes: A) Un acompañamiento social de los beneficiarios que comporte asimismo la supervisión educativa de las tareas a realizarse. B) Subsidios a las empresas participantes. C) Capacitación al joven. Los programas podrán combinar etapas formativas en el aula con etapas laborales a realizar en empresas del sector productivo en forma simultánea o alternada.•
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Ministerio de Trabajo rrealiz ealiz ó ccon on ééxit xit o vvarias arias ealizó xito Ferias Binacionales El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) en cooperación con la Secretaría do Trabalho e do Desenvolvimento Social do Rio Grande do Sul (STDS), realizó con gran éxito una serie de muestras en diferentes puntos fronterizos de Uruguay-Brasil, con el objetivo de facilitar el acceso a servicios e información a los ciudadanos; como la tramitación de los documentos para regularizar el trabajo informal, derechos laborales y sociales de los trabajadores que viven en la faja fronteriza, entre otros. La organización conjunta de estos eventos de alto impacto social fue acordada ente el ministro de Trabajo Eduardo Brenta y el Gobernador de Rio Grande Do Sul Tarso Genro, durante una entrevista mantenida en noviembre de 2012, en ocasión de las reuniones de los Órganos Socio Laborales realizadas en la Ciudad de Porto Alegre. La primera edición de las Ferias Sociales y Laborales Fronterizas se realizó en el Chuy en el mes de mayo, mientras que la segunda y tercera tuvieron lugar en la frontera de Rivera y Santana do Livramento en el mes de septiembre, y en Artigas y Quaraí en octubre. . En todas las oportunidades se contó con presencia de diversos ministerios y entes públicos además del MTSS, que instalaron sus stands a efectos de recibir a la ciudadanía, así como de los jerarcas de la cartera de Trabajo que participaron activamente de las actividades diarias y del diálogo con los ciudadanos. Según el ministro Eduardo Brenta, el foco principal de estas iniciativas es consolidar los derechos laborales y sociales de los trabajadores fronterizos mediante la utilización ISSN 1688-2889 - AÑO 8 - n.° 53 - 2/2013 (93-98)
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del Documento Especial Fronterizo, tal como lo establece el Acuerdo sobre Residencia, Estudio y Trabajo para los Nacionales Fronterizos Uruguayos y Brasileros y sus Acuerdos Complementarios, así como buscar la coordinación de las políticas públicas de las instituciones de los dos países para hacer un uso más eficiente de los recursos existentes. Dicho documento “permite a los trabajadores trabajar hasta 50 km al interior del país vecino y viceversa, a los brasileños trabajar hasta 50 km dentro del Uruguay», informó el ministro. Brenta enfatizó la importancia de la integración regional entre los pueblos y la relevancia del «MERCOSUR real» que es precisamente del que da cuenta la realización de este tipo de acciones conjuntas entre los gobiernos. «No hay un MERCOSUR teórico, hay un MERCOSUR en los pies de cada trabajador que se levanta a las seis de la mañana para ir a trabajar y construir el futuro de nuestros países» opinó el minsitro, y destacó que «no importa que sean trabajadores uruguayos o brasileños, lo que importa es que son trabajadores con derechos». Al respecto agregó que “estamos los latinoamericanos comprometidos e involucrados en un proceso de integración regional y ese proceso es la única opción real para el desarrollo de nuestros países y el bienestar de nuestros pueblos», lo cual «exige voluntad de intercambio y de diálogo, capacidad de negociación a los efectos de integrar nuestras economías, de aggiornar nuestras legislaciones y construir beneficios concretos para los ciudadanos». Las tres ferias realizadas hasta el momento contaron con la participación de miles de personas. La siguiente muestra se realizará en la frontera de Aceguá y está previsto que se implementen también en las zonas limítrofes con Argentina.
Ciclo de Cine sobr e der echos de Trabajador es R ur ales sobre derechos abajadores Rur urales Como parte de las actividades de las Ferias Binacionales, se presentó en diversas localidades del interior del país el Ciclo de Cine sobre Trabajo Rural, realizado por el MTSS conjuntamente con Cinemateca e IMPO Centro de Información Oficial, bajo la consigna: “Los derechos de los trabajadores asalariados no son paye, son ley”. Durante dichas jornadas, los ciudadanos pudieron asistir de forma gratuita a la exhibición de los documentales y películas que integran el ciclo, y que incluyen producciones nacionales e internacionales. El ministro Brenta recordó que ha existido una «cierta concepción cultural de que el trabajo rural era de segunda categoría. Y el trabajador rural no es de segunda categoría, es fundamental para el desarrollo del país y de la actividad productiva». Al respecto, comentó que la «preocupación fundamental» desde el gobierno «es la calidad de los puestos de trabajo que estamos ofreciendo a nuestros ciudadanos», y recordó que Uruguay fue activo promotor en 2012 a nivel de la OIT, de la ratificación del convenio n.o 189 que garantiza los derechos de las Trabajadoras Domésticas. «Hay que tener trabajo con derechos porque eso es trabajo formal, e implica la posibilidad de acceder al conjunto de beneficios que los trabajadores han adquirido, buena parte de ellos fruto de lo que ellos mismos han logrado a lo largo de muchos y muchos años de lucha», finalizó.• 98
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