MINISTERIO DEL INTERIOR DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN

MINISTERIO DEL INTERIOR – DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES MISIONES 1513 Tel.: 29.15.

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MINISTERIO DEL INTERIOR – DIRECCIÓN NACIONAL DE MIGRACIÓN PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

DEPARTAMENTO DE ADQUISICIONES MISIONES 1513 Tel.: 29.15.63.76 Tel: 152 – int.: 1847 Inciso: 04 Unidad Ejecutora: 02 Licitación Abreviada: Nº 01/2016 – Modalidad: Apertura electrónica La Dirección Nacional de Migración convoca a la presentación de ofertas para la contratación de un servicio integral de limpieza el cual se detalla en el presente pliego.FORMA DE PAGO: CREDITO SIIF 30 días.El día miércoles 13/01/2016 a las 11:00 puntual, se realizará una visita excluyente a las instalaciones de Oficina Central sito en la calle Misiones 1513 (segundo piso Adquisiciones) en donde se les expedirá una constancia de asistencia que se deberá adjuntar a la oferta, y luego se deberán dirigir a las Inspectorías de Migración en el Puerto de Montevideo y Aeropuerto Internacional de Carrasco (una persona por empresa), para lo cual la Dirección Nacional dispondrá de un móvil a fin de realizar el mencionado recorrido.RECEPCIÓN DE OFERTAS: Viernes 15 de enero de 2016 a las 12:00 hs.FECHA DE APERTURA: Viernes 15 de enero de 2016 a las 12:00 hs.ACLARACIONES, CONSULTAS Y PRÓRROGAS: Mediante e-mail. Las mismas serán contestadas por la misma vía, en el plazo máximo de 1 día hábil a partir de su Página 1 de 19

presentación, sin perjuicio de la publicación en la página de Compras Estatales, para conocimiento de todos los interesados.Tiempo limite para solicitar prórrogas y hacer consultas el Jueves 14 de enero de 2016 a las 15:00 hs. COSTO DE LOS PLIEGOS: Sin costo.ARTICULO 1 - OBJETO DEL LLAMADO: Se convoca a Licitación Abreviada para la contratación del Servicio de Limpieza Integral por el período de un año, con opción a renovar por 1 (uno) período similar, de acuerdo a lo establecido en el presente Pliego en los locales sitos en: a) Edificio Central ubicado en Misiones 1513 entre Cerrito y Piedras.b) Oficina de la Inspectoría Puerto de Montevideo ubicada en las Instalaciones de la terminal Portuaria.c) Inspectoría de Migración en Aeropuerto de Carrasco, Sector Arribos.ARTICULO 2 - REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD: 1.- A efectos de la presentación de ofertas, el oferente deberá estar registrado en el Registro Único de Proveedores del Estado (RUPE), conforme a lo dispuesto por el Decreto del Poder Ejecutivo N° 155/013 de 21 de mayo de 2013. Los estados admitidos para aceptar ofertas de proveedores son: EN INGRESO, EN INGRESO (SIIF) y ACTIVO. 2.- Serán tomadas como inadmisibles las ofertas que cuenten con antecedentes en la órbita penal, que sean conocidas por esta Dirección por el propio oferente o por terceras personas.ARTICULO 3 – NORMATIVA APLICABLE: Esta contratación se enmarca, en lo pertinente, en lo dispuesto por las siguientes normas: 1.- Pliego único de bases y condiciones generales para los contratos de suministros y servicios no personales, Decreto 131/14 de fecha 19/05/2014, en lo pertinente.2.- El T.O.C.A.F., aprobado por el decreto 194/997 de 10

de junio de 1997 con las

actualizaciones a enero de 2014.Página 2 de 19

3.- Art. 8º de la Ley 16.134 de 24 de setiembre de 1990. 4.- Decreto 288/993 de 22 de junio de 1993 (Consideración de productos nacionales). 5.- Artículo 42 de la Ley 16.736 de 5 de Enero 1996 y su decreto reglamentario 395/998 de 30 de diciembre de 1998. (Sistema Integrado de Información Financiera). 7.- Decreto 342/999 de 26 de Octubre de 1999 (Registro General de Proveedores del Estado) modificado por el decreto 20/2002 de 16 de Enero de 2002. 8.- Ley 17.250 de 11 de Agosto de 2000 y su decreto reglamentario Nº 244/2000 de 23 de agosto de 2000 ( Relaciones de Consumo). 9.- Decreto 500/991 de 27 de Setiembre de 1991 (Procedimiento Administrativo) 10.- Ley 16.879 de 21 de Octubre de 1997 (Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías) 11.- Articulo 581 Ley 17.296 de 21 de febrero de 2001 y decreto 333/2001 de 21 de agosto de 2001(Inmunidad impositiva). 12.- Ley 17.060 de 23 de diciembre de 1998 (Uso indebido del poder publico, corrupción). 13.- Ley Nº 17.957 (Deudores alimentarios) y Ley 18.244.14.- Ley Nº 16.134 Art. 8 Igualdad de los Oferentes.15.- Ley Nº 18.098 y Ley Nº 18.099.16.- Ley Nº 18.251.17.- Ley Nº 18.381 (Art. 10).18.- Ley Nº 19.149 (Art. 23).19.- Decreto Nº 150/2012. 20.- Decreto Nº 155/2013.21.- Decreto Nº 275/2013.22.- Leyes, decretos y resoluciones vigentes a la fecha de apertura de la licitación. ARTICULO 4 – ACLARACIONES: Las empresas interesadas podrán solicitar aclaraciones y consultas, así como solicitar prórroga del Acto de Apertura si las razones de servicio lo permiten y le es autorizado. Las mismas deberán realizarse por escrito, a fin del registro pertinente, dirigidas al Departamento de Adquisiciones de esta Dirección Nacional, comunicándose al correo electrónico [email protected], en un plazo de hasta 1 día hábil con antelación a la fecha de apertura de ofertas.

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Las evacuaciones y comunicaciones, se realizarán por correo electrónico, sin perjuicio de la comunicación pertinente en la página web de Compras Estatales; según lo establecido en el pliego único de bases y condiciones generales para los contratos de suministros y servicios no personales, Dcto. 131/014. ARTICULO 5 – OFERTAS: Las propuestas deberán cargarse en la web de Compras Estatales, hasta el día y hora indicados.Las ofertas salvo en aquellos aspectos técnicos en que se utilizan universalmente aceptados vocablos en inglés, deberán ser realizadas en idioma castellano así como toda información inherente a la propuesta.ARTICULO 6 – INTEGRACIÓN DE LA PROPUESTA: Cada propuesta deberá contener información completa según el siguiente detalle: a) El oferente deberá incluir el detalle de los materiales que utilice, así como la maquinaria, y su correspondiente costo a efectos de considerar previo a la adjudicación. b) El oferente deberá cotizar estableciendo la cantidad de funcionarios que estime pertinentes a los efectos de cumplir con los cometidos encomendados.ARTICULO 7 - DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR: La que deberá ser cargada en formato PDF, como archivo adjunto en la página de Compras Estatales: • Oferta técnica y económica, la cual deberá lucir firmada en todas sus hojas por el representante de la empresa. • Constancia de visita, la que será entregada con sello y firma del Departamento de Adquisiciones. • De contar con el Certificado solicitado en el artículo 17 del presente pliego, a los efectos evaluatorios, deberá cargarse junto con la oferta.Se reserva al oferente que resultare adjudicatario, la carga administrativa de presentar la documentación física a fin de demostrar el estar en condiciones formales de contratar con el Estado. A tales efectos oportunamente se verificará si los documentos que se detallan a continuación están consignados en el Registro Único de Proveedores del Estado: Página 4 de 19



Certificado Notarial original (o fotocopia con exhibición del original) que acredite la personería jurídica y representación.Aquellos documentos esenciales para el valor jurídico de la contratación como estatutos, contratos sociales, poderes y similares deberán estar debidamente legalizados si provienen del extranjero. La Administración otorgará un plazo de 2 (dos) días hábiles a contar del Acto de

Apertura a quienes no hayan presentado la documentación exigida o la misma haya sufrido algún tipo de observación. El levantamiento de dicha observación deberá ser presentada en el Departamento de Adquisiciones. Si no fueran subsanadas esas omisiones, una vez cumplido plazo, la oferta será desestimada. Podrán ser desestimadas las propuestas cuando: no cumplan con los requisitos previstos en este Pliego. Cláusulas abusivas en las ofertas. Es abusiva, por su contenido o su forma, toda cláusula contenida en la oferta, que contradiga las exigencias del pliego y determine obligaciones en perjuicio de la Administración, así como toda aquella que viole la obligación de actuar de buena fe. Son consideradas cláusulas abusivas, sin perjuicio de otras, las siguientes: a) Las que exoneren o limiten la responsabilidad del contratista por vicios de cualquier naturaleza de los materiales, equipos, etc.. b) Las que impliquen la renuncia de los derechos de la Administración. c) Las que autoricen al contratista a modificar los términos de este Pliego. d) La cláusula resolutoria pactada exclusivamente a favor del contratista e) Las que contengan cualquier precepto que imponga la carga de la prueba en perjuicio de la Administración. f) Las que establezcan que el silencio de la Administración se tendrá por aceptación de cualquier modificación, restricción o ampliación de lo expresamente pactado en el presente Pliego. Toda cláusula imprecisa, ambigua, contradictoria y oscura, a criterio de la Administración se interpretará en el sentido más favorable a ésta. ARTICULO 8 - CONDICIONES DEL SERVICIO El servicio ofrecido debe cumplir como mínimo, con las siguientes características: Página 5 de 19

1) Local calle Misiones 1513 (Oficina Central) Servicio a realizarse de lunes a viernes deberá contar con: •

Personal de limpieza a partir de las 07:00 hs, durante ocho horas de labor debiendo quedar un servicio de guardia hasta la hora 18:00.



Personal para limpieza de vidrios de ventanas interiores y exteriores (inclusive el frente de la Dirección Nacional) – a partir de las 07:00 hs durante ocho horas de labor.SERVICIO DIARIO

a) Aspirado, barrido, trapeado, (a diario). b) Barrido de las veredas de acceso a las áreas establecidas, (a diario). c) Limpieza, desinfección y desodorización diaria de los baños existentes así como pisos, superficies azulejadas, espejos y techos, (dos veces por día).d) Retiro de los residuos y lavado de papeleras de todas las áreas, (dos veces por día). e) Eliminación de polvo a franela de todos los muebles, mostradores, sillas, escritorios, mamparas, puertas y ventanas de todos las oficinas (a diario). f) Eliminación de polvo a franela de todos los muebles, mostradores, sillas, escritorios, mamparas, puertas y ventanas, incluyendo estanterías ubicadas en el departamento de Proveeduría y “Archivo” (Listas), (a diario).f) Aspirado (por la mañana, antes de las 09:00 hs) y barrido en la tarde, de alfombra en escalera desde la planta baja al tercer piso; aspirado de alfombra de: Sala de Sesiones, (a diario antes de las 09:00 hs) y planta baja, departamento de Tramite (antes de las 09:00 hs). g) Lustrado del ascensor, así como objetos visibles de bronce y metal, (a diario).h) Encerado y lustrado, con CERA, de las áreas, paredes y puertas pertenecientes al primer piso que se dirán: (Hall de espera, pasillo de acceso a oficinas del Comando Nacional, despacho de Directora Nacional y Encargado de la Sub Dirección Nacional, despacho de la directora del Departamento Técnico Jurídico y Notarial; secretaria del Comando Nacional, Sala de Sesiones), (dos veces por semana).i) Limpieza de vidrios de planta baja (frente de la Dirección Nacional); Sala de Sesiones, despacho de Directora Nacional y Encargado de la Sub Dirección Nacional, despacho de la directora del Departamento Técnico Jurídico y Notarial, (antes de las 09:00 hs.).j) Vaciado de bidones de desagüe de equipos de aire acondicionado, (a diario). Página 6 de 19

SERVICIO SEMANAL a) Encerado y lustrado, previo lavado, de las áreas que así lo requieran con los productos adecuados. b) Encerado y lustrado de escritorios, sillas, sillones, puertas, mamparas y marcos de madera con los productos adecuados. c) Limpieza integral de plafones, artefactos eléctricos y cortinas venecianas. d) Limpieza de vidrios en oficinas en general. SERVICIO QUINCENAL a) Retirado de muebles para limpieza profunda (siempre que las conexiones existentes lo permitan). b) Lavado de ventanas y puertas de todas las áreas,

para el mantenimiento de las

mismas. c) Limpieza de azoteas. 2) Local en Puerto de Montevideo (Inspectoría Puerto de Montevideo) Servicio a realizarse tres veces por semana.SERVICIO DIARIO a) Aspirado, barrido, trapeado. b) Limpieza, desinfección y desodorización diaria de los baños existentes así como pisos, superficies azulejadas, espejos y techos. c) Retiro de los residuos y lavado de papeleras de todas las áreas. d) Eliminación de polvo a franela de todos los muebles, mostradores, sillas, escritorios, mamparas, puertas y ventanas de todos las oficinas. SERVICIO SEMANAL a) Encerado y lustrado, previo lavado, de las áreas que así lo requieran con los productos adecuados. b) Encerado y lustrado de escritorios, sillas, sillones, puertas, mamparas y marcos de madera con los productos adecuados. c) Limpieza integral de plafones, artefactos eléctricos y cortinas venecianas. d) Limpieza de vidrios en oficinas en general.

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SERVICIO QUINCENAL a) Retirado de muebles para limpieza profunda (siempre que las conexiones existentes lo permitan). b) Lavado de ventanas y puertas de todas las áreas,

para el mantenimiento de las

mismas. 3) Local en el Aeropuerto de Carrasco, sector Arribos Servicio a realizarse de lunes a domingo. SERVICIO DIARIO a) Aspirado, barrido, trapeado. b) Retiro de los residuos y lavado de papeleras de todas las áreas. d) Eliminación de polvo a franela de todos los muebles, mostradores, sillas, escritorios, mamparas, puertas y ventanas de todos las oficinas. SERVICIO SEMANAL a) Encerado y lustrado, previo lavado, de las áreas que así lo requieran con los productos adecuados. b) Encerado y lustrado de escritorios, sillas, sillones, puertas, mamparas y marcos de madera con los productos adecuados. c) Limpieza integral de plafones, artefactos eléctricos y cortinas venecianas. d) Limpieza de vidrios en oficinas en general. SERVICIO QUINCENAL a) Retirado de muebles para limpieza profunda (siempre que las conexiones existentes lo permitan). b) Lavado de ventanas y puertas de todas las áreas,

para el mantenimiento de las

mismas. La empresa presentará nómina con los datos personales de sus operarios efectivos adjuntando además un listado de suplentes, el cual no podrá ser modificado, salvo causal debidamente fundamentada.Deberá proporcionar uniformes adecuados para su personal así como los materiales, útiles de limpieza adecuados y la maquinaria necesaria para el Página 8 de 19

cumplimiento de sus cometidos, los cuales deberán especificarse por escrito en la propuesta y se supervisará mensualmente a efectos de la veracidad y estado de los mismos.Las exigencias anteriormente enumeradas son mínimas, pudiendo ofrecerse variaciones alternativas. Dentro de los siguientes términos: • Cumplimiento de lo establecido. • Total coordinación con la Administración en el desarrollo del servicio. • Realización del servicio en forma satisfactoria con disponibilidad de funcionarios.

ARTICULO 9 – COTIZACIÓN: Cotizaciones en pesos uruguayos. Los precios cotizados deben incluir todos los gastos que cubran la entrega de los materiales e insumos de limpieza, en el lugar que se presta el servicio.Deberá expresarse el monto total de la oferta, discriminando el precio y el IVA. En caso de que esta información no surja de la propuesta, se considerará que el precio cotizado comprende todos los impuestos. La actualización de los precios se deberá realizar por IPC.ARTICULO 10 – RECEPCIÓN DE OFERTAS: Las ofertas deberán cargarse en la web de compras estatales hasta el día y hora fijados para ello en la mencionada página.No serán válidas las ofertas que no llegaren a la hora dispuesta para la recepción. Vencido el plazo para la presentación de las ofertas, no se tomará en cuenta ninguna interpretación, aclaración o ampliación de ellas, que modifique el contenido salvo aquellas que fueran directa y expresamente solicitadas por escrito por los técnicos o funcionarios expresamente autorizados en el expediente licitatorio o por la Comisión Asesora de Adjudicaciones actuante. En tal caso, el oferente dispondrá del plazo que se establezca en la solicitud, para hacer llegar su respuesta.ARTICULO 11 – RESERVA: Si se presentaren dos o más ofertas que reciban calificación similar o tengan precio similar según cual sea el criterio de evaluación aplicado, la Administración se reserva el derecho de ejercer las facultades otorgadas por el Art. 66 del TOCAF. Página 9 de 19

Asimismo, la Administración se reserva el derecho de hacer uso de las facultades otorgadas por el Art. 74 del TOCAF. ARTICULO 12 - REGIMEN DE PREFERENCIA PARA LAS MPYMES: PREFERENCIA A LA INDUSTRIA NACIONAL: Será de aplicación lo establecido en el art.58 del TOCAF, y demás normas que rijan la materia. PREFERENCIA A LAS MPYMES: Se deberá tener en cuenta lo establecido en el Art. 44 de la Ley 18.362 de 6 de octubre de 2008 reglamentado por el Decreto del Poder Ejecutivo No. 371/010 de 14 de diciembre de 2010 y disposiciones concordantes y/o complementarias. Para la aplicación del beneficio, el oferente deberá presentar conjuntamente con su oferta: a) Certificado expedido por DINAPYME que acredite su condición de MPYME y la participación en el Sub programa de Contratación para el Desarrollo otorgado al amparo del Art. 4 y concordantes del Decreto 371/010. La no acreditación de la condición de MPYME y la correspondiente participación en el referido sub programa mediante el mencionado certificado, implicará el no otorgamiento de dicho beneficio hacia la empresa oferente, considerando a la misma como no MPYME. b) A los efectos de obtener la preferencia, el oferente deberá obligatoriamente presentar una Declaración Jurada que acredite el porcentaje de mano de obra nacional y materiales nacionales que componen la oferta conforme a lo dispuesto en el Art. 8 del Decreto Nº 371/010. De no brindarse la información requerida, la Administración no aplicará la preferencia. Dada la naturaleza del objeto no se admitirán cotizaciones en Modalidad de Reserva de Mercado al amparo de lo previsto en el Art. 11 del Decreto Nº 371/010. ARTICULO 13 – MANTENIMIENTO DE LAS OFERTAS: Las ofertas serán válidas y obligarán al oferente por el término de 60 días calendario, a contar desde el día siguiente al de la apertura de las mismas. Vencido dicho plazo se prorrogará automáticamente por igual plazo y así sucesivamente, de no mediar comunicación escrita en contrario o retiro de la propuesta por parte del oferente con una antelación de 5 días.

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El vencimiento del plazo establecido precedentemente no liberará al oferente, salvo que medie notificación escrita a la Administración manifestando su decisión de retirar la oferta y pronunciación de esta última.No se podrán establecer cláusulas que condicionen el mantenimiento de la oferta en forma alguna o que indiquen otros plazos; en dicho caso la Administración podrá desestimar la oferta presentada. ARTICULO 14 – PLAZOS: Los plazos establecidos en este Pliego se computan en días hábiles administrativos, excepto aquellos mayores de treinta días, que se computarán en días corridos o calendario. Se entenderá por días hábiles aquellos en que funcionan las oficinas de la Administración Pública (Art. 113, decreto 500/991). Las fechas señaladas para realizar actos o hechos, y las fechas de vencimiento de los plazos, que resultaren en días inhábiles, se prorrogarán automáticamente hasta el día hábil inmediato siguiente. Los plazos se computan a partir del día siguiente al del acto o hecho que determina el decurso del mismo. ARTICULO 15 – EXCENCION DE RESPONSABILIDAD: La Administración podrá desistir del llamado en cualquier etapa de su realización, o podrá desestimar todas las ofertas. Ninguna de estas decisiones generará derecho alguno a los participantes a reclamar por gastos, honorarios o indemnizaciones por daños y perjuicios. ARTICULO 16 – COMPARACION DE LAS OFERTAS. La comparación de las ofertas se verificará incluyendo el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Cuando el oferente no desglose el importe de dichos impuestos se considerarán incluidos en el monto de la oferta. La preferencia a los productos nacionales frente a los extranjeros tendrá el alcance, naturaleza y procedimientos de cálculo establecidos en la normativa vigente. En estos casos no se incluirán los importes correspondientes a los impuestos a las transacciones ni el impuesto al valor agregado.

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Las propuestas que no se ajusten a los requisitos y condiciones estipuladas en este artículo se considerarán inadmisibles. La información para la evaluación técnica será obtenida de las ofertas, pudiéndose en caso de dudas, solicitarse datos complementarios quedando su costo a cargo del oferente.ARTICULO 17 – CRITERIOS DE PONDERACIÓN: VALORACIÓN: Se tendrá en cuenta al momento de la valoración y comparación de las ofertas los siguientes criterios de ponderación: A) Precio = 50 puntos; B) Responsabilidad Civil contratada = 10 puntos; C) Referencias Públicas actuales (2014 – 2015) = 20 puntos (se elegirán hasta 5 empresas al azahar, y se le otorgarán hasta 4 puntos por cada una, en relación a la respuesta de dicha empresa: 1- desconforme; 2 – aceptable; 3 – bueno; 4 – muy bueno.D)

Referencias Privadas actuales (2014 – 2015) = 20 puntos (se elegirán hasta 5

empresas al azahar, y se le otorgarán hasta 4 puntos por cada una, en relación a la respuesta de dicha empresa: 1- desconforme; 2 – aceptable; 3 – bueno; 4 – muy bueno.Para los casos de las referencias Públicas y Privadas en que no se obtenga respuesta en un plazo de 24 horas se le otorgarán a la oferente 2 puntos (concepto Aceptable) Según especificaciones en Anexo I el que consta de 2 páginas. ADJUDICACIÓN: La Administración se reserva el derecho de adjudicar la licitación a la o las ofertas que considere más convenientes para sus intereses y a las necesidades del servicio de acuerdo al artículo 48 literal C del TOCAF, aunque no sea la de menor precio y también de rechazar a su exclusivo juicio la totalidad de las ofertas. La Administración está facultada para: • adjudicar la licitación al oferente que reúna las mejores condiciones de las citadas en el artículo precedente, salvo que por razones fundadas, la adjudicación deba efectuarse a un único oferente. • no adjudicar algún ítem. • dividir la adjudicación por razones fundadas entre varios oferentes, así como Página 12 de 19

aumentar o disminuir razonablemente las cantidades licitadas. • considerar como aspecto preponderante para rechazar una oferta los antecedentes de los oferentes relacionados con la conducta comercial asumida en el cumplimiento de contrataciones con la misma y con otros organismos estatales. Al momento de la adjudicación la Empresa que resultare adjudicataria, deberá estar en estado Activo en el RUPE. La notificación de la resolución de adjudicación a la firma adjudicataria constituirá a todos los efectos legales el contrato correspondiente a que refieren las disposiciones de este Pliego, siendo las obligaciones y derechos del contratista las que surgen de las normas jurídicas aplicables, los Pliegos y su oferta. La Administración queda facultada para hacer uso de las atribuciones establecidas en el Art. 57 del TOCAF en cuanto a los Institutos de Mejora de Oferta y Negociaciones Reservadas y Paralelas. Asimismo queda facultada para ampliar el objeto de la licitación en el marco del Art. 63 del TOCAF.ARTICULO 18 - CUMPLIMIENTO DE LAS NORMAS EN MATERIA LABORAL Y SEGURIDAD SOCIAL: El jornal que la empresa abone a sus operarios no podrá ser inferior al homologado en el seno de los Consejos de Salarios para la respectiva rama de actividad, o aquél que fije en su defecto el Poder Ejecutivo. El Ministerio del Interior podrá exigir mensualmente la presentación de la documentación o declaración jurada que acredite que el adjudicatario da cumplimiento a las normas vigentes en materia laboral y de seguridad social, con respecto al personal en relación de dependencia, tales como pago de remuneraciones, entrega de recibos de sueldos, comprobante de inscripción de la planilla de trabajo en el MTSS, comprobante de pago al BPS, comprobante de pago del seguro contra accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, el cumplimiento de normas de seguridad e higiene y demás que correspondieren. El incumplimiento por parte de la empresa adjudicataria en el pago de las retribuciones antes mencionadas será causal de rescisión del contrato. Asimismo semestralmente se podrá requerir Certificado Contable que acredite la situación de regularidad en la totalidad de las obligaciones laborales y de seguridad social, de la empresa para con sus dependientes.

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El Ministerio del Interior tiene la potestad de retener de los pagos debidos en virtud del contrato, los créditos laborales a los que tengan derecho los trabajadores de la empresa contratada (Ley 18.098 de 27 de diciembre de 2006, Ley 18.099 de 10 de Enero de 2007 y Ley 18.251 de 6 de enero de 2008). En caso de incumplimiento de las obligaciones mencionadas anteriormente el Ministerio del Interior se reserva el derecho de aplicar las disposiciones del Decreto Nº 475/005 de fecha 14 de noviembre de 2005 y de las citadas normas, como así rescindir la presente contratación, con pérdida del depósito en garantía por cumplimiento de contrato, sin perjuicio de las acciones civiles y penales que pudieren corresponder. El Ministerio del Interior se reserva el derecho de realizar dichos controles respecto al adjudicatario, durante la vigencia de la contratación. ARTICULO 19 - ADJUDICACIÓN: Sin perjuicio de la obligación del oferente de consultar en la pagina de Compras Estatales, las novedades referentes al procedimiento, esta Dirección Nacional extenderá un correo electrónico a cada uno de los oferentes, a los efectos de comunicar la publicación en la mencionada página de la resolución de Adjudicación.Una vez notificado el acto de adjudicación al oferente adjudicatario, y sin perjuicio de lo establecido en el Art. 73 del TOCAF, se tendrá por perfecto y eficaz el negocio, no siendo preceptiva la suscripción de contrato documental alguno, debiendo la Administración y el adjudicatario ceñirse para su ejecución: a) a lo establecido en los presentes Pliegos de Condiciones Particulares, b) a establecido en los Pliegos General de Condiciones de Suministros y Servicios no Personales, y c) a lo ofertado. Todos los datos indicados por el proponente referidos a los elementos contenidos en la oferta, tendrán carácter de compromiso, y si se verifica que no responden estrictamente a lo establecido en la propuesta, la Administración podrá rechazarlos de plano, rescindiendo el contrato respectivo sin que ello de lugar a reclamación clase alguna. ARTICULO 20 - CONSULTA DE EXPEDIENTE: Una vez firme y publicada la Resolución de Adjudicación, el expediente quedará a disposición de los oferentes en el Departamento de Adquisiciones para su vista, por un Página 14 de 19

período de diez (10) días corridos, a contar del siguiente al de la publicación en la página de Compras Estatales. ARTICULO 21 - CONDICIONES DE LA ENTREGA: Se entiende por entrega la efectiva obligación de dar el objeto del contrato por parte de quien la ha asumido contractualmente. La Administración rechazará todas aquellas partidas que no se ajusten a las condiciones establecidas en los presentes Pliegos de Condiciones, siendo de cuenta del Proveedor todos los gastos que se originen como consecuencia del rechazo. ARTICULO 22 – PRORROGA: Si el contratista no pudiera realizar las entregas dentro de los plazos a que se obliga podrá solicitar una prórroga del plazo de entrega, ante la Dirección Nacional de Migración, con una antelación de 3 (tres) días. Dicha solicitud deberá ser acompañada de la documentación que la justifique. La Administración podrá, si considera válida la justificación, acordar una prórroga relacionada con los atrasos que efectivamente pudieran ocasionar en la entrega las causas mencionadas. De acordarse la prórroga esta será comunicada al proveedor por escrito por el Departamento Técnico Jurídico, donde se expresará la concesión de la prórroga y las nuevas fechas contractuales de entrega o embarque, así como la eventual aplicación de lo establecido en el artículo 10 de este Pliego. La Administración luego de dictado el acto administrativo que disponga la adjudicación y/o durante la ejecución del contrato se reserva el derecho de modificar, con el consentimiento del adjudicatario, el cronograma de entregas establecido para suministros, así como también el lugar, condiciones, horarios, etc. de entrega del mismo en consideración de sus necesidades. Cuando el oferente indique que el suministro será entregado de inmediato, la Administración entenderá por tal un plazo máximo de 3 (tres) días hábiles. Cuando las características de los artículos licitados hagan necesaria verificaciones de calidad o funcionamiento, se realizará una recepción provisoria de los mismos hasta tanto puedan realizarse las pruebas correspondientes. En caso de que algún elemento no cumpla lo establecido el proveedor a su costo y dentro del plazo de 10 días deberá sustituirlo por el artículo correspondiente, no dándose Página 15 de 19

tramite a la recepción hasta que no se haya cumplido la exigencia precedente sin perjuicio de la aplicación de las multas correspondientes y la comunicación al Registro de Proveedores del Estado. Si al vencimiento de dicho plazo el proveedor no hubiese hecho la sustitución correspondiente ni justificado a satisfacción de la Administración la demora originada, perderá la garantía de fiel cumplimiento del contrato. ARTICULO 23 - CESION DE CREDITOS: Cuando se configure una cesión de crédito según los artículos 1757 y siguientes del Código Civil: a) la Administración se reservará el derecho de oponer al cedente todas las excepciones, aún las meramente personales.b) la existencia y cobro de los créditos dependerá y se podrá hacer efectiva, en la forma y en la medida que sean exigibles según el Pliego y por el cumplimiento del suministro.ARTICULO 24 – MULTAS. La falta de cumplimiento en los plazos y condiciones estipuladas por parte del adjudicatario, generará una multa de 2% por cada día de retraso, calculado sobre el monto de la adquisición no cumplida en tiempo y forma. Excedidos 10 días, la Administración podrá declarar sin efecto la adjudicación.El contratista será responsable de todos los gastos que, como consecuencia directa del atraso, deba cubrir la Administración por concepto de comisiones bancarias, multas, recargos, intereses, diferencias de recargos de importación,de cambio y otros gastos los que serán actualizados a la fecha de comunicación de los mismos aplicándole la tasa de costo de capital vigente en ese momento. Serán de cuenta del contratista los

costos ocasionados por vicios, errores u

omisiones en la documentación relacionada con la importación del suministro. Las multas se harán efectivas, sobre las facturas en que corresponda aplicarlas.ARTICULO 25 - SANCIONES POR INCUMPLIMIENTO. La falta de cumplimiento de cualquiera de las obligaciones asumidas por los oferentes, adjudicatarios o contratistas derivadas de su oferta, adjudicación o contrato podrá dar mérito a que la Administración proponga o disponga (según el caso) la

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aplicación de las siguientes sanciones no siendo las mismas excluyentes y pudiendo darse en forma conjunta (dos o más de ellas): - apercibimiento. - suspensión del Registro de Proveedores del Estado. - eliminación del Registro de Proveedores de la Unidad. - demanda por daños y perjuicios. Será preceptiva la comunicación de la aplicación de sanciones, multas y rescisión contractual al Ministerio de Economía y Finanzas: Dirección General de Comercio, Dirección del Área de Defensa del Consumidor, al Registro de Proveedores del Estado.ARTICULO 26 - CAUSALES DE RESCISION. La Administración podrá declarar rescindido el contrato, en los siguientes casos que se enumeran a título enunciativo: d)Declaración de quiebra, concurso, liquidación o solicitud de concordato. e)Descuento de multas en hasta tres facturas consecutivas o alternas. f)Incumplimiento en la entrega de los productos o suministros o su sustitución por el acuerdo, en un plazo máximo total de 15 días. g)Cuando el proveedor se haya excedido en

10 días en el incumplimiento de las

condiciones estipuladas en el presente pliego. h)Mutuo acuerdo. ARTICULO 27 - TRÁMITE Y PAGO DE LAS FACTURAS. El pago se efectuará mediante sistema S.I.I.F. crédito 30 días. La presentación de facturas se hará conjuntamente con la Orden de Compra en La Dirección Nacional de Migración (Misiones 1513) Departamento de Adquisiciones, debidamente conformada por personal autorizado.-

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ANEXO 1 Puntajes: Empresa

Responsabilidad Precio Civil contratada

Referencias Referencias Públicas Privadas actuales actuales (2014/2015) (2014/2015)

donde 50 puntos son para la empresa con el menor precio y según la cantidad de Precio hasta 50 ofertas se distribuirá en proporción 50 sobre cantidad de ofertas restándosele el puntos; resultado a cada oferta siguiente.

Ej: Oferta 1 = $ 300 Oferta 2 = $ 400 Oferta 3 = $ 500

Puntaje por precio 50 50 / 3 = 16,67 50 – 16,67 = 33,33 33,33 33,33 – 16,67= 16,66 16,66

Responsabilida Si presenta certificado se le otorgarán a la empresa oferente 10 puntos. d Civil contratada Referencias Públicas De las referencias presentadas por los oferentes, se tomarán al azahar hasta 5; actuales las que serán consultadas a cerca de su conformidad con el servicio prestado (2014/2015); según la siguiente valoración: hasta 20 puntos Puntos a otorgar Concepto 1 Desconforme 2 Aceptable 3 Bueno 4 Muy bueno Referencias De las referencias presentadas por los oferentes, se tomarán al azahar hasta 5; Privadas las que serán consultadas a cerca de su conformidad con el servicio prestado actuales según la siguiente valoración: (2014/2015); hasta 20 puntos Puntos a otorgar Concepto 1 Desconforme 2 Aceptable 3 Bueno 4 Muy bueno * Para los casos de las referencias Públicas y Privadas en que no se obtenga respuesta en un plazo de 24 horas se le otorgarán a la oferente 2 puntos (concepto Aceptable)

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Puntajes: Empresa

Precio

Responsabilidad Civil contratada

Referencias Referencias Públicas Privadas actuales actuales (2014/2015) (2014/2015)

donde 50 puntos son para la empresa con el menor precio y según la cantidad de Precio hasta 50 ofertas se distribuirá en proporción 50 sobre cantidad de ofertas restándosele el puntos; resultado a cada oferta siguiente.

Ej: Oferta 1 = $ 300 Oferta 2 = $ 400 Oferta 3 = $ 500

Puntaje por precio 50 50 / 3 = 16,67 50 – 16,67 = 33,33 33,33 33,33 – 16,67= 16,66 16,66

Responsabilida Si presenta certificado se le otorgarán a la empresa oferente 10 puntos. d Civil contratada Referencias Públicas De las referencias presentadas por los oferentes, se tomarán al azahar hasta 5; actuales las que serán consultadas a cerca de su conformidad con el servicio prestado (2014/2015); según la siguiente valoración: hasta 20 puntos Puntos a otorgar Concepto 1 Desconforme 2 Aceptable 3 Bueno 4 Muy bueno Referencias Privadas De las referencias presentadas por los oferentes, se tomarán al azahar hasta 5; actuales las que serán consultadas a cerca de su conformidad con el servicio prestado (2014/2015); según la siguiente valoración: hasta 20 puntos Puntos a otorgar Concepto 1 Desconforme 2 Aceptable 3 Bueno 4 Muy bueno * Para los casos de las referencias Públicas y Privadas en que no se obtenga respuesta en un plazo de 24 horas se le otorgarán a la oferente 2 puntos (concepto Aceptable)

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