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Tema 2. Modalidades de contratos 1. Concepto de contrato _Acuerdo entre el empresario y el trabajador. El trabajador presta un servicio al empresario a cambio de una retribución. 2. Elementos del contrato _Tiene que cumplir una forma determinada y constar de unos elementos esenciales para que tenga validez. Además debe registrarse en la oficina del INEM. • El consentimiento: representa la concurrencia de voluntades entre ambas partes, la manifestación de la voluntad libre y sin engaño o fraude de la firma del contrato. • El objetivo del contrato: hace referencia a las obligaciones de las partes y establece qué prestaciones se van a llevar a cabo. • La causa del contrato: es la razón real por la que se pacta la fuerza del trabajo a cambio de un salario. 3. CaracterÃ−sticas y formalización QUIEN PUEDE CELEBRAR UN CONTRATO DE TRABAJO _Mayores de edad _Extranjeros de acuerdo con la legislación aplicable _Menores de edad emancipados legalmente _ Menores con 16 y 17 años: - Emancipados - Con autorización de padre, madre o tutor. _Como norma general, los contratos por tiempo determinado cuya duración sea superior a cuatro semanas deberán constar siempre por escrito. No obstante, hay que indicar que la legislación establece excepciones, en las que el contrato tiene que hacerse de forma escrita: • • En prácticas y para la formación. • A tiempo parcial. • Fijos-discontinuos y de relevo. • Trabajo a domicilio. • Por obra o servicio determinado. • Trabajadores contratados en España al servicio de empresas españolas en el extranjero. • Siempre y cuando lo exija una disposición legal.
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4. Contenidos mÃ−nimos del contrato _El contrato de trabajo, que tiene que ser firmado por ambas partes y registrado en la oficina del INEM en el plazo máximo de diez dÃ−as, debe contener los siguientes contenidos mÃ−nimos: • • Tipo de contrato. • Fecha de comienzo y fin, si es el caso. • CategorÃ−a profesional a la que pertenece el contratado. • Jornada laboral: duración y distribución. • Periodo de prueba, si cabe. • Domicilio social de la empresa o del empresario. • Centro de trabajo. • Retribución. • Distribución de las vacaciones. • Plazo de preaviso en caso de rescindir la relación laboral. • Convenio colectivo aplicable al sector. • Fecha y lugar de la firma
5. Obligaciones de la empresa _El derecho a información del trabajador implica una serie de obligaciones para la empresa: comunicar a la oficina de empleo las prórrogas de los contratos, cualquier variación de datos, etc. OBLIGACIONES DE LA EMPRESA EN RELACIà N AL CONTRATO Con los representantes de los trabajadores. Con el servicio público de empleo. Copia básica del contrato de trabajo.
• Registro del contrato en el INEM en un plazo máximo de diez dÃ−as. • Copia básica firmada por los representantes de los trabajadores, si los hubiere.
Cuatro ejemplares del contrato: • Original que guarda la empresa. - Copia para la oficina de empleo. • Copia básica para los representantes de los trabajadores. - Copia para el trabajador. 6. Tipos de contratos MODALIDADES DE CONTRATO Indefinidos Temporales
• Ordinarios • Bonificados
A tiempo parcial
• Formativos: de formación y de practicas • Duración determinada - Relevo • Sustitución - Interinidad
Especiales • En grupo • A domicilio • Puesto a disposición
7. Contratos indefinidos _Se trata de aquellos contratos que carecen de ficha de finalización. En determinadas circunstancias generan bonificaciones.
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_Los tres tipos de contrato indefinido que debes conocer son: Tipo CaracterÃ−sticas Contrato indefinido Es el contrato de trabajo ordinario. No da derecho a bonificaciones. Contrato de fomento de la Da lugar a bonificaciones que van desde 500 a 3200 euros dependiendo contratación indefinida del colectivo inicialmente contratado. Para trabajos fijos-discontinuos que no se repiten en fechas. Siempre por escrito según el modelo oficial. Debe contener: duración estimada de la actividad, forma y orden de Contrato indefinido llamamiento al trabajador y jornada laboral estimada con una distribución horaria. fijo-discontinuo Está bonificado si se suscribe con alguna de las personas del colectivo que entra en el plan de fomento. 8. Contratos formativos En practicas
Para la formación
• Personas entre 16 y 21 años sin titulación. • LÃ−mite de 24 años para desempleados que se incorporen como trabajadores-alumnos a los programas de escuelas taller y casas de oficios. Requisitos • No hay lÃ−mite de edad si se trata de incorporaciones a talleres de empleo o de personas con discapacidad. • No haber desempeñado el puesto para el que se le contrata por tiempo superior a doce meses. Duración MÃ−nimo de seis meses y máximo de dos años. A tiempo completo. El 15%, como mÃ−nimo, Jornada A tiempo completo o parcial. destinado a formación teórica. Como mÃ−nimo, el 60% del salario fijado por convenio El salario mÃ−nimo Retribución para un trabajador que desempeña las mismas funciones interprofesional (SMI), como durante el primer año y el 75% durante el segundo año. mÃ−nimo. Titulación oficial obtenida en los últimos cuatro años o seis, si es un discapacitado.
9. Contratos temporales Contratos temporales Eventual por circunstancias de la Por obra o servicio producción determinado Objeto Forma Eventual por circunstancias de la producción
Interinidad
Sustitución de la edad de jubilación
Relevo
Duración
• Jornada completa o parcial. • MÃ−nimo de seis meses en un periodo de • Cabe la posibilidad de doce. a las exigencias del realizarlo de forma • El convenio colectivo puede establecer un mercado. verbal si la duración máximo de trece meses y medio dentro de un es menor que cuatro periodo de referencia de dieciocho meses. semanas. A la finalización del contrato, se tiene derecho a una indemnización mÃ−nima de ocho dÃ−as de salario por año trabajado. Por obra o servicio determinado Responder
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• Jornada completa o parcial. Realizar una obra o servicio • Por escrito. Tiene La necesaria para llevar a cabo la obra determinado dentro de la actividad que indicar la o servicio. empresarial. razón de suscribirlo. Si se realiza por tiempo inferior a un año, no hay necesidad, salvo pacto, de preaviso de la finalización del contrato. Interinidad • Jornada completa o parcial. • Por escrito: tiene que indicar qué Durante el tiempo que persiste funciones se van a llevar a cabo, el derecho a reserva del puesto qué puesto y de quién va a del trabajador sustituido. cubrir, asÃ− como el carácter de la contratación. No hay necesidad, salvo pacto, de preaviso de la finalización del contrato. Objeto Forma Duración Sustitución por anticipación a la edad de jubilación Contratar a trabajadores desempleados en sustitución Por escrito y constando el de trabajadores que anticipen su edad de jubilación de nombre del trabajador MÃ−nimo un año. sesenta y cinco a sesenta y cuatro años. que se sustituye. La empresa puede realizar cualquier tipo de contrato con este fin, excepto el de tiempo parcial y el eventual por circunstancias de la producción. Dependiendo de la modalidad escogida, genera derecho a la indemnización de ocho dÃ−as de salario por año prestado. Contrato de relevo Sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo.
• Contratar a trabajadores desempleados para sustituir a trabajadores que acceden de forma -Jornada completa o parcial a la pensión de parcial. jubilación.
• La duración de la jornada es como mÃ−nimo, igual a la reducción entre un 25% y un 85%. • El horario de trabajo del relevado podrá completar el del sustituido o simultanearse con él.
• Por escrito. - El derecho a pensión está condicionado a que el trabajador por cuenta ajena tenga al menos sesenta años y reúna las condiciones exigidas. El puesto de trabajo del relevista puede ser el mismo que el del sustituido o uno similar. Al finalizar el contrato el trabajador tiene derecho a la indemnización de los ocho dÃ−as. 10. Contratos a tiempo parcial _Se trata de los contratos de trabajo que se suscriben durante un número de horas al dÃ−a, a la
semana, al mes o al año inferior a la jornada de trabajo de un trabajador a tiempo completo comparable. Duración • Puede realizarse de manera continuada o partida.
Forma • Por escrito e indicando para que sea válido: número de horas ordinarias de trabajo al dÃ−a, 4
• No se permite la realización de horas extras. • Cabe pactar la realización de horas complementarias. Contratos a tiempo parcial Para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de puesto
a la semana, al mes o al año contratadas y su distribución. • Por tiempo indefinido o duración determinada.
• Circunstancias del mercado. • Acumulación de tareas. • Exceso de despidos.
Por obra o servicio determinado
Relevo
En prácticas
12. Modalidades especiales de contratos Contrato de trabajo en grupo
Contrato a domicilio
• Se concierta entre la • La actividad se realiza en el domicilio del empresa y el jefe de un trabajador o lugar elegido libremente por este. grupo de trabajadores • No hay vigilancia del empresario. considerado en su totalidad. • Puede concertarse con cualquier trabajador. • El jefe de grupo ostenta la CaracterÃ−sticas • El salario es el mismo que el de otro representación de trabajador de categorÃ−a profesional trabajadores. equivalente. • El empresario solo puede • Derecho de la indemnización de los ocho ejercer sus derechos y dÃ−as a la finalización. obligaciones con el jefe de grupo. Por escrito. Tiene que constar el lugar donde se prestan los Forma Verbal o escrito. servicios. Duración Por tiempo indefinido o determinado. DURACIà N DEL CONTRATO DE PUESTA A DISPOSICIà N Por eventualidades en el Para cubrir un puesto de mercado (circunstancias de la trabajo (por selección o producción) promoción) 12 meses CONTRATO DE TRABAJO Concepto Elementos • Consentimiento • Objeto - Causa Capacidad para contratar del empresario
3 meses Formalización Escrito • Contratos de más de 4 semanas • Formativos - A tiempo parcial • Fijos discontinuos y de relevo • Trabajo a domicilio
• En casos de sustitución de trabajadores con derecho a reserva. • Con motivo de una obra o servicio determinado. Mientras subsista la causa que lo motiva. Periodo de prueba Por escrito
• Titulados: 6 meses • No titulados: 2 meses • Empresas 5
• Por obra o servicio determinado • Siempre y cuando lo diga la ley
con menos de 25 empleados: 2 meses
TIPOS DE CONTRATOS Duración determinada - Eventual por circunstancias de la producción Indefinidos - Por obra o servicio • Ordinarios Interinidad • De fomento • Fijo-discontinuo - Sustitución por anticipación de la jubilación
Formativos A tiempo parcial
• Para la formación • En prácticas
- Relevo 4 ejemplares del contrato - El original para la empresa - Una copia para el interesado - Una copia para el INEM - Una copia básica para los representantes de los trabajadores 1
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