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MODERNIZACIÓN DEL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL Reforma del sistema de Pensiones “JUBILACIÓN”
Ponente Sara Arostegi Escribano Abogada Marzo 2011
ÍNDICE 1. PENSIÓN JUBILACIÓN: MODIFICACIONES 1.1. INTRODUCCIÓN 1.1.1. Aspectos 1.1.2. Disposiciones Legales: Modificación LGSS y ET 1.2. EDAD Y AÑOS COTIZADOS 1.2.1. Requisitos 1.2.2. Periodo transitorio 2013 a 2027 1.2.3. Beneficios por cuidado de hijos 1.3. PERIODO (para el cálculo) 1.3.1. Requisitos 1.3.2. Periodo transitorio 2013 a 2022 1.4. PORCENTAJE Y CUANTÍA 1.4.1. Aplicación 1.4.2. Periodo transitorio de 2013 a 2027 1.4.3. Cómputo de cotizaciones 1.4.4. Porcentaje adicional por superación de la edad legal
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ÍNDICE 1. PENSIÓN JUBILACIÓN: MODIFICACIONES
1.5. JUBILACIÓN ANTICIPADA: 1.5.1. Involuntaria 1.5.2. Voluntaria 1.6. JUBILACIÓN PARCIAL 1.6.1. SIN CONTRATO DE RELEVO 1.6.2. CONTRATO DE RELEVO 1.6.2.1. Requisitos 1.6.2.2. Periodo transitorio 2013 a 2027
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1. PENSIÓN JUBILACIÓN: MODIFICACIONES 1.1 INTRODUCCIÓN 1.1.1 ASPECTOS 9 EDAD: De 65 a 67 años 9 AÑOS: (100%) De 35 a 37 años 9 PORCENTAJE: Nueva fórmula 9 PERIODO a computar: De 15 a 25 9 JUBILACIÓN ANTICIPADA:
• •
61 años (involuntario) 63 años (voluntario)
9 JUBILACIÓN PARCIAL • Desaparece la especial a los 64 años • Contrato relevo:
• 67 años • 65% B.R. • Cotización 100%
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1. PENSIÓN JUBILACIÓN: MODIFICACIONES 1.1 INTRODUCCIÓN 1.1.2 DISPOSICIONES LEGALES Modificación de la LGSS Art. 4 DEL ANTEPROYECTO 9 Art. 161.1: (Edad y periodo de carencia) 9 Disposición Transitoria 20ª: (NUEVA) 9 Art. 162.1: (Periodo para el cálculo y cómputo de la base) 9 Disposición Transitoria 5ª: (Modificación) 9 Art. 163: (Porcentaje y cuantía) 9 Disposición Transitoria 21ª: (NUEVA) 9 Disposición Transitoria 56ª: (NUEVA) (Acomodación) - 4-
1. PENSIÓN JUBILACIÓN: MODIFICACIONES 1.1 INTRODUCCIÓN 1.1.2 DISPOSICIONES LEGALES Art 5 DEL ANTEPROYECTO 9 Art. 161 Bis 2: (Jubilación anticipada, modalidades) 9 Disposición Transitoria 3ª: (Modificación) Art 6 DEL ANTEPROYECTO 9 Art. 166.1.2 e) y g): (Jubilación Parcial) 9 Disposición Transitoria 22ª: (NUEVA) Art 9 DEL ANTEPROYECTO 9 DA 59ª: (NUEVA) (Beneficios por cuidado de hijos)
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1. PENSIÓN JUBILACIÓN: MODIFICACIONES 1.1 INTRODUCCIÓN 1.1.2 DISPOSICIONES LEGALES DISPOSICIÓN ADICIONAL OCTAVA 9 Evaluación, en el plazo de 1 año desde la publicación de la Ley: Efectos • • • •
Impacto Integración de lagunas En función del resultado Incorporación cotizaciones anteriores al periodo del computo: Fijos discontinuos
Modificación del E.T DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA 9 Art. 12.6 y 7 del E.T.: (Contrato de relevo) - 6-
1. PENSIÓN JUBILACIÓN: MODIFICACIONES 1.2 EDAD Y AÑOS DE COTIZACION 1.2.1 REQUISITOS
9 Regla General: •
Edad:
67 años ANTES 65 65 años (38 años y 6 meses) (sin p.p.)
Cómputo cotización, años y meses completos •
Periodo mínimo de cotización: 15 años ¾ 2 años dentro de los 15 inmediatamente anteriores al momento de causar el derecho. ¾
•
ALTA o ASIMILADA sin obligación cotizar: los 2 años en los 15 anteriores a la fecha en la que cesó la obligación de cotizar (B.R.: 162.1)
Periodo mínimo de cotización para el 100% de la B.R.: 37 años ANTES 35 - 7-
1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.2 EDAD Y AÑOS DE COTIZACION 1.2.1 REQUISITOS
9 Periodo Transitorio: 2013 a 2027 •
Periodo cotización: De 35 a 38 años y 6 meses (3 meses por año)
•
Edad: De 65 a 67 años ¾ 2013 a 2018: 1 mes por año ¾ 2019 a 2027: 2 meses por año
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.2 EDAD Y AÑOS DE COTIZACION 1.2.2 PERIODO TRANSITORIO 2013 a 2027 Pº Cotizado
Años de Edad
65
65
2013
35 años y 3 meses Menos
2014
35 años y 6 meses Menos
65
2015
35 años y 9 meses Menos
65 65 y 3 meses
65 y 1 mes
65 y 2 meses
65 años – aumento 3 meses cotización en 1 año Hasta 67: ADEMÁS, 1 mes de edad hasta el 2018 y 2 meses hasta el 2027 38 años y 6 meses 2027
menos
65
67
67 - 9-
1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.2 EDAD Y AÑOS DE COTIZACION 1.2.3 BENEFICIOS POR CUIDADO DE HIJOS
EDAD
PERIODO COTIZADO Interrupción cotización:
Extinción relación laboral Cese prestación desempleo
9 meses
nacimiento
9 meses / por hijo 6 años 3 mes
Máx 2 años
cualquier progenitor prioridad: madre
adopción
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.2 EDAD Y AÑOS DE COTIZACION 1.2.3 BENEFICIOS POR CUIDADO DE HIJOS
PRESTACIONES
PERIODO COTIZADO
Jubilación Invalidez P. Muerte y Supervivencia Maternidad y Paternidad
3 años de excedencia (Artº 46.3 ET)
Hijo Menor
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.3 PERIODO (PARA EL CÁLCULO) 1.3.1 REQUISITOS
9 De 15 años (180 meses)
a 25 años (300 meses)
9 Se amplia por año
12 mes/año
9 Transitoriedad
2013 a 2022
14 mes/año
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.3 PERIODO (PARA EL CÁLCULO) 1.3.2 PERIODO TRANSITORIO 15 años cotizados
(180/210)
Hasta 2013 2013
25 años cotizados
12 mes/año
14 mes/año
(192/224)
De forma progresiva desde el 2013 2014 2015
2022
12 mes/año 12 mes/año
12 mes/año
14 mes/año
(204/238)
14 mes/año
(216/252)
14 mes/año
(300/350) - 13-
1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.3 PERIODO (PARA EL CÁLCULO) 1.3.2 PERIODO TRANSITORIO Cese Involuntario: Percepción prestación de desempleo o subsidio durante al menos 3 años completos dentro del periodo del cálculo la base será el resultado de dividir:
9 2013 a 2016:
240/280
OPCIÓN 9 2017 a 2021:
300/350
Aplicable a los trabajadores autónomos, cuando haya transcurrido 1 año desde la fecha en la que se agota la prestación por cese de actividad
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.4 PORCENTAJE 1.4.1 APLICACIÓN 50%
15 años cotización Mes 0,19%
2,28% año
16 años cotización
52,28%
35,66 años cotización
97,12%
Mes 0,18%
37 años cotización
1er mes
248 mes 249 mes
2,16% año
100%
Cuando se apliquen coeficientes correctores: sobre el importe inicial de la pensión limitada en el momento del hecho causante (art. 47) - 15-
1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.4 PORCENTAJE 1.4.2 PERIODO TRANSITORIO 2013 a 2027
1 mes
Años de Edad
Pº Cotizado
Meses/Año 2013
35 años y 1 mes
2014
35 años y 2 meses
2015
35 años y 3 meses
35
100%
2 meses 2
2018
35 años y 6 meses
2019
35 años y 8 meses
2020
35 años y 10 meses
2027
37 años
37 - 9-
1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.4 PORCENTAJE 1.4.2 PERIODO TRANSITORIO 2013 A 2027 9 2013 a 2019: 1 mes al 163 •
83 siguientes
0,21 0,19%
9 2020 a 2022: 1 mes al 106 •
146 siguientes
0,21 0,19%
9 2023 a 2026: 1 mes al 49 •
209 siguientes
0,21 0,19%
9 Partir de 2027: 1 mes al 248 •
16 siguientes
0,19 0,18% - 19-
1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.4 PORCENTAJE 1.4.3 COMPUTO DE COTIZACIONES 9 Los 24 primeros meses: Valor nominal 9 A partir de 24: IPC desde el mes correspondiente hasta el mes inmediatamente anterior al 24 9 Periodos sin obligación a cotizar: •
24 primeros meses: 100% b.mín. mayores 18 años (salvo que en los 36 meses anteriores al periodo computado tenga mayores bases. Se adiciona el 100% de dicha base)
•
Los restantes meses: 50% b.mín mayores 18 años •
Fracción de mes: se íntegra, si es inferior
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.4 PORCENTAJE 1.4.4 PORCENTAJE ADICIONAL POR SUPERACIÓN DE LA EDAD LEGAL
9 Acceso con edad superior a la legal ¾ Cumplir el periodo mínimo ¾ Porcentaje adicional por cada año completo: Edad y el hecho causante •
Hasta 25 años cotizados un 2%
•
Entre 25 y 37 años el 2,75%
•
A partir de 37 años el 4%
• Suma a la general, sin superar el límite del art. 47
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.4 PORCENTAJE 1.4.4 PORCENTAJE ADICIONAL POR SUPERACION DE LA EDAD LEGAL
¾ Si supera el límite del Art 47: (sin aplicación del porcentaje o parcialmente): 9 Se percibe anualmente la cantidad por el porcentaje no aplicado, abonada en 14 pagas y la suma, en cómputo anual no puede ser superior al tope de la base máxima de cotización. 9 No en la jubilación parcial, ni flexible ¾ Cuando para determinar la cuantía de la pensión, se aplicaran coeficientes reductores por edad, se aplican sobre el importe inicial de la pensión limitada en el momento del hecho causante 9 Si en la jubilación parcial y flexible - 18-
1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.5 JUBILACIÓN ANTICIPADA 1.5.1 INVOLUNTARIA 9 61 años 9 Inscritos en el desempleo mínimo de 6 meses (antes de la solicitud) 9 33 años de cotización (no p.p. y se computa 1 año el servicio militar o prestación sustitutoria) 9 CAUSAS DEL CESE: • Despido colectivo (51 E.T.) • Despido objetivo (52 c) E.T.) • Extinción del contrato por resolución judicial (Ley Concursal) • Muerte, jubilación o incapacidad del empresario ¾ Art 44 ¾ Personalidad jurídica • •
Fuerza mayor Consecuencia violencia de género - 20-
2. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 2.5 JUBILACIÓN ANTICIPADA 2.5.2 VOLUNTARIA
9 63 años 9 33 años de cotización (no p.p. y se computa 1 año el servicio militar o prestación social sustitutoria) 9 Importe de la pensión mayor que la que hubiera correspondido por la situación familiar y la edad
9 NOVEDAD
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2. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 2.5 JUBILACIÓN ANTICIPADA COMUN VOLUNTARIA E INVOLUNTARIA
9 Reducción por cada trimestre o fracción, que falte hasta cumplir la edad legal, de 1,875% (7,5% al año) o de 1,625% (6,5%) para los trabajadores con más de 38 años y 6 meses de cotización (a estos efectos se considerarán cotizado el tiempo que reste desde la fecha del hecho causante hasta el cumplimiento de la edad que corresponda. • ANTES: • entre 30 y 34 años cotizados
7,5%
• entre 35 y 37 años cotizados
7%
• entre 38 y 39 años cotizados
6,5%
• 40 o más años cotizados
6%
9 Deben ser periodos completos (no equiparación del periodo a 1 fracción) •
ANTES: por cada año o fracción del año
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.5 JUBILACIÓN ANTICIPADA COMUN VOLUNTARIA E INVOLUNTARIA
9 Mutualistas a partir de los 60 años (8% por cada año o fracción) hasta los 65 años.
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.5 JUBILACIÓN ANTICIPADA COMUN VOLUNTARIA E INVOLUNTARIA AHORA
ANTES INVOLUNTARIA 61 años
VOLUNTARIA
INVOLUNTARIA
Sólo mutualistas con 60 años
61 años
VOLUNTARIA 63 años (60 mutualistas)
6 años desempleo
6 años desempleo
30 años cotizados:
33 años cotizados
Causas: involuntario
CAUSAS: violencia de género
Coeficiente reductor 8% a 6%
Coeficiente R. 7,5% ó 6%
Coeficiente R. 7,5 ó 6%
Año o fracción
No fracción
No fracción
33 años cotizados
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.6 JUBILACIÓN PARCIAL 1.6.1 SIN CONTRATO DE RELEVO
9 67 años 9 Cumple requisitos para la jubilación 9 Reducción del 25% al 75% de jornada 1.6.2 CON CONTRATO DE RELEVO
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.6 JUBILACIÓN PARCIAL 1.6.2 CON CONTRATO DE RELEVO
9 61 años o 60 años (mutualistas) 9 Antigüedad de 6 años 9 Reducción del 25% al 75% de la jornada 9 30 años de cotización (no p.p.) 9 No inferior al 65% de la base de cotización, misma categoría. 9 Duración igual a la que le falta al trabajador para cumplir 67 años 9 Cotización por el 100% de la base de cotización del relevado (cuota obrera y empresarial), como si estuviera a jornada completa
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.6 JUBILACIÓN PARCIAL DIFERENCIAS
9 SIN CONTRATO: de 65 años a 67 9 CON CONTRATO: . Jornada: 25% a 75% . Relevista: cotización mínima el 65% base . Relevado: cotización 100% a pesar de la reducción jornada . Duración: (indefinida) Por el tiempo que falte para cumplir la edad de jubilación (transitorio) 9 SE SUPRIME LA JUBILACIÓN ESPECIAL A LOS 64 AÑOS
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.6 JUBILACIÓN PARCIAL 1.6.1 SIN CONTRATO DE RELEVO Pº Cotizado 2013
Mín 15 años
Años de Edad
65
65 y 1 mes
2014
65 y 2 meses
2015
65 y 3 meses
2027
67
67
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1. PENSION JUBILACION: MODIFICACIONES 1.6 JUBILACIÓN PARCIAL CONTRATO DE RELEVO 1.6.2.2 PERIODO TRANSITORIO Durante el año 2013, el 30% de la b.c. 2013
30% de la b.c. Por cada año incremento 5% por año
2014
35% de la b.c
2015
40% de la b.c
2027
100% de la b.c,
No inferior jornada - 29-
En definitiva, vamos a trabajar más. Más? no. Más tiempo sí. Claro, así pagamos más al Estado… y encima estaremos menos tiempo cobrando la pensión.
Lo peor es que voy a estar dos años más viendo tu cara……
GRACIAS POR SU ASISTENCIA