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Licitación Pública Nacional No. compranet ____________ Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. Interno ___________ PARA LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS CONSISTENTES EN: ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS JUNTA DE ACLARACIONES DIA LUGAR

MES AÑO HORA Sala de Juntas de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicada en Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, piso 5, Col. Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11590, México, D.F. ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES

DIA LUGAR

MES AÑO HORA Sala de Juntas de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicada en Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, piso 5, Col. Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11590, México, D.F.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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RELACIÓN DE DOCUMENTOS QUE INTEGRAN ESTAS BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL NO. _______-____-__ DOCUMENTO 1 2 3 4 5 6 7 7-A 8 9 9-A . 10 11 12 13 14

15 16 17

CONTENIDO Aspectos Administrativos. Especificaciones Técnicas. Formato de Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante. Documentos que deberán ser firmados autógrafamente por persona facultada para ello. Formato para Constancia de recepción de documentos para participar en la licitación e integrar las proposiciones que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones. Propuesta Técnica y Económica. Formato para la Manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público Formato para la manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por del Artículo 31 fracción XXIV de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios y Servicios del Sector Público Formato para la Declaración de Integridad. Modelo de Fianza que presentará(n) el(los) Proveedor(es) para: Garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas de los contratos, así como para responder de los defectos, vicios ocultos de los Bienes y la calidad de los Servicios, y cualquier otra responsabilidad. Modelo de Carta de Crédito Standby que deberán presentar los proveedores, Modelo de Declaración de Beneficiario y Modelo de Modificación. Modelo de manifestación de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones fiscales, que el licitante adjudicado deberá entregar previo a la formalización del contrato. Compromisos con la Transparencia. Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal. Modelo de Contrato Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios Modelo de manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; Acompañada con copia fotostática del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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DOCUMENTO 1 ASPECTOS ADMINISTRATIVOS INDICE 1.

Consulta, costo y forma de pago de las Bases.

2.

Información general sobre el procedimiento. 2.1.

Plazo, lugar de ejecución, recepción de los servicios, moneda, precio, anticipo, idioma, y forma de pago.

3.

Eventos previos a la presentación de proposiciones. 3.1.

Junta de aclaraciones.

3.2.

Condiciones Generales de la Licitación. 3.2.1. Participación de Testigos Sociales.

4.

Instrucciones para elaborar las proposiciones, desarrollo del procedimiento y criterio de evaluación. 4.1.

Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica.

4.2.

Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones. 4.2.1. Dentro o Fuera del sobre cerrado que contenga la proposición a elección del licitante. 4.2.2. Documentación que deberá presentarse dentro del sobre cerrado que contenga la proposición

4.3.

Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

4.4.

Acto de presentación y apertura de proposiciones. 4.4.1

4.5.

Criterios para la aceptación de proposiciones

Criterios de evaluación 4.5.1. Criterios de evaluación de aspectos técnicos. 4.5.2. Criterios de evaluación de aspectos económicos 4.5.3. Procedimiento de desempate de proposiciones iguales en precio.

5.

Criterios de adjudicación.

6.

Casos en que se declarará desierta la licitación o una o varias partidas o posiciones

7.

Cancelación de la licitación, partidas o posiciones o conceptos incluidos en éstas.

8.

Desechamiento de proposiciones. 8.1 Causas de desechamiento 8.2 Devolución de propuestas desechadas

9.

Fallo.

10.

Inconformidades.

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11.

Compromisos con la Transparencia.

12.

Formalización del Contrato.

13.

Aspectos contractuales básicos. 13.1.

Plazo, y lugar de ejecución de los Servicios. 13.1.1. Recepción de los Servicios

13.2.

Supervisión de los Servicios.

13.3.

Garantías 13.3.1 Fianza relacionada al cumplimiento del Contrato, así como para responder de los defectos y vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad 13.3.2 Carta de Crédito Standby relacionada al cumplimiento del contrato, así como para responder de los defectos vicios ocultos de los bienes, la calidad de los servicios y cualquier otra responsabilidad.

13.4

Anticipo.

13.5.

Condiciones y forma de pago.

13.6.

Facturación.

13.7.

Penas convencionales

13.8

Prórrogas

13.9.

Rescisión Administrativa del Contrato

13.10.

Información Reservada y Confidencial.

13.11.

Obligaciones Fiscales

13.12

Seguros

13.13.

Fuentes de Financiamiento. .

13.14

Responsabilidad de las partes.

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En cumplimiento a las disposiciones que establecen los artículos 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1° fracción IV, 3°, 25, 26 fracción I, 27, 28 fracción I y 31 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (en adelante “Ley”) y aplicables de su Reglamento (en adelante “Reglamento”) así como en el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones para el uso de medios remotos de comunicación electrónica, en el envío de propuestas dentro de las licitaciones públicas que celebren las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, así como en la presentación de las inconformidades por la misma vía”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de Agosto de 2000 (en adelante “ACUERDO”] y las disposiciones administrativas vigentes en la materia, PEMEX-Refinación por conducto de la Subgerencia de Contratación para Producción y Embarcaciones Marítimas, ubicada en el piso 9, de Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, Col. Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., con los teléfonos (LADA 01 55) 5545-5230 y No. de Fax 5545-4188 y correo electrónico [email protected] y/o [email protected] (en adelante “Convocante” o PEMEX-Refinación ) emite las siguientes Bases de Licitación Pública Nacional número R7 LN ___ ___, compranet 1 8 5 7 6 0 5 7 - _ _ _ - 0 7 (en adelante

ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS (en adelante arrendamiento) incluidos en la

bases) y que tiene por objeto la prestación de servicios consistentes en:

solicitud de pedido Núm.(s)_______que se describen en el Documento 2..Estas Bases constan de ___ Documentos. Este procedimiento de contratación se convoca: Fuera de la cobertura de los Tratados de Libre Comercio suscritos por los Estados Unidos Mexicanos: 1.

Consulta, costo y forma de pago de las Bases.

Estas Bases tienen un costo de $(número) (letra 00/100 M.N.) incluido el I.V.A y estarán a disposición de los interesados para consulta y venta a partir del día en que se publique la convocatoria y hasta, inclusive, el sexto día natural previo al acto de presentación y apertura de proposiciones en: A.

Las oficinas de la Convocante en el horario comprendido de las 08:30 a las 14:30 horas en días hábiles, en la ventanilla de venta de bases, ubicada en Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, 5° piso, Col. Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., El pago deberá hacerse en efectivo, o bien, mediante entrega de cheque certificado o de caja a nombre de la Convocante, expedido por institución bancaria autorizada para operar en los Estados Unidos Mexicanos.

B.

El sistema electrónico de contrataciones gubernamentales compranet en la dirección electrónica: http://www.compranet.gob.mx. El pago deberá realizarse a través del sistema de pago en banco, utilizando los recibos generados para el efecto por compranet.

2.

Información general sobre el procedimiento.

El servidor público designado por la convocante, será el único facultado para tomar todas las decisiones durante la realización de los actos, en los términos de la Ley y su Reglamento. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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2.1. Plazo, lugar de ejecución, recepción del arrendamiento, moneda, precio, anticipo, idioma, y forma de pago. A) El plazo y lugar de ejecución del Arrendamiento será el que se menciona en el punto 13.1. B) La recepción del Arrendamiento será efectuado por personal de la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo. C) Elaborar su propuesta en Dólares de los Estados Unidos de América. El costo del Arrendamiento y el costo de la póliza integral de mantenimiento del Buque serán fijos desde su inicio hasta la conclusión de los mismos y no estarán sujetos a ajustes. D) Para esta licitación NO se otorgará anticipo. E) El idioma para la presentación de las proposiciones será el español. Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma inglés, sin traducción simple al español, si el idioma de los anexos técnicos o folletos están en un idioma diferente al inglés, es necesario que los licitantes presenten una traducción simple al español F) El pago que derive por la contratación del Arrendamiento objeto de esta licitación, se realizará en pesos mexicanos, al séptimo día hábil a partir de la recepción y aceptación de la factura acompañada de la documentación soporte, conforme a lo términos establecidos en estas Bases y en el contrato, al tipo de cambio vigente que publique el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, en la fecha en que se haga el pago. G) Será obligatorio adquirir las Bases para participar en cualquiera de los eventos de esta licitación. 3. 3.1.

Eventos previos a la presentación de proposiciones. Junta de aclaraciones.

La junta de aclaraciones se llevará a cabo el día (número) de (mes) del 200_ a las (hora) hrs., en (lugar), siendo optativa la asistencia de los interesados a las reuniones que, en su caso, se realicen. Solamente podrán solicitar aclaraciones las personas que hayan adquirido las Bases, lo cual deberá acreditarse con copia fotostática del comprobante de pago de las mismas, en caso contrario se les permitirá su asistencia sin poder formular preguntas. Una vez concluida la junta, no se aceptarán más solicitudes de aclaración. Este evento podrá ser videograbado por la convocante, como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Combate a la Corrupción Las preguntas que formulen los licitantes deberán tener el sentido de aclaración de las dudas o cuestionamientos sobre la Convocatoria, las presentes Bases o la junta de aclaraciones, las cuales podrán plantearse personalmente, por escrito o preferentemente en archivos de texto magnéticos en formato Word, al inicio de la junta. Las preguntas recibidas con posterioridad al último día de venta de bases de licitación, por resultar extemporáneas, no serán contestadas y se integrarán al expediente respectivo, excepto que la Convocante estime conveniente programar una nueva reunión para ello, respetando los plazos previstos en la Ley.

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Las aclaraciones que deriven de esta junta, constarán en el acta que se levante con motivo de la misma, en el entendido de que dicha acta formará parte de estas Bases Los licitantes podrán enviar sus preguntas sobre la convocatoria y las Bases por medio del programa informático de compranet, hasta la fecha y hora determinada, siempre y cuando antes del inicio de la junta de aclaraciones haya acreditado la compra de Bases, para lo cual deberán enviar el comprobante de pago respectivo, al fax ____ o bien, incluir el comprobante de compra de Bases con el sello del banco receptor, dentro del archivo electrónico de solicitud de aclaraciones a las Bases, lo cual se constatará en el transcurso de la junta y se asentará en el acta lo que en su caso resulte. Los licitantes que participen en forma electrónica se darán por notificados del acta que se levante de la junta de aclaraciones, cuando ésta se encuentre a su disposición en la página de internet de compranet, sin perjuicio de que puedan obtener una copia directamente en las oficinas de la Convocante. Los licitantes podrán entregar o presentar por escrito las dudas o aclaraciones a tratar en la junta dentro de los 2 (dos) días hábiles anteriores a la celebración de la misma, en el domicilio de la Convocante ubicado en: Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, piso 9, Col. Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México D.F., dentro del horario comprendido de las 08:30 a 14:30 y de 16:00 a 17:00 hrs., en días hábiles, a la atención de la Subgerencia de Contratación para Producción y Embarcaciones Marítimas, o enviarlas a través del correo electrónico a las direcciones [email protected] y/o [email protected]. En este supuesto, se deberá adjuntar copia del comprobante de pago de estas Bases con el sello del banco receptor, tratándose de envío electrónico deberán utilizar archivos de imagen tipo JPG, GIF o PDF, o enviar el comprobante respectivo al fax (01-55) 19-44-25-00 Ext. 379-40. En caso de omitir el envío de dicho comprobante será motivo de no dar respuesta a las dudas o aclaraciones enviadas por dicho medio, sin perjuicio de que en dicha junta, acrediten el pago de las Bases y formulen las solicitudes de aclaración a las mismas. 3.2.

Condiciones generales de la licitación.

A) Adquirir las Bases demostrándolo en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante copia fotostática del comprobante de pago que deberá entregarse junto con el sobre cerrado que contenga la proposición, ya que en caso contrario no se admitirá su participación Para los interesados en participar a través de medios remotos de comunicación electrónica, será requisito indispensable adquirir las Bases a través del sistema de pago en bancos por medio de los formatos que para este efecto expide compranet. En caso de utilizar los recibos generados por compranet, dicho recibo deberá contener el sello del banco con fecha máxima del día límite para venta de Bases. B) El objeto social o actividad comercial o profesional del licitante deberá estar relacionado con la prestación del Arrendamiento requerido en esta licitación. C) No podrán participar las personas físicas o morales inhabilitadas por resolución de la Secretaría de la Función Pública, en los términos de la Ley o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. D) Los licitantes solo podrán presentar una proposición para esta licitación. No se aceptarán propuestas alternativas. E) Las proposiciones recibidas en el Acto de Presentación y Apertura de proposiciones no podrán ser retiradas o dejarse sin efecto por parte de los licitantes, por lo que se considerarán vigentes dentro del MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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procedimiento de licitación hasta su conclusión, en términos del Art. 26 tercer párrafo de la Ley, y Art. 30 fracción X de su Reglamento. 3.2.1

Participación de testigos sociales.

De conformidad con el “Acuerdo por el que se establecen los lineamientos que regulan la participación de los testigos sociales en las contrataciones que realicen las dependencias y entidades de la administración publica federal”, emitido por la Secretaría de la Función Pública y publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de diciembre de 2004, PEMEX-Refinación informa a los licitantes que para este procedimiento de contratación participa el Ing. Jorge Cruz Mendez, y el Ing. Edwin Simpson Espinosa designado por el Instituto Mexicano de Auditoria Técnica, ambos como testigos sociales designados por dicha Secretaría, con la finalidad de dar testimonio público sobre el desarrollo de la contratación. La participación del Testigo Social no será motivo para presentar inconformidades, salvo que su actuación contravenga a las disposiciones contenidas en las leyes, supuesto en el cual se aplicarán las correspondientes a la inconformidad. Asimismo, el testimonio que emita el Testigo Social en ningún caso tendrá efectos jurídicos sobre la contratación, la cual será responsabilidad exclusiva del servidor público designado para llevarla a cabo. . 4. Instrucciones para elaborar las proposiciones, desarrollo del procedimiento y criterios de evaluación. El licitante deberá cumplir con los siguientes requisitos para poder participar en el procedimiento de licitación: A) Acreditar su existencia y personalidad jurídica en el acto de presentación y apertura de proposiciones, mediante un escrito en el que su firmante manifieste, bajo protesta de decir verdad, que cuenta con facultades suficientes para comprometerse por sí o por su representada, dicho escrito deberá contener los datos que se citan en el Documento 3. El licitante o su apoderado o representante legal que firme el Documento 3, deberá ser quien firme autógrafamente la proposición. B)

Elaborar y entregar la proposición en idioma español, sin tachaduras o enmendaduras. Dicha proposición deberá estar firmada autógrafamente por persona facultada para ello en la última hoja del documento que la contenga y los documentos que se relacionan en el Documento 4. Las proposiciones se presentarán dentro de un sobre cerrado e identificado con la siguiente información: • •

Nombre o razón social y domicilio del licitante. Número de licitación.

Debido a la necesidad de mantener un orden en el manejo de la documentación, se solicita preferentemente presentar las proposiciones foliadas en papel membretado de la empresa con una copia fotostática de las mismas, establecer un índice del contenido de cada propuesta, el folio se aplicará también a todas las hojas de información complementaria. El incumplimiento a lo establecido en este párrafo, no será motivo para desechar las proposiciones. No se aceptan proposiciones enviadas por servicio postal o mensajería. C) Entregar dentro o fuera del sobre cerrado que contenga la proposición, copia fotostática del recibo de pago de las bases respectivas, de acuerdo a lo establecido en el artículo 34 de la Ley. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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D) Entregar dentro o fuera del sobre cerrado que contenga la proposición, las manifestaciones escritas bajo protesta de decir verdad de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los Artículos 50, 60 penúltimo párrafo y 31 fracción XXIV de la Ley, conforme al Documento 7 y 7-A respectivamente, así como la declaración de integridad conforme al Documento 8. E) Elaborar su propuesta, utilizando para ello el Documento 6, en donde deberá detallar claramente las especificaciones técnicas del Arrendamiento que propone conforme a lo solicitado en el Documento 2, indicando el número de posición o partida de que se trate, unidad de medida, cantidad, marca y modelo, así mismo deberá manifestar el plazo y lugar de ejecución del arrendamiento. Los anexos técnicos y folletos que se incluyan en la propuesta, podrán presentarse en idioma inglés, sin traducción simple al español, si el idioma de los anexos técnicos o folletos están en un idioma diferente al inglés, es necesario que los licitantes presenten una traducción simple al español Se deberán describir el arrendamiento propuesto y no se aceptarán indicaciones tales como: “marca o similar” “o equivalente”, “marca propia” “cotizo mi marca”, “cotizo de acuerdo a lo solicitado”, “incluido”, “sin costo” y otros datos diferentes a los solicitados en el Documento 2, ya que será motivo para desechar la proposición. F) De conformidad con la regla Octava del “Acuerdo por el que se establecen las reglas para la determinación y acreditación del Grado de Contenido Nacional, tratándose de procedimientos de contratación de carácter nacional” publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de marzo de 2000, y las Reformas a éste, publicadas el 12 de julio de 2004, el licitante que resulte ganador, previo a la formalización del contrato que se adjudique como resultado de este procedimiento de contratación, deberá acreditar su nacionalidad mexicana, Reglamento y de acuerdo a lo siguiente: Tratándose de personas morales: Mediante la copia certificada de la escritura pública correspondiente, en la que conste que se constituyó conforme a las leyes mexicanas y que tiene su domicilio en el territorio nacional. Tratándose de personas físicas: Mediante copia certificada del acta de nacimiento correspondiente o, en su caso, de la carta de naturalización respectiva expedida por la autoridad competente, y la documentación con la que demuestre tener su domicilio legal en el territorio nacional. G) Elaborar su propuesta en Dólares de los Estados Unidos de América conforme al Documento 6, indicando separadamente el costo diario por el Arrendamiento a Casco Desnudo y el costo diario por la Póliza Integral de Mantenimiento. Se deberán cotizar precios fijos, netos y hasta con dos decimales, los cuales serán aplicables durante la vigencia del Contrato, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado (I.V.A.). Se desechará la proposición que establezca precios condicionados o variables. H) Se podrán presentar proposiciones conjuntas de conformidad con el segundo párrafo del artículo 34 de la Ley, observando los términos establecidos en estas Bases y considerando lo siguiente H.1)

Tendrán derecho a participar adquiriendo, alguno de los integrantes del grupo, solamente un ejemplar de las Bases.

H.2)

Deberán celebrar entre todas las personas que integran la agrupación, un convenio en los términos de la legislación aplicable, en el que se establecerán con precisión los aspectos siguientes: a) Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de las personas integrantes, identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que se acredita la

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existencia legal de las personas morales y de haberlas, sus reformas y modificaciones así como el nombre de los socios que aparezcan en éstas. b) Nombre y domicilio de los representantes de cada una de las personas agrupadas; identificando en su caso, los datos de las escrituras públicas con las que acrediten las facultades de representación. c) La designación de un representante común, otorgándole poder amplio y suficiente, para atender todo lo relacionado con la propuesta en el procedimiento de licitación, mismo que firmará la proposición; d) La descripción de las partes objeto del Contrato que corresponderá cumplir a cada persona, así como la manera en que se exigirá el cumplimiento de las obligaciones, e) Estipulación expresa de que cada uno de los firmantes quedará obligado en forma conjunta y solidaria con los demás integrantes, para comprometerse por cualquier responsabilidad derivada del Contrato que se firme. En caso de resultar ganadora la propuesta, para efectos de la formalización del Contrato, éste podrá ser suscrito por el representante común quién deberá acreditar su personalidad y facultades otorgadas en el convenio mediante instrumento público, salvo que el contrato sea firmado por todas las personas que integran la propuesta conjunta o sus apoderados, quienes en lo individual, deberán acreditar su respectiva personalidad. PEMEX-Refinación no firmará el Contrato, si de la proposición conjunta se elimina o sustituye alguno de los integrantes o varía el alcance original de la proposición conjunta, en cuyo caso, informará a la Secretaría de la Función Pública en términos del artículo 60 de la Ley. H.3)

Acreditar individualmente la existencia y personalidad de los integrantes de la proposición conjunta.

H.4)

Firmar la proposición. por el representante común que se haya designado en el convenio respectivo.

H.5)

Presentar los escritos a que se hace referencia en el inciso D) de este numeral 4, en forma individual por los integrantes de la proposición conjunta.

H.6)

De resultar ganadora la proposición conjunta, presentar en un sólo instrumento, la garantía de cumplimiento del Contrato, la cual deberá otorgarse conforme al punto 13.3.

H.7)

La declaración de encontrarse al corriente en el cumplimiento de obligaciones fiscales a que se hace referencia en el segundo párrafo del punto 12, deberá ser presentada por escrito, por cada uno de los miembros que integran la proposición conjunta, previo a la formalización del Contrato en estricto apego al Documento 10.

H.8)

La experiencia en la ejecución del arrendamiento deberá acreditarse por una de las personas que integran la propuesta conjunta, o si lo prefieren los integrantes podrán hacerlo en forma individual y se acreditará conforme a lo señalado en el inciso K), de este punto.

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I)

Con el propósito de agilizar el desarrollo del acto de presentación y apertura de proposiciones, preferentemente entregar el Documento 5, en el cual se indicará la documentación que se presenta. Dicho formato servirá a cada participante como constancia de la documentación que entregue en el acto de presentación y apertura de proposiciones, asentándose dicha recepción en el acta respectiva. La omisión de entregar este formato no será motivo de descalificación y la Convocante extenderá un acuse de recibo de la documentación entregada por el licitante en dicho acto.

J) Ninguna de las condiciones contenidas en estas Bases, así como en las proposiciones presentadas por los licitantes podrán ser negociadas. K) Contar con experiencia de cuando menos cuando menos un año en actividades relacionadas con el Arrendamiento y/o Fletamento de Embarcaciones, lo cual deberá acreditarse con fotocopia de facturas, contratos y/o documentos equivalentes, celebrados con PEMEX Refinación u otras dependencias, entidades o cualquier otro cliente; en caso de que la experiencia se acredite mediante copia de contratos será suficiente la presentación de la primera hoja, la hoja en la que se describa el objeto del contrato y la hoja u hojas que contengan las firmas de quienes los suscriben. L) Los licitantes que se encuentren en el supuesto del artículo 14 de la Ley, y deseen recibir la preferencia establecida en el mismo artículo, deberán entregar junto con su proposición: La manifestación bajo protesta de decir verdad, de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, de conformidad con el Documento 15. Esta manifestación se tomará en cuenta en caso de que exista un empate entre dos o más proposiciones, conforme a lo señalado en el punto 4.5.3. M) Manifestación que se solicita a los licitantes Con la finalidad de homogeneizar la información de los catálogos de Proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios, y con el propósito de garantizar que la información de estos sistemas con respecto a la estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas sea correcta, es necesario que los licitantes manifiesten junto con su proposición, el tipo de empresa a la que corresponden, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados de acuerdo a lo solicitado en el documento 14 La omisión de esta manifestación, no es motivo para descalificar la proposición. 4.1

Condiciones y formalidades para la presentación de propuestas por medios remotos de comunicación electrónica.

Los licitantes que a su elección presenten sus propuestas a través de medios remotos de comunicación electrónica conforme a lo establecido en el ACUERDO, deberán sujetarse a lo siguiente: A)

Deberán elaborarse en formatos WORD, EXCEL, PDF, HTML o en su caso, utilizar archivos de imagen tipo JPG o GIF, según se requiera.

B) Preferentemente, deberán identificarse, cada una de las páginas que integran las propuestas, con los datos siguientes: clave del registro federal de contribuyentes, número de licitación y número de página, cuando ello técnicamente sea posible; dicha identificación deberá reflejarse, en su caso, en la impresión que se realice de los documentos durante el acto de apertura de las proposiciones.

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C) Adicionalmente, deberán emplear en sustitución de la firma autógrafa, el medio de identificación electrónica proporcionado previamente por la Secretaría de la Función Pública. D) El sobre será generado mediante el uso de tecnologías que resguarden la confidencialidad de la información, a través del programa informático que la Secretaría de la Función Pública les proporcione una vez concluido el proceso de certificación correspondiente. E) Los licitantes que opten por el envío de su propuesta a través de medios remotos de comunicación electrónica, deberán concluir el envío de ésta y contar con el acuse de recibo electrónico que emita la Secretaría de la Función Pública a través de Compranet, a más tardar, una hora antes del acto de presentación y apertura de proposiciones. Asimismo, con el propósito de facilitar la presentación de proposiciones por medios remotos de comunicación electrónica y agilizar la conducción de los actos del procedimiento de licitación, se recomienda que los archivos que las integran sean identificados con los nombres indicados en el punto 4.2 y en el Documento 5, sin que la omisión de lo establecido en este párrafo sea motivo de desechamiento.

4.2. Documentación que se entregará en el acto de presentación y apertura de proposiciones. 4.2.1. Inciso

A) B) C)

D) E)

G) H) I)

Dentro o Fuera del sobre cerrado que contenga la proposición a elección del licitante Nombre del Archivo TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA

Documento La omisión de cualquiera de los siguientes documentos será motivo de descalificación de la proposición. Copia del comprobante de pago de Bases. Formato de la Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 3). Formatos para las manifestaciones de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50, 60 último párrafo y 31 fracción XXIV de la LEY. (Documentos 7 y 7-A) Formato para la Declaración de Integridad (Documento 8). De ser el caso, el convenio privado mediante el cual se pacta presentar propuesta conjunta. La omisión de cualquiera de los siguientes documentos no será motivo de desechamiento de la propuesta. Carta poder simple e Identificación oficial de quien asista a entregar la proposición. El documento denominado Compromisos con la Transparencia (Documento 11). Formato para Constancia de recepción de documentos para participar en la licitación e integrar las proposiciones que los licitantes entregan a la Convocante en el acto de presentación y apertura de proposiciones. (Documento 5).

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(RECIBO) (DOC_3) (DOC_7) (DOC_7-A) (DOC_8) (CONVEN)

(DOC_11) (DOC_5)

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J)

K)

Modelo de manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. (documento 14) Modelo para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos respecto de su planta total de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social ( Documento 15)

(DOC_14)

(DOC_15)

4.2.2.

Documentación que deberá presentarse dentro del sobre cerrado que contenga la proposición. Inciso Documento Nombre del archivo TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN ELECTRÓNICA

A) B) 4.3.

Propuesta Técnica y -Económica (Documento 6). Documentación para la acreditación de experiencia.

la

(DOC_6) (EXPER)

Indicaciones generales para el desarrollo de los actos.

El licitante deberá presentar copia del recibo de pago de las Bases de licitación, en caso de que presente el original de dicho recibo y no incluya copia del mismo, el original se le devolverá una vez concluido el acto correspondiente, previa obtención de la copia respectiva. El acto de presentación y apertura de proposiciones iniciará puntualmente a la hora establecida en estas Bases. Por lo que a partir de la hora señalada se procederá a registrar a los asistentes y no se permitirá el acceso a ningún licitante ni observador, razón por la que se recomienda su presencia con 30 (treinta) minutos de anticipación a la hora establecida. Con el objeto de mantener orden y respeto durante el desarrollo de los actos que deriven de esta licitación, no se permitirá el uso de teléfonos celulares y radio localizadores audibles en el interior de la sede en donde éstos se desarrollen. Los actos que deriven de esta licitación serán presididos por el servidor público designado por la Convocante, quien será el único facultado para aceptar o desechar las propuestas y, en general, para tomar todas las decisiones durante la realización del acto, en los términos de la Ley y su Reglamento. En el acto de presentación y apertura de proposiciones, primeramente se registrarán las proposiciones de los licitantes presentes en el acto y posteriormente las que en su caso, se hayan recibido vía electrónica. Concluido lo anterior la apertura de las proposiciones iniciará con las que en su caso, fueron enviadas por medios electrónicos y posteriormente con las presentadas en papel la revisión de la documentación se efectuará en forma cuantitativa, y se dará lectura al precio unitario de cada una de las partidas que integran las propuestas, así como al importe total de cada propuesta, los cuales se incluirán en el acta respectiva. la convocante podrá omitir dar lectura al precio de cada una de las partidas siempre y cuando se incluyan en el acta del evento o se anexen a la misma. El análisis detallado se efectuará durante el proceso de evaluación de las propuestas.

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En el supuesto de que durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, por causas ajenas a la voluntad de la Secretaría de la Función Pública o de la Convocante, no sea posible abrir los sobres que contengan las proposiciones enviadas por medios remotos de comunicación electrónica, el acto se reanudará a partir de que se restablezcan las condiciones previas a la interrupción, salvo lo previsto en el inciso d) de la disposición Sexta del ACUERDO. Quien concurra en representación de una persona física o moral al acto de presentación y apertura de proposiciones, deberá presentar para participar en dicho acto carta poder simple firmada con dos testigos, así como presentar original y copia por ambos lados de una identificación oficial vigente con fotografía tales como: credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte, cédula profesional, licencia de conducir, o bien, credencial de Proveedor expedida por el Directorio Institucional de Proveedores y Contratistas de Petróleos Mexicanos. No será motivo de descalificación la falta de identificación o de acreditamiento de la representación de la persona que solamente entregue las proposiciones, pero sólo podrá participar durante el desarrollo del acto con el carácter de oyente Si algún licitante no ha identificado su sobre conforme a lo antes señalado, se le permitirá que lo haga al momento de registrar su asistencia al acto de presentación y apertura de proposiciones. Las actas que se generen con motivo de los actos derivados de esta licitación, serán firmadas por los asistentes y se pondrán a su disposición o se les entregará copia de las mismas, la falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos, poniéndose a disposición de los que no hayan asistido para efectos de su notificación en la Superintendencia de Administración de Recursos de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicada en el piso 5, en Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, Col. Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F., en el horario comprendido de las 08:30 a 14:30 y de 16:00 a 18:00 horas, por un término de 5 (cinco) días hábiles contados a partir del día hábil siguiente a la fecha de celebración de dichos actos; siendo de la exclusiva responsabilidad de los licitantes acudir a enterarse de su contenido y obtener copia de las mismas. Dicho procedimiento sustituirá a la notificación personal. Los licitantes que participen por medios remotos de comunicación electrónica, aceptarán que se tendrán por notificados de las actas que se levanten con motivo de esta licitación, cuando éstas se encuentren a su disposición a través de compranet. En términos del último párrafo del artículo 39 del Reglamento, podrá asistir cualquier persona que sin haber adquirido las Bases manifieste su interés de estar presente en los actos de carácter público, bajo la condición de que deberá registrar su asistencia y abstenerse de intervenir en cualquier forma en los mismos. 4.4.

Acto de presentación y apertura de proposiciones.

El acto de presentación y apertura de proposiciones se llevará a cabo de conformidad a lo previsto por los artículos 34 primer y tercer párrafo, 35 de la Ley y 39 del Reglamento, (así como por lo dispuesto en el ACUERDO, el día __ de _____ del 200_ a las ____ hrs., en una de las salas de juntas de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicadas en Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, piso 5, Col. Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F. Este evento podrá ser videograbado por la Convocante como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia y Combate a la Corrupción. 4.4.1

Criterios para la aceptación de proposiciones.

La proposición deberá cumplir con la entrega de los documentos que se solicitan en el punto 4, incisos A), C), y D) Para el caso de de propuestas conjuntas además deberá cumplir con los requisitos indicados en el inciso H) del punto 4. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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El incumplimiento de dichos aspectos será motivo de la no aceptación de la proposición. 4.5

Criterios de evaluación.

Se evaluarán todas las proposiciones que fueron aceptadas en el procedimiento. 4.5.1.

Criterios de evaluación de aspectos técnicos.

A. Se verificará que el arrendamiento propuesto cumpla con lo solicitado en el Documento 2, y en su caso, lo que se haya asentado en el acta de la junta de aclaraciones. B. La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4 incisos B), E), K), y L) así como con el Documento 6, así como con la presentación de los anexos técnicos, folletos, manuales y demás literatura técnica, C. La evaluación se hará por el total de la solicitud de pedido. D. La forma para evaluar la experiencia será con fotocopia de facturas, contratos y/o documentos equivalentes, celebrados con PEMEX Refinación u otras dependencias, entidades o cualquier otro cliente; en caso de que la experiencia se acredite mediante copia de contratos será suficiente la presentación de la primera hoja, la hoja en la que se describa el objeto del contrato y la hoja u hojas que contengan las firmas de quienes los suscriben. 4.5.2

Criterios de evaluación de aspectos económicos.

A. La base para evaluar la oferta será el precio unitario. Cuando se presente un error de cálculo en la propuesta presentada, sólo habrá lugar a su rectificación por parte de la convocante, cuando la corrección no implique la modificación de precios unitarios. En caso de discrepancia entre las cantidades escritas con letra y con número, prevalecerá la cantidad con letra, por lo que de presentarse errores en las cantidades o volúmenes solicitados, estos podrán corregirse B. La propuesta deberá cumplir con los requisitos en forma y contenido que se solicitan en el punto 4, incisos B) y G), así como con el Documento 6 C. La evaluación se hará por la totalidad de la solicitud de pedido. . D. Se evaluarán todas las proposiciones que hayan cumplido técnica y legalmente que se presenten en el procedimiento. E) Los precios que propongan los licitantes, se compararán con los precios de Arrendamiento similares a los de esta contratación, considerando las condiciones del mercado internacional de embarcaciones a la fecha mas cercana al acto de presentación de propuestas, y se considerarán que el precio no es aceptable, cuando de la investigación de precios realizada, resulte que el precio de la proposición es superior a un diez (10) por ciento. F) Se aplicará el criterio Costo-Beneficio, el cual consistirá en determinar el costo por barril transportado durante un ciclo operativo, por lo que de conformidad con los artículos 36 fracción IV de la Ley y 42 del Reglamento, a continuación se mencionan los costos que serán considerados para la evaluación teniendo en cuenta la capacidad efectiva de carga ofertada: ™ El costo por el consumo de combustible de la maquinaria y equipos auxiliares, durante el ciclo operativo. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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™ Costo por el tiempo en que se realizará el ciclo operativo considerando la Tarifa Diaria ofertada (Tarifa Diaria= Costo del Arrendamiento + Costo de la póliza integral de mantenimiento del buque). Los parámetros que se consideraran para realizar el ciclo operativo serán los siguientes: 1. Fondeado en origen: 1 hora. 2. Cargando en puerto, por el tiempo que resulte de considerar la capacidad efectiva de carga ofertada y un ritmo de carga de 12,000 barriles por hora. 3. Descargando en puerto, por el tiempo que resulte de considerar la capacidad efectiva de carga ofertada y un ritmo de descarga de 12,000 barriles por hora. 4. Navegando cargado con la velocidad de garantía de 14 nudos por singladura (24 horas), equivalente a 336 millas náuticas, más el consumo de calentamiento de carga durante la navegación en este tramo. 5. Navegando en lastre con la velocidad de garantía de 14.5 nudos por singladura (24 horas), equivalente a 348 millas náuticas, más el consumo por lavado de tanques durante la navegación en lastre. 6. Inertizando tanques de carga. (Para efectos de evaluación se considera que esta actividad se efectúa durante la operación de descarga, por lo que sólo aplica el consumo de combustible en un período de 8 horas). 7. Calentamiento de carga durante un período de 24 horas. 8. Lavando tanques. (Para efectos de evaluación se considera que esta operación se efectúa durante la navegación en lastre, por lo que sólo aplica el consumo de combustible en un período de 24 horas, ya que el tiempo de lavado se incluye en el de navegación). 9. Capacidad efectiva de carga en barriles naturales, al calado de 39 pies en agua salada o al calado de verano de ser menor éste, sin incluir consumibles y slops, de productos sucios con peso específico de 0.982. Todas las propuestas recibidas deberán evaluarse de la misma forma. 4.5.3.

Procedimiento de desempate de proposiciones iguales en precio.

Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más proposiciones, de ser el caso, se adjudicará al licitante que haya comprobado ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses, la comprobación se hará con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social. Para obtener este beneficio los licitantes deberán incluir la manifestación correspondiente conforme al Documento 15 Si el empate persistiera o no se presentara la comprobación a que se refiere el párrafo anterior, de conformidad con el artículo 44 del Reglamento, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Convocante en el propio acto de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada proposición que resulte empatada y depositados en una urna de material transparente, de la que se extraerá en primer lugar el boleto del licitante ganador, y posteriormente los demás boletos empatados con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones. 5.

Criterios de adjudicación.

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A. Se considerarán solventes las proposiciones de los licitantes que cumplieron todos los requisitos de las Bases y reúnen las condiciones legales, técnicas y económicas requeridas por PEMEX-Refinación, y garanticen satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas. B. Si resultare que dos o más proposiciones son solventes porque satisfacen la totalidad de los requerimientos solicitados por PEMEX-Refinación, el contrato se adjudicará a la propuesta que presente el mayor beneficio neto, es decir, a la propuesta que resulte con el menor costo por barril transportado, en el ciclo operativo descrito en el inciso F) del numeral 4.5.2 de estas bases. C. La adjudicación del Contrato será por solicitud de pedido. 6.

Casos en que se declarará desierta la licitación o una o varias partidas o posiciones

La Convocante podrá declarar desierta la licitación en los casos previstos por el artículo 38 primer párrafo de la Ley y artículo 47 del Reglamento. 7.

Cancelación de la licitación, partidas o posiciones o conceptos incluidos en éstas.

La Convocante podrá cancelar la licitación partidas o posiciones o conceptos incluidos en éstas conforme a los supuestos previstos en el artículo 38 último párrafo de la Ley. 8.

Desechamiento de proposiciones.

8.1

Causas de desechamiento

Se desecharán las propuestas de los licitantes cuando incurran en una o algunas de las siguientes situaciones: A)

Si existe cualquier incumplimiento a lo establecido en las Bases de esta licitación, que afecte la solvencia de esta proposición

B)

La comprobación de que algún licitante ha acordado con otro u otros elevar los precios del arrendamiento, o cualquier otro acuerdo que tenga como fin obtener una ventaja sobre los demás licitantes.

C)

En el caso de las enviadas a través de medios remotos de comunicación electrónica se tendrá por no presentada la proposición y la demás documentación requerida en estas Bases, cuando el sobre en que se incluya dicha información contenga virus informático o no pueda abrirse por cualquier causa motivada por problemas técnicos imputables a sus programas o equipo de cómputo.

D)

Si los precios no resultan aceptables de acuerdo a lo establecido en el inciso E) del punto 4.5.2.

E)

Si el licitante no acepta la corrección de la propuesta por parte de la convocante, cuando dicha propuesta contenga un error de cálculo, o sólo las partidas que sean afectadas por el error de acuerdo a los términos del punto 4.5.2 inciso A) de estas Bases. 8.2 Devolución de propuestas desechadas Las propuestas que se hayan recibido y sean desechadas durante el proceso de licitación, podrán ser devueltas a los licitantes que así lo soliciten, una vez transcurridos 60 (sesenta) días naturales

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contados a partir de la fecha en que se de a conocer el fallo respectivo, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes; agotados dichos términos la convocante podrá proceder a su devolución o destrucción. Las proposiciones presentadas que correspondan a las dos proposiciones solventes cuyo precio resultó ser más bajo, (o el mayor porcentaje o puntaje de calificación) serán las únicas que no podrán devolverse. 9.

Fallo.

El fallo de la licitación se dará a conocer conforme a lo previsto por los artículos 36 bis y 37 de la Ley, así como 46 del Reglamento, estimándose que será el día ___ de ______ del 200_ a las _____ hrs., en una de las salas de juntas de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicadas en Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, piso 5, Col. Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México, D.F. Este evento podrá ser videograbado por la Convocante, como medida de fortalecimiento al Programa de Transparencia .y Combate a la Corrupción. Una vez emitido el fallo de adjudicación el licitante ganador deberá a notificar a la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo de PEMEX REFINACIÓN, la posición del BUQUE, su ruta programada y el tiempo estimado de arribo al puerto de entrega, debiendo además dar aviso del arribo inmediatamente después de zarpar el último puerto previo al puerto de entrega, y confirmar a, el tiempo estimado de arribo con 72, 48 y 24 horas de anticipación. 10.

Inconformidades.

Las personas interesadas podrán inconformarse por escrito ante el Órgano Interno de Control en la Convocante ubicado en: Bahía de Ballenas No. 5, piso 11, Col. Verónica Anzures, Delegación Miguel Hidalgo, C.P. 11300, México, D.F., o en su caso, a través de medios remotos de comunicación electrónica mediante el programa informático que les proporcione la Secretaría de la Función Pública en términos de lo dispuesto por el Título Séptimo, Capítulo Primero de la Ley así como de las Reglas Décima y Décima Primera del ACUERDO. Podrá interponerse inconformidad ante la Secretaría de la Función Pública por actos del procedimiento de contratación que contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de la Ley, cuando dichos actos se relacionen con: I. La convocatoria, las bases de licitación o la junta de aclaraciones, siempre que el interesado haya adquirido las bases y manifestado su objeción, así como los argumentos y razones jurídicas que la funden, en la propia junta de aclaraciones. En este supuesto, la inconformidad sólo podrá presentarse por el interesado dentro de los diez días hábiles siguientes a la celebración de la última junta de aclaraciones; II. Los actos cometidos durante el acto de presentación y apertura de proposiciones y el fallo. En este caso, la inconformidad sólo podrá presentarse por el licitante dentro de los diez días hábiles siguientes a la notificación del acto respectivo, o III. Los actos y omisiones por parte de la convocante que impidan la formalización del contrato en los términos establecidos en las bases o en la Ley.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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En esta hipótesis, la inconformidad sólo podrá presentarse por quien haya resultado adjudicado, dentro de los diez días hábiles siguientes a aquél en que se hubiere vencido el plazo para la formalización del contrato. La Secretaría de la Función Pública desechará las inconformidades que se presenten en contra de actos o en momentos distintos a los establecidos en las fracciones anteriores; igualmente, desechará las inconformidades a que se refiere la fracción I de este punto, cuando de las constancias se desprenda que el inconforme no hubiere asistido a la junta de aclaraciones o cuando, habiendo asistido, no hubiere manifestado su objeción y los argumentos y razones jurídicas que la funden respecto de aquellos actos que presuntamente contravengan las disposiciones que rigen las materias objeto de esta Ley. Toda inconformidad será presentada, a elección del promovente, por escrito o a través de los medios remotos de comunicación electrónica que al efecto establezca la Secretaría de la Función Pública. Transcurrido el plazo establecido en el artículo 65 de la ley, se tendrá por precluido el derecho a inconformarse, sin perjuicio de que la Secretaría de la Función Pública pueda actuar en cualquier tiempo en términos de ley. 11.

Compromisos con la Transparencia.

En el marco del Programa para la Transparencia y el Combate a la Corrupción emprendido por Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios y Empresas Filiales, se les exhorta a todos los licitantes y servidores públicos que intervienen en este procedimiento de contratación a actuar con honestidad, transparencia y con estricto apego a la legalidad, integridad y equidad, por lo que, los licitantes podrán presentar dentro o fuera de su propuesta, dos tantos firmados autógrafamente del documento denominado “Compromisos con la Transparencia” conforme al Documento 11. El servidor público de PEMEX-Refinación responsable de presidir el acto de presentación y apertura de proposiciones, previo al inicio de dicho acto, lo firmará y entregará un tanto firmado al licitante que lo haya presentado. La falta de suscripción u omisión de entregar este Documento no será motivo de desechamiento de la propuesta presentada. Asimismo, en cumplimiento a los compromisos adquiridos por México como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE), para conocimiento de los licitantes, como Documento 12 se acompaña la “Nota Informativa para incluir en las Bases de Licitación del Gobierno Federal”, la cual también podrá ser consultada en la página electrónica: http://www.pemex.com/files/transparencia/nota_inf_Bases_Licita.pdf 12.

Formalización del Contrato.

La fecha de formalización del Contrato será dentro de los 20 (veinte) días naturales siguientes a la notificación del fallo en la Subgerencia de Contratación para Producción y Embarcaciones Marítimas de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicada en Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, Piso 9, Col. Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México D.F., en el horario comprendido de las 08:30 a 14:30 y de 16:00 a 17:00 horas. El licitante adjudicado, previo a la formalización del Contrato, deberá presentar original o copia certificada para su cotejo y copia simple para su archivo, de los documentos con los que se acredite su existencia legal y las facultades de su representante para suscribir el contrato correspondiente, cuyos datos se citan en el Documento 3; así como un escrito en que bajo protesta de decir verdad manifieste estar al corriente MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales, en apego al Modelo de manifestación que se presenta como Documento 10. Dicha documentación deberá presentarse ante la Convocante en días hábiles y en el horario comprendido de las 08:30 a 14:30 y 16:00 a las 18:00 horas en las oficinas ubicadas en la Subgerencia de Contratación para Producción y Embarcaciones Marítimas de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicadas en el piso 9, en Av. Ejército Nacional Mexicano No. 216, Col. Anzures, C.P. 11590, Delegación Miguel Hidalgo, México D.F., preferentemente dentro de de las 24 horas posteriores a la notificación del fallo. El licitante adjudicado, que injustificadamente y por causas imputables a él, no se presentara a firmar el Contrato, dentro del plazo descrito con anterioridad, y una vez agotado dicho plazo perderá el derecho a formalizarlo y se hará acreedor a las sanciones señaladas por los artículos 59 y 60 de la Ley. PEMEX-Refinación podrá no llevar a cabo la formalización del Contrato, por causas de fuerza mayor o casos fortuitos, o bien cuando existan causas justificadas que provoquen la extinción de la necesidad del arrendamiento y que con su formalización, se le ocasione un daño o perjuicio. En este último supuesto, se considerará únicamente al licitante adjudicado, el reconocimiento de gastos no recuperables en los términos del artículo 65 del Reglamento. 13.

Aspectos contractuales básicos.

Como Documento 13 se Incluye el Modelo de Contrato que aplicará en este procedimiento, el licitante deberá considerar las condiciones ahí establecidas y cuando exista discrepancia entre el contenido de estas bases y el modelo de contrato, prevalecerá lo estipulado en estas bases. 13.1. Plazo y lugar de ejecución del arrendamiento. El Proveedor se obligará a ejecutar el arrendamiento en un plazo de 5 años, contados a partir de la fecha de la entrega de la embarcación. La Ventana de Entrega del BUQUE será del día __ al __ de ___________ de 2008, en el puerto de _______________________________________________. La ejecución del arrendamiento por parte del Proveedor se realizará a plena conveniencia de PEMEXRefinación, dentro de los límites establecidos por la clasificación del BUQUE, principalmente en el litoral del _________________ y conforme a las condiciones descritas en el Documento 2. TRATÁNDOSE DE CONTRATOS CUYA VIGENCIA INICIE EN EL EJERCICIO FISCAL SIGUIENTE DE AQUEL EN EL QUE SE FORMALIZAN, SE DEBERÁ INDICAR LO SIGUIENTE DE ACUERDO AL ARTÍCULO 25, SEGUNDO PÁRRAFO DE LA LEY –CUANDO APLIQUE

El proveedor acepta que los efectos del contrato estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios del ejercicio fiscal del año ____, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. De resolverse en sentido positivo la condición suspensiva de existencia de recursos, la ejecución del arrendamiento dará inicio en el ejercicio fiscal del año ____, previa notificación por escrito por parte de PEMEX-Refinación al proveedor 13.1.1.

Recepción del arrendamiento.

PEMEX-Refinación recibirá el arrendamiento, de acuerdo con los alcances y estipulaciones convenidas en el Contrato. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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La recepción del arrendamiento se hará conforme a lo establecido en el modelo de contrato, y se hará a través de la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo de la Subdirección de Distribución en días naturales a cualquier hora. 13.2

Supervisión del arrendamiento.

La supervisión del arrendamiento será de conformidad con lo establecido en las cláusulas denominadas SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS del modelo de contrato. 13.3 GARANTÍAS EL PROVEEDOR A SU ELECCIÓN PODRÁ ENTREGAR CUALQUIERA DE LOS SIGUIENTES INSTRUMENTOS DE GARANTÍA: FIANZA Ó CARTA DE CRÉDITO. 13.3.1 FIANZA RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, El Licitante adjudicado, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a Pemex Refinación, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, póliza de fianza que se constituirá por el 10 % que corresponda del monto total por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y por la vigencia de éste y deberá ser renovada en cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, el o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán emitirse con un período de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante. La póliza de fianza y los documentos modificatorios deberán ser otorgados por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de Pemex Refinación; en el caso de que el Licitante adjudicado no cumpla con la entrega de la garantía o sus documentos modificatorios, Pemex Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. La fianza que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato se deberá otorgar en estricto apego al modelo de fianza del documento No. ___ de estas bases y deberá entregarse en el domicilio siguiente: _____________________________________________________________________. La fianza se expedirá por un periodo de vigencia concordante con el primer ejercicio fiscal de que se trate y con inicio a partir de la fecha de entrada en vigor del contrato. La afianzadora se obligará a otorgar, en la fecha de expiración del plazo de vigencia de la primera fianza otorgada, un documento modificatorio adicional que prorrogue dicha vigencia por un año más, así como, al vencimiento de este último plazo, la institución de fianzas se obliga a expedir, por anualidad y en rigurosa secuencia, los documentos modificatorios subsiguientes que prorroguen la vigencia de la fianza original hasta (término de la vigencia contractual), por lo que expresa su plena conformidad para que, en caso de que el fiado se abstenga de entregar en tiempo el documento modificatorio correspondiente, se haga efectiva la fianza en su última vigencia, dentro del plazo de diez meses que cada documento modificatorio deberá contemplar para hacerse efectivo oportunamente. Cada uno de los documentos modificatorios que se emitan, deberá expresar en su texto que, con excepción de la modificación consistente en la actualización de vigencia y monto, la afianzadora se obligará a continuar garantizando el contrato principal, en los mismos términos y condiciones que asumió la responsabilidad en la fianza original, respecto de la cual, el documento modificatorio es conjunto, solidario e inseparable.

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En el evento de que la afianzadora no expida el documento de actualización de vigencia y monto correspondiente a la anualidad por iniciar, reconocerá que el coafianzamiento que pudiera originarse no implicaría novación de la responsabilidad garantizada por la institución, por lo que se obligará a abstenerse de oponer como excepción de pago en caso de reclamación, cualquiera que se pretendiera fundamentar en la causal indicada. En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el licitante adjudicado se obliga a entregar a Pemex Refinación el endoso o documento modificatorio de la fianza de cumplimiento otorgada originalmente a la firma del convenio modificatorio respectivo, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada, en el caso de que el licitante adjudicado no cumpla con la entrega del documento modificatorio, Pemex Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. El Licitante adjudicado manifestará expresamente en el contrato respectivo: (A) Su conformidad en hacer entrega al vencimiento del plazo de vigencia establecido en la fianza, del documento modificatorio adicional que prorrogue dicha vigencia por un año más, así como de los subsiguientes documentos que garanticen la ampliación para cada año de vigencia del contrato hasta su conclusión, el (término de la vigencia contractual), en la inteligencia de que deberá prever que la emisión de cada documento se efectúe precisamente en la fecha de vencimiento del anterior, cuidando que todos observen una puntual anualidad y se expidan en rigurosa secuencia cada uno respecto de otro. (B) Su consentimiento liso y llano para que en caso de que omita hacer entrega en tiempo a Pemex Refinación del documento modificatorio correspondiente a la vigencia que deba iniciar de conformidad con lo estipulado en el contrato garantizado, se proceda en consecuencia a hacer efectiva la fianza en términos de la última vigencia que hubiera sido otorgada. (C) Su voluntad de que en caso de que existan créditos a su favor contra Pemex Refinación, se desistirá del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones debidamente comprobadas que deriven del contrato se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de Pemex Refinación, en relación con el contrato que se derive de este proceso licitatorio. (D) Su conformidad de que la fianza se pagará independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. (E) Su conformidad para que la fianza que garantice el cumplimiento del contrato adjudicado, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación a dicho contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. (F) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora a abstenerse de oponer en caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo 118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la excepción de subjudicidad si ésta no satisface rigurosamente los requisitos que deberán ser aceptados como obligatorios de acreditar por parte de la afianzadora para que esta excepción pueda ser considerada como debidamente justificada ante Pemex Refinación, así como a que en éste último supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Los requisitos que deberán ser aceptados como obligatorios de acreditar por parte de la Afianzadora para oponer la excepción de litispendencia o subjudicidad son: -Que exhiba copia de la demanda dentro del plazo de 30 días naturales siguientes a la integración de la reclamación. -Que la demanda interpuesta por el fiado señale como documento fundatorio de la acción que ejercita el mismo contrato que garantiza. -Que la demanda se refiera a las mismas prestaciones y hechos que dieron origen a la exigibilidad de la obligación garantizada. (G) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de Pemex Refinación, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por Pemex Refinación. (I) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación: 1.- Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso. 3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso. 4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5.- Cuantificación del incumplimiento. En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a Pemex Refinación, una responsabilidad única por todos los integrantes. CASOS EN QUE APLICARA LA FIANZA QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: La fianza de cumplimiento del contrato, se podrá hacer efectiva por Pemex Refinación, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos: a).- Cuando el Licitante ganador incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato. b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables al Licitante ganador. 13.3.2. CARTA DE CRÉDITO STANDBY RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El Licitante adjudicado, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, deberá presentar a Pemex Refinación, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito Standby por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y por la vigencia de éste más noventa días naturales adicionales y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán emitirse con un período de cobertura de un año más noventa días naturales adicionales, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante más noventa días naturales adicionales a favor de Pemex Refinación; en el caso de que el Licitante adjudicado no cumpla con la entrega de la presente garantía y sus documentos sustitutivos o modificatorios, Pemex Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. La Carta de Crédito Standby que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y sus documentos modificatorios, se deberán otorgar en estricto apego a los documentos Nos. 11 MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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y 11-A de estas bases y deberán entregarse en original en el domicilio _________________________________________________________________________.

siguiente:

En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el proveedor se obliga a entregar a Pemex Refinación, a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito Standby otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, en el caso de que el proveedor no cumpla con la entrega del documento modificatorio Pemex Refinación podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. El proveedor manifestará expresamente en el contrato respectivo: (A) Su voluntad de que en caso de que existan créditos a su favor contra Pemex Refinación, se desistirá del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de Pemex Refinación. (B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato adjudicado, se hará efectiva la Carta de Crédito Standby otorgada, parcial o totalmente. (C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada una vez que se actualicen las condiciones contractuales que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro. 13.4. Anticipo. “Para la contratación del arrendamiento que ampara esta licitación no se otorgará anticipo”. 13.5.

Condiciones y forma de pago.

Las condiciones y forma de pago serán de conformidad con lo establecido en la cláusula denominada MONTO Y PAGO DE LA TARIFA del modelo de contrato. 13.6.

Facturación.

Las facturaciones serán de conformidad con lo establecido en la cláusula denominada MONTO Y PAGO DE LA TARIFA del modelo de contrato. 13.7.

Penas convencionales.

Las penas convencionales serán de conformidad con lo establecido en las cláusulas denominadas PENAS CONVENCIONALES del modelo de contrato. 13.8

Rescisión Administrativa del Contrato.

La rescisión administrativa será de conformidad con lo establecido en la cláusula denominada CAUSALES DE RESCISIÓN Y PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN del modelo de contrato. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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13.9. Información Reservada y Confidencial. Toda la información que resulte de la ejecución de este contrato así como la que PEMEX-Refinación, le proporcione al Proveedor, incluyendo información técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información reservada en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y por tanto, no deberá usar dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea para el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX-Refinación. El Proveedor deberá señalar los documentos que entrega a PEMEX-Refinación que contengan información confidencial, reservada, o comercial reservada, siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEMEX-Refinación, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar. 13.10

Obligaciones fiscales

El licitante que resulte adjudicado se obliga a pagar todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos tengan la obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del contrato y sus anexos, sin perjuicio de que Pemex Refinación realice, de los pagos que haga al PROVEEDOR, las retenciones que le impongan las leyes de la materia. 13.11

Seguros. “Será de la exclusiva competencia de PEMEX REFINACIÓN contar con las pólizas correspondientes para mantener asegurado el buque tanque objeto de este contrato, de conformidad con las estrategias de Petróleos Mexicanos en materia de seguros. Pemex Refinación reconoce expresamente el alcance de las obligaciones establecidas en los Artículos 115 y 117 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos”

13.12 Fuentes de Financiamiento. Toda vez que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial, que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que se deriven del (de los) contrato(s) relacionado(s) con esta(s) licitación(es). El(los) licitante(s) que sea(n) adjudicado(s) con dicho(s) contrato(s), quedará(n) obligado(s) a lo siguiente: 1. Entregar al área contratante de PEMEX-Refinación, antes de la firma del (de los) contrato(s) adjudicado(s), la información sobre el país de procedencia de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del (de los) contrato(s) adjudicado(s), así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios. Esta información se deberá presentar en el formato establecido como Documento 17 denominado “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” y se adjuntará al (a los) contrato(s) que corresponda(n) para formar parte integrante del (de los) mismo(s).

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2. Entregar a satisfacción de PEMEX-Refinación o a quién éste le indique, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, atendiendo a los requerimientos establecidos en el Documento 16 denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. 3. Presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo del contrato adjudicado. 4. Informar oportunamente a sus proveedores sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento para garantizar el cumplimiento de lo establecido en el numeral 2. 5. Presentar la “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” siguiendo las instrucciones y formatos establecidos en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“el Instructivo”), que le será proporcionado oportunamente por el área contratante de PEMEX-Refinación. El Instructivo vigente se encuentra disponible (www.pemex.com/proveedores/documentacion). 13.13

en

la

página

Internet

de

Pemex:

Responsabilidad de las partes.

EL proveedor será el único responsable de la entrega del buque y de las reparaciones o renovaciones a maquinaria o equipos ocasionados por los vicios ocultos señalados en la cláusula denominada VICIOS OCULTOS, así como del cumplimiento de las condiciones establecidas en la Póliza Integral de Mantenimiento que como anexo 9 forma parte de este contrato. Deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del proveedor. Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el mismo. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos, o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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DOCUMENTO 2 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. _____________ ESPECIFICACIONES TÉCNICAS (LA SOLICITUD DE PEDIDO FORMA PARTE DE ESTE DOCUMENTO) BASES TÉCNICAS CONTRATACIÓN MEDIANTE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO DEL BUQUE (EN ADELANTE (“ARRENDAMIENTO”), PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS.

A.-

INFORMACIÓN Y DESCRIPCIÓN ESPECÍFICA DEL BUQUE REQUERIDO. (ESPECIFICACIONES, CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS, FÍSICAS Y DE OPERACIÓN). INFORMACIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS REQUERIDAS DEL BUQUE

1.-

Indicar nombre actual y anteriores del BUQUE:

2.-

Indicar astillero y País de construcción:

3.-

Indicar Bandera:

4.-

Indicar Tonelaje de Peso Muerto:____________(Mínimo 40,000 TPM)

5.-

Indicar tonelaje de Registro Bruto y Neto:

6.-

Indicar Eslora: ______ (Máxima 202 mts.)

7.-

Indicar Manga _______ mts. (Máxima Panamax)

8.-

Indicar puntal:________ mts.

9.-

Indicar Calado de verano:

10.- Indicar posición actual y ruta próxima: 11.- Indicar numero de tanques de carga y su volumen, en m3 de cada tanque: 12.- Indicar capacidad de los tanques de carga al 98% en barriles naturales: 13.- Indicar capacidad de tanques SLOPS al 98% en barriles naturales: 14.- Indicar número de tanques de SBT y su volumen: 15.- Indicar tipo y capacidad de bombas de carga:

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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16.- Indicar el tipo de producto transportado durante los últimos 3 viajes: 17.- Indicar con ficha técnica el tipo de combustible y lubricantes que consumen la maquinaria y equipos auxiliares: 18.- Indicar número de Bombas de carga y grados de segregación, mínimo 4:______________. Las segregaciones deberán contar con doble válvula 19.- Indicar consumo total de combustible en toneladas métricas de la maquinaria y equipos auxiliares en las siguientes condiciones: Por día: a).- Navegando a 14 nudos cargado a calado máximo:* b).-

Navegando en lastre a 14.5 nudos*

c).-

En puerto cargando*

d).-

En puerto descargando*

e).-

Fondeado*

Por hora: f).-

Lavando tanques

g).-

Inertizando tanques

h).-

Calentando carga

* Sin inertizar tanques, sin calentar carga, sin lavar tanques. Anexar la documentación de las pruebas de mar y de los fabricantes de los motores que comprueben dichos consumos. Esta información que proporcione el licitante, servirá de base para elaborar el cálculo de costo por barril transportado descrito en el inciso F) del punto 4.5.2 de estas bases de licitación. 20.- Debe ser un Buque Tanque de año de construcción del año 2000, o más reciente. 21.- Debe ser un Buque Tanque que cumpla con los requerimientos del Convenio Marpol 73/78 de acuerdo con el año de construcción y tipo de buque ofertado, exigidos por la Administración (Dirección General de Marina Mercante), a la fecha de publicación de la convocatoria de esta licitación en el Diario Oficial de la Federación. No se aceptarán buques tipo OBO’s (Ore Bulk Oil Carriers). 22.- Debe contar con el equipo de amarre y fondeo, conforme a las recomendaciones de OCIMF y contar cuando menos 12 piezas completas de cabos de amarre en buen estado, de acuerdo al porte del buque. 23.- Debe contar con Sistemas COW (Lavado con Crudo) e IGS (Gas Inerte): 24.- Debe contar con, por lo menos tres grúas: Una para el área de colectores de carga, con capacidad mínima de 10 T/M SWL; otra en el interior del Departamento de Máquinas y otra más en cubierta popa para extracción de material y equipo del Departamento de Máquinas, ambas con capacidad acorde al diseño del buque. 25.- Deberá acreditar a la entrega que el BUQUE desarrolla una velocidad de crucero a calado de verano de 14.0 nudos con un estado de la mar de hasta 4 en la escala de Beaufort. En la propuesta técnica MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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debe acreditarse que el Buque desarrolla una velocidad de crucero a calado de verano de 14.0 nudos con un 85% del MCR de Potencia del motor con un estado de la mar de 0 a 2 en la escala de Beaufort, acreditándose esto con copia de los últimos reportes de eficiencia, diagramas de potencia indicada y los cálculos de potencia media efectiva por cada cilindro de la Máquina Principal, lo cual será comprobado por el personal técnico de Pemex Refinación durante el tiempo de familiarización. 26.- Debe acreditar a la entrega que el BUQUE desarrolla una velocidad de crucero en lastre de 14.5 nudos con un estado de la mar de hasta 4 en la escala de Beaufort. En la propuesta técnica debe acreditarse que el Buque desarrolla una velocidad de crucero en lastre de 14.5 nudos con un 85% del MCR de Potencia del motor con un estado de la mar de 0 a 2 en la escala de Beaufort, acreditándose esto con copia de los últimos reportes de eficiencia, diagramas de potencia indicada y los cálculos de potencia media efectiva por cada cilindro de la Máquina Principal, lo cual será comprobado por el personal técnico de Pemex Refinación durante el tiempo de familiarización. 27.- Debe estar equipado con un mínimo de 4 bombas de descarga principales, capaces de mantener un promedio general mínimo de 14,000 Bls/Hr para productos limpios / 12,000 Bls/Hr para productos sucios o a una presión mínima de descarga en el múltiple de 7.0 kg/cm2 de un producto homogéneo. 28.- Debe cumplir con todos los requerimientos y recomendaciones de: clase, normas, convenios, códigos, leyes, reglamentos, protocolos, enmiendas, guías, foros y regulaciones Nacionales y los emitidos y avalados por la Organización Marítima Internacional, conforme a su año de construcción, tonelaje y tipo de buque, exigidos por la Administración (Dirección General de Marina Mercante). 29.- Deben estar limpios y ordenados los espacios de máquinas, cuartos de bombas, timonería y pañoles. 30.- Debe contar con todos sus equipos incluyendo su instrumentación de protección y servicio de: Navegación, propulsión, auxiliares, carga, protección al medio ambiente, seguridad, de amarre, acomodación completamente operacionales, cumpliendo con todas las regulaciones estatutarias nacionales, internacionales y de la sociedad de clase, la cual deberá ser miembro del IACS. 31.- Debe ser estanco en el casco, líneas de carga, mamparos y válvulas, incluyendo líneas hidráulicas, que puedan ocasionar contaminación o afectar la operación segura de la carga. 32.- Deben estar las superficies limpias, secas, pintadas, iluminadas, libres de residuos y las líneas libres de fugas del departamento de: cubierta, acomodación, máquinas, timonería, cuartos de bombas, purificadores, cuarto de potencia hidráulica, etc. 33.- Debe contar con todas las grúas de carga y otro equipo de izado, en buenas condiciones, seguras, certificadas y marcadas apropiadamente. 34.- Debe estar equipado para operar en boyas (SBM) y amarraderos de acuerdo a OCIMF. 35.- Debe contar con un mínimo de 20 días naturales de Autonomía en combustibles y agua. 36.- Debe contar con sistemas de calentamiento de carga en servicio y estanco, libres de elementos que contengan cobre y/o bronce en el interior de los tanques de carga, con capacidad suficiente para por lo menos mantener la temperatura de la carga. 37.-

Debe poder cargar productos sucios o limpios tales como los establecidos en el Anexo 4 del modelo de contrato de Arrendamiento.

38.- 38.- Todos los alojamientos del BUQUE estarán a disposición de Pemex Refinación, y este debe contar con alojamientos para un mínimo de 26 tripulantes; cuando menos 5 de estos alojamientos deberán ser individuales; adicionalmente deberá contar con Hospital, Camarote del Armador, Camarote del Práctico o Piloto, Camarote para dos oficiales en prácticas y 2 Camarotes como mínimo para Supervisor y personal que el NAVIERO designe para la atención de la Póliza Integral de Mantenimiento. El BUQUE deberá contar con equipo de salvamento (Chalecos, Botes y Balsas Salvavidas) en cantidad suficiente acorde al número total de tripulantes y supernumerarios, incluyendo personal del MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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NAVIERO, conforme la capacidad de camarotes. 39.- El departamento de máquinas del BUQUE debe contar y estar certificado como UMS (Unmanned Machinery Space), el cual debe estar en servicio seguro y confiable, por lo menos tres meses anteriores al momento de la entrega. DISPOSICIONES QUE DEBEN CUMPLIR LOS LICITANTES 40.- El área geográfica en la cual PEMEX Refinación, podrá utilizar el BUQUE, comprende el tráfico de cabotaje entre puertos mexicanos, así como la navegación dentro del Mar Territorial y Zona Económica Exclusiva de ambas costas de los Estados Unidos Mexicanos, a través del Canal de Panamá, y de y hacia puertos extranjeros incluyendo los Estados Unidos de América cuyo tráfico será a plena disposición de PEMEX Refinación y dentro de los límites establecidos en la Cláusula de Garantías del Instituto de Aseguradores (IWL), excluyendo Israel, Irak, Irán, Albania, Corea del Norte, Camboya, Cuba, Libia, Líbano, Siria, cualquier zona o área de guerra y cualquier puerto bajo embargo de las Naciones Unidas y/o Estados Unidos de América y/o la Comunidad Europea; no navegará en zonas de hielos ni siguiendo a rompehielos. 41.- Puerto de entrega: ________________________ 42.- Ventana de entrega: _________________________ 43.- Puerto de devolución: En Cualquier puerto seguro de ambas costas de los Estados Unidos Mexicanos, a opción de PEMEX Refinación. 44.- Debe entregar, como parte de la propuesta, copia completa de los documentos vigentes: Cuestionario Q88 (Standard Tanker Voyage Chartering Questionnaire 1988) y del VIQ (Vessel Inspection Questionnaire) conforme al SIRE (Ship Inspection Report) que emite el Foro Marítimo Internacional de Compañías Petroleras (OCIMF), la cual podrá ser cotejada por PEMEX Refinación en la base de datos respectiva del SIRE. 45.- Debe entregar, como parte de la propuesta, copias de Certificados vigentes de: a) SOLAS: Certificados de Seguridad de Construcción para buques de carga, de Seguridad del equipo para buques de carga, Inventario del Equipo adjunto al certificado de seguridad del equipo para buques de carga, de Seguridad Radioeléctrica para buques de carga, Inventario del equipo adjunto al Certificado de Seguridad Radioeléctrica para buques de carga, lista de equipo aprobado adjunto al certificado de seguridad para buques de carga, Certificado de exención en caso de proceder, Certificado de Gestión de la Seguridad (ISM), Certificado del Código Internacional para la Protección de los Buques e instalaciones portuarias (ISPS) b) MARPOL: Certificado Internacional de la Contaminación por Hidrocarburos (IOPP) y su Suplemento. c) STCW: Dotación Mínima de Seguridad. d) CLASE: Casco y Maquinaria expedidos por Casa Clasificadora miembro de IACS, en donde se haga constar que el buque es del tipo “Oil and Products”, y también que es UMS. e) Autoridad Marítima Nacional: Certificado de registro emitido por la autoridad marítima nacio correspondiente a la bandera del buque o en representación de ésta. En su caso, puede presentado Pasavante de Navegación, en tanto se recibe el Certificado de Matrícula definitivo. f) Adicionalmente: Certificados que amparen que los equipos de protección contra incendio, botes y balsas salvavidas, se encuentran vigentes, Certificado de Líneas de Carga y el de Arqueo. g) Debe acreditar su membresía vigente a un Club de P&I. h) Debe presentar Póliza de Seguro de Casco y Maquinaria vigente. 46.- Debe acreditar, como parte de la propuesta, la última inspección en dique seco por clasificación y manifestar fecha de la próxima la cual no deberá ser dentro de los primeros doce meses del contrato. En el caso de ser un buque de nueva construcción, debe presentar el acta de entrega del astillero o documento equivalente. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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47.- Debe presentar, como parte de la propuesta: Esquema de recubrimientos del casco, anexando ficha técnica en la que debe constar que se encuentra libre de biocidas de estaño el recubrimiento antivegetativo de la Obra Viva. Esquema de recubrimientos de cubiertas, tanques y líneas de carga, anexando ficha técnica en la que debe constar su compatibilidad con los productos derivados del petróleo citados en el numeral 37 de estas Bases Técnicas. 48.- Debe presentar, como parte de la propuesta, el Factor de Experiencia del Buque (VEF) Vessel Experience Factor; en caso de contar con menos de 10 (diez) operaciones de carga en su historial, debe presentar los registros de las cargas realizadas. 49.- Debe presentar, como parte de la propuesta, copia de los planos (al tamaño del original, sin reducciones) que se relacionan a continuación, debidamente aprobados y sellados por la Sociedad de Clase: a) Líneas de Carga. b) Arreglo General. c) Sistema de Gas Inerte. d) Sistema de Venteo de Tanques de Carga. e) Escala de Peso Muerto. f) Capacidades de Tanques (carga, lastre y consumibles). g) Plano de expansión h) Arreglo general Departamento de Maquinas i) Plano de Seguridad j) Diagrama Unifilar Eléctrico y Distribución de Cargas Eléctricas k) Cálculo Eléctrico de Corto Circuito 50.- Deberá indicar la capacidad efectiva de carga en barriles naturales, sin incluir Slops, en apego a lo establecido en el DOCUMENTO 2A y con el calado de conformidad al punto 3 del presente numeral, el valor indicado será utilizado como referencia para la evaluación de la propuesta. La capacidad ofertada no deberá ser mayor a la capacidad al 98% de los tanques de carga sin incluir Slops. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos establecidos en el presente numeral, afecta la solvencia de la propuesta. Para el llenado del Documento 2A se deberá considerar lo siguiente: 1.- El Licitante debe anexar copia del cálculo de carga y estabilidad, que soporten los datos de la tabla del Documento 2A, validados con la firma del Capitán y Primer Oficial de Cubierta de la embarcación propuesta; en el cual se deben especificar los tanques de carga, combustible, agua y lastre en los que se operará, así como los aforos, pesos y volúmenes, por tanque y en forma total, sin incluir ni utilizar, con carga, los tanques Slops. De igual forma debe especificar los calados resultantes en proa, popa y calado medio, así como los esfuerzos longitudinales del buque propuesto. El buque no debe resultar con encabezamiento ni escora, ni con alguna otra condición insegura de operación y/o navegabilidad, que ponga en riesgo la carga y/o instalaciones de Pemex Refinación. 2.- El Licitante debe asegurarse que presente el Documento 2A, al igual que los cálculos de carga y estabilidad referidos en el punto anterior, cuenten con el sello del buque propuesto y estén firmados por su Capitán y Primer Oficial de Cubierta. 3.- Para efectos del presente cálculo, el valor del calado será de hasta 39 pies, a calados parejos, o el calado medio resultante, teniendo como calado máximo en popa hasta 39 pies. En caso de que el calado de verano sea menor a los dos valores antes citados, se utilizará éste a calados parejos o el calado medio resultante teniendo como calado máximo en popa hasta 39 pies. 4.- En la Inspección Técnica tipo Check List , se deberán mostrar los documentos referidos en este numeral, para cotejo contra los documentos incluidos en la propuesta. Pemex Refinación podrá verificar en sitio la veracidad de la información suministrada, y en caso de encontrarse inconsistencias entre la MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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documentación original y las copias presentadas por el licitante, será motivo de rescisión del contrato; lo anterior, en concordancia con lo establecido en el numeral 57 del presente documento. DISPOSICIONES QUE DEBE CUMPLIR EL LICITANTE ADJUDICATARIO

51.- Los consumos garantizados deben ser evidenciados ante personal técnico de PEMEX Refinación durante el tiempo de familiarización, con la documentación de las pruebas de mar y de los fabricantes de los motores que comprueben los consumos, entregando copia de reportes documentales recientes de sondas de sus tanques de combustibles incluyendo los reportes originales de la cantidad de combustible recibidos para el consumo de la embarcación, de por lo menos tres meses anteriores a la entrega de la embarcación. 52.- Al momento de la entrega, el BUQUE debe contar en el interior de los tanques de carga, con recubrimientos adecuados para la carga de los productos mencionados en el punto 37 de este documento, y que éstos se encuentren limpios y secos, libres de: Elementos de cobre, bronce o presencia de óxido desprendible. 53.- EL BUQUE debe arribar al puerto de entrega con todos los tanques y líneas de carga, serpentines de calentamiento, cuartos de bombas y sentinas en condición libre de gases, asimismo limpios, secos y ventilados para inspección visual y entrada segura de inspectores. 54.- Al presentarse el BUQUE ofertado en el puerto de entrega, se realizará una inspección por parte de una tercería de reconocido prestigio, para verificar las condiciones de entrega del BUQUE, de conformidad con lo establecido en la cláusula denominada “Entrega del Buque” del Modelo de Contrato. 55.- El BUQUE debe, al momento de la entrega, contar con Bandera Mexicana o pasavante, a fin de permitir el embarque de la tripulación mexicana de PEMEX Refinación, debiendo entregar la documentación que acredite el registro mexicano del buque 56.- El buque debe arribar al Puerto de entrega con bártulos de navegación suficientes y todas las Publicaciones Náuticas, las emitidas y avaladas por la Organización Marítima Internacional, que sean aplicables conforme al año de construcción, tonelaje y tipo de buque, en su última edición: cartas de navegación, tablas, libros, listas, almanaque, convenios, códigos, leyes, normas, guías, reglamentos, acuerdos, protocolos y foros, así como la legislación nacional y en lo referente a la Seguridad Industrial y Protección Ambiental, necesarias para efectuar en forma segura su Navegación y Operación, entre puertos de los Estados Unidos Mexicanos y cambios de litoral a través del Canal de Panamá. 57.- En un periodo no mayor a 48 horas contadas a partir de la entrada de la embarcación al servicio de PEMEX Refinación (Delivery Certificate), el proveedor en coordinación con Pemex Refinación debe asegurar que la señal de la alarma de pánico de protección marítima esté direccionada a los correos electrónicos mencionados en el numeral IV del Anexo B3. Así mismo, el proveedor debe gestionar en coordinación con Pemex Refinación, ante las autoridades marítimas y de telecomunicaciones nacionales el cambio y registro de información contenida en el AIS (Sistema de Identificación Automático) y del EPIRB (Baliza de Identificación de Posición en Situación de Emergencia), así como del sistema de telefonía y transmisión de datos a través de INMARSAT y GMDSS, para su entrada en función en un periodo no mayor a 48 horas contadas a partir de la entrada de la embarcación al servicio de PEMEX Refinación (Delivery Certificate). Con 30 ó 40 días naturales de anticipación a la ventana de entrega del buque, PEMEX Refinación hará del conocimiento del proveedor la información técnica y del prestador de servicio que contratará PEMEX REFINACION, para que el proveedor proceda a adecuar los dispositivos señalados en este apartado. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Lo anterior de conformidad al numeral IV de la Tabla N° 9-2 del Anexo 9 del Modelo de Contrato, Póliza Integral de Mantenimiento 58.- El licitante adjudicatario se obliga a que la documentación presentada en copia en su propuesta se exhiba en original para cotejo durante la inspección técnica y documental que podrá ser realizada por personal de PEMEX Refinación o por Inspectores independientes designados por PEMEX Refinación, en un puerto previo al puerto de entrega. 59- El Licitante adjudicado, a la entrega de la embarcación, debe evidenciar con constancia de su Auditor Externo de ISM, que el BUQUE, está libre de notas de No Conformidad de ese Sistema de Gestión. 60.- El licitante adjudicado se obliga a entregar al inicio de los servicios, la información técnica y los Programas de Trabajo de mantenimiento de los equipos y sistemas en archivo electrónico e impreso para la operación continua, segura y eficiente del BUQUE establecidos en el Anexo 9 de Contrato, “Póliza Integral de Mantenimiento del buque” 61.- En el caso de los insumos perecederos, éstos deberán tener cuando menos 6 (seis) meses de vigencia a la fecha de entrada en vigor de los contratos. 62.- El licitante adjudicatario deberá registrar el buque como mexicano con el nombre que al momento del fallo Pemex Refinación le dará a conocer. Esto siempre y cuando el buque ofertado no cuente aún con registro mexicano.

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DOCUMENTO 2A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. _____________

DE LAS BASES TÉCNICAS DE LICITACIÓN PARA BUQUE TANQUE DE PRODUCTOS SUCIOS Fila

Concepto

1

Peso Muerto a 39 pies en agua salada

Cantidad

Unidad TM

2

Peso Total del consumo de combustibles y lubricantes, en una navegación de 20 días. (10 días cargado y 10 días en lastre)

TM

3

Peso Total del consumo de Agua Potable, en una navegación de 20 días.

TM

4

Peso Total de Lastre (Si se requiere)

5

Peso Total de Stores (Cabullería, refaccionamiento, provisiones)

TM

6

Peso Muerto a 39 pies en agua salada, menos los pesos de las filas 2, 3, 4 y5

TM

7

Resultado de Fila N° 6 entre 0.992 (Gravedad Específica del producto)

M3

8

Resultado de Fila N° 7 por 6.28981

Bls. Nat.

El resultado de la Fila 8 debe ser menor que la cantidad de barriles naturales de los tanques de carga al 98%, sin incluir Slops. En caso contrario, se tomará como referencia para los propósitos de cálculo, éste último valor. El buque deberá estar en condiciones de operar, en los tanques de carga, sin incluir Slops, la cantidad de carga declarada en este Anexo, en condiciones seguras de navegabilidad. Se deberá incluir el Plan de Carga.

Vo. Bo.

Elaboró:

Primer oficial de Cubierta del Buque Tanque

Sello del Buque Tanque

Capitán del Buque Tanque

Esta información que proporcione el licitante, servirá de base para elaborar el cálculo de costo por barril transportado descrito en el inciso F) del punto 4.5.2 de estas bases de licitación. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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ANEXO 9 “PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO DEL BUQUE”. 1.- OBJETO PEMEX REFINACIÓN encomienda al NAVIERO la programación, ejecución y supervisión del mantenimiento del buque, de conformidad con las especificaciones y alcances contenidos en esta PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO DEL BUQUE, a partir de ahora “PÓLIZA”, con las siguientes condiciones: 1.1.- Alcances de los servicios 1.1.1.- Mantener las condiciones de operación, seguridad y clasificación del BUQUE, de conformidad con todas las especificaciones técnicas, normas y regulaciones indicadas en el ANEXO 1 del contrato, cumpliendo con los siguientes mantenimientos determinados por el NAVIERO durante el plazo del contrato: a) b) c) d) e)

Mantenimiento Preventivo Mantenimiento Correctivo Mantenimiento Especializado Preventivo Mantenimiento Especializado Correctivo Mantenimiento Extraordinario

1.1.2.- Los trabajos de mantenimiento señalados en el punto 1.1.1, se llevaran a cabo a bordo del buque a excepción de aquellos que por su especialidad, complejidad o tipo de servicio deban realizarse en instalaciones ajenas a PEMEX REFINACION que el NAVIERO proporcione para dichos servicios. 2.- DEFINICIONES. Para fines de entendimiento del contrato los términos establecidos a continuación en esta PÓLIZA, tendrán el significado siguiente: 2.1.- Buque Operando de Manera Confiable y Segura.- Es cuando el buque opera bajo los parámetros de operación establecidos en el Anexo 1 del contrato _________, y con todos sus equipos aptos sin que representen riesgo sobre la integridad de la tripulación, del BUQUE y/o su cargamento y/o entorno ecológico. 2.2.- Buque Parcialmente Imposibilitado.- Es cuando el buque por causas imputables al naviero opera con parámetros de capacidad de transporte, por debajo de los señalados en el Anexo 1 del contrato _________, a causa o derivado de condiciones técnicas, físicas o legales 2.3.- Buque Totalmente Imposibilitado.- Es cuando el buque por causas imputables al naviero queda fuera de operación a causa o derivado de condiciones técnicas, legales (certificaciones) o físicas, es decir cuando la embarcación queda sin la capacidad para navegar u operar su sistema de carga y descarga. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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2.4.-Consumibles.- Comprenden todos aquellos enseres de limpieza en espacios de maquinaria, espacios de carga y cubiertas, papelería y material para uso de equipos de informática para la gestión del mantenimiento de la embarcación; todo tipo de herramientas necesarias para cumplir con todos los mantenimientos establecidos en el punto 1.1.1. Lubricantes y grasas para cada uno de los equipos instalados en el buque de las marcas y tipos recomendados por el fabricante para su conservación y rendimiento; productos químicos de las marcas recomendadas por los fabricantes de equipos instalados en el buque para la correcta operación y conservación en los sistemas de: máquina principal, generadores eléctricos y vapor; productos químicos propios para la limpieza en los departamentos de máquinas, cubiertas, cuartos de bombas, timonería, lavado de tanques de carga, de combustibles de consumo del buque y espacios confinados; recubrimientos, solventes y demás materiales de aplicación manual o mecánica para la conservación de: casco, equipos, tuberías, cubiertas con sus componentes, departamento de máquinas, cuartos de bombas, espacios confinados, tanques de carga/lastre y acomodación; material eléctrico, dieléctricos, lámparas en general; gases para corte y soldadura, electrodos para soldadura. 2.5.- Mantenimiento Especializado Preventivo y Mantenimiento Especializado Correctivo.Son aquellos trabajos de mantenimiento que deben ser realizados en su totalidad por cuenta y cargo del NAVIERO, con personal propio conforme a la Tabla 9-1, incluyendo el Servicio a equipos y sistemas de seguridad de las Embarcaciones, descrito en la Tabla 9-2 y el mantenimiento en dique seco Tabla 9-3. 2.6.- Mantenimientos Extraordinarios.- Son aquellos trabajos de mantenimiento que resultan adicionales a los incluidos en los programas de mantenimientos que ejecutan el personal de PEMEX REFINACION y que por falla de las REFACCIONES ORIGINALES o CONSUMIBLES proporcionados por el NAVIERO resultan repetitivos o con una frecuencia de ejecución mayor a la originalmente programados. 2.7.- Mantenimiento Preventivo y Mantenimiento Correctivo.- Son aquellos trabajos que se realizarán con la mano de obra de la tripulación de PEMEX REFINACIÓN, , de acuerdo al programa de mantenimiento establecido por el NAVIERO, conforme al reglamento de labores de cada una de sus categorías, Anexo 10 del presente contrato, trabajos equiparables a las labores que se desarrollan en los buques tanque propiedad de PEMEX REFINACION, con la excepción de los mantenimientos especializados establecidos en el Tabla 9-1. 2.8.- NAVIERO .- Es el encargado de establecer y ejecutar los programas de servicios de mantenimiento, así como su estricto control de cumplimiento, sustentado en las recomendaciones de los fabricantes señaladas en los manuales de operación y mantenimiento y boletines técnicos de los equipos instalados abordo, con el correspondiente suministro de REFACCIONES ORIGINALES para cada uno de ellos; la conservación del y los componentes de: casco, cubiertas, departamento de máquinas, cuarto de bombas, acomodación; así como del cumplimiento en tiempo y forma del programa de Inspecciones de la Sociedad Clasificadora del BUQUE.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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2.9.- Refacciones Originales.- Son las partes o componentes originales y nuevas de cada uno de los equipos instalados en el BUQUE, las cuales son manufacturadas por el fabricante o licenciatario del mismo y que deben ser suministradas por el NAVIERO. 2.10.- Tarifa Diaria.- Es el costo diario del Arrendamiento de la embarcación, mas el costo diario de la Póliza Integral de Mantenimiento. 3.- OBLIGACIONES 3.1.- Obligaciones del NAVIERO.Durante la vigencia y plazo del contrato el NAVIERO tendrá las siguientes obligaciones: 3.1.1 Elaborar y supervisar los programas calendarizados anuales de Mantenimiento señalados en el numeral 1.1.1, de ésta Póliza incluyendo la ejecución de los MANTENIMIENTOS ESPECIALIZADO PREVENTIVO, ESPECIALIZADO CORRECTIVO Y EXTRAORDINARIO, así como la total administración, solicitud, supervisión y pago de los servicios de las inspecciones de clasificación del buque 3.1.2.- Presentar a la entrega del buque, a PEMEX REFINACION el sistema o software para el registro, planeación y control de los programas descritos en el numeral 1.1.1 de ésta Póliza, y mantenerlo operativo y actualizado durante el plazo del contrato No. _______. 3.1.3.- Suministrar todas las REFACCIONES ORIGINALES, acreditando su procedencia mediante la entrega de copia de las facturas u ordenes de compra a los Supervisores de Pemex Refinación; adicionalmente debe suministrar los CONSUMIBLES necesarios para la ejecución de todos los programas de mantenimiento dentro de los periodos y fechas señaladas en los mismos. 3.1.4.- Mantener actualizados los planos, manuales de operación, manuales de mantenimiento, folletos, así como diagramas y demás información técnica de todos los equipos del buque. 3.1.5.- Solicitar al Capitán por escrito, las libranzas operativas, que correspondan a los Programas de MANTENIMIENTO con una antelación de cuando menos 15 días. 3.1.6.-. Notificar a PEMEX Refinación por lo menos con seis meses de anticipación, el programa de entrada del buque al dique seco. 3.1.7.-Realizar la Inspección y Mantenimiento Programado del BUQUE en Dique Seco, en Astilleros cuya ubicación no requiera más de 15 días de navegación a velocidad de crucero desde el puerto de entrega en aguas nacionales en el Litoral del Golfo o del Pacífico, para posicionar el BUQUE en el puerto de reparación. La estadía en el Astillero que determine el NAVIERO, no deberá exceder el periodo máximo en días efectivos de trabajo del astillero establecidos en la Tabla 9-3, para lo cual contratará y supervisará bajo su cuenta y riesgo, todo lo necesario para el cumplimiento de la Póliza que se genere durante la estadía del BUQUE en dique seco. 3.1.8.- Reincorporar el buque al servicio operativo sin condiciones de Clase, al término del Programa de mantenimiento e Inspecciones en Dique. En el caso de que la Sociedad de clase MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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extienda el certificado de clase con alguna condición, el NAVIERO queda obligado a atenderla dentro del primer plazo señalado por la Sociedad de Clase. En caso de que durante los trabajos de acreditación para las inspecciones de clase resultaran imprevistos derivados de vicios ocultos, el NAVIERO notificará a Pemex Refinación de dicha situación, para acordar la posible extensión al plazo originalmente considerado para estadía en dique seco. 3.1.9.- Contar con la infraestructura necesaria para la administración de los servicios establecidos en esta PÓLIZA, contando con sistemas electrónicos de comunicaciones y transmisión de datos enlazados con el buque, disponibles las 24 horas del día, 3.1.10.- Pagar todos los costos de las comunicaciones que se generen desde el buque con el naviero, en que se incurran para la prestación ejecución de los servicios establecidos en esta PÓLIZA. 3.1.11.- Programar los MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS ESPECIALIZADOS del buque, que requieren libranza, de manera que los mismos no pongan fuera de servicio total a la embarcación por un periodo máximo de 240 horas a partir de la disposición del buque para los trabajos y autorización para los mismos, durante el año contrato, las cuales no deben utilizarse de manera continua o durante un solo evento, mismas que no serán acumulables para años subsecuentes durante el plazo del contrato y deberán estar previstas en el programa anual de mantenimiento que el NAVIERO presentará a Pemex Refinación. 3.1.12.- Sustituir al Supervisor o personal de apoyo, previa solicitud debidamente sustentada por Pemex Refinación, en caso de que este no observe las medidas de seguridad señaladas en los procedimientos de Pemex Refinación o en caso de que por actitud propia del mismo se genere incumplimiento a los programas de mantenimiento o no respete las líneas de mando a bordo de el buque. 3.1.13.- Suministrar y/o instalar equipos nuevos al BUQUE o modificar a los ya existentes en cumplimiento a nuevas Regulaciones Nacionales e Internacionales y Boletines Técnicos del fabricante. 3.2.- Obligaciones de PEMEX- REFINACIÓN 3.2.1.- La Tripulación, conforme a su reglamento de labores, ejecutará y cumplirá los Programas de MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO proporcionados por el Naviero, previa entrega por parte del mismo de las REFACCIONES ORIGINALES y CONSUMIBLES necesarios. Asimismo efectuará las reparaciones provisionales debido a situaciones de emergencia o peligro inminente para el buque y su tripulación, para llevarla a puerto seguro. Para el cumplimiento de lo anterior, el Capitán y Jefe de Máquinas coordinaran con el Supervisor del NAVIERO lo necesario. 3.2.2.- Realizar la reparación de las averías o fallas que se compruebe sean responsabilidad de la tripulación en la operación y/o mantenimiento de equipos. 3.2.3.- Operar los sistemas y equipos del buque de acuerdo a los manuales y/o instructivos correspondientes, realizando los ajustes a los parámetros de operación conforme sea necesario. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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3.2.4.- En el caso de existir solicitud del NAVIERO para sustitución de los Supervisores a bordo de Pemex Refinación, motivadas por la falta de diligencia del Capitán y Jefe de Máquinas para coadyuvar en la ejecución de los programas de mantenimiento, Pemex Refinación analizará dicha solicitud para proceder en consecuencia. 3.2.5.- Conforme a las libranzas solicitadas por el NAVIERO a través del Capitán, Pemex Refinación dispondrá lo necesario para que las libranzas se lleven a cabo conforme a lo programado.

4.- SUPERVISIÓN DE LOS SERVICIOS 4.1.- El Capitán y el Jefe de Máquinas del BUQUE, actuarán como supervisores de PEMEX REFINACIÓN para verificar y validar el cumplimiento de los Programas de Mantenimiento establecidos en el numeral 1.1.1 de la presente PÓLIZA, así como los parámetros de desempeño operativo (Consumo de combustible, velocidad y promedios de operación), para tal efecto el Naviero deberá elaborar y entregar al Capitán del buque, cada mes calendario un reporte en forma escrita y de ser posible también en forma electrónica, de las actividades de mantenimiento realizadas comparándolas con las actividades descritas del programa de mantenimiento que corresponda conforme al citado numeral. Los reportes mensuales validados se remitirán a las áreas técnicas de la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo para su evaluación, para determinar el cumplimiento de las obligaciones del NAVIERO. Asimismo el Capitán deberá reportar por escrito en cada viaje cualquier desviación operativa que conforme a su análisis en los términos de la presente POLIZA considerando los parámetros del anexo 1 del contrato, sean atribuibles a incumplimientos del NAVIERO respecto a los programas de mantenimiento y conlleven a tiempos muertos, consumos excesivos de combustibles, bajo promedio de velocidad y bajo ritmo de descarga, así como en el caso de que el buque no opere de MANERA CONFIABLE O SEGURA, a las áreas técnicas de la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo, a fin de que dicha áreas determinen la procedencia o no de la aplicación de penas convencionales o deducciones señaladas en el numerales 5 y 6 de la POLIZA En el caso de que la mencionadas áreas técnicas de la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo determinen que existe algún incumplimiento por parte del NAVIERO procederá a la aplicación de las deducciones y/ penalizaciones que resulten, conforme a lo establecido en el numeral 5 y 6 de esta PÓLIZA. 4.2.- Pemex Refinación y el NAVIERO realizarán supervisiones conjuntas al buque, de manera trimestral o cuando se considere necesario, por alguna de las partes, a efecto de verificar la condición de mantenimiento y conservación del buque, así como el cumplimiento de la debida supervisión por parte del personal de a bordo de ambas partes.

5.-DEDUCCIONES

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5.1.- En el caso de que el Buque se encuentre TOTALMENTE IMPOSIBILITADO, el NAVIERO se hará acreedor a una deducción equivalente a la TARIFA DIARIA establecida en el contrato No. _______ por cada día natural o prorrata y hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. 5.2.- En el caso de que el Buque se encuentre PARCIALMENTE IMPOSIBILITADO, el NAVIERO se hará acreedor a una deducción equivalente a la proporción de la TARIFA DIARIA establecida en el contrato No. _________ considerando la proporción de la capacidad del transporte afectada, por cada día natural o prorrata y hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. 5.3.- En el caso de que el buque no OPERE DE MANERA CONFIABLE Y SEGURA, el NAVIERO se hará acreedor a una deducción equivalente al costo diario de la Póliza establecida en el contrato No. _______, contabilizada a partir de la detección de dicha condición, por cada día natural o prorrata hasta que el NAVIERO restablezca la OPERACIÓN CONFIABLE Y SEGURA del BUQUE, a plena satisfacción y aceptación por escrito de Pemex Refinación, y/o hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. 5.4.- En el caso de que la ejecución del Programa de MANTENIMIENTO PREVENTIVO ESPECIALIZADO rebase el periodo anual de 240 horas de libranzas autorizadas por PEMEX REFINACION el NAVIERO se hará acreedor a una deducción equivalente a la TARIFA DIARIA establecida en el contrato No. _______ por cada día natural o prorrata y hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. 5.5.- En el caso de que el NAVIERO no cumpla con los plazos de estadía de mantenimiento en dique establecidos en la tabla 9-3, se hará acreedor a una deducción equivalente a la TARIFA DIARIA establecida en el contrato No. _______ por cada día natural o prorrata y hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato. 5.6.- En los casos de que se incumpla con los parámetros operativos de consumos de combustibles, velocidad y/o regimenes de carga y descarga establecidos en el Anexo 1 del contrato No. _______, se hará acreedor a una deducción equivalente al retraso, tomando como referencia la TARIFA DIARIA establecida en el contrato No. _______ y/o por el exceso de consumo de combustible, hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato (se analizará). 6.- PENAS CONVENCIONALES 6.1.- En caso de avería o falla de algún equipo que no provoque que el buque quede TOTAL o PARCIALMENTE IMPOSIBILITADO, ambas partes acordarán por escrito el programa de MANTENIMIENTO CORRECTIVO Y/O EL MANTENIMIENTO ESPECIALIZADO CORRECTIVO para cada caso en particular, para la atención de dichas averías o fallas. Si transcurrido el tiempo pactado en el programa por las partes la avería o falla no ha sido subsanada, por causas imputables al NAVIERO, se empezarán a contabilizar las penas convencionales por día de atraso, en razón al costo diario de la Póliza establecida en el contrato No. _______ por cada día natural o prorrata y hasta el importe de la garantía de cumplimiento del contrato.

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7.- RESPONSABILIDAD LABORAL. 7.1.- El NAVIERO, como empresario y patrón del personal que tiene contratado para la ejecución del objeto de esta PÓLIZA, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las disposiciones legales y demás ordenamientos en materia del trabajo y seguridad social para con sus trabajadores. 7.2.- Asimismo, el NAVIERO reconoce y acepta que con relación a la presente PÓLIZA, actúa exclusivamente como NAVIERO independiente, por lo que nada de lo contenido en esta PÓLIZA, ni la práctica comercial entre las partes, creará una relación laboral o de intermediación en términos del artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo, entre el NAVIERO, incluyendo sus vendedores y/o subcontratistas y sus respectivos funcionarios o empleados, y PEMEX REFINACIÓN. 7.3.- Por lo anterior, en caso de cualquier reclamación o demanda, relacionada con los supuestos establecidos en la presente PÓLIZA y proveniente de cualquiera de las personas antes mencionadas, que pueda afectar los intereses de PEMEX REFINACIÓN o se involucre a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, el NAVIERO queda obligado a sacarlos en paz y a salvo de dicha reclamación o demanda, obligándose también, a resarcir a Petróleos Mexicanos y/o cualquiera de sus Organismos Subsidiarios y/o Empresas Filiales, de cualquier cantidad que llegaren a erogar por tal concepto.

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TABLA 9-1 SISTEMAS Y/O EQUIPO

MANTTO. ESPECIALIZADO CONTROL, PROTECCIÒN Y VIGILANCIA MANTENIMIENTO INTEGRAL DEL TURBOSOPLANTE CHUMACERA (S) INTERMEDIA(S)

SISTEMA PROPULSOR

EJE DE COLA / CHUMACERA DE BOCINA

PROPELA SERVOMOTOR DEL TIMÒN

SISTEMA DE GENERACIÒN, FUERZA Y DISTRIBUCIÒN ELÈCTRICA

CALDERAS (SI APLICA) MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

CONTROL, PROTECCIÒN Y VIGILANCIA TABLERO PRINCIPAL, DE DISTRIBUCIÒN Y DE EMERGENCIA CONTROL, PROTECCIÒN Y VIGILANCIA

OBSERVACIONES EL MANTENIMIENTO COMPRENDE PARTES DE: SOFTWARE, ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO Y ACCESORIOS MECANICOS DE CONEXIÒN. EL MANTENIMIENTO PROGRAMADO MAYOR A 16,000 HORAS. MANTENIMIENTO DE AJUSTE, ENMETALADO, MAQUINADO DE COJINETES Y SU ALINEACIÒN MANTENIMIENTO ESPECIAL DE DIQUE, RENOVACIÒN DE SELLOS Y SUS COMPONENTES, ENMETALADO, MAQUINADO DE COJINETES, ALINEACIÒN Y EQUIPOS DE LUBRICACIÒN Y ENFRIAMIENTO TODOS LOS TRABAJOS RECOMENDADOS POR CLASE Y/O FABRICANTE QUE NO SEAN ORIGINADOS POR LA ACTIVIDAD NAÙTICA NORMAL NI RESPONSABILIDAD DE PEMEX REFINACIÒN TODOS LOS TRABAJOS QUE SE REQUIERAN DE MANERA PREVENTIVA Y CORRECTIVA EL MANTENIMIENTO COMPRENDE PARTES DE: SOFTWARE, ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO Y ACCESORIOS MECANICOS DE CONEXIÒN. EL MANTENIMIENTO COMPRENDE LA CALIBRACIÒN, AJUSTE Y PRUEBAS DE LOS INSTRUMENTOS DE MEDICIÒN, PROTECCIÒN Y CONTROL E INTERRUPTORES PRINCIPALES EL MANTENIMIENTO COMPRENDE PARTES DE: SOFTWARE, ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO Y

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ACCESORIOS MECANICOS DE CONEXIÒN.

SISTEMAS Y/O EQUIPO

MANTTO. ESPECIALIZADO

OBSERVACIONES

SISTEMA DE CARGA Y LASTRE

CONTROL, PROTECCIÒN, VIGILANCIA Y MEDICIÒN DE NIVELES DE TANQUES

EL MANTENIMIENTO COMPRENDE PARTES DE: SOFTWARE, ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO, SONDAS DE NIVEL, VÀLVULAS DE SEGURIDAD (P/V) Y ACCESORIOS MECANICOS DE CONEXIÒN. EL MANTENIMIENTO COMPRENDE PARTES DE: SOFTWARE, ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO Y ACCESORIOS MECANICOS DE CONEXIÒN, BOMBAS DE CARGA Y LASTRE, BOMBA HIDRAÙLICA DE FUERZA Y MOTORES ELÈCTRICOS

SISTEMA DE POTENCIA HIDRAÙLICO PARA MANEJO DE LA OPERACIÒN DE CARGA Y LASTRE (SI APLICA)

SISTEMA DE FUERZA, CONTROL, PROTECCIÒN Y VIGILANCIA

TURBINAS Y BOMBAS DE CARGA Y LASTRE

CONTROL, ACHIQUE PROTECCIÒN Y VIGILANCIA

SISTEMA DE AYUDA A LA NAVEGACIÒN Y COMUNICACIÒN

SISTEMA DE GAS INERTE MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

TODOS LOS MANTENIMIENTOS PREVENTIVOS Y CORRECTIVOS DE TODOS LOS EQUIPOS ELECTRONICOS, ELÈCTRICOS E INSTRUMENTACIÒN DEL PUENTE, ESTACIÒN DE RADIO Y TIMONERIA SISTEMA DE FUERZA, CONTROL, PROTECCIÒN Y

EL MANTENIMIENTO COMPRENDE PARTES DE: SOFTWARE, ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO Y ACCESORIOS MECANICOS DE CONEXIÒN. EL MANTENIMIENTO COMPRENDE PARTES DE: SOFTWARE, ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO Y ACCESORIOS MECANICOS DE CONEXIÒN.

EL MANTENIMIENTO COMPRENDE PARTES DE: SOFTWARE, ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, MOTORES

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VIGILANCIA

SISTEMAS Y/O EQUIPO

SISTEMA DE TUBERIAS

VÀLVULAS

MANTTO. ESPECIALIZADO CARGA, LASTRE, AGUA DE MAR, AGUA DULCES, COMBUSTIBLE, LUBRICANTE, VAPOR, HIDRAÙLICAS, NEUMATICAS, GAS INERTE, DUCTOS ELÈCTRICOS PARA CABLEADO, SANITARIAS, GASES REFRIGERANTES, GASES DE CORTES Y SOLDADURA, REPARACIÒN INTEGRAL Y/O RENOVACIÒN DE VÀLVULAS DE DIÀMETROS IGUAL O MAYORES DE 10”

SISTEMA HIDRAÙLICO DE AMARRE Y LEVANTE

SISTEMA DE FUERZA, CONTROL, PROTECCIÒN Y VIGILANCIA

ESTRUCTURA DEL BUQUE, PLACAS DE ACERO, SOPORTERIAS Y ACCESORIOS DEL CASCO, TALES COMO: TUBOS DE VENTEO,

TODOS LOS TRABAJOS EN CALIENTE, FLAMA ABIERTA, CORTE Y SOLDADURA QUE SE REQUIERAN EFECTUAR

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

ELÈCTRICOS, BOMBAS DE LAVADO, COMBUSTIBLES Y REFRIGERACIÒN, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO, INCLUYENDO TUBERIAS Y VÀLVULAS. LA TRIPULACIÒN DE PEMEX SOLO OPERARÀ EL SISTEMA OBSERVACIONES

INCLUYE TODAS LAS REPARACIONES DIFINITIVAS Y RENOVACIÒN DE LÌNEAS QUE SE REQUIRAN POR DESGASTE O FALLA Y LIMPIEZA DE LÌNEAS POR INCRUSTACIÒN DE FAUNA MARINA

TODOS LOS TRABAJOS NECESARIOS PARA REMOCIÒN, TRASLADO, DESARMADO, ARMADO, MONTAJE , INSTALACIÒN Y PRUEBAS EL MANTENIMIENTO COMPRENDE COMPONENTES DE WINCHES Y GRÙAS: ELECTRONICAS, ELÈCTRICAS, NEUMATICAS, HIDRAÙLICAS, INSTRUMENTACIÒN DE CAMPO, TUBERIAS DE CONTROL Y FUERZA, ACCESORIOS MECANICOS DE CONEXIÒN, BOMBAS, MOTORES ELÈCTRICOS Y CERTIFICACIÒN NECESARIA PARA SU OPERACIÒN. TODOS LO TRABAJOS DE RENOVACIÒN DE ACERO, POR REPARACIONES NECESARIAS, POR DESGASTE DEL MATERIAL, DAÑOS Y/O RECOMENDACIONES DE CLASE, QUE NO SEAN ORIGINADOS POR LA ACTIVIDAD NAÙTICA

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CHAROLAS DE DERRAME, RESPIRADEROS DE TANQUES, CHARNELAS, TAPAS DE TANQUES, BRAZOLAS, REGISTROS, ESCALAS, INVORNALES, TAPA ESCOTILLAS Y PUERTAS DE COMBATE SISTEMAS Y/O EQUIPO

MOTORES ELÈCTRICOS

GENERADORES ELÈCTRICOS DE POTENCIA

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

A BORDO DEL BUQUE

NORMAL NI RESPONSABILIDAD DE PEMEX REFINACIÒN

MANTTO. ESPECIALIZADO

OBSERVACIONES

REPARACIÒN INTEGRAL Y/O RENOVACIÒN MANTENIMIENTO PREVENTIVO, LIMPIEZA , BARNIZADO, HORNEADO, CAMBIO DE BALEROS, BALANCEADO, DESMONTAJE, MONTAJE, TRASLADO, INSTALACIÒN Y PRUEBAS MANTENIMIENTO PREVENTIVO, LIMPIEZA , BARNIZADO, HORNEADO, CAMBIO DE BALEROS, BALANCEADO, DESMONTAJE, MONTAJE, TRASLADO, INSTALACIÒN Y PRUEBAS MANTENIMIENTO PREVENTIVO, LIMPIEZA , BARNIZADO, HORNEADO, CAMBIO DE BALEROS, BALANCEADO, DESMONTAJE, MONTAJE,

TODOS LOS MOTRORES ELÈCTRICOS

MOTORES CON POTENCIA IGUAL O MAYOR A 60 KW.

MOTORES/VENTILADORES DE: CUARTO DE MÀQUINAS, CUARTOS DE BOMBAS.

TODOS

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TRASLADO, INSTALACIÒN Y PRUEBAS

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Tabla 9-2 Servicio a equipos y sistemas de seguridad de las Embarcaciones I.- Sistemas de contra incendio.Debe proporcionar los servicios integrales que comprendan la Verificación, Pruebas de Funcionamiento, Diagnóstico, Mantenimiento, Rehabilitación, refaccionamiento (incluye reemplazo de componentes nuevos y funcionales que los sustituyen), Recarga y Recertificación de equipos fijos, portátiles y móviles (semiportátiles) para el servicio contra incendio con agentes extinguidores a base de polvo químico seco, bióxido de carbono, agua y liquido espumante, incluyendo los similares de aire respirable comprimido (equipos de respiración autónomos, EEBD dispositivos de respiración para escape de emergencia). Así mismo, mantener la dotación de las estaciones de contra incendio y estaciones de Seguridad de acuerdo al Plano de Seguridad certificado por casa clasificadora miembro del IACS. Ref. SOLAS Cap. II, última versión, NOM-031-SCT4-1996 y NOM-019-SCT4-1995. II.- Salvamento.Debe proporcionar los servicios integrales de : Balsas Salvavidas: Revisión, traslado, pruebas de funcionamiento, mantenimiento, reposición de material vencido, reparación, instalación en sus bases, avituallamiento y recertificación de balsas salvavidas auto inflables y sus dispositivos de zafa hidrostática y deflectores de Radar existentes a bordo. Botes Salvavidas: Mantenimiento, reparación y rehabilitación (que incluye: Mantenimiento Preventivo -integrado por actividades de chequeo, verificación, diagnóstico y calibración de componentes y equipos-, Mantenimiento Correctivo -integrado por trabajos de reparación de estructuras, componentes, equipos y sistemas; Suministro e Instalación de REFACCIONES ORIGINALES; Desinstalación-Traslado-Reinstalación y Pruebas Operativas, Rehabilitación -que integra el reemplazo del equipo y accesorios MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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obsoletos o dañados del avituallamiento por nuevos y originales- y Certificación del servicio prestado a los Botes Salvavidas, conforme a Instrucciones y Recomendaciones del Fabricante de los Botes Salvavidas y Normas (NOM) de Referencia. Buque: Mantener vigente la dotación correspondiente de Aros y Chalecos Salvavidas (incluyendo sus silbatos, luces y rabizas), Pirotécnicos de salvamento, Radio balizas (EPIRB’s), Respondedores de radar, Radios Bidireccionales, Escalas de embarque de los botes salvavidas y de Piloto, Red de seguridad de la escala real del buque. Ref. SOLAS, Cap. III, última edición, NOM-006-SCT4-2006, NOM-010-SCT4-1994 y NOM-037-SCT4-1999. III.- Bártulos de Navegación y Publicaciones en General.-

El buque debe arribar al Puerto de entrega con bártulos de navegación suficientes y todas las Publicaciones Náuticas, las emitidas y avaladas por la Organización Marítima Internacional, que sean aplicables conforme al año de construcción, tonelaje y tipo de buque, en su última edición: cartas de navegación, tablas, libros, listas, almanaque, convenios, códigos, leyes, normas, guías, reglamentos, acuerdos, protocolos y foros, así como la legislación nacional y en lo referente a la Seguridad Industrial y Protección Ambiental, necesarias para efectuar en forma segura su Navegación y Operación, entre puertos de los Estados Unidos Mexicanos y cambios de litoral a través del Canal de Panamá. IV.- Código PBIP.En un periodo no mayor a 48 horas contadas a partir de la entrada de la embarcación al servicio de PEMEX Refinación (Delivery Certificate), el NAVIERO debe asegurar que la señal de la alarma de pánico de protección marítima esté direccionada a los correos electrónicos que se mencionan en la siguiente tabla:

Cargo Oficial de Protección de Pemex Refinación Persona designada en Tierra Oficina Nacional de Protección Marítimo Portuaria

Nombre

Correo electrónico

Cap. Alt. Carlos Ucha Nieto

[email protected]

Cap. Alt. Enrique Francisco Amado Reynaud.

[email protected]

Ing. Ramón Cruz Borrath

[email protected]

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Estado Mayor de la Armada de México

[email protected]

Así mismo, el NAVIERO debe gestionar ante las autoridades marítimas y de telecomunicaciones nacionales y realizar el cambio y registro de información contenida en el AIS (Sistema de Identificación Automático) y del EPIRB (Baliza de Identificación de Posición en Situación de Emergencia) para su entrada en función en un periodo no mayor a 48 horas contadas a partir de la entrada de la embarcación al servicio de PEMEX Refinación (Delivery Certificate). Con 30 ó 40 días de anticipación a la ventana de entrega del buque, PEMEX Refinación hará del conocimiento del proveedor la información técnica para adecuar los dispositivos señalados en este apartado.

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TABLA 9-3

AÑO CONTRUCCIÓN

2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007

INSPECCIONES A REALIZAR DURANTE LOS CINCO AÑOS DE PÓLIZA DEL 2008 AL 2012 EJE MÁXIMO DE MÁXIMO DE SUBMARINA DIQUE INTERMEDIA DE ESPECIAL DÍAS EN DÍAS EN COLA Cada 2años y (DS) (ITSS) cada 2 REPARACIÓN REPARACIÓN (SS) medio, Cada años y medio, (ITS) cada cinco DE PRIMERA DE SEGUNDA Cada posterior a la cinco posterior a la ESTADIA EN ESTADIA EN años cinco 1° Especial años Especial DIQUE DIQUE años X X X X X 30 DÍAS (2010) X X X X X 30 DÍAS (2011) X X X X X 30 DÍAS (2012) NUMERAL X X X X X 5.1.14, NO SE ACEPTA X X X X 20 DÍAS (2009) X X 20 DÍAS (2010) X X X 20 DÍAS (2011) X X X 20 DÍAS (2012)

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DOCUMENTO 3 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. _______________ INFORMACIÓN PARA ACREDITAR LA EXISTENCIA, PERSONALIDAD Y DEL LICITANTE Yo, ___(nombre )_, manifiesto BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que los datos aquí asentados, son ciertos y han sido debidamente verificados y que cuento con facultades suficientes para comprometer a mi representada a través de la proposición en la presente licitación pública, a nombre y representación de: _(nombre de la persona física o moral). Registro Federal de Contribuyentes: Domicilio.Calle y Número: Colonia: Delegación o Municipio: Código Postal: Entidad Federativa: Teléfonos: Fax: Correo electrónico: Datos de la escritura pública en la que consta su acta constitutiva: Relación de Socios: Apellido Paterno: Descripción del objeto social comercial ó profesional):

Apellido Materno: (para personas físicas, actividad

Nombre( s )

Datos de las Reformas o modificaciones al acta constitutiva: Relación de Socios: Apellido Paterno: Apellido Materno: Nombre( s ) Fecha y datos de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Nombre y domicilio del apoderado o representante: Datos de la Escritura Pública mediante la cual acredita su personalidad y facultades para suscribir la propuesta: Lugar y fecha Protesto lo necesario. _(Firma autógrafa original) Notas: 1.2.-

El presente formato podrá ser reproducido por cada licitante en el modo que estime conveniente, debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado. El licitante deberá incorporar textualmente, los datos de los documentos legales que se solicitan en este documento, sin utilizar abreviaturas, principalmente en lo relativo al nombre de la persona física o razón social de la persona moral.

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DOCUMENTO 4 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. _______________ NOTA: EL CONTENIDO DE ESTE DOCUMENTO NO ES LIMITATIVO, POR LO QUE PODRÁ ADECUARSE POR EL ÁREA CONVOCANTE

DOCUMENTOS QUE DEBERÁN SER FIRMADOS AUTÓGRAFAMENTE POR PERSONA FACULTADA PARA ELLO. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8.

Información para acreditar la existencia y personalidad del licitante (Documento 3). Carta poder simple de quien asista a entregar la proposición. Propuesta Técnica y -Económica (Documento 6). Declaraciones escritas de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50, 60 penúltimo párrafo y 31 fracc. XXIV de la Ley (Documentos 7 o 7A). Declaración de Integridad (Documento 8). Formato Compromisos con la Transparencia (Documento 11). De ser el caso, convenio privado mediante el cual se conviene en presentar propuesta conjunta De ser el caso, Formato para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; Acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (Documento 15).

En el caso de proposiciones enviadas por medios de comunicación electrónica, se imprimirán para su rúbrica durante el acto de presentación y apertura de proposiciones, los documentos relacionados anteriormente, excepto el indicado en el punto 2.

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DOCUMENTO 5 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ____________ FORMATO PARA LA CONSTANCIA DE RECEPCIÓN DE DOCUMENTOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN E INTEGRAR LAS PROPOSICIONES QUE LOS LICITANTES ENTREGAN A LA CONVOCANTE EN EL ACTO DE PRESENTACIÓN Y APERTURA DE PROPOSICIONES NOMBRE DEL ARCHIVO DOCUMENTO No.

3 7

7-A 8

6 11 14

15

PUNTOS DEL DOCUMENTO 1 DE LAS BASES DONDE SE EXIGE

DOCUMENTO

Copia fotostática del recibo de pago de Bases. Acreditación de la existencia y personalidad del licitante. Manifestación de no encontrarse en los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley.

Manifestación de no encontrarse en alguno de los supuestos establecidos por el artículo 31 fracción XXIV de la Ley Declaración de Integridad. Convenio privado tratándose propuestas conjuntas.

4 INCISO A)

Compromisos con la Transparencia

DOC_3 DOC_7

DOC_7A 4 INCISO D)

4 INCISO H) 4 INCISO E) 11

Manifestación para integrar el catálogo de proveedores de los sistemas transaccionales de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Modelo para la manifestación de ser persona con discapacidad (persona física) o persona moral que cuente con personal con discapacidad en una proporción del cinco por ciento cuando menos de la totalidad de su planta de empleados, cuya antigüedad no sea inferior a seis meses; Acompañada con fotocopia del aviso de alta al régimen obligatorio del Instituto Mexicano del Seguro Social (Documento 15) Documentación para la acreditación de la experiencia. .

ELECTRÓNICA ) RECIBO

4 INCISO D)

4 INCISO D) de

Propuesta Técnica y -Económica

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4, INCISO C)

TRATÁNDOSE DE PROPUESTAS ENVIADAS POR MEDIOS DE COMUNICACIÓN

4 INCISO Q)

DOC_8 CONVEN DOC_6 DOC_11 DOC_14

(DOC 15).

4 INCISO N)

4 INCISO K)

(EXPER)

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ENTREGO SI

NO

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Este formato se utilizará como constancia para el licitante de haber entregado la documentación que en el mismo se cita, en caso de que lo incluya, y sólo da constancia de la recepción de la proposición, por lo que, su contenido cualitativo con respecto a lo solicitado en las Bases será verificado y evaluado por la Convocante. La omisión de la presentación de este formato por parte del licitante, no será motivo de descalificación de su propuesta.

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DOCUMENTO 6 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. _____________ PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA DEL ARRENDAMIENTO

No. Posición

Cantidad

Unidad de Medida

Descripción del Arrendamiento (incluir las especificaciones técnicas y el licitante podrá incluir los anexos que se requieran, adjunto a este documento) EL LICITANTE DEBE ENTREGAR, DEBIDAMENTE REQUISITADO, EL DOCUMENTO 2, ACOMPAÑANDO EL SOPORTE DOCUMENTAL REQUERIDO.

Plazo de Ejecución

Costo Unitario sin I.V.A. USD

Importe Total sin I.V.A. ($) USD

___ DÍAS

Sub-total (1)

$

A) Costo Diario del Arrendamiento: ____(número)____USD (Letra)

PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA DE LA PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO

No. Posición

Cantidad

Unidad de Medida

Descripción de la PÓLIZA (incluir las especificaciones técnicas y el licitante podrá incluir los anexos que se requieran, adjunto a este documento) EL LICITANTE DEBE ENTREGAR, DEBIDAMENTE REQUISITADO, EL DOCUMENTO 2, ACOMPAÑANDO EL SOPORTE DOCUMENTAL REQUERIDO.

Plazo de Ejecución

Costo Unitario sin I.V.A. USD

____ DÍAS

Sub-total (2)

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Importe Total sin I.V.A. USD

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$

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B) Costo Diario de la Póliza Integral de Mantenimiento del buque: __(número)___USD (Letra) DOCUMENTO 6 (CONTINUACIÓN) LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. _____________

C) TARIFA DIARIA TARIFA DIARIA = A) + B)

___(número)______USD (Letra) D) IMPORTE PROPUESTA:

TOTAL

DE

LA

Importe total de la propuesta= Sub-total (1)+ Sub-total(2)

___(número)______USD (Letra)

Ventana de entrega ofertada: Puerto de entrega propuesto: Monto total de la propuesta sin I.V.A. Vigencia de la propuesta

La presente propuesta permanecerá vigente hasta la conclusión del procedimiento de licitación.

NOMBRE DEL LICITANTE: ____________(DENOMINACIÓN O RAZÓN SOCIAL)___________________ NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL:__________________________________________________ FIRMA: ______________________ CARGO: _____________________ FECHA: _____________________ NOTAS: El presente formato podrá ser modificado por cada licitante en el modo que estime conveniente, siempre y cuando proporcione toda la información que se le solicita; debiendo respetar su contenido, preferentemente, en el orden indicado. Los licitantes deberán detallar claramente las especificaciones técnicas del Arrendamiento y los servicios que proponen y su oferta económica, aún cuando sea redundante a lo descrito en el Documento 2. Las columnas “No de Posición”, “Cantidad” y “Unidad de medida”, deberán ser congruentes con lo descrito en las Solicitudes de Pedido.

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DOCUMENTO 7 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ________________ FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR LOS ARTÍCULOS 50 Y 60 PENÚLTIMO PÁRRAFO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO. (Lugar y Fecha) Subgerente de Contratación para Producción y Embarcaciones Marítimas Gerencia de Recursos Materiales de PEMEX Refinación PRESENTE (Nombre del apoderado o representante legal), en mi carácter de (términos en que esté otorgando el mandato), manifiesto “BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD” que mi representada, sus accionistas y asociados, no se encuentran en alguno de los supuestos establecidos por los artículos 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

ATENTAMENTE (NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA)

NOTA: 1

En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 7-A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. _________________

FORMATO PARA LA MANIFESTACIÓN DE NO ENCONTRARSE EN ALGUNO DE LOS SUPUESTOS ESTABLECIDOS POR ARTÍCULO 31 FRACCIÓN XXIV DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física) representante legal de, (escribir el nombre de la persona física o persona moral) lo que acreditó con (datos del documento que acredite su personalidad), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que por conducto de nuestra representada, no participan en este procedimiento de contratación: a) Personas físicas o morales que se encuentran inhabilitadas por resolución de la SFP en los términos de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público o de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas. b) Personas morales en cuyo capital social participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del inciso a); c) Personas morales que en su capital social participen personas morales en cuyo capital social, a su vez, participen personas físicas o morales que se encuentren inhabilitadas en términos del inciso a), y d) Personas físicas que participen en el capital social de personas morales que se encuentren inhabilitadas. Nota: La participación social de conformidad con del artículo 31 fracción XXIV de la Ley deberá tomarse en cuenta al momento de la infracción que hubiere motivado la inhabilitación. Lo anterior para los fines y efectos que haya lugar. Protesto lo Necesario. __________________________________________________________ (Nombre y firma de la persona física o del representante legal). NOTA: En caso de que el licitante no entregue este escrito, ó si de la información con que cuente la SFP se desprende que personas físicas o morales pretenden evadir los efectos de la inhabilitación, PEMEX Refinación se abstendrá de formalizar el contrato correspondiente, en términos del artículo 31, fracción XXIV, último párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

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DOCUMENTO 8 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ________________ FORMATO PARA LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD. (Lugar y Fecha) Subgerente de Contratación para Producción y Embarcaciones Marítimas Gerencia de Recursos Materiales de PEMEX Refinación PRESENTE Por este conducto, quien suscribe, Sr. (nombre de la persona física o del apoderado o representante legal), declaro que (denominación o razón social) a quien represento, por sí mismo o a través de interpósita persona, se abstendrá de adoptar conductas para que los servidores públicos de PEMEX-Refinación, induzcan o alteren las evaluaciones de las propuestas, el resultado del procedimiento u otros aspectos que otorguen condiciones más ventajosas con relación a los demás participantes.

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

ATENTAMENTE

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA) NOTA: 1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 9 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. __________________ FIANZA PARA GARANTIZAR EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE LOS CONTRATOS. NOMBRE O RAZÓN SOCIAL DE LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS. SE CONSTITUYE FIADORA HASTA POR LA SUMA DE $ (MONTO DE LA FIANZA) ANTE, A FAVOR Y A DISPOSICIÓN DE (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) PARA GARANTIZAR POR ________________________________ EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO NÚMERO ___________________ DE FECHA _______________________ Y DE LOS ANEXOS DEL MISMO, CELEBRADO ENTRE ______________________Y NUESTRO FIADO. EL CONTRATO CITADO TIENE POR OBJETO __________________________Y SU MONTO ASCIENDE A LA CANTIDAD DE $__________________________________. ESTA FIANZA SE OTORGA ATENDIENDO A LAS ESTIPULACIONES CONTENIDAS EN EL CONTRATO Y SUS ANEXOS Y GARANTIZA EL DEBIDO CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DEL CONTRATO Y SUS ANEXOS, POR PARTE DE NUESTRO FIADO, LAS CUALES DEBERÁN SER REALIZADAS EN LOS PLAZOS QUE PARA TAL EFECTO SE ESTABLECIERON EN EL MISMO. EN CASO DE QUE SEA NECESARIO PRORROGAR EL PLAZO SEÑALADO O CONCEDER ESPERAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, DERIVADOS DE LA FORMALIZACIÓN DE CONVENIOS DE AMPLIACIÓN AL MONTO O AL PLAZO DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO, ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS CONSIENTE QUE LA VIGENCIA DE LA FIANZA QUEDARÁ AUTOMÁTICAMENTE PRORROGADA, EN CONCORDANCIA CON LAS PRÓRROGAS O ESPERAS OTORGADAS HASTA EN UN 20% DE LA VIGENCIA ORIGINAL DEL CONTRATO, Y SE COMPROMETE A EMITIR LOS ENDOSOS CORRESPONDIENTES, A PETICIÓN DEL FIADO. LA FIANZA SE EXPIDE POR UN PERIODO DE VIGENCIA CONCORDANTE CON EL PRIMER EJERCICIO FISCAL DE QUE SE TRATE Y CON INICIO A PARTIR DE LA FECHA DE ENTRADA EN VIGOR DEL CONTRATO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A EXPEDIR A SOLICITUD DEL FIADO AL VENCIMIENTO DEL PLAZO DE VIGENCIA ESTABLECIDO EN ESTA FIANZA, TANTO EL DOCUMENTO MODIFICATORIO ADICIONAL QUE PRORROGA LA VIGENCIA POR UN AÑO, COMO LOS DOCUMENTOS SUBSIGUIENTES QUE SE EMITIRÁN POR ANUALIDAD Y EN RIGUROSA SECUENCIA, HASTA EL VENCIMIENTO DEL PLAZO CONTRACTUAL, QUE ES AL (______________________). EN CADA UNO DE LOS DOCUMENTOS, LA INSTITUCIÓN AFIANZADORA EXPRESARA QUE, CON EXCEPCIÓN DE LA MODIFICACIÓN CONSISTENTE EN LA ACTUALIZACIÓN DE LA VIGENCIA Y MONTO, SE OBLIGA A CONTINUAR GARANTIZANDO EN LOS MISMOS TERMINOS Y CONDICIONES PACTADAS EN LA FIANZA ORIGINAL, RESPECTO DE LA CUAL, EL DOCUMENTO ES CONJUNTO, INSEPARABLE Y SOLIDARIO. ESTA AFIANZADORA RECONOCE QUE LA OMISIÓN EN LA ENTREGA OPORTUNA DE CUALQUIER DOCUMENTO MODIFICATORIO DE ACTUALIZACIÓN DE VIGENCIA Y MONTO, DARA ORIGEN A LA FACULTAD DEL BENEFICIARIO DE HACER EFECTIVA LA FIANZA DE CONFORMIDAD CON LA ÚLTIMA VIGENCIA QUE HUBIERA SIDO OTORGADA. LA AFIANZADORA RECONOCE QUE, EN EL EVENTO DE QUE NO EXPIDA EL DOCUMENTO DE ACTUALIZACIÓN DE VIGENCIA Y MONTO QUE CORRESPONDA, EL COAFIANZAMIENTO QUE SE PUDIERA ORIGINAR NO IMPLICARÍA NOVACIÓN DE LA RESPONDABILIDAD GARANTIZADA POR LA INSTITUCIÓN Y SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN DE PAGO EN CASO DE RECLAMACIÓN, CUALQUIERA QUE SE PRETENDA FUNDAMENTAR EN LA CAUSAL INDICADA. EL COAFIANZAMIENTO O YUXTAPOSICION DE GARANTIAS, NO IMPLICARA NOVACION DE LAS OBLIGACIONES ASUMIDAS POR LA INSTITUCION DE FIANZAS, POR LO QUE SUBSISTIRA SU RESPONSABILIDAD EXCLUSIVAMENTE EN LA MEDIDA Y CONDICIONES EN QUE LA ASUMIÓ EN LA PRESENTE POLIZA DE FIANZA. ESTA FIANZA GARANTIZA LA TOTAL EJECUCIÓN Y EL CUMPLIMIENTO DE TODAS Y CADA UNA DE LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DEL CONTRATO, AÚN CUANDO PARTE DE ELLAS SE SUBCONTRATEN, ASIMISMO GARANTIZA LOS PAGOS EN EXCESO MÁS SUS INTERESES CORRESPONDIENTES, QUE SUPONE MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Licitación Pública Nacional No. compranet ____________ Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas QUE EL BENEFICIARIO EFECTÚE UN PAGO POR ERROR, SIN EXISTIR OBLIGACIÓN ALGUNA PARA HACERLO. ESTA FIANZA SE EXPIDE DE ENTERA CONFORMIDAD CON LAS CLÁUSULAS DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS. EL PAGO DE LA FIANZA ES INDEPENDIENTE DEL QUE SE RECLAME AL FIADO POR CONCEPTO DE PENAS CONVENCIONALES ESTIPULADAS EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA NO ES EXCLUYENTE DE LA EXIGIBILIDAD QUE EL BENEFICIARIO HAGA VALER EN CONTRA DE NUESTRO FIADO POR CUALQUIER INCUMPLIMIENTO DERIVADO DEL CONTRATO QUE PUEDA EXCEDER DEL VALOR CONSIGNADO EN ESTA PÓLIZA. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA SOMETERSE EXPRESAMENTE A LOS PROCEDIMIENTOS DE EJECUCIÓN PREVISTOS EN LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS PARA LA EFECTIVIDAD DE LA FIANZA, AUN PARA EL CASO DE QUE PROCEDIERA EL COBRO DE INTERESES CON MOTIVO DEL PAGO EXTEMPORÁNEO DEL IMPORTE DE LA PÓLIZA DE FIANZA REQUERIDA. EL BENEFICIARIO DISPONDRÁ DE UN TÉRMINO DE DIEZ MESES PARA FORMULAR LA RECLAMACIÓN DE ESTA PÓLIZA, EL QUE SE COMPUTARÁ A PARTIR DE QUE: (A) SE DÉ EL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, O; (B) DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO ESTABLECIDO PARA LA EJECUCIÓN Y PRESTACIÓN TOTAL DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS, OBJETO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y ESPERAS, O; (C) A PARTIR DE QUE SE DÉ POR RESCINDIDO EL CONTRATO; LO QUE OCURA PRIMERO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE COMPROMETE A PAGAR HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. LA AFIANZADORA EXPRESA SU CONFORMIDAD PARA PAGAR EL IMPORTE GARANTIZADO EN AQUELLOS CASOS EN QUE EL FIADO INCUMPLA CON LOS COMPROMISOS ADQUIRIDOS EN MATERIA DE RENDIMIENTOS DE LA EMBARCACIÓN Y NO HAGA PAGO ENTERO DEL IMPORTE DE LOS INCUMPLIMIENTOS A (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO O EMPRESA FILIAL) EN EL PLAZO QUE SE LE CONCEDA PARA EFECTUARLOS. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS ACEPTA EXPRESAMENTE PAGAR AL BENEFICIARIO HASTA EL 100% DEL IMPORTE GARANTIZADO EN RECLAMACIONES ORIGINADAS POR INCUMPLIMIENTO A OBLIGACIONES ESTABLECIDAS A CARGO DEL FIADO, SI EL CONTRATO FUE ADJUDICADO A MÁS DE UN PROVEEDOR Y PARA FORMULAR PROPUESTA CONJUNTA NO FUE PRECISO CONSTITUIR SOCIEDAD O SOCIEDAD DISTINTA, YA QUE CUALQUIERA QUE SEA EL NUMERO DE INTEGRANTES, LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS RECONOCE QUE FRENTE AL BENEFICIARIO ASUME UNA RESPONSABILIDAD ÚNICA, INDEPENDIENTEMENTE DE LOS TÉRMINOS EN QUE AQUELLOS SE HUBIERAN OBLIGADO, ENTRE SÍ Y/O CON LA INSTITUCION DE FIANZAS, ATENDIENDO A LO PREVISTO POR EL ARTÍCULO 20 DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS. LA RECLAMACIÓN QUE SE FORMULE CON CARGO A ESTA FIANZA SE TENDRÁ POR INTEGRADA CON LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN: A) B) C) D) E)

RECLAMACIÓN POR ESCRITO A LA INSTITUCION DE FIANZAS. COPIA DE LA PÓLIZA DE FIANZA Y SUS DOCUMENTOS MODIFICATORIOS, EN SU CASO. COPIA DEL CONTRATO GARANTIZADO Y SUS ANEXOS, EN SU CASO. COPIA DEL DOCUMENTO DE NOTIFICACIÓN AL FIADO DE SU INCUMPLIMIENTO. CUANTIFICACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO.

ÚNICAMENTE, EN EL CASO DE QUE EN TERMINOS DE LO DISPUESTO POR EL ARTICULO 118 BIS DE LA LEY FEDERAL DE INSTITUCIONES DE FIANZAS, EL FIADO PROPORCIONE A LA INSTITUCION DE FIANZAS OPORTUNAMENTE ELEMENTOS Y DOCUMENTOS RELACIONADOS CON LA OBLIGACION PRINCIPAL GARANTIZADA, QUE AFECTEN LA CUANTIFICACION DE LA RECLAMACION, O BIEN, SU IMPROCEDENCIA TOTAL O PARCIAL, INCLUYENDOSE EN ESTE CASO LAS EXCEPCIONES QUE LA INSTITUCION DE FIANZAS PUEDA OPONER AL BENEFICIARIO DE LA POLIZA DE FIANZA, LA INSTITUCION DE FIANZAS TENDRÁ EL DERECHO DE SOLICITAR ALGÚN DOCUMENTO ADICIONAL A LOS QUE SE SEÑALAN EN LOS INCISOS QUE ANTECEDEN. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS TENDRÁ UN PLAZO HASTA DE 30 DÍAS NATURALES CONTADOS A PARTIR DE LA FECHA EN QUE SE INTEGRE LA RECLAMACIÓN PARA PROCEDER A SU PAGO, O EN SU CASO, PARA COMUNICAR POR ESCRITO AL BENEFICIARIO LAS RAZONES, CAUSAS O MOTIVOS DE SU IMPROCEDENCIA; EN ESTE ÚLTIMO SUPUESTO, SI LA EXCEPCIÓN QUE SE OPONGA SE HACE CONSISTIR EN LA MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Licitación Pública Nacional No. compranet ____________ Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA, TAL EXCEPCIÓN SUPERVENIENTE SE TENDRÁ POR JUSTIFICADA ÚNICAMENTE SI SE EXHIBE COPIA SELLADA DEL ESCRITO DE DEMANDA, EN EL QUE CONSTE QUE EN EL EJERCICIO DE LA ACCIÓN PRINCIPAL EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE DICHA ACCIÓN, EL CONTRATO QUE SE GARANTIZA MEDIANTE LA EMISIÓN DE ESTA PÓLIZA Y EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER LA EXCEPCIÓN DE LITISPENDENCIA O SUBJUDICIDAD SI (A) LA DEMANDA INTERPUESTA POR EL FIADO SEÑALA COMO DOCUMENTO FUNDATORIO DE LA ACCIÓN QUE EJERCITA OTRO DIVERSO AL CONTRATO QUE GARANTIZA, O (B) LA DEMANDA SE REFIERE A PRESTACIONES DE NATURALEZA DISTINTA A AQUELLAS QUE SON MATERIA DEL INCUMPLIMIENTO QUE DIO ORIGEN A LA EXIGIBILIDAD DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA Y NO EXISTE IDENTIDAD ENTRE LAS PRESTACIONES RECLAMADAS Y LOS HECHOS QUE SOPORTAN LA IMPROCEDENCIA DEL RECLAMO; POR CONSIGUIENTE, LA INSTITUCION DE FIANZAS SE OBLIGA A REALIZAR EL PAGO DEL IMPORTE RECLAMADO QUE RESULTE PROCEDENTE EL DÍA HÁBIL INMEDIATAMENTE SUBSECUENTE AL VENCIMIENTO DEL PLAZO CITADO. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A PAGAR LA PRESENTE FIANZA INDEPENDIENTEMENTE DE QUE SU FIADO INTERPONGA CUALQUIER TIPO DE RECURSO ANTE INSTANCIAS DEL ORDEN ADMINISTRATIVO O NO JUDICIAL, POR LO QUE EL PAGO NO SE ENCONTRARÁ SUPEDITADO A LA RESOLUCIÓN RESPECTIVA, SIEMPRE Y CUANDO EL FIADO LO HAYA ACEPTADO EXPRESAMENTE EN EL CONTRATO GARANTIZADO. ESTA FIANZA ESTARÁ VIGENTE DURANTE LA SUBSTANCIACIÓN DE TODOS LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y LOS RESPECTIVOS RECURSOS QUE SE INTERPONGAN, CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA HASTA QUE SE PRONUNCIE RESOLUCIÓN FIRME QUE HAYA CAUSADO EJECUTORIA POR AUTORIDAD O TRIBUNAL COMPETENTE. LA FIANZA PERMANECERA EN VIGOR AÚN EN LOS CASOS EN QUE LA EMBARCACIÓN SE ENCUENTRE EN SUSPENSIÓN TEMPORAL DE SERVICIO O FUERA DE FLETE. LA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ABSTENERSE DE OPONER COMO EXCEPCIÓN PARA EFECTOS DE PAGO DE ÉSTA FIANZA, LA DE COMPENSACIÓN DEL CRÉDITO QUE TENGA SU FIADO CONTRA EL BENEFICIARIO, PARA LO CUAL HACE EXPRESA RENUNCIA DE LA OPCIÓN QUE LE OTORGA EL ARTÍCULO 2813 DEL CÓDIGO CIVIL FEDERAL, EN LA INTELIGENCIA DE QUE SU FIADO HA REALIZADO EN EL CONTRATO GARANTIZADO LA RENUNCIA EXPRESA AL BENEFICIO DE COMPENSACIÓN EN TÉRMINOS DE LO QUE DISPONEN LOS ARTÍCULOS 2197, EN RELACIÓN CON EL 2192 FRACCIÓN I DEL CITADO CÓDIGO CIVIL FEDERAL. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS QUEDARÁ LIBERADA DE SU OBLIGACIÓN FIADORA, SIEMPRE Y CUANDO EL BENEFICIARIO SOLICITE EXPRESAMENTE Y POR ESCRITO LA CANCELACIÓN DE LA PRESENTE GARANTÍA. LAS OBLIGACIONES DERIVADAS DE ESTA FIANZA SE EXTINGUIRÁN AUTOMÁTICAMENTE UNA VEZ TRANSCURRIDOS DIEZ MESES CONTADOS A PARTIR DEL VENCIMIENTO DEL PLAZO PACTADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO GARANTIZADO Y DE SUS PRÓRROGAS Y ESPERAS; O A PARTIR DE QUE SE DE POR RESCINDIDO EL CONTRATO, O EN SU CASO, DE LA FECHA EN QUE CAUSE EJECUTORIA LA RESOLUCIÓN DEFINITIVA QUE SE PRONUNCIE EN LOS PROCEDIMIENTOS JUDICIALES O ARBITRALES Y EN LOS RECURSOS QUE SE HAYAN INTERPUESTO CON ORIGEN EN LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA. ESTA INSTITUCIÓN DE FIANZAS SE OBLIGA A ATENDER LAS RECLAMACIONES FIRMADAS POR EL BENEFICIARIO, MISMAS QUE DEBERÁN CONTENER LOS SIGUIENTES DATOS: FECHA DE LA RECLAMACIÓN; NÚMERO DE PÓLIZA DE FIANZA RELACIONADO CON LA RECLAMACIÓN RECIBIDA; FECHA DE EXPEDICIÓN DE LA FIANZA; MONTO DE LA FIANZA; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL FIADO; NOMBRE O DENOMINACIÓN DEL BENEFICIARIO Y DE SU REPRESENTANTE LEGAL DEBIDAMENTE ACREDITADO; DOMICILIO DEL BENEFICIARIO PARA OÍR Y RECIBIR NOTIFICACIONES; DESCRIPCIÓN DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA; REFERENCIA DEL CONTRATO FUENTE (FECHAS, NÚMERO DE CONTRATO, ETC.); DESCRIPCIÓN DEL INCUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN GARANTIZADA QUE MOTIVA LA PRESENTACIÓN DE LA RECLAMACIÓN, ACOMPAÑANDO LA DOCUMENTACIÓN QUE SIRVA COMO SOPORTE PARA COMPROBAR LO DECLARADO Y EL IMPORTE DE LO RECLAMADO, QUE NUNCA PODRÁ SER SUPERIOR AL MONTO DE LA FIANZA.

FIN DEL TEXTO. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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DOCUMENTO 9-A LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. __________________ MODELO DE CARTA DE CRÉDITO STANDBY QUE DEBERÁN PRESENTAR LOS PROVEEDORES O CONTRATISTAS Y MODELO DE DECLARACIÓN DE BENEFICIARIO. VERSIÓN EN ESPAÑOL

(PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR) Fecha de emisión

Banco Emisor Nombre y domicilio completo Beneficiario (PEMEX Refinación, Domicilio)

Fecha de vencimiento (Día, Mes y Año)

Carta de Crédito Standby No. XXXXXX Estimados señores: a favor de

Comunicamos a ustedes que hemos establecido nuestra carta de crédito stanby No.

(PEMEX Refinación) (el “Beneficiario”) por la cantidad máxima de $ (importe con número, letra y moneda). Esta carta de crédito stanby es emitida para garantizar las obligaciones asumidas por (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) con relación al contrato [o convenio si ese es el caso] (número y fecha del contrato o convenio) celebrado entre (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) y el Beneficiario así como sus futuras modificaciones, para (descripción de la obligación que garantiza). La presente carta de crédito standby será pagadera a la vista en nuestras oficinas ubicadas en (domicilio del banco emisor y horario de presentación) mediante la presentación de los siguientes documentos: 1. Requerimiento de pago en hoja membretada del beneficiario según formato anexo, manifestando el incumplimiento por parte de (nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación). 2. Original o copia de carta de crédito stanby. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Condiciones especiales: 1. Conforme a esta carta de crédito stanby se permiten disposiciones parciales y disposiciones múltiples. En ningún caso el importe acumulado de los requerimientos de pago podrán exceder del importe total de esta carta de crédito standby. Nos comprometemos irrevocablemente con el Beneficiario a honrar sus requerimientos de pago siempre y cuando sean presentados en cumplimiento con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby en o antes de la fecha de vencimiento, mediante transferencia electrónica de fondos inmediatamente disponibles de acuerdo a las instrucciones que el Beneficiario señale en el propio requerimiento de pago. En caso de que el requerimiento de pago no cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby, el banco emisor deberá dar aviso por escrito al Beneficiario del rechazo de la presentación especificando todas las discrepancias en las cuales ha basado su rechazo. Dicho aviso podrá ser entregado al Beneficiario al correo electrónico o facsímil (fax) que el Beneficiario informe por escrito para tal fin al banco emisor, a más tardar el tercer día hábil inmediato siguiente a aquel en que se haya hecho la presentación del requerimiento de pago. El Beneficiario podrá volver a presentar un nuevo requerimiento de pago que cumpla con los términos y condiciones de esta carta de crédito standby, siempre y cuando dicho requerimiento de pago se presente dentro de la vigencia de esta carta de crédito. En el supuesto que el último día hábil para presentación de documentos el lugar de presentación por alguna razón esté cerrado, el último día para presentar documentos será extendido al quinto día hábil inmediato siguiente a aquél en que el banco emisor reanude sus operaciones. La emisión de esta carta de crédito standby se sujeta a las Reglas “ISP 98” Prácticas Internacionales para Standby emitidas por la Cámara Internacional de Comercio, publicación ICC 590. Cualquier controversia que surja con motivo de la misma deberá resolverse exclusivamente ante los tribunales federales competentes de los Estados Unidos Mexicanos con sede en la Ciudad de México, Distrito Federal. Atentamente. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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BANCO EMISOR NOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS

(HOJA MEMBRETADA DEL BENEFICIARIO)

Requerimiento de pago Fecha: (fecha de presentación) Banco Emisor (Denominación y domicilio) Ref. Carta de Crédito Standby No. --------------

(PEMEX Refinación) en su carácter de beneficiario de la Carta de crédito standby de referencia, por medio de la presente manifiesta que: (Nombre, denominación o razón social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) ha incumplido con los términos y condiciones suscritas en el contrato [convenio] No. (Número y fecha del contrato, específicamente en lo estipulado en la (s) cláusula (s) (No. Cláusula del contrato) por lo que el beneficiario (PEMEX Refinación) está en su derecho de girar a cargo de esta Carta de crédito stanby. Por lo anterior, sírvanse transferir el pago por la cantidad de (moneda, importe con número y letra) a la cuenta bancaria No. (Cuenta del banco) de (Nombre del banco) a nombre de (PEMEX Refinación). Agradeceremos citar la referencia de la presente carta de crédito standby en cada pago realizado.

NOMBRE COMPLETO, CARGO Y FIRMA DEL FUNCIONARIO AUTORIZADO Correo Electrónico Teléfono Fax MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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(Modelo para ser utilizado sólo en caso de modificación a Carta de Crédito Standby) (PAPEL MEMBRETADO DEL BANCO EMISOR)

Fecha de emisión

Banco Emisor Nombre y domicilio completo

(Nombre, Denominación o Razón Social de la persona que asumió obligaciones con PEMEX Refinación) Número del Contrato:

Beneficiario (PEMEX Refinación, Domicilio Fiscal)

Referencia Banco Emisor (Número de carta de crédito standby)

Modificación No.

.

Estamos modificando la Carta de crédito standby de referencia como sigue de acuerdo con los términos del propio crédito: Dice: ( In cl uir t e xto ac tua l ) Debe decir: ( In cl uir nue v o te xto) Los demás términos y condiciones de la carta de crédito standby permanecen sin cambio. Esta modificación forma parte integral de la Carta de crédito standby de referencia. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Atentamente.

BANCO EMISOR NOMBRE Y FIRMA DE FUNCIONARIOS FACULTADOS

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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DOCUMENTO 10 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. ______________________ MODELO DE MANIFESTACIÓN DE ESTAR AL CORRIENTE EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES FISCALES QUE EL LICITANTE ADJUDICADO DEBERÁ ENTREGAR PREVIO A LA FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. _____________ a ______de_________de_____. PEMEX-Refinación GERENCIA DE RECURSOS MATERIALES PRESENTE (Nombre del Representante o Apoderado Legal), en mi carácter de (Apoderado o Representante Legal), con Registro Federal de Contribuyentes Clave ______________ y correo electrónico ___________________de la Empresa denominada (Denominación o Razón Social), con Registro Federal de Contribuyentes Clave ___________, cuya actividad preponderante es_______________y con domicilio fiscal en: __________________, Que como resultado de la licitación pública nacional No. _____________, respecto del contrato número____________, de (adquisición de Bienes, arrendamiento o prestación de servicios)____________, con un monto de (importe y moneda en que se suscribió el contrato) sin incluir el I.V.A.; por medio del presente escrito y BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, manifiesto que mi representada: A.

Ha cumplido con sus obligaciones en materia de inscripción y avisos al RFC, a que se refieren el Código Fiscal de la Federación y su Reglamento.

B.

Se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales respecto de la presentación de la declaración anual del ISR por el último ejercicio fiscal que se encuentra obligado.

C. No tiene declaraciones que no haya presentado, habiendo vencido el plazo de su presentación. D. No tiene créditos fiscales determinados firmes a su cargo por impuestos federales, distintos a ISAN e ISTUV; entendiéndose por impuestos federales, el ISR, IVA, IMPAC, impuestos generales de importación y de exportación (impuestos al comercio exterior), y todos los accesorios, como recargos, sanciones, gastos de ejecución y la indemnización por cheque devuelto, que deriven de los anteriores. Así como créditos fiscales determinados firmes, relacionados con la obligación de pago de las contribuciones, y de presentación de declaraciones, solicitudes, avisos, informaciones o expedición de constancias. E.

A la fecha de presentación de este escrito tiene autorización para el pago a plazo y no ha incurrido en las causales de revocación a que se hace referencia el artículo 66-A fracción IV del Código.

F.

Que he garantizado los créditos fiscales por (autorización para pagarlos a plazos, o por haber interpuesto medios de defensa contra los mismos).

Lo anterior, para efectos de lo dispuesto por el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación vigente, en relación con la regla 2.1.16 de la Resolución Miscelánea Fiscal para 2007 publicada el 25 de abril de 2007. A T E N T A M E N T E, (Nombre y firma del Representante o Apoderado Legal de la Empresa) La presente carta tendrá que actualizarse con los ajustes necesarios cuando: 1. El Proveedor adjudicado sea persona física, ajustando el presente formato en su parte conducente. 2. Los incisos A), B) y C) deberán incluirse invariablemente en el escrito. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Licitación Pública Nacional No. compranet ____________ Programa para la Transparencia y Rendición de Cuentas 3. El inciso D), es excluyente de los incisos E) y F) por lo que el Proveedor asentará en su escrito únicamente el que defina su situación fiscal actual. Nota importante: Estas declaraciones son responsabilidad única y exclusiva de los proveedores y prestadores de servicios, por lo que deberán estar acordes con su situación fiscal, atendiendo a las disposiciones aplicables a la fecha de este escrito..

DOCUMENTO 11 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. __________________ FORMATO DE COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA PARA FORTALECER EL PROCESO DE CONTRATACIÓN ______________, QUE SUSCRIBEN PEMEX-Refinación, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR ________, EN SU CARÁCTER DE _____________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA PEMEX-Refinación Y ___________________, REPRESENTADA POR _______________ EN SU CARÁCTER DE ___________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARA “EL LICITANTE”, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES CONSIDERACIONES Y COMPROMISOS: CONSIDERACIONES I.

EL GOBIERNO FEDERAL SE HA COMPROMETIDO A IMPULSAR ACCIONES PARA QUE SU ACTUACIÓN OBEDEZCA A UNA CONDUCTA ÉTICA Y DE TRANSPARENCIA.

II.

QUE ES DE SU INTERÉS CONTAR CON EL APOYO, PARTICIPACIÓN, VIGILANCIA Y COMPROMISO DE TODOS LOS INTEGRANTES DE LA SOCIEDAD.

III.

QUE LA FALTA DE TRANSPARENCIA ES UNA SITUACIÓN QUE DAÑA A TODOS Y SE PUEDE CONSTITUIR EN FUENTE DE CONDUCTAS IRREGULARES.

IV.

ES OBJETO DE ESTE INSTRUMENTO MANTENER EL COMPROMISO DE LAS PARTES EN NO TRATAR DE INFLUIR EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN MEDIANTE CONDUCTAS IRREGULARES.

V.

SE REQUIERE LA PARTICIPACIÓN DE LAS PARTES TRANSPARENCIA EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

VI.

REPRESENTA UN COMPROMISO MORAL, EL CUAL SE DERIVA DE LA BUENA VOLUNTAD DE LAS PARTES.

VII.

LA SUSCRIPCIÓN VOLUNTARIA DE ESTE DOCUMENTO DE “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA”, NO SUSTITUYE A LA DECLARACIÓN DE INTEGRIDAD QUE DEBE PRESENTARSE EN TÉRMINOS DE LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 30 FRACCIÓN VII DE LA DEL REGLAMENTO DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

INVOLUCRADAS,

PARA

FORTALECER

LA

DENTRO DE ESTE MARCO LOS FIRMANTES, ASUMEN LOS SIGUIENTES:

COMPROMISOS I.- DEL LICITANTE 1.

INDUCIR A SUS EMPLEADOS QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN PARA QUE ACTÚEN CON ÉTICA EN TODAS LAS ACTIVIDADES EN QUE INTERVENGAN Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS.

2. 3.

ACEPTAR LA RESPONSABILIDAD DE SU ACTIVIDAD PARA CON LA SOCIEDAD Y EL GOBIERNO FEDERAL. ELABORAR SU PROPUESTA A EFECTO DE COADYUVAR EN LA EFICIENTE, OPORTUNA Y EFICAZ UTILIZACIÓN DE LOS RECURSOS PÚBLICOS DESTINADOS AL OBJETO DE LA CONTRATACION.

4.

ACTUAR SIEMPRE CON HONRADEZ, TRANSPARENCIA Y LEALTAD Y MANTENER CONFIDENCIALIDAD SOBRE LA INFORMACIÓN QUE HAYA OBTENIDO EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

5.

DESEMPEÑAR CON HONESTIDAD LAS ACTIVIDADES QUE CONFORMAN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN Y EN SU CASO, EL CUMPLIMIENTO DE LOS DERECHOS Y OBLIGACIONES QUE ADQUIERA CON LA FORMALIZACION DEL CONTRATO.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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II.-

6.

ACTUAR CON INTEGRIDAD PROFESIONAL CUIDANDO QUE NO SE PERJUDIQUEN INTERESES DE LA SOCIEDAD O LA NACIÓN.

7.

OMITIR ACTITUDES Y REALIZACIÓN DE ACTOS QUE PUEDAN DAÑAR LA REPUTACIÓN DE LAS INSTITUCIONES GUBERNAMENTALES O DE TERCEROS.

DE PEMEX-Refinación 1.

EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS QUE POR RAZÓN DE SU ACTIVIDAD INTERVENGAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN, PARA QUE ACTÚEN CON HONESTIDAD, TRANSPARENCIA Y CON ESTRICTO APEGO A LA LEGALIDAD, INTEGRIDAD, EQUIDAD Y EN IGUALDAD DE CIRCUNSTANCIAS PARA TODOS LOS LICITANTES QUE INTERVENGAN EN EL PROCESO Y CUMPLAN CON LOS COMPROMISOS AQUÍ PACTADOS, ASÍ COMO A DIFUNDIR EL PRESENTE DOCUMENTO “COMPROMISOS CON LA TRANSPARENCIA” ENTRE SU PERSONAL, Y TERCEROS QUE TRABAJEN PARA PEMEX, QUE POR RAZONES DE SUS ACTIVIDADES INTERVENGAN DURANTE EL PROCESO DE CONTRATACIÓN.

2.

PROMOVER QUE LOS SERVIDORES PUBLICOS QUE PARTICIPAN EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN DESARROLLEN SUS ACTIVIDADES APEGADOS AL CÓDIGO DE ÉTICA DE LOS SERVIDORES PUBLICOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL Y AL CODIGO DE CONDUCTA DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS.

3.

EXHORTAR A SUS SERVIDORES PÚBLICOS A NO ACEPTAR ARREGLOS COMPENSATORIOS O CONTRIBUCIONES DESTINADAS A FAVORECER O A OTORGAR VENTAJAS EN EL PROCESO DE CONTRATACIÓN O EN LA ADJUDICACION DEL CONTRATO.

4.

FOMENTAR QUE LA ACTUACIÓN DE SUS SERVIDORES PÚBLICOS SEA EN TODO MOMENTO IMPARCIAL EN BENEFICIO DE LA INSTITUCIÓN Y SIN PERJUICIO DE LOS LICITANTES.

5.

PROMOVER QUE SUS SERVIDORES PÚBLICOS LLEVEN A CABO SUS ACTIVIDADES CON INTEGRIDAD PROFESIONAL, SIN PERJUDICAR LOS INTERESES DE LA SOCIEDAD Y LA NACIÓN.

EL PRESENTE COMPROMISO CON LA TRANSPARENCIA SE FIRMA EN___________________, A

DE 200_ .

POR PEMEX-Refinación

POR EL LICITANTE (Nombre de la Empresa)

_________________________________ Nombre y Cargo del Servidor Público

_______________________________ Nombre y Cargo

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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DOCUMENTO 12 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. __________________ NOTA INFORMATIVA PARA INCLUIR EN LAS BASES DE LICITACIÓN DEL GOBIERNO FEDERAL. El compromiso de México en el combate a la corrupción ha trascendido nuestras fronteras y el ámbito de acción del gobierno federal. En el plano internacional y como miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) y firmante de la Convención para combatir el cohecho de servidores públicos extranjeros en transacciones comerciales internacionales, hemos adquirido responsabilidades que involucran a los sectores público y privado. Esta Convención busca establecer medidas para prevenir y penalizar a las personas y a las empresas que prometan o den gratificaciones a funcionarios públicos extranjeros que participan en transacciones comerciales internacionales. Su objetivo es eliminar la competencia desleal y crear igualdad de oportunidades para las empresas que compiten por las contrataciones gubernamentales. La OCDE ha establecido mecanismos muy claros para que los países firmantes de la Convención cumplan con las recomendaciones emitidas por ésta y en el caso de México, iniciar ó en noviembre de 2003 una segunda fase de evaluación –la primera ya fue aprobada- en donde un grupo de expertos verificará, entre otros: • •

La compatibilidad de nuestro marco jurídico con las disposiciones de la Convención. El conocimiento que tengan los sectores público y privado de las recomendaciones de la Convención.

El resultado de esta evaluación impactará el grado de inversión otorgado a México por las agencias calificadores y la atracción de inversión extranjera. Las responsabilidades del sector público se centran en: • • •

Profundizar las reformas legales que inició en 1999. Difundir las recomendaciones de la Convención y las obligaciones de cada uno de los actores comprometidos en su cumplimiento. Presentar casos de cohecho en proceso y concluidos (incluyendo aquellos relacionados con lavado de dinero y extradición).

Las responsabilidades del sector privado contemplan: •

Las empresas: adoptar esquemas preventivos como el establecimiento de códigos de conducta, de mejores prácticas corporativas (controles internos, monitoreo, información financiera pública, auditorias externas) y de mecanismos que prevengan el ofrecimiento y otorgamiento de recursos o bienes a servidores públicos, para obtener beneficios particulares o para la empresa.



Los contadores públicos: realizar auditorias; no encubrir actividades ilícitas (doble contabilidad y transacciones indebidas, como asientos contables falsificados, informes financieros fraudulentos, transferencias sin autorización, acceso a los activos sin consentimiento de la gerencia); utilizar registros contables precisos; informar a los directivos sobre conductas ilegales.



Los abogados: promover el cumplimiento y revisión de la Convención (imprimir el carácter vinculatorio entre ésta y la legislación nacional); impulsar los esquemas preventivos que deben adoptar las empresas.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Las sanciones impuestas a las personas físicas o morales (privados) y a los servidores públicos que incumplan las recomendaciones de la Convención, implican entre otras, privación de la libertad, extradición, decomiso y/o embargo de dinero o bienes. Asimismo, es importante conocer que el pago realizado a servidores públicos extranjeros es perseguido y castigado independientemente de que el funcionario sea acusado o no. Las investigaciones pueden iniciarse por denuncia, pero también por otros medios, como la revisión de la situación patrimonial de los servidores públicos o la identificación de transacciones ilícitas, en el caso de las empresas. El culpable puede ser perseguido en cualquier país firmante de la Convención, independientemente del lugar donde el acto de cohecho haya sido cometido. En la medida que estos lineamientos sean conocidos por las empresas y los servidores públicos del país, estaremos contribuyendo a construir estructuras preventivas que impidan el incumplimiento de las recomendaciones de la convención y por tanto la comisión de actos de corrupción. Por otra parte, es de señalar que el Código Penal Federal sanciona el cohecho en los siguientes términos: “Artículo 222 Cometen el delito de cohecho: I.

El servidor público que por sí, o por interpósita persona solicite o reciba indebidamente para sí o para otro, dinero o cualquiera otra dádiva, o acepte una promesa, para hacer o dejar de hacer algo justo o injusto relacionado con sus funciones, y

II.

El que de manera espontánea dé u ofrezca dinero o cualquier otra dádiva a alguna de las personas que se mencionan en la fracción anterior, para que cualquier servidor público haga u omita un acto justo o injusto relacionado con sus funciones.

Al que comete el delito de cohecho se le impondrán las siguientes sanciones: Cuando la cantidad o el valor de la dádiva o promesa no exceda del equivalente de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, o no sea valuable, se impondrán de tres meses a dos años de prisión, multa de treinta a trescientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de tres meses a dos años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. Cuando la cantidad o el valor de la dádiva, promesa o prestación exceda de quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito, se impondrán de dos años a catorce años de prisión, multa de trescientas a quinientas veces el salario mínimo diario vigente en el Distrito Federal en el momento de cometerse el delito y destitución e inhabilitación de dos años a catorce años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos. En ningún caso se devolverá a los responsables del delito de cohecho, el dinero o dádivas entregadas, las mismas se aplicarán en beneficio del Estado. Capítulo XI Cohecho a servidores públicos extranjeros Artículo 222 bis Se impondrán las penas previstas en el artículo anterior al que con el propósito de obtener o retener para sí o para otra persona ventajas indebidas en el desarrollo o conducción de transacciones comerciales MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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internacionales, ofrezca, prometa o dé, por sí o por interpósita persona, dinero o cualquiera otra dádiva, ya sea en bienes o servicios: I.

A un servidor público extranjero para que gestione o se abstenga de gestionar la tramitación o resolución de asuntos relacionados con las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión;

II.

A un servidor público extranjero para llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto que se encuentre fuera del ámbito de las funciones inherentes a su empleo, cargo o comisión, o

III.

A cualquier persona para que acuda ante un servidor público extranjero y le requiera o le proponga llevar a cabo la tramitación o resolución de cualquier asunto relacionado con las funciones inherentes al empleo, cargo o comisión de este último.

Para los efectos de este artículo se entiende por servidor público extranjero, toda persona que ostente u ocupe un cargo público considerado así por la ley respectiva, en los órganos legislativo, ejecutivo o judicial de un Estado extranjero, incluyendo las agencias o empresas autónomas, independientes o de participación estatal, en cualquier orden o nivel de gobierno, así como cualquier organismo u organización pública internacionales. Cuando alguno de los delitos comprendidos en este artículo se cometa en los supuestos a que se refiere el artículo 11 del este Código, el juez impondrá a la persona moral hasta quinientos días multa y podrá decretar su suspensión o disolución, tomando en consideración el grado de conocimiento de los órganos de administración respecto del cohecho en la transacción internacional y el daño causado o el beneficio obtenido por la persona moral.” * Fuente http//:www.funcionpublica.gob.mx

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DOCUMENTO 13 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. __________________

MODELO DE CONTRATO CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO, SIN OPCIÓN A COMPRA, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO EN ADELANTE EL CONTRATO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE PEMEX REFINACIÓN A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ PEMEX REFINACIÓN, REPRESENTADA POR EL __________________, EN SU CARÁCTER __________________, DE PEMEX REFINACIÓN, Y POR LA OTRA LA COMPAÑÍA __________________, A QUIEN EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ EL NAVIERO, REPRESENTADA POR EL __________________, EN SU CALIDAD __________________, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: DECLARACIONES 1.

PEMEX REFINACIÓN declara a través de sus representantes que:

1.1. Es un Organismo Descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propios, que tiene por objeto llevar a cabo procesos industriales de la refinación; elaboración de productos petrolíferos y derivados del petróleo que sean susceptibles de servir como materias primas industriales básicas; almacenamiento, transporte, distribución y comercialización de los productos y derivados mencionados, y dentro de sus atribuciones está la de celebrar contratos, de conformidad con la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios publicada el 16 de julio de 1992 en el Diario Oficial de la Federación. 1.2. A) TRATÁNDOSE DE LA REPRESENTACIÓN A TRAVÉS DEL DIRECTOR GENERAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS, DIRECTOR CORPORATIVO, DIRECTOR GENERAL O SUBDIRECTORES DE ORGANISMO SUBSIDIARIO. EN EL CASO DE PETRÓLEOS MEXICANOS NO APLICA PARA SUBDIRECTORES CORPORATIVOS. Acredita su personalidad y facultades en su carácter de (Director General, Director Corporativo de o Subdirector) de (PEMEX, ORGANISMO SUBSIDIARIO) en términos del Artículo 12 de la Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios y con la protocolización de su nombramiento según se acredita mediante el testimonio de la Escritura Pública No. _____ de fecha ___ de ______ de ___, otorgada ante la fe del Lic. __________ Titular de la Notaría Publica No. ____ de la Ciudad de _____. B) TRATÁNDOSE DE FUNCIONARIOS DISTINTOS A LOS SEÑALADOS EN EL INCISO A). Acredita su personalidad y facultades en su carácter de _____________ de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO), mediante el testimonio de la Escritura Pública No. _____ de fecha ___ de ______ de ___, otorgada ante la fe del Lic. _______________, Titular de la Notaría Pública No. ____ de la Ciudad de__________, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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1.3. Cuenta con suficiencia presupuestal para hacer frente a las erogaciones que se originen en este contrato, mediante ________ (-cuando aplique- de conformidad con la autorización de afectación plurianual según oficio de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público No. ____. y/o autorización del titular de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO)) 1.4.

A).- EN CASO DE QUE LA ADJUDICACIÓN SEA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE LICITACIÓN PÚBLICA. Este contrato se celebra como resultado del procedimiento de Licitación Pública Número ___________-____-__ de carácter (Nacional o Internacional -bajo la cobertura de los Capítulos de Compras del Sector Público de los Tratados de Libre Comercio suscritos por México o Internacional Abierta –cuando aplique-), mismo que se instrumentó de conformidad con los artículos 26 fracción I, 27, 28 fracción ______ y 47 la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, cuyo fallo fue dado a conocer el ___ de ___________ de ____. B).- EN CASO DE QUE LA ADJUDICACIÓN SEA MEDIANTE EL PROCEDIMIENTO DE ADJUDICACIÓN DIRECTA FUNDAMENTADO EN EL ARTÍCULO 41 DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

Este contrato se celebra mediante el procedimiento de adjudicación directa con fundamento en los artículos 26 fracción III, 40, 41 fracción ___ y 47 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. TRATÁNDOSE DE ADJUDICACIONES DIRECTAS FUNDAMENTADAS EN EL ARTÍCULO 41 FRACCIÓN I, II, Y XII DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO, SE DEBERÁ ELIMINAR EL SIGUIENTE PÁRRAFO. El procedimiento de contratación fue dictaminado procedente por el (Comité o Subcomité) de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO) en su sesión ______, caso No. ________, celebrada el ___________________. 1.7. En virtud de los diversos programas de distribución que está llevando a cabo, requiere de un buque tanque de doble casco, en adelante BUQUE por sustitución y/o en complemento a su flota propia para continuar apoyando el transporte a granel de productos limpios y sucios, en el tráfico de cabotaje entre puertos de ambas costas de la República Mexicana. 2.

El NAVIERO declara a través de su representante que:

2.1.

A) TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES DE NACIONALIDAD MEXICANA O EXTRANJERA CUYA EXISTENCIA LEGAL SE ACREDITE CON INSTRUMENTO PÚBLICO MEXICANO. Acredita la legal existencia de su representada con la (Póliza, Escritura Pública o Acta) Número _____ de fecha __ de _____ de ______, otorgada ante la fe del Lic. ____________, MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de _________, la cual quedó debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente. 2.2.

A) PARA

LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DEL REPRESENTANTE DE UNA PERSONA MORAL DE NACIONALIDAD MEXICANA O EXTRANJERA, DICHAS FACULTADES DEBERÁN PROTOCOLIZARSE ANTE FEDATARIO PÚBLICO MEXICANO.

Acredita su personalidad y facultades en su carácter de ____________ de (nombre de la compañía o empresa), mediante la (Póliza –cuando se acrediten las facultades en la constitución de la persona moral o en sus modificaciones estatutarias-, Escritura Pública o Acta) Número ____ de fecha __ de ____ de _____, otorgada ante la fe del Lic. ____________, Titular de la (Correduría o Notaría) Pública No. ____ de la Ciudad de ________, la que quedo debidamente inscrita en el Registro Público correspondiente, mismas que no le han sido revocadas, limitadas o modificadas en forma alguna. NOTA: TRATÁNDOSE DE PODERES ESPECIALES NO SE DEBERÁ REQUERIR LA INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO. B) PARA

LA ACREDITACIÓN DE LA PERSONALIDAD Y FACULTADES DE UNA REPRESENTANTE.

PERSONA FÍSICA

CON

Cuenta con capacidad para celebrar el presente contrato, según lo acredita con (indicar el documento en donde conste el mandato, ya sea en instrumento público o en carta poder simple, según proceda.) 2.3.

A).- TRATÁNDOSE DE PERSONAS MEXICANAS O EXTRANJERAS CON ESTABLECIMIENTO PERMANENTE EN EL PAÍS. Cuenta con Cédula de Registro Federal de Contribuyentes clave _________. 2.4 A).- TRATÁNDOSE DE UN PROVEEDOR DE NACIONALIDAD MEXICANA. Es mexicano y conviene que, aún y cuando llegare a cambiar de nacionalidad, seguirse considerando como mexicano por cuanto a este contrato se refiere y no invocar la protección de ningún gobierno extranjero bajo pena de perder en beneficio de la nación mexicana, todo derecho derivado de este contrato. 2.5. Tiene capacidad jurídica para contratar y reúne las condiciones y recursos técnicos, humanos y económicos para obligarse a la ejecución de los servicios objeto de este contrato. 2.6. Conoce plenamente el contenido y requisitos que establece la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento así como las disposiciones legales y administrativas aplicables al presente contrato. 2.7. Ha entregado las manifestaciones a que se refieren los artículos 31 fracción XXIV, 50 y 60 penúltimo párrafo de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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2.8. Reconoce plenamente la personalidad con que interviene el representante de (PEMEX U ORGANISMO SUBSIDIARIO). 2.9. Reconoce y acepta que cuenta con los elementos propios a que se refiere el artículo 13 de la Ley Federal del Trabajo y en consecuencia es el único patrón de todas y cada una de las personas que intervengan en el desarrollo y ejecución del objeto de este contrato. Cuenta con los permisos necesarios otorgados por las dependencias 2.10 gubernamentales, para la adecuada ejecución de los servicios objeto del presente contrato. 2.11. Ha entregado la manifestación a que se refiere la Resolución Miscelánea Fiscal vigente para el presente ejercicio en cumplimiento a lo establecido con el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación. 2.12. TRATÁNDOSE DE PERSONAS MORALES O FÍSICAS Y QUE LA CONTRATACIÓN RESULTE DE UNO DE LOS PROCEDIMIENTOS DE CONTRATACIÓN DE CARÁCTER NACIONAL FUNDADOS EN EL ARTÍCULO 26 FRACCIÓN I Y II Y 28 FRACCIÓN I DE LA LEY DE ADQUISICIONES, ARRENDAMIENTOS Y SERVICIOS DEL SECTOR PÚBLICO.

Ha presentado ante la (nombre del área de contratación), la documentación correspondiente con la cual acredita su nacionalidad mexicana así como la que demuestra tener su domicilio en territorio nacional, en términos de la Regla Octava del “Acuerdo por el que se establecen las Reglas para la Determinación y Acreditamiento del Grado de Contenido Nacional tratándose de Procedimientos de Contratación de Carácter Nacional” publicado en el Diario Oficial de la Federación del 3 de marzo del 2000. 2.13 . Es Armador o Naviero disponente y que tiene disponible el Buque Tanque "_______" descrito en el ANEXO 1, que forma parte de éste Contrato, y que está capacitado para el transporte a granel de productos limpios y sucios entre puertos mexicanos y dentro de los límites establecidos por su clasificación, con disposición a plena conveniencia de PEMEX REFINACIÓN. En el ámbito de su competencia, se obligue a responder y cumplir con todas las 2.14. leyes vigentes; con los reglamentos, disposiciones, circulares y acuerdos; y con cualquier otro requerimiento de autoridad competente, así como acatar las disposiciones de seguridad que las autoridades en la materia han emitido para salvaguardar la seguridad de su personal, de la sociedad en su conjunto y del medio ambiente. 3.

Ambas partes declaran, a través de sus representantes, que:

3.1. Están de acuerdo en celebrar el presente Contrato, de conformidad con las disposiciones legales y administrativas aplicables en México a este tipo de contratos, en MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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particular con a Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP) y su Reglamento; Ley de Navegación y Comercio Marítimos y su Reglamento; Cualquier otra disposición legal o administrativa que resulte aplicable; y los usos y costumbres marítimos internacionales. Vistas las declaraciones que anteceden, las partes expresan su consentimiento para comprometerse a las siguientes: CLÁUSULAS 1. OBJETO. El NAVIERO otorga en Arrendamiento a Casco Desnudo, Sin Opción a Compra y da la posesión plena y la disposición absoluta a PEMEX REFINACIÓN, del Buque Tanque denominado __________, con Registro Mexicano _________, construido en ________, en el año de ________, que en lo sucesivo se denominará como el BUQUE, quedando bajo su exclusivo control, incluyendo la gestión náutica y comercial con excepción de lo establecido en la Póliza Integral de Mantenimiento que forma parte integrante del presente Contrato como Anexo 9, para efectuar el servicio de transporte a granel de productos petrolíferos limpios y sucios entre puertos mexicanos, pudiendo extenderse el servicio de transporte hacia puertos que estén dentro de los límites establecidos por su clasificación, incluyendo el avituallamiento, equipos y características, conforme a lo especificado en el ANEXO 1 que se adjunta al presente Contrato. 2. VIGENCIA. La vigencia de este contrato iniciará en la fecha de firma del mismo y concluirá el ____. 3.

PLAZO.

Mediante el presente Contrato el NAVIERO pone a disposición de PEMEX REFINACIÓN el BUQUE por un periodo de ________, contados a partir de la fecha y hora en que sea emitido el Certificado de Entrega (Delivery Certificate) 4

ENTREGA DEL BUQUE.

El NAVIERO deberá, previo y al momento de la entrega ejercitar la debida diligencia a efecto de tener al BUQUE en buen estado de navegabilidad y en todo aspecto listo en casco, maquinaria y equipo para el Arrendamiento objeto de este Contrato. El BUQUE, deberá estar debidamente documentado al momento de la entrega, conforme a lo establecido en el Anexo 1 del presente contrato. Para efecto de determinar que el BUQUE cumple con las especificaciones y demás documentos requeridos para el objeto del presente Contrato, PEMEX REFINACIÓN, a MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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través de la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo llevará a cabo una inspección técnica y documental a fin de determinar el cumplimiento de los requisitos exigidos en las Bases de licitación, así como de las especificaciones técnicas ofertadas; esta inspección se realizará tomando como referencia el formato vigente del SIRE, utilizado por el Foro Marítimo Internacional de Compañías Petroleras (OCIMF), efectuando las pruebas a los sistemas y equipos que sean requeridos para demostrar su operación y que garanticen la aceptación de la embarcación, asimismo se realizará una inspección visual en el interior de los tanques de carga, para verificar que los mismos se encuentran limpios, secos y libres de gases. La citada Inspección Técnica y Documental Tipo SIRE será por cuenta y riesgo de PEMEX REFINACIÓN y podrá ser realizada por su propio personal o por Inspectores independientes designados por PEMEX REFINACIÓN, en un puerto previo al puerto de entrega, considerando para ello la posición del BUQUE y su ruta, lo cual deberá ser informado a PEMEX REFINACION por el NAVIERO dentro de los 5 días naturales posteriores al Acto de Fallo. El NAVIERO se obliga a que la documentación presentada en copia en su propuesta se exhiba en original para cotejo durante la inspección anteriormente referida. En caso de que el reporte de la inspección citada determine incumplimiento a los requisitos ofertados o inconsistencias en la presentación de documentos establecidos en el ANEXO 1 del presente contrato, PEMEX tendrá derecho de dar por rescindido este Contrato, haciendo efectiva la fianza estipulada en la Cláusula GARANTÍAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, sin perjuicio de cualquier otro reclamo que PEMEX REFINACIÓN tenga sobre el NAVIERO, en términos de este Contrato. PEMEX REFINACIÓN acordará con el NAVIERO previo al momento de la entrega del BUQUE, el periodo de embarque de su oficialidad para inducción y familiarización (Capitán, Jefe de Máquinas, Primeros oficiales de cubierta y máquinas e Ingeniero Electricista/Electrónico) dicho periodo no podrá ser menor a 20 días naturales. El traslado y embarque de esta oficialidad será por cuenta y riesgo de PEMEX REFINACIÓN, y firmará una carta liberatoria de responsabilidad al NAVIERO, conviniéndose que durante el embarque del personal antes referido, no se afectará la operación del BUQUE ni a su tripulación. Durante el periodo de inducción y familiarización, los consumos garantizados deben ser evidenciados ante personal técnico de PEMEX Refinación, con la documentación de las pruebas de mar y de los fabricantes de los motores que comprueben los consumos, entregando copia de reportes documentales recientes de sondas de sus tanques de combustibles incluyendo copia de la documental que acredite la cantidad de combustibles MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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recibidos para consumo de la embarcación, de por lo menos tres meses anteriores a la entrega de la embarcación. El NAVIERO deberá de notificar a PEMEX REFINACIÓN el tiempo estimado de arribo al puerto de entrega, inmediatamente después de zarpar del puerto previo, y emitir avisos de confirmación de su arribo al puerto de entrega, con 72, 48 y 24 horas de anticipación. El Capitán del BUQUE a su arribo al puerto de entrega, dará por escrito a PEMEX REFINACIÓN su Aviso de Listos. EL BUQUE debe arribar al puerto de entrega con todos los tanques y líneas de carga, serpentines de calentamiento, cuartos de bombas y sentinas en condición libre de gases, asimismo limpios, secos y ventilados para inspección visual y entrada segura de inspectores. El BUQUE será entregado por el NAVIERO en el Puerto ________, dentro de la Ventana de Entrega establecida del día ________ al día ________. PEMEX REFINACIÓN podrá rescindir el Contrato en caso de que el BUQUE no esté listo y a su disposición dentro de la ventana establecida en el párrafo anterior, salvo que la causa sea consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, lo cual deberá ser notificado por escrito por el NAVIERO, a la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo conforme a la Cláusula denominada “CASO FORTUITO O CAUSAS DE FUERZA MAYOR”. El NAVIERO no entregará el BUQUE a PEMEX REFINACIÓN y el pago no dará inicio antes del día ________, a menos que por necesidades de PEMEX REFINACIÓN se requiera antes de esa fecha. Si se considera que el BUQUE arribará después del último día de la Ventana establecida, el NAVIERO deberá informar a PEMEX REFINACIÓN el día en que el BUQUE estará listo, notificando y preguntando a PEMEX REFINACIÓN, si ejercerá su opción de rescisión, la cual deberá ser comunicada dentro de los 5 días naturales, contados a partir del recibo de dicha notificación por parte de PEMEX REFINACIÓN, o bien PEMEX REFINACIÓN indicará a el NAVIERO que esperará el arribo del BUQUE, por lo que el NAVIERO se hará acreedor a la aplicación de las penas convencionales señaladas en la Cláusula PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES del presente Contrato. Lo anterior no limita el derecho de PEMEX REFINACIÓN de iniciar el procedimiento de rescisión por cualquier otro incumplimiento del NAVIERO. Al presentarse la embarcación ofertada en el puerto de entrega, PEMEX REFINACIÓN y el NAVIERO realizarán de manera conjunta una Inspección del Estado del Buque a través de una tercería de reconocido prestigio, para este caso dicha tercería será nominada por MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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cuenta y cargo del NAVIERO, para verificar las condiciones de entrega y acreditar el buen funcionamiento y operación de los sistemas y equipos referidos en las bases de licitación. Simultáneamente los representantes de PEMEX REFINACIÓN y los del NAVIERO realizarán de manera conjunta una Inspección Tipo Check List que incluirá la verificación física de los certificados o pasavantes vigentes estatutarios, de clasificación y de casco y maquinaria, expedidos por la autoridad marítima, así como por la Sociedad de Clasificación miembro de la IACS (Internacional Association of Clasification Societies), de Protección e Indemnización (Protection and Indemnity), planos, diagramas, seguros, listas de equipos sobre cubierta, ayudas a la navegación, de seguridad, inspecciones oculares, inspecciones submarinas y que permitan al personal de la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo de PEMEX REFINACIÓN determinar el cumplimiento de las especificaciones técnicas ofertadas del BUQUE y los requisitos exigidos en las Bases de licitación; así como con la presentación de los documentos que acrediten el cumplimiento de las Normas vigentes que permitan al BUQUE tener libre navegación y operación en aguas Nacionales. Así mismo, el NAVIERO durante la Inspección Tipo Check List, deberá presentar la documentación que acredite, que al momento de la entrega cuenta con Registro de Matrícula Nacional o Pasavante de Navegación, a fin de permitir el embarque de la tripulación mexicana de PEMEX Refinación; así mismo, deberá evidenciar con constancia de su Auditor Externo de ISM, que el BUQUE está libre de notas de No Conformidad de ese Sistema de Gestión. Como parte integral de la Inspección Tipo Check List, será efectuada una Inspección física en el interior de los tanques de carga para Visto Bueno de Tanques para la carga de Turbosina por parte de la tercería contratada por PEMEX REFINACIÓN al efecto, y en presencia de Personal de PEMEX REFINACIÓN y del NAVIERO, para verificar que estos se encuentran con recubrimientos adecuados para la carga del citado producto, limpios y secos, libres de Elementos de cobre, bronce o presencia de óxido desprendible. El reporte resultante de la Inspección del Estado del Buque, será avalado tanto por el NAVIERO como por PEMEX REFINACIÓN, debiendo ambos conservar originales del mismo, en ese sentido, el NAVIERO entregará a PEMEX REFINACIÓN un original con firmas autógrafas de dicho Reporte, en un término no mayor a 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de su realización. En lo que respecta al reporte resultante de la Inspección Tipo Check List, este será avalado tanto por el representante del NAVIERO como por los de PEMEX REFINACIÓN, debiendo ambos conservar originales del mismo, en ese sentido, PEMEX REFINACIÓN entregará al NAVIERO un original con firmas autógrafas de dicho Reporte, en un término no mayor a 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de su realización. En caso de que la inspección técnica tipo “Check List” no pueda llevarse a cabo por causas de fuerza mayor dentro de la ventana acordada, el costo del tiempo perdido para la MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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realización de la misma será compartido 50% por el NAVIERO y 50% por PEMEX REFINACIÓN, siempre y cuando la inspección sea finalmente aprobada. En caso de que el puerto de entrega no tenga tráfico nocturno, el tiempo perdido se repartirá de la misma forma señalada. La entrega del BUQUE a PEMEX REFINACIÓN por parte del NAVIERO, será la fecha y hora cuando el BUQUE sea declarado en Libre Plática por parte de las autoridades después de su arribo. Lo anterior, siempre y cuando se considere como apto en la Inspección Tipo Check List, y en este caso PEMEX REFINACIÓN elaborará el Certificado de Entrega (Delivery Certificate), el cual deberá ser firmado conjuntamente por los representantes del NAVIERO y de PEMEX REFINACIÓN. La hora de entrega del BUQUE, así como el pago de la tarifa serán conforme al tiempo Universal (U.T.). El NAVIERO se compromete que al momento de la entrega del BUQUE, aún con el nombre anterior, la embarcación propuesta no esté boletinada o considerado non-grato (Lista Negra) o con sanciones o requerimientos pendientes de algún país y no tiene orden de arresto o embargo. El NAVIERO se obliga a entregar al inicio de los servicios, la información técnica y los Programas de Trabajo de mantenimiento de los equipos y sistemas de los 5 años que ampara el contrato respectivo, en archivo electrónico e impreso para la operación continua, segura y eficiente del BUQUE establecidos en el Anexo 9 de Contrato, “Póliza Integral de Mantenimiento del buque”, y que los insumos perecederos deberán tener cuando menos 6 (seis) meses de vigencia a la fecha de entrada en vigor del contrato. En caso de que como resultado de la Inspección Tipo Check List, se determine al BUQUE como no apto, PEMEX REFINACIÓN no extenderá el “Delivery Certificate”, hasta en tanto no se subsane la desviación o desviaciones detectadas conforme a lo pactado en este contrato, y en consecuencia el inicio de los servicios se tomará en la fecha y hora en que quede subsanada dicha desviación o desviaciones, las cuales quedarán consignadas en el correspondiente “Delivery Certificate”; en ese sentido, en caso de que esto ocurra fuera de la ventana de entrega, el NAVIERO se hará acreedor a la aplicación de las penas convencionales señaladas en la Cláusula PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES del presente Contrato. Lo anterior sin limitar el derecho de PEMEX REFINACIÓN de dar por rescindido este Contrato, haciendo efectiva la fianza estipulada en la Cláusula GARANTÍAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO sin perjuicio de cualquier otro reclamo que PEMEX REFINACIÓN tenga sobre el NAVIERO, en términos de este Contrato, y por lo tanto no procederá pago alguno por costos, tarifas, posicionamiento, costos de cruce de canal, gastos portuarios, agenciamiento, permisos de importación, gastos migratorios, o cualquier MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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otro costo o gasto generado por el NAVIERO al haber presentado y puesto a disposición el BUQUE en el puerto de entrega designado, según proceda. 5. LÍMITES PARA NAVEGAR. Para los efectos de éste Contrato, el área geográfica en la cual PEMEX REFINACIÓN podrá utilizar el BUQUE, comprende el tráfico de cabotaje entre puertos mexicanos, así como la navegación dentro del Mar Territorial y la Zona Económica Exclusiva de ambas costas de la República Mexicana, a través del Canal de Panamá, y de y hacia puertos extranjeros, incluyendo los Estados Unidos de América cuyo tráfico será a plena disposición de PEMEX REFINACIÓN, y dentro de los límites establecidos en la Cláusula de Garantías del Instituto de Aseguradores (IWL), excluyendo los siguientes estados: Israel, Irak, Irán, Albania, Corea del Norte, Camboya, Cuba, Libia, Libano, Siria, cualquier zona o área de guerra y cualquier puerto bajo embargo de las Naciones Unidas y/o Estados Unidos de América y/o la Comunidad Europea; el BUQUE no navegará en zonas de hielos ni siguiendo a rompehielos. PEMEX REFINACIÓN se compromete a no emplear el BUQUE o permitir que el BUQUE se emplee de otra manera que no sea de conformidad con los términos de los instrumentos de seguros (con inclusión de cualesquiera garantías expresas o implícitas de los mismos) sin obtener primero del NAVIERO y de los Aseguradores el consentimiento para dicho empleo y cumplirán con aquellos requisitos en lo que se refiere a primas adicionales o de otra naturaleza que los Aseguradores puedan prescribir. PEMEX REFINACIÓN ejercerá la debida diligencia para enviar el BUQUE, sólo a puertos seguros. El BUQUE deberá ser cargado y descargado en cualquier muelle o atracadero o lugar de fondeo o línea submarina o al costado de chalanes u otras embarcaciones como lo indique PEMEX REFINACIÓN, siempre observando lo recomendando por el Foro Internacional de Compañías Marítimas Petroleras (Oil Companies Internacional Marine Forum-OCIMF). 6. MONTO Y PAGO DE LA TARIFA. PEMEX REFINACIÓN pagará al NAVIERO como contraprestación por concepto de Arrendamiento, un costo diario de: ________ USD (________, Dólares de los Estados Unidos de América 00/100 USD). PEMEX REFINACIÓN pagará al NAVIERO como contraprestación por concepto de la Póliza Integral de Mantenimiento del BUQUE, un costo diario de: ________ USD por día (________, Dólares de los Estados Unidos de América 00/100 USD). La TARIFA DIARIA por concepto del Arrendamiento y de la Póliza Integral de Mantenimiento del BUQUE es de : ________ USD (________, Dólares de los Estados Unidos de América 00/100 USD). MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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El monto total del Contrato considerando el periodo de ________ naturales, es de ________, USD (________, Dólares de los Estados Unidos de América 00/100 USD), antes de impuestos. La tarifa antes señalada es por cada día, a partir de la fecha y hora de entrega del BUQUE, prorrateando fracción de día, hasta el tiempo y fecha de su devolución al NAVIERO. El costo del Arrendamiento y de Póliza Integral de Mantenimiento del BUQUE amparadas en el presente Contrato son fijas, desde su inicio y hasta la facturación total del mismo, por lo que no está sujeto a ningún tipo de escalación. La fecha y hora que se tomará como inicio del Arrendamiento y de la Póliza Integral de Mantenimiento del BUQUE y pago del mismo, será la establecida en el Certificado de Entrega ”Delivery Certificate” expedido por PEMEX Refinación. Las facturas y documentación que se deriven de este contrato deberán cumplir con los requisitos fiscales y deberán ser entregadas en la Gerencia de Operación y Mantenimiento Marítimo, ubicada en Av. Insurgentes Veracruzanos, esq. Hernández y Hernández, Torre Pemex, piso 7, en Veracruz, Ver., de las 08:30 a 14:30 y de 16:00 a 18:00 Hrs., debidamente requisitadas, en original y 2 copias, para proceder al inicio de trámite de pago de conformidad con las instrucciones que para tal efecto señale PEMEX REFINACIÓN, con 20 (veinte) días naturales de anticipación al vencimiento del periodo mensual de que se trate. En caso de que las facturas que se deriven del contrato no sean entregadas por el NAVIERO con los días de anticipación especificadas en el párrafo anterior, el periodo que transcurre a partir de los 20 (veinte) días naturales previos al vencimiento mensual y hasta que el NAVIERO presente las facturas, no se computará para efectos del plazo para el pago, establecido en 7 (siete) días hábiles después de que se preste el servicio. Los pagos de la tarifa por día que se deriven de este contrato se harán mensualmente por períodos vencidos en pesos mexicanos, al séptimo día hábil después de que se preste el servicio de transporte y esté presentada la factura correspondiente, de conformidad con las instrucciones bancarias acordadas con el NAVIERO, en la cuenta que para tal efecto señale. El pago para el primer y el último mes, será calculado proporcionalmente y de acuerdo al número de días del mes. En caso de que las facturas, que se deriven del contrato, entregadas por el NAVIERO para su pago, presenten errores o deficiencias, PEMEX REFINACIÓN dentro de los tres días hábiles siguientes al de su recepción, indicará por escrito al NAVIERO las deficiencias que deberá corregir. El período que transcurre a partir de la entrega del citado escrito y hasta que el NAVIERO presente las correcciones, no se computará para efectos del plazo establecido en la presente Cláusula. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Los pagos se efectuarán en pesos mexicanos aún y cuando la cotización presentada por el NAVIERO se haya establecido en su totalidad en Dólares de los Estados Unidos de América, al tipo de cambio vigente en la fecha en que deba hacerse el pago, de conformidad con el artículo 8 de la Ley Monetaria de los Estados Unidos Mexicanos. PEMEX REFINACIÓN podrá efectuar los pagos que se deriven del Contrato a través del medio financiero que estime más conveniente, por lo que el NAVIERO acepta proporcionar la información y/o documentación que le sea requerida para estos fines. Todas las facturas y documentación correspondiente deberán cumplir con los siguientes requisitos: - Nombre, denominación o razón social del NAVIERO. - Domicilio del NAVIERO. - Lugar y fecha de expedición. - Descripción del concepto que amparan. - Monto de la contraprestación. - Nombre, domicilio y Registro Federal de Contribuyentes de PEMEX REFINACIÓN. - Deberá constar de manera expresa y por separado el Impuesto al Valor Agregado sobre el monto de la contraprestación. - Deberá señalar en forma expresa que el pago se hace en una sola exhibición. - Cualquier otro requisito que conforme a la legislación mexicana, deba contener dicha documentación. Una vez realizado el pago al NAVIERO, éste tendrá diez (10) días hábiles para manifestar cualquier aspecto que se relacione con el mismo; transcurrido dicho plazo sin que se presente manifestación alguna, éste se considerará definitivamente aceptado y sin derecho a ulterior reclamación. Para efectos administrativos, dentro del término de 90 (noventa) días naturales posteriores a la terminación del presente Contrato, el NAVIERO y PEMEX REFINACIÓN convienen en preparar un estado de todos los cargos y reclamaciones que hayan quedado pendientes al término o rescisión de éste Contrato y serán debidamente documentados, para su finiquito. Las obligaciones derivadas de éste Contrato prescribirán en un año de acuerdo con el artículo 117 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos, mismo que se computará a partir del momento en que se haga exigible su cumplimiento, salvo que se interrumpa la prescripción en términos de las disposiciones legales aplicables. En caso de que existan pagos en exceso que haya recibido el NAVIERO, éste deberá reintegrar las cantidades pagadas en exceso, más los intereses correspondientes conforme a la tasa que establezca la Ley de Ingresos de la Federación en los casos de prórroga para el pago de créditos fiscales. Los intereses se calcularán sobre las MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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cantidades pagadas en exceso en cada caso y se computarán por días naturales desde la fecha del pago hasta la fecha en que se pongan efectivamente las cantidades a disposición de PEMEX REFINACIÓN procederá a deducir dichas cantidades de las facturas subsecuentes o bien el NAVIERO cubrirá dicho pago con cheque certificado a favor de PEMEX REFINACIÓN. El NAVIERO manifiesta expresamente su voluntad para que de las facturas que tengan origen en el presente Contrato, previo aviso por escrito de PEMEX REFINACIÓN al NAVIERO se descuente cualquier cantidad debidamente sustentada (el sustento serán los términos y condiciones del contrato y la documentación que se genere, sin limitarse a cartas de protesta, estados de hecho, bitácoras, certificados de fuera de flete, entre otros) por concepto de adeudos previos, anteriores, o vigentes, por incumplimiento o aplicación de sanciones derivados del presente Contrato. 7.- DEVOLUCIÓN DEL BUQUE. PEMEX REFINACIÓN dará aviso preliminar al NAVIERO en un periodo no menor de 30 (treinta) días naturales y aviso definitivo dentro de un periodo no menor de 15 (quince) días naturales con respecto a la fecha y puerto de devolución. PEMEX REFINACIÓN se compromete a que el BUQUE no inicie un viaje, el cual no pueda ser terminado con tiempo suficiente para permitir la devolución del BUQUE dentro del periodo del Contrato. El NAVIERO y PEMEX REFINACIÓN acordarán oportunamente el embarque parcial de la tripulación del NAVIERO para familiarización, hasta con 20 días naturales antes del término del presente Contrato, el número de tripulantes que podrán embarcar serán máximo cinco en las categorías que el NAVIERO determine, para lo cual previo al embarque firmará carta liberatoria a favor de PEMEX REFINACION en la que se estipule que la tripulación embarca por cuenta y riesgo del NAVIERO, para lo cual PEMEX REFINACION indicará el número de camarotes que dispondrá para tal efecto. Salvo causas que originen la terminación anticipada del Arrendamiento del BUQUE, PEMEX REFINACIÓN, a la terminación del período del presente Contrato, devolverá el BUQUE al NAVIERO, al desembarque del piloto de salida en el último puerto seguro de descarga, de cualquiera de las costas mexicanas, previo desembarque de la tripulación de PEMEX REFINACIÓN, en condiciones similares a las que fue entregado, incluyendo el inventario, con el deterioro normal del uso y del tiempo por el Arrendamiento prestado durante la vigencia del Contrato y con los tanques tanto de carga como residuales libres de carga y aguas oleosas y en ambiente del último producto cargado, siendo responsabilidad del NAVIERO la gestión de los despachos del BUQUE. PEMEX REFINACIÓN pagará los gastos de la maniobra de salida y aprovechamiento de puerto en el lugar de devolución.

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Para efecto de determinar las condiciones del BUQUE al momento de la devolución, durante el último viaje, PEMEX REFINACIÓN y el NAVIERO realizarán de manera conjunta una Inspección del Estado del Buque, a través de una tercería de reconocido prestigio, de ser posible, la misma que realizó la inspección de entrega del BUQUE, nominada por cuenta y cargo de PEMEX REFINACIÓN, para verificar las condiciones de entrega y acreditar el buen funcionamiento y operación de los sistemas y equipos referidos en las bases de licitación; en caso de que se nomine a una distinta tercería, ésta utilizará en la medida de lo posible, el formato de inspección utilizado en la entrega del BUQUE, para tal propósito PEMEX REFINACIÓN previamente entregará a la tercería nominada, el reporte de de la inspección de entrega, a fin de que cuente con elementos necesarios para efectuar un comparativo de la condición del BUQUE. El reporte resultante de la inspección citada en el párrafo anterior, será avalado tanto por PEMEX REFINACIÓN como por el NAVIERO, debiendo conservar ambas partes un original del mismo, en ese sentido, PEMEX REFINACIÓN entregará al NAVIERO un original con firmas autógrafas de dicho Reporte, en un término no mayor a 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de su realización. En el caso de que el BUQUE al momento de la entrega, y como resultado de la Inspección del Estado del Buque presente desgaste o averías que no correspondan al deterioro normal del uso y del tiempo de arrendamiento, o que no se acredite que derivan del incumplimiento del NAVIERO a las obligaciones conferidas a través de la POLIZA; PEMEX REFINACIÓN resarcirá económicamente al NAVIERO el costo que resulte de subsanar dichas diferencias, basándose en el costo estimado de los trabajos que deberá determinar la tercería nominada, para lo cual el NAVIERO presentará factura incluso previo a la realización de los trabajos y emitirá carta liberatoria de responsabilidad sobre daños y averías futuras a favor de PEMEX REFINACION. PEMEX REFINACIÓN elaborará el Certificado de Devolución (Re-Delivery Certificate), con la fecha y hora de la devolución del BUQUE, la cual deberá quedar comprendida dentro del período opcional de +/- 15 días naturales, mismo que será firmado por los representantes del NAVIERO. La hora de entrega del BUQUE, será conforme al tiempo Universal (U.T.).

8. INVENTARIOS. PEMEX REFINACIÓN y el NAVIERO efectuarán el inventario completo de equipos, aparatos, aparejos del BUQUE, y todas las vituallas consumibles para efectos de la entrega, el BUQUE será devuelto por PEMEX REFINACIÓN al NAVIERO, con el inventario en condiciones similares a aquellas con las que el BUQUE inició su Arrendamiento. 9. PROVISIÓN DE INFORMACIÓN. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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PEMEX REFINACIÓN informará al NAVIERO por medios electrónicos (confirmando mediante documento escrito), tan pronto como sea factible, después de que se hayan percatado de: (1) Cualquier accidente o incidente en que se vea involucrado el BUQUE, (2) Cualquier requerimiento o recomendación sustancial efectuado por cualquier asegurador, sociedad de clasificación o por cualquier autoridad competente. (3) Cualquier detención del BUQUE o el ejercicio de cualquier gravamen sobre el BUQUE, o sus seguros, o cualquier requisición del BUQUE para alquiler, (4) Cualquier accidente o lesión sustancial a un tercero ocasionado por el BUQUE o con relación a éste, (5) Cualquier asistencia que se haya dado al BUQUE, que haya resultado o pueda resultar en un gravamen por salvamento, adquirido sobre el BUQUE, (6) Cualquier cambio estructural o instalación de equipos extraordinarios que se deba realizar al BUQUE, y (7) Cualquier otro suceso que ocurra con relación al BUQUE, que afecte o pueda afectar a los derechos del NAVIERO. Asimismo, el NAVIERO informará por escrito a PEMEX REFINACIÓN, tan pronto como sea posible, de cualquier reclamación, demanda o acción efectuada o tomada en contra del NAVIERO, que pudiera afectar los compromisos establecidos en el presente Contrato, manteniendo informado a PEMEX REFINACIÓN respecto de todas las acciones tomadas y los avances al respecto. 10. COMBUSTIBLES. Los combustibles a bordo del BUQUE, al inició de su Arrendamiento serán utilizados por PEMEX REFINACIÓN sin pago alguno, al término del Contrato, el BUQUE será devuelto por PEMEX REFINACIÓN al NAVIERO, con cantidades de combustibles similares a aquellas con las que el BUQUE inició su Arrendamiento. Cualquier diferencia en cantidades, se ajustará, ya sea por PEMEX REFINACIÓN o el NAVIERO, según corresponda, a precios internacionales de PEMEX REFINACIÓN vigentes al momento de la devolución, contra presentación de la factura respectiva, la cual deberá cumplir con los requisitos fiscales correspondientes. PEMEX REFINACIÓN proporcionará durante la vigencia del Contrato, combustible IFO (Combustóleo intermedio-15) y/o MDO (diesel marino especial), de acuerdo a las especificaciones establecidas en el ANEXO 2, para uso de la máquina principal, equipos auxiliares y calderas del BUQUE. 11. RELACIÓN DE PEMEX REFINACIÓN CON SUS TRABAJADORES. PEMEX REFINACIÓN como patrón del personal que tiene contratado con motivo del objeto del presente Contrato, será el único responsable de las obligaciones derivadas de las MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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disposiciones legales y demás ordenamientos en materia de trabajo y seguridad social, para con sus trabajadores y/o agentes, en consecuencia, los riesgos en el cumplimiento de la prestación a que se obliga en virtud de éste Contrato, son de su exclusiva responsabilidad. Queda perfectamente entendido y convenido por las partes, que no existe ni existirá relación laboral alguna entre el personal contratado por PEMEX REFINACIÓN y el NAVIERO, por lo tanto, el NAVIERO no asume ni asumirá el carácter de patrón de tal personal, obligándose PEMEX REFINACIÓN a responder de cualquier reclamo hecho por los empleados y tripulación de PEMEX REFINACIÓN, cualquiera que haya sido la causa. Ambas partes asumen la responsabilidad plena sobre los actos, omisiones, daños, accidentes y demás reclamos, ocasionados a, o por, los empleados, agentes o personal bajo la responsabilidad directa de cada uno. 12. OPERACIÓN DE EL BUQUE. Durante la vigencia del Contrato, PEMEX REFINACIÓN deberá proveer al BUQUE bajo su propia cuenta y costo, de Capitán, oficiales y tripulación debidamente certificados y capacitados para operarlo de una manera segura, eficiente y confiable, conforme a lo establecido en las normas de Formación, Titulación y Guardias para la Gente de Mar, (STCW); y con la capacidad técnica para realizar las actividades de mantenimiento preventivo y correctivo del BUQUE en cumplimiento de los Programas proporcionados por el NAVIERO conforme a lo estipulado en el anexo 9 del presente Contrato. PEMEX REFINACIÓN proporcionará provisión de boca, dotación de cámara y cocina, de hospital y lavandería, así como el equipo de protección personal y para entretenimiento para la tripulación. PEMEX REFINACIÓN durante la vigencia del presente Contrato, con los costos y gastos por su cuenta, tendrá la libertad de pintar el BUQUE con el esquema de colores Institucional comprometiéndose a devolverlo con el esquema de colores originales. PEMEX REFINACIÓN, sujeto a la aprobación del NAVIERO, la cual no será negada sin razón, y a la autorización de la Sociedad de Clase, podrá adaptar equipo adicional que pueda requerir, aparte del que ya existe a bordo del BUQUE al inicio o durante el Contrato, así como efectuar adaptaciones en las tuberías de vapor o agua, trabajo cuyo costo, mantenimiento y tiempo será con cargo de PEMEX REFINACIÓN, y en caso de fallas no afectarán las garantías del NAVIERO, considerándose dichas adaptaciones propiedad de PEMEX REFINACIÓN, por lo que PEMEX REFINACIÓN tendrá la libertad de retirarlo a su propio costo y tiempo, durante la vigencia de éste Contrato en un lugar designado por él mismo. PEMEX REFINACIÓN no efectuará ningún cambio estructural en el BUQUE o cambios en la maquinaria, calderas y accesorios, sin obtener primero en cada caso la aprobación del MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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NAVIERO al respecto. En caso de que el NAVIERO así lo solicite, PEMEX REFINACIÓN restaurará el BUQUE a su condición anterior, con los gastos por cuenta de PEMEX REFINACIÓN. Toda cuestión referente a las actividades de mantenimiento del BUQUE se regirá por lo establecido en el anexo 9 del presente Contrato. 13. ESPACIO DISPONIBLE PARA EL NAVIERO. El NAVIERO, previo acuerdo con PEMEX REFINACIÓN, podrá contar a bordo con una persona como supervisor de los servicios descritos en el ANEXO 9 del presente Contrato. Así mismo, para el cumplimiento de lo establecido en el mencionado ANEXO 9, podrá embarcar personal en los alojamientos disponibles del BUQUE asignado para ello, en cualquier viaje que se efectúe de conformidad con éste Contrato. El personal citado en esta cláusula viajará por riesgo y cuenta del NAVIERO. 14. CONOCIMIENTOS DE EMBARQUE PEMEX REFINACIÓN acuerda mantener libre de responsabilidad al NAVIERO contra todas las consecuencias o responsabilidades que surjan de la firma de conocimientos de embarque u otros documentos por parte del Capitán, los Oficiales o representantes. PEMEX REFINACIÓN se asegurará que los Conocimientos de Embarque expedidos durante la vigencia del presente Contrato, contemplen una Cláusula referente a la responsabilidad del transportista. Si no existiere legislación nacional al respecto, los documentos deberán observar el Convenio Internacional para la unificación de ciertas Reglas en materia de Conocimiento de Embarque (Reglas de la Haya-Wisby). El Conocimiento de Embarque, deberá contener también la cláusula New Jason y la cláusula de Colisión o Abordaje, Ambos Buques culpables. 15.- DESCRIPCIÓN DE LA CARGA. La carga consistirá en productos petrolíferos limpios y sucios; PEMEX REFINACIÓN tendrá la opción de cargar todos los productos mencionados en el ANEXO 4; sin embargo, en caso de ser un producto diferente se sujetará a acuerdo mutuo, el cual no será negado sin razón por el NAVIERO. No se embarcarán en el BUQUE sustancias no aprobadas para el tipo del BUQUE. No se realizará ningún viaje, ni se cargará ningún bien o cargas que puedan exponer al BUQUE a captura o embargo por parte de gobiernos o autoridades competentes. 16. OBLIGACIONES FISCALES. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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PEMEX REFINACIÓN y el NAVIERO pagarán todas y cada una de las contribuciones y demás cargas fiscales que conforme a las leyes federales, estatales y municipales de los Estados Unidos Mexicanos, tengan obligación de cubrir durante la vigencia, ejecución y cumplimiento del presente Contrato y sus ANEXOS. 17. AVISO DE CAMBIO DE PROPIETARIO O SUSTITUCIÓN DEL BUQUE. En caso de que durante la vigencia del presente Contrato se venda o transfiera la propiedad del BUQUE, previo consentimiento por escrito de PEMEX REFINACIÓN, el NAVIERO se obliga a mantener bajo su responsabilidad las condiciones establecidas en este Contrato. El NAVIERO podrá sustituir el BUQUE de manera simultanea por otro de bandera nacional y características similares a las del BUQUE a sustituir, que cubra el objeto del Contrato en los mismos términos, condiciones y tarifa, el cual será posicionado en cualquier puerto que indique PEMEX REFINACIÓN por cuenta y riesgo del NAVIERO, sujeto a la aprobación por escrito e inspección de PEMEX REFINACIÓN, para verificar que el BUQUE sustituto cumpla con las especificaciones estipuladas en este contrato. Esta inspección deberá ser en los mismos términos y condiciones que se realizó la inspección al BUQUE para el inicio del Contrato, incluyendo el periodo de inducción y familiarización. En caso de que el BUQUE sustituto no se presente de manera simultánea a la salida del BUQUE que está en Arrendamiento, se aplicaran las penas convencionales previstas en la cláusula denominada PENAS CONVENCIONALES del presente Contrato. Para efectos de la sustitución del BUQUE, la devolución y entrega de los mismos será en los términos y condiciones establecidas en las cláusulas denominadas ENTREGA DEL BUQUE y DEVOLUCIÓN DEL BUQUE del presente Contrato. El NAVIERO deberá describir y exponer las razones de la sustitución del BUQUE, con una anticipación de por lo menos 30 días calendario previo a la fecha prevista para su sustitución, la que deberá ser sometida a consideración de PEMEX REFINACIÓN, quien dentro de los 10 (diez) días calendario siguientes a la notificación deberá contestar si acepta o no la sustitución del BUQUE, ésta aceptación no será negada sin razón por PEMEX REFINACIÓN, aunque queda entendido que ésta decisión corresponderá de manera final a PEMEX REFINACIÓN. El NAVIERO no podrá sustituir el BUQUE en los términos estipulados en ésta Cláusula al inicio del presente Contrato. Todos los gastos y trámites requeridos por cualquiera de estos eventos serán por cuenta y responsabilidad única del NAVIERO. 18. REQUISA. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Si el BUQUE fuera requisado, (Requisa por servicio) por cualquier gobierno o autoridad gubernamental, durante el plazo de ejecución de éste Contrato, el presente Contrato no se considerará como suspendido o terminado por ese motivo, y PEMEX REFINACIÓN continuará pagando la tarifa estipulada de la manera prevista en la cláusula denominada MONTO Y PAGO DE LA TARIFA, hasta el momento en que termine la requisa y durante la vigencia del presente Contrato. Cualquier costo, tarifa o compensación recibida o por recibir derivado de la requisa, deberá ser pagada a PEMEX REFINACIÓN durante el periodo remanente del Contrato o dentro del periodo de la requisa por servicio, cualquiera que sea el menor. 19. GUERRA. A menos que se obtenga primero el consentimiento del NAVIERO, no se ordenará que el BUQUE vaya a ningún sitio o a ningún viaje, ni se ordenará que vaya a ninguno de éstos, ni se utilizará ningún servicio que lo lleve dentro de una zona que sea peligrosa como resultado de cualquier acto bélico, guerra, hostilidades, operaciones de carácter bélico, actos de piratería o de hostilidad, o daños maliciosos, efectivos o amenaza de los mismos, contra el BUQUE o su cargamento. En el caso de que estalle una guerra declarada o no entre dos o más de los siguientes países: Estados Unidos de América, Rusia, República Popular de China, Reino Unido, Francia y México, tanto el NAVIERO como PEMEX REFINACIÓN tendrán el derecho de terminar anticipadamente éste Contrato, momento en el cual PEMEX REFINACIÓN devolverá el BUQUE al NAVIERO de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 6 del presente Contrato; en caso de que el BUQUE tenga cargamento a bordo, la devolución se dará después de la descarga del mismo en el puerto de destino, o en su caso en un puerto cercano, abierto y seguro, en caso de que se vea impedido a entrar en dichos puertos, entonces esto se dará según las instrucciones del NAVIERO; en caso de que no tenga cargamento a bordo en el puerto en que se encuentre, o en caso en que se encuentre en el mar en un puerto cercano abierto y seguro según lo indique el NAVIERO. 20. PÉRDIDA TOTAL DEL BUQUE. En caso que derivado de la operación, por actos de la naturaleza o cualquier otra causa, el BUQUE sufra avería o averías que constituyan una perdida total del BUQUE en los términos y condiciones señalados en la póliza de aseguramiento de casco y maquinaria, PEMEX REFINACION notificará por escrito al NAVIERO la dictaminación de la pérdida, con lo cual se considerará como una causal de terminación anticipada y se dejará de pagar la tarifa a partir de la fecha y hora de realizada dicha notificación. No obstante la terminación anticipada que se de al presente contrato, PEMEX REFINACION tiene la obligación de continuar las gestiones ante los aseguradores de casco y maquinaria hasta la conclusión del reclamo que se presente.

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En caso de que el BUQUE sea declarado formalmente extraviado por la Autoridad competente, éste Arrendamiento se dará por terminado y la tarifa dejará de pagarse al mediodía del día en que se supo de él por última vez. No obstante la terminación anticipada que se de al presente contrato, PEMEX REFINACION tiene la obligación de continuar las gestiones ante los aseguradores de casco y maquinaria hasta la conclusión del reclamo que se presente. El NAVIERO establecerá el valor del BUQUE con base a un avalúo comercial, el cual deberá hacerlo del conocimiento de PEMEX-REFINACIÓN desde el inicio del presente contrato. Dicho valor puede actualizarse durante la vigencia del presente contrato, siempre y cuando el NAVIERO lo acredite con un nuevo avalúo. En dichos supuestos, PEMEX-REFINACIÓN concederá al NAVIERO la posibilidad de sustituir la embarcación, conforme a la cláusula denominada AVISO DE CAMBIO DE PROPIETARIO O SUSTITUCIÓN DEL BUQUE, sujeto a la aprobación e inspección de PEMEX REFINACIÓN, para verificar que el BUQUE sustituto cumpla con las especificaciones establecidas en el Anexo 1 del presente contrato. 21. NAUFRAGIO. En caso de que el BUQUE llegase a naufragar y/o se convierta en una obstrucción para la navegación, PEMEX REFINACIÓN mantendrá a salvo al NAVIERO contra cualquier responsabilidad que se derive de esta circunstancia. 22. SALVAMENTO. Toda contribución monetaria por salvamento será para PEMEX REFINACIÓN, después de deducir, a favor del NAVIERO las reparaciones de daños y cualquier otra pérdida que haya sufrido el BUQUE como resultado del servicio de salvamento, que en todo caso constituirá el primer cargo en dicha contribución monetaria. 23. AVERÍA COMÚN O GRUESA. Las Averías Comunes o Gruesas se ajustarán de acuerdo a las Reglas de York y Amberes de 2004 de Vancouver Canadá al momento de la declaración de la Avería Gruesa o Común. Los ajustadores para la determinación de las Averías Gruesas serán nominados a través de los aseguradores de PEMEX REFINACIÓN. El NAVIERO no contribuirá a la avería gruesa. 24. CAUSAS DE CASO FORTUITO O FUERZA MAYOR. Se entiende por caso fortuito o causa de fuerza mayor, aquellos hechos o acontecimientos ajenos a la voluntad de las partes, siempre y cuando, dichos hechos o acontecimientos sean imprevisibles, irresistibles, insuperables y actuales y no provengan de alguna negligencia o provocación del NAVIERO, tales como los que a continuación se señalan de manera MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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enunciativa más no limitativa: terremotos, incendios, inundaciones, ciclones o huracanes, huelgas o paros no imputables a la administración de la empresa del NAVIERO, actos terroristas, estado de sitio, levantamiento armado, alborotos públicos, escasez en el mercado de materias primas que incidan directamente con el objeto del presente contrato y otras causas imputables a la autoridad. Cualquier causa deberá ser de dominio público, o bien, deberá acreditarse plenamente ante PEMEX REFINACIÓN. En caso de que cualquiera de las partes de este instrumento se encuentre total o parcialmente incapacitada, por causa de caso fortuito y/o fuerza mayor, de llevar a cabo o cumplir con sus obligaciones bajo éste Contrato, dicha parte notificará, a la otra, por escrito los detalles del caso fortuito y/o fuerza mayor a la otra parte, dentro de las 24 horas siguientes a partir de que se tenga conocimiento del evento de caso fortuito o fuerza mayor, situación que deberá ser acreditada por el NAVIERO dentro de los 10 días naturales siguientes a la notificación de dichos eventos, mismos que podrán ser verificados por PEMEX-REFINACIÓN, o bien, si el BUQUE no está listo para iniciar el Contrato por causas imputables al NAVIERO. En tales supuestos las partes podrán dar por terminado anticipadamente el presente Contrato. Ninguna de las partes, será responsable ante la otra por los gastos incurridos como resultado del retraso o falla en cumplimiento del trabajo causado por un evento de caso fortuito o fuerza mayor. 25. VICIOS OCULTOS. PEMEX REFINACIÓN podrá reclamar al NAVIERO los vicios ocultos que se detecten en el BUQUE, su maquinaria o equipos, dentro de los siguientes seis meses después de la entrega, y el NAVIERO será responsable por las reparaciones o renovaciones ocasionadas por éstos. 26. SEGUROS Será de la exclusiva competencia de PEMEX REFINACIÓN contar con las pólizas correspondientes para mantener asegurado el buque tanque objeto de este contrato, de conformidad con las estrategias de Petróleos Mexicanos en materia de seguros. Pemex Refinación reconoce expresamente el alcance de las obligaciones establecidas en los Artículos 115 y 117 de la Ley de Navegación y Comercio Marítimos” 27. GARANTÍAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO.

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En caso de que el NAVIERO opte por garantizar el cumplimiento del Contrato mediante Póliza de Fianza, aplica el siguiente texto: FIANZA RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. A fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, EL NAVIERO presentará a PEMEX REFINACIÓN, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, póliza de fianza que se constituirá por el 10 % que corresponda del monto total por erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y por la vigencia de éste y deberá ser renovada en cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo, el o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán emitirse con un período de cobertura de un año, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante. La póliza de fianza y los documentos modificatorios deberán ser otorgados por institución de fianzas debidamente autorizada por el Gobierno Federal y a favor de PEMEX REFINACIÓN, en el caso de que EL NAVIERO no cumpla con la entrega de la garantía o sus documentos modificatorios, PEMEX REFINACIÓN podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. La fianza se expedirá por un periodo de vigencia concordante con el primer ejercicio fiscal de que se trate y con inicio a partir de la fecha de entrada en vigor del contrato. La afianzadora se obligará a otorgar, en la fecha de expiración del plazo de vigencia de la primera fianza otorgada, un documento modificatorio adicional que prorrogue dicha vigencia por un año más, así como, al vencimiento de este último plazo, la institución de fianzas se obliga a expedir, por anualidad y en rigurosa secuencia, los documentos modificatorios subsiguientes que prorroguen la vigencia de la fianza original hasta (término de la vigencia contractual), por lo que expresa su plena conformidad para que, en caso de que EL NAVIERO se abstenga de entregar en tiempo el documento modificatorio correspondiente, se haga efectiva la fianza en su última vigencia, dentro del plazo de diez meses que cada documento modificatorio deberá contemplar para hacerse efectivo oportunamente. Cada uno de los documentos modificatorios que se emitan, deberá expresar en su texto que, con excepción de la modificación consistente en la actualización de vigencia y monto, la afianzadora se obligará a continuar garantizando el contrato principal, en los mismos términos y condiciones que asumió la responsabilidad en la fianza original, respecto de la cual, el documento modificatorio es conjunto, solidario e inseparable. En el evento de que la afianzadora no expida el documento de actualización de vigencia y monto correspondiente a la anualidad por iniciar, reconocerá que el coafianzamiento que pudiera originarse no implicaría novación de la responsabilidad garantizada por la institución, por lo que se obligará a abstenerse de oponer como excepción de pago en caso de reclamación, cualquiera que se pretendiera fundamentar en la causal indicada.

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En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, EL NAVIERO se obliga a entregar a PEMEX REFINACIÓN el endoso o documento modificatorio de la fianza de cumplimiento otorgada originalmente a la firma del convenio modificatorio respectivo, debiendo contener el documento modificatorio de la póliza en cuestión, la estipulación de que es conjunto, solidario e inseparable de la fianza inicialmente presentada, en el caso de que EL NAVIERO no cumpla con la entrega del documento modificatorio, PEMEX REFINACIÓN podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. EL NAVIERO manifiesta expresamente lo siguiente: (A) Su conformidad en hacer entrega al vencimiento del plazo de vigencia establecido en la fianza, del documento modificatorio adicional que prorrogue dicha vigencia por un año más, así como de los subsiguientes documentos que garanticen la ampliación para cada año de vigencia del contrato hasta su conclusión, el (término de la vigencia contractual), en la inteligencia de que deberá prever que la emisión de cada documento se efectúe precisamente en la fecha de vencimiento del anterior, cuidando que todos observen una puntual anualidad y se expidan en rigurosa secuencia cada uno respecto de otro. (B) Su consentimiento liso y llano para que en caso de que omita hacer entrega en tiempo a PEMEX REFINACIÓN del documento modificatorio correspondiente a la vigencia que deba iniciar de conformidad con lo estipulado en el contrato garantizado, se proceda en consecuencia a hacer efectiva la fianza en términos de la última vigencia que hubiera sido otorgada. (C) Su voluntad de que en caso de que existan créditos a su favor contra Pemex Refinación, se desistirá del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorgará su consentimiento expreso para que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones debidamente comprobadas que deriven del contrato se haga efectiva la garantía otorgada, así como cualquier otro saldo a favor de Pemex Refinación, en relación con el presente contrato. (D) Su conformidad de que la fianza se pagará independientemente de que se interponga cualquier tipo de recurso ante instancias del orden administrativo o no judicial. (E) Su conformidad para que la fianza que garantice el cumplimiento del contrato adjudicado, permanezca vigente durante la substanciación de todos los procedimientos judiciales o arbitrales y los respectivos recursos que se interpongan con relación a dicho contrato, hasta que sea dictada resolución definitiva que cause ejecutoria por parte de la autoridad o tribunal competente. (F) Su conformidad en obligarse conjuntamente con su afianzadora a abstenerse de oponer en caso de reclamación, y con fundamento en la facultad que le concede el artículo MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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118 bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, la excepción de subjudicidad si ésta no satisface rigurosamente los requisitos que deberán ser aceptados como obligatorios de acreditar por parte de la afianzadora para que esta excepción pueda ser considerada como debidamente justificada ante PEMEX REFINACIÓN, así como a que en éste último supuesto, la institución de fianzas entere el pago de la cantidad procedente en el día hábil inmediato subsecuente al vencimiento del plazo de treinta días naturales que le concede el artículo 93 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para resolver sobre la procedencia del reclamo. Los requisitos que deberán ser aceptados como obligatorios de acreditar por parte de la Afianzadora para oponer la excepción de litispendencia o subjudicidad son: -Que exhiba copia de la demanda dentro del plazo de 30 días naturales siguientes a la integración de la reclamación. -Que la demanda interpuesta por el fiado señale como documento fundatorio de la acción que ejercita el mismo contrato que garantiza. -Que la demanda se refiera a las mismas prestaciones y hechos que dieron origen a la exigibilidad de la obligación garantizada. (G) Su aceptación para que la fianza de cumplimiento permanezca vigente hasta que las obligaciones garantizadas hayan sido cumplidas en su totalidad a satisfacción de PEMEX REFINACIÓN, en la inteligencia que la conformidad para la liberación deberá ser otorgada mediante escrito suscrito por PEMEX REFINACIÓN. (I) Su conformidad en que la reclamación que se presente ante la afianzadora por incumplimiento de contrato, quedará debidamente integrada con la siguiente documentación: 1.- Reclamación por escrito a la Institución de Fianzas. 2.- Copia de la póliza de fianza y sus documentos modificatorios, en su caso. 3.- Copia del contrato garantizado y sus anexos, en su caso. 4.- Copia del documento de notificación al fiado de su incumplimiento. 5.- Cuantificación del incumplimiento. En caso de propuestas conjuntas, la fianza de cumplimiento del contrato se presentará en un solo instrumento en que la afianzadora exprese que asume frente a PEMEX REFINACIÓN, una responsabilidad única por todos los integrantes. CASOS EN QUE APLICARA LA FIANZA QUE GARANTIZA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO: La fianza de cumplimiento del contrato, se podrá hacer efectiva por PEMEX REFINACIÓN, cuando se presente de manera enunciativa y no limitativa alguno de los siguientes casos: MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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a).- Cuando EL NAVIERO incumpla con cualquiera de las obligaciones que deriven del contrato. b).- Cuando se rescinda el contrato por causas imputables Al NAVIERO. CUANDO EL NAVIERO OPTE POR GARANTIZAR EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO MEDIANTE CARTA DE CRÉDITO IRREVOCABLE STAND BY, APLICARÁ EL SIGUIENTE TEXTO. CARTA DE CRÉDITO STANDBY RELACIONADA AL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. El NAVIERO, a fin de garantizar el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato, presentará a PEMEX REFINACIÓN, a más tardar dentro de los diez días naturales siguientes a la firma del contrato, o el día hábil inmediato anterior al vencimiento del plazo señalado en este párrafo, Carta de Crédito Standby por una institución bancaria autorizada para operar en territorio mexicano, la que se constituirá por el 10% del monto total a erogar en el ejercicio fiscal de que se trate y por la vigencia de éste más noventa días naturales adicionales y deberá ser renovada cada ejercicio por el monto a erogar en el mismo. El o los documentos sustitutivos o modificatorios deberán emitirse con un período de cobertura de un año más noventa días naturales adicionales, salvo el último que deberá emitirse por el plazo restante más noventa días naturales adicionales a favor de PEMEX REFINACIÓN; en el caso de que el NAVIERO no cumpla con la entrega de la presente garantía y sus documentos sustitutivos o modificatorios, PEMEX REFINACIÓN podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. La Carta de Crédito Standby que garantiza el debido cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato y sus documentos modificatorios, se deberán otorgar en estricto apego a los documentos Nos. 11 y 11-A y deberán entregarse en original en el domicilio siguiente: _________________________________________________________________________. En el caso de cualquier modificación al monto o al plazo pactado en el contrato y/o sus anexos, el NAVIERO se obliga a entregar a PEMEX REFINACIÓN, a la firma del convenio respectivo, el documento modificatorio en original de la Carta de Crédito Standby otorgada inicialmente que garantiza el cumplimiento, en el caso de que el NAVIERO no cumpla con la entrega del documento modificatorio PEMEX REFINACIÓN podrá determinar la rescisión administrativa del contrato. El NAVIERO manifiesta expresamente: (A) Su voluntad de que en caso de que existan créditos a su favor contra PEMEX REFINACIÓN, se desiste del derecho a compensar que le concede la legislación sustantiva civil aplicable, por lo que otorga su consentimiento expreso para que en el supuesto de MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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incumplimiento de las obligaciones que deriven del contrato, se hagan efectivas las garantías otorgadas, así como cualquier otro saldo a favor de PEMEX REFINACIÓN. (B) Que reconoce que en el supuesto de incumplimiento de las obligaciones que deriven de este contrato, se hará efectiva la Carta de Crédito Standby otorgada, parcial o totalmente. (C) Que reconoce que la Carta de Crédito Standby expedida para garantizar el cumplimiento del contrato, será pagada una vez que se actualicen las condiciones contractuales que la hagan exigible, con entera desvinculación de cualquier circunstancia que pudiera generar una excepción de pago distinta a aquélla que se origine en inconsistencias o deficiencias del propio documento que se hace efectivo, por lo que cualquier excepción que pudiese eventualmente señalarse como conexa, carecería de eficacia para desvirtuar la legitimidad de la gestión de cobro. La(s) garantía(s) a que se refiere ésta Cláusula deberá(n) entregarse en la Ventanilla Única de la Superintendencia de Administración de Recursos de la Gerencia de Recursos Materiales, ubicada en el piso 5, en Av. Ejercito Nacional No. 216, Col. Anzures, C.P. 11590, México, D.F., de las 09:00 a las 14:00 y de 16:00 a 18:00 hrs., en días hábiles. 28. PROHIBICIÓN DE GRAVAMEN E INDEMNIZACIÓN. PEMEX REFINACIÓN acuerda fijar en el BUQUE, en un lugar visible, durante la vigencia del presente Contrato, un aviso que diga lo siguiente: Este BUQUE es propiedad de ____________, y se encuentra bajo Contrato de Arrendamiento _________ y, por los términos del Contrato de Arrendamiento, ni PEMEX REFINACIÓN ni el Capitán tienen ningún derecho, facultad o autoridad para crear ningún gravamen de ninguna naturaleza sobre el BUQUE, ni incurrir en ninguno, ni permitir que se imponga al mismo. PEMEX REFINACIÓN mantendrá a salvo al NAVIERO contra cualquier gravamen objeto de la explotación del BUQUE por parte de PEMEX REFINACIÓN durante la vigencia del presente Contrato, mientras él mismo se encuentre bajo el control de PEMEX REFINACIÓN; y contra cualesquiera reclamaciones contra el NAVIERO, que surjan de la operación del BUQUE por PEMEX REFINACIÓN o con relación a dicha operación. En caso de que el BUQUE sea arraigado por motivo de reclamaciones o gravámenes que surjan de la operación, en términos de éste Contrato, PEMEX REFINACIÓN tomará, a su costo todas las medidas razonables para asegurar que, a la brevedad posible se libere al BUQUE y deberá otorgar carta garantía para asegurar la liberación del BUQUE. 29. CAUSALES DE RESCISIÓN. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Las partes convienen en que el Contrato podrá ser rescindido en caso de incumplimiento y al respecto aceptan que cuando PEMEX REFINACIÓN sea quien determine rescindirlo, dicha rescisión operará de pleno derecho y sin necesidad de declaración judicial, conforme al procedimiento establecido en la cláusula denominada PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN. Las causas que pueden dar lugar a la rescisión administrativa del Contrato por parte de PEMEX REFINACIÓN en forma enunciativa más no limitativa, son las siguientes: (1) Si el BUQUE no cumple con las especificaciones y calidades pactadas. (2) Si el NAVIERO incumple con los plazos pactados para la entrega del BUQUE. (3) Si el NAVIERO agota el monto límite de aplicación de penas convencionales o deducciones. (4) Si el NAVIERO es declarado en concurso mercantil o de acreedores o en cualquier situación análoga que afecte su patrimonio y le impida cumplir con las obligaciones derivadas del presente contrato. (5) Si el NAVIERO en violación de cualquier ley, reglamento o disposición gubernamental, está imposibilitado para continuar el objeto del Contrato. (6) Si el NAVIERO tiene socios extranjeros y éstos invocan la protección de otro país en relación con éste Contrato. (7) Si el NAVIERO cede sus derechos de cobro derivados del Contrato, sin sujetarse a la autorización previa y por escrito de PEMEX REFINACIÓN. (8) Si el NAVIERO cambia de nacionalidad. (9) Si el NAVIERO no entrega la garantía de cumplimiento del Contrato dentro del plazo establecido en la Cláusula denominada GARANTÍAS PARA EL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO de éste Contrato. (10) Si el NAVIERO antes del vencimiento pactado en el Contrato, manifiesta por escrito su imposibilidad para concluir con el mismo. (11) Si el NAVIERO cambia la bandera mexicana del BUQUE. (12) Si el NAVIERO hipoteca o grava el BUQUE sin la autorización previa y por escrito de PEMEX REFINACIÓN durante la vigencia del presente contrato. (13) En general, por el incumplimiento por parte del NAVIERO a cualesquiera de las obligaciones derivadas de éste Contrato, a las leyes y reglamentos aplicables. En caso de incumplimiento del NAVIERO a cualquiera de las obligaciones del Contrato, PEMEX REFINACIÓN podrá optar entre (i) exigir el cumplimiento del mismo y el pago de las penas convencionales por el atraso en el cumplimiento de su obligación, o (ii) declarar la rescisión administrativa conforme al procedimiento que se señala en la Cláusula 29 y hacer efectiva la garantía otorgada, sin menoscabo de que PEMEX REFINACIÓN pueda ejercer las acciones judiciales que procedan. Si el NAVIERO es quien decide rescindirlo, será necesario que acuda ante la autoridad judicial y obtenga la declaración correspondiente. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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30. PROCEDIMIENTO DE RESCISIÓN ADMINISTRATIVA DEL CONTRATO. El procedimiento de rescisión administrativa del contrato se iniciará a partir de que al PROVEEDOR le sea comunicado por escrito el incumplimiento en que haya incurrido, para que en un término de cinco días hábiles exponga lo que a su derecho convenga y aporte, en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Transcurrido el término a que se refiere el párrafo anterior, PEMEX REFINACION resolverá considerando los argumentos y pruebas que, en su caso, hubiere hecho valer el NAVIERO. La determinación de dar o no por rescindido el contrato, deberá ser debidamente fundada, motivada y comunicada al NAVIERO dentro de los quince (15) días hábiles siguientes al vencimiento del plazo a que se refiere el primer párrafo o contados a partir del día siguiente de recibida la contestación del NAVIERO dentro de dicho plazo. Cuando se rescinda el contrato PEMEX REFINACION formulará el finiquito correspondiente, dentro de los treinta días naturales siguientes a la fecha en que se notifique la rescisión. Si previamente a la determinación de dar por rescindido administrativamente el presente contrato, el NAVIERO concluyere con la ejecución de los servicios, el procedimiento quedará sin efecto, sin perjuicio de que PEMEX REFINACION pueda aplicar las penas establecidas en la cláusula correspondiente de este contrato. Se podrá negar la recepción de los servicios una vez iniciado el procedimiento de rescisión administrativa del contrato, cuando el incumplimiento del NAVIERO implique que se extinga para PEMEX REFINACION la necesidad de la contratación de los servicios, por lo que en este supuesto, PEMEX REFINACION determinará la rescisión administrativa del contrato y hará efectiva la garantía de cumplimiento. En caso de que PEMEX REFINACION decida no dar por rescindido el contrato, se deberá establecer con el NAVIERO otro plazo que le permita subsanar el incumplimiento que hubiere motivado el inicio del procedimiento, debiéndose celebrar un convenio en términos de los dos últimos párrafos del artículo 52 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público. De actualizarse el penúltimo párrafo del artículo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, PEMEX REFINACION podrá recibir los servicios, previa verificación de que continúa vigente la necesidad de los mismos y se cuenta con partida y disponibilidad presupuestaria del ejercicio fiscal vigente, en cuyo caso, mediante Convenio se modificará la vigencia del presente contrato con los precios originalmente pactados. Cualquier pacto en contrario se considerará nulo. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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31. PENAS CONVENCIONALES Y DEDUCCIONES De conformidad con el artículo 64 del Reglamento de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, el pago del Arrendamiento y de la Póliza Integral de Mantenimiento del BUQUE quedarán condicionados, proporcionalmente al pago que el NAVIERO deba efectuar por concepto de penas convencionales, en el entendido de que en el supuesto de que sea rescindido el presente Contrato, no procederá el cobro de dichas penalizaciones ni la contabilización de las mismas para hacer efectiva la garantía de cumplimiento. Los supuestos que originan penas convencionales son los siguientes: (i) Que el BUQUE no arribe en la ventana de entrega solicitada en la cláusula denominada ENTREGA DEL BUQUE y/o no esté listo para iniciar el plazo de ejecución del Contrato por causas imputables al NAVIERO, en cuyo caso se hará acreedor a una pena convencional en razón del costo diario de arrendamiento pactado en la cláusula MONTO Y PAGO DE LA TARIFA, por cada día, prorrata por hora o fracción de atraso, salvo que la causa sea de caso fortuito o fuerza mayor. (ii) Que en caso de sustitución del BUQUE, el buque sustituto no sea entregado en forma simultánea como se estipula en la cláusula AVISO DE CAMBIO DE PROPIETARIO O SUSTITUCIÓN DEL BUQUE del presente Contrato por causas imputables a EL NAVIERO, en cuyo caso se hará acreedor a una pena convencional en razón de la TARIFA DIARIA pactado en la Cláusula MONTO Y PAGO DE LA TARIFA, por cada día, prorrata por hora o fracción de atraso, salvo que la causa sea de caso fortuito o fuerza mayor. El monto de las penas convencionales se aplicará hasta el límite del 10% del monto total del Contrato. En caso de aplicación de penas convencionales, el NAVIERO deberá acompañar a sus facturas, los comprobantes fiscales (factura de servicios con requisitos fiscales) por concepto de las penas convencionales a que se haya hecho acreedor. En caso de que el NAVIERO cumpla de manera parcial o deficiente con las obligaciones establecidas en el contrato se hará acreedor a las deducciones y/o penas convencionales establecidas en el anexo 9 del mismo. 32. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS.

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En caso de que surja cualquier tipo de controversia durante la vigencia del presente Contrato, ambas partes deberán someterse al siguiente procedimiento de solución de controversias: (1) La parte inconforme deberá presentar su reclamo por escrito a la otra parte inmediatamente después a que hayan acontecido los actos u omisiones que dieron lugar a su reclamo, describiendo claramente y soportando documentalmente el mismo. Adicionalmente, la parte inconforme deberá designar en dicho escrito a una persona para solucionar la controversia en su representación, de conformidad con lo dispuesto en ésta Cláusula. (2) Dentro del término de 10 (diez) días hábiles siguientes a que la otra parte haya recibido la notificación del reclamo, ésta deberá presentar su contestación, soportando documentalmente la misma. Adicionalmente, dicha parte deberá designar en su contestación a una persona para solucionar la controversia en su representación, de conformidad con lo dispuesto en ésta Cláusula. (3) Dentro del término de 15 (quince) días hábiles siguientes a que la parte inconforme haya recibido la contestación, las personas designadas por las partes, en su representación, deberán reunirse cuantas veces sean necesarias (levantando una minuta por cada reunión, misma que deberá ser firmada por las personas designadas y por las demás personas que pudieran intervenir), en el lugar que acuerden conjuntamente, con el reclamo y su soporte documental, con la contestación y su soporte documental, y en general, con toda la información que tengan en su posesión y que tenga relación con la controversia en cuestión. Lo anterior, con la finalidad de que las personas designadas por las partes, en su representación, puedan solucionar conjunta y extra judicialmente la controversia a fin de prevenir y disminuir el riesgo de pérdida o menoscabo en los intereses y patrimonio de ambas partes. Para el caso de que se llegue a una solución de la controversia, las partes están de acuerdo en que la solución que se tome será final y obligatoria, comprometiéndose a cumplimentarla en su totalidad en los términos y tiempos que se hayan acordado para tal efecto. Todos los costos, demoras y/o fletes que se originen como consecuencia de la controversia en cuestión también deberán ser contemplados en la solución que se acuerde conjuntamente por las partes. En el momento en que surja la controversia respectiva, y siempre que esté relacionada con un siniestro o accidente, PEMEX REFINACIÓN tendrá la obligación de dar aviso a su aseguradora sobre el particular. Para el caso de que no se llegue a una solución de la controversia: (a) Si se trata de una controversia técnica las partes se someterán a lo establecido en la cláusula PERITO INDEPENDIENTE del presente Contrato.

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(b) Si se trata de cualquier otro tipo de controversia las partes dejan a salvo sus derechos para hacerlos valer posteriormente ante las instancias judiciales correspondientes, si así conviene a sus intereses. 33. PERITO INDEPENDIENTE. En caso de que surja alguna controversia técnica entre las partes, éstas deberán presentar dicha disputa al perito independiente seleccionado de conformidad con ésta Cláusula, mismo que deberá determinar que la controversia efectivamente resulta ser de naturaleza eminentemente técnica. La parte que desee someter la controversia para que sea decidida por un perito independiente, deberá notificárselo a la otra parte y sugerirle tres candidatos de los establecidos en la lista del Anexo 6 del presente contrato, la parte notificada deberá seleccionar al perito independiente de entre los candidatos sugeridos, y cuando se tenga respuesta, la parte promotora de la controversia deberá notificar, al perito independiente seleccionado, su designación. Si la parte notificada no cumple con seleccionar al perito independiente dentro de los siete días naturales siguientes a la recepción de la notificación, la parte promotora de la controversia seleccionará al perito independiente de la lista del Anexo 6 y notificará su nombramiento, tanto al perito como a la otra parte. Las partes deberán entregar al perito independiente seleccionado la información que éste requiera, y que tengan en su posesión, relacionada con la controversia técnica en cuestión. El perito independiente, podrá tener una o más reuniones con las partes (conjuntamente), para establecer los puntos específicos en controversia y podrá solicitar la información adicional necesaria. El perito independiente deberá emitir su decisión dentro de los treinta días naturales siguientes contados a partir de la fecha en que fue seleccionado, a menos que las partes acuerden otro plazo. La decisión del perito independiente será final y obligatoria para las partes, excepto en caso de error manifiesto, fraude o mala fe, dejando a salvo sus derechos para hacerlos valer en la vía judicial correspondiente. Los honorarios del perito independiente serán cubiertos inicialmente por quien promueva el peritaje, concluido éste, el importe total de los mismos será cubierto por las partes en la proporción que determine el perito, en función a su contribución a la materia de la controversia. Con el propósito de evitar que el cumplimiento del dictamen emitido por el périto independiente no sea ejecutado por las partes, el perito independiente determinará un término para su ejecución, que deberá ser cumplido por las partes según corresponda. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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En el supuesto de que el perito independiente determine que la controversia planteada no resulta ser de naturaleza eminentemente técnica, todos los costos del perito independiente estarán a cargo de la parte promotora de la controversia. 34. FUENTES DE FINANCIAMIENTO. El NAVIERO reconoce que Petróleos Mexicanos, sus Organismos Subsidiarios o cualquier entidad financiera y/o filial que éste designe para tal efecto, podrán hacer uso de recursos provenientes de financiamiento, con el objeto de financiar los pagos que deriven del presente contrato. El NAVIERO conoce y se obliga a informar oportunamente a sus proveedores y/o subcontratistas, sobre los requisitos relacionados con la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, para garantizar el cumplimiento de lo establecido en esta cláusula. La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Anexo ___, en la inteligencia de que PEMEX-REFINACIÓN podrá solicitar al NAVIERO cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el NAVIERO se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX-REFINACIÓN, inmediatamente después de que el NAVIERO tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato. El NAVIERO se obliga a entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, la cual se deberá presentar de conformidad con los requisitos establecidos en el Anexo ___ denominado “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, siguiendo para tal efecto las instrucciones y formatos específicos vigentes que se contienen en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” que le fue entregado previo a la firma de este contrato. El Instructivo vigente, a que se refiere esta cláusula, también se encuentra disponible en la siguiente página de Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion). El NAVIERO deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-REFINACIÓN, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el NAVIERO debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato. PEMEX-REFINACIÓN no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el NAVIERO MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. PEMEX-REFINACIÓN podrá solicitar al NAVIERO cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. De la misma forma, el NAVIERO acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX-REFINACIÓN le indique oportunamente. 35. SUPERVISIÓN. La supervisión del presente contrato será en los términos y condiciones establecidos en el Anexo 9 del presente contrato.

La supervisión de los servicios que realice PEMEX REFINACION no liberará al NAVIERO del cumplimiento de sus obligaciones contraídas en el contrato, en el entendido de que el ejercicio de esta facultad no será considerada como aceptación tácita o expresa de los servicios, ni liberará al NAVIERO de las obligaciones adquiridas en este contrato. De conformidad con los artículos 57 y 58 de la Ley, la Secretaría de la Función Pública, podrá realizar las visitas e inspecciones que estime necesarias así como verificar la calidad y las especificaciones de los Servicios amparados en este contrato, pudiendo solicitar a PEMEX REFINACION y al NAVIERO todos los datos e informes relacionados con los actos de que se trate. 36. DOMICILIO PARA OÍR Y RECIBIR TODO TIPO DE NOTIFICACIONES. Para los efectos del presente contrato, las partes señalan como su domicilio convencional los siguientes: PEMEX-REFINACIÓN (dirección completa)

Por el NAVIERO (dirección completa)

Número de Fax:

Número de Fax:

ATENCIÓN: _______________

ATENCIÓN: _______________

El NAVIERO se obliga a notificar cualquier cambio en su domicilio y acepta que las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realicen en los siguientes términos: MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Por escrito entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula. Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio. Por correo certificado con acuse de recibo. Por medios electrónicos. Asimismo el NAVIERO acepta que en caso de incumplir con la obligación de informar su cambio de domicilio, y una vez que obre constancia fehaciente emitida por autoridad jurisdiccional o fedatario público en el expediente formado con motivo de la contratación, de que no se encuentra en el domicilio convencional, reconoce como válidas las notificaciones que se fijen en la ventanilla única de pago a proveedores de PEMEX-REFINACIÓN, aceptando expresamente que la notificación realizada por dicho medio será legal y surtirá sus efectos al día siguiente de su fijación en dicho lugar. Las notificaciones y avisos relacionados con el presente contrato se realizarán a PEMEXREFINACIÓN en los siguientes términos: a) Por escrito con acuse de recibo de PEMEX-REFINACIÓN entregado en el domicilio convencional señalado en esta cláusula. b) Vía fax con confirmación de recepción por el mismo medio. c) Por correo certificado con acuse de recibo. d) Por medios electrónicos con acuse de recibo. 37. CONFIDENCIALIDAD. Toda la información que resulte de la ejecución de este contrato así como la que PEMEXREFINACIÓN, le proporcione al NAVIERO, incluyendo información técnica y/o comercial, será considerada por el mismo como información reservada en términos de los artículos 13 y 14 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, y por tanto, no deberá usar dicha información para cualquier otro propósito distinto que no sea paral cumplimiento de las obligaciones del NAVIERO, absteniéndose de divulgar dicha información por cualquier medio como lo son en forma enunciativa más no limitativa, las publicaciones, conferencias o bien proporcionarse a cualquier tercero sin el consentimiento previo y por escrito de PEMEX-REFINACIÓN. El NAVIERO deberá señalar los documentos que entrega a PEMEX-REFINACIÓN que contengan información confidencial, reservada, o comercial reservada siempre que tenga el derecho de reservarse la información de conformidad con las disposiciones aplicables, y salvo aquella información que sea del dominio público, que sea divulgada por causas ajenas a PEMEX-REFINACIÓN, por disposición legal u orden judicial, la que esté en posesión de una de las partes antes de recibirla la otra, sea recibida legalmente por un tercero sin la obligación de confidencialidad, o bien, sea dada a conocer por la aplicación de una ley y que por tanto esté obligada a revelar. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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38. CESIÓN. En ningún caso los derechos derivados de éste Contrato, podrán ser cedidos total o parcialmente en favor de otras personas físicas o morales distintas de aquella a la que se le hubiere adjudicado el Contrato, con excepción de los derechos de cobro en cuyo caso se deberá contar con la conformidad previa y por escrito de PEMEX REFINACIÓN. 39. MODIFICACIONES AL CONTRATO. PEMEX REFINACIÓN podrá acordar con el NAVIERO por razones fundadas y explicitas respecto del Contrato vigente, el incremento en la vigencia del Contrato, siempre que el monto total de las modificaciones no rebase, en conjunto, el 20% del monto y del plazo contratado, siempre y cuando la tarifa diaria sea igual a la originalmente pactada y el NAVIERO no se encuentre en incumplimiento. Cualquier modificación al Contrato, deberá ser avalada por el endoso o documento modificatorio de la garantía de cumplimiento que lo garantice, el cual deberá ser entregado a la fecha de firma del convenio respectivo. Cualquier solicitud de modificación que se presente por parte del NAVIERO a las condiciones pactadas deberá tramitarse por escrito exclusivamente ante la Gerencia de Recursos Materiales de PEMEX REFINACIÓN, en el entendido de que cualquier cambio o modificación que no sea autorizada expresamente por el área citada, se considerará inexistente para todos los efectos administrativos y legales del Contrato. La solicitud de modificación no interrumpirá el plazo de ejecución originalmente pactado, salvo que la comunicación, en la que de ser el caso se autorice, exprese lo contrario. En términos de lo establecido en el artículo 52 de la Ley, no procederá ningún cambio que implique otorgar condiciones más ventajosas comparadas con las establecidas originalmente. 40. TERMINACIÓN ANTICIPADA. PEMEX REFINACION podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, cuando concurran razones de interés general, o bien, cuando por causas justificadas se extinga la necesidad de requerir los servicios originalmente contratados, y se demuestre que de continuar con el cumplimiento de las obligaciones pactadas se ocasionaría un daño o perjuicio a PEMEX REFINACION, o se determine la nulidad total o parcial de los actos que dieron origen al contrato con motivo de la resolución de una inconformidad emitida por la Secretaria de la Función Publica, lo anterior, de conformidad con el articulo 54 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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En este supuesto, PEMEX REFINACION procederá a reembolsar, previa solicitud del PROVEEDOR, los gastos no recuperables en que éste hubiere incurrido, siempre que éstos sean razonables, estén debidamente comprobados y se relacionen directamente con el contrato, los cuales deberán señalarse en el finiquito correspondiente. 41. CONDICIÓN SUSPENSIVA. De conformidad con lo estipulado en el segundo párrafo del artículo 25 de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, este contrato estará sujeto a la disponibilidad presupuestaria del año en que se prevé el inicio de su vigencia, por lo que sus efectos estarán condicionados a la existencia de los recursos presupuestarios respectivos, sin que la no realización de la referida condición suspensiva origine responsabilidad alguna para las partes. Cualquier pacto en contrario a esta cláusula se considerará nulo. 42. RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL. El presente contrato constituye el acuerdo único entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación o comunicación entre éstas, ya sea oral o escrita, anterior a la fecha en que se firme el mismo. Las partes acuerdan que en el caso de que alguna de las cláusulas establecidas en el presente instrumento fuere declarada como nula por la autoridad jurisdiccional competente, las demás cláusulas serán consideradas como válidas y operantes para todos sus efectos legales. El NAVIERO reconoce que los convenios modificatorios y/o de terminación anticipada y/o de suspensión serán suscritos por el servidor público que firma este contrato, o quien lo sustituya o quien esté facultado para ello. El NAVIERO reconoce y acepta que la rescisión administrativa de este contrato podrá llevarse a cabo por el servidor público que lo suscribe o quien esté facultado para ello. 43. RESPONSABILIDAD DE LAS PARTES. EL NAVIERO será el único responsable de la entrega del buque y de las reparaciones o renovaciones a maquinaria o equipos ocasionados por los vicios ocultos señalados en la cláusula denominada VICIOS OCULTOS, así como del cumplimiento de las condiciones establecidas en la Póliza Integral de Mantenimiento que como anexo 9 forma parte de este contrato. Deberá sujetarse a todas las leyes, los reglamentos y ordenamientos de las autoridades competentes en materia de seguridad, protección ecológica y de medio ambiente que rijan en el ámbito federal, estatal o municipal. Las responsabilidades y los daños y perjuicios que resultaren por su inobservancia serán a cargo del NAVIERO. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Las partes reconocen que la responsabilidad por el incumplimiento de sus obligaciones contractuales, no podrá exceder el monto total del contrato, sin perjuicio de la aplicación de las penas por atraso y/o deducciones establecidas en el mismo. Con independencia de lo anterior, los daños y perjuicios que cualquiera de las partes cause a la otra y/o a terceros por su negligencia, dolo o mala fe serán a cargo de la parte que los provoque. Cuando sin negligencia, dolo o mala fe de alguna de las partes se produzcan dichos daños o perjuicios, cada una de ellas soportará los propios sin derecho a indemnización. Se conviene que bajo ningún concepto las partes serán responsables entre sí por daños indirectos de cualquier naturaleza, punitivos o consecuenciales no inmediatos. Cuando alguna de las partes cause un daño y el afectado demande la reparación del mismo a la parte que no se lo causó y así se haya determinado por resolución judicial o administrativa, quien lo causó deberá cubrir las cantidades que la demandada hubiere erogado con motivo de acciones, quejas, demandas, reclamos, juicios, procesos, impuestos, costos y gastos directos e inmediatos, incluyendo honorarios de abogados y costas judiciales, regulados en el arancel correspondiente. 44. ANEXOS. Acompañan y forman parte de integrante de este Contrato los anexos que a continuación se indican, firmados de conformidad por ambas partes. ANEXO 1.- Características y Especificaciones Técnicas de EL BUQUE. ANEXO 2.- Especificaciones de Combustible Intermedio-15 (IFO) y del Diesel Marino Especial (MDO). ANEXO 3.- Formato de Carta de Crédito STANDBY. ANEXO 4.- Relación de Productos Petrolíferos Limpios y Sucios. ANEXO 5.- Formato de Fianza de Cumplimiento. ANEXO 6.- Relación de Peritos. ANEXO 7.- Formato de Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. ANEXO 8.- Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. ANEXO 9.- Póliza Integral de Mantenimiento del BUQUE, con sus documentos denominados Tablas 9-1, 9-2 y 9-3. ANEXO 10.-Reglamento de Labores para el Personal Embarcado de la Flota de Altura de Pemex-Refinación. Así mismo, se considerarán como anexos del presente contrato, los que se pacten en el futuro entre ambas partes, de acuerdo con las estipulaciones de este contrato.

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En caso de cualquier discrepancia entre lo estipulado en el clausulado de este contrato y sus anexos, prevalecerá lo pactado en el contrato. 45. RÉGIMEN JURÍDICO Y JURISDICCIÓN. Este contrato se regirá por las cláusulas que lo integran, por la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público y su Reglamento, Ley de Navegación y su Reglamento, por las demás disposiciones legales aplicables, y supletoriamente por el Código Civil Federal, por la Ley Federal del Procedimiento Administrativo y por el Código Federal de Procedimientos Civiles. Para la interpretación y cumplimiento del presente contrato, así como para todo aquello que no esté expresamente estipulado en el mismo, las partes se someten a la aplicación de las leyes federales de los Estados Unidos Mexicanos, y en caso de controversia se sujetarán a la jurisdicción de los tribunales federales competentes con residencia en la Ciudad de ___________, por lo tanto, el NAVIERO renuncia a cualquier otra jurisdicción o fuero que pudiera corresponderle por razón de su domicilio presente o futuro o por cualquier otra causa. Enteradas las partes del contenido y alcance legal del presente contrato lo firman de conformidad por duplicado en la Ciudad de ________, ___________ el día ____ de _________ de ____. ELABORO: REVISÓ: REVISIÓN TÉCNICA: POR PEMEX REFINACIÓN: REVISIÓN JURÍDICA: POR EL NAVIERO: ESTA HOJA FORMA PARTE DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO, SIN OPCIÓN A COMPRA No. _________, CELEBRADO CON ___.

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DOCUMENTO 14 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. _________________ MODELO DE MANIFESTACIÓN PARA INTEGRAR EL CATÁLOGO DE PROVEEDORES DE LOS SISTEMAS TRANSACCIONALES DE PETRÓLEOS MEXICANOS Y ORGANISMOS SUBSIDIARIOS Información con carácter voluntario De conformidad con el Acuerdo de Estratificación de empresas micro, pequeñas y medianas publicado en el D. O. F. el 30 de diciembre de 2002, a continuación manifiesto lo siguiente, considerando los criterios de tamaño, sector y clasificación por número de empleados: Razón social: ______________________________________________________ Favor de marcar sólo una opción: ¿Pertenece a alguna Cámara?

SI ( )

No ( )

En caso de ser afirmativa la respuesta anterior indicar el nombre de la Cámara: _______________________________________________________________________ ____ Favor de marcar sólo una opción de casilla para definir el “Tamaño de Sector”: Tamaño Sector Microempresa Pequeña Empresa Mediana empresa Gran Empresa

Industria MI 0-10 PI 11-50

Comercio MC 0-10 PC 11-30

Servicios MS 0-10 PS 11-50

EI

EC

ES

GI

51250 >a 251

31100 GC > a 101

51-100

GS > 101

a

Página Internet_____________________________________________________________ (Lugar y fecha) MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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____________________________________________ (Firma) DOCUMENTO 15 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. __________________ MODELO PARA LA MANIFESTACIÓN DE SER PERSONA CON DISCAPACIDAD (PERSONA FÍSICA) O PERSONA MORAL QUE CUENTE CON PERSONAL CON DISCAPACIDAD EN UNA PROPORCIÓN DEL CINCO POR CIENTO CUANDO MENOS DE LA TOTALIDAD DE SU PLANTA DE EMPLEADOS, CUYA ANTIGÜEDAD NO SEA INFERIOR A SEIS MESES; ACOMPAÑADA CON EL AVISO DE ALTA AL RÉGIMEN OBLIGATORIO DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL

(Lugar y Fecha) Pemex Refinación ______________________ ______________________ PRESENTE EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA que participe a través de un representante Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física que suscribe el documento) representante legal de (escribir el nombre de la persona física que participa en la licitación), mismo que lo acredito con: (indicar datos de la personalidad) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representado actúa como licitante en el procedimiento de contratación arriba citado, el cual para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley, se hace de su conocimiento que es una persona con discapacidad decretada desde hace más de seis meses, mismo que lo sustento con: _______________. EN CASO DE SER PERSONA FÍSICA y sea quien suscriba este documento Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física con discapacidad) MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que soy un licitante con discapacidad decretada desde hace más de seis meses, mismo que lo hago de su conocimiento para efectos de lo dispuesto en el segundo párrafo del artículo 14 de la Ley y lo que sustento con: _______________________ EN CASO DE SER PERSONA MORAL Quien suscribe, Sr.(escribir el nombre de la persona física que suscribe el documento) representante legal de (escribir el nombre de la empresa que participa en la licitación), MANIFIESTO BAJO PROTESTA DE DECIR VERDAD, que mi representada cuenta con personal con discapacidad en una proporción del (número y letra) por ciento de la totalidad de su planta de MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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empleados, cuya antigüedad no es inferior a seis meses a partir de ____________, lo que se comprueba con el aviso de alta al régimen obligatorio ante el Instituto Mexicano del Seguro Social. Para efectos de soportar lo dicho en el párrafo que antecede, manifiesto que mi representada cuenta con un total de _____ empleados, , aceptando la responsabilidad que pudiera originarse por la falsedad de esta manifestación.

Protesto lo Necesario. __________________________________________________________ (Nombre y firma de la persona física o del representante legal).

Lo anterior para los fines y efectos a que haya lugar.

ATENTAMENTE

(NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE O APODERADO LEGAL DE LA EMPRESA) NOTA: 1. En el supuesto de que el licitante se trate de una persona física, se deberá ajustar el presente formato en su parte conducente.

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DOCUMENTO 16 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. __________________ DOCUMENTACIÓN REQUERIDA POR LAS FUENTES DE FINANCIAMIENTO 1. Introducción Para llevar a cabo el desarrollo de los programas de operación e inversión de Petróleos Mexicanos, ya sea bajo la modalidad presupuestal de Proyectos de Infraestructura Financiada de Largo Plazo (PIDIREGAS) o bajo el Presupuesto de Egresos de la Federación (PEF), Petróleos Mexicanos o cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto, recurre a los mercados financieros para obtener parcial o totalmente los fondos necesarios para financiar las obligaciones derivadas de la ejecución de dichos proyectos y programas. En este sentido, y dado que para la utilización de ciertos instrumentos financieros se requiere de documentación e información detallada y específica sobre los bienes y/o servicios que se están suministrando y financiando, los Proveedores deben entregar a PEMEX-Refinación, o a quién éste le indique, la documentación e información correspondiente. A esta documentación e información se le denomina “Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento” (“la Documentación”). La participación de los Proveedores en la obtención y presentación de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento es fundamental para la utilización eficiente de estos créditos, lo cual le permite a Petróleos Mexicanos continuar con el desarrollo de sus proyectos, generando más oportunidades de negocio para los Proveedores. El objetivo de este Documento, es el de informar a los Proveedores, de manera general, sobre la Documentación que debe presentar a PEMEX-Refinación, o a quién éste le indique. Adicionalmente, el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”) mismo que les fue proporcionado oportunamente, detalla de manera específica los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo vigente también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion). Es importante señalar que el Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato.

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PEMEX-Refinación no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. El Proveedor debe considerar las acciones necesarias para la obtención y presentación correcta y oportuna a PEMEX-Refinación de la documentación. Asimismo, el Proveedor debe informar, con la debida anticipación, a sus proveedores, y a cualquier otra empresa que le suministre, directa o indirectamente, bienes y/o servicios para el cumplimiento del presente contrato, las obligaciones y sus necesidades de información, a que se refiere el presente, así como a lo indicado en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. La Documentación que debe proporcionar el Proveedor depende del país de origen de los bienes y/o servicios que se suministren y/o utilicen para el cumplimiento del objeto del presente contrato. 2.

Fuentes de Financiamiento

Petróleos Mexicanos puede acceder a diversas fuentes de financiamiento, ya sea directamente, o a través de cualquier entidad financiera y/o filial que Petróleos Mexicanos designe para tal efecto. Estas líneas de crédito constituyen fuentes de financiamiento alternativas a las utilizadas por el gobierno federal, las cuales por ley, deben utilizarse preferentemente. Sobresalen, entre otras en lo que se refiere a la Documentación, las líneas de crédito garantizadas y/o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA´s). 2.1

Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s)

Dado que un porcentaje significativo de los suministros y servicios utilizados en la industria petrolera son de importación, la utilización de este tipo de líneas es fundamental para el desarrollo y continuidad de los proyectos de Petróleos Mexicanos y Organismos Subsidiarios. Es importante señalar que el uso de este tipo de líneas no condiciona a los Proveedores a utilizar bienes y/o servicios de importación; sin embargo, si el Proveedor utiliza bienes y/o servicios importados directa o indirectamente, Petróleos Mexicanos está obligado a financiar el pago de los mismos preferentemente a través de líneas de crédito garantizadas o aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación (ECA’s). Estas líneas son de uso exclusivo para Petróleos Mexicanos. A continuación se incluye, para fines informativos, una relación de las Agencias de Crédito a la Exportación, con las cuales se tiene relación, o con las que potencialmente Petróleos Mexicanos podrá suscribir líneas de crédito.

Nombre

Siglas

País

Export-Import Bank of the United States

Ex-Im Bank

Estados Unidos de América

Export Development Canada Export Credits Guarantee Department Japan Bank for International Cooperation Nippon Export and Investment

EDC ECGD

Canadá Reino Unido

JBIC

Japón

NEXI

Japón

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Insurance Hermes Kreditversicherungs-AG Guarantee Institute for Export Credits Atradius Istituto per i Servizi Assicurativi e il Credito all'Esportazione Compagnie Française d’ Assurance pour le Commerce Extérieur Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, S.A. Export-Import Bank of Korea Export Risk Guarantee Agency Finnvera plc Export Kredit Fonden Oesterreichische Kontrollbank Aktiengesellschaft Exportkreditnamnden Companhia de Seguro de Créditos S.A 3.

HERMES GIEK ATRADIUS

Alemania Noruega Holanda

SACE

Italia

COFACE

Francia

CESCE

España

K-Exim ERG Finnvera EFS

República de Corea Suiza Finlandia Dinamarca

OeKB

Austria

EKN

Suecia

COSEC

Portugal

Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios Mediante esta Cédula, el Proveedor debe proporcionar a PEMEX-Refinación, la información detallada sobre el país de origen de los bienes y/o servicios que se utilicen para dar cumplimiento al objeto del contrato, así como información sobre las personas físicas y/o morales y/o extranjeras que le suministren, directa o indirectamente, dichos bienes y/o servicios. La “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios”, presentada con anterioridad a la firma del presente contrato, se integra al presente contrato como Documento 17, en la inteligencia de que PEMEX-Refinación podrá solicitar a el Proveedor cualquier aclaración o información adicional relativa a la Cédula a que se refiere esta cláusula, durante la vigencia del contrato. Asimismo, en caso de que la información contemplada en dicha Cédula llegara a modificarse durante la vigencia de este contrato, el Proveedor se obliga a hacerla del conocimiento de PEMEX-Refinación, inmediatamente después de que el Proveedor tenga conocimiento de la modificación, lo que no implicará realizar una modificación al presente contrato. La Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios deberá ser requisitada atendiendo las indicaciones contenidas en el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. La información presentada por el Proveedor en dicha Cédula, deberá ser congruente con aquella información técnica y económica incluida en su oferta y en el presente contrato.

4.

Documentación para la Utilización de Líneas de Crédito Garantizadas o Aseguradas por Agencias de Crédito a la Exportación. La Documentación depende del país de origen de los bienes y/o servicios y generalmente consiste en copias o documentos originales de: Facturas, Certificados de Origen, Documentos de Embarque, Evidencias de Pago, Cartas Aclaratorias, Contratos Comerciales, entre otros.

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En las secciones 4.1 a 4.4 del presente documento, se indica, de manera general, la Documentación según el país de donde procedan los bienes y/o servicios. En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, (“el Instructivo”), mismo que les fue proporcionado oportunamente, se detallan, de manera específica, los formatos y documentos que se deben recabar y presentar. El Instructivo también se encuentra disponible en la página Internet de Pemex: (www.pemex.com/proveedores/documentacion). PEMEX-Refinación informará oportunamente a el Proveedor, mediante comunicación oficial, cuál será el (los) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) en donde el Proveedor deberá entregar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento correspondiente a este contrato. El Proveedor deberá presentarse, antes de cada evento de pago, en el(las) área(s) responsable(s) (“Módulo(s) de Financiamiento”) de PEMEX-Refinación, con el fin de proporcionar la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento, que en su caso corresponda. El área responsable (“Módulo de Financiamiento”) emitirá el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o estampará el sello correspondiente, el cual formará parte de la documentación soporte que el Proveedor debe anexar a cada solicitud de pago que presente al amparo de este contrato. PEMEX-Refinación no estará obligado a emitir o entregar el “Comprobante de Seguimiento de Documentación” y/o el sello correspondiente cuando el Proveedor injustificadamente no entregue la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento que corresponda. La Documentación entregada por el Proveedor estará sujeta a la revisión detallada del(de los) Módulo(s) de Financiamiento, de la Dirección Corporativa de Finanzas de Petróleos Mexicanos, de las ECA´s y/o del Banco Agente correspondiente, por lo que, PEMEX-Refinación podrá solicitar a el Proveedor cualquier modificación, aclaración o información adicional relativa a la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento. De la misma forma, el Proveedor acepta que, para ciertos casos, la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento deberá ser entregada a la persona (Banco Agente, Agencia de Crédito a la Exportación, Dirección Corporativa de Finanzas, etc.) que PEMEX-Refinación le indique oportunamente. 4.1.

Documentación para bienes y/o servicios procedentes de los Estados Unidos de América

El Ex-Im Bank de Estados Unidos de América solicita actualmente la siguiente información: „ „ „ „ „ „ „ „ „

Factura Comercial Individual o Factura Maestra (Master Invoice). Certificado del Exportador (Exporter’s Certificate). Certificado de Afiliación (“Affiliation Certificate”). Evidencia de Pago. Evidencia de Transporte. Certificado de Ejecución de Servicios. Certificado de Abanderamiento (en caso de utilizarse transporte vía marítima o renta de embarcaciones). Cartas Aclaratorias, en algunos casos específicos. Otra información necesaria para identificar la procedencia, uso y forma de pago de los bienes y/o servicios.

En el “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”, se incluyen los formatos específicos, instrucciones y ejemplos de los documentos antes mencionados. MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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4.2.

Documentación para bienes y/o servicios procedentes del Canadá

Export Development Canada (“EDC”) solicita la información y documentación siguiente para que Petróleos Mexicanos y/o sus Organismos Subsidiarios puedan hacer uso de los recursos de las líneas de crédito garantizadas por esa Institución: „ „ „ „ „ „

Nombre completo y dirección de los Exportadores canadienses y/o Comercializadores y/o Importadores Mexicanos que utilicen y/o suministren bienes y/o servicios con contenido canadiense. Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones canadienses. Nombre y datos de los contactos. Evidencia de pago al Exportador canadiense. Información adicional y/o evidencia documental razonable que pueda solicitar el EDC.

Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX-Refinación o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. 4.3.

Documentación para bienes y/o servicios procedentes de Europa y Asia

Las ECA’s de los países europeos y asiáticos, regularmente solicitan la información y documentación siguiente: „ „ „ „ „ „ „ „

Copia de los Contratos firmados entre el Exportador y la contraparte. Datos generales del Exportador. Breve descripción de los bienes y/o servicios. Monto estimado de las importaciones. Nombre y datos de los contactos. Certificación de los pagos hechos al Exportador. Información sobre aspectos ambientales. Información adicional y/o evidencia documental razonable, que pueda solicitar la ECA o el Banco Agente.

Es importante señalar que el Proveedor y/o Exportador deberá entregar la información general a PEMEX-Refinación o a quien éste le indique. La información general deberá entregarse antes del embarque de los bienes o del inicio de la prestación de los servicios, según corresponda, de acuerdo al “Instructivo de Petróleos Mexicanos y sus Organismos Subsidiarios para la Entrega de la Documentación Requerida por las Fuentes de Financiamiento”. 4.4.

Documentación para bienes y/o servicios procedentes de otros países, incluyendo México.

Documentación requerida por otros Agentes Financieros y/o Petróleos Mexicanos: „

„

En caso de bienes y/o servicios procedentes de México o regiones diferentes a Estados Unidos, Canadá, Europa y Asia, se requiere básicamente la misma información que para ECA´s de Europa y Asia. Sin embargo, sólo se solicitará caso por caso, después de analizar la información del Anexo denominado Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios. En caso necesario, se podrá solicitar lo siguiente:

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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ƒ ƒ

Mayor información para verificar el origen de los bienes. Copia de las Facturas Comerciales Individuales.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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DOCUMENTO 17 LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL No. __________________ FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ANEXO [número de anexo correspondiente] (1) No. de Contrato :

(2)

Objeto del Contrato : Monto Total del Contrato :

(3) M.N. : USD :

(4) (5)

Parte A.- Bienes y Servicios cotizados en M.N. y de origen nacional (Mexicano) Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio (7)

Marca (8)

Proveedor Directo (9)

Fabricante Nacional (10)

País Origen (11)

Monto (12)

México México Total Parte A: Parte B.- Bienes y Servicios cotizados en MN y de origen extranjero Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio (7)

Marca (8)

Proveedor Directo (9)

Exportador (13)

País Origen (11)

Total Parte B: MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Monto (12)

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Total en M.N. (A+B) :

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MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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FORMATO DE CÉDULA SOBRE EL PAÍS DE ORIGEN DE LOS BIENES Y/O SERVICIOS ANEXO [número de anexo correspondiente] (1) No. de Contrato :

(2)

Objeto del Contrato : Monto Total del Contrato :

(3) M.N. : USD :

(4) (5)

Parte C.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen nacional (Mexicano) Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio (7)

Marca (8)

Proveedor Directo (9)

Fabricante Nacional (10)

País Origen (11)

Monto (12)

México México Total Parte C: Parte D.- Bienes y Servicios cotizados en USD y de origen extranjero. Tipo del Bien y/o Servicio (6)

Descripción del Bien y/o Servicio (7)

Marca (8)

Proveedor Directo (9)

Exportador (13)

País Origen (11)

Total Parte D: [Nombre y Dirección de la Compañía, Teléfono] (15) Total en USD (C+D) :

Firma:

(16)

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007.

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Nombre: Cargo:

(17) (18) Página _____ de ____ Páginas

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DIRECCION CORPORATIVA DE FINANZAS Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios: ANEXO [número de anexo correspondiente] INSTRUCTIVO DE LLENADO (Hoja 1 / 2) DATOS INSTRUCCIÓN (1) Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios ANEXO [número de anexo correspondiente]

(2) No. de Contrato

(3) Objeto del Contrato (4) Monto Total del Contrato M.N.

(5) Monto Total del Contrato USD

(6) Tipo de bien y/o servicio

(7) Descripción del bien y/o servicio

(8) Marca (9) Proveedor Directo

(10) Fabricante Nacional

(11) País de origen

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007

Esta Cédula deberá ser llenada en idioma español y deberá ser entregada tanto en forma impresa como en archivo magnético (hoja de cálculo). Se deberá indicar el identificador del Anexo tal como se denominó la “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” en el contrato. Comúnmente se utiliza la denominación de “Anexo G-1”. La leyenda “número de anexo correspondiente” no deberá incluirse. Se deberá indicar el número de Contrato (legal, SAP o ambos). Utilizar letras mayúsculas en caso de caracteres alfabéticos. Indicar si se trata de un contrato y/o pedido abierto. Se deberá indicar el objeto del contrato en cuestión. Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de México. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo. Indicar el monto total del contrato que fue cotizado en moneda de curso legal de los Estados Unidos de América (dólares) o en cualquier otra moneda extranjera. Utilizar formato de miles separados por comas y decimales separados por punto. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberá indicar el monto mínimo y el monto máximo. Indicar el tipo de bien y/o servicio de cada uno de los conceptos que se detallen en la Cédula, de acuerdo a las siguientes categorías: materiales, equipo de instalación permanente, equipo no permanente, mano de obra, servicios, gastos administrativos, regalías, transferencias, patentes, licencias, utilidad, financiamiento, etc. Dar una breve descripción del bien y/o servicio que se utiliza para dar cumplimiento al objeto del contrato. En cada renglón o registro se deberá incluir la descripción de un bien o servicio específico. Sólo se podrán agrupar conceptos que tengan el mismo Fabricante o Exportador, el mismo País de Origen, el mismo Tipo de bien y/o servicio y la misma moneda de cotización. En el caso de contratos y/o pedidos abiertos se deberán indicar todas las partidas. En el caso que aplique, indicar la (s) marca (s) comercial (es) de los bienes que se detallen en cada renglón (registro) de esta Cédula. Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que suministra directamente al Proveedor, los bienes y/o servicios necesarios para dar cumplimiento al contrato y que se detallan en cada renglón (registro) de esta Cédula. En caso de que el propio Proveedor sea quien suministre los bienes y/o servicios, se deberá indicar el nombre de éste. Cuando se declaren equipos no permanentes se deberá indicar en este rubro el nombre del propietario actual de los mismos. Indicar el nombre de la persona física o moral (empresa) que produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula, y los suministra de forma directa o indirecta al Proveedor. En caso de que el propio Proveedor sea quien produce los bienes y/o realiza los servicios (de origen nacional), se deberá indicar el nombre de éste. Indicar el País de donde proceden los bienes y/o servicios de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. En las secciones A y C se deberá indicar “México”, en la columna correspondiente que se ha incluido únicamente por cuestión de formato. En caso de renta de embarcaciones, se deberá indicar adicionalmente el país de la bandera de la embarcación utilizada.

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(12) Monto

(13) Exportador

Indicar el importe, en M.N., USD u otra moneda extranjera según corresponda, de cada uno de los conceptos que se describen en los renglones (registros) de esta Cédula. Sólo en el caso de contratos y/o pedidos abiertos este valor se podría omitir. Indicar el nombre de la empresa extranjera que exporta de forma directa o indirecta, los bienes y/o servicios (de origen extranjero) descritos en cada renglón (registro) de esta Cédula.

(14) Página _____ de ____ Páginas

Indicar en el primer espacio el número de página correspondiente, y en el segundo espacio el número total de páginas del anexo.

(15) [Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía]

Se deberá indicar nuevamente el nombre completo de la compañía, su dirección y su número telefónico. La leyenda “Nombre, Dirección y Teléfono de la Compañía” no deberá incluirse.

(16) Firma: (17) Nombre:

Firma del funcionario autorizado por la compañía para presentar esta Cédula, de preferencia en tinta azul. Indicar el nombre completo del funcionario firmante.

(18) Cargo:

Indicar el cargo dentro de la compañía del funcionario firmante.

(19)

La suma de las partes A y B deberá ser igual al monto del contrato en pesos. La suma de las partes C y D deberá ser igual al monto del contrato en dólares de los Estado Unidos de América u otra moneda Extranjera.

NB. La leyenda “Cédula sobre el País de Origen de los Bienes y/o Servicios” así como los números de páginas que se encuentran en el pie de página no deberán incluirse.

MODELO DE BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL ARRENDAMIENTO A CASCO DESNUDO SIN OPCIÓN A COMPRA, DE UN BUQUE TANQUE DE DOBLE CASCO, DEL PORTE DE MÍNIMO 40,000 TONELADAS MÉTRICAS DE PESO MUERTO, CON PÓLIZA INTEGRAL DE MANTENIMIENTO, PARA EFECTUAR EL TRANSPORTE DE PRODUCTOS PETROLÍFEROS LIMPIOS Y/O SUCIOS, EN AMBAS COSTAS DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, A PRECIO FIJO, POR UN PERIODO DE CINCO AÑOS. MODALIDAD: CONTRATO A PRECIO FIJO. AUTORIZACIÓN SUBREBA: SESIÓN ORD. No. 387, SAC No. 387.02 31 DE OCTUBRE DEL 2007

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