NORMATIVA PARA LA EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES ADQUIRIDAS EN EL ÁMBITO LABORAL Y OTRAS VIAS DE FORMACIÓN

INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL NORM ATI VA PARA LA E V ALUA CIÓ N Y CER TIF IC A CIÓN DE C OMP ET E NCIA S
Author:  Bernardo Toro Mora

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INSTITUTO NACIONAL TECNOLÓGICO DIRECCIÓN GENERAL DE FORMACIÓN PROFESIONAL

NORM ATI VA PARA LA E V ALUA CIÓ N Y CER TIF IC A CIÓN DE C OMP ET E NCIA S P RO F ESIO NAL ES ADQU IRI DA S EN EL Á MBI TO LABO RAL Y OTRA S V I A S DE FOR MA C IÓN

DIVISIÓN GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO. DIVISIÓN DE PLANIFICACIÓN

Managua, Nicaragua

Mayo 2014

1

ÍNDICE

I.

Introducción

03

II.

Marco Referencial

04

III. Base Legal

05

IV.

Objetivo General y Específicos de la Normativa

05

V.

Ámbito de Aplicación, Divulgación, Uso y Cumplimiento.

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Marco Conceptual del Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación VII. Objetivos Generales y Específicos del Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación VIII. Norma Generales y Específicas del Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación IX. Actores del Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación X. Etapas del Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación

06

XI.

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VI.

Consideraciones Finales

08

09

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XII. Glosario del Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación

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XIII.

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Formato

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I. INTRODUCCION. El Instituto Nacional Tecnológico (INATEC) para fortalecer y agilizar los procesos y estrategias de trabajo, así como establecer los sistemas de Control Interno continúa con el ordenamiento técnicoadministrativo que conlleva la revisión, elaboración y actualización de las normas y procedimientos de la Institución. La División General de Planificación y Desarrollo y la Dirección General de Formación Profesional, han procedido a elaborar el documento “Normativa para la evaluación y certificación de competencias profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación”, con base a las experiencias del personal que labora en el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del Nivel Central, tomando en cuenta para el desarrollo del mismo la necesidad de reconocer las capacidades productivas de las personas, que favorezcan la empleabilidad y dar respuesta a los retos que, a nivel regional, se derivan de la movilidad de la fuerza laboral entre países y dentro del ámbito empresarial. Actualmente Nicaragua se encuentra inmersa en la construcción del modelo de educación técnica y formación profesional, este cambio supone un proceso de transición de los actuales referenciales de certificación utilizados en los procesos de evaluación y certificación de competencias profesionales que el Instituto Nacional Tecnológico está desarrollando. La presente normativa permite la utilización de ambos referentes (NTCL y Cualificaciones Profesionales) durante la aplicación de los procesos de la evaluación. Así mismo se dispondrá de la asesoría y asistencia técnica de la División de Planificación para la implementación de esta normativa.

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II. MARCO REFERENCIAL. El Instituto Nacional Tecnológico (INATEC) está conformado por Centros de Formación Profesional, así como Unidades Ejecutoras que se encuentran adscritas, con el objetivo de desarrollar programas de Educación Técnica y Capacitación a Nivel Nacional. De conformidad con su Ley Orgánica, es un Subsistema que forma parte del Sistema Educativo Nacional que se encarga de organizar, normar y evaluar las diferentes actividades de Formación Profesional. Tiene entre sus fines y objetivos “Desarrollar la formación profesional directa con los requerimientos de los sectores económicos nacionales y los intereses individuales de las personas”. El INATEC enfrenta el desafío de innovar sus estrategias y programas educativos para ajustarlos a las necesidades de los diferentes sectores de la economía y las nuevas exigencias del mercado; es por esto que entre sus políticas ha considerado implementar un proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales en las diferentes ocupaciones de los sectores productivos, como una alternativa que permita por una parte, ampliar la cobertura y mejorar la calidad y competitividad de los trabajadores, y por otra beneficiar a los sectores económicos y sociales del país. Este proceso reconoce la necesidad de rescatar la experiencia de los trabajadores y trabajadoras, que aún no han tenido acceso a la formación profesional, pero que han tenido la oportunidad de ingresar al sector productivo han desarrollado capacidades que los hacen competentes en el desempeño de una actividad profesional. Para poder llevar a cabo esta labor, el Instituto Nacional Tecnológico (INATEC) consolida la práctica de trabajo colaborativo con las Empresas, Gremios, Cámaras Empresariales, jóvenes y trabajadores para definir las Cualificaciones Profesionales (CP) y Normas Técnicas de Competencia Laboral (NTCL) que permitirán sentar las bases para identificar necesidades de formación; para integrar la formación con el trabajo, aplicando métodos de enseñanza y aprendizaje que estimulen la innovación, la adaptación al cambio y el aprendizaje continuo de los trabajadores y trabajadoras.

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III. BASE LEGAL. La presente “Normativa para la evaluación y certificación de competencias profesionales adquiridas en el ámbito laboraly otras vías de formación”, tiene como base legal lo siguiente: 

Ley Creadora del INATEC- Decreto N°3-91 publicado en la Gaceta Diario Oficial N°28 del 08 de febrero de 1991.



Ley Orgánica del INATEC- Decreto N°40-94 publicado en la Gaceta Diario Oficial N°192 del 14 de octubre de 1994.



Ley 114, Ley de Carrera Docente y su Reforma Ley 193 y del Reglamento Acuerdo Ministerial del Ministerio de Educación No 38.



Ley 582, Ley General de Educación. En lo referente al Capítulo 3 “Subsistema de Educación Técnica y Formación Profesional” del Art.28 hasta el art. 37, del 22 de agosto del 2006.

IV. OBJETIVO GENERAL Y ESPECÍFICOS DE LA NORMATIVA Objetivo General: 

Establecer las normas y procedimientos que regulen el proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación, en congruencia con el Modelo de Formación Profesional Institucional, garantizando el debido reconocimiento de aptitudes, actitudes, conocimientos y habilidades propias, adquiridas por los trabajadores y trabajadoras a lo largo de la vida.

Objetivos Específicos: 

Garantizar el cumplimiento y la correcta aplicación de políticas y normativas relacionadas con el proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales adquiridas en el ámbito laboraly otras vías de formación.



Establecer un instrumento eficaz que permita implementar criterios normativos para la evaluación y certificación de competencias profesionales de trabajadores y trabajadoras con un mínimo de tres años de experiencia en el ámbito laboral, en los diferentes sectores de la economía nacional.

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V.

ÁMBITO DE APLICACIÓN, DIVULGACIÓN, USO Y CUMPLIMIENTO.

Ámbito de Aplicación: Quedan sujetos al ámbito de aplicación de la presente normativa todos y cada uno de los procesos inherentes que ejecute el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales en el Nivel Central y los Centros de Formación Profesional y Unidades Ejecutoras acreditadas como Centros Evaluadores y rectoradas por el INATEC. Divulgación: La Dirección General de Formación Profesional a través de la Dirección Técnica Docente y el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del Nivel Central, realizarán las acciones necesarias para divulgar el contenido del presente documento a los Centros de Formación Profesional y Unidades Ejecutoras acreditadas como Centros Evaluadores y rectoradas por el INATEC. Uso y Cumplimiento: La Dirección General de Formación Profesional a través de la Dirección Técnica Docente y el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del Nivel Central, en los Centros de Formación Profesional y Unidades Ejecutoras acreditadas como Centros Evaluadores, deberán garantizar y responder por el debido uso y aplicación de la presente “Normativa para la evaluación y certificación de competencias profesionales adquiridas en el ámbito laboraly otras vías de formación”, siendo de obligatorio cumplimiento para todas las instancias involucradas.

VI. MARCO CONCEPTUAL DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES ADQUIRIDAS EN EL AMBITO LABORALY OTRAS VÍAS DE FORMACIÓN Se entiende por Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el Ámbito Laboral y otras Vías de Formación, al procedimiento y al conjunto de actuaciones dirigidas a comprobar si la competencia profesional de una persona cumple o no los estándares especificados en el referente de certificación, ya sea éste una Cualificación Profesional o una NTCL. El proceso de evaluación, reconocimiento y certificación de competencias permite identificar la correspondencia entre las competencias que poseen las personas con respecto a los estándares de

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competencia definidos para una Cualificación Profesional o en una Norma Técnica de Competencia Laboral. Los resultados del proceso de certificación deben de ser confiables y eficaces. Esto es posible cuando se comprueba con objetividad y seguridad lo que las personas saben y saben hacer, con relación a aquellas competencias que son necesarias saber y saber hacer para el desempeño satisfactorio en una función productiva. Para comprobar el dominio de las competencias profesionales que los trabajadores han adquirido durante su vida laboral u otras formas de adquisición de competencias, se necesita disponer de instrumentos que ayuden a proporcionar las evidencias en el desempeño operativo, así como los conocimientos tecnológicos, que deben aplicar en el ejercicio de sus funciones. Principios a) Igualdad de oportunidades en el acceso. Facilitan a las personas las mismas oportunidades en el acceso al Proceso y en el desarrollo y resultados del mismo. b) Fiabilidad. El proceso se fundamenta en métodos e instrumentos que garanticen que los resultados son los mismos independientemente del Centro Evaluador, ámbito laboral y momento en que se desarrolle. c) Validez: Los métodos seleccionados miden correctamente la competencia profesional del candidato. d) Objetividad: Se asegura el rigor técnico y la imparcialidad en las etapas de información e inscripción, asesoramiento, evaluación y registro. e) Participación: El candidato es consultado respecto a la planificación de las etapas de asesoramiento individual y evaluación. f) Calidad: La figura del verificador asegurará la calidad, el rigor técnico y la validez del mismo, estando presente durante todas las etapas del Proceso. g) Articulación: La coordinación en las actuaciones de los diferentes actores del Proceso garantiza la eficacia y eficiencia del mismo.

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VII. OBJETIVOS GENERALES EVALUACIÓN

Y

ESPECÍFICOS

INATEC establece el proceso de evaluación competencias con los siguientes objetivos:

DEL y

PROCESO

DE

certificación

de

a) Objetivo general Otorgar reconocimiento oficial a las competencias de los ciudadanos para desempeñar una actividad profesional independientemente de la forma como fueron adquiridas, para facilitar su desarrollo profesional, motivar la adquisición de nuevas competencias, tanto a través de la formación como de la experiencia y así mejorar su empleabilidad, su acceso al trabajo decente, sus oportunidades para la movilidad laboral y sus condiciones de vida, así como para contribuir a la mejora de la competitividad de las empresas y al desarrollo del capital humano en el país. a) Objetivos específicos: Proporcionar a las personas que laboran en los sectores económicos del país, ya sea en forma dependiente o independiente, el reconocimiento de la experiencia y capacidades desarrolladas en una actividad profesional, para que capitalicen sus aprendizajes adquiridos a lo largo de la vida. Promover el aprendizaje continuo de las personas con el propósito de incrementar y mejorar su competencia profesional y el reconocimiento y la valoración de sus logros y la creación de una cultura de aprendizaje que implica, entre otras cosas, ampliar las oportunidades de formación y empleo. Propiciar la actualización tecnológica y técnica de los trabajadores y de sus competencias para responder a las exigencias del mundo del trabajo. Contribuir al desarrollo de las empresas promoviendo que sus trabajadores mejoren sus competencias, se motiven a aprender a lo largo de la vida y sean capaces de adaptarse a las demandas futuras de la empresa.

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VIII. Normas generales y específicas del Proceso NORMAS GENERALES La Dirección General de Formación Profesional, a través de la Dirección Técnica Docente y el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, es la instancia responsable de promover y facilitar el reconocimiento de las competencias del trabajador y trabajadora, independientemente de cómo hayan sido adquiridas. La Dirección General de Formación Profesional, a través de la Dirección Técnica Docente y el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales es la instancia responsable de regular y verificar el proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales, que realicen los Centros de Formación Profesional y las Unidades Ejecutoras acreditadas como Centros Evaluadores a Nivel Nacional, para constatar la veracidad del proceso y ratificar la calidad del mismo. La Dirección Técnica Docente a través del Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales es la instancia responsable de integrar a los diferentes actores estatales y privados, en los procesos de validación de los instrumentos de evaluación, dando legitimidad a las acciones del Departamento. NORMAS ESPECÍFICAS DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS LABORALES El Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del INATEC Central, Centros de Formación Profesional y las Unidades Ejecutoras acreditadas como Centros Evaluadores a Nivel Nacional, tienen la responsabilidad de desarrollar todas y cada una de las actividades referidas a este proceso. DEPARTAMENTO DE FORMACIÓN DOCENTE El Departamento de Formación Docente en coordinación con el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, tienen la responsabilidad de capacitar a los Asesores y Evaluadores

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en los Centros de Formación Profesional y Unidades Ejecutoras acreditadas como Centros Evaluadores a Nivel Nacional, para que apliquen el proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales de acuerdo a las normas establecidas en la presente normativa y en el Manual Técnico-Metodológico para el proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales. La acreditación de los Asesores y Evaluadores asegurará el pleno dominio de los instrumentos técnicos y la metodología requerida para llevar a cabo el proceso de evaluación de competencia profesional. DEPARTAMENTO DE CURRICULUM El Departamento de Currículum del INATEC Central, tiene la responsabilidad de normar, definir, diseñar, revisar, validar y registrar los referentes de las Cualificaciones Profesionales y las Normas Técnicas de Competencia Laboral, las cuales serán utilizadas como referencia para el diseño y elaboración de instrumentos que se aplican para la evaluación y certificación de competencias profesionales. DEPARTAMENTO DE REGISTRO ACADÉMICO El Departamento de Registro Académico de INATEC Central, tiene la responsabilidad de registrar los certificados de competencias profesionales otorgados a los evaluados por los Centros Evaluadores, y/o título de una cualificación profesional cuando el caso lo requiera, garantizando así la legalidad de dichos documentos. DEPARTAMENTO DE ACREDITACIÓN DE CENTROS El Departamento de Acreditación de Centros, es la instancia encargada de verificar las condiciones para la Apertura y funcionamiento de Centros Evaluadores en coordinación con el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, cuando se requiera. Así mismo, es la instancia que acredita las unidades de competencia para la obtención del acuerdo institucional.

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CENTRO DE FORMACIÓN PROFESIONAL Y UNIDADES EJECUTORAS ACREDITADAS COMO CENTRO EVALUADORES Son entidades autorizadas por el Instituto Nacional Tecnológico (INATEC) para desarrollar el proceso de evaluación dirigido a los candidatos (as) que cumplen con las condiciones y requisitos establecidos por los referenciales de certificación y la normativa que rige el proceso de evaluación….

XI. ACTORES DEL PROCESO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN DE COMPETENCIAS PROFESIONALES En el Proceso se identifican los siguientes actores:

A. INATEC A.1 DEPARTAMENTO DE EVALUACIÓN Y CERTIFICACIÓN El Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, es la instancia responsable de promover y facilitar el reconocimiento de las competencias Profesionales del trabajador y trabajadora, independientemente de cómo hayan sido adquiridas, de igual manera de regular y verificar el proceso de evaluación y certificación de competencias, que realicen los Centros de Formación Profesional y las Unidades Ejecutoras acreditadas como Centros Evaluadores a Nivel Nacional, para constatar la veracidad del proceso y ratificar la calidad del mismo. A.2 VERIFICADOR Es el Profesional del Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laboralesdebidamente certificado/a, responsable de asegurar la calidad, trasparencia, validez y confiabilidad del proceso de evaluación. El Verificador del proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales generará un reporte de verificación, a fin de canalizar la información recopilada durante las diferentes etapas del proceso, constituyendo este un elemento importante para determinar el cumplimiento de los criterios y lineamientos de evaluación.

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El Verificador tendrá la responsabilidad de remitir oficialmente el reporte de verificación con los resultados de la verificación del Asesor y Evaluador al Centro Evaluador y al Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del Nivel Central; con ellos contribuye a asegurar la calidad y retroalimentar cada una de las etapas del proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales a fin de tomar las acciones correctivas pertinentes en caso de ser necesarias.

B. CENTRO EVALUADOR B.1 COMISIÓN DE COORDINACIÓN DEL PROCESO DE EVALUACIÓN La Comisión de Coordinación de los Centros de Formación Profesional y Unidades Ejecutoras acreditadas como Centros Evaluadores, debe garantizar la disponibilidad y capacitación de informantes, asesores y evaluadores que van a intervenir en el proceso; la disponibilidad de infraestructura, materiales y equipos requeridos para el proceso; la divulgación de las convocatorias, y todo lo referido a las condiciones que requiere la evaluación, asegurando la calidad del proceso. Esta comisión estará conformada por: La Subdirección Técnica Docente, Unidad de Registro Académico, la oficina de Capacitación a empresas y la Subdirección Administrativa. La Subdirección Técnica Docente será la responsable de su funcionamiento y el enlace con el Departamento de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales del Nivel Central. B.2 SUBDIRECCIÓN TECNICA DOCENTE Además de ser parte de la Comisión de Coordinación, será la instancia responsable de programar, supervisar, controlar y evaluar las acciones referidas al proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales.

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B.3 OFICINA DE CAPACITACIÓN A EMPRESA Además de ser parte de la Comisión de Coordinación, ejercerá las siguientes funciones: Divulgar el servicio de la certificación; coordinar con las empresas aportantes del 2%; coordinar costo - presupuesto con el área administrativa del centro y gestionar el pago vía 2%. B.4 UNIDAD DE REGISTRO ACADÉMICODEL CENTRO EVALUADOR Además de ser parte de la Comisión de Coordinación, la Unidad de Registro Académico del Centro Evaluador, será la instancia encargada de dar a conocer a los candidatos (as) interesados en el proceso de evaluación, la siguiente información:  El proceso que conlleva la evaluación para la certificación de competencias profesionales y sus beneficios.  Fecha de inscripción.  Dirección del lugar donde se realizará la inscripción.  Costo de la evaluación.  Los requisitos a presentar por parte de los candidatos(as). También es responsabilidad de dicha Unidad, custodiar los expedientes de los procesos, ingresar las unidades de competencia del referente de Certificación ante el Departamento de Currículum y posteriormente ante el Departamento de Acreditación para su oficialización. B.5 INFORMANTE DE LA UNIDAD DE REGISTRO ACADÉMICO Es el profesional de la Unidad de Registro Académico del Centro Evaluador donde se realiza la convocatoria, encargado de facilitar a los interesados la documentación normalizada que INATEC ha hecho llegar al Centro y la información general sobre el Proceso. B.6 ASESOR Es el profesional que acompaña al candidato en la etapa de Asesoramiento, facilitando al mismo la identificación de sus competencias en relación con el referencial de certificación. Elabora un Informe de Asesoramiento no vinculante, con recomendaciones para el evaluador acerca de las competencias identificadas en el candidato. 13

B.7 EVALUADOR Es el profesional que evalúa al candidato en la etapa de evaluación, contrastando las evidencias presentadas por el candidato con el Informe de Asesoramiento y, recabando evidencias complementarias si fuera necesario. El evaluador finalmente establece su juicio en el Dictamen de Evaluación, conducente a la certificación o no de las competencias que el candidato posee en relación con el referencial. C. CANDIDATO Es la persona que se presenta voluntariamente al Proceso y que cumple con los requisitos de edad, competencia de lectura y escritura, así como 3 años de experiencia laboral relacionada con el referencial de certificación.

X. ETAPAS DEL PROCESO DE COMPETENCIAS PROFESIONALES

EVALUACIÓN

Y

CERTIFICACIÓN

DE

El proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales se compone de las siguientes etapas: ETAPA A. ORGANIZACIÓN DEL PROCESO El proceso de evaluación, parte de la existencia de un referencial de certificación oficial, elaborado por el Departamento de Currículum de INATEC, con la participación activa de docentes y técnicos de empresas del sector productivo. Este referencial puede ser una Cualificación Profesional o una Norma Técnica de Competencia Laboral. Los referenciales dan origen a la elaboración de instrumentos de evaluación. Estos instrumentos son aplicables durante el proceso de la evaluación y son elaborados por el Departamento de Evaluación y técnicos de los Centros Evaluadores. Los Centros Evaluadores serán acreditados por el Dpto. de Acreditación de INATEC en coordinación con el Departamento de Evaluación y Certificación según Normativa para acreditación de centros de formación profesional y centros evaluadores de competencia laboral.

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En cada Centro Evaluador se conformará una Comisión de Coordinación que acompañe los procesos de evaluación que se implementen en el Centro. Esta Comisión estará integrada por las instancias establecidas en el Capítulo XI.B.1 El INATEC orientará a los Centros Evaluadores las convocatorias que deberán realizar en el año para que estas sean incorporadas en el plan operativo anual del centro; éstas pueden ser 2 al año, 1 por semestre. Pueden existir convocatorias extraordinarias requerimientos puntuales del sector productivo u política institucional.

que atiendan orientaciones de

Los Centros Evaluadores, a través de la Comisión de Coordinación, deben facilitar la logística (espacios, equipamientos, materiales) para el desarrollo de la evaluación de candidatos interesados en la certificación. INATEC velará por el cumplimiento de lo establecido en el Manual Técnico-Metodológico para el Proceso de Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el Ámbito Laboral y otras Vías de Formación, así como su reproducción para ser entregados a las instancias involucradas en los procesos de Evaluación en cada uno de los Centros Evaluadores; La divulgación de las convocatorias estará a cargo de los Centros Evaluadores en coordinación con el INATEC.Se realizará a través de Internet, afiches, cuñas radiales y trifoliares, entre otros medios. Se entregará a los potenciales candidatos la documentación completa sobre el proceso de evaluación y se capacitará a los informantes de la Unidad de Registro Académico del Centro para dicho fin. Esta divulgación deberá realizarse por lo menos 30 días antes de realizar el proceso de evaluación y certificación de competencias profesionales. Los recursos humanos (asesores y evaluadores) serán seleccionados por el Centro Evaluador, tomando en cuenta el perfil de cada uno de ellos con respecto al referencial de certificación objeto de la convocatoria. La capacitación de los recursos humanos seleccionados por el centro y que intervienen en el proceso –Informantes de la Unidad de Registro Académico, Asesores y Evaluadores-, estará a cargo del Departamento de

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Formación Docente en coordinación con el Departamento de Evaluación y Certificación. La etapa de Organización del Proceso se realizará según las fases establecidas en el Manual Técnico-Metodológico para la Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación. ETAPA B: INFORMACIÓN E INSCRIPCIÓN EN EL CENTRO EVALUADOR El INATEC, a través de la Unidad de Registro Académico de sus Centros Evaluadores, ofrece al ciudadano un servicio de información permanente que facilite información sobre las etapas y fases del Proceso, el acceso al mismo, los derechos y deberes como candidato y la certificación que pueden obtener. Esta información debe facilitar la toma de decisión por parte del candidato en relación a su participación en el Proceso. El INATEC proporciona a los Centros Evaluadores la documentación que se haya establecido entregar a las personas que acuden a solicitar información. La Unidad de Registro Académico del Centro Evaluador garantizará la igualdad de oportunidades en el acceso a la información del Proceso así como en la inscripción al mismo. Los ciudadanos interesados en el proceso recibirán un documento de información general y un documento específico del referente de certificación de su interés. El informante procurará su comprensión y se pondrá a su disposición para responder a las dudas que el interesado plantee. Le informará de los plazos de inscripción, los costos establecidos y de los cupos correspondientes así como de los requisitos de acceso y la documentación necesaria. El ciudadano que cumpla los requisitos podrá pre matricularse en las convocatorias que considere oportuno con el fin de obtener una plaza en alguno de los procesos. En el caso de que las solicitudes se excedan del cupo de plazas disponible, la Unidad de Registro Académico aplicará una prueba escrita normalizada que identifique aquellos ciudadanos con mejores condiciones para afrontar el proceso de evaluación, los cuales serán matriculados en el mismo. La etapa de Información e Inscripción en el Centro Evaluador se realizará según las fases establecidas en el Manual TécnicoMetodológico para la Evaluación y Certificación de Competencias

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Profesionales formación.

adquiridas

en

el

ámbito

laboral

y

otras

vías

de

ETAPA C: ASESORAMIENTOAL CANDIDATO El objetivo del asesoramiento es que el candidato aporte todas las evidencias de su competencia profesional, respecto a las Unidades de Competencia del Referencial de Certificación y conforme su Portafolio de Evidencias. El Asesor en ningún caso es el encargado sino que le ayuda a reflexionar sobre su aconseja sobre la manera más adecuada de hagan más transparente sus competencias posibilidades de certificar las mismas.

de evaluar al candidato, experiencia laboral y le traducirlo a términos que y por tanto mejorar las

La etapa de asesoramiento inicia con una reunión grupal con todos los candidatos al Proceso. A continuación se programan reuniones individuales en las que, con el apoyo del asesor, el candidato (a) conforma su Portafolio de Evidencias y responde un cuestionario de Autoevaluación. Como resultado de la asesoría, el Asesor elabora un Informe de Asesoramiento, que indicará si el candidato ha aportado suficientes evidencias en relación a la Unidad de Competencia. El Informe será remitido al Evaluador para que éste lo valore y tome las decisiones pertinentes en la etapa de evaluación de las competencias del candidato. En caso de que el candidato decida retirarse en esta etapa y no continúe hacia la evaluación, el asesor le facilitará un Plan de Formación Individualizado. La etapa de asesoramiento se realizará según las fases establecidas en el Manual Técnico-Metodológico para la Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación. ETAPA D. EVALUACIÓN DE LAS COMPETENCIAS El objetivo de esta etapa es evaluar las competencias profesionales evidenciadas por el candidato en relación con el referencial de certificación.

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El Evaluador analizará el Informe realizado por el Asesor y en caso de concordar con su valoración, elaborará el Dictamen de Evaluación positivo o negativo de cada Unidad de Competencia. En caso de no concordar con la valoración del Informe del Asesor, aplicará los instrumentos de evaluación establecidos que permitan recopilar evidencias suficientes para emitir el Dictamen de Evaluación del candidato/a. La etapa de evaluación se realizará según las fases establecidas en el Manual de Técnico Metodológico para la Evaluación y Certificación de Competencias Profesionales adquiridas en el ámbito laboral y otras vías de formación.

Plan de Formación Individualizado En el caso de que el candidato no haya presentado evidencias suficientes de las unidades de competencia a evaluar en el referente de la certificación el evaluador recomendará al candidato el Plan de Formación, indicándole los cursos de formación que le permitirían en un futuro lograr la certificación en todas o alguna de las unidades de competencia cuya certificación no ha logrado. De igual manera, en caso de que el candidato haya certificado todo el referente en el que se matriculó, el evaluador puede instarlo a continuar su formación con un Plan de Formación Individualizado. Este quedará registrado en el Portafolio de Evidencias y se entregará por escrito al candidato cuando haya terminado el proceso de evaluación. ETAPA E: CERTIFICACIÓN Y REGISTRO DE COMPETENCIAS El INATEC a través del Departamento de Registro Académico de Nivel Central, registrará todas las certificaciones de las personas evaluadas que hayan recibido un Dictamen de Evaluación positivo. Los datos del Registro se alimentarán a partir de los Dictámenes de Evaluación y reportes que emitan los centros evaluadores en conformidad con lo establecido en el reglamento del INATEC. La información 1 contenida en los registros del sistema, será puesta a disposición de las personas evaluadas y centros de formación profesional y se velará por la protección de los datos personales 1Conforme a Ley No. 787 de Protección de datos personales, aprobada el 21 de Marzo del 2012 y publicada en La Gaceta No. 61 del 29 de Marzo del 2012

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La información de la base de datos posteriores convocatorias en caso que interesen en otras certificaciones.

puede ser utilizada para las personas evaluadas se

Al concluir el proceso de evaluación, el INATEC a través de sus Centros Evaluadores, otorgará al evaluado(a)el Certificado completo del referencial si ha certificado todas las Unidades de Competencia de este, ya sea una Cualificación Profesional o una Norma Técnica de Competencia Laboral. En caso de que el evaluado haya evidenciado parte del referencial, se le otorgará un certificado parcial con la Unidad o Unidades de Competencia en las que ha acreditado su competencia. En el caso de que el evaluado (a) cumpla y acredite documentalmente los requisitos establecidos para la obtención de un Título, INATEC se lo otorgará. Cuando se oficialice la comunicación final de los resultados de la evaluación, se establecerá el plazo máximo de 2 meses para que los evaluados puedan proceder al retiro del certificado. Con esta

XI. CONSIDERACIONES FINALES Es facultad de la División General de Planificación y Desarrollo en coordinación con la Dirección General de Formación Profesional resolver todas las situaciones relacionadas con el propósito de esta Normativa. Cuando la Evaluación sea solicitada por una empresa u organismo para un grupo de trabajadores y/o trabajadoras para actividades muy concretas y de bajo nivel de cualificación que se consideren puestos de trabajo , el proceso puede ser más corto incluyendo la fase I Información e inscripción, fase 3 - Evaluación y la fase 4Certificación y Registro. Cabe mencionar que la información reflejada en este documento técnico, corresponde a un determinado momento y que el mismo está

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sujeto a cambios y/o modificaciones según sea la dinámica organizacional y del área en referencia, por ello se recomienda efectuar revisiones anuales para mantener actualizado su contenido, para lo cual se requerirá la autorización de la Dirección Ejecutiva. La presente Normativa entrará en vigencia a partir de la fecha de autorización por parte de la Dirección Ejecutiva de INATEC y su correspondiente publicación. Dado en la ciudad de Managua, Capital de la República de Nicaragua, a los XXX días del mes de xxx del año dos mil catorce.

Loida Azucena Barreda Rodríguez. Directora Ejecutiva. INATEC.

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XII. GLOSARIO GLOSARIO Asesor: Persona experta que acompaña al candidato durante la etapa de asesoramiento y le prepara para la etapa de evaluación, facilitando el diagnóstico de sus capacidades y competencias con relación al referente de certificación. Candidato a la certificación: Persona que pretende su certificación, y se somete voluntariamente a un proceso de evaluación de competencias con relación a un desempeño definido por el referencial de certificación. Centro Evaluador: Todo Centro, Órgano o Unidad de una Empresa o Institución, reconocido y acreditado por INATEC para realizar la evaluación de las competencias profesionales. Certificación de competencias profesionales: Es la culminación de un proceso de reconocimiento de las competencias de los trabajadores; esto implica que una institución autorizada (INATEC) otorgue a trabajadores empíricos un documento que certifique la/s competencia/s adquiridas. Cualificación Profesional(CP):Conjunto de competencias profesionales con significación para el empleo que pueden ser adquiridas mediante formación modular u otros tipos de formación y a través de la experiencia laboral. Cuestionario de Autoevaluación: Instrumento de evaluación que permite al candidato (a) y al asesor, valorar acerca de su competencia profesional en todas y cada una de las unidades de competencia del referencial de certificación. Dictamen de Evaluación del Candidato/a:Se refiere a la decisión del Evaluador acerca del desempeño del candidato (trabajador/a) y debe tomar las siguientes opciones COMPETENTE O PENDIENTE DE CUMPLIMIENTO DE UNIDAD DE COMPETENCIA NO SUPERADA. Evaluador de Competencias Profesionales: Es el profesional que acompaña al candidato en la fase de evaluación, contrastando las evidencias presentadas por el candidato con el Informa de

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Asesoramiento y, recabando evidencias complementarias si fuera necesario. El evaluador finalmente establece su juicio en el Dictamen de Evaluación, conducente a la certificación o no de las competencias que el candidato posee en relación con el referencial.

Instrumentos de Evaluación: Es una herramienta destinada a documentar los aspectos a verificar y sus resultados, en relación a las habilidades, destrezas y conocimientos que poseen los trabajadores para desempeñar una función productiva, basándose en un referente de certificación. Informe del Asesor: Documento que elabora el asesor acerca de las competencias que, según su criterio, la persona candidata tiene suficientemente justificadas y, que en la Etapa de Evaluación es contrastado por el Evaluador. Norma Técnica de Competencia Laboral (NTCL): Es un instrumento que contiene la descripción de un conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que son aplicados al desempeño de una función productiva y que al ser verificados en situaciones de trabajo reales o simuladas, permiten determinar si la persona ha logrado el tipo, el nivel y la calidad del desempeño esperado del sector laboral. Portafolio de Evidencias: Es una compilación de evidencias y registros que documentan todo el proceso de evaluación. En otras palabras, es el expediente del candidato (a). Plan de Evaluación: Conjunto de acciones sistematizadas en el que se fijan los objetivos de evaluación, se ajustan los métodos a la persona candidata, se establece el calendario conjuntamente con él y, finalmente, se prevén los recursos e instrumentos necesarios para su gestión. El Plan se comunica a la candidata o al candidato, quien firma su conformidad con el mismo, con una antelación razonable a las fechas de evaluación previstas en el Plan. Referencial de certificación: Documento oficial reconocido por la administración pública y el sector productivo que contiene la descripción del conjunto de conocimientos, habilidades, destrezas y actitudes que son aplicados al desempeño de una función productiva y

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que al ser verificados en situaciones de trabajo, reales o simuladas, así como otros métodos de inferencia, permiten determinar si la persona ha logrado el tipo, el nivel y la calidad de desempeño esperado. El referencial utilizado puede ser una Cualificación Profesional o una Norma Técnica de Competencia laboral. Suficiencia de la competencia: Se alcanza cuando los desempeños, los productos y los conocimientos evidenciados por el candidato (a) durante las etapas de asesoramiento y evaluación, cumplen con todos los requerimientos de desempeño que establece el referencial de certificación en los criterios de desempeño/criterios de realización. Técnicas de Evaluación: Representa un marco a partir del cual se construye una estrategia y se determina el tipo de instrumento de evaluación que será utilizado en la evaluación. Unidad de Competencia Laboral: Es el conjunto de estándares de competencia que integran una función productiva, por tanto responde a un rol de trabajo reconocible que puede seradquirida, evaluada y certificada. Unidad Ejecutora: Todo Centro de carácter privado, Órgano o Unidad de una Empresa, reconocido y acreditado por INATEC para realizar la evaluación de las competencias profesionales. Verificación: Mecanismo de aseguramiento de la calidad delproceso de certificación de competencias profesionales que monitorea y retroalimenta el proceso de asesoramiento y evaluación. Verificador: Persona debidamente capacitada, responsable asegurar la calidad, trasparencia, validez y confiabilidad proceso de asesoramiento y evaluación.

de del

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XIII. FORMATOS

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CERTIFICADO DE COMPETENCIAS PROFESIONALES El Instituto Nacional Tecnológico, Por cuanto:

Ha sido evaluado en el Referente de Certificación:

_______________________________________________________________________ Resultando Competente en las Unidades de Competencia que a continuación se indican:

Dado en la ciudad de _________________, República de Nicaragua, a los _____ días del mes de _________ de 20______

Director(a) Centro Evaluador

Registrado bajo No.__________ Folio___________ En el Libro de Registros de Certificación Ocupacional Fecha: ______ de _____________ de 20_______

Director(a) General de Formación Profesional

Registrado bajo No.________________ Folio_______________ En el Libro de Registros de Certificación Ocupacional del INATEC Fecha: _______ de _______________ de 20_______

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INSTRUCTIVO PARA LLENADO DE CERTIFICADOS DE COMPETENCIA PROFESIONAL El Certificado de Competencia Profesional consta de las siguientes partes que serán cumplimentadas por la Unidad de Registro Académico de cada Centro Evaluador. 2.1 DATOS A CUMPLIMENTAR: Por Cuanto: Se escribirá el nombre del candidato/a evaluado/a Ha sido Evaluado en el Referente de Certificación: Se escribirá el nombre del referente de certificación sea éste una Norma Técnica de Competencia Laboral o una Cualificación Profesional, ejemplo: Procesos de Cocina Y Gastronomía 

Resultando Competente en las Unidades de Competencia que a continuación se indican: Se escribirán las unidades de competencia en las que fue evaluado/a y con resultados competentes ejemplo:



UC0049_2: Definir ofertas gastronómicas sencillas, realizar el aprovisionamiento y controlar consumos UC0050_2: Manipular en crudo y conservar todo tipo de alimentos. UC0051_2: Realizar elaboraciones culinarias sencillas y platillos elementales. UC0052_2: Realizar elaboraciones y presentaciones culinarias complejas para el servicio. UC0053_2: Realizar elaboraciones y presentaciones de pastelería -repostería para postres de cocina. UC0054_2: Realizar elaboraciones y presentaciones culinarias creativas y de buffet UC0055_2: Actuar bajo normas de seguridad, higiene y protección del medio ambiente en restauración.

     

Dado en la Ciudad de: Se escribirá el Departamento está ubicado el Centro Evaluador.

o Municipio donde

República de Nicaragua, a los: Se escribirá la fecha en que fue elaborado. Día del mes de: se escribirá el mes en que fue elaborado e indicando el año. Director(a) Centro Evaluador: En este espacio firmará y sellará el Director(a) del Centro Evaluador.

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Director (a) General de Formación Profesional: En este espacio se firmará y sellará el Director (a) de la DGFP. Registro – Folio: Se escribirá el número de registro y número de folio. Fecha: Se escribe fecha que lo registra, mes que lo registra que lo registra.

y año

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