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NOVEDADES DE DERECHO LABORAL Presentamos, a continuación, algunas novedades en materia laboral que consideramos de su interés:
CONFERENCIA DE LA OIT, CELEBRADA EN GINEBRA, DEL 1 AL 13 DE JUNIO DE 2015 Esta fue la primera Conferencia Internacional del Trabajo (CIT) celebrada tras las reformas adoptadas por el Consejo de Administración de la OIT en 2014, para establecer una Conferencia más breve y productiva. La evaluación positiva de los Empleadores fue compartida por los otros asistentes, a pesar del rechazo inicial por parte del grupo de los Trabajadores para aceptar el formato de dos semanas y los importantes desafíos en términos de limitaciones temporales. El éxito se debió a varios factores, entre ellos, una disciplinada gestión del tiempo. En los meses próximos se abrirá un proceso para analizar las posibles mejoras y evaluar las necesidades de la CIT de 2016. La delegación de los empleadores colombianos estuvo compuesta por 20 miembros, entre los que estaban, abogados de los Comités de Laboralistas de la ANDI de Medellin, Bogotá y Barranquilla, además de representantes de empresas como, Argos, Coca-cola, Bancolombia, Grupo Sura, Baker and Mckenzie, Ecopetrol e Isagen. Los delegados asistieron a las diferentes comisiones temáticas, según su interés. COMISIÓN DE NORMAS Colombia quedo por fuera de la lista de los países llamados a presentar observaciones ante la Comisión de Normas por incumpliendo de los convenios de la OIT. Inicialmente, se pensó en la posibilidad de que nuestro país fuera incluido en la lista por el Convenio 81 sobre inspección del trabajo; sin embargo, los avances laborales en diversos frentes, especialmente en relación con el fortalecimiento del Ministerio del Trabajo y la inspección laboral, fueron decisivos para que esto no ocurriera, e incluso, fueron destacados con nota de interés por partes de La Comisión de Expertos en su reporte anual. Algunos de los países incluidos en la lista de los 24, fueron:
Venezuela - C87 Libertad Sindical Honduras - C81 Inspección del Trabajo Salvador - C87 Libertad Sindical Guatemala - C87 Libertad Sindical
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Méjico - C87 Libertad Sindical España - C122 Política de Empleo Italia - C122 Política de Empleo La discusión de los 24 casos individuales se llevó a cabo satisfactoriamente. Por primera vez trabajadores y empleadores desempeñaron un papel activo en la redacción de las conclusiones para cada país. Las conclusiones que se adoptaron fueron breves, claras y directas, y en ellas se solicitó a los Gobiernos medidas concretas para garantizar el cumplimiento de los Convenios ratificados. El grupo empleador destacó la clarificación del mandato de la Comisión de Expertos – CEACR, contenido en el párrafo 29 de su informe y que será incluido en futuros informes, donde se señala expresamente la naturaleza no vinculante de sus observaciones sobre la aplicación de los convenios por parte de los países miembros de la OIT. No obstante lo anterior, como ocurre desde el año 2012, el grupo empleador volvió a expresar su preocupación por las interpretaciones que hace la CEACR donde, sin fundamento jurídico alguno, entiende que la huelga está regulada por el Convenio 87 sobre libertad sindical. En este sentido, los empleadores señalaron con inquietud que, 30 de las 45 observaciones contenidas en el informe sobre el C87, hacen referencia a la huelga. Es de resaltar además, que en el informe de la Comisión de Normas se incluyó un párrafo que establece que esa Comisión adoptó conclusiones sobre la base del consenso, y solo aquellas dentro del ámbito de aplicación del Convenio objeto de examen. Opiniones divergentes de los trabajadores, los empleadores y/o los gobiernos fueron reflejadas en las actas, no en las conclusiones. Como consecuencia de lo anterior, en las conclusiones no se incluyeron temas como el de la huelga. El Informe General versaba sobre el derecho de asociación y la negociación colectiva de los trabajadores rurales. El Grupo empleador destacó la necesidad de contar con una estrategia general que comprenda, medidas de promoción de las inversiones y del espíritu empresarial y la modernización de los medios y los métodos de producción que afiancen las condiciones de un entorno propicio para las empresas agrícolas. COMISIÓN PARA LA DISCUSIÓN RECURRENTE SOBRE LA PROTECCIÓN SOCIAL Los empleadores expresaron, y así quedo en las conclusiones, que al tiempo que niveles razonables de cobertura, el estímulo al empleo, incluida la flexibilización, es importante. Los empleadores destacaron la importancia de establecer que no hay modelos únicos, y que deben tomarse en cuenta las realidades particulares. Se señaló que las transformaciones actuales, en particular las derivadas de la tecnología, la globalización, los cambios en los modelos y prácticas de las empresas y los flujos de migración laboral, han modificado sustancialmente las modalidades de empleo y el mundo
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del trabajo; y han generado, en algunos casos, nuevas oportunidades de empleo y crecimiento económico. En este sentido, los sistemas de tiempo de trabajo flexible pueden ser mutuamente beneficiosos, si satisfacen las necesidades legítimas de las empresas y de los trabajadores. Se destacó la importancia de la protección a la maternidad y la cobertura efectiva en seguridad y salud en el trabajo. Se estableció además, que el nivel de los salarios mínimos debe fijarse de modo que cubra las necesidades de los trabajadores y de sus familias, teniendo en cuenta a la vez los factores económicos. COMISIÓN SOBRE LAS PYMES Y LA CREACIÓN DE EMPLEO Las conclusiones reflejaron positivamente los puntos de importancia para los empleadores de la siguiente forma: Las limitaciones que afrontan las PYMES varían considerablemente y por tanto deben analizarse en sus contextos nacionales específicos y diferenciarse en función de las características de la empresa, reconociendo además que un entorno propicio es vital para que las PYMES puedan crecer. Se estableció que las medidas concretas para mejorar el entorno propicio deberían ajustarse a las conclusiones sobre la promoción de las empresas sostenibles, de 2007, sin limitarse a ellas, y deberían incluir los siguientes puntos:
Simplificar las reglamentaciones demasiado complejas; Aumentar el acceso de las PYMES a la financiación, con medidas como las garantías de préstamo y las subvenciones a las empresas incipientes; Establecer conglomerados, redes y conexiones a plataformas tecnológicas, y promover las cadenas de valor y el desarrollo económico local. En noviembre de 2015, la OIT deberá presentar al Consejo de Administración un plan de acción para las PYMES, que incluya los objetivos, plazos y recursos. COMISIÓN SOBRE LA TRANSICIÓN DE LA ECONOMÍA INFORMAL A LA ECONOMÍA FORMAL Por segundo año consecutivo se reunió esta comisión para la expedición de una norma sobre la transición de la economía informal a la economía formal. La recomendación1 que se expidió recibió 484 votos a favor, 1 en contra y 5 abstenciones. Las discusiones de mayor debate giraron en torno a la definición de salario mínimo, los contratos no estandarizados y las cadenas de valor.
1. Las recomendaciones de la OIT, a diferencia de los Convenios, no contienen previsiones vinculantes. Son guías para los Gobiernos en la aplicación de las normas laborales.
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Según la Recomendación, y habida cuenta de las diversas formas que reviste la economía informal en los Estados miembros, la autoridad competente debería determinar la naturaleza y el alcance de la economía informal. Se deben tener en cuenta, entre otros elementos:
Las circunstancias, leyes, políticas, prácticas y prioridades específicas de cada país; El hecho de que es posible aplicar diversas y múltiples estrategias; El fomento de un entorno empresarial y de inversión propicios; La promoción del emprendimiento, de las microempresas, las pequeñas y medianas empresas y de otras formas de modelos empresariales y unidades económicas, como las cooperativas y otras unidades de la economía social y solidaria; El acceso a la educación y el aprendizaje a lo largo de la vida; El acceso a los servicios financieros; El acceso a los servicios para las empresas; El acceso a la infraestructura y la tecnología; La promoción de las políticas sectoriales; El establecimiento de pisos de protección social; La promoción de estrategias de desarrollo local en los medios rural y urbano; Políticas eficaces en materia de seguridad y salud en el trabajo; Inspecciones del trabajo eficientes y eficaces. Los Estados miembros deberían promover la puesta en práctica de un marco global de políticas de empleo, el cual podría incluir los elementos siguientes:
Políticas macroeconómicas de fomento del empleo, que respalden la demanda agregada, la inversión productiva y la transformación estructural, promuevan empresas sostenibles, sustenten la confianza de las empresas y corrijan las desigualdades;
Políticas comerciales, industriales, tributarias, sectoriales y de infraestructura que fomenten el empleo, eleven la productividad y faciliten los procesos de transformación estructural;
Políticas empresariales que fomenten empresas sostenibles y que favorezcan en particular, las condiciones para un entorno propicio, teniendo en cuenta la resolución y las Conclusiones relativas a la promoción de empresas sostenibles, adoptadas por la Conferencia Internacional del Trabajo en su 96.ª reunión (2007).
COLOMBIA Y LA OIT SUSCRIBEN MEMORANDO DE ENTENDIMIENTO EN MATERIA RURAL Por Colombia firmaron, El Ministerio de Agricultura, El Ministerio del Trabajo, El SENA, y EL Departamento Para la Prosperidad Social (DPS).
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El objetivo principal del MdE, que tiene un término inicial de 4 años, es el de promover la cooperación entre la OIT y las instituciones colombianas que lo suscriben, con un enfoque en los siguientes temas: 1. Política pública de trabajo decente en el campo, con particular atención en los grupos con enfoque diferencial: comunidades indígenas, negras, afrodescendientes, palenqueras, raizales, y desplazadas, entre otros. 2. Promoción y respeto de los principios y derechos fundamentales del trabajo. 3. Formalización laboral y protección social, mediante el establecimiento de pisos de protección social y la extensión de la cobertura de la seguridad social. 4. Asociatividad y emprendimiento, mediante el apoyo a las organizaciones comunitarias y asociaciones. 5. Empleo juvenil rural y equidad de género con enfoque diferencial para mujeres del campo. 6. Promoción del diálogo social tripartito. 7. Promoción de un entorno favorable para las empresas sostenibles, en el desarrollo de cadenas de valor y el fortalecimiento de servicios financieros y no financieros en el desarrollo empresarial adaptado al contexto rural. 8. Formación para el trabajo, mediante programas de capacitación y fortalecimiento de capacidades a la población rural. 9. Desarrollo económico y social local, mediante la promoción de una economía verde y la diversificación productiva entre actividades agrícolas y no agrícolas. Entre las tareas de la OIT están, el brindar el acompañamiento, asesoría y apoyo técnico a las instituciones gubernamentales nacionales, así como a las organizaciones de empleadores y trabajadores, organizaciones comunitarias y de la economía social y solidaria y otras organizaciones de la sociedad civil, en temas relacionados con el objeto de este MdE. Esto incluye:
La difusión de información y asesoramiento en materia de legislación; Programas de formación y capacitación; Identificación de necesidades; Diseño, implementación, monitoreo y evaluación de proyectos e intervenciones en materia de desarrollo rural; Metodología de trabajo e intercambio de buenas prácticas.
Esperamos que esta información les sea de utilidad. Cordial saludo, ALBERTO ECHAVARRÍA SALDARRIAGA Vicepresidente de Asuntos Jurídicos
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