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Obligaciones Tributarias de los Centros Educativos Presentación realizada con fines ilustrativos que no sustituye la consulta de las leyes y reglamentos correspondientes.
FEBRERO, 2016
Objetivo Orientar a los contribuyentes propietarios de Centros Educativos, peritos contadores o representantes de los mismos, sobre el alcance de las exenciones otorgadas por las leyes tributarias y su aplicación; así como, las obligaciones formales y sustantivas que deben de cumplir ante la Superintendencia de Administración Tributaria -SAT-.
Público
Privado
Por Cooperativa
¿Qué es un centro educativo?
Art. 19, 21, 23 y 25 Decreto No. 12-91
Obligación tributaria Estado
SAT otros entes
Contribuyente
Vínculo jurídico entre la SAT y los contribuyentes que tiene por objeto la prestación de un tributo. Pertenece al derecho público y es exigible coactivamente. Art. 14 del CT
Sustantiva: Dar
Obligaciones tributarias Formal: hacer o no hacer
¿Qué es la exención tributaria? Es la dispensa total o parcial del cumplimiento de la obligación tributaria, otorgada por ley. Si concurren partes exentas y no exentas, la obligación tributaria se cumplirá únicamente en proporción a la parte o partes que no gozan de exención. En ningún caso los beneficios obtenidos podrán transferirse a terceros. Arts. 62 y 65 del CT
Clasificación de las exenciones
1.
• Objetivas • Subjetivas
2.
• Constitucionales • Establecidas en leyes ordinarias
Obligaciones Formales Inscribirse ante la SAT
Actuar como agente de retención
Autorizar y emitir facturas
Actualizar datos
Habilitar libros
Importancia de inscripción y Actualización en SAT
• Antes de iniciar actividades afectas Inscripción
Actualización o ratificación • 30 días de la modificación • Anualmente
• Dar aviso con certificación del registro Representante Legal
Art. 120 CT
Requisitos para la inscripción ante la SAT Nacionales
DPI
Extranjeros
Pasaporte
Original y fotocopia simple de la última factura de energía eléctrica, agua potable o teléfono de línea fija, cuando el inmueble sea propio.
Si no es del propietario el inmueble, deberá presentar uno de los siguientes documentos:
El contrato o factura de alquiler. Recibo de pago del IUSI. Certificación de la inscripción ante el
Registro de la Propiedad. Otros emitidos por quien corresponda, donde se garantice el domicilio fiscal.
Original (en buen estado) y fotocopia simple (legible y completa) de la resolución extendida por el Ministerio de Educación o por la Dirección Departamental que aprueba el funcionamiento del centro educativo.
De la inscripción y actualización Inscribirse en la Administración Tributaria • Sanción: multa de Q10,000.00
Arts. 94 numeral 15), 112 y 120 Código Tributario
Actualizar datos de inscripción • Sanción: Q50.00 por día de atraso hasta Q1,500.00 Arts. 94 numeral 1), 112 y 120 Código Tributario
Habilitación de libros ante la SAT Requisitos: Formulario SAT-0052. Original y fotocopia simple
del documento identificación.
de
Pagar Q 0.50 por cada hoja
habilitada (Impuesto Timbres Fiscales).
de
Adherir sticker en la primer
hoja del libro.
De los libros Habilitar libros y llevar al día los registros • Libro de Compras y Libro de Ventas • Contabilidad completa cuando corresponda Sanción • Cierre temporal • Multa de Q5,000.00 cada vez que le fiscalicen Art. 49 Dto. 27-92 y sus reformas Arts. 85 numeral 4) y 94 numeral 4) Dto. 6-91
Autorización de documentos ante la SAT Facturas
Recuerde: Debe acreditar o autorizar a la imprenta a través del formulario SAT-169 para que realice el proceso de impresión de documentos. La acreditación puede realizarse también en las agencias u oficinas de la SAT (formulario SAT-162).
Las consultas de verificación de imprentas autorizadas puede realizarlas desde el portal web: www.sat.gob.gt o llamar al 1550 opción 2.
De las facturas y documentos Autorizar facturas y documentos
• No emitir o emitir facturas no autorizadas • Sanción: cierre temporal
Exigir facturas en las compras realizadas
• Adquirir bienes o servicios sin exigir factura. • Sanción: Multa equivalente al monto del impuesto correspondiente a la transacción
Emitir facturas que cumplan con requisitos legales
•Que no cumplan los requisitos legales. Sanción: Multa de Q100.00 por cada documento. •No legibles y permanentes. Sanción: Multa de Q5,000.00 en cada período mensual. No excederá del 1% de los ingresos brutos mensuales.
Arts. 29 LIVA, 85 Numerales 1 y 2, 94 numerales 3, 8 y 17 del Código Tributario
De la retención, agentes de retención y la responsabilidad solidaria
Artículos 28 y 29 del Código Tributario y sus reformas vigentes.
Artículos 13, 16, 47, 75, 86 y 105 del libro I de la Ley de Actualización Tributaria y sus reformas vigentes.
Infracciones y sanciones relacionadas con retenciones de impuestos Infracción: Falta de retención Sanción:
Infracción:
Pago extemporáneo Sanción:
Infracción:
Constancia de retención no extendida o hecha fuera de tiempo. Sanción:
Multa equivalente al impuesto dejado de retener
100% de multa sobre el impuesto no retenido más los intereses pertinentes
Q1,000.00 por cada constancia no entregada a tiempo
Artículo 94 numeral 7 del Código Tributario y sus reformas
Artículos 58 y 91 del Código Tributario y sus reformas
Artículo 94 numeral 18 del Código Tributario y sus reformas
Régimen Opcional Simplificado Sobre Ingresos de Actividades Lucrativas “Enfoque del Agente Retenedor”
Ver Sección IV del Libro I del Decreto No.10-2012, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas.
Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos Enfoque del agente retenedor Los que llevan contabilidad completa por ley.
El Estado y sus entidades, municipalidades y sus empresas
Son agentes de retención:
Entidades no lucrativas, colegios, universidades, entre otros.
Fideicomisos, copropiedades y otros contratos, sociedades irregulares y de hecho, agencias y establecimientos permanentes extranjeros y unidades productivas que generen rentas afectas.
Régimen Opcional Simplificado sobre Ingresos Enfoque del agente retenedor
Consideraciones generales sobre las retenciones practicadas 1. Entregar constancia de retención con fecha de la factura dentro de los primeros cinco días del mes siguiente. 2. Pagar el impuesto a través de la declaración vigente (SAT-1331), en los primeros 10 días hábiles del mes siguiente a aquel en donde se realizó la retención. 3. Remitir anexo de la declaración, información requerida por la ley.
con
la
Factura Especial “Enfoque del Agente Retenedor”
Ver artículos 16 y 48 del Decreto No.10-2012, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas
Factura Especial, ejemplo práctico El colegio “Estudiante Feliz”, adquirió en diciembre de 2015, los servicios de pintura y jardinería por un monto de Q5,400.00 (IVA incluido), por el que no le entregaron factura, emitiendo a cuenta del vendedor la factura especial correspondiente. ¿Qué retenciones aplican? Conceptos Monto neto (sin IVA = Q 5,400.00 / 1.12)
Valores Q 4,821.43
Impuesto Sobre la Renta a retener Q4,821.43 * 5% =
Q 241.07
Impuesto al Valor Agregado a retener Q4,821.43 * 12% =
Q 578.57
Cifra a cancelar (Q 5,400.00 – ISR – IVA) Q5,400.00 – Q241.07 – Q578.57
Q 4,580.36
Continua resolución retención sobre factura especial 1. No emite constancia de retención por medio RetenISR, la misma factura especial es la constancia. 2. Retenciones del ISR: SAT-1331, los primeros 10 días hábiles del mes siguiente al que corresponda el pago. 3. Retenciones del IVA: SAT-2085, dentro del mes calendario siguiente al de la retención efectuada. 4. Generar anexo de retenciones efectuadas por factura especial.
Rentas de Capital “Enfoque del Agente Retenedor”
Ver Título IV del Libro I del Decreto No.10-2012, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas
Rentas de Capital Enfoque del agente retenedor Rentas inmobiliarias
¿Qué son las rentas de capital?
Rentas de capital afectas
Rentas mobiliarias
Rentas de loterías, rifas, sorteos, bingos o similares
Tarifa de retención para Rentas de Capital
Distribución de dividendos y similares, 5%
Resto de rentas de capital, 10%
Rentas del trabajo en relación de dependencia “Enfoque del agente retenedor” Ver Título III del Decreto No.10-2012, Ley de Actualización Tributaria y sus reformas
Gestión del impuesto en Rentas del Trabajo Mediante formulario SAT1901
Proyección y Modificación Obligación de presentar liquidación anual
Liquidación y devolución
Constancia de retenciones SAT-1921
Arts. 75 al 81 Decreto 10-2012
Trabajador con más de un patrono
Cálculo de la retención
Pago de retenciones
Tarifas de retención 5% hasta Q300,000.00
7% sobre el excedente de Q300,000.00
¿Cómo se realiza la retención en Rentas del Trabajo? Proyección y Actualización
Liquidación e Informe Anual
Impresión Constancia fin de período – fin de relación laboral
Obligaciones Sustantivas IVA ISR Otros impuestos
¿Qué es el IVA?
El IVA es un impuesto indirecto. Es pagado por el consumidor final, sin embargo, es enterado a través de un intermediario llamado “Contribuyente del IVA”. En Guatemala este impuesto se genera en operaciones tales como: la venta de bienes, prestación de servicios, importaciones, arrendamientos, entre otros.
¿Quiénes son contribuyentes del IVA?
Personas individuales.
Personas Jurídicas.
El Estado y descentralizadas o
Otros entes (fideicomisos, contratos en participación, copropiedades, entre otros) aún sin personalidad jurídica.
sus entidades autónomas.
Condición: que realicen en el territorio nacional, en forma habitual o periódica, actos gravados con la Ley del IVA.
Exenciones de IVA
Matrícula de inscripción
Centros Educativos Derecho de examen
Colegiatura
Artículo 8 LIVA
Algunas actividades no exentas del IVA en los centros educativos
a.
b.
c.
• Ventas de libros, útiles, uniformes, telas, entre otros. • Cobro de multas, mora o cualquier otro recargo por pagos fuera de tiempo.
• Cobros bajo la figura de donaciones o de cuotas especiales (campamentos, aniversario entre otros).
• Cuotas por manejo de papelería. • Otros.
EJEMPLO 1 El colegio “Práctica para Aprender” inicia el ciclo escolar ofreciendo los siguientes paquetes: Sexto primaria: Inscripción Q 1,000.00 Exento Colegiatura de enero Q 700.00 de IVA Derecho a exámenes parciales y finales Q 300.00 Cuota para graduación Q 1,500.00 Toga Salón Afecto Fotografías al IVA Refrigerio Invitaciones Transporte del mes de enero Q 300.00 Bolsa de útiles escolares Q 1,500.00 Total Q 5,300.00 Con los datos anteriores, indique que rubros están exentos del pago del IVA
Regímenes del IVA para pagar el impuesto General conocido como Normal
Pequeño Contribuyente
¿Cómo elegir régimen en el IVA?
General o Normal Ingresos exentos Q40,000.00
Total de ingresos anuales Q61,000.00 Ingresos gravados Q21,000.00
¿Cómo elegir régimen en el IVA?
Pequeño contribuyente Ingresos exentos Q40,000.00
Total de ingresos anuales Q58,000.00 Ingresos gravados Q18,000.00
Adquisición de servicios Compra de bienes
Otros Centros educativos no pagan IVA
Relacionados a la actividad educativa
EXENIVA
• Presentar informe trimestral de constancias utilizadas (SAT2118). • No aplica utilizar constancias de exención para adquisiciones no relacionadas directamente con la educación.
EJEMPLO 2 El comercio “El Mueble Feliz” realizó una venta de 100 pupitres al colegio “Práctica para aprender” a un precio de Q 112.00 cada uno, lo cual será pagado con cheque. Se solicita indique monto de la factura, valor de la constancia de exención y monto del cheque. Q 112.00 x 100 = Q 11,200.00 (Monto de la factura) Q 11,200.00 / 1.12 = Q 10,000.00 x 12% = Q 1,200.00 (Valor constancia de exención) Q 11,200.00 (-) Q 1,200.00 = Q 10,000.00 (Valor del cheque)
EJEMPLO 3 El comercio “El Libro Abierto” realizó una venta de 100 libros al colegio “Práctica para aprender” a un precio de Q 112.00 cada uno, lo cual será pagado con cheque. Los libros serán vendidos a un precio de Q 130.00 a los alumnos. Se solicita indique monto de la factura, valor de la constancia de exención y monto del cheque. Q 112.00 x 100 = Q 11,200.00 (Monto de la factura) (No aplica uso de constancia de exención) Q 11,200.00 (Valor del cheque)
Otras obligaciones en el IVA Declarar mensualmente reportando todas sus operaciones. (Art. 12 Acuerdo Gubernativo 052013, RLIVA)
Otras obligaciones en el IVA El impuesto se paga en el mes calendario siguiente del que se generó.
Si se realizan actos gravados con el IVA se deben autorizar los libros y documentos que correspondan. Otros indicados en la ley.
LIBRO I IMPUESTO SOBRE LA RENTA
Impuesto Sobre la Renta –ISRPersonas individuales Decreta un impuesto sobre toda renta
Obtenida en Guatemala
Personas jurídicas
Entes o patrimonios
Arts. 1 y 4 LIVA, y 3 RLISR
Categorías de Renta en el ISR Categorías de las rentas según su•procedencia Ventas Rentas de Actividades lucrativas
• • • •
Rentas del trabajo
Rentas, ganancias y pérdidas de capital
Producción Comercialización Exportación Otros
• Sueldos • Otras remuneraciones
• Intereses • Dividendos • Premios Art. 2 Dto. 10-2012
El impuesto se liquida en forma separada
Matrícula de inscripción
Exención del ISR
Colegiatura
Derecho a examen Art. 8 ISR
Régimen Sobre Utilidades
Regímenes de Actividades Lucrativas Régimen Sobre Ingresos
Art. 14 ISR
EJEMPLO 4 El colegio “Práctica para Aprender” inicia el ciclo escolar ofreciendo los siguientes paquetes: Sexto primaria: Inscripción Q 1,000.00 Exento Colegiatura de enero Q 700.00 de ISR Derecho a exámenes parciales y finales Q 300.00 Cuota para graduación Q 1,500.00 Toga Salón Afecto Fotografías al ISR Refrigerio Invitaciones Transporte del mes de enero Q 300.00 Bolsa de útiles escolares Q 1,500.00 Total Q 5,300.00 Con los datos anteriores, indique que rubros están exentos del pago del ISR
Pago en el Régimen sobre las Utilidades
Total Monto de ingresos sin IVA Gastos relacionados y documentados Renta imponible Tarifa aplicable ISR
Q 3,300.00 Q 2,946.43 Q 1,000.00 Q 1,946.43 (25%) Q 486.61
Pago en el Régimen sobre los Ingresos
Total Monto sin IVA Tarifa aplicable ISR
Q 3,300.00 Q 2,946.43 (5%) Q 147.32
Rentas de Capital Mobiliario
• 10%
Inmobiliario
Ganancias de capital
Premios, rifas y similares
Dividendos
• 5%
• 10%
• 10%
• 10% Art. 84, 92 y 93 ISR
Rentas y Ganancias de Capital, Exentas y Gravadas
• Exentas – Ninguna
• Gravadas: – – – –
Rentas de Capital Mobiliario Rentas de Capital Inmobiliario Ganancias de capital Rifas, sorteos, bingos o similares
Arts. 2, 11, 83, 84 y 85 ISR
Impuesto de Solidaridad Hecho generador
Exención
• Realización de actividades mercantiles o agropecuarias en territorio nacional • Tener margen bruto mayor al 4%
• Las universidades, y • Los centros educativos públicos y privados, legalmente autorizados para funcionar en el país.
Art. 1 al 4 LIS
Impuesto de Timbres Fiscales y de Papel Sellado Especial para Protocolos Hecho generador
Exención
• Los documentos que tengan actos y contratos gravados según la ley.
• Los establecimientos educativos privados que realicen planes y programas oficiales de estudios, así como los autorizados como experimentales, cuando el pago del impuesto les corresponda.
Art. 1 y 10 LTIMBRES
Información de proveedores Alquiler de togas
Impresión de títulos, invitaciones y otros servicios
Alquiler de silla y sonido
Alquiler de salón
Servicio de comida
Arts. 68, 112 y 112 “A” Código Tributario
Las entidades parcial o totalmente exentas del IVA e ISR deben presentar sus declaraciones de forma electrónica. Acuerdo de Directorio 306-2009
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