ORDENANZA FISCAL Nº 23 TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS CENTROS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

INTERVENCION ARNEDO AYUNTAMIENTO ORDENANZA FISCAL Nº 23 TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS CENTROS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

2 downloads 71 Views 50KB Size

Recommend Stories


ORDENANZA FISCAL DE TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL DE TASA POR LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE PISCINA E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES ARTICULO 1º.- CONCEPTO De conformidad

TASA POR LOS SERVICIOS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL NÚM. 19 TASA POR LOS SERVICIOS DE INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES Fundamento Artículo 1.- De conformidad con el artículo 57 del

ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES
ORDENANZA NÚMERO 307 PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS Y DE RECREO MUNICIPALES ARTÍCULO 1.- CONCEPTO De co

ORDENANZA reguladora del PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. NATURALEZA, OBJETO Y FUNDAMENTO
Nº. ORDEN 29 ORDENANZA reguladora del PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. NATURALEZA, OBJETO

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACION DE SERVICIOS POR LICENCIA DE APERTURA DE ESTABLECIMIENTOS (Acuerdo plenario: 27/06/13) OBJETO DE

ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES
ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LAS TASAS POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DEPORTIVOS Y POR LA UTILIZACIÓN DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES. A

Story Transcript

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

ORDENANZA FISCAL Nº 23

TASA POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN LOS CENTROS E INSTALACIONES DEPORTIVAS MUNICIPALES

ARTÍCULO 1.- FUNDAMENTO LEGAL. De conformidad con lo dispuesto en los artículos 15 a 19 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobada por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se establece la Tasa por la Prestación de Servicios en los Centros e Instalaciones Deportivas Municipales. ARTÍCULO 2.- SUJETOS PASIVOS Se hallan obligados al pago de la tasa por la prestación de servicios en los centros e instalaciones deportivas municipales, las personas físicas o jurídicas que se beneficien de los servicios prestados o de las actividades realizadas. Para la acreditación de las condiciones de edad que generan tipos de tarifa diferenciados, podrá exigirse por el personal de servicio la presentación in situ de documento acreditativo suficiente de las mismas, siendo su presentación inexcusable para la concesión del servicio en tal caso. Para la acreditación de la condición de pensionista que genera tipo de tarifa específico, se exigirá, además de la acreditación personal del mismo, la presentación in situ de documento acreditativo de la condición de perceptor de prestaciones económicas periódicas, contributivas o no. Para la acreditación de la condición de minusválido que genera tipo de tarifa específico, se exigirá certificado de la minusvalía emitido por el órgano competente, debiendo ser ésta para poder acogerse a la tarifa, igual o superior al 33%. ARTÍCULO 3. RESPONSABLES. 1. Responderán solidariamente de las obligaciones tributarias del sujeto pasivo, las personas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 42.1, párrafos a) y b) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

2. Serán responsables subsidiarios de las personas físicas y jurídicas a que se refiere el artículo 43 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria. 3. El alcance y contenido de la responsabilidad tributaria será el definido en el artículo 41 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

ARTÍCULO 4.- CUOTA TRIBUTARIA La cuantía de la Tasa será fijada en la siguiente

TARIFA

A) Por matrícula en los Cursos de Deporte, por materia y curso: • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • • •

Gimnasia de mantenimiento Aeróbic Patinaje Hockey Preparación física Musculación Yoga Yoga para la tercera edad Baile de salón Natación de mantenimiento Psicomotricidad Colonias Deportivas de Verano/mes Colonias Deportivas Verano/quincena Colonias Deportivas Navidad Colonias Deportivas Semana Santa Multideportes infantiles Socorrismo/Primeros Auxilios Terrestre Socorrismo acuático Ajedrez Actividades acuáticas discapacitados, en Semana Santa Campus fútbol-sala/verano Campus Balonmano/verano Patinaje Navidad Patinaje Semana Santa Patinaje Verano/mes

140,45 140,45 140,45 140,45 140,45 140,45 140,45 109,25 70,30 140,45 140,45 93,65 46,80 18,80 15,05 118,15 89,10 315,55 34,45

euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros. euros.

7,55 euros. 22,90 euros. 55,75 euros. 15,60 euros. 11,10 euros. 22,30 euros.

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

• • • • • • • • • • • • • •

Aeróbic infantil Navidad Aeróbic infantil Semana Santa Aeróbic infantil Verano/mes Escalada/mes Escuela de Pelota Volley Natación sincronizada Natación sincronizada verano Natación sincronizada Navidad Natación sincronizada Semana Santa Gimnasia 3ª Edad Pilates Kick Boxing, infantil y adulto Gimnasia rítmica

15,60 euros. 11,10 euros. 22,30 euros. 44,55 euros. 40,15 euros. 118,30 euros. 137,70 euros. 20,40 euros. 15,30 euros. 10,20 euros. 109,25 euros. 140,45 euros. 70,30 euros. 140,45 euros.

B) Por matrícula en los cursos acuáticos, por materia y curso: Cursos de mes, temporada verano…………………. Cursos de quincena, temporada verano………………... Cursos de invierno ………………………………………… Gimnasia en el agua …………………………………….. Aquaerobic ……………………………………………….. Baby-natación…………………………………………….. Salud en el agua ........................................................... Preiniciación a la natación .............................................

54,75 Euros. 30,40 Euros. 42,40 Euros. 42,40 Euros. 42,40 Euros. 42,40 Euros. 42,40 Euros. 42,40 Euros.

Se practicará una reducción del 15% en la matrícula de estos cursos a las personas que sean abonadas de forma permanente, con abono anual, a los Servicios Deportivos Municipales, en sus modalidades tanto de abono individual como familiar. Se practicará una reducción en la matrícula del 10% en aquellos casos en los que en un mismo curso se encuentren matriculados un mínimo de dos miembros de una misma familia, siempre que la edad sea inferior a 21 años. Una vez iniciado el curso, y sólo en el supuesto de que existieran plazas vacantes, podrán realizarse nuevas matriculaciones, con el pago de la parte proporcional de la cuota. Las tarifas de las actividades deportivas se fijarán por el Ayuntamiento de Arnedo simultáneamente a la aprobación de los programas deportivos municipales.

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

El Ayuntamiento de Arnedo tendrá, por medio de la Junta de Gobierno Local, la facultad para aprobar cada actividad a realizar. 4.- SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES 4.1.- ABONADOS A LOS SERVICIOS DEPORTIVOS MUNICIPALES 4.1.1. Abono anual a los servicios deportivos municipales: a) Abono individual, menor de 21 años, jubilados, minusválidos, por año natural ………………. b) Abono individual, mayores de 21 años y menores de 25, por año natural …………….. …….. c) Abono individual, mayor de 25 años, por año natural …………………………………………………….. d) Abono familiar, por año natural …………………………. e) Abono federado, menor de 25 años, por año natural ... f) Abono federado, mayor de 25 años, por año natural ..

104,30 Euros. 118,15 Euros. 139,00 Euros. 226,75 Euros. 73,10 Euros. 97,05 Euros.

Tendrá la condición de abonado individual la persona mayor de cuatro años que obtenga este derecho de forma individual. En caso de personas menores de edad, el abono lo suscribirán los padres o tutores del interesado. El abono familiar comprenderá el conjunto de todas las personas que oficialmente formen una unidad familiar y cuyos hijos no superen la edad de 21 años, cumplidos en el año natural. En este caso la persona que suscriba el abono tendrá la condición de titular y el resto de miembros la condición de beneficiarios. Tendrá la condición de abonado federado la persona que figure dado de alta en alguna de las Federaciones Deportivas, y además cumpla al menos uno de los dos requisitos que se detallan: o Pertenecer a un Club con sede en Arnedo, o o Estar empadronado en el Ayuntamiento de Arnedo. El abono federado irá referido a la práctica de los deportes que el Ayuntamiento pueda ofertar de acuerdo a sus instalaciones. 4. 1. 2. Abono a los servicios deportivos municipales, en su modalidad de trimestre natural o permanente: Cuando el abono a los servicios deportivos municipales se realice a lo largo del año, en su modalidad de trimestre natural o como abono permanente a los servicios deportivos, la cuota quedará de la forma siguiente:

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

a) Abono individual, menor de 21 años, jubilados, minusválidos, por trimestre natural ………. 35,70 Euros. b) Abono individual, mayores de 21 años y menores de 25, por trimestre natural …….. …….. 40,80 Euros. c) Abono individual, mayor de 25 años, trimestre natural 47,95 Euros. d) Abono familiar, por trimestre natural ………………. 76,50 Euros. e) Abono federado, menor de 25 años, por trimestre natural 25,50 Euros. f) Abono federado, mayor de 25 años, por trimestre natural 30,60 Euros. Todas las modalidades de abono anual se prorrogarán automáticamente si no se manifiesta de forma expresa su intención de anularlo antes de finalizar el período que comprenda el abono. 4.2.- PISCINAS: 4. 2. 1. PISCINAS DE VERANO: a) Abonados a servicios deportivos ……………………. b) Entrada personal: Mayores de 4 años y menores 21 años, jubilados y Minusválidos ……………………………..……………. Mayores de 21 años………………………………….. c) Abono Temporada Piscinas Verano: Mayores de 4 años y menores 21 años, jubilados y Minusválidos…………………………………………… Mayores de 21 años…………………………………... d) Abono Mes Natural Piscinas Verano: Mayores de 4 años y menores de 21 años, jubilados y minusválidos………………… …………..…. Mayores de 21 años ……………………………….…. e) Bono de 10 entradas: Mayores de 4 años y menores de 21 años, Jubilados y minusválidos ........................................... Mayores de 21 años.....................................

Gratuito

2,15 Euros. 3,00 Euros.

45,20 Euros. 60,60 Euros.

22,70 Euros. 30,15 Euros.

17,25 Euros. 24,25 Euros.

4.2.2. PISCINAS DE INVIERNO: a) Abonados a servicios deportivos……………………… b) Entrada personal: Mayores de 4 años y menores 21 años, jubilados, Minusválidos……………………………………………… Mayores de 21 años……………………………………... c) Abono Temporada Piscina Invierno: Mayores de 4 años y menores de 21 años, jubilados,

Gratuito

2,70 Euros. 3,45 Euros.

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

Minusválidos……………………………………………... Mayores de 21 años……………………………………..

81,90 Euros. 108,70 Euros.

d) Abono Mes Natural Piscina Invierno: Mayores de 4 años y menores 21 años, jubilados, minusválidos, mes……..………………………………… Mayores de 21 años, al mes……………………………..

28,30 Euros. 33,10 Euros.

e) Bono de 10 entradas: Mayores de 4 años y menores de 21 años, Jubilados y minusválidos .......................................... Mayores de 21 años.....................................

21,50 Euros. 27,45 Euros.

4.4.- DUPLICADOS CARNETS: Por cada duplicado de Carnet, por robo o extravío …………

3,55 Euros.

4.5.- GORROS: Por cada gorro ……………………………………………

1,55 Euros.

4.6. POLIDEPORTIVO MUNICIPAL: a) Deportes individuales: Frontón Corto, Frontón Largo, Trinquete. 1. Abonados a servicios municipales …………………… 2. No abonados: Persona mayor de 21 años ………………………….. . Persona menor de 21 años ........................................ b) Deportes de equipo: Frontón Corto, Frontón Largo. 1. Todos los participantes abonados …………………… 2. No abonados: 1,75 euros por persona, con un importe máximo de 18,30 euros por pista y hora. c) Bono de 10 entradas: Mayores de 4 años y menores de 21 años, Jubilados y minusválidos .......................................... Mayores de 21 años.....................................

Gratuito 3,55 Euros. 2,70 Euros.

Gratuito

21,50 Euros. 28,50 Euros.

4.7.- POLIDEPORTIVO ANTONIO DELGADO: a) Deportes de equipo: 1. Todos los participantes abonados …………………..

Gratuito

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

2. No abonados: 1,75 euros por persona, con un importe máximo de 18,30 euros por pista y hora. 4.8.- POLIDEPORTIVO LA ESTACION: a) Deportes de equipo: 1. Todos los participantes abonados ………………….. 2. No abonados: 1,75 euros por persona, con un importe máximo de 18,30 euros por pista y hora.

Gratuito

4.9.- GIMNASIO: 1. Abonados ……………………………………………… 2. No abonados ………………………………………….. 3. Bono de 10 entradas ................................................

Gratuito 3,55 Euros. 28,50 Euros

4.10.- PISTAS MUNICIPALES DE TENIS: 1. Abonados ……………………………………………….. 2. No abonados: Persona mayor de 21 años/hora………. Persona menor de 21 años/hora ........... 3. Bono de 10 entradas: Mayores de 4 años y menores de 21 años, Jubilados y minusválidos .......................................... Mayores de 21 años.....................................

Gratuito 3,55 Euros. 2,70 Euros.

20,95 Euros. 27,45 Euros.

4.11.- MESAS PING-PONG: 1. Abonados ……………………………………………….. 2. No abonados, por hora o fracción …………………..

Gratuito. 3,55 Euros.

Durante la temporada que permanezca abierta la Piscina de Verano, este servicio se prestará de forma gratuita a todos los usuarios que hagan uso de la misma. 4.12.- CAMPO ANEXO 11. 1. Abonados ……………………………………………….. 2. No abonados: Césped artificial Fútbol 11, 2,25 euros por persona, con un Importe máximo de 57,40 euros campo/hora. Césped artificial Fútbol 7, 2,25 euros por persona, con un Importe máximo de 28,65 euros campo/hora.

Gratuito

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

4.13.- CAMPO ANEXO 7. 1.- Abonados ……………………………………………….. 2.- No abonados, 1,05 euro por persona, con un importe máximo de 18,30 euros campo/hora.

Gratuito

4.13.- ROCODROMO. 1. Abonados …………………………………………………….. 2. No abonados, 1,75 euro persona/hora, con un importe máximo de 6,90 euros.

Gratuito

4.14.- TORNEOS, LIGAS, COMPETICIONES: El importe a pagar en los torneos, ligas y competiciones, tanto de larga como de corta duración, de aficionados, a realizar en el Area de Deportes, se fijarán por el Ayuntamiento de Arnedo simultáneamente a la aprobación de los mismos. El Ayuntamiento de Arnedo tendrá por medio de la Junta de Gobierno Local la facultad para aprobar cada actividad a realizar. 5.- ESPECTÁCULOS DEPORTIVOS: El importe a pagar en los espectáculos deportivos a realizar en el Area de Deportes se fijarán por el Ayuntamiento de Arnedo simultáneamente a la aprobación de los mismos. El Ayuntamiento de Arnedo tendrá por medio de la Junta de Gobierno Local la facultad para aprobar cada espectáculo deportivo a realizar.

6.- ESPECTACULOS NO DEPORTIVOS Y OTROS: El importe a pagar en los espectáculos no deportivos, y otros, a realizar en el Area de Deportes, se fijarán por el Ayuntamiento de Arnedo simultáneamente a la aprobación de los mismos. El Ayuntamiento de Arnedo tendrá por medio de la Junta de Gobierno Local la facultad para aprobar cada espectáculo no deportivo a realizar. ARTÍCULO 7.- OBLIGACIÓN DE PAGO La obligación de pago del Precio Público nace al autorizarse la prestación del servicio, atendiendo a la petición formulada por el interesado, no procediendo a su devolución salvo por causa imputable a la Administración.

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

ARTÍCULO 8.- ADMINISTRACIÓN Y COBRANZA Los interesados a quienes les vayan a ser prestados los servicios regulados en esta Ordenanza, deberán presentar en los lugares previstos al efecto solicitud con expresión del servicio que se requiera. Todo abonado a los servicios deportivos municipales tendrá el acceso gratuito a todas las instalaciones deportivas municipales. Para el desarrollo de las competiciones oficiales que formen parte del Deporte Escolar (Juegos escolares) todas las instalaciones se cederán de forma gratuita. Para el entrenamiento de los deportes incluidos dentro del Deporte Escolar (Juegos escolares), las instalaciones serán gratuitas. Para la realización de las actividades de Educación Física Curricular de los Centros de primaria y secundaria del municipio, las instalaciones serán gratuitas, respetando los horarios de apertura y cierre. A las Entidades Deportivas con sede en Arnedo y recogidas en el Registro de Asociaciones del Ayuntamiento de Arnedo, que tengan suscrito Convenio con el Ayuntamiento de Arnedo, les será de aplicación exclusivamente lo regulado en su Convenio. El pago de la tasa se efectuará en el momento de la prestación del servicio o realización de la actividad, previa solicitud del interesado. Los abonados a los servicios deportivos municipales, por año natural, podrán acogerse a la modalidad de pago semestral, siempre y cuando lo hagan a través de domiciliación bancaria. Para los Cursos deportivos anuales la matrícula se formalizará al inicio del curso, siendo el pago de la tasa de forma fraccionada, el 50% al comienzo de la actividad y el 50% restante cuando la actividad ya se esté desarrollando. Las cuotas liquidadas y no satisfechas dentro del período voluntario se harán efectivas por la vía de apremio, con arreglo a las normas del Reglamento General de Recaudación. DISPOSICIÓN FINAL La presente Ordenanza fiscal aprobada por el Ayuntamiento Pleno el 28 de Octubre de 2.009 y publicada de forma definitiva en el B. O. R. de fecha 9 de Noviembre de 2.009, surtirá efecto a partir del día 1 de Enero del año 2.010 y continuará en vigor hasta su modificación o derogación expresas.

INTERVENCION

ARNEDO AYUNTAMIENTO

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.