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Universidad Insurgentes (Plantel centro) Organismos Internacionales de Derechos Humanos Materia: Garantias Individuales y SociaIes. México D.F. a 12 de Octumbre del 2009 1.−ORGANISMOS INTERNACIONALES QUE TIENEN QUE VER CON LOS DERECHOS HUMANOS 2.−AFAPREDESA (Asociacion de Familiares de Presos y Desaparecidos Saharauis) Este organismo (AFAPREDESA) nace como respuesta civil a la lamentable situación de los derechos humanos, la incapacidad de defensa de los desaparecidos y torturados y de nuestra angustia como padres, hijos, esposas o hermanos ante la consecuencia de la invasión cÃ-vico−militar del Sáhara Occidental por Marruecos. La práctica de la desaparición forzosa constituye, una de las formas de tortura psicológica más cruel a la que están sometidos los familiares de la persona desaparecida. Peor que la muerte, es la falta de certeza acerca de la misma. El propio Juez Bartle, en su reciente resolución a tenor del juicio de extradición del senador vitalicio Augusto Pinochet, ratifica el carácter de tortura psicológica sobre los familiares que tiene la desaparición forzada. Los profesionales de la medicina y la psicologÃ-a aseguran que éste dolor es aún más insufrible. 2.1Historia Se constituyó el 20 de Agosto de 1989 en los Campamentos de refugiados de Tinduf. Es la única Organización No Gubernamental saharaui de defensa de los Derechos Humanos, asÃ- reconocida por las leyes saharauis. Es miembro observador de la Comisión Africana de Derechos Humanos y miembro de la FEDEFAM Federación de Asociaciones de Familiares de Desaparecidos.
Participa en la Comisión y Subcomisión de Derechos Humanos de la ONU en Ginebra y de la OUA. También actúa ante el Parlamento Europeo. AFAPREDESA ha sido proscrita por el gobierno marroquÃ-, pero aún asÃ- continúa ejerciendo su actividad dentro del territorio ocupado e incluso dentro de Marruecos.
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3.−AMNESTY INTERNACIONAL (AmnistÃ-a Internacional) Es un movimiento mundial de personas que hacen campaña para que los derechos humanos reconocidos internacionalmente sean una realidad para todas las personas.
Las personas que apoyan esta institución son personas a las que les indigna los abusoso contra los derechos humanos, tienen la esperanza de un mundo mejor, por eso esta institución trabaja para mejorar o más bien defender los Derechos Humanos a través de sus actividades y campañas, asi como la solidaridad internacional. A esta Institución se suman más de 2,2 millones de personas en más de 150 paÃ-ses y regiones. Desde la organización coodina este apoyo para actuar en favor de la justicia en una amplia variedad de campos. Es una institución independiente de todo gobierno, partido polÃ-tico o credo religioso. Luchan de manera global y localmente para impedir y poner fin a los abusos graves contra los derechos civiles, politicos, sociales, culturales, y económicos. A través de más de 46 años de historia hemos sido testigos de cómo las acciones de gente común pueden lograr cambios extraordinarios llevando luz a cárceles clandestinas, sitios donde se tortura y a cualquier rincón donde un ser humano sea privado de su dignidad. 4.−BRIGADAS INTERNACIONALES DE PAZ Peace Brigades International − Brigadas Internacionales de Paz (PBI) − promueve soluciones de construcción de la paz y la no−violencia en situaciones de conflicto armado y represión, ofreciendo acompañamiento protector no armado a individuos, organizaciones y comunidades amenazadas de violencia y abusos contra sus derechos humanos. Es una organización no gubernamental, aconfesional e independiente que trabaja para la protección de los derechos humanos y la promoción de la resolución de conflictos a través de la no violencia. PBI reconoce los principios de la no violencia, la independencia, el no partidismo, la no intervención y se activa solo en caso de solicitud expresa por parte de organizaciones locales. 4.1Antecedentes Como reacción a los disturbios que tuvieron lugar en Bombay a finales de 1921, Mahatma Gandhi comenzó a propagar la idea de la fundación de un cuerpo de voluntarios que tuviera como tarea principal la mediación entre las partes implicadas en un conflicto. Esta idea tuvo su primera consecuencia en 1957 con la creación del Shanti Sena (Ejército de paz) por parte de Vinosa Bhave, discÃ-pulo espiritual de Gandhi. Los integrantes de este ejército actuaron como mediadores entre lÃ-deres, promovieron trabajos de reconstrucción y reconciliación en barrios deprimidos y se hicieron presentes en el conflicto violento entre hindúes y musulmanes. En 1962 en Beirut se fundaron por primera vez unas Brigadas internacionales de paz para acciones no violentas (World Peace Brigades for Non−violent Action). Este grupo llevó a cabo varias acciones, como por ejemplo la preparación de una gran marcha de paz para apoyar a los movimientos de independencia en Rhodesia del Norte (hoy Zambia) o su participación preponderante en la consecución de un acuerdo de paz entre el gobierno central y los amotinados en el estado de Nagaland en la India. Sin embargo, aún faltaban recursos para poder realizar un trabajo a largo plazo. 4.2Fundación
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El 4 de septiembre de 1981, en la isla canadiense Grindstone, bajo el efecto de la abolición del movimiento Solidarność de Polonia, la invasión soviética de Afganistán y la amenaza de invasión de Estados Unidos a Nicaragua, se crearon las Brigadas Internacionales de Paz. El objetivo no era apoyar proyectos de manera precipitada, sino la creación de una estructura internacional sólida que pudiera trabajar a largo plazo. 5.−CENTRO INTERNACIONAL DE DERECHOS HUMANOS Y DESARROLLO DEMOCRATICO (Derechos y Democracia) 5.1Historia Creado por el Parlamento de Canadá en 1988, el Centro Internacional de Derechos Humanos y Desarrollo Democrático, conocido hoy con el nombre de Derechos y Democracia, es una organización no partidista con mandato internacional. Abrió sus puertas oficialmente en 1990, para trabajar con personas, organizaciones y gobiernos en Canadá y en el extranjero en la defensa y promoción de los derechos humanos, tal como se los define en la Carta Internacional de Derechos Humanos. Derechos y Democracia es una institución única en su tipo, que actúa como vÃ-nculo entre las organizaciones no gubernamentales y los gobiernos, favoreciendo el diálogo entre la sociedad civil y el Estado. Derechos y Democracia establece relaciones con grupos de derechos humanos, de pueblos indÃ-genas y de derechos de la mujer, asÃ- como movimientos democráticos y gobiernos alrededor del globo, con quienes coopera para promover derechos humanos y democracia. Además, pone en marcha y apoya a proyectos especÃ-ficos que apuntan a defender y promover los derechos humanos mediante un trabajo de concientización y el fortalecimiento de las capacidades de organizaciones asociadas para que puedan hacer lo mismo. Si bien su mandato es muy amplio, Derechos y Democracia articula su trabajo en torno a cuatro temas: desarrollo democrático, derechos de la mujer, mundialización y derechos humanos y derechos de los pueblos indÃ-genas. Cuenta asimismo con dos iniciativas especiales: − Intervenciones de urgencia /Oportunidades Importantes, destinada a responder ante crisis de derechos humanos y intervenir en oportunidades importantes, y − Defensa de los Derechos Humanos, que tiene como objetivo apoyar el trabajo de los defensores de los derechos humanos en lo que respecta a la utilización, tanto en Canadá como internacionalmente, de los mecanismos de derechos humanos regionales e internacionales de las Naciones Unidas y de los sistemas regionales de derechos humanos. Derechos y Democracia es una entidad consultiva (CategorÃ-a II) en el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas y figura en la lista especial de ONG de la Organización Internacional del Trabajo. Tiene también estatuto de observador a la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. Jean−Louis Roy es presidente de la institución desde agosto de 2002 (Warren Allmand de 1997 a 2002 y Edward Broadbent de 1989 a 1996 han sido sus predecesores). Derechos y Democracia está dirigido por un consejo nombrado por el Gobernador en Consejo de Canada e integrado por 13 miembros, tres de los cuales son originarios de los paÃ-ses en desarrollo. Janice Stein, Directora del Munk Centre for International Studies (Centro Munk para Estudios Internacionales) y profesora Belzberg de Gestión de Conflictos y Negociación en el Departamento de Ciencias polÃ-ticas de la Universidad de Toronto, asume la presidencia del organismo. Los miembros internacionales actuales son SofÃ-a Macher, de Perù, Vitit Muntarbhorn, de Tailandia y Saad Eddin Ibrahim, de Egipto. Los miembros canadienses son Baha R. Abu−Laban, Peter S. Li, Nancy Riche y Michael Small. El Consejo estuvo integrado por eminentes defensores de los derechos humanos, como el premio Nobel de la Paz Oscar Arias, Asma Jahangir de Pakistán y Cecilia Medina de Chile Como organismo sin fines de lucro, Derechos y Democracia Derechos y Democracia obra por las siguientes causas:
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1.−luchar con la impunidad en los casos de violación de los derechos humanos en el mundo; 2.−oponerse a la utilización abusiva de las leyes en materia de seguridad nacional; 3.−favorecer el reconocimiento internacional de los derechos de los pueblos indÃ-genas; 4.−hacer conocer mejor las violaciones de los derechos de la mujer en las situaciones de conflicto armado; 5.−promover el respeto de los derechos humanos en las instituciones de comercio internacional, como la Organización Mundial de Comercio; 6.−trabajar por la plena participación de las mujeres indÃ-genas a nivel nacional, regional e internacional; 7.−promover el desarrollo democrático en el contexto de la mundializacion 6.−COALICION CONTRA LA IMPUGNIDAD 6.1¿Qué es? En marzo de 1998, despues de varios meses de consultas y trabajo preparatorio, varias organizaciones eclesiásticas y de derechos humanos fundaron en Alemania la "Coalicion contra la Impunidad. La Coalicion contra la Impunidad trabaja por el esclarecimiento de las violaciones a los derechos humanos cometidos por la dictadura militar argentina de 1976 a 1983 contra alemanes y descendientes de alemanes, y para llevar a los culpables ante los tribunales alemanes competentes. Con este objetivo la Coalicion contra la Impunidad ha presentado una denuncia penal ante el Ministerio de Justicia de Alemania, contra los que resulten responsables de los delitos de derechos humanos cometidos contra ciudadanos alemanes o con ascendencia alemana. Similares procesos estan en marcha en España, Italia, Francia y Suecia. Debido a las leyes de amnistia y punto final, los violadores de los derechos humanos no han sido castigados en Argentina. Los secuestros y desapariciones, asi como los asesinatos de la dictadura no han merecido siquiera algun esfuerzo para que sean esclarecidos. La impunidad de hecho y de derecho es un desafio que superar a traves de la justicia, para construir sociedades democráticas. El derecho alemán abre posibilidades de enjuiciar a los responsables de delitos cometidos contra ciudadanos alemanes en el exterior. A través de este proceso las familias de los desaparecidos aspiran a lograr la verdad y la justicia que por 22 años se les viene negando en Argentina. La Coalicion contra la impunidad es apoyada por el Premio Nobel de la Paz de 1980, Adolfo Perez Esquivel, quien la primera semana de mayo, juntamente con dos representantes de la Comision de Familiares de los alemanes y descendientes de alemanes desaparecidos en Argentina, realizo una gira por Alemania, participando en la entrega de la denuncia penal por los primeros cuatro casos, asi como en la Audiencia Publica convocada para comprometer el apoyo de la opinion publica alemana. 6.2Miembros Los organismos miembros de la Coalicion contra la Impunidad son: El Centro de Derechos Humanos de Nuremberg, Amnistia Internacional (Grupo de coordinacion Argentina), El grupo Argentino de Stuttgart, el Departamento de Derechos Humanos de la Obra Diakonica de la Iglesia Evangelica de Alemania, el Servicio de Desarrollo de la Iglesia Evangelica de Baviera, la Comision de Derechos Humanos de la Asociacion de 4
Jueces, Fiscales y abogados, de Freiburg; la Coordinadora de los grupos argentinos en Alemania, la Mision Central de los Franciscanos, el Fondo Solidario latinoamericano de Pax Christi de Alemania, el Servicio Universitario Mundial, y Misereor. Otros organismos de derechos humanos han manifestado tambien su interes de incorporarse a la Coalicion contra la Impunidad. El coordinador de la Coalicion contra la impunidad es Esteban Cuya, del Centro de Derechos Humanos de Nuremberg. Los voceros de la Coalicion son Kuno Hauck, del Centro de Derechos Humanos de Nuremberg y Christiane Schulz, de la Obra Diaconica de la Iglesia Evangelica. 7.−CONVENCION EUROPEA DE DERECHOS HUMANOS La Convención Europea de Derechos Humanos fue adoptada por el Consejo de Europa en 1950 y entró en vigor en 1953. El nombre oficial de la Convención es Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales. Tiene por objeto proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales, y permite un control judicial del respeto de dichos derechos individuales. Hace referencia a la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1948. A fin de permitir un control del respeto efectivo de los derechos humanos, la Convención instituyó el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (o Corte Europea de Derechos Humanos), efectiva en 1954, y el Comité de Ministros del Consejo de Europa. El Consejo de Europa no debe confundirse con el Consejo de la Unión Europea, que no forma parte de la Convención (a pesar de estar unida a la Convención por el Tratado de Roma de 2004) y no tiene ningún papel en la administración del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. En tanto, la Convención ejerce una cierta influencia sobre el Derecho de la Unión: por ejemplo, la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en su preámbulo, "reafirma los derechos reconocidos especialmente por la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos". La Convención ha evolucionado con el paso del tiempo y comprende diversos protocolos adicionales. Por ejemplo, el Protocolo Nº.1 trata el derecho a la propiedad, a la educación y a elecciones libres, y el Protocolo N° 6 prohÃ-be la pena de muerte, excepto en caso de guerra. El convenio fue ratificado por España con fecha 26 de septiembre de 1979, publicado en el BoletÃ-n Oficial del Estado de 10 de octubre de 1979. 8.−COMISION AFRICANA DE DERECHOS HUMANOS Y DE LOS PUEBLOS La Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, también conocida como la Carta de Banjul, es un instrumento internacional cuyo objetivo es promover y proteger los derechos humanos y libertades básicas en el continente africano. El convenio fue auspiciado por la Organización para la Unidad Africana, en la actualidad reemplazada por la Unión Africana. En su Asamblea de Jefes de Estado y de Gobierno de 1979, la OUA adoptó una resolución en favor de la creación de un comité de expertos que redactara el borrador de un instrumento de derechos humanos de ámbito continental. Éste serÃ-a similar a los que ya existÃ-an en Europa, el Convenio Europeo de Derechos Humanos, y América, la Convención Americana de Derechos Humanos. El comité se constituyó debidamente y redactó un borrador que obtuvo la aprobación unánime de la Asamblea de 27 de julio de 1981. Según lo recogido en su artÃ-culo 63, por el que entrarÃ-a en vigor pasados tres meses desde la recepción por el Secretario General de los instrumentos de ratificación de la 5
mayorÃ-a simple de los miembros de la OUA, la Carta entró en vigor el 21 de octubre de 1986, en honor de lo cual el 21 de octubre se declaró DÃ-a de los Derechos Humanos en Ãfrica. La Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos es el órgano competente para interpretar la Carta y supervisar su cumplimiento. Fue constituida en 1987 y tiene su sede en Banjul, la capital de Gambia. En 1998 se adoptó un protocolo a la Carta por el que se acordaba la creación de una Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos (CADHP): el protocolo entró en vigor el 25 de enero de 2004. En julio de ese mismo año, la Asamblea de la Unión Africana decidió que la CADHP se fusionarÃ-a con la Corte Africana de Justicia, que habÃ-a sido proyectada como un órgano de la Unión; pero en julio de 2005, cuando aún no habÃ-a entrado en vigor el protocolo que constituÃ-a la Corte Africana de Justicia, se acordó constituir de todas formas la CADHP. En la Octava Sesión Ordinaria del Consejo Ejecutivo de la Unión Africana, que tuvo lugar en Jartum, Sudán, el 22 de enero de 2006, se eligieron los primeros jueces de la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. La relación entre la Corte y la Comisión debe ser concretada en un futuro. 9.−COMITÉ DE AMERICA LATINA Y EL CARIBE PARA LA DEFENSA DE LOS DERECHOS DE LA MUJER (CLADEM) Es una red de mujeres y de organizaciones de mujeres que en toda América Latina y el Caribe que estan empeñadas en unir sus esfuerzos para lograr una efectiva defensa de los derechos de las mujeres en toda la región. CLADEM es un espacio de articulación feminista que promueve a la luz de los Derechos Humanos el debate y la reflexión socio−jurÃ-dica y ética polÃ-tica sobre cualquier tema estructural o coyuntural que afecte la vida de las mujeres, con criterios de autonomÃ-a y respeto por todas las posturas 9.1HISTORIA "El poder se legitima a través del derecho y el derecho legitima la subordinación de la mujer" Compartieron un funcionamiento de la justicia parecido: corrupción, lentitud en los trámites, jueces machistas, etc... Pronto la inquietud se hizo mayor y el grupo creció. AsÃ-, con el fin de unir sus esfuerzos, construyeron CLADEM el 3 de julio de 1987 en San José de Costa Rica. En algunos paÃ-ses ya habÃ-an avanzado en el estudio sobre el problema del maltrato, en otros habÃ-an diseñado propuestas para erradicar la violencia sexual, algunos ya tenÃ-an legislación contra la discriminación contra la mujer. Ellas trataban de aprender de estas experiencias para adaptarlas y mejorarlas de acuerdo a nuestras propias realidades. 9.2¿Qué hacen? En CLADEM elaboran y difunden diagnósticos, investigaciones, propuestas jurÃ-dicas y de polÃ-tica para el mejoramiento de la condición de la mujer. Se relacionamos con organizaciones internacionales, a las que se unen interéses comúnes y junto a las cuáles abogan por los derechos humanos de las mujeres en foros internacionales, asÃ- como con instancias de gobierno, legislativas y judiciales. Al interior de cada paÃ-s, promueven la preparación de instrumentos de monitoreo a los gobiernos y su aplicación desde la sociedad civil. Asi mismo informan, capacitan, sistematizan y hacen denuncias para que se cumplan los compromisos 6
asumidos por los Estados en relación a los derechos humanos de las mujeres. Esta organización cuenta con Status Consultivo en la categorÃ-a II ante la Comisión Económica y Social de las Naciones Unidas desde el año 1995 y está facultada para participar en las actividades de la Organización de Estados Americanos (equivalente de la OEA al Status Consultivo) desde el año 2002. 10.−COMISION ECUMÉNICA DE DERECHOS HUMANOS 10.1¿Qué es? Es una Organización no gubernamental de derechos humanos. Inició sus actividades en mayo de 1978. Está integrada por representantes de organizaciones campesinas, indÃ-genas, centrales sindicales, organizaciones barriales, de mujeres, gremios de abogados, médicos, periodistas y centros de investigación y promoción. La CEDHU trabaja por lograr un futuro en el que se respeten de manera activa los derechos humanos por parte de todos los grupos públicos y privados que hacen la sociedad. El trabajo de la CEDHU se fundamenta en principios de objetividad y justicia, promueve la vigencia de valores como la honradez, la transparencia y la solidaridad. Busca contribuir al desarrollo de cultura de paz. 10.2Ambito de acción Derechos civiles y polÃ-ticos. Derechos económicos, sociales, culturales y de los pueblos. La vigencia de los derechos humanos y el desarrollo integral de la persona son términos correlativos. Sin los primeros, un simple crecimiento económico reemplaza el desarrollo integral de las personas; sin el segundo, los primeros son declaraciones retóricas. Un contexto económico y social equitativo es imprescindible para el ejercicio de los derechos civiles, polÃ-ticos, económicos, sociales, culturales y de los pueblos que conforman un todo indivisible. Las denuncias registradas sin interrupción en la CEDHU, permiten informar con precisión en cada número sobre las más graves violaciones a los derechos humanos ocurridas en el paÃ-s. La doble página central dedicada a esto probablemente el aporte principal de Derechos del Pueblo y el más esperado por sus lectores. La tirada es de 2.000 ejemplares y la suscripción es anual. 11.−COMISION INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (CIDH) 11.1¿Qué es? La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) es una de las dos entidades del sistema interamericano de protección y promoción de los derechos humanos en las Américas. Tiene su sede en Washington, D.C. El otro órgano es la Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José, Costa Rica. La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y que actúa en representación de todos los paÃ-ses miembros de la OEA. Está integrada por siete miembros independientes que se desempeñan en forma personal, que no representan a ningún paÃ-s en particular y que son elegidos por la Asamblea General.
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La CIDH se reúne en PerÃ-odos Ordinarios y Extraordinarios de sesiones varias veces por año. Su SecretarÃ-a Ejecutiva cumple las instrucciones de la CIDH y sirve de apoyo para la preparación legal y administrativa de sus tareas. 11.2¿Cuáles son las funciones y atribuciones de la CIDH? La Comisión tiene la función principal de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos, y en el ejercicio de su mandato: 1.−Recibe, analiza e investiga peticiones individuales que alegan violaciones de los derechos humanos, según lo dispuesto en los artÃ-culos 44 al 51 de la Convención. 2.−Observa la vigencia general de los derechos humanos en los Estados miembros, y cuando lo considera conveniente publica informes especiales sobre la situación en un estado en particular. 3.−Realiza visitas in loco a los paÃ-ses para profundizar la observación general de la situación, y/o para investigar una situación particular. Generalmente, esas visitas resultan en la preparación de un informe respectivo, que se publica y es enviado a la Asamblea General. 4.−Estimula la conciencia de los derechos humanos en los paÃ-ses de América. Para ello entre otros, realiza y publica estudios sobre temas especÃ-ficos. AsÃ- por ejemplo sobre: medidas para asegurar mayor independencia del poder judicial; actividades de grupos irregulares armados; la situación de derechos humanos de los menores, de las mujeres, de los pueblos indÃ-genas. 5.−Realiza y participa en conferencias y reuniones de distinto tipo con representantes de gobiernos, académicos, grupos no gubernamentales, etc... Para difundir y analizar temas relacionados con el sistema interamericano de los derechos humanos. 6.−Hace recomendaciones a los Estados miembros de la OEA sobre la adopción de medidas para contribuir a promover y garantizar los derechos humanos. 7.− Requiere a los Estados que tomen "medidas cautelares" especÃ-ficas para evitar daños graves e irreparables a los derechos humanos en casos urgentes. Puede también solicitar que la Corte Interamericana requiera "medidas provisionales" de los Gobiernos en casos urgentes de peligro a personas, aún cuando el caso no haya sido sometido todavÃ-a a la Corte. 8.−Somete casos a la jurisdicción de la Corte Interamericana y actúa frente a la Corte en dichos litigios. 9.− Solicita "Opiniones Consultivas" a la Corte Interamericana sobre aspectos de interpretación de la Convención Americana. 12.−COMISION VALECH 12.1¿Qué es? La Comisión Nacional sobre Prisión PolÃ-tica y Tortura, presidida por Monseñor Sergio Valech (y llamada por lo mismo «Comisión Valech») fue un organismo chileno creada para esclarecer la identidad de las personas que sufrieron "privación de libertad y torturas por razones polÃ-ticas, por actos de agentes del Estado o de personas a su servicio, en el perÃ-odo comprendido entre el 11 de septiembre de 1973 y el 10 de marzo de 1990, durante el régimen militar. Por decreto 1.040, de 26 de septiembre de 2003, el Presidente Ricardo Lagos dispuso la creación de esta 8
Comisión, que tendrÃ-a la calidad de órgano asesor del Presidente de la República. El objeto era evidentemente suplir las carencias de la Comisión Rettig, que sólo pudo pronunciarse sobre quienes habÃ-an muerto a manos de agentes del Estado durante la dictadura. Las torturas y prisiones no habÃ-an sido contempladas con anterioridad. Mediante este acto, Lagos reivindicaba la dignidad de estas otras vÃ-ctimas de la dictadura 13.−COORDINADORA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos − CNDDHH − es un colectivo de instituciones de la sociedad civil que trabajan en la defensa, promoción, educación y difusión de los derechos humanos en el Perú. Trabaja permanentemente desde 1985, y ha logrado un reconocimiento nacional e internacional, constituyéndose en un referente por haber demostrado que el trabajo como coalición facilita poner en la agenda pública la problemática y propuestas de solución en materia de derechos humanos. Además, cuenta con Status Consultivo Especial ante el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas (ONU), y está acreditada para participar en las actividades de la Organización de Estados Americanos (OEA). 13.1Historia En 1985, un grupo de organizaciones de derechos humanos constituyó el Comité de Solidaridad "Mártires de Uchuraccay" para buscar, a través de acciones coordinadas el esclarecimiento del asesinato de nueve periodistas en esa comunidad ayacuchana. Este Comité puede ser considerado como el antecedente de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. La CNDDHH nace y se constituye como la primera institución de referencia en América Latina que reúne a un colectivo de organismos de derechos humanos de un paÃ-s.  13.2Organización La CNDDHH esta integrada por 67 organismos repartidos en todo el Perú. La organización interna comprende los siguientes órganos: Asamblea General, Consejo Directivo Nacional, Comité Permanente y SecretarÃ-a Ejecutiva. Existen diversos Grupos y Mesas de Trabajo que reúnen a representantes de los organismos quienes analizan, reflexionan, proponen y realizan un trabajo colectivo. Actualmente, el Dr. Ronald Gamarra Herrera, es Secretario Ejecutivo de la Coordinadora Nacional de Derechos Humanos. FINANCIERAS La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos desarrolla su trabajo gracias al apoyo de entidades de cooperación internacional. Fundación Ford Unión Europea DiakonÃ-a − Acción Ecuménica Sueca Cooperación Belga al Desarrollo Fundación Merck
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Fondo Noruego REDRESS Embajada de Finlandia Embajada de Holanda 14.−CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS (OEA) La Corte Interamericana de Derechos Humanos, con sede en San José Costa Rica, es una institución judicial autónoma de la Organización de los Estados Americanos cuyo objetivo es la aplicación e interpretación de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y de otros tratados concernientes al mismo asunto y fue establecida en 1979. Está formada por juristas de la más alta autoridad moral y reconocida competencia en materia de derechos humanos elegidos a tÃ-tulo personal. 14.1HISTORIA En noviembre de 1969 se celebró en San José de Costa Rica la Conferencia Especializada Interamericana sobre Derechos Humanos. En ella, los delegados de los Estados Miembros de la Organización de los Estados Americanos redactaron la Convención Americana sobre Derechos Humanos, que entró en vigor el 18 de julio de 1978, al haber sido depositado el undécimo instrumento de ratificación por un Estado Miembro de la OEA. A la fecha, veinticinco naciones Americanas han ratificado o se han adherido a la Convención: Argentina, Barbados, Bolivia, Brasil, Colombia, Costa Rica, Chile, Dominica, Ecuador, El Salvador, Grenada, Guatemala, HaitÃ-, Honduras, Jamaica, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay, Perú, República Dominicana, Suriname, Trinidad y Tobago, Uruguay y Venezuela. Trinidad y Tobago denunció la Convención Americana sobre Derechos Humanos, por comunicación dirigida al Secretario General de la OEA, el 26 de mayo de 1998. Este tratado regional es obligatorio para aquellos Estados que lo ratifiquen o se adhieran a él y representa la culminación de un proceso que se inició a finales de la Segunda Guerra Mundial, cuando las naciones de América se reunieron en México y decidieron que una declaración sobre derechos humanos deberÃ-a ser redactada, para que pudiese ser eventualmente adoptada como convención. Tal declaración, la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, fue aprobada por los Estados Miembros de la OEA en Bogotá, Colombia, en mayo de 1948. Con el fin de salvaguardar los derechos esenciales del hombre en el continente americano, la Convención instrumentó dos órganos competentes para conocer de las violaciones a los derechos humanos: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos. La primera habÃ-a sido creada en 1959 e inició sus funciones en 1960, cuando el Consejo de la OEA aprobó su Estatuto y eligió sus primeros miembros. Sin embargo, el Tribunal no pudo establecerse y organizarse hasta que entró en vigor la Convención. El 22 de mayo de 1979 los Estados Partes en la Convención Americana eligieron, durante el Séptimo PerÃ-odo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA, a los juristas que en su capacidad personal, serÃ-an los primeros jueces que compondrÃ-an la Corte Interamericana. La primera reunión de la Corte se celebró el 29 y 30 de junio de 1979 en la sede de la OEA en Washington, D. C.
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La Asamblea General de la OEA, el 1 de julio de 1978, recomendó aprobar el ofrecimiento formal del Gobierno de Costa Rica para que la sede de la Corte se estableciera en ese paÃ-s. Esta decisión fue ratificada después por los Estados Partes en la Convención durante el Sexto PerÃ-odo Extraordinario de Sesiones de la Asamblea General, celebrado en noviembre de 1978. La ceremonia de instalación de la Corte se realizó en San José el 3 de septiembre de 1979. Durante el Noveno PerÃ-odo Ordinario de Sesiones de la Asamblea General de la OEA fue aprobado el Estatuto de la Corte y, en agosto de 1980, la Corte aprobó su Reglamento, el cual incluye las normas de procedimiento. El 25 de noviembre de 2003 durante el LXI perÃ-odo ordinario de sesiones, entró en vigor un nuevo Reglamento de la Corte, el cual se aplica a todos los casos que se tramitan actualmente ante la Corte. El 10 de septiembre de 1981 el Gobierno de Costa Rica y la Corte firmaron un Convenio de Sede, aprobado mediante Ley No. 6889 del 9 de septiembre de 1983, que incluye el régimen de inmunidades y privilegios de la Corte, de los jueces, del personal y de las personas que comparezcan ante ella. Este Convenio de Sede está destinado a facilitar el normal desenvolvimiento de las actividades de la Corte, especialmente por la protección que da a todas aquellas personas que intervengan en los procesos. Como parte del compromiso contraÃ-do por el Gobierno de Costa Rica, en noviembre de 1993 éste le donó a la Corte la casa que hoy ocupa la sede del Tribunal. El 30 de julio de 1980 la Corte Interamericana y el Gobierno de la República de Costa Rica firmaron un convenio, aprobado por la Asamblea Legislativa mediante Ley No. 6528 del 28 de octubre de 1980, por la cual se creó el Instituto Interamericano de Derechos Humanos. Bajo este Convenio se establece el Instituto como una entidad internacional autónoma, de naturaleza académica, dedicado a la enseñanza, investigación y promoción de los derechos humanos, con un enfoque multidisciplinario y con énfasis en los problemas de América. El Instituto, con sede también en San José, Costa Rica, trabaja en apoyo del sistema interamericano de protección internacional de los derechos humanos. 15.−CORREPI − COORDINADORA CONTRA LA REPRESIÓN POLICIAL E INSTITUCIONAL Esta organización se constituyó en mayo de 1992, con la confluencia de militantes del campo popular, entre ellos algunos abogados, y familiares de vÃ-ctimas de la represión policial, a partir de la caracterización del fenómeno represivo como funcional e inherente al sistema. 15.1Historia Esta convergencia fue el fruto de la sÃ-ntesis entre diversas experiencias anteriores, en particular las respuestas populares frente a la "masacre de Budge" (1987), al asesinato del militante cristiano AgustÃ-n RamÃ-rez en San Fracisco Solano (1988), ambos en la Pcia. De Buenos Aires y al homicidio de Walter Bulacio (1991) en la Ciudad de Buenos Aires. La experiencia acumulada en ese perÃ-odo los persuadió de que era necesario conformar una organización antirrepresiva que intentara coordinar los esfuerzos en torno de los distintos casos en todo el paÃ-s, y que profundizara el estudio de las caracterÃ-sticas comunes de lo que definimos como PolÃ-tica de Estado, y no fruto casual de desbordes individuales de malos funcionarios. AsÃ- comenzaron a trabajar en una permanente dialéctica que articula el trabajo de base en las causas concretas, tanto en lo judicial como en la movilización, con la elaboración de una doctrina caracterizando el fenómeno represivo, sus causas y sus objetivos.
Desarrollaron una intensa labor de denuncia y de acciones frente a cada hecho de represión institucional, contribuyendo a instalar en el debate social los objetivos y modos de intervención de las fuerzas de seguridad, en particular de la policÃ-a, en su rol de ejecutoras de las polÃ-ticas represivas del sistema.
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Consideraron que el estado burgués, independientemente del gobierno que lo administre, necesariamente debe recurrir a herramientas represivas como el gatillo fácil, las torturas, las detenciones arbitrarias y la persecución polÃ-tica para garantizar la aplicación de su polÃ-tica económica y social. El Estado, como organizador de la violencia en beneficio de los sectores dominantes, utiliza su aparato represivo para disciplinar y reprimir a las clases oprimidas.
En este sentido, entendieron que la plena vigencia de los derechos humanos sólo es posible a través de la lucha y la transformación social; y es en este camino que desarrollaron su tarea, impulsando la organización popular como forma de lucha contra la represión.
Son una organización polÃ-tica en lucha que participa en el debate polÃ-tico y de las acciones concretas; que desarrolla diariamente un intensa tarea educativa, de difusión y denuncia; que interviene en la activa representación judicial de las vÃ-ctimas y de los represaliados, y que articula planes y acciones comunes antirrepresivas con todas las organizaciones del campo popular.
15.2DECLARACIÓN DE PRINCIPIOS:
CORREPI − Coordinadora Contra la Represión Policial e Institucional − es una organización polÃ-tica que activa en el campo de los Derechos Humanos, al servicio de la clase trabajadora y el pueblo, con especificidad frente a las polÃ-ticas represivas del Estado. Entendieron que todo estado que represente y defienda los intereses de la clase dominante sobre las mayorÃ-as oprimidas, deberá ejercer la represión, sea por la forma abierta de la coerción o por la más sutil de la imposición de consenso. Es su objetivo, a través de variadas herramientas, caracterizar, denunciar y combatir esas polÃ-ticas represivas, poniendo en evidencia su carácter esencial e inherente al sistema capitalista. 16.−DERECHOS − HUMAN RIGHTS Derechos Human Rights es una organización internacional que trabaja por el respeto y la promoción de los derechos humanos en todo el mundo. Su trabajo consiste en educar al público sobre los derechos humanos y sus violaciones; en investigar los abusos a los derechos humanos, incluyendo sus causas, desarrollo y consecuencias; en contribuir al desarrollo del derecho nacional e internacional de los derechos humanos y el estado de derecho; en preservar la memoria de las vÃ-ctimas de violaciones a los derechos humanos; en luchar contra la impunidad de violadores de derechos humanos; y en llevar a cabo proyectos de asistencia a organismos de derechos humanos, a activistas y a vÃ-ctimas de violaciones a los derechos humanos o el derecho humanitario internacional. Utilizan la internet como su herramienta principal de comunicación e información. Derechos trabaja con activistas y organismos de derechos humanos nacionales e internacionales en todo el mundo, aunque nuestro foco actual es América Latina. Derechos nació en la internet, y tiene representantes en Estados Unidos, América Latina y Europa. 17.−DESAPARECIDOS. ORG. El Proyecto Desaparecidos es un proyecto de diversos organismos y activistas de derechos humanos para mantener la memoria y alcanzar la justicia. Es un lugar donde poder conocer y recordar a las vÃ-ctimas del terrorismo de estado en América Latina y el mundo. Y es es un lugar donde poder conocer tambien quienes fueron y quienes son los secuestradores, torturadores, asesinos y cómplices culpables por las desapariciones de miles de personas. Finalmente, es un lugar donde reconstruÃ-r, entender y analizar el terrorismo de estado, 12
el fenómeno de las desapariciones, y aprender como evitar que pase de nuevo. 18.−EQUIPO NIZKOR El Equipo Nizkor considera que el primer paso en la lucha contra las violaciones a los derechos humanos es la información, clara, precisa y a tiempo. Es mucho más fácil matar, torturar o violar derechos cuando se hace en secreto. Por eso hemos creado estas páginas, donde encontrarás la información de los conflictos y situaciones más graves, asÃ- como la información necesaria para poder organizarte de la manera más eficaz posible. 19.−FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE JURISTAS PROGRESISTAS (FAJP) La Federación de Asociaciones de Juristas Progresistas, constituida en abril de 1992, coordina las actuaciones de ocho asociaciones de juristas de diversas procedencias profesionales y geográficas. Las asociaciones que conforman la FAJP son: la Asociación CrÃ-tica del Derecho de Madrid (ACD), Justicia y Sociedad de Las Palmas de Gran Canaria, Derecho y Democracia de Sevilla, Jueces para la Democracia, Xusticia e Sociedade de Galicia, la Asociación Valenciana de Juristas Demócratas, la Unión Progresista de Secretarios Judiciales y la Asociación de Juristes de les Illes Balears. No se exigen requisitos especiales para formar parte de la federación, de tal manera que cualquier asociación involucrada en el mundo del derecho desde sus más variadas perspectivas, es bien recibida. La federación y las asociaciones que la conforman colaboran activamente con otras asociaciones, como la Asociación Pro Derechos Humanos de España o AmnistÃ-a Internacional. 20.−FEDEFAM− FEDERACION LATINOAMERICANA DE ASOCIACIONES DE FAMILIARES DE DETENIDOS − DESAPARECIDOS (FEDEFAM) La Federación Latinoamericana de Asociaciones de Familiares de Detenidos−Desaparecidos (FEDEFAM) es una organización no gubernamental integrada por las Asociaciones de Familiares de paÃ-ses de América Latina y el Caribe en los que se practico o practica la desaparición forzada de personas. FEDEFAM es una organización humanitaria, independiente de toda doctrina o institución polÃ-tica o religiosa. 20.1Historia La Federación fue fundada en enero de 1981 en la ciudad de San José (Costa Rica) e institucionalizada por el II Congreso realizado en la ciudad de Caracas (Venezuela) en Noviembre del mismo año. FEDEFAM tiene el status consultativo en categorÃ-a II ante el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas. Su gestión se funda en el esfuerzo de cada una de sus Asociaciones miembros y se apoya en la solidaridad desinteresada de personas y organismos humanitarios nacionales, latinoamericanos e internacionales. 20.2Funciones de Fedefam 1.−Recibir denuncias sobre casos de desapariciones forzadas ocurridas en América Latina y el Caribe y hacer gestiones destinadas a salvar la vida e integridad del desaparecido asÃ- como exigir que se cumpla el trámite judicial normal o se le ponga en inmediata libertad. 2.−Cursar inmediatamente la denuncia a diferentes organismos internacionales competentes, entre ellos los de carácter gubernamental tales como: la Comisión de Derechos Humanos de la ONU y su SubComisión; el Grupo de Trabajo Sobre las Desapariciones Forzadas o Involuntarias, que elevan informes anuales intentando esclarecer casos; los Relatores Especiales sobre temas y paÃ-ses; y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la OEA. 13
3.−Contribuir a las tareas de búsqueda, organización, intercambio de experiencias y difusión que realizan los familiares en cada paÃ-s. 4.−Oponerse a la impunidad para los perpetradores o culpables de la desaparición forzada. 5.−Desarrollar la solidaridad internacional con los familiares formando Grupos de Apoyo en diversos paÃ-ses. 6.−Promover la asistencia de los familiares en el plano médico−psico−social. 7.−Editar publicaciones, informes y realizar actividades que sirvan para que el mundo conozca estas realidades y asuma la responsabilidad de eliminar esta práctica. Una de las actividades anuales de FEDEFAM es la Semana Mundial del Detenido−Desaparecido en la última semana de mayo. 8.−Promover en las Naciones Unidas y la OEA instrumentos internacionales sobre la Desaparición Forzada de Personas, tal como una Declaración en las Naciones Unidas y Convenciones en los sistemas de N.U. y la OEA 21.−FEDERACIÓN DE ASOCIACIONES DE DEFENSA Y PROMOCION DE LOS DERECHOS HUMANOS. La Federación de Asociaciones de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos − España es una entidad sin ánimo de lucro, de carácter no gubernamental y de ámbito estatal, que fue creada en 1989, con el propósito de hacer converger a las asociaciones españolas que podrÃ-an sentirse bien definidas con la intención recogida en su denominación. Su proyecto fundamental ha pretendido potenciar objetivos comunes de las distintas organizaciones que trabajan el universo de los Derechos Humanos. En 1996 la Federación fue reconocida como la única organización española con Estatuto Consultivo Especial ante el Consejo Económico y Social (ECOSOC) de Naciones Unidas, permitiéndole realizar sus objetivos de defensa de los derechos humanos en los foros internacionales, por medio de la participación directa y a través de estudios particulares, proyectos de trabajo y campañas ante la opinión pública nacional e internacional. Desde su creación, la Federación ha ido creciendo en número de miembros y realizando cada vez mayor número de actividades. La participación en redes internacionales como el Grupo de Seguimiento de los Acuerdos de Viena y la Red Europea de Lucha Contra el Racismo (ENAR) , le ha permitido estrechar los lazos y realizar un trabajo conjunto con ONG en el ámbito internacional. En el ámbito nacional son muchas las actividades que ha realizado esta Federación a lo largo de sus años de vida, desde la organización de mesas redondas, talleres de trabajo y promoción de plataformas de defensa y promoción de los derechos humanos, hasta la celebración de encuentros internacionales con organizaciones latinoamericanas fomentando la corriente de solidaridad con estos paÃ-ses y sus procesos de pacificación y democratización. 21.1Objetivos Esta Federación tiene como finalidad la Defensa y Promoción de los Derechos Humanos en su sentido más amplio, tal y como se recogen y proclaman en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, en los Pactos Internacionales sobre Derechos Civiles y PolÃ-ticos y sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales y en todos los instrumentos, tratados y acuerdos internacionales adoptados por la Comunidad Internacional cuyo objeto y fin es la difusión y protección de los Derechos Humanos. La finalidad y objetivos de la Federación se llevan a cabo mediante la ejecución de todo tipo de programas y actividades relacionadas con el fomento de la solidaridad entre los pueblos, incluidos los proyectos de 14
Educación y Cooperación al Desarrollo al entender que el respeto y la protección de los derechos humanos son un requisito indispensable para el desarrollo de una sociedad. Para consolidar los procesos democráticos y de pacificación que permita la creación de un Estado de Derecho, es necesario el fortalecimiento de las instituciones, especialmente de aquellas encargadas de la protección y defensa de la sociedad y sus derechos. La proyección de la Federación, tanto en razón de sus propias actividades como de la de sus miembros, no sólo dice relación a España, sino también a Africa, algunos paÃ-ses asiáticos y, muy especialmente a América Latina. El reconocido prestigio, tanto en el ámbito nacional como en el internacional, que poco a poco se ha ido creando la Federación con el trabajo a lo largo de estos años y la obtención del Estatuto Consultivo, ha llevado a que cada vez sean más las demandas que se la solicitan tanto de la sociedad civil española como de las latinoamericanas y de modo concreto de sus ONG tanto de acción social, de cooperación al desarrollo o de defensa de los derechos humanos. 21.2Las actividades a)Informar y denunciar con veracidad las situaciones de violaciones de derechos humanos y aquellas en las que no existen suficientes garantÃ-as para su protección, con el fin de contribuir a la creación de conciencia y solidaridad con las vÃ-ctimas. b)Educar, formar y sensibilizar a la opinión pública que con frecuencia se encuentra mal informada de situaciones de violaciones de derechos humanos que son olvidadas o manipuladas por los medios de comunicación, a través de campañas y actos de difusión. Por otro lado, es prioritario el interés en realizar todo tipo de actividades que impulsen la introducción de la educación de derechos humanos en el sistema educativo y en los planes de estudio a todos los niveles. c)Participar activamente en los foros internacionales, especialmente en Naciones Unidas y la Unión Europea, trabajando conjuntamente con otras organizaciones, para la defensa y promoción, tanto de los derechos civiles y polÃ-ticos como de los económicos, sociales y culturales, de las personas y grupos más desfavorecidos, y para contribuir a la recta interpretación del Derecho de los Pueblos y de los nuevos derechos. d)Apoyo a las distintas iniciativas de ONG de América Latina que desempeñen actividades relacionadas con el fortalecimiento de la sociedad civil en la defensa y protección de sus derechos y el apoyo a los procesos de pacificación, al fortalecimiento institucional y democrático y la consolidación y profundización del Estado de Derecho, siendo transmisores de sus iniciativas a través de la presentación de proyectos para la obtención de los recursos necesarios, a las convocatorias de subvenciones públicas. 22.−GRUPO FARENHEIT Fahrenheit es el nombre de un grupo de militantes de la vida que no se resignan a la desmemoria. Convencidos de que la única batalla que se pierde es la que se abandona, se han tomado la tarea de recuperar, comprensivamente, históricamente, esa parte del pasado que hoy es presente en la rabia por la impunidad de tanto torturador, tanto asesino suelto. 23.−HUMAN RIGHTS WATCH Human Rights Watch es una de las principales organizaciones internacionales independientes dedicadas a la defensa y la protección de los derechos humanos. Al concentrar la atención mundial en los lugares donde se violan los derechos humanos, damos voz a los oprimidos y exigimos cuentas a los opresores por sus 15
crÃ-menes. Nuestras investigaciones rigurosas y objetivas, y nuestra incidencia polÃ-tica estratégica y focalizada generan una intensa presión para la acción y aumentan el precio que hay que pagar por abusos a los derechos humanos.
Human Rights Watch lleva 30 años trabajando tenazmente por sentar las bases jurÃ-dicas y morales para un cambio profundamente arraigado, y luchando para que las personas de todo el mundo disfruten de mayor justicia y seguridad. 23.1Historia Human Rights Watch comenzó en 1978 con la creación de Helsinki Watch, cuyo objetivo era ayudar a los grupos ciudadanos formados en todo el bloque soviético a verificar el cumplimiento gubernamental de los Acuerdos de Helsinki de 1975. Helsinki Watch adoptó una metodologÃ-a de "nombrar y avergonzar" públicamente a los gobiernos abusivos mediante la cobertura mediática e intercambios directos con los diseñadores de polÃ-ticas. Al concentrar la atención internacional sobre las violaciones de los derechos humanos en la Unión Soviética y Europa del Este, Helsinki Watch contribuyó a las drásticas transformaciones democráticas de finales de los ochenta. Americas Watch se fundó en 1981 cuando Centroamérica estaba inmersa en guerras civiles sangrientas. Gracias a las extensas averiguaciones sobre el terreno, Americas Watch no sólo abordó los abusos cometidos por las fuerzas gubernamentales, sino que también aplicó el derecho internacional humanitario a la investigación y la denuncia de los crÃ-menes de guerra cometidos por grupos rebeldes. Además de plantear sus preocupaciones en los paÃ-ses afectados, Americas Watch también examinó de manera crÃ-tica el papel desempeñado por los gobiernos extranjeros, especialmente Estados Unidos, al ofrecer asistencia militar y polÃ-tica a gobiernos abusivos. En los ochenta se crearon rápida y sucesivamente Asia Watch (1985), Africa Watch (1988) y Middle East Watch (1989), que se sumaron a lo que entonces se conocÃ-a como "The Watch Committees" (Comités de Observación). En 1988, la organización adoptó formalmente el nombre incluyente de Human Rights Watch. Los nuevos retos para los derechos humanos en los noventa provocaron importantes innovaciones en el trabajo de Human Rights Watch. Sus informes sobre la Guerra del Golfo Pérsico de 1991 se ocuparon por primera vez de las violaciones de las leyes de la guerra en las campañas de bombardeos. Se ampliaron los objetivos de la incidencia polÃ-tica para prestar mayor atención a las Naciones Unidas y los organismos regionales como la Unión Europea. La "limpieza étnica" y el genocidio en Ruanda y los Balcanes generaron la necesidad de informar en tiempo real sobre las atrocidades y documentar en profundidad los casos para promover enjuiciamientos internacionales, los cuales se hicieron posibles por primera vez en los noventa. Human Rights Watch ha respaldado y criticado la labor de los tribunales internacionales para la antigua Yugoslavia y Ruanda, reclamado el procesamiento de lÃ-deres abusivos como Augusto Pinochet de Chile e Hissène Habré de Chad, y desempeñado un papel destacado en la redacción del Tratado de Roma para la creación de la Corte Penal Internacional. Al mismo tiempo, Human Rights Watch amplió y reforzó su trabajo sobre los derechos de las mujeres, los niños, los refugiados y los trabajadores migrantes, incorporando la perspectiva de los derechos humanos a cuestiones tales como la violencia doméstica, el tráfico de personas, la violación como crimen de guerra y los niños soldados. La organización encontró nuevas maneras de investigar los abusos contra los derechos humanos en sociedades cerradas como la de Arabia Saudita y Corea del Norte. Contribuyó a destacar temas antes ignorados como los derechos de gays y lesbianas. Examinó el comercio internacional de armas y el papel de las empresas en los derechos humanos, y elaboró estudios sin precedentes, por ejemplo, sobre los abusos contra los derechos humanos en las industrias del petróleo, el oro y el empacado de carne. 16
En 1997, Human Rights Watch compartió el Premio Nobel de la Paz como miembro fundador de la Campaña para la Prohibición de las Minas Terrestres, y desempeñó un papel destacado en el tratado de 2008 para la prohibición de las municiones de racimo. El siglo XXI ha traÃ-do nuevos desafÃ-os. Los atentados del 11 de septiembre de 2001 y sus efectos posteriores subrayaron la necesidad de aplicar nuevas formas de presión sobre los grupos terroristas y sus simpatizantes, y seguir estrechamente las leyes, polÃ-ticas y prácticas antiterroristas que vulneran los derechos humanos fundamentales. La pandemia del VIH/SIDA llevó a la creación de un programa sobre derechos humanos y salud dentro de Human Rights Watch. Human Rights Watch aplica cada vez más su metodologÃ-a de investigación a los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente en áreas como educación y vivienda. También ha empezado a utilizar nuevas metodologÃ-as como estudios estadÃ-sticos, imágenes satelitales y análisis de datos sobre bombas. La combinación de su labor tradicional de averiguación sobre el terreno con las nuevas tecnologÃ-as y la incidencia polÃ-tica innovadora sitúa a Human Rights Watch a la vanguardia de la promoción del respeto por los derechos humanos en todo el mundo. 24.−INSTANCIA EQUIDAD Y RECONCILIACION (IER) La Instancia Equidad y Reconciliación (IER),es un organismo creado por el Estado marroquÃ- para el «esclarecimiento de la verdad sobre las graves violaciones de derechos humanos cometidas en el pasado, esto es, investigar sobre la represión y la guerra sucia llevadas a cabo durante el reinado de Hasan II. Fue instaurada oficialmente por el rey Mohammed VI el 7 de enero de 2004. Sus estatutos se regulan mediante el dahir (real decreto) 1.04.42 del 20 de abril de 2004. No tiene competencias judiciales sino que se dedica a la investigación, evaluación y propuesta de reparaciones. Son sus competencias oficiales: • Establecer los hechos constituyentes de violaciones de derechos humanos cometidos entre la independencia del paÃ-s (1956) hasta el año en que se decide la creación de esta instancia (1999). El periodo corresponde en su mayor parte al reinado de Hasan II. • Investigar casos no resueltos de desaparición forzosa de personas. • Determinar la responsabilidad de los órganos estatales u otros en las violaciones de derechos humanos. • Proponer indemnizaciones a las vÃ-ctimas. • Elaborar un informe que inclluya las conclusiones de las investigaciones y propuestas de polÃ-ticas destinadas a evitar casos similares en el futuro, preservar la memoria histórica y reparar las secuelas de la guerra sucia. • Contribuir al diálogo y la reconciliación nacional. Aunque la IER pretende rehabilitar a las vÃ-ctimas de los años de plomo, todos los testimonios que ha ido recogiendo en audiciones públicas han contado con el requisito previo de que no debÃ-a nombrarse a las personas responsables de las violaciones de derechos humanos. La IER pretende reparar en cierta medida los daños causados a las personas represaliadas pero en modo alguno perseguir a los responsables de los hechos investigados, la mayorÃ-a de los cuales siguen en activo al servicio de la administración o lo han estado hasta su jubilación. Por este motivo la IER ha recibido duras crÃ-ticas de asociaciones de derechos humanos, que la acusan de querer lavar la imagen del Estado marroquÃ- sin proceder en realidad a una revisión y limpieza de sus mecanismos de seguridad. La Asociación MarroquÃ- de Derechos Humanos (AMDH) ha realizado desde febrero de 2005 unas sesiones de testimonio público paralelas a las de la IER y diferentes a las oficiales en tanto que no se exige ninguna autocensura. Por ellas han pasado cerca de 200 vÃ-ctimas de la represión que, según la AMDH, han sido ignoradas por la IER por su voluntad de denunciar a sus torturadores u otras razones polÃ-ticas.
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25.−MOVIMIENTO ECUMÉNICO POR LOS DERECHOS HUMANOS (MEDH) El MEDH fue creado en febrero de 1976, en vÃ-speras de la dictadura militar, y desde ese momento es uno de los organismos de derechos humanos tradicionalmente reconocidos en el paÃ-s. Realizó su primera liturgia por los derechos humanos en la Catedral de Quilmes en 1976, y es la entidad de las iglesias dedicada expresamente a los derechos humanos. Las iglesias miembros del MEDH son: * Iglesia Evangélica Metodista Argentina * Iglesia Evangélica del RÃ-o de la Plata * Iglesia Evangélica de los DiscÃ-pulos de Cristo * Iglesia Evangélica Valdense del RÃ-o de la Plata * Asociación La Iglesia de Dios * Iglesia Reformada Argentina * Iglesia Evangélica Luterana Unida. * Diócesis de Quilmes, Viedma, Neuquén y Puerto Iguazú de la Iglesia Católica. 25.1Funciones 1.−Defender y promover los derechos humanos desde una perspectiva ecuménica, en la Argentina y en América Latina; 2.−Movilizar a las iglesias, y a instituciones y personas de buena voluntad, para que se comprometan en el trabajo por los derechos humanos; 3.−Ejecer una función profética en la sociedad alertando contra todo atropello al ser humano, especialmente ante el fenómeno de la exclusión económico−social. 4.−Exigir del Estado y los organismos oficiales −también los internacionales− el efectivo cumplimiento de sus obligaciones respecto de los derechos humanos, trabajando por la profundización de la democracia; 5.−Promover la capacitación y la educación, y los servicios de información y comunicación sobre derechos humanos; 6.−Brindar atención social, pastoral y jurÃ-dica a los afectados por la violación de sus derechos. 25.2¿Qué hacen? 1.−Denuncian violaciones a los derechos humanos y defendemos la vigencia de las garantÃ-as constitucionales; 2.−Realizan pronunciamientos y acciones públicas por los derechos humanos, intentando influir sobre la opinión pública respecto de los derechos humanos;
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3.−Llevan a cabo gestiones, propuestas y reclamos a los poderes legislativos, ejecutivo y judicial a nivel nacional y provincial; 4.−Publicamos el boletÃ-n Informedh, y lo distribuimos a parroquias, comunidades y organizaciones populares; 5.−Contribuiyen a la educación en derechos humanos mediante textos para docentes y alumnos, talleres de capacitación, seminarios, charlas y debates, folletos, videos y cartillas. 6.−Sustentan un centro de documentación en la sede central y en algunas regionales. 7.−Asistimos jurÃ-dicamente a los sectores más desprotegidos, particularmente los menores; 8.−Acompañamos a familias de desaparecidos, muertos y otras vÃ-ctimas de la dictadura militar mediante la asistencia social y pastoral. 9.−Colaboramos con algunos emprendimientos productivos en defensa de su derecho al trabajo; 10.−Apoyamos campañas de prevención de SIDA, y acompañamos a personas portadoras de HIV y especialmente a enfermos; 11.−Nos preocupamos por la problemática carcelaria, interviniendo en situaciones concretas; 12.−Promovemos respuestas integrales de la familia ante la violencia sobre la mujer y los niños. 25.3Organización Asamblea General anual de los miembros − Junta Pastoral Nacional (órgano directivo) − Mesa Ejecutiva − Oficina Nacional: − Acción PolÃ-tica Institucional − Informe de activividades 1997 − Directrices de una Estrategia Nacional: PERSPECTIVAS: El Ministerio de la Iglesia en el campo de los derechos humanos. A los 50 años de la Declaración Universal de Derechos Humanos − Informedh − Educación en Derechos Humanos − Centro de Documentación y Comunicación − Afectados por la violación de sus derechos − Pastoral con afectados por HIV/SIDA
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26.−ORGANIZACIÓN MUNDIAL CONTRA LA TORTURA Creada en 1986, la Organización Mundial Contra la Tortura (OMCT) constituye actualmente la principal coalición internacional de organizaciones no gubernamentales (ONG) que luchan contra la tortura, las ejecuciones sumarias, las desapariciones forzadas y cualquier otro tratamiento cruel, inhumano o degradante. Con 282 organizaciones distribuidas en todo el mundo, asociadas a la Red SOS−Tortura, y con miles de corresponsales en todos los paÃ-ses, la OMCT es la red activa más importante de organizaciones no gubernamentales en el campo de la protección y la promoción de los derechos humanos en el mundo. Su Secretariado Internacional con sede en Ginebra, ofrece asistencia individualizada de carácter médico, jurÃ-dico y/o social a cientos de vÃ-ctimas de la tortura, y difunde cada dÃ-a llamados urgentes por el mundo entero, con el objetivo de proteger a los individuos y de luchar contra la impunidad. Los programas especÃ-ficos permiten aportar un apoyo a ciertas categorÃ-as particularmente vulnerables como las mujeres, los niños y los defensores de derechos humanos. En el marco de sus actividades, la OMCT presenta igualmente comunicados especiales e informes alternos ante los mecanismos de las Naciones Unidas y colabora activamente en la elaboración de normas internacionales de protección de derechos humanos. La OMCT cuenta con un estatuto consultivo ante las siguientes instituciones: ECOSOC (Organización de las Naciones Unidas), OIT (Organización Internacional del Trabajo), Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, Organización Internacional de la FrancofonÃ-a y el Consejo de Europa. 26.1Historia La Organización Mundial contra la Tortura (OMCT) fue fundada en 1986, en Ginebra, para responder a las necesidades expresadas por varias organizaciones no gubernamentales (ONG), en su mayorÃ-a localizadas en los paÃ-ses del sur. El combate contra la tortura se vio profundamente modificado a causa de la multiplicación de ONG activas en los lugares donde las violaciones a los derechos humanos eran muy frecuentes. En los años 60, las campañas estaban destinadas en su gran mayorÃ-a a la opinión pública de los paÃ-ses industrializados, con el fin de presionar a los dictadores y a los regÃ-menes represivos. En los años 80, sin embargo, la lucha se desplazó hacia los paÃ-ses afectados por la tortura, donde los representantes de la sociedad civil lograron organizarse para exigir mayor respeto a sus derechos. La OMCT fue creada con el fin de agrupar esas ONG en una red, y asÃ- ofrecer un apoyo logÃ-stico y jurÃ-dico apropiado. El Secretariado internacional de la OMCT, con sede en Ginebra, cumple el papel de sistema de alerta; asegura una transmisión amplia e inmediata de los casos de tortura denunciados sobre el terreno. Las ONG locales son, naturalmente, las más apropiadas para juzgar la veracidad de los casos de tortura y evaluar los medios de lucha, pero su capacidad de acción está limita por una falta de medios y un conocimiento parcial de los diferentes tratados internacionales. Su integración dentro de una red mundial, la Red SOS−Tortura, garantiza que las informaciones sean rápidamente transmitidas a los destinatarios que pueden reaccionar lo mas eficazmente posible, dependiendo del tipo de violación de que se trate. En el momento de su creación la red contaba con 48 miembros; desde entonces no ha dejado de crecer y hoy cuenta con 282 organizaciones afiliadas, distribuidas en 92 paÃ-ses, en todos los continentes. Como coordinadora de la Red, la OMCT se esfuerza en realizar un acercamiento de abajo hacia arriba, con el fin de respetar la estrategia, la cultura y las competencias propias de cada ONG. Desde sus inicios, la OMCT ha desarrollado dos ejes de acción prioritarios: las Campañas de urgencia y la Asistencia urgente a las victimas de tortura. El Programa Campañas urgentes, que utiliza las informaciones transmitidas por los miembros de la red, tiene tres objetivos principales:
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• Prevenir los actos de tortura u otras violaciones graves de los derechos humanos. • Asegurar una protección efectiva y obtener una reparación apropiada para las vÃ-ctimas. • Evitar futuras violaciones, particularmente luchando contra la impunidad que protege a menudo a los autores de esos actos. El Programa Asistencia urgente a las victimas de la tortura propone una ayuda médica, jurÃ-dica y/o social a las personas amenazadas o vÃ-ctimas de tortura. La OMCT proporciona igualmente una asistencia legal a los individuos y a las asociaciones que desean iniciar un proceso en el seno de las Naciones Unidas; gracias al Programa Naciones Unidas: Órganos de vigilancia de los tratados, las ONG tienen la posibilidad de colaborar activamente con los órganos de control de los tratados de las Naciones Unidas, en particular con el Comité contra la Tortura y el Comité de Derechos Humanos. Desde su creación, la OMCT estima que una prevención eficaz debe tener en cuenta las condiciones socio−económicas que conducen a violaciones graves de los derechos humanos. Este es el objetivo del Programa derechos económicos, sociales y culturales, creado en 1988. Este programa pretende contribuir a la erradicación de la tortura, identificando los obstáculos socio−económicos que dificultan la protección contra dicho mal, proponiendo soluciones para remediarlo. Con el paso del tiempo, la OMCT comprendió la necesidad de proponer respuestas adaptadas a las violencias sufridas por grupos especÃ-ficos, tales como las mujeres, los niños o los defensores de derechos humanos. El aumento de las violaciones de los derechos del niño condujo a la OMCT a crear un programa especÃ-ficamente destinado a ellos. En 1991, la Asamblea general de la OMCT adoptó una resolución que abrÃ-a la vÃ-a a la instauración del Programa Derechos del niño, reforzando su protección contra la tortura y cualquier otra forma de violencia. La creación del Programa Violencia contra la mujer, en 1996, nació de la toma de conciencia de la situación crÃ-tica vivida por las mujeres en el mundo. El tipo de tortura cambia según el sexo de la vÃ-ctima. Las consecuencias de la tortura en las mujeres, asÃ- como la existencia y la accesibilidad a los mecanismos disponibles, requieren un tratamiento particular. El objetivo de este programa es, de una parte, sensibilizar a los miembros de la Red SOS−Tortura, frente a los mecanismos de las Naciones Unidas llamados generosos y al gran público, ante el problema de la violencia contra la mujer y, de otra parte, ayudar a las vÃ-ctimas de esa violencia especifica. A través de los años, los defensores de derechos humanos se convirtieron progresivamente en objetivos de la represión. Desde su creación, la OMCT ha denunciado los actos cometidos contra los defensores. En 1997, la OMCT se asoció con la Federación Internacional de Ligas de Derechos Humanos (FIDH) para crear el Observatorio para la Protección de los Defensores de Derechos Humanos. Cada cuatro años, la asamblea de miembros de la Red participa en una Asamblea general que dirige sus orientaciones estratégicas y las prioridades de la organización. La Asamblea de Delegados está compuesta por 21 miembros, en promedio cinco por cada región geográfica del mundo; ésta evalúa cada año las acciones realizadas y precisa los objetivos. El Consejo ejecutivo está compuesto por once personas residentes en Ginebra, de orÃ-genes culturales y geográficos muy variados, los cuales se reúnen cada mes con el fin de garantizar la continuidad de los casos 27.−OFICINA DEL ALTO COMISIONADO PARA LOS DERECHOS HUMANOS DE LA ONU Con el objetivo de coordinar los programas de las Naciones Unidas en materia de derechos humanos y promover su respeto universal el 20 de diciembre de 1993, la Asamblea General decidió en la resolución 21
48/141, por votación unánime, crear el cargo de Alto Comisionado de Derechos Humanos. Esta Oficina se fusionó el 15 de septiembre de 1997 con el Centro de Derechos Humanos formando una sola entidad para atender mejor las cuestiones de derechos humanos, de acuerdo al programa de reforma de las Naciones Unidas de Kofi Annan. Entre sus mandatos están los de promover la cooperación internacional, estimular y coordinar las actividades del Sistema de Naciones Unidas y ayudar al desarrollo de nuevas normas y la ratificación de tratados relativos al tema, además de responder a violaciones graves de derechos humanos y tomar medidas para prevenir violaciones. 27.1Actividades: • Promover los derechos humanos, junto con la democracia y el desarrollo • Dirigir las acciones en la esfera de los derechos humanos, incluso en el sistema de las Naciones Unidas • Enfatizar la importancia de los derechos humanos a nivel internacional y nacional, asÃ- como la creación de infraestructuras nacionales en favor de los derechos humanos • Impulsar la cooperación internacional en favor de los derechos humanos • Promover la codificación universal de los derechos humanos y su aplicación • Prestar apoyo a los órganos de derechos humanos y a los órganos de supervisión de tratados • Adoptar medidas preventivas contra violaciones de derechos humanos y reaccionar ante estas si han ocurrido • Difundir conocimientos y prestar servicios de información y asistencia técnica sobre derechos humanos • Coordinar el fortalecimiento del programa de derechos humanos de las Naciones Unidas en todo el sistema. La Oficina del Alto Comisionado tiene su sede en Ginebra y sus oficinas se reparten en todo el mundo, con un total de 200 empleados. El presupuesto anual de la Oficina es de alrededor de 20 millones de dólares (aproximadamente 1.7 por ciento del presupuesto ordinario de la ONU), aunque el aumento de las actividades también da lugar a mayores costos, por lo que depende cada vez más de contribuciones voluntarias para financiar sus actividades. Mediante la expansión de su programa de cooperación técnica, el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos ha apoyado en cuestiones de derechos humanos a casi todos los programas y organismos del sistema de las Naciones Unidas, en casos especÃ-ficos tales como misiones de paz, misiones electorales e incluso en el apoyo para la incorporación de la promoción y protección de los derechos humanos en los programas de los órganos y agencias especializadas de las Naciones Unidas Esta Oficina presta servicios a la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unidas y a la mayor parte de los comités creados en virtud de tratados de derechos humanos. Cada año la Oficina recibe alrededor de 400,000 denuncias de violaciones a los derechos humanos. 27.2Historia El primer alto comisionado fue el Sr. José Ayala−Lasso, de Ecuador, quien asumió sus funciones el 5 de abril de 1994. Posteriormente, el 12 de septiembre de 1997, Mary Robinson, ex presidenta de Irlanda, ocupó el cargo. El 12 de septiembre de 2002, el brasileño Sergio Vieira de Mello, fue nombrado Alto Comisionado de la Naciones Unidas para los Derechos Humanos. En mayo de 2003, el Secretario General le pidió al Sr. Vieira 22
de Mello tomar cuatro meses desde su cargo como Alto Comisionado para servir como Representante Especial del Secretario General en Iraq. Durante su servicio en Bagdad fue asesinado trágicamente el 19 de agosto de 2003. Jorge Vieira de Mello y sus predecesores han tomado medidas concretas para institucionalizar la cooperación y coordinación con el UNICEF, la UNESCO, el PNUD, el ACNUR y los Voluntarios de Naciones Unidas Actualmente la sra Louise Arbour está a cargo de las funciones del Alto Comisionado para los Derechos Humanos en funciones. Por medio del Programa de Cooperación Técnica del Alto Comisionado para los Derechos Humanos se llevan a cabo proyectos a niveles regional e internacional que incluyen cursos de capacitación para miembros de las fuerzas armadas, e individuos que participan en la administración de justicia, además de dar asesoramiento para incorporar las normas internacionales sobre derechos humanos a la legislación nacional y apoyar el establecimiento y fortalecimiento de instituciones nacionales. El Alto Comisionado también establece oficinas externas en lugares donde los derechos humanos se encuentran en grave peligro, tales como Burundi, Camboya, Colombia, Gaza (Autoridad Palestina), Rwanda y Yugoslavia, por citar algunos. También cumple una labor informativa ya que edita materiales educativos e informativos en colaboración con el Departamento de Información Publica de las Naciones Unidas. Como una actividad más para la promoción de los derechos humanos se estableció el Decenio de las Naciones Unidas para la Educación sobre los Derechos Humanos, el cual comenzó en 1995. 28.−ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL PARA LOS REFUDIADOS La Organización Internacional para los Refugiados (OIR) era una agencia especializada de las Naciones Unidas, creada el 20 de agosto de 1946 para encargarse de la gran cantidad de refugiados surgida tras la Segunda Guerra Mundial. Para ello, se hizo cargo de la mayorÃ-a de las funciones de la organización predecesora, Administración de Ayuda y Rehabilitación de las Naciones Unidas. La OIR dejó de funcionar en 1952, cuando fue reemplazada por el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados. Ha sido la única agencia especializada en haber dejado de existir. La Constitución de la OIR fue adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre de 1946. Esta especificaba el campo de operaciones de la agencia. De manera controversial, se definÃ-a a las "personas de origen étnico alemán" que habÃ-an sido expulsadas o iban a ser expulsadas de sus paÃ-ses de nacimiento hacia la Alemania de la posguerra, como individuos que "no serÃ-an preocupación de la Organización". Esto excluÃ-a de su campo de acción a un grupo que superaba en número a todos los desplazados de los demás paÃ-ses europeos en conjunto. Asimismo, debido a desacuerdos entre los aliados occidentales y la Unión Soviética, la OIR solo trabajarÃ-a en áreas controladas por ejércitos de ocupación occidentales. La Organización Internacional para los Refugiados fue aceptada por 18 paÃ-ses: Australia, Bélgica, Canadá, República Popular de China, Dinamarca, República Dominicana, Francia, Guatemala, Islandia, Italia, Luxemburgo, PaÃ-ses Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Suiza, Reino Unido, Estados Unidos y Venezuela. Estados Unidos proveyó alrededor del 40% del presupuesto anual de la OIR que ascendÃ-a a $155 millones. El primer director general de la organización fue William Hallam Tuck, quien fue sucedido por J. Donald Kingsley el 31 de julio de 1949. 29.−ORGANIZACIÓN DE LOS ESTADOS AMERICANOS 23
La Organización de los Estados Americanos realiza sus fines por medio de los siguientes órganos: la Asamblea General; la Reunión de Consulta de Ministros de Relaciones Exteriores; los Consejos (el Consejo Permanente, el Consejo Interamericano para el Desarrollo Integral); el Comité JurÃ-dico Interamericano; la Comisión Interamericana de Derechos Humanos; la SecretarÃ-a General; las Conferencias Especializadas; los Organismos Especializados, y otras entidades establecidas por la Asamblea General. La Asamblea General celebra perÃ-odos ordinarios de sesiones una vez por año. En circunstancias especiales se reúne en perÃ-odos extraordinarios de sesiones. La Reunión de Consulta se convoca con el fin de considerar asuntos de carácter urgente y de interés común, y para servir de órgano de Consulta en la aplicación del Tratado Interamericano de Asistencia RecÃ-proca (TIAR), que es el principal instrumento para la acción solidaria en caso de agresión. El Consejo Permanente conoce de los asuntos que le encomienda la Asamblea General o la Reunión de Consulta y ejecuta las decisiones de ambas cuando su cumplimiento no haya sido encomendado a otra entidad; vela por el mantenimiento de las relaciones de amistad entre los Estados miembros asÃ- como por la observancia de las normas que regulan el funcionamiento de la SecretarÃ-a General, y además, actúa provisionalmente como órgano de Consulta para la aplicación del TIAR. La SecretarÃ-a General es el órgano central y permanente de la OEA. La Sede tanto del Consejo Permanente como de la SecretarÃ-a General está ubicada en Washington, D.C. 29.1Historia Algunos historiadores remontan el origen del sistema interamericano al Congreso de Panamá convocado por Simón BolÃ-var en 1826. Sin embargo, recién en 1889 los Estados americanos decidieron reunirse de manera periódica y comenzar a forjar un sistema común de normas e instituciones. Entretanto, se celebraron conferencias y reuniones que intentaron dar origen al sistema, pero fue una invitación del gobierno de Estados Unidos la que desencadenó el proceso que ha continuado ininterrumpidamente hasta hoy dÃ-a. La Primera Conferencia Internacional Americana tuvo lugar en Washington, D.C., del 2 de octubre de 1889 al 19 de abril de 1890, con el objeto de discutir y recomendar a los respectivos Gobiernos la adopción de un plan de arbitraje para el arreglo de los desacuerdos y cuestiones que puedan en lo futuro suscitarse entre ellos; de tratar de asuntos relacionados con el incremento del tráfico comercial y de los medios de comunicación directa entre dichos paÃ-ses; de fomentar aquellas relaciones comerciales recÃ-procas que sean provechosas para todos y asegurar mercados más amplios para los productos de cada uno de los referidos paÃ-ses. Dieciocho Estados americanos participaron de esta Conferencia, en la que se acordó establecer una Unión Internacional de Repúblicas Americanas, con sede en Washington, D.C., por medio de la cual se pueda obtener la pronta y exacta publicación, a costa y en provecho común, de datos comerciales importantes. Posteriormente, la Unión Internacional de Repúblicas Americanas se transformarÃ-a en la Unión Panamericana y, por último, cuando se ampliaron sus funciones, en la SecretarÃ-a General de la Organización de los Estados Americanos. Respecto de los temas legales, la Conferencia recomendó adoptar disposiciones para regular la extradición, declaró que la conquista no crea derechos y formuló lineamientos para la elaboración de un Tratado de Arbitraje como medio de resolver controversias entre las naciones americanas evitando la guerra. Esta conferencia también sentó las bases de lo que luego serÃ-a el sistema interamericano: inquietudes comerciales tendientes a lograr una mayor integración, inquietudes jurÃ-dicas por el fortalecimiento de los lazos entre el Estado y el sector privado en un entorno pacÃ-fico de cooperación y seguridad regional, y el establecimiento de instituciones especializadas en diferentes esferas. Las Conferencias Internacionales Americanas se reunieron a intervalos variados hasta que, en 1970, fueron reemplazadas por los perÃ-odos de sesiones de la Asamblea General de la OEA, luego de que entrara en vigencia el Protocolo de Reformas a la Carta de la Organización de los Estados Americanos, adoptado en Buenos Aires. Además de las Conferencias, también se celebraron reuniones de ministros de relaciones exteriores y otras reuniones especializadas, como la Conferencia Interamericana sobre Problemas de la Guerra y la Paz y la Conferencia Interamericana para el Mantenimiento de la Paz y la Seguridad del Continente. La 24
primera, realizada en México en 1945, tuvo por objeto debatir actividades conjuntas a ser emprendidas por los Estados americanos en concordancia con las Naciones Unidas, que en ese entonces estaba en proceso de formación. Por su parte, la Conferencia Interamericana para el Mantenimiento de la Paz y la Seguridad del Continente, reunida en RÃ-o de Janeiro, Brasil, en 1947, luego de la Segunda Guerra Mundial y cuando comenzaba a gestarse la Guerra FrÃ-a, adoptó el Tratado Interamericano de Asistencia RecÃ-proca, con el fin de asegurar la legÃ-tima defensa colectiva ante un eventual ataque de una potencia de otra región y decidir acciones conjuntas en caso de un conflicto entre dos Estados partes del Tratado. Durante este perÃ-odo se adoptaron numerosos acuerdos que establecieron los principios básicos de lo que posteriormente serÃ-a la Organización de los Estados Americanos. Por ejemplo, en 1923, la Quinta Conferencia Internacional Americana (Santiago, Chile) adoptó el Tratado para Evitar o Prevenir Conflictos entre los Estados Americanos (Tratado de Gondra), y en 1933, la Séptima Conferencia Internacional Americana (Montevideo, Uruguay) aprobó la Convención sobre los Derechos y Deberes de los Estados, en la cual se reafirma el principio de que los Estados son jurÃ-dicamente iguales, disfrutan de iguales derechos y tienen igual capacidad para ejercitarlos, se reitera el principio de que ningún Estado tiene derecho de intervenir (prohibición de intervención) en los asuntos internos o externos de otro, y se subraya la obligación de todos los Estados de resolver por los medios pacÃ-ficos reconocidos las divergencias de cualquier tipo que se susciten entre ellos. En las primeras décadas del sistema interamericano, también se aprobaron varias convenciones sobre derecho internacional privado, en particular, la Convención sobre Derecho Internacional Privado (Código Bustamante), adoptada en la Sexta Conferencia Internacional Americana, que tuvo lugar en la Habana, Cuba, en 1928. Si bien la Convención solo fue ratificada por unos pocos paÃ-ses y no fue seguida por las naciones del Cono Sur, que prefirieron las estipulaciones de los Tratados de Montevideo sobre Derecho Internacional de 1889 y 1939, constituyó un importante paso hacia la codificación y el desarrollo progresivo del derecho internacional privado. Además de la Unión Panamericana, gradualmente se estableció un conjunto de instituciones con miras a facilitar la cooperación y emprender una importante labor en esferas especÃ-ficas. A través de los años se crearon las siguientes instituciones: la Organización Panamericana de la Salud (1902) que luego se transformó en la oficina regional de la futura Organización Mundial de la Salud, el Comité JurÃ-dico Interamericano (1906), el Instituto Interamericano del Niño (1927), la Comisión Interamericana de Mujeres (1928), el Instituto Panamericano de GeografÃ-a e Historia (1928), el Instituto Indigenista Interamericano (1940), el Instituto Interamericano de Cooperación para la Agricultura (1942) y la Junta Interamericana de Defensa (1942). Después del establecimiento de la OEA, se crearon, entre otros, el Banco Interamericano de Desarrollo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, la Comisión Interamericana para el Control del Abuso de Drogas, la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones, la Comisión Interamericana de Puertos y el Centro de Estudios de Justicia de las Américas. En 1923 se propuso establecer una Corte Interamericana de Justicia. Si bien ésta nunca se materializó, sirvió de precedente para la Corte Centroamericana de Justicia, que funcionó desde 1907 hasta 1918. De esta manera se creó una red de instituciones internacionales regionales para fortalecer la cooperación entre los Estados americanos en una amplia variedad de temas de la agenda regional. La Novena Conferencia Internacional Americana, que reunió a 21 Estados en Bogotá, Colombia, en 1948, adoptó la Carta de la Organización de los Estados Americanos, el Tratado Americano de Soluciones PacÃ-ficas (Pacto de Bogotá) y la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre. En la misma Conferencia, se aprobó el Convenio Económico de Bogotá, que se propuso fomentar la cooperación económica entre los Estados americanos, pero que nunca entró en vigencia. De la misma manera que la Carta de la OEA, el Pacto de Bogotá obliga a las Altas Partes Contratantes a resolver las controversias entre los Estados americanos por medios pacÃ-ficos y enumera una lista de 25
procedimientos a seguir: buenos oficios y mediación, investigación y conciliación, y arbitraje. Si no se logra una solución mediante el procedimiento de conciliación establecido, las partes tienen derecho a recurrir a la Corte Internacional de Justicia. De hecho, algunas controversias han llegado hasta esta instancia. La Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, adoptada meses antes de la Declaración Universal de Derechos Humanos, subrayó el compromiso de la región con la protección internacional de los derechos humanos y sentó las bases para la adopción de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), que fue aprobada en 1969 y entró en vigencia en 1978. La Carta de la Organización de los Estados Americanos fue el resultado de un largo proceso de negociación que comenzó en 1945. Originalmente se propusieron varios nombres para la nueva institución: Unión, Comunidad regional y Organización. Luego de haberse elegido esta última designación, se discutió sobre el uso de Estados, Naciones o Repúblicas. No se optó por el término Repúblicas a fin de no excluir otras formas de gobierno que pudieran existir en la región, y se rechazó la opción Naciones por ser este término más cultural o sociológico que jurÃ-dico. AsÃ- se gestó el nombre que conocemos en la actualidad: Organización de los Estados Americanos. También se estableció la nueva relación de la Organización con el sistema universal de las Naciones Unidas, que se habÃ-a creado tres años antes. El artÃ-culo 1 de la Carta de la OEA establece que: Dentro de las Naciones Unidas, la Organización de los Estados Americanos constituye un organismo regional, de conformidad con las estipulaciones del CapÃ-tulo VIII (Acuerdos Regionales) de la Carta de las Naciones Unidas. Como tal, la OEA ha participado en actividades relacionadas con la paz y la seguridad de la región, especialmente y más recientemente en varios momentos de la historia de HaitÃ-, cuando las dos organizaciones emprendieron misiones conjuntas. La Carta de 1948 ha sido modificada mediante Protocolos de Reformas en cuatro oportunidades: Buenos Aires, en 1967; Cartagena de Indias, en 1985; Washington, en 1992, y Managua, en 1993. Si bien no están previstas en la Carta, desde 1994 se han celebrado Cumbres de Jefes de Estado y de Gobierno de las Américas, que constituyen foros polÃ-ticamente importantes en los que se emiten decisiones y recomendaciones, generalmente en forma de una Declaración y Plan de Acción, respecto de los objetivos que deben cumplir las organizaciones del sistema interamericano, especialmente la OEA. La OEA también se desempeña como secretarÃ-a de varias reuniones ministeriales, en particular de las reuniones de Ministros de Justicia, Trabajo, Ciencia y TecnologÃ-a y Educación de las Américas. 30.−ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA LA AGRICULTURA Y LA ALIMENTACION (FAO) La Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación conduce las actividades internacionales encaminadas a erradicar el hambre. Al brindar sus servicios tanto a paÃ-ses desarrollados como a paÃ-ses en desarrollo, la FAO actúa como un foro neutral donde todos los paÃ-ses se reúnen en pie de igualdad para negociar acuerdos y debatir polÃ-ticas. La FAO también es una fuente de conocimientos y de información. La Organización ayuda a los paÃ-ses en desarrollo y a los paÃ-ses en transición a modernizar y mejorar sus actividades agrÃ-colas, forestales y pesqueras, con el fin de asegurar una buena nutrición para todos. Desde su fundación en 1945 la FAO ha prestado especial atención al desarrollo de las zonas rurales, donde vive el 70 por ciento de la población mundial pobre y que pasa hambre. Las actividades de la FAO comprenden cuatro principales esferas: Ofrecer información. La FAO funciona como una red de conocimientos que utiliza la experiencia de su personal  −agrónomos, ingenieros forestales, expertos en pesca, en ganaderÃ-a y en nutrición, cientÃ-ficos sociales, economistas, estadÃ-sticos y otros profesionales− para recopilar, analizar y difundir 26
información que coadyuva al desarrollo. El sitio de la FAO en Internet recibe mensualmente un millón de consultas de documentos técnicos o sobre las actividades que la Organización lleva a cabo con los agricultores. La FAO además publica cientos de boletines, informes y libros, distribuye varias revistas, produce numerosos CD−ROM y celebra docenas de foros electrónicos. Compartir conocimientos especializados en materia de polÃ-ticas. La FAO pone su larga experiencia al servicio de los paÃ-ses para la elaboración de polÃ-ticas agrÃ-colas, asÃ- como para ayudar a la reacción de leyes eficaces y a diseñar estrategias nacionales con el fin de alcanzar las metas del desarrollo rural y la reducción de la pobreza. Ofrecer un lugar de encuentro para los paÃ-ses. En cualquier ocasión se reúnen en la Sede de la FAO, o en sus oficinas en distintos lugares del mundo, docenas de encargados de la formulación de polÃ-ticas y expertos de todos los paÃ-ses con el propósito de forjar acuerdos sobre las principales cuestiones alimentarias y agrÃ-colas. La FAO, en su posición de foro neutral, ofrece las condiciones para que se reúnan los paÃ-ses ricos y los paÃ-ses pobres para llegar a acuerdos. Llevar el conocimiento al campo. El alcance de los conocimientos de la FAO se somete a prueba en miles de proyectos de campo en todo el mundo. La FAO moviliza y administra millones de dólares proporcionados por los paÃ-ses industrializados, los bancos de desarrollo y otras fuentes, a fin de garantizar que los proyectos cumplan su propósito. La FAO proporciona la pericia técnica y, en algunos casos, una fuente limitada de financiación. En situaciones de crisis trabajamos codo con codo con el Programa Mundial de Alimentos y otros organismos humanitarios para proteger los medios de subsistencia rurales y ayudar a la gente a reconstruir su vida. 31.−SERPAJ − FUNDACION SERVICIO PAZ Y JUSTICIA El Servicio de Paz y Justicia (Serpaj) es una organización social de inspiración cristiano − ecuménica que tiene como finalidad promover los valores de la Solidaridad y la No violencia e impulsar la construcción de una sociedad que se funde en el reconocimiento pleno de los Derechos de la Persona y de los Pueblos. Si bien sus orÃ-genes se remontan a fines de los años 60', el SERPAJ, propiamente como tal, es fundado en 1974 como confluencia de diversos grupos comprometidos en dar vida a una entidad que promoviera los valores cristianos y la metodologÃ-a de la accion No violenta, a partir de los procesos de liberación latinoamericanos, carácterizados por situaciones de injusticia y violencia institucionalizada, expresada en la miseria y la opresión. Adolfo Pérez Esquivel, Premio Nobel de la Paz 1980 y actual presidente del SERPAJ Argentina, fue uno de los fundadores de la organización y actuó como Coordinador General Latinoamericano entre 1974 y 1986. Desde su compromiso con los pobres y oprimidos, el SERPAJ, hoy como entonces continúa trabajando por una sociedad pluralista y participativa que supere las dominaciones y asegure la vigencia de la justicia, la libertad, los derechos de las personas y de los pueblos, la paz y las diversas necesidades de los hombres y mujeres que la integran. Desde su opción por la No violencia activa, prioriza la concientización, la organización, la articulación multisectorial y la solidaridad para enfrentar las múltiples violencias que caracterizan nuestra sociedad y posibilitar la construcción de alternativas de dignidad y liberación humana. Hoy el SERPAJ América Latina tiene secretariados nacionales en Bolivia, Brasil, Chile, Costa Rica, Ecuador, México, Nicaragua, Panamá, Paraguay y Uruguay. Como organismo tiene status consultivo del Consejo Económico y Social de Naciones Unidas (ECOSOC) y es entidad consultiva de UNESCO. en 1987, fue reconocido con el Premio UNESCO de Educación para la Paz, y está adherido a la Liga Internacional 27
por los Derechos y la Liberación de los Pueblos. En la Argentina, el SERPAJ trabaja a través de grupos zonales y regionales, en Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Rosario, Rosario del Tala (Entre RÃ-os), Salta y Tucumán y su Coordinación Nacional con sede en la calle Piedras, 730 de la Capital Federal. En cuanto a su actividad especÃ-fica, los trabajos del Serpaj − Argentina están organizados en cuatro programas de trabajo: Derechos Humanos y Construcción Democrática. Educación para la Paz y los Derechos Humanos. Derecho al Desarrollo y Medio Ambiente. Ecumenismo. 31.1Actividades 1.−Asume su compromiso junto a los sectores populares en la formación y promoción, como una alternativa en defensa de sus derechos; enfrentando los mecanismos de impunidad en defensa de la vida y el fortalecimiento de la participación demócratica. 2.−Fortalecer y reconstruir los espacios públicos de la sociedad civil. 3.−Contribuir en la educación y formación de los niños en estado de riesgo social. 4.−Potencializar los contenidos de los Derechos Humanos y la No violencia activa como aporte a la construcción de alternativas y de nuevas utopÃ-as. En su sede principal, también está ubicado el Centro de Documentación, abierto a todo público, que apoya desde una amplia base computarizada de publicaciones y documentos de todo el continente, las actividades del SERPAJ y otros interesados. INDICE 1.−Organismos Internacionales que tienen que ver con los Derechos Humanos. 2.−Afradepresa. 2.2 Historia. 3.−Amnesty Internacional. 4.−Brigadas Internacionales de Paz 4.1 Antecedentes. 4.2 Funciones. 5.−Centro Internacional de Derechos Humanos y Desarrollo Democrático.
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5.1Historia. 6.−Coalición contra la Impugnidad. 6.1 ¿Qué es? 6.2 Miembros. 7.−Comisión Europea de los Derechos Humanos. 8.−Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos. 9.−Comité de América Latina y el Caribe para la Defensa de los Derechos de la Mujer. 9.1 ¿Qué Hacen? 9.2 Historia. 10.−Comisión Ecuménica de Derechos Humanos. 10.1 ¿Qué es? 10.1 Ambito de Acción. 11.−Comisión Interamericana de Derechos Humanos 11.1 ¿Qué es? 11.2 Funciones y Atribuciones. 12.−Comision Valech 12.− ¿Qué es? 13.−Cordinadora Nacional de Derechos Humanos. 13.1 Historia. 13.2 Organización. 14.−Corte Interamericana de Derechos Humanos 14.1 Historia. 15.−CORREPI − Coordinadora contra la represión policial e institucional. 15.1 Historia 15.2 Declaración de Principios. 16.−Derechos − Human Rights.
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17.−Desaparecidos. Org 18.−Equipo Nizkor. 19.−Federación de Asociaciones de Juristas Progresistas. 20.−FEDEFAM − Federación Latinoamericana de Asociaciones Familiares de Detenidos − Desaparecidos. 20.1 Historia. 20.2 Funciones. 21.−Federación de Asociaciones de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos. 21.1 Objetivos. 21.2 Actividades. 22.− Grupo Farenheit. 23.−Human Rigths Watch. 23.1 Historia. 24.−Instancia Equidad y Reconciliación. 24.1 Historia. 25.− Movimiento Ecuménico por los Derechos Humanos 25.1 Historia. 25.2 Funcionamiento. 25.3 ¿Qué hacen? 25.4 Funciones. 25.5 Organización. 26.− Organización Mundial Contra la Tortuta. 26.1 Historia. 27.−Oficina del alto Comisionado para los Derechos Humanos de la ONU. 27.1 Historia. 27.2 Actividades. 28.− Organización Internacional para los Refugiados.
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29.− Organización de los Estados Americanos. 29.1 Historia. 30.− Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Almientación. 31.− SERPAJ − Fundación Servicio Paz y Justicia. 31.1 Actividades. 32.− Conclusión. 33.− Fuentes. INTRODUCCION Es increible que en la actualidad exista tanta discriminación, guerra, maltratos entre nosotros y sobre todo tanta violación a los derechos humanos, y aun a sabiendas de que existen lugares a donde ir a denunciar dichos maltratos, agresiones etc. No es posible que sigan siendo estas violaciones más frecuentes y que no se haga nada para evitarlo o sancionarlo en los casos cuando ya no se pudo hacer nada. El presente trabajo es una investigación realizada sobre aquellos organismos internacionales, dedicados a proteger los derechos humanos, a través de diferentes instituciones que se dedicadan a realizar investigaciones en los lugares que a ellos les competen, algun en donde se violen los derechos humanos, y estas se dedican a defender, luchar y proteger a cada uno de estos. En esta investigación mostraré dichos organismos, a lo que se dedican, como es que defienden los derechos humanos, asi como la historia en algunos casos de cómo se fundaron, que es lo que hicieron para lograrlo, etc. Lo que realizan actualmente y como llevan a cabo dicha protección de los derechos humanos. Haré mención a aquellos organismos internacionales más reconocidos mundialmente como son: *AmnestÃ-a Internacional. *La oficina del alto comisionado para los derechos humanos. *La Brigada Internacional de Paz. Entre otras. En este trabajo encontrarán además de instituciones vigentes, algunas otras que han dejado de existir y no por eso son menos mas importantes, me di a la tarea de buscar algunos de estos organismos porque creo que aunque ya no estan, hicieron mucho por la humanidad, por la sociedad internacional, al decir que protegieron mucho nuestros interéses y sobre todo defendieron nuestros derechos humanos. 32.−CONCLUSION Hoy en dÃ-a y más que nunca la humanidad necesita preocuparse por proteger sus derechos, saber que existen instituciones que se dedican precisamente a la protección de estos, que nadie es menos ni más que otro y no por haber cometido o no, un delito es necesario sufrir castigos inhumanos en lugares insalubres 31
donde también se violan sus derechos. Al igual con la discriminación de sexo, nosotras no debemos aguantar acosos, faltas a la moral o cualquier otro tipo de circunstancias. Todos debemos ser más humanos, vernos en un espejo, ponernos en lugar del otro, si todo esto fuere asÃ-, todo serÃ-a grandioso, como alguna vez dijo: Nietzsche Todas las cosas grandiosas deben de ponerse máscaras espantosas y monstruosas para asi poder quedar grabadas en los corazones de los hombres. No es necesiario llegar a esto para vivir en un mundo de paz sin tanta violencia, no como estamos viviendo en la actualidad, las noticias (ya sean nacionales o internacionales) se han cubierto de notas rojas ya no es novedad ver cada dÃ-a cuantas personas han fallecido alrededor del mundo. En resumen con este trabajo, lo unico que trato de decir es que no por haber hecho lo que hicieras, no por ser la raza que seas, ni por dedicarte a lo que te dedicas, nadie tiene el derecho de violentar tu dignidad como persona y mucho menos de violar tus derechos y garantÃ-as humanas, ya sea a nivel nacional, internacional o mundial etc. Esperando que esta investigacion haya sido de agrado al lector y cumpliendo mis espectativas sin nada mas que agregar ni argumentar creo que a quedado por concluido este trabajo de investigación. 33.−BIBLIOGRAFIA • www.elsitiodelderecho.dtj.com.ar/org_intern.htm • www.choike.org/nuevo/95/4/info_util2.html • www.redindigena.net/pag11.html ¿Qué es el Agente diplomático? En sentido técnico se debe entender por agente diplomático a todas las personas designadas con tal carácter por un estado y aceptadas con el mismo carácter por otro Estado, para el desempeño con carácter permanente de funciones diplomáticas. Su uso debe quedar limitado a al diplomacia bilateral. El término es igualmente aplicable tanto al jefe de misión como a todos los demás miembros del personal diplomático. ¿Qué es el Agente consular? Oficial consular de menor rango que el cónsul, generalmente nativo del paÃ-s que representa, radicado en localidades de menor importancia, donde no existe consulado. Usualmente, este funcionario desarrolla esta labor a jornada parcial. ¿Qué es el Ministerio Publico? El Diccionario JurÃ-dico Mexicano, del Instituto de Investigaciones JurÃ-dicas de la Universidad Nacional Autónoma de México, define al Ministerio Público como: "la institución unitaria y jerárquica dependiente del organismo ejecutivo, que posee como funciones esenciales las de persecución de los delitos y el ejercicio de la acción penal; intervención en otros procedimientos judiciales para la defensa de intereses sociales de ausentes, menores e incapacitados, y finalmente, como consultor y asesor de los Jueces y Tribunales." Marco Antonio DÃ-az de León, al respecto dice: "Es el órgano del Estado encargado de investigar los delitos y de ejercitar la acción penal ante el Juez o Tribunal de lo Criminal." ¿Cómo Interviene en un proceso el Ministerio Público? La ProcuradurÃ-a General de Justicia es la dependencia del Poder Ejecutivo que representa a la institución 32
del Ministerio Público. Además de las atribuciones que especÃ-ficamente le concede la Constitución PolÃ-tica del Estado, la Ley Orgánica de la ProcuradurÃ-a General de Justicia y demás leyes vigentes, le corresponde el despacho de los siguientes asuntos: I. Velar porque todas las autoridades estatales respeten las leyes y, en su caso, proponer al Gobernador las medidas que correspondan para prevenir cualquier violación a las mismas; II. Conocer, investigar y, en su caso, perseguir ante los tribunales todos los delitos de orden local y solicitar las órdenes de aprehensión a través del Ministerio Público contra los inculpados; buscar y presentar las pruebas que acrediten la responsabilidad de éstos; hacer que los juicios se sigan con toda regularidad y pedir la aplicación de las penas impuestas por los Tribunales, tramitar por acuerdo del Gobernador las solicitudes de extradición, y velar por el debido cumplimiento de la ejecución de las sentencias, en términos de Ley; . III. Vigilar y garantizar la vigencia de las garantÃ-as constitucionales en el Estado; IV. Presentar al Ejecutivo, en coordinación con el Secretario General de Gobierno y el Secretario de Seguridad Pública, proyectos de leyes, decretos y reglamentos para asegurar que la justicia en el Estado sea pronta, expedita e imparcial; V. Informar al Ejecutivo Estatal sobre las leyes y reglamentos que sean contrarios a la Constitución PolÃ-tica de los Estados Unidos Mexicanos y a la Constitución PolÃ-tica del Estado, a fin de que promueva su reforma o derogación; VI. Intervenir como representante legal del Ejecutivo del Estado en los juicios en que este sea parte, excepto en las acciones de inconstitucionalidad y controversias constitucionales a que se refiere el artÃ-culo 105 de la Constitución PolÃ-tica de los Estados Unidos Mexicanos, asÃ- como en los medios de control de la constitucionalidad local cuya representación corresponde a la ConsejerÃ-a JurÃ-dica del Gobernador. En el caso de los juicios de amparo en que se señale como responsable a las autoridades del Poder Ejecutivo, únicamente conocerá del trámite de los mismos; VII. Asesorar a los municipios en el ejercicio de acciones patrimoniales y de todo orden, cuando asÃ- lo soliciten; VIII. Convenir y fortalecer las relaciones con los gobiernos federales y municipales, y con otros Estados, asÃcomo con la SecretarÃ-a de Seguridad Pública, para coordinar esfuerzos en materia de prevención contra la delincuencia organizada, en protección ciudadana y en la persecución de delitos; IX. Intervenir en los asuntos del orden penal, de adolescentes infractores, civil y familiar, en los cuales el Ministerio Público deba ser oÃ-do; X. Designar y remover, por acuerdo del Gobernador, a los Agentes del Ministerio Público y libremente cambiarlos de adscripción según convenga al mejor servicio; XI. Dirigir las actividades de la PolicÃ-a Ministerial en el Estado y coordinar sus acciones con otras autoridades federales, estatales y municipales; XII. Intervenir en los asuntos y procedimientos en que se ventilen intereses delos ausentes, menores e incapaces, en los casos determinados por la Ley; XIII. Formular y desarrollar programas de capacitación para el personal de la ProcuradurÃ-a y de la PolicÃ-a Ministerial; 33
XIV. Proponer al Gobernador programas que tiendan a prevenir la delincuencia; XV. Llevar la estadÃ-stica e identificación delincuencial del Estado; XVI. Ejercer las funciones que le encomienden las leyes, en materia de menores infractores; XVII. Coordinar, supervisar y evaluar las actividades y resultados de las entidades que le sean sectorizadas; y XVIII. Los demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones legales aplicables. ¿QUE ES UN EXTRANJERO? La constitución polÃ-tica de los Estados Unidos Mexicanos de acuerdo con er articulo 30 lo define de la siguiente manera: Art 33: Son extranjeros los que no posean las calidades determinadas en el art. 30 ArtÃ-culo 30. La nacionalidad mexicana se adquiere por nacimiento o por naturalización. A) Son mexicanos por nacimiento: I. Los que nazcan en territorio de la República, sea cual fuere la nacionalidad de sus padres. II. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos nacidos en territorio nacional, de padre mexicano nacido en territorio nacional, o de madre mexicana nacida en territorio nacional; III. Los que nazcan en el extranjero, hijos de padres mexicanos por naturalización, de padre mexicano por naturalización, o de madre mexicana por naturalización, y IV. Los que nazcan a bordo de embarcaciones o aeronaves mexicanas, sean de guerra o mercantes. B) Son mexicanos por naturalización: I. Los extranjeros que obtengan de la SecretarÃ-a de Relaciones carta de naturalización. II. La mujer o el varón extranjeros que contraigan matrimonio con varón o con mujer mexicanos, que tengan o establezcan su domicilio dentro del territorio nacional y cumplan con los demás requisitos que al efecto señale la ley. Tienen derecho a las garantÃ-as que otorga el CapÃ-tulo I, TÃ-tulo Primero, de la presente Constitución; pero el Ejecutivo de la Unión tendrá la facultad exclusiva de hacer abandonar el territorio nacional, inmediatamente y sin necesidad de juicio previo, a todo extranjero cuya permanencia juzgue inconveniente. Los extranjeros no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos polÃ-ticos del paÃ-s.
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