PAPEL DE LAS DIRECCIONES TERRITORIALES DE SALUD EN EL MARCO DE LA NUEVA LEY DE RIESGOS LABORALES Secretaría Seccional de Salud y Protección Social de Antioquia Dirección de Factores de Riesgo
Ley 1122 Decreto 3039 agosto 2007 PNSP Prioridades nacionales en salud 9. La seguridad en el trabajo y las enfermedades de origen laboral. Resolución 425 de 2008 5. Prevención, vigilancia y control de riesgos profesionales
Objetivos Nacionales
1.
Mejorar el estado de salud de la población.
2.
Evitar a la población la progresión y ocurrencia de desenlaces adversos frente al riesgo de enfermar .
3.
Enfrentar
los
retos
del
envejecimiento poblacional y la transición demográfica. 4.
Disminuir
las
inequidades
territoriales en salud.
Prioridades Nacionales en Salud 1.
Salud infantil.
2.
Salud sexual y salud reproductiva.
3.
Salud mental.
4.
Salud oral.
5.
Enfermedades transmisibles evitables.
6.
Enfermedades crónicas no transmisibles.
7.
Seguridad alimentaria y nutricional.
8.
Seguridad sanitaria y del ambiente.
9.
Seguridad en el trabajo y prevención de enfermedades de origen laboral.
10. Gestión integral para el desarrollo operativo y funcional del plan nacional.
Áreas Subprogramáticas. Eje: Cinco riesgos profesionales • Acciones de promoción de la salud y calidad de vida en ámbitos laborales. • Acciones de inducción a la demanda de servicios de promoción de la salud, prevención de los riesgos en salud y de origen laboral en ámbitos laborales. • Acciones de inspección, vigilancia y control de los riesgos sanitarios, fitosanitarios, ambientales en los ámbitos laborales y riesgos en las empresas con base en los riesgos profesionales. • Acciones de sensibilización para reincorporación y la inclusión del discapacitado en el sector productivo. • Acciones de seguimiento, evaluación y difusión de resultados de la vigilancia en salud en el entorno laboral.
PLAN DE ACCIÓN DE P Y P FASE 1 Estudios de caracterización de las condiciones de salud y trabajo de estas poblaciones. Capacitación sobre riesgos ocupacionales a los cuales se encuentra expuesta esta población por actividad económica u oficios.
PROPÓSITOS DEL PLAN NACIONAL DE SALUD PÚBLICA Son propósitos del Plan Nacional de Salud Pública los siguientes: 1. Mejorar el estado de salud de la población colombiana. Estrategias de la promoción de la salud y la calidad de vida Línea de política número 1. Promoción de la salud y la calidad de vida A cargo de las entidades territoriales: a) Adopción y evaluación de políticas públicas de promoción de la salud y la calidad de vida y prevención de los riesgos; b) Difusión y vigilancia de las normas técnicas basadas en evidencia GATISOS
Línea de política número 2, 3 Prevención de los riesgos Estrategias a cargo de las entidades territoriales: Definición, desarrollo, seguimiento y evaluación del desarrollo de los servicios preventivos en salud ocupacional y laboral, en su jurisdicción; DECRETO 2923 DE 2011 (Agosto 12) Por el cual se establece el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos Profesionales.
Artículo 1°. Objeto. El objeto del presente decreto es establecer el Sistema de Garantía de Calidad del Sistema General de Riesgos. Profesionales. Artículo 2°. Campo de aplicación. Las disposiciones del presente decreto se deberán aplicar por parte de los integrantes del Sistema General de Riesgos Profesionales, a saber: 1. Las Entidades Administradoras del Sistema General de Riesgos Profesionales (ARP). 2. Las Juntas de Calificación de Invalidez. 3. Los Prestadores de Servicios de Salud Ocupacional (PS-SO).
Artículo 3°.
Características del sistema de garantía de calidad del sistema general de riesgos profesionales. Las acciones que desarrolle el sistema se orientarán a la mejora de los resultados de la atención en salud ocupacional y riesgos profesionales, centrados en el mejoramiento de las condiciones de trabajo y salud que van más allá de la verificación de la existencia de estructura o de la documentación de procesos, los cuales sólo constituyen prerrequisito para alcanzar los mencionados resultados.
Artículo 5°. Sistema de Estándares Mínimos Parágrafo 1°. Las visitas de verificación del cumplimiento de los estándares mínimos por parte de los prestadores de servicios de salud ocupacional serán realizadas por las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud.
Parágrafo 2°. Las visitas de verificación del cumplimiento de los estándares mínimos por parte de los demás integrantes del Sistema General de Riesgos Profesionales, mencionados en el Artículo 2° del presente decreto, serán realizadas por las Direcciones Territoriales de la Protección Social, o quienes hagan sus veces.
Las Direcciones Departamentales y Distritales de Salud ejercen la función de vigilancia y control del cumplimiento de los estándares mínimos por parte de los Prestadores de Servicios de Salud Ocupacional. Las Direcciones Territoriales de Trabajo y la Dirección General de Riesgos Profesionales, en lo que es de su competencia, ejercen las funciones de vigilancia y control del cumplimiento de los estándares mínimos por parte de las Administradoras de Riesgos Profesionales, los empleadores en lo referente a la gestión de la salud ocupacional y las Juntas de Calificación de Invalidez.
LEY 1562 DE JULIO DE 2012
Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales Artículo 14: Garantía de la calidad en Salud Ocupacional y Riesgos Laborales
Terceros idóneos seleccionados por el Ministerio de Trabajo
LEY 1562 DE JULIO DE 2012 Por la cual se modifica el Sistema de Riesgos Laborales La verificación del cumplimiento de los estándares mínimos de las IPS de servicios de salud ocupacional ENTIDADES DEPARTAMENTALES Y DISTRITALES DE SALUD En Cumplimiento de condiciones para HABILITACIÓN
Resolución 04502 de diciembre 28 de 2012 Ministerio de Salud y Protección Social de Antioquia Requisitos para el otorgamiento y renovaciones de licencias de Salud Ocupacional
DEFINE PERFILES DE PROFESIONES DEFINE ÁREAS DEFINE CAMPOS DE ACCIÓN
PERSONAS NATURALES Y JURÍDICAS QUE OFERTAN SERVICIOS EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
Se establece un nuevo procedimiento para la expedición de las licencias Recursos de Apelación y Reposición a cargo de los Entes Territoriales de Salud Sin valor para el usuario (no cobro)
Con respecto al tema de radiofísica sanitaria, les corresponde a las Direcciones Territoriales de Salud (DTS) (Resolución 9031 de 1990)
Otorgar las licencias de funcionamiento para equipos de Rayos X u otras fuentes emisoras de radiaciones ionizantes.
Conceder el carné de protección radiológica a toda persona ocupacionalmente expuesta a radiaciones ionizantes
Aprobar las evaluaciones de la instalación donde se encuentra ubicada la fuente radioactiva, realizada por entidades privadas, y los cursos de protección radiológica.