PAQUETE. de información y solicitud de voluntario

P AQUETE de información y solicitud de voluntario Estimado posible voluntario de Monroe Public Schools: Gracias por su interés en unirse a nuestro

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P AQUETE

de información y solicitud de voluntario

Estimado posible voluntario de Monroe Public Schools: Gracias por su interés en unirse a nuestro equipo. Una vez leí que los voluntarios no tienen necesariamente tiempo, pero sí tienen buenas intenciones. Todos los que formamos parte de su sistema público escolar agradecemos el preciado obsequio que nos otorga al dedicar su tiempo y atención a ayudar a que los niños aprendan. Al igual que con la mayoría de las cosas en la vida, se necesita cierta documentación para comenzar. Tenga en cuenta que la siguiente información es tanto para su seguridad como para la de nuestros estudiantes. Los voluntarios son un recurso preciado. Queremos que su experiencia beneficie a los niños que asisten a nuestras escuelas y que no le presente dificultades inesperadas. La mayor parte de esta información no es más que sentido común, pero la ley exige cierta redacción, así que avísenos si algo no le resulta claro o le parece confuso. Gracias por hacerse tiempo para nuestros estudiantes. ¡Espero con ansias verlo en nuestras escuelas! Atentamente.

Dr. Fredrika Smith Superintendente Monroe Public Schools

Procedimientos de solicitud de voluntario 1. Todos los voluntarios, exceptuando los visitantes y los voluntarios por única vez que siguen en la escuela, deben completar un paquete de solicitud de voluntario que incluye lo siguiente: x la solicitud de voluntario; x las declaraciones de voluntario que confirman la comprensión de las leyes y procedimientos de confidencialidad, discriminación y acoso, intimidación y agresión; x la divulgación de antecedentes penales/verificación de antecedentes penales de la Patrulla del Estado de Washington del voluntario; y x la verificación de referencia del voluntario. Los voluntarios que acompañan a los estudiantes fuera del campus deben completar el paquete previamente mencionado (ver n.º 3 debajo). Además, todos los voluntarios de 14 años o más deben completar el paquete (p. ej., estudiantes de secundaria que son mentores u otros estudiantes que serán voluntarios más de una vez en una escuela). 2

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2. Los paquetes de solicitud de voluntario se deben renovar anualmente. Los intereses, la disponibilidad y la información de contacto de emergencia del voluntario pueden variar de un año a otro y debe corresponder con la que figura en el lugar donde el voluntario trabaja. La selección efectuada por la Patrulla del Estado de Washington (WSP) puede realizarse anualmente o cada dos años. A algunas escuelas les resulta más sencillo realizar la selección del WSP anualmente cuando reciben el paquete de solicitud de voluntario de cada solicitante. 3. No es necesario que los visitantes y los voluntarios por única vez completen una solicitud A MENOS que acompañen a los estudiantes fuera del campus (excursiones). NO es necesario que los voluntarios por única vez y los visitantes que permanezcan bajo la supervisión directa de maestros y del personal mientras se encuentran en la escuela completen el paquete de solicitud. Dichos voluntarios no deben quedarse a solas con estudiantes, individuales o en grupo, o mantener un contacto directo con estos. Ejemplos de voluntarios por única vez: abuelos que visitan el aula; una persona que le presenta información a la clase por única vez; padres, amigos o familiares que asisten a una fiesta de clase o a un evento por única vez en el aula. Sin embargo, todos los voluntarios que acompañen a los estudiantes fuera del campus deben completar un paquete de voluntario que incluya la selección del WSP antes de la excursión. Es más probable que los voluntarios en excursiones se queden a solas con los estudiantes, se hagan cargo de estudiantes en grupos pequeños y tengan un nivel de responsabilidad diferente del que tienen en la escuela. No es necesario que el personal del distrito que trabaja en la escuela participando de excursiones complete un paquete de voluntario. Sin embargo, el personal que acompaña a los estudiantes a un lugar diferente de donde trabaja debe completar un paquete que incluya la selección del WSP, con el fin de que se encuentre rápidamente disponible la información de contacto de emergencia y otro tipo de información. 4. Los empleados del distrito que sean voluntarios en un lugar diferente de donde suelen trabajar deben completar una solicitud de voluntario. Esto asegura que la escuela en la que el personal se desempeña como voluntario cuente con la información actual, incluida la información de contacto de emergencia y una selección reciente del WSP. 5. Cada escuela debe contar con una copia del paquete de voluntario en su registro. Cualquier escuela que reciba un paquete de solicitud de voluntario debe enviar una copia de dicho paquete, incluidos los resultados de la selección del WSP, a cada escuela en la que la persona planee desempeñarse como voluntario. 6. Todos los voluntarios, incluidos los voluntarios por única vez y los visitantes, deben hacer lo siguiente: x firmar entrada y salida en su escuela/establecimiento; x utilizar una credencial de identificación durante su actividad o experiencia como voluntario; y x reconocer que “las relaciones entabladas con los niños de la escuela deben permanecer dentro de la escuela” y que, para su propia protección, “los voluntarios nunca deben 3

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quedarse a solas con un niño fuera de la vista del personal escolar u otro voluntario adulto”. 7. Conductores voluntarios: Las personas que manejan un vehículo del distrito como parte de su servicio de voluntario deben contar con un historial de conducción en el registro del Departamento de Transporte y proporcionar una copia de una licencia de conducir válida emitida por el estado de Washington. Los historiales de conducción se deben solicitar con un mínimo de 10 días de anticipación y se pueden obtener llamando al 360 804-2651.

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Solicitud de voluntario Cada escuela en la que sea asignado el voluntario debe contar con una copia de la solicitud de voluntario en su registro. Nombre del voluntario _______________________________________

Teléfono del

hogar________________________ Dirección ______________________________________________

Teléfono

laboral________________________ Ciudad ____________________

Estado _______

Código postal __________

Teléfono celular

_________________________ Correo electrónico _______________________________________________________________________________________ Explicite con qué estudiantes, maestros y escuelas planea trabajar como voluntario. Incluya el apellido del estudiante si es diferente del suyo. Se enviará una copia de esta solicitud a la cada escuela que figure debajo. Nombre del estudiante

Maestro

Escuela

Nombre del estudiante

Maestro

Escuela

Nombre del estudiante

Maestro

Escuela

Nombre del estudiante

Maestro

Escuela

Nombre de la persona a quien contactar en caso de emergencia _______________________________________________ Relación que mantiene con usted __________________________ Número de teléfono a llamar durante el día ___________________________ Nombre del médico regular__________________________________ Número de teléfono ________________________ Describa cualquier enfermedad especial (alergias, etc.) que tenga o adaptaciones especiales que requiera: _______________ ____________________________________________________________________________________________ Disponibilidad: escriba debajo las horas y los días que prefiere:

Lunes mañan tarde a

Martes mañan tarde a

Miércoles mañan tarde a

Jueves mañan tarde a

Viernes maña tarde na

Información de asignación: la siguiente información nos permitirá encontrar la correspondencia entre su experiencia, interés y habilidades con las solicitudes de voluntarios emitidas por el personal. También nos ayudará a reconocer sus esfuerzos de voluntario. Ubicación preferida ________________________________________ Grado(s) escolar(es) preferido(s)_______________ Indique debajo (3) qué categoría(s) prefiere como voluntario: 5

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_____ Voluntario en el aula: materia(s) preferida(s) ____________________________________________________ _____ Docente de arte _____ Eventos especiales _____ Apoyo en la oficina _____ Docente de ciencias _____ Mentor _____ Biblioteca _____ Docente/Practicante de tecnología _____ Tutor, incluido ESL _____ Consultor de orientación profesional _____ Patio de juegos _____ Actividades enriquecedoras _____ Educación especial _____ Administrativo, mencionar las habilidades debajo _____ Comedor _____ Otro _________________ Habilidades/Experiencias administrativas _______________________________________________________________________ Deseo formar parte de un comité de una escuela/un establecimiento (especifique si sabe en cuál) ___________________________________________

Bilingüe: Sí _____ No _____ Idioma(s)

________________________________________________ Fecha de vencimiento de la tarjeta de primeros auxilios _____________________

Fecha de vencimiento de

la tarjeta de CPR ____________________

Aviso de no discriminación El Distrito Escolar de Monroe no discrimina por sexo, raza, credo, religión, color, nacionalidad, edad, veterano retirado honorablemente o condición militar, orientación sexual, incluida la expresión o la identidad de género, la presencia de cualquier discapacidad sensitiva, mental o física, o el uso de un perro de guía entrenado o animal de servicio por parte de una persona con discapacidad en sus programas y actividades, y ofrece el mismo acceso al Club de niños exploradores y otros grupos para jóvenes designados. Los siguientes empleados han sido designados para encargarse de las preguntas y las quejas sobre supuestas discriminaciones: Coordinador del Título IX Justin Blasko: 200 E Fremont Monroe, WA 98272: 360.804.2539: [email protected]

Coordinadora de la Sección 504/ADA Ginnie Ayres: 200 E Fremont Monroe, WA 98272: 360.804.5228: [email protected]

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Coordinadora del cumplimiento de 28A.640 y 28A.642 RCW Joanne Dickinson: 200 E Fremont Monroe, WA 98272: 360.804.2532: [email protected] El Distrito Escolar de Monroe también tomará las medidas necesarias para asegurarse de que personas que no cuentan con habilidades en el idioma inglés puedan participar de todos los programas, actividades y servicios educativos. Para obtener información sobre los servicios de traducción o programas de educación bilingüe de transición, comuníquese con Ginnie Ayres.

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Declaraciones de voluntario que confirman la comprensión Comprendo que la información sobre los estudiantes, las familias, el personal y la organización puede ser de naturaleza confidencial y que como voluntario de Monroe Public Schools haré lo siguiente: ƒ

Respetaré la naturaleza confidencial de cualquier comunicación verbal o escrita que reciba sobre los estudiantes, las familias, el personal y la organización, y trataré de mantener la información personal de manera confidencial dentro y fuera de la escuela.

ƒ

Seré discreto en cualquier comunicación verbal al no hablar sobre los estudiantes, el personal o las familias frente a otras personas.

ƒ

Informaré de inmediato directamente al director o al administrador del establecimiento cualquier información que se haya compartido conmigo sobre la seguridad de un niño.

ƒ

Realizaré esfuerzos razonables para asegurarme de que todos los estudiantes se encuentren protegidos del acoso o la discriminación, y no acosaré o discriminaré a ningún estudiante, miembro del personal o voluntario por razones de raza, color, religión, sexo, edad, nacionalidad o etnia, ideas políticas, estado civil, discapacidad, orientación sexual, posición social o antecedentes familiares.

También comprendo que las relaciones entabladas con los niños de la escuela deben permanecer dentro de la escuela y que, para la protección del estudiante, el personal y el voluntario, los voluntarios nunca deben quedarse a solas con un niño fuera de la vista del personal escolar u otro voluntario adulto. También se les recuerda a los voluntarios que el padre o tutor del estudiante deben otorgarles permiso para comunicarse con un estudiante fuera del día escolar normal; Monroe Public Schools no puede otorgar este permiso. Reconozco haber recibido la política y el procedimiento 5325 de la mesa directiva escolar: Prohibición de acoso, intimidación y agresión. Comprendo que es mi responsabilidad leer y comprender todos los materiales que me fueron provistos. También comprendo que tengo la obligación legal de informar ciertos casos y acuerdo cumplir con todas las leyes estatales, federales y del distrito. Si tengo preguntas sobre cualquier material proporcionado, comprendo que debo comunicarme con Joanne Dickinson, la funcionaria encargada del cumplimiento de las leyes. Firma ____________________________________________________________________

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Aclaración en letra de imprenta ________________________________________________________________________ Fecha ________________________________________________________________________

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Divulgación de antecedentes penales y verificación de antecedentes penales de la Patrulla del Estado de Washington del voluntario Cada escuela en la que sea asignado el voluntario debe contar con una copia del informe de antecedentes penales de la Patrulla del Estado de Washington.

Conforme a la RCW 43.43 (Ley de información de abuso de niños o adultos), todos los voluntarios potenciales deben completar este formulario de divulgación. Conteste SÍ o NO a cada una de las siguientes preguntas. Si responde alguna pregunta con un SÍ, explique el cargo o el hallazgo, la fecha y la corte involucrada en el área proporcionada o en el reverso de este formulario: 1.

¿Alguna vez fue condenado por un crimen contra niños u otras personas según lo establecido en RCW 43.43.830?

Respuesta __________ Si responde “SÍ”, explique ________________________________________________________ 2.

¿Alguna vez fue condenado por crímenes relacionados a explotación económica si la víctima fue un adulto vulnerable?

Respuesta __________ Si responde “SÍ”, explique ________________________________________________________ 3.

¿Alguna vez fue encontrado culpable de haber abusado o explotado sexualmente a un menor o de haber abusado de un menor en una acción de tutela según la ley RCW 13.34.040?

Respuesta __________ Si responde “SÍ”, explique ________________________________________________________ 4.

¿Alguna vez fue encontrado culpable por una corte de haber abusado o explotado sexualmente a un menor o haber abusado físicamente a un menor en relaciones domésticas según la ley 26 RCW?

Respuesta __________ Si responde “SÍ”, explique ________________________________________________________ 5.

¿Alguna vez fue encontrado culpable por una junta disciplinaria de haber abusado o explotado sexual o físicamente a un menor o una persona con discapacidades del desarrollo, o de abusar o explotar financieramente a un adulto vulnerable?

Respuesta __________ Si responde “SÍ”, explique ________________________________________________________ 6.

¿Alguna vez fue encontrado culpable por una corte de haber abusado o explotado financieramente a un adulto vulnerable en su protección según el Capítulo 74.34 RCW?

Respuesta __________ Si responde “SÍ”, explique ________________________________________________________ 9

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Se exige una verificación de antecedentes penales de la Patrulla del Estado de Washington (limitadas a crímenes contra personas) de todos los voluntarios que tengan acceso sin supervisión a los niños o a adultos vulnerables (RCW 43.43.830-845). La siguiente información se utilizará para realizar la verificación. Ingrese su nombre legal y su fecha de nacimiento (dd/mm/aaaa). La difusión secundaria de la información de antecedentes penales queda prohibida en cumplimiento con RCW 10.97.050.

Nombre legal (en letra de imprenta)

Segundo nombre legal (en letra de imprenta)

Número de seguro social

(solo los últimos 4 dígitos)

___ ___ ___ ___

… Masculino

Apellido legal (en letra de imprenta)

dd

Fecha de nacimiento mm aaaa

… Femenino

Conforme a RCW 9A.72.085, certifico bajo la pena de perjurio, según las leyes del Estado de Washington, que la información anterior es verdadera y correcta.

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Firma del voluntario _______________________________________________________ Fecha _______________

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Verificación de referencia del voluntario Nombre del voluntario: _____________________________________________________________

Proporcione el nombre, la dirección y el número de teléfono de tres personas que pueden testificar su carácter y compromiso como voluntario en Monroe Public Schools.

Nombre _______________________________________________________________________ Dirección ______________________________________________ Ciudad, estado, código postal____________________ Teléfono laboral __________

Teléfono del hogar _________

Relación con usted _____________________________________________________________

Nombre _______________________________________________________________________ Dirección ______________________________________________ Ciudad, estado, código postal____________________ Teléfono laboral __________

Teléfono del hogar _________

Relación con usted _____________________________________________________________

Nombre _______________________________________________________________________ Dirección ______________________________________________

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Ciudad, estado, código postal____________________ Teléfono laboral __________

Teléfono del hogar _________

Relación con usted _____________________________________________________________

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RELACIONES CON LA COMUNIDAD POLÍTICA 9320 DE LA MESA DIRECTIVA VOLUNTARIOS EN LAS ESCUELAS

La mesa directiva escolar de Monroe reconoce las valiosas contribuciones que los voluntarios de la comunidad realizan para los estudiantes y las escuelas. La mesa directiva da la bienvenida a voluntarios y avala un programa de selección de voluntarios para garantizar la salud y seguridad de estudiantes, personal y voluntarios. Los voluntarios de Monroe Public Schools que participan en tareas voluntarias durante más de un día se someterán a los requisitos de selección específicos que se enumeran a continuación. Los voluntarios que trabajan en una escuela o un establecimiento durante un día o menos están exentos de reunir tales requisitos. Requisitos para la selección de voluntarios 1. Solicitud 2. Declaraciones del voluntario que confirman la comprensión de las leyes y procedimientos de confidencialidad, discriminación y acoso, intimidación y agresión 3. Formulario de divulgación de antecedentes penales 4. Verificación de antecedentes penales de la Patrulla del Estado de Washington del voluntario 5. Formulario de verificación de referencia El director del edificio o cualquier otro miembro del personal designado participarán en la selección de los voluntarios y otorgarán la aprobación final de quienes presten servicio en su establecimiento. A discreción del superintendente, se les puede solicitar a los voluntarios que presenten una verificación de huellas digitales del FBI, pedido fundamentado en circunstancias atenuantes o sospecha razonable conforme al RCW 43.43.830. Si fuera necesario, la verificación de huellas digitales del FBI se realizará a cargo del distrito. El superintendente elaborará las pautas y procedimientos para implementar las disposiciones de esta política. 12

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Referencias: RCW 43.43.830 Fecha de aprobación por la mesa directiva:

11 de agosto de 2014

RCW 43.43.830 Verificación de antecedentes para el acceso a niños o personas vulnerables: definiciones seleccionadas (b) Todos los voluntarios potenciales que tendrán acceso regular sin supervisión a niños menores de dieciséis años, personas con discapacidades de desarrollo o adultos vulnerables durante el curso de su empleo o participación en el negocio o la organización, en circunstancias en las que dicho acceso involucra o podría involucrar a grupos de (i) cinco o menos niños menores de doce años de edad, (ii) tres o menos niños entre doce y dieciséis años, (iii) personas con discapacidades del desarrollo o (iv) adultos vulnerables. (5) "Crimen contra niños u otras personas" significa una sentencia de alguna de las siguientes ofensas: homicidio agravado; homicidio en primer o segundo grado; secuestro en primer o segundo grado; agresión en primer, segundo o tercer grado; agresión a un niño en primer, segundo o tercer grado; violación en primer, segundo o tercer grado; violación a un niño en primer, segundo o tercer grado; robo en primer o segundo grado; incendio en primer grado; hurto en primer grado; homicidio culposo en primer o segundo grado; extorsión en primer o segundo grado; libertades indecentes; incesto; homicidio vehicular; promoción de la prostitución en primer grado; comunicación con un menor; privación ilegal de la libertad; agresión simple; explotación sexual de menores; maltrato criminal en primer o segundo grado; abuso o negligencia infantil según lo definido en RCW 26.44.020; interferencia de custodia en primer o segundo grado; mala conducta sexual con personas detenidas en primer o segundo grado; acoso malicioso; abuso sexual infantil en primer, segundo o tercer grado; mala conducta sexual con un menor en primer o segundo grado; consumo de prostitución infantil; abandono infantil; promoción de la pornografía; venta o distribución de material erótico a un menor; agresión a personas detenidas; violación de orden de alejamiento por abuso infantil; venta o compra de niños; prostitución; crimen de exhibición obscena; abandono criminal; o cualquiera de estos crímenes con la denominación que podrían adquirir en el futuro. (6) "Crímenes relacionados con drogas" significa una sentencia de un crimen de producción, entrega o posesión con la intención de producir o entregar una sustancia controlada. 13

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(7) "Crímenes relacionados con explotación financiera" significa una sentencia por extorsión en primer, segundo o tercer grado; hurto en primer, segundo o tercer grado; robo en primer o segundo grado; falsificación; o cualquiera de estos crímenes con la denominación que podrían adquirir en el futuro. (9) "Sin supervisión" significa sin la presencia de: (a) otro empleado o voluntario del mismo negocio u organización que el solicitante; o (b) cualquier familiar o tutor de cualquiera de los niños o personas con discapacidades del desarrollo o adultos vulnerables a los cuales tendrá acceso el solicitante durante el curso de su empleo o participación en el negocio o la organización.

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Control del voluntario de la escuela/el establecimiento (Uso exclusivo del distrito: opcional) Nombre _____________________________________ Dirección _________________________________________ Teléfono del hogar _________________ Ciudad, estado, código postal _______________________________________ Teléfono __________________________ Escuela/Establecimiento (encerrar en un círculo): CLE

FRE

FWE

MBE

SWE

HRM

PPM

MHS

LIL

SVC

Otra _____________ Recepción del formulario de solicitud __________________________________________ Recepción del formulario _____________________________

de

divulgación

de

antecedentes

penales

Recepción de la declaración de comprensión ____________________ Verificación de antecedentes penales de la Patrulla del Estado de Washington (imprimir y guardar el informe para el registro) Fecha en la que se realizó el informe de verificación de antecedentes penales de la Patrulla del Estado de Washington ____________________ 14

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Aprobado/Rechazado

____________________

Fecha en que se envió la copia al voluntario ____________________ Finalización de la verificación de referencia ___________________________ Descripción de la asignación o del puesto __________________________________________________ ______________________________________________________________________________ ______________________________________________________________________________ Comentarios___________________________________________________________________ _____ ______________________________________________________________________________

Capacitación en acoso, intimidación y agresión

¿En qué se diferencia la agresión de otras formas de conflicto? Otros conflictos/ Peleas * Entre amigo/iguales/compañeros Espontáneo/ocasional

Agresión * No son amigos/asimetría de poder Se repite con el tiempo

Accidental/no planeado Intencional Sin daño grave o permanente Daño físico/emocional Misma reacción emocional Reacción emocional desigual No ocurre para dominar/controlar Búsqueda de control/posesión Generalmente con arrepentimiento Sin arrepentimiento; culpa a la víctima Podría intentar resolver el problema

No se esfuerza por resolver

el problema Recuerde que las particularidades varían en cada incidente. Las acciones en ambos lados de esta tabla podrían estar sujetas a medidas disciplinarias. 15

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Centro de seguridad escolar: http://www.k12.wa.us/SafetyCenter/default.aspx

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Formulario para informar sobre incidentes de acoso, intimidación y agresión (HIB) del estado de Washington Persona que notifica (opcional): ___________________________________________________________________ Estudiante victimizado: ____________________________________________________________________________ Su dirección de correo electrónico (opcional):: __________________________________________________________________ Su número de teléfono (opcional): ______________________Fecha de hoy: _______________________________ Nombre del adulto en la escuela con el que ya se comunicó (si lo hizo): _____________________________________________ Nombre(s) de el/los agresor(es) (si los conoce): ___________________________________________________________________________________________ Fecha en que se produjo/produjeron el/los incidente(s) (si la conoce): ___________________________________________________________________________________________ ¿Dónde sucedió el incidente? Encierre todas las opciones que correspondan. Aula Pasillo Baños Patio de juegos Sala de casilleros Comedor Campo de deportes Estacionamiento Autobús escolar Internet Teléfono celular Durante una actividad escolar Fuera de la propiedad de la escuela Camino a/desde la escuela Otro (especifique) _______________________________________________________ Marque la casilla que mejor describe lo que hizo el agresor. Seleccione todas las opciones que correspondan. Golpear, dar patadas, empujar, escupir, jalar el pelo o arrojar algo al estudiante Hacer que otra persona golpee o dañe al estudiante Provocar, poner apodos, hacer comentarios ofensivos o amenazar en persona, por teléfono, por correo electrónico, etc. Humillar al estudiante y convertirlo en motivo de burla Hacer gestos groseros o gestos de amenaza Excluir o rechazar al estudiante Asustar al estudiante, pedirle dinero o explotarlo Esparcir rumores o chismes perniciosos Agredir cibernéticamente (agredir al hablar por teléfono, enviar mensajes de texto, enviar correos electrónicos, realizar publicaciones en la web, etc.) Otro Si selecciona otro, describa: _____________________________________________________________ ¿Por qué cree que ocurrió el acoso, la intimidación o la agresión? ___________________________________________________________________________________________ ¿Hubo testigos? Sí No Si los hubo, mencione sus nombres: ___________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________ ¿Hubo alguna lesión física producto del incidente? Si la hubo, descríbala. ___________________________________________________________________________________________ ¿La víctima no asistió a la escuela como resultado del incidente? Sí No Si es así, describa: ___________________________________________________________________________________________ ¿Hay algún otro dato? ___________________________________________________________________________________________ ___________________________________________________________________________________________ ¡Muchas gracias por notificar! 17

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----------------------------------------------------------------Para uso oficial--------------------------------------------------------------Recibido por: _______________________________________________________________________________ Fecha en que se recibió: ___________________________________ Medida que se tomó: ______________________________________________________________________________ Padre/Tutor contactado: ___________________________________________________________________ Encierre con un círculo donde corresponda: Resuelto No resuelto Derivado a: _____________________________________

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ESTUDIANTES DE MONROE PUBLIC SCHOOLS POLÍTICA 5325 DE LA MESA DIRECTIVA  L A INTIMIDACIÓN Y L

PROHIBICIÓN DEL ACOSO,

El distrito asume el compromiso de brindar un ambiente educativo seguro y civilizado para todos los estudiantes, empleados, padres/tutores, voluntarios y benefactores, que sea libre de acoso, intimidación o agresión. Esta política tiene por fin otorgar guías para los estudiantes; el proporcionar un ambiente de trabajo seguro y civilizado para el personal se trabaja en el procedimiento y política 3330 de la mesa directiva. “Acoso, intimidación o agresión” se refiere a mensajes verbales o escritos intencionalmente, imágenes, incluso si se transmiten electrónicamente, o actos físicos, que incluyen, pero no se limitan a los que están motivados por raza, color, religión, ascendencia, nacionalidad, género, orientación sexual, incluida la expresión o la identidad de género, discapacidades mentales o físicas, u otras características distintivas cuando el acto: x x x x

dañe físicamente a un estudiante o su propiedad; tenga el efecto de interferir significativamente en la educación de un estudiante; sea tan grave, persistente o dominante que genere un ambiente educativo intimidante o amenazador; o tenga el efecto de perturbar considerablemente el funcionamiento organizado de la escuela.

Ningún elemento de esta sección establece que el estudiante afectado debe de hecho poseer la característica que motiva el acoso, la intimidación o la agresión. “Otras características distintivas” pueden incluir, pero no de forma excluyente: apariencia, vestimenta u otra indumentaria, condición socioeconómica y peso. Los “hechos intencionales” hacen referencia a la elección personal de participar del hecho, en lugar del impacto final de las acciones. Conductas/Expresiones El acoso, la intimidación o la agresión puede darse de diferentes formas, que incluyen, sin limitarse a ellos, difamación, rumores, bromas, insinuaciones, comentarios degradantes, dibujos, caricaturas, trastadas, gestos, ataques físicos, amenazas u otras imágenes o mensajes escritos, orales, físicos o transmitidos electrónicamente. Esta política no tiene como fin prohibir la expresión de puntos de vista religiosos, filosóficos o políticos, siempre y cuando dicha expresión no perturbe significativamente el ambiente educativo. Muchas conductas que no alcanzan el nivel de acoso, intimidación o agresión pueden, sin embargo, estar prohibidas por otras políticas del distrito o por las normas de programas, aulas o establecimientos. Capacitación

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Esta política es parte de la responsabilidad del distrito de crear y conservar una comunidad de aprendizaje segura, civilizada, respetuosa e inclusiva y se debe implementar junto con una capacitación integral a los estudiantes, el personal y los voluntarios. Prevención El distrito les brindará a los estudiantes estrategias orientadas a prevenir el acoso, la intimidación y la agresión. En sus esfuerzos por capacitar a los estudiantes, el distrito buscará trabajar en conjunto con las familias, las autoridades de seguridad pública y otras agencias comunitarias. Intervenciones Las intervenciones están diseñadas para remediar el impacto en los estudiantes victimizados y demás personas afectadas por la violación, para modificar la conducta del agresor y para reinstaurar un clima escolar positivo. El distrito tendrá en cuenta la frecuencia de los incidentes, la edad de desarrollo del estudiante y la gravedad de la conducta a la hora de determinar las estrategias de intervención. Las intervenciones variarán de consejería, conducta correctiva y sanciones a derivaciones a las autoridades de seguridad pública. Represalias/Falsas acusaciones Las represalias están prohibidas y serán sancionadas según corresponda. Es una violación de esta política amenazar o dañar a alguien por notificar de un caso de acoso, intimidación o agresión. Es también una violación de la política del distrito presentar, con pleno conocimiento, acusaciones falsas de acoso, intimidación y agresión. No se sancionará a los estudiantes o empleados que presenten un informe de buena fe. Sin embargo, quienes a sabiendas presenten o corroboren falsas alegaciones recibirán las sanciones apropiadas. Funcionario encargado del cumplimiento de las leyes El superintendente nombrará a un funcionario encargado del cumplimiento de las leyes como contacto principal con el distrito para que reciba copias de todas las quejas formales e informales y para garantizar la implementación de la política. El nombre y la información de contacto del funcionario encargado del cumplimiento de las leyes se informarán a todo el distrito. El superintendente está autorizado para dirigir la implementación de procedimientos para abordar los elementos de esta política. Referencias:

Política 5387 Política 5361 Política 3330 trabajo

Referencias legales:

Derechos y Deberes de los estudiantes No Discriminación Conducta civilizada en el lugar de

RCW 28A.300.285

Acoso, Intimidación y Agresión Políticas preventivas 20

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RCW 28A.600.480

RCW 9A.36.080 RCW 28A.642 K-12 Discriminación RCW 49.60 Humanos RCW 28A.640.020

Notificación de acoso, intimidación o agresión – Prohibición de represalias – Inmunidad Acoso Discriminatorio – Definición y Sanciones Penales Educación – Prohibición de la Discriminación – Comisión de Derechos

Regulaciones, pautas para eliminar la discriminación WAC 392-190-056-058 Acoso sexual Departamento de Educación de EE. UU. Carta a los Colegas, 2010 http://www2.ed.gov/about/offices/list/ocr/letters/colleague-201010.html

Recursos administrativos: agresión cibernética

Novedades sobre la política, abril de 2008

Política requerida de

Novedades sobre la política, abril de 2002 Aprobaciones de la legislatura y Ley Antiagresión Fecha adoptada por la mesa directiva: Revisada: 11 de junio de 2012 Revisada: 28 de octubre de 2013

13 de junio de 2011

ESTUDIANTES DE MONROE PUBLIC SCHOOLS PROCEDIMIENTO DE LA POLÍTICA DE LA MESA DIRECTIVA P5325  L A INTIMIDACIÓN Y L

PROHIBICIÓN DEL ACOSO, A.

Introducción

Monroe School District se esfuerza por brindarles a sus estudiantes condiciones óptimas para el aprendizaje al mantener un ambiente escolar en el que se trata a todos con respeto y no se daña a nadie física ni emocionalmente. Para garantizar que haya respeto y evitar daños, es una violación de la política del distrito que un estudiante sea acosado, intimidado o agredido por otros en la comunidad escolar, en eventos patrocinados por la escuela o cuando tales acciones perturban de forma significativa el proceso educativo. La comunidad escolar incluye a todos los estudiantes, los empleados de la escuela, los miembros de la mesa directiva escolar, los contratistas, los voluntarios no remunerados, las familias, los benefactores y otros visitantes. Los estudiantes no recibirán acoso a causa de su raza, color, religión, ascendencia, nacionalidad, género, orientación sexual, incluida la expresión o la identidad de género, discapacidad mental o física, u otras características distintivas. Todo miembro del personal escolar que observe, oiga o de alguna otra forma sea testigo de acoso, 21

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intimidación o agresión, o quien reciba notificación de tales comportamientos, debe tomar medidas rápidas y apropiadas para detener el acoso y evitar que vuelva a ocurrir. B.

Definiciones

Agresor: es un estudiante, un miembro del personal u otro miembro de la comunidad escolar que participa en el acoso, la intimidación o la agresión a un estudiante. Acoso, intimidación o agresión: se entiende por acoso, intimidación o agresión cualquier acción intencional electrónica, escrita, verbal o física, que: x dañe físicamente a un estudiante o su propiedad; x tenga el efecto de interferir significativamente en la educación de un estudiante; x sea tan grave, persistente o dominante que genere un ambiente educativo intimidante o amenazador; o x tenga el efecto de perturbar considerablemente el funcionamiento organizado de la escuela. Para determinar si una conducta “interfiere significativamente en la educación de un estudiante” se tendrán en cuenta las calificaciones, la asistencia y el comportamiento del estudiante victimizado, su interacción con los pares y su participación en actividades, junto con otros indicadores. Las conductas que pueden alcanzar el nivel de acoso, intimidación y agresión pueden ser diferentes. Incluyen, sin limitarse a ellos, difamación, rumores, bromas, insinuaciones, comentarios degradantes, dibujos, caricaturas, trastadas, aislamiento, amenazas o ataques físicos, gestos u otros actos relacionados con un individuo o grupo, ya sean mensajes o imágenes transmitidas electrónicamente, por escrito, oralmente o físicamente. No necesariamente el estudiante victimizado debe de hecho tener la característica que constituye la razón del acoso, la intimidación o la agresión. Formulario para informar sobre incidentes: lo pueden usar los estudiantes, las familias o el personal para informar sobre incidentes de acoso, intimidación o agresión. Se puede acceder a un formulario de muestra en el sitio web del Centro de Seguridad Escolar de la Oficina del Superintendente de Enseñanza Pública (OSPI, por sus siglas en inglés): http://www.k12.wa.us/SafetyCenter/BullyingHarassment/default.aspx Represalia: cuando un agresor acosa, intimida o agrede a un estudiante que ha informado sobre incidentes de agresión. Personal: incluye, sin limitarse a ellos, educadores, administradores, consejeros, enfermeros escolares, trabajadores de la cafetería, guardianes, conductores de autobús, entrenadores deportivos, asesores de actividades extracurriculares, personal clasificado, maestros suplentes o temporales, voluntarios o para profesionales (tanto empleados como contratistas). Estudiante victimizado: es el estudiante que ha recibido el acoso, la intimidación o la agresión. C.

Relación con otras leyes 22

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Este procedimiento se aplica solo para RCW 28A.300.285 – Prevención de acoso, intimidación y agresión. Hay otras leyes y otros procedimientos para abordar problemas relacionados como acoso sexual o discriminación. Hay al menos cuatro leyes de Washington que se pueden aplicar al acoso o la discriminación: x RCW 28A.300.285 – Educación de Kínder a 12.º Grado — Acoso, Intimidación y Agresión x RCW 28A.640.020 – Acoso Sexual x RCW 28A.642 – Prohibición de Discriminación en Escuelas Públicas x RCW 49.60.010 – Ley contra la Discriminación El distrito garantizará que cumplirá con todas las leyes estatales relacionadas con el acoso, la intimidación y la agresión. Nada de lo expresado en este procedimiento prohíbe que un estudiante, padre/tutor, escuela o distrito tome medidas para remediar el acoso o la discriminación basada en el género de una persona o su pertenencia a un grupo protegido legalmente por leyes locales, estatales o federales.

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D.

Prevención Difusión En cada escuela y en su sitio web, el distrito divulgará información de manera destacada sobre cómo informar de casos de acoso, intimidación y agresión; el nombre y la información de contacto para presentar un informe a un administrador escolar; y el nombre y la información de contacto del funcionario del distrito encargado del cumplimiento de las leyes. La política y el procedimiento del distrito estarán disponibles en cada escuela en un idioma que las familias puedan entender. Una vez al año, el superintendente se asegurará de que se proporcione un resumen de la política en las guías de los estudiantes, el personal, los voluntarios y los padres, de que el resumen esté disponible en las oficinas o los pasillos de la escuela o el distrito, o de que aparezca en el sitio web del distrito. La distribución adicional de la política y el procedimiento está sujeta a los requisitos del Código Administrativo de Washington 392-400-226. Educación Una vez al año, en sesiones de orientación para estudiantes y en otras ocasiones apropiadas, los estudiantes recibirán información adecuada para su edad sobre cómo reconocer y prevenir el acoso, la intimidación o la agresión. La información incluirá una copia del Formulario para informar sobre incidentes o un enlace a un formulario basado en la web. Capacitación El personal recibirá capacitación anual sobre la política y el procedimiento del distrito escolar, incluidos los papeles y las responsabilidades de los miembros del personal, cómo supervisar un área común y el uso del Formulario para informar sobre incidentes del distrito. Estrategias de prevención El distrito implementará una variedad de estrategias de prevención que incluyen abordajes a nivel individual, del aula, de la escuela y del distrito. Siempre que sea posible, el distrito implementará programas de prevención basados en evidencias diseñados para mejorar las competencias sociales y el clima escolar, y eliminar el acoso, la intimidación y la agresión en las escuelas.

E.

Funcionario encargado del cumplimiento de las leyes

El funcionario del distrito encargado del cumplimiento de las leyes hará lo siguiente: 1. Será el contacto principal del distrito para casos de acoso, intimidación y agresión. 2. Proporcionará apoyo y ayuda al director o la persona designada en la resolución de quejas. 24

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3. Recibirá copias de todos los Formularios para informar sobre incidentes, los Formularios de derivación disciplinaria y las cartas a los padres donde se expliquen los resultados de las investigaciones. 4. Estará al tanto del uso del sistema de información del estudiante. El funcionario encargado del cumplimiento de las leyes podrá usar esta información para identificar patrones de comportamiento y áreas problemáticas. 5. Garantizará la implementación de la política y el procedimiento al supervisar el proceso de investigación, incluso garantizar que las investigaciones sean rápidas, imparciales y completas. 6. Evaluará las necesidades de capacitación del personal y los estudiantes a fin de garantizar una implementación exitosa en todo el distrito y que el personal reciba la capacitación anual en otoño. 7. Proporcionará al Centro de Seguridad Escolar de la Oficina del Superintendente de Enseñanza Pública notificaciones de las actualizaciones o los cambios anuales en la política y el procedimiento. 8. En los casos en que, a pesar de los esfuerzos de la escuela, un estudiante victimizado experimente acoso, intimidación o agresión que amenace la salud y la seguridad del estudiante, el funcionario encargado del cumplimiento de las leyes facilitará una reunión entre el personal del distrito y los padres/tutores del niño a fin de desarrollar un plan de seguridad para proteger al estudiante. Se puede acceder a un ejemplo de plan de seguridad del estudiante en el sitio web de la OSPI: http://www.k12.wa.us/SafetyCenter/default.aspx. F.

Intervención del personal

Todos los miembros del personal deberán intervenir cuando sean testigos o reciban informes de acoso, intimidación o agresión. Los incidentes menores que el personal pueda resolver de inmediato, o los incidentes que no entren en la categoría de acoso, intimidación o agresión pueden no necesitar más acciones de acuerdo con este procedimiento. G.

Presentación del Formulario para informar sobre incidentes

Cualquier estudiante que considere que ha sido víctima de acoso, intimidación o agresión no resuelta, grave o persistente, o cualquier persona de la comunidad escolar que observe o reciba notificación de que un estudiante ha sido víctima o puede haber sido víctima de acoso, intimidación o agresión no resuelta, grave o persistente puede informar sobre los incidentes verbalmente o por escrito a cualquier miembro del personal. H.

Abordaje de casos de agresión – Informes

Paso 1. Presentación del Formulario para informar sobre incidentes Para proteger a los estudiantes victimizados contra las represalias, un estudiante no necesita revelar su identidad en el Formulario para informar sobre incidentes. El formulario puede ser anónimo o confidencial, o el estudiante puede elegir dar a conocer su identidad (no confidencial). Condición de la persona que presenta el informe: 25

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a) Anónima Los individuos pueden presentar un informe sin revelar su identidad. No se tomarán medidas disciplinarias contra un supuesto agresor basadas únicamente en un informe anónimo. Las escuelas pueden contar con buzones para presentar quejas o desarrollar otros métodos para recibir informes anónimos no firmados. Las respuestas posibles a un informe anónimo incluyen mayor supervisión de lugares específicos en ciertos horarios del día o mayor supervisión de un estudiante o miembro del personal específico. (Ejemplo: un Formulario para informar sobre incidentes que fue dejado en el escritorio de un maestro llevó a una mayor supervisión de la sala de casilleros para varones durante el quinto período).

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b) Confidencial Los individuos pueden pedir que su identidad se mantenga en secreto para el acusado y los demás estudiantes. Como con los informes anónimos, no se tomarán medidas disciplinarias contra un supuesto agresor basadas únicamente en un informe confidencial. (Ejemplo: un estudiante le dice a un supervisor de un patio de recreo que un compañero de clase ha recibido agresión, pero pide que nadie sepa quién informó sobre el incidente. El supervisor dice “No podré castigar al agresor, a menos que tú o alguien que lo vio me permita usar su nombre, pero sí puedo comenzar a pasar más tiempo cerca de la cancha de básquetbol, si eso ayuda”). c) No confidencial Los individuos pueden elegir presentar un informe de no confidencialidad. Las personas que presentan una queja y acceden a que su queja sea no confidencial recibirán notificación de que los requisitos del debido proceso pueden exigir que el distrito divulgue toda la información concerniente a la queja a cualquier persona involucrada en el incidente, pero incluso entonces, la información estará restringida a quienes tengan la necesidad de conocerla, durante y después de la investigación. El distrito, sin embargo, implementará por completo las medidas de esta política y este procedimiento contra las represalias a fin de proteger a las personas que presentan la queja y a los testigos. Paso 2. Recepción del Formulario para informar sobre incidentes Todos los miembros del personal son responsables de recibir informes orales y escritos. Siempre que sea posible, el personal que recibe en primera instancia un informe oral o escrito de acoso, intimidación o agresión intentará resolver el incidente de inmediato. Si se resuelve el incidente de un modo que satisfaga a las personas involucradas, o si el incidente no entra en la categoría de acoso, intimidación o agresión, es posible que no sea necesario tomar mayores medidas de acuerdo con este procedimiento. Todos los informes de acoso, intimidación o agresión no resuelta, grave o persistente serán registrados en un Formulario para informar sobre incidentes del distrito y se enviarán al director o la persona designada, a menos que la persona designada sea sobre quien recae la queja. Paso 3. Investigación de acoso, intimidación y agresión no resuelta, grave o persistente Todos los informes de acoso, intimidación o agresión no resuelta, grave o persistente se investigarán con razonable rapidez. Todos los estudiantes pueden tener un adulto de confianza que los acompañe durante el proceso de informe e investigación. a) Al recibir el Formulario para informar sobre incidentes que alega un caso de acoso, intimidación o agresión no resuelta, grave o persistente, la persona designada de la escuela o el distrito comenzará la investigación. Si hay riesgo de daño físico evidente e inmediato para la persona que presenta la queja, el distrito se comunicará inmediatamente con un organismo de seguridad pública e informará a los padres/tutores. 27

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b) Durante la investigación, el distrito tomará medidas razonables para garantizar que no se produzcan nuevos incidentes de acoso, intimidación o agresión entre la persona que presenta la queja y el supuesto agresor. Si es necesario, el distrito implementará un plan de seguridad para el/los estudiante(s) involucrado(s). El plan puede incluir cambiar la ubicación de la persona que presenta la queja o el supuesto agresor en el aula, durante el almuerzo o en el autobús; seleccionar un miembro del personal para que brinde seguridad a la persona que presenta la queja; modificar los horarios del supuesto agresor y el acceso a la persona que presenta la queja; y otras medidas. c) Después de dos (2) jornadas escolares posteriores a recibir el Formulario para informar sobre incidentes, la persona designada de la escuela notificará a los padres de los estudiantes involucrados que se recibió una queja y guiará a las familias con respecto a la política y el procedimiento del distrito para acoso, intimidación y agresión. d) En casos excepcionales, en los que después de consultar con el estudiante y el personal apropiado (como un psicólogo, un consejero o un trabajador social) el distrito tenga evidencias de que involucrar a los padres/tutores de la persona que presenta la queja o del supuesto agresor representaría una amenaza para la salud o la seguridad de la persona que presenta la queja o el supuesto agresor, el distrito puede inicialmente no contactar a los padres/tutores en su investigación de acoso, intimidación y agresión. Si el personal profesional de la escuela sospecha que un estudiante sufre abuso y negligencia, debe seguir la política del distrito para informar de los casos sospechosos a los Servicios de protección del menor. e) La investigación debe incluir, como mínimo: - una entrevista con la persona que presenta la queja; - una entrevista con el supuesto agresor; - una revisión de cualquier queja previa que involucre a la persona que presenta la queja o al supuesto agresor; y - entrevistas con otros estudiantes o miembros del personal que puedan tener conocimiento sobre el incidente alegado. f) El director o la persona designada pueden determinar que se tomen otras medidas antes de dar por finalizada la investigación. g) La investigación se debe terminar lo antes posible, pero normalmente no más de cinco (5) jornadas escolares después de la queja o el informe inicial. Si se necesita más tiempo para completar la investigación, el distrito le proporcionará actualizaciones semanales a los padres/tutores o el estudiante. h) No más de dos (2) jornadas escolares después de que se termina la investigación y se envía al funcionario encargado del cumplimiento de las leyes, el director o la persona designada debe responder por escrito o en persona a los padres/tutores de la persona que presenta la queja y del supuesto agresor, y debe explicar: - los resultados de la investigación; - si se descubrió o no que las acusaciones son reales; - si hubo una violación de la política; y - el proceso para que la persona que presenta la queja envíe una apelación si no está de acuerdo con los resultados. Es posible que debido al requisito legal relacionado con la confidencialidad de los registros de los estudiantes, el director o la persona designada no puedan divulgar información específica a los padres/tutores del estudiante victimizado sobre cualquier medida disciplinaria adoptada, a 28

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menos que involucre una indicación que el estudiante victimizado deba conocer para informar sobre violaciones. Si un distrito decide comunicarse con los padres/tutores por carta, la carta se debe enviar a los padres/tutores de la persona que presenta la queja y del supuesto agresor mediante un servicio postal de los Estados Unidos con solicitud de acusar recibo, a menos que se determine, después de consultar con el estudiante y el personal que corresponda (psicólogo, consejero, trabajador social) que involucrar a la familia podría poner en riesgo a la persona que presenta la queja o al supuesto agresor. Si el personal profesional de la escuela sospecha que un estudiante sufre abuso o negligencia, debido a que tiene obligación de informar de estos casos, debe seguir la política del distrito para informar de los casos sospechosos a los Servicios de protección del menor. Si no se puede resolver el incidente a nivel de la escuela, el director o la persona designada debe solicitar ayuda de parte del distrito. Paso 4. Medidas correctivas para el agresor Después de terminar la investigación, la persona designada por la escuela o el distrito implementará las medidas correctivas necesarias. Se implementarán las medidas correctivas lo antes posible, pero en ningún caso más de cinco (5) jornadas escolares después de comunicarse con las familias o los tutores con relación al resultado de la investigación. Las medidas correctivas que involucran sanciones para el estudiante se implementarán de acuerdo con la política 5387 del distrito sobre sanciones para estudiantes. Si el agresor acusado apela la imposición de la sanción, el distrito puede verse obligado por consideraciones de debido proceso u orden judicial a no imponer la sanción hasta que se concluya el proceso de apelación. Si en una investigación un director o la persona designada por él descubren que un estudiante ha hecho, con pleno conocimiento, una falsa acusación de acoso, intimidación o agresión, ese estudiante puede recibir medidas correctivas, incluidas sanciones. Paso 5. Derecho de apelación del estudiante victimizado 1. Si la persona que presenta la queja o los padres/tutores no están de satisfechos con los resultados de la investigación, pueden apelar ante el superintendente o la persona designada por él presentando un aviso de apelación escrito dentro de las cinco (5) jornadas escolares posteriores a recibir la decisión por escrito. El superintendente o la persona designada por él revisarán el informe de la investigación y expedirán una decisión escrita sobre la aceptación o no de la apelación dentro de las cinco (5) jornadas escolares posteriores a la recepción del aviso de apelación. 2. Si el estudiante victimizado sigue insatisfecho después de la apelación inicial al superintendente, puede apelar ante la mesa directiva escolar presentando un aviso de apelación escrito al secretario de la mesa directiva escolar antes de la quinta (5) jornada escolar, o en esa fecha, a partir de la fecha en que recibió la decisión escrita del superintendente. 3. Una apelación ante la mesa directiva escolar o el consejo de apelación disciplinario debe ser revisada antes la décima (10) jornada escolar, o en esa fecha, posterior a la presentación del aviso de apelación por escrito a la mesa directiva escolar. La mesa directiva escolar o el consejo de apelación disciplinario revisarán el registro y emitirán 29

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una decisión por escrito sobre la aceptación o no de la apelación antes de la quinta (5) jornada escolar, o en esa fecha, posterior a la finalización de la audiencia y deben proporcionar una copia a todas las partes involucradas. La decisión de la mesa directiva o el consejo será la decisión definitiva. Paso 6. Sanción/Medida correctiva El distrito tomará medidas correctivas rápidas y equitativas dentro de los límites de su autoridad de acuerdo con lo hallado sobre el acoso, la intimidación o la agresión. De acuerdo con la gravedad de la conducta, las medidas correctivas pueden incluir consejería, educación, sanción o derivación a las autoridades de seguridad pública. Las medidas correctivas para un estudiante que comete un acto de acoso, intimidación o agresión serán variadas y graduadas de acuerdo con la naturaleza de la conducta, la edad de desarrollo del estudiante o los antecedentes de problemas de conducta del estudiante y su desempeño. Las medidas correctivas que involucran sanciones para el estudiante se implementarán de acuerdo con la política 5387 del distrito sobre sanciones para estudiantes. Si la conducta fue de naturaleza pública o involucró a grupos de estudiantes o personas que presenciaron los hechos, el distrito debe considerar seriamente una capacitación a nivel de la escuela u otras actividades para abordar el incidente. Si se ha hallado que el personal violó esta política y este procedimiento, los distritos escolares pueden imponer medidas de sanción de empleo, incluido el despido. Si se halla que un educador certificado cometió una violación de WAC 181-87, normalmente denominado el Código de Conducta para Educadores Profesionales, la Oficina del OSPI para Prácticas Profesionales puede imponer medidas de sanción sobre un certificado, incluida la revocación. La violación de esta política por parte de contratistas puede incluir la pérdida de los contratos. Paso 7. Apoyo al estudiante victimizado Las personas que han sido objeto de acoso, intimidación o agresión recibirán los servicios de apoyo apropiados de parte del distrito, y se debe tratar y remediar el impacto adverso del acoso según corresponda. I.

Inmunidad/Represalia

Ningún empleado, estudiante o voluntario puede tomar represalias contra estudiantes victimizados, testigos u otras personas que brinden información sobre un agresor acusado de acoso, intimidación o agresión. Las represalias están prohibidas y serán sancionadas según corresponda. J.

Otros recursos

Los estudiantes y las familias deben seguir los procedimientos del distrito para quejas y apelaciones como primera respuesta ante supuestos casos de acoso, intimidación o agresión. Sin embargo, nada de lo expresado en este procedimiento prohíbe que un estudiante, padre/tutor, escuela o distrito tome medidas para remediar el acoso o la discriminación basada en la 30

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pertenencia de una persona a un grupo protegido legalmente por leyes locales, estatales o federales. También se pueden presentar quejas de acoso, intimidación o agresión ante los siguientes organismos estatales o federales:

K.

x

Oficina de Equidad y Derechos Civiles del OSPI (360) 725-6162 Correo electrónico: [email protected] www.k12.wa.us/Equity/default.aspx

x

Comisión de Derechos Humanos del Estado de Washington (800) 233-3247 www.hum.wa.gov/index.html

x

Oficina de Derechos Civiles, Departamento de Educación de los Estados Unidos, Región IX (206) 607-1600 Correo electrónico: [email protected] www.ed.gov/about/offices/list/ocr/index.html

x

Servicio de Relaciones Comunitarias del Departamento de Justicia (877) 292-3804 www.justice.gov/crt/

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Oficina del Mediador de Educación (866) 297-2597 Correo electrónico: [email protected] www.governor.wa.gov/oeo/default.asp

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Centro de Seguridad del OSPI (360) 725-6044 http://www.k12.wa.us/SafetyCenter/BullyingHarassment/default.aspx Otras políticas y otros procedimientos del distrito

Ninguna parte de esta política tiene intención de prohibir las sanciones o las medidas para remediar conductas inapropiadas que no entren en la categoría de acoso, intimidación o agresión según se define aquí, que están, o pueden estar, prohibidas por otras normas del distrito o la escuela.

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