PNP PRIMERA CONVOCATORIA

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MINISTERIO DEL INTERIOR -DIRECCION DE ECONOMIA Y FINANZAS POLICIA NACIONAL DEL PERU

MINISTERIO DEL INTERIOR

DIRECCION DE ECONOMIA Y FINANZAS POLICIA NACIONAL DEL PERU

CONCURSO PUBLICO N° 002-2006-DIRECFIN/PNP

PRIMERA CONVOCATORIA

“CONTRATACION DEL SEGURO DE AERONAVES DE LA POLICIA NACIONAL DEL PERU”

NOVIEMBRE - 2006

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INDICE

CAPITULO I - GENERALIDADES 1.1 Entidad Convocante 1.2 Base Legal 1.3 Objeto 1.4 Valor Referencial 1.5 Lugar de Ejecución del Servicio 1.6 Plazo del Servicio 1.7 Forma de Pago 1.8 Fuente de Financiamiento 1.9 Sistema de Adquisición 1.10 Modalidad de Ejecución Contractual 1.11 Requisitos para ser Postor 1.12 Especificaciones Técnicas 1.13 Régimen de Notificaciones CAPITULO II – ETAPAS PREVIAS A LA PRESENTACION DE PROPUESTAS 2.1 Convocatoria 2.2 Registro de Participantes 2.3 Formulación de Consultas 2.4 Absolución de Consultas 2.5 Formulación de Observaciones 2.6 Integración de las Bases CAPITULO III–PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS TECNICAS Y ECONOMICAS 3.1 Forma de Presentación de Propuestas 3.2 Contenido de las Propuestas 3.3 Intervinientes en los actos públicos 3.4 Recepción y Apertura de Propuestas 3.5 Criterios de Evaluación de la Propuesta 3.6 Otorgamiento de la Buena Pro CAPITULO IV –DISPOSICIONES FINALES 4.1 De la suscripción del contrato 4.2 De la inconcurrencia del postor a la suscripción del contrato 4.3 De las controversias 4.4 Del Incumplimiento del Contrato y Penalidades 4.5 Resolución del Contrato 4.6 De las Sanciones

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ANEXOS Anexo N° 01 Anexo Nº 02 Anexo N° 03 Anexo Nº 04 Anexo N° 05 Anexo Nº 06 Anexo N° 07 Anexo Nº 08 Anexo Nº 09 Anexo N° 10 Anexo N° 11 Anexo N° 12 Anexo N° 13

Especificaciones Técnicas. Declaración Jurada sobre información del postor Declaración Jurada de ser pequeña o microempresa (de ser el caso). Promesa Formal de Consorcio (de ser el caso). Declaración Jurada según Articulo Nº 76. Declaración Jurada de Pacto de Integridad o Compromiso de no soborno. Declaración Jurada Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional (Bonificación del 20%) (de ser el caso). Factores o criterios de evaluación. Compromiso de Pago de Siniestros Mejoras Técnicas Propuesta de Primas en Dólares Americanos. Proforma de Contrato de Seguros. Calendario del Proceso de Selección.

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CAPITULO I GENERALIDADES 1.1.

ENTIDAD CONVOCANTE: DIRECCION DE LOGISTICA – POLICIA NACIONAL DEL PERU, con RUC No. 20165465009, domicilio en el Pasaje San German No. 200 – Distrito de Rimac y domicilio legal en Jr. Los Cibeles No. 150 – Distrito de Rimac – Lima – Perú.

1.2.

BASE LEGAL: El presente Concurso Público se sujetará a la siguiente normativa: ‰ Artículo 76° de la Constitución Política del Perú. ‰ Ley N° 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto ‰ Ley N° 28425 - Ley de Racionalización de los Gastos Públicos ‰ Ley N° 28652 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2006 ‰ Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros ‰ D.S. N° 083-2004-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y demás normas complementarias (en adelante LA LEY). ‰ ‰ ‰ ‰

‰ ‰ ‰ ‰

D.S. N° 084-2004-PCM, Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y sus modificatorias (en adelante EL REGLAMENTO). Ley N° 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General. Ley N° 27245 – modificada por la Ley N 27958 – Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal. Directiva N° 013-2001-CONSUCODE sobre procedimientos para la remisión de los actuados de las observaciones a las Bases formuladas por los participantes que no hayan sido acogidas por el Comité Especial. Normas supletorias del Código Civil Peruano y demás legislación aplicable. Resolución de Secretaria General N° 045-2006/IN/0605 que designa el Comité Especial. Resolución N° 045-2006/IN/0605 que aprueba el Expediente de Contratación. Resolución de Secretaría General N° 051-2006-IN/CE, que aprueba las Bases del proceso.

1.3.

OBJETO Contratación de los servicios de una Compañía de Seguros para las pólizas detalladas en los Términos de Referencia de las presentes Bases.

1.4.

VALOR REFERENCIAL El Valor Referencial para la contratación del Programa de Seguros para LA POLICIA NACIONAL DEL PERU a nivel nacional e internacional, fue obtenido de conformidad con el Artículo 26º de la LEY, en concordancia con los Artículos 23º y 32º de EL REGLAMENTO y asciende a US$ 3,835,000.00 (Tres Millones Ochocientos Treinta y Cinco Mil y 00/100 Dólares Americanos), incluido el Impuesto General a las Ventas (I.G.V), gastos de traslado y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio, calculado al 28 de setiembre de 2006. Los límites mínimos y máximos a que hace referencia el artículo 33° de LA LEY, en concordancia con el Acuerdo Nº 017/010-CONSUCODE, son como sigue:

VALOR REFERENCIAL US$ 3,835,000.00

70% DEL VALOR REFERENCIAL (MINIMO) MONTO US$

MONTO EN LETRAS

Dos Millones Seiscientos 2,684,500.00 Ochenta y Cuatro Quinientos con 00/100 Dólares Americanos.

110% DEL VALOR REFERENCIAL (MAXIMO) MONTO US$

MONTO EN LETRAS

4,218,500.00

Cuatro Millones Doscientos Dieciocho Quinientos con 00/100 Dólares Americanos

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LUGAR DE EJECUCION DEL SERVICIO La descripción detallada de los servicios requeridos y el lugar de la prestación, objeto del presente proceso de selección se señalan en el ANEXO Nº 01.

1.6

PLAZO DEL SERVICIO El servicio se ejecutará por un año contado a partir de las 00:00 horas del día siguiente a la firma del contrato. No obstante dentro de los tres (03) meses posteriores al vencimiento del plazo contractual, LA POLICIA NACIONAL DEL PERU podrá contratar complementariamente y por única vez, con el contratista, hasta por un máximo de treinta por ciento (30%) adicional al monto del contrato original, siempre que el contratista preserve las condiciones que dieron lugar a la contratación (Artículo 236° del REGLAMENTO).

1.7

FORMA DE PAGO El pago se realizará en moneda nacional por las contraprestaciones pactadas a favor del contratista en la oportunidad establecida en el contrato. Para tal efecto, la Oficina de la Dirección de Logística será la responsable de dar conformidad de recepción del servicio en un plazo que no excederá de los diez (10) días posteriores a la prestación efectiva del mismo, a fin de permitir que el pago se realice dentro de los diez (10) días siguientes; el contratista deberá entregar dentro de los cinco (05) primeros días, posteriores a la prestación del servicio, toda la documentación sustentatoria para tramitar el pago; en concordancia con lo dispuesto en los Artículos. 233º, 237º y 238° de EL REGLAMENTO.

1.8

FUENTE DE FINANCIAMIENTO Recursos Ordinarios.

1.9

SISTEMA DE ADQUISICION (Articulo 56º del REGLAMENTO) Suma Alzada.

1.10

MODALIDAD DE EJECUCION CONTRACTUAL (Articulo 58º del REGLAMENTO) Por el financiamiento: Con financiación de la Entidad.

1.11

REQUISITOS PARA SER POSTOR 1.11.1

Podrán presentarse como postores las personas jurídicas, autorizadas a brindar el servicio materia del presente proceso de selección, de acuerdo a las normas vigentes para el mismo, previa condición de haberse inscrito en el Registro de Participantes, y se sometan a las Bases, LA LEY, su REGLAMENTO y demás normas aplicables.

1.11.2

Los participantes podrán conformar un CONSORCIO siempre que individualmente cumplan los requisitos anteriores, sin que ello implique crear una persona jurídica diferente. Para ello será necesario acreditar la existencia de una promesa formal de consorcio, que se perfeccionará luego del Otorgamiento de la Buena Pro y antes de la suscripción del contrato, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 37º de la LEY.

1.11.3

Los integrantes del Consorcio no podrán presentar propuestas individuales ni conformar más de un consorcio según el Artículo 120° de EL REGLAMENTO.

1.11.4

En el caso de consorcios, bastará que una de las empresas que la integra, figure en el Registro de Participantes.

1.11.5

No estar incurso en los impedimentos y/o prohibiciones establecidas en el Artículo 9° de LA LEY.

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1.11.6

1.12

Los participantes están prohibidos de celebrar acuerdos entre sí o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas de la libre competencia, bajo sanción de quedar inhabilitados para contratar con el Estado, sin perjuicio de las demás sanciones que establecen las disposiciones vigentes, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 10º de la LEY. Podrán registrarse como Participantes, las personas jurídicas que brinden los servicios materia del presente proceso de selección, previa condición de haberse registrado como participante, se sometan a estas Bases, a LA LEY, EL REGLAMENTO y demás normas aplicables. ADVERTENCIA A LOS POSTORES Los Postores, para formular sus propuestas, tendrán en cuenta lo dispuesto en el TUO de la Ley Nº 26850 y su reglamento, en las presentes Bases y además lo siguiente: a. No pueden intervenir como postores los Directores, Gerentes, ni los funcionarios de la Entidad que tengan vinculación con la definición de necesidades, evaluación de ofertas, selección de alternativas, autorización de adquisiciones o intervención de pagos, ni las personas que integran el Comité Especial. b. Tampoco pueden participar como postores las personas jurídicas con las que éstos tengan relación ya sea como Directores, Gerentes o Asesores, ni los parientes de las personas aludidas en el párrafo anterior, dentro del cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad.

1.13

ESPECIFICACIONES TECNICAS La descripción detallada de los servicios requeridos y el lugar de la prestación, objeto del presente proceso de selección se señala en el ANEXO Nº 01.

1.14

RÉGIMEN DE NOTIFICACIONES Todos los actos realizados dentro de los procesos de selección se entenderán notificados a partir del día siguiente de su publicación en el SEACE.

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CAPITULO II ETAPAS PREVIAS A LA PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS 2.1

CONVOCATORIA La convocatoria del presente Concurso Público, se efectuará según el calendario especificado en el ANEXO Nº 13 y conforme al Artículo 104° del REGLAMENTO.

2.2

REGISTRO DE PARTICIPANTES El registro de participantes se efectuará desde el día siguiente de la convocatoria y hasta un (1) día después de haber quedado integradas las Bases, según el siguiente detalle: a. Costo del derecho de participación: S/. 20.00 (Veinte con 00/100 nuevos soles) b. Forma de pago : Al contado y en efectivo c. Lugar de Pago : Oficina de Tesorería del Ministerio del Interior d. Lugar de Registro : Oficina de Tesorería del Ministerio del Interior e. Entrega de Bases : Oficina de Tesorería del Ministerio del Interior f. Horario de Atención : De 9:30 a 16:00 horas de lunes a viernes. Las Bases estarán a disposición de los interesados, desde el día siguiente de realizada la convocatoria en el SEACE. De requerir una copia impresa de las bases, conforme al Articulo 312° de EL REGLAMENTO, el participante debidamente registrado la podrá solicitar en la misma ventanilla donde se realiza el registro. Para registrarse, la persona jurídica que solicite participar en un proceso de selección y solicite ser notificado electrónicamente, deberá consignar una dirección de correo electrónico y mantenerla activa, a efecto de las notificaciones que, conforme a lo previsto en el Reglamento, deban realizarse. El registro de los participantes se efectuará, desde el día siguiente de realizada la convocatoria hasta un día después de haber quedado integradas. Las personas jurídicas que se registran como participantes, se adhieren al proceso de selección en la etapa en que se encuentren, debiendo asumir las obligaciones de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 108° del REGLAMENTO.

2.3

FORMULACION DE CONSULTAS Toda comunicación de los adquirientes de las Bases será dirigida por escrito al Presidente del Comité Especial en la Oficina de Fiscalización de la Dirección General de Administración del Ministerio del Interior de 09:30 a 12:30 horas y desde las 14:00 hasta las 16:00 horas. De ser posible el participante adjuntará medios magnéticos (disquete) y/o enviará adicionalmente las observaciones vía correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]). No se dará trámite a las consultas que se presenten fuera de los plazos establecidos y/o en otras oficinas y/o sin las formalidades señaladas anteriormente.

2.4

ABSOLUCION DE CONSULTAS En mérito a lo dispuesto en el Artículo 110º de EL REGLAMENTO las consultas y aclaraciones a las Bases serán absueltas, en el plazo establecido en el calendario (ANEXO N°13) y se notificará a través del SEACE, en la sede de la Entidad y a los correos electrónicos de ser el caso, a todos los participantes, aunque no las hayan formulado.

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Las consultas absueltas así como toda aclaración forman parte integrante de las Bases y de las condiciones del contrato. En caso que el postor no hubiere efectuado ninguna consulta, deberá entenderse su sometimiento tácito a lo previsto en las presentes Bases. 2.5

FORMULACION DE OBSERVACIONES Los participantes podrán formular observaciones debidamente fundamentadas, en el plazo establecido en el Calendario aprobado (ANEXO N°13), relativas al incumplimiento de las condiciones mínimas a las que se refiere el Articulo 25º de la LEY, u otras normas complementarias o conexas que tengan relación con el proceso de selección o de cualquier disposición en materia de contrataciones públicas; las mismas que deberán presentarse dentro del plazo establecido en el calendario. Las observaciones serán dirigidas por escrito al Presidente del Comité Especial en la Oficina de Fiscalización de la Dirección General de Administración del Ministerio del Interior de 09:30 a 12:30 horas y desde las 14:00 hasta las 16:00 horas. De ser posible el participante adjuntará medios magnéticos (disquete) y/o enviará adicionalmente las observaciones vía correo electrónico a la siguiente dirección: [email protected]). (ANEXO N°13).

EVALUACION DE LAS OBSERVACIONES Efectuadas las observaciones por los participantes, el Comité Especial deberá absolverlas de manera fundamentada y sustentada, sea que las acoja, las acoja parcialmente o no las acoja, mediante un pliego absolutorio que deberá contener la identificación de cada observante y la respuesta del Comité Especial para cada observación presentada. (Artículo 114º de EL REGLAMENTO, concordante con el articulo 28º de LA LEY). El mencionado pliego deberá ser notificado a través del SEACE, en la Sede de la Entidad y a los correos electrónicos de los participantes, de ser el caso. Cuando las observaciones formuladas no hayan sido acogidas por el Comité Especial, el participante podrá proceder de acuerdo al Artículo 116° de EL REGLAMENTO 2.6

INTEGRACION DE BASES Dentro de los plazos establecidos en el Calendario, el Comité integrará las Bases del proceso de selección las mismas que quedarán como reglas definitivas del proceso y el Comité Especial será el único autorizado para interpretar las mismas, no pudiendo ser cuestionadas por ninguna otra vía (Artículo 117° de EL REGLAMENTO). De ser el caso, el Comité integrará las Bases luego de haber implementado el pronunciamiento del CONSUCODE. La integración será publicada a través del SEACE (de acuerdo al Artículo 118° de EL REGLAMENTO).

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CAPITULO III PRESENTACION Y APERTURA DE PROPUESTAS TECNICAS Y ECONOMICAS Todos los documentos que contengan información esencial de las propuestas, se presentarán en idioma castellano, en su defecto acompañados de traducción oficial. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos. 3.1.

FORMA DE PRESENTACION DE PROPUESTAS 3.1.1 Las propuestas se presentarán en dos (02) sobres, de la siguiente manera: Sobre N° 01: Propuesta Técnica Sobre N° 02: Propuesta Económica 3.1.2

La información debe ser presentada en forma ordenada, en original y dos copias (las copias podrán ser fotocopia del juego original), con su respectivo índice, sin borrones, ni correcciones o enmendaduras. Todas las páginas deberán estar debidamente foliadas en el anverso y reverso (de tener contenido escrito). Las páginas totalmente en blanco y sin foliación se considerarán como anuladas. El original y las copias deberán estar contenidos en un solo sobre, de acuerdo a lo señalado en el punto 3.1.1.

3.1.3

Los documentos presentados tendrán el sello y la rúbrica del participante, la última hoja será firmada por el Postor o su Representante Legal o Apoderado Común y no requerirán ser autenticados, ni legalizados por un Notario Público o por el Fedatario de la POLICIA NACIONAL DEL PERU.

3.1.4

El idioma que debe utilizarse en todas las propuestas es el castellano, o en su defecto, acompañados de traducción oficial, salvo el caso de información técnica complementaria contenida en los folletos, instructivos, catálogos o similares, que podrán ser presentados en el idioma original. El postor será responsable de la exactitud y veracidad de dichos documentos (Artículo 120° de EL REGLAMENTO).

3.1.5

El valor de la propuesta económica será presentado en dólares americanos (US$).

3.1.6

Las propuestas se entregarán en lugar, fecha y hora señalada en el Calendario ANEXO N°13, identificado de la siguiente manera: POLICIA NACIONAL DEL PERU MINISTERIO DEL INTERIOR Plaza Santa Rosa s/n San Isidro COMITÉ ESPECIAL CONCURSO PUBLICO N°002-2006/DIRECFIN/PNP PRIMERA CONVOCATORIA

PARTICIPANTE : SOBRE N° : PROPUESTA : ORIGINAL O COPIA (SEGÚN CORRESPONDA) 3.1.7

---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

Toda la documentación presentada podrá ser comprobada, de acuerdo al numeral 1.16 del artículo 4° del Título Preliminar de la Ley del Procedimiento Administrativo General – Ley N° 27444.

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3.1.8

3.2

La presentación de las propuestas implica la declaración tácita y aceptación del participante de que no ha encontrado inconveniente alguno para la ejecución del objeto del presente proceso de selección en el caso que obtenga la Buena Pro, así como el absoluto conocimiento de las disposiciones de LA LEY y EL REGLAMENTO, íntegramente aplicable al caso.

CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS Cada Sobre contendrá el original y las copias de la propuesta correspondiente, con la documentación que a continuación se detalla: 3.2.1 a)

b) c) d) e) f) g)

h) i) j) k) l)

SOBRE Nº 01 - PROPUESTA TECNICA Deberá contener la siguiente documentación: El postor deberá presentar sólo una (01) propuesta técnica la que obligatoriamente debe cumplir con las especificaciones técnicas mínimas establecidas en el ANEXO Nº 01. El postor podrá adjuntar folletos, catálogos y cualquier otra información, que proporcione mayor claridad a su propuesta. (Obligatorio) Declaración Jurada sobre información del postor, de acuerdo al ANEXO N°02 (Obligatorio) Declaración Jurada de ser una pequeña o microempresa ANEXO Nº03 (de ser el caso) (Facultativo) Promesa Formal de Consorcio según Articulo N°37, de LA LEY ANEXO N°04 (de ser el caso) Declaración Jurada según lo estipulado en el Artículo 76º de EL REGLAMENTO, según ANEXO N°05 (Obligatorio) Declaración Jurada de Pacto de Integridad, según ANEXO N°06 (Obligatorio) Declaración Jurada indicando que desea acogerse a la Ley 27143 Ley de Promoción Temporal del Desarrollo productivo nacional, modificada por la Ley 27633 ANEXO Nº 07 (de ser el caso). (Facultativo) Adjuntar los contratos y/o facturas y toda la Información solicitada para la evaluación de cada uno de factores de evaluación de propuestas técnicas del participante, según ANEXO N°08. (Facultativo). Compromiso de Pago de Siniestro – ANEXO No. 09 (Facultativo). Mejoras Técnicas– ANEXO No. 10 (Facultativo) Constancia de Inscripción en el Registro Nacional de Proveedores (Obligatorio). Carta Simple obligándose a que en el caso de adjudicarse la Buena Pro del concurso se encargará de realizar la inspección y valorización de las aeronaves por medio de la contratación de una empresa de reconocida experiencia internacional especializada en el rubro. Dicha valorización deberá realizarse dentro de los 60 días hábiles siguientes a la firma del contrato.

La no presentación de los documentos y requisitos anteriores, fijados como obligatorios, invalidará la propuesta, no pudiendo ser evaluado y quedando automáticamente descalificado del proceso de selección. 3.2.2

SOBRE Nº 02 - PROPUESTA ECONOMICA Deberá contener la Propuesta Económica indicando el precio total de la oferta materia del presente proceso de selección, el mismo que deberá estar expresado en Dólares Americanos hasta dos decimales, según ANEXO Nº 11. Las propuestas económicas deberán incluir todos los tributos, seguros, transportes, inspecciones, pruebas y de ser el caso, los costos laborales conforme a la legislación vigente, así como cualquier otro concepto que pueda tener incidencia sobre el costo del bien, servicio u obra a adquirir o contratar, de acuerdo al artículo 120° de EL REGLAMENTO. La forma de pago de la prima total, se efectuará en cuatro (4) cuotas iguales, sin intereses. El pago será a los 30 días de iniciado el trimestre.

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Las propuestas que excedan en más del 10% o sean inferiores al 70% del Valor Referencial serán devueltas por el Comité Especial teniéndolas por no presentadas (Articulo 33 de LA LEY). 3.3

INTERVINIENTES EN LOS ACTOS PÚBLICOS En los actos públicos de presentación de propuestas, apertura de propuestas técnicas, económicas y Otorgamiento de la Buena Pro, Intervendrán el Comité Especial, un Notario Público, el veedor designado por el Organo de Control Institucional – OCI del Ministerio del Interior, los postores y público en general.

3.4

RECEPCION Y APERTURA DE PROPUESTAS 3.4.1

Acto de presentación de propuestas y apertura de sobres: Se desarrollará conforme al Artículo 123° de EL REGLAMENTO: ‰

El acto de recepción de propuestas y apertura de sobres será público y se llevará a cabo en el lugar, fecha y hora señalada en el calendario aprobado (ANEXO Nº13), en presencia del Comité Especial y de un Notario Público, quien certificará la información de los sobres y dará fe del acto.

‰

Dicho acto público se inicia cuando el Comité empieza a llamar a los participantes en el orden en que se registraron para participar en el proceso, para que entreguen los sobres conteniendo las Propuestas Técnicas y Económicas.

‰

Los postores concurren personalmente o a través de su representante debidamente acreditado ante el Comité mediante Carta Poder simple, la misma que será presentada en el acto de entrega de propuestas, fuera de los sobres para su certificación ante el Notario Público.

‰

Si al momento de ser llamado el participante no se encontrase, se le tendrá por desistido de participar en el proceso. Si alguno es omitido podrá acreditarse con la presentación del comprobante de pago por derecho a participación; los integrantes de un consorcio no podrán presentar propuestas individuales, ni conformar más de un consorcio.

‰

El Comité verificará la inviolabilidad de cada propuesta, se abrirá los sobres Nº 01 conteniendo la propuesta técnica, y se verificará el contenido de cada uno de los documentos solicitados, el que se ceñirá estrictamente a lo requerido en las Bases, caso contrario, el Comité devolverá los documentos al participante, salvo que éste exprese su disconformidad, en cuyo caso se anotará tal circunstancia en el acta, procediendo el Notario Público a autenticar una copia de la propuesta, la cual mantendrá en su poder, hasta el momento en que el participante formule la apelación o deje consentir la devolución. Si se formula apelación, se estará a lo que finalmente se resuelva al respecto.

‰

El Notario Público procederá a firmar todos los documentos originales de cada propuesta técnica apta y los entregará junto a las copias al Comité para su evaluación. Asimismo, conservará cerrado el sobre N° 02 conteniendo las propuestas económicas, debidamente selladas y firmadas por él y los miembros del Comité y por los participantes que así lo deseen, hasta la fecha señalada para su apertura.

‰

Si existieran defectos de forma, tales como omisiones o errores subsanables en los documentos presentados que no modifiquen el alcance de la propuesta, el Comité Especial está facultado dentro del acto público, a otorgar un plazo máximo de dos días para que el participante los subsane (Artículo 125° de EL REGLAMENTO), en cuyo caso la propuesta a subsanarse continúa vigente para todo efecto, a condición de la efectiva enmienda del defecto encontrado dentro del plazo previsto, salvo que el defecto pueda corregirse en el mismo acto.

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‰

3.4.2

3.5

Finalmente, el acta será suscrita por los miembros del Comité Especial, por el Notario Público y por los participantes que deseen hacerlo.

Resultados de la Evaluación Técnica y apertura de los Sobres Económicos: ‰ En la fecha y hora señalada en el Calendario (ANEXO 13), el Comité Especial y con la presencia del Notario Público iniciarán el acto público, dando a conocer los resultados de la evaluación técnica y el orden de prelación de los postores, a través de un cuadro comparativo. ‰

Acto seguido, el Notario Público procederá a abrir los sobres de las Propuestas Económicas de los postores que hayan alcanzado el puntaje mínimo requerido para la propuesta técnica. Se precisa que para proceder a esta apertura será necesario contar con no menos de una propuesta técnica válida, que hayan obtenido el puntaje mínimo conforme a los criterios de Evaluación de las Propuestas.

‰

Las propuestas económicas serán evaluadas en la fecha prevista en las Bases, aplicándose el procedimiento establecido para las propuestas económicas.

‰

Finalmente el acta será suscrita por todos los miembros del Comité Especial, por el Notario Público y por los postores que deseen hacerlo.

CRITERIOS DE EVALUACION DE PROPUESTAS. Las Propuestas serán evaluadas por el Comité Especial de acuerdo a lo solicitado en las Bases Integradas. Las ofertas que incumplan con la presentación de alguno de los documentos solicitados como obligatorios en las bases administrativas serán devueltas teniéndolas por no presentadas, en mérito a las atribuciones conferidas al Comité Especial en el artículo 123° de EL REGLAMENTO. La Evaluación de las propuestas Técnica y Económica se realizará aplicando el Sistema de calificación de conformidad con lo señalado en los artículos 69°, 70º, 72°, 128° y 129° de EL REGLAMENTO. La evaluación de las propuestas, se realizará de acuerdo al siguiente detalle: EVALUACIÓN PUNTAJE Propuesta Técnica 100 puntos Propuesta Económica 100 puntos El puntaje para determinar la oferta con el mejor costo total será la sumatoria de ambas evaluaciones. El puntaje total de las propuestas (Art. 130° del Reglamento) será el promedio ponderado de las evaluaciones Técnica y Económica, obtenido de la aplicación de la siguiente fórmula: PTPi = c1Pti + c2Pei Donde: PTPi PTi PEi c1 c2

= = = = =

Costo Total del Postor i Puntaje por Evaluación Técnica del Postor i Puntaje por Evaluación Económica del postor i Coeficiente de ponderación para la evaluación Técnica Coeficiente de ponderación para la evaluación Económica

Los coeficientes de ponderación para el presente proceso quedan definidos de la siguiente manera: (aplicación del artículo 72° de EL REGLAMENTO). c1 = 0.60 c2 = 0.40

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3.5.1 Evaluación de la Propuesta Técnica Los factores de evaluación de la propuesta técnica están contenidos en el ANEXO N° 08. Para participar en la segunda etapa (Evaluación Económica), las propuestas, deberán alcanzar en la Evaluación Técnica el puntaje mínimo de 80 puntos. Las propuestas técnicas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa del proceso. 3.5.2 Evaluación de la Propuesta Económica La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la oferta económica de menor costo de conformidad con lo señalado en el Artículo 69º de EL REGLAMENTO. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi = Om x PMPE Oi Donde: Pi Oi Om PMPE i

= = = = =

Puntaje de la oferta económica i Propuesta económica i Propuesta económica de monto o precio más bajo Puntaje máximo de la propuesta económica Propuesta

El puntaje total de la propuesta será el promedio ponderado de ambas evaluaciones. 3.6

OTORGAMIENTO DE LA BUENA PRO •

Una vez calificadas las propuestas técnicas y económicas se procede a determinar el puntaje total de las mismas. Se elegirá como oferta ganadora a la que obtenga el mayor puntaje total, otorgándosele la Buena Pro. En aplicación del artículo 32º de LA LEY, el Comité Especial otorgará la Buena Pro aun en los casos en los que se declare como válida una única oferta. El Comité Especial declarará desierto el proceso cuando no quede válida ninguna oferta.

ƒ

Notificación de la Buena Pro: En el Acto Público, se tendrán por notificados a todos los participantes en la misma fecha, oportunidad en la que se entregará a los participantes copia del acta y del cuadro comparativo.



Publicación del Consentimiento de la Buena Pro: Dentro del día siguiente de haber quedado consentido el otorgamiento de buena pro, éste deberá ser publicado en el SEACE.



En el supuesto que dos o más propuestas empaten, la adjudicación se efectuará observando estrictamente el siguiente orden: (Artículos 132 y 133° de EL REGLAMENTO) ‰

A favor del participante que haya obtenido el mejor puntaje técnico por tratarse de servicios; o

‰

A prorrata entre los participantes ganadores, de acuerdo con el monto de sus propuestas, siempre que aquellos manifiesten su voluntad de cumplir la parte correspondiente del contrato; o

‰

A través de sorteo en el mismo acto.

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De conformidad con lo previsto en el Articulo 34 de la LEY y en concordancia en el Articulo 86º del REGLAMENTO, en cualquier estado del proceso de selección, hasta antes del otorgamiento de la buena pro, LA POLICIA NACIONAL DEL PERU puede cancelar el proceso de selección por razones de fuerza mayor o en caso fortuito, cuando desaparezca la necesidad de adquirir o contratar, o cuando persistiendo la necesidad, el presupuesto asignado tenga que destinarse a otros propósitos de emergencia declarados expresamente, bajo su exclusiva responsabilidad. En este caso POLICIA NACIONAL DEL PERU reintegrará el pago efectuado como derecho de participación en el plazo fijado en la norma.

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CAPITULO IV DISPOSICIONES FINALES 4.1.

DE LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO Dentro de los cinco (5) días hábiles de consentido el otorgamiento de la Buena Pro, se le citara al postor ganador o a su representante debidamente autorizado, otorgándole un plazo de diez (10) días hábiles a efectos que se presente a suscribir el contrato con toda la documentación requerida (Artículo 203° de EL REGLAMENTO). Queda terminantemente prohibido que el postor que haya obtenido la Buena Pro, ceda o transfiera total o parcialmente lo adjudicado. El Postor que obtenga la Buena Pro, deberá emitir las correspondientes pólizas incluyendo además en forma detallada lo siguiente: Los términos de referencia de las Bases Integradas y la Oferta Las cláusulas, condicionados y otros en inglés, traducidos al castellano (traducción oficial) o en castellano, según corresponda. Las tasas y primas aplicadas para cada una de las Aeronaves y coberturas de Casco, Casco Guerra, Responsabilidades y Accidentes Personales para Tripulantes y Pasajeros y/o cualquier otra solicitud de orden legal, técnico o administrativo, solicitado por LA POLICIA NACIONAL DEL PERU. El contrato será suscrito por la POLICIA NACIONAL DEL PERU y por el contratista, a través de su representante legal. Condiciones para la firma del contrato: Antes de la suscripción del contrato, el postor que obtuviera la Buena Pro, deberá presentar a la Oficina de Administración de la POLICIA NACIONAL DEL PERU, la Constancia vigente de No Estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE. Asimismo, es necesaria la presentación de las Garantías a que se refiere el Artículo 40° de la LEY, debiendo entregar a LA POLICIA NACIONAL DEL PERU, la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato (Carta Fianza o Póliza de Caución), por el importe equivalente al 10% del monto del contrato y con vigencia hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo de contratista (Artículo 215° de EL REGLAMENTO), las mismas que deberán contener las características y condiciones establecidas en el Artículo 213° de EL REGLAMENTO. Alternativamente, las micro y pequeñas empresas podrán optar que, como garantía de fiel cumplimiento, LA POLICIA NACIONAL DEL PERU retenga el diez por ciento (10%) del monto del contrato conforme a lo establecido en la Ley Nº 28015, Ley de Promoción y Formalización de la Micro y Pequeña Empresa, y su Reglamento (Artículo 213º del Reglamento). Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor Referencial en más del 10%, junto a la garantía de fiel cumplimiento y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una garantía adicional por un monto equivalente al veinticinco por ciento (25%) de la diferencia entre el valor referencial y la propuesta económica, según lo establecido en el Artículo 216° de EL REGLAMENTO. De ser el caso, deberá presentar el Contrato del Consorcio, según lo dispuesto en el Artículo 207° del REGLAMENTO, así como toda la documentación señalada en la Cláusula Décimo Novena de la Proforma del contrato.

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4.2.

DE LA INCONCURRENCIA DEL POSTOR A LA SUSCRIPCION DEL CONTRATO En caso que el participante ganador de la buena pro no se presente a suscribir el contrato dentro del plazo otorgado, perderá automáticamente la buena pro; sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable, LA POLICIA NACIONAL DEL PERU llamará al postor que ocupó el segundo lugar en el orden de prelación para que suscriba el contrato, el cual deberá cumplir con los requisitos establecidos para el postor ganador, incluyendo la obligación de mantener su oferta hasta la suscripción del contrato. Si el postor llamado como segunda opción no suscribe el contrato, LA POLICIA NACIONAL DEL PERU declarará desierto el proceso de selección, sin perjuicio de la sanción administrativa aplicable (Articulo 203º de EL REGLAMENTO). En todo lo no previsto en estas Bases, será de aplicación las disposiciones contenidas en LA LEY, EL REGLAMENTO, modificatorias y demás normas legales vigentes sobre la materia.

4.3

DE LAS CONTROVERSIAS Todas las diferencias surgidas dentro de la ejecución contractual se regulan por el Título IV, Capítulo V “De la Solución de Controversias” de EL REGLAMENTO (Artículos 149º al 174º).

4.4

DEL INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y PENALIDADES Serán de aplicación los Artículos 222°, 224° y 225° de EL REGLAMENTO

4.5

RESOLUCION DEL CONTRATO La resolución del Contrato se aplicará en concordancia con el Artículo 45° de LA LEY y 224° de EL REGLAMENTO.

4.6

DE LAS SANCIONES Se tramitará procedimientos sancionadores contra los participantes del presente proceso de selección, ante el Tribunal de CONSUCODE, en caso que el postor incurra en las causales contenidas en los numerales 1, 4, 7, 8, 9 del Artículo 294º del REGLAMENTO.

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ANEXO N° 01 ESPECIFICACIONES TECNICAS MINIMAS (SLIP TECNICO) 1.- SEGURO DE AVIACION I.- PROGRAMA DE COBERTURA 1.-

2.-

3.-

TIPO

:

SEGURO DE CASCO, CASCO-GUERRA, RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS Y ACCIDENTES PERSONALES PARA TRIPULANTES Y PASAJEROS.

TERRITORIO DE COBERTURA

:

MUNDIAL

INTERES ASEGURABLE

:

LAS AERONAVES DE PROPIEDAD Y/O OPERADAS POR EL ASEGURADO, DESCRITAS EN LA RELACION DE AERONAVES PARA CUBRIR: a.-

CONTRA PERDIDA O DAÑO ACCIDENTAL A LAS AERONAVES, PROVENIENTES DE LAS OPERACIONES, USO, MANTENIMIENTO, MIENTRAS ESTEN EN VUELO, CARRETEANDO O EN TIERRA.

b.-

CASCO RIESGOS DE GUERRA Y OTROS PELIGROS.

c.-

LA RESPONSABILIDAD CIVIL LEGAL DEL ASEGURADO Y ACCIDENTES PERSONALES DE PASAJEROS Y TRIPULANTES, MIENTRAS ESTEN EN VUELO (INCLUYENDO EMBARQUE Y DESEMBARQUE), PROVENIENTE DE LAS OPERACIONES, USO Y MANTENIMIENTO DE AERONAVES DEL ASEGURADO, SEGÚN LA RELACION.

4.-

USOS

:

DE ACUERDO A LA NECESIDAD Y REQUERIMIENTO DEL ASEGURADO DEBIENDO CONSIDERARSE OPERACIONES COMERCIALES, VUELOS DE APOYO, ALQUILER DE AERONAVES, TRANSPORTE DE CARGA (AL INTERIOR Y/O COLGANTE), INSTRUCCIÓN AB-INITIO, ACTIVIDADES DE CARÁCTER HOSTIL, OPERACIONES ANTINARCOTICAS Y ANTITERRORISTAS, OPERACIONES DE SALVAMENTO, LOGÍSTICAS, ENTRENAMIENTO Y DEMAS NECESARIAS COMO MISIONES DE COMBATE, USO PRIVADO, NEGOCIOS, PLACER Y APOYO INDUSTRIAL.

5.-

PILOTOS

:

AERONAVES CON ROTORES Y ALAS FIJAS : DE ACUERDO A LOS MANUALES Y REGLAMENTOS APROBADOS Y/O REQUERIDOS POR EL MINISTERIO DEL INTERIOR – POLICIA NACIONAL DEL PERU.

6.-

CONDICIONES COMUNES

:

ASEGURADOS ADICIONALES; PERDIDAS PAGADERAS; ACUERDOS DE LIBERACION DE RESPONSABILIDADES; RENUNCIA DE DERECHOS DE SUBROGACION; ACUERDOS CONTRACTUALES Y/O COMO PUEDAN SER ACORDADOS POR EL ASEGURADO.

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7.-

8.-

II.-

AVISOS DE CANCELACION

:

30 DIAS, PARA TODOS LOS CASOS.

JURISDICCION Y ARBITRAJE

:

LA POLIZA ESTA SUJETA A LAS LEYES Y JURISDICCION DEL PERU.

DESARROLLO DEL PROGRAMA DE COBERTURA 1.-

SEGURO DE CASCO TODO RIESGO DE AVIACION. a.-

FORMA Póliza basada en el Condicionado de Londres de Seguros de Aeronaves AVN-1C y en el Condicionado de Repuestos LPO 344C (3/82).

b.-

INTERES 1) Para cubrir Casco Todo Riesgo de Pérdida o Daño con respecto de las aeronaves de propiedad y/o operadas por el Asegurado, según relación, mientras se encuentren en vuelo, carreteando o en tierra. 2)

c.-

d.-

LIMITES ASEGURADOS 1) Casco Todo Riesgo de Aeronaves: Valores Acordados según la relación de aeronaves o como puedan ser incluidas durante la vigencia de la póliza hasta un máximo Valor Acordado o su equivalente de US$ 2,600,000. 2)

Gastos de Búsqueda y Rescate, Remoción de Restos, Rociamiento de Espuma en Pista y otros Gastos Adicionales, sujeto a la Cláusula de Pagos Suplementarios LSW 705. Límite de US$ 500,000.00 cualquier ocurrencia/aeronave.

3)

Cobertura de Repuestos; cualquier ocurrencia hasta US$ 1,000,000.00 :

DEDUCIBLES 1) Casco Todo Riesgo: Aplicable a cada y toda pérdida excluyendo Pérdida Total, Pérdida Total Constructiva y Pérdida Total Convenida para aeronaves de ala fija e incluyendo pérdida total, pérdida total constructiva y pérdida total convenida para helicópteros : 4.5 % del valor acordado de la Aeronave siniestrada 2)

e.-

Para cubrir los repuestos de aeronaves y/o herramientas y/o equipos en tierra, los cuales son de propiedad del Asegurado o por los cuales es responsable, incluyendo mientras estén al cuidado, custodia o control de otras personas incluyendo prueba de motores, contra todo riesgo de pérdida o daño en todo momento mientras se encuentren en tierra o en tránsito por cualquier vía, incluyendo tránsito en las aeronaves del Asegurado.

Repuestos : toda y cada pérdida US$ 2,500.00

CONDICIONES 1) Póliza basada en el Condicionado de Londres de Seguro de Aeronaves AVN-1C. 2)

Condicionado de Repuestos de Aeronaves LPO-344C (3/82).

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3)

Inclusión del Seguro de la Prima No Ganada (U.P.I.), Suma Asegurada basada en las primas brutas pagadas por el Asegurado Original.

4)

Cláusula de Devolución de Primas AVN-26 por inoperatividad de la aeronave, modificada para devoluciones de primas por paralizaciones en exceso de 15 días consecutivos, para extornar el 100% de la diferencia entre la tasa de riesgos completos de vuelo y la tasa de riesgos en tierra solamente, esta última tasa (riesgo en tierra) deberá señalarse obligatoriamente en la oferta.

5)

Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% de la prima neta de casco, no sujeto a renovación de la póliza.

6)

Cláusula de violación de garantía AV.28B; (si fuera requerido) al 100%.

7)

Cláusula de Gastos de Búsqueda y Rescate, Remoción de Restos, Rociamiento de Espuma en Pista y Otros Gastos Adicionales, sujeta a la cláusula de Pagos Suplementarios LSW 705. Límite de US$ 500,000.00 cualquier ocurrencia.

8)

Condicionado AVN1C, modificado para considerar desaparición por quince (15) días y vencimiento de póliza durante el vuelo.

9)

Cláusula del Valor Convenido AVN61.

10) Cláusula de Provisiones para Motores Alquilados: 11) Cláusula AVN-23, uso de pistas de aterrizaje no autorizadas. 12) Cláusula de Operadores inocentes LSW-725. 13) Cláusula de Autoridad de Aviación Civil LSW 708A o su equivalente. 14) Inclusión de requerimientos obligatorios de seguros de cualquier Gobierno, Estado o regulación militar. 15) Cláusula de Cut Through. 16) Acuerdos Contractuales y Financieros celebrados por el Asegurado Original, Acuerdos de Indemnización, Alquiler, Violación de Garantía, Manipuleo y Soporte en Tierra, Pérdidas Pagaderas, Liberación de Responsabilidades y Acuerdos similares incluidos hasta su vencimiento. 17) Cláusula AVS-103 (50/50) de pago Provisional de Reclamos en partes iguales. 18) Cláusula AV-6A para Pago de Primas en cuotas trimestrales de acuerdo a lo pactado con la aseguradora. 19) Adiciones y Supresiones Automáticas a Prorrata con aviso a los Aseguradores según la cláusula AVN-17A (aplicable para casco solamente). 20) Cláusula de Jurisdicción NMA 1483 Perú.

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21) En caso de que una aeronave asegurada se encuentre en vuelo al momento que esta póliza finalice, se mantendrá la cobertura hasta que tal aeronave haya aterrizado, los motores hayan sido apagados y los pasajeros desembarcados. 22) Se cubre automáticamente los vuelos de mantenimiento y prueba con respecto a las aeronaves restringidas a riesgos en Tierra. 23) Traslado de aeronave (vuelo ferry). 24) Por incluir la cláusula AVN73 (090201) de Responsabilidad para Pilotos y Tripulantes 25) Por incluir la cláusula de costos por ingreso de intrusos 26) Por incluir la cláusula AVN74 (090201) de Indemnización de Piloto 27) Por incluir la cláusula AVN81 de uso fuera de las horas notificadas 28) Por incluir la cláusula AVN78 (090201) sobre aterrizaje forzoso 29) Por incluir la cláusula AVN75 (090201) de prendas de vestir y efectos para vuelo 30) Por incluir la cláusula AVN77 sobre uso no autorizado 31) Por incluir la cláusula AVN54 (011096) endoso de aviones no propios 2.-

SEGURO DE CASCO RIESGO DE GUERRA Y RIESGOS ALIADOS DE AVIACION. a.- FORMA Póliza basada en el Condicionado LSW 555C, así como Cláusula del Instituto para Guerra (Cargamento) CL.255 y Cláusula del Instituto para Guerra (Carga Aérea) CL.258, para aplicar solamente a los repuestos cuando estén en tránsito vía aérea o marítima de acuerdo con la definición de tránsito de dichas Cláusulas. b.-

c.-

INTERES 1)

Para cubrir a las aeronaves del Asegurado según la relación contra los riesgos de Guerra, Invasión, Huelgas, Motines, Conmoción Civil, Daño Malicioso y/o Vandalismo, Terrorismo, Riesgos de Sabotaje, incluyendo Piratería Aérea, Confiscación y Requisición, Sección 1 (E) del Condicionado, proveniente de la propiedad y/u operación de las aeronaves según la relación, incluyendo Extorsión y Gastos de Secuestro y Confiscación, así como está ampliamente detallado en el Condicionado LSW-555C.

2)

Incluyendo repuestos de aeronaves y/o herramientas y/o equipos en tierra, los cuales son de propiedad del Asegurado o por los cuales es responsable, incluyendo mientras estén al cuidado, custodia o control de otras personas incluyendo prueba de motores, contra todo riesgo de pérdida o daño en todo momento mientras se encuentren en tierra o en tránsito por cualquier vía, incluyendo tránsito en las aeronaves del Asegurado.

3)

Este Seguro sigue automáticamente las condiciones de la cobertura de Casco Todo Riesgo de acuerdo al ítem 4 de la Sección 4 del Condicionado LSW 555C.

LIMITES ASEGURADOS 1) Casco: Valores Acordados según la relación de aeronaves o como puedan ser incluidas durante la vigencia de la póliza hasta el Máximo Valor Acordado de US$ 2,600,000. 2)

Repuestos, de Aeronaves, Motores de Repuestos y Todo Equipo, Suma Asegurada: cualquier ocurrencia hasta US$ 1,000,000.00

20

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d.-

3)

Extorsión: 100% de cualquier pago hecho por el Asegurado, sujeto a un máximo de indemnización de US$ 550,000.

4)

Gastos de Confiscación/Piratería Aérea: 100% de los gastos incurridos, sujeta a una máxima indemnización de US$ 550,000.

5)

Gastos de Búsqueda y Rescate, Remoción de Restos, Rociamiento de Espuma en Pista, Gastos Funerarios y Otros Gastos Adicionales: Sujeto a la cláusula de Pagos Suplementarios LSW 705. Límite de US$ 500,000.00; cualquier ocurrencia/aeronave.

DEDUCIBLES 1)

Casco : 4.5 % del valor acordado de la Aeronave siniestrada, aplicable a toda y cada pérdida, excluyendo Pérdida Total Constructiva y Pérdida Total Convenida para aeronaves de ala fija e incluyendo pérdida total, pérdida total constructiva y pérdida total convenida para helicópteros.

2)

Repuestos : US$ 2,500.00 toda y cada pérdida.

e.- CONDICIONES 1) Condicionado LSW-555C. 2)

Cláusula del Instituto para Guerra (Cargamento) CL.255 y Cláusula del Instituto para Guerra (Carga Aérea) CL.258, aplicable a la cobertura de repuestos solamente mientras tales repuestos estén en tránsito vía aérea o marítima de acuerdo a la definición de tránsito de dichas cláusulas.

3)

Inclusión del Seguro de Prima No Ganada (U.P.I.) Suma Asegurada basada sobre las primas brutas pagadas por el Asegurado Original.

4)

Cláusula de Comisión de Utilidades, para retornar el 20% sobre la base del 70% de la prima neta de Casco-Guerra, no sujeto a renovación de la póliza.

5)

Cláusula AVN-28B Endoso de Interés Financiero en la Aeronave, para indemnizar hasta el 100% de la suma asegurada (si fuera requerido).

6)

Cláusula de Gastos de Búsqueda y Rescate, Remoción de Restos, Rociamiento de Espuma en Pista y Otros Gastos Adicionales sujeto a la Cláusula de Pagos Suplementarios LSW-705. Límite de US$ 500,000.00 cualquier ocurrencia.

7)

Cláusula del Valor Convenido AVN61.

8)

Inclusión de Requerimientos Obligatorios de Seguros de cualquier Gobierno, Estado o regulación militar.

9)

Cláusula AVS-103 (50/50) de Pago Provisional de Reclamos en partes iguales.

10) Cláusula AVN-6A para Pago de Primas en cuotas trimestrales de acuerdo a lo pactado con la aseguradora. 11) Provisión para Motores Alquilados, como esta proveído bajo la Sección de Casco Todo Riesgo.

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12) Cláusula AVN-17A de Adiciones y Supresiones Automática a prorrata con aviso a los Aseguradores 13) Cláusula de Jurisdicción NMA 1483 Perú. 14) En caso de que una aeronave asegurada se encuentre en vuelo al momento que esta póliza finalice, se mantendrá la cobertura hasta que tal aeronave haya aterrizado, los motores hayan sido apagados y los pasajeros desembarcados. 15) Se cubre automáticamente los vuelos de mantenimiento y prueba con respecto a las aeronaves restringidas a riesgos en Tierra. 16) Traslado de aeronave (vuelo ferry). 3.-

RESPONSABILIDAD CIVIL FRENTE A TERCEROS INCLUYENDO EQUIPAJE, CARGA Y CARGA EXTERNA a.-

FORMA Póliza basada en el Condicionado de Londres de Seguros de Aeronaves de Londres AVN-1C, Condicionado Ariel de Responsabilidad Civil de Propietarios y Operadores de Aeropuertos y Condicionado de Responsabilidad Legal de Carga Aérea L.P.O. 359A (11/82) (Sección I solamente).

b.-

INTERES 1) Para cubrir la Responsabilidad Civil Legal del Asegurado hacia Terceros, Responsabilidad Legal de Carga (incluyendo valores declarados si fuera requerido) y Carga Externa (Helicópteros), Responsabilidad Legal de Equipaje y Efectos Personales de Pasajeros y Tripulantes, incluyendo los daños personales a pasajeros, Responsabilidad de Predios, Hangares y Productos incluyendo Operaciones completadas y Responsabilidad por Alimentos y Bebidas, derivada de las Operaciones de Aviación del Asegurado Original. 2)

c.-

Para cubrir la Responsabilidad Civil Legal del Asegurado hacia Terceros derivadas de las operaciones de Aviación del Asegurado Original.

LIMITES ASEGURADOS 1) Límite Unico Combinado: cualquier accidente/ocurrencia: Para cubrir la Responsabilidad Legal del Asegurado hacia Terceros (Lesiones Corporales/Daños a la Propiedad) y Pasajeros, Responsabilidad Legal de Carga la cual estará sujeta a las variaciones que se estipulen en los Acuerdos Internacionales, así como los valores declarados, si fuese requerido, Responsabilidad Legal de Equipaje y Efectos Personales de Pasajeros y Tripulantes, Responsabilidad Legal de Productos por Alimentos y Bebidas servidas durante el vuelo y cualquier ofensa en el agregado anual, limitado a US$ 20,000,000 2)

Responsabilidad Civil de Carga US$ 10´000,000; incluyendo carga colgante. Adicionalmente se cubre lo siguiente:

3)

Equipaje: por kilo de equipaje o mercancía registrada como lo establece la Ley de Aeronáutica Civil o hasta US$ 50.00 por kilo de peso registrado, cada y todo reclamo, salvo que exista declaración especial del valor del equipaje.

4)

Efectos Personales: como lo establece la Ley de Aeronáutica Civil del Perú, hasta US$ 500.00 cada y todo reclamo, cada pasajero.

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d.-

5)

Cobertura Extendida (Responsabilidades de Aviación): Cláusula AVN-52E, cualquier ocurrencia y en el Agregado Anual, sujeto al sub-límite de US$ 20,000,000.

6)

Gastos de Búsqueda y Rescate, Remoción de Restos, Rociamiento de Espuma en Pista, Emergencias, Requerimientos de las Autoridades Públicas, Gastos Médicos, Gastos de Sepelio y Otros Gastos Adicionales: sujeto a la Cláusula de Pagos Suplementarios LSW705/Cláusula de Inclusión de Gastos Médicos y Relativos LSW-712, incluyendo a los tripulantes, pasajeros y/o ocupantes por cualquier ocurrencia limitado a US$ 500,000.00.

7)

Costos y Gastos Legales: en adición a los Límites establecidos en la Suma Asegurada.

DEDUCIBLES Para cada y toda pérdida, solamente: 1)

Equipaje/efectos Personales

: US$

1,000.00

2)

Carga y Carga Colgante

: US$

2,500.00

Estos deducibles no se aplicarán en los casos de pérdida provenientes de accidente de la aeronave o donde la pérdida es debido a riesgo de guerra y aliados, bajo el endoso de Ampliación de Cobertura AVN-52E. e.-

CONDICIONES 1)

Póliza basada en el condicionado de Londres de Seguro de Aeronaves AVN-1C y condicionado de Responsabilidad Legal de Carga Aérea L.P.O. 359A (11/82) (Sección I solamente); Condicionado ARIEL de Seguro de Responsabilidad Civil de Propietarios y Operadores de Aeropuertos 48FLY00001.

2)

Cláusula de Cobertura Extendida (Responsabilidades de Aviación)AVN-52E, eliminando todos los sub-párrafos de la Cláusula AVN-48B a excepción del (b), cualquier ocurrencia y en el Agregado, excepto con respecto de pasajeros a quienes se aplicará el Límite completo de la Póliza. Sujeto a un sub-límite de US$ 20´000,000.

3)

Cláusula de Gastos de Búsqueda y Rescate, Remoción de Restos, Rociamiento de Espuma en Pista, Emergencias, Requerimientos de las Autoridades Públicas, Gastos Médicos, Gastos de Sepelio y Otros Gastos Adicionales, sujeto a la Cláusula de Pagos Suplementarios LSW705/Cláusula de Inclusión de Gastos Médicos y Relativos LSW712. Límite que se señala a continuación por cualquier ocurrencia, incluyendo a los Tripulantes, ocupantes y pasajeros hasta un Limite de US$ 500,000.00

4)

Cláusula de responsabilidad Civil Cruzada AVN63.

5)

Cláusula de Cut Through.

6)

Inclusión del transporte de menores y/o bebes en brazos, en exceso de la capacidad de asientos establecidos en la relación de las aeronaves aseguradas.

7)

Acuerdos Contractuales y Financieros como ya están celebrados por el Asegurado, Acuerdos de Indemnización, Alquiler, Inter-aerolínea, Acuerdo de Soporte y Manipuleo en Tierra, Asegurados Adicionales; Pérdidas Pagaderas; Acuerdos de Liberación de Responsabilidades;

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Renuncia de Derechos de Subrogación; y acuerdos similares automáticamente incluidos a esta póliza como a la expiración. 8)

Cláusula AVN-6A para Pago de Primas en cuotas trimestrales de acuerdo a lo pactado con la aseguradora.

9)

Endoso de Lesiones Personales AVN-60 y AVN60A, cualquier Ofensa y en Agregado Anual y Cláusula de Responsabilidad de No-Aviación, AVN-59. Limitado a US$ 10´000,000.00 (lo que favorezca al asegurado).

10) Cláusula de Limitación de Responsabilidad (Asegurados Adicionales) AVN-14. 11) Adiciones y Supresiones Automáticas a Prorrata con aviso a los aseguradores y con ajuste de primas a la expiración de la vigencia. 12) En el caso que el número de pasajeros transportados exceda el número establecido en la relación, entonces siempre que la aeronave no exceda el peso máximo de despegue, este seguro permanecerá en vigor. 13) Cláusula de Exclusión AVN-72. 14) Cláusula LSW715 (12/93) de Responsabilidad Reciproca en ambos sentidos. 15) Cláusula de Jurisdicción NMA 1483 Perú. 5.-

CONTRA ACCIDENTES PERSONALES DE TRIPULANTES Y PASAJEROS. a.-

FORMA Póliza de Seguro de Londres, basada en el Condicionado General K (A) NMA-2712 y Endoso de Gastos Médicos(Accidente) LSW-726.

b.-

INTERES Para amparar a tripulantes y/o pasajeros de las aeronaves más adelante señaladas contra Accidentes Personales que pudieran sufrir durante el vuelo, incluyendo mientras se encuentran abordando y/o desembarcando de las aeronaves.

c.-

LIMITES ASEGURADOS Suma Asegurada Capital: Beneficios según la Escala “E” de Lloyd´s, ítems del 1 al 9. 1)

POR MUERTE Y/O INVALIDEZ PERMANTE: Tripulantes : US$ 115,000.00 cada persona. Pasajeros

d.-

:

US$ 115,000.00 cada persona.

2)

POR INCAPACIDAD PARCIAL TEMPORAL/TOTAL US$ 220.00 diarios, hasta un máximo de 365 días por persona/accidente (sin Deducible).

3)

GASTOS DE CURACIÓN US$ 10,000.00 por persona/accidente (sin Deducible)

CONDICIONES

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1)

Póliza de Seguro de Londres, basada en el Condicionado General K (A) NMA-2712, Endoso de Gastos Médicos (Accidente), LSW-726, incluyendo los riesgos de Guerra y Secuestro.

2)

Escala de Beneficios “E” de Lloyd’s, ítems del 1 al 9;

3)

Cláusula de distribución AVN-35 “A”, para aplicar como sigue: “En el caso que el número de pasajeros transportados exceda el número establecido en la relación, entonces siempre que la aeronave no exceda el peso máximo de despegue, este seguro permanecerá efectivo y pagará los reclamos sin exceder el límite máximo de “cada ocurrencia” que resulta de multiplicar la Suma Asegurada de “cada asiento” por el total declarado, dividido entre el número de pasajeros que viajaba en la aeronave accidentada”.

4)

Cláusula NMA 1732 de secuestro.

5)

Cláusula NMA 981 de exposición.

6)

Cláusula NMA 1442 de desaparición.

7)

Cláusula NMA 2582, de Exclusión de Guerra Limitada, que suprime la Exclusión Nº 1 de la Forma K(A).

8)

Inclusión del transporte de menores y/o bebes en brazos, en exceso de la capacidad de asientos establecidos en la relación de aeronaves aseguradas, bajo las siguientes condiciones : “El Asegurado se encuentra facultado para transportar a bordo del avión, en cada asiento desocupado a dos niños menores de 12 años y a bebes en brazo menores de dos años, a razón de un bebe por asiento en adición al número de asiento de pasajeros detallados en la relación de la aeronave”.

9)

Inclusión de comisión de Utilidades para retornar el 20% sobre la base del 70%, de la prima neta de Accidentes Personales, no sujeto a la renovación de la póliza.

10) Cláusula AVN-6A para Pago de Primas en cuotas trimestrales de acuerdo a lo pactado con la aseguradora. 11) Se suprime las Exclusiones 3(a) y 4 de la Forma K (A) NMA-2712 12) Adiciones y Supresiones Automáticas a Prorrata con aviso a los aseguradores y con ajuste de primas a la expiración de la vigencia. 13) Cláusula de Jurisdicción NMA 1483 Perú.

CONDICIONES TECNICAS ESPECIALES 1.

2. 3.

En la presente relación con las sumas aseguradas que se aseguran bajo las coberturas de Casco Todo Riesgo, Casco-Guerra, Responsabilidad Civil Frente a Terceros y Accidentes Personales, indican para el proceso las que se inician en “vuelo” o en “tierra”. El Status de las Aeronaves podrá variar al iniciarse la vigencia de la Póliza. Se deberá incluir todas la cláusulas, condicionados, endosos indicados en los títulos a.- FORMA y e.CONDICIONES de las coberturas de Casco Todo Riesgo – Casco Guerra – Responsabilidad Civil Frente a Terceros y Accidentes Personales en ingles y traducido al castellano (traducción oficial).

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RELACION DE AERONAVES DE LA DIRAVPOL

VALOR Nº

MATRICULA

TIPO

MARCA

MODELO

AÑO SERIE

PROCED

PASAJEROS

TRIPULANTES

ACORDADO

EN VUELO

TIERRA

US$ 1

PNP-501

HELICOPTERO KAZAN

MI-17

92

96019 RUSIA

24

5

1,387,500.00

X

2

PNP-502

HELICOPTERO KAZAN

MI-17

92

96021 RUSIA

24

5

1,387,500.00

X

3

PNP-503

HELICOPTERO KAZAN

MI-17

92

96024 RUSIA

24

5

1,687,500.00

4

PNP-504

HELICOPTERO KAZAN

MI-17

92

96025 RUSIA

24

5

1,587,500.00

X

5

PNP-505

HELICOPTERO KAZAN

MI-17

92

96028 RUSIA

24

5

1,437,500.00

X

6

PNP-506

HELICOPTERO KAZAN

MI-17

93

96069 RUSIA

24

5

1,587,500.00

X

7

PNP-508

HELICOPTERO KAZAN

MI-17

92

96615 RUSIA

24

5

1,687,500.00

X

8

PNP-114

HELICOPTERO BOLKOW

BO-105 KS-A3

88

2020 CANADA

3

2

1,378,750.00

X

9

PNP-116

HELICOPTERO BOLKOW

BO-105 KS-A4

88

2022 CANADA

3

2

1,378,750.00

X

10

PNP-122

HELICOPTERO BOLKOW

BK-117

88

7180 CANADA

9

2

1,675,000.00

X

11

PNP-123

HELICOPTERO BOLKOW

BK-117

86

7085 CANADA

9

2

1,550,000.00

X

12

PNP-124

HELICOPTERO ROBINSON

R-22 BETA II

96

2616 EEUU

0

2

108,000.00

X

13

PNP-215

AVIÓN

ISLANDER

BN-2B

84

2176 INGLATERRA

8

2

227,166.67

X

AVIÓN

TURBO COMANDER

695

81

95080 EEUU

6

2

941,666.67

X

AVIÓN

HARBIN AIRCRAFT

Y-12 II

93

73

CHINA

17

3

1,299,166.67

X

Y-12 II

93

74

CHINA

17

3

1,299,166.67

X

14 15

PNP-218 PNP-225

X

16

PNP-226

AVIÓN

HARBIN AIRCRAFT

17

PNP-227

AVIÓN

ANTONOV

AN-32B

93

3307 RUSIA

50

5

1,705,000.00

X

18

PNP-228

AVIÓN

ANTONOV

AN-32B

93

3308 RUSIA

50

5

1,705,000.00

X

PANTHER NAVAJO

N/I

EEUU

6

2

186,666.67

LW-36 EEUU

9

2

773,333.33

EEUU

4

2

174,833.33

X X

19

PNP-229

AVIÓN

COLEMILL ENTERPRICES

20

PNP-230

AVIÓN

BEECHCRAFT

E-90

73

21

PNP-231

AVIÓN

PIPER

SENECA III

N/I

22

PNP-233

AVIÓN

ANTONOV

AN-32B

92

2501 RUSIA

50

5

1,586,250.00

23

PNP-234

AVIÓN

ANTONOV

AN-32B

92

2502 RUSIA

50

5

1,686,250.00

X

24

PNP-243

AVIÓN

CESSNA

210 PT-KAE

N/I

-

EEUU

5

2

112,500.00

X

25

PNP-244

AVION

CESSNA

206

N/I

-

EEUU

4

2

90,833.33

X

-

-

X X

MONTO US$ 28,640,833.33

Nota: Valores establecidos por la Comisión Especial para la formulación de especificaciones técnicas y estudio de mercado para la contratación del Seguro de Aeronaves de la PNP.

26

MINISTERIO DEL INTERIOR -DIRECCION DE ECONOMIA Y FINANZAS POLICIA NACIONAL DEL PERU

2.

SEGURO DE INCENDIO TODO RIESGO VIGENCIA ANUAL

MATERIA DEL SEGURO 1.1 Aeronaves, según relación adjunta, incluyendo sus repuestos, accesorios propios y/o de terceros bajo su responsabilidad, en locales propios y/o de terceros, bajo techo y/o a la intemperie, pero dentro de los predios a nivel nacional; incluyendo cuando son cargados y/o descargados y/o en tránsito incidental. 1.2 Todos aquellos Gastos Extraordinarios en los que necesite incurrir el asegurado como consecuencia de un siniestro cubierto, tales como : remoción de escombros, desmontaje de equipos, reconstrucción de documentos y modelos, honorarios de profesionales, gastos de demolición desmantelar parte de un bien no afectado por el siniestro para proceder a la reparación o reposición de la parte dañada, así como los gastos de apuntalamiento necesarios u ordenados por la autoridad.

ESQUEMA ASEGURATIVO 2.1 SUMAS ASEGURADAS 2.1.1 Primer Riesgo

El asegurado, en caso de un siniestro cubierto, tendrá derecho a ser indemnizado hasta consumir la suma asegurada máxima mencionada en la póliza, sujeto a aquellos sub-limites que se estipulen, y luego de aplicar los deducibles que correspondan. Al ser el valor declarado la sumatoria de valores acordados, no se aplicara la regla de proporcionalidad o “Infraseguro” bajo ninguna circunstancia. 2.1.2 Limite Global, por Ocurrencia La suma asegurada representa el límite máximo de indemnización para cubrir todo aquel evento u ocurrencia que afecte cualquier local, o simultáneamente varios locales que contengan la materia del seguro. Por lo tanto, en caso de siniestro, la suma asegurada se reinstalará en forma automática e inmediata, excepto Huelga, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismos y Terrorismo. Es decir, podrá ser utilizada nuevamente y en su totalidad, en todo y cualquier momento, sin necesidad de haber antes reportado el siniestro. Para todo efecto indemnizatorio (suma asegurada, deducible u otros del rubro), en el caso de ciertos riesgos de índole catastrófico tales como terremoto, lluvias, inundaciones, se considerarán bajo una misma ocurrencia sólo aquellos eventos o daños comprobadamente relacionados entre si y que ocurran dentro de un mismo período consecutivo de 72 horas.

2.2 BASES DE EVALUO E INDEMNIZACIÓN 2.2.1 Maquinaria, Equipos y Demás Accesorios Valor de reposición o Reemplazo a Nuevo, incluyendo costos de instalación, montaje, entre otros. 2.2.2 Existencias Valor de reposición a futuro o reemplazo

NUEVAS ADQUISICIONES Cualquier nueva adquisición de repuestos, accesorios, motores o partes o aeronaves en general en el mismo local o en un nuevo local, está automáticamente amparado dentro de la suma asegurada hasta US$ 1,000,000 sin necesidad de dar previo aviso.

VALORIZACIÓN DE ACTIVOS 27

MINISTERIO DEL INTERIOR -DIRECCION DE ECONOMIA Y FINANZAS POLICIA NACIONAL DEL PERU

Activos y existencias

US$ 1,815,000.00

COBERTURA Todo Riesgo A Primer Riesgo para Daños Materiales, incluyendo Riesgos de la Naturaleza. SUMA ASEGURADA US$ 1,000,000 Limite Unico y Combinado 6.1 Es A Primer Riesgo 6.2 Es por Ocurrencia US$ 1,000,000 para Huelga, Conmoción Civil, Agregado Anual)

Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo (Limite

SUB LIMITES 7.1 Transporte Incidental y Nacional, incluyendo :

US$ 600,000.00

En todo el Territorio Nacional (Terrestre, Aéreo, Marítimo, Lacustre y Fluvial)

Carga y Descarga Izaje en los predios Dentro del Predio y entre predios Durante una mudanza Mientras se trasladen en forma temporal para ser reparados, mantenimiento, revisión Huelgas y Conmociones Civiles y Daño Malicioso Vandalismo Terrorismo. 7.2 Gastos Extraordinarios, incluyendo :

US$ 100,000.00

Honorarios profesionales Licencias Patentes de cualquier tipo Salvamento Limpieza Remoción de escombros Documentos, modelos y reconstrucción de documentos y/o activos físicos y/o electrónico (acervo documentario) Costos de extinguir el incendio Recondicionamiento provisionales Cualquier otro gasto necesario para dejar óptimo el lugar del siniestro. 7.3 Infortunio (Limite Agregado Anual)

US$ 5,000

7.4 Robo y/o Asalto

US$ 25,000

DEDUCIBLES 8.1

Daños por Agua e Impacto de Vehículos (Siempre y cuando el monto del siniestro a indemnizar no supere US$ 20,000 para cada cobertura; caso contrario se aplica el deducible de Todo Riesgo). US$ 500

8.2 Todo Riesgo US$ 2,000 8.3 Huelga, Conmoción Civil, Daño Malicioso, Vandalismo y Terrorismo 10 % del monto a indemnizar, mínimo 3 o/oo del valor declarado del bien afectado o US$ 5,000, lo que resulte mayor. 8.4 Terremoto y/o Temblor y/o Erupción Volcánica y/o Maremoto 1 % del valor declarado del bien afectado. 8.5 Riesgo de la Naturaleza 5 % del monto indemnizable, mínimo US$ 5,000 8.6 Transporte Incidental 10 % del monto a indemnizar, mínimo US$ 500

28

MINISTERIO DEL INTERIOR -DIRECCION DE ECONOMIA Y FINANZAS POLICIA NACIONAL DEL PERU

8.7 Infortunio 10 % del monto a indemnizar, mínimo US$ 500 8.8 Robo y/o Asalto 15 % del monto a indemnizar, mínimo US$ 500

PRINCIPALES CLAUSULAS ADICIONALES Adelanto del 50 % del Siniestro Nombramiento de Ajustadores Traslado Temporal Reposición Errores u Omisiones Propiedades Fuera del Control del Asegurado Permisos y Privilegios Rehabilitación Automática de la Suma Asegurada (excepto Huelgas y Conmociones Civiles, Daño Malicioso Vandalismo y Terrorismo, Infortunio y Responsabilidad Civil) Sellos y Marcas Combustión Espontánea Cobertura Automática Reparaciones y Reconstrucciones. CONDICIONES ESPECIALES A.

No incluye las siguientes cláusulas - Equipo de Climatización

B. La cobertura de Infortunios será del tipo Todo Riesgo causa durante el almacenamiento, trabajo, transporte en cualquier lugar del país, utilizando para su traslado cualquier medio o vía de transporte, inclusive en vehículos desocupados, incluyendo amparando los daños externos e internos y por cualquier básicamente equipos electrónicos, de enseñanza, de exhibición y/o demás bienes bajo responsabilidad de la POLICIA NACIONAL DEL PERU. C.

No se rechazarán siniestros por declaración extemporánea, siempre y cuando no constituya una agravación del riesgo para la Aseguradora.

D.

Cuando la reparación del siniestro sea efectuado por el propio asegurado en la indemnización. Se reconocerá la mano de obra, materiales, repuestos y la utilidad y gastos que genere trabajos de reparación, dando aviso previo al Ajustador o Aseguradora.

E.

En caso de concurrencia se tomará en cuenta la cobertura y/o póliza con menor deducible y/o mayor límite o suma asegurada de acuerdo a la conveniencia de la Institución.

F.

La póliza cubre los gastos realizados por el Asegurado para demostrar que el siniestro tiene cobertura.

G. En caso de Daño y/o Pérdida a un bien que forme parte de un conjunto y que no puede ser repuesto, se indemnizará el valor total del conjunto. H.

Para la indemnización de siniestros en los que el Asegurado no pueda obtener facturas, guías de remisión o proformas, se tomará en cuenta los inventarios, vales de salida del almacén, los listados de costos y/u ordenes de compra.

29

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RELACION DE AERONAVES EN TIERRA ITEM

MATRICULA

TIPO

MARCA

MODELO

AÑO

SERIE

FABR

PROCEDE

FABRICANTE

NCIA

VALOR ACORDADO US$

. 1

PNP-117

HELO

BOLKOW

BO-105 LS

2023

CANADA

MBB HELICOPTER

370,000.00

2

PNP-118

HELO

BOLKOW

BO-105 LS

1989

2325

CANADA

MBB HELICOPTER

370,000.00

3

PNP-120

HELO

BOLKOW

BK 117B2

1989

7210

CANADA

MBB HELICOPTER

505,000.00

4

PNP-507

HELO

KAZAN

MI-17

1993

98129

RUSIA

KAZAN

520,000.00

HELICOPTERS

5

PNP-239

AVION

PIPER

SENECA III

1982

EE.UU.

PIPER AIRCRAFT

50,000.00

COMPANY

MONTO US $

1,815,000.00

Nota: Valores establecidos por la Comisión Especial para la formulación de especificaciones técnicas y estudio de mercado para la contratación del Seguro de Aeronaves de la PNP.

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RELACION DE PILOTOS DE ALA FIJA CON INDICACION DE AERONAVES Y HORAS DE VUELO Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34

GRADO CRNL PNP CMDTE PNP CMDTE PNP CMDTE PNP MAYOR PNP MAYOR PNP MAYOR PNP MAYOR PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP

PILOTO ISMODES MEZZANO ALEJANDRO RONCAL TORREL JORGE GUERRERO MANRIQUE CARLOS VELASCO MUJICA ORLANDO DREYFUS PUERTAS JOSE PALMA GONZALES GUILLERMO ALARCON BRUN FELIX AGUILAR CHAPPA OLGER CUEVA CAÑARI RICARDO CUADROS GAMBOA PAUL ALOR PANTA MARIO AMPUERO LOPEZ VICTOR BERAUN PEREZ CESAR CHAVEZ CASTRO CARLOS CORAL MACEDO RONNY CUBAS RODRIGUEZ MANUEL DIAZ PEREZ DAVID DIAZ RIOS WILLIAM GANOZA VIGO WALTER GOMEZ DELGADO HENRY HUAMAN REYES MIGUEL FARJE ESCOBEDO JULIO LANCHIPA LEA LUIS MEZA PINO JORGE PAICO CAYAO JOSE SANCHEZ MORAN MANUEL TORRADO BIEBERACH ESTEBAN ZAMORA DIAZ WILLIAM ELGUERA CARBAJAL FELIPE DIAZ ZUMAETA CARLOS VALENCIA LOBATO JOSE PECHE DEL CARPIO VICTOR BEGAZO VALLE LUIS VILLANES TORRES JAVIER

AN-32B 2453.5 1125.2 3737.0 2128.1 1963.0 2150.7 419.7 ----848.6 417.9 33.9 62.3 420.2 34.0 ----183.1 138.4 459.9 60.3 12.8 163.5 266.9 299.3 373.0 238.1 241.5 103.6 451.8 296.9 255.0 274.7 -------------

Y-12 882,7 1349,0 552,8 549.7 357,0 1001,0 632,8 ----353,7 585,26 571.9 ----51.0 538.0 --------729.0 64.0 190.4 ------------113.3 127.2 61.1 --------98.0 -------------------------

GA-980 22,2 9,4 587,3 16,4 364,4 269.4 --------18,8 14.1 21.2 ----6,2 ----2,4 ----21,1 48.1 ----2.2 0.4 2.9 ----3.4 1.4 ---------------------------------

E-90 63,4 5,5 226,8 18,9 6,2 90,1 ----2,2 314.1 168,5 58,6 136,4 ----2,0 ----5.3 --------62.7 ----20.5 18.7 7.2 3.5 2.2 241.5 ----4.4 -------------------------

PA-31 ------------3,3 122,4 165,8 --------13,2 ----3,0 ----0,4 1,3 --------10,1 --------------------------------1.8 ---------------------------------

PA-34 104,7 9,2 210,9 271,8 223,4 69,4 1,0 ----281,9 0,3 4,4 71,9 ------------13,0 ----5.3 165.0 --------54.0 160.4 133.5 268.1 ----39.1 -------------------------

BN-2B 375,9 202,6 506,2 106,5 294,5 222,3 144,3 24,0 111,9 215,8 91,5 50,5 ----138,1 --------155.2 0,2 26.7 ----72.1 ----------------94.4 19.7 -----------------------------

C-210 98,4 86,9 160,8 119,2 250.3 129,5 --------1,0 9,0 1,0 ----42,1 --------12,2 9,0 31.3 ------------0.7 1.3 18.4 ----3.5 ----29.3 -------------------------

C-206 423,1 360,5 668,7 903,9 605,3 588,8 92,4 108.3 90,6 120,5 300,7 128,8 100,5 90,2 65,6 109,7 122,0 111,1 154.6 191.4 62.1 74.0 114.7 74.4 108.6 268.7 164.0 67.6 36.4 38.0 36.2 53.7 50.3 47.6

C-208 ----------------------------72.2 ----481.1 ----531.5 ----50.2 ----8.0 --------320.8 ----732.2 479.9 37.1 --------11.1 ---------------------------------

31

RELACION DE PILOTOS DE ALA ROTATORIA CON INDICACION DE AERONAVES Y HORAS DE VUELO Nº 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 28 29 30 31 32 33 34 35 36 37 38 39

GRADO CRNL PNP CMDTE PNP CMDTE PNP CMDTE PNP CMDTE PNP CMDTE PNP CMDTE PNP CMDTE PNP CMDTE PNP CMDTE PNP MAY PNP MAY PNP MAY PNP MAY PNP MAY PNP MAY PNP MAY PNP MAY PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP

PILOTO HURTADO CARDENAS DARIO GUTIERREZ SENNISE JORGE LIMO DEGOLA MIGUEL LOPEZ DE VINATEA JULIO MARIÑO VIGO MARTIN GONZALES ESPINOZA EDGAR BONILLA BARDALES LUIS HERMOZA MARILUZ MIGUEL GINES SILVA ROLDAN UGAZ SUAREZ ROY SOTO FIGUEROA JOSE CASTILLO DEZA OSCAR SANCHEZ CABLLERO JORGE REJAS ALBUJAR RONALD ROCA GUARDIA OSCAR DELGADO SALAS MARIO NACARINO PEREZ JUAN LEON GAVILAN RODOLFO QUIROZ GUERRERO FREDDY SULCA LAGOS ERICK PASTOR CASTRO JULIO OCAMPO TAFUR FABRICIANO GARCIA SOTO JORGE JARA DE LA SOTTA DAVID ROSADO APARICIO CARLOS CUADROS YALTA FIDEL SANCHEZ CHARCAPE RAFAEL CHIRAPA CURASCO WILBER MERCADO CALDERON ROBERTO ASALDE REVILLA CARLOS QUISPE ROJAS ULISES RAMOS SISNIEGUES ROBERTO RETAMOZO FLORES JULIO DIAZ FLORES GILMER ASCUE TELLO VICTOR CONTRERAS MEDINA CESAR BUENDIA GAMARRA ABRAHAM ESPINOZA LOPEZ OMAR ARONES OSCAR

BO-105 501.6 21.7 -----452.7 895.3 15.4 133.5 58.0 358.1 400.6 308.2 55.3 275.2 39.9 316.9 403.5 431.5 72.6 5.5 11.0 28.7 3.6 3.9 -----191.4 170.3 159.8 143.4 -----169.5 125.2 0.6 183.9 30.1 18.0 132.8 149.2 6.4 71.4

BK-117 20.1 230.3 -----36.6 424.0 394.4 183.8 325.8 3.6 5.8 11.7 530.1 18.4 330.8 4.7 5.2 30.3 217.2 181.4 132.5 249.2 176.3 259.3 148.4 8.8 -----2.8 -----175.8 1.3 1.6 180.0 172.9 210.0

172.6

UH-1H 1527.9 1316.3 -----1306.2 -----1422.7 1719.4 1008.5 1010.9 1095.8 1342.7 1043.1 1799.5 1352.9 1578.4 1608.1 1577.8 1450.4 325.6 196.4 263.7 272.3 1505.9 1079.2 1595.6 1638.7 1491.7 1474.9 1103.8 1585.9 1435.1 1400.1 1430.0 1486.2 1469.6 1634.4 1530.4 793.5 1010.1

UH-1H-II ------------------------------57.5 201.2 -----36.5 ----------221.8 169.2 221.1 42.9 224.6 123.6 250.2 -----119.8 -----228.9 328.3 255.8 222.6 240.9 296.6 206.7 282.5 221.0 243.2 316.3 214.0 82.6 155.4 235.4 263.8 69.8

MI-17 1477.2 1115.7 -----1017.2 1389.5 712.7 9.2 327.4 1240.0 143.8 260.7 1527.9 -------------------------28.2 799.0 1120.2 756.2 941.5 --------------------------------------------------------------------------------------

BELL-212

31.9 54.1 -----32.5 9.3 18.9 ----------5.1 13.3 -----20.1 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

BELL 47G HUGHES 500D

341.7 95.0 -----121.8 13.6 2.0 ----------4.3 14.5 8.8 ---------------40.0 40.0 --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

323.3 13.2 -----78.2 2.2 ---------------7.5 7.0 -----2.3 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

32

RELACION DE PILOTOS DE ALA ROTATORIA CON INDICACION DE AERONAVES Y HORAS DE VUELO Nº 40 41 42 43 44 45 46 47 48 49 50 51 52 53 54 55 56 57 58 59 60 61 62 63 64 65 66 67 68 69 70 71 72 73 74 75 76 77 78

GRADO CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP CAP PNP CAP PNP CAP PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP TNTE PNP

PILOTO TAFUR ROQUE LUIS MAENDOZA ROJAS CARLOS AVALOS LUNA HENRY BARRON MUNAYLLA CARLO YALTA CHUQUI PERCY CAVERO CANCHI DANIEL AGUILAR GRAÑA RAUL VELARDE VALDIVIA HERBERT MENDOZA SANCHEZ ENRIQUE GUEVARA TAFUR TITO VILLAVERDE ERAZO ALLAN CHAVEZ DIAZ FREDY BRIONES FARRO BARUSH GUIZADO YABAR MIGUEL ABARCA RABINES DELVIS IDME SALAZAR FREDDY ROJAS ANDIA ROBERTO CULQUI CARMEN ELMO MONTES GALVEZ MARIO CHAUCA BACA RAUL MORENO JORGE MARIA DIAZ LEZAMA DELVIS JHONG RODRIGUEZ MARTIN CESPEDES GONZALES CARLOS MENDOZA SERRANO RAUL GUIVAR ZUMAETA DANIEL CARRION ORDINOLA OMAR GUTIERREZ ANCHANTE WILMER GATTY VASQUEZ FERNANDO GONZALES CELIS NADIA CAHUANA GUTIERREZ JAIME ESTRADA BACA DANTE PUENTE AUCAPOMA OMAR CHAVARRY MEDINA ALFONSO RAMOS ZEGARRA EDUARDO AREVALO MUÑOZ SEGUNDO PALOMINO ORE CARLOS GUEVARA MASGO SERGIO ZAMORA VARGAS ELMER

BO-105 ----------82.6

12.3 52.0 ----------5.3 -----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

BK-117 10.7 84.0 64.8 34.6 ---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

UH-1H 518.0 1026.5 948.0 811.0 975.7 506.2 518.1 408.4 597.0 502.5 542.9 612.8 623.3 539.6 444.1 359.8 298.0 136.6 342.4 224.5 168.6 117.9 289.4 187.2 210.5 256.7 216.7 239.0 100.2 396.5 ----------------------------------------------

UH-1H-II 160.8 239.3 359.4 354.1 312.9 269.9 226.6 286.2 341.6 452.4 290.2 280.6 260.6 303.5 130.4 397.3 292.0 184.8 302.1 132.4 127.1 146.6 230.6 92.0 131.2 116.0 131.5 404.6 212.8 364.1 83.5 103.0 82.7 56.2 73.3 80.5 68.1 56.6 48.2

MI-17 ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

BELL-212

----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

BELL 47G HUGHES 500D

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SINIESTRALIDAD ULTIMOS 4 AÑOS

PERIODO COMPRENDIDO ENTRE EL 31 DE ENERO DEL 2002 HASTA EL 31 DE AGOSTO DEL 2006 FUENTE : RIMAC INTERNACIONAL COMPAÑÍA DE SEGUROS

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ANEXO N° 02 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP DECLARACION JURADA SOBRE INFORMACION DEL POSTOR ARTICULO 75º DE EL REGLAMENTO Señores Comité Especial POLICIA NACIONAL DEL PERU Presente.-

Por medio de la presente yo,..........................identificado con DNI ........................ Representante de .......... declaro bajo juramento lo siguiente: Nombre, Razón Social o denominación del Participante. 1. Nombre completo, domicilio y número del Documento de Identidad del Representante Legal o Apoderado común del Participante que cuente con los poderes y facultades de representación suficientes, debidamente inscritos ante Registros Públicos. 2. Número del Registro Único de Contribuyentes (RUC) de la persona natural o jurídica participante. 3. Domicilio Legal y número de teléfono de la empresa participante. 4. Número de Licencia Municipal o Autorización de Funcionamiento 5. Número de Ficha, Tomo o Partida Electrónica de Registro Mercantil donde se encuentran registrada la empresa participante, señalando además la fecha de inscripción, de ser el caso. Por la presente declaramos bajo juramento que la información contenida en el presente documento expresa la verdad, sujetándose a las disposiciones establecidas en los artículos 41° y 42° y demás aplicables de la Ley 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, así como las establecidas en el T.U.O. de la Ley 26850 modificado por Ley 28267, aprobados por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM y Decreto Supremo N° 084-2004-PCM, respectivamente. Atentamente,

_____________________________________ FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DNI

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ANEXO N°03 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP DECLARACION JURADA DE SER PEQUEÑA O MICROEMPRESA

Lima,

Señores Comité Especial POLICIA NACIONAL DEL PERU Presente.DECLARO BAJO JURAMENTO, que la Empresa que represento es una pequeña o Microempresa de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 28015 Ley de la Pequeña y Microempresa.

_____________________________________ FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DNI

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ANEXO Nº04 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP PROMESA FORMAL DE CONSORCIO Señores Comité Especial POLICIA NACIONAL DEL PERU Presente.Participantes: ........................................................................................................................ Los suscritos declaramos expresamente que hemos convenido en forma irrevocable, para preparar y presentar una propuesta conjunta como “Consorcio” al Proceso de Selección …………………………………….., responsabilizándonos solidariamente por todas las acciones y omisiones que provenga del citado proceso. Asimismo, en caso de obtener la Buena Pro y de conformidad a lo establecido en las Bases nos comprometemos a formalizar el contrato de participación en consorcio, designando al Sr. (a).........................................................., como representante legal común del consorcio y fijando nuestro domicilio legal común en .................................. a los efectos de suscribir con LA POLICIA NACIONAL DEL PERU, el contrato correspondiente. Las obligaciones que asumirá cada uno de los consorciados se detalla a continuación: ............................................................................ ............................................................................... La participación porcentual de cada de las partes es la siguiente: ............................................................................ ............................................................................

----------------------------------CONSORCIADO (1) Nombre del Representante Legal L.E./ DNI / C.E. Razón Social RUC N°

-------------------------------------CONSORCIADO (2) Nombre de Representante Legal L.E. / DNI. / C.E. Razón Social RUC N°

----------------------------------CONSORCIADO (3) Nombre del Representante Legal L.E./ DNI / C.E. Razón Social RUC N°

------------------------------------------CONSORCIADO (4) Nombre de Representante Legal L.E. / DNI. / C.E. Razón Social RUC N°

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ANEXO Nº05 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP

DECLARACION JURADA ARTICULO 76º DEL REGLAMENTO Lugar Señores Comité Especial POLICIA NACIONAL DEL PERU Presente.-

De acuerdo a lo señalado en el Artículo 76º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por D.S. N° 084-2004-PCM, el que suscribe el Sr.(a) .................................., identificado con documento de identidad .............................., Representante Legal de la empresa ................................ RUC Nº. .........................., con domicilio legal en ..................................................................... DECLARO BAJO JURAMENTO RESPECTO A MI REPRESENTADA: a) b) c) d) e)

Que no tiene impedimento para participar en el proceso de selección ni para contratar con el Estado; conforme al Artículo 9º de la Ley. Que conoce, acepta y se somete a las Bases, condiciones y procedimientos del proceso de selección; Que es responsable de la veracidad de los documentos e información que presenta para efectos del proceso. Que se compromete a mantener su oferta durante el proceso de selección y a suscribir el contrato en caso de resultar favorecido con la Buena Pro; y Que conoce las sanciones contenidas en la Ley y su Reglamento, así como en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General y demás disposiciones reglamentarias, complementarias y modificatorias.

Atentamente,

_____________________________________ FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DNI

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ANEXO N°06 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP DECLARACIÓN JURADA DE PACTO DE INTEGRIDAD O COMPROMISO DE NO SOBORNO

Lugar, Señores Comité Especial POLICIA NACIONAL DEL PERU Presente.El suscrito .............................., representante legal de la empresa .........................., con R.U.C. .................................., identificado con DNI N° .................... , DECLARO BAJO JURAMENTO: a) b)

c) d) e)

Reconocer la Importancia de aplicar los principios que rigen los procesos de contratación y adquisición señalados en el Artículo 3º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado Confirmar que no hemos ofrecido u otorgado, ni ofrecemos u otorgaremos, ya sea directa o indirectamente, o a través de terceros, ningún pago, dádiva, donación, beneficio o cualquier otra ventaja a funcionario público alguno o a sus familiares, a fin de obtener o mantener el contrato objeto del presente proceso de selección. No haber celebrado o celebrar acuerdos formales o tácitos, entre los participantes o con terceros, con el fin de establecer prácticas restrictivas a la libre competencia. No haber aceptado o aceptar la extorsión por parte de los funcionarios de la Entidad convocante. Denunciar cualquier irregularidad o propuesta de extorsión de parte de cualquier servidor y/o funcionario de la Entidad convocante.

Atentamente,

______________________________________ FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA

_______________________ EL COMITÉ ESPECIAL

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ANEXO N°07 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP DECLARACION JURADA LEY DE PROMOCION TEMPORAL DEL DESARROLLO PRODUCTIVO NACIONAL (BONIFICACION DEL 20%)

De conformidad con el Artículo 1º de la Ley No. 27413, Ley de Promoción Temporal del Desarrollo Productivo Nacional, modificada por Decreto de Urgencia No. 064-2000, por Ley No. 27633 y complementada con Ley No. 28242, para efectos del otorgamiento de la buena pro se agregará un veinte por ciento (20 %) adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida por las posturas de bienes y servicios elaborados dentro de territorio nacional. Por su parte, el artículo 3º del Decreto Supremo No. 003-2001-PCM establece que los postores deben presentar una declaración jurada en la que manifiesten que los bienes y servicios ofrecidos han sido elaborados o prestados dentro del territorio nacional, ello con la finalidad de hacerse merecedores a la bonificación a que se refiere la Ley No. 27143. Se entenderá como servicio prestado dentro del territorio nacional a aquél servicio que cumpla con los siguientes requisitos : a. b.

Los servicios suministrados por personas naturales domiciliadas en el país. Los servicios suministrados por personas jurídicas constituidas, autorizadas o domiciliadas en el país y que efectivamente realicen operaciones sustanciales en el territorio nacional.

Según la Resolución Ministerial No. 043-2001-ITINCI-DM publicada el 02.03.2001, se considerará como personas jurídicas que realicen operaciones sustanciales de servicios en el territorio nacional, a aquellas que tengan más del 50 % del total de sus activos fijos ubicados en el país y facturen al menos el 60 % de su facturación total, dentro del territorio nacional, siendo que el domicilio se determinará de acuerdo a las normas tributarias vigentes al momento de la presentación de las ofertas. De lo antes expuesto, declaro BAJO JURAMENTO que la Empresa que represento reúne las condiciones requeridas y deseo acogerme a este beneficio adicional del 20%. Lima, ...............................................

_____________________________________ FIRMA Y SELLO DEL REPRESENTANTE LEGAL DE LA EMPRESA DNI

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ANEXO N°08 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP FACTORES O CRITERIOS DE EVALUACION

I. EVALUACIÓN TÉCNICA (100 PUNTOS) A.

FACTORES REFERIDOS A LA EXPERIENCIA DEL POSTOR •

30.000 puntos

Experiencia en la Actividad de Seguros en General: La experiencia se calificará considerando el monto facturado acumulado por el postor a partir del 15 de noviembre de 1996 a la fecha de la presentación de propuestas hasta por un monto máximo acumulado equivalente a una (1) vez el valor referencial de la contratación materia de la convocatoria. Tales experiencias se acreditarán con copia simple de los comprobantes de pago cancelados o, en su defecto, con copia del contrato y su respectiva conformidad de culminación de la prestación de servicios de seguros en general, con un máximo de diez (10) servicios en cada caso.

¾

Facturación mayor o igual a US$ 3’835,000 ( tres millones ochocientos treinta y cinco mil dólares americanos) que representa una vez el valor referencial, se otorgarán 30.00 puntos

¾

B.

A los demás postores se les asignará el puntaje proporcional correspondiente.

FACTORES REFERIDOS AL PERSONAL PROPUESTO

30.000 puntos

El postor deberá indicar el equipo de servicios asignado para atender los requerimientos de la Entidad, el mismo que deberá estar conformado por lo menos por:



1 Ejecutivo Comercial responsable de la integridad de requerimientos realizados por la Entidad.



1 Ejecutivo de Siniestros responsable de la atención prioritaria de los siniestros presentados por la Entidad y o de terceros causados por la Entidad.



1 Ejecutivo de Créditos y Cobranzas responsable del mantenimiento oportuno de los estados de cuenta de la Entidad, así como que el pago de las indemnizaciones se realice dentro de los plazos establecidos en la Ley o según las mejoras realizadas en su propuesta técnica.

Los ejecutivos asignados serán calificados de la siguiente manera: •

Ejecutivo Comercial, al que se le asignará 2 puntos por cada año de experiencia en exceso del mínimo de 5 años de experiencia en labores dentro del área comercial de compañías de seguros, encargado de la atención y mantenimiento de cuentas, atención de solicitudes de cobertura, atención de cotizaciones realizadas por clientes, coordinación con corredores de seguros, etc. hasta por un máximo de 10 años, dicha experiencia deberá ser acreditada por certificados emitidos por las compañías de seguros en las cuales ha desempeñado dichas funciones.



Ejecutivo de Siniestros, al que se le asignará 2 puntos por cada año de experiencia en exceso del mínimo de 5 años de experiencia en labores en las áreas de atención de siniestros de compañías de seguros, encargado de la liquidación de siniestros, comunicación con 42

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ajustadores, coordinaciones con clientes y corredores de seguros, emisión de reportes y anales de siniestralidad, etc. hasta un máximo de 10 años, dicha experiencia deberá ser acreditada por certificados emitidos por las compañías de seguros en las cuales ha desempeñado dichas funciones. •

Ejecutivo de Créditos y Cobranzas, al que se le asignará 2 puntos por cada año de experiencia en exceso del mínimo de 5 años de experiencia en labores desempeñándose en áreas de créditos y cobranzas, atendiendo solicitudes de financiamiento, mantenimiento de estados de cuenta, seguimiento de pagos, etc. hasta un máximo de 10 años, dicha experiencia deberá ser acreditada por certificados emitidos por las compañías en las cuales ha desempeñado dichas funciones.

C.

FACTORES REFERIDOS AL OBJETO DE LA CONVOCATORIA



40.000 puntos

Plazo de pagos de siniestros ( 10.000 puntos) , Al postor que ofrezca el menor plazo al que establece la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros en el Artículo 332º, se le otorgará 10.000 puntos, a las demás propuestas se les asignará el puntaje proporcional correspondiente, al postor que no oferte un plazo menor al establecido en el referido dispositivo no se le asignara puntaje; el postor que ofrezca un plazo mayor al establecido por la ley será descalificado. El plazo deberá especificarse en días hábiles, los plazos menores a un día hábil se considerarán como 1 día hábil. El postor deberá presentar su propuesta de plazo de pago de siniestros de acuerdo al Anexo N° 09



Mejoras técnicas ( 30.000 puntos), que califica las mejoras de orden técnico que presenten los postores respecto al slip requerido tales como Deducibles, Suma Asegurada y Coberturas, de acuerdo a lo siguiente, al postor que ofrezca la mayor mejora se le asignará el máximo puntaje, a los demás se les asignará el puntaje proporcional correspondiente, hasta un máximo de 30.000 puntos: Mejora

Puntaje

Seguro de Aviación Reducir el deducible para Helicópteros en caso de pérdida total, pérdida total constructiva y/o pérdida total absoluta en la cobertura de Casco Todo Riesgo a: 4.25%.................................................................................. 2.000 puntos 4.00%................................................................................. 3.000 puntos Reducir el deducible para Helicópteros en caso de pérdida total, pérdida total constructiva y/o pérdida total absoluta en la cobertura de Casco Guerra y Líneas Aliadas de Aviación: 4.25%.................................................................................. 2.000 puntos 4.00%................................................................................. 3.000 puntos

3.000

3.000

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Incrementar la Suma Asegurada para Gastos de búsqueda y rescate, remoción de restos, rociamiento de espuma en pista y otros gastos adicionales en la cobertura de Casco Todo Riesgo a: US$ 550,000....................................................................... 2.000 puntos US$ 600,000...................................................................... 3.000 puntos Incrementar la Suma Asegurada para Gastos de búsqueda y rescate, remoción de restos, rociamiento de espuma en pista y otros gastos adicionales en la cobertura de Casco Guerra y Líneas Aliadas de Aviación a: US$ 550,000....................................................................... 2.000 puntos US$ 600,000...................................................................... 3.000 puntos Incrementar la Suma Asegurada máxima para Extorsión en la cobertura de Casco Guerra y Líneas Aliadas de Aviación a: US$ 600,000....................................................................... 2.000 puntos US$ 650,000...................................................................... 3.000 puntos Incrementar la Suma Asegurada máxima de Gastos de confiscación / piratería aérea: US$ 600,000....................................................................... 2.000 puntos US$ 650,000...................................................................... 3.000 puntos Disminuir el deducible de Equipaje y Efectos Personales de la cobertura de Responsabilidad civil frente a terceros incluyendo equipaje, carga y carga externa a: US$ 900............................................................................. 2.000 puntos US$ 800............................................................................ 3.000 puntos Póliza de Incendio Todo Riesgo

3.000

3.000

3.000

3.000

3.000

Incrementar la Suma Asegurada de Infortunio a: US$ 10,000....................................................................... 2.000 puntos US$ 20,000...................................................................... 3.000 puntos Incrementar la Suma Asegurada de Robo y/o Asalto a:

3.000

US$ 35,000....................................................................... 2.000 puntos US$ 50,000...................................................................... 3.000 puntos Disminuir el deducible de Todo Riesgo a:

3.000

US$ 1,500....................................................................... 2.000 puntos US$ 2,000...................................................................... 3.000 puntos

3.000

Total puntaje máximo

30.000

El postor deberá presentar su propuesta de mejoras de acuerdo al formato N° 05

Nota.- El puntaje mínimo requerido en la evaluación técnica es de ochenta (80,000) puntos. Las propuestas que no alcancen dicho puntaje serán descalificadas en esta etapa.

II. EVALUACIÓN ECONÓMICA (100 PUNTOS) El postor debe formular su propuesta económica utilizando el formato 06: A.

La oferta económica del postor debe incluir todos los tributos, seguros, transporte, inspecciones, pruebas y cualquier otro concepto que pueda incidir sobre el costo del servicio a contratar, de tal manera que La Entidad no efectuará pago adicional alguno a lo señalado en su oferta.

B.

La evaluación económica consistirá en asignar el puntaje máximo establecido a la propuesta económica de menor monto. Al resto de propuestas se les asignará puntaje inversamente proporcional, según la siguiente fórmula: Pi =

Om x PMPE Oi Donde:

i Pi Oi Om

= = = =

Propuesta Puntaje de la propuesta económica i Propuesta Económica i Propuesta Económica de monto o precio más bajo

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PMPE = C.

Puntaje Máximo de la Propuesta Económica

Si la propuesta económica incluye una propuesta de financiamiento, la primera se evaluará utilizando el método del valor presente neto del flujo financiero que comprenda los costos financieros y el repago de la deuda. Se tomarán en cuenta todos los costos del financiamiento tales como la tasa de interés, las comisiones, seguros y otros, así como la contrapartida de La Entidad si fuere el caso. Asimismo, para el cálculo del valor presente de la oferta financiera, se aplicará la tasa de descuento que apruebe el Ministerio de Economía y Finanzas. Se entenderá por financiamiento cualquier forma de pago fraccionado, así esta no considere costos del financiamiento tales como la tasa de interés, las comisiones, seguros y otros.

II. PUNTAJE TOTAL Se calculará el puntaje total, según lo siguiente: PTPi = 0.60 x PTi + 0.40 x Pei Donde: PTPi = Puntaje Total del Postor i PTi = Puntaje por Evaluación Técnica del postor i PEi = Puntaje por Evaluación Económica del postor i El Comité Especial establecerá el orden de prelación de los postores, de acuerdo a lo señalado precedentemente, eligiéndose como ganadora y otorgándosele la Buena Pro, a la oferta que obtenga el mejor puntaje total.

En el supuesto que dos (2) o más propuestas empaten, el Otorgamiento de la Buena Pro se efectuará de acuerdo a lo establecido por el Artículo 133º del Reglamento. Terminado el Acto de la Adjudicación, se sentará el Acta correspondiente, en la que se dejará constancia de lo realizado, indicándose el orden en que han quedado calificados los postores a través de un cuadro comparativo. El Otorgamiento de la Buena Pro quedará automáticamente consentido una vez transcurridos cinco (5) días hábiles de su notificación, sin que los postores hayan ejercido el derecho de interponer el recurso de apelación. En caso haberse presentado una sola oferta, el consentimiento de la Buena Pro se producirá el mismo día de su notificación. SERVICIOS PRESTADOS EN EL TERRITORIO NACIONAL En el caso de servicios prestados dentro del territorio nacional, se agregará un 20 % adicional a la sumatoria de la calificación técnica y económica obtenida de acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 27143 modificada por la Ley Nº 27633.

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ANEXO Nº 09

CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP COMPROMISO DE PAGO DE SINIESTROS

Lima,

de

de 2006

Señores Comité Especial POLICIA NACIONAL DEL PERÚ Ciudad.De nuestra consideración: Para efectos del Concurso Público Nº 0002-2006-DIRECFIN/PNP, convocado por la POLICIA NACIONAL DEL PERÚ, declaramos bajo juramento, que nuestra oferta técnica considera el plazo de ............. días para el pago de siniestros. No obstante lo establecido en la Ley Nº 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros en el Artículo 332º. Atentamente,

(Nombre, sello y firma del Representante Legal)



El plazo deberá especificarse en días hábiles, los plazos menores a un día hábil se considerarán como 1 día hábil.

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ANEXO Nº 10 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP

Lima,

de

de 2006

Señores Comité Especial POLICIA NACIONAL DEL PERÚ Ciudad.De nuestra consideración: Para efectos del CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP, convocado por la POLICIA NACIONAL DEL PERÚ, declaramos bajo juramento, que nuestra oferta técnica considera las siguientes mejoras técnicas con respecto al slip, sin costo adicional para La Entidad: Mejora

Mejoras Técnicas Propuestas

Atentamente,

(Nombre, sello y firma del Representante Legal)

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ANEXO Nº 11

CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP PROPUESTA DE PRIMAS EN DOLARES AMERICANOS INCLUYENDO GASTOS E IMPUESTOS

OFERTA ECONÓMICA

Lima,

de

de 2006

Señores Comité Especial POLICIA NACIONAL DEL PERÚ Ciudad.De nuestra consideración: Para efectos del Concurso CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP, convocado por la POLICIA NACIONAL DEL PERÚ, declaramos bajo juramento, que nuestra oferta económica es US$ ................................................... (...............................................y /100 Dólares Americanos).

Atentamente,

(Nombre, sello y firma del Representante Legal)

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ANEXO N° 12 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP PROFORMA DE CONTRATO DE SEGUROS PARA LA POLICIA NACIONAL DEL PERU Conste por el presente documento, el Contrato de prestación de servicios que celebran de una parte ..........................................................................................– Lima, RUC. N° ……………….., debidamente representado por ............................................ identificado con DNI N° ………. designado por Resolución N°……………………………..que en adelante se denominará LA PNP: y de la otra parte la empresa ....................................... con domicilio legal en ............................................ con R.U.C. Nº ............................................ representada por su Gerente General, ...............……………………., identificado con D.N.I …………………, según poder inscrito en la Ficha N° ………….., de los Registros Públicos, que en lo sucesivo se denominará LA ASEGURADORA; en los Términos y condiciones siguientes: CLÁUSULA PRIMERA: ANTECEDENTES 1. La PNP con la finalidad de contar con un programa de seguros para sus instalaciones, patrimonio y personal convocó al Concurso Público Nº................., de conformidad con lo dispuesto por LA LEY y su REGLAMENTO. 2.

Con fecha .... de ................. del 2006, el Comité Especial designado mediante Resolución Administrativa N° ......., conforme a las disposiciones Legales Vigentes, adjudicó la Buena Pro del Concurso Público N°................. a LA ASEGURADORA ....................................................................., según las condiciones establecidas en las Bases Administrativas, la oferta técnico-económica presentada, las que se determinen en el Contrato y las que pudieran ser aplicables de acuerdo a lo establecido en el TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y demás normas supletorias de derecho común.

3.

La Aseguradora es una entidad dedicada a efectuar operaciones de seguros, coaseguros y reaseguros a través de la suscripción de Pólizas de seguros, de acuerdo a las normas dictadas para este fin por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP.

CLÁUSULA SEGUNDA: REFERENCIAS Cuando en el presente contrato se haga alusión a la palabra “LEY” se entenderá que se esta refiriendo al Texto Único Ordenado de la Ley N° 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 083-2004-PCM, la mención a “REGLAMENTO” se entenderá referida al Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado mediante Decreto Supremo N° 084-2004-PCM. CLÁUSULA TERCERA: OBJETO DEL CONTRATO El presente contrato tiene por objeto la contratación de un programa de seguros para las Aeronaves de la POLICIA NACIONAL DEL PERU. Los servicios materia de la contratación se sujetan estrictamente a las Bases integradas, propuesta Técnica – Económica de LA ASEGURADORA; documentos que forman parte integrante del presente contrato. CLÁUSULA CUARTA: DEL PRECIO El monto total a pagar por la prestación del servicio objeto del presente contrato, asciende a la suma de US$. __________________ (____________________ ), la misma que incluye el valor de las primas netas, derechos de emisión de pólizas, impuestos, así como, cualquier otro concepto que pueda incidir en el costo del servicio a contratar. CLÁUSULA QUINTA: FORMA DE PAGO El costo por el servicio objeto del presente contrato se hará en moneda nacional al tipo de cambio a la fecha de emisión de la orden de servicio correspondiente y se cancelará de la siguiente manera: (De acuerdo a lo ofertado por LA ASEGURADORA)

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La cancelación se realizará en moneda nacional, se efectuará al tipo de cambio venta del día de pago publicado por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP en el Diario Oficial El Peruano y según lo establecido en la Directiva de Tesorería para el correspondiente año Fiscal. CLÁUSULA SEXTA: PLAZO DEL CONTRATO El plazo para la prestación del servicio, materia del presente contrato es de un año, contados a partir del día siguiente de la firma del contrato las 00:00 horas del ………de…………………….del 200.. hasta las 00:00 horas del …..de ……………………..del 200... CLÁUSULA SÉTIMA: DE LAS OBLIGACIONES LA ASEGURADORA se obliga a: a)

Prestar los servicios que constituyen el objeto del presente contrato a entera satisfacción de LA PNP. Para tal efecto, el servicio deberá observar lo ofrecido en su propuesta Técnica - Económica, Bases Integradas y cualquier manifestación documentada que haya aportado adicionalmente LA ASEGURADORA en el curso del proceso o en la formalización del contrato.

b) Cumplir con el servicio de manera adecuada de tal forma que permita a LA PNP llevar a cabo las funciones que le son propias. c) A indemnizar y reponer a LA PNP en un plazo no mayor de ............... (...) de consentido el siniestro. d) Indemnizar directamente a los beneficiarios de las Pólizas materia del presente contrato, en un plazo no mayor de ............. (.........) días calendario siguiente de consentido el siniestro. e) Asumir la responsabilidad de la ejecución total del servicio. En tal sentido, no podrá ceder su posición contractual, no podrá transferir o subcontratar las prestaciones a su cargo salvo autorización expresa de LA PNP. f) Asumir cualquier gasto adicional requerido para el cumplimiento satisfactorio de la prestación del servicio y las obligaciones establecidas en el presente contrato. g) Subsanar en el plazo máximo de 24 horas, las observaciones planteadas por LA PNP con ocasión de la prestación del servicio, contadas a partir de la comunicación que para el efecto curse. h) Desagregar los costos del seguro contratado de acuerdo a lo siguiente:

Ramo

Tasa y/o Prima Individual

Prima Neta Periodo US$

Derecho de Emisión US$

Impuestos US$

Prima Total Periodo US$

Seguro de Aviación Seguro de Incendio Todo Riesgo TOTAL US$

i) Las pólizas se deberá emitir en tres (3) ejemplares, incluyendo: a) Los términos de referencia de las Bases Integradas y la Oferta presentada

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b) c) d)

e)

Las cláusulas, condicionados y otros en castellano o en inglés acompañados de su respectiva traducción oficial, según sea el caso. Las tasas y primas aplicadas y/o cualquier otra solicitud de orden legal, técnico o administrativo, solicitado por la PNP. Presentar copia del Slip de Reaseguro original en un plazo no mayor de 60 días calendarios, contados desde el inicio de la vigencia de la Póliza. En este Slip deben figurar, debidamente detallados, todos los beneficios, comisiones y descuentos que los suscriptores están otorgando, así como el Security respectivo debidamente firmado por cada uno de los suscriptores. Los Reaseguradores que respaldan la propuesta deberán tener una calificación de riesgo no menor a la indicada en el Artículo 2 del Capítulo I de la Resolución SBS No. 282-2003.

i) Realizar la inspección y valorización de las aeronaves por medio de la contratación de una empresa de reconocida experiencia internacional especializada en el rubro dentro de los 60 días hábiles siguientes a la firma de este contrato. Asimismo, y a su conveniencia, la Policía Nacional del Perú, de acuerdo a la valorización recibida, podrá solicitar el reajuste respectivo de Valores Acordados y primas resultantes. La PNP se obliga a: a) Tramitar las autorizaciones necesarias de pago y efectuar los mismos dentro de los plazos estipulados. b) Abonar a LA ASEGURADORA el pago de la prima según la forma establecida en el presente contrato, el mismo que estará sujeto a la autorización de giro del Gobierno Central y al presupuesto asignado para este gasto por la PNP.

CLÁUSULA OCTAVA:

DE LAS GARANTIAS

A la suscripción del presente contrato, LA ASEGURADORA, de conformidad con el Artículo 40º de la LEY y los Artículos 213º y siguientes del REGLAMENTO, hace entrega a LA PNP de la Carta Fianza o Póliza de Caución como Garantía de Fiel Cumplimiento, con las características de solidaria, irrevocable, incondicional, de realización automática a solo requerimiento de LA PNP, otorgada por la empresa autorizada y sujeta al ámbito de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, por un monto equivalente al 10% (diez por ciento) del monto total del contrato y hasta la conformidad de la recepción de la prestación a cargo del contratista. Carta Fianza Nº ................ Banco ............................. Importe ......................... Vencimiento....................... Garantía adicional por el monto diferencial de propuesta (de ser el caso): Cuando la propuesta económica fuese inferior al valor referencial en más del diez por ciento (10%) de éste, junto a la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato y con idéntico objeto y vigencia, el postor ganador deberá presentar una Garantía Adicional por un monto equivalente al 25 % (veinticinco por ciento) de la diferencia entre el Valor Referencial y su Propuesta Económica. La PNP ejecutará las garantías si estas no fuesen renovadas oportunamente, antes de la fecha de su vencimiento, por LA ASEGURADORA. CLÁUSULA NOVENA: DE LAS PENALIDADES Según el Artículo 222º del Reglamento, en caso de retraso injustificado en la ejecución de las prestaciones objeto del contrato, LA POLICIA NACIONAL DEL PERU le aplicará al contratista una penalidad por cada día de atraso, hasta por un monto máximo equivalente al diez por ciento (10%) del monto contractual. Asimismo, el importe que corresponda cobrarle al contratista por concepto de penalidad por mora en la ejecución de la prestación debe deducirse de los pagos a cuenta o del pago final y, si fuese necesario del monto resultante de la ejecución de las garantías de fiel cumplimiento o adicional por el monto diferencial de la propuesta.

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CLÁUSULA DÉCIMA : DE LA DIFERENCIA DEL PRECIO LA ASEGURADORA para el cumplimiento del presente contrato se compromete expresamente a asumir cualquier diferencia entre el precio establecido y el mayor costo de prestación del servicio por lo que LA PNP no reconocerá ni abonará pagos adicionales por ningún concepto. CLÁUSULA DÉCIMA PRIMERA : DE LOS GASTOS Cualquier tributo, gasto, gravamen u otro concepto análogo creado o por crearse, que afecte o pudiera afectar el costo de la prestación, será a cargo exclusivo de LA ASEGURADORA. CLÁUSULA DÉCIMA SEGUNDA : FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO Se entiende como caso fortuito o de fuerza mayor a aquella causa no imputable a las partes consistente en un evento extraordinario, imprevisible e irresistible que impide la ejecución o determine el cumplimiento parcial, tardío o defectuoso de la obligación. En el supuesto caso en que se produzca un evento como el descrito en el párrafo precedente, LA ASEGURADORA deberá comunicarlo dentro del día siguiente de ocurrido el evento e informar por escrito dentro del plazo máximo de cinco (05) días útiles de ocurrido el suceso, suministrando las pruebas necesarias y fehacientes que acrediten la existencia del acontecimiento, siendo facultad de LA PNP calificar el hecho o los hechos alegados como caso fortuito o fuerza mayor; en caso que LA ASEGURADORA no observe el trámite dispuesto anteriormente o que las pruebas aportadas resulten insuficientes para establecer que tal suceso fue causa del incumplimiento o del cumplimiento parcial, tardío o defectuoso, LA PNP podrá aplicar las sanciones y penalidades que establece el presente contrato. CLÁUSULA DÉCIMA TERCERA : TASA DE SEGUROS LA ASEGURADORA se compromete a respetar durante la vigencia del presente contrato, las tasas de seguros consideradas en su propuesta, las cuales serán aplicadas a prorrata témporis para las inclusiones, exclusiones, aumentos y disminuciones de sumas aseguradas, a que hubiere lugar. En el caso de una contratación complementaria de acuerdo a lo dispuesto en el Artículo 236º del Reglamento, LA ASEGURADORA se compromete a mantener vigente por dicho periodo, las tasas, coberturas y deducibles presentados en su oferta. CLÁUSULA DÉCIMA CUARTA: RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD LA ASEGURADORA deberá guardar la más absoluta reserva de las actividades y operaciones realizadas como parte de la ejecución del servicio, bajo causal de resolución del contrato. CLAUSULA DECIMA QUINTA : DE LA RESOLUCIÓN DEL CONTRATO Son causales de Resolución de Contrato : a) La transferencia o Cesión de los derechos y obligaciones de este contrato b) El incumplimiento de las obligaciones estipuladas en este contrato, condiciones generales, particulares y especiales de las pólizas, inherentes al Programa de Seguros. c) El incumplimiento de las Bases, Especificaciones Técnicas y Anexos correspondientes al presente Proceso de Selección. d) El incumplimiento de la Propuesta Técnico – Económica de LA ASEGURADORA e)

Haber llegado a acumular el monto máximo de la penalidad por mora.

Para la resolución del contrato, se procederá de conformidad con lo establecido en el Artículo 224º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. CLÁUSULA DÉCIMA SEXTA : DE LA SOLUCION DE CONTROVERSIAS La ejecución del presente contrato se sujetará al Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo No. 083-2004-PCM y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo No. 084-2004-PCM.

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Las discrepancias que pudieran producirse en la interpretación de este contrato serán resueltas mediante arbitraje conforme a las Disposiciones de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. El Arbitraje será resuelto por Tribunal arbitral, según lo dispuesto en el Artículo 278º del Reglamento antes mencionado. Eligiendo cada parte a su arbitro los que acordaran al presidente del Tribunal Arbitral, a falta de acuerdo en la designación del mismo, la misma será efectuada por la Cámara de Comercio de Lima, conforme a las disposiciones administrativas del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado o conforme al Reglamento del Centro de Arbitraje al que se hubieren sometido las partes. El laudo arbitral emitido es vinculante para las partes y pondrá fin al procedimiento de manera definitiva, siendo el laudo inapelable ante el Poder Judicial o ante cualquier instancia administrativa. CLÁUSULA DÉCIMA SÉPTIMA: CULMINACIÓN CONTRACTUAL La culminación de la Ejecución Contractual deberá ceñirse al Artículo 43º de la LEY y los Artículos 233º y siguientes del REGLAMENTO. CLÁUSULA DÉCIMA OCTAVA:

DOMICILIO Y NOTIFICACIONES

El domicilio de las partes es el señalado en la introducción del presente contrato, cualquier cambio deberá ser comunicado por escrito a la otra parte, requisito sin el cual las comunicaciones enviadas al domicilio anterior se considerarán válidas. CLAUSULA DECIMA NOVENA: DOCUMENTACIÓN CONTRACTUAL Forman parte integrante del presente contrato los siguientes documentos: 1. Bases Integradas del Concurso Público 2. Oferta de LA ASEGURADORA en los Sobres No. 01 y No. 02. 3. Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato y de ser el caso, Garantía por el monto diferencial de la propuesta económica. 4. Original de la Constancia Vigente de no estar inhabilitado para contratar con el Estado, expedida por el CONSUCODE. 5. Cobertura Provisional de las Pólizas de Seguros y las Pólizas. 6. Copia de la Ficha Registral o copia del Testimonio de la Escritura de Mandato o Poder Acta de Directorio, extendido por el POSTOR adjudicatario de la Buena Pro a su Representante Legal, debidamente inscrito en el Registro de Mandatos o Mercantil, facultándolo para suscribir contratos y señalando domicilio legal en Lima. 7. Declaración Jurada de Compromiso de Pago de Siniestro, de acuerdo al Formato Anexo No. 09 de las Bases del Concurso Público. 8. De ser el caso, contrato de consorcio. CLÁUSULA VIGESIMA: EXTREMOS NO ESTIPULADOS Los extremos no estipulados en el presente Contrato se regirán por lo establecido en las Bases Integradas, propuestas técnica y económica presentada por EL CONTRATISTA, la LEY y su REGLAMENTO, así como sus normas complementarias, modificatorias y reglamentarias y, supletoriamente por el Código Civil, según sea el caso. Las partes en prueba de conformidad y aceptación, suscriben el presente contrato en dos (02) ejemplares del mismo tenor, en la Ciudad de Lima a los........... días del mes de................................ del 2006.

PNP

LA ASEGURADORA

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ANEXO Nº 13 CONCURSO PUBLICO N°0002-2006-DIRECFIN/PNP

CALENDARIO DEL PROCESO DE SELECCION

Convocatoria

:

16/11/2006

Registro de Participantes

:

Del 17/11/2006 al 13/12/2006

Presentación de Consultas

:

Del 17/11/2006 al 23/11/2006

Absolución de Consultas

:

28/11/2006

Presentación de Observaciones

:

Del 29/11/2006 al 01/12/2006

Absolución de Observaciones

:

06/12/2006

Integración de Bases

:

11/12/2006

Presentación de Propuestas y Apertura de Propuesta Técnica

Apertura de Propuesta Económica y Otorgamiento de Buena Pro

08 de junio de 2006. :

18/12/2006 Lugar: Plaza Santa Rosa s/n San Isidro – San Isidro Hora: 10:00 hs de junio de 2006.

:

18/12/2006 Lugar: Plaza Santa Rosa s/n San Isidro – San Isidro Hora: 16:00 hs

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