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PLANES PROVINCIALES Y CONTRATACIÓN
PROCEDIMIENTO ABIERTO TRAMITACIÓN ORDINARIA CONTRATO DE SERVICIOS
PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA EL SERVICIO DE VISITAS GUIADAS, ATENCIÓN AL PÚBLICO Y CONTROL Y VENTA DE ENTRADAS EN LA CUEVA DE LOS FRANCESES
FEBRERO 2013
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ÍNDICE: 1.- ANTECEDENTES E INFORMACION. 2.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO. 3.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN. 4.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. 5.- PERFIL PROFESIONAL DEL PERSONAL Y OTRAS CUESTIONES. 6.- SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. 7.- TIPO BASE DE LICITACION. VALOR ESTIMADO 8.- EXISTENCIA DE CRÉDITO. 9.- PERFIL DE CONTRATANTE. 10.- PLAZO DE DURACION DEL CONTRATO, PRORROGA Y REVISION DE PRECIOS. 11.- PAGO. 12.- GARANTÍA PROVISIONAL. 13.- EMPRESAS PROPONENTES. 14.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES. 15.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES. 16.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES Y CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS. MESA DE CONTRATACIÓN. 17.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN. 18.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO. 19.- GARANTÍA DEFINITIVA. 20.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESION Y SUBCONTRATACION. 21.- OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO. 22.- MODIFICACIÓN Y RESOLUCIÓN DEL CONTRATO. 23.- PLAZO DE GARANTÍA Y DEVOLUCIÓN DE LA FIANZA. 24.- IMPUESTOS Y GASTOS. 25.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y SECRETO PROFESIONAL. 26.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACIÓN Y JURISDICCIÓN. ANEXO I. ANEXO II. ANEXO III.
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PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES Y PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACION MEDIANTE PROCEDIMIENTO ABIERTO Y TRAMITACIÓN ORDINARIA EL SERVICIO DE VISITAS GUIADAS, ATENCIÓN AL PÚBLICO Y CONTROL Y VENTA DE ENTRADAS EN LA CUEVA DE LOS FRANCESES.
1.- ANTECEDENTES E INFORMACION. La Cueva de los Franceses, ubicada en el término municipal de Revilla de Pomar, es uno de los referentes turísticos de la Montaña Palentina y de la Provincia de Palencia. Por ese motivo en los últimos años la Diputación de Palencia ha desarrollado diversas acciones para la conservación y promoción de este recurso y de su entorno. Esta formación kárstica se encuentra ubicada en el Páramo de la Lora, zona idónea para disfrutar de la naturaleza, el Románico y la gastronomía palentina. El Servicio de Turismo de la Diputación de Palencia se propone la dinamización de la zona de influencia de la Cueva de los Franceses, con actividades en su entorno, con el objeto de incrementar el número de visitantes a esta formación kárstica y como consecuencia de ello el de toda la Provincia. Puede consultarse más información sobre la Cueva de los Franceses en nuestra página web www.cuevadelosfranceses.es . Los licitadores interesados podrán solicitar la realización de una visita a las instalaciones de la Cueva, para lo cual deberán ponerse en contacto con el Servicio de Turismo de la Diputación Provincial, en el plazo máximo de siete días naturales contados desde el siguiente al de la publicación del anuncio de licitación en el Boletín Oficial de la Provincia, al objeto de organizar la visita. 2.- RÉGIMEN JURÍDICO Y JUSTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO. La contratación del servicio, que se adjudicará por procedimiento abierto, se justifica en base a lo dispuesto en los artículos 10, 138 y 301 y siguientes del Real Decreto Legislativo 3 / 2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (en adelante TRLCSP), y su normativa de desarrollo (especialmente por el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado mediante Real Decreto 1098 / 2001, de 12 de Octubre (RGLCAP), en todo lo que no haya resultado afectado por la Disposición derogatoria única del LCSP), la Ley 7 / 1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, el Texto Refundido de las disposiciones legales vigentes en materia de Régimen Local y demás disposiciones de aplicación en la materia. El presente contrato tiene carácter administrativo. Las partes quedan sometidas expresamente a lo establecido en este Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares. El contrato se adjudicará por procedimiento abierto, de acuerdo con lo establecido en el artículo 138 del TRLCSP, y se llevará a cabo atendiendo a la pluralidad de criterios que se indican en la cláusula 17 y en aplicación del artículo 150 del TRLCSP, conforme a los términos y requisitos establecidos en dicho texto legal. 3.- OBJETO DE LA CONTRATACIÓN. Es objeto de la presente contratación, mediante procedimiento abierto y tramitación ordinaria, la prestación de los servicios necesarios para la apertura al público de la Cueva de los Franceses, es decir, atención al visitante, control y venta de entradas, realización de visitas guiadas, labores de mantenimiento y otras que se describen en este Pliego 3 / 24
Código CPV: 63513000-8 - Servicios de información turística. C.N.P.A.: 63.30.13. Este servicio incluye la contratación del personal necesario por el adjudicatario para la prestación del servicio. Las Prescripciones Técnicas Particulares, las Cláusulas Administrativas Particulares, el documento de formalización del contrato y el programa de trabajo aceptado por la Administración, revestirán carácter contractual. 4.- PRESCRIPCIONES TÉCNICAS. El objeto principal de este Pliego es la contratación del servicio de atención al público, información e interpretación para visitantes individuales y para grupos de la Cueva de los Franceses, y la realización de actividades y talleres de educación ambiental para grupos de escolares y similares. La empresa que resulte adjudicataria deberá realizar las visitas guiadas a la Cueva de los Franceses. Asimismo habrá visitas especializadas a esta formación kárstica, que también serán realizadas por el personal de la empresa adjudicataria. Así pues, los tipos de visita guiada a realizar en la Cueva de los Franceses serán: • •
Visita turística general. Visita especializada científica.
La empresa que resulte adjudicataria iniciará la prestación del servicio al día siguiente de la firma del contrato para familiarizarse con la formación kárstica, preparar las visitas, conocer el funcionamiento de las instalaciones, etc., para proceder a la apertura al público de la Cueva de los Franceses una vez organizada la prestación del servicio. La empresa formará a su personal para la realización de las tareas previstas en este Pliego, tales como contenido de las visitas, información turística de la Provincia, etc. La empresa adjudicataria deberá colaborar en todo tipo de actividades que se desarrollen en la Cueva de los Franceses o su entorno organizadas por la Diputación de Palencia o por otras entidades con el apoyo de la Institución Provincial. Asimismo, la empresa adjudicataria deberá organizar actividades para centros escolares y similares durante el curso escolar y excepcionalmente en los meses de verano (p.e. campamentos, colonias, etc.). Esas actividades se incluirán en la oferta presentada por la empresa como gratuitos tanto para los centros escolares o análogos como para la Diputación Provincial de Palencia. Dentro de la oferta que presente la empresa deberá incluirse una memoria de actividades educativas con escolares que tendrá como contenido la visita a la Cueva de los Franceses y talleres. El material didáctico a utilizar en esos talleres y visitas escolares será elaborado por la empresa adjudicataria en colaboración con la Diputación de Palencia en castellano, inglés y francés y serán editados por el Servicio de Turismo de la Diputación de Palencia. HORARIOS DE APERTURA. El calendario de apertura anual de atención al público que se adjunta a este Pliego podrá ser modificado por el Servicio de Turismo de la Diputación de Palencia, de acuerdo con la empresa adjudicataria en atención a las necesidades del servicio o las incidencias que pudieran surgir. La empresa adjudicataria de este servicio deberá organizar el mismo de tal manera que sus trabajadores puedan desarrollar en los horarios antes mencionados las funciones detalladas en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares. Marzo y abril: 4 / 24
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De martes a domingo, mañanas, de 10:30 a 14:00 h.; y tardes de 16:00 h. a 18:00 h.
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Los lunes permanecerá cerrado por descanso del personal, salvo los que coincidan con festivos o vísperas de festivos (puentes), que se abrirá. Asimismo permanecerá abierto todos los festivos y víspera de festivos (puentes).
Del 1 de mayo al 30 de septiembre: •
De martes a domingo, mañanas, de 10:30 a 14:00 h.; y tardes de 16:00 h. a 20:00 h.
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Los lunes permanecerá cerrado por descanso del personal, salvo los que coincidan con festivos o vísperas de festivos (puentes, que se abrirá. Asimismo permanecerá abierto todos los festivos y víspera de festivos (puentes).
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Los lunes de los meses de julio y agosto la Cueva permanecerá abierta.
1 a 31 de octubre: •
De martes a domingo, mañanas, de 10:30 a 14:00 h.; y tardes de 16:00 h. a 18:00 h.
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Los lunes permanecerá cerrado por descanso del personal, salvo los que coincidan con festivos o vísperas de festivos (puentes), que se abrirá. Asimismo permanecerá abierto todos los festivos y víspera de festivos (puentes).
Del 1 de noviembre al 31 de diciembre: •
De jueves a domingo, mañanas, de 10:30 a 14:00 h.; y tardes de 16:00 h. a 18:00 h.
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Para el supuesto de lunes festivos o víspera de festivos (puentes), así como festivos entre semana durante estos meses, la Cueva de los Franceses abrirá sus puertas. Los días 24, 25 y 31 de diciembre la Cueva permanecerá cerrada.
Del 1 de enero al 28 de febrero: •
Los días 2, 3, 4, 5 y 6 de enero la Cueva de los Franceses abrirá sus puertas bajo petición.
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De jueves a domingo, mañanas, de 10:30 a 14:00 h.; y tardes de 16:00 h. a 18:00 h.
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Durante el mes enero se realizará una parada medioambiental de aproximadamente tres semanas que servirá asimismo para desarrollar tareas de mantenimiento en la propia Cueva y en el Centro de Recepción de Visitantes. Durante esas semanas la empresa que resulte adjudicataria deberá continuar al menos, con las siguientes tareas: mantenimiento y vigilancia de las instalaciones, atención de llamadas y consultas vía web y correo electrónico, cumplimiento del protocolo de alarma.
En el calendario que se adjunta a este Pliego se incluyen algunos lunes que la Cueva abrirá sus puertas en el horario del mes correspondiente y ello por razones de estrategia promocional de la Provincia de Palencia y sus recursos turísticos.
Turnos de visitas.Los turnos de visitas turísticas generales se organizarán por riguroso orden de llegada a las instalaciones y de acuerdo con las instrucciones del personal encargado de la Cueva. El servicio se prestará obligatoriamente por dos personas en horario completo, que se encargarán de realizar las visitas guiadas y la venta de entradas y otras tareas que se detallan en este Pliego, siendo la empresa adjudicataria de este servicio la que organice el mismo de tal forma que sus trabajadores puedan desarrollar durante los horarios mencionados las funciones que se indican. 5 / 24
Será necesario reforzar el servicio, con un monitor más en horario completo, en Semana Santa (de Lunes Santo a Lunes de Pascua, inclusive), julio y agosto, fines de semana (entendidos como tal sábado y domingo de abril a octubre, inclusive), víspera de festivos (puentes) y determinados lunes por cuestiones promocionales, siempre tomando en consideración lo estipulado al respecto en el calendario aprobado para 2013 - 2014 y que se incluye en este Pliego. 1.
Apertura y cierre del Centro de Recepción de Visitantes de la Cueva de los Franceses, y atención al visitante, según el calendario y horarios previstos.
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Realización de visitas guiadas al Centro de Recepción y a la Cueva de los Franceses, con los grupos organizados previamente, por el interior de la formación kárstica, explicando aspectos geológicos, el entorno, la formación etc.
3.
Deberán realizar habitualmente las siguientes funciones: •
Control y venta de entradas, realizando su posterior liquidación de acuerdo a las instrucciones de Tesorería.
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Control del número de visitantes que accedan al Centro de Recepción, cumplimentando los modelos de informes estadísticos y encuestas facilitados desde el Servicio de Turismo de la Diputación Provincial de Palencia, para así conocer el número de visitantes, procedencia, edad, etc.
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Recepción de llamadas telefónicas, consultas por e-mail o a través de la página web www.cuevadelosfranceses.es, reserva de entradas y visitas concertadas.
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Venta de los artículos de merchandising que le fueran encomendados por el Servicio de Turismo, realizando la oportuna liquidación, siguiendo las instrucciones de la Tesorería Provincial.
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Colaboración con el personal del Servicio de Turismo en cuantas tareas pudieran desarrollarse para un mejor funcionamiento del servicio.
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Atención al visitante y distribución de material promocional editado o autorizado al efecto por la Diputación de Palencia y cobro de las entradas en sus distintas categorías, y otros precios públicos aprobados o que se aprueben durante la vigencia del contrato.
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Información al visitante sobre los recursos turísticos de la Provincia así como la oferta turística de la misma, y especialmente de la zona del Páramo de la Lora y la Montaña Palentina.
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Dar a los visitantes las explicaciones pertinentes en orden al adecuado uso de las instalaciones, respetando, en todo momento, la ocupación máxima.
• Vigilancia y control de datos de las estaciones instaladas para la observación de las condiciones ambientales de la Cueva, para su traslado a los Técnicos de la Diputación de Palencia. Asimismo, serán responsabilidad de la empresa adjudicataria las tareas que se detallan a continuación: 4.
Labores de mantenimiento, limpieza y vigilancia: • Mantenimiento de la Cueva y del Centro de Recepción de Visitantes, que comprenderá, entre otras tareas, la limpieza exterior del entorno (papeleras, aparcamiento y entorno del Centro de Recepción de Visitantes), así como la limpieza general diaria del Centro (aseos, suelos, etc.). Después de cada visita el personal deberá comprobar el recorrido visitable para, en su caso, retirar posibles desperdicios.
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La empresa adjudicataria se encargará de la limpieza básica de las instalaciones y realizará limpiezas puntuales cuando por circunstancias extraordinarias (talleres, lluvia, derrame de sustancias, etc.) sea necesario para que las instalaciones se encuentren en buen estado para atender al público, y en todo caso cuando desde la Diputación de Palencia así se exija. • La empresa adjudicataria realizará labores de mantenimiento básicas, vigilancia, supervisión de las instalaciones, cuidando su correcto uso, y elementos técnicos de la Cueva de los Franceses y del Centro de Recepción de Visitantes, motivadas por el propio uso de los mismos, e informará al Servicio de Turismo de las roturas, defectos o reparaciones a realizar. Asimismo realizará la sustitución de los materiales fungibles necesarios para el correcto funcionamiento del centro, así como las pequeñas reparaciones y mantenimiento diario, bien por medios propios bien bajo solicitud a la Diputación de Palencia de la reposición de los materiales necesarios con la antelación suficiente para su suministro. Informar a los responsables de la Diputación Provincial, de cuantas incidencias se produzcan en el desempeño de sus funciones y en el cumplimiento de las tareas encomendadas, adoptando las medidas a su alcance para evitar cualquier perjuicio a los trabajadores, usuarios o instalaciones, actuando siempre con proporcionalidad y eficacia, adecuándose a las instrucciones o protocolos establecidos al efecto. En el supuesto de que se produzcan incidencias de carácter grave en el desarrollo de estas tareas, se comunicarán al Servicio de Turismo de la Diputación de Palencia para acometer las acciones pertinentes. 5.
Otras: • Aceptar y cumplir el Protocolo de Actuación en caso de Alarma. • La empresa adjudicataria deberá recibir y dar cumplimiento al Plan de Actuación de Emergencias de la Cueva de los Franceses vigente, donde se pretende: - Programar las pautas de actuación frente a las posibles emergencias. - Determinar las personas organizadas, formadas y adiestradas que garanticen rapidez y eficacia en las acciones a emprender - Ofrecer información a todos los usuarios de las instalaciones y de cómo deben de actuar ante una emergencia. - Organizar las relaciones que sean necesarias para la coordinación con los servicios externos en colaboración con el Servicio de Protección Civil y Extinción de Incendios de la Diputación Provincial de Palencia. - Y la coordinación con respecto a la implantación del Plan de Evacuación de la Cueva de los Franceses. Para ello el personal adscrito deberá estar especialmente entrenado y formado para la prevención y actuación dentro del ámbito del centro, debiendo cumplir con la siguiente formación requerida por el propio Plan de Actuación:
Equipo Intervención
Curso Extinción de Incendios
Curso de Primeros Auxilios
Jornada divulgación del Plan
Normas de actuación
Requerido
Requerido
Requerido
Requerido
La Diputación de Palencia asumirá los gastos corrientes de electricidad, agua, teléfono y otros suministros (p.e. sistema de alarma instalada, conexión Internet), que origine la apertura de la Cueva de los Franceses y su Centro de Recepción de Visitantes.
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El adjudicatario deberá cumplir todas las disposiciones legales existentes en materia tributaria, laboral, de seguridad e higiene en el trabajo y de Seguridad Social, todas ellas inherentes a la finalidad de este contrato, y estar en todo momento en situación reglamentaria para el ejercicio de la actividad, sin que la Diputación de Palencia resulte en ningún caso responsable, directa o subsidiariamente, de las obligaciones del adjudicatario en las materias ya citadas o de cualquier otro género, sin tener relación de ningún tipo con el personal al servicio del adjudicatario. El adjudicatario estará obligado a contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra frente a terceros los riesgos derivados de su actividad por una cobertura mínima de 600.000,00 €. En todo caso, la cobertura de dicha póliza no determina el límite de la responsabilidad que ha de asumir el contratista por los daños y perjuicios que se causen como consecuencia de las actuaciones que requiere la ejecución del contrato. La Diputación de Palencia podrá exigir al contratista la presentación del justificante acreditativo del pago de la prima correspondiente en cualquier momento, con independencia de su presentación obligatoria antes del inicio de la actividad. 5.- PERFIL PROFESIONAL DEL PERSONAL Y OTRAS CUESTIONES. Se entiende necesaria una adecuada cualificación profesional y conocimiento de la oferta turística del entorno para desempeñar las funciones encomendadas, por lo que dicho personal deberá contar con una formación mínima de Bachillerato o Equivalente. Además será obligatorio que acredite estar en posesión del Título de Monitor de Tiempo Libre, homologado por un Organismo Oficial competente para ello. Estos extremos deberán acreditarse documentalmente con título suficiente. Asimismo la empresa que resulte adjudicataria, deberá nombrar un coordinador, que actuará como interlocutor ante la Diputación de Palencia. El adjudicatario deberá disponer de la plantilla adecuada para obtener el máximo nivel de calidad en las prestaciones objeto del contrato, así como del personal necesario, que cumpliendo las especificaciones contenidas en el Pliego, sirvan para cubrir los períodos de vacaciones, de ILT y permisos en su caso. El personal asignado por la empresa adjudicataria a este servicio deberá, durante el desempeño del mismo, estar perfectamente uniformado, facilitando las prendas (pantalón, camiseta, polar y anorak) la Diputación de Palencia de acuerdo con su imagen corporativa. 6.- SEGUIMIENTO DEL PROYECTO. El seguimiento de los trabajos se realizará por el Servicio de Turismo de la Diputación de Palencia. La empresa adjudicataria deberá estar en contacto permanente con los responsables de tal Servicio y facilitará toda la información que se requiera sin perjuicio de las obligaciones de ingreso y control previstas en este Pliego, comunicando cualquier tipo de incidencia que se produzca durante la vigencia del contrato. La Diputación de Palencia, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 52 del TRLCSP y 94 del R.G.L.C.A.P., podrá ejercer de una manera continuada y directa la inspección y vigilancia del servicio contratado. A este fin, el contratista facilitará la visita y el examen de cualquier proceso o fase para que se puedan desempeñar las citadas funciones. El contratista acompañará en sus visitas inspectoras al personal de la Diputación de Palencia, quien tendrá libre acceso a todos los lugares donde se esté desarrollando la ejecución del contrato. Durante la vigencia del contrato, el adjudicatario asumirá las responsabilidades inherentes a la ejecución del servicio, conforme a las instrucciones de obligado cumplimiento dadas desde la Diputación de Palencia. El personal de la Diputación de Palencia mantendrá reuniones periódicas de trabajo con el coordinador para el seguimiento de la prestación del servicio. 8 / 24
La Diputación de Palencia pondrá a disposición del adjudicatario la información y el material que, obrando en poder de la Institución Provincial y siendo necesarios para la prestación del servicio, estime oportuno facilitar. Con anterioridad al comienzo de la prestación del servicio, se realizará una comprobación de las existencias y de los elementos puestos a disposición del adjudicatario por la Diputación de Palencia. Asimismo, cuando finalice el contrato, se confirmarán todos los extremos contenidos en tal inventario. Una vez finalizado el servicio, la empresa adjudicataria hará entrega a la Diputación de Palencia de una memoria en la que consten los trabajos desarrollados durante la vigencia del contrato, así como el inventario de los diversos elementos puestos a disposición de la empresa, que serán firmados por el representante de la empresa. 7.-TIPO BASE DE LICITACIÓN. VALOR ESTIMADO DEL CONTRATO. El presupuesto base de licitación para la temporada 2013 – 2014 asciende a la cantidad total de 65.000,00 €, que resulta de la suma del importe base que asciende a 53.719,01 €, más el importe correspondiente al Impuesto sobre el Valor Añadido (I.V.A.), que es de 11.280,99 €, que se hará efectiva con cargo a la partida 53.43201.227 del vigente Presupuesto de la Diputación Provincial de Palencia. En dicho precio se consideran incluidos todos los gastos necesarios para la ejecución del contrato. Entre otros, los gastos de personal, impuestos, dietas, Seguros Sociales, transporte, sustituciones por descansos y períodos vacacionales establecidos por la ley, bajas laborales, seguros, etc. El valor estimado del contrato, excluido el IVA e incluidas las posibles prórrogas, tal y como establece el artículo 88 del TRCLSP, es de 107.438,02 Euros. 8.- EXISTENCIA DE CRÉDITO. La financiación del contrato se realizará con cargo al Presupuesto de la Diputación de Palencia, existiendo crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones económicas que se deriven de su cumplimiento. 9.- PERFIL DE CONTRATANTE.La información referente a la actividad contractual de la Diputación Provincial de Palencia, puede consultarse por los interesados a través del perfil de contratante cuyo acceso se especifica en su sede electrónica a la que se accede a través de la dirección de Internet http://sedeelectronica.diputaciondepalencia.es 10.- PLAZO DE DURACIÓN DEL CONTRATO, PRÓRROGA Y REVISIÓN DE PRECIOS.El plazo de duración del contrato es de un año desde la firma del mismo. La prestación del servicio comenzará al día siguiente de la firma del contrato, con objeto de proceder a la puesta en marcha del servicio, iniciándose la temporada de apertura al público el día que se indique desde el Servicio de Turismo de la Diputación de Palencia. De conformidad con lo previsto por el artículo 303 del TRLCSP, este servicio podrá prorrogarse por una temporada más, por mutuo acuerdo entre las partes, con dos meses de antelación a su finalización. El importe que corresponderá percibir en computo anual al adjudicatario se calculará aplicando al importe correspondiente a los doce meses inmediatamente anteriores, una vez descontado el I.V.A., los porcentajes que resulten de aplicar un máximo del 85% del Índice General de Precios al Consumo del año natural anterior, 1 de enero al 31 de diciembre, añadiéndose posteriormente el IVA (artículo 90 TRLCSP). 9 / 24
En el supuesto de prórroga, la Diputación de Palencia y la empresa adjudicataria pactarán el calendario de apertura al público con base en los mismos criterios e igual carga horaria al del primer año de contrato. La ejecución del contrato se realizará a riesgo y ventura del contratista. Transcurrido el plazo de vigencia inicial y, en su caso, de la prórroga, quedará automáticamente finalizado el contrato y el adjudicatario cesará en la ejecución del mismo. No obstante, vencido el plazo de duración previsto incluida la prórroga, en su caso, si la Diputación Provincial así lo acordase, el adjudicatario estará obligado a mantener la prestación del servicio hasta tanto se formalice un nuevo contrato y por un plazo máximo de tres meses, en las mismas condiciones vigentes en ese momento, percibiendo el precio que corresponda en proporción al tiempo prorrogado. 11.- PAGO.El pago se efectuará al adjudicatario mensualmente, previa presentación de factura por la parte proporcional del precio del contrato, y ajustada a las exigencias contenidas en el R.D. 1619 / 2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, debiendo emitirse la factura a mes vencido, prorrateándose el importe correspondiente a los días de prestación del servicio cuando se trate de un período inferior. El pago se efectuará, una vez realizadas las prestaciones objeto del contrato, mediante transferencia bancaria a la cuenta indicada a este efecto por el adjudicatario, en el plazo previsto en el artículo 216.4 del TRLCSP, a contar desde el día siguiente a la entrada en el Registro de la Diputación Provincial de Palencia de la factura correspondiente. A partir de la fecha de entrada en el Registro General, el Servicio de Turismo dispondrá de veinte días para verificar y aceptar la factura. En caso de disconformidad podrá devolver la factura o recibo dentro de este plazo y el vencimiento del pago se establecerá en ese caso a partir de la entrada en Registro de la factura una vez corregida. El adjudicatario deberá presentar junto con la preceptiva factura, una declaración de haber abonado a los trabajadores destinados a la ejecución del contrato los salarios y las cuotas de la Seguridad Social, devengados hasta ese momento y correspondientes a dichos trabajadores conforme al ANEXO III de este pliego. A tenor de lo establecido en el artículo 43.1.f de la Ley General Tributaria (Ley 58/2003, de 17 de diciembre), EL CONTRATISTA previamente al pago de cada factura o recibo deberá haber aportado al Servicio de Turismo, el Certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, emitido a estos efectos por la Administración Tributaria durante los doce meses anteriores al pago de cada factura o en su caso la comunicación de la Administración Tributaria acreditativa de la imposibilidad de emisión de dicho certificado en plazo, en los términos establecidos en la Resolución 2 / 2004 de 16 de julio de la Dirección General de Tributos. La no presentación de dicho certificado dará derecho al Servicio de Turismo a retener las cantidades pendientes de abono. Asimismo el adjudicatario deberá acreditar semestralmente que se encuentra al corriente en el pago de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y carecer de deudas tributarias con la Diputación de Palencia. 12.- GARANTÍA PROVISIONAL.Se dispensa de la constitución de la garantía provisional, de conformidad con lo previsto por el artículo 103 del TRLCSP 13.- EMPRESAS PROPONENTES.Podrán presentar proposiciones las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, a título individual o en unión temporal de empresarios, que tengan plena capacidad de obrar, que no se 10 / 24
encuentren incursas en las prohibiciones e incompatibilidades para contratar con la Administración establecidas en el artículo 60 del TRLCSP y que acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional. Cuando se trate de uniones de empresarios que se constituyan temporalmente al efecto de conformidad con el artículo 59 del TRLCSP, cada uno de los empresarios que componen la agrupación, deberá acreditar su capacidad de obrar y la solvencia económica, financiera y técnica o profesional, con la presentación de la documentación a que hacen referencia las cláusulas siguientes, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Administración y que asumen el compromiso de constituirse en Unión Temporal de Empresas (artículo 24 R.G.L.C.A.P.). El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la Unión. Además, las empresas adjudicatarias deberán ser personas físicas o jurídicas cuya finalidad o actividad tenga relación directa con el objeto del contrato y disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la debida ejecución del contrato. Los empresarios deberán contar asimismo con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. Las empresas extranjeras no comunitarias, deberán reunir además, los requisitos establecidos en el artículo 55 del TRLCSP. La presentación de proposiciones presume por parte del licitador la aceptación incondicionada de las cláusulas de este Pliego y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. 14.- PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES.Las proposiciones se presentarán en el Registro General de la Diputación Provincial de Palencia, en días de oficina y de 9 a 13 horas, dentro de los quince (15) días naturales a partir del siguiente al de la publicación del anuncio correspondiente en el Boletín Oficial de la Provincia, plazo que se reducirá a ocho (8) días en el caso de que se declare la tramitación urgente del expediente de contratación, prorrogándose dicho plazo hasta el primer día hábil siguiente cuando el último día sea sábado o festivo. También podrán ser enviadas por correo, dentro del plazo de admisión señalado en el anuncio, debiendo justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de correos y anunciar al Órgano de Contratación la remisión de la oferta mediante Telex, fax o telegrama en el mismo día, todo ello conforme a lo previsto en el artículo 80 del Real Decreto 1098 / 2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante R.G.L.C.A.P.). Transcurridos, no obstante, diez (10) días desde la indicada fecha sin haberse recibido la documentación, esta no será admitida en ningún caso. La presentación de proposiciones presume por parte del empresario la aceptación incondicionada del contenido de la totalidad de las cláusulas de este Pliego sin salvedad o reserva alguna y la declaración responsable de que reúne todas y cada una de las condiciones exigidas para contratar con la Administración. Una vez presentada una proposición no podrá ser retirada bajo ningún pretexto. Cada licitador no podrá presentar más que una sola proposición, cualquiera que sea el número de dependencias donde esta pueda ser presentada. Tampoco podrá suscribir ninguna propuesta en agrupación temporal con otras si lo ha hecho individualmente, o figurar en más de una unión temporal. La contravención de este principio dará lugar automáticamente a la desestimación de todas las por él presentadas. 15.- CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES.-
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Las proposiciones constarán de tres (3) sobres, cerrados, identificados en su exterior, con la indicación de “Proposición para tomar parte en la contratación convocada por la Diputación de Palencia del Servicio de Visitas Guiadas, Atención al Público y Control y Venta de Entradas en la Cueva de los Franceses”, y firmados por el licitador o persona que le represente e indicación del nombre y apellidos o razón social de la empresa. En el interior de cada sobre se hará constar en hoja independiente su respectivo contenido, enunciado numéricamente. En sus proposiciones, las empresas licitadoras deberán señalar un domicilio, a efectos de notificaciones, junto con un número de teléfono y fax y una dirección de correo electrónico. Toda la documentación deberá presentarse mediante originales o copias debidamente compulsadas:
- Sobre A.- "DOCUMENTACIÓN GENERAL". Se incluirá en este sobre la siguiente documentación: 1°.- Si la empresa fuese persona jurídica, la escritura de constitución o modificación, debidamente inscrita en el Registro Mercantil, o, si este requisito no fuera exigible conforme a la legislación mercantil, la escritura o documento de constitución, estatutos o acto fundacional, en el que constaren las normas por las que se regula su actividad, inscrito, en su caso, en el correspondiente Registro Oficial. La capacidad de obrar de las empresas no españolas de Estados miembros de la Comunidad Europea o signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo se acreditará mediante la inscripción en los Registros o presentación de las certificaciones que se indican en el Anexo I del R.G.L.C.A.P., en función de los diferentes contratos. Para los empresarios individuales será obligatorio la presentación del Documento Nacional de Identidad o, en su caso, el documento que haga sus veces, y en su caso, la escritura de apoderamiento debidamente legalizada, o sus fotocopias debidamente autenticadas. 2°.- Los que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro, o representen a una persona jurídica, deberán acompañar poder declarado bastante por el Secretario General o por la Asesoría Jurídica de la Corporación junto con una copia auténtica del Documento Nacional de Identidad del apoderado o apoderados. 3°.- Declaración responsable de que el licitador no está comprendido en ninguna de las causas de prohibición para contratar del artículo 60 del TRLCSP, formulada según el ANEXO I, que podrá hacerse por cualquiera de los medios señalados en el artículo 73 del TRLCSP. Esta declaración comprenderá expresamente la circunstancia de hallarse al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias, con la Seguridad Social y con la Diputación Provincial de Palencia impuestas por las disposiciones vigentes. 4º.- Justificación de la solvencia económica y financiera mediante declaraciones apropiadas de entidades financieras o, en su caso, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales (Artículo 75 TRLCSP). 5º.- Justificación de la solvencia técnica o profesional mediante una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años, que incluya importe, fechas y el destinatario público o privado de los mismos. Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público o cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario (Artículo 78 TRLCSP). 6º.- Si varias empresas concurren a la licitación constituyendo una Unión Temporal, cada uno de los empresarios que la componen deberá acreditar su capacidad y solvencia, y aportarán un compromiso de constitución formal de la unión temporal, con indicación de los nombres y circunstancias de los empresarios que la constituyan y la participación de cada uno de ellos. En el caso de que la licitación sea adjudicada a la unión de empresas, deberán acreditar la constitución formal de la misma ante el Órgano de Contratación aportando la escritura de constitución antes de la formalización del contrato, y designarán un representante o apoderado único de la unión con poderes 12 / 24
bastantes para ejercitar los derechos y cumplir las obligaciones que se deriven del contrato hasta la extinción del mismo. 7º.- Cuando empresas del mismo grupo, entendiéndose por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42.1 del Código de Comercio, presenten distintas proposiciones para concurrir individualmente a la adjudicación del contrato, deberán presentar declaración responsable relativa al grupo empresarial al que pertenecen y relación compresiva de todas las Sociedades pertenecientes al mismo grupo. 8º.- Para las empresas extranjeras declaración de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden, para todas las incidencias que de modo directo o indirecto pudieran surgir del contrato, con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante. 9º.- Los licitadores inscritos válidamente en el Registro de Licitadores para la Diputación Provincial y su Organismo Autónomo quedarán dispensados de presentar la documentación que haya sido inscrita en el Registro y depositada en el mismo, siempre y cuando se encuentre debidamente actualizada, debiendo acompañar a las proposiciones declaración jurada haciendo constar que los datos obrantes en dicho Registro no han variado (según anexo II de la Ordenanza reguladora del Registro), o de modificación de documentos en la que se relacionen las modificaciones que hayan podido producirse junto con su acreditación documental (según anexo III de la Ordenanza reguladora del Registro) e indicar su número de inscripción en el Registro o adjuntar fotocopia simple del documento acreditativo de su inscripción. - Sobre B.- “DOCUMENTACIÓN TÉCNICA”: Este sobre contendrá únicamente la documentación que permita valorar la oferta de acuerdo con los criterios de adjudicación no cuantificables automáticamente, indicados en la cláusula decimoséptima y tendrá carácter contractual. Para la valoración de la oferta se presentará la metodología de trabajo que se aplicaría si la empresa resultara adjudicataria e incluirá los aspectos que se detallan más abajo. Dicha documentación deberá contener los epígrafes que se indican a continuación sin exceder 20 folios DIN – A4, escritos por ambas caras. •
Proyecto de funcionamiento y organización del servicio. En este proyecto se incluirá obligatoriamente una memoria de actividades que se desarrollarán con escolares y similares durante el curso escolar. Excepcionalmente deberán realizarse este tipo de talleres con grupos análogos en los meses de verano (campamentos, colonias, etc.), cuando así se solicite. Los monitores se encargarán de las visitas didácticas y realizarán actividades con los niños que visiten la Cueva en este tipo de grupos. Los talleres están incluidos en la oferta económica y no supondrán ningún coste a la Diputación de Palencia ni a los Centros Escolares, Campamentos, etc. En esta memoria deberá indicarse la asignación de recursos de personal, materiales y medios técnicos. La empresa deberá exponer en su oferta la descripción de las funciones que desarrollará el personal, adscrito a cada uno de los puestos de trabajo, para el correcto funcionamiento del servicio. Se valorará el incremento de personal asignado, así como otras prestaciones que mejoren el servicio. Esta memoria también incluirá una breve alusión al programa de mantenimiento mínimo y vigilancia de la Cueva de los Franceses y de su Centro de Recepción, y en su caso, asistencia técnica.
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Memoria de las actividades complementarias (con la autorización, en su caso, de la Diputación de Palencia). Esta memoria podrá contener compromisos con empresas para el fomento de pernoctaciones en la Provincia, en base a la oferta turística existente, y la programación de actividades complementarias en la Cueva y su entorno, que hagan más atractiva la visita a esta formación kárstica: • Rutas y senderos. 13 / 24
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Montañismo; escalada; barranquismo; … Rutas en BTT; Ciclo – Rail; ... Piragüismo; canoa; kayak, etc. Geocaching y Orientación. En general todas aquellas vinculadas al Turismo Activo y de contacto con el medio.
La realización de “actividades de turismo activo” ofertadas en la propuesta técnica podrá ser desarrollada por la empresa adjudicataria, siempre que cumpla la normativa vigente, o contratada a empresas que se encuentren autorizadas como empresas de Turismo Activo, y ello con la finalidad de garantizar la seguridad e integridad de quienes practican dichas actividades así como del máximo respeto a los espacios naturales donde se practican, además de cumplir la Legislación Vigente. También se valorará la inclusión de un programa que contemple visitas a la Cueva de los Franceses, con la autorización y supervisión de la Diputación de Palencia, en colaboración con la Federación de Espeleología de Castilla y León. •
Programa de difusión de las actividades a desarrollar (páginas web, enlaces, grupos de espeleología, etc.).
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Compromiso de formación del personal. Se valorarán preferentemente aquellas ofertas que tengan implantado un plan de formación y reciclaje para su personal y se comprometan a su aplicación durante el plazo de ejecución del contrato, configurándose su cumplimiento como obligación esencial del contrato a efectos de lo previsto en el artículo 223 f) del TRLCSP La valoración de estos criterios se establece en la cláusula 17 de este pliego.
-SOBRE C.- “PROPOSICIÓN ECONÓMICA”. Contendrá únicamente la proposición económica formulada estrictamente, conforme al modelo que figure en este pliego. La proposición económica se presentará conforme al modelo que figura como ANEXO II debidamente cumplimentada y no se aceptarán aquellas que tengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente lo que la Administración estime fundamental para considerar la oferta. En la proposición deberá indicarse, como partida independiente, el importe del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que deba ser repercutido. En caso de que existan discrepancias entre el importe consignado en letra y el importe consignado como en cifra, prevalecerá el importe puesto en letra. Si las discrepancias fueran entre el importe consignado como importe total y la suma de las cantidades consignadas como importe base e IVA o el cálculo de éste, prevalecerá el importe consignado como importe base, determinándose en función de éste, el IVA correspondiente y el precio total. Si alguna proposición no guardase concordancia con la documentación examinada y admitida, excediese del presupuesto base de licitación, variase sustancialmente el modelo establecido, comportase error manifiesto en el importe de la proposición, o existiese reconocimiento por parte del licitador de que adolece de error o inconsistencia que la hagan inviable, será desechada por la Mesa de Contratación mediante resolución motivada, sin que sea causa bastante para el rechazo el cambio u omisión de algunas palabras del modelo si ello no altera su sentido. La introducción de la oferta económica o de cualquier otro documento que permita deducir o conocer su importe dentro de los sobres A o B dará lugar a la automática exclusión del procedimiento de adjudicación del licitador incurso en dicha circunstancia. Las proposiciones presentadas, tanto las declaradas admitidas como las rechazadas sin abrir o las desestimadas una vez abiertas, serán archivadas en su expediente. Adjudicado el contrato y transcurridos los plazos para la interposición de recursos sin que se hayan interpuesto, la documentación que acompaña a las proposiciones quedará a disposición de los interesados pudiendo la Diputación proceder a su destrucción si la misma no hubiese sido retirada en el plazo de seis meses desde la notificación de adjudicación. 14 / 24
16.- APERTURA Y EXAMEN DE LAS PROPOSICIONES Y CLASIFICACIÓN DE LAS OFERTAS. MESA DE CONTRATACION.Dentro de los tres (3) días hábiles siguientes al de terminación del plazo de presentación de proposiciones, la Mesa de Contratación calificará previamente los documentos presentados en tiempo y forma, a cuyo efecto su Presidente ordenará la apertura de los sobres A y el Secretario certificará la relación de documentos que figuren en cada uno de ellos. Si la Mesa observare defectos u omisiones subsanables en la documentación presentada lo comunicará verbalmente o por fax o correo electrónico a los interesados y lo anunciará en el tablón de anuncios del Palacio Provincial, concediendo un plazo no superior a tres (3) días hábiles para que los licitadores los corrijan o subsanen. A los efectos establecidos en los artículos 54 a 64 y 82 del TRLCSP, la Mesa y el órgano de contratación podrán recabar del empresario aclaraciones sobre los certificados y documentos presentados o requerirle para la presentación de otros complementarios. La Mesa, una vez calificada la documentación y subsanados, en su caso, los defectos u omisiones de la documentación presentada, procederá a determinar las empresas que se ajustan a los criterios de selección fijados en este pliego, con pronunciamiento expreso sobre los admitidos a la licitación, los rechazados y sobre las causas de su rechazo. La apertura del sobre que contenga la documentación relativa a los criterios no cuantificables automáticamente (sobre B) se llevará a cabo en las dependencias del Palacio Provincial en acto público a las 12 horas del quinto día hábil siguiente al de la terminación del plazo señalado para la presentación de ofertas, procediéndose a su valoración por la Mesa a cuyo efecto podrá solicitar los informes técnicos que considere precisos, dejando constancia documental de todo lo actuado. Si este día cayera en sábado, se trasladará al inmediato hábil siguiente. Con anterioridad al momento de la apertura, la Mesa dará cuenta del resultado de la calificación de la documentación general, con expresión de las proposiciones admitidas, de las rechazadas y causa o causas de inadmisión de esta últimas. El acto público de apertura de los sobres que contengan las proposiciones económicas (sobre C) tendrá lugar en una de las dependencias del Palacio Provincial, en la fecha y hora que se determine y que se anunciará en el perfil de contratante de esta Diputación con 48 horas de antelación. Con carácter previo a la apertura de este sobre y en el propio acto se dará a conocer la ponderación asignada a los criterios no cuantificables automáticamente. La Mesa, a la vista de las proposiciones y demás circunstancias que hayan de tenerse en cuenta y en atención a los informes técnicos y asesoramientos que estime oportuno solicitar, valorará las distintas proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, clasificándolas en orden decreciente de valoración y propondrá al órgano de contratación la adjudicación a favor del licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa según proceda de conformidad con los criterios recogidos en este pliego. De conformidad con los artículos 320 del TRLCSP y 21 del R.D. 817 / 2009, de 8 de mayo, la Mesa de Contratación estará constituida de la siguiente forma: − Presidente: El Diputado Delegado de Patrimonio y Contratación. Suplente: El Diputado Delegado de Hacienda y Asuntos Generales. − Vocales: • El Vicesecretario de la Diputación Provincial. Suplente: El Secretario de la Diputación Provincial. • El Viceinterventor de la Diputación Provincial. Suplente: La Interventora de la Diputación Provincial. • La Técnico del Servicio de Turismo de la Diputación de Palencia. • El Jefe del Servicio de Planes Provinciales y Contratación. 15 / 24
Suplente: Un Técnico de A.G. del Servicio de Planes Provinciales y contratación. − Secretario: El Jefe adjunto del Servicio de Planes Provinciales y Contratación. Suplente: Un funcionario del Servicio de Planes Provinciales y Contratación. 17.- CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN.Los criterios que servirán de base para la adjudicación del contrato y su ponderación son los que se indican a continuación: 1.- Criterios valorables mediante la mera aplicación de fórmulas y / o cuantificables automáticamente: • Menor precio de licitación, con una ponderación de hasta 50 puntos. Se otorgará la máxima puntuación a la oferta más baja y se puntuará proporcionalmente al resto de licitadores. Puntos = 50 x Oferta más baja / Oferta Las ofertas que igualen el tipo de licitación obtendrán cero puntos. 2.- Criterios no cuantificables automáticamente: - Hasta 50 puntos• Proyecto de funcionamiento y organización del servicio (hasta 25 puntos). • Memoria de las actividades y oferta complementarias (hasta 15 puntos). • Programa de difusión de las actividades a desarrollar (hasta 5 puntos). • Compromiso de formación del personal. (hasta 5 puntos). Cuando se presuma fundadamente que la proposición no pueda ser cumplida como consecuencia de la inclusión en la misma de valores anormales o desproporcionados, considerándose como tales las bajas de toda proposición cuyo porcentaje exceda en diez unidades, por lo menos, a la media aritmética de los porcentajes de baja de todas las proposiciones presentadas, se estará a lo que dispone el artículo 153 TRLCSP en relación con el artículo 22.1 f) del Real Decreto 817 / 2009, de 8 de mayo, en lo que concierne a la tramitación de las proposiciones, requiriéndose para la declaración en tal sentido la previa audiencia al licitador que la haya presentado para que justifique la valoración de la oferta y precise las condiciones de la misma, así como el asesoramiento técnico del servicio correspondiente, proponiendo la Mesa al órgano de contratación su aceptación o rechazo. 18.- PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO.Efectuada la clasificación, por orden decreciente, de las proposiciones presentadas y que no hayan sido declaradas desproporcionadas o anormales, el órgano de contratación requerirá al licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa para que, dentro del plazo de diez (10) días hábiles, que se reducirá a cinco (5) en los casos de tramitación urgente, a contar desde el siguiente a aquél en que hubiera recibido el requerimiento, presente en formato papel la siguiente documentación: −
Alta en el I.A.E. y último recibo de pago, donde conste el epígrafe y grupo de clasificación relativos a dicho Impuesto o declaración de estar exento del pago del impuesto.
−
Certificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma y por los órganos previstos en los artículo 13 y 14 del R.G.L.C.A.P., en las que figure expresamente la calificación de “positiva”, con una validez de seis meses y con la obligación de renovarlas por periodos consecutivos de seis meses mientras dure la vigencia del contrato, presentándolas debidamente y en plazo ante esta Diputación Provincial o, en el supuesto de que tal opción sea posible, otorgando autorización para que la Diputación obtenga de forma directa la acreditación de dichas circunstancias a través de certificados telemáticos. 16 / 24
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La que acredite haber constituido la garantía definitiva que sea procedente.
−
El documento original (o copia debidamente compulsada por fedatario público) de la póliza de responsabilidad civil que según este pliego está obligado a suscribir, junto con el último recibo de pago.
En el caso de que el contrato fuera adjudicado a una Agrupación de Empresas deberán éstas acreditar la constitución de la misma, en escritura pública y el NIF asignado a la Agrupación. Cuando el licitador que hubiese presentado la oferta económicamente más ventajosa, no presentase la documentación requerida en el plazo señalado, se entenderá que ha retirado su oferta, la Administración podrá acordar recabar la misma documentación al licitador siguiente, por el orden en que hayan quedado clasificadas las ofertas. El órgano de contratación adjudicará el contrato dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la recepción de la documentación anteriormente señalada. La adjudicación se efectuará en el plazo de dos (2) meses a partir de la fecha de la apertura de las proposiciones, en resolución motivada que será notificada a los licitadores y simultáneamente publicada en el perfil de contratante de la Diputación Provincial de Palencia. Los plazos señalados en este párrafo para la adjudicación se reducirán a la mitad en el caso de que se declare la tramitación urgente del expediente de contratación. El órgano de contratación podrá declarar desierta la licitación cuando en su apreciación libre no exista ninguna proposición que sea admisible de acuerdo con los criterios señalados en este pliego sin que por ello se pueda exigir por parte del proponente indemnización. 19.- GARANTÍA DEFINITIVA.El licitador que haya presentado la oferta económicamente más ventajosa estará obligado a constituir la garantía definitiva en la Tesorería de la Diputación, en el plazo de diez (10) días hábiles a contar desde el siguiente a aquél en que hubiere recibido el requerimiento del órgano de contratación, por importe del 5 por 100 del importe de adjudicación, I.V.A. excluido, de conformidad con lo establecido en los artículos 95 y siguientes del TRLCSP El plazo indicado se reducirá a cinco (5) días hábiles en el caso de que se declare la tramitación urgente del expediente. La garantía podrá constituirse en cualquiera de las formas establecidas en el artículo 96 TRLCSP, con los requisitos establecidos en el artículo 55 y ss del R.G.L.C.A.P. Cuando la adjudicación se realice en favor del empresario cuya proposición hubiera incluido valores considerados inicialmente anormales o desproporcionados, se exigirá al mismo una garantía complementaria de un 5 por ciento del importe de adjudicación del contrato, hasta alcanzar la garantía total un 10 por 100 del precio del contrato, IVA excluido. La garantía definitiva responderá de los conceptos mencionados en el artículo 100 TRLCSP Cuando, a consecuencia de la modificación del contrato, el valor del contrato experimente variación, se reajustará la garantía constituida en la cuantía necesaria para que se mantenga la debida proporcionalidad con el nuevo precio modificado. La devolución y cancelación de las garantías definitivas se efectuarán de conformidad con lo dispuesto en los artículos 102 del TRLCSP y 65.2 y 3 del R.G.L.C.A.P. 20.- FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO, CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN.20.1.- La formalización del contrato se efectuará no más tarde de los quince días hábiles siguientes a aquél en que se reciba la notificación de la adjudicación a los licitador / es en la forma prevista en el artículo 151.4 del TRLCSP
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20.2.- Tendrán carácter contractual, además del presente Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica y la documentación técnica. 20.3.- Antes de la formalización del contrato, el adjudicatario deberá presentar ante el Órgano de Contratación los siguientes documentos:
• Recibo de haber abonado todos los anuncios de licitación y adjudicación. • Cuantos documentos complementarios fuesen requeridos por el Órgano de Contratación. 20.4.- Cuando por causas imputables al adjudicatario, no se hubiese formalizado el contrato dentro del plazo indicado, la Administración podrá acordar la incautación sobre la garantía definitiva del importe de la garantía provisional que, en su caso hubiese exigido, pudiéndose adjudicar al licitador o licitadores siguientes a aquél, por orden de sus ofertas, contando con la conformidad del nuevo adjudicatario. 20.5.- Los derechos y obligaciones dimanantes del contrato podrán ser cedidos a un tercero siempre que se cumplan los requisitos establecidos en el art. 226 del TRLCSP 20.6.- La contratación por el adjudicatario de la realización parcial del contrato con terceros estará sujeta a los requisitos establecidos en el art. 227 del TRLCSP, así como el pago a subcontratistas y suministradores deberá ajustarse a lo dispuesto en el art. 228 del TRLCSP 21.-. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.21.1.- El contratista adjudicatario será responsable de la calidad técnica de los trabajos que desarrolle y de las prestaciones y servicios realizados, así como de las consecuencias y de los daños y desperfectos producidos para la Diputación o para terceros por las omisiones, errores, métodos inadecuados, inadecuada realización del servicio y en general de cualquier actividad derivada de la prestación del servicio, sin que sea eximente ni de derecho alguno la circunstancia de que los representantes de la Diputación de Palencia los hayan examinado o reconocido durante su elaboración o aceptado en comprobaciones, valoraciones o recepciones parciales, debiendo indemnizar a la administración y a los terceros todos los daños y perjuicios que pudieran derivarse de la interposición de reclamaciones, incluidos los gastos derivados de dichas reclamaciones. La ejecución del contrato se realizará con estricta sujeción a lo previsto en el presente pliego de Cláusulas Administrativas Particulares y Prescripciones Técnicas Particulares, la proposición económica, la documentación técnica y las mejoras propuestas por el adjudicatario, y de acuerdo con las decisiones que se adopte y las instrucciones que se dicten por la Diputación Provincial y por el responsable del contrato, si se hubiere designado. El contrato se ejecutará con sujeción a las cláusulas del mismo a riesgo y ventura del contratista y de acuerdo con las instrucciones que para su interpretación diera al contratista la Administración. La ejecución del contrato se realizará por el contratista con las responsabilidades establecidas en el artículo 305 del TRLCSP La Diputación Provincial de Palencia, en caso de cumplimiento defectuoso de la prestación o incumplimiento de la ejecución parcial de las prestaciones por parte del contratista, podrá optar por la resolución del contrato con pérdida de la garantía definitiva o por la imposición de penalidades. En caso de producirse una suspensión del contrato, se estará a lo estipulado en el artículo 220 del TRLCSP y normas de desarrollo. Si la Administración acordara una suspensión de los trabajos, se levantará la correspondiente Acta de Suspensión. El órgano de contratación determinará si la prestación realizada por el contratista se ajusta a las prescripciones establecidas para su ejecución y cumplimiento, disponiendo para tal fin de las prerrogativas establecidas en el artículo 307 del TRLCSP
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Si el adjudicatario estuviese obligado a adscribir a la ejecución de este contrato determinados medios personales o materiales, la observancia de este cumplimiento revestirá el carácter de obligación contractual esencial. 21.2. Los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato no tendrán vinculación ni derecho alguno con respecto a la Diputación Provincial de Palencia, no siendo ésta en ningún caso responsable de las obligaciones de la adjudicataria. La Diputación Provincial no tendrá responsabilidad civil alguna derivada de los daños o perjuicios personales o materiales ocasionados o sufridos por los trabajadores de la adjudicataria durante el desempeño de sus obligaciones, que en cualquier circunstancia asumirá la empresa directamente. Todo el personal contratado por el adjudicatario, dependerá única y exclusivamente del mismo, el cual tendrá todos los derechos y obligaciones inherentes a su calidad de empleador, respecto del citado personal, con arreglo a la legislación laboral y social actualmente vigente, o que durante la prestación del servicio pudiera promulgarse, sin que en ningún caso resulte responsable la Diputación Provincial de Palencia de las obligaciones existentes en ellos. Corresponde exclusivamente a la empresa contratista la selección del personal que, reuniendo los requisitos de titulación y experiencia exigidos, en su caso, en este pliego, formará parte del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, sin perjuicio de la verificación por parte de la Administración del cumplimiento de aquellos requisitos. La empresa contratista procurará que exista estabilidad en el equipo de trabajo, y que las variaciones en su composición sean puntuales y obedezcan a razones justificadas en orden a no alterar el buen funcionamiento del servicio. La empresa contratista asume la obligación de ejercer de modo real, efectivo y continuo, sobre el personal integrante del equipo de trabajo encargado de la ejecución del contrato, el poder de dirección inherente a todo empresario. En particular, asumirá la negociación y pago de los salarios, la concesión de permisos, licencias y vacaciones, las sustituciones, las obligaciones legales en materia de Seguridad Social, incluido el abono de cotizaciones y el pago de prestaciones, cuando proceda, las obligaciones legales en materia de prevención de riesgos laborales, el ejercicio de la potestad disciplinaria, así como cuantos derechos y obligaciones se deriven de la relación contractual entre empleado y empleador. La empresa contratista velará especialmente porque los trabajadores adscritos a la ejecución del contrato desarrollen su actividad sin extralimitarse en las funciones desempeñadas respecto de la actividad delimitada en los pliegos como objeto del contrato. Asimismo la empresa contratista deberá designar al menos un coordinador técnico o responsable, integrado en su propia plantilla, que tendrá entre sus obligaciones las siguientes: a) Actuar como interlocutor de la empresa contratista frente a la Administración, canalizando la comunicación entre la empresa contratista y el personal integrante del equipo de trabajo adscrito a la ejecución del contrato, de un lado y la Administración, de otro lado, en todo lo relativo a las cuestiones derivadas de la ejecución del contrato. b) Distribuir el trabajo entre el personal encargado de la ejecución del contrato, e impartir a dichos trabajadores las órdenes e instrucciones de trabajo que sean necesarias en relación con la prestación del servicio contratado. c) Supervisar el correcto desempeño por parte del personal integrante del equipo de trabajo de las funciones que tienen encomendadas, así como controlar la asistencia de dicho personal al puesto de trabajo. d) Organizar el régimen de vacaciones del personal adscrito a la ejecución del contrato, debiendo a tal efecto coordinarse adecuadamente la empresa contratista con la Administración, a efectos de no alterar el buen funcionamiento del servicio. El empresario quedará obligado al cumplimiento de las disposiciones vigentes en materia laboral, Seguridad Social, prevención de riesgos laborales, y de seguridad y salud en el trabajo. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista no implicará responsabilidad alguna por parte de la Administración. 19 / 24
A la extinción del contrato no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Diputación Provincial de Palencia. 21.3.- El adjudicatario queda obligado al cumplimiento del plazo de ejecución del contrato y de los plazos parciales fijados por la Administración. Si llegado el término de cualquiera de los plazos citados, el contratista hubiera incurrido en mora por causas imputables al mismo, la Administración podrá optar por la resolución del contrato o por la imposición de penalidades económicas señaladas en el artículo 212 del TRLCSP El contratista está obligado a cumplir el contrato dentro del plazo total fijado para la realización del mismo. La pérdida de la garantía o los importes de las penalidades, no excluyen la indemnización por daños y perjuicios a que pueda tener derecho la Administración, originados por la demora del contratista. Si el retraso fuera producido por motivos no imputables al contratista, se estará a lo dispuesto en el apartado 2 del artículo 213.2 TRLCSP En todo caso, la constitución en mora del contratista no requerirá interpelación o intimación previa por parte de la Administración. El importe de las penalidades por demora se deducirá de las facturas y, en su caso, de la garantía de conformidad con lo dispuesto en el artículo 99 del R.G.L.C.A.P. 21.4.- A efectos de lo previsto en el artículo 67.2 g) en relación con el artículo 75 del R.G.L.C.A.P., los gastos que se deriven de la publicación de anuncios de licitación, adjudicación y formalización en Boletines Oficiales y otros medios de difusión, serán de cuenta del adjudicatario, hasta el importe máximo de 500,00 euros. Por su parte, la Diputación Provincial de Palencia podrá proceder periódicamente a recabar del adjudicatario, durante la vigencia del contrato, los certificados acreditativos del cumplimiento de sus obligaciones con la Agencia Tributaria y la Seguridad Social. 21.5.- Recepción. La recepción se efectuará en los términos y con las formalidades establecidas en los artículos 222 y 307 del TRLCSP El contrato se entenderá cumplido por el contratista cuando éste haya realizado, de acuerdo con los términos del mismo y a satisfacción de la Diputación, la totalidad de la prestación. Su constatación requerirá un informe de conformidad dentro del mes siguiente a la finalización del plazo de ejecución del servicio.
22.- MODIFICACIÓN Y RESOLUCION DEL CONTRATO 22.1.- Modificación. El contrato podrá ser objeto de modificación en los términos previstos en los artículos 105 y siguientes y 211 y 219 del TRLCSP. En lo concerniente a su régimen se estará a lo dispuesto en los artículos 210, 211 y 219 del TRLCSP 22.2.- Son causas de resolución del contrato: •
Las contenidas en los artículos 223 y 308 del TRLCSP y con los efectos señalados en el artículo 285 de dicha Ley.
•
El incumplimiento por el adjudicatario de cualquiera de las obligaciones señaladas en este Pliego.
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No dar comienzo a la prestación del servicio dentro del plazo previsto para ello. 20 / 24
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El abandono injustificado por parte del contratista del servicio contratado. Se entenderá producido el abandono cuando el servicio haya dejado de desarrollarse, no se desarrolle con la diligencia adecuada o con los medios humanos o materiales precisos para la normal ejecución del contrato.
•
El incumplimiento por el adjudicatario de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de Seguridad e Higiene en el Trabajo.
•
La paralización o no prestación del servicio contratado en las condiciones establecidas, excepto cuando ello obedezca a causas de fuerza mayor.
•
La prestación manifiestamente defectuosa o irregular del servicio, no cumpliendo las condiciones establecidas y el retraso sistemático en el mismo.
•
La desobediencia reiterada de las órdenes dadas al contratista por la Presidencia de la Excma. Diputación, Diputado en quien delegue o el responsable del contrato si se hubiera designado, respecto a la forma y régimen de prestación del servicio, siempre que aquéllas no supongan modificación de las cláusulas del Pliego.
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No acreditar con periodicidad semestral encontrarse al corriente en el pago de las obligaciones con la Seguridad Social y con los trabajadores.
•
No contar con seguro de responsabilidad civil.
Cuando el contrato se resuelva por causas imputables al adjudicatario, le será incautada la garantía definitiva, sin perjuicio de la indemnización en su caso, por los daños y perjuicios originados a la Administración, en lo que excedan del importe de la garantía incautada. Los efectos de la Resolución serán los contemplados en el artículo 309 del TRLCSP
23.- PLAZO DE GARANTIA Y DEVOLUCION DE LA FIANZA.Expirado el plazo de garantía, que será de dos meses desde la fecha de recepción o conformidad, sin que resulten responsabilidades que hayan de ejercitarse sobre la garantía definitiva, el contratista quedará exento de responsabilidades y se dictará acuerdo de devolución de la misma. Si durante el plazo de garantía se acreditase la existencia de vicios o defectos, la Diputación Provincial de Palencia tendrá derecho a reclamar al contratista la subsanación de los mismos. Terminado el plazo de garantía sin que la Diputación de Palencia haya formalizado reparo o denuncia, el contratista quedará exento de responsabilidad. 24.- IMPUESTOS Y GASTOS.Son de cuenta del contratista los gastos e impuestos, los de formalización del contrato en el supuesto de elevación a escritura pública, así como de cuantas licencias, autorizaciones y permisos procedan en orden a la ejecución del contrato. Asimismo, vendrá obligado a satisfacer todos los gastos que la empresa deba realizar para el cumplimiento del contrato, como son los generales, financieros, de seguros, transportes y desplazamientos, materiales, instalaciones, honorarios del personal a su cargo, de comprobación y ensayo, tasas y toda clase de tributos, el IVA y cualesquiera otros que pudieran derivarse de la ejecución del contrato durante la vigencia del mismo. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores como en las propuestas de adjudicación, se entenderán comprendidos, a todos los efectos, los tributos de cualquier índole que graven los diversos conceptos. 25.- PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL Y SECRETO PROFESIONAL. El adjudicatario deberá respetar en su integridad la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, y su normativa de desarrollo, al implicar la prestación de este servicio el tratamiento de datos de carácter personal, todo ello de conformidad a la Disposición Adicional vigésima sexta del TRLCSP, a cuyo cumplimiento queda obligado el adjudicatario. 21 / 24
La empresa adjudicataria del contrato, y en particular sus trabajadores adscritos al servicio, tendrán el carácter de encargados del tratamiento de los ficheros que para la ejecución correcta de sus cometidos, estén bajo la responsabilidad directa o indirecta de los mismos. El adjudicatario únicamente tratará los datos conforme a las instrucciones del responsable del tratamiento, no los aplicará o utilizará con fin distinto al que figura en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a otras personas y deberá adoptar las medidas de índole técnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de carácter personal y eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnología, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que estén expuestos, ya provengan de la acción humana o del medio físico o natural. Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal deberán ser destruidos o devueltos al responsable del tratamiento, al igual que cualquier soporte o documentos en que conste algún dato de carácter personal objeto del tratamiento. En el caso de que el encargado del tratamiento destine los datos a otra finalidad, los comunique o los utilice incumpliendo las estipulaciones del contrato, será considerado también responsable del tratamiento, respondiendo de las infracciones en que hubiera incurrido personalmente. Asimismo, la empresa adjudicataria y sus trabajadores estarán obligados a guardar el secreto profesional respecto a la información que le proporcione la Diputación Provincial de Palencia o su personal. Consecuentemente queda prohibida cualquier cesión, reproducción, comunicación, manipulación, o puesta a disposición de terceras personas físicas o jurídicas, no consentida expresamente por los órganos competentes de la Diputación.
26.- PRERROGATIVAS DE LA ADMINISTRACION Y JURISDICCION.El órgano de contratación ostenta la prerrogativa de interpretar los contratos administrativos y resolver las dudas que ofrezca su cumplimiento. Asimismo, ostenta la prerrogativa de modificarlos, por razones de interés público, de conformidad con lo dispuesto en el TRLCSP Las cuestiones litigiosas surgidas sobre la interpretación, modificación, resolución y efectos de los contratos administrativos, serán resueltas por el órgano de contratación competente, cuyos acuerdos son inmediatamente ejecutivos y pondrán fin a la vía administrativa, pudiendo interponerse contra los mismos recurso de reposición potestativo en el plazo de un mes ante el Sr. Presidente de la Diputación Provincial o recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su notificación o publicación. En Palencia, a 18 de febrero de 2013. EL JEFE ADJUNTO DEL SERVICIO DE PLANES PROVINCIALES Y CONTRATACION
Fdo.: Isaac Gallardo Tarrero. DILIGENCIA.- La extiendo yo, el Secretario General, para hacer constar que el presente Pliego de Cláusulas ha sido aprobado por Decreto del Sr. Diputado Delegado de Hacienda y Asuntos Generales, de fecha En Palencia, a EL SECRETARIO GENERAL
Fdo.: José Luis Abia Abia.
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ANEXO I DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO ESTAR INCURSO EN PROHIBICIÓN DE CONTRATAR
D. / Dª………………………………………………………mayor de edad, con N.I.F. nº. ………………………, actuando en nombre propio (o en representación de .………………………………………, con C.I.F. ……..………… ), y domicilio en……………………………………………, calle / plaza……………………………….., número……., DECLARA: • Que la empresa a la que representa, sus administradores y representantes, así como el firmante, no están incursos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades para contratar señaladas en el artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3 / 2011, de 14 de noviembre, en los términos y condiciones previstos en el mismo. • Asimismo, declara que la citada empresa se halla al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, así como no tener deudas de naturaleza tributaria en período ejecutivo de pago con la Diputación Provincial de Palencia. (Lugar, fecha y firma del licitador)
-----------------------------------ANEXO II MODELO DE PROPOSICIÓN
D. / Dª. ...................................................................................................................., con N.I.F. núm. .......................………., actuando en nombre propio (o en representación de…………………………., con C.I.F…………………………………………) y domicilio en ..................................................................... Calle / Plaza..........................., número .........., expone que, enterado del anuncio publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Palencia núm. …………………de fecha ........................................en el que se anuncia la contratación del “Proposición para tomar parte en la contratación convocada por la Diputación de Palencia del Servicio de Visitas Guiadas, Atención al Público y Control y Venta de Entradas en la Cueva de los Franceses”, y estando interesado en su prestación, DECLARA: 1º.- Que conozco los requisitos, condiciones y obligaciones establecidos en los pliegos de Prescripciones Técnicas y de Cláusulas Administrativas Particulares y demás documentación que ha de regir el contrato, que expresamente asumo y acato en su totalidad. 2º.- Que la empresa a la que represento, cumple con todos los requisitos y obligaciones exigidos por la normativa vigente para la realización del presente contrato. 3º.- Que en la representación que ostento, me comprometo a la ejecución del citado contrato, formulando la siguiente oferta económica: A) Importe Base: ………………………… (en letra y número). B) Impuestos: ………….……………….. ..(en letra y número). C) TOTAL (A+B) ..………………………...(en letra y número). (Lugar, fecha y firma del ofertante). ------------------------------------------23 / 24
ANEXO III D./Dª. ___________________________________________________, en nombre y representación de la empresa ___________________________________________________, adjudicataria del contrato para la prestación del “Servicio de Visitas Guiadas, Atención al Público y Control y Venta de entradas en la Cueva de los Franceses” de la Diputación Provincial de Palencia, CERTIFICO a los efectos del artículo 42 del Estatuto de los Trabajadores y artículo 127 del RDL 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que respecto a los trabajadores de la empresa que representa, destinados en la ejecución del contrato, se han abonado los salarios devengados así como las cuotas de la seguridad social correspondientes a dichos trabajadores, relativos al periodo de vigencia del contrato y hasta la fecha de emisión de la presente certificación. (Lugar, fecha, firma y sello) ---------------------------------------------------
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