PROCEDIMIENTO PISADO. Publicaciones de la Delegación de Alumnos de la Universidad Politécnica de Madrid

PROCEDIMIENTO PISADO Publicaciones de la Delegación de Alumnos de la Universidad Politécnica de Madrid EL PARTE INFORMATIVO SOBRE LA ACTIVIDAD DOCE

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PROCEDIMIENTO PISADO

Publicaciones de la Delegación de Alumnos de la Universidad Politécnica de Madrid

EL PARTE INFORMATIVO SOBRE LA ACTIVIDAD DOCENTE -PISADO INTRODUCCIÓN. RECONOCIMIENTO OFICIAL El Parte Informativo sobre la Actividad Docente es el parte específico donde el estudiante tiene la posibilidad de reflejar por escrito ante la Delegación de Alumnos las reclamaciones y felicitaciones referentes a la docencia recibida. Este procedimiento, aprobado por la Junta de Representantes de la Delegación de Alumnos de la Universidad Politécnica de Madrid, es el instrumento informativo por medio del cual las Delegaciones de Alumnos pueden conocer la situación de la docencia que sus compañeros reciben, y emprender aquellas iniciativas que conduzcan a la solución de los problemas detectados. Con la existencia del PISADO se pretende que el estudiante sea crítico con la docencia recibida, transformándose así en protagonista de su propia formación, y convirtiendo su opinión en uno de los pilares sobre los que la Comunidad Universitaria construya una Universidad de calidad. Por todo ello, la Junta de Representantes manifiesta su deseo expreso de que este procedimiento sea próximamente valorado en el Consejo de Gobierno de la Universidad de cara a institucionalizarlo totalmente, siguiendo el ejemplo de otras Universidades españolas. Es importante resaltar que el parte dota de objetividad y representatividad a la actuación de la Delegación de Alumnos, pues se presenta por escrito, ya que su propio procedimiento exige que la opinión crítica sobre la docencia recibida sea debidamente fundamentada y contrastada por la Delegación de Alumnos del Centro. Las Delegaciones de Alumnos, con la información transmitida por el alumnado y con la información obtenida tras sus propias gestiones que verifique y complemente la anterior, es la encargada de indicar cómo deben rellenarse los partes y la responsable de tramitarlos a su destino: las Direcciones de Centro y de Departamento. Es fundamental que la Dirección del Centro y del Departamento afectados colaboren con la Delegación de Alumnos en la gestión de estos partes, pues ésta es la forma de conocer mejor las posibles observaciones sobre la actividad docente que pueda haber en el Centro, así como el sentir del alumnado acerca de estas situaciones.

LOS OBJETIVOS DEL PISADO El Parte Informativo sobre la Actividad Docente pretende favorecer el mejor desarrollo de la actividad docente, a través de una comunicación eficaz y transparente entre todos los agentes implicados. Con este procedimiento, se pueden buscar soluciones eficaces a los problemas de carácter docente que puedan surgir en la Universidad, al mismo tiempo que se potencia la excelencia en la enseñanza.

Delegación de Alumnos UPM. C/ Ramiro de Maeztu, 7. 28040 Madrid. Tel.: +34 91 336 6011 Fax: +34 91 533 6423 [email protected] CIF: G-28970366

CONFIDENCIALIDAD Inicialmente, los datos personales del alumno emisor de la queja son custodiados por el Delegado de Alumnos y/o el Secretario de la Delegación de Alumnos del Centro. Los partes que sean tramitados serán enviados a la Delegación de Alumnos de la UPM, pasando a ser el Secretario de la Delegación de Alumnos de la Universidad, el responsable en términos de confidencialidad. Los partes serán conservados durante un período de cinco años naturales, salvo que no sean tramitados en el período de un año natural en cuyo caso serán destruidos. De esta forma quedará asegurada la confidencialidad de los datos personales del alumno que informa para que la Delegación de Alumnos haga uso del parte Informativo Sobre la Actividad Docente.

EL DOCUMENTO El Parte Informativo Sobre la Actividad Docente consta de una hoja de papel normal donde el estudiante plasmará la queja, debiendo realizar una copia para la Dirección del Centro, otra para la Dirección del Departamento, y otra para la Delegación de Alumnos del Centro. En las copias para la Direcciones de Departamento y Centro, no se adjuntará la parte referente a los datos del estudiante, dado que éstos son confidenciales.

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GESTIÓN DEL PISADO 1. Cuando el Alumno se sienta afectado en relación con el Reglamento de la UPM o de las Normas de Régimen Académico y de Evaluación del alumnado por parte de un docente, podrá transmitir su parte a la Delegación de Alumnos de su Centro. 2. El Delegado de Alumnos del Centro (o persona en quien delegue) y/o el Secretario de dicha Delegación de Alumnos, deberán ayudar al estudiante a rellenar el parte: 2.1. Se valorará junto con el estudiante si los hechos justifican la presentación de un formulario PISADO. 2.2. Si el alumno desea finalmente rellenar el PISADO, la Delegación de Alumnos le informará de los cauces que este sigue y le aconsejará en el sentido de que el parte contenga una argumentación clara, objetiva y estructurada, omitiendo en todo caso las valoraciones personales subjetivas. 2.3. El correo electrónico facilitado por el estudiante deberá pertenecer al dominio alumnos.upm.es 2.4. El parte deberá ser rellenado en la propia Delegación de Alumnos, con la firma en el área indicada para ello dentro de la parte del formulario correspondiente a los datos personales, por parte del estudiante y del representante de la Delegación de Alumnos, autorizado al efecto, que se encuentre presente. 2.5. Una vez completo el formulario, el Secretario de la Delegación de Alumnos deberá proceder, en el menor plazo posible, a sellarlo entre las dos partes, y separando las mismas en distintas secciones del archivador proporcionado por la Delegación de Alumnos de la UPM para tal fin. 3. Los partes se tramitarán, cuando la Delegación de Alumnos del Centro cuente con al menos cuatro, a excepción de las felicitaciones recogidas para las que bastarán 2 partes referentes al mismo asunto y profesor, procedentes de diferentes estudiantes y referentes a un mismo asunto y profesor, recogidos todos ellos en el plazo máximo de un año desde el momento que se recibe el primer parte. 4. La Delegación de Alumnos del Centro elaborará un informe, al cual anexará los partes correspondientes (sin incluir la zona de los datos personales del parte), exponiendo los hechos o las incidencias reseñadas por los alumnos. 4.1. El Delegado de Alumnos del Centro enviará por escrito al docente afectado, un borrador de dicho informe solicitándole que remita las alegaciones que estime oportunas. Igualmente, los responsables del procedimiento indicados en el punto segundo tratarán de establecer contacto personal con el profesor para tratar de buscar mejoras en las cuestiones que sea necesario.

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4.2. Si la Delegación de Alumnos del Centro, acepta la respuesta del docente como solución valida a la incidencia planteada por los alumnos, ésta se considera resuelta y los pisados quedarán temporalmente archivados, sin perjuicio de lo indicado en el punto sexto. 4.3. En el caso de que la Delegación de Alumnos del Centro, considerara insuficiente la respuesta del docente afectado, o no hubiera recibido respuesta alguna, el Delegado de Alumnos del Centro enviaría una copia del informe al Director del Departamento al que está adscrito al docente, y otra a la Dirección del Centro. 4.4. Cuando el informe refleje una felicitación, la Delegación de Alumnos solicitará que la misma conste en el acta del siguiente Consejo del Departamento. 4.5. En caso de que los partes hagan referencia a reclamaciones o peticiones se solicitará que la Dirección del Departamento inicie las actuaciones pertinentes para esclarecer los hechos y resolver las causas de la reclamación o petición, en un plazo máximo de siete días hábiles desde la recepción de los documentos por parte del Director del Departamento. 4.6. Si el Delegado de Alumnos del Centro considerara satisfactorio el resultado de la mediación de la dirección del departamento, en relación con la incidencia planteada por los alumnos, ésta se consideraría resuelta y los pisados quedarían temporalmente archivados, sin perjuicio de lo establecido en el punto sexto de la presente normativa. 4.7. Si estas medidas se consideraran insuficientes desde la Delegación de Alumnos, y habiendo informado a los estudiantes afectados, se procedería sucesivamente de las formas descritas a continuación: 4.7.1. Se solicitaría que la reclamación fuera tratada como punto del orden del día en el siguiente Consejo del Departamento, para alcanzar una solución con los miembros de dicho órgano colegiado. 4.7.2. Caso de no resolver el problema, se elevaría el informe a la Junta de Centro correspondiente y sólo en último término, se consideraría la posibilidad de solicitar una solución a través del Consejo de Gobierno de la Universidad, según los artículos quince y siguientes relativos a materia sancionadora del profesorado del Real Decreto 898/1985 del treinta de abril, sobre el régimen del profesorado universitario. 5. El Delegado de Alumnos del centro, cumplimentará regularmente dos archivos facilitados por la Delegación de Alumnos UPM; que contendrán: 5.1 Un Listado de PISADO ordenados por fecha. 5.2 Un Listado de PISADO indicando el número de PISADO que acumula cada docente y la fecha en la que se recibió el primer parte.

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6. Con carácter anual y en la semana previa a las elecciones a Delegado de Alumnos de los Centros convocadas por el Director del Centro, los Delegados de Alumnos (salientes) de los Centros trasladarán a la Delegación de Alumnos de la UPM todos los partes originales (incluyendo ambas partes del mismo) de los que dispongan, procediendo simultáneamente a la destrucción de todas las copias existentes. En el mismo momento en el que se complete este traspaso, el Delegado de Alumnos de la UPM y el Secretario de la Delegación de Alumnos de la UPM, serán los responsables de la custodia de la información contenida en los partes, pudiendo permitir su consulta únicamente en los siguientes casos: 6.1. A los representantes de estudiantes en órganos de gobierno colegiados de la Universidad Politécnica de Madrid competentes en evaluación de la calidad docente, en la concesión de reconocimientos, complementos y acreditaciones en relación con la docencia, o en la aprobación de renovaciones de profesorado, así como a los representantes de los estudiantes en los comités de área del programa DOCENTIA. En todos los casos anteriores, la Delegación de Alumnos de la UPM deberá recibir constancia de forma previa, de que se va a tratar al menos uno de los puntos anteriormente indicados para todos los profesores para los que se solicita consulta de los partes. Del mismo modo, la Delegación de Alumnos de la UPM verificará que los solicitantes de la información, son representantes en los órganos de gobierno correspondientes. 6.2. A los Delegados de Alumnos de los Centros y los Secretarios de las Delegaciones de Alumnos de los Centros, en cualquier circunstancia, mientras que ostenten su cargo. 6.3. Al personal administrativo de la Delegación de Alumnos de la UPM, únicamente para facilitar el flujo de información en relación con todo lo indicado en este punto sexto. Los Delegados de Alumnos de los Centros, podrán solicitar un certificado que acredite la entrega a la Delegación de Alumnos de la UPM de los partes correspondientes. La Delegación de Alumnos de la UPM custodiará los partes durante un periodo máximo de 5 años, tras el cual se procederá a la destrucción de los partes afectados.

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