PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO Ley

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO Ley 11.683 1 AFIP – Decreto 618/97 Entidad autárquica en el orden administrativo en lo atinente a su organización y funcio

3 downloads 164 Views 4MB Size

Recommend Stories


Procedimiento Tributario. Ley 1607 de 2012
Procedimiento Tributario Ley 1607 de 2012 Derechos de los Contribuyentes. (Art. 193) 4. Al carácter reservado de la información 1. A un trato cordia

Procedimiento Tributario
Procedimiento Tributario Ley 11.683 Decreto 618/97 u 8vA Edición actualizada y ampliada Procedimiento Tributario Ley 11.683 Decreto 618/97 u 8vA

Story Transcript

PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO Ley 11.683

1

AFIP – Decreto 618/97 Entidad autárquica en el orden administrativo en lo atinente a su organización y funcionamiento. Se entiende también que tiene funciones de un organismo descentralizado. Traduce la idea de un ente dotado de personalidad con facultades para administrarse a sí mismo de acuerdo a las normas de su creación.

Consiste en la atribución de funciones de la autoridad central a una repartición o funcionario. 2

AFIP – Decreto 618/97 Superintendencia y control de legalidad Ministerio de Economía COMPETENCIA - Aplicación - Percepción - Fiscalización

de Tributos a su cargo

FUNCIONARIO A CARGO Administrador Federal de Ingresos Públicos

3

AFIP – Administrador Federal Administrador Federal Director General Dirección General Impositiva

Director General Dirección General de Aduanas

Director General Dirección General de los Recursos de Seguridad Social

4

AFIP – Administrador Federal Funciones y Facultades - De Organización Interna (art. 6) - De Reglamentación (art. 7) - De Interpretación (art. 8) - De Juez Administrativo (art. 9)

5

AFIP – Facultades Reglamentarias — Normas Reglamentarias de alcance general

obligatorias. — Fijan deberes de los responsables y 3ros. — Modos, plazos y formas de satisfacer las obligaciones tributarias. — P.E. y AFIP por delegación pueden regular pormenores y detalles para ejecución de la ley (art. 99 2. de la CN). 6

AFIP – Facultades Reglamentarias • No se dictan junto con las resoluciones interpretativas (art. 11DR LPT)

distinta vigencia distinta impugnación

7

AFIP – Facultades Reglamentarias — Eficacia del acto administrativo (art. 11 LPA)

PARTICULAR : Notificación GENERAL : Publicación — Vigencia (art. 103 DR LPA)

Desde su publicación en B.O. y desde el día que en ellos se determine. Si no designan tiempo : 8 días desde el siguiente al de publicación (días hábiles administrativos) 8

AFIP – Facultades Reglamentarias • M.E. : Control de legitimidad de los actos • No contempla vía específica de impugnación • Por 116 LPT se aplica LPA: art. 83 DRLPA: derogación de oficio o a petición de parte de actos de alcance general . —Petición no suspende plazos (salvo excepción): Art. 1 inc. c) 7. y 12 de la LPA —

9

Impugnación Antes de su aplicación

Luego de haber sido aplicado

agotar vía administ. (art.24)

agotar vía administ. (art.24)

denegado o silencio (art.10) vía judicial (art. 24 inc. a)

denegado o silencio (art.10) vía judicial (art. 24 inc. b) ________________________ opción Recursos artículo 76 LPT 10

AFIP – Facultades Interpretativas • Normas interpretativas de alcance general:

- de oficio - a petición de parte: contribuyentes, agentes de retención, importadores, exportadores, organizaciones que representen un interés colectivo Siempre que el pronunciamiento a dictarse ofrezca un interés general. Efecto : El pedido no suspende la decisión que, por interpretación de los funcionarios, se hayan de adoptar.

11

AFIP – Facultades Interpretativas VIGENCIA Publicada en B.O. y transcurridos 15 días hábiles desde su publicación

Son generales y obligatorias

Salvo impugnación

12

AFIP – Facultades Interpretativas IMPUGNACIÓN - PREVÉ UN RECURSO ESPECIAL ANTE EL M.E. Puede aprobarla o modificarla (vista previa al Administrador Federal)

- NO APLICACIÓN SUPLETORIA DE LPA - SÓLO POR AQUELLOS QUE INVOQUEN POR ESCRITO UN

INTERÉS LEGÍTIMO (art. 3 DRLPA) - TIENE EFECTOS SUSPENSIVOS DEL ACTO - ENTRARÁ EN VIGENCIA AL DÍA SIGUIENTE DE SU NUEVA PUBLICACIÓN

13

OTRAS NORMAS A CONSIDERAR DISPOSICIÓN 1/97 - RESOLUCIONES -

GENERALES RESOLUCIONES PROVIDENCIAS NOTAS EXTERNAS DISPOSICIÓN INSTRUCCIÓN GENERAL COMUNICADO DICTAMEN

CONSULTA VINCULANTE - Art. 4.1. LPT - RG 1948/2005

14

JUEZ ADMINISTRATIVO El Administrador Federal ejerce las funciones de juez administrativo en:

D.O.

Repeticiones

Multas

Recurso Reconsideración

Sustitución: 6to párr. artículo 4 Dec.618 y art. 3 DRLPT 15

JUEZ ADMINISTRATIVO Además, el Administrador Federal ejerce las funciones de juez administrativo en — Sanciones de clausura (art. 41 últ. párrafo LPT) — Intimaciones de pago (art. 12 LPT) — Recurso artículo 74 DRLPT — Decomiso (art. 41.1.)

16

DICTAMEN JURÍDICO artículos 5, 6 y 7 DRLPT — ES UN MEDIO PARA ESTABLECER EL ALCANCE, INTERPRETACIÓN Y SIGNIFICADO DE LAS NORMAS APLICABLES (art. 7 ) — SE EMITE EN FUNCIÓN DE ASESORAMIENTO (art. 7 ) — SE REQUERIRÁ ÚNICAMENTE PREVIO A LAS RESOLUCIONES DE CASOS DEL 9 1. b) Y A RESOLUCIONES DEL 74 DRLPT (art. 5 DRLPT)

17

DICTAMEN JURÍDICO PREVIO — PREVIO AL DICTADO DE RESOLUCIÓN Y COMO REQUISITO ESENCIAL, EL JUEZ ADMINISTRATIVO NO ABOGADO REQUERIRÁ DICTAMEN DEL SERVICIO JURÍDICO — SALVO PARA

- CLAUSURA PREVENTIVA (art. 35 inc. f) LPT) - REDUCCIÓN SANCIONES ( art. 49 LPT)

18

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.