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Por medio de la cual se convoca a 70S servidores públicos de la Procuradurla General de la Nación a la elección de sus representantes ante los Comités de Convivencia Laboral en los Niveles Central y Territorial, para el perlado 2015-2017

EL PROCURADOR GENERAL DE LA NACiÓN en ejercicio de las facultades que le confieren la Constitución y la Ley, yen especial de las señaladas en los numerales 7, 11 Y 34 del artículo 70. del Decreto Ley 262 de 2000,y

CONSIDERANDO: Que el numeral 7 del funciones del señor órdenes, directivas y atribuidas a la Entidad

artículo yo del Decreto Ley 262 de 2000 establece, entre otras Procurador General, la de expedir los actos administrativos, circulares que sean necesarios para desarrollar las funciones por la ley.

Que la Ley 1010 de 26 de enero de 2006 adopta las medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo. Que mediante la Resolución W 389 del 20 de noviembre de 2012, la Procuraduría General de la Nación adopta medidas preventivas y correctivas sobre conductas de acoso laboral y establece la conformación y funcionamiento de los Comités de Convivencia Laboral, tanto a nivel Central como Territorial, en cumplimiento a las Resoluciones 652 y 1356 de 2012, emanadas del Ministerio de Trabajo. Que con Resolución N° 392 del 22 de noviembre de 2012 se convocó la elección de los representantes ante los Comités de Convivencia Laboral en los Níveles Central y Territorial, por un periodo de dos (2) años (2012 - 2104). Que con Resolución W 453 del 28 de diciembre de 2012 se designaron los representantes de los servidores de la Procuraduría General de la Nación ante el Comité de Convivencia Laboral, Niveles Central y Territorial (2012-2014), y su periodo finaliza el próximo 31 de diciembre de 2014. Que con fundamento en lo expuesto, se debe convocar y reglamentar la elección de los representantes de los servidores públicos de la Entidad, ante los mencionados Comités de Convivencia Laboral. En mérito de lo expuesto, R E S U E L V E: ARTíCULO PRIMERO: CONVOCATORIA. Convocar a todos los servidores de la Procuraduría General de la Nación a participar en la elección de sus representantes ante los Comités de Convivencia Laboral en los Niveles Central (Bogotá y Cundinamarca) y Territorial, y sus respectivos suplentes, para un período de dos (2) años (2015 - 2107) contado a partir de su designación, de conformidad con la parte

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Por medio de la cual se convoca a los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación a la elección de sus representantes ante los Comités de Convivencia Laboral en los Niveles Central y Territorial, para el período 2015-2017

motiva de este acto administrativo y, en cumplimiento a lo dispuesto en la Resolución 389 del 20 de noviembre de 2012. ARTíCULO SEGUNDO: CALIDADES DE lOS ASPIRANTES. Los representantes de los servidores de la Procuraduria General de la Nación ante los Comités de Convivencia Laboral deben contar con competencias actitudinales y comportamentales, en las que prevalezca el respeto, la imparcialidad, la tolerancia, la serenidad, la confidencialidad, reserva y manejo de información y ética, comunicación asertiva, liderazgo y resolución de conflictos; y acreditar las siguientes calidades, que serán verificadas por el Jefe de la División de Gestión Humana en el Nivel Central, y en el Nivel Territorial por los Coordinadores Administrativos o en su defecto por los Procuradores Regionales, asi: 1.- Quienes no se les haya formulado una queja de acoso laboral durante los últimos seis (6) meses anteriores a su conformación. 2.- Quienes no hayan sido victimas de acoso laboral, durante los últimos seis (6) meses anteriores a su conformación. 3.- No haber sido sancionado disciplinariamente durante el año inmediatamente anterior a la fecha de inscripción de la candidatura. 4.- No haber integrado otro comité o comisión en calidad de representante de los servidores de la entidad, durante el año inmediatamente anterior. ARTíCULO TERCERO: INSCRIPCiÓN DE CANDIDATOS. Los servidores que aspiren a participar como candidatos para conformar los Comités de Convivencia Laboral Niveles Central y Territorial, deberán hacer la respectiva inscripción así: 1) En el Nivel Central (Bogotá y Cundinamarca), ante la División de Gestión Humana, y 2) En el Nivel Territorial ante los Coordinadores Administrativos o en su defecto ante los Procuradores Regionales, antes del catorce (14) de noviembre de 2014, especificando quién actuará como principal y quién como suplente. En el documento de inscripción consignarán la siguiente información: 1. 2. 3. 4. 5. 6.

Nombre completo Cédula de ciudadania Dependencia y cargo actual Prestar sus servicios en el departamento en la cual se va a realizar la elección Una fotografía de 3 x 4 del candidato principal Manifestación expresa de no hallarse incurso en ninguna inhabilidad para postularse como candidato.

Los Coordinadores Administrativos o en su defecto los Procuradores Regionales deberán comprobar que los aspirantes inscritos cumplan las calidades previstas en el artículo segundo de la presente resolución, y tendrán plazo hasta el dieciocho (18) de noviembre de 2014 para remitir la respectiva documentación, vía correo institucional, a la División de Gestión Humana.

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Por medio de la cual se convoca a los servidores públicos de la Procuraduría General de la Nación a la elección de sus representantes ante los Comités de Convivencia Laboral en los Niveles Central y Territorial, para el período 2015-2017

ARTíCULO CUARTO: NÚMERO DE REPRESENTANTES POR TERRITORIO. Las Procuradurías Regionales de Antioquia, Atlántico, Bolivar, Boyacá, Caldas, Caquetá, Casanare, Cauca, Cesar, Córdoba, Chocó, Huila, La Guajira, Magdalena, Meta, Nariño, Norte de Santander, Quindío, Risaralda, Santander, Sucre, Tolima y Valle desígnarán dos (2) representantes principales y sus respectivos suplentes, y las Regionales de Amazonas, Arauca, Guainía, Guaviare, Putumayo, San Andrés, Vaupés y Víchada un (1) representante principal y su respectivo suplente. PARÁGRAFO: Si dentro del térmíno fijado para las inscripciones no se presentan candidatos en alguna o algunas Regionales, o los inscritos no acreditan los requisitos exigidos, el térmíno de inscripción se prorrogará por cinco (5) días hábiles más. Sí vencido este último término persisten las situaciones descritas, la o las Regionales que se encuentren en tales circunstancias se adherirán a la (s) candidatura (s) de la Regional cuya capital de departamento sea más próxima, ARTíCULO QUINTO: ORGANIZACiÓN DEL PROCESO DE VOTACION y ELECCiÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LOS SERVIDORES. Establecer como fecha de elección de los representantes de los servidores de la Procuraduría General de la Nación ante los Comités de Convivencia Laboral niveles Central y Territorial, el dia martes dos (2) de diciembre de 2014, de 8:00 amo a 4:00 pm, en jornada continua, las cuales se desarrollarán totalmente en linea a través de la página de intranet de la entidad (http://pgncmsbd01/intranet/). PARÁGRAFO: Ocho (8) días antes a la fecha de las elecciones, la División de Gestión Humana remitirá a la Oficina de Sistemas los listados de los servidores del nivel central y territorial habilitados para votar y las sedes de la entidad donde podrán hacerlo. ARTíCULO SEXTO: VOTO ELECTRÓNICO. La Oficina de Sistemas y la Dívisión de Gestión Humana pondrán a disposición de los servidores habilitados, el voto electrónico a través del link creado para ello en la página de intranet de la entidad, El sistema tendrá que ofrecer a los votantes garantías de transparencia durante todo el proceso por lo que se deberá observar en su diseño, entre otros, los siguientes aspectos: a) Acceso restringido. Solo podrán votar los servidores habilitados para elegir a su representante ante el Comité de Estímulos. b) Sistema de autenticación, Este deberá requerir al menos dos datos privados de cada servidor y uno público, c) Sistema de seguimiento al proceso, El cual debe realizar un registro pormenorizado de cada transmisión efectuada. PARÁGRAFO PRIMERO: Cuando un servidor se encuentre en Comisión de Servicios fuera de su sede laboral, podrá sufragar por el candidato de su preferencia del nivel al que pertenece (Central o Territorial), o por el candidato de la capital de departamento

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Por medio de la cual se convoca a los servidores públicos de la Procuradurla General de la Nación a la elección de sus representantes ante los Comités de Convivencia Laboral en los Niveles Central y Tenitoria/, para el período 2015-2017 al que se haya adherido su dependencia, a través del link creado para ello en la página de intranet y, desde la sede de la Procuraduria donde esté prestando el servicio. PARÁGRAFO SEGUNDO: Para las votaciones, los candidatos (principal y suplente) se identificarán únicamente por número de plancha, los cuales serán asignados en el orden de inscripción de las mismas. ARTíCULO SÉPTIMO: RESPONSABILIDAD Y COORDINACiÓN DEL PROCESO. Conforme a lo señalado en el artículo 2°. de la Resolución W 114 de 2006 "Por medio de la cual se ordena la designación de administradores funcionales y administradores técnicos para los sistemas de información de la entidad" la División de Gestión Humana tendrá a su cargo la administración funcional del proceso electoral, velará por la oportunidad, consistencia y confiabilidad de los datos suministrados sobre los participantes, y hará el seguimiento al funcionamiento y operación del sistema habilitado, a su vez la Oficina de Sistemas, de acuerdo con lo previsto por el artículo 3° ibídem, tendrá a su cargo la administración técnica de las votaciones el cual brindará soporte, asistencia y capacitación técnica, de modo tal que se garantice la operatividad del sistema de información. PARÁGRAFO PRIMERO: La División de Gestión Humana tendrá la responsabilidad de dar a conocer un instructivo previo al dia de las votaciones, y responder durante el proceso electoral a las inquietudes telefónicas de los servidores, labor que será apoyada a nivel territorial por los Coordinadores Administrativos o en su defecto por los Procuradores Regionales. PARÁGRAFO SEGUNDO: La Oficina de Sistemas apoyará a través de Soporte Técnico, a los funcionarios que desconozcan o tengan inconsistencias con su autenticación Windows (usuario y contraseña) para votar en el presente proceso. ARTíCULO OCTAVO: SEGURIDAD DE LA INFORMACiÓN. Cada funcionario habilitado para votar, es responsable de sus datos personales y privados de autenticación e identificación (usuario y contraseña) dentro del proceso, por lo tanto una vez se registre y realice el voto, el sistema lo contará como válido y no le será posible reingresar nuevamente. Para validar el software, las dependencias encargadas del proceso, una semana antes de las votaciones, siguiendo el protocolo para evaluar el funcionamiento del sistema de información, realizarán una prueba piloto en que podrán asistir optativamente un delegado por cada una de las siguientes dependencias: Secretaría General, Veeduria, Oficina de Control Interno y un testigo, con el fin de dar fe de la confidencialidad, seguridad y cierre o congelamiento del sistema. El día de las votaciones la Oficina de Sistemas emitirá por lo menos dos (2) boletines de información así: el N"O a las 7:59 am, con el fin de mostrar públicamente que la urna virtual está vacía y dar inicio oficial a las votaciones, y el boletín N" 1 a las 4:01 pm, para cerrar el proceso electoral y totalizar los votos.

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ARTíCULO NOVENO: ACTA DE ESCRUTINIO. Finalizado el proceso electoral se levantará un acta de cierre, teniendo en cuenta el reporte total de votaciones que arroje el modulo virtual, la cual será suscrita por el Jefe de la Oficina de Sistemas, el Jefe de la División de Gestión Humana y un testigo, donde se hará constar el total de votantes en cada uno de los departamentos del país, y de votos obtenidos por cada plancha. PARÁGRAFO: Podrán actuar como testigos de los escrutinios un funcionario por cada una de las siguientes dependencias: Secretaria General, Veeduría y Oficina de Control Interno, cuya designación deberá informarse previamente a la División de Gestión Humana. ARTíCULO DÉCIMO: DE LA PUBLICACiÓN DE LOS RESULTADOS. La División de Gestión Humana comunicará los resultados y acreditará a los ganadores, como representantes de los servidores ante los Comités de Convivencia Laboral y a sus respectivos suplentes. COMUNíQUESE Y CÚMPLASE Dada en Bogotá, D.C., a los,

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JANDRO ORDÓÑEZ MALDONADO Procurador General de la Nación

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Proyectó: Jeannette Sánchez Rivera - Profesional universita~i . OGH, Revisó: Lorena Niño Giralda - Profesional Universitario.O Aprobó: Carlos William Rodrlguez Millán - Jefe División de !l n Humana

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