producto de un acuerdo alcanzado entre hombres libres e iguales. Así, el plena y efectivamente sus derechos fundamentales

ACCESO A LA JUSTICIA Y POBREZA SHUNKO Roms l. INTRODUCCIÓN Las corrientes producto de debía Estado libre un decimonónicas concebían al Estad

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ACCESO

A LA JUSTICIA

Y POBREZA

SHUNKO Roms

l. INTRODUCCIÓN

Las

corrientes

producto de debía

Estado libre

un

decimonónicas concebían al Estado como el alcanzado entre hombres libres e iguales. Así, el mínimas y abstenerse de interferir en el Esta concepción del Estado a una

liberales

acuerdo

limitarse

accionar

visión

funciones

a

de los individuos.

jusnaturalista derechos

de

responde

la sociedad

de acuerdo

con

la cual.

los individuos

naturales

preexistentes al Estado y por lo tanto este debe cualquier injerencia indebida. de las teorías tiempo, por propia insuficiencia liberales clásicas y la influencia de la experiencias socialistas, las funciones del Estado han variado de ello, hoy significativamente. Como consecuencia en día se reconoce la obligación del Estado no sólo de respetar sino también de garantizar las personas en que todas igual forma puedan ejercer sus derechos plena y efectivamente fundamentales. Este deber del Estado concreexige que el Estado realice actividades tas de sus derechos. es para que las personas Asimismo. puedan disfrutar claro que los derechos consagrados en las normas positivas no son sólo garantías jurídico-formales, sino derechos plenos y operativos que exigen poseen

respetarlos Con

efectiva

y protegerlos de el transcurso del

realización

ineludible el fin de

material.

del Estado vencer

El valor

revoluciones

de

todos

igualdad. burguesa

actuar

La ausencia utilizando

de

esta

todos

concreción sus

recursos

conlleva

el deber

disponibles

con

los obstáculos

o impiden. que la dificultan por su parte. si bien cumplió un rol decisivo de Francia y Estados Unidos, adquirió un sentido

en

las

que, insuficiente

momento en su profundamente innovador, se ha revelado La igualdad significaba la abolición de las diferenépocas mas recientes. Ia igualdad de todos frente a la ley. Sin jurídico-fonnales de status: embargo, esta concepción de la igualdad deja de lado el aspecto económico-social. fáctico, de Ia igualdad. Así, la igual aplicación de la ley a situa-

aunque

en

cias

LECCIONES

520

formalmente

ciones

de

lugar ll.

DERECHO

consecuencia los

sociedad,

en

En

través

una

de distintos

las

casos,

natural

el

maneras

desiguales, injusticia.

y la

en

de de

las las

se

desarrollo

del

contingencias personas

ven

de

distinta

en

problemas pueden

esos

casos.

ser

el

Tradicionalmente el Poder

Hoy

día

en

Judicial a

o,

de de

al

natural

lugar en

para la circunstan-

ciertas

opciones

estas

la

medida resueltos

ha desarrollado

se

los conflictos a través de mecanisgran vigor la posibilidad de resolver alternativos aunque Siempre formales. de un derecho De esta forma. la consagración normativa deviene inocua

con

mos

Si

administrador.

poder

realmente

desigualdad

informales que permiten la satisfacción las personas. No obstante ello, en otra gran cantidad informales resultan insuficientes acudir y es necesario

el conflicto. Estado para resolver de problemas ha sido resolución

cias.

la

de

derechos

gran cantidad mecanismos

de

necesidades

las

Y ENSAYOS

condiciones

pero en acentúa

JURISDlCClÓN

LA

A

Como vida

afectados. a

iguales, lo justo,

a

acercarse

realización

su

la falta

reconoce

se

de

persona ma

mecanismos Lo

nes

su

a

tal,

del

Estado

como

de otro

individuo.

En definitiva,

considerar

a

un

como derecho es posible únicamente si el titular está en condiciouna demanda o queja, el dictado de una sentencia producir mediante imponga el cumplimiento de la obligación que constituye el objeto de

de

derecho. El derecho

titución vención

en

en

en

Americana en su

prudencia

su

art.

de

tribunales

jurisdicción se encuentra consagrado distintas disposiciones. Así. el art. |8

la

a

Nacional

tía de la defensa

cos,

formal

Estado.

las autoridades

derechos.

derecho

cional,

otros

ante

otros

pemtite afirmar que un derecho se realiza material y efectivamente se de un poderjun’dico de actuar del titular requiere la existencia en el caso de incumplimiento de la obligación debida, ya sea

que

por parte derecho

que

del

es

del

el derecho

peticionar

de respetar así en un derecho

como

del

o materialmente imposible, debido a Por ello. entre los principales derechos lajurisdicción. esto es, el derecho de toda públicas exigiendo el respeto o la El derecho a la jurisdicción se transforllave que permite, al menos l0s habilitar formalmente, sistema jurídico para la protección de los demas derechos.

exigencia

o

intervención

de

humanos

garantía

juicio sobre

de la persona y sus Derechos Humanos.

y el Pacto Internacional el derecho a la l4, reconocen

art.

derechos. que posee de Derechos

8.l.

la Corte

Suprema

internacionales

de Justicia como

en

jerarquía Civiles

la garanla Con-

constituy Polítila juriS-

jurisdicción. Además, la Nación al igual que

de

la Corte

Cons-

nuestra

asegura

Asimismo,

Interamericana

la de

de Derechos

SHUNKO

HumanOs

el Tribunal

o

desarrollado

ROJAS

52'

Europeo de Derechos Ia jurisdicción.

el derecho

Humanos.

han

reconocido

y

a

Como

cualquier otro derecho. el derecho a Ia jurisdicción requiere que su ejercicio sea pleno e igual para todas las personas. Como dijimos anteriormente. esta igualdad no es meramente formal sino que debe tenerse en cuenta la situación Ia realidad concreta‘ a partir de la cual el peticionario demanda la realización de algún derecho. Por esta razón, las condiciones de acceso a la justicia resultan trascendentales al momento de evaluar si todas las personas en forma igual y efectiva. pueden realizar sus derechos Pasaremos es.

ahora

Como

ceso

la

a

justicia sino

personas

se

que, reales

insatisfacción

o

más

grupos De esta

como

una

Como

se

de los derechos

el

facultad

"con

imprescindible comprender a

concretos

en

lll.

sino

circundante,

responde

material

la realidad

factores

un

concebir

esto o

impide las

forma

en

menos

ac-

las de

recur-

sociales

debe

entenderse eficaz.

ejercicio

su

al derecho

como

u"

jurídica argentina enfoque científico. p0-

La cultura

desde

un

conciencia

tornar

entidad

una

social

y culturales

sobre

derecho.

de

normas

no es que el derecho mecanismo de control

económicos,

la realidad

permite

que

social.

al derecho

Es necesario y decimonónico. atender a la efectividad de las

de

con

de acción

formal

enfoque implica

este en

ha concebido

necesidad

realidad

de las personas

derecho

contenido

inscna

se

racional

inciden

\

simple

puede observar.

sitivista.

de acceso.

que dificultan de los derechos

obstáculos

los

la

desfavorecidos.

manera.

fenómeno que tradicionalmente

condiciones

esas

Ia realización

población. Así, los obstáculos al una barrera erigen no sólo como general para todas su ademas. carácter general acentúa las condiciones entre las personas y por lo tanto contribuye al aumento

desigualdad de

son

los obstáculos

son

para

adelante, de

sectores

del nivel sos

cuáles más

veremos

los distintos

en

cuáles

analizar

poderjurídico

del

ejercicio

personas.

desigual

a

de identificar

trataremos

den el

aislada

y que. y

la

Resulta de la

como

produce

tal,

efectos

social.

OBSTÁCULOS

dijimos anteriormente, posibilidad real de que todas

Como

Ia efectividad

del derecho

imde acción.

las personas la puedan requerir irrestrictadistintos Sin la tutela de sus derechos. y obtener de Indofin. Éstos responden a distintas este para alcanzar causas suelen cIaSIficar a los obsautores Muchos social y cultural. le económica. por un lado y táculos entre aquellos que responden a causas toda vez que la gran sentido en este Disentimos socioculturales por el otro.

plica mente

embargot

conspiran

económicas

obstáculos

Y ENSAYOS

LECCIONES

522

mayoría

de

los

pueda se

a

clasificaciones

de

2) falta de

l) desconocimiento

del derecho;

3) alto

duración 4) excesiva colectivas; 6) utilización

acciones

l.

del

Desconocimiento

generales el complejas y difíciles

tienen

contacto

En te'rminos

se

da

en

acceso

proceso; normas

a

la

barreras:

siguientes

jurídicos;

los servicios

de 5) dificultad informales: 7) gran-

derecho

extrañas, un

al

Aunque

geográficas.

distancias

des

econó-

motivos

mutuamente.

a

del

de que de

multiplicidad

una

el que

de las

de

El hecho

vez. a

obstáculos

los

acceso

judicial;

costo

desarrollar

la

a

la identificación

adecuada

consideramos

justicia.

motivos

la

justicia responde un fenómeno complejo en confluyen y se refuerzan

de

trata

varios

a

acceder

y culturales distintas

intentado

han

se

obedecen

casos

no persona factores ya que micos, sociales

una

directo

general

en

derecho

y el sistema judicial son realidades comprender para todos aquellos que no jurídico. Éste es un fenómeno que

de

el mundo

con

la

toda

población

en

aunque

los

sectores

con

menos

el nivel

de'rechazo se acrecienta. En primer lugar. una primera baal derecho de la persona común es el lenguaje utilizado por jurídicos (abogados, jueces. académicos). Este fenómeno no es con al que ocurre otras un disciplinas que utilizan lenguaje o ingeniería. Sin embargo, en el caso por ejemplo‘ en medicina del derecho, su desconocimiento acarrea consecuencias particularmente adversas en tanto se trata de un sistema normativo que alcanza, sin excepción, a todas las personas de la vida. Al igual que la moral o y a todas las esferas la religión. el derecho se y regula (o al menos pretende inmiscuye, norma recursos

rrera

que

los

actores

separa

muy distinto tecnico como,

hacerlo) El

hasta

las

problema

dil'icultad

hace

situaciones del

y relaciones

lenguaje del derecho siglos. En efecto,

ya varios

de Napoleón era que pio, y para ello debía ser Hoy en día. ese objetivo nes

escrito aún

en no

íntimas

más

de las personas.

fue identificado

una

como

gran

una de las mayores preocupaciollegar al ciudadano, hacerlo prolenguaje natural, familiar, conocido.

debía

el derecho

un

se

ha alcanzado.

Además.

las

consecuen-

inciden del desconocimiento desigualmente y en mayor medida entre con menos las personas recursos. Si bien el lenguaje jurídico resulta extraalcanzan un la gran mayoría de las personas, recursos las de menos la comprensión de educación menor que el promedio lo que dificulta disposiciones jurídicas. Además, si bien el primer obstáculo para el

cias

ño para

nivel

de las

conocimiento

pecto. Este nores

recursos

del derecho fenómeno y con

se menor

es el lenguaje, esta potencia en la medida

nivel

educativo

barrera en

que

no

se

limita

a

ese

as-

con melas personas se desenvuelven

generalmente

SHUNKO

en

una

ye

a

subcultura

la que

en

El hecho cotidiana

ROJAS

en

chos

que

Aun

conociendo

a

lo cual

contribu-

desenvuelvan

recursos

la subcultum mismo

de ello, el mero las personas

de la existencia

conocimiento con

menos

vida

su

ámbito

del

lenguaje jurídico

del

el conocimiento

derechos,

sus

menos

conocimiento

su

A más

los asisten.

extraño.

es

éste.

de que los sectores con una subcultura extraña

judicial no sólo afecta cute negativamente en

523

lenguaje jurídico

el

incomprensión de

la

jurídico

y

sino que reperde los dere-

no

suficiente.

es

difi-

tienen

recursos

como para identificar los problemas que enfrentan jurídicos. No saben problema puede ser reparado jurídicamente.Asimismo. aun conociendo sus recon0ciendo derechos. que el problema es jurídico. sabiendo que es este disposible exigir una reparación jurídica. es necesario que la persona en las instituciones forpuesta a interponer la acción. Dada la desconfianza males del Estado en general y en el sistema judicial en particular. existen

cultades que el

indicios todas un

las personas de recun'ir

de que al momento

otras

las barreras

obstáculo

un

gún escrito,

en

en

procesos de letrado. En De non

lar para acceso

factores

dudas

mayores aun

a un abogado justicia.

de letrado

no

se

que

superándose erige como

validez.

tendra

forma, el servicio jurídico se toma poder acceder a la justicia. Por ello. justicia es necesario gamntimr que a un abogado. igual y efectivo acceso recursos, de menores aquellas personas Al igual que notablemente. reducen se

a un

la

en

esta

para

tener

a

último.

Por

acceso

ante el Estado requieren de la intervenal sistema el acceso judicial sí lo exige. el art. 56 CPCCN, establece que los jueces no proveer-an nino controvienan derechos. ya general. en los que se sustenten firma si no llevan o contenciosa, de jurisdicción voluntaria otras palabras, según el articulo. todo acto procesal que ca-

de la firma

rezca

acceso

tienen

recursos

el acceso

todas las peticiones no abogado, principalmente

Aunque Efectivamente. sea

menores

los tribunales.

a

el efectivo

jurídicos

2. Servicios

ción de

para

con

mencionadas.

antes

más

la

inciden

que

en

este

resultado

de

son

conditiu

una

para todas Sin

garantimr las

siuc

qua

efectivo

un

puedan

personas

embargo.y

las condtcuones

particu-

en

ese

para

a la justicia, acceso social tipo económico.

el

los y

cultural. En El

acceso

primer lugar. a

la

justicia

son

los costos

con

independencia

que

los honorarios es

integran

de los

muy onerosa total el costo

del sistema

en

de

jurídico que

abogados

son,

en

altos. general, Varios

mayoría de los.paises. entre acceder a lajusticm la

se

trate,

los honorarios

ellos,

profesro-

nales

la

a

se

dado recursos.

Sin

promedio.

A

desfavorable

estas

para

con

poder

menos

re-

de encontrarse se

personas toda vez

los

encuentran

del

en

términos

social

o

cómo

lo

es

En

conozca.

ni cuándo

necesaria la sola

pobreza,

prohibitivo

jurídicos

distancia para

su

y el Estado, reclamados son

3. Costo

bajando

constante,

manera

en

la demanda.

ocasiones

las

personas

no

saben

un

entre

están

de

las

oferta

reclamados‘

hacia

relegando

Ia

la demanda así

naturalmente

la de

los

menores

a

mayoría

de los servicios

de las empresas, sectores más la de

los secto-

bajos aquéllos.

cuyos

judicial

Como en

servicios

muchas a

haber

la persona. los montos

centralizan

medios

montos

de de

abogado. Contribuye a este hecho las el lugar en donde vive o trabaja la del abogado emplazadas las oficinas sedes esta judiciales). Aun teniendo acceder al abogado, en los casos de extrema para geográfica implica un costo de traslado que resulcontactar

último, dados

Por

cuantía, la proporción entre

menor

aumenta

el valor

que puede grandes distancias y el lugar en donde persona (generalmente en las cercanías información

de

juicios

deben tipo típicamente económico agregarse con alejan las posibilidades de las personas a un servicio gratuito. Aun siendo posible afroncuanto más bajo es el nivel social al que se perse conozca a un o el entorno que abogado que

de

servicio,

probable

menos

dónde,

en

que

de acceder

costos

lenece,

familiar

los

en

socioculturales recursos

menos

un

a

reclamada manera.

dificultades

estas

factores

alto

afrontar

las personas mero hecho

caro

embargo,

y la cantidad de la misma

el costo

cambio.

res

de

abogado que Por otro lado‘ que el promedio de las personas. en la que se manejan las personas el tipo de economía con menos de los reclamos la cuantía menor al judiciales es ostensiblemente más

les resulta

relativos

"

debe

persona

caso

lado, por el

un

de acceder

condiciones

desiguales

ta

el

en

Por

económica

situación

una

una

que

agravado

ve

sentido.

doble

un

en

cursos

gasto

justicia.

hecho

Este

en

el mayor

representan

acceder

tar

Y ENSAYOS

LECCIONES

524

casi

dijimos anteriormente todos los países. Si

y el mantenimiento

el bien

costo en

de acceder

general

de la administración

los de

a la justicia es muy gobiernos pagan los justicia, las personas

Ia mayor deben con cargar parte de los gastos. pretenden utilizarlos de los servicios Excluyendo los costos jurídicos. los distintos rubros en los judicial son: a) tasas judiciales; b) gastos de que se descompone el costo

que

tramites;

c) honorarios

de

peritos

y consultores;

y d) otros

costos.

SHUNKO

El Estado

pósitos. Como vado

ROJAS

525

grava las actuaciones judiciales en general con distintos protodo tributo. el principio de razonabilidad debe ser obsery gravámenes excesivos en un pueden convertirse obs-

en

tasas

ya que

táculo insalvablc

a la para acceder justicia. El pago de la tasa de justicia consde admisibilidad de la acción de modo que su la demanda hasta que el tributo sea satisfecho. que esta decisión de política pública es por lo demas criticablc subordina como que regla general la posibilidad de la tutela judicial a la capacidad contributiva de la persona. En cuanto a los gastos de tramites. en este rubro se incluyen los generados en notificaciones de comunicación en y actos general —diligenciamiento de oficios. cédulas. intimaciones. de mandamientos,

tituye

requisito extrínscco a impide dar curso

un

omisión

Huelga

toda

decir

vez

diligencias

prueba. etc.—. gastos de pericias. publicaciones de edictos, comisiones de traba y anotación subastas. de medidas cautelares los y. en general. todos ocasionados del proceso. En el caso de las pericias. en por la sustanciación particular. dada la complejidad de las materias y especialización creciente que

requiere

se

aumento

la

en

para la solución de conflictos. intervención de expertos en

incrementándose total. por otros

así

auxiliares.

4. Duración

Uno derechos distintos

del

otros a

las

y los apones

producido

un

notable

proceso

de los obstáculos es

ha

se

los procesos judiciaies. de los honorarios periciales en el costo costos residuales que incluyen rubros como. organizaciones profesionales de abogados y a las cajas de seguridad social respectivas.

la incidencia

Por último. existen los aportes

ejemplo,

mas

duración

la excesiva de

mecanismos

notables de

para

los

realización

la efectiva

Ha

procesos.

sido

de los

reconocido

en

de derechos humanos protección internacional que judicial que recaiga en tiempo países quienes Iitigan deben es-

decisión tiene derecho a una persona de útil y razonable. En una gran cantidad

toda

perar

varios

años

que se dicte incrementan

hasta

sentencia.

Los

los costos para pueden ser irreversibles: en sobre los económicamente débiles. mayor medida o transigir por de llevarlos de la demanda a desistir nor nas

que el reclamado recursos de menores

que

el de

una

relación

justicia.

otras

originalmente. Así.

personas. un directa

para sostener La morosidad costo

excesivo

un

el margen preceso de los

que

toma

efectos

de

demora

esa

las partes y presionan pudiéndose dar el caso un

que

mucho

monto

poseen

me-

las perso-

judicial es mucho menor procedimientos genera irrealizable

el

acceso

a

en

la

Y ENSAYOS

LECCIONES

526

colectivas

5. Acciones

la

a

so

de

sez

mucho

recursos

difusos

tra

De

justicia.

conjunto reses

colectivas

acciones

Las

o

sentido,

de lanzarse sólo

de

la aventura

a

incentivos

existen

no

el demandante

plo,

una

mejorar

aun

intentar

para

frente

a

accea

la

se

un

esca-

de los no

inte-

encuen-

juicio complicado. En este tipo de demandas (por ejemresarcimiento de sus propios un

este

el

puede pretender

el

beneficia

persona

derechos

sus

mayor que Sin embargo. en el caso para hacer el reclamo. derechos colectivos, generalmente un individuo

condiciones

en

realizados

ve

útil para

de

el accionar

forma,

esta

herramienta

una

son

perjuicios). En

reconocida

la

colectivamente

de reclamar

posibilidad la Constitución

en

Nacional

fue

reformada

de

1994.

expreEste

y tradición

jurídica argentinas, no ha podido aún hoy los mecanismos para encuentran claramente regulados un vacío en tomo a cómo enorme ejecutar las sentenya en particular‘existe de este tipo de acciones. cias resultantes Ademas, lajurisprudencia —en gran es en a ia falta de capacitación de los jueces también debido medida gea aceptarlas. De esta forma se generan así obstáculos técnineral reticente una barrera más a superar en co-jurídicos que en definitiva se erigen como a la justicia. el difícil emprendimiento de acceder extraño

instituto.

desarrollarse

este

En no pocas cotidianamente acciones

las

la

ilegalidad.

un

instrumento

ocasiones en

están

medida

menor

plena. Lamentablemente tipo de medidas no se

informales

6. Normas

ven

la cultura

a

forma

en

adelante

llevar

;

país,

nuestro

samente

se

las personas subcultura

una

con

de reivindicación

y

su

no

se

desenvuelEn ella.

informales

normas

cotidiana

entorno,

se

jurídico.

al mundo

por

Así, la vida

formales. del derecho

recursos

menores

extraña

reguladas principalmente

por normas desconfía

se

lo

y

desarrolla

comprende

de las necesidades y satisfacción intereses extraños. Por otro lado,

reales

en en

como

sino

de ademas de opresión y al servicio la incomprensión del lenguaje jurídico, las formalidades y los ritualismos vistos como son —producto tipico del derecho y los procesos judiciales—— sus derechos fenómenos complejos e inútiles que pueden incluso cercenar

de

sustanciales.

pobres ciales. nores

mente

a

En

este

adversas

resulta

contexto.

involucrarse

de buscar recursos

los tribunales,

con

asesoramiento

en

encuentran

se

al

acceso

en a

la

los

de ló's el rechazo más que razonable de las agencias polide acercarse

abogados. Así,

situaciones

justicia.

cultural

con melas personas y estructural-

(natural)

SHUNKO

ROJAS

¡37

geográfica

7. Distancia

no lo es. La distancia Aunque parezca un dato menor. geográfica entre el lugar en donde vive o trabaja la persona peticionante y las sedes del Poder Judicial puede constituir una barrera insalvable. Ya .hemos mencionado este obstáculo en lo que se refiere al acceso a los servicios jurídicos y la posibi-

de

lidad

micos. aun

no

acceder

Los

tribunales,

un

al servicio se

geográfica

aplican no

sólo

para

por el

puede

motivos

tituciones

y

sus

funcionarios

pudientes.

menos

lado, refuerza

decidida

sino que. y fundamentalmente. judicial de la subcultura jurídica De

y acrecienta

negativamente jurídicas y sus

y entorno esta

manera.

las barreras en

ya la desconfianza

actores.

no

la

son

mera

en

los

contribuye como

un

familiares

a

Pero

costos

y tener

a

se perextraño.

elemento

que

la subcultura

distancia geográfica por y por otro lado. incide el sistema judicial. las ins-

descriptas, en

econó-

netamente

de los tribunales.

caso

incidir

económicos

al sistema

de los

físicamente

conclusiones

Ide'nticas

más. la distancia

efectos ciba

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