PROGRAMA DE ATENCIÓN A LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y FAMILIAR INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER

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LIBRO BLANCO ENTREGA RECEPCIÓN 2015

“PROGRAMA DE ATENCIÓN A LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y FAMILIAR” INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER

I.

Presentación. El Instituto Municipal de la Mujer en Acapulco (IMMA) es la instancia municipal

encargada de impulsar políticas de equidad en el Municipio de Acapulco de Juárez. Esta dependencia tiene un área encargada de brindar atención a las mujeres víctimas de violencia, mediante un modelo de atención interdisciplinario que involucra las materias de trabajo social, psicología y jurídica, para asistir con calidez a las mujeres que viven en situación de violencia, e implementándose durante la presente administración municipal el Programa de Atención a la Violencia de Género y Familiar. a) Nombre del Programa: Programa de Atención a la Violencia de Género y Familiar.

b) Período de vigencia: La vigencia del Programa es del mes de octubre de 2012 al mes de septiembre de 2015.

c) Cobertura: A las mujeres del Municipio de Acapulco de Juárez y sus familias.

d) Dependencias y Unidades administrativas participantes: Instituto Municipal de la Mujer en Acapulco, Directora General: Lic. Elsa Zamora Acosta.

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II.

Fundamento Legal.

El origen de los Libros Blancos surge de la Entrega-Recepción de la Administración Pública Federal del sexenio de 1988-1994 y de 1994-2000. A partir del año 2000 se integró un Libro Blanco, teniendo como resultado una acción de gobierno con la documentación más relevante generada por un programa, proyecto de inversión o acción, relatando los resultados alcanzados con documentos cualitativos y cuantitativos. Con fecha 10 de octubre de 2005, la Secretaría de la Función Pública Federal expidió los “Lineamientos para la formulación del Informe de Rendición de cuentas de la Administración Pública Federal 2000-2006”, teniendo como resultado la documentación relevante generada en el periodo, relatando los resultados alcanzados con documentos cualitativos y cuantitativos. El 11 de diciembre de 2008 la Secretaría de la Función Pública, expide en el Diario Oficial de la Federación el Decreto “Programa Nacional de Rendición de Cuentas, Transparencia y Combate a la Corrupción 2008-2012”, con el propósito de contribuir a la consolidación de la gobernabilidad democrática a través de la aplicación estricta de la Ley y de la plena vigencia de los principios de rendición de cuentas, integridad y transparencia, con la finalidad de contribuir al desarrollo de una cultura con apego a la legalidad, a la ética y a la responsabilidad pública. Con fecha 10 de octubre de 2011, se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los “Lineamientos para la elaboración e integración de Libros Blancos y de Memorias Documentales”, emitidos por la Secretaría de la Función Pública, con la finalidad de dejar constancia de acciones y resultados obtenidos de programas, proyectos o asuntos relevantes y trascendentes de la administración pública.

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Si bien, las disposiciones legales de carácter estatal y municipal no tienen previstas específicamente la obligación del Municipio de entregar los Libros Blancos relativos a la gestión municipal, es factible tomar como fundamento legal los siguientes preceptos legales contenidos en la Ley Número 876 de Entrega-Recepción de las Administraciones Públicas del Estado y Municipios de Guerrero y en la Ley Orgánica del Municipio Libre del Estado de Guerrero, que sustentan la recopilación y sistematización de la información sobre las acciones de gobierno que han sido centrales y que caracterizan de manera peculiar a la presente administración pública municipal. LEY NÚMERO 876 DE ENTREGA-RECEPCIÓN DE LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS DEL ESTADO. “ARTÍCULO 8.- La entrega-recepción que establece esta Ley, se realizará mediante el acto administrativo que se asienta en el acta correspondiente, a la que se acompañará la información y la documentación relativa a los asuntos, programas, obras, obligaciones y recursos asignados, en base a las disposiciones normativas complementarias y formatos que emita la Contraloría o el Órgano Interno de Control … …” “ARTÍCULO 12.- Cuando la entrega-recepción se realice por el cambio de administración, la información que se incluya en el acta deberá comprender, al menos, el marco jurídico de actuación de la unidad administrativa, la estructura de organización, la situación de los programas o acciones a su cargo, los recursos humanos, materiales y financieros asignados para el cumplimiento de sus funciones, un informe de la situación que guarden los asuntos relevantes en proceso de atención o resolución, así como un resumen o informe ejecutivo de los principales resultados obtenidos durante el período que concluye.”

LEY ORGÁNICA DEL MUNICIPIO LIBRE DEL ESTADO DE GUERRERO. “ARTÍCULO 39.- El Ayuntamiento saliente hará entrega en la segunda quincena de septiembre de los informes e inventarios sobre el patrimonio mobiliario e inmobiliario, los “PROGRAMA DE ATENCIÓN A LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y FAMILIAR” Página | 4

recursos humanos y financieros, los archivos e informes sobre el avance de los programas de gobierno pendientes o de carácter permanente, asegurando la disponibilidad de recursos para el pago de aguinaldo proporcional, prima vacacional y demás prestaciones de los trabajadores de la administración municipal.” ARTÍCULO 42.- El Ayuntamiento en funciones preparará los siguientes expedientes: … … … IV. Relación de asuntos pendientes de resolver, así como los documentos vinculados a los mismos; … … … … XVI. Las demás que sean necesarias para mantener la continuidad en la administración municipal y en la atención a la ciudadanía, así como para evitar daños al patrimonio municipal. En caso de que los servidores públicos municipales omitan la información establecida en este artículo o no la entreguen al Comité de entrega-recepción en al (sic) acto final de entrega-recepción, conforme lo establece la presente Ley, les serán aplicables las sanciones establecidas en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Guerrero.”

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III.

Objetivo.

El objetivo del Programa de Atención a la Violencia de Género es brindar una atención respetuosa, eficiente y confidencial a las mujeres que viven una situación de violencia, proporcionándoles servicios de apoyo y orientación jurídica, psicológica y de trabajo social, con fundamento en un modelo de atención previamente determinado que contribuya a la seguridad de las usuarias.

De manera específica, este Programa va encaminado a lograr que la mujer reconozca los diferentes tipos de violencia que existen, tales como física, sexual, psicoemocional, patrimonial y económica, y que sea capaz de distinguir cuando sea víctima de alguno de estos tipos de violencia, para que acuda a denunciar a su agresor; y, sobre todo, que reconozca que la violencia es progresiva y que puede terminar con la muerte.

En este sentido, el fin es proporcionar atención inmediata, mediante servicios, tales como, intervención en crisis, orientación y asesoría legal, entre otros, de tal manera que permitan referirla a áreas de atención especializada, de acuerdo a las necesidades manifestadas por la usuaria, a fin de permitirle salir del ciclo de violencia si está decidida a hacerlo.

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IV.

Antecedentes.

En períodos anteriores, el gobierno municipal daba atención al tema de la violencia de género por medio de la Dirección de Asuntos de la Mujer y Grupos Vulnerables. Por Acuerdo de Cabildo de fecha 10 de noviembre de 2005, se crea el Instituto Municipal de la Mujer, fecha a partir de la cual, esta Institución adopta el Programa de Atención a la Violencia de Género.

La creación del Instituto Municipal de la Mujer es uno de los resultados de los acuerdos firmados por México en la Plataforma de la IV Conferencia de la Mujer celebrada en Beijing, China, en el período transcurrido del 04 al 15 de septiembre de 1995, a través de los cuales se establece la obligación de crear instancias que apoyen a las mujeres para su desarrollo social.

Asimismo, los Tratados Internacionales, tales como la Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificada por México en 1981, así como la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o la Convención de Belem Do Pará, adoptada en Belem do Pará, Brasil el 9 de junio de 1994 y ratificada por México el 19 de junio de 1998, son instrumentos que hacen énfasis en aplicar la perspectiva de género como herramienta que impulse programas para su transversalización e institucionalización, así como programas para prevenir, atender y eliminar la violencia de género y familiar.

La problemática que enfrentamos en este tema son los altos índices de violencia hacia la mujer, entre los cuales se encuentra la de género y familiar. Guerrero se ubica en el cuarto lugar a nivel nacional en violencia contra las mujeres y Acapulco se

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encuentra entre los primeros municipios donde hay mayor índice de violencia por cuestión de género. Guerrero también ocupa un alto índice de mujeres asesinadas de forma violenta, cerca de 200 mujeres fueron asesinadas en los 11 meses de 2012, previos al inicio de la presente gestión, de estos asesinatos el 52.5% ocurrieron en el municipio de Acapulco cuya tasa de incidencia correspondió al 23.5%.

Es por ello que dentro de las actividades que corresponden al IMMA, se ha dado especial atención al tema de la violencia de género y familiar, estableciéndose un área de atención que en principio fue identificada como Unidad de Atención a Víctimas, y posteriormente, como Dirección de Asuntos Jurídicos o Dirección de Investigación y Atención de la Violencia, y finalmente, como Área de Atención a la Violencia, que es como se denomina en la actualidad.

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V.

Marco normativo aplicable.

El Programa de Atención a la Violencia de Género y Familiar está sustentado en varios instrumentos legales y normativos, a saber: a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: “Artículo 1º.- En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece. Las normas relativas a los derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a las personas la protección más amplia. Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley. Está prohibida la esclavitud en los Estados Unidos Mexicanos. Los esclavos del extranjero que entren al territorio nacional alcanzarán, por este solo hecho, su libertad y la protección de las leyes. Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.” “Artículo 4º.- El varón y la mujer son iguales ante la ley. Esta protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos. Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El Estado lo garantizará. … “PROGRAMA DE ATENCIÓN A LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y FAMILIAR” Página | 9

Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho… Toda familia tiene derecho a disfrutar de vivienda digna y decorosa. La Ley establecerá los instrumentos y apoyos necesarios a fin de alcanzar tal objetivo. En todas las decisiones y actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez. Los ascendientes, tutores y custodios tienen la obligación de preservar y exigir el cumplimiento de estos derechos y principios. El Estado otorgará facilidades a los particulares para que coadyuven al cumplimiento de los derechos de la niñez. … … …”

b) Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), adoptada el 18 de diciembre de 1979 por la Asamblea General de las Naciones Unidas y ratificada por México en 1981.

c) Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer o Convención de Belem Do Pará, adoptada en Belem do Pará, Brasil el 9 de junio de 1994 y ratificada por México el 19 de junio de 1998.

d) Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, publicada el 02 de agosto de 2006.

e) Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, publicada el 01 de febrero de 2007.

f) Ley número 280 de Asistencia y Prevención de la Violencia Familiar del Estado “PROGRAMA DE ATENCIÓN A LA VIOLENCIA DE GÉNERO Y FAMILIAR” Página | 10

de Guerrero, publicada el 13 de abril de 1999, cuya última reforma fue publicada el 12 de enero de 2007.

g) Ley número 553 de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado Libre y Soberano de Guerrero, publicada el 08 de Febrero de 2008.

h) Ley número 494 para la Igualdad entre Mujeres y Hombres del Estado de Guerrero, publicada el 28 de diciembre de 2010.

i) Reglamento de la Ley número 553, de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia del Estado Libre y Soberano de Guerrero, publicada el 05 de diciembre de 2008.

j) Reglamento del Sistema Estatal para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia entre las Mujeres, publicado en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado el 05 de diciembre de 2008.

k) Reglamento Interior del Consejo Municipal para la Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar de Acapulco de Juárez, dado el 08 de mayo de 2002, en la Sala de Cabildo municipal.

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VI.

Vinculación con el Plan Municipal de Desarrollo.

El Programa de Atención a la Violencia de Género y Familiar se encuentra sustentado en el Eje 3 del Plan Municipal de Desarrollo 2012-2015 denominado “Desarrollo Social con Equidad”, que atiende lo relativo a la igualdad de condiciones y oportunidades entre mujeres y hombres, en el caso concreto del IMMA, y considerando que las condiciones se refieren al mejoramiento del entorno físico y las oportunidades a los satisfactores básicos, tales como la educación, empleo, cultura, deporte y alimentación.

Por tales motivos, el Programa de Atención a la Violencia de Género, forma parte de la Línea de Acción establecidas bajo el punto 8.2 denominado de Difusión de los programas de equidad de género, que involucra los proyectos siguientes:

115 Promoción y difusión de los servicios que proporciona el Instituto Municipal de la Mujer.

117 Difundir los derechos de las mujeres en la población de Acapulco por medio de conferencias y pláticas.

118 Implementación de técnicas y estrategias para empoderar a las mujeres en situación de violencia detectadas por el área jurídica y psicológica.

119 Campaña permanente de prevención del delito de violencia familiar.

120 Prevención y combate a la trata de personas y protección de víctimas.

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VII. Acciones realizadas. Durante esta administración se realizaron varias acciones encaminadas a prevenir y atender la violencia de género en dos vertientes:

VII.1. Prevención. Con la finalidad de crear una cultura social de prevención en el tema de la violencia, particularmente la de género, se llevaron a cabo diversas actividades, resaltándose las siguientes: En el año 2013, se inició la campaña denominada: “Dime cómo la tratas y te diré quién eres”, que tuvo como tema principal la violencia en el noviazgo y de pareja.

Figura 1. Trabajos de la campaña “Dime cómo la tratas y te diré quién eres”.

Como parte de esta campaña, se visitaron escuelas de nivel medio superior y

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superior en donde se impartieron talleres a mujeres y varones de 18 a 29 años de edad, en relación a la prevención de violencia sexual, roles estereotipados, derechos sexuales y reproductivos.

A la vez, fueron colocados posters en lugares estratégicos del Municipio, tales como establecimientos comerciales, centros nocturnos y accesos públicos.

Figura 2. Póster relativo a la campaña “Dime cómo la tratas y te diré quién eres”.

Figura 3. posters.

Colocación

de

Se realizó un recorrido con una valla móvil durante un periodo de mes y medio, en avenidas principales del municipio, llevando la imagen de la campaña con la finalidad de concientizar a la ciudadanía en general, respecto al cuidado y respeto en las relaciones de pareja.

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También en el año 2013, nace el programa Matrimonio sin Violencia, el cual es una propuesta creada por el IMMA y gestionada por esta administración ante la Federación a través del Programa Nacional para la Prevención Social de la Violencia y de la Delincuencia, con el objetivo de prevenir y erradicar la violencia familiar en las parejas próximas a contraer nupcias en el municipio.

Figura 4. Participantes en los talleres prematrimoniales de Matrimonios sin Violencia.

Figura 5. Dinámicas de grupo en los talleres de Matrimonios sin Violencia.

En el inicio del programa Matrimonio sin Violencia se realizaron talleres de “Pláticas prenupciales”, cuya asistencia era voluntaria. En la actualidad el Instituto sigue realizando las pláticas sobre violencia familiar a las parejas próximas a contraer matrimonio, a quienes se les expide la Constancia de participación correspondiente, la cual debe acompañarse a la solicitud de matrimonio que presentan ante la Dirección del Registro Civil, en cumplimiento del artículo 349, fracción VIII, del Código Civil del Estado Libre y Soberano de Guerrero.

En estas pláticas se utilizó como material de trabajo un manual de violencia familiar denominado “Matrimonios sin violencia”.

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En el año 2014, fue impartido el taller “Amores Chidos”, el cual hace referencia al tema de la violencia en el noviazgo y las relaciones de pareja. Este taller fue dirigido a jóvenes en etapa de noviazgo, con el fin de prevenir, visibilizar y desnaturalizar la violencia de género.

Figura 6. Taller Amores Chidos impartido a jóvenes de la Escuela Secundaria Técnica No. 1

Figura 7. Dinámicas del Taller Amores Chidos.

VII.2. Atención. El IMMA tiene un área especializada en la que se brinda atención a las mujeres víctimas de violencia, que acuden al Instituto Municipal de la Mujer en busca de apoyo, el cual se otorga a través del Área Jurídica, en apego a un modelo integral donde una trabajadora social toma sus datos y la refiere con la psicóloga y una abogada, dependiendo de la necesidad que en ese momento observe en la usuaria.

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Figura 8. Prestación del servicio de asesoría jurídica en el IMMA a mujeres víctimas de violencia.

Figura 9. Personal de trabajo social del IMMA en atención a mujeres víctimas de violencia.

En el mes de noviembre de 2014, se llevó a cabo el “Programa de Brigadas Itinerantes”, con motivo del cual un grupo interdisciplinario, realizó visitas a las zonas rurales y área conurbada de Acapulco, con la finalidad de proporcionar atención psicológica, jurídica y social a las mujeres víctimas de violencia en las comunidades de Barrios Históricos, La Venta, Renacimiento, Alfredo Bonfil, Las Plazuelas, Pie de la Cuesta y Potrerillo.

Figura 10. Actividades de trabajo social en las brigadas.

Figura11. Trabajos de atención psicológica en las brigadas.

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Figura 12. Servicio de atención médica proporcionado en las brigadas.

Figura 13. Atención jurídica y psicológica proporcionada en las brigadas.

Figura 15. Pláticas en las Brigadas en la comunidad de Tres Palos.

Figura 14. Pláticas en las Brigadas en la comunidad de Villa Sol.

Figura 16. Pláticas en las Brigadas en la comunidad de Llano Largo.

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Figura 17. Pláticas en las Brigadas en la comunidad del Km. 30.

Figura18. Pláticas en las Brigadas en la comunidad de Huamuchito.

En noviembre de 2014, se instaló el Consejo Municipal para la Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar, como órgano de apoyo, normativo, de consulta, evaluación y coordinación de las tareas y acciones en materia de violencia familiar.

Dentro de las principales funciones que corresponden a dicho Consejo, de acuerdo a su propio Reglamento Interior, destacan las siguientes: 

Promover la colaboración e información entre las dependencias que lo integran y con los Consejos, organizaciones y asociaciones relacionados con el tema.



Fomentar la instalación de áreas especializadas en la atención de la violencia intrafamiliar

en

colonias

populares,

centros

de

salud

y

en

áreas

predominantemente habitadas por grupos vulnerables. 

Identificar y analizar los problemas reales y potenciales de la violencia familiar, levantar el inventario y elaborar los estudios correspondientes, con propuesta de principios y procedimientos para abordar su prevención y solución.

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Realizar convenios de coordinación con los medios de comunicación a fin de que participen en la difusión de las acciones preventivas y asistenciales de este ordenamiento, así como de las denuncias que deban hacerse.

Figura 19. Primera sesión extraordinaria correspondiente al año 2015 del Consejo Municipal para la Asistencia y Prevención de la Violencia.

Figura 20. Participación en sesión del Consejo de la Unidad especializada de Atención a la Violencia Familiar y de Género de la Secretaría de Seguridad Pública.

Figura . Personal de trabajo social del IMMA en atención a mujeres víctimas de El Consejo Municipal para la Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar, violencia.

se conforma por los siguientes miembros: Cargo

Corresponde a:

Presidente (a)

Secretario (a) General de Gobierno

Primera Vicepresidenta

Delegada de la Secretaría de la Mujer en Acapulco

Segunda Vicepresidenta

Presidenta del Patronato del Sistema DIF Municipal

Vocal Operativa de Enlace

Regidor (a)

Vocal Operativa Técnica

Regidor (a)

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En auxilio de las funciones administrativas del Consejo, se encuentra designada la Directora General del Instituto Municipal de la Mujer, con el carácter de Secretaria Técnica, quien a la fecha lleva el registro y control de las sesiones y reuniones de trabajo realizadas.

Figura 21. Participación de la Lic. Elsa Zamora Acosta, Directora del IMMA, como Secretaria Técnica del Consejo.

Figura 22. Participación de organizaciones civiles en el Consejo.

A raíz de diversos eventos de inseguridad en el interior del Parque Papagayo, y a manera de prevención a futuros eventos delictivos, el 19 de marzo de 2015 el Instituto realizó la donación de 60 silbatos con la leyenda “Unidas con un silbido de alerta”, mismos que el Consejo del Parque Papagayo, entregó a los integrantes del Guerreros Verdes y demás grupos de yoga que asisten regularmente, a fin de que dichos usuarios los utilicen a manera de aviso en caso de presentarse algún problema dentro del parque.

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Figura 23. Muestra de los silbatos donados por la Lic. Elsa Zamora Acosta, para uso de las usuarias del Parque Papagayo.

Figura 24. Reunión del Consejo del Parque Papagayo en la que se hizo entrega de los silbatos.

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VIII. Logros y resultados. 

Considerada la violencia de género como un problema de salud pública, el Gobierno del Municipio de Acapulco de Juárez, mediante la atención otorgada en el Instituto Municipal de la Mujer, da cumplimiento a sus compromisos, reflejándose esto en la creación de la cultura de la denuncia en las mujeres que acuden solicitando ayuda.



Se mejoró la atención en el servicio con la contratación de personal de apoyo con el perfil necesario para el IMMA: 2 abogadas, 1 psicóloga y 1 trabajadora social en el área de atención a la violencia.



Con la campaña “Dime cómo la tratas y te diré quién eres”, que tuvo como tema principal la violencia en el noviazgo y de pareja, se visitaron 16 escuelas de nivel medio superior y superior en donde se impartieron talleres a 447 mujeres y 351 varones de 18 a 29 años de edad. Fueron colocados 2,780 posters en lugares estratégicos del municipio con la imagen y spot de dicha campaña.



Con el tema “Amores Chidos”, se impartieron un total de 95 talleres en los que fueron beneficiados 1,859 jóvenes de escuelas públicas de nivel medio y medio superior.



Se establecieron dos horarios, matutino y vespertino, para la celebración de las pláticas prematrimoniales de prevención de violencia de pareja y familiar.



De marzo de 2014 a junio de 2015 han sido atendidas 3,031 parejas próximas

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a casarse, mediante la impartición de las pláticas prematrimoniales de matrimonios sin violencia, logrando así crear una sensibilización tanto a mujeres como a hombres en el tema de la violencia de género, lo que se considera les permitirá contar con elementos para identificar cuando sea el caso de que se presente violencia en cualquiera de sus tipos dentro de su matrimonio, y saber qué acciones tomar al respecto. 

Cerca de 250 usuarias fueron atendidas con motivo del Programa de Brigadas Itinerantes.



Por cuanto hace a las usuarias atendidas en el Área de Atención a la Violencia con que cuenta el Instituto en sus propias instalaciones, se reportan las siguientes:

PERÍODO 2013 2014 2015 (1er. Semestre) 

USUARIAS ATENDIDAS 599 1,013 373

De las 599 mujeres atendidas en el año 2013, tres fueron referidas al refugio dependiente de la Secretaría de la Mujer del Gobierno del Estado para resguardo de su persona, por ser víctimas de violencia extrema. En el año 2014, de las 1,013 mujeres atendidas, tres fueron referidas al refugio y cinco más al albergue temporal del Municipio de Acapulco. Al menos en el primer semestre de 2015, no se presentó ningún caso que ameritará la referencia de la usuaria a ninguno de estos dos servicios.



Por cuanto hace al Consejo Municipal para la Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar, la Directora General del IMMA, en su carácter de

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Secretaria Técnica, ha impulsado la celebración constante e ininterrumpida de las sesiones trimestrales ordinarias de trabajo; y ha fungido como enlace correspondiente con las organizaciones civiles e instituciones interesadas y relacionadas con el tema del combate a la violencia de género y familiar.

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IX.

Informe final del servidor público responsable.

Resulta sumamente trascendental dar seguimiento a los trabajos del Consejo Municipal para la Asistencia y Prevención de la Violencia Intrafamiliar, por ser éste un órgano importante para la toma de decisiones y establecimiento de líneas de acción y comunicación asertiva entre las diversas instituciones municipales encargadas de la atención y prevención de la violencia y la sociedad civil, para combatir esta problemática social.

Cabe destacar que en diversas sesiones de trabajo del referido Consejo, esta administración recibió múltiples felicitaciones por parte de las representantes de diversas redes y asociaciones ciudadanas, por el hecho de que, según sus propias afirmaciones, este fue el primer gobierno que dio la importancia merecida a la instauración del Consejo y sus correspondientes acciones de trabajo.

Entre los pendientes del Consejo, destaca el dar seguimiento a las propuestas de iniciativa del Reglamento Interior del Instituto Municipal de la mujer, Reglamento para la Prevención y Sanción del Hostigamiento, Acoso y Aprovechamiento Sexual para las y los Servidores Públicos del Municipio de Acapulco, así como, a la propuesta de reformas al Bando de Policía y Gobierno y al Reglamento Interno de la Administración Municipal con Perspectiva de Género.

De igual manera, con la finalidad de seguir trabajando en el establecimiento de la cultura de No violencia en contra de la mujer, deberá darse continuidad a la celebración de las pláticas prematrimoniales denominadas “Matrimonios sin violencia”, tomando en cuenta además, que la exhibición de la Constancia de haber tomado dicha plática es un requisito legal establecido en el artículo 349 del Código Civil del Estado de Guerrero que debe acompañarse a la solicitud de matrimonio.

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X.

Soporte documental.

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