PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO 4 (Zona Surponiente) DE COZUMEL, QUINTANA ROO

Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona 4 de Cozumel Quintana Roo. PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO 4 (Zona Surponiente) DE COZUMEL, QU

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Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona 4 de Cozumel Quintana Roo.

PROGRAMA PARCIAL DE DESARROLLO URBANO 4 (Zona Surponiente) DE COZUMEL, QUINTANA ROO

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Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la Zona 4 de Cozumel Quintana Roo.

1. Introducción. El Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel aprobado el 23 de abril del 2006, establece la necesidad de formular y aplicar un Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la zona comprendida dentro de los límites del polígono de la UGAT-13 del POET en la parte surponiente de la mancha urbana de Cozumel. Esta zona juega un importante papel en el desarrollo de la ciudad, debido a su localización dentro del sistema naviero de la isla, al colindar con el puerto internacional de cruceros y contar con una marina dentro de sus límites. Por otra parte cuenta con el área natural protegida del Parque Nacional Chankanaab, el cual es uno de los sitios naturales más espectaculares del país, atrayendo una gran cantidad de turistas. Sumado a esto la zona tiene dos de los hoteles más importantes de la isla. La Avenida perimetral pasa por el polígono de estudio, siendo esta una de las principales vías de comunicación del municipio entre los distintos sitios turísticos de la isla, la ciudad y los muelles de cruceros. Debido a las características antes mencionadas, la zona ha venido presentando una fuerte presión de crecimiento, lo que hace indispensable contar con un instrumento que permita regular y ordenar el crecimiento urbano, asegurando así la protección del Parque Nacional Chankanaab y de sus características ambientales, así como aprovechando de forma armónica el turismo que pasa por la isla. El presente programa establece las disposiciones que norman y regulan el desarrollo de las actividades urbanas y uso de suelo dentro de la zona de estudio e incorpora e integra los criterios y lineamientos derivados de varios estudios y trabajos realizados por diferentes especialistas e instituciones, entre los que destacan el estudio formulado por FONATUR denominado Ampliación de la Marina de Cozumel. Además este programa es producto de un proceso de participación, discusión y análisis con los técnicos y dirigentes generales y funcionarios locales.

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2. Objetivos generales. a) Diagnosticar la problemática actual que presenta la zona y sus tendencias de crecimiento. b) Detectar los impactos en el medio (aire, agua, suelo y contaminación visual) que actualmente afectan la zona, y establecer las medidas y recomendaciones de carácter general, para su mitigación, mejoramiento y ordenación. c) Proponer una estructura urbana y la normatividad de usos y destinos de suelo que propicien un ordenamiento urbano que garantice el bienestar social, considerando la importancia ambiental que representa el polígono de estudio para el resto del municipio. d) Dotar de elementos técnicos y de validez jurídica a las autoridades municipales para garantizar la ordenación y regulación del desarrollo urbano. e) Establecer una normatividad que permita mantener y mejorar las características ambientales de la zona, aumentando la derrama económica en beneficio de la zona y el municipio. f) Impulsar el desarrollo de la zona y el municipio, mediante la captación de nuevos mercados con una mayor derrama económica para la Isla, lo que contribuya al aumento en la captación de divisas y la creación de empleos.

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3. Antecedentes. 3.1 Bases jurídicas El Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la zona 4 de Cozumel retoma las disposiciones y condicionantes determinadas en el nivel normativo del Plan de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel que le son inherentes ratificando la correlación entre los dos niveles de planeación. Adicionalmente, se enmarca dentro de los siguientes planes: a) Marco legal federal Las bases jurídicas que sustentan el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la zona 4 de Cozumel, tienen como partida los mandatos constitucionales incluidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en sus artículos 27, párrafo tercero; 73, fracción XXIX-C; y 115 fracciones II, III, IV, y V, reformados el 3 de febrero de 1983, en los cuales se establece la participación de la Nación en la ordenación y regulación de los asentamientos humanos en el país, la concurrencia de los tres niveles de gobierno en la materia, la facultad de los estados para expedir las leyes relativas al desarrollo urbano y de los municipios para expedir los reglamentos y disposiciones administrativas de observancia general que se requieran. Estos preceptos se ratifican en el artículo 38 de la Constitución Política del Estado de Quintana Roo. b) Ley General de Asentamientos Humanos Las disposiciones de la Ley General de Asentamientos Humanos aprobada el 9 de julio de 1993, y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de julio de 1993, así como sus adiciones publicada el 5 de agosto de 1994, establecen las normas básicas aplicables a los Programas de Desarrollo Urbano y regulan las acciones de conservación, mejoramiento y crecimiento en un área o zona determinada.

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c) Ley de Planeación La parte medular de la Ley de Planeación es la “Planeación Nacional del Desarrollo”. Las disposiciones en el ordenamiento del territorio nacional que con base a la actuación de las facultades del Ejecutivo Federal en materia de ordenamiento y promoción de las actividades económicas, políticas, sociales y culturales, tiene como objetivo el aprovechamiento del territorio nacional, de acuerdo a las normas, principios y objetivos que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y la Ley de Planeación. Este ordenamiento tiene para el estado de Quintana Roo una gran importancia, ya que precisa a la planeación como un elemento imprescindible para enfrentar los problemas nacionales y para promover el desarrollo del territorio y de los asentamientos humanos. Adicionalmente se establece el Sistema Nacional de Planeación Democrática dentro del cual se incluye a la planeación urbana y por lo tanto la planeación del desarrollo urbano del estado de Quintana Roo. d) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA) establece en su artículo 32 que en el caso de que un plan o programa parcial de desarrollo urbano o de ordenamiento ecológico del territorio incluya obras o actividades señaladas en el articulo 28 de esta ley, las autoridades competentes de los estados, el Distrito Federal o los municipios, podrán presentar dichos planes o programas a la Secretaría con el propósito de que ésta emita la autorización de impacto ambiental correspondiente, de acuerdo a las obras o actividades que se prevean realizar en un área definida, en los términos previstos en el artículo 31 de esta ley. El artículo 99 fracción III, define los criterios para la preservación y aprovechamiento sustentable del suelo que se considerarán en el establecimiento de usos, reservas y destinos, en los programas de desarrollo urbano, así como en las acciones de mejoramiento y conservación de los centros de población. De igual manera, establece los criterios para prevenir y controlar la contaminación del suelo que se incluirán en la ordenación y regulación del desarrollo urbano. El artículo 112, fracción II, señala la obligación de los municipios de aplicar los criterios generales para la protección de la atmósfera en los planes de desarrollo urbano de su competencia. Esto se complementa con el artículo 115, que señala que la SEMARNAP (actualmente SEMARNAT) promoverá que en la determinación de usos del suelo que definan los programas de desarrollo urbano respectivos, se consideren las condiciones topográficas, climatológicas y meteorológicas.

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e) Marco jurídico del Estado de Quintana Roo En el ámbito estatal la competencia está definida en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Quintana Roo. El artículo 128 establece facultades a los municipios para formular, aprobar y administrar la zonificación y los Planes de Desarrollo Urbano. La legislación sustantiva estatal en la materia está integrada por la Ley de Asentamientos Humanos, la Ley Orgánica de Planeación del Estado de Quintana Roo, la Ley de Catastro, la Ley de Fraccionamientos, la Ley de Agua Potable y Alcantarillado, la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, y la Ley del Instituto de Fomento a la Vivienda y regularización de la propiedad del Estado de Quintana Roo (INFOVIR), todas del Estado de Quintana Roo. f) Correspondencia con el contexto estatal de planeación El Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la zona 4 de Cozumel se encuentra vinculado con diversos niveles de políticas y lineamientos de la planeación del desarrollo urbano que aplican en Quintana Roo y en el territorio nacional. Los instrumentos legales que son relevantes para el Programa Parcial de Desarrollo Urbano de la zona 4 de Cozumel incluyen a los siguientes: ƒ Plan Estratégico de Desarrollo integral del Estado de Quintana Roo ƒ Programa Estatal de Desarrollo del Estado de Quintana Roo ƒ Programa de Desarrollo Urbano Turístico del Corrredor Cancún-Riviera Maya ƒ Programa Subregional de Desarrollo Urbano de la Región Caribe Norte ƒ Programa de Ordenamiento Ecológico Territorial de la Región denominada Isla de Cozumel y su Área Marina de Influencia ƒ Plan de Desarrollo Municipal de Cozumel ƒ Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel.

3.2 Correspondencia con el Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel. El Programa de Desarrollo Urbano del Centro de Población de Cozumel, establece como zona sujeta a un Programa Parcial la zona comprendida dentro de los límites de la UGAT-13 del POET localizado en la zona surponiente de la ciudad de Cozumel.

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…“Se propone la elaboración de un Programa Parcial en los límites de lo que es la UGAT-13 del POET en la parte surponiente de la mancha urbana, con el fin de estructurar de forma adecuada los asentamientos existentes y normarlos, así como darle el mejor uso de acuerdo a sus características ambientales y ecológicas.” Dicho programa parcial limita al norte por la Avenida Claudio Canto, al sur con el límite de la UGAT-ah12 para asentamientos humanos, al poniente por la carretera Costera Sur y al oriente por la Zona Federal Marítima Terrestre.

3.3 Ubicación de Municipio.

la

zona

de

estudio

dentro

del

El Estado de Quintana Roo se localiza en la Región Sureste, junto con los Estados de Campeche, Yucatán y Chiapas; conformando lo que se denomina el Sistema Urbano Peninsular del que Chetumal es un centro regional. De acuerdo al Programa Estatal de Desarrollo Urbano del Estado de Quintana Roo (abril de 2002), la población de Cozumel está incluida en la Región Caribe Norte del Estado, específicamente en la Sub-Región Riviera Maya, junto con las localidades de Puerto Morelos, Playa del Carmen y Tulúm (Gobierno del Estado, 2002:84). A nivel estatal, Cozumel, tiene la jerarquía de Centro Integrador Regional en el Sistema Urbano Estatal –junto a Playa del Carmen- debido a que tienen poblaciones que oscilan entre los 35,000 y los 149,000 hab. La región dentro de la cual se localiza este centro de población es de suma importancia para el desarrollo económico del estado debido a que en ella se concentra el 90% de su infraestructura hotelera. El municipio de Cozumel comprende una extensión de 647.33 km2, lo que representa el 1.27% del Estado, y cuenta con mas de 40 km de largo y una anchura media de 12.8 km. La zona de estudio se encuentra dentro del poblado de Cozumel al norponiente de la isla de Cozumel dentro de la UGAT-ah13 y del Fundo Legal considerado por el POET como zona apta para los asentamientos humanos.

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3.4 Delimitación del área de estudio. La zona de estudio se localiza en la parte surponiente del poblado de Cozumel en la UGAT-ah13 del POET, dicho programa parcial limita al norte por la Avenida Claudio Canto, al sur con el límite de la UGAT-ah12 para asentamientos humanos, al poniente por la carretera Costera Sur y al oriente por la Zona Federal Marítimo Terrestre. Las localidades que se encuentran localizadas dentro del polígono según información del INEGI son las siguientes: -

El Ramonal, Caleta, Las Palmitas, Cune och, Dzul ha, Club del sol, Palmar primero y segundo, Fiesta americana, Varadero 2001 e Irimar.

La superficie aproximada del polígono es de 301-85-47.66 hectáreas y sus coordenadas geográficas son las siguientes: Punto

Coordenadas

1

X=508269.60 Y=2264028.64

L

Distancia

116.16

2

X=508375.42 Y=2263980.75

1-2

3

X=508391.36 Y=2263973.86

2-3

17.37

4

X=508341.01 Y=2263488.42

3-4

488.04

5

X=508308.06 Y=2263133.21

4-5

356.74

6

X=508282.71 Y=2263028.57

5-6

107.66

7

X=508249.87 Y=2262953.13

6-7

82.28

8

X=508203.06 Y=2262879.35

7-8

87.38

9

X=507816.18 Y=2262423.10

8-9

598.20 159.42

10

X=507712.18 Y=2262302.27

9-10

11

X=507670.02 Y=2262241.51

10-11

73.96

12

X=507520.19 Y=2261942.68

11-12

334.29

13

X=507327.46 Y=2261593.28

12-13

399.03

14

X=507260.33 Y=2261455.41

13-14

153.34

15

X=507216.07 Y=2261344.90

14-15

119.05

16

X=507175.43 Y=2261227.98

15-16

123.78

17

X=507098.72 Y=2260980.88

16-17

258.73

18

X=507057.36 Y=2260832.43

17-18

154.11

19

X=506999.78 Y=2260665.63

18-19

176.46

20

X=506972.49 Y=2260601.53

19-20

69.67

21

X=506922.97 Y=2260505.96

20-21

107.63

22

X=506863.96 Y=2260409.45

21-22

113.12

23

X=506636.53 Y=2260077.81

22-23

402.13

24

X=506544.33 Y=2259950.35

23-24

157.31

25

X=506469.83 Y=2259858.25

24-25

118.45

26

X=506313.20 Y=2259694.88

25-26

226.32

27

X=506228.23 Y=2259623.76

26-27

110.81

28

X=505597.31 Y=2259116.99

27-28

809.24

29

X=505546.97 Y=2259068.17

28-29

70.13

30

X=505524.72 Y=2259086.61

29-30

28.90

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Punto

Coordenadas

L

Distancia

31

X=505390.11 Y=2259214.65

30-31

185.78

32

X=505333.73 Y=2259271.70

31-32

80.21

33

X=505535.60 Y=2259540.56

32-33

336.21

34

X=505964.81 Y=2259992.90

33-34

623.57

35

X=506154.25 Y=2260304.83

34-35

364.95

36

X=506274.29 Y=2260658.39

35-36

373.38

37

X=506450.71 Y=2261059.87

36-37

458.53

38

X=506816.53 Y=2261582.54

37-38

637.98

39

X=506876.54 Y=2261880.47

38-39

303.91

40

X=506971.38 Y=2262156.28

39-40

291.66

41

X=507253.56 Y=2262700.78

40-41

613.28

42

X=507719.44 Y=2263461.24

41-42

891.82

43

X=508024.98 Y=2263735.55

42-43

410.61

44

X=508152.53 Y=2264014.37

43-44

306.61

Nota: El polígono de estudio marcado con estas coordenadas obedece a la necesidad de establecer un área de estudio georeferenciada para el análisis del programa, considerando la tenencia de la tierra y vialidades que lo limitan.

4. Diagnostico. 4.1. Condicionantes ambientales municipales. 4.1.1. Clima. De acuerdo a la clasificación climática de Köopen, el tipo de clima que posee la isla de Cozumel es Amw (Cálido subhúmedo), con lluvias abundantes en verano y escasas en invierno. La oscilación térmica varía entre 5 y 7 °C. TEMPERATURA PROMEDIO. La temperatura media anual es mayor a los 25 °C. En los meses de mayo – agosto se presenta la temperatura máxima que oscila entre los 34 y 36 °C, así mismo la temperatura mínima se registra durante los meses de diciembre – febrero, siendo ésta de 19 °C en promedio. Temperaturas medias (°C) registradas durante un periodo de 29 años

Ene 22.9

Feb 23.3

Mar 24.5

Abr 26.0

May 26.9

Jun 27.2

Jul 27.2

Ago 27.2

Sep 26.8

Oct 26.0

Nov 24.6

Dic 23.3

Anual 25.5

Fuente: Estación Climatológica Cozumel.

PRECIPITACIÓN PROMEDIO ANUAL. En la entidad llueve anualmente alrededor de 1570.1 mm, concentrándose en el período que va de mayo a octubre, con máximos en junio y septiembre y una disminución relativa importante, llamada sequía intra-estival o canícula, en agosto. Básicamente se reportan precipitaciones máximas de 190 – 220 mm en la temporada junio-septiembre-octubre, y mínimas de 45 mm en los meses críticos de sequía, entre marzo – abril.

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Las nieblas, aparecen en los últimos y primeros meses del año, presentándose casi siempre al paso de un frente frío. Por lo general estas nieblas se forman después de las 22:00 horas y desaparecen antes de las 08:00 horas. FORMACIONES NEBULOSAS Y VIENTOS DOMINANTES. Durante la mayor parte del año, el cielo se encuentra de medio nublado a nublado por columbiformes (con desarrollo vertical) que ocasionan chubascos frecuentes y tormentas eléctricas, principalmente por las tardes o noches. En invierno, condiciones frontales (Nortes) originan nubes estratiformes (en capas o mantos y sin desarrollo vertical) que dan lugar a lluvias ligeras intermitentes. La corriente general de vientos que domina la costa oriental son los Alisios, por lo que de febrero a septiembre son dominantes del este al sureste con velocidad promedio de 15 km/hora, alcanzando frecuentemente velocidades de 30 km/hora, en depresiones atmosféricas tropicales (80 – 90 Km/hr) y más de 120 km/hr en huracanes. De octubre a enero predominan vientos con componente norte, siendo menos intensos que los del verano. Los vientos afectan directamente las mareas. De manera general en la isla de Cozumel se presenta un ciclo de mareas denominado semidiurno, que se caracteriza por tener dos mareas máximas al día; cuya variación nunca llega a más de 30 cm. Los huracanes mas importantes que han afectado durante los últimos 30 años han sido Gilberto en 1988, Roxana en 1995 y Emily y Wilma en 2005. El huracán “Emily” de categoría 4 en la escala Saffir-Simpson, cruzo por la parte norte de la península de Yucatán el 18 de julio del 2005. “Gilberto”, de categoría 5 presento ráfagas de hasta 350 km/hr y produjo una marea de tormenta de aproximadamente 3 metros sobre el nivel del mar. “Wilma” ha sido el huracán más intenso de la historia en términos de presión barométrica, con una presión central mínima de 882 milibares. El ojo de Wilma cruzo la isla el 21 de octubre del 2005. Sus vientos de 220 km/hr derrumbaron casas y arrancaron árboles. El 22 de octubre, la lenta tormenta bajo a categoría 3 en la escala Saffir-Simpson, azotando la costa norte de Quintana Roo por más de 24 horas, hasta que el 23 de octubre se recorrió hacia el sur de Florida (EUA), con vientos superiores a los 179 km/hr (Centro Nacional de Huracanes E.U., 2005).

4.1.2. Topografía. En la zona no se tiene la presencia de pendientes mayores al 2 %, pero si existen pequeñas hondonadas dentro del área de estudio, principalmente en la parte norte y sur del polígono, las cuales son inundables debiendo prever esta situación durante el desarrollo de asentamientos humanos.

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Hacia el mar se distinguieron dos zonas de acuerdo a la profundidad. La zona al interior de la Caleta de menor profundidad, entre 2.5 y 3.2 metros y las aguas abiertas al mar Caribe, que a una distancia de aproximadamente 300 m de la caleta, muestran profundidades de 12 m.

4.1.3. Hidrología. Cozumel forma parte de la cuenca hidrológica 32A, conformada por roca caliza masiva del cuaternario con fracturamiento moderado y alta permeabilidad. El acuífero de la isla es de tipo libre con nivel estático entre 1 a 5 metros y su espesor saturado de agua dulce es de aproximadamente 20 m al centro de la isla y se adelgaza paulatinamente hacia los extremos. La distribución de las recargas hidráulicas en el acuífero de la isla muestran un patrón de flujo de tipo radial, en donde el área de recarga se localiza en el centro de esta en forma concéntrica. Los niveles freáticos más altos (entre 0.5 y 1 m.s.n.m.) se ubican en la zona centro mientras que en las áreas cercanas a la línea de costa se presentan los niveles más bajos (

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