PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DE CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA

PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DE CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DE CIUDAD AMIGA DE LA INFANCIA EL PROGRAMA CIUDADES AMIGAS

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PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DE CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA

PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DE CIUDAD AMIGA DE LA INFANCIA EL PROGRAMA CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA Desde el programa Ciudades Amigas de la Infancia (www.ciudadesamigas.org) se pretende impulsar y promover la aplicación de la Convención sobre los Derechos del Niño (CDN) en el ámbito de las Entidades Locales. Creado a iniciativa de UNICEF-Comité Español en España con la coordinación y colaboración del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (MTAS), la Federación Española de Municipios y Provincias (FEMP) y la Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (Red Local), cuenta con el respaldo de estas instituciones en todas las acciones que se llevan a cabo desde el mismo conformándose su órgano coordinador en la Secretaría Permanente del Programa Ciudades Amigas de la Infancia. Los puntos de partida de esta iniciativa internacional son: 1.- Promover el trabajo en red, entendiendo éste como un medio para: a) Facilitar el establecimiento de relaciones con y entre gobiernos locales a fin de compartir información, aptitudes y soluciones creativas. b) Trabajar de manera conjunta para promover los intereses sobre cuestiones comunes ante las esferas superiores del Gobierno. c) Analizar y facilitar el contacto con las redes existentes que puedan ofrecer apoyo para abordar aquellas cuestiones que se consideren pertinentes. 2.- Apoyar la creación de Planes de Infancia en las Entidades Locales, porque: a) Un Plan que se concentre en los Derechos de la Infancia puede movilizar a la sociedad en su conjunto de una manera transversal más efectiva que un plan tradicional basado en aspectos locales específicos. b) Es compatible con el Programa 21 y el Programa Hábitat (Cumbre de Naciones Unidas de 1996) basados en la democracia participativa, la justicia social y el carácter sostenible del desarrollo. c) Un Plan local de infancia permite priorizar las asignaciones presupuestarias para la infancia y reorientar la normativa municipal hacia la CDN y los Derechos de la Infancia. 3.- Fomentar la Participación Infantil es un elemento fundamental para conseguir una aplicación real de la CDN en las Entidades Locales. Entre otros instrumentos, se pretende impulsar la creación de Consejos de Infancia en las Entidades Locales, con el objeto de: a) Cambiar el municipio con la participación de la infancia; b) Garantizar que los niños se expresen de forma directa, libre y auténtica; c) Encontrar formas de dar fuerza a los pensamientos de los niños, de modo que el municipio en su conjunto tenga que escucharlos y tenerlos en cuenta cada vez más.

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RECONOCIMIENTO DE CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA En este contexto se enmarca una de las acciones más relevantes del Programa Ciudades Amigas de la Infancia: el Reconocimiento de Ciudades Amigas de la Infancia. En el ánimo de UNICEF de promover la aplicación de la CDN en el ámbito local, el más cercano a la realidad cotidiana de las niñas y los niños, se procura reconocer y respaldar a aquellos Entes Locales que vienen desarrollando una labor especialmente interesante y relevante en el ámbito de las políticas de infancia. Entendemos que la creación y puesta en marcha de: • Planes de Infancia o acciones coordinadas, eficaces por y con la infancia • Consejos de Infancia u órganos de participación y representación infantil en el municipio son dos de las herramientas más poderosas que posee una Entidad Local para garantizar la aplicación de la CDN en su ámbito, por ello, se tendrá especialmente en cuenta su existencia de cara a los reconocimientos. Para ello, se ha establecido un protocolo con una serie de pasos y criterios que a juicio de las instituciones participantes del Programa, deberían cumplir los Entes Locales para, finalmente, ser reconocidos Ciudad Amiga de la Infancia.

REQUISITOS PREVIOS 1. Plan de Infancia o acciones coordinadas, eficaces por y con la infancia. a. Haber puesto en marcha un Plan de Infancia o acciones coordinadas, eficaces por y con la infancia; b. Acreditar sus asignaciones presupuestarias al punto anterior; c. Elaborar una breve memoria sobre las acciones relativas a infancia que se llevan a cabo en el marco del Plan de Infancia o similar. 2. Consejo de Infancia u órgano de participación infantil similar a. Haber puesto en marcha un Consejo de Infancia u órgano de participación infantil similar; b. Acreditar sus asignaciones presupuestarias al punto anterior; c. Elaborar una breve memoria sobre la estructura, funciones y acciones realizadas por parte del Consejo de Infancia o similar. 3. Adhesión formal por escrito del Pleno del Ayuntamiento, con certificación del Secretario del Ayuntamiento, al proceso de reconocimiento y su seguimiento posterior.

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SOLICITUD Petición formal por parte del/a Alcalde/sa o del/a Presidente/a de la Diputación Provincial, Cabildo, Concejo, etc., en representación del municipio, provincia, etc., a la Secretaría Permanente del Programa Ciudades Amigas de la Infancia de la voluntad de iniciar el proceso de Reconocimiento .

PROCEDIMIENTO 1. Envío a la Secretaría Permanente del Programa de: a. Las memorias contempladas en los Requisitos Previos; b. El escrito en el que conste la adhesión del Pleno al proceso de reconocimiento; c. La petición formal del representante del Ente Local. 2. Las instituciones y organizaciones componentes del programa Ciudades Amigas de la Infancia seleccionarán aquellas solicitudes que vayan a ser consideradas para iniciar el proceso de reconocimiento para la convocatoria en curso; 3. Un Experto/a en políticas municipales de infancia independiente de las organizaciones que conforman el programa Ciudades Amigas de la Infancia, realiza el análisis y valoración de la documentación recibida; 4. Visita del/a Experto/a al municipio para contrastar la documentación analizada, llevando a cabo las verificaciones que considere necesarias. Esta visita incluye una reunión con: a. Representantes de los Entes Locales implicados b. Niñas y niños representantes de los Consejos de Infancia de los Entes Locales implicados 5. El/a Experto/a realiza un Informe con su valoración sobre la documentación y la visita al municipio solicitante, que remite al Jurado. 6. El Jurado, con la participación con carácter consultivo de los/as Expertos/as, tomará la decisión final sobre los reconocimientos correspondientes a la convocatoria en curso. La composición del Jurado es: a. Dos niños/as pertenecientes a Consejos de Infancia Municipales b. Representante del MTAS c. Representante de la FEMP d. Representante de la Red Local a Favor de la Infancia y la Adolescencia e. Representante de UNICEF-Comité Español f. Expertos/as en políticas municipales de infancia con carácter consultivo.

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ENTES LOCALES RECONOCIDOS 1. Se enviará una comunicación oficial del fallo del Jurado a los Entes Locales que hayan solicitado ser reconocidos en la convocatoria en curso. 2. Una vez determinados los Entes Locales reconocidos, se llevarán a cabo en los respectivos ámbitos geográficos de los mismos un acto público local de reconocimiento, con la presencia del/a Presidente/a del Comité Autonómico y el/a Responsable Autonómico del programa CAI que corresponda en cada caso en representación del Programa Ciudades Amigas de la Infancia. Así mismo la Entidad Local decidirá las representación en este acto público de reconocimiento. Este acto público de reconocimiento conllevará el descubrimiento de placas de señalización urbana que se situarán en las principales vías de entrada de la localidad en las que constará el logotipo del programa CAI, la inscripción de Ciudad Amiga de la Infancia y los logotipos de las instituciones que forman parte del programa: UNICEF, MTAS, FEMP y la Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia. 3. Se celebrará una ceremonia protocolaria de entrega de los reconocimientos a nivel nacional en Madrid con autoridades y representantes de todos los Entes Locales junto con autoridades y representantes de las instituciones que forman parte del programa CAI y la presencia de medios de comunicación nacional y local. En la misma se hará entrega de una estatua con el logo del programa creada por el diseñador Mariscal a cada Ente Local reconocido. 4. Se ofrecerá un espacio mini-site en la página web del programa (www.ciudadesamigas.org) para que difunda todas aquellas acciones y documentación referente a las políticas de infancia que considere. Para ello se comprometerá a enviar con carácter al menos trimestral, información y / o documentación actualizada de aquellas actividades, programas, etc. que considere necesario difundir a través del espacio diseñado específicamente en nuestra web. 5. Por último, se creará una Comisión de Seguimiento de Reconocimiento de Ciudad Amiga de la Infancia que permita valorar la buena marcha de las políticas de infancia constituida por la Entidad Local reconocida, en la cual se cumplimentarán unos Indicadores de Aplicación de la CDN en las Entidades Locales. Esta comisión de seguimiento estará compuesta por: a. un/a experto/a en políticas de infancia, b. el responsable autonómico del programa CAI, c. un representante de la Entidad Local y d. representantes del Consejo de Infancia o similar. 6. Dicha comisión se reunirá durante el año siguiente al reconocimiento y elaborará un informe de recomendaciones para el seguimiento y mejora de las acciones correspondientes al Plan y al Consejo de Infancia o 5

similares. Se cumplimentarán los Indicadores con un objetivo fundamental, que el municipio obtenga para sí mismo una visión de la evolución de sus políticas municipales. Durante el cuarto año después del reconocimiento se llevará a cabo una revisión global del reconocimiento de la Entidad Local como Ciudad Amiga de la Infancia por la cual se podrá renovar la certificación, salvo que se vea mermada la calidad de las políticas de infancia desarrolladas o se conculquen los principios contemplados en la Convención sobre los Derechos de la Infancia, en cuyo caso se contempla la retirada del reconocimiento automática, con el visto bueno de las instituciones que conforman la Secretaría Permanente del Programa Ciudades Amigas de la Infancia.

ANEXO I MODIFICACIONES EXCEPCIONALES AL PROTOCOLO DE RECONOCIMIENTO DE CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA EXCLUSIVAMENTE PARA LA I CONVOCATORIA: AÑO 2004 MODIFICACIÓN Nº 1: Se estima que, aunque el Procedimiento arriba descrito es el que se aplicará para el proceso de Reconocimiento a partir de la II Convocatoria de Reconocimientos, correspondiente al año 2005 y sucesivas, excepcionalmente en el caso de la I Convocatoria, la correspondiente al año 2004, por cuestiones de calendario, los Expertos no realizarán las visitas a los municipios, aunque sí participarán en la valoración de la documentación aportada por los Entes Locales en su solicitud, así como con carácter consultivo en la decisión del Jurado. MODIFICACIÓN Nº 2: La Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia (en adelante la Red de Infancia) constituye un conjunto de municipios especial y un socio destacado en el programa Ciudades Amigas de la Infancia. Es un consorcio legalizado de municipios que se agrupan en función de dos ejes principales : 1. La concepción del niño/a como sujeto de pleno derecho en el marco de la Convención de los Derechos de la Infancia de 1989. Esto indica una concepción del niño y de la niña como sujetos activos de la transformación de sus ciudades, no han de ser receptores pasivos de la protección de los adultos, sino que han de ser considerados como agentes imprescindibles en el camino hacia la profundización de la democracia participativa. Como cualquier otro colectivo, han de recibir por parte de las instituciones, una clara respuesta a sus demandas y esas han de exigirles el cumplimiento de sus deberes hacia la sociedad. Es importante que cada sujeto infantil, coloque junto a su demanda, el compromiso que adquiere para ayudar a su consecución o mantenimiento de forma que se entrenen en una experiencia democrática que alcance una concepción del municipio como algo que se construye entre todos y no sólo los representantes políticos.

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2. La concepción del sujeto como un todo integral, no fragmentado. La Red de Infancia considera que hay de romper con las políticas municipales que actúan como compartimentos estancos y que no tienen en cuenta las demandas de la infancia. Un primer paso, pero no el único, ha de ser el establecer las coordinaciones oportunas entre las diferentes concejalías de un Ayuntamiento, pero la Red considera que las políticas municipales para la Infancia han de ser integrales, esto es, han de partir de las demandas y necesidades de los colectivos implicados ( niños y niñas, asociaciones infanto-juveniles, AMPAS, profesores, técnicos diversos ). A partir de estas demandas se elabora cada PLAN INTEGRAL DE INFANCIA y desde ahí se reparten las áreas que ha de trabajar cada departamento o concejalía. Esta forma de actuar se repite en todos los municipios que integran la Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia. Puesto que los criterios que animan y unen a todos los municipios que pertenecen a dicha Red son plenamente coincidentes con los que se consideran desde la Secretaría Permanente del programa Ciudades Amigas de la Infancia como más aptos para reconocer a un municipio como Ciudad Amiga de la Infancia, desde dicha Secretaría se ha estimado que los municipios que integran la Red de Infancia pueden ser definidos Ciudades Amigas de la Infancia, sin menoscabo del resto de municipios españoles que también están llevando a cabo políticas de infancia adecuadas a estos criterios y que también concurren al reconocimiento. Como consecuencia de esta especial circunstancia, se decide que, en la I Convocatoria de Reconocimiento de Ciudades Amigas de la Infancia, para el año 2004, se reconocerán Ciudades Amigas de la Infancia a todos los municipios pertenecientes a la Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia, como miembros de la misma. La concurrencia del resto de municipios que hayan solicitado iniciar el proceso de reconocimiento para este año 2004 estará sujeta, como está previsto en el procedimiento del Protocolo de Reconocimiento CAI, a la valoración por el Jurado y por parte de los Expertos Independientes sobre Infancia de la Secretaría Permanente del Programa Ciudades Amigas de la Infancia.

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PROGRAMA CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA ROGAMOS SE REMITA LA SOLICITUD PARA CONCURRIR A LA CONVOCATORIA DE RECONOCIMIENTO DE CIUDADES AMIGAS DE LA INFANCIA A LA SIGUIENTE DIRECCIÓN: Secretaría Permanente del Programa Ciudades Amigas de la Infancia UNICEF – Comité Español C/ Mauricio Legendre, 36 28046 – Madrid Tel. 91 3788595 Fax: 91 3147475 Correo Electrónico: [email protected] Páginas Web: www.ciudadesamigas.org www.childfriendlycities.org

UNICEF – Comité Español

Dirección General de Acción Social, del Menor y la Familia

Federación Española de Municipios y Provincias

Red Local a Favor de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia

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