PROYECTOS DE LEY DE RELEVANCIA MUNICIPAL

Informe Legislativo Municipal Nº 168 PROYECTOS DE LEY DE RELEVANCIA MUNICIPAL 10 al 14 de Enero de 2011 CON MOVIMIENTO LEGISLATIVO 1. FACILITA LA CON

1 downloads 119 Views 160KB Size

Recommend Stories


LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO
LEY ORGANICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE JALISCO Enrique Alvarez del Castillo, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Jalisco, a los hab

LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE PUEBLA
LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO DE PUEBLA CAPÍTULO I DISPOSICIONES PRELIMINARES ARTÍCULO 1.- La presente Ley es de orden público y de observancia ge

CODIGO BANCO PROYECTOS MUNICIPAL IDENTIFICACION DEL PROYECTO
REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DEL CAQUETA MUNICIPIO DE ALBANIA NIT. 891.190.431-8 BANCO DE PROYECTOS MUNICIPAL FICHA DE ESTADISTICA BASICA DE IN

Story Transcript

Informe Legislativo Municipal Nº 168

PROYECTOS DE LEY DE RELEVANCIA MUNICIPAL 10 al 14 de Enero de 2011 CON MOVIMIENTO LEGISLATIVO 1. FACILITA LA CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE NUEVAS EMPRESAS (BOLETIN Nº 6981-03). TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisiones de Economía y de Hacienda 08 de junio de 2010 Mensaje Senado Tercer Trámite Constitucional Aprobación Presidencial En espera de promulgación No aplica. Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, se recibe oficio con modificaciones de la Cámara Revisora. Con fecha Miércoles, 12 de enero de 2011, se da cuenta de oficio con modificaciones de Cámara Revisora. Queda para Tabla. Con fecha Miércoles, 12 de enero de 2011, se somete a discusión única. Aprobadas las modificaciones. Oficio que comunica aprobación de modificaciones. Con esta misma fecha, se da cuenta de oficio que comunica aprobación de las enmiendas. Con fecha Jueves, 13 de enero de 2011, se remite oficio de ley al Ejecutivo.

1

2. PERMITE EL ACCESO UNIFORME A LAS LICENCIAS PROFESIONALES CUMPLIENDO LOS REQUISITOS EXIGIDOS EN LA LEY DE TRÁNSITO (BOLETÍN Nº7212-15) TRAMITACIÓN Materia:

Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones Fecha de Ingreso: Martes, 14 de septiembre de 2010 Iniciativa: Mensaje Cámara de Origen: Cámara de Diputados Etapa: Primer Trámite Constitucional Subetapa: Primer Informe de Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones Urgencia Actual: Suma Estado actual: Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, se da cuenta de primer Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones. Con fecha Miércoles, 12 de enero de 2011, este proyecto se somete a discusión general y es aprobado en general y en particular a la vez. Se remite oficio de ley a Cámara Revisora.

3.RESTABLECE EXCEPCIÓN EN LAS REGIONES DE AYSÉN Y MAGALLANES, ACERCA DE DE LOS ESTABLECIMIENTOS DE BEBIDAS ALCOHÓLICAS (BOLETÍN N°7138-03) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Economía, Fomento y Desarrollo Martes, 17 de agosto de 2010 Moción Cámara de Diputados Segundo Trámite Constitucional Primer Informe de Comisión de Economía Sin urgencia Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, se da cuenta del proyecto. Pasa a la Comisión de Economía.

2

4. SOBRE VIOLENCIA ESCOLAR (BOLETIN Nº 7123-04) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología Martes, 10 de agosto de 2010 Moción Senado Segundo Trámite Constitucional Primer informe de Comisión de Educación, Deporte y Recreación Simple Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión de Educación, Deporte y Recreación procede a su estudio. Se ha invitado a los señores Joaquín Lavín Infante, Ministro de Educación; Ricardo Hevia, Consultor de la UNESCO y la señora Verónica López, Profesora Adjunta de la Escuela de Psicología de la PUCV.

5. MODIFICA LA LEY Nº 18.695, ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES Y REGULA LAS ASOCIACIONES MUNICIPALES (BOLETÍN Nº 6792-06). TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Gobierno Interior y Regionalización Martes, 15 de diciembre de 2009 Mensaje Cámara de Diputados Tercer Trámite Constitucional Comisión Mixta. Suma Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, Cámara de Diputados en discusión única, rechaza modificaciones. Con fecha Miércoles, 12 de enero de 2011, se remite oficio de rechazo a Cámara Revisora.

3

Con fecha Jueves, 13 del mismo mes y año, se da cuenta de oficio de rechazo en la Cámara Revisora, se toma conocimiento de de las enmiendas y se designa a los integrantes de la Comisión Mixta. 6. INCORPORA NUEVOS REQUSITOS PARA SER CONCEJAL. (BOLETÍN Nº 7324-06) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Gobierno Interior y Regionalización Martes, 30 de noviembre de 2010 Moción Cámara de Diputados Primer trámite constitucional Primer informe de la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización Sin urgencia Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización procede al estudio de este proyecto.

7. MODIFICA EL ARTÍCULO 75 DE LA LEY ORGÁNICA CONSTITUCIONAL DE MUNICIPALIDADES, CON EL OBJETO DE INCLUIR A LOS TÉCNICOS EN LA EXCEPCIÓN A LA INCOMPATIBILIDAD DEL CARGO DE CONCEJAL (BOLETÍN 7073-06) TRAMITACIÓN Materia: Comisión de Gobierno Interior y Regionalización Fecha de Ingreso: Jueves, 15 de julio de 2010 Iniciativa: Moción Cámara de Origen: Cámara de Diputados Etapa: Primer Trámite Constitucional Subetapa: Primer Informe de Comisión de Gobierno Interior y Regionalización Urgencia Actual: Sin urgencia

4

Estado actual:

Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión de Gobierno Interior y Regionalización continúa con el estudio de este proyecto de ley.

8. MODIFICA LA LEY DE TRÁNSITO, PARA HACER APLICABLE LA NORMATIVA DE BICICLETAS A LOS VEHÍCULOS DE CILINDRADA QUE INDICA (BOLETÍN Nº 4720-15) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado Actual

Comisión de Transportes y Telecomunicaciones Miércoles, 06 de diciembre de 2006 Moción Senado Primer Trámite Constitucional Primer Informe Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones Sin Urgencia Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones se aboca a su conocimiento. Para el estudio de este proyecto, la Comisión acordó invitar al señor Felipe Morandé Lavín, Ministro de Transportes y Telecomunicaciones, y a su autor, Honorable Senador Jovino Novoa Vásquez.

9. MODIFICA LA LEY N°18.287, SOBRE PROCEDIMIENTOS ANTE LOS JUZGADOS DE POLICÍA LOCAL, PROHIBIENDO EL ENVÍO DE CITACIONES EN CASO EN QUE LAS INFRACCIONES SEAN REGISTRADAS CON EL VEHÍCULO EN MOVIMIENTO (BOLETÍN N°729215) TRAMITACIÓN Materia:

Comisión de Obras Públicas, Telecomunicaciones Fecha de Ingreso: Martes, 09 de noviembre de 2010 Iniciativa: Moción Cámara de Origen: Cámara de Diputados

5

Transportes

y

Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Primer trámite constitucional Primer informe de la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones Sin urgencia Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión de Obras Públicas, Transportes y Telecomunicaciones, procede a su estudio. Para el estudio de este proyecto, la Comisión acordó invitar al señor Felipe Morandé Lavín, Ministro de Transporte y Telecomunicaciones.

10. MODIFICA LA LEY Nº 20.234, QUE ESTABLECE UN PROCEDIMIENTO DE SANEAMIENTO Y REGULARIZACIÓN DE LOTEOS IRREGULARES Y RENUEVA SU VIGENCIA (BOLETÍN Nº 6830-14) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia: Estado Actual:

Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano Lunes, 08 de marzo de 2010 Mensaje Cámara de Diputados Segundo Trámite Constitucional Primer Informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo Simple Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, se da cuenta de primer Informe de la Comisión de Vivienda y Urbanismo. Con fecha Miércoles, 12 de enero de 2011, se somete a discusión general y es aprobado en los mismos términos. En esta misma fecha se fija como plazo para presentar indicaciones el día 07.03.2011.

11. MODIFICA LA LEY N°20.248, PREFERENCIAL (BOLETÍN Nº 7187-04) TRAMITACIÓN

6

DE

SUBVENCIÓN

ESCOLAR

Materia:

Comisión de Educación, Deportes y Recreación

Fecha de Ingreso:

Martes, 07 de septiembre de 2010

Iniciativa:

Mensaje

Cámara de Origen:

Cámara de Diputados

Etapa:

Segundo Trámite Constitucional

Subetapa:

Cuenta de primer Informe de Comisión.

Urgencia:

Suma

Estado actual:

Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología procede a su estudio. Con fecha Miércoles, 12 de enero de 2011, la citada Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología evacua su primer Informe.

12. PROYECTO DE LEY SOBRE EL SISTEMA NACIONAL DE ASEGURAMIENTO DE LA CALIDAD DE LA EDUCACIÓN PARVULARIA, BÁSICA Y MEDIA Y SU FISCALIZACIÓN (BOLETÍN Nº 5083-04). TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Educación, Cultura, Ciencias y Tecnología 04 de junio de 2007 Mensaje Senado Tercer Trámite Constitucional Informe de Comisión Mixta Simple Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión Mixta se aboca a su conocimiento.

7

13. RELATIVO AL USO DE LA BANDERA NACIONAL (BOLETÍN N°7095-06. REFUNDIDO CON LOS BOLETINES Nº7273-06, RELATIVO AL USO DEL PABELLÓN PATRIO, Y Nº7195-06, SOBRE IZAMIENTO DEL PABELLÓN NACIONAL) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización Martes, 03 de agosto de 2010 Moción Senado Primer Trámite Constitucional Primer Informe de Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización Sin urgencia Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, por acuerdo de los Comités, ratificado por la Sala, se autoriza a la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización a discutir en general y en particular, durante el trámite de primer Informe, los boletines refundidos.

14. SOBRE NEGOCIACIÓN COLECTIVA Y DERECHO A HUELGA DE LOS FUNCIONARIOS PÚBLICOS (BOLETÍN Nº 7293-07)

Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Constitución, Justicia y Reglamento Marte, 09 de noviembre de 2010 Mensaje Senado Primer Trámite Constitucional Primer Informe de Comisión de Constitución, Justicia y Reglamento Sin urgencia Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión de Constitución, Justicia y Reglamento inicia el estudio de este proyecto.

8

15. SOBRE CALIDAD Y EQUIDAD DE LA EDUCACIÓN. (BOLETÍN Nº 732904). TRAMITACIÓN Materia: Comisión de Educación, Deporte y Recreación y Hacienda Fecha de Ingreso: Martes, 30 de noviembre de 2010 Iniciativa: Mensaje Cámara de Origen: Cámara de Diputados Etapa: Segundo Trámite Constitucional Subetapa: Primer Informe de la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología Urgencia Actual: Discusión inmediata Estado actual: Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, la Comisión de Educación, Ciencia y Tecnología se aboca a su estudio Con fecha Miércoles, 12 de enero de 2011, el Presidente de la República hace presente la urgencia de discusión inmediata para la tramitación de este proyecto.

16. INCORPORA MODIFICACIÓN AL DECRETO CON FUERZA DE LEY Nº 458, EN RELACIÓN A LAS OBRAS EN EL SUBSUELO DE LAS PROPIEDADES CONTIGUAS (BOLETÍN Nº 5682-14) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia actual: Estado Actual:

Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano Lunes, 07 de enero de 2008 Moción Cámara de Diputados Primer Trámite Constitucional Primer Informe de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano Sin Urgencia Con fecha Miércoles, 11 de enero, de 2011, la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano continúa con el estudio de este proyecto.

9

17. SIMPLIFICA EL PROCEDIMIENTO PARA LA REGULARIZACIÓN DE VIVIENDAS AFECTADAS POR CATÁSTROFES DE LA LEY Nº20.251, Y AMPLÍA SU APLICACIÓN A MICRO EMPRESAS INOFENSIVAS. (BOLETÍN N°6961-14) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia: Estado Actual:

Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano Martes, 01 de junio de 2010 Moción Cámara de Diputados Primer Trámite Constitucional Primer informe de la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano Sin urgencia Con fecha Miércoles, 12 de enero de 2011, la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano estudia este proyecto.

10

Proyectos de ley de interés municipal ingresados esta semana 1. ESTABLECE LA OBLIGACIÓN DE OBTENER PERMISO PARA CONDCUCIR VEHÍCULOS MOTORIZADOS, CON CAPACIDAD IGUAL O MENOR A 50 CENTÍMETROS CÚBICOS (BOLETÍN Nº7424-15) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones Martes, 11 de enero de 2011 Moción Cámara de Diputados Primer Trámite Constitucional Primer Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones Sin urgencia Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, se da cuenta de este proyecto. Pasa a la Comisión de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones

NORMATIVA QUE SE MODIFICA: no dispone modificación a ningún texto legal, no obstante que debería modificar tanto la Ley Nº 18.290, de Tránsito, como el decreto ley Nº3.063, de 1979, sobre Rentas Municipales. FUNDAMENTO: En la actualidad cualquier persona puede conducir un vehículo motorizado de dos, tres o cuatro ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares, cuya capacidad sea igual o inferior a 50 centímetros cúbicos. Lo anterior ha traído como consecuencia que incluso niños y personas sin experiencia alguna conduzcan tales vehículos, provocándose posibles accidentes propios y/o a terceros. Asimismo, existen ferias o establecimientos itinerantes o no, especialmente en época estival, que prestan un servicio conducción de motos de dos, tres o cuatro ruedas con fines de entretención, sin exigir a los conductores otro requisito, que tener un mínimo de edad, sin tener en cuenta, por ejemplo, la experiencia en el conducir o algún tipo de permiso para hacerlo. Es una realidad indiscutible que el parque de motocicletas, motonetas, motos para todo terreno (de dos, tres o cuatro ruedas) y otros similares va en constante

11

aumento, lo que se traduce en una cada vez mayor presencia de estos vehículos y sus ocupantes en la circulación vehicular. OBJETIVO GENERAL: Normar integralmente la conducción de vehículos mediante la introducción de exigencias para la conducción de vehículos motorizados de dos o tres ruedas cuya cilindrada sea inferior a 50 centímetros cúbicos. OBJETIVO ESPECÍFICO: establecer la obligación de obtener un permiso especial, otorgado por la Municipalidad correspondiente, para lo cual se deberá contar con la edad mínima de 14 años de edad, cierto nivel de educación, aprobar los exámenes pertinentes y la autorización de sus padres, apoderados o representantes legales. COMENTARIO: Si se tiene en consideración que cada día aumenta el uso de los vehículos a que se refiere este proyecto, y los numerosos accidentes que ocasionan las personas que los conducen, el propósito de esta moción surge razonable y oportuno. Por otra parte, las exigencias que propone para obtener el permiso especial que propone, son acertadas y prudentes. En efecto, las condiciones mínimas que exige, llevan a presumir una conducción responsable (mínimo 14 años de edad; ser egresado de enseñanza básica; aprobar el examen de conocimientos teóricos, cuyo contenido estará comprendido por un cuestionario de 15 preguntas de materias básicas de las normas del tránsito, y contar con la debida y expresa autorización de sus padres, apoderados o representantes legales.) Sin perjuicio de lo anterior, al atribuirse a las municipalidades el otorgamiento de los aludidos permisos, lo que es oportuno y razonable, se está entregando a los entes locales una tarea más a las innumerables con ya cuentan, y aun cuando el ejercicio de dicha atribución le reportará un ingreso por concepto del derecho que debería aplicar, no debe dejar de considerarse que también le irrogará mayores gastos desde el instante que deberá destinar funcionarios y materiales al trámite respectivo.

12

De este modo, debería tenerse presente lo dispuesto por la Ley Nº 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades en el sentido de que cualquier nueva función que se le encomiende a las corporaciones edilicias deben contar con el debido financiamiento. Finalmente, cabe consignar que sería conveniente refundir este proyecto de ley con el correspondiente al boletín Nº 4720.15, sobre una materia de la misma naturaleza, el que habiendo sido ingresado en el mes de diciembre de 2006, ha sido retomado su estudio recién esta semana. 2. RESTRINGE LA ENTREGA DE LICENCIAS CLASE C (BOLETÍN Nº7425-15) TRAMITACIÓN Materia: Fecha de Ingreso: Iniciativa: Cámara de Origen: Etapa: Subetapa: Urgencia Actual: Estado actual:

Comisión de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones Martes, 11 de enero de 2011 Moción Cámara de Diputados Primer Trámite Constitucional Primer Informe de la Comisión de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones Sin urgencia Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, se da cuenta de este proyecto. Pasa a la Comisión de Obras Públicas, Transporte y Telecomunicaciones

NORMATIVA QUE SE MODIFICA: El proyecto no modifica norma legal alguna, no obstante que debería enmendar la Ley Nº18.290 de Tránsito. FUNDAMENTO: El parque de motocicletas, motonetas, motos para todo terreno (de dos, tres o cuatro ruedas) y otros similares va en constante aumento, lo que se traduce en una cada vez mayor presencia de estos vehículos y sus ocupantes en las vías de circulación vehicular. Por otra parte, existe en el mercado, una oferta amplia de vehículos de dos, tres o cuatro ruedas. Según estadísticas proporcionadas por la ANIM (Asociación Nacional de Importadores de Motocicletas), en la actualidad existe un parque de motocicletas con permiso de circulación vigente de cerca de 90.000 permisos, en tanto que la importación de este tipo de vehículos se proyecta hacia el año 2014 en 55 mil unidades.

13

Asimismo, antecedentes proporcionados por el Sistema Integrado Estadístico de Carabineros de Chile (SIEC 2), resaltan el aumento de accidentes en la cual están involucradas motocicletas, aumentando año a año la cantidad de muertos o con consecuencias graves. Los datos señalados, conducen a estimar necesario regular la capacidad de conducción de las personas que adquieren una motocicleta, motonetas, motos para todo terreno (de dos, tres o cuatro ruedas) y otros similares. OBJETIVO: Restringir la conducción de un vehículo motorizado de dos, tres o cuatro ruedas, con motor fijo o agregado, como motocicletas, motonetas, bicimotos y otros similares, según la experiencia del conductor, estableciendo tramos en los cuales el poseedor de una licencia clase C, pueda ir aumentando su capacidad de conducir los vehículos señalados, en virtud de la experiencia en el manejo. COMENTARIO: La preocupación de los parlamentarios por regular las materias vinculadas al uso de las vías públicas de circulación de vehículos que se demuestra con esta propuesta aparece aceptable, en especial, si se considera la falta de rigurosidad en su regulación, unida a la circunstancia de que el aumento de vehículos de traslado individual de personas han incrementado los accidentes de tránsito. En la especie, respecto de la licencia clase C, se propone un sistema gradual de habilitación para conducir, desagregando la autorización pertinente en letras C1, C2, C3 y C4, de acuerdo con la cilindrada de los vehículos, lo que se aprecia razonable, y posible garantía de una conducción más segura y responsable. Sin perjuicio de lo anterior, y teniendo en consideración una visión integral sobre la materia, sería oportuno refundir este proyecto con el analizado en el numeral anterior. ESTABLECE LEY GENERAL SOBRE CONVIVENCIA ESCOLAR (BOLETÍN Nº 7428-04). TRAMITACIÓN Materia: Comisión de Educación, Deporte y Recreación Fecha de Ingreso: Martes, 11 de enero de 2011 Iniciativa: Moción

14

Cámara de Origen: Cámara de Diputados Etapa: Primer Trámite Constitucional Subetapa: Primer Informe de la Comisión de Educación, Deporte y Recreación Urgencia Actual: Sin urgencia Estado actual: Con fecha Martes, 11 de enero de 2011, este proyecto pasa a la Comisión de Educación, Deportes y Recreación.

NORMATIVA QUE SE MODIFICA:

FUNDAMENTO: La escuela es uno de las instituciones más importantes del proceso de socialización de las personas. En ella, se forman valores éticos y sociales relevantes vinculados a la convivencia social y se adquieren aptitudes y competencias para el desempeño de la vida adulta en los aspectos cognitivos, conductuales y espirituales. Por lo anterior, asegurar una adecuada convivencia escolar es esencial para lograr un proceso de enseñanza y aprendizaje de calidad para los educandos. Hasta la fecha el foco sobre el tema de la convivencia escolar ha estado principalmente motivado por casos y situaciones extremas en los cuales se ha evidenciado la carencia de un modelo idóneo de convivencia escolar. El conocimiento de casos de bullying o acoso escolar, ha captado la atención de la opinión pública y de paso de los legisladores por su impacto social. Desde hace al menos una década en Chile, el Ministerio de Educación se ha hecho cargo del tema de la convivencia escolar. Se han realizado importantes seminarios especializados, se ha diseñado una política nacional e incluso se ha creado un Reglamento tipo de Convivencia Escolar que obligatoriamente los establecimientos educacionales deben adoptar, adecuándolo a su realidad social, cultural y a los contenidos de su proyecto educativo. El presente proyecto recoge los antecedentes derivados de sendos encuentros académicos apoyados por la Universidad de Playa Ancha de Ciencias de la Educación y por la Biblioteca del Congreso Nacional. OBJETIVO: Elevar la política pública a una norma de rango legal, creando instituciones y dispositivos o instrumentos de gestión educacional que permitan fortalecer a las comunidades educativas en la tarea cotidiana de construcción de una sana y democrática convivencia escolar.

15

COMENTARIO: Tal como lo señala la moción de la especie, en el Senado se encuentra en primer trámite constitucional un proyecto de ley, iniciado en moción de un conjunto de senadores de distintas bancadas parlamentarias, contenido en el Boletín N° 7123-04, iniciativa que principalmente modifica la Ley General de Educación, estableciendo una serie de mecanismos sancionatorios de los casos de violencia escolar entre pares, lo que conlleva la conveniencia de refundir ambos proyectos a fin de contextualizar la legislación que se apruebe dotándola de uniformidad y coherencia. Ahora bien, la presente iniciativa propone establecer una Ley General de Convivencia Escolar, que apunta a consignar definiciones conceptuales sobre lo que es convivencia escolar, a precisar lo que debe entenderse como actos atentatorios a ella, incluido el acoso, fijar una institucionalidad de estimulo de la buena convivencia escolar, y establecer instrumentos de acción para la comunidad escolar. Asimismo, contempla fórmulas consistentes en medidas socioeducativas y disciplinarias, que en base a los principios de responsabilidad y reparación de las víctimas, pretenden enfrentar las situaciones de conflicto al interior de los establecimientos educacionales, o aún fuera de ellos, como lo sería el acoso escolar mediante dispositivos telefónicos o Internet. La postura de abordar este tipo de conflictos desde una perspectiva técnico pedagógica, aparece acertada, como también el propósito, por una parte, de contribuir a evitar la violencia en los recintos escolares, y por otra, de adoptar medidas que apuntan a instalar un buen clima de aula y una sana convivencia escolar. Sin perjuicio de lo anterior, se estima oportuno revisar la naturaleza de las normas que se proponen, toda vez que ellas inciden en elementos conductuales derivados del desenvolvimiento tanto de los alumnos, como de los docentes y de los padres y apoderados, y que se vinculan con factores éticos que deberían ser asumidos sin la necesidad de norma alguna. En este contexto, la legislación que se propone regula materias que podrían ser motivo de un reglamento, y otras que son propias de ley, como los serían aquellas vinculadas a las sanciones que establece.

16

Get in touch

Social

© Copyright 2013 - 2024 MYDOKUMENT.COM - All rights reserved.