R:10 EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA. Informe de la Misión de Investigación de Vía Campesina y FIAN Internacional

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EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA Informe de la Misión de Investigación de Vía Campesina y FIAN Internacional

FI AN I N T E R N AC I O N A L

Willy-Brandt-Platz 5 69115 Heidelberg, Alemania Tel.:+49-6221-6530030 Fax:+49-6221-830545 E-mail: [email protected] http://www.fian.org Elaborado por: Brigitte Mc-Bain Haas y Ralf Leonhard con la colaboración de Ramiro Tellez, Martin Wolpold-Bosien y Bernd Kappes Diseño Cisu | FIAN, Heidelberg Impreso en papel reciclado Canon iR3570, Heidelberg Publicado Octubre 2007 Este documento es coeditado por FIAN Internacional y Vía Campesina, en el marco de la Campaña Global de Reforma Agraria La realización de la Misión Internacional y de la elaboración del Informe ha sido posible gracias al apoyo financiero de: Pan Para el Mundo, Misereor, ActionAid, International Food Security Network y Comunidad Europea “Este documento ha sido producido con la financiación de la Comunidad Europea. Las opiniones expresadas en el mismo son las de FIAN Internacional y en ningún caso podrán ser tomadas como opiniones de la Comunidad Europea”

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EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA Informe de la Misión de Investigación de Vía Campesina y FIAN Internacional

Tabla de Contenidos Resumen − − − − −

Situación General Omisión y Morosidad Institucional para regularizar el problema en el sector agropecuario Falta de reconocimiento de las tierras y territorios indígenas Recomendaciones Seguimiento de la Misión.

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4. Informe sobre los casos visitados − − − − − −

Finca San Antonio de Oaxaca, Departamento de Matagalpa Finca La Pintada, Departamento de Matagalpa Finca la Suana, Departamento de Matagalpa Finca El Ensayo, Departamento de Chinandega Finca El Timal, Departamento de Managua Caso Awas Tingni, Costa Caribe

1. Introducción

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5. Conclusiones

2. Informaciones generales

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6. ANEXOS

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Marco Legal − Obligaciones Internacionales − Normas constitucionales Situación general y la cuestión agraria en Nicaragua − Hambre y pobreza − Estructura agraria

3. Políticas públicas − La iniciativa HIPC y el combate de la pobreza − Plan Nacional de Desarrollo sin medidas específicas contra la pobreza − Alivio de la deuda no se traduce en gasto social − El Programa “Hambre Cero” y el Proyecto Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional − El Programa Productivo Alimentario (PPA) − El Proyecto Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional − Decreto Presidencial “Marco General de Política de Tierras”

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− Integrantes de la Misión − Organizaciones Invitantes − Mapa localizaciones de casos

7. SIGLAS

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Resumen A invitación de las Organizaciones Campesinas integrantes de la Mesa Agropecuaria y Forestal (MAF) miembro de la Vía Campesina y la organización Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH), la Misión Internacional de Verificación de la Campaña Global por la Reforma Agraria visitó a Nicaragua del 22 al 29 de junio para analizar la realización del derecho a la alimentación y la situación agraria en Nicaragua y para verificar denuncias sobre violaciones a los derechos humanos de comunidades campesinas e indígenas. La Misión estuvo integrada por delegados/as de Honduras, El Salvador, Guatemala, Alemania y Nicaragua miembros de FIAN Internacional y La Vía Campesina. La misión se realizó en el marco de la “Campaña Global por la Reforma Agraria” que la Vía Campesina y FIAN vienen impulsando desde 1999. El objetivo general de la misión fue apoyar a los esfuerzos nacionales a favor del derecho a la alimentación y la reforma agraria en Nicaragua para ver si el Estado está cumpliendo con sus obligaciones de derecho internacional público adquiridas con la ratificación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC). Con el fin de verficar algunas denuncias los integrantes de la Misión visitaron a casos concretos en los Departamentos de Matagalpa, Chinandega, Managua y Costa Caribe, en los cuales los derechos económicos y sociales, particularmente el derecho a la alimentación y a la tierra, de las comunidades campesinas e indígenas están amenazados o violados. Los integrantes de la Misión tuvieron también la oportunidad de tener audiencias con representantes del Ministerio de Agricultura y Forestal (MAGFOR), de la Procuraduría General de la República, de la Intendencia de la Propiedad, de la Comisión Nacional de Paz, Reconciliación y Justicia, de la FAO, de la Alcaldía Municipal de Tipitapa y Waspam. De igual forma, sostuvieron encuentros con diversas organizaciones de productores que aportaron valiosa información acerca de una comprensión de la situación en el agro nicaragüense como son FENACOOP, UNAPA, ATC, ARNIG, CNOR y diferentes organizaciones de la Sociedad Civil como el INGES, GISSAN, Coordinadora Civil y SIMAS.

Situación General

Nicaragua, el país más pobre de Hispanoamérica en términos de PIB por cápita, ha sido sacudida por una serie de desastres políticos y naturales en el transcurso de los últimos 40 años. Desde el terremoto que destruyó la vieja (el casco antiguo de) Managua en 1972, hasta el huracán Mitch que en 1998 arrasó con cosechas e infraestructura en el occidente y noroccidente del país, además de cobrar unas 2400 vidas, la naturaleza se ha ensañado con esta nación. Sequías e inundaciones han contribuido al deterioro de la economía del país. Políticamente, Nicaragua ha pasado de dictadura y guerra de guerrillas a insurrección popular, régimen revolucionario, guerra económica y militar promovida por Estados Unidos y restauración capitalista, a un gobierno con fuertes características autoritarias bajo la presidencia de Arnoldo Alemán. El gobierno saliente de Enrique Bolaños que entró con fuerte apoyo internacional se desgastó en luchas por el poder con la Asamblea Nacional dominada por sandinistas y liberales fieles al anterior presidente Alemán. Su política se caracterizó por la preferencia de la gran empresa y los grandes productores. El nuevo gobierno a partir del 10 de enero de 2007, asume la responsabilidad por un país empobrecido, con índices sociales desfavorables, alto desempleo y subempleo así como una creciente brecha entre pobres y ricos. El Tratado de Libre Comercio con Centroamérica y Estados Unidos favorece a pocos y perjudica a muchos. Al otro lado, Nicaragua posee una condición agraria ventajosa en relación a los demás países centroamericanos, siendo el más extenso y el que menos población tiene por kilómetro cuadrado. Sigue siendo un país fundamentalmente agrícola, con un gran potencial de producción en alimentos. Sin embargo enfrenta graves problemas de hambre, malnutrición y pobreza. La distribución de la población y la pobreza es desigual entre el área urbana y el área rural: en el área urbana, se concentra la proporción más alta de población (58.3 por ciento), pero le corresponde una baja cuota de pobreza mientras que en el área rural es al revés: a un 41.7 por ciento de población total, se le vincula

una alta cuota de pobreza. Las regiones Central y Atlántico, continúan siendo las más empobrecidas del país acumulando entre ambas, el 57.1 por ciento de la pobreza nacional y el 73.5 por ciento de la pobreza extrema. La región Central es la que aporta la mayor cantidad de pobres (41 por ciento) y de pobres extremos (57.1 por ciento), aunque ambas regiones concentran cerca de la mitad (el 43.5 por ciento) de la población total y por ende a la problemática de inseguridad alimentaria y nutricional actual. La Revolución Sandinista dejó la estructura agraria radicalmente cambiada cuando Daniel Ortega entregó el gobierno a Violeta Barrios de Chamorro en abril de 1990. Más de un millón de hectáreas de tierra con vocación agropecuaria había cambiado de dueño. La derrota electoral del sandinismo no sólo significó un cambio de gobierno sino un cambio de sistema. Todas las transformaciones efectuadas por la revolución fueron cuestionadas por los nuevos gobernantes. Fue mediante un pacto de transición que se logró limitar la velocidad y profundidad de los cambios así como asegurar la propiedad a los beneficiados por la Reforma Agraria. Convencidos de que la Reforma Agraria jamás sería cuestionada, los sandinistas no se empeñaron en legalizar debidamente las transferencias masivas. Dieciséis años después del fin de la época sandinista, la legalización de las tierras entregadas en el marco de la Reforma Agraria no ha sido completada. La falta de un catastro sistemático y completo – sólo existe un registro parcial del Pacífico del año 1971 – lo que se suma a los problemas creados por la práctica sandinista de registrar tierras entregadas con un número nuevo sin hacer referencia al número catastral anterior. Ante esta situación los beneficiarios de la reforma de la década de los 80 y 90 carecen aún de un título legal por lo que viven en una situación de inseguridad o han sido privados de la tierra que les había sido entregada en el ámbito de la reforma agraria. Omisión y Morosidad Institucional para regularizar el problema en el sector agropecuario

La misión pudo verificar las omisiones y la extrema morosidad con la que han actuado los gobiernos anteriores para implementar la legislación de la Reforma Agraria lo que se debe en todos los casos visitados a la asignación de tierras en cantidad y calidad que no se realizaba en el marco legal de un catastro sistemático y completo. El problema ya surgió con la práctica del Gobierno Sandinista de registrar tierras entregadas con un número nuevo sin hacer referencia al número catastral anterior. El problema de la propiedad para los campesinos asignados de tierra, los beneficiarios bajo el Acuerdo de Paz y Reconciliación y otros acuerdos como los de La Tuna, se agravó durante los gobiernos neoliberales siguientes, Presidentes Chamorro, Alemán y Bolaños, cuando antiguos dueños trataron de recuperar sus tierras independientemente si habían sido debidamente indemnizados o no. Se suma el tráfico de tierras con títulos nuevos, documentos falsificados,

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ventas ilegales. En este contexto se dieron desalojos forzosos, amenazas y un clima de hostigamiento lo que significa que el Estado de Nicaragua no ha cumplido con la obligación de realizar el derecho a la alimentación de las familias sin tierra, las familias posesionarias y las familias beneficiarias de tierra bajo los diferentes acuerdos. Falta de reconocimiento de las tierras y territorios indígenas

La misión constató que en el caso de la comunidad indígena Awas Tingni el Estado de Nicaragua no ha cumplido con su obligación de reconocer y legalizar las tierras y el territorio de esta comunidad. Durante las visitas de campo la mayoría de las familias campesinas expresaron que el nuevo gobierno Sandinista ha manifestado voluntad política para enfrentar la problemática agraria pero que hace falta ver como esas promesas se ponen en práctica para resolver efectivamente los conflictos agrarios y facilitar a las comunidades los recursos necesarios para producir sus propios alimentos. En las audiencias celebradas con las autoridades competentes sobre los casos verificados por la Misión, la Procuraduría General de la República, la Intendencia de Propiedad y el Consejo de Reconciliación, Paz y Justicia expresaron su compromiso a brindar atención especial para la resolución de los casos presentados por la Misión. Como Misión Internacional valoramos la decisión política del Gobierno de reconocer como prioridad nacional atender la problemática de inseguridad alimentaria de su población lo que se expresa en la puesta en marcha del programa Hambre Cero, en particular por la entrega del bono productivo alimentario a las mujeres rurales. Consideramos de mucha importancia poder contar con un marco jurídico específico para enfrentar las causas del hambre y desnutrición desde un enfoque del derecho humano a la alimentación, por lo que apreciamos el apoyo del Gobierno al anteproyecto de ley de seguridad y soberanía alimenticia y nutricional. Igualmente consideramos positiva la creación de las Comisiones Operativas Territoriales para la solución de los conflictos agrarios a través de la mediación y la negociación. Caso especial reviste la atención de las comunidades indígenas a través de una viceintendencia especial que será la responsable de la demarcación y titulación definitiva de los territorios de las comunidades indígenas a favor de sus legítimos dueños.

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

Recomendaciones

Seguimiento de la Misión.

A partir de nuestras observaciones, la Misión Internacional de Verificación de la Campaña Global por la Reforma Agraria, integrada por la Vía Campesina y FIAN Internacional recomienda al Gobierno de Nicaragua:

El presente informe será presentado a las organizaciones campesinas y de derechos humanos de Nicaragua así como a las respectivas instituciones del Gobierno, además será presentado al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, a los Relatores Especiales del Derecho a la Alimentación, del Derecho a la Vivienda, de los Defensores de Derechos Humanos y de los Pueblos Indígenas y a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos.

1. La lucha contra el hambre, la defensa del derecho a la alimentación y la promoción de la soberanía alimentaria como prioridad del gobierno. 2. Para resolver a fondo la conflictividad existente en el agro nicaragüense, será indispensable implementar una política de tierras en el marco de una reforma agraria integral que facilite el acceso a la tierra y garantice la seguridad y el uso de la misma. 3. Es necesario un proceso profundo de reordenamiento territorial que incluya la revisión registral y catastral a nivel nacional y el saneamiento de todas aquellas propiedades que en este momento carecen de certeza o cuentan con varios títulos sobre la misma. 4. Es necesario seguir y reforzar la atención especifica a la resolución de conflictos agrarios, en especial los casos verificados por la Misión, desde la perspectiva integral de los derechos humanos de los grupos vulnerables que incluya a las diversas instituciones del Estado y las organizaciones campesinas e indígenas.

Le estaremos dando seguimiento al cumplimiento de los compromisos ofrecidos por las autoridades gubernamentales a la Misión Internacional.

Vía Campesina [email protected] FIAN – Internacional [email protected]

5. La promoción de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las mujeres rurales implican que tanto en la titulación de tierras a su favor como en las políticas de salud, educación y trabajo, se supere cualquier tipo de discriminación que hasta el momento sigue imperante. 6. La pronta demarcación y titulación de los territorios indígenas para restituir sus derechos ancestrales y la prevención de los conflictos que puedan surgir en el marco del saneamiento. 7. La mayor participación y transparencia posible en el diseño e implementación de las políticas públicas en materia del derecho a la alimentación, de tierra y desarrollo rural.

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1. Introducción FIAN Internacional y La Vía Campesina realizaron en el marco de su Campaña Global por la Reforma Agraria una misión verificadora a Nicaragua para conocer el estado de la realización de la reforma agraria y de los derechos humanos. La misión contó con el apoyo y la participación de la Mesa Agropecuaria y Forestal (MAF) miembro de la Vía Campesina y la organización Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH). La Misión Verificadora Internacional visitó Nicaragua del 22 al 29 de junio de 2007. FIAN (Food First Information & Action Network) es la organización internacional de derechos humanos que trabaja por el derecho a alimentarse. Fue fundada en 1986, tiene estatus consultivo ante las Naciones Unidas y cuenta con miembros en más de 50 países. El objetivo de FIAN es contribuir a procurar la vigencia y la observancia en el mundo entero de los Pactos Internacionales de Derechos Humanos. En particular, FIAN trabaja por la realización del derecho a alimentarse de las personas y los grupos amenazados por el hambre y la desnutrición. La sede del Secretariado Internacional de FIAN está en Heidelberg, Alemania. La Vía Campesina es un movimiento internacional que coordina organizaciones campesinas de pequeños y medianos agricultores, de trabajadores agrícolas sin tierra, mujeres rurales y comunidades indígenas en cerca de 175 países de América, Asia, África y Europa. El objetivo principal de La Vía Campesina es desarrollar la solidaridad y la unidad en la diversidad entre las organizaciones del campo para promover relaciones económicas de igualdad y justicia social, la defensa de la tierra, la soberanía alimentaria, una producción agrícola sostenible y equitativa basada en los pequeños y medianos productores. La sede de la Secretaría Operativa Internacional de La Vía Campesina se encuentra en Yakarta, Indonesia. El CENIDH (Centro Nicaragüense de Derechos Humanos), es una organización de promoción, defensa y protección de los derechos humanos como elemento consustancial a la democracia y al estado de Derecho que permita alcanzar la paz con justicia social; mediante el acompañamiento activo y moral a las personas en su autodefensa, con presencia inmediata en los conflictos, mediación propositiva, educación y comunicación movilizadora, alianzas locales e internacionales, incidencia en las autoridades y sectores a través de investigaciones y el uso de mecanismos de defensa formal y no formal de los Derechos Humanos. El trabajo del CENIDH se basa en la Constitución Política, Leyes de la República, la Declaración Universal de Derechos Humanos ratificados por Nicaragua. El Centro cuenta con un equipo de trabajo conformado por los Departamentos Jurídico, Educación y Comunicación en Managua, y tres filiales en Estelí, Jutigalpa y Matagalpa. CENIDH representa el Capítulo Nicaragüense en   la Plataforma Interamericana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo, que se constituyó el pasado

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15 de mayo de 2007 en un encuentro en el que se reflexionó sobre la necesidad de aunar esfuerzos para la defensa de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales (DESC) en Nicaragua. Las organizaciones que hacen parte de este Capítulo acogieron como prioridad para su trabajo la realización de los DESC, la democracia, el desarrollo y, por su relevancia en el país y en el mundo entero, la problemática ambiental. La Mesa Agropecuaria Forestal nació en 2002 como espacio de concertación y alianza entre sectores sociales y gremios de pequeños productores agropecuarios y forestales con ONGs nacionales que están vinculados directamente con actividades del campo. La mesa la constituyen dos redes, la Coordinadora Agropecuaria y Forestal (CAPFONIC), la cual está integrada por la Asociación de Trabajadores del Campo (ATC),   La Unión Nacional Agropecuaria de Productores Asociados (UNAPA), la Coordinadora Nacional de Oficiales en Retiro (CNOR), la Federación de Dueños de Bosques de Nicaragua FEDUBONIC, la Asociación Resistencia Nicaragüense Israel Galeano ARNIG, y la Federación de Cooperativas Agropecuarias R.L. (FENACOOP). La segunda es la Red Agropecuaria constituida por 42 ONGs que trabajan en el sector rural, como la Federación Augusto Cesar Sándino FACS, el Centro para la Investigación la Promoción y el Desarrollo Rural y Social CIPRES, CESADE, NITLAPAN, etc. Las dos redes se reúnen periódicamente una vez al mes y extraordinariamente cuando la demande cualquiera de sus miembros. Sus líneas de trabajo son (para mencionar algunas): la Soberanía y Seguridad Alimentaria, el Comercio Alternativo, el Medio Ambiente y Recursos Naturales, realizar una nueva Reforma Agraria Integral, y promover una nueva Ley de Reforma Agraria. La Campaña Global por la Reforma Agraria que FIAN y La Vía Campesina vienen impulsando desde 1999 adaptó el instrumento de las Misiones Verificadoras para su trabajo. El objetivo de estas misiones es verificar denuncias de casos concretos en los cuales el Derecho Humano a la Alimentación Adecuada se ve amenazado o violado por los siguientes motivos: no-implementación de la reforma agraria, fallas en la implementación de la reforma agraria, procesos de contrarreforma agraria, o represión de los/as activistas de reforma agraria y sus organizaciones. De este modo, el objetivo de la misión verificadora a Nicaragua era recabar informaciones para establecer si el Estado de Nicaragua está cumpliendo con sus obligaciones de derecho internacional público adquiridas con la ratificación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC) en lo tocante a la reforma agraria y los derechos a ella ligados, en particular, el Derecho a la Alimentación Adecuada. Para tal efecto, los integrantes de la misión visitaron seis comunidades y problemáticas diferentes: La finca San Antonio de Oaxaca, la finca La Pintada, la finca La Suana (todas en el departamento de Matagalpa); la finca El Ensayo en el departamento de Chinandega; la finca El Timal en el departamento de Managua. En estos casos

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

se trata de problemas que acarrea la morosidad en la aplicación efectiva del programa de reforma agraria, de la no aplicación de los diferentes acuerdos contratados entre los diferentes gobiernos y sectores de la sociedad civil. Son casos emblemáticos que sirven de ejemplo para una problemática general referente a la tenencia de tierra en Nicaragua, que está ligada a múltiples problemas de desalojos violentos, amenazas, falta de atención por el Estado, invasión de tierras por terceros, venta ilegal de tierras por traficantes de tierra, todo lo que afecta severamente el derecho a la alimentación de las familias campesinas no solamente de los casos visitados, sino en el agro nicaragüense en general. Además la Misión visitó a la comunidad indígena Awas Tingni, en la Costa Caribe para verificar la denuncia sobre morosidad en el reconocimiento y demarcación de sus tierras. Aunque la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió el 31 de agosto de 2001 que el Estado de Nicaragua debe demarcar el territorio de esta comunidad dentro de un plazo de 15 meses, no pasó nada. Y esta morosidad es aprovechada por terceros para invadir las tierras indígenas apropiándose ilegalmente de sus recursos y afectando severamente la vida de la comunidad indígena. Los integrantes de la misión tuvieron también la oportunidad de encontrarse con organizaciones sociales y de derechos humanos que aportaron valiosa información y contribuyeron con sus análisis a una comprensión más cabal de la situación de reforma agraria en Nicaragua. Por otra parte, los integrantes de la misión sostuvieron entrevistas con funcionarios públicos regionales y centrales con quienes se cotejaron las denuncias recibidas en los diferentes casos. Agradecemos de manera especial a todas las autoridades la atención que brindaron a la misión. Al final de la misión FIAN Internacional realizó un seminario sobre el PIDESC/Derecho a la Alimentación con participación de representantes de las organizaciones dedicadas a los diferentes temas relacionadas con el sector agropecuario forestal.

libre comercio, la situación de los pueblos indígenas y a la pobreza con rostro de mujer. En la tercera parte sigue una descripción de las políticas públicas relacionadas con la cuestión agraria que el gobierno está implementando y la respuesta de la Comunidad Internacional. La cuarta parte presenta el informe de los casos visitados por la misión. A partir de los casos observados, la quinta parte analiza si el Estado de Nicaragua está cumpliendo con sus obligaciones de derechos humanos en los casos examinados y si las políticas públicas y la manera cómo se están implementando contribuyen o perjudican el disfrute de los derechos humanos en los casos citados y a nivel general. Finalmente, el informe hace una serie de recomendaciones a las diferentes instancias del Estado de Nicaragua para garantizar la realización de la reforma agraria y, por ende, la realización de los DESC, en particular del Derecho a la Alimentación, de las comunidades campesinas e indígenas de Nicaragua.

2. Informaciones generales 2.1 Marco Legal

2.1.1 Obligaciones Internacionales Nicaragua ha adoptado los principales tratados e instrumentos internacionales de derechos humanos, entre otros, la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH), el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (PIDESC), ratificado en 1992, y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP), ratificado también en 1992. El artículo 25 de la DUDH1 y el artículo 11 del PIDESC2 consagran el derecho de toda persona a un nivel adecuado de vida, incluyendo la alimentación. El artículo 11 del PIDESC reconoce el derecho fundamental de toda persona a estar libre de hambre y obliga a los Estados Parte del PIDESC a adoptar medidas y programas concretos para este fin, dentro de los que se menciona explícitamente la reforma de los regímenes agrarios. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas (CDESC), órgano que vela por el cumplimiento del PIDESC, presentó en su Observación General N° 12 de 1999 sobre el Derecho

La misión agradece de manera muy especial al Centro Nicaragüense de Derechos Humanos (CENIDH) por su apoyo en la preparación de la logística para la misión y su acompañamiento durante la misma. También da las gracias a la Mesa Agropecuaria Forestal por su acompañamiento durante la misión, así como a las autoridades, instituciones y demás organizaciones civiles que brindaron su atención a la misión.

1 Art. 25 DUDH: Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y, en especial, la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica ...

El presente informe comprende cinco partes: la primera parte, describe el marco legal para la realización de la reforma agraria como obligación de derechos humanos desde el punto de vista de las obligaciones internacionales del derecho internacional de derechos humanos, y desde las normas constitucionales. La segunda parte presenta una descripción de la situación general de hambre, pobreza y tenencia de la tierra en Nicaragua, con una referencia especial al tratado de

2 Art. 11 PIDESC: 1. Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados, y a una mejora continua de las condiciones de existencia. Los Estados Partes tomarán medidas apropiadas para asegurar la efectividad de este derecho, reconociendo a este efecto la importancia esencial de la cooperación internacional fundada en el libre consentimiento. 2. Los Estados Partes en el presente Pacto, reconociendo el derecho fundamental de toda persona a estar protegida contra el hambre, adoptarán, individualmente y mediante la cooperación internacional, las medidas, incluidos los programas concretos, que se necesitan para: a) Mejorar los métodos de producción, conservación y distribución de alimentos mediante la plena utilización de los conocimientos técnicos y científicos, la divulgación de principios sobre nutrición y el perfeccionamiento o la reforma de los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales;

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a la Alimentación Adecuada (OG 12) una interpretación detallada y autoritativa para el derecho internacional de las disposiciones contenidas en el Pacto. La Observación establece en su contenido normativo de los párrafos 1 y 2 del artículo 11 del PIDESC: „El derecho a la alimentación adecuada se ejerce cuando todo hombre, mujer o niño, ya sea sólo o en común con otros, tiene acceso físico y económico, en todo momento, a la alimentación adecuada o a medios para obtenerla“. El párrafo 8 de la OG 12 aclara el contenido básico del derecho a la alimentación adecuada y determina que comprende: • la disponibilidad de alimentos en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades alimentarias de los individuos, sin sustancias nocivas, y aceptables para una cultura determinada; • la accesibilidad de esos alimentos en formas que sean sostenibles y que no dificulten el goce de otros derechos humanos. Por disponibilidad se entienden las posibilidades que tiene el individuo de alimentarse ya sea directamente, explotando la tierra productiva u otras fuentes naturales de alimentos, o mediante sistemas de distribución, elaboración y de comercialización que funcionen adecuadamente y que puedan trasladar los alimentos desde el lugar de producción a donde sea necesario según la demanda (OG 12, par.12). En cuanto a la accesibilidad, el CDESC considera que comprende la accesibilidad económica y física: La accesibilidad económica implica que los costos financieros personales o familiares asociados con la adquisición de los alimentos necesarios para un régimen de alimentación adecuado deben estar a un nivel tal que no se vean amenazados o en peligro la provisión y la satisfacción de otras necesidades básicas. El CDESC resalta explícitamente que los grupos socialmente vulnerables como las personas sin tierra y otros segmentos particularmente empobrecidos de la población pueden requerir la atención de programas especiales que les garanticen la accesibilidad económica a los alimentos. La accesibilidad física implica que la alimentación adecuada debe ser accesible a todos, refiriéndose a los individuos físicamente vulnerables, a las personas que viven en zonas propensas a los desastres y a otros grupos particularmente desfavorecidos. La OG hace mención explícita en este punto de los pueblos indígenas cuyo acceso a las tierras ancestrales puede verse amenazado (OG 12, par.13). Con base en estos desarrollos queda claro que la disponibilidad directa de alimentos a través de la propia cultivación de la tierra es parte del contenido básico del derecho a la alimentación adecuada para los individuos y los grupos rurales que así quieran ejercer su derecho. La disponibilidad directa de alimentos a través de la propia cultivación de la tierra implica la accesibilidad económica a recursos productivos: se necesita tener acceso a la tierra y acceso a los demás recursos productivos para poder trabajarla y disponer directamente de alimentos. Por implicación entonces, el acceso a la tierra sea para

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cultivarla y poder alimentarse, o para aprovechar otras fuentes naturales de alimentos forma parte del contenido básico del derecho a la alimentación adecuada. El Relator Especial para el Derecho a la Alimentación elaboró en su informe presentado a la Asamblea General de la ONU en 20023 la relación que existe entre el acceso a la tierra, la reforma agraria y el derecho a la alimentación. El relator afirma que “el acceso a la tierra y la reforma agraria deben ser elementos fundamentales del derecho a la alimentación”4, dado que “el acceso a la tierra es con frecuencia indispensable para asegurar el acceso a alimentos y a medios de vida, y por tanto, para garantizar que las personas estén a salvo de hambre”5. El Relator interpreta el párrafo 2 del artículo 11 del PIDESC en lo que concierne a reformar los regímenes agrarios de modo que se logren la explotación y la utilización más eficaces de las riquezas naturales, como un llamado a realizar reformas agrarias que fomenten la agricultura a pequeña escala ya que los pequeños agricultores son más eficientes que los grandes y protegen mejor el medio ambiente6. El párrafo 15 de la OG 12 establece a este mismo respecto que el derecho a la alimentación adecuada, al igual que cualquier otro derecho humano, impone tres tipos o niveles de obligaciones a los Estados Partes: las obligaciones de respetar, proteger y realizar. La obligación de respetar el acceso existente a una alimentación adecuada requiere que los Estados no adopten medidas de ningún tipo que tengan por resultado impedir ese acceso. La obligación de proteger requiere que el Estado Parte adopte medidas para velar por que las empresas o los particulares no priven a las personas del acceso a una alimentación adecuada. La obligación de realizar (facilitar) significa que el Estado debe procurar iniciar actividades con el fin de fortalecer el acceso y la utilización por parte de la población de los recursos y medios que aseguren sus medios de vida, incluida la seguridad alimentaria. Por último, cuando un individuo o un grupo sea incapaz, por razones que escapen a su control, de disfrutar el derecho a una alimentación adecuada por los medios a su alcance, los Estados tienen la obligación de realizar (hacer efectivo) ese derecho directamente.

3 Asamblea General de la ONU. El derecho a la alimentación. Informe preparado por el Sr. Jean Ziegler, Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos, de conformidad con la resolución 56/155 de la Asamblea General, de 15 de febrero de 2002. UN. Doc. A/57/356. 4

Ibid. Párrafo 30

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Ibid. Párrafo 24

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Ibid. Párrafo 30

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

Por la íntima ligazón del acceso a la tierra con el derecho a la alimentación, estos tres tipos de obligaciones pueden aplicarse directamente al acceso a la tierra: Los Estados Parte del PIDESC están obligados a respetar, proteger y realizar el acceso a la tierra, ya que éste forma parte del contenido básico del derecho a la alimentación y es particularmente importante para campesinas y campesinos, indígenas, pastoras y personas que viven en zonas rurales y que no tienen opciones alternativas para ganarse la vida7. La obligación de respeto le impone entonces a los Estados Parte del PIDESC, y por tanto, a todos los órganos públicos y a sus agentes la obligación de abstenerse de llevar adelante, de auspiciar o de tolerar, cualquier práctica, política o medida legal, solos o en asociación con otros, que destruya el acceso a la tierra y los recursos productivos de una persona o de un grupo, o que erosione el estatus jurídico de tener derecho a acceder a la tierra. Como un corolario de la obligación de respetar el acceso a la tierra se deriva la obligación de garantizar la seguridad de la tenencia de la tierra y la prohibición de llevar a cabo o promover prácticas de desalojos forzosos y desplazamientos arbitrarios8. Los poderes públicos están obligados igualmente a proteger el acceso a la tierra de ataques o cualquier vulneración de este derecho por parte de terceros como terratenientes, empresas, parientes masculinos de mujeres, y otros particulares y agentes privados. La obligación de realizar el acceso a la tierra, en particular, implica la realización de un programa de reforma agraria que dé acceso a la tierra y demás recursos productivos a los sin tierra. Para esto, el Estado Parte debe formular políticas de reforma agraria y los indicadores correspondientes de realización, así como utilizar el máximo de recursos disponibles tal como lo ordena el artículo 2 del PIDESC. Con base en experiencias históricas de programas de reforma agraria, el Relator Especial para el Derecho a la Alimentación Adecuada enumera una serie de elementos esenciales para el éxito de las reformas agrarias, tales como la reducción radical de las desigualdades en la distribución de la tierra, la redistribución de tierras en cantidad y calidad adecuadas, los títulos de propiedad seguros, los registros de tenencia de tierra exactos y actualizados, el acceso suficiente a otros insumos como crédito, agua, transporte, servicios de extensión e infraestructura, las burocracias de administración de tierra eficientes, justas y adecuadamente financiadas, y el vencimiento de obstáculos políticos para la reforma9.

La Convención para la Erradicación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres (CEDAW) constituye otro instrumento del derecho internacional de derechos humanos también relevante para el acceso a la tierra y la reforma agraria. Nicaragua ratificó CEDAW el 17 de julio de 1980 y, por tanto, es Estado Parte de esta convención. El artículo 14 establece: „[...] Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer en las zonas rurales a fin de asegurar, en condiciones de igualdad entre hombres y mujeres, su participación en el desarrollo rural y en sus beneficios, y en particular le asegurarán el derecho a: [...] Obtener acceso a los créditos y préstamos agrícolas, a los servicios de comercialización y a las tecnologías apropiadas, y recibir un trato igual en los planes de reforma agraria y de reasentamiento“. Las observaciones concluyentes del 2 de febrero de 2007 expresan la preocupación del Comité CEDAW que la convención todavía no ha sido incorporada plenamente a la legislación nacional y que no existen mecanismos legales que garanticen el cumplimiento de la misma. El Comité también reclama que Nicaragua ha demorado en crear un marco jurídico amplio para eliminar la discriminación contra la mujer y garantizarle el disfrute de los derechos humanos.10 Nicaragua también ratificó en octubre de 1990 la Convención sobre los Derechos del Niño, como también los dos Protocolos Facultativos de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados y relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía. El Comité en sus observaciones finales del 21 de Septiembre de 2005 toma en cuenta que Nicaragua es uno de los países más pobres de América Latina y que sigue sufriendo los efectos de la guerra civil y de desastres naturales. No obstante recomienda, y aquí se menciona solamente lo más importante, que el Estado de acuerdo con artículo 4 de la Convención aumente el presupuesto para la implementación de la misma para alcanzar los derechos económicos, sociales y culturales de todos los niños, especialmente de los grupos económicamente deprimidos, como los niños indígenas. Además el Comité recomienda que Nicaragua vigile que los acuerdos de libre comercio no afecten de manera negativa los derechos de los niños, especialmente por lo que se refiere al acceso de medicinas apropiadas y que invierta fondos ahorrados debido a unos esfuerzos de deuda perdonada, a una implementación adecuada de los derechos del niño y otros servicios sociales.11 En cuanto a los derechos a la tierra y el territorio de los pueblos indígenas, el Convenio N° 169 de la Organización Internacional del Trabajo, que representa la principal normatividad internacional a este respecto no ha sido firmado por Nicaragua.

7 El Relator Especial del Derecho a la Alimentación ya ha asumido esta interpretación y considera que es claro que los gobiernos deben respetar, proteger y realizar el acceso a la tierra. Ibid. Párrafo 30. 8 Los estándares de derechos humanos relativos a la seguridad de la tenencia de la tierra y a los desalojos forzosos han sido tratados por el CDESC en su OG 4 y 7. 9 Asamblea General de la ONU. El derecho a la alimentación. Informe preparado por el Sr. Jean Ziegler, Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos, de conformidad con la resolución 56/155 de la Asamblea General, de 15 de febrero de 2002. U.N. Doc. A/57/356, párrafo 25.

10 CEDAW, Observaciones finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer: Nicaragua, del 2 de febrero de 2007 11 Convention on the Right of the Child, Committee on the Rights of the Chile, 39th session, Consideration of Report submitted by Status Parties under art. 44 of the Convention: Concluding Observations: Nicaragua, September 21, 2005

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Pero si Nicaragua ha ratificado en 1979 la Convención Americana sobre Derechos Humanos “Pacto de San José” y ha reconocido la competencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en febrero de 1991. En base de la esta convención la Corte Interamericana de Derechos Humanos también falló a favor de la comunidad indígena Awas Tingni en 2001.12 Sin embargo, hasta la fecha no ha ratificado el Protocolo adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, “Protocolo de San Salvador” que entró en vigor en 1999. En este Protocolo se subraya otra vez el Derecho a la Alimentación13 . Dentro del sistema interamericano de Derechos Humanos Nicaragua también ratificó en diciembre de 1995 la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. Todas las anteriores fuentes del derecho internacional de derechos humanos dejan pues muy claro que garantizar, proteger y cumplir estos derechos es una obligación del Estado de Nicaragua, y dentro de este contexto también es importante resaltar que dar acceso a y control de la tierra y demás recursos productivos a quienes no tienen tierra y padecen hambre es una condición indispensable para realizar el Derecho Humano a la Alimentación y otros DESC de amplios sectores de la población rural. 2.1.2 Normas constitucionales Según el artículo 182 de la Constitución de Nicaragua, la constitución es la carta fundamental de la República.14 Esta, los tratados, convenios, y acuerdos internacionales aprobados y ratificados, las leyes dictadas por la Asamblea General y otras disposiciones jurídicas de inferior jerarquía integran el derecho positivo nacional en el orden prelación enunciado. Ninguna ley, ningún acuerdo, tratado, etc. que se oponga a la Constitución o altere sus disposiciones tendrá valor alguno. Esto quiere decir que en el ordenamiento político nicaragüense el PIDESC se encuentra por debajo de la Constitución en la jerarquía jurídica, pero por encima de las leyes nacionales. La Reforma Agraria es reconocida en la Constitución (Capítulo II) como un derecho económico de la población rural nicaragüense. En el Artículo 106 se determina que la reforma agraria es instrumento fundamental para la democratización de la propiedad y la justa distribución de la tierra. Se define que es un medio que constituye parte esencial para la promoción y estrategia global de la reconstrucción ecológica y el desarrollo económico sostenible de Nicaragua. También garantiza las propiedades a los campesinos beneficiarios de la misma, de acuerdo con la ley. En el Art. 107 la reforma agraria elimina el latifundio ocioso y se regulariza la expropiación con el Art. 44, donde se

12 Véase capítulo 4.6 de este informe 13 Art. 12 14 Constitución de la República de Nicaragua. Constitución Política de 1987 incluyendo: Ley de Reforma Parcial de la Constitución Política de la República de Nicaragua – Ley No. 192 del 1 de febrero de 1995

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garantiza el derecho de propiedad privada de los bienes muebles e inmuebles, de los instrumentos y medios de producción. Pero también se estipula que en virtud de la función social de la propiedad, este derecho está sujeto, por causa de utilidad pública o de interés social, a las limitaciones y obligaciones que en cuanto a su ejercicio le impongan las leyes. Estos bienes inmuebles mencionados pueden ser objeto de expropiación de acuerdo a la ley, previo pago en efectivo de justa indemnización. En el Art. 107 la reforma agraria elimina cualquier forma de explotación a los campesinos y a las comunidades indígenas, y se promueve las formas de propiedad compatibles con los objetivos económicos y sociales de la nación, establecidos en la Constitución. El régimen de propiedad de las tierras de las comunidades indígenas se regula de acuerdo a la ley de la materia. Art. 108 garantiza la propiedad de la tierra a todos los propietarios que la trabajan productiva y eficientemente, estableciendo regulaciones particulares y excepciones, de conformidad con los fines y objetivos de la reforma agraria. Art. 109 promueve la asociación voluntaria de los campesinos en cooperativas agrícolas, sin discriminación de sexo y de acuerdo con sus recursos facilita los medios materiales necesarios para elevar la capacidad técnica y productiva, a fin de mejorar la vida de los campesinos. En Art. 110 el Estado promueve la incorporación voluntaria de pequeños y medianos productores agropecuarios a los planes de desarrollo económico y social del país, bajo formas asociativas e individuales. Y en Art. 111 los campesinos y demás sectores productivos tienen derecho de participar en la definición de las políticas de transformación agraria, por medio de sus propias organizaciones. Por lo que se refiere a los derechos indígenas, La Constitución de Nicaragua hace mención de los derechos de las comunidades indígenas en el Art.5 15 y confiere una posición especial a las comunidades de la costa atlántica, pero no de la misma forma a las comunidades indígenas en otras partes del país, como las de Masaya, León y Matagalpa/Jinotega. Las Comunidades de la Costa Atlántica son consideradas dos veces: Primero, en el Título IV, Capítulo I que trata de los Derechos Individuales: los Artículos 89 al 91 tratan de las comunidades de la Costa Atlántica como parte indisoluble del pueblo nicaragüense y que como tal gozan de los mismos derechos y tienen las mismas obligaciones. Las Comunidades tienen el derecho de preservar y desarrollar su identidad cultural en la unidad nacional; el de dotarse de sus propias formas de organización civil y administrar sus asuntos locales conforme a sus tradiciones. El Estado reconoce las formas comunales de propiedad de las tierras de las Comunidades mencionadas. Igualmente reconoce el goce, uso y disfrute de las aguas

15 Art. 5, pár. 3: „El Estado reconoce la existencia de los pueblos indígenas, que gozan de los derechos, deberes y garantías consignadas en la Constitución, y en especial los de mantener y desarrollar su identidad y cultura, tener sus propias formas de organización social y administrar sus asuntos locales; así como mantener las formas comunales de propiedad de sus tierras y el goce, uso y disfrute de las mismas, todo de conformidad con la ley. Para las comunidades de la Costa Atlántica se establece el régimen de autonomía en la presente Constitución.

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y bosques de sus tierras comunales. El Estado reconoce su derecho a la libre expresión de sus lenguas, arte y cultura. El Art. 91 estipula que el Estado tiene la obligación de dictar leyes destinadas a promover acciones que aseguren que ningún nicaragüense sea objeto de discriminación por razón de su lengua, cultura y origen. Segundo, bajo Título IX, División Política Administrativa, Capítulo II: El Art. 180 otra vez habla del derecho de las Comunidades de la Costa Atlántica de vivir y desarrollarse bajo las formas de organización social que corresponden a sus tradiciones históricas y culturales. El Estado garantiza a estas comunidades el disfrute de sus recursos naturales, la efectividad de sus formas de propiedad comunal y la libre elección de sus autoridades y representantes. Asimismo garantiza la preservación de sus culturas y lenguas, religiones y costumbres. Y en el Art. 181 el Estado promete organizar, mediante una ley, el régimen de autonomía para los pueblos indígenas y las comunidades étnicas de la Costa Atlántica. Este artículo concluye que las concesiones y los contratos de explotación racional de los recursos naturales que otorga el Estado en estas regiones deberán contar con la aprobación del Consejo Regional Autónomo correspondiente. Para la realización del derecho humano a la alimentación, el Artículo 63 de la Constitución Nicaragüense subraya la obligación del Estado de proteger el derecho de los nicaragüenses estar protegidos contra el hambre. Además el Estado debe promover programas que aseguren una adecuada disponibilidad de alimentos y una distribución equitativa de los mismos. Otras partes del PIDESC tienen su correspondencia en el Art. 57 – Educación, Art. 59 – la salud, y el Art. 64 – vivienda digna. Considerando las provisiones constitucionales arriba mencionadas queda bien claro que la población de Nicaragua cuenta con un sólido marco jurídico a nivel nacional que le permite exigir la realización de la reforma agraria y el cumplimiento del derecho a la alimentación como derechos humanos. 2.2 Situación general y la cuestión agraria en Nicaragua

2.2.1 Hambre y pobreza Nicaragua, con un Ingreso Nacional Bruto (INB) por cápita de 770 US-dólares, de acuerdo con estadísticas del 2004, es la segunda nación más pobre de América Latina y el Caribe. Sólo Haití tiene un ingreso p/c más bajo. Nicaragua sigue siendo un país fundamentalmente agrícola, con un gran potencial de producción en alimentos. Sin embargo enfrenta graves problemas de hambre, malnutrición y pobreza. “La distribución de la población y la pobreza, es desigual entre el área urbana y el área rural: en el área urbana, se concentra la proporción más alta de población (58.3 por ciento), pero le corresponde una baja cuota de pobreza mientras que en el área rural es al revés: a un 41.7 por ciento de población total, se le vincula una alta cuota de pobreza. Las regiones Cen-

tral y Atlántico, continúan siendo las más empobrecidas del país acumulando entre ambas, el 57.1 por ciento de la pobreza nacional y el 73.5 por ciento de la pobreza extrema. La región Central es la que aporta la mayor cantidad de pobres (41 por ciento) y de pobres extremos (57.1 por ciento), aunque ambas regiones concentran cerca de la mitad (el 43.5 por ciento) de la población total y por ende a la problemática de inseguridad alimentaria y nutricional actual”.16 De acuerdo con la Organización de Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO), la seguridad alimentaria es una „situación en que todas las personas tienen, en todo momento, acceso a alimentos nutritivos y no contaminados, para mantener una vida saludable y activa“. En Nicaragua aproximadamente una tercera parte de la población no goza de este privilegio. Este país “muestra vulnerabilidad en el acceso, disponibilidad, consumo y utilización biológica de los alimentos necesarios para el desarrollo equilibrado y seguro para la vida”.17 El problema de Nicaragua no es la falta de alimentos, sino la falta de poder adquisitivo de amplios sectores de la población. Unos 1,2 millones de personas padecen hambre porque no disponen de los recursos necesarios para consumir las 2200 calorías diarias que recomienda la Organización Panamericana de Salud (OPS). En promedio su consumo es de 1750 calorías. Basado en el informe de la FAO y datos propios, la procuraduría de la Niñez y la Adolescencia informó en noviembre de 2004 que el 45% de la población no consume las vitaminas, el hierro y minerales vitales en suficiente cantidad.18 “En las zonas rurales la población está conformada por obreros agrícolas que además obtienen parte de sus alimentos de la producción de granos básicos para el autoconsumo, y una pequeña producción de ganado menor y leche en algunas zonas, por tanto el inicio del período de lluvias y comportamiento de las lluvias son factores determinantes de su disponibilidad de alimentos y en consecuencia de la seguridad alimentaria de las hogares”.19 El 29% de los 5,4 millones de habitantes de Nicaragua sufre algún grado de desnutrición por falta de acceso a los alimentos básicos.20 La FAO21 coloca a Nicaragua en una lista de 38 países que “atraviesan situaciones humanitarias de emergencia”. En América Latina, Nicaragua se ubica entre los siete países con mayor proporción de personas desnutridas. Entre los sectores más afectados están las mujeres, los niños y los grupos indígenas.

16 Famine Early Warning System Network (FEWS NET): Situación de Seguridad Alimentaria, Abril 2006 17 Programa Mundial de Alimentos de Naciones Unidas, octubre de 2005 18 CENIDH, 2004-2005 19 FEWS Nicaragua: Situación de Seguridad Alimentaria, Abril 2006 20 PNUD (UNDP), Informe de Desarrollo Humano, 2004 21 Informe „El estado de la seguridad alimentaria en el mundo“, 2003

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Un censo nacional de talla en escolares22, difundido en 2004 por el gobierno, señala que el 27,21% de los niños nicaragüenses menores de cinco años sufren de desnutrición crónica porque no han sido bien alimentados desde su nacimiento, debido a que sus padres carecen de recursos económicos. Esta cifra acusa un alza notable desde el censo de 1986, cuando era de 23,9%. El 20,7% de los niños de primer grado padecen de retardos de crecimiento y desarrollo psicomotor por desnutrición, índice que en algunos municipios del Norte como San José de Cusmapa, Telpaneca, Totogalpa, San Lucas y zonas cafetaleras afecta a más del 50% de los niños de cinco a seis años, de acuerdo con el informe. En los últimos años, la oferta de alimentos creció en un 20% en América Central. Más en Nicaragua el crecimiento sólo fue de un diez por ciento de acuerdo con datos de la FAO. Además, los más pobres no consumen los alimentos más nutritivos. “Los indicadores nacionales de nutrición y consumo de micro-nutrientes han presentado mejoría en las zonas urbanas del país, mientras que en las zonas rurales los niveles de deterioro se han duplicado en algunos casos, siendo definidas como zonas vulnerables con problemas de salud pública, como la desnutrición crónica que afecta al 27.2 por ciento de los niños de seis a nueve años a nivel nacional”.23 Tanto asalariados como desempleados y subempleados enfrentan una crisis de poder adquisitivo. En Julio de 2006, el precio de promedio de la Canasta Básica Alimentaria (CBA) alcanzó C$ 3.193,51, lo que significa un incremento del ocho por ciento comparado con el mes anterior. La subida fuerte se atribuye, en primer lugar, al alza del combustible y sus derivados. Mientras que los productos de consumo básico siguen subiendo, los salarios están estancados. Actualmente se necesitan casi dos salarios mínimos para adquirir una canasta básica”

Los datos del Banco Central confirman lo que los asalariados sienten subjetivamente: el salario aunque suba en términos nominales, vale cada vez menos. “El salario promedio nacional cubre una canasta básica y media (153% de cobertura). En cambio esta cobertura disminuye si la comparamos con el del salario mínimo (no oficial) observado, el cual arroja un dato de 56% de cobertura de la canasta básica de 53 productos. A diciembre del 2005 el costo de la canasta básica, según datos del BCN fue de 2,794.83 córdobas (163.14 dólares). El salario mínimo observado se ubicó en un monto de 1,562.6 córdobas. Pero esta situación empeora si tomamos los salarios por debajo de la media como en el caso del sector agropecuario (31%) y gobierno central (34%) correspondiente a los empleados públicos del magisterio y del sector salud, seguridad ciudadana, etc..“24 En términos relativos, Nicaragua es el país más caro de la región: “A nivel comparativo, Nicaragua es el país que presenta mayores rezagos en el salario mínimo respecto a sus homólogos centroamericanos. En promedio, presenta el salario mínimo más bajo de la región con 85 dólares mensuales, y solo supera a Bolivia en Latinoamérica que presenta un salario mínimo promedio de 53.75 dólares. Son Chile y Costa Rica con salarios mínimos de 660 y 450 dólares respectivamente los que repuntan en la lista de salarios mínimos de Latinoamérica, por encima incluso de países como México (US$ 118.2), Argentina (US$ 200) y Brasil (US$ 95)”.25 El censo más reciente de la pobreza en Nicaragua siguió sin publicarse a finales del 2006. Las últimas estadísticas oficiales accesibles datan del 2003 y se refieren al año 2001. CUADRO 2 Nicaragua: Tendencias de la pobreza, 1993–1998–2001 (%) Total de Pobres

CUADRO 1 Índice de salarios reales por categoría (1996=100)

Nacional Año

2001

2006

Variación

Obreros

67,9

64,1

-5,6%

Servicios

79,1

71,8

-9,2%

Administrativos

100,4

88,2

-12,2%

Directores

104,9

108,7

3,6%

Técnicos y Profesionales

103,8

117,1

12,8%

Incidencia

Urbana

Cambio

Incidencia

Rural

Cambio

Incidencia

Cambio

1993

50,3

1998

47,9

-2,4

30,5

-1,4

68,5

-7,6

2001

45,8

-2,1

28,7

-1,8

64,3

-4,2

31,9

76,1

Extremadamente Pobres

Fuente: Banco Central de Nicaragua

22 Segundo Censo Nacional de Talla en Escolares de Primer Grado'', coordinado por el MECD y el MINSA, Managua, 2004

1993

19,4

1998

17,3

-2,1

7,6

+0,3

28,9

-7,4

2001

15,1

-2,2

6,1

-1,5

24,7

-4,2

7,3

36,3

Fuente: Nicaragua EMNV 1993, 1998, 2001. (a) “Total de Pobres” en este informe incluye a los extremadamente pobres; así los extremadamente pobres son un subconjunto de los pobres. (b) La incidencia medida por el Indice de Conteo (Po) es la parte de la población cuyo consumo total cae bajo la línea de la pobreza.

23 FEWS Nicaragua: Situación de Seguridad Alimentaria, Abril 2006 24 FIDEG: Observador Económico, nov 28, 2006, Edición 171 25 Ibid. 14

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“Aunque la pobreza disminuyó significativamente más en las áreas rurales que urbanas, la pobreza y la extrema pobreza continúan siendo abrumadoramente rurales. Más de dos tercios de los habitantes rurales son pobres comparados con menos de un tercio en áreas urbanas. Asimismo, más de un 25 por ciento de los habitantes en zonas rurales son de extrema pobreza versus cerca de un 6 por ciento de residentes urbanos”.26 Aunque de acuerdo con las cifras oficiales, el porcentaje de pobres ha bajado, el número absoluto de pobres y miserables es más alto ahora que hace diez años debido al crecimiento de la población. El Banco Mundial define que una persona es pobre cuando tiene acceso a menos de US-$ 2 por día y extremadamente pobre si dispone de menos de un dólar. Las cifras del Banco Mundial, suministradas por fuentes oficiales definen la pobreza tomando como único indicador el consumo. El gobierno se limita a medir la pobreza mediante el gasto familiar que es la manera más sencilla de evaluar el nivel económico de un hogar. Además, es el sistema que más favorables resultados muestra. La Fundación para el Desafío Económico Global (FIDEG), institución dirigida por el ex-ministro de Comercio Exterior del gobierno sandinista, Alejandro Martínez Cuenca, utiliza tres metodologías de medición de pobreza, „a fin de acercarse lo más posible a diagnosticar esta realidad: El método de Necesidades Básicas Insatisfechas (NBI), a través del cual se clasifica a los hogares según acceso a una serie de satisfactores esenciales (calidad de la vivienda, acceso a agua potable y saneamiento, asistencia escolar y capacidad de subsistencia del hogar). Por ingreso o línea de pobreza (LP), se entiende la capacidad que tiene el hogar para adquirir una canasta de bienes y servicios. El método integrado de la pobreza (MIP) considera pobres no sólo aquellos que quedan por debajo de la línea de pobreza sino que también presentan NBI. Es decir, que mientras el enfoque LP mide las variaciones en las condiciones de pobreza en el corto plazo, el enfoque NBI lo hace para el largo plazo.“27 Este método da resultados más preocupantes. Para 2006, el FIDEG habla de un 70% de pobreza y 35% de extrema pobreza, respectivamente. Y la pobreza tiende a perpetuarse porque las estructuras en el campo no han mejorado. El acceso a salud, agua potable y educación para la población rural es precario. Unos 800 mil niños en edad escolar están fuera de las aulas y la tasa de analfabetismo funcional crece. Según un estudio del Ministerio de Educación, Cultura y Deportes, unas 900 mil personas entre los 15 y los 45 años son analfabetas funcionales. Este grupo de mujeres y hombres representa a las dos terceras partes de la fuerza laboral de Nicaragua.

El Banco Mundial en su informe pone el dedo en la llaga: “Entre las inversiones en capital humano, la educación es la más críticamente ligada a la reducción de la pobreza y al mejoramiento de la productividad. La educación primaria y los programas de alfabetización en Nicaragua son intervenciones claves. Se requiere un aumento de cobertura y un mejoramiento de la calidad de la educación primaria, precisamente el enfoque del próximo programa de Educación para Todos (EFA). La alfabetización de adultos necesita mejorar la focalización hacia adultos jóvenes (15-24 años de edad) con las mayores tasas de rentabilidad potencial, tanto privadas como sociales”.28 2. 2.2 Estructura agraria 2.2.2.1 Evolución histórica de la problemática de la tierra29 Cuando el FSLN llegó al poder definió al sector agropecuario como prioritario. Quiso promover el agro a gran escala e intensiva de capital, modificar la tenencia de la tierra y los mecanismos de acumulación. En esta propuesta hubo diferentes grandes fases según la coyuntura económica y militar. En 1979/80 el gobierno sandinista se concentró en confiscar los bienes de Somoza y sus allegados y la nacionalización de la banca, comercio exterior e interior, explotación de los recursos naturales y minerales. Para ejercer el control el Estado creyó el Área Propiedad del Pueblo (APP). Para resolver el problema de la tierra la propuesta era 1) dar las propiedades confiscadas a cooperativas, 2) confiscar grandes propiedades privadas para incorporarlas a la propiedad estatal, 3) colonizar tierras en la frontera agrícola y el Atlántico. Además la propuesta era no sólo atacar al latifundio sino también al minifundio para promover la cooperativización en asentamientos campesinos o empresas asociativas. Los obreros agrícolas y los campesinos fueron organizados por la ATC en sindicatos y los campesinos en Cooperativas Agrícolas Sandinistas (CAS). También surgieron cooperativas de crédito y servicio (CCS) para recibir crédito. En la segunda fase de 1981 a 1984 hubo una radicalización de la propuesta del Estado, ya que empezó la presión por parte de los Estados Unidos, aumentándose a la vez las acciones militares. Hubo aun mayor énfasis en la cooperativización del campesinado asociado y/o proletarizado como parte del programa sandinista hacia su propio modelo agropecuario. En 1981 se fundó la Unión Nacional de Agricultores Ganaderos (UNAG) que se convirtió en portavoz del campesinado no antisandinista.

26 Banco Mundial: Nicaragua. Reporte de Pobreza, 2003

28 Banco Mundial: Nicaragua. Reporte de Pobreza, 2003

27 Condiciones de Vida y de Pobreza en las ciudades de Managua, León y Granada, Agosto 1992-1999, Sonia Agurto; publicado en El Observador Económico, Ed. No. 96, Enero-Febrero 2000

29 Este párrafo se basa en el informe de Roberto Stuart et al: Anexo 1de la Evaluación Intermedia del Proyecto “Derechos a la Tierra y a los Recursos Productivos”. Realizado para la Ayuda Popular Noruega. SIMAS 2005

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En julio de 1981 se promulgó la Ley de Reforma Agraria que dio al Estado el poder de confiscar todo tipo de propiedad por las siguientes razones: 1. ociosidad y abandono; 2. siendo tradicionalmente tierras de arriendo; 3. ubicarse en zonas que el Estado declara como Zonas de Reforma Agraria. La aplicación de la Reforma Agraria tenía la intención de capitalizar la propiedad estatal, fortalecer el movimiento cooperativo y defender militarmente la revolución. Por eso la entrega de tierras beneficiaba principalmente a quienes ingresaban a las Cooperativas Agrícolas Sandinistas, vivían en áreas de conflicto militar o se organizaban en el auto defensa. Durante la campana electoral de 1984, el gobierno sandinista entregó en el marco de la Reforma Agraria 1,250.000 manzanas bajo la figura de propiedad individual, que benefició a 35.000 familias campesinas. La tercera fase de 1985 a 1987 era más para garantizar la sobrevivencia de la revolución y por eso el gobierno buscó una alianza con el campesinado. El gobierno propuso reformar el uso del suelo, adjudicando el Pacífico para la agroexportación, el Atlántico para la explotación maderera y productos tropicales y el Norte para el cultivo del café y la crianza de ganado. Bajo la nueva línea de planificación hubo entre otras acciones, una reducción de los subsidios a los productos de consumo básico. En junio 1985 la UNAG lideró una ocupación de tierras en Masaya que dio inicio a una apertura para la distribución de tierras a individuales. A final el gobierno sandinista tuvo que reconocer la oposición interna campesina. En la cuarta fase hasta 1990, a mediados de 1988 el gobierno adoptó un programa de reajuste estructural con medidas muy severas pero que tampoco tuvieron el efecto esperado de estimular la economía. En este tiempo se redujo la intervención norteamericana a favor de la contrarevolución, el gobierno sandinista al final negoció con los contras y adelantó las elecciones a febrero de 1990. Los acuerdos de paz exigieron la suspensión de las confiscaciones así que el gobierno sandinista estaba obligado a entregar las tierras estatales. Por eso en 1988 se entregaron 298.000 mz mayormente a campesinos individuales y organizados en CCS, y en 1989 – en plena campaña electoral – se entregaron otra cantidad de manzanas un poco mayor a la ya mencionada. Enfrentando una crisis económica y una serie de otros problemas como p.e. una fuerza de 20.000 contrarevolucionarios, la presión de los Estados Unidos y con una base social disminuida, el FSLN perdió las elecciones con una votación del 54% a favor de la Unión Nacional Opositora.

2.2.2.2 Estructura agraria actual La Revolución Sandinista dejó la estructura agraria radicalmente cambiada cuando Daniel Ortega entregó el gobierno a Violeta Barrios de Chamorro en abril de 1990. Más de un millón de hectáreas de tierra con vocación agropecuaria había cambiado de dueño. La forma favorecida por el modelo revolucionario fue la mencionada Cooperativa Agraria Sandinista (CAS) que implicaba la colectividad total. La entrega de parcelas a productores individuales fue más bien la excepción que se generalizó en la segunda mitad de los ochentas luego de que miles de productores, afectados por desalojos y actos de guerra llegaron a engrosar las filas de la contrarrevolución. La producción agroindustrial se concentró en haciendas estatales (Área Propiedad del Pueblo, APP), en su mayoría confiscadas a la familia Somoza y sus allegados. La derrota electoral del sandinismo no sólo significó un cambio de gobierno sino un cambio de sistema. Todas las transformaciones efectuadas por la revolución fueron cuestionadas por los nuevos gobernantes. Fue mediante un pacto de transición que se logró limitar la velocidad y profundidad de los cambios así como asegurar la propiedad a los beneficiados por la Reforma Agraria. La gran mayoría de ellos no tenía título de propiedad legal ya que los títulos de Reforma Agraria no se habían registrado en el catastro. Para garantizar la estabilidad en el campo y prestar un mínimo de condiciones para la producción, los gobiernos salientes y entrantes dieron garantías a los miles de sujetos de Reforma Agraria. Irónicamente, con el nuevo gobierno conservador, se aceleró la Reforma Agraria ya que miles de soldados del Ejército Popular Sandinista (EPS) y miembros de la contrarrevolución que se desmovilizaron en el marco de los Acuerdos de Paz, recibieron tierras. Además, las haciendas estatales fueron privatizadas o entregadas a los trabajadores para constituir el Área de Propiedad de los Trabajadores (APT). A mediados de los noventa, los pequeños y medianos productores detentaban en su conjunto más del 70% de la tierra en fincas y generaban más del 60% del producto agropecuario, tanto del consumo interno como de exportación.30 En total, entre 1979 y 1997, alrededor de la tercera parte del total de familias rurales (de un total de 324 mil familias) ha sido beneficiado por la reforma con un poco menos del tercio (2 millones 302 mil manzanas o 28%) del total de la superficie agropecuaria.31 Es importante recordar esta historia porque muestra que la distribución masiva de tierras en sí – aunque es condición necesaria para una política agraria más justa,aún no garantiza el derecho a la alimentación.

30 Convirtiendo la Tragedia del Mitch en una Oportunidad para el Desarrollo Humano y Sostenible de Nicaragua, Propuesta para la Reconstrucción y Transformación de Nicaragua, Coordinadora Civil para la Emergencia y la Reconstrucción, Managua, mayo de 1999. 31 Baumeister

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EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

Cuadro 3 Magnitud del proceso de reforma agraria (1979-1997) Tipos de beneficiarios

Número (en miles)

Area entregada (miles de mzs)

48,5

895

12

431

(60,5)

(1326)

18,5

465

4. Desmovilizados EPS y MINGO

3,6

80

5. “Recontras”

3,3

35

6. “Recompas”

0,7

13

7. Área Propiedad de los Trabajadores

18

142

(44,1)

(735)

8. Colonos tradicionales

4,4

135

9. Otros

3,1

106

112

2302

35

28

1. Cooperativistas período sandinista 2. Individuales período sandinista Subperíodo sandinista 3. Resistencia Nicaragüense

Subperíodo gobierno Chamorro

Total (% sobre totales nacionales)

Fuente: Baumeister, Iniciativas Campesinas

La Reforma Agraria Sandinista pretendió sacar a los campesinos del tradicional atraso mediante la cooperativización. Se les obligaba a los productores a asociarse para poder ser sujetos de la Reforma Agraria. Créditos y asistencia técnica estaban vinculados a la forma asociativa de trabajar. Tres factores principalmente llevaron al fracaso de este tipo de reforma: • Los productores, acostumbrados durante generaciones al trabajo individualista, no aceptaron con suficiente agilidad la nueva forma de trabajar. La poca voluntad y capacidad de organizarse llevó al desarrollo de nuevas formas de caciquismo en el seno de las cooperativas y alimentó la hostilidad de muchos productores hacia el gobierno revolucionario. • Los funcionarios y técnicos sandinistas no reaccionaron con suficiente comprensión a las dificultades que se presentaban en las cooperativas. • Las cooperativas, por representar la ideología colectivista del nuevo sistema, se convirtieron en blancos de la agresión contrarrevolucionaria. Así, las cooperativas se organizaron como colectivos de defensa más que como proyectos productivos y además estaban obligadas a aportar un porcentaje de sus socios a los batallones del Ejército Popular Sandinista.

Así, al final de la guerra, la mayoría de las cooperativas estaban destruidas o descapitalizadas. Esto explica por qué fue tan fácil desarticular el movimiento cooperativo y desmembrar las fincas. Para los campesinos, la paz no trajo la tranquilidad esperada sino sustituyó los estragos del conflicto armado por los estragos de la nueva política económica. 2.2.2.3 Contrarreforma agraria Convencidos de que la Reforma Agraria jamás sería cuestionada, los sandinistas no se empeñaron en legalizar debidamente las transferencias masivas. Dieciséis años después del fin de la época sandinista, la legalización de las tierras entregadas en el marco de la Reforma Agraria no ha sido completada. La falta de un catastro sistemático y completo – sólo existe un registro parcial del Pacífico del año 1971 – se suma a los problemas creados por la práctica sandinista de registrar tierras entregadas con un número nuevo sin hacer referencia al número catastral anterior. Ya en el gobierno de Violeta de Chamorro se iniciaron los primeros pasos para hacer una contrarreforma agraria cuando comenzaron a desaparecer la banca de fomento, los precios de garantía de la producción agrícola y se dio el desmantelamiento del estado (asistencia técnica, capacitación y otros). Cuando Arnoldo Alemán llegó a la Presidencia en 1997, antiguos dueños, envalentonados por la vuelta al poder del Partido Liberal Constitucionalista, trataron de recuperar sus tierras independientemente de que si habían sido debidamente indemnizados o no. En varios casos, los ex-terratenientes anticiparon un fallo favorable al desalojar a los campesinos por la fuerza. En esos casos el gobierno falló en su obligación de proteger los derechos de los expulsados. Los beneficiarios de la reforma que carecen aún de un título legal viven en una situación de inseguridad, o, como por ejemplo en el caso descrito de la finca El Ensayo32, fueron privados de la tierra que les había sido entregada en el marco de la Reforma Agraria. Además, los grupos que no disponen de títulos tienen dificultades para conseguir créditos y enfrentan obstáculos para la venta del predio. Las titulaciones masivas en la época de la transición (febrero a abril de 1990) y durante el gobierno de Violeta Barrios de Chamorro (1990-1997) no dieron abasto para legalizar todas las tierras repartidas. Además, el gobierno de Arnoldo Alemán introdujo nuevos criterios para la devolución e indemnización. En mayo de 2000, la Asamblea Nacional aprobó un proyecto del gobierno que reforma las leyes de propiedad 278 y 288 y crea tribunales de propiedad que deben solucionar cerca de siete mil conflictos de propiedad que quedaban aún pendientes en ese momento.

32 Véase capítulo 4.4

17

Los Tribunales de Propiedad que comenzaron a funcionar el 8 de mayo del 2000, y la nueva ley responde, principalmente, a las presiones del gobierno de Estados Unidos que respalda los reclamos de sus ciudadanos confiscados, en su gran mayoría antiguos allegados a la familia Somoza u oficiales de la ex Guardia Nacional quienes obtuvieron la nacionalidad poco después de exilarse. En la mayoría de los alrededor de 800 casos pendientes ante la justicia al momento de aprobarse la nueva ley, los ex propietarios rechazaban el pago de indemnización e insistían en la devolución. Sin duda alguna, esa legislación nuevamente creó una situación de inseguridad para los beneficiarios de la Reforma Agraria. Desde la promulgación de la Ley 278 sobre la Propiedad Reformada urbana y agraria, en vigor desde el 16 de diciembre de 1997, la inseguridad sobre las tierras se ha incrementado. Dicha ley invierte la práctica anterior de indemnizar los antiguos dueños y titular a favor de los beneficiados de la Reforma Agraria: dispone que los tenedores de la tierra pierden el derecho al título si el dueño original no ha sido indemnizado. Esta ley se aplicó por primera vez a mediados de abril en el caso de la finca cafetalera Jorge Vogl, ubicada en El Crucero, 20 kms al sur de Managua. Las alrededor de 460 personas que habían permanecido allí desde hacía casi 20 años tuvieron que ceder el terreno a Alejandro Somoza, un sobrino de Anastasio Somoza Portocarrero, hijo del último dictador. Los tenedores fueron indemnizados con 1,4 millones de córdobas, monto que equivale a menos de 240 dólares por persona. En junio del 2000, la presidenta de la Asociación de los Confiscados, Lucía Solórzano, logró recuperar la finca El Callado, de 800 manzanas, también en El Crucero, y desalojar a las cerca de cien familias beneficiadas por la Reforma Agraria. Otras propiedades en manos de cooperativas están en proceso de devolverse. Cabe destacar que las primeras cooperativas que fueron desmembradas y compradas fueron las que estaban ubicadas cerca de la costa del Pacífico. Fueron inversionistas privados de todos los partidos políticos y altos oficiales del ejército los que adquirieron terrenos con gran potencial turístico a precios de ganga. De las alrededor de 3.200 cooperativas agropecuarias con sus 60 mil socios que existían en 1990, sólo 600 sobrevivieron hasta el 2000, de acuerdo con informaciones proporcionadas por UNAG. La coordinadora Civil para la Emergencia y la Reconstrucción habla de 3600 y 350, respectivamente. Esta discrepancia se explica por la existencia de un número de cooperativas que ya fueron disueltas pero donde todavía no había sido desmembrada oficialmente la finca.

18

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

La mayoría de las cooperativas ya estaban descapitalizadas en 1990 y no producían o sólo cultivaban para la subsistencia. Para el gobierno de Violeta Barrios de Chamorro había dos alternativas para solucionar su situación: darles apoyo técnico y económico o permitir su parcelación y venta. Se optó por una solución de muerte lenta fomentando la parcelación y postergando la venta. La ley 278/95 prohibe la venta de tierras de la reforma agraria por un período de cinco años. Sólo cuando los dos tercios de los socios lo decidan, se puede vender. Además, en casos especiales, el INRA podía autorizar la venta. Dado que no había apoyo económico, la mayoría de las cooperativas entraron en un proceso de descomposición acelerada. Comenzó un proceso de tráfico con promesas de venta. La figura jurídica de cesión de comunidad permite la inscripción de partes individuales y su venta. Todo con el agravante que una promesa de venta no tiene el mismo valor que un título legal. CUADRO 4 Estructura agraria Fincas

Tamaño

Área

% propietarios

8,232.724 mzs.

100%

< 200 mzs.

5,355.445 mzs

94%

65%

200-500 mzs.

2,237.709 mzs.

5%

27%

> 500 mzs.

639.570 mzs.

1%

8%

281670 266000 15000 670

% tierra

Fuente: CIPRES, con base en fuentes oficiales

También el sector APT se vio seriamente afectado. Cuando se privatizaban las UPEs a favor de los trabajadores, ésos no recibieron escrituras definitivas porque no habían pagado. Para conseguir la escritura, tuvieron que apelar a la corte y consignar el pago. Mientras tanto, la banca no les daba crédito. Si querían sembrar, tenían que recurrir a usureros que cobran un interés promedio del 5% mensual. Sin financiamiento adecuado, las tierras ociosas no se pueden reactivar pero se convierten en un peso económico y aceleran la venta. A esos problemas se sumó la bancarrota y desaparición del Banco nacional de Desarrollo que daba crédito al sector rural, y la privatización de los centros de acopio que tenía ENABAS (Empresa Nacional de Abastecimiento) para mantener reservas y garantizarles precios estables a los campesinos. De 130 centros de acopio que existían en tiempos sandinistas, quedan cinco en 2006, todos estos en manos privadas. En el gobierno saliente de Enrique Bolaños, de acuerdo con su pensamiento empresarial, no se fomentaron cooperativas sino empresas campesinas. La idea de fondo es la misma: que los minifundios no tienen futuro. Pero la ideología es diferente. Si una cooperativa tiene el objetivo de garantizarles una vida digna a sus socios, la empresa tiene el objetivo de maximar el lucro.

De modo que en el quinquenio 2001-2006 un gran número de cooperativas nuevas se han constituido. Sinforiano Cáceres, presidente de la Federación Nacional de Cooperativas (FENACOOP) habla de 6000 cooperativas registradas y 1500 activas de las cuales 620 son miembro de FENACOOP. Se trata ya no de colectivos sino de cooperativas de distintos tipos: agropecuarias, agroindustriales, de ahorro y crédito y multisectoriales. La política del gobierno de Bolaños, aun más que la de los anteriores, se destacó por su estilo paternalista, muy contrario a una política de derechos humanos. Aunque tanto Liberales como Sandinistas en la Asamblea Nacional reclamaban la necesidad de ordenar la materia mediante un Código Agrario, el gobierno no tomó la iniciativa. El segundo factor negativo es la marcada tendencia clientelista del gobierno liberal. Porque el estado extiende sus servicios no con el criterio de si una persona los necesita sino de acuerdo a afiliación política o amistad. Los préstamos se dan a amigos o amigos políticos aun sin el suficiente respaldo económico, y no a los productores que más los necesitan. 2.2.2.4 Legalidad de la tierra A finales de 2006, alrededor de 1,5 millones de hectáreas de tierra tenían irregularidades legales. Esto corresponde al 47,9% de las tierras con vocación agropecuaria, de acuerdo con datos de la UNAG. Los afectados son mayoritariamente los pequeños y medianos productores así como las cooperativas. La falta de título impide que el productor/la productora tenga acceso a crédito en la banca privada. La mayoría de los bancos no dan crédito al sector reformado aunque tengan título registrado, según las quejas de UNAG.33 El proceso de ordenamiento territorial es sumamente lento. Hay fincas reclamadas por tres o más personas con títulos de diferentes épocas. También existen títulos falsificados o extendidos mediante soborno. A eso se agrega el número creciente de demandantes de nacionalidad estadounidense quienes, debido a las presiones de su embajada, gozan de tratamiento prioritario. En su casi totalidad se trata de nicaragüenses que se exiliaron luego del triunfo sandinista y adquirieron la nacionalidad de su país anfitrión. El número de 300 casos pendientes en 1990 quintuplicó para el año 2005. Ahora se dice que son alrededor de 1500 “norteamericanos” los que reclaman tierras.

33 Entrevista con Ariel Bucardo

19

2.2.2.5 La producción agropecuaria El sector agropecuario y forestal da empleo al 38% de la población económicamente activa (PEA) y genera el 65% de las exportaciones del país.34 Esto sin tomar en cuenta el componente agroindustrial. La producción de granos básicos, con excepción del arroz, está casi exclusivamente en manos de pequeños y medianos productores así como de cooperativas.

CUADRO 5 Distribución de la Producción Agropecuaria según sector social Rubro

Sector privado convencional

Pequeños productores, cooperativas y empresas asociativas

CUADRO 6 PESO SOCIOECONÓMICO DE LOS PEQUEÑOS Y MEDIANOS PRODUCTORES Conceptos

Pequeños y Medianos

Grandes

Total

Productores Agropecuarios

96

4

100

Tierra en fincas

70

30

100

Alimentos

60

40

100

Granos Básicos (VBP)

78

22

100

Unidades vacunas

65

35

100

Unidades Avícolas

83

17

100

Unidades Porcinas

89

11

100

PEA Agropecuaria 2004

82

12

100

Maíz

10%

90%

PIB Agropecuario

60

40

100

Frijol

10%

90%

Exportaciones Agropecuarias

55

45

100

Hortalizas

15%

85%

Divisas Netas

60

40

100

Verduras y frutas

15%

85%

Ajonjolí

10%

90%

Ganado

20%

80%

Café

60%

40%

Arroz

65%

35%

Fuente: UNAG, FENACOOP, UNAPA, MAG, PNUD, 1996

En la década 1994-2004, la producción de algunos productos creció de manera significante: el frijol 11,44%, el azúcar 11,33%, el maíz 10,6%, aves 9,86%, café 8,8%, carne 2,76%.35 Los precios relativamente buenos que se pagaban por estos productos a nivel Internacional estimularon la producción. Sin embargo, los aumentos no se deben en primer lugar al incremento de la productividad sino al incremento de las áreas sembradas con el respectivo impacto sobre la frontera agrícola.

Fuente: CIPRES; en base a datos del III CENAGRO (2001), MAGFOR y Banco Central

“El volumen de producción y exportación del país se puede duplicar sin necesidad de seguir ampliando en más áreas, sino con el incremento de la productividad y agregándole valor a los rubros que se producen. A partir del año 2000 hay nuevos rubros que están creciendo en importancia tales como: oleaginosas, hortalizas, cacao y frutas entre otros”.37 Además, si se ofrecen préstamos a los campesinos, ellos pueden sembrar tierras actualmente ociosas por falta de financiamiento. “El desarrollo agroindustrial ha sido limitado y se caracteriza por una baja articulación con la producción primaria y los procesos de transformación. Las agroindustrias más importantes siguen siendo la del azúcar, el trillado de arroz, el despulpado y secado del café, la industria de carne y los lácteos y muy recientemente el procesamiento de frutas (jugos) y el descortezado de ajonjolí”.38

La actividad agropecuaria, según datos de FENACOOP, utiliza alrededor de 1,1 millones de hectáreas. El 80% de esto se dedica a la producción de consumo interno, principalmente granos básicos, los que se producen bajo un sistema extensivo. El 20% restante sirve para el cultivo de productos tradicionales de exportación con bajos niveles de productividad, si se comparan con los países centroamericanos.36

34 CENAGRO, 2001 35 Ibid. 36 Propuesta del sector agropecuario para incidir en la negociación de un acuerdo de asociación entre la Unión Europea y Centroamérica, FENACOOP, Managua, septiembre de 2006

20

37 Ibid. 38 Ibid

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

2.2.2.6 Política crediticia En Nicaragua nadie siembra sin financiamiento externo. Los unos no quieren arriesgar sus reservas acumuladas para el nuevo ciclo agrícola, los otros no tienen reservas. Es un hecho conocido que el campesinado nicaragüense no tiene el capital propio para despegar. Con la privatización de la banca, en particular el Banco Nacional de Desarrollo que daba préstamos rurales a través de una amplia red de sucursales, los pequeños productores se quedaron sin fuente de financiamiento. El Fondo de Crédito Rural, creado en 1998 para el pequeño y mediano productor, es manejado por el Instituto de Desarrollo Rural con una cartera muy reducida. Crédito blando que tome en cuenta la precaria situación de muchos campesinos, no hay. 2.2.2.7 El Tratado de Libre Comercio El 1 de marzo de 2006 entró en vigor el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, América Central (con la excepción de Costa Rica) y República Dominicana. Desde el inicio de las negociaciones, las ONGs, movimientos sociales pero también instancias de la Iglesia habían manifestado su oposición al acuerdo ya que se temía que iba a favorecer unilateralmente los intereses de Estados Unidos y las grandes empresas. “El CAFTA + RD trata de la liberalización y de los derechos de las inversiones extranjeras directas, que son especialmente las de las empresas transnacionales y del capital financiero. Además trata de los derechos de propiedad intelectual, de la liberalización de las compras gubernamentales, de profundizar la privatización de los servicios públicos, del libre paso y el derecho al trabajo de los ejecutivos y técnicos de empresas. Pero no se ofrece ninguna propuesta al fenómeno global de los trabajadores migratorios: libre paso, trabajadores temporales, trabajadores indocumentados en EEUU, entre otros”.39 De hecho, los temores de los jesuitas no carecían de fundamento: “C.A. ha tenido que abrir sus mercados a los granos básicos que producen los EE.UU. mientras esta misma nación no ha aceptado negociar la disminución o supresión de los subsidios a la producción y la exportación de estos granos básicos. El CAFTA mantiene las barreras aduaneras no arancelarias (sanitarias y fitosanitarias) y C.A. se encuentra en situación de inferioridad tecnológica para cumplir con ellas. A todas éstas se añaden hoy las imprevisibles barreras antiterroristas”.40

mundial de arroz. A un productor estadounidense le cuesta producir un quintal de arroz 9 dólares con 4 centavos. A un productor nicaragüense del Valle de Sébaco, de las cooperativas nuestras, le cuesta producir ese quintal 8 dólares con 45 centavos. Esto quiere decir que en el arroz podríamos ser competitivos. Pero no lo seremos. Porque el productor de Estados Unidos puede vender, y venderá, en Nicaragua su quintal de arroz en 7 dólares con 65 centavos. ¿Por qué lo puede vender más barato de lo que lo produce? Porque él recibe de su gobierno un subsidio, y cuando él coloca en el puerto cada tonelada métrica de arroz (22 quintales) para venderla aquí en 179 dólares, ya ha recibido antes por esa tonelada 230 dólares como subsidio”.41 Cáceres teme que unas 180 mil familias campesinas puedan perder su base económica ya que sus productos estarán totalmente desprotegidos dentro de pocos años: “En el TLC hay productos ganadores y productos perdedores. Los productos que resultaron relativamente ganadores son los que no producen los Estados Unidos y sí producen Centroamérica y Nicaragua. El principal de estos productos sería el café, pero el café no entra en el TLC, su comercio funciona con otras reglas internacionales. Otros productos “ganadores” son el maní y el ajonjolí. Productos perdedores serán todos los que se producen en Estados Unidos y en Centroamérica y con el TLC van a entrar en competencia. Son el maíz, el arroz, los frijoles y los lácteos, todos ellos alimentos de nuestra dieta básica y donde está concentrada la pequeña y mediana producción en Nicaragua”.42 Actualmente, el campesinado nicaragüense produce frijoles no sólo para alimentar la población entera sino para exportar a El Salvador y Costa Rica. Cuando el frijol esté expuesto a la competencia de productos subsidiados o producidos en monocultivo, dejará de ser rentable. Lo mismo sucede con el maíz. Ya se han observado medidas de competencia desleal por parte del gobierno en los últimos años: cuando entró la cosecha, se importaron grandes cantidades de maíz que inundaron el mercado y bajaron el precio a un nivel por debajo del costo de producción. Estas políticas y el TLC en sus disposiciones que afectan la producción de granos básicos pueden considerarse como violatorios al derecho a la alimentación.

Sinforiano Cáceres, Presidente de la Federación Nacional de Cooperativas (FENACOOP), da un ejemplo bastante ilustrativo: “Lo peor del CAFTA, lo que nos puede afectar de por vida, es que no se reconocieron las asimetrías para que los productos que producimos nosotros y producen ellos puedan competir lealmente. Veámoslo, por ejemplo, en el rubro arroz. Estados Unidos es el quinto productor

39 Pronunciamiento de la Comisión del Apostolado Social de la Provincia Centroamericana de la Compañía de Jesús “Por qué decimos NO a la ratificación del TLC entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana”, publicado en Envío No. 272, Managua, noviembre de 2004.

41 Cáceres, 2006

40 Ibid.

42 Ibid.

21

2.2.2.8 Los pueblos indígenas Los seis pueblos indígenas de Nicaragua con algo más de 400 mil personas constituyen el 9,5 por ciento de la población nicaragüense.43 En su mayoría habitan la Región Autónoma Atlántico Norte (RAAN). Los pueblos más grandes son los mískitos y mayagnas, también conocidos como sumus. Además existen ramas en la zona de Bluefields, Región Autónoma Atlántico Sur (RAAS), así como masayas, subtiavas y matagalpas en los departamentos de Masaya, León y Matagalpa/Jinotega respectivamente. Las regiones autónomas fueron dotadas de un Estatuto de Autonomía en 1987 luego de un acercamiento entre el gobierno Sandinista y los pueblos indígenas. Sin embargo, los gobiernos posteriores tardaron más de una década en aprobar la ley reguladora. Así que en 1993, el gobierno central pudo entregar licencias mineras, forestales y pesqueras a grandes empresas de capital extranjero para explotar las riquezas de la Costa Atlántica sin consultar a las autoridades autónomas. De acuerdo con datos de Ministerio de Fomento, Industria y Comercio (MiFiC), más del 75% del territorio autónomo está bajo concesiones. Al mismo tiempo, la región del Caribe sigue siendo la más pobre del país. No hay municipio de la Costa que no tenga altos índices de hambre y desnutrición. La prosperidad explotada por las empresas, no llega a las familias. Como la Costa Atlántica sirve de corredor para el narcotráfico entre Colombia y Estados Unidos, el negocio que más prospera es el narcotráfico. “Las regiones Central y Atlántico, continúan siendo las más empobrecidas del país acumulando entre ambas, el 57.1 por ciento de la pobreza nacional y el 73.5 por ciento de la pobreza extrema”.44 Sigue la debilidad institucional que siempre ha caracterizado esta región. Las carreteras son pocas y vulnerables a los estragos de la naturaleza. En estas condiciones el intercambio comercial es difícil y las comunidades dependen en alto grado del autoconsumo de sus productos. Cuando la cosecha es muy buena, los granos se pudren porque no se pueden vender. Cuando es mala, hay hambre. Así que las hambrunas son un fenómeno frecuente en la Costa Atlántica.

río Coco”.45 El gobierno central mediante el Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres (SINAPRED) lanzó un plan de emergencia para Waspán, dotado por el Programa Mundial de Alimentos (PMA), Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), FAO, Organización Mundial de la salud (OPS) y Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). En cuanto a la política ambiental en las regiones autónomas, el compromiso muchas veces manifestado por el gobierno de preservar las reservas naturales está en abierta contradicción con la permisividad de las autoridades ante la masiva migración de damnificados del huracán Mitch a la biosfera Bosawas en el norte del país. En la zona de Bosawas viven unos 20 mil miskitos y alrededor de doce mil indígenas mayagnas cuyas tierra comunales se ven cada vez más amenazadas. Si bien las organizaciones de derechos humanos consideran que por razones humanitarias es inadmisible la expulsión de los colonos damnificados, el influjo masivo es consecuencia directa de la pasividad de las autoridades y sienta precedentes peligrosas para el futuro. Desde tiempos de Somoza, la extensión de la frontera agrícola ha sido una válvula de escape fomentada por el gobierno para la presión de campesinos sin tierra. La más importante reserva natural de Nicaragua es escenario de invasiones de tierra y un tráfico con títulos de posesión y promesas de venta. Miles de damnificados quienes no recibieron ningún tipo de ayuda del gobierno se asentaron en esa reserva donde la tala del bosque está estrictamente prohibida. Del total de 22 millones de hectáreas que cubrían el país en la época de la lucha de Sandino, sólo 3,2 millones han sobrevivido hasta el fin del siglo. A pesar de que el despale ha causado trastornos climáticos y es evidente que la gravedad de desastres naturales ha aumentado, la depredación se mantiene. El contrabando se ha multiplicado y las exportaciones ilegales de madera continúan.46

En 2005, los pobladores mískitos y mayagnas de la ribera del río Coco en el municipio de Waspán fueron afectados por una severa hambruna. Una plaga de ratas había acabado con tres cuartos de los cultivos. Además, un “fuerte invierno y tormentas tropicales provocaron inundaciones que generaron el éxodo de miles de indígenas hacia la República de Honduras. El huracán beta dejó 56 mil damnificados en la RAAN y 5 mil en la RAAS, lo que profundizó el cuadro de hambre en las comunidades situadas a lo largo de la ribera del

43 Banco Interamericano de Desarrollo, 2000 44 Famine Early Warning System Network (FEWS NET), Ginebra, /Nueva York, 25 de abril de 2006

22

45 CENIDH, 2005 46 Propuesta para la Reconstrucción y Transformación de Nicaragua

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

2.2.2.9 Pobreza con rostro de mujer El carácter patriarcal de la sociedad ha moldeado las costumbres más que todo en las capas bajas de la sociedad y en las áreas rurales. Si en una familia la comida es escasa, la última que come es la mujer ya que ella sirve primero al hombre y a los niños. No existe censo específico para la pobreza femenina. Pero todo indica que son las mujeres las que llevan el bulto más pesado. También en la política de género se observa un marcado divorcio entre el discurso y la realidad. Las mujeres prácticamente no tienen acceso a créditos y tecnología agrícola. De acuerdo con un estudio del FIDEG, las mujeres producen entre el 25% y el 30% de la producción agrícola, tanto para el autoconsumo como para los mercados nacional e internacional. Pero son propietarias de tan sólo el 10% de la tierra y destinatarias de menos del 10% de los créditos rurales. Tan sólo el 12% de las mujeres que trabajan en la agricultura tienen acceso a capacitación técnica y únicamente el 2% a asesoría técnica Las mujeres devengan salarios menores que los hombres; muestran índices de pobreza más altos y las niñas son las primeras cuya educación se sacrifica. Así que para lograr la igualdad de los géneros consagrada en la Constitución hace falta la acción, el fomento unilateral de la mujer. Prácticamente todas las agencias de cooperación tienen programas de género o trabajan con grupos de mujeres. El mejor aprovechamiento del factor trabajo y en especial del trabajo femenino es considerado como importante aporte en la estrategia contra la pobreza. Sin embargo, en la estrategia contra la pobreza, preparada para el Grupo Consultivo, las mujeres no figuran salvo como materia transversal que no se puede dejar de mencionar. Aun así los planes oficiales no pueden dejar de mencionar que las mujeres son más perjudicadas: “las tasas de fecundidad de las adolescentes del país se encuentran entre las más elevadas de América Latina; pero éstas son incluso mayores para los pobres, quienes tienen menos acceso a la planificación familiar y sufren riesgos reproductivos mucho mayores”.47 La despreocupación por las consecuencias del sexo sin protección tiene otra consecuencia grave: “la incidencia de VIH/SIDA – aunque sigue como de las más bajas de la región – ha venido creciendo especialmente en las mujeres más jóvenes”.48

3. Políticas públicas 3.1 La iniciativa HIPC y el combate de la pobreza

En 1996, el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional (FMI) lanzaron la iniciativa para aliviar la deuda externa de los países más pobres y más endeudados. La Heavily Indebted Poor Countries Initiative, mejor conocida por sus siglas HIPC, fue apoyada por la red internacional Jubileo 2000 y por la Cumbre del G7 de Colonia en 1999. Nicaragua, al ser escogida como beneficiaria de la primera condonación de la deuda, se vio comprometida a presentar planes para la erradicación o reducción de la pobreza e invertir los presupuestos destinados al pago de los intereses de la deuda en programas de salud y educación. “Nicaragua is committed to devote the resources freed by the present exceptional treatment of the debt on priority areas identified in the country’s poverty reduction strategy”.49 El FMI por su parte suplantó sus notorios paquetes de ajuste estructural –Enhanced Structural Adjustment Facility (ESAF)– de corte netamente neoliberal por un programa de reducción de la pobreza – Poverty Reduction and Growth Facility (PRGF). En cumplimiento de estas condiciones, el gobierno de Arnoldo Alemán presentó un documento borrador al Consejo Nacional de Planificación Económica y Social (CONPES) en enero del 2000 y luego, en julio del mismo año envió al Banco Mundial una Estrategia de Reducción de la Pobreza (ERP). En octubre del 2000, se tradujo el documento al español. Esta Estrategia Reforzada de Crecimiento Económico y Reducción de la Pobreza (ERCERP) contempla pocas medidas específicas contra la pobreza ya que parte de la suposición que las vías fundamentales para reducir la pobreza son el crecimiento económico y el aumento de la productividad. Para el desarrollo del sector rural, el llamado Pilar 1, se asignaron US-$ 485,6 millones equivalentes al 42,24% del presupuesto para los primeros cinco años.50 Desde el principio, las ONGs señalaron la debilidad de este pilar tanto por su fuerte enfoque en la infraestructura, así como por la manera imprecisa en que se aborda el sector productivo del país, especialmente los pequeños productores del campo y la pequeña y mediana empresa. El Pilar Uno se basa en cinco componentes como son la privatización de empresas estatales de servicios públicos, la modernización e integración de la economía rural, la promoción de la pequeña y mediana empresa, el desarrollo de la Costa Atlántica y la promoción de conglomerados productivos estratégicos, mejor conocidos por su término ingles, “cluster”. La ONG irlandesa Trocaire realizó una evaluación de esta estrategia, encargada por el Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola (FIDA). En sus conclusiones el documento enfatiza la falta de propuestas sólidas para el

47 Gobierno de Nicaragua (2001), Estrategia Reforzada de Crecimiento Económico y Reducción de la Pobreza, Managua, p.20 48 Red Regional de Social Watch, p. 163

49 Acuerdo entre Nicaragua y el Club de Paris, 2001 50 Gobierno de Nicaragua (2001), Estrategia Reforzada de Crecimiento Económico y Reducción de la Pobreza, Managua, p.66

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combate de la pobreza rural: “Dada la precaria situación nutricional en las áreas rurales, un programa dirigido a garantizar la seguridad alimentaria es esencial, pero está ausente en la estrategia.”51 También en el aspecto género, el ERCERP se muestra bastante flojo. Trocaire lamenta que el enfoque de género no es transversal: “En la discusión sobre la pobreza las mujeres son consideradas como un grupo vulnerable que necesita atención especial. Más adelante en los pilares mismos de la estrategia, las intervenciones para las mujeres se reducen a medidas sociales, sobre todo en salud. Este es un dato sorprendente dado que algunas de las medidas planteadas en el Pilar 1, como por ejemplo las que promueven las áreas estratégicas de turismo y la maquila, tienen un impacto sobre la situación de las mujeres ya que la mano de obra utilizada en estos sectores es mayoritariamente femenina. No se menciona a las mujeres en estas áreas y en general el documento se refiere a ellas solo en términos de su papel de madres y responsables de la reproducción humana”.52 También la Red Social Watch llega a conclusiones críticas: “No hay coherencia entre el discurso y la cartera de proyectos y programas. Por ejemplo, se habla de la enorme importancia de apoyar a las MYPES, pero se destina menos de un 0,2 por ciento de los recursos”.53 Además, buena parte de las medidas no eran realmente nuevas: “La mayor parte de los proyectos y programas ya existían o estaban en ejecución, sólo se les cambió el nombre para incluirle el término pobreza. Las acciones no parten de una evaluación de lo actuado y de su impacto en la pobreza.”54 Así que “La ERCERP no ha dado los resultados prometidos. Su impacto en la pobreza es poco visible y las mismas autoridades gubernamentales dudan que la reducción en el índice de pobreza se deba a la ERCERP”.55 3.2 Plan Nacional de Desarrollo sin medidas específicas contra la pobreza

En 2003, el gobierno de Enrique Bolaños introduce el Plan Nacional de Desarrollo (PND) en sustitución de la ERCERP. Este plan fue aprobado por la comunidad de donantes en la reunión del Grupo Consultivo en octubre de 2003. La abolición del Ministerio de Acción Social (MAS) también acaba con el programa de seguridad alimentaria que este ministerio tenía. Este PND ha creado mucha controversia. Las organizaciones de la sociedad civil tanto como autoridades locales y representantes de las universidades, integrados en el Grupo de Incidencia Sur-Norte (GISN) se oponen al enfoque del PND por el impacto negativo que tendría sobre las áreas rurales y los territorios que han sido definidos como de bajo potencial, o sea las regiones más pobres.

El PND define siete sectores estratégicos en los que Nicaragua tiene ventajas comparativas en territorios ya desarrollados o definidos como de alto potencial para facilitar la producción y la exportación. Se crearán conglomerados de negocios (“clusters”) basados en la inversión extranjera y la inserción en los flujos de comercio liberalizados. Los recursos públicos serán inyectados en el mejoramiento de la infraestructura y los servicios públicos en estos municipios para el servicio del conjunto de negocios de los conglomerados. La inversión extranjera es vista como motor para el desarrollo. Para el mercado interno y su impacto sobre la economía nacional, casi no hay recursos. Las acciones previstas para las zonas de bajo potencial se limitan a la provisión de servicios públicos básicos y a la protección social para reducir la pobreza. El economista Adolfo Acevedo Vogl, entre otros, opina que para combatir la pobreza hacen falta medidas de redistribución: “Para que el crecimiento sea ‘de base amplia’ los pobres deben tener posibilidades crecientes de habilitación y reestructuración productiva”, lo que es bastante difícil conciliar con una “estrategia que subraya la primacía del (…) Mercado en sectores como el comercio exterior, las finanzas y la agricultura”.56 Trocaire agrega: “La otra gran crítica desde la sociedad civil es la importancia desproporcionada que se da al crecimiento económico sin considerar la distribución de recursos y de ingresos. Aunque el PND pueda llevar a un crecimiento económico, como la sociedad civil ha señalado, podría agravar aun más las desigualdades, sobre todo si se toma en cuenta que no contiene medidas de acción afirmativa hacia grupos que han sido históricamente excluidos de los procesos de desarrollo como son las mujeres, los pueblos indígenas y afrodescendientes, y las personas con discapacidad”. 57 La GISN ha elaborado una contra-propuesta basada en el desarrollo endógeno y la economía campesina, los pequeños y medianos productores rurales, la pequeña y mediana empresa (PYME) y la seguridad alimentaria. La inversión extranjera debería ser selectiva en función de la compatibilidad con los planes de desarrollo territoriales y el enfoque endógeno. Con este esquema el gobierno aseguraría funciones de coherencia, equidad y redistribución para lograr un desarrollo equilibrado y la reducción de la pobreza. Trocaire duda que las medidas contempladas en el PND a favor de los campesinos – el fomento de la asociatividad, la titulación de la tierra y el desarrollo de un sistema de crédito rural a bajo costo – sean efectivas. De hecho, en la práctica ha habido muy poco progreso en este campo. El crédito rural depende de programas implementados por ONGs internacionales y la titulación de tierras en disputa es sumamente lenta.

51 Trocaire, p.39 52 Trocaire, p. 38 53 Red Regional de Social Watch, p. 153

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54 Ibid

56 Acevedo Vogl (2003), p.3

55 Ibíd., p. 163

57 Trocaire, p. 40

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

Es obvio que son los productores con capital los que han gozado de la preferencia del gobierno Bolaños. Sin embargo, el crecimiento macroeconómico ha sido bastante modesto. Para el quinquenio 2002-2006, la economía nicaragüense creció un 3,2 por ciento cada año o un 0,6 por ciento anual por habitante. Lo que produjo este crecimiento, de acuerdo con un análisis del economista Oscar René Vargas, no fue la inversión extranjera sino el conjunto de remesas familiares. Las inversiones de un total de US-$ mil 26 millones (1,026 millardos) fueron levemente menores que las que captó el gobierno de su antecesor Arnoldo Alemán (1,146 mrd). Además, más de la mitad de estas inversiones “llegaron a Nicaragua con un claro objetivo: comprar empresas existentes, no crearlas: apropiarse de la riqueza acumulada por los nicaragüenses a lo largo de los años, y no generar nuevos filones de crecimiento y de creación de empleos.”58 El sostén principal de la economía, según Vargas, son las remesas familiares que han sido cinco veces mayores que las inversiones. En total, durante el quinquenio pasado, los emigrantes enviaron US-$ 4,447 millardos a sus familiares en Nicaragua. El 70 por ciento de los cuales proviene de Estados Unidos, otro 20 por ciento de Costa Rica. Más de un millón de nicaragüenses se encuentra trabajando fuera del país y la emigración masiva a Estados Unidos y Costa Rica sigue ya que en Nicaragua la creación de empleos es insuficiente. La maquila que en los planes del gobierno ofrece una alternativa para los trabajadores del campo y pequeños productores, ha creado apenas 50 mil puestos en diez años. El empleo es precario y sólo apto para jóvenes El juicio negativo sobre los logros económicos del gobierno de Bolaños es compartido por Carlos Alberto Benavente Gómez, ex-directivo de la Fundación Augusto César Sandino (FACS): “Los propios organismos multilaterales financieros han reconocido los fracasos de los programas de ajuste: en Nicaragua, la cooperación internacional y las remesas familiares han servido para mantener el equilibrio macroeconómico; el crecimiento económico además de desigual ha sido insuficiente porque es menor que la tasa de crecimiento de la población; la deuda interna se ha incrementado como resultado de acciones fraudulentas y de corrupción; los micro, pequeños y medianos empresarios continúan enfrentando dificultades en la provisión de créditos, asistencia técnica y condiciones institucionales propicias; se profundizan depredación de los recursos naturales y el deterioro ambiental; los servicios públicos empeoran cada vez más, todo esto agravado por la persistente vulnerabilidad frente a fenómenos externos como el alza del precio del petróleo”.59

58 Vargas, Oscar, René, El crecimiento económico del gobierno de Bolaños, publicado en “Confidencial”, 31 de mayo de 2006 59 Carlos Alberto Benavente Gómez: Cumbre Mundial de la Alimentación „diez años después”, Managua, 2006

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3.3 Alivio de la deuda no se traduce en gasto social

La condonación de la deuda externa en el marco de la iniciativa HIPC comenzó a materializarse en 2005 cuando Nicaragua pudo borrar de sus libros el monto de 2,928 millones de US-dólares de una deuda total de US-$ 6,584 millones registrada en 1999. El alivio fue sustancial ya que Nicaragua había ido cotizando un promedio de 262,7 millones de dólares en intereses cada año (entre 1994 y 1998). Luego del alivio, el servicio de la deuda externa bajó a US-$ 87 millones. Sin embargo el gobierno no cumplió con su compromiso de destinar los fondos liberados al área social exclusivamente. Una buena parte se ocupó para el servicio de la deuda interna que había crecido masivamente, más que todo debido al saneamiento de la banca privada. El saneamiento de seis bancos privados y la emisión de bonos del Estado (Cenis) fue una de las transacciones que más polémica causó ya que algunos funcionarios del estado y banqueros privados pudieron multiplicar su patrimonio personal de un golpe a costa del contribuyente. Y la carga tributaria la lleva el consumidor. “El servicio total de la deuda pública ascendió al equivalente del 58,7% de los ingresos tributarios en 2003, y al 47,9% en 2004, mientras que por sí sólo el servicio de la Deuda Interna ascendió al 46,3% y al 39,4% de dichos ingresos, respectivamente. En contraposición, y para comparar prioridades relativas, el porcentaje de los ingresos totales del Gobierno que se destinó al gasto total en Reducción de la Pobreza ascendió sólo a 37% de los mismos en 2003, y 36% en 2004”.60 En el mismo lapso (2000-2005) que se redujo la deuda vieja, Nicaragua acumuló US-$ 1,691 millones en deuda nueva. Así que en diciembre del año 2005, debía US$ 5,347 millones en concepto de deuda pública externa lo que equivale al 380% de las exportaciones del país. 3.4 El Programa “Hambre Cero” y el Proyecto Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional

3.4.1 El Programa Productivo Alimentario (PPA) Este programa llamado popularmente el Programa Hambre Cero ha sido introducido por el nuevo gobierno para cumplir con su compromiso de combatir la pobreza y así alcanzar el primero de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas: erradicar la pobreza extrema y reducir el hambre a Cero. El Programa se basa en una experiencia de CIPRES con 3,500 familias beneficiadas. Se entregaron 500 vacas en 3 años y la multiplicación de las mismas produjo el 50% de la leche de la ciudad vecina a su comunidad. Otro ejemplo es que después de haber instalado un centenar de biodigestores se había logrado ahorrar

60 Acevedo Vogl: „La inversión en la Niñez y el cumplimiento de los „objetivos del desarrollo del Milenio“, Managua, 2005, p. 28

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el 50% de leña. Orlando Núñez, director de CIPRES fue nombrado director del Consejo de Seguridad y Soberanía Alimentaria (CSSA), pero en febrero de este año el Presidente Daniel Ortega asumió directamente la conducción del Consejo y Orlando Núñez se quedó como asesor del programa. El Programa es ahora administrado por el Ministerio de Agricultura a Forestal (Magfor), y dirigido por el CSSA y se enfoca en las 170,000 familias rurales más pobres, de las que se quiere atender 75,000 por medio de una selección previa. Aparte del Bono Productivo, el Programa también dispone de otras partes como el Bono Educativo y el Bono de Salud que son administrados por los ministerios correspondientes. El Programa Hambre Cero arrancó oficialmente en junio 2007 con las primeras entregas del Bono Productivo. El Programa Hambre Cero tiene por eso como meta principal rehabilitar la economía campesina, de tal forma que en un futuro se potencie la producción de alimentos para abastecer a las comunidades rurales y el país en total. El instrumento principal de este programa es el Bono Productivo Alimentario, que consiste no solamente de un paquete de bienes, sino también sirve para organizar, capitalizar, entrenar y dar asistencia técnica a las familias campesinas pobres. Los bienes se entregan a la familia, pero son propiedad de la mujer. El objetivo de este bono es que cada familia nicaragüense tenga en su mesa leche, carne, huevos, fruta, verduras y cereales, y que a un plazo más largo habrá excedentes para comercializarlos a nivel nacional y para la exportación. Las familias seleccionadas reciben un paquete de bienes que consiste de animales de reproducción, semillas, plantas, biodigestor, crédito rotatorio, entrenamiento y asistencia técnica en diferentes temas, entre otros: género, salud, alimentación animal, cooperativismo, medio ambiente, comercialización. Cada Bono Productivo Alimentario tiene un valor de 2,000 US$ de los cuales 1,500 son para los bienes que recibe la familia y 500 US$ para la asistencia técnica, capacitación y los gastos operativos para la organización e implementación del bono. La familia beneficiado debe regresar el 20% del valor del bono para la conformación de una caja rural. (Ver Cuadro 7 en Anexos, página 36 de este documento) El gobierno planea atender a 15,000 familias anuales hasta un total de 75,000 familias dentro de 5 años. Y el costo total del Programa se calcula en 30 millones de dólares al año. Como las comunidades deben escoger a las familias beneficiarias el gobierno está conformando diferentes Instancias de Coordinación a nivel comarcal, municipal y departamental. Si bien hay mucho entusiasmo sobre el programa también hay bastante escepticismo y crítica especialmente referente a como el nuevo gobierno lo está planeando y administrando. Una crítica es que los nuevos Consejos de Poder Ciudadano que según informaciones recibidas están integrados casi solo por personas políticamente

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afines al gobierno, hacen los listados y gestiones para la selección de los beneficiados del Bono Productivo. Aparte de las ONGs dedicadas al tema agropecuario social que se sienten excluidas de ser consideradas y escuchadas en este importante proceso, ya en julio de 2007 hubo voces como la del alcalde de Maniguas que dijo que esa localidad está en la extrema pobreza y que el programa ni siquiera había sido anunciado. Y representantes de algunas comunidades indígenas del Coco y del Bocay lamentaron no tener ninguna participación en el programa Hambre Cero. Dijeron que la ayuda del gobierno de ninguna manera cubre las necesidades que tienen y que si bien ayuda a algunas familias (por ejemplo en el territorio del río Bocay se destinó 77 bonos productivos a igual número de fami-lias, donde hay 4,000 familias que necesitan apoyo) hay que solucionar los problemas estructurales para combatir la situación de hambre que se vive.61 La respuesta por parte oficial era que el programa es de largo plazo, que apenas está calentando motores. Es cierto que los resultados esperados del PPA son muy ambiciosos y toca esperar si el programa tenga efecto y repercusión a largo plazo. Por eso sería bien aconsejable tener un monitoreo independiente del programa para ver si el CSSA lo realizará de manera eficaz y económicamente viable para realmente alcanzar las metas de reducir el hambre y alcanzar estos niveles de producción para abastecer también las necesidades nacionales y de esta manera eliminar una gran parte de las importaciones de comestibles. 3.4.2 El Proyecto Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional Después de muchos intentos fallidos durante más de una década el Congreso de Nicaragua se dispone a votar la Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. Después de la Cumbre Mundial de Alimentación de 1996, una de las primeras ONGs que incidió en este proyecto era el Movimiento de Mujeres Luís Amanda Espinoza (Amnlae) cuya presidenta actual Dora Zeldón ya en 2002 como diputada estaba trabajando por la realización de esta ley. Sin embargo, solo en octubre de 2006 la Comisión Especial de Seguimiento a la Estrategia de Reducción de la Pobreza procedió a dictaminar el Proyecto de Ley de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional bajo ciertos criterios que se refieren ante todo al fundamento jurídico de la constitución62, y los acuerdos internacionales suscritos por Nicaragua en materia de seguridad alimentaria63.

61 El Nuevo Diario, 6 de julio de 2007: „Hambre Cero“ no cubre a comunidades indígenas 62 Artículo 63: „Es derecho de los nicaragüenses estar protegidos contra el hambre. El Estado promoverá programas que aseguren una adecuada disponibilidad de alimentos y una distribución equitativa de los mismos.” 63 Declaración de los Derechos Humanos, Art. 25, PIDESC, Art. 11, Cumbre Mundial de la Alimentación (1996, 2002), Regionales (Plan Puebla Panamá 2001) relacionadas con la Seguridad Alimentaria.

El proyecto fue presentado ante el Plenaria del Congreso y reenviado a una comisión especial para su revisión y para llegar a un consenso entre los diferentes partidos. La nueva presentación está programada para agosto de 2007. El dictamen de 2006 se refiere a ciertos puntos claves que la Seguridad Alimentaria entre otros que el derecho a la alimentación sea garantizado para toda la población “respetando sus propias culturas y la diversidad de los modos campesinos, pesqueros e indígenas de producción agropecuaria, de comercialización y de gestión de los espacios rurales, en los cuales la mujer desempeña un papel fundamental...”64 Además dice que la nueva ley debe “convertirse en una Política de Estado, y por tanto al ser de orden público y de interés social es de obligatorio e ineludible cumplimiento, por lo que el Gobierno electo para el periodo Presidencial correspondiente deberá aplicarlo en el Presupuesto General de la República y ejecutarse en las Estrategias Ministeriales correspondientes.” Y sigue: “Este proyecto de Ley, es una respuesta a la necesidad de regulación específica que desarrolle y articule de manera armónica esta materia, por que en Nicaragua no se cuenta con una regulación ordinaria específica que desarrolle lo establecido en la Constitución Política, los Acuerdos y Tratados Internacionales suscritos por el Estado nicaragüense y por virtud de aprobación de esta LEY DE SOBERANIA Y SEGURIDAD ALIMENTARIA NUTRICIONAL, pasará de ser una política de Estado, con fuerza jurídica que la convierte de orden público e interés social y de obligatorio e ineludible cumplimiento para los Gobernantes de turno.”65 La propuesta de ley además de la soberanía alimentaria también incluye el tema de la seguridad alimentaria. Esta se refiere a que el Estado debe implementar sus programas, incentivos etc. de tal forma que garantice a la vez la protección de la cultura heredada de producir alimentos por lo que se refiere a la variedad de semillas, plantas, etc. (es decir la biodiversidad), pero también a la producción tradicional campesina. Además contiene un párrafo de No discriminación66 y una muy fuerte Participación Ciudadana 67 Un punto muy importante de la nueva ley es el tema relacionado con la propiedad de la tierra. En el Capítulo II68 se plantea “Promover procesos para acelerar la legalización de tierras al pequeño productor o productora, a las comunidades indígenas y facilitar el acceso a la tierra a la mujer campesina, como titular de la misma de forma individual o mancomunada.” Como en Nicaragua el tema de la propiedad representa un problema grave a resolver y quedan muchos litigios a resolver alrededor de asuntos de tierra, no se sabe si habrá consenso sobre este párrafo, si bien el dictamen fue aprobado en Comisión en la legislatura pasada.

64 Dictamen Comisión Especial de Seguimiento a la Estrategia de Reducción de la Pobreza, p. 6 65 Ibid. Dictamen p.7 66 Propuesta Ley Título I, Arto. 3, g 67 Propuesta Ley Título I, Arto. 3, o 68 Arto. 5, 3.

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El Título III de la propuesta enmarca la organización de un Sistema Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional para la implementación de la correspondiente Política y Estrategia integrado por diferentes organismos encargados que son: • CONASSAN; Comisión Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional • SESSAN; Secretaría de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional de la Presidencia de la República. • COTESSAN; Comité Técnico de la Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional. • COMISIONES REGIONALES • COMISIONES MUNICIPALES Un artículo que llevó a una fuerte polémica era la prohibición a aceptar ayudas alimentarias que contengan Organismos Genéticamente Modificados (OGM).69 En vista de todos estos puntos todavía cuestionados queda por ver si la propuesta ley será discutida y pasada en este año. 3.5 Decreto Presidencial “Marco General de Política de Tierras”

En 2006 el gobierno del Presidente Bolaños despidió Decreto Presidencial No. 70-2006 que constituye un “Marco General de Política de Tierras”.70 Este Decreto representa una herramienta importante para la implementación de una Política de Tierra en Nicaragua. Como no es una ley sino un decreto presidencial falta ver si el nuevo gobierno lo va a adoptar y realizar en su total o en parte como parte de su programa político de desarrollo. En este decreto se define que el Ministerio Agropecuario y Forestal (MAGFOR) “… será responsable de promover la formación y funcionamiento de los mecanismos de coordinación interinstitucionales e intersectoriales, para la formulación de las políticas específicas, estrategias, planes e instrumentos conducentes a la implementación y fiel cumplimiento, así como el monitoreo y evaluación de efectos e impactos de su aplicación.” El motivo fundamental para este Decreto Presidencial era el reconocimiento que “la tenencia de la tierra es un elemento esencial para la estabilidad económica, la gobernabilidad y la armonía social en el país, siendo prioridad del Estado de la República, mejorar las condiciones actuales del inseguridad, con miras a impulsar el desarrollo económico y social del país.”71 Aparte de la necesidad de tratar los temas de ordenamiento de la tenencia de la tierra y de regularizar los derechos de propiedad (pár. III), el párrafo IV se refiere a la importancia de los recursos estratégicos de la tierra para el presente y el futuro lo que requiere una política de tierras integral.

Otro punto importante tratado en los párrafos V y VI es la cuestión del medio ambiente y se sugiere como medida para “batir la degradación ambiental”, “... promover un cambio en la cultura productiva y una mayor coordinación pública-privada en las diversas visiones de intervención en el territorio.”72 Otro punto importante es que en el pár. IX se define explícitamente que “el Marco General de Política de Tierras enfoca su accionar a la solución paulatina e integral de la problemática de tenencia de la tierra, para iniciar una campaña seria, sostenible y orientada al bien común para lograr los objetivos de estabilidad en la tenencia de la tierra.” El Decreto además establece que las instituciones que conforman el ámbito de la competencia del Magfor y que inciden en la implementación del Marco General de Política de Tierras, conforman un “Sistema de Administración de Tierras” (SAT). En el anexo a este Decreto se dan las pautas generales para su ejecución que son, a nivel internacional, la Estrategia Reforzada de Crecimiento Económico y Reducción de la Pobreza (ERCERP), la Declaración de Estambul, en la cual la inseguridad jurídica de la tenencia de la tierra fue identificada como uno de los principales desafíos a considerar y las metas en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio, en función de las cuales los países miembros de las Naciones Unidas se comprometieron a reducir la pobreza y mejorar las condiciones de vida. A nivel nacional el Decreto toma en cuenta las lecciones aprendidas de los efectos e impactos derivados de las políticas aplicadas hasta la fecha por lo que se refiere al tema de tierra. Como causas no previstas en la implementación de políticas de tierras agrarias se mencionan los conflictos bélicos y cambios abrupto en el modelo económico del país; la debilidad e inestabilidad de las instituciones claves para manejar la tierra; los procesos de distribución y titulación de la tierra que fueron afectados por la falta de reconocimiento de las sucesivas administraciones; la inseguridad jurídica; el beneficio de personas carentes de capacidades productiva; uso insostenible de la tierra; mercado de tierra especulativo; reconcentración de tierras en latifundios ociosos; daño ambiental; falta de coordinación de instituciones involucradas en el manejo de tierra; y un punto muy clave “El recurso tierra ha sido utilizado como medio de respuesta a diferentes presiones políticas y sociales, provocando la pérdida de su valor real como medio de producción;...”73 El Decreto posteriormente define el marco general de la política de tierra en general, el marco institucional y los conceptos básicos que se consideran relevantes en este contexto. En más detalle se describe “La Tierra en su Integralidad”, el “Uso de la tierra”, la “Tenencia de la Tierra” y la Seguridad de la Tenencia. Después siguen las “Formas de Propiedad y su Ejercicio”, la “Administración de Tierras”, la “Regularización”y la “Función de la Propiedad”. En este párrafo del Decreto

69 Propuesta Ley Arto. 5, 8

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70 La Gaceta – Diario Oficial, 8-11-2006, No. 217, pp.8580-8599

72 La Gaceta, No. 217, p. 8580 pár. VI

71 La Gaceta, No. 217, p. 8580 pár. I

73 La Gaceta, No. 217, p. 8583, 8.

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se hace una referencia especial al artículo relevante de la Constitución de Nicaragua, el Art. 103, en el cual las formas de propiedad “deberán ser garantizadas y estimuladas sin discriminación para producir riquezas y todas ellas dentro de su libre funcionamiento, deberán cumplir una función social”. El Capítulo III del Decreto No. 70-2006 estipula los principios rectores del Marco General de Política de Tierras, donde en el Principio Rector I – “Garantía de los Derechos de Propiedad” repite que todas las diferentes formas de propiedad están supeditadas a los intereses superiores de la nación y cumplen una función social. Otro Principio Rector importante es el VI que se refiere a la Sostenibilidad Ambiental y Económica. Aquí el objetivo es “frenar y revertir la degradación ambiental...” y el Principio Rector VII repite la Prioridad del Interés Público y dice que “La tierra cumple una función social, económica y ambiental...” Los Principios Rectores IX y X tienen importancia especial. No. IX se refiere a la “Equidad de Género” y define que el Estado dará prioridad a “dotar a las mujeres de las capacidades y los recursos para promover su acceso y efectivo empoderamiento de la tierra, los recursos naturales, los servicios de administración de tierras y de apoyo a la producción.” En Principio Rector X dedicado al “Pluralismo Social y Étnico de la Nación” el Estado “reconoce la existencia de los pueblos indígenas, que gozan los derechos, deberes y garantías consignados en la Constitución Política de Nicaragua...; así como mantener las formas comunales de propiedad de sus tierras y el uso, goce y disfrute de las mismas todo de conformidad con la Ley.” El Capítulo IV del Decreto describe los “Ejes Rectores del Marco General de Política de Tierra”. Este capítulo trata el tema de la falta de un eficiente sistema de registro de la propiedad, y que se considera que “existe una relación de causalidad entre la tenencia segura y el desarrollo socioeconómico de los hogares rurales de los segmentos muy pobres y pobres con potencial.” Por eso se requiere según el Eje Rector 1 el “Ordenamiento de la tenencia y consolidación de los derechos de propiedad sobre la tierra” que proveerá ante todo una seguridad jurídica y física a los titulares de derechos de tierra. Como una tarea importante dentro de este contexto se precisa lo siguientes: “Para alcanzar los objetivos de desarrollo del país, es necesario regular la incesante producción de leyes coyunturales, terminar con los procedimientos inconclusos y obsoletos, mejorar la administración de justicia para incrementar la confianza de la población en los procedimientos judiciales, que además son lentos y costosos, reducir la vulnerabilidad e inestabilidad del Marco Institucional.”74

Los objetivos del Marco General de Políticas de Tierras son descritos en el Capítulo V, en el cual las observaciones de los capítulos anteriores son expresadas como objetivos específicos a realizar por parte del Estado. Y el Capítulo VI define los “Lineamientos y Acciones Estratégicas del Marco General de Política de Tierras”. Al final, en el Capítulo VII se fijan los “Instrumentos de Gestión del Marco...” para poder alcanzar las metas propuestas. Existe una serie de instrumentos para poder implementar el Marco General de Política de Tierras que incluye políticas vigentes, leyes vigentes (por ejemplo: Ley General de Catastro, Ley General de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Ley de Regulación, Ordenamiento y Titulación de Asentamientos Humanos Espontáneos, Ley de Participación Ciudadana, Ley sobre Propiedad Reformada Urbana y Agraria, etc.), así como los anteproyectos de ley, los programas, proyectos e instituciones existentes, la planificación, las organizaciones y sociedad civil (solo para mencionar algunos). Cabe mencionar como punto importante del Decreto la “Participación Ciudadana” mencionada en la última página, diciendo que “En el ámbito de la tenencia de la tierra, específicamente en la formulación de leyes, y en los procesos de regularización de la tenencia es necesaria la participación de diversos actores del sector productivo. Debe existir una vinculación estrecha entre los beneficiarios, el Estado y las Alcaldías municipales para garantizar la viabilidad del ordenamiento de la tenencia de la tierra. La participación de la ciudadanía en el planteamiento de los problemas, la priorización y la resolución de conflictos son determinantes para legitimar las decisiones y avanzar en las etapas del proceso.”75 Dentro del marco de los Lineamientos y Acciones Estratégicas del Marco General de Políticas de Tierras hay que mencionar especialmente el Lineamiento Estratégico 11: “Proponer mecanismos de acceso a la tierra para los hogares de más bajos ingresos con fines de vivienda y productivos”76 que se refiere al tema de la pobreza en el sector rural como urbano. Se distingue entre los productores con acceso al mercado de tierra y los que no lo tienen, es decir los más pobres campesinos o los campesinos sin tierra y se sugiere el diseño de “otros mecanismos de política de tierra dirigido a los grupos más pobres de hogares excluidos por el mercado.”

El Eje Rector 2 en este contexto se refiere a las diferentes vinculaciones y relaciones con otras Políticas Públicas (uso de la tierra, equidad de género, desarrollo forestal, recursos hídricos, fiscal seguridad alimentaria, población, etc.). 75 La Gaceta, Decreto No. 70-2006, p. 8599 74 La Gaceta, Decreto 70-2006, p.8591

76 La Gaceta, Decreto No. 70-2006, p. 8597

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EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

4. Informe sobre los casos visitados 4.1 Finca San Antonio de Oaxaca, Departamento de Matagalpa

Aquí se trata de un grupo de obreros agrícolas compuestos por 54 trabajadores (37 hombres y 17 mujeres) quienes ante la falta de pago de prestaciones laborales demandaron al propietario de la finca, William Benavides Chavarría, en el año 2002 y por lo cual el juzgado local dictó sentencia resolutiva a favor del grupo de trabajadores mandando a que en pago se le entregue la finca “San Antonio” de 259 manzanas. Pero en febrero del 2003 la propiedad fue invadida por 43 campesinos quienes argumentaron tener una carta de asignación que le fue entregada por el gobierno de turno en base a los “Acuerdos de las Tunas”.77 Desde esa fecha han sucedidos diferentes actos de violación a los derechos humanos como desalojos donde resultaron personas golpeadas, heridas y varias personas detenidas, además que desde esa fecha no han podido hacer uso de la propiedad. El grupo de obreros agrícolas ha realizado gestiones en diferentes instituciones del Estado, se han movilizado y demandaron solución ante diferentes instancias departamentales y nacionales (OIT, Intendencia de la propiedad, Ministerio de Gobernación y otros) y solo han recibido promesa de solucionar su problema, la última comunicación verbal, por parte de la Secretaría Nacional del FSLN, es que en los próximos días le entregarán la escritura definitiva de la propiedad.

carta de asignación ya no están en la propiedad ya que la vendieron a una sola familia. El grupo original de 36 familias se dividieron en dos grupos (21 y 15 familias); los primeros están queriendo quedarse con toda la propiedad y han quitado el área de producción agrícola al resto del grupo. La demanda es ahora que anulen la venta que hizo el grupo de desmovilizados y que el gobierno resuelva el problema de las familias originarias a través del título de propiedad. 4.3 Finca la Suana, Departamento de Matagalpa

Desde 1990 un grupo de 55 obreros adquirieron en arriendo con opción a compra la propiedad denominada “La Suana” de 345 manzanas ubicada en el Departamento de Matagalpa. En abril del 2005 fueron invadidos por un grupo de 40 personas quienes argumentan tener carta de asignación por 80 manzanas que le fue entregada por el gobierno de turno en base de los “Acuerdos de las Tunas”. Este grupo vendió la tierra y se retiraron en octubre del 2006. El grupo original durante los 17 años que tienen de estar en posesión han sufrido desalojos por parte de la policía dejando personas golpeadas, heridas y detenidas. A pesar de toda esa situación han construido sus respectivas viviendas, escuela, instalados sistemas de agua potable y aunque la tierra es insuficiente han venido produciendo sus propios alimentos y otros productos agrícolas para el mercado por lo que esperan que la Intendencia de la Propiedad les otorgue los respectivos títulos de propiedad. 4.4 Finca El Ensayo, Departamento

4.2 Finca La Pintada, Departamento de

de Chinandega

Matagalpa

En 1992 se organizó la cooperativa “Rafaela Herrera” integrada por 71 familias (400 personas, 217 menores de 12 años) quienes recibieron una carta de asignación de la propiedad El Ensayo de 365,28 manzanas ubicadas en el departamento de Chinandega. El conflicto se origina cuando aparecen unas personas con títulos de reforma agraria entregados por gobiernos anteriores con quienes hasta la fecha mantienen un conflicto judicial. Por esta situación han sido desalojados en varias ocasiones dejando como resultados personas golpeadas, heridas, encarceladas, les han destruido sus cultivos y envenenado sus pozos de donde adquieren el agua para tomar, han realizado marchas hasta la capital, huelgas de hambre y otras acciones para llamar la atención de las autoridades y que le resuelvan su citación. En 2003 hicieron un plantón enfrente de la Asamblea Nacional en Managua y hasta hicieron una acción de quitarse la ropa y trataron de marchar hacia la Asamblea. Pero una unidad de policía antidisturbios ya les estaba esperando con mantas para cubrir su desnudez y llevarles a la estación de policía. Debido a la presencia de los medios de comunicación, el caso recibió un alto grado de atención y el día siguiente los manifestantes fueron recibidos por representantes del gobierno.

En 1990 el grupo de 48 familias campesinas adquirió un contrato de arriendo del Estado con una opción de compra de la finca “La Pintada” de 600 manzanas. Hasta 2002 su vida fue pacífica, pero en ese año terminó el contrato y en octubre de 2002 el Estado entregó el título de reforma agraria a 30 desmovilizados. En el mismo periodo el grupo originario verificó que la propiedad está en el territorio de la comunidad indígena de Matagalpa, por lo que solicitaron apoyo y obtuvieron un documento de goce y uso para la propiedad por parte de la comunidad indígena. (El juzgado 2do de distrito civil de Matagalpa dictó sentencia a favor de que esa propiedad sea parte del territorio de la Comunidad Indígena de Matagalpa por lo que el Estado no tiene potestad para otorgar títulos de reforma agraria sobre esa área.) En 2004 llegaron 145 familias a la propiedad llevadas por la Intendencia de Propiedad y la Policía (bajo los Acuerdos de las Tunas). Actualmente las 30 familias que recibieron

77 Los Acuerdos de las Tunas: Debido a la crisis del café en 2002 después de meses de protestas y plantones en las carreteras de Matagalpa de centenares de trabajadores agrícolas de café abatidos por el desempleo y el hambre, el gobierno de Nicaragua firmó los así llamados Acuerdos. Como parte de los mismos el Gobierno se comprometió a entregar, lotificar y legalizar varias propiedades. Sin embargo, en algunos casos hubo choques con campesinos posesionarios y con desmovilizados de la Resistencia Nicaragüense que también según los Acuerdos de Paz tenían derecho a recibir tierra por parte del Estado.

En 2005 por fin el Tribunal Nacional de la Propiedad falló

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a favor de la cooperativa y no dio lugar a la restitución de la propiedad a los demandantes. En el año 2006 dicha propiedad ya fue inscrita a favor del Estado de Nicaragua por lo que se solicita a la Procuraduría General de la República que mande a anular la inscripción del título de reforma agraria que la señora Carmen Deshon había realizado, esto como aspecto fundamental para que la Intendencia de la Propiedad pueda otorgar el título definitivo a las 71 familias de la Cooperativa “Rafaela Herrera”. 4.5 Finca El Timal, Departamento de Managua

El Timal se encuentra en el municipio de Tipitapa, Departamento de Managua. En esta propiedad de aproximadamente 36.000 manzanas, hay una extensión de tierra fértil de más de 10,000 manzanas apta para la agricultura, pero solo unas 5.000 manzanas pertenecen al Estado de Nicaragua. La propiedad era originalmente de la familia Somoza o sus allegados por lo que fue confiscada por el Estado de Nicaragua en 1979. Entre 1979 y 1990 el Estado impulsó el cultivo de caña de azucar en el terreno. Por eso estaba dividida en cuadrantes con vías de comunicación y acceso a irrigación. Después de 1990 el ingenio fue entregado a los trabajadores, que no lograron manter la producción azucarera, ni introducir nuevos cultivos, y la finca quedó en abandono. En el contexto de los Acuerdos de Paz se decidió entregar tierras a los excombatientes de los diferentes bandos. Sin embargo, quedaron muchos grupos de excombatientes sin tierras y por eso en el año 2000 unas organizaciones campesinas y cooperativas conformadas por excombatientes ocuparon el sitio denominado El Timal. Actualmente en la finca hay 2 asentamientos y 17 cooperativas agropecuarias integradas por unas 2.000 familias que provienen de diferentes partes del país y que fueron desmovilizados del ejército, de la policía, del ministerio de gobernación, de la resistencia nicaragüense y 500 familias campesinas sin tierra.

son miembros de la Mesa Agropecuaria y Forestal (MAF) y son afiliados del Consejo Nacional de Organizaciones Sociales (CNOS). Algunos son parte de la ATC, así como de CNOR y de ARNIG. Como las tierras de El Tamal son del Estado, corresponde a la Intendencia de la Propiedad (IP) el otorgamiento y titulación de las mismas. Sin embargo, esta institución ha otorgado títulos según testimonios a personas terceras, generando constantes conflictos jurídicos por la posesión de las tierras, ya que supuestos dueños demandan el desalojo de los campesinos. Además la IP ha alegado varias veces que los campesinos no son excombatientes y por eso no tienen derecho a la tierra. Se han producido diferentes desalojos pero también invasión de propiedad por parte de otros grupos por lo que han resultado enfrentamiento entre ellos dando como resultados varios heridos y encarcelados. Además tienen perdida de producción por los daños de los cultivos ocasionados por el ganado de personas privadas. Las familias campesinas viven de una manera muy precaria, en muchas partes no tienen agua, ya que los pozos (antes había un pozo en cada cuadrante) en parte fueron destruidos, y carecen de cualquier atención de insumos, educación para los niños y atención de salud. Por eso Fian Internacional el 19 de enero de 2007 mandó una carta dirigida al nuevo Gobierno para llamar la atención sobre este caso.79 La alcaldía no puede apoyar a los campesinos del Timal ya que no tienen título de propiedad y por ende no entran en consideración en el presupuesto municipal. Actualmente el Gobierno Nacional ha designado una comisión interinstitucional para atender la problemática de estas tierras y estos grupos por lo que se está procediendo a hacer una revisión de los solicitantes a fin de que se otorgue títulos a verdaderos sujetos de reforma agraria. La demanda del grupo es la entrega de los títulos definitivos.

El 1 de diciembre de 2006 Fian Honduras y la Vía Campesina hicieron una primera visita al sitio para verificar como está la situación en el sitio.78 Hicieron nota de las siguientes cooperativas que con mayor ahínco han ocupado y demandado tierra en el Timal: Reconciliación Campesina con 168 socios que ocupan 1,680 manzanas, Asociación Luchadores por la Paz con 136 socios que ocupan 1,200 manzanas, la Cooperativa Servicios Múltiples 3 de Marzo con 132 afiliados y 840 manzanas; la Cooperativa Villa Jerusalén con 70 socios y 790 manzanas, la Fundación Excombatientes por la Paz y el Desarrollo (FEPADE) con 95 miembros y 840 manzanas; el Movimiento Independiente de Militares Retirados sin Beneficio, con 240 socios que ocupan 1,200 manzanas. Otras cooperativas en el sitio son “Emmanuel” y “El Paraíso”. Todas estas organizaciones

78 FIAN Honduras; Jesús Garza, Informe Caso Timal, Diciembre 2006.

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79 FIAN Internacional y La Vía Campesina, Intervención especial en el marco de la Campaña Global por La Reforma Agraria, dirigida al Presidente Ortega, 19 de enero de 2007

EL DERECHO A LA ALIMENTACIÓN Y LA SITUACIÓN AGRARIA EN NICARAGUA

4.6 Caso Awas Tingni, Costa Caribe

El pueblo Mayagna de Awas Tingni ha luchado desde 1990 por el reconocimiento de sus derechos ancestrales sobre su territorio. Ante la negligencia de los gobiernos anteriores, la Corte Interamericana de Derechos Humanos resolvió el 31 de agosto de 2001 que el Estado de Nicaragua debe demarcar el territorio de la comunidad Awas Tingni dentro de un plazo de 15 meses. La Corte ha reconocido que el Artículo 2180 de la Convención Americana protege el derecho de los pueblos indígenas a la propiedad comunitaria de la tierra en la que están viviendo desde tiempos ancestrales aunque carezcan de un título de propiedad. Además la Corte ha pronunciado que de conformidad con el Art. 29 b) de la Convención81 “… prohibe una interpretación restrictiva de los derechos…” Y más adelante la Corte dice: “Para las comunidades indígenas la relación con la tierra no es meramente una cuestión de posesión y producción sino un elemento material y espiritual del que deben gozar plenamente, incluso para preservar su legado cultural y transmitirlo a las generaciones futuras... El derecho consuetudinario de los pueblos indígenas debe ser tenido especialmente en cuenta para los efectos de que se trata. Como producto de la costumbre, la posesión de la tierra basta para que las comunidades indígenas que carezcan de un título real sobre la propiedad de la tierra obtengan el reconocimiento oficial de dicha propiedad y el consiguiente registro.”82 A diferencia a los gobiernos anteriores, el Gobierno actual ha prestado atención prioritaria al caso de Awas Tingni, que se expresa en varios avances que se pueden observar en este año. El 14 de febrero de 2007, el Consejo Regional Autónomo del Atlántico ratificó una resolución previa de la Comisión de Demarcación y Ordenamiento Territorial que resuelve el problema de traslape entre la comunidad Awas Tingni y tres comunidades miskitas. Recientemente, el Secretario de la Presidencia para la Costa Caribe, Lumberto Campbell manifestó ante la comunidad Awas Tingni que el proceso de amojonamiento sea iniciado en estos días, y que la entrega del título sea efectuada el 9 de agosto del corriente. En conversación con la Misión, la Vice-Intendencia de la Propiedad ratificó el anuncio del secretario de la presidencia. A partir de la visita in situ, la Misión considera muy importante estos avances del caso, y solicita mantener ese nivel de atención al caso ante los problemas que surgirán en el marco del proceso de saneamiento. Además, la Misión pide tomar en consideración la situación de amenazas y hostigamientos que se viven en el territorio, por lo que pide que se adopten las medidas necesarias para una protección efectiva de la comunidad Awas Tingni en contra de cualquier tipo de agresión y hostilidad por terceros.

5. Conclusiones Durante las visitas de campo la mayoría de las familias campesinas expresan que el nuevo gobierno ha manifestado voluntad política para enfrentar la problemática agraria pero que hace falta ver como esas promesas se ponen en práctica para resolver efectivamente los conflictos agrarios y facilitar a las comunidades los recursos necesarios para producir sus propios alimentos. En las audiencias celebradas con las autoridades competentes sobre los casos verificados por la Misión, la Procuraduría General de la República, la Intendencia de Propiedad y el Consejo de Reconciliación, Paz y Justicia expresaron su compromiso a brindar atención especial para la resolución de los casos presentados por la Misión. Como Misión Internacional valoramos la decisión política del Gobierno de reconocer como prioridad nacional atender la problemática de inseguridad alimentaria de su población lo que se expresa en la puesta en marcha del programa Hambre Cero, en particular por la entrega del bono productivo alimentario a las mujeres rurales. Consideramos de mucha importancia poder contar con un marco jurídico específico para enfrentar las causas del hambre y desnutrición desde un enfoque del derecho humano a la alimentación, por lo que apreciamos el apoyo del Gobierno al anteproyecto de ley de seguridad y soberanía alimentaria. Este proyecto de ley esta previsto para ser presentado otra vez en el Congreso en el mes de agosto, por lo que la Misión espera que después de tantos años de discusión esta ley por fin pase en la Asamblea General. Igualmente consideramos positiva la creación de las Comisiones Operativas Territoriales para la solución de los conflictos agrarios a través de la mediación y la negociación. Caso especial reviste la atención de las comunidades indígenas a través de una vice-intendencia especial que será la responsable de la demarcación y titulación definitiva de los territorios de las comunidades indígenas a favor de sus legítimos dueños. Partiendo de las observaciones y verificaciones de la Misión Internacional de Verificación de la Campaña Global de Reforma Agraria, se dieron las recomendaciones explícitas descritas en el Resumen en la parte inicial de este informe. La Misión también intenta dar seguimiento al informe para ver si las promesas concretas hechas en las reuniones como también aquellas propulsadas públicamente referentes al Programa “Hambre Cero”, serán realizadas dentro del plazo avisado. Falta ver si serán sustentadas por los resultados concretos.

80 Convención Americana de Derechos Humanos, Art. 21: “Derecho a la Propiedad Privada” 81 Convención Americana de Derechos Humanos, Art. 29: “Normas de Interpretación” 82 Corte Interamericana de Derechos Humanos, Caso de la Comunidad Mayagna (Sumo) Awas Tingni vs. Nicaragua, sentencia de 31 de agosto de 2001

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6. Anexos 1. Integrantes de la Misión

FIAN Internacional FIAN Internacional: Martin Wolpold-Bosien FIAN Honduras: Bernd Kappes FIAN Alemania: Brigitte McBain-Haas Vía Campesina Iván Romero Jiménez, COCOCH de Honduras Florencio Munguía Zarate, ANTA de El Salvador Domingo López, CUC de Guatemala Ramiro Téllez M. CGRA - Vía Campesina 2. Organizaciones Invitantes

CENIDH Bayardo Izabá Gonzalo Carrión Carlos Guadamuz Georgina Ruiz Adelaide Sánchez Jairo León Mesa Agropecuaria Forestal Pedro Huertas, FEDUBONIC Angel Cruz, UNAPA-ATC Carlos Waiman, CNOR

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3. Mapa localizaciones de casos

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4. CUADRO 7 Presupuesto del programa productivo alimentario

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7. Siglas AGROINSA Agro Industrias de Nicaragua Sociedad Anónima

FIAN FoodFirst International Action Network

APP Área de Propiedad del Pueblo

FIDA Fondo Internacional de Desarrollo Agrícola

APT Área de Propiedad de los Trabajadores

FIDEG Fundación para el Desafío Económico Global

ARNIG Asociación de Retirados de la Resistencia Nicaragüense

FMI Fondo Monetario Internacional

ATC Asociación de Trabajadores del Campo

FSLN Frente Sandinista de Liberación Nacional

CAFTA Central American Free Trade Agreement

GISN Grupo de Incidencia Sur-Norte

CAS Cooperativa Agrícola Sandinista

GISSAN Grupo de Interés de Soberanía y Seguridad Alimentaria Nutricional

CDESC Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales CEDAW Convención para la Erradicación de todas las formas de Discriminación contra las Mujeres

HIPC Heavily Indebted Poor Countries Initiative INB Ingreso Nacional Bruto

CNOS Consejo Nacional de Organizaciones Sociales

INGES Instituto de Investigación y Gestión Social

CENIDH Centro Nicaragüense de Derechos Humanos

IP Intendencia de la Propiedad

CIPRES Centro para la Promoción, la Investigación y el Desarrollo Rural y Social

LP Línea de Pobreza

CNOR Comité de Oficiales Retirados CSS Cooperativa de Crédito y Servicio DUDH Declaración Universal de Derechos Humanos ECERP Estrategia Reforzada de Crecimiento Económico y Reducción de la Pobreza ENABAS Empresa Nacional de Abastecimiento EPS Ejército Popular Sandinista FACS Fundación Augusto César Sandino FAO Food and Agricultural Organisation FENACOOP Federación Nacional de Cooperativas FEWS Food Security Early Warning System

MAF Mesa Agropecuaria y Forestal MAGFOR Ministerio de Agricultura y Forestal MAS Ministerio de Acción Social MECD Ministerio de Educación Cultura y Deporte MiFiC Ministerio de Fomento, Industria y Comercio MINSA Ministerio de Salud MYPES Micro y Pequeña Empresa NBI Necesidades Básicas Insatisfechas ONU Organización de Naciones Unidas OPS Organización Panamericana de Salud PEA Población Económicamente Activa

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PIDCP Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos PIDESC Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales PMA Programa Mundial de Alimentación PNUD Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo PRGF Poverty Reduction and Growth Facility PYME Pequeña y mediana empresa RAAN Región Autónoma Atlántica Norte RAAS Región Autónoma Atlántica Sur SIMAS Servicio de Información Mesoamericano sobre Agricultura Sostenible SINAPRED Sistema Nacional para la Prevención, Mitigación y Atención de Desastres TLC Tratado de Libre Comercio UNAG Unión Nacional de Agricultores Ganaderos UNAP Unión Nacional de Acción Popular UNICEF Fondo de Naciones Unidas para la Infancia

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FIA N I N T E R N AC I ONAL

Willy-Brandt-Platz 5 69115 Heidelberg, Alemania Tel.:+49-6221-6530030 Fax:+49-6221-830545 E-mail: [email protected] http://www.fian.org

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