REGLAMENTO ACADÉMICO PARA PROGRAMAS DE MÁSTER ONLINE INTRODUCCIÓN

REGLAMENTO ACADÉMICO PARA PROGRAMAS DE MÁSTER ONLINE INTRODUCCIÓN La Universidad de Salamanca, en adelante USAL, ha declarado como parte de su misió

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REGLAMENTO ACADÉMICO PARA PROGRAMAS DE MÁSTER ONLINE

INTRODUCCIÓN

La Universidad de Salamanca, en adelante USAL, ha declarado como parte de su misión la formación de profesionales íntegros y competentes, la extensión cultural y la innovación para contribuir al desarrollo de su entorno y el país. Consecuente con ello propone la creación y desarrollo de nuevos programas de máster que fortalezcan el desarrollo de la academia y la vinculación con el medio, así como el desarrollo científico, técnico y cultural del entorno.

POLÍTICAS

Los programas de Máster se desarrollan bajo la modalidad online, valiéndose de la más alta tecnología y la implementación de un modelo educativo centrado en la atención del estudiante. Los programas de Máster Online son profesionalizantes y tienen como propósito el desarrollo de competencias genéricas y específicas en los estudiantes que la cursan. Los Programas de Máster Online se ofertarán a estudiantes Latinoamericanos o de otras nacionalidades, en el marco del proceso de Internacionalización de la USAL.

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TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1 El presente Reglamento establece las disposiciones que regulan el desarrollo de los Programas de Máster Online impartidos por la USAL con el apoyo tecnológico, logístico y de soporte al estudiante de UVirtual Centro de Excelencia, y es parte integrante de la documentación que reciben los estudiantes matriculados en los Programas. Las disposiciones contenidas en el presente Reglamento están subordinadas a aquellas contenidas en el Reglamento de Evaluación, Normas de Permanencia y otros Reglamentos de aplicación general de la USAL. TÍTULO II DE LOS PROGRAMAS DE MÁSTER

ARTÍCULO 2 El Plan de Estudios del Programa de Máster Online conducirá al otorgamiento del Título Propio de Máster en la Especialidad correspondiente, otorgado por la USAL. ARTÍCULO 3 Los Programas de Máster Online están conformados por 10 materias o asignaturas con duración de 5 semanas cada una de ellas. Adicionalmente el proceso de titulación se desarrolla en un período de 15 semanas, luego de 3 semanas de receso contempladas al finalizar la décima materia regular. ARTÍCULO 4 Al inicio de cada Programa se realiza un Curso de Inducción, que tiene como objetivo que los nuevos estudiantes se adapten al modelo educativo online y conozcan con detalle el funcionamiento del campus virtual. ARTÍCULO 5 Al finalizar cada materia y antes de iniciar la siguiente, se contempla una semana de receso. En caso de modificaciones, se informará oportunamente a los estudiantes para su conocimiento y organización.

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TÍTULO III DEL PROCESO DE ADMISIÓN

ARTÍCULO 6 Los requisitos de admisión para los Programas de Máster Online son los siguientes: o Formulario de Admisión debidamente llenado. o Fotocopia legalizada (ante Notario de Fe Pública o la Institución Educativa que lo emite) del Diploma Académico, Certificado de Título o Acta de Grado de Licenciado o del Título profesional, otorgado por una Institución Educativa reconocida por el Estado, cumpliendo con una carrera universitaria de al menos 4 años de duración. o Fotocopia legalizada (ante Notario de Fe Pública) del documento de Identidad (DNI, Cédula de Identidad o Pasaporte), el cual debe ser legible. o Currículum vitae actualizado. o 2 cartas de recomendación, firmadas por personas de reconocido prestigio o cargos académicos universitarios. o Tres fotografías 4x4 cm con fondo azul.

ARTÍCULO 7 A fin que la documentación solicitada sea evaluada en una primera instancia por el comité de admisión, el postulante podrá enviar sus documentos en formato digital. En caso de ser aceptada la postulación, el estudiante deberá enviar los documentos originales solicitados en formato físico, en un plazo no mayor a 10 días calendarios después de iniciadas las clases. ARTÍCULO 8 Los estudiantes que no envíen la documentación original solicitada debidamente legalizada y en el plazo establecido, no serán considerados Estudiantes de la USAL. ARTÍCULO 9 Después de 15 días de iniciada la primera materia, se procederá con la emisión del Certificado de Estudiante Regular de la USAL a todos los estudiantes que hayan cumplido a cabalidad con la entrega de sus documentos.

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TÍTULO IV DE LAS DEVOLUCIONES

ARTÍCULO 10 Una vez iniciadas las clases, no proceden solicitudes de devolución o reembolso de monto alguno, salvo que el Programa no se imparta por razones que la USAL considere apropiadas. TITULO V DEL ESTUDIANTE

ARTÍCULO 11 Estudiante es la persona que, cumpliendo con las normas de admisión establecidas en el presente reglamento, está regularmente inscrito en un programa de Máster. ARTÍCULO 12 El estudiante asume las obligaciones y responsabilidades propias de su condición, se somete a las previsiones establecidas en el presente Reglamento Académico, y las demás normas contenidas en el Reglamento de Evaluación, Normas de Permanencia y otros Reglamentos de aplicación general de la USAL. ARTÍCULO 13 Todo estudiante tiene la obligación de conocer, respetar y cumplir lo estipulado en el presente Reglamento. No es admisible la excusa de ignorancia del Reglamento Académico en ningún caso. ARTÍCULO 14 La condición de estudiante de la USAL, determina la obligación de una conducta ética, acorde con las normas jurídicas y de convivencia social. ARTÍCULO 15 Toda actividad de los estudiantes deberá precautelar la integridad institucional de la USAL y UVirtual, así como también respetar la libertad, dignidad y derechos de los docentes, administrativos y demás estudiantes.

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TITULO VI DE LAS SANCIONES

ARTÍCULO 16 Están sujetos a sanción todos los actos constitutivos de deshonestidad académica, vale decir todos los actos que puedan, afectar o comprometer la integridad del proceso educacional y de formación integral en la USAL. ARTÍCULO 17 Son actos específicos de deshonestidad académica los siguientes: a) Copiar y pegar texto de cualquier sitio de Internet, sin citar correctamente la fuente. b) Transcribir texto de cualquier material impreso como libros, revistas, enciclopedias o periódicos, sin citar correctamente la fuente. c) Entregar como propio el trabajo o la investigación de otra persona o estudiante. d) Presentar trabajos como si fueran originales, que ya se hubieran entregado en otra asignatura. e) Plagiar, o copiar, total o parcialmente el trabajo o la investigación de otros, como si fuera un esfuerzo personal. f) Intervenir en actos que perjudiquen la imagen y prestigio de la USAL o de sus miembros. g) Hacer uso indebido de la plataforma virtual afectando al tutor y/o estudiante. h) Ejercer presión, directa o indirectamente, sobre docentes y/o autoridades, por sí o a través de terceras personas, para obtener ventajas o beneficios de cualquier naturaleza. i) Buscar beneficio indebido al presentar un trabajo académico de origen compartido total o parcialmente, como si fuera esfuerzo personal. O bien, actuar con evidencia plena de perjuicio de los coautores no citados en el trabajo académico.

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ARTÍCULO 18 Se sancionan los actos de deshonestidad académica con: a) La calificación mínima de 1 sobre nota la máxima asignada a la actividad. b) Reprobación de la (s) materia (s). c) Pérdida del derecho a presentar/rendir nuevamente la actividad evaluativa en cuestión. d) Envío de memorando escrito con copia al expediente del estudiante. La acumulación de tres implicará su expulsión definitiva de la USAL. ARTÍCULO 19 Todo estudiante tiene derecho a la defensa. No se aplicará sanción alguna si no se tiene evidencia o pruebas de la falta o infracción atribuida ARTÍCULO 20 Las sanciones establecidas en el Art. 18, en sus incisos a, b y c, serán aplicadas por los tutores con informe a la Dirección Académica y por éste, según corresponda. Las sanciones que se indican en el Art. 18 inciso d, serán determinadas por la Comisión Académica de Título.

TITULO VII SUSPENSIÓN TEMPORAL DE ACTIVIDADES ACADÉMICAS

ARTÍCULO 21 La suspensión temporal de actividades académicas a solicitud del estudiante, representa la decisión de postergar su avance académico, por alguna razón fundamentada y debidamente solicitada a la USAL.

La suspensión temporal de actividades académicas se puede solicitar bajo dos modalidades: Suspensión temporal de Materia Suspensión temporal del Programa

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ARTÍCULO 22 La suspensión temporal en ninguna circunstancia podrá afectar la programación académica de la USAL, quedando el estudiante sujeto a las resultas del programa respectivo, así como a su eventual continuidad o no. Para ambas modalidades de suspensión, la USAL considerará la solicitud expresa del interesado, hasta la segunda semana de clases, como plazo máximo. Vencido ese término, se declarará improcedente cualquier solicitud de suspensión, salvo que sobrevinieren casos demostrados de: 1. Por enfermedad o accidente graves, con la evidencia respectiva y suficiente, que le impidan la continuidad regular del curso o programa. 2. Por causas graves y de fuerza mayor, previo análisis del caso y dictamen afirmativo de la Dirección Académica. La solicitud de suspensión temporal, debe ser enviada por e-mail a [email protected], mediante una carta formal dirigida a la USAL; en la cual exprese y justifique los motivos por los cuales el estudiante no podrá continuar con la asignatura o programa, respectivamente; adjuntando los respaldos según corresponda. ARTÍCULO 23 Toda suspensión temporal de asignatura implicará el retiro de la participación del estudiante en la asignatura mencionada, quedando habilitado automáticamente para el siguiente, según su calendario regular. Toda suspensión temporal de programa deberá ajustarse según lo estipulado en el art. 56 del presente Reglamento.

TÍTULO VIII DEL CAMBIO DE PROGRAMA Y CONVALIDACIÓN INTERNA

ARTÍCULO 24 Por petición expresa del estudiante, la USAL puede considerar solicitudes de cambio de Programa. Los cambios de Programa son permitidos únicamente entre Programas de Máster de la USAL en modalidad Online y el estudiante puede cambiar de Programa, en una única oportunidad.

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Todo estudiante que desee cambiar de programa, deberá hacer su solicitud por escrito a la USAL. Serán requisitos para el cambio de programa: Carta formal de solicitud dirigida a la USAL, debidamente firmada por el interesado. Tener su situación administrativa al día. Cumplir con los requisitos de admisión del programa al que desea integrarse.

ARTÍCULO 25 Solo se considera la convalidación interna de materias o asignaturas regulares con excepción del Proceso de Titulación, siempre y cuando estas se hayan cursado en programas de Máster bajo la modalidad Online. ARTÍCULO 26 Se procederá a la convalidación interna previa verificación de requisitos y afinidad de contenidos de por lo menos un 80%. ARTÍCULO 27 De ser aceptada la solicitud de cambio de Programa y/o la convalidación interna, el estudiante deberá asumir todos los gastos que implican estos procesos.

TÍTULO IX DEL SOPORTE ACADÉMICO Y TECNOLÓGICO

ARTÍCULO 28 UVirtual Centro de Excelencia, es la Institución responsable de ofrecer a los estudiantes el soporte necesario a fin que puedan desarrollar adecuadamente sus actividades académicas. Para este fin, se dispone de un sistema de soporte (CRM) para atención a los estudiantes que presenten consultas académicas, tecnológicas y administrativas. ARTÍCULO 29 En caso de que el estudiante requiera soporte o apoyo del personal administrativo, deberá enviar un mail a: [email protected] indicando su nombre completo, sigla del programa académico al que pertenece y asignatura o materia que cursa, para ser atendido por el personal respectivo de la institución.

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TÍTULO X DE LA PARTICIPACIÓN ONLINE DEL ESTUDIANTE

ARTÍCULO 30 Conforme a política institucional, la participación en los programas y cursos, a través del acceso al Campus Virtual es obligatoria para los estudiantes, considerando las características particulares del sistema online, independiente del tiempo y del espacio. ARTÍCULO 31 Se presume la participación del estudiante conectado y con acceso autorizado según las claves proporcionadas por la USAL, siendo de su plena responsabilidad el cuidado y reserva de los elementos identificativos y de las intervenciones en las actividades previstas para cada curso. ARTÍCULO 32 Los docentes o tutores determinarán el grado de participación en foros y reuniones virtuales, con validez a los fines del sistema de evaluación, en el marco de la estructura del curso programado y aprobado por la USAL. ARTÍCULO 33 Se exigirá una participación constante y sistemática en el desarrollo de las actividades de aprendizaje dispuestas en la plataforma virtual. Por ser una metodología a distancia (online) el estudiante puede estudiar de acuerdo a su flexibilidad horaria, siempre y cuando cumpla con los plazos establecidos para el desarrollo de las actividades académicas programadas. ARTÍCULO 34 En la eventualidad de que el estudiante no pueda cumplir con las actividades programadas para el curso respectivo, tendrá la opción de recuperar la(s) actividad(es) en el campus virtual, hasta tres (3) días después de concluido el plazo para la presentación de la(s) actividad(es) programada(s) de la semana correspondiente, y con una ponderación sobre el 75% de la calificación regular. Para obtener esta extensión de plazo el estudiante deberá enviar una carta formal de solicitud, debidamente firmada a [email protected] (dos solicitudes como máximo en cada asignatura) en un tiempo límite de 24 horas después de finalizada la semana de avance; en la cual comunique el motivo por el cual no pudo realizar las actividades programadas en los plazos establecidos indicando su nombre completo, la sigla del programa y asignatura que

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está cursando. La justificación sólo será aceptada en la medida que se encuentre debidamente respaldada por antecedentes que acrediten la imposibilidad de hacerlo. ARTÍCULO 35 Situaciones graves de imposibilidad sobreviniente y/o casos de fuerza mayor, con la prueba pertinente, serán analizadas específicamente por la USAL, en base al presente Reglamento. ARTÍCULO 36 Se entiende por imposibilidad sobreviniente y/o fuerza mayor aquel acontecimiento ajeno que no depende de la voluntad del estudiante y que puede ser provocado por accidentes o afecciones graves a la salud, internaciones hospitalarias, o por situaciones producidas como efecto de desastres naturales o fenómenos calamitosos, sabotajes, bloqueos o convulsiones civiles y/o militares, que impidan razonablemente la participación normal del estudiante. ARTÍCULO 37 En ningún caso se entenderá como causal de imposibilidad sobreviniente y/o de fuerza mayor, aquellas situaciones que dependan de la voluntad del estudiante y que puedan ser subsanadas aplicando criterios mínimos de diligencia o cuidado en la gestión. ARTÍCULO 38 El estudiante, debe presentar solicitud escrita a la USAL en un plazo no mayor a dos (2) días calendario, computados a partir de la ocurrencia de la causa que motivare la imposibilidad o fuerza mayor, con la debida justificación y los elementos que respalden su solicitud, a fin de que el tema sea considerado y resuelto. ARTÍCULO 39 Los estudiantes que no registren acceso al campus virtual o no participen del curso durante las dos primeras semanas de clases, serán retirados automáticamente del curso previa notificación por parte de la USAL.

TÍTULO XI DE LAS EVALUACIONES Y SU VALORACIÓN ACADÉMICA

ARTÍCULO 40 Las evaluaciones serán establecidas para cada asignatura y se sujetarán al calendario académico respectivo.

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ARTÍCULO 41 Las calificaciones finales se publicarán una semana después de cerrada la asignatura, por la sección de apoyo académico del campus, en una lista que solo incluirá el nombre completo del estudiante y la nota final obtenida. ARTÍCULO 42 El tutor, a solicitud del estudiante, podrá decidir modificar la calificación publicada. Si así lo hace, deberá actualizar la nota en el campus y presentar una nueva acta de notas. ARTÍCULO 43 Los estudiantes podrán recurrir su calificación ante el Director del Programa, en el plazo de una semana luego de la publicación oficial de calificaciones, realizada por el tutor de la asignatura. El Director del Programa deberá presentar la resolución del recurso presentado, en un plazo máximo de diez días hábiles; Dirección que podrá acordar la realización de nuevas pruebas de evaluación en los casos en los que se considere justificado. ARTÍCULO 44 No está contemplada la recuperación de exámenes, prácticos, parciales o trabajos o evaluaciones finales, por baja nota del estudiante. ARTÍCULO 45 La escala de calificación es de cero (0) a cien (100) puntos.; resultado de la sumatoria de las notas obtenidas en las actividades programadas para cada semana de la asignatura. ARTÍCULO 46 La nota mínima de aprobación de cada asignatura es de setenta (70) puntos sobre (100) Puntos. ARTÍCULO 47 Si un estudiante reprueba una materia puede recuperarla en una siguiente versión en que se programe la misma materia, debiendo pagar los aranceles establecidos para la recuperación. Cada materia podrá cursarse hasta en dos ocasiones. Si el estudiante reprobara una materia en segunda oportunidad será automáticamente retirado del programa en el cual se encuentra matriculado. No obstante podrá solicitar a la Comisión Académica del Título cursar la asignatura en tercera oportunidad (cancelando los aranceles establecidos), previo informe favorable de la Dirección Académica, en base a los antecedentes académicos del estudiante.

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La solicitud deberá ser presentada en un plazo no mayor a dos días de finalizada la materia en la que se produce la reprobación en segunda oportunidad y cuente con su situación académica informada, presentando los respaldos correspondientes. El expediente será remitido a Secretaría Académica para la resolución correspondiente de nueva oportunidad o retiro definitivo, y/o autorizado por Resolución de la Vicerrectoría Académica. Se otorgarán nuevas oportunidades sólo a aquellos estudiantes que han tenido un rendimiento académico histórico razonable y lo soliciten dentro de los plazos establecidos en el Calendario Académico. ARTÍCULO 48 En caso que la materia a recuperar no esté programada, el estudiante puede solicitar cursar la materia en modalidad de Tutoría, para lo cual deberá pagar los aranceles establecidos. ARTÍCULO 49 Se perderá la calidad de estudiante de un programa de Máster en los siguientes casos: a) Renuncia voluntaria, presentada por escrito. b) Reprobar una asignatura en dos oportunidades, de acuerdo a lo referido en el artículo 47 del presente Reglamento. c) Reprobar el Curso de Elaboración del Trabajo de Fin de Máster en dos oportunidades. d) Reprobar la defensa del Trabajo de Fin de Máster en dos oportunidades. e) Haber excedido el plazo máximo para titularse, de acuerdo a lo referido en el artículo 56 del presente Reglamento.

TÍTULO XII PROCESO DE TITULACIÓN

ARTÍCULO 50 Para iniciar el Proceso de Titulación, el estudiante debe haber aprobado las 10 materias o asignaturas establecidas en el plan de estudios del programa y haber cancelado los derechos de titulación.

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ARTÍCULO 51 El Proceso de Titulación se desarrolla a través del curso de elaboración del Trabajo de Fin de Máster, cuyo resultado consiste en un Trabajo de Fin de Máster – en adelante – TFM, elaborado individualmente por cada estudiante y que, una vez aprobada la Defensa oral, le permite obtener el título propio de Máster otorgado por la USAL. El TFM debe dar respuesta a una oportunidad, problema o necesidad real de una organización o entidad pública o privada, sea esta nacional o internacional con o sin fines de lucro. A través de este trabajo, los estudiantes deben evidenciar de forma integrada los contenidos formativos recibidos y las competencias adquiridas durante el Programa de Máster. ARTÍCULO 52 Antes del inicio del curso de elaboración del Trabajo de Fin de Máster, la Comisión Académica del Título aprobará y hará público un listado con los temas ofertados que los estudiantes pueden elegir para realizar el TFM. La Comisión Académica del Título garantizará que este listado contenga temas de todas las asignaturas del plan de estudios. ARTÍCULO 53 El Proceso de Titulación, está compuesto de dos etapas: a) Un curso, con una duración de cinco semanas, en el que se realizará una aproximación a los principios teóricos y metodológicos sobre los que se sustentan los TFM como productos profesionales. b) La elaboración individual del TFM con el asesoramiento de tutores especialistas, que se realizará a lo largo de 10 semanas. c) Defensa oral del Trabajo Final de Máster, que podrá realizarse online o con presencia de los estudiantes en el campus de la USAL en Salamanca. ARTÍCULO 54 Se entenderá como estudiante graduado de un Programa de Máster, aquel estudiante que rindió y aprobó la defensa oral del proyecto de fin de estudios. ARTÍCULO 55 Las normas y/o guía que regulan el Proceso de Titulación, se entregarán oportunamente a los estudiantes, a los fines de su seguimiento y cumplimiento.

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TÍTULO XIII PLAZO MÁXIMO DE TITULACIÓN

ARTÍCULO 56 El plazo máximo establecido para que un estudiante pueda graduarse, es de tres años calendario a partir de la fecha de inicio de clases de la cohorte en la que fue inscrito. ARTÍCULO 57 Pasado el plazo establecido, el estudiante no podrá cursar más materias en la USAL, debiendo reiniciar todo el proceso de matriculación y pagos correspondientes a la inscripción en caso que desee continuar con sus estudios.

TÍTULO XIV DISPOSICIONES FINALES ARTÍCULO 58 Es competencia de la Comisión de Postgrado, supervisar el cumplimiento de este Reglamento, resolver sobre puntos no contemplados en él, interpretar oficialmente su texto sin perjuicio de las facultades estatutarias de la Secretaria General y resolver casos especiales debidamente justificados y documentados

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