REGLAMENTO DE BECAS. ARTICULO 6º. Las becas aplican para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva

REGLAMENTO DE BECAS 2015 REGLAMENTO DE BECAS Con fundamento en los artículos 1º y 6º fracción I del Capítulo I, Título Primero del Estatuto Orgánico

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REGLAMENTO DE BECAS 2015

REGLAMENTO DE BECAS Con fundamento en los artículos 1º y 6º fracción I del Capítulo I, Título Primero del Estatuto Orgánico; para regular lo establecido en el artículo 104º fracción III del Capítulo III, Título Tercero del mismo ordenamiento. CAPÍTULO I Generalidades ARTÍCULO 1º. El presente Reglamento establece las bases y criterios que regulan el otorgamiento, vigencia, cuantía, suspensión y cancelación de becas para la realización de estudios de nivel medio superior y superior que ofrece la Universidad del Noreste. ARTÍCULO 2º. La Universidad define como beca el monto económico otorgado por la universidad, de acuerdo a sus posibilidades presupuestales, a los miembros de su comunidad estudiantil seleccionados por su desempeño académico, deportivo y condiciones socioeconómicas. ARTICULO 3º. Becario es aquel alumno que goza de alguna beca otorgada por la Universidad, previo cumplimiento de los requisitos establecidos. ARTICULO 4º. Servicio becario es la actividad que presta el alumno becado a la Universidad en corresponsabilidad al beneficio obtenido por la beca, y es de carácter obligatorio. ARTICULO 5º. La Universidad otorga becas por un ciclo escolar al estudiante de nacionalidad mexicana que cumpla los requisitos que este reglamento establece. La beca es un beneficio personal e intransferible. ARTICULO 6º. Las becas aplican para todos los niveles académicos, a excepción de las licenciaturas de la modalidad ejecutiva. ARTICULO 7º. Las becas para los programas de Posgrado se regulan de acuerdo a lo establecido en su propio ordenamiento. ARTICULO 8º. Para el otorgamiento de becas a alumnos de nuevo ingreso se considera el promedio obtenido en el nivel académico anterior. Para alumnos de reingreso, tratándose de solicitud por primera vez o renovación, se considera el promedio obtenido en el ciclo escolar inmediato anterior, incluyendo las calificaciones de las materias extracurriculares de inglés. ARTÍCULO 9º. El alumno que sea candidato a beca debe realizar el proceso de solicitud que indica la Universidad, cumpliendo con las fechas establecidas en el calendario escolar.

ARTÍCULO 10º. Al solicitar una beca, el estudiante debe aceptar someterse a un estudio socioeconómico, si así se requiere, y el alumno solicitante debe pagar el importe del mismo. El pago del estudio socioeconómico, no garantiza el otorgamiento de la beca. Este artículo no aplica para los siguientes tipos de beca: I. II. III.

Beca Egresado Prepa UNE; Beca hijos de Egresados UNE; Beca SET.

ARTÍCULO 11º. En los ciclos escolares que inician en el mes de enero, no se autorizan becas para alumnos de nuevo ingreso. ARTÍCULO 12º. Para obtener o renovar la beca es requisito indispensable que el alumno esté clasificado como alumno regular, a excepción de lo que establece el Reglamento de Intercambio Académico. ARTICULO 13°. Para efectos de vigencia o renovación de todos los tipos de beca, en la determinación del promedio se consideran los resultados de evaluación obtenidos en las materias extracurriculares de Ingles. ARTÍCULO 14º. Cuando converjan varios tipos de becas en un mismo ciclo escolar, el alumno sólo tiene derecho a uno. ARTICULO 15º. Todas las becas aplican sobre el precio establecido en el Plan de Crédito. ARTICULO 16º. Para los alumnos de licenciatura, la beca aplica sobre el importe total de la colegiatura incluyendo la inscripción; sin embargo, deben cubrir totalmente el importe de inscripción establecido en el plan de pagos, ya que el ajuste se realiza en las mensualidades. ARTICULO 17º. Para los alumnos de bachillerato, la beca aplica sólo sobre el importe de las mensualidades, por lo que debe cubrir el importe de inscripción establecido en el plan de pagos. ARTICULO 18º. Cuando un alumno se cambie de carrera conserva su tipo y porcentaje de beca. ARTICULO 19º. Cuando un alumno se da de baja temporalmente por causa justificada a juicio de la Institución, conserva su tipo y porcentaje de beca por un periodo máximo de un año, previo trámite ante el Comité de Becas. ARTICULO 20º. Para los alumnos de Médico Cirujano, no se autorizan becas en el Internado Rotatorio de Pregrado ni en el Servicio Social. ARTICULO 21°. Cuando un alumno pierde o renuncia a su beca y reúne los requisitos para solicitar otro tipo de beca, debe cursar un ciclo escolar sin beca antes de realizar una nueva solicitud.

CAPITULO II De los tipos de beca. ARTÍCULO 22º. En la Universidad existen los siguientes tipos de beca: I. II. III. IV. V. VI. VII.

Beca Beca Beca Beca Beca Beca Beca

Egresado Prepa UNE; hijos de Egresados UNE; Convenio; por Promedio; de Excelencia; Deportiva; SET.

ARTICULO 23º. La Beca Egresado Prepa UNE se otorga a todos los egresados de la Preparatoria que continúen sus estudios de licenciatura en la Universidad del Noreste. El porcentaje de beca se relaciona con el promedio general que el egresado obtuvo en el bachillerato, según la siguiente tabla: PROMEDIO DE BACHILLERATO 100 95-99.99 90-94.99 80-89.99 70-79.99

% DE BECA 90 60 50 40 30

Para las Licenciaturas en Educación Especial y Preescolar el porcentaje de beca está sujeto a la siguiente tabla: PROMEDIO DE BACHILLERATO 95-100 90-94.99 80-89.99

% DE BECA 40 30 20

ARTICULO 24º. La Beca Hijos de Egresados UNE se otorga a los hijos de quienes hayan concluido la preparatoria, licenciatura y/o postgrado en la Universidad. El porcentaje de beca es 20%. ARTICULO 25º. La Beca Convenio se otorga a: I. Alumnos egresados de instituciones educativas que tienen convenio con la Universidad; II. Empleados o hijos de empleados de empresas que tienen convenio con la Universidad; III. Empleados o hijos de empleados de empresas que pertenecen a asociaciones u organismos públicos o privados que tienen convenio con la Universidad.

ARTICULO 26º. La Beca Convenio con Instituciones Educativas se apega a los siguientes criterios: I.

Para Egresados de Escuelas Secundarias se otorga el 50% a quienes hayan obtenido un promedio de 90 ó más. Para obtener este beneficio, el egresado debe inscribirse en preparatoria en el ciclo inmediato posterior a la terminación de su secundaria;

II.

Para Egresados de Escuelas Preparatorias y planteles dependientes de la DGETI se otorgan becas de acuerdo al promedio general obtenido según la siguiente tabla: PROMEDIO DE BACHILLERATO 100 95-99.99 90-94.99 85-89.99

% DE BECA 80 40 30 20

Esta beca no aplica para las Licenciaturas en Educación Preescolar y Especial. Para obtener este beneficio, el egresado debe inscribirse en la licenciatura en el ciclo inmediato posterior a la terminación de su bachillerato. De no ser así, se otorga el 20%. ARTICULO 27º. La Beca Convenio con Empresas Públicas y Privadas es de 20% en sus planes de estudios cuatrimestrales y 40% en sus planes de estudio semestrales. Este beneficio no aplica para las carreras de Médico Cirujano y Educación Preescolar y Especial. ARTICULO 28º. La Beca por Promedio se otorga previa solicitud, a partir del segundo ciclo escolar de acuerdo a los siguientes criterios: I.

Obtener un promedio mínimo de 90 en el ciclo inmediato anterior; para la carrera de Médico Cirujano, es 85; II. Aprobar todas sus materias en periodo ordinario; III. Demostrar la necesidad de la beca a través de un estudio socioeconómico; IV. Pagar el estudio socioeconómico. El porcentaje que se otorga en un programa semestral es de un 20% hasta un 50%, y en los programas cuatrimestrales es de un 20% hasta un 40%, de acuerdo al diagnóstico y resultado del estudio socioeconómico. ARTICULO 29º. La Beca de Excelencia "Sr. Don Rodolfo Sandoval Álvarez” es del 100% para cursar la carrera de Médico Cirujano. Se ofrece anualmente al aspirante de nuevo ingreso a primer semestre que cumpla los siguientes requisitos: I. Presentar la solicitud;

II. Obtener un promedio de 95 ó superior, o su equivalente, según la escala de calificaciones que se utilice en la escuela preparatoria de procedencia; III. Demostrar la falta de recursos económicos para pagar sus estudios profesionales; IV. Obtener 300 puntos en el examen psicométrico; V. Obtener una calificación mínima de 95 en el examen de conocimientos; VI. Pagar el importe del estudio socioeconómico. Para conservar la beca, el alumno debe obtener un promedio mínimo de 95 en cada semestre. Cuando existan dos o más aspirantes con las mismas posibilidades de beneficiarse con este tipo de beca, el Comité de Becas previo análisis y valoración de las condiciones de cada uno de ellos, decide quién tiene derecho a ella. El alumno beneficiado con esta beca deberá cubrir el importe del seguro de accidentes escolares. ARTICULO 30º. La Beca Deportiva se otorga a aquellos alumnos que se hayan distinguido en el deporte representando a la Universidad y a quienes ingresen a la institución y demuestren haber sobresalido en alguna disciplina deportiva que se practique en la Universidad del Noreste (futbol, basquetbol, vóleibol y animación). La beca consiste en un 50% para planes semestrales y un 40% para planes cuatrimestrales, y para solicitarla se requiere un promedio mínimo de 80. ARTICULO 31º. La Beca SET se otorga a través de la Secretaría de Educación de Tamaulipas, en los porcentajes que la propia Secretaría establezca, a aquellos alumnos que obtengan un promedio mínimo de 95, a excepción de la carrera de Médico Cirujano cuyo promedio mínimo será de 85, y que directamente realicen el trámite ante esa Dependencia. El alumno que obtenga beca del 100%, debe de cubrir a la Universidad la cuota correspondiente al Seguro por Accidentes Escolares. CAPITULO III De la renovación y conservación de la beca. ARTÍCULO 32º. Para renovar y conservar la beca, además de cumplir con los requisitos académicos correspondientes, el alumno debe estar al corriente en el pago de su colegiatura y haber aprobado sus materias. De acuerdo al tipo de beca, para la renovación y conservación se aplica lo siguiente: Beca Egresado Prepa UNE.- Para la renovación de beca, el promedio final del ciclo inmediato anterior determina el porcentaje para el siguiente ciclo de acuerdo a las tablas mencionadas en el artículo 23.

Beca Convenio con Instituciones Educativas para Egresados de escuelas secundarias.- Para conservar el porcentaje de beca mencionado en el artículo 26, el becario debe mantener el promedio de 90. En caso de disminución, se modifica el porcentaje de la siguiente forma: Promedio de 85 Promedio de 70

89.99, se modifica al 40% 84.99, se modifica al 30%

Para Egresados de Escuelas Preparatorias y planteles dependientes de la DGETI Para determinar el porcentaje de beca en cada ciclo escolar, el becario se apega a los promedios mencionados en la tabla del artículo 24. En caso de obtener un promedio menor a 85, se ajusta a un 15%. Beca por Promedio.- Para conservarla, el becario debe aprobar todas sus materias en periodo ordinario, y obtener promedio mínimo de 90 y de 85 para la carrera de Médico Cirujano. Beca Deportiva.- Para conservarla, el becario debe obtener el promedio mínimo de 80 y demostrar su asistencia y participación en las actividades deportivas institucionales. Beca SET.- Para conservarla, el becario debe obtener promedio mínimo de 90 y de 80 para la carrera de Médico Cirujano. Para efectos de vigencia o renovación de la beca otorgada por la SET, se aplica lo dispuesto en el presente reglamento. CAPITULO IV De las obligaciones del becario. ARTÍCULO 33º. Dependiendo del tipo y porcentaje de beca otorgado, el becario, además de los requisitos para la vigencia, renovación y conservación de la beca, contrae las siguientes obligaciones: I.

Dependiendo del tipo y porcentaje de beca, prestar servicio becario acuerdo a la siguiente tabla: Porcentaje Horas de servicio 29 % o menos 48 horas en semestre/cuatrimestre 30% a 49% 72 horas en semestre/cuatrimestre 50% a 79% 96 horas en semestre/cuatrimestre 80% a 100% 120 horas en semestre/cuatrimestre

de el el el el

El incumplimiento de esta fracción, es motivo de cancelación de la beca. Cualquier causa justificada de inasistencia debe ser dada a conocer inmediata y oportunamente a la coordinación de ingresos y apoyos financieros. II.

Vender boletos del Sorteo Pro Bk´s.

La cantidad de boletos que cada alumno debe vender, se determina de acuerdo a su porcentaje de beca, con base en la siguiente tabla: Porcentaje Hasta 35% Mayor al 35 hasta el 50% Mayor al 50% III. IV. V. VI.

Boletos 10 boletos 15 boletos 20 boletos

Apoyar en eventos propios de su área académica. Participar en actividades institucionales de promoción y captación de alumnos de nuevo ingreso. Apoyar en actividades de servicio comunitario. Apoyar en cualquier otra actividad especial en la que se requiera su participación.

Los alumnos beneficiados con beca del 50% o más en planes semestrales y 40% o más en planes cuatrimestrales, están obligados a realizar servicio becario, en caso de que le sea disminuido el porcentaje a menos del 50% por incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos, estará obligado a realizar un servicio becario. ARTÍCULO 34º. En caso de disminución del porcentaje de beca por incumplimiento de alguno de los requisitos establecidos para conservar la beca, la obligación de prestar servicio becario persiste. ARTÍCULO 35º. Las actividades de servicio becario son establecidas por el Director del Área Académica (Preparatoria) o el Director de Carrera (Licenciatura) en común acuerdo con la Coordinación de Ingresos y Apoyos Financieros, quienes deben considerar el horario de clases y período de exámenes del alumno y le son dadas a conocer por escrito. Estas actividades deben realizarse preferentemente dentro del período escolar de que se trate. ARTÍCULO 36º. El incumplimiento del servicio becario es motivo de cancelación de beca, por lo que cualquier causa justificada de inasistencia debe ser dada a conocer inmediata y oportunamente a la Coordinación de Ingresos y Apoyos Financieros. ARTÍCULO 37º. El becario debe enviar a la Coordinación de Ingresos y Apoyos Financieros, el reporte de servicio becario mencionando las actividades realizadas durante el ciclo escolar con el visto bueno de la persona responsable del área y del Director de Carrera, así mismo la solicitud de renovación de beca,

ambos a través del Sistema de Renovación de Beca en Línea, en la fecha establecida para ello. ARTÍCULO 38º. Las situaciones no previstas en el presente reglamento son resueltas por la Rectoría. ARTÍCULOS TRANSITORIOS. PRIMERO. Este reglamento abroga todos los reglamentos anteriores. SEGUNDO. El presente reglamento entrará en vigor el 1º de enero de 2015.

SOLICITUD DE BECA NUEVO INGRESO UNIVERSIDAD DEL NORESTE, A.C (Autorización Gobierno del Estado Decreto 359 de Diciembre 14 de 1997) TIPO DE BECA

Folio No.______________

Convenio______________________________________________ Egresado Prepa UNE

Hijo de Egresado

Deportiva Porcentaje Autorizado:_______________________________

Otra __________________________ PROGRAMA Preparatoria

Fecha de Autorización:_______________________________

Licenciatura ___________________________

Clave de alumno: _____________________

Firma de Autorización:_______________________________ Vo. Bo. Coord. Deportes: ___________________________________

DATOS DEL SOLICITANTE Nombre:__________________________________________________________________________________________________________ Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) Domicilio: _________________________________________________________________________________________________________ Calle No. Colonia CP Teléfono _______________________ Ciudad

_________________________ Estado

Fecha de Nacimiento :_______________________________ Día Mes Año

___________________________ País

Sexo: (

Edad :__________

Lugar de Nacimiento:_______________________________________________________ Ciudad Estado País

__________________________ Celular )F

(

)M

Estado Civil: ______________________

DATOS ESCOLARES Escuela de Procedencia: _______________________________________________

Promedio de Egreso: ____________________

Disciplina deportiva que practica: _________________________________________

Tiempo de practicarla: ___________________

DATOS FAMILIARES Nombre del Padre o Tutor: ___________________________________________________________________________________________ Apellido Paterno Apellido Materno Nombre (s) Domicilio:_________________________________________________________________________________________________________ Calle No. Colonia Estado Teléfono Empresa dónde labora: ______________________________________________________________________________________________

Puesto que desempeña: ___________________________ Teléfono: _________________________

Tel. Celular:____________________

DOCUMENTACIÓN COMPLEMENTARIA A LA SOLICITUD: Beca Convenio - Copia del certificado de secundaria o bachillerato según sea el caso o constancia de calificaciones con promedio mínimo de 9.0 para Preparatoria y 8.5 para Licenciatura o su equivalente.

Beca Deportiva - Copia de certificado de secundaria o bachillerato, según sea el caso, o constancia de calificaciones con promedio mínimo de 8.0.

Egresado Prepa UNE - Copia del certificado de bachillerato o constancia de calificaciones.

Hijo de Egresado - Copia de Título o Cedula Profesional del egresado.

-Currículo deportivo (Documentación histórica que avale su participación deportiva como: carta de recomendación de la escuela de procedencia, diplomas, fotografías, recortes de periódico, etc.)

OBSERVACIONES: SOLICITUD DE BECA QUE NO INCLUYA LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS, NO SERA TRAMITADA

Todos los becarios estan obligados a leer, entender y cumplir con el reglamento de becas vigente de la Universidad del Noreste que puede consultar en http://www.une.edu.mx/resources/Reglamentos/Alumnos/ReglamentoBecas.pdf

FECHA LIMITE PARA ENTREGA DE SOLICITUD DE BECA Programas semestrales 23 de Julio 2016 Programas cuatrimestrales 13 de Agosto 2016 Programas preparatoria 20 de Julio 2016

_____________________________________________________________________

Fecha, nombre y firma del padre o tutor

_____________________________________________________________________

Fecha, nombre y firma del solicitante

Aviso de Privacidad. Los datos personales solicitados, son tratador por la Universidad del Noreste AC con domicilio en Prol. Ave. Hidalgo No. 6315 Col. Nuevo Aeropuerto, Tampico Tam. para brindarle el servicio que nos solicita, conocer sus necesidades, informar sobre eventos académicos y en su caso tratarlos para los fines análogos descritos en el Aviso de Privacidad en http://www.une.edu.mx/privacidad.

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