REGLAMENTO DE LA OLIMPÍADA DE HISTORIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

REGLAMENTO DE LA OLIMPÍADA DE HISTORIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - 2016 Art. 1º: La Olimpíada de Historia de la República Argentina, tiene su domicil

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REGLAMENTO DE LA OLIMPÍADA DE HISTORIA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA - 2016

Art. 1º: La Olimpíada de Historia de la República Argentina, tiene su domicilio legal en Boulevard Pellegrini 2750 (3000) de la ciudad de Santa Fe de la Vera Cruz, correspondiente al Rectorado de la Universidad Nacional del Litoral (UNL). Art. 2º: La Facultad de Humanidades y Ciencias de la UNL- cita en Ciudad Universitaria, Paraje El Pozo, Santa Fe- coordina sus actividades con los Ministerios, Secretarías y Consejos de Educación de las distintas jurisdicciones. Art. 3º: La Olimpíada de Historia de la República Argentina constituye un evento educativo para promover el proceso de enseñanza y aprendizaje de la Historia en un contexto de equidad y calidad educativa. Art. 4º: La Olimpíada de Historia de la República Argentina tiene como objetivos fundamentales: - Generar espacios que favorezcan en los jóvenes el reconocimiento de sus capacidades y el desarrollo de nuevas competencias, fomentando actitudes de indagación, el espíritu crítico, la comprensión de las bases argumentativas de posturas diferentes, la producción autónoma oral y escrita. - Brindar, a través de la temática del Proyecto, y de su propuesta teórico-metodológica, la posibilidad de apropiación de contenidos socialmente significativos. - Promover una comprensión profunda de las problemáticas actuales del mundo del trabajo, del fenómeno del desempleo y las formas de la movilización social, que permita discutir planteos simplificadores y especialmente juicios de valor y actitudes desvalorizantes y/o discriminatorias. - Posibilitar la actualización disciplinar de los docentes a través del Subproyecto Capacitación Docente. - Ofrecer un ámbito de articulación y reflexión acerca de las prácticas docentes en el nivel Medio y en la Universidad -Conmemorar en 2016 el Bicentenario de la Declaración de la Independencia de las Provincias Unidas de Sudamérica Art. 5º: La Olimpíada de Historia de la República Argentina tiene un alcance nacional. Art.° 6: Los destinatarios de la Olimpíada de Historia de la República Argentina son los alumnos regulares de nivel secundario de los establecimientos educativos de todo el país (establecimientos secundarios, secundarios/técnicos, secundarios para adultos, secundarios para adultos en contextos de encierro). Son también destinatarios los docentes/tutores de alumnos y los participantes en el Subproyecto Capacitación Docente. Art. 7º: Los participantes deben acreditar su regularidad e inscripción para la categoría en la que participarán, a través de los establecimientos educativos correspondientes.

Art. 8º: La inscripción y participación en la Olimpíadas de Historia de la República Argentina será gratuita para todos los alumnos y docentes en cada una de las instancias, como así también la capacitación docente y los materiales respectivos. Art. 9º: Los alumnos participan de acuerdo a la siguiente descripción: • CATEGORÍA A: Pertenecen a esta categoría: * En el caso de las provincias que optaron por la modalidad de 7 años de primaria y 5 años de secundaria o 6 años de secundaria técnica: alumnos de escuelas secundarias y técnicas de 1º y 2º años. * En el caso de las provincias que optaron por la modalidad de 6 años de primaria y 6 años de secundaria o 7 años de secundaria técnica: alumnos de escuelas secundarias y técnicas de 1º, 2º y 3º años. • CATEGORÍA B: Pertenecen a esta categoría: * En el caso de las provincias que optaron por la modalidad de 7 años de primaria y 5 años de secundaria o 6 años de secundaria técnica: alumnos de escuelas secundarias de 3º, 4º y 5º años y técnicas de 3º, 4º, 5º y 6º años. * En el caso de las provincias que optaron por la modalidad de 6 años de primaria y 6 años de secundaria o 7 años de secundaria técnica: alumnos de escuelas secundarias de 4º, 5º y 6º años y técnicas de 4º, 5º, 6º y 7º años. • CATEGORÍA CA: Pertenecen a esta categoría: * En el caso de las provincias que optaron por la modalidad de 7 años de primaria y 5 años de secundaria o 6 años de secundaria técnica: alumnos de escuelas secundarias y técnicas de 1º y 2º años. * En el caso de las provincias que optaron por la modalidad de 6 años de primaria y 6 años de secundaria o 7 años de secundaria técnica: alumnos de escuelas secundarias y técnicas de 1º, 2º y 3º años. • CATEGORÍA CB: Pertenecen a esta categoría: * En el caso de las provincias que optaron por la modalidad de 7 años de primaria y 5 años de secundaria o 6 años de secundaria técnica: alumnos de escuelas secundarias de 3º, 4º y 5º años y técnicas de 3º, 4º, 5º y 6º años. * En el caso de las provincias que optaron por la modalidad de 6 años de primaria y 6 años de secundaria o 7 años de secundaria técnica: alumnos de escuelas secundarias de 4º, 5º y 6º años y técnicas de 4º, 5º, 6º y 7º años. • CATEGORÍA D: Pertenecen a esta categoría: Alumnos correspondientes al nivel secundario para adultos. • CATEGORÍA E: Pertenecen a esta categoría: Alumnos correspondientes al nivel secundario para adultos en Contextos de Encierro. *CATEGORÍA BICENTENARIO-2016 Pertenecen a esta categoría todos los alumnos del nivel secundario que opten por inscribise en la misma Art. 10º: La Olimpíada de Historia de la República Argentina se desarrollará sobre el eje temático: Los cambios en los procesos de trabajo en las sociedades capitalistas. Problemas y perspectivas. La crisis de la sociedad del trabajo y las formas de la movilización social. Análisis de las formas de trabajo en sociedades no capitalistas. En 2016 se incorpora el eje temático pensar la Independencia en el Bicentenario (18162016) A partir del mismo se diseñarán las acciones de capacitación docente durante este año del Bicentenario.

Art. 11º: La Olimpíada de Historia de la República Argentina y el Subproyecto Capacitación Docente están orientados y coordinados por la Dirección de la misma, con sede en la Facultad de Humanidades y Ciencias de la Universidad Nacional del Litoral. Sus funciones serán: - Cumplir y hacer cumplir los objetivos formulados en el Proyecto Educativo Olimpíada de Historia de la República Argentina. - Coordinar y participar en las actividades del Equipo Olimpíada. - Coordinar la implementación de la Olimpíada en cada instancia (colegial, jurisdiccional y nacional) y el Subproyecto Capacitación Docente, en sus aspectos pedagógico-didácticos y administrativo-contables. - Acordar los criterios y modalidades de evaluación para cada Instancia. - Supervisar la evaluación de los alumnos en todas las Instancias. - Determinar los alumnos finalistas en cada Instancia. - Publicar los ganadores de cada Instancia (Colegial, Jurisdiccional y Nacional). - Coordinar y participar en el diseño y ejecución de las actividades de Capacitación Docente a distancia y presencial (Subproyecto Capacitación Docente) - Decidir sobre situaciones no previstas en el presente Reglamento. Art. 12º: Ninguna persona ajena al Equipo Olimpíada conocerá las evaluaciones que se propondrán en cada instancia. Art. 13º: La evaluación en las distintas instancias correspondientes a las Categorías A, B y D (colegial, jurisdiccional y nacional) y Categoría E (colegial y nacional), será individual y escrita. En el caso de la Categoría CA y CB los trabajos serán evaluados y se seleccionarán cinco en cada categoría, para su defensa oral en la Instancia Nacional. En 2016 los trabajos de producción de murales se evaluarán en dos fases durante el año y se seleccionarán cinco para su presentación en la Instancia Nacional Se utilizará la escala numérica en vigencia en la Universidad Nacional del Litoral (1, 2, 3, 4, 5: Insuficiente; 6: Aprobado; 7: Bueno; 8 Muy Bueno; 9: Distinguido; 10: Sobresaliente). Art. 14°: Las evaluaciones escritas responderán a las siguientes instrucciones: no se admitirá consultar libros, ni apuntes. Los profesores presentes no podrán intervenir en la resolución de las evaluaciones. La interpretación de las consignas estará a cargo de los alumnos participantes. Art. 15º: En la INSTANCIA COLEGIAL participan todos los alumnos inscriptos, pertenecientes a los diferentes establecimientos educativos del país, que reúnan los requisitos establecidos en el artículo 6º, y se implementa bajo la responsabilidad de cada establecimiento educativo participante. La Instancia se desarrollará en un día (según cronograma correspondiente), en cada establecimiento educativo; estará a cargo de la Dirección de cada establecimiento participante y de los docentes tutores. Las pruebas

serán individuales, escritas y eliminatorias. La propuesta de evaluación así como los instructivos para la Instancia, estará a cargo del Equipo Olimpíada. En el caso de las categorías A, B y D la Dirección de la Olimpíada designará como GANADORES en esta instancia, según orden de mérito, a cuatro alumnos por establecimiento secundario; dos en la categoría A, dos en la categoría B . En los establecimientos (o anexos) secundarios para adultos, se designará dos ganadores en la Categoría D. Los mismos participarán en la instancia jurisdiccional. En el caso de la Categoría E- adultos en Contexto de Encierro, la Dirección de la Olimpíada designará como ganadores, según orden de mérito, a dos alumnos de cada escuela en Contextos de Encierro, quienes participarán directamente en la Instancia Nacional. Art. 16º: En la INSTANCIA JURISDICCIONAL participan los alumnos de las categorías A, B y D ganadores de la Instancia COLEGIAL, (dos por cada categoría) de cada establecimiento educativo. Se desarrollará en un día (según cronograma correspondiente). La implementación estará a cargo de la Dirección del establecimiento educativo que se designe como Escuela Sede en cada provincia, quien firmará una Declaración que certifique el correcto seguimiento de las reglas previstas en el presente Reglamento. . Las pruebas serán individuales, escritas y eliminatorias. La propuesta de evaluación estará a cargo del Equipo Olimpíada, al igual que las correcciones de las pruebas. La Dirección de la Olimpíada designará como GANADORES en esta INSTANCIA, según orden de mérito, a un alumno/a en la categoría A, a un alumno/a en la categoría B y a un alumno en la Categoría D. Los mismos participarán en la Instancia Nacional. Art. 17º: En la INSTANCIA NACIONAL participan los alumnos de las categorías A, B y D ganadores de la Instancia JURISDICCIONAL (uno por provincia por cada categoría) y los alumnos ganadores de la Instancia Colegial Categoría E- Contextos de Encierro. Se realizará en tres días y tendrá lugar- para las Categorías A, B y D - en la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe. En el caso de la Categoría E, tendrá lugar en cada escuela en Contextos de Encierro. La propuesta de evaluación estará a cargo del Equipo Olimpíada. La evaluación será escrita e individual; su corrección estará a cargo de miembros del equipo olimpíada designados como jurado. La Dirección de la Olimpíada designará como GANADORES a tres alumnos por la categoría A, tres alumnos por la categoría B y tres por la Categoría D (Primero, Segundo y Tercer puestos). En esta Instancia participarán además alumnos (Categoría CA) y alumnos (Categoría CB) integrantes de los equipos autores de cada uno de los cinco Trabajos de Iniciación en la Investigación - Tpf- y de cada uno de los cinco Tii, seleccionados. Previa defensa oral se proclamará al trabajo y equipo ganador de la Categoría CA y de la Categoría CB. En esta instancia participarán también los alumnos autores de los cinco trabajos seleccionados, correspondientes a la Categoría Bicentenario Muros con Historia. Asimismo participarán alumnos con altos niveles de logro que no hayan resultado ganadores en la Instancia Jurisdiccional. Su número dependerá de las condiciones

presupuestarias y asistirán en carácter de invitados. Igualmente si hubiese un sexto trabajo en equipo merecedor de esta invitación en las categorías CA, CB y Bicentenario Art. 18º: Las erogaciones que cubrirá el Proyecto Olimpíada en la INSTANCIA NACIONAL serán las referidas al traslado de los alumnos y docentes desde el lugar de origen del establecimiento educativo hasta la sede del evento; así como sus gastos de hotelería y comidas según el presupuesto acordado. Por cada alumno y por cada equipo participante se solventará el traslado de un docente, a los efectos de su participación en actividades académicas y su asistencia a la instancia aludida. Art. 19º: La fecha designada para cada instancia es impostergable, por lo que toda situación imprevista de comunicación o traslado, que impida la presencia de cualquier participante, lo excluye automáticamente del evento. Art. 20º: La inscripción de los participantes supone la aceptación de este Reglamento, lo que deberá ser admitido por el padre, tutor o encargado del alumno y refrendado por las autoridades del establecimiento educativo.

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