REGLAMENTO INTERNO COMITÉ NACIONAL DE ÁRBITROS Y JUECES DE BOCCIA Y SLALOM
Índice Prólogo
5
Capítulo 1. Estructura del CNAJBS 1.1. Cargos y procedimiento de elección
6 6
Capítulo 2. Fines y sede del CNAJBS 2.1. Fines del CNABJS 2.2. Correspondencia y sede del CNAJBS
6 6 6
Capítulo 3. Fines del reglamento, ámbito de aplicación y vigencia 3.1. Fines del Reglamento 3.2. Ámbito de aplicación del reglamento 3.3. Vigencia
7 7 7 7
Capítulo 4. Condición de miembro 4.1. Condición de miembro
7 7
Capítulo 5. Derechos y obligaciones de los miembros del CNAJBS 5.1. Derechos 5.2. Obligaciones
8 8 9
Capítulo 6. Funciones de los cargos del CNAJBS 6.1. Funciones del presidente/a 6.2. Funciones de los responsables de árbitros y jueces 6.3. Figura del delegado de zona 6.4. Funciones de los delegados de zona 6.5. Funciones de los árbitros y jueces
9 9 9 10 10 11
Capítulo 7. Categorías, ámbitos de actuación, formación y accesos 7.1. Categorías y ámbitos de actuación 7.2. Formación y acceso a las diferentes categorías 7.2.1. Acceso a categoría autonómica de árbitro de boccia 7.2.2. Acceso a categoría nacional de árbitro de boccia 7.2.3. Acceso a categoría internacional de árbitro de boccia
11 11 12 12 12 13
Reglamento Interno | CNAJBS
3
7.2.4. Acceso a categoría autonómica de juez de slalom 7.2.5. Acceso a categoría nacional de juez de slalom 7.3. Protocolo y criterios a cumplir para ser formador de un curso de categoría nacional 7.4. Régimen de convocatoria y periodicidad de las convocatorias 7.5. Ámbito de actuación en competiciones de la FEDPC 7.6. Período de inactividad y pruebas de reciclaje
13 14 15 15 16 17
Capítulo 8. Convocatorias de árbitros y jueces 8.1. Para campeonatos estatales 8.2. Para campeonatos internacionales 8.3. Para clínics
18 18 18 19
Capítulo 9. Faltas y sanciones 9.1. Faltas y sanciones
20 20
Capítulo 10. Fondos del CNAJBS y colaboración con casas comerciales 10.1. Fondos del CNAJBS 10.2. Captación de ingresos
20 20 20
Capítulo 11. Disposiciones finales 11.1. Casos no contemplados en el reglamento 11.2. Modificaciones del reglamento
20 20 21
Anexo I. Código de conducta del CNAJBS
23
Anexo II. Guía de evaluación
27
Anexo III. Ficha de evaluación
33
4
Reglamento Interno | CNAJBS
Reglamento Interno del Comité Nacional de Árbitros y Jueces de Boccia y Slalom
Prólogo El Comité Nacional de Árbitros y Jueces de Boccia y Slalom (CNAJBS) está formado por los árbitros de boccia y jueces de slalom con licencia en vigor con la Federación Española de Deportes de Personas con Parálisis Cerebral y Lesión Cerebral (FEDPC), conforme estipule la normativa de licencias de cada temporada. La posición del CNAJBS en la FEDPC se muestra en el siguiente esquema: Asamblea general
Comisión delegada
Presidente/a
Junta directiva
Secretaría general
Comité técnico
CNAJBS
Servicio médico de la FEDPC
Comité de clasificación
Comité de competición
Presidente/a del CNAJBS Responsable de árbitros de boccia del CNAJBS Responsables de árbitros de zona
Reglamento Interno | CNAJBS
Responsable de jueces de slalom del CNAJBS Responsables de jueces de zona
5
Capítulo 1 Estructura del CNAJBS 1.1. Cargos y procedimiento de elección. El CNAJBS se estructura de la siguiente manera: •
• •
Presidente/a: elegido democráticamente mediante votación por los árbitros y jueces con licencia en vigor con la FEDPC, conforme estipule la normativa de licencias de cada temporada. El/la presidente/a podrá permanecer en el cargo un máximo de dos legislaturas consecutivas. Responsable de árbitros de boccia: elegido y nombrado por el/la presidente/a del CNAJBS. Responsable de jueces de slalom: elegido y nombrado por el/la presidente/a del CNAJBS.
Capítulo 2 Fines y sede del CNAJBS 2.1. Fines del CNABJS. El CNAJBS pertenece a la FEDPC y sus fines primordiales son: el arbitraje de la boccia y el slalom, la coordinación y la regulación de los árbitros de boccia y jueces de slalom a nivel estatal, la formación de todos ellos y velar por la correcta aplicación de los reglamentos. 2.2. Correspondencia y sede del CNAJBS. Toda la correspondencia y cualquier tipo de documentación dirigida al CNAJBS, deberá remitirse a la FEDPC, con sede en la Calle Donoso Cortés, 8 – 2º A – 28015 (Madrid). • •
6
Teléfono: 91 562 44 15 E-mail:
[email protected]
Reglamento Interno | CNAJBS
Capítulo 3 Fines del reglamento, ámbito de aplicación y vigencia 3.1. Fines del ƌeglamento. El presente reglamento del CNAJBS rige la conducta de sus miembros, así como la relación con los otros órganos de la FEDPC y con el resto de organismos y entidades ligadas a los deportes de boccia y slalom. 3.2. Ámbito de aplicación del reglamento. El ámbito de aplicación se extiende a la totalidad del territorio estatal, así como a toda aquella actuación que llevaran a cabo sus miembros. 3.3. Vigencia. La vigencia del presente reglamento es indefinida, en tanto el CNAJBS continúe desarrollando las funciones que en el mismo se detallan. Corresponde a la comisión delegada de la asamblea general de la FEDPC la aprobación y la proposición de modificaciones al CNAJBS.
Capítulo 4 Condición de miembro 4.1. Condición de miembro. Son miembros del CNAJBS, todos aquellos árbitros y jueces con licencia en vigor con la FEDPC, conforme estipule la normativa de licencias de cada temporada. Los requisitos para ser árbitro o juez en activo, son: a) Tener 16 años para acceder a la categoría de árbitro o juez autonómico y 18 años para acceder a la categoría de árbitro o juez nacional.
Reglamento Interno | CNAJBS
7
b) Superar las pruebas de los cursos autonómicos o nacionales establecidas por el CNAJBS.
Capítulo 5 Derechos y obligaciones de los miembros del CNAJBS 5.1. Derechos. Son derechos de los miembros del CNAJBS los siguientes: a) Intervenir como elector y elegible en las elecciones a representante por su estamento de la asamblea general y comisión delegada, así como a presidente/a de la FEDPC y a presidente/a del CNAJBS, en las condiciones que estipule el reglamento electoral. b) Asistir e intervenir en las reuniones de los órganos federativos que le correspondan, con arreglo a las normas vigentes. c) Asistir y participar en pruebas, cursos, fases de preparación, selecciones u otro tipo de concentraciones convocadas por el CNAJBS, con arreglo al presente reglamento. d) Recibir del CNAJBS el equipamiento deportivo necesario para poder desarrollar su labor. e) Recibir atención sanitaria gratuita y adecuada en caso de lesión deportiva a través del seguro que la FEDPC tenga establecido con la Mutualidad General Deportiva o con cualquier otra entidad que otorgue como mínimo las mismas prestaciones. f) Recurrir ante el órgano competente las sanciones que les hubieran sido impuestas. g) Presentar cuantas propuestas o iniciativas consideren convenientes ante el CNAJBS. h) Conocer las actividades promovidas por el CNAJBS y tener acceso a la documentación que se genere en las mismas.
8
Reglamento Interno | CNAJBS
5.2. Obligaciones. Son obligaciones de los miembros del CNAJBS las siguientes: a) Tramitar la correspondiente licencia deportiva con la FEDPC. b) Cumplir los reglamentos y normativas de la FEDPC, así como los del CNAJBS. c) Las que dispongan otros apartados del presente Reglamento. d) Firmar y cumplir el Código de conducta establecido por el CNAJBS en sus actuaciones, reflejado en el Anexo I del presente reglamento.
Capítulo 6 Funciones de los cargos del CNAJBS 6.1. Funciones del presidente/a. Son funciones del presidente/a del CNAJBS: a) Hacer cumplir las normas vigentes, los intereses del CNAJBS y los de cualquiera de sus miembros. b) Representar al CNAJBS. c) Convocar y presidir las reuniones del CNAJBS. d) Elegir y nombrar a los responsables de árbitros y jueces. e) Coordinar y estimular toda la actividad, firmando propuestas, nombramientos, ascensos, designaciones, circulares, escritos y cuanta información se genere dentro del funcionamiento del CNAJBS. 6.2. Funciones de los responsables de árbitros y jueces. a) Asesorar y colaborar con el/la presidente/a en las funciones para las que hayan sido requeridos por el mismo/a. b) Estar en estrecha comunicación con los responsables técnicos de boccia y de slalom de la FEDPC. c) Canalizar la información de las diferentes zonas a través de los delegados de zona de cada una de las modalidades deportivas. d) Actuar como interlocutores entre todos los miembros del CNAJBS.
Reglamento Interno | CNAJBS
9
e) Reconocer a los delegados de árbitros de boccia y jueces de slalom nombrados en cada zona. f) Instar a las diferentes zonas a trabajar, dentro de sus posibilidades, de una forma pareja a lo establecido para los campeonatos estatales. g) Informar en la reunión de responsables técnicos de zona, de todas las posibles modificaciones del reglamento de cada modalidad deportiva, y otros temas de nuestra programación que pudieran afectarles. h) Convocar y designar los árbitros de boccia o los jueces de slalom que deban asistir a los campeonatos estatales de cada modalidad deportiva, así como designar las funciones de árbitro o juez principal de los mismos acorde al presente reglamento. i) Realizar todas las actuaciones previas a un campeonato estatal, referentes a los árbitros de boccia y jueces de slalom. 6.3. Figura del delegado de zona. En cada zona habrá un delegado del CNAJBS nombrado por los árbitros y jueces de su zona. 6.4. Funciones de los delegados de zona. Los delegados de zona tendrán las siguientes funciones: a) Estar en contacto directo con el responsable estatal de árbitros de boccia y el responsable estatal de jueces de slalom. b) Asistir, o delegar en otro árbitro o juez de su zona, a la reunión de inicio de temporada llevando el informe de su zona de la temporada anterior y la planificación de la siguiente. c) Transmitir toda la información referente al CNAJBS a todos los árbitros y/o jueces de su zona. d) A petición del responsable de su deporte en el CNAJBS, estar dispuesto a informar y asesorar sobre los posibles candidatos de categoría autonómica para participar en un campeonato estatal. e) Enviar la información requerida por el responsable del CNAJBS, en el momento en que se solicite.
10
Reglamento Interno | CNAJBS
6.5. Funciones de los árbitros y jueces. a) Todas aquellas que les sean encomendadas por su condición de árbitro o juez en un campeonato por el responsable estatal de árbitros de boccia y jueces slalom, en función de la modalidad deportiva, y/o el árbitro/juez principal. b) Cumplir y hacer cumplir correctamente el reglamento de juego de su modalidad deportiva. c) Marcar los campos o recorridos, con todo el material necesario para la competición. d) Certificar con su firma los resultados de las competiciones. e) Revisar y homologar todo el material deportivo a utilizar en las competiciones.
Capítulo 7 Categorías, ámbitos de actuación, formación y accesos 7.1. Categorías y ámbitos de actuación. Las categorías y ámbitos de actuación quedan establecidas de la siguiente manera: a) Boccia: • •
• • •
Categoría A. Árbitro Internacional. Formador de árbitros internacionales. Categoría B. Árbitro Internacional. Pudiendo arbitrar en juegos paralímpicos, campeonatos del mundo y copas del mundo. Categoría C. Árbitro Internacional. Pudiendo arbitrar en campeonatos de Europa, América o Asia. Categoría D. Árbitro Nacional. Categoría E. Árbitro Autonómico.
b) Slalom: • •
Juez Nacional. Juez Autonómico.
Reglamento Interno | CNAJBS
11
7.2. Formación y acceso a las diferentes categorías. 7.2.1. Acceso a categoría autonómica de árbitro de boccia. • • • •
Acceso al curso: libre, el único requisito es tener cumplidos 16 años. Horas del curso: 12 horas teórico-prácticas. Formadores: 2 árbitros de categoría nacional o internacional. Evaluación: a) Una prueba teórica que consistirá en un examen tipo test de 30 preguntas. El porcentaje de aciertos para ser apto será del 70%. Esta prueba es eliminatoria, es decir, hay que obtener el apto para realizar la evaluación práctica. b) Una evaluación práctica en competición autonómica, que consistirá en evaluar su actuación como árbitro del partido. Un mínimo de dos jornadas y, a criterio de los formadores del curso, estas prácticas podrán ser más extensas, hasta un máximo de dos temporadas, notificándose al CNAJBS. Se utilizará la Guía de evaluación (Anexo II) para cumplimentar la Ficha de evaluación (Anexo III). Será requisito indispensable para la evaluación práctica tener tramitada la correspondiente licencia de árbitro en prácticas, conforme estipule la normativa de licencias de cada temporada.
7.2.2. Acceso a categoría nacional de árbitro de boccia. •
Acceso al curso: podrán acceder aquellos árbitros con categoría autonómica que lleven un mínimo de dos temporadas arbitrando y hayan arbitrado la mitad de las jornadas de su zona durante las dos últimas temporadas finalizadas. Se podrá sustituir alguna de las jornadas de la propia zona por jornadas de otras zonas completando el número mínimo exigido. • Horas del curso: 12 horas teórico-prácticas. • Formadores: 2 árbitros, que han de tener categoría de árbitro nacional, al menos durante las dos últimas temporadas finalizadas, o ser árbitro internacional. • Evaluación: o Una prueba teórica que consistirá en un examen con 30 preguntas tipo test y 5 preguntas a desarrollar. o El porcentaje de aciertos para ser apto será del 80%.
12
Reglamento Interno | CNAJBS
o
o
Una evaluación práctica. Prácticas de arbitraje durante el curso reproduciendo situaciones de juego. Se utilizará la Guía de evaluación (Anexo II). El/la alumno/a tendrá que salir del curso con calificación de apto o no apto.
La acreditación de las actuaciones se realizará mediante actas oficiales enviadas por la federación correspondiente al CNAJBS, acompañada de una certificación por parte del responsable de zona y la presentación por parte del árbitro aspirante de su book personal. 7.2.3. Acceso a categoría internacional de árbitro de boccia. Criterios de acceso al curso de árbitro de boccia, categoría internacional: 1. Haber arbitrado la mitad de las jornadas de su zona durante las dos últimas temporadas finalizadas. Se podrá sustituir alguna de las jornadas de la propia zona por jornadas de otras zonas completando el número mínimo exigido. 2. Haber asistido a la mitad de los campeonatos estatales absolutos realizados las dos últimas temporadas. Cumpliendo estos primeros criterios se tendrá en cuenta: 3. En caso de que haya más candidatos que plazas concedidas para hacer el curso, y todos ellos cumplan estos requisitos, el desempate se realizará mediante un sorteo público realizado en la sede de la FEDPC. Desde el CNAJBS recomendamos que todos los árbitros que deseen acceder a categoría internacional, deberán tener en cuenta que el idioma oficial en todas las competiciones internacionales es el inglés (esto implica el propio curso y el examen, las reuniones diarias durante la competición, el protocolo de cámara de llamadas, las situaciones dadas durante los partidos y la opción de ser miembros del comité de protesta). 7.2.4. Acceso a categoría autonómica de juez de slalom. • •
Acceso al curso: libre, el único requisito es tener cumplidos 16 años. Horas del curso: 12 horas teórico-prácticas.
Reglamento Interno | CNAJBS
13
• •
Formadores: 2 jueces de categoría nacional. Evaluación: a) Una prueba teórica que consistirá en examen tipo test de 30 preguntas. El porcentaje de aciertos para ser apto será del 70 %. Esta prueba es eliminatoria, es decir, hay que obtener el apto para realizar la evaluación práctica. b) Se deberá pasar una prueba física a nivel funcional previa, en caso de no superar dicha prueba será juez de mesa, obteniendo la categoría de juez autonómico anotador (juez de mesa). Una evaluación práctica en competición autonómica en la que se evaluará su actuación como juez de pista. Un mínimo de dos jornadas y, a criterio de los formadores del curso, estas prácticas podrán ser más extensas, hasta un máximo de dos temporadas, notificándose al CNAJBS. Será requisito indispensable para la evaluación práctica tener tramitada la correspondiente licencia de juez en prácticas, conforme estipule la normativa de licencias de cada temporada.
7.2.5. Acceso a categoría nacional de juez de slalom. •
Acceso al curso: podrán acceder aquellos jueces con categoría autonómica que lleven un mínimo de dos temporadas arbitrando como bandera roja y blanca y hayan arbitrado la mitad de las jornadas de su zona durante las dos últimas temporadas finalizadas. Se podrá sustituir alguna de las jornadas de la propia zona por jornadas de otras zonas completando el número mínimo exigido. • Horas del curso: 12 horas teórico-prácticas. • Formadores: 2 jueces, que han de tener categoría de juez nacional, al menos durante las dos últimas temporadas finalizadas. • Evaluación: o Una prueba teórica que consistirá en examen con 30 preguntas tipo test y 5 preguntas a desarrollar. o El porcentaje de aciertos para ser apto será del 80%. o Se deberá pasar una prueba física a nivel funcional previa, en caso de no superar dicha prueba será juez de mesa, obteniendo la categoría de juez nacional anotador (juez de mesa). o Una evaluación práctica durante el curso reproduciendo situaciones de las pruebas.
14
Reglamento Interno | CNAJBS
o
El/la alumno/a tendrá que salir del curso con calificación de apto o no apto.
La acreditación de las actuaciones se realizará mediante actas oficiales enviadas por la federación correspondiente al CNAJBS, acompañadas de una certificación por parte del responsable de zona y la presentación por parte del juez aspirante de su book personal. 7.3. Protocolo y criterios a cumplir para ser formador de un curso de categoría nacional. 1. Tener categoría de árbitro o juez nacional al menos durante las dos últimas temporadas finalizadas, o ser árbitro internacional. En primer lugar se pedirá a los árbitros y jueces su disponibilidad para ser formador de un curso de categoría nacional. Una vez recibidas las respuestas, y en caso de haber más de dos árbitros o jueces disponibles, se determinará quién serán los formadores teniendo en cuenta los siguientes criterios: 2. Haber arbitrado la mitad de las jornadas de su zona durante las dos últimas temporadas finalizadas. Se podrá sustituir alguna de las jornadas de la propia zona por jornadas de otras zonas completando el número mínimo exigido. 3. Haber asistido a la mitad de los campeonatos estatales absolutos realizados las dos últimas temporadas finalizadas. En caso de empate se tendrá en cuenta no haber sido ponente de curso de categoría nacional con anterioridad. Si persistiera el empate, se designaría a través de un sorteo público realizado en la sede de la FEDPC. 7.4. Régimen de convocatoria y periodicidad de las convocatorias. Las convocatorias de los cursos de categoría autonómicas las decidirán los comités autonómicos de árbitros de boccia y jueces de slalom, en las autonomías donde hayan
Reglamento Interno | CNAJBS
15
sido creados, o bien por el delegado de zona del CNAJBS. El número de plazas lo determinará el organizador de cada curso. Las convocatorias de los cursos de categoría nacional las decidirán los responsables y presidente/a del CNAJBS. Los cursos se podrán convocar cuando existan suficientes personas interesadas y según las necesidades del propio comité en realizar dicho curso, nunca excediendo de una convocatoria anual por deporte. 7.5. Ámbito de actuación en competiciones de la FEDPC. •
Boccia: •
•
•
•
Slalom: •
•
16
Árbitro de categoría internacional (A, B y C). Puede actuar en competiciones tanto autonómicas como de ámbito estatal. Árbitro de categoría nacional (D). Puede actuar en competiciones tanto autonómicas como de ámbito estatal. Árbitro de categoría autonómica (E). Puede actuar en competiciones autonómicas y, si el CNAJBS lo considera conveniente, podrá ser convocado para arbitrar en un campeonato estatal con los mismos derechos y deberes que un árbitro de categoría nacional o internacional.
Juez de categoría nacional. Puede actuar en competiciones tanto autonómicas como de ámbito estatal, realizando cualquiera de las funciones. Juez de categoría autonómica. Puede actuar en competiciones autonómicas y, si el CNAJBS lo considera conveniente, podrá ser convocado para arbitrar en un campeonato estatal con funciones delimitadas por el juez principal.
Reglamento Interno | CNAJBS
7.6. Período de inactividad y pruebas de reciclaje. Aquellos árbitros o jueces, cualquiera que sea su categoría, que hayan estado dos temporadas inactivos, con o sin licencia, y quieran volver a realizar su actividad como árbitro o juez, podrán hacerlo tras realizar las pruebas de reciclaje que determine el CNAJBS. Estas pruebas de reciclaje se realizarán de la manera que determina el siguiente orden, dependiendo de las personas que las soliciten: 1. Cuando existan suficientes personas que soliciten estas pruebas se organizará un curso de reciclaje para cumplir con esta petición. El/la alumno/a tendrá que salir del curso con calificación de apto o no apto. 2. Cuando no existan suficientes solicitantes para la organización de un curso de reciclaje, los árbitros o jueces podrán realizar esta prueba en un curso ordinario, dependiendo de su categoría: 2.1. Si el árbitro o juez tiene categoría autonómica, hará las pruebas de reciclaje en un curso de categoría autonómica, atendiendo a la evaluación teórica indicada, respectivamente para boccia y slalom, en los artículos 7.2.1 y 7.2.4 del presente reglamento. El/la alumno/a tendrá que salir del curso con calificación de apto o no apto. 2.2. Si el árbitro o juez tiene categoría nacional o, en su caso, internacional, hará las pruebas de reciclaje, preferentemente, en un curso de categoría nacional. Si esto no fuera posible por no tener previsto ningún curso de esta categoría a corto plazo, podrá realizar las pruebas de reciclaje en un curso de categoría autonómica, atendiendo a la evaluación teórica indicada, respectivamente para boccia y slalom, en los artículos 7.2.2 y 7.2.5 del presente reglamento. El/la alumno/a tendrá que salir del curso con calificación de apto o no apto.
Reglamento Interno | CNAJBS
17
Capítulo 8 Convocatorias de árbitros y jueces 8.1. Para campeonatos estatales. Se pedirá la disponibilidad a todos los árbitros nacionales e internacionales o los jueces nacionales, a través de los diferentes delegados de zona con 45 días de antelación al campeonato, teniendo estos 15 días para contestar oficialmente. Requisito indispensable en todos los casos será tener licencia en vigor con la FEDPC, conforme estipule la normativa de licencias de cada temporada. En caso de existir un exceso de árbitros se seguirán los siguientes criterios de aceptación: a) Implicación porcentual en las dos últimas temporadas finalizadas de su liga zonal. b) Participación en los campeonatos estatales oficiales, en las dos últimas temporadas. c) Si aun así persiste el empate, se designaría través de un sorteo público realizado en la sede de la FEDPC. 8.2. Para campeonatos internacionales. Se pedirá a los árbitros internacionales su disponibilidad para acudir al campeonato. En caso de haber más árbitros disponibles que plazas requeridas, se seguirán los siguientes criterios de adjudicación de plazas: 1. Haber arbitrado, como mínimo, en la mitad de las jornadas de su zona durante la última temporada finalizada. Se podrá sustituir alguna de las jornadas de la propia zona por jornadas de otras zonas completando el número mínimo exigido. 2. Haber arbitrado en la mitad de los campeonatos estatales celebrados en las dos últimas temporadas finalizadas.
18
Reglamento Interno | CNAJBS
3. Haber entregado un informe del último campeonato internacional asistido al CNAJBS. Este punto sólo tendrá efecto la primera vez en que un árbitro llegue hasta aquí para desempatar. 4. Si persistiera el empate, tendría más derecho a asistir al campeonato el árbitro que llevara más tiempo sin asistir a uno de ellos. En este punto también se tiene en cuenta la asistencia a los juegos paralímpicos. 5. Si aun así persistiera el empate, se designaría a través de un sorteo público realizado en la sede de la FEDPC. Esta normativa será válida para todos los campeonatos o eventos internacionales de boccia, excepto para los juegos paralímpicos, ya que los árbitros que asisten a éstos los designa directamente la Boccia International Sports Federation (BISFed). 8.3. Para clínics. Las plazas las concede la FEDPC, dependiendo del presupuesto que tenga disponible en cada caso. El cuórum mínimo necesario para la organización de un clínic será del 50% sobre el total de las zonas de cada deporte. La FEDPC facilitará un listado de árbitros y jueces con licencia vigente. Se pedirá la disponibilidad a todos los árbitros y jueces, a través de los diferentes delegados de zona con 45 días de antelación al clínic, teniendo estos 15 días para contestar oficialmente. Las plazas se asignarán de la siguiente forma: 1. Todas las zonas tendrán derecho a tener representación. 2. El resto de plazas se asignarán mediante un reparto proporcional. 3. En caso de renuncia, se recalculará el reparto proporcional.
Reglamento Interno | CNAJBS
19
Capítulo 9 Faltas y sanciones 9.1. Faltas y sanciones. Las faltas y sanciones de los árbitros y jueces están establecidas en el reglamento disciplinario de la FEDPC.
Capítulo 10 Fondos del CNAJBS y colaboración con casas comerciales 10.1. Fondos del CNAJBS. Los presupuestos del CNAJBS se consignarán cada año en los presupuestos de la FEDPC. 10.2. Captación de ingresos. El CNAJBS podrá proponer a la FEDPC la colaboración con firmas comerciales, así como cualquier otra acción encaminada a la captación de ingresos adicionales.
Capítulo 11 Disposiciones finales 11.1. Casos no contemplados en el reglamento. Cualquier eventualidad no contemplada en el presente reglamento y que afecte a cualquiera de los miembros del CNAJBS, será resuelta por los responsables estatales de árbitros de boccia y jueces de slalom y por el/la presidente/a del CNAJBS.
20
Reglamento Interno | CNAJBS
11.2. Modificaciones del reglamento. Las modificaciones del presente reglamento deberán ser aprobadas por la comisión delegada de la FEDPC.
Reglamento Interno | CNAJBS
21
Anexo I Código de conducta del CNAJBS
Reglamento Interno | CNAJBS
23
COMITÉ NACIONAL DE ÁRBITROS Y JUECES DE BOCCIA Y SLALOM Código de conducta Al tramitar tu licencia como árbitro de boccia y/o juez de slalom te comprometes a cumplir con este código de conducta: 1. Siempre recuerda que la competición es para los deportistas. El juego limpio es lo primero. Tienes que ser justo e imparcial. 2. Asegúrate que estás física y mentalmente preparado para la competición. Limita la consumición de alcohol, y/u otras sustancias estupefacientes. 3. Llega a la competición a tiempo y bien preparado. 4. Repasa el reglamento y ayuda a tus compañeros a hacer lo mismo. 5. Respeta a los otros árbitros y jueces y sus decisiones. Nunca critiques públicamente a otro árbitro o juez. 6. Mantén la calma cuando te encuentres con reacciones emocionales de los jugadores, entrenadores, padres y espectadores. 7. Siempre habla al competidor de manera apropiada y asegúrate que ha entendido tu decisión.
8. Toma tus decisiones con confianza y seguridad. 9. Controla la competición de manera que proporciones una experiencia positiva a los deportistas. 10.Utiliza la ropa adecuada, recomendada o proporcionada para la competición. 11.Siempre comprueba el horario de competición y prepárate para tu siguiente intervención. 12.No uses un lenguaje soez, grosero o gestos rudos. 13.Respeta siempre el material de los deportistas y de la competición. 14.Respeta las reglas y reglamentos que haya establecido el comité organizador. 15.Los árbitros y jueces tienen el privilegio de tener un contacto regular o habitual con los deportistas y miembros de los equipos de todas las autonomías o zonas, pero debes permanecer imparcial.
Yo, ____________________________________________________________________ con DNI/NIE _______________ y como árbitro de boccia y/o juez de slalom la temporada 20___ / 20___ me comprometo a seguir el Código de conducta del CNAJBS y a cumplir, si no lo hago, la posible sanción reglamentaria correspondiente. Firma y fecha
Anexo II Guía de evaluación
Reglamento Interno | CNAJBS
27
GUÍA DE EVALUACIÓN DE ÁRBITROS Aplicación del reglamento • • • • •
Se comprueba que el material de competición esté clasificado en cámara de llamadas. En cámara de llamadas se realiza el sorteo de bolas en presencia de los dos competidores. El árbitro da por finalizado el parcial según el reglamento. Se aplica el criterio arbitral únicamente cuando lo estipula el reglamento. Se aplica el reglamento Internacional de forma estricta, es decir sin cuestionar la norma.
Posición en el campo • • •
•
• • •
El árbitro principal puede mantener la visión con el línea y la zona de box sin tenerse que desplazar en el momento del lanzamiento. El árbitro de línea está colocado de tal forma que complementa la visión del árbitro principal sin realizar movimientos exagerados. El árbitro principal no se sitúa en línea recta uniendo la bola blanca o bolas próximas y el lugar donde lanza el jugador, es decir, el árbitro no puede ser utilizado como punto de mira para el lanzamiento. El árbitro principal no se sitúa detrás del juego, a una distancia que no le permite llegar con rapidez y seguridad a interceptar una bola por una posible infracción. El árbitro principal o línea no se sitúa detrás de los boxes, apoyándose en la pared. El árbitro no mantiene un contacto físico y/o dialogo continuado con los árbitros de otros campos. El árbitro no interfiere en la visión de los jugadores al mirar el marcador.
Medición • • •
El árbitro solicita la opinión y/o ayuda del línea si lo considera necesario. Se realiza de cara a los jugadores, sin taparles la visibilidad y de manera clara para ellos. A la hora de medir las bolas, antes de la medición, los árbitros exponen como realizarán dicha medición.
Actitud • • • • • • • •
En cámara de llamadas se realiza la presentación de árbitros, competidores, técnicos y auxiliares. Concretamos las normas y/o técnicas de actuación entre los dos árbitros. Al inicio de cada parcial antes de conceder la bola blanca, solicitamos a jugadores y sobre todo crono y línea la confirmación de estar preparados. Se mantiene una actitud uniforme (no decae la atención, según el resultado o juego) durante todo el partido. No se adquiere un estatus prepotente. Se está dispuesto a escuchar posibles reclamaciones en el momento oportuno. Se interrelacionan los dos árbitros. Se mantiene un trato correcto entre el colectivo arbitral.
Toma de decisiones • • • • • • •
Se actúa con seguridad. Se consulta con el línea cuando existe una duda. Se marca con claridad el competidor que tiene que jugar. Se atienden las posibles quejas o reclamaciones en el momento adecuado. Se da una respuesta clara y sin titubeos a las posibles quejas. Ante una penalización se actúa con claridad en todo el proceso. El línea llama la atención del principal con el tiempo suficiente para actuar.
Puntualidad y dinamismo • • • • •
Se está en cámara de llamadas con el tiempo suficiente para realizar todos los trámites iniciales del partido. Durante el calentamiento, entre parciales y en los tiempos solicitados por los contrincantes, se actúa con fluidez. Al finalizar el partido, se felicita a los equipos instándoles a que firmen el acta sin demorar la actuación. Una vez firmada el acta, se acompaña a los participantes fuera del campo de forma ordenada. Se es puntual en las reuniones arbitrales.
Confección de actas • • • • • • •
Se formaliza el acta en cámara de llamadas. Se rellenan todos los datos con letra clara y correctamente. Se intenta no perder tiempo en su confección. Se anotan las penalizaciones, los cambios, los tiempos del partido y los capitanes. Al solicitar la firma a los contrincantes, el acta está con el resultado final. Los árbitros son los últimos en firmar el acta. Se pone la hora final una vez que los jugadores han firmado.
Anexo III Ficha de evaluación
Reglamento Interno | CNAJBS
33
Puntualidad y dinamismo
Toma de decisiones
Medición
Posición en el campo
Incidencias:
Confección de actas
Actitud
Árbitro en prácticas _____________________________________________ Principal Línea Campeonato ___________________________________________________ División Fecha Evaluador _____________________________________________________
✔
✘
Cámara de llamadas
✔
✘
Inicio de partido ✔
✘
Durante los parciales ✔
✘
Final de parciales ✔
✘
Entre parciales ✔
✘
Final del partido
Observaciones
Rellena todos los datos de la ficha. Marca con una cruz la casilla correspondiente a ✔ (apto) o ✘ (no apto) en cada uno de los apartados. Escribe en la casilla de observaciones puntos que el árbitro deba mejorar en ese apartado y como debe hacerlo. Si es necesario, anota en el apartado de incidencias situaciones no recogidas en los puntos anteriores, acontecidas durante el partido.
Aplicación de reglamento
• • • •
FICHA DE EVALUACIÓN DE PRÁCTICAS DE ÁRBITRO
COMITÉ NACIONAL DE ÁRBITROS Y JUECES DE BOCCIA Y SLALOM