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REGLAMENTO INTERNO DE LA ASOCIACION DE EMPLEADOS, FUNCIONARIOS Y TRABAJADORES DEL GOBIERNO ATUÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE TISALEO La Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo de conformidad a las disposiciones Estatutarias y Legales, emite el siguiente Reglamento Interno. CAPITLULO I.- DE LOS OBJETIVOS. Los objetivos del presente Reglamento son: Art. 1.a) Propender a la unión y solidaridad entre todos los Socios, fomentar los verdaderos principios de compañerismos y confraternidad. b) Alcanzar las mejores condiciones del servicio posible, procurando el perfeccionamiento técnico y profesional de sus Socios. c) Defender los derechos de los Miembros de la Asociación, como Afiliados a los Organismos del Seguro Social, establecidos por la Ley, propendiendo también a que estos mejoren, amplíen y simplifiquen los trámites para la atención de los Empleados y Trabajadores de la Institución Municipal. Art.2.- La marcha de la Asociación, de acuerdo a lo dispuesto estará regida por el Estatuto y el presente Reglamento Interno. Art. 3.- La Directiva es la encargada de formular y expedir el Reglamento Interno, que dará conocer en Sesión para su aprobación, la cual se lo hará en una sola discusión en Sesión Ordinaria de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. CAPITULO II.- DE LA ORGANIZACIÓN Art. 4.-
La Sede de la Asociación será la Parroquia La Matriz del Cantón Tisaleo Provincia de Tungurahua.
Art. 5.-
La conformación de la Directiva se regirá por las disposiciones del Estatuto.
Art. 6.-
Este Organismo tendrá una duración de Dos (2) años, conservará la estabilidad, procurando entendimiento entre sus Socios, pudiendo ser reelegidos para el siguiente período.
CAPITULO III:- CONSTITUCION DE LA DIRECTIVA. Art. 7.-
La Directiva estará compuesta por: el Presidente, Vicepresidente, Secretario, Prosecretario, Prosecretario, Tesorero, Comisario Revisor, Dos Vocales Principales y Dos Vocales Suplentes.
DEL PRESIDENTE.Art. 8.-
Para ser Presidente se requiere ser Miembro Activo de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo y pertenecer a ésta por lo menos seis (6) meses a la fecha de elección.
FUNCIONES DEL PRESIDENTE:a) Cumplir y hacer cumplir las disposiciones del Estatuto, Reglamentos y Disposiciones que emanaren de la Asamblea General y de la Directiva. 1
b) Representar Legal y Administrativa a la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. c) Convocar y Presidir la Asamblea General, Sesiones Ordinarias y/o Extraordinarias, con voto dirimente en caso de empate. d) Firmar conjuntamente con el Secretario las actas correspondientes, y llevar a conocimiento de la Directiva la correspondencia oficial de la Asociación y Autorizar su despacho. e) Tramitar inmediatamente todos los beneficios sociales a favor de sus socios, de acuerdo con lo que dispone los reglamentos u ordena la Directiva. f) Vigilar el trabajo de Secretaría y Tesorería, así como los servicios de la Asociación, disponer que se encuentren al día los documentos, Libros, actas, contabilidad, etc. g) Llamar la atención hasta suspender el uso de la palabra a quienes no se sujeten al tema de la discusión o sostengan diálogos que distraigan el normal funcionamiento de la Sesión. h) Autorizar Egresos para la utilización de los fondos y firmar conjuntamente con el Tesorero Los Egresos de Caja. i) Realizar Arqueos de Caja conjuntamente con el Comisario Revisor a la Tesorería ala Tesorería de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo, por lo menos una vez cada semestre. j) Cumplir con lo demás actos que determinen su función. DEL VICEPRESIDENTE.Art. 9.Art.10.-
Para ser Vicepresidente se requiere los mismos requisitos que para ser Presidente. Son Atribuciones del Vicepresidente, subrogar al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, conforme los instructivos de éste Reglamento. En caso de ausencia del Vicepresidente le subrogará el Vocal en Orden de Elección.
DEL SECRETARIO.Art. 11.- Son obligaciones del Secretario: a) Preparar las citaciones y convocatoria para la Asamblea General y Sesiones Ordinarias y/o Extraordinaria de conformidad a las indicaciones del Presidente. b) Redactar las actas de la Asamblea General, Sesiones Ordinarias y/o Extraordinarias; y correspondencia, así como el despacho de la misma. c) Extender las Certificaciones que corresponda despachar de acuerdo con las normativas aplicables y este Estatuto. d) Tener a su cargo la custodia de los Archivos, Sellos y demás Documentación de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. e) Suscribir conjuntamente con el Presidente todas las actas correspondientes. f) Organizar cada año el Informe de Gestión. DEL PROSECRETARIO.Art.12.- Son obligaciones del Prosecretario, subrogar al Secretario en caso de ausencia temporal o definitiva, y cumplir con todas las obligaciones asignadas al Secretario. DEL TESORERO.Art. 13.- Son obligaciones del Tesorero: a) Recaudar los fondos de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo, custodiar, remitir las aportaciones correspondientes a los diferentes Organismos y coordinar con el Presidente la Administración de los Fondos de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo.
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b) Facilitar el Egreso de Caja, Fiscalizaciones y Cuotas que exigiere la Ley, previo la autorización del Presidente de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. c) Firmar y pagar los Egresos ordenados por el Presidente. d) Mantener un Inventario de los bienes que son Propiedad de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. e) Presentar Informes Mensuales de su Gestión en las Sesiones Ordinarias y/o Extraordinarias de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. f) Llevar los libros que sean necesarios de acuerdo con el Ordenamiento Jurídico Aplicable. g) Ingresar y Retirar Fondos conjuntamente con el Presidente. h) Suscribir todos los documentos que reflejen movimientos Económicos de los Fondos de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. i) Verificar que los recibos de los Egresos estén debidamente llenados y justificados. j) En caso de ausencia temporal o definitiva del Tesorero, le subrogará el Comisario Revisor. DEL COMISARIO REVISOR.Art.14.- Son obligaciones del Comisario Revisor: a) Vigilar por el buen uso de los Recursos Económicos dela Asociación de Empleados y Trabajador del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. b) Realizar Arqueos de Caja conjuntamente con el Presidente a la Tesorería de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. c) Poner en conocimiento de los Miembros de la Asociación semestralmente en sesión Ordinaria y/o Extraordinaria el otorgamiento de Préstamos. d) Solicitar a Tesorería el Informe Mensual del manejo de los Fondos de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. e) Presentar el informe correspondiente al año de Gestión, en la Asamblea General. f) Subrogar al Tesorero en caso de ausencia temporal o definitiva. DE LOS VOCALES.Art.15.- Son obligaciones de los Vocales: a) Reemplazar al Vicepresidente en caso de ausencia temporal o definitiva, de acuerdo al Orden de Elección. b) Asistir puntualmente a las Sesiones Ordinarias y/o Extraordinarias convocadas y a la Asamblea General. g) El Primer Vocal Principal y su respectivo Suplente serán los encargados de las Actividades Sociales, y el Segundo Vocal Principal y su respectivo Suplente de las Actividades Deportivas que organicen la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. c) Cumplir con las Comisiones y Obligaciones que les encomendare la Directiva. d) CAPÍTULO IV.- DE LOS SOCIIOS.Art.16.- Es obligación de los Miembros de la Asociación de Empleados de Trabajadores a su ingreso, abonar Veinte (20,00 U.S.D.) Dólares, valor que será descontado en el Rol de Pagos en cuotas durante Cuatro (4) Meses. Adicionalmente se igualará al valor que al momento de ingreso tengan los socios como derechos y acciones. Art.17.- A los miembros de la Asociación de Empleados y Trabajadores se les descontará mensualmente de sus haberes el valor de DOS (2,00 U.S.D.) Dólares, dicho descuento ingresará para fondos de la Asociación, para los fines que resuelva la Asamblea General y/o la Sesión Ordinaria y/o Extraordinaria. Este fondo no es reembolsable. 3
Art.18.- Los fondos de ayuda serán entregados a los Miembros de la Asociación en los siguientes casos: a) Por Mortuoria será de USD 300,00 dólares más una ofrenda floras y se entregará en caso de: fallecimiento del Socio, Padres, Hijos y Cónyuge. b) Por Intervenciones Quirúrgicas Mayores, cuyo reposo sea más de 5 días con certificado médico del socio, cónyuge, hijos mayores de 18 años, y padres de los socios solteros, la ayuda será de Cien (100,00 U.S.D. ) Dólares. c) Por Natalicio de un Hijo del Socio dentro de matrimonio, unión libre estable y monogámica se entregará al momento de conocer este acontecimiento Cincuenta (50,00 U.S.D.) Dólares. d) Por calamidad doméstica o casos fortuitos del Socio (robo de domicilio o vehículo, accidente de tránsito o de trabajo, incendio9 se entregará cincuenta (50,00 U.S.D.) Dólares. Art.19.- Para la entrega de los fondos de ayuda se procederá a descontar en forma inmediata del Rol de Pagos a cada uno de los Socios, de acuerdo para el caso que se requiera y previo el conocimiento de los Asociados. Art.20.- Los valores que ingresaron a la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo por cualquier otro concepto diferente a las aportaciones indicadas en los Artículos: 16 y 17, exceptuándose los expresados en el Artículo 18 y los Fondos de Capitalización pasarán a formar parte de los Recursos Económicos de la Asociación, incluyéndose las multas impuestas a los Socios de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo. Art.21.- Si un Socio se separa voluntariamente de la Asociación, tendrá derecho a reclamar las cuotas que ha aportado, a excepción de las cuotas no reembolsables (ingreso y cuotas extras). Art.22.- La Sesión Ordinaria y/o Extraordinaria de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo, fijará el Monto de Viáticos y/o Subsistencias a entregarse a las personas sean de la Directiva o Delegados que tengan que trasladarse en Comisión, el cual se establecerá en base al lugar de destino, quienes posteriormente presentarán su Informe por Escrito de la Gestión Realizada. CAPÍTULO V.- DE LAS SANCIONES. Art.23.- A la Directiva en caso de inasistencia a la Asamblea General, Sesiones Ordinarias y/o Extraordinarias, incluidas Comisiones que se les encargaren, se les multará con Diez (10,00 U.S.D.) Dólares, en caso de que no justifiquen su falta. Art.24.- A los Socios la no concurrencia a la Asamblea General, Sesiones Ordinarias y/o Extraordinarias, será sancionado con cinco (5,00 U. S. D.) Dólares, estableciéndose 5 minutos de espera para el inicio de la Sesión, se considerará Atraso hasta las 16H00 y pagará Dos dólares Cincuenta (2,50 U.S.D.) Centavos de Dólar, y por Abandono de la Sesión sin Justificación Alguna pagará tres (3,00 U.S.D.) Dólares, siempre que el Socio no justifique su inasistencia. Art.25.- El Socio que no concurriere a Cinco (5) Sesiones Ordinarias consecutivas o Siete (7 Ordinarias y/o Extraordinarias alternadas justificadas o no de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo en el transcurso de un año, perderá la condición de tal y no tendrá derecho a reclamo posterior alguno con relación a los valores económicos aportados a la Asociación, previa notificación. Art.26.- El Socio que solicite permiso por asuntos personales para no asistir a la Asamblea General y Sesiones Ordinarias y/o Extraordinarias debidamente convocadas por la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo, lo hará de manera escrita y por lo menos con Cuatro (4) Horas de Anticipación, en al Secretaría de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo, en caso de motivos de trabajo justificará hasta en un máximo de Veinticuatro (24) Horas.
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Art.27.- Una vez que se comprobare que los Miembros de la Directiva han incumplido en sus funciones se les multará con Diez (10,00 U.S.D.) Dólares, y la remoción de sus funciones en caso de reincidencia o graves. CAPÍTULO VI.- DE LAS CONVOCATORIAS. Art.28.- El Presidente de la Asociación convocará a Asamblea General una vez al Año, Sesiones Ordinarias el Primer miércoles de cada Mes, a las 15H30, y Extraordinariamente cuando haya pedido del 25% de los Miembros o la Directiva así lo requiera. CAPÍTULO VII.- DE LOS INTERESES GENERALES. Art.29.- El presente Reglamento Interno podrá ser reformado de acuerdo con la evolución y necesidades dela entidad, las reformas propuestas por la Directiva serán discutidas en Sesión Ordinaria de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo y aprobadas tácitamente. Art.30.- La presente reforma al Reglamento Interno, entrará en vigencia en cuanto la Sesión Ordinaria lo apruebe. Dado en la Sala de Sesiones de la Asociación de Empleados de Trabajadores del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Tisaleo, a los …………………. Del año dos mil doce.
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