REGLAMENTO INTERNO REAL ACADEMIA F.C

REGLAMENTO INTERNO REAL ACADEMIA F.C. TITULO I ARTÍCULO I. OBJETO El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización
Author:  Sara Segura Gil

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REGLAMENTO INTERNO

REAL ACADEMIA F.C. TITULO I ARTÍCULO I. OBJETO

El presente Reglamento de Régimen Interno tiene por objeto regular la organización y funcionamiento del club de Fútbol REAL ACADEMIA FUTBOL CAPITAL, en adelante REAL ACADEMIA F.C.,por ello, cualquier recomendación, norma, sanción o actuación emanada de la escuela, sólo tiene como finalidad contribuir a la adecuada formación de la personalidad u valores humanos de todos y cada uno de los integrantes de la misma, a través del fútbol. Para llevar a efecto este plan, el club ha creado una estructura organizativa compuesta por el Director Deportivo, Los Profesores y El Representante de los padres que, basándose en el objeto fundamental anteriormente expuesto y apoyándose en una serie de procedimientos de actuación, tienen a su cargo las siguientes responsabilidades básicas: 1.1) La formación técnica y táctica, como del carácter deportivo, de todos los componentes de los equipos a su cargo. 1.2) La gestión, seguimiento y control de equipos y jugadores, en todas las categorías y edades. 1.3) La representación del club. 1.4) Mantener el buen nombre y prestigio deportivo del club en cada categoría y competición en las que participe cualquier equipo a su cargo.

ARTÍCULO II. ÁMBITO DE APLICACIÓN El presente Reglamento será de aplicación en los siguientes ámbitos. A) PERSONAL 2.1) Los deportistas inscritos en la escuela desde la informatización de su inscripción hasta la salida. 2.2) A todo el personal técnico del club. 2.3) A todo los padres / madres o representante de los alumnos desde el momento de la inscripción del hijo/a hasta su salida, en aquellos aspectos que les sea aplicables. 2.4) Al personal auxiliar o de apoyo. 2.5) A todas aquellas personas o entidades que por cualquier motivo y temporalmente formen parte de la escuela. B) ESPACIAL 2.6) Las instalaciones deportivas donde se lleven a cabo los entrenamientos. 2.7) A Cualquier instalación deportiva, local, edificio o espacio a los que se desplacen los componentes del club en su totalidad o en parte, bien sea de modo esporádico o habitual para realizar las actividades deportivas.

C) NORMA GENERAL APLICABLE 2.8) A todos los efectos, el Director, los Profesores el Representante de los padres y jugadores serán responsables directos de las acciones posibles cometidas por sus familiares, amigos, conocidos o cualquier persona relacionada con ellos. El incumplimiento por parte de las personas enumeradas anteriormente de cualquiera de las obligaciones recogidas en el presente Reglamento y especialmente las relativas a: 2.9) El respeto y cumplimiento de las normas y reglamento de la competición. 2.10) La falta de dedicación y esfuerzo necesario para el desarrollo de la actividad deportiva. 2.11) El respeto de la imagen personal y del club. Facultará a la Escuela para imponer a la persona directamente responsable, las pertinentes sanciones, pudiendo incluso, y en casos de reiteración o extrema gravedad, expulsarle del equipo.

TITULO II. ESTRUCTURA La estructura de la Escuela de Fútbol LA REAL ACADEMIA F.C. Está conformada de la siguiente manera:

ARTÍCULO III. EL DIRECTOR DEPORTIVO FUNCIONES 3.1) Representar legalmente al club. 3.2) Presidir y dirigir las reuniones. 3.3) Promover convenios y actividades que fortalezcan la financiación del club. 3.4) Ordenar los gastos e inversiones en común de acuerdo con los demás miembros de la junta. 3.5) Comprobar la afiliación de los niños inscritos en la escuela a una entidad promotora de salud 3.6) Elaborar conjuntamente con los demás miembros de la junta directiva el cronograma anual de actividades. 3.7) Asistir a las reuniones a que haya sido convocado en representación del club. 3.8) Elaborar y presentar informes teniendo en cuenta los aspectos pedagógicos, administrativos y financieros desarrollados en el club. 3.9) Garantizar la armonía y el trabajo activo y participativo de la junta directiva así como la de los padres de los niños. 3.10) Promocionar y divulgar el programa del club. 3.11) Realizar las reclamaciones pertinentes ante la Liga o representantes de torneos a los que asista el club.

ARTICULO IV. LOS PROFESORES Los Profesores son aquellos miembros del club que desempeñan la función docente en el ámbito deportivo, y cuyo ejercicio se orientará a la realización de los fines educativos y deportivos establecidos en el ideario de la escuela.

A) DERECHOS 4.1) A ejercer sus funciones dentro del respeto al Ideario del club, en los equipos de trabajo a que se le destine. 4.2) A ser informados por el Director Deportivo a cerca de los asuntos que atañen al club en general y a ellos en particular. 4.3) A ser tratados con respeto por el resto de estamento e integrantes del club. 4.4) A utilizar los medios materiales e instalaciones del Club para cumplir los fines del mismo y con arreglo a las normas que regulen su uso. 4.5) A presentar peticiones, sugerencias y quejas de orden deportivo formuladas por escrito, ante los Órganos Unipersonales y Colegiados del club. 4.6) A recibir cumplidamente su remuneración económica.

B) DEBERES 4.6) 4.7) 4.8) 4.9) 4.10) 4.11) 4.12) 4.13) 4.14) 4.15) 4.16) 4.17) 4.18) 4.19)

Elaborar y realizar un programa para el desarrollo físico, social cognoscitivo de los niños. Formar cultura ciudadana fortaleciendo los Hábitos y valores a través de la actividad física. Elaborar conjuntamente con los demás miembros de la junta directiva el cronograma anual de actividades. Elaborar un plan general y específico de los contenidos. Llevar control de asistencia de los alumnos. Diligenciar fichas individuales de los niños. Promover festivales y encuentros deportivos. Asistir puntualmente a cada una de las sesiones programadas con traje deportivo adecuado. Velar por el buen uso de los materiales e instalaciones asignadas. Asistir a las reuniones programadas por el Director, Junta Directiva o Asamblea del club. Asistir puntualmente a las jornadas de capacitación. Representar la filosofía y valores del club. Fomentar el respeto entre los miembros del club. Aplicar el Régimen disciplinario de la escuela, en el nivel de su competencia.

ARTICULO V. DEL REPRESENTANTE DE LOS PADRES Elegido en Asamblea de Padres, convocada por el Director General de l club, tendrá a su cargo el cumplimiento de las siguientes funciones: 5.1)

5.2) 5.3)

5.4)

Asumir la representación del grupo ante el Director General del club, comunicándole los aspectos inherentes al funcionamiento de esta y apoyando las labores que de manera conjunta de adelanten en beneficio de los alumnos. Coordinar las diferentes acciones de tipo social, que busquen integrar al grupo entre si y con otras instituciones de similar orden. Servir de mediador en las diferencias que se presenten entre el Director General y el grupo que involucren el funcionamiento del club, inclusive garantizando el buen trato entre los participantes y un adecuado diálogo entre las partes, que permita llegar a acuerdos satisfactorios. En caso de incumplimiento de sus funciones o por renuncia voluntaria o retiro del club, el Director General podrá convocar a Asamblea de Padres que estos de su propio seno designen un reemplazo.

TITULO III. JUGADORES ARTICULO VI. JUGADORES

A) DERECHOS 6.1) El jugador tiene derecho a recibir una formación que asegure el pleno desarrollo de su personalidad. 6.2) Todos los deportistas tienen derecho a las mismas oportunidades de acceso a los distintos niveles deportivos. No habrá más limitaciones que las derivadas de su aprovechamiento o de sus aptitudes para el deporte. Para asegurar este derecho, el club de Fútbol se compromete a facilitar: 6.3) Un entrenador por equipo 6.4) Instalaciones deportivas adecuadas 6.5) A ser escuchado por su profesores, compañeros padres y demás miembros del club y a expresar con respeto sus opiniones 6.6) Un horario de entrenamiento 6.7) La participación de todos los equipos en Competiciones Oficiales. 6.8) La debida educación deportiva que contribuya a completar la formación integral del deportista. 6.9) A no ser discriminado por su condición social, raza, religión etc. 6.10) Todos los deportistas tienen derecho a que se respete su integridad física, moral y su dignidad personal, no pudiendo ser objeto de vejaciones físicas o morales. 6.11) Todos los deportistas están obligados al respeto de los derechos de los futbolistas que se establecen en la presente normativa interna.

B) DEBERES Los jugadores tienen los siguientes deberes: 6.12) Asistir a los entrenamientos previamente establecidos, esforzándose y obligándose a aprender y mejorar en todos los aspectos. 6.13) Durante partidos o entrenamientos se prohíbe el uso de radios o reproductores de música, portar aros, piercing, pendientes y similares que afecten o atenten su salud o su integridad personal. 6.14) Asistir con puntualidad a todos los entrenamientos o partidos a los que sean convocados por el entrenador, portando de forma obligatoria y correcta los uniformes oficiales del club. 6.15) Justificar las ausencias a los entrenamientos y partidos en aquellos casos en los que no pueda acudir, bebiéndolo comunicar a su entrenador con la debida antelación (un mínimo de dos días a la celebración del entrenamiento o partido), salvo causas de fuerza mayor. En el reglamento de Régimen Interno del club se consideran motivos justificados: a) Enfermedad b) Motivos familiares c) Motivos académicos. d) Aquellos otros que se establezcan y sean informados y debidamente justificados.

De todas formas el entrenador valorará el esfuerzo complementario del jugador en la asistencia a todos los entrenamientos, pudiendo ser determinante para convocatorias y titularidad en los partidos. * No se consideran motivos justificados:

-a) Los no incluidos en los anteriores -b) Prácticas en otras actividades 6.16) Utilizar un lenguaje apropiado y comportarse respetuosamente en entrenamientos, partidos y actividades programadas por el club. 6.17) Llegar puntual a la hora indicada tanto a los entrenamientos, partidos u otras actividades programadas por el club a los que sean convocados. 6.18) Cuidar el material deportivo del club y sus instalaciones haciendo un uso adecuado de los mismos. 6.19) No abandonar el banquillo tras ser sustituido salvo permiso del entrenador. 6.20) Comprometerse al desarrollo de la actividad deportiva durante toda la temporada, sin perjudicar los intereses deportivos del club. 6.21) Representar la filosofía de la escuela y fomentar sus valores y principios 6.22) Respetar las decisiones y criterios adoptados por los profesores y órganos del club. 6.23) No jugar, entrenar o hacer pruebas con otros clubes salvo autorización escrita por el Director Deportivo de la REAL ACADEMIA F.C

ARTÍCULO VII. PADRES Y O ACUDIENTES A) DERECHOS 7.1) A ser tratados con respeto por todos los miembros del club. 7.2) A ser escuchados y a utilizar los recursos y mecanismos establecidos para manifestar sus inquietudes y reclamaciones. 7.3) Los padres tienen derecho a ser informados de la marcha deportiva y del comportamiento de sus hijos.

B) DEBERES La inscripción de un jugador en el club supone el conocimiento y la aceptación por parte de los padres o acudientes del reglamento y demás normativas, así como procurar que sus hijos las respeten. 7.4) Al momento de la inscripción o al principio de cada año los padres o acudientes, facilitaran los documentos y autorizaciones pertinentes que el club les solicite. 7.5) Los padres o acudientes se responsabilizarán sobre la documentación solicitada por el club la cual debe ser veraz y de entregarla en los plazos estipulados. 7.6) Se comprometen a efectuar los pagos acordados y requeridos por el club en la forma y términos establecidos. 7.7) Mantendrán un comportamiento respetuoso con profesores, deportistas, demás padres y miembros del club. 7.8) Respetaran las decisiones y criterios de los profesores y disposiciones del club a través de sus órganos de gobierno. 7.9) Procurarán en la medida de sus posibilidades, acompañar a sus hijos y asumir su desplazamiento. 7.10) Deberán observar en los entrenamientos y partidos en las zonas establecidas. 7.11) Durante el desarrollo de los entrenamientos o partidos, incluido los descansos, se abstendrán en todo momento de ordenar, aconsejar o recomendar, tanto a los jugadores como a los entrenadores, acciones que sean competencia exclusiva del entrenador. 7.12) Hacer buen uso de las instalaciones en donde el club realice las actividades deportivas. 7.13) Estar atentos a la información emitida por el club a través de los medios de comunicación conocidos. 7.154 A participar en reuniones y actividades programadas por el club.

7.15) En reunión convocada por el Director Deportivo, deberán reunirse al principio de cada temporada y entre ellos elegirán un delegado, que asistirá a las reuniones a las que sea convocado, como vínculo entre los padres y la Junta Directiva.

TITULO IV. LAS FALTAS. Las faltas pueden ser: Faltas leves, faltas graves y faltas muy graves ARTICULO VIII. FALTAS LEVES 8.1) Las faltas injustificadas de puntualidad 8.2) Las faltas injustificadas, no reiteradas de asistencia a entrenamientos, partidos o actividades programadas por el club. 8.3) La no comunicación a su entrenador de cualquier anomalía o falta de asistencia a entrenamientos y partidos con la suficiente antelación cuando aquello sea posible. 8.5) La actitud pasiva e indiferente en entrenamientos y partidos. 8.6) La falta de respeto a sus compañeros o entrenador que se lleven a cabo en entrenamientos, partidos y desplazamientos o con otros jugadores, árbitros, etc. 8.7) Los actos de indisciplina, injuria u ofensa no graves. 8.8) Cualquier acto injustificado que altere levemente el normal desarrollo de las actividades del Club. 8.9) No portar el uniforme oficial de entrenamiento o de competencia el día correspondiente. 8.10) No aceptar las órdenes o indicaciones de los profesores. 8.11) No llevar puesta la sudadera oficial a los partidos o actividades programadas por el club. 8.12) realizar entrenamientos con piercing, aretes o cualquier otro tipo de accesorios que atenten contra la integridad física y la salud de los deportistas. 8.13) Cambiar de posición en partidos oficiales.

ARTICULO IX. FALTAS GRAVES. 9.1) Las faltas injustificadas reiteradas de asistencia a entrenamientos y partidos. 9.2) La reiterada y continua falta de respeto con compañeros o entrenador, así como cualquier comportamiento incorrecto y falto de respeto de carácter grave que se lleven a cabo en entrenamientos, partidos y desplazamientos o con otros jugadores, árbitros, etc. 9.3) Los actos de indisciplina, injuria u ofensa grave a los miembros del club y otros en deterioro de la imagen del mismo. 9.4) Abandonar el banco después de ser sustituido en un partido. 9.5) La agresión física grave a miembros del club o de otros clubes, así como a los árbitros, espectadores, etc. 9.6) Los actos injustificados que alteren gravemente el normal desarrollo de las actividades del club. 9.7) La reiterada y sistemática comisión de faltas leves en una misma temporada deportiva. 9.8) Dañar el material de entrenamiento o las instalaciones deportivas. 9.9) No seguir las indicaciones u órdenes de los profesores de forma reiterativa.

ARTICULO X. FALTAS MUY GRAVES. 10.1) Los actos de indisciplina, injuria u ofensa muy graves contra los miembros del club u otros en deterioro de la imagen del club. 10.2) La agresión física o verbal a miembros del club o de otros clubes, así como a los árbitros, espectadores, etc.

10.3) La comisión de dos (2) faltas graves durante una misma temporada deportiva. 10.4) Asistir a entrenamientos partidos u otras actividades programadas por el club bajo el efecto del alcohol o sustancias alucinógenas. 10.5) Portar, vender o consumir bebidas alcohólicas, sustancias psicoactivas o cualquier tipo de droga prohibida en lugares donde se represente al club. 10.6) Hurtar o apropiarse de dineros u objetos ajenos. 10.7) Usar el nombre del club con fines económicos o beneficio propio sin autorización escrita del representante del club.

TITULO V. SANCIONES ARTICULO XI. PARA FALTAS LEVES 11.1) Amonestación verbal por parte del profesor y que será comunicada a los padres. 11.2) El deportista deberá cumplir alguna tarea o función específica (servicio social para resarcir su falta) 11.3) ) El director Deportivo dependiendo de la falta podrá imponer una sanción u suspensión de la práctica deportiva o partido por un tiempo no superior a 8 días. ARTICULO XII. PARA FALTAS GRAVES. 12.1) Se realizará un informe detallado por parte del profesor correspondiente y del Coordinador sobre dicha conducta el cual reposara en la ficha del jugador. 12.2) Suspensión del derecho de práctica deportiva y o partidos por un periodo de tiempo no superior a 15 días. 12.3) El deportista deberá cumplir alguna tarea o función específica (servicio social para resarcir su falta) 12.4) Dependiendo de la falta el deportista deberá firmar un acta en donde se compromete a cambiar su aptitud. 12.5) Si la falta acarrea consecuencias económicas el padre o representante del deportista deberá responder por ellas.

ARTICULO XIII. PARA FALTAS MUY GRAVES 13.1) Perdida del derecho a la práctica deportiva por un periodo entre 30 días y una temporada deportiva. 13.2) expulsión definitiva del club.

ARTÍCULO XIV. COMPETENCIA PARA LA IMPOSICIÓN DE SANCIONES 14.3) El Comité de Disciplina está integrado por los siguientes miembros: - El Director Deportivo - Los Profesores - El Delegado de los Padres. 14.1 El Director deportivo y los Profesores, serán el encargado de establecer las sanciones para l las faltas clasificadas como leves y graves dando cuenta de ello al Reglamento de Régimen Interno del club LA REAL ACADEMIA F.C. 14.2) En las sanciones de las faltas muy graves, la decisión será tomada por el comité de disciplina.

ARTÍCULO XV. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR 15.1) En las faltas muy graves, el Comité de Disciplina dará audiencia al jugador, a sus padres o representantes legales o cuantas personas a su juicio, puedan aportar datos , para ser escuchados y evaluar las circunstancias del hecho. 15.2 El comité de disciplina elaborar un informe en el menor plazo posible y en todo caso no superar los diez días hábiles, desde que se tuviera conocimiento de la falta. 15.3 Posteriormente, se dará audiencia al jugador y, si es menor de edad, a sus padres, comunicándoles las faltas que se le imputan y la sanción acordada por escrito. El 15.5 En el momento de decidir la resolución del expediente disciplinario, y a los efectos de graduar la aplicación de las sanciones que proceden, se tendrán en cuenta las circunstancias personales, familiares y sociales del jugador. 15.6 La resolución del expediente deberá producirse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de iniciación del mismo. 15.7 Las sanciones impuestas podrán ser recurridas ante la Junta Directiva en un término no superior a 8 días hábiles.

TITULO VI. REGIMEN ECONÓMICO ARTICULO XVI. MENSUALIDADES.

16.1) LA REAL ACEDEMIA F.C. Ha establecido para su funcionamiento el cobro de una mensualidad. 16.2) La mensualidad se pagará a través de los medios que el club establezca y dentro de los primeros tiempos establecidos. 16.3) Los torneos, uniformes, transportes y demás gastos consecuencia de actividades complementarias o diferentes a entrenamientos serán asumidos en su totalidad por los padres, excepto que por iniciativa propia o a través de un tercero la escuela decida asumirlos de forma parcial o total. 16.4) El club podrá suspender el ingreso a los partidos o entrenamientos por el no pago de la mensualidad. 16.5) Los padres o acudientes asumirán el pago de las multas por mal comportamiento de las barras.

ARTICULO XVII. PREMIOS 17.1) Los premios en efectivo o en especie producto de torneos serán propiedad de La escuela. 17.2) Los trofeos, y similares formaran parte de la galería de la Escuela, excepto los trofeos de goleador, valla menos vencida y medallas, las cuales se le asignaran a los deportistas que en buen derecho las ganen.

ARTICULO XVIII. RECONOCIMIENTOS. Dentro de sus políticas de apoyo a niños y jóvenes con excelentes condiciones deportivas, gran espíritu combativo y seres humanos con grandes valores ha creado los siguientes

reconocimientos e incentivos. 18.1) BECA: exime al deportista de escasos recursos, del pago de la cuota de mensualidad y otros gastos. 18.2) ½ BECA: exime al deportista del pago del 50% de la cuota de mensualidad y otros gastos. 18.3) Reconocimiento público a deportista cuyas acciones dejan en alto el nombre de la Escuela. 18.4) Mención de honor: Reconocimiento que exalta a los deportistas con grandes valores éticos y morales.

NOTA: Este reglamento está sujeto a modificaciones de acuerdo a situaciones que no estén contempladas dentro del mismo.

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