RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA No. 17 GADMP-A 2016 EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PALLATANGA CONSIDERANDO:

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ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

REGISTRO N°: 1 de 61

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA No. 17 GADMP-A 2016

EL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PALLATANGA

CONSIDERANDO:

Que,

los artículos 238 de la Constitución de la República del Ecuador y 53 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización establecen que los Gobiernos autónomos descentralizados municipales gozan de autonomía funcional, económica y administrativa;

Que,

el Art. 240 de la Constitución de la República del Ecuador establece que los gobiernos autónomos descentralizados cantonales, tendrán facultades legislativas en el ámbito de sus competencias.

Que,

la Constitución de la República en el Art. 264 establece las competencias exclusivas de los gobiernos autónomos descentralizados y el Art. 238 determina que los Gobiernos Autónomos Descentralizados, gozarán de autonomía política administrativa y financiera;

Que,

el Art. 5, tercer inciso, del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, COOTAD, manifiesta que: “La autonomía administrativa de los gobiernos autónomos descentralizados consiste en el pleno ejercicio de la facultad de organización y de gestión de sus talentos humanos y recursos materiales para el ejercicio de sus competencias y cumplimiento de sus atribuciones, en forma directa o delegada, conforme a lo previsto en la Constitución y la ley”;

Que,

el Art. 7, primer inciso del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización reconoce a los Concejos Municipales, “… la capacidad para dictar providencias normas de carácter general, a través de ordenanzas, acuerdos y resoluciones, aplicables dentro de su circunscripción territorial”;

Que,

el Art. 53, primer inciso del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, COOTAD, establece que los gobiernos autónomos descentralizados municipales, “… son personas jurídicas de derecho público, con autonomía política administrativa y financiera…”;

Que,

el Art 338 del COOTAD, indica que: “… Cada gobierno regional, provincial, metropolitano y municipal tendrá la estructura administrativa que requiera para el cumplimiento de sus fines y el ejercicio de sus competencias y 1

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funcionará de manera desconcentrada. La estructura administrativa será la mínima indispensable para la gestión eficiente, eficaz y económica de las competencias de cada nivel de gobierno….”; Que,

el Art. 51, último inciso, de la Ley Orgánica del Servicio Público establece que: “Corresponde a las unidades de administración del talento humano de los gobiernos autónomos descentralizados, sus entidades y regímenes especiales, la administración del sistema integrado de desarrollo del talento humano en sus instituciones, observando las normas técnicas expedidas por el Ministerio de Relaciones Laborales como órgano rector de la materia. Dependerán administrativa, orgánica, funcional y económicamente de sus respectivas instituciones. El Ministerio de Relaciones Laborales no interferirá en los actos relacionados con dicha administración ni en ninguna administración extraña a la administración pública central e institucional.”;

Que,

es necesario reformar la estructura organizacional del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pallatanga, alineada a la naturaleza y especialización de la misión consagrada en su base legal constitutiva, que contemple principios de organización y de gestión institucional pública eficiente, eficaz, con participación social, articulación intergubernamental y transparencia; y,

Que,

de conformidad con el Art. 57 literal f) en concordancia con el Art. 60 literal i), del Código Orgánico de Ordenamiento Territorial, COOTAD, en sesión ordinaria efectuada el día jueves 11 de febrero de 2016, el Concejo Municipal en Pleno conoció la Estructura Orgánica Funcional por Procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga;

Que,

de conformidad con el Art. 60 literal j), del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), le corresponde al alcalde o alcaldesa “Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; expedir, previo conocimiento del concejo la estructura orgánico – funcional del gobierno autónomo descentralizado municipal…”; y,

En uso de las facultades y atribuciones. RESUELVE: EXPEDIR: EL ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PALLATANGA 2

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CAPITULO I

DEL DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO Y ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Artículo 1. Estructura Organizacional. La estructura Organizacional del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga se sustenta en su direccionamiento estratégico, así como en las distribuciones y competencias establecidas en la Constitución de la Republica, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización –COOTAD y demás cuerpos legales que regulan la gestión de los Gobiernos Autónomos Descentralizados Municipales. Artículo 2. Misión. Promover del desarrollo integral del cantón, mediante alianza estratégica que coordine y articule acciones, para establecer operaciones encaminadas al desarrollo socioeconómico, cultural, ambiental y de infraestructura, así ofrecer a sus habitantes servicios de eficiencia y de calidad, a través del fortalecimiento del sistema de participación ciudadana. Artículo 3. Visión. “Hacer de GADM Pallatanga una organización objetiva, eficaz, descongestionada, participativa, un ejemplo de desarrollo, que gestione productos y servicios de calidad competitivo en el escenario nacional e internacional”. Artículo 4. Objetivos Estratégicos Objetivo 1 Promover el ejercicio de los derechos de ciudadanos y ciudadanas, mediante la distribución equitativa de los ingresos, creando oportunidades, acceso a los recursos y servicios para superar la pobreza. Objetivo 2 Brindar servicios continuos de calidad, de manera que las actividades realizadas por GAD cantonal posibiliten el desarrollo de la población. Objetivo 3 Potenciar y otorgar los espacios de encuentro común a la ciudadanía un sentido de participación igualitaria y activa en la construcción de proyectos colectivos que involucren los intereses comunes. Objetivo 4 Establecer un gobierno solidario y transparente que origine la cooperación de los trabajadores, funcionarios y la ciudadanía en la ejecución de programas y proyectos de desarrollo. 3

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Objetivo 5 Promover la planificación cantonal con el objetivo de optimizar los recursos en la infraestructura física, en el desarrollo cantonal, seguridad ciudadana, control operativo, espacios y equipamiento público para el cumplimiento de sus metas en beneficio del cantón. Objetivo 6 Promover actividades de gestión para eventos sociales, culturales y deportivos que involucre a habitantes del cantón. Artículo 5. Principios y valores El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga basará su gestión en los siguientes principios y/o valores: Responsabilidad. Asumir con prestancia a las inquietudes y necesidades de la población de Pallatanga por medio de aplicación de estrategias que permita mejorar los rendimientos en el tiempo y uso de los recursos propios de la institución. Calidad de Bienes y Servicios. Satisfacer las expectativas de los pobladores del cantón en el menor tiempo al menor costo, implementando programas y servicios públicos, en función de la demanda de la población. Trabajo en Equipo, dinamismo y creatividad de las autoridades y servidores para fortalecer la participación y apoyo mutuo que posibilite solución de los problemas y demandas de la ciudadanía. Transparencia. Las decisiones y actuaciones de las autoridades y funcionarios están basados en la verdad por lo tanto la trasparencia debe ser reciproca de la población del cantón. Respeto Mutuo. El trato de las autoridades y funcionarios de la municipalidad con cortesía, respeto y consideración de los demás.

TITULO II

DE LOS PUESTOS DIRECTIVOS Y DEL COMITÉ DE GESTION DE CALIDAD DE SERVICIO Y EL DESARROLLO INSTITUCIONAL Artículo 6. Los puestos directivos. Los puestos directivos establecidos en la estructura organizacional son: a)

Concejo Municipal 4

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b) c)

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Alcalde / Alcaldesa Vicealcalde / Vicealcaldesa

Artículo 7. Del Concejo Municipal. De conformidad con el artículo 56 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía Descentralización, el Concejo Municipal es el órgano de legislación y fiscalización del Gobierno Autónomo Descentralizado. Está integrado por el alcalde o alcaldesa, que lo presidirá con voto dirimente, y por los concejales y concejalas elegidos por votación popular, de conformidad prevista en la ley de materia electoral. Las Comisiones del GAD Municipal del cantón PALLATANGA son permanentes, están establecidas, de acuerdo con los Art. 326 y 327 del COOTAD y mediante expedición de la respectiva resolución de Concejo, serán: a) Comisión de Mesa b) Comisión de Planificación y Presupuesto c) Comisión de Legislación y Fiscalización d) Comisión de Igualdad y Género e) Comisión de Seguridad y Orden Público f) Comisión Ambiente , Producción y Recursos Naturales g) Comisión de Participación Ciudadana Las mencionadas comisiones estarán conformadas por los Concejales del Cantón. Artículo 8. De la Alcaldía. De conformidad con el artículo 59, del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización el alcalde o alcaldesa es la primera autoridad del ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado municipal, elegido por votación popular, de acuerdo con los requisitos y regulaciones prevista en la Ley de la materia electoral. Artículo 9. De la Vicealcalde o Vicealcaldesa. De conformidad con el Art. 61 del Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización, es la segunda autoridad del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal elegido por el concejo municipal de entre sus miembros. Su designación no implica la perdida de la capacidad de concejal o concejala. Remplazara al Alcalde o Alcaldesa en caso de ausencia y en los casos expresamente previstas en la ley. Artículo 10. Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional. El Gobierno Municipal de Pallatanga de conformidad a lo dispuesto en el Art. 138 del Reglamento General a la Ley Orgánica del Servicio Público, así como en el Art. 7 de la Norma Técnica para la Certificación de Calidad de Servicio Público , publicado en el Registro Oficial No. 707 de 18 de mayo del 2012, mantiene un Comité de Gestión de Calidad de Servicio y el Desarrollo Institucional conformado por la autoridad nominadora o su delegado, quien lo presidirá, responsable del proceso de

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Gestión Estratégica, una o un responsable de cada uno de los procesos; y, la o responsable de la Unidad Administrativa de Talento Humano (UATH). El Comité de Gestión de Desarrollo Institucional, a más de lo establecido en el Art. 138 del Reglamento de la LOSEP y el Art. 7 de la Norma Técnica para la Certificación de Calidad de Servicio Público, tendrá las siguientes responsabilidades: a. Proponer, monitorear y evaluar la aplicación de las políticas, normas y prioridades relativas al mejoramiento de eficiencia institucional; b. Establecer indicadores de gestión, orientados a identificar el nivel de eficacia, eficiencia, efectividad y productividad institucional; c. Analizar, discutir y consensuar los parámetros establecidos en la Norma Técnica para la Certificación de Calidad de Servicio Público; d. Participar de manera permanente y en especial durante el proceso de evaluación de la conformidad y autoevaluación de los indicadores semestrales y anuales de la gestión institucional, e. Analizar los indicadores de los resultados de evaluación y la formulación de programas de mejoramiento de la gestión institucional; y, f. Las de más atribuciones que le asigne el Alcalde, dentro del ámbito de sus competencias. TITULO III DE LA GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

Artículo 11. Niveles Administrativos.- Para el cumplimiento de sus funciones, atribuciones y responsabilidades el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal del Cantón Pallatanga, estará integrado por los siguientes niveles técnicoadministrativos: 1. 2. 3. 4. 5.

Gobernante. Habilitante Asesor. Habilitante de Apoyo. Operativo o Agregador de Valor. Desconcentrado.

Artículo 12. Nivel Gobernante.- Está constituido por las tres funciones: Legislativo, Ejecutivo y Transparencia y Control Social. Artículo 13. El concejo municipal, es el órgano de legislación y fiscalización del gobierno autónomo descentralizado municipal. Estará integrado por el alcalde o alcaldesa, que lo presidirá con voto dirimente, y por los concejales o concejalas 6

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elegidos por votación popular, de conformidad con lo previsto en la ley. En la elección de los concejales o concejalas se observará la proporcionalidad de la población urbana y rural prevista en la Constitución y la ley1. Artículo 14. El alcalde o alcaldesa, es la primera autoridad del ejecutivo del gobierno autónomo descentralizado municipal, elegido por votación popular de acuerdo con los requisitos y regulaciones previstas en la ley de la materia electoral.2 Artículo 15. Transparencia y Control Social. La función antes referida tiene los siguientes objetivos:3 1. Promover e impulsar el control de las entidades y organismos del sector públi co, y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten ser vicios o desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con responsabilidad, transparencia y equidad. 2. Fomentar e incentivar la participación ciudadana. 3. Proteger y promover el ejercicio de los derechos. 4. Prevenir y combatir la corrupción. Artículo 16. El Nivel Asesor.- El Nivel Asesor constituye la instancia consultiva de organismos, autoridades y dependencias del Concejo Municipal, su relación de autoridad es indirecta respecto a las unidades de línea u operativas, su función se canaliza por intermedio del Alcalde, el mismo que aprueba o modifica: planes, programas, proyectos, informes y en general los trabajos que presentan las dependencias que integran este nivel:     

Procuraduría Síndica; Asesoría; Consejo Cantonal de Planificación; Comunicación; y, Auditoría Interna.

Artículo 17. El Nivel de apoyo.- El Nivel Habilitante o de Apoyo constituye la instancia de soporte en la ejecución de los procesos institucionales, procurando facilitar el cumplimiento de las metas, lo conforman los estamentos que a continuación se detallan:  Dirección Financiera; 1

Artículo 56 COOTAD Artículo 59 COOTAD 3 Artículo 4 LEY ORGÁNICA DE LA FUNCIÓN DE TRANSPARENCIA Y CONTROL SOCIAL 2

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 

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Secretaría General, Documentación y Archivo; y, Dirección Administrativa.

Artículo 18. El Nivel Operativo Agregador de Valor.- El Nivel Operativo Agregador de Valor es responsable directo de la ejecución de planes, programas, proyectos y prestación de servicios a la comunidad. , la conforman:   

Dirección de Obras Públicas; Dirección de Planificación y Ordenamiento Territorial; y, Registro de la Propiedad del cantón Pallatanga.

Artículo 19. El Nivel Desconcentrado. Son las entidades adscritas al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, que facilitan algunos procesos que por sus características demandan de personal y conocimientos especializados. Lo conforman: Lo conforman:     

El Consejo Cantonal de Protección de los Derechos; Consejos Temáticos; El Cuerpo de Bomberos; Las Mancomunidades; y, La EMMAI / DCP. TITULO IV

Artículo 20. La Estructura Básica Aliada a la Misión. La Estructura Organizacional del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga comprende los siguientes niveles de procesos: 1. PROCESOS GOBERNANTES.- Son aquellos que proporcionan políticas, directrices y planes estratégicos para el funcionamiento de la Institución y son realizados por el concejo y/o la máxima autoridad. 1.1 Concejo Municipal. 1.2 Alcaldía 2. PROCESOS AGREGADORES DE VALOR.- Procesos Agregadores de Valor.- Son los procesos esenciales de la institución, destinados a llevar a cabo las actividades que permitan ejecutar efectivamente la misión, objetivos estratégicos y políticas de la institución. 2.1 DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS.- Se encuentra integrada con las instancias: 8

siguientes

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2.1.1 Unidad de Fiscalización 2.1.2 Unidad de Obras Civiles y Mantenimiento Vial. 2.1.2.1 Unidad de Talleres y Equipo Caminero Pesado 2.1.3 Jefatura de Agua Potable y Alcantarillado 2.2 DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN TERRITORIAL Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL.- Se encuentra integrada con las siguientes instancias de: 2.2.1 2.2.1.1 2.2.1.2 2.2.1.3 2.2.2. 2.2.2.1

Jefatura de Desarrollo Local Gestión Ambiental, Áridos y Pétreos Turismo y Producción Gestión Social, Cultural y Deportes Unidad de Ordenamiento Territorial Patrimonio Cultural

2.2.3

REGISTRO DE LA PROPIEDAD

2.2.4

GESTIÓN DE RIESGOS

3 PROCESOS HABILITANTES.- Son aquellos que apoyan a los procesos gobernantes y sustantivos, se encargan de proporcionar personal competente, reducir los riesgos del trabajo, preservar la calidad de materiales, equipos y herramientas. Así mismo, incluyen aquellos procesos que proveen servicios legales, contables, financieros y de comunicación. 3.1

PROCESOS DE HABILITANTES DE ASESORÍA

3.1.1 3.1.2 3.1.3 3.1.4 3.1.5

Procuraduría Síndica. Asesoría Consejo Cantonal de Planificación. Auditoría Interna. Comunicación Social

3.2 PROCESOS HABILITANTES DE APOYO 3.2.1 DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA 3.2.1 Unidad de Compras Públicas 3.2.2 Unidad de Servicios Públicos 3.2.2.1 Administrador de Plazas y, Mercado, Camal y Cementerio Municipal 3.2.2.2 Biblioteca 9

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3.2.2.3 Comisaría 3.2.3 Unidad de Tecnologías de Información Comunicación 3.2.4 Jefatura de Talento Humano 3.2.4.1 Unidad de Seguridad e Higiene del Trabajo 3.3 DIRECCIÓN FINANCIERA 3.3.1 3.3.2 3.3.3 3.3.4 3.3.5

Unidad de Presupuesto Unidad de Rentas Unidad de Bodega Jefatura de Contabilidad Jefatura de Tesorería Municipal

3.4 SECRETARÍA GENERAL Información, Documentación y Archivo 4

INSTITUCIONES ADSCRITAS

4.1 4.2 4.3 4.4

CUERPO DE BOMBEROS CONSEJO CANTONAL DE PROTECCIÓN DE DERECHOS EMPRESA PÚBLICA MUNICIPAL MANCOMUNADA DE ASEO INTEGRAL CONSEJO CANTONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA

Artículo 21. Representaciones gráficas. Se definen las siguientes representaciones gráficas PROCESOS GOBERNANTE

HABILITANTES DE ASESORIA

HABILITANTES DE APOYO

EQUIPOS INTEGRANTES CONCEJO ALCALDÍA PROCURADURIA SINDICA ASESORÍA CONSEJO CANTONAL DE PLANIFICACIÓN AUDITORIA INTERNA COMUNICACIÓN SOCIAL SECRETARIA GENERAL

GESTIÓN ADMINISTRATIVA 10

SUBPROCESOS Comisiones Permanentes y Especiales

Secretaría General Archivo General Ventanilla única Unidad de Compras Públicas Unidad de Servicios Públicos

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GESTION FINANCIERA

AGREGADORES DE VALOR

GESTION DE PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO LOCAL

GESTION DE OBRAS PUBLICAS

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Unidad de Tecnologías de la Información Comunicación Jefatura de Talento Humano Seguridad y Salud Ocupacional Unidad de Presupuesto Unidad de Rentas Unidad de Bodega Jefatura de Contabilidad Jefatura de Tesorería Unidad de Gestión Ambiental, Áridos y Pétreos Unidad de Turismo y Producción Unidad de Gestión Social, Cultura y Deportes Unidad Técnica de Ordenamiento Territorial y Patrimonio Cultural Jefatura de Tránsito, Transporte y Seguridad Vial Jefatura de Avalúos y Catastros Unidad de Fiscalización Unidad de Obras Civiles y Mantenimiento Vial Jefatura de Agua Potable y Alcantarillado

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a) CADENA DE VALOR

PROCESOS AGREGADORES DE VALOR NECESIDADES, DERECHOS, PROYECTOS DE DESARROLLO Y REGULACIONES GESTIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

ORDENANZAS, NORMAS, REGULACIONES, BIENES Y SERVICIOS DE LA SOCIED GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN Y DESARROLLO LOCAL

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SALIDAS

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MAPA DE PROCESOS

MAPA DE PROCESOS DEL CANTON PALLATANGA PROCESOS GOBERNANTES DIRECCIONAMIENTO ESTRATEGICO DE LA LEGISLACION Y FISCALIZACION DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PALLATANGA CONCEJO MUNICIPAL GESTION ESTRATEGICA PARA EL DESARROLLO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTONOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DEL CANTON PALLATANGA ALCALDIA

CLIENTES EXTERNOS

PROCESOS AGREGADORES DE VALOR

DIRECCIÓN DE OBRAS PUBLICAS

DIRECCION DE PLANIFICACION Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

CLIENTES EXTERNOS

REGISTRO MERCANTIL Y DE LA PROPIEDAD

CIUDADANIA DEL CANTON PALLATANGA

CIUDADANIA DEL CANTON PALLATANGA

PROCESOS HABILITANTES DE ASESORÍA PROCURADURÍA SINDICA ASESORÍA GENERAL AUDITORIA INTERNA COMUNICACIÓN SOCIAL CONSEJO CANTONAL DE PLANIF

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DE APOYO SECRETARIA GENERAL DIRECCION ADMINISTRATIVA DIRECCION FINANCIERA

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TULO V DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA DESCRIPTIVA Artículo 22. Misión, atribuciones y responsabilidades de los procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga. 1. PROCESOS GOBERNANTES DIRECCIONAMIENTO ESTRATÉGICO DE LA LEGISLACIÓN Y FISCALIZACIÓN DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MUNICIPAL DE PALLATANGA.

CONCEJO MUNICIPAL i.

Misión

Legislar, formular, conocer y aprobar las ordenanzas y regulaciones y, fiscalizar al Gobierno Autónomo Descentralizado de Pallatanga. ii.

Atribuciones y responsabilidades.

De conformidad con el artículo 57 del Código Orgánico de Organización Territorial de Autonomía y Descentralización, son las atribuciones del Concejo Municipal: a)

b) c) d)

e)

f) g)

El ejercicio de la facultad normativa en las materias de competencia del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, mediante la expedición de ordenanzas cantonales, acuerdos y resoluciones; Regular, mediante ordenanza, la aplicación de tributos previstos en la ley a su favor; Crear, modificar, exonerar o extinguir tasas y contribuciones especiales por los servicios que presta y obras que ejecute; Expedir acuerdos o resoluciones, en el ámbito de competencia del gobierno autónomo descentralizado municipal, para regular temas institucionales específicos o reconocer derechos particulares; Aprobar el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial formulados participativamente con la acción del consejo cantonal de planificación y las instancias de participación ciudadana, así como evaluar la ejecución de los mismos; Conocer la estructura orgánica funcional del gobierno autónomo descentralizado municipal; Aprobar u observar el presupuesto del gobierno autónomo descentralizado municipal, que deberá guardar concordancia con el plan cantonal de desarrollo y con el de ordenamiento territorial; así como garantizar una participación ciudadana en el marco de la Constitución y la ley. De igual forma, aprobará u 15

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h)

i)

j)

k)

l) m) n)

o) p) q) r)

s)

t)

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observará la liquidación presupuestaria del año inmediato anterior, con las respectivas reformas; Aprobar a pedido del alcalde o alcaldesa traspasos de partidas presupuestarias y reducciones de crédito, cuando las circunstancias lo ameriten; Autorizar la contratación de empréstitos destinados a financiar la ejecución de programas y proyectos previstos en el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en el monto y de acuerdo con los requisitos y disposiciones previstos en la Constitución, la ley y las ordenanzas que se emitan para el efecto; Aprobar la creación de empresas públicas o la participación en empresas de economía mixta, para la gestión de servicios de su competencia u obras públicas cantonales, según las disposiciones de la Constitución y la ley. La gestión de los recursos hídricos será exclusivamente pública y comunitaria de acuerdo a las disposiciones constitucionales y legales; Conocer el plan operativo y presupuesto de las empresas públicas y mixtas del gobierno autónomo descentralizado municipal, aprobado por el respectivo directorio de la empresa, y consolidarlo en el presupuesto general del gobierno municipal; Conocer las declaraciones de utilidad pública o de interés social de los bienes materia de expropiación, resueltos por el alcalde, conforme la ley; Fiscalizar la gestión del alcalde o alcaldesa del gobierno autónomo descentralizado municipal de acuerdo al presente Código; Destituir, con el voto conforme de las dos terceras partes de sus integrantes, al alcalde o alcaldesa, al vicealcalde o vicealcaldesa o concejales o concejalas que hubieren incurrido en una de las causales previstas en este Código, garantizando el debido proceso; Elegir de entre sus miembros al vicealcalde o vicealcaldesa del gobierno autónomo descentralizado municipal; Designar, de fuera de su seno, al secretario o secretaria del concejo, de la terna presentada por el alcalde o alcaldesa; Decidir la participación en mancomunidades o consorcios; Conformar las comisiones permanentes, especiales y técnicas que sean necesarias, respetando la proporcionalidad de la representación política y poblacional urbana y rural existente en su seno, y aprobar la conformación de comisiones ocasionales sugeridas por el alcalde o alcaldesa; Conceder licencias a sus miembros, que acumulados, no sobrepasen sesenta días. En el caso de enfermedades catastróficas o calamidad doméstica debidamente justificada, podrá prorrogar este plazo; Conocer y resolver los asuntos que le sean sometidos a su conocimiento por parte del alcalde o alcaldesa;

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u) Designar, cuando corresponda, sus delegados en entidades, empresas u organismos colegiados; v) Crear, suprimir y fusionar parroquias urbanas y rurales, cambiar sus nombres y determinar sus linderos en el territorio cantonal. Por motivos de conservación ambiental, del patrimonio tangible e intangible y para garantizar la unidad y la supervivencia de pueblos y nacionalidades indígenas, los concejos cantonales podrán constituir parroquias rurales con un número menor de habitantes del previsto en este Código; w) Expedir la ordenanza de construcciones que comprenda las especificaciones y normas técnicas y legales por las cuales deban regirse en el cantón la construcción, reparación, transformación y demolición de edificios y de sus instalaciones; x) Regular y controlar, mediante la normativa cantonal correspondiente, el uso del suelo en el territorio del cantón, de conformidad con las leyes sobre la materia, y establecer el régimen urbanístico de la tierra; y) Reglamentar los sistemas mediante los cuales ha de efectuarse la recaudación e inversión de las rentas municipales; z) Regular mediante ordenanza la delimitación de los barrios y parroquias urbanas tomando en cuenta la configuración territorial, identidad, historia, necesidades urbanísticas y administrativas y la aplicación del principio de equidad interbarrial; aa) Emitir políticas que contribuyan al desarrollo de las culturas de su jurisdicción, de acuerdo con las leyes sobre la materia; bb) Instituir el sistema cantonal de protección integral para los grupos de atención prioritaria; y, cc) Las demás atribuciones previstas en la Ley. Para el cumplimiento de las atribuciones y responsabilidades el Concejo Municipal de Pallatanga se establece las siguientes comisiones permanentes: Comisión Comisión Comisión Comisión Comisión Comisión Comisión

de Mesa de Planificación y Presupuesto de Legislación y Fiscalización de Igualdad y Género de Seguridad y Orden Público Ambiente , Producción y Recursos Naturales de Participación Ciudadana

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GESTIÓN ESTRATEGICA PARA EL DESARROLLO CANTONAL DEL GOBIERNO AUTÓNOMO DESCENTRALIZADO MINICIPAL DE PALLATANGA 1.1 i.

ALCALDÍA Misión

Ejercer el direccionamiento y el ordenamiento político-estratégico municipal y la rectoría, control y articulación de sus dependencias, orientadas a que el Gobierno Autónomo Descentralizado ofrezca servicios de calidad, calidez, oportunidad y eficiencia a las ciudadanas y ciudadanos del cantón. Este órgano está representado por el Alcalde o Alcaldesa ii.

Atribuciones y responsabilidades. Son atribuciones del Alcalde o Alcaldesa, de acuerdo lo que establece el Art. 60 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD, las siguientes:

a) Ejercer la representación legal del gobierno autónomo descentralizado municipal; y la representación judicial conjuntamente con el procurador síndico; b) Ejercer de manera exclusiva la facultad ejecutiva del gobierno autónomo descentralizado municipal; c) Convocar y presidir con voz y voto dirimente las sesiones del concejo municipal, para lo cual deberá proponer el orden del día de manera previa; d) Presentar proyectos de ordenanzas al concejo municipal en el ámbito de competencias del gobierno autónomo descentralizado municipal; e) Presentar con facultad privativa, proyectos de ordenanzas tributarias que creen, modifiquen, exoneren o supriman tributos, en el ámbito de las competencias correspondientes a su nivel de gobierno; f) Dirigir la elaboración del plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, en concordancia con el plan nacional de desarrollo y los planes de los gobiernos autónomos descentralizados, en el marco de la plurinacionalidad, interculturalidad y respeto a la diversidad, con la participación ciudadana y de otros actores del sector público y la sociedad; para lo cual presidirá las sesiones del consejo cantonal de planificación y promoverá la constitución de las instancias de participación ciudadana establecidas en la Constitución y la ley; g) Elaborar el plan operativo anual y la correspondiente proforma presupuestaria institucional conforme al plan cantonal de desarrollo y de ordenamiento territorial, observando los procedimientos participativos señalados en este Código. La proforma del presupuesto institucional deberá someterla a consideración del concejo municipal para su aprobación; 18

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h) Decidir el modelo de gestión administrativa mediante el cual deben ejecutarse el plan cantonal de desarrollo y el de ordenamiento territorial, los planes de urbanismo y las correspondientes obras públicas; i) Resolver administrativamente todos los asuntos correspondientes a su cargo; expedir, previo conocimiento del concejo, la estructura orgánico -funcional del gobierno autónomo descentralizado municipal; nombrar y remover a los funcionarios de dirección, procurador síndico y demás servidores públicos de libre nombramiento y remoción del gobierno autónomo descentralizado municipal; j) Distribuir los asuntos que deban pasar a las comisiones del gobierno autónomo municipal y señalar el plazo en que deben ser presentados los informes correspondientes; k) Sugerir la conformación de comisiones ocasionales que se requieran para el funcionamiento del gobierno municipal; l) Designar a sus representantes institucionales en entidades, empresas u organismos colegiados donde tenga participación el gobierno municipal; así como delegar atribuciones y deberes al vicealcalde o vicealcaldesa, concejalas, concejales y funcionarios, dentro del ámbito de sus competencias; m) Presidir de manera directa o a través de su delegado o delegada el consejo cantonal para la igualdad y equidad en su respectiva jurisdicción; n) Suscribir contratos, convenios e instrumentos que comprometan al gobierno autónomo descentralizado municipal, de acuerdo con la ley. Los convenios de crédito o aquellos que comprometan el patrimonio institucional requerirán autorización del Concejo, en los montos y casos previstos en las ordenanzas cantonales que se dicten en la materia; o) La aprobación, bajo su responsabilidad civil, penal y administrativa, de los traspasos de partidas presupuestarias, suplementos y reducciones de crédito, en casos especiales originados en asignaciones extraordinarias o para financiar casos de emergencia legalmente declarada, manteniendo la necesaria relación entre los programas y subprogramas, para que dichos traspasos no afecten la ejecución de obras públicas ni la prestación de servicios públicos. El alcalde o la alcaldesa deberán informar al concejo municipal sobre dichos traspasos y las razones de los mismos; p) Dictar, en caso de emergencia grave, bajo su responsabilidad, medidas de carácter urgente y transitorio y dar cuenta de ellas al concejo cuando se reúna, si a éste hubiere correspondido adoptarlas, para su ratificación; q) Coordinar con la Policía Nacional, la comunidad y otros organismos relacionados con la materia de seguridad, la formulación y ejecución de políticas locales, planes y evaluación de resultados sobre prevención, protección, seguridad y convivencia ciudadana; r) Conceder permisos para juegos, diversiones y espectáculos públicos, en las parroquias urbanas de su circunscripción, de acuerdo con las prescripciones de 19

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las leyes y ordenanzas sobre la materia. Cuando los espectáculos públicos tengan lugar en las parroquias rurales, se coordinará con el gobierno autónomo descentralizado parroquial rural respectivo; s) Organización y empleo de la policía municipal en los ámbitos de su competencia dentro del marco de la Constitución y la ley. t) Integrar y presidir la comisión de mesa; u) Suscribir las actas de las sesiones del concejo y de la comisión de mesa; v) Coordinar la acción municipal con las demás entidades públicas y privadas; w) Dirigir y supervisar las actividades de la municipalidad, coordinando y controlando el funcionamiento de los distintos departamentos; x) Resolver los reclamos administrativos que le corresponden; y) Presentar al concejo y a la ciudadanía en general, un informe anual escrito, para su evaluación a través del sistema de rendición de cuentas y control social, acerca de la gestión administrativa realizada, destacando el estado de los servicios y de las demás obras públicas realizadas en el año anterior, los procedimientos empleados en su ejecución, los costos unitarios y totales y la forma cómo se hubieren cumplido los planes y programas aprobados por el concejo; z) Solicitar la colaboración de la policía nacional para el cumplimiento de sus funciones; y, aa) Las demás atribuciones prevista en la Ley.

1.2

VICEALCALDE O VICEALCALDESA

i. Misión Cooperar en el direccionamiento político- estratégico, tendiente a fortalecer la gestión municipal ii. Atribuciones y responsabilidades. Son atribuciones del Vicealcalde o Vicealcaldesa, de acuerdo lo que establece el Art. 62 del Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización COOTAD, las siguientes: a. Subrogar al Alcalde o Alcaldesa, en caso de ausencia temporal mayor a tres días y durante el tiempo que dure la misma. En caso de ausencia definitiva, el o la Alcaldesa asumirá hasta terminar el período. La autoridad remplazante recibirá la remuneración correspondiente a la primera autoridad del ejecutivo; b. Cumplir las funciones y responsabilidades delegadas por el Alcalde o Alcaldesa;

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c.

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Todas las correspondientes a su condición de concejal o concejala;

d. Los Vicealcaldes o Alcaldesas no podrán pronunciarse en su calidad de concejales o concejalas sobre la legalidad de los actos o contratos que hayan ejecutado durante sus funciones como ejecutivos. Las resoluciones que el concejo adopte contra viviendo esta disposición serán nulas; y, e.

Las demás que prevean la ley y las ordenanzas cantonales.

GESTIÓN DE COORDINACIÓN DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA 1.3 SISTEMA DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA i. Misión. Promover el debate público entre los ciudadanos y ciudadanas del cantón, mejorando las capacidades colectivas de interacción entre los directivos, funcionarios y trabajadores del Gobierno Municipal mediante la aplicación de políticas de gestión en la prestación de servicios. ii. Atribuciones y responsabilidades a) Deliberar sobre las prioridades de desarrollo en sus respectivas circunscripciones; así como, conocer y definir los objetivos de desarrollo territorial, líneas de acción y metas; b) Participar en la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de desarrollo y de ordenamiento territorial; y, en general, en la definición de propuestas de inversión pública; c) Elaborar presupuestos participativos de los gobiernos; d) Participar en la definición de políticas públicas; e) Generar las condiciones y mecanismos de coordinación para el tratamiento de temas específicos que se relacionen con los objetivos de desarrollo territorial, a través de grupos de interés sectoriales o sociales que fueren necesarios para la formulación y gestión del plan, quienes se reunirán tantas veces como sea necesario. Los grupos de interés conformados prepararán insumos debidamente documentados que servirán para la formulación del plan; f) Fortalecer la democracia local con mecanismos permanentes de transparencia, rendición de cuentas y control social; g) Promover la participación e involucramiento de la ciudadanía en las decisiones que tienen que ver con el desarrollo de los niveles territoriales; y, h) Impulsar mecanismos de formación ciudadana para la ciudadanía activa; y, i) Las demás atribuciones prevista en la Ley.

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j) Gestionar los riesgos que incluyan acciones de prevención, reacción, mitigación, reconstrucción y transferencia para enfrentar todas las amenazas de origen natural o antrópico que afecten al cantón. El sistema de participación estará integrado por autoridades electas, representantes del régimen dependiente y representantes de la sociedad de su ámbito territorial. La máxima instancia de decisión del sistema de participación será convocada a asamblea al menos dos veces por año a través del ejecutivo del respectivo gobierno autónomo descentralizado. El sistema de participación ciudadana designará a los representantes de la ciudadanía a los consejos de planificación del desarrollo correspondientes iii. 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9.

Productos y servicios Planes y presupuestos participativos Plan de promoción de participación ciudadana Informe del plan de promoción de participación ciudadana Coordinación con consejos cantonales y organizaciones cantonales Movilización de las comunidades para participar en la gestión municipal Proyectos de participación ciudadana Informes de ejecución y monitoreo de proyectos de participación ciudadana Capacitación comunitaria para la gobernabilidad local Rendición de cuentas de la gestión municipal

2.

PROCESOS AGREGADORES DE VALOR

2.1

GESTIÓN DE LA DIRECCIÓN DE OBRAS PÚBLICAS

i.

Misión

Fortalecimiento, articulación y control de los procesos y procedimientos relacionados con la Obra Pública del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal. Este órgano administrativo está representado por el Director de Gestión de Obras Públicas. ii.

Atribuciones y responsabilidades 22

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a. Velar por el desempeño de los procesos precontractuales y contractuales de la obra pública municipal; b. Elaborar proyectos de obra y estudios previos a la subscrición de contratos para obras de ingeniería; c. Participar y coordinar con otras unidades de gestión para la realización de obras y acuerdos a los planes establecidos en el PDOT; d. Coordinar, realizar, legalizar los presupuestos y demás bases y pliegos contractuales necesarios para la contratación de obras públicas; e. Programar y dirigir las construcciones de obras y demás actividades propias de la estructura física del cantón; f. Programar y ejecutar de conformidad con el plan de obra del presupuesto participativo; g. Velar para que las disposiciones del concejo municipal y las normas administrativas sobre obras públicas y construcciones; h. Programar la realización de las obras por ejecución directa, convenios o contratos; i. Coordinar la realización de los diseños definitivos para la construcción de la obra pública; j. Elaborar presupuestos de obras, cálculos y diseños de las diferentes ingenierías de acuerdo al caso; y, k. Las demás atribuciones que le asigne el Alcalde, dentro del ámbito de sus competencias. Gestión de Obras Públicas Procesos:

realizará su encargo a través de los siguientes

UNIDAD DE FISCALIZACIÓN UNIDAD DE OBRAS CIVILES Y MANTENIMIENTO VIAL JEFATURA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO

iii.

Productos y servicios

2.1.1 FISCALIZACIÓN Fiscalización de Obras a. Plan de fiscalización elaborado y ejecutado b. Informes de control, supervisión, fiscalización, cumplimiento del contrato, órdenes de trabajo, incremento en obras de ejecución 23

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c. d. e. f. g. h. i.

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Informes de comprobación de cantidades de obra ejecutadas. Informe de verificación de obras Informe de certificado de las planillas de pago Actas de recepción provisional y definitivas de las obras Listado de obras en ejecución y ejecutadas Informes finales económicas de liquidación de obras ejecutadas. Planillas de pago revisadas y aprobadas

2.1.2 UNIDAD DE OBRAS CIVILES Y MANTENIMIENTO VIAL i. Misión.- Programar y dirigir las construcciones, obras civiles y demás actividades propias de la infraestructura del Cantón y realizar las acciones conducentes a su conservación y mantenimiento de conformidad con el Plan de Obras aprobado por la Municipalidad. ii. a. b. c. d. e. f. g. h. i.

Productos y Servicios: Permisos de roturas de calles y vías Reporte para Apertura de vías Permisos de ocupación de la vía pública en materia de construcciones Plan de construcción y mantenimiento de vías y caminos vecinales Plan de obras públicas municipales Informe de Ejecución de obras con personal municipal Plan de Mantenimiento de obra pública Informe de las órdenes de trabajo. Informe de las actividades desarrolladas.

Ejecución y mantenimiento de obras civiles a. Plan de ejecución de obras civiles. b. Plan de mantenimiento y reparaciones de la obra pública. c. Plan de construcción de obras viales urbanas. d. Plan de construcción y mantenimiento de áreas verdes. e. Informe de permisos para rotura de aceras y bordillos. f. Diseño de proyectos de infraestructura pública g. Diseño estructurales de obras civiles. h. Inspecciones de obras. i. Cálculo de volúmenes de obra. j. Presupuestos de obras. 24

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k. Formulas polinómicas. l. Especificaciones técnicas de obras. m. Cronogramas de ejecución de obras. n. Expedientes consolidados de proyectos. o. Aprobación de planos estructurales. Topografía, replanteo y nivelación de los terrenos a. Diseños constructivos b. Topografía de los proyectos c. Mediciones de línea de fábrica para construcciones 2.1.2.1

Unidad de Talleres

a. b. c.

Plan de ocupación de la maquinaria pesada. Registros de uso de la maquinaria pesada. Informe trimestral de requerimiento de repuestos, accesorios e insumos para el mantenimiento de reparaciones. d. Informe de estado de vehículos y maquinaria. e. Informe técnico para adquisición de bienes, repuestos e insumos. f. Plan de mantenimiento de los vehículos y maquinaria. g. Informe de estado de vehículos y maquinaria. h. Informe de reparación de vehículos y maquinaria. i. Planes de mantenimientos de los vehículos y maquinaria pesada j. Informe de mantenimiento del parque automotor k. Informe del mantenimiento de la maquinaria pesada

2.1.2 JEFATURA DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO 2.1.2.1 a. b. c. d. e. f.

Mantenimiento de los sistemas

Plan de mantenimiento Estudio para previsión de agua segura Plan de previsión y mantenimiento de los sistemas Plan de construcción y rehabilitación del sistema de alcantarillado Informe de reparación de medidores, tubería y llaves de corte Informe de reparación de tubería y acometidas domiciliarias del alcantarillado

2.1.2.2 Servicios de los sistemas a. Solicitudes de acometidas de agua b. Ingreso al sistema de AME 25

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c. d. e. f. g.

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Informe de ampliación de redes Sistema de ingreso cartas de agua Cartillas de lectura mensual Informe de cartera vencida Sistema de los procesos

2.1.2.3 Diseño de los sistemas a. Diseño de obras por administración directa y contratos b. Sistematización de los procesos c. Diseño de obras por convenios interinstitucionales

2.1.2.4 Análisis físicos, químicos y bacteriológicos a. Control de calidad del agua a nivel cantonal b. Sistema de información para adjudicaciones c. Sistema CALIAGUA d. Plan de capacitación a juntas de agua

2.2

GESTION DE PLANEAMIENTO TERRITORIAL Y DESARROLLO LOCAL

i. Misión Liderar, coordinar, facilitar y articular las directrices y políticas de planificación y de ordenamiento territorial, mediante el fortalecimiento continuo de los procesos a fin de cumplir con los objetivos y resultados que llevan a un adecuado desarrollo y ordenamiento territorial del cantón Pallatanga. Este órgano administrativo está representado por el Director (a) de Planeamiento Territorial. ii.

Atribuciones y responsabilidades

a. Actualizar el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial Cantonal, sustentable, asignado los usos del suelo en función de las capacidades y potencialidades territoriales; b. Propiciar el equilibrio en el desarrollo urbano y rural en el cantón, territorial utilizando las acciones del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal y de las entidades que intervienen en el desarrollo del cantón

26

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c. Formular y emitir las orientaciones técnicas de planificación territorial y desarrollo urbano y rural del cantón; d. Coordinar y gestionar la elaboración de proyectos de ordenanzas, reglamentos y más instrumentos necesarios para adecuar la planificación y los servicios municipales que dependen de Planeamiento Territorial y ponerlas a consideración del Alcalde y el Concejo Municipal; e. Coordinar con las diferentes unidades e instancias o niveles jerárquicos que tiene que ver con la planificación y formulación de planes de desarrollo de largo, mediano y corto plazo, así como los presupuestos correspondientes; f. Planificar el uso del suelo del cantón y proponer políticas, planes, reglamentos y normativas respecto al territorio; g. Brindar asesoría a los diferentes niveles jerárquicos, en materia de desarrollo y planificación; h. Ejecutar las actividades de coordinación interinstitucional vinculadas a las áreas de planificación; i.

Coordinar de forma institucional e interinstitucional la planificación territorial del Gobierno Autónomo Descentralizado de Pallatanga;

j.

Programar estudios y diagnósticos relacionados con aspectos, sociales, demográficos, económicos, de vivienda, suelo, equipamientos y otros temas urbanos necesarios para la elaboración de planes en áreas urbanas y rurales del cantón;

k. Dirigir la elaboración y/o actualización de planes de ocupación del suelo en el ámbito urbano y rural; l.

Formular Programas de: Regularización de la ocupación informal del suelo, regularización de vivienda informal, mejoramiento barrial integral, mitigación y reubicación de familias asentadas en zonas de riesgo. Regeneración del tejido urbano residencial y promoción de tipologías de vivienda de interés social;

m. Definir y formular instrumentos reglamentarios y administrativos que permitan la aplicación de los planes de vivienda y de las políticas de manejo de suelo;

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n. Resolver consultas sobre casos especiales y emitir informes técnicos, en función de las competencias establecidas en el Código, para resolución de las Comisiones del Concejo Municipal, previa su aprobación; o. Elaborar y administrar los catastros inmobiliarios urbanos y rurales; p. Elaborar el plan de regeneración urbana con el fin de conservar áreas integradas con mejores estándares de calidad de vida urbana; q. Cumplir las funciones que le competen, de acuerdo a la normativa vigente; r. Incluir temas de gestión de riesgo en la capacitación al personal de la institucional y a los habitantes de la población; s. Gestionar los servicios de prevención y mitigación (promoción) de los desastres naturales; y, t. Las demás atribuciones que le asigne el Alcalde, dentro del ámbito de sus competencias.

Gestión de Planeamiento Territorial y Desarrollo Local realizará su encargo a través de los siguientes Procesos:

JEFATURA DE TRANSITO, TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL JEFATURA DE DESARROLLO LOCAL JEFATURA DE CATASTROS UNIDAD DE PLANIFICACIÓN Y ORDENAMIENTO TERRITORIAL

iii.

Productos y servicios

2.2.1 GESTIÓN DE LA JEFATURA DESARROLLO LOCAL Misión.- Promover políticas, programas y proyectos que fortalezcan el desarrollo socio cultural, ambiental, económico, que contribuya al mejoramiento de calidad de vida y la reducción de riesgos en la población del cantón Pallatanga. Este órgano está representado por el Jefe de Desarrollo local Desarrollo Cantonal 28

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a. b. c. d. e. f.

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Línea base del cantón Propuesta, programas y proyectos definidos en PDOT Modelo de Gestión para viabilizar los programas y proyectos Planificación, implementación y evaluación del Plan de Desarrollo Proyectos planimétricos y topográficos definidos en PDOT Informe de coordinación y evaluación de PDOT con el Consejo de Planificación Cantonal.

i. Atribuciones y responsabilidades a. b. c. d. e. f. g. h. i. j.

k.

l. m. n. o. p. q.

Realizar el inventario del Patrimonio Cultural del cantón; Fomentar y estimular las expresiones culturales del cantón; Promover mecanismos de cooperación nacional e internacional; Asumir y atender los compromisos culturales; Fomentar la conservación de museos de historia y arte en el cantón; Fomentar la lectura, realizar promociones bibliográficas y proponer la participación ciudadana en los programas culturales; Elaborar el Plan de eventos deportivos; Elaborar línea base del cantón; Vigilar el cumplimiento de los mecanismos de prevención y control de la contaminación en el cantón; Aplicar las disposiciones legales pertinentes relativas a la protección de los recursos: suelo, agua, flora, fauna y aire; así como los referidos al control del ruido, desechos sólidos peligrosos, contaminación por fuentes móviles y manejo inadecuado de productos químicos peligrosos; manejando sosteniblemente los recursos naturales; Cooperar y coordinar en la medida de sus atribuciones, con los organismos nacionales e internacionales, públicos y privados, competentes para la gestión ambiental, siempre buscando el fortalecimiento de su gestión y la protección del medio ambiente del cantón; Elaborar proyectos sociales, productivos y planes de negocio que contribuya al mejoramiento socioeconómico de la población; Facilitar asistencia técnica en los temas sociales, económicos productivos, ambientales y sociocultural; Promover el fortalecimiento de los agricultores y comerciantes a fin de mejorar los ingresos financieros; Proponer programas de forestación y reforestación de bosques nativos y áreas naturales del cantón; Regular controlar y promover el desarrollo de la actividad turística cantonal. Diseñar productos turísticos que potencien el uso eficiente de los recursos naturales y culturales del cantón; 29

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r. Proporcionar el servicio de información turística a los turistas locales, nacionales e internacionales; s. Impedir la utilización indebida de la vía pública; t. Control y ordenamiento de los mercados y centros de abastos; u. Dar protección a las autoridades municipales y vigilar los bienes de la municipalidad; v. Participar con la comisaria de higiene en el control de precios, presos y medidas de los productos de primera necesidad; w. Vigilar que el expendio de productos se lo realice en condiciones actas para el consumo humano; x. Controlar el cumplimiento de las normas legales vigentes relacionados con el expendio y consumo de bebidas alcohólicas; y. Cooperar con la policía nacional en el control de las normas de tránsito y trasporte emitidas por los organismos competentes; z. Vigilar el expendio de alimentos en lugares y condiciones establecidas en el código de salud y ordenanzas municipales vigentes. aa. Promover iniciativas culturales y artísticas dirigidas a recuperar la memoria ancestral; y, bb. Las demás atribuciones que le asigne el Alcalde, dentro de su ámbito de sus competencias.

GESTIÓN DE PLANIFICACIÓN INSTITUCIONAL Atribuciones y responsabilidades a. Establecer los lineamientos para formular planes operativos anuales en coordinación con las unidades administrativas y procesos institucionales; b. Coordinar la Elaboración del Plan Operativo Anual de la Dirección; c. Desarrollar programas de investigación, inherentes a la planificación y gestión municipal que nos permitan diagnosticar, conocer y evaluar la realidad de la ciudad y el cantón; d. Las demás atribuciones que le asigne el Alcalde, dentro del ámbito de sus competencias; e. Gestión de Planificación Institucional realizará su encargo a través de los siguientes procesos: f. Plan Institucional g. Cooperación Internacional iii. Productos y servicios PLAN INSTITUCIONAL a. Plan Estratégico Institucional 30

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b. Plan Operativo Anual c. Indicadores de gestión d. Informe consolidado de ejecución, monitoreo y evaluación del plan operativo anual COOPERACIÓN INTERNACIONAL a. Convenios bilaterales y multilaterales de cooperación b. Convenios interinstitucionales c. Informe de cumplimiento de los inter institucionales Gestión de Desarrollo Local se realizará su encargo a través de los siguientes Procesos GESTIÓN DE DESARROLLO ECONÓMICO, PRODUCCIÓN Y TURISMO. GESTIÓN AMBIENTE. GESTIÓN DE ORGANIZACIÓN Y DESARROLLO SOCIAL, CULTURAL Y DEPORTIVO GESTIÓN MINERA

iii. Productos y servicios

2.2.1.1

GESTIÓN AMBIENTE, ÁRIDOS Y PÉTREOS

Control ambiental a. b. c. d. e. f. g. h. i.

Plan estratégico cantonal Proyectos ambientales Plan semestral de control de las actividades productivas del cantón Atención de denuncias Permiso del uso y ocupación del suelo Regularización ambiental de proyectos Monitoreo de la calidad de los recursos hídricos Plan de tratamiento de aguas residuales Plan de tratamiento de desechos sólidos

Protección ambiental a. Monitoreo y recuperación de los recursos naturales b. Plan de educación ambiental 31

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REGISTRO N°: 32 de 61

c. Zonificación ambiental del cantón d. Plan de campaña de forestación y reforestación e. Plan de zonificación de áreas de reserva y de conservación prioritaria Gestión Minería a. Autorizar el acceso sin costo al aprovechamiento de los materiales pétreos para la obra pública. b. Expedir ordenanzas en la que se contemplara la participación ciudadana, protección y remediación ambiental de pasivos ambientales y de la infraestructura ambiental. c. Otorgar concesiones para el aprovechamiento de arcillas superficiales, arenas, rocas y demás materiales para el empleo directo en la industria de la construcción. d. Autorizar, regular y controlar la explotación de materiales áridos y pétreos que se encuentren en lechos de río, lagos, lagunas, playas de mar y canteras. e. Elaborar informes técnicos, económicos y jurídicos necesarios para otorgar, conservar y extinguir derechos mineros para la explotación de materiales áridos y pétreos; f. Mantener un registro actualizado de las autorizaciones y extinciones de derechos mineros otorgadas dentro de su jurisdicción e informar al ente rector en materia de minería; g. Informar de manera inmediata, a los órganos correspondientes sobre el desarrollo de actividades mineras ilegales de áridos y pétreos, dentro de su jurisdicción; h. Determinar y recaudar las tasas de conformidad con la presente ordenanza; i. Recaudar los valores correspondientes al cobro de patentes de conservación de las concesiones mineras vigentes, para lo cual deberán implementar el procedimiento respectivo y observar lo establecido en la Ley de Minería en cuánto se refiere a las fechas de cumplimiento de la obligación; j. Recaudar las regalías por la explotación de áridos y pétreos que se encuentren en los lechos de ríos, lagos, playas de mar y canteras; k. Recaudar los valores correspondientes al cobro de tasas por servicios administrativos; l. Las demás que correspondan al ejercicio de la competencia.

2.2.1.2GESTIÓN DETURISMO Y PRODUCCIÓN Planes de negocio

32

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a. b. c. d. e. f. g. h.

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Plan de capacitación a los productores Plan de producción Plan de marketing Plan de ventas Plan de distribución Plan de comercialización Proyectos sociales y productivos Convenios de cooperación con los gobiernos provincial, regional y nacional.

Turismo a. b. c. d. e. f.

Plan de concienciación y difusión turística Plan de capacitación a los operadores turísticos Proyectos eco turísticos Plan de recuperación del Patrimonio Natural y Cultural Plan de capacitación de guías comunitarios Plan de mantenimiento de bienes patrimoniales

2.2.1.3GESTIÓN SOCIAL

, CULTURAL Y DEPORTIVA

a. Planifica y ejecuta proyectos y/o programas tendientes al desarrollo integral de los grupos vulnerables de niñas y niños, adolescentes, personas adultas mayores, mujeres embarazadas, personas con discapacidad y personas con capacidades diferentes. La misma atención prioritaria recibirán las personas en situación de riesgo, las víctimas de violencia doméstica y sexual, maltrato infantil, desastres naturales o antropogénicos (humanos); b. Planifica y ejecuta programas que tiendan al mejoramiento de los servicios ya existentes, proyectar la ampliación de los mismos y de ser necesario propender a la creación de nuevos servicios asistenciales; c. Administra en coordinación con el Alcalde/sa programas en beneficio de los derechos de las personas y grupos de atención prioritaria y propiciar su amparo y protección en coordinación con la Comisión de Equidad y Género del Concejo Municipal del GAD del Cantón Pallatanga, el Consejo Cantonal de Protección de Derechos y la Junta de Protección de Derechos de los Grupos de Atención Prioritaria y otras que tengan que ver con sus fines específicos; d. Fomenta la ayuda técnica a la población a través de programas que permitan su bienestar y el mejoramiento continuo de la calidad de vida; 33

ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

REGISTRO N°: 34 de 61

e. Propone convenios y acuerdos con instituciones nacionales e internacionales, para programas sociales y de prestación de servicios asistenciales; y, f. Participa, colabora y coordina previa autorización del Alcalde/sa, con otras instituciones nacionales y extranjeras, públicas y/o privadas en programas de amparo y protección social.

Servicios de educación, cultura y deportes a. b. c. d.

Programas y proyectos recreativos Plan de eventos culturales artísticos y cívicos Programas y proyectos deportivos Plan de recuperación de los juegos ancestrales

Hogar de adultos mayores a. Plan de atención a los adultos b. Registro de asistencia diario c. Plan de mejoramiento anual d. Plan semestral de mantenimiento del Hogar de Adultos Mayores. e. Registro de atención médica f. Registro de terapia física, ocupacional y recreacional g. Respaldo de la elaboración de menú h. Registro de medicamentos i. Historias individuales del Adulto Mayor

2.2.2 GESTIÓN TERRITORIAL

DE

LA

UNIDAD

DE

PLANIFICACIÓN

Uso y ocupación del suelo a. Plan de Ordenamiento Territorial b. Sistema Geográfico Cantonal c. Plan regulador d. Sistema de ocupación del suelo e. Planos de construcción aprobados y registrados f. Orden de líneas de fábrica g. Informes de control de edificaciones h. Permisos de construcciones i. Informe de fraccionamiento de predios urbano y rural 34

Y

ORDENAMIENTO

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j.

REGISTRO N°: 35 de 61

Informe de normas mínimas de uso y ocupación del suelo urbano y rural

Ordenamiento Territorial a. Mapas del de la situación actual del cantón b. Mapas de la situación actual por sistemas y subsistemas c. Mapas del modelo consensuado d. Mapas del modelo consensuado por sistemas y subsistemas e. Modelo de gestión sistemas y subsistemas f. Planificación, implementación y evaluación del Plan de Ordenamiento g. Proyectos de equipamiento urbano rural cantonal h. Proyectos de ordenanza de zonificación y delimitación en áreas: urbanas, urbano-marginales y rurales i. Proyectos y actualización de ordenanzas de edificaciones urbano rurales j. Proyectos y actualización de áreas protegidas k. Proyecto para creación y manejo de cartografía l. Informes de apoyo de cartografía y mapas temáticos para las unidades municipales m. Proyecto de cédula presupuestaria anual n. Proyecto de cédula presupuestaria plurianual

Patrimonio cultural y natural a. Registro y actualización bienes patrimoniales b. Ordenanza para la intervención, conservación y restauración de los bienes patrimoniales. c. Proyectos de recuperación y mantenimiento de bienes patrimoniales d. Plan de recuperación y mantenimiento de bienes documentales e. Informe de mantenimiento de bienes patrimoniales f. Proyecto de ordenanza de conservación de bienes patrimoniales

2.2.3 GESTIÓN DE LA JEFATURA DE AVALUOS Y CATASTROS Avalúos y catastros a. Actualización de los catastros predio urbano b. Actualización de catastros predio rural c. Proyectos de actualización del catastro de construcciones especial de mejoras d. Informes de expropiación de terrenos para declaratoria de utilidad pública e. Certificados de avalúos comerciales para pago de impuesto a la herencia f. Registro de avalúos de los predios urbanos y rurales g. Informe socio- económico y geográfico del cantón 35

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h. i. j. k. l. m.

REGISTRO N°: 36 de 61

Registro único de los contribuyentes Cartografía actualizado y sistematizada Formularios de actualización de catastros de predios rústicos Cálculo de alcabalas Certificados de avalúos Informe de control de edificaciones

Comisaría de construcciones a. Informe de ocupación de la vía pública para construcción b. Informe de suspensión y construcción y ampliación de las obras c. Informe de sanciones de construcción de obras d. Informe de clausura de las obras e. Informe de demoliciones f. Declaratoria de construcciones obsoletas y derrocamientos g. Derrocamiento de construcciones que irrespetan las ordenanzas

2.2.4 GESTIÓN DE LA JEFATURA DE TRÁNSITO, TRANSPORTE Y SEGURIDAD VIAL i. Misión.- Ordenar el tránsito y el transporte en el cantón para dar fluidez vehicular y contar con cooperativas de transporte que brinden un buen servicio a la colectividad.

ii. Atribuciones y Responsabilidades: a. b. c. d. e. f. g. h.

Plan de tránsito y transporte cantonal. Plan de rutas y frecuencias urbana y rural. Políticas, lineamientos y normas de regulación de tránsito y transporte. Plan de seguridad vial. Sistema de control y ordenamiento urbano Plan de señalización vial Plan de accesibilidad Realizar el plan de Regulación de Tránsito y Transporte Terrestre del cantón en el área urbana y rural. i. Contribuir al cumplimiento de ordenanzas relativas al tránsito de calles, caminos y paseos públicos. j. Planificar el transporte Urbano, Interparroquial, Escolar de Taxis, de Turismo, Institucional o cualquier otro tipo de transporte de pasajeros, así como de carga liviana, media y pesada. k. Planificar el tránsito. l. Sistemas inteligentes para el gerenciamiento del tránsito urbano. 36

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m. n. o. p. q. r.

2.3

REGISTRO N°: 37 de 61

Semaforización urbana centralizada. Señalización vial, horizontal y vertical, urbana y micro regional Seguridad urbana e interurbana Circulación peatonal y seguridad peatonal. Circulación de bicicletas o ciclo vías Estacionamientos públicos y privados

REGISTRO DE LA PROPIEDAD

Los Registros son dependencias públicas, desconcentrados, con autonomía registral y administrativa en los términos de la presente ley, y sujetos al control, auditoría y vigilancia de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos en lo relativo al cumplimiento de políticas, resoluciones y disposiciones para la interconexión e interoperabilidad de bases de datos y de información pública, conforme se determine en el Reglamento que expida la Dirección Nacional.4 De conformidad con la Constitución de la República, el Registro de la Propiedad será administrado conjuntamente entre las municipalidades y la Función Ejecutiva a través de la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos. Por lo tanto, el Municipio de cada cantón o Distrito Metropolitano se encargará de la estructuración administrativa del registro y su coordinación con el catastro. La Dirección Nacional dictará las normas que regularán su funcionamiento a nivel nacional. Los Registros de la Propiedad asumirán las funciones y facultades del Registro Mercantil, en los cantones en los que estos últimos no existan y hasta tanto la Dirección Nacional de Registro de Datos Públicos disponga su creación y funcionamiento. Las Registradoras o Registradores de la propiedad deberán ser de nacionalidad ecuatoriana, abogadas o abogados y acreditar ejercicio profesional por un período mínimo de 3 años y los demás requisitos que la ley prevé para el ejercicio del servicio público y Ley del Registro. El concurso de méritos y oposición será organizado y ejecutado por la municipalidad respectiva con la intervención de una veeduría ciudadana. Una vez concluido el proceso, la Alcaldesa o Alcalde procederá al nombramiento del postulante que mayor puntuación hubiere obtenido, por un período fijo de 4 años, quien podrá ser reelegida o reelegido por una sola vez.5 i. MISIÓN Brindar los servicios de registro de la propiedad, bajo un sistema de información cronológica, personalizada y real, con alta capacidad, honestidad, calidad y calidez 4 5

Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos. Art. 13, párrafo 2. Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos. Art. 19

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humana, eficiencia y eficacia organizacional, garantizando la seguridad jurídica de los ciudadanos. Contribuyendo al desarrollo económico y social del cantón Pallatanga. ii. De las Funciones específicas: a. Representa a la institución legal y judicialmente; b. Supervisa el cumplimiento de lo establecido en Ley del Sistema Nacional de Registro de Datos Públicos; c. Dicta las políticas internas para la correcta administración de los recursos administrativos, financieros, humanos, tecnológicos y documentos registrales bajo su custodia; d. Formula y aprueba el Presupuesto Anual de la Institución y sus reformas; e. Desarrolla propuestas de mejoramiento de los procesos técnicos relativos al repertorio, los registros, los índices, los títulos, los actos y documentos que deben registrarse; y, f. Suscribe los documentos necesarios para la prestación de los servicios en materia de Registro de la Propiedad y Mercantil. g. Administra el sistema de documentación, trámite correspondencia oficial del Registro de la Propiedad;

y

archivo

de

la

h. Coordina y da seguimiento a los trámites del Registro de la Propiedad y Registro mercantil, a fin de coadyuvar a la consecución de los objetivos institucionales; i. Mantiene actualizado el archivo de la Registraduría, con las leyes, resoluciones y ordenanzas vigentes; j. Responde bajo su responsabilidad por los documentos a su cargo, de conformidad con la ley; k. Informa sobre los trámites que se realizan en el Registro a personas o dependencias que requieran de información, previa autorización del señor Registrador; y, l. Colabora en la tramitación de la documentación interna y externa.

2.4

DE LA GESTION DE LA UNIDAD DE GESTION DE RIESGOS.

La unidad de Gestión de Riesgos depende directamente de Alcaldía, estará integrada por tres funcionarios del jerárquico superior o de carrera, preferentemente integrantes del área operativa del GADMCP, y atenderá situaciones de emergencia en casos de desastres en el Cantón, proponiendo soluciones antes, durante y después de un evento de consecuencias negativas para la comunidad. 38

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De entre los técnicos designados directamente por el señor Alcalde, se elegirá un jefe para efectos de firmar los informes técnicos dirigidos a las autoridades cantonales, provinciales o nacionales, dependiendo de la gravedad de los desastres acaecidos en el territorio cantonal.6 Los técnicos designados realizarán las actividades o funciones inherentes a la Unidad de Riesgos, sin mengua o desmedro de las que obligatoriamente deban realizar en sus puestos de trabajo. En lo que concierne a remuneraciones, percibirán el sueldo normal de su puesto de trabajo. i. MISIÓN Promover la actualización y generación de normativas y reglamentos municipales sobre la materia de gestión de riesgos. Preparar el Plan Anual de Mitigación de Riesgos, para enfrentar adecuadamente las emergencias de diferente índole, que pudieran presentarse en el Cantón Pallatanga. Atender en situaciones de emergencia cantonal, proponiendo soluciones antes, durante y después de un desastre. iii.

De las Funciones específicas:

a. Propone las políticas, planes y regulaciones para evitar desastres en el cantón; b. Prepara un Plan de Mitigación de Riesgos, que contemple el antes, durante y después de un posible suceso catastrófico; c. Prepara los informes técnicos sobre desastres ocurridos en el Cantón para presentarlos antes las diversas instituciones de apoyo, llámense estas: MAE, MIDUVI, Secretaría de Gestión de Riesgos, etc; d. Realiza los visitas técnicas en los sitios donde ha ocurrido o se presuma ocurrirá un desastre; e. Sugiere al Alcalde del Cantón la declaratoria de emergencia para enfrentar adecuadamente la posibilidad de un desastre; y, f. Guarda confidencialidad en el manejo de la información. 3. PROCESOS HABILITANTES 3.1

DE ASESORÍA

3.1.1 PROCURADURÍA SÍNDICA 6

Resolución de la Secretaría Nacional de Gestión de Riesgos.

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i. Misión. Brindar asesoramiento legal a la administración y dependencias municipales, encaminado a la correcta aplicación de las disposiciones legales y la representación judicial de la municipalidad. Este órgano está representado por el Procurador Síndico ii. Atribuciones y responsabilidades. a. Representar judicialmente extrajudicialmente conjuntamente con el ejecutivo del respectivo Gobierno Autónomo Descentralizado; b. Proponer al ejecutivo políticas y estrategias jurídicas a los intereses del gobierno municipal; c. Ejercer y coordinar la defensa jurídica los procesos contenciones administrativos, recursos y acciones de protección civil, laboral, penal relacionado con la institución; d. Asesorar a los directivos y funcionarios de la institución sobre la norma legal; e. Elaborar convenios, actas, comodatos, mandatos, terminación de contratos arredramiento, personal, publicidad, servicios profesionales, prestaciones artísticas; f. Analizar, verificar que todas las clases de garantías y fianzas que se presenten al GADM respondan a cualquier obligación, especialmente para la construcción de obras y ejecute las mismas en caso de incumplimiento. g. Asesorar en los procesos de contratación pública; h. Absolver consultas jurídicas remitidas por las autoridades directivos y servidores de la institución; i. Asesorar a la unidad de gestión pertinente en el juzgamiento a los infractores de las ordenanzas y la norma vigente; j. Elaborar proyectos y ordenanzas y reformas municipales en coordinación con los directivos, autoridades y funcionarios; k. Asesorar en la organización y ejecución de procedimientos para la suscripción de convenios con las organizaciones locales, nacionales e internacionales; l. Las demás atribuciones que le asigne el Alcalde, dentro del ámbito de sus competencias; El Procurador Síndico realizará su encargo a través de los siguientes procesos: PATROCINIO CONTRATACIÓN PÚBLICA LEGISLACIÓN Y ASESORÍA

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iii. Productos y servicios PATROCINIO a. Patrocinio judicial y extrajudicial b. Procesos jurídicos c. Demandas y juicios CONTRATACIÓN PÚBLICA a. Resoluciones b. Contratos c. Acuerdos y Convenios LEGISLACIÓN Y ASESORÍA a. Asesoramiento legal b. Criterios y pronunciamientos legales c. Proyectos de acuerdos, resoluciones, normas, contratos y convenios d. Instrumentos jurídicos 3.1.2 ASESORÍA GENERAL i. Misión Analizar y remitir dictamen en los aspectos relacionados con el régimen legal y gestión de programas y proyectos de la municipalidad. ii. Atribuciones y responsabilidades a. Planificar organizar, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la gestión municipal; b. Participar en la elaboración del plan institucional; b. Cooperar en la evaluación y cumplimiento de los planes anuales de cada uno de los procesos; c. Verificar el cumplimiento de todos los requisitos legales en los diferentes programas y proyectos del GADM; d. Presentar informes para el alcalde; e. Preparar los aspectos para la rendición de cuentas; f. Absorber consultas de los funcionarios y trabajadores del GADM g. Asesorar a los Macro Procesos y Sub Procesos de la institución; y, h. Las demás que las asigne el alcalde, en el ámbito de sus competencias iii. Productos y servicios a. Plan de gestión municipal. b. Plan Institucional. c. Informe de evaluación del cumplimento de las metas 41

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d. e. f. g.

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Informes de rendición de cuentas Informes de reuniones de trabajo con los directores de los procesos. Informe de avance de los programas y proyectos anuales Informes de SIGAD

3.1.3 GESTIÓN DE AUDITORÍA INTERNA i. Misión. Realizar exámenes a posterior a las operaciones y actividades del Gobierno Autónomo Descentralizado de Pallatanga, en sujeción a las disposiciones legales, normas nacionales e internacionales y proporcionar asesoría técnica administrativa en materia de control a las máximas autoridades y servidores de la institución. Evaluar el control interno y generar recomendaciones para fortalecer la gestión institucional. Este órgano está representado por el Auditor Interno ii. Atribuciones y responsabilidades a. Realizar la evaluación posterior de las operaciones y actividades de la institución, a través de las auditorías de gestión y exámenes especiales, por disposición expresa del Contralor General del Estado; b. Evaluar la eficiencia del sistema de control interno, la administración de riesgos institucionales, la efectividad de las operaciones y el cumplimiento de leyes y regulaciones aplicables; c. Identificar y evaluar los procedimientos y sistemas de control y de prevención internos para evitar actos ilícitos y de corrupción que afecten a la institución; d. Efectuar el seguimiento al cumplimiento a las recomendaciones establecidos por las Unidades de Auditoría Interna y externa, sobre la bases de cronograma preparado por los funcionarios responsables de su aplicación y aprobado por la máxima autoridad; e. Facilitar mediante sus informes que la Contraloría General del Estado, determine las responsabilidades administrativas y civiles culposas, así como también los indicios de responsabilidad penal, conforme lo previsto en los artículos 39 inciso segundo,45,52,53,66 y 67 de la ley orgánica de la Contraloría General del Estado, la cual, en estos casos, necesariamente realizará el control de calidad que corresponda; f. Asesorar a las autoridades, niveles directivos y servidores de la identidad, en el campo de su competencia, y en función del mejoramiento continuo del sistema de control interno en la identidad a la que sirven; g. Preparar los planes anuales de auditoría y presentarlos a la contraloría 42

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h. Preparar el plan anual de control y presentar a la Contraloría General del Estado hasta el 30 de septiembre de cada año. Dichos planes serán elaborados de acuerdo con las políticas y normas emitidas por éste organismo. i. Preparar semestralmente información de las actividades cumplidas por la Unidad de Auditoría Interna en relación con los planes operativos de trabajo, la cual será enviado a la Contraloría General del estado, para su revisión; j. Enviar a la Contraloría General del Estado para su aprobación, los informes de auditoría y de exámenes especiales suscritos por el Jefe de la Unidad de Auditoría Interna, en el plazo de 30 días laborables después de la conferencia final de comunicación de resultados; una vez aprobados dichos informes, el Jefe de la Unidad de Auditoría Interna, los remitirá a la máxima autoridad de la institución a la que pertenezca; y, k. Cumplir con las demás obligaciones señaladas en la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado y su Reglamento. Auditoría Interna realiza su gestión a través de los siguientes procesos:

iii. Productos y servicios CONTROL INTERNO Y EXÁMENES ESPECIALES a. Plan anual de control de la Unidad de Auditoría Interna. b. Informe trimestral de cumplimiento y avance c. Informe borrador de los resultados de auditorías de gestión o exámenes especiales. d. Síntesis de los informes. e. Memoria resumen para el establecimiento de responsabilidades. f. Informe aprobado por la Contraloría general del Estado de auditorías de gestión y exámenes especiales. g. Criterios y asesoramiento solicitado en el campo de su competencia.

GESTIÓN DE COMUNICACIÓN SOCIAL i. Misión Consolidar la imagen y gestión del Gobierno Municipal de Pallatanga frente a la ciudadanía informando y difundiendo la gestión institucional. Este órgano está representado por el Comunicador Social. ii. Atribuciones y responsabilidades

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a. Elaborar planes y proyectos de comunicación social institucional y relaciones públicas; b. Organizar la agenda del micrófono ciudadano; c. Investigar compilar y difundir información relativa a las acciones y determinaciones del gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga en la página web; d. Planificar y coordinar las relaciones con los diferentes medios de comunicación local y provincial; e. Elaborar implementar y evaluar la aplicación de comunicación e imagen corporativa de la institución; f. Planificar coordinar y organizar entrevistas sondeo de opinión reportajes para difusión en el micrófono ciudadano; g. Coordinar la información y eventos expresamente solicitados por la LOTAIP y todo lo referente a la rendición de cuentas; h. Las demás previstas en la Ley Gestión de Comunicación realizará su encargo a través de los siguientes procesos:  Comunicación Interna  Comunicación Externa  Contenidos y Producción iii. Productos y servicios COMUNICACIÓN INTERNA a. Cartelera informativo institucional b. Ruedas de prensa COMUNICACIÓN EXTERNA a. Boletines de prensa, artículos, trípticos, folletos, fotografía, memorias y afiches. b. Material impreso, audio, video, internet y virtuales con temas relacionados con la gestión municipal. c. Material proporcional en temas relacionado con la gestión institucional. d. Agenda de relaciones públicas y actos protocolarios. e. Reporte de actos y eventos protocolarios institucionales e institucionales. f. Informe de organización de eventos institucionales. g. Informe de seguimiento de medios. h. Cartelera informativa. i. Informe de contenido de la página web. j. Guiones para eventos y producciones audiovisuales. 44

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k. Informes de charlas informativos y visitas planificadas de todos los demás procesos institucionales, ferias, congresos y eventos CONTENIDOS Y PRODUCCIÓN a. Imagen corporativa

3.2 PROCESOS HABILITANTES DE APOYO 3.2.1 GESTIÓN ADMINISTRATIVA i. Misión Formular políticas e implantar medidas para mejorar la coordinación, eficiencia, efectividad y calidad de la gestión del Gobierno Municipal de Pallatanga para lograr la satisfacción de los usuarios de la municipalidad. Este órgano administrativo está representado por el Director de Gestión Administrativa. ii. Atribuciones y responsabilidades a. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales y establecidas en la Ley Orgánica de Servicio Público, su reglamento y normas técnicas establecidas por el Ministerio de Relaciones Laborales; b. Coordinar e implementar la aplicación de las normas para la capacitación de los servidores públicos; c. Difundir, controlar y evaluar la aplicación del estatuto organizacional por procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga y las demás leyes; d. Elaborar y aplicar los procedimientos de los niveles de asesoría y agregado de valor de la estructura orgánica de gestión por procesos. e. Elaborar la planificación del talento humano; f. Elaborar la planificación anual del talento humano y poner en consideración al Alcalde y Concejo Cantonal; g. Planificar e implementar los procesos de control uso y mantenimiento de los bienes muebles e inmuebles materiales y suministros; h. Elaborar el plan anual de adquisiciones de bienes y servicios de la institución; i. Mantener y controlar la estructura física de la institución; j. Gestionar y facilitar los requerimientos de las unidades administrativas;

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k. Facilitar el soporte técnico informático a las diferentes unidades administrativas; l. Mantener el archivo de la información institucional; m. Dirigir la actualización de los inventarios físicos de los bienes de larga ; duración, stock de suministros y materiales; n. Dirigir con la Gestión Financiera los procesos de avalúos, remates y abajas de bienes de la institución; o. Impulsar prácticas eficientes de control, salubridad, seguridad, evaluación del desempeño, clima laboral, trabajo en equipo, condiciones adecuadas de trabajo y otras de gestión personal, tendientes a fortalecer la cultura organizacional; p. Planificar los objetivos y metas de los procesos internos, desempeño del talento humano y niveles de satisfacción de los usuarios externos; q. Controlar y evaluar la calidad de recursos a los usuarios internos de acuerdo a los requerimientos y registro de quejas y reclamos; r. Las demás atribuciones que asigna el Acalde, dentro del ámbito de sus competencias. Gestión Administrativa realizará su encargo a través de los siguientes procesos: ADMINISTRACIÓN Y COMPRAS PÚBLICAS SERVICIOS PÚBLICOS GENERALES TALENTO HUMANO TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN COMUNICACIÓN TICS SEGURIDAD Y SALUD OCUPACIONAL iii. Productos y servicios

3.2.1.1GESTIÓN ADMINISTRACIÓN Y CONTRATACIÓN PÚBLICA Administración del portal de compras públicas a. Plan anual de contratación pública. b. Pliegos de contratación pública. c. Facturas y resoluciones de ínfima cuantía. d. Actas de entrega y recepción y facturas. Adquisición, contratación de bienes, servicios y obra a. Plan anual de compras públicas, adquisiciones y contrataciones institucionales b. Plan de adquisición de materiales y equipos para las diferentes unidades administrativas c. Adquisición de obras, bienes y servicios. d. Adquisiciones de bienes y servicios por catálogo 46

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e. f. g. h. i. j. k. l.

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Pliego de bienes y servicios Compras de régimen especial Contrataciones directas. Cuadros comparativos. Selección de ofertas. Registro de proveedores. Registro y control de procesos. Ingresos de productos a bodega.

3.2.1.2GESTIÓN DE SERVICIOS GENERALES Movilización de vehículos a. Autorización y control de uso de vehículo y maquinaria pesada b. Control de combustible c. Matriculación de los vehículos d. Plan de mantenimiento preventivo y correctivo de los vehículos e. Plan de asignación de choferes f. Especificaciones técnicas para adquisición de vehículos y repuestos y bienes fungibles. g. Registro y control del recorrido de los vehículos Mantenimiento de edificios e instalaciones a. Plan de mantenimiento de los edificios e instalaciones b. Cronograma de uso y ocupación de los edificios e instalaciones c. Control y mantenimientos de equipos y muebles de oficina Calles, parques y escenarios deportivos a. Inventario de los espacios públicos b. Plan semestral de mantenimiento de los espacios públicos c. Informe de alquiler y ocupación de los espacios públicos

3.2.1.2.1 Administración de Plazas Mercados y Camal a. b. c. d. e. f. g.

Informe de cobro de puestos Plan de control de vendedores Informe de control de patentes anuales Control de vendedores informales Control de higiene de productos alimenticios Revisión de los contratos de arrendamiento Informe mensual de canales faenadas 47

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h. i. j. k. l. m. n. o. p. q. r. s. t. u. v. w. x.

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Registro de especies bovinos, porcinos y ovinos Informes de costos administrativos Plan semestral de mantenimiento del camal Registro del control veterinario Guías de movilización Plan de contingencia sanitaria Reglamento interno de funcionamiento Plan de manejo de los desechos Plan limpieza y desinfección Registro de especies bovinos, porcinos, ovinos, mular, equino. Registro de control sanitario de las especies. Registro de ingresos de la plaza de rastro Plan semestral de mantenimiento Plan de contingencias sanitaria Plan de manejo de desechos Plan de limpieza y desinfección Reglamento de funcionamiento

Cementerio a. Listado de bóvedas disponibles b. Informe de construcción de nuevas bóvedas c. Registro de requisitos para la sepultura d. Informe de mantenimiento del cementerio e. Informe de inhumaciones f. Registro de exhumaciones

3.2.1.2.2 Comisaría Municipal a. Plan de utilización de la vía publica b. Plan de control y ordenamiento de los mercados de centros de abastos c. Informe de control de precios, presas y medidas de productos de primera necesidad d. Plan de capacitación a los ciudadanos sobre las normas de tránsito y trasporte e. Informe de control y cumplimiento de las normas relacionadas con la planificación y regulación urbana, ornato de la ciudad y limpieza de los parques, jardines y plazas.

3.2.1.3

GESTIÓN TALENTO HUMANO

Planificación de talento humano 48

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a. Distribución orgánica de puestos b. Plan de requerimiento de personal a corto, mediano y largo plazo c. Distribución de servidores en los procesos gobernantes, agregado de valor y habilitantes de asesoría y apoyo d. Plan de los puestos de los GADM para el personal regido por la LOSEP e. Propuesta del presupuesto del costo del personal f. Informes técnicos de estructuración y restructuración de los procesos institucionales g. Informes de administración operativa del Sistema Nacional de Información de Desarrollo Institucional, Recursos humanos y remuneraciones de los servidores del sector público Estructura de puestos institucional a. Estructura ocupacional institucional b. Análisis de puestos c. Descripción de puestos d. Valoración de puestos e. Clasificación de puestos f. Informes de creación y supresión de puestos g. Informe de equidad interna y competitividad externa de las remuneraciones institucionales Reclutamiento y selección del personal a. Reclutamiento y selección el personal b. Convocatoria c. Evaluación y selección d. Informe de la selección del personal e. Contrato de personal Formación, capacitación y desarrollo profesional a. Encuesta de necesidades de capacitación b. Plan de capacitación general interno c. Informe de ejecución de plan de capacitación Evaluación del desempeño a. Definición de indicadores e instrumentos de desempeño b. Plan de ejecución y evaluación c. Análisis del resultado de evaluación d. Retroalimentación y seguimiento e. Informe de la evaluación del desempeño Régimen disciplinario 49

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a. Código de ética b. Reglamento Interno de administración de recursos humanos c. Proyectos de reglamentos o estatutos orgánicos institucionales SEGURIDAD OCUPACIONAL a. Plan de servicios de salud, bienestar social y programas de seguridad e higiene industrial de la institución. b. Plan de prevención de riesgos en el trabajo c. Reportes al IESS sobre accidentes de trabajo d. Informes de licencias con remuneración por enfermedades e. Proyecto de ordenanza y reglamentación de prevención de riesgos del trabajo f. Proyecto de ordenanzas y reglamentos de salud ocupacional institucional. g. Plan Operativo anual de salud ocupacional y riesgos de trabajo 3.2.1.4GESTIÓN DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN Y COMUNICACIÓN Sistemas, y aplicaciones de los servicios web a. Administración de la base de datos del sistema integrado del GADM. b. Mantenimiento de hardware y software. c. Administración de la página Web. d. Seguridades informáticas, Antivirus. Redes y comunicación a. Cableado estructurado b. Administrar la red municipal LAN Y Inalámbrica. c. Gestión de copias de seguridad y recuperación de datos. d. Administración del acceso a internet y comunicación IP. Infraestructura tecnológica a. Plan de operación, funcionamiento continuo de la infraestructura. b. Manual de uso eficiente de la Infraestructura tecnológica. c. Proceso para seleccionar el hardware y software adecuado.

3.2.2 GESTIÓN FINANCIERA i. Misión Formular y ejecutar las políticas para la generación, utilización e inversión de los recursos financieros del Gobierno Municipal de Pallatanga, implantando medidas para mejorar la eficacia y eficiencia en la obtención y utilización de los recursos financieros. 50

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Este órgano Financiera.

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administrativo está representado por el Director de Gestión

ii. Atribuciones y responsabilidades a. Planificar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades financieras de la institución; b. Supervisar y coordinar las actividades que desarrollan las diferentes unidades bajo su dirección; c. Someter a consideración del Alcalde y del Concejo los planes y programas de las actividades financieras para su aprobación; d. Asesorar a los diferentes niveles directivos de la institución en materia financiera; e. Implantar procedimientos de control interno previo y concurrente y vigilar el cumplimiento de normas y disposiciones relacionadas con la administración financiera; f. Promover la capacitación del personal del área financiera; g. Velar por el cumplimiento de las disposiciones relacionadas con la determinación y recaudación de los ingresos y supervisar que dichas recaudaciones sean depositadas en forma intacta e inmediata; h. Administrar y controlar los recursos financieros en forma eficiente, efectiva y económica; i. Proponer a la máxima autoridad, alternativas para la inversión de recursos financieros, que temporalmente no se requieran para atender necesidades, Recomendar y gestionar la contratación de los créditos internos o externos para financiar operaciones o proyectos específicos; j. Realizar estudios sobre el contenido de las ordenanzas mediante las cuales se regula la recaudación de los diversos ingresos y proponer reformas que tiendan a mejorar los ingresos respectivos; k. Asegurar el financiamiento para cumplir oportunamente con las obligaciones contraídas; l. Entregar en forma oportuna el anteproyecto de ordenanza presupuestaría para la aprobación interna respectiva, así como las de reformas al presupuesto; m. Elaborar y mantener al día estadísticas económicas de la entidad; n. Formular los flujos financieros de ingresos y en base a estos elaborar los cupos de gastos por programas presupuestarios y someterlos a la aprobación del Alcalde; o. Analizar, interpretar y emitir informes sobre los estados financieros municipales y sobre cualquier otro asunto relacionado con la administración financieros municipal y someterlos a consideración del Alcalde; además,

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p. q. r. s. t. u. v.

w.

x. y. z.

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presentar con oportunidad los correspondientes estados y anexo a los organismos públicos que por ley corresponda; Velar por el cabal cumplimiento de los sistemas de contabilidad y presupuestos, del sistema de gestión financiera; Refrendar los títulos de crédito y especies valoradas municipales emitidas; Controlar la correcta administración de los fondos rotativos y cajas chicas y autorizar su reposición y liquidación; Proporcionar información financiera a los niveles internos, cuando lo soliciten las autoridades y a las diversas unidades administrativas; Propender a que los procesos de producción de información financiera se apoyen en medios automatizados modernos; Cumplir y hacer cumplir las disposiciones legales, las políticas de acción, las normas y procedimientos técnicos vigentes en materia financiera; Coordinar con la unidad de contabilidad para formular hasta el 31 de enero de cada año, la liquidación del presupuesto, la misma que incluirá un detalle pormenorizado de la ejecución presupuestaria del año anterior, los pagos de las obligaciones pendientes realizados durante los meses de enero a marzo y las correspondientes conclusiones y recomendaciones; Evaluar los informes de flujo de efectivo y formular los planes de inversiones temporales en base a los recursos que no se requieran para atender necesidades institucionales inmediatas, en coordinación con tesorería; Gestionar la transferencia oportuna de las entidades que financian a GAGM. Llevar la gestión de la cartera del GADM de manera digital; Las demás atribuciones que lo asigne el Alcalde, dentro del ámbito de sus competencias.

Gestión Financiera realizará su encargo a través de los siguientes procesos: PRESUPUESTO TESORERÍA CONTABILIDAD RENTAS Y RECAUDACIÓN GUARDA ALMACÉN

3.2.2.1GESTIÓN DE PRESUPUESTO Sistema presupuestario institucional a. Cronograma presupuestario b. Estimación de ingresos provisionales c. Ingresos presupuestarios y techos de gastos d. Proforma presupuestaria. 52

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e. f. g. h. i. j. k. l. m.

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Reformas presupuestarias. Informe de ejecución presupuestaria. Informe de ejecución de reformas presupuestarias Liquidaciones presupuestarias Distributivo unificado de remuneraciones. Cédulas presupuestarias. Certificaciones presupuestarias. Estado de ingresos y gastos efectivos del primer semestre Informe relativo a aumentos o disminuciones de las estimaciones de ingresos y previsiones de gastos.

3.2.2.2GESTIÓN DE CONTABILIDAD a. Registros contables b. Informes financieros c. Estados financieros d. Conciliaciones bancarias e. Inventario de bienes valorados f. Inventario de suministros de materiales valorados g. Liquidación de haberes por cesación de funciones h. Comprobantes de pagos y cheques elaborados 3.2.2.3GESTIÓN DE TESORERÍA Recaudación de tributos a. Conciliación de saldos. b. Partes diarios. c. Cartera vencida. d. Informe de recaudación e. Informe de recaudación f. Informe de recaudación g. Informe de recaudación

de de de de

títulos de crédito. alcabalas. rodajes especies valoradas.

Sistema de apoyo y transferencias a. Plan período de caja. b. Plan período anual de caja. c. Libro caja bancos. d. Flujo de caja e. Pagos f. Transferencias g. Conciliación de saldos h. Retenciones y declaraciones al SRI 53

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i. j.

Devolución IVA Libro de caja

Registro y custodia de garantías a. Registro de garantías y valores b. Informe de garantías valores c. Renovar pólizas d. Convenios de pago e. Devolución garantías Proceso coactivo a. Cobro cartera vencida b. Procesos coactivos RECAUDACIÓN Y RENTAS Recaudación a. Sistema integral de cobranzas. b. Títulos de crédito de cobro de impuestos urbano rural. c. Planillas de pago de agua. d. Título de crédito de pago de patentes e. Cobro de especies valorada f. Certificados de avalúos g. Certificados de línea de fabrica h. Reporte prediales urbanos y rurales i. Cobro de impuestos, tasas y contribuciones Rentas a. Reporte de emisiones de títulos de crédito b. Catastros e información de contribuyentes c. Cálculo de cobro de alcabalas d. Títulos de crédito de impuestos e. Patentes por actividades económicas f. Certificado de bienes raíces g. Informe técnico de bajas de títulos h. Título de crédito por varios conceptos i. Reporte de emisión y rectificación de crédito j. Actualización de catastro comercial k. Emisión de actas l. Especies valoradas, títulos de crédito

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3.2.2.4 BODEGA Sistema de entrega y recepción de activos fijos a. Registro y actas de ingresos y egresos de activos fijos b. Codificación de bienes c. Acta de entrega de suministros de materiales y bienes d. Informe de control y codificación de inventarios e. Informe de distribución de combustibles. f. Informe de stock de suministros y materiales. g. Informe de reportes cuantificados de adquisiciones. Custodia y registro de bienes a. Actas entrega de recepción. b. Registro de egreso a bodega. c. Informe de administración de la bodega. d. Inventario de activos fijos actualizados. e. Sistema de control de materiales de obras por administración directa. f. Informe de inventario de bienes y activos fijos. g. Informe de matrículas del parque automotor. h. Informe de manejo, cuidada y conservación de bienes municipales. i. Informe de buen uso de materiales entregados por la municipalidad. j. Registro de contratación física de estado de bienes. k. Informe sobre estado de bienes. l. Actas de bajas y traspaso de bienes. 3.2.3 GESTIÓN SECRETARÍA GENERAL i. Misión Dar fe de los actos del Concejo Municipal y del Alcalde, administrando el archivo general y gestionando el flujo de los documentos hacia el exterior e interior de la municipalidad. Este órgano administrativo está representado por la Secretaria General

ii. Atribuciones y Responsabilidades a. b. c. d.

Dar fe de los actos de Copncejo, de la Comisión de Mesa y del Alcalde; Redactar y suscribir las actas de Concejo y de la Comisión de Mesa; Despachar los asuntos resueltos por el Concejo y Alcalde; Apoyar en la elaboración de resoluciones y actas del Concejo Municipal; 55

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e. Llevar un protocolo encuadernado y sellado, con su respectivo índice numérico de los actos del concejo de cada año y conferir copia de esos documentos conforme a la Ley; f. Llevar y mantener al día el archivo de documentos del Concejo y de la Alcaldía y atender el trámite de la correspondencia; g. Asistir a las sesiones del Concejo; h. Gravar y transcribir las actas de sesiones; i. Proporcionar la documentación oficial a las diferentes direcciones de la municipalidad; j. Da trámite a las ordenanzas municipales hasta su promulgación. k. Presenta informes de cumplimiento de objetivos y metas estratégicas dentro de una política de rendición de cuentas; l. Actuar como Secretario/a en las comisiones del Concejo; m. Coordinar la remisión oportuna de información solicitada por los organismos de control, entidades del Estado y otros; n. Socializar y difundir en la entidad las resoluciones adoptadas por el Concejo, Alcalde, comisiones; o. Resoluciones del Concejo Municipal; p. Despacho y notificaciones de resoluciones; y , q. Las demás atribuciones que le asigne el Alcalde, dentro del ámbito de sus competencias; La Secretaría General realizará su gestión a través del siguiente proceso: ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA DOCUMENTAL Y ARCHIVO CALL CENTER. iii. Productos y servicios ATENCIÓN A LA CIUDADANÍA Sistema de atención personalizada a. Recepción de los documentos de su área interna y externa b. Despacho de documentos de la alcaldía c. Oficios y memorandos d. Informe de ingreso y control de documentos emitidos. e. Recepción de informes de las comisiones permanentes f. Atención a usuarios internos y externos g. Certificación de documentos h. Despacho diario de los asuntos resueltos por el Alcalde i. Recepción y despacho de los documentos de la municipalidad 56

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Sistema de atención telefónica y virtual a. Informe de atención – Quipux. b. Informe de atención a usuarios internos o externos c. Despacho de documentos de la alcaldía d. Registro de informes permanentes de las comisiones permanentes e. Recepción de ofertas de bienes, obras y servicio contratado f. Sistema de administración. g. Informe de atención a los usuarios internos y externos. GESTION DOCUMENTAL Y ARCHIVO a. Sistema de archivo interno b. Informe de documentos despachados c. Actas de sesiones de Concejo Municipal (Secretaria del Concejo) d. Certificación de documentos e. Protocolo anual de actos del concejo municipal (secretaria del Concejo) f. Expedientes de trámites de los asuntos que debe conocer el Concejo y las comisiones g. Ordenanzas, actas, resoluciones y más documentación procesada GESTIÓN CALL CENTER a. Informe de atención a los usuarios. b. Informe de consulta de los servicios. c. Informe de recepción de quejas acerca de funcionarios y servicios. d. Informe de recepción de citas. 4.

ENTIDADES ADSCRITAS

4.1

Consejo de Seguridad Ciudadana

Seguridad ciudadana a. b. c. d.

4.2

Dirigir el Consejo Cantonal de Seguridad Ciudadana, en su jurisdicción cantonal. Coordinar la elaboración del Plan de seguridad y control de la ciudadanía Coordinar el seguimiento y evaluación del Plan de Seguridad Ciudadana Realizar anualmente el informe de Rendición de Cuentas de la Seguridad Ciudadana y Gestión de Riegos Cuerpo de Bomberos a. Participar en la Elaboración, Implementación y Control del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial Cantonal, del Plan de Seguridad Ciudadana, Plan de Gestión de Riesgos y otros instrumentos de planificación 57

ESTATUTO ORGÁNICO DE GESTIÓN ORGANIZACIONAL POR PROCESOS

b. c.

d. e.

4.3

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local que impliquen actividades de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. Diseñar e implementar planes de prevención, protección, socorro y extinción de incendios. Implementar planes y protocolos emitidos por el organismo rector que contengan: planes de contingencia, búsqueda y rescate y control de incidentes. Formular un plan de reducción permanente de eventos adversos que afectan la comunidad. Las demás que estén establecidas en la ley y la normativa nacional vigente.

Consejo de Protección de Derechos

i. Misión El Consejo Cantonal de Protección integral Cantonal, es el conjunto articulado y coordinado de sistemas ,instituciones ,políticas, normas, programas y servicios que aseguran el ejercicio, garantía y exigibilidad de los derechos reconocidos en la constitución ,los instrumentos internacionales y el cumplimiento de los objetivos del régimen de desarrollo : será parte del sistema Nacional de inclusión y equidad Social y delos sistemas especializados y se regirá por sus mismos principios y ámbitos ,se articulara al plan Nacional de desarrollo y al sistema Nacional Descentralizado de Planificación Participativa. 4.4 Atribuciones y Funciones a. Formular.- políticas públicas municipales relacionadas con las temáticas de género, étnico /intercultural, generacional, movilidad Humana, discapacidad: articulada a las políticas públicas de los Consejos Nacionales de Igualdad. b. Transversal izar.- las políticas públicas de género, étnico /intercultural, generacional, movilidad humana, discapacidad, en las instituciones públicas y privadas del Cantón. c. Observar, vigilar y activar mecanismos para exigir el cumplimiento de los derechos individuales y colectivos en la aplicación de los servicios públicos y privados relacionados con las políticas públicas de igualdad. d. Hacer seguimiento y evaluación de las políticas publica para la igualdad. e. Coordinar con las entidades rectoras y ejecutoras con los organismos especializados así como con las redes interinstitucionales de protección de derechos en su jurisdicción. f. Promover la conformación y fortalecimiento de las Defensorías Comunitarias y Consejos Consultivos de titulares de derechos. g. Designar a la secretaria Ejecutiva o Secretario ejecutivo.

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h. Apoyar y brindar seguimiento a las Juntas cantonales de Protección de derechos i. Los demás que le atribuya la Ley y Reglamento. 4.4.1 Junta de Protección de Derechos a. Conocer, de oficio o a petición de parte, los casos de amenaza o violación de los derechos individuales de personas adultas mayores, niñas, niños, y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan enfermedades catastróficas o de alta complejidad, dentro de la jurisdicción del Cantón Pallatanga, y disponer las medidas administrativas de protección de derechos amenazado o restituir el derecho violado; b. Vigilar la ejecución de sus medidas. c. Interponer las acciones necesarias ante los órganos judiciales competentes en los casos de incumplimiento de sus decisiones. d. Requerir de los funcionarios públicos de la administración central y seccional, la información y documentos que requieran para el cumplimiento de sus funciones; e. Llevar el registro de las familias, individuales de personas adultas mayores, niñas, niños, y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con discapacidad, personas privadas de libertad y quienes adolezcan enfermedades catastróficas o de alta complejidad, del Cantón Pallatanga a quienes se haya aplicado medidas de protección. f. Denunciar ante las autoridades competentes la comisión de infracciones administrativas y penales en contra de personas adultas mayores, niñas, niños, y adolescentes, mujeres embarazadas, personas con capacidades especiales, personas, privadas de libertad y quienes adolezcan enfermedades catastróficas o de alta complejidad, que llegaren a su conocimiento. g. Vigilar que los y prácticas institucionales de las entidades de atención no violen los derechos y garantías establecidas en la Constituciones los Tratados Internacionales sobre DDHH y demás normas de menor Jerarquía de las personas de los grupos de atención prioritaria. h. Las demás que establezca la Constitución y la Ley

4.5 Empresa Pública Municipal Mancomunada de Aseo Integral (EMMAI / DCP) a. Para el cumplimiento de la función social de servicios de higiene, aseo, recolección, limpieza, tratamiento y disposición final de residuos especiales y peligrosos, el GAD Municipal lo implementará a través de la EMMAI / DCP.

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b. El GAD Municipal transferirá los recursos económicos para la operación de la EMMAI / DCP, de acuerdo al Plan Estratégico y Planes Operativos debidamente abalizados en el Directorio de la EMMAI / DCP. DISPOSICIONES GENERALES Primera. A partir de la aprobación del presente Estatuto, cada unidad municipal deberá cumplir con los productos y servicios establecidos en el presente Estatuto Orgánico, ante lo cual la Alcaldesa o Alcalde, deberá tomar las medidas administrativas necesarias para el cumplimiento de lo previsto en las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Segunda. Todas las unidades administrativas, respetarán la línea jerárquica de autoridad que este Estatuto lo establece, así como mantendrán en forma permanente, las líneas de coordinación que aseguren la participación y el trabajo armónico y conjunto para el cumplimiento de objetivos. Tercera. Todo lo que no estuviere previsto en el presente Estatuto Orgánico, se aplicarán las disposiciones legales que corresponda, para cada unidad administrativa. Cuarta. El Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga conforme a lo establecido en el Código Orgánico de Organización Territorial Autonomía y Descentralización, podrá ajustar, incorporar o eliminar productos o servicios de acuerdo a los requerimientos municipales. Quinta. Deróguese expresamente la Resolución Administrativa No. 16 GADMP-A, emitida el 28 de Agosto de 2014, y todas las disposiciones que contravengan al presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos del Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Pallatanga. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primera. El presente Estatuto Orgánico aprobado, constituirá el instrumento base para la ejecución del Sistema Integrado de Desarrollo del Talento Humano Municipal. Segunda. Para la implementación y funcionamiento del presente Estatuto Orgánico, se deberá considerar dentro del presupuesto del año 2015 el correspondiente financiamiento, que permitan cumplir con las misiones y el portafolio de productos y servicios que son de vital importancia para el desarrollo de la gestión municipal. Tercera. Una vez aprobado el presente Estatuto Orgánico de Gestión Organizacional por Procesos, para cumplir con las competencias que establezca el Consejo Nacional de Competencias para el Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal, las unidades administrativas creadas para cumplir con ciertas 60

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