RESOLUCION No 015 (Marzo 30 de 2016) Por medio de la cual se convoca y reglamenta el 2do FESTIVAL DE CLUBES Y ESCUELAS DE FORMACIÓN DE PATINAJE DE VELOCIDAD TEMPORADA 2016. A realizarse en el municipio de EL ROSAL (Cundinamarca) los días 16 y 17 de febrero de 2016. El Órgano administrativo de la LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA, la Comisión Departamental de Patinaje de Velocidad, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias y CONSIDERANDO • •
Que es deber de la LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA reglamentar la práctica deportiva del patinaje en el departamento. Que el calendario único de la liga contempla la realización 2do FESTIVAL DE CLUBES Y ESCUELAS DE FORMACIÓN DE PATINAJE DE VELOCIDAD TEMPORADA 2016.
RESUELVE ARTÍCULO 1.-‐ CONVOCATORIA. A las Escuelas de Formación de Clubes, Proclubes, entes municipales con secretarias e institutos de recreación y deporte que tengan en sus programas de formación patinaje de carreras, así como Colegios que incluyan en sus programas lúdicos patinaje de carreras. Cuyas sedes se encuentren en el departamento de Cundinamarca. Esta invitación se hace extensiva a los organismos deportivos de los departamentos de Bogotá y del Meta al 2do FESTIVAL DE CLUBES Y ESCUELAS DE FORMACIÓN DE D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
PATINAJE DE VELOCIDAD TEMPORADA 2016, que tendrá lugar los días 16 y 17 de Febrero de 2016 en EL ROSAL Cundinamarca. ARTÍCULO 2.-‐ PARTICIPANTES. Podrán participar todos los deportistas inscritos por las escuelas de formación que tengan el siguiente tipo de patín Recreativo, Semiprofesional o Patín Profesional PARAGRAFO 1.-‐ PATÍN RECREATIVO Y SEMIPROFESIONAL: Se entenderá para todos los efectos al patín que siendo de bota alta, posee un chasis plástico o de aluminio NO intercambiable. O Corresponde al patín que no ha tenido modificaciones desde su adquisición. Debe tener ruedas de goma. PARAGRAFO 2.-‐ PATÍN PROFESIONAL: corresponde al patín de competencia, con chasis metálico y bota intercambiable. PARAGRAFO 3.-‐ Se entenderá como DEPORTISTA DE NIVEL RECREATIVO Y/O SEMIPROFESIONAL Corresponde a los patinadores que se inician en la actividad y que aún NO han competido en el nivel ligado ni federado. O Estos deportistas DEBEN competir con el patín recreativo y/o Semiprofesional. PARÁGRAFO 4.-‐ Se entenderá como DEPORTISTA DE NIVEL PATÍN PROFESIONAL NO AVANZADO los Deportista que se encuentra debidamente inscrito en un club de patinaje avalado por una liga y que aún no ha competido en el nivel federado.
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
PARAGRAFO 5.-‐ El Delegado es la Persona registrada en el evento por el club, preclub y/o escuela en la planilla de inscripción y que lo representa. Es la persona responsable de acreditar los deportistas, velar por el buen comportamiento de los acompañantes de su club y única persona autorizada para realizar alguna reclamación, única y exclusivamente de manera escrita y habiendo cancelado el valor estipulado con anterioridad para el trámite de su inconformidad ante la Comisión Disciplinaria del evento. El delegado de cada club o escuela deberá presentará a la Comisión Técnica del evento los documentos de identidad ORIGINAL y el respectivo seguro de accidentes y/o EPS para cada deportista inscrito, como requisito indispensable para tomar participación en el evento. No se aceptarán fotocopias de estos documentos. ARTÍCULO 3.-‐ CATEGORÍAS Y EDADES. Podrán participar todos los deportistas que integren las diversas Escuelas de Formación de todo el departamento de Cundinamarca, escuelas de los Clubes y Entes Municipales y Departamentales, en las categorías: PATIN RECREATIVO:
• • • •
PÁRVULOS 5-‐6 años, MINI INFANTIL 7-‐8 años, PREINFANTIL 9-‐10 años, INFANTIL 11-‐ 12 años y 13 años en adelante. Solo patín recreativo
PATIN PROFESIONAL: • • •
MINIINFANTIL 7-‐8 años, PREINFANTIL 9-‐10 años, INFANTIL 11-‐12 años y 13 años en adelante. Se incluye patín Semiprofesional y profesional. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
PARAGRAFO 1º.-‐ En todas las categorías se tomarán las edades cumplidas a la fecha del evento. Es responsabilidad de cada una de las escuelas o clubes participantes el dar cumplimiento a esta norma. PARAGRAFO 2. Durante el desarrollo del evento la comisión técnica departamental solicitara a los delegados de algunos clubes o escuelas los documentos de identidad de los deportistas, para constatar que las categorías en las cuales fueron inscritos sean las correctas. PARAGRAFO 3. Los deportistas de patín profesional pertenecientes a los clubes de la Liga de Patinaje de Cundinamarca, DEBERÁN SER LIGADOS por sus clubes al momento de las competencias y podrán competir en el nivel NO AVANZADO hasta por un máximo de SEIS (06) meses a partir de la fecha de su afiliación a la liga. Transcurrido este tiempo serán considerados automáticamente como patín profesional avanzado y/o federado, caso en el cual DEBERÁ competir en los campeonatos departamentales de patinaje de velocidad avalados por la liga para sus deportistas de patín profesional avanzado. ARTÍCULO 4.-‐ INSCRIPCIONES. Se recibirán en el correo de la Comisión Técnica Departamental de Velocidad
[email protected] en la planilla oficial de inscripciones con el respectivo aval del Club o Escuela. PARAGRAFO 1.-‐ siguientes:
Las fechas límite para recibir inscripciones enviadas por las Ligas son las
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
ORDINARIA Sábado 9 de Abril de 2016
EXTRAORDINARIA Lunes 11 de Abril de 2016
NO SE ACEPTARAN INSCRIPCIONES POR FUERA DE LAS FECHAS ANTES SEÑALADAS PARAGRAFO 2.-‐ Cualquier cambio o modificación en nombres o apellidos de los deportistas, edad, fecha de nacimiento, rama, número y/o tipo de documento de identificación, tipo de patín, número de competencia (para cuando han sido previamente asignados), tendrá un costo de VEINTICINCO MIL ($25.000,oo) PESOS mda/cte, no reembolsables y el deportista NO podrá tomar partida en ninguna prueba de la competencia, hasta tanto no sea cancelado ese dinero en efectivo a favor de la Liga de Patinaje de Cundinamarca; en caso que el deportista hubiere ya participado y ganado alguna medalla, y el valor de la sanción no es cancelado por el club, preclub y/o escuela, el deportista perderá la medalla, el club, preclub y/o escuela los puntos y el deportista NO podrá volver a participar en futuras competencias oficiales de la Liga, hasta tanto no se ponga a paz y salvo. PARAGRAFO 3.-‐ Las planillas de inscripción enviadas a correos oficiales de la Liga de Patinaje de Cundinamarca y no al correo oficial de la COMISIÓN TÉCNICA DE VELOCIDAD de la Liga de Patinaje de Cundinamarca, serán recibidas como EXTRAORDINARIAS. PARAGRAFO 4.-‐ La Inscripción, es considerada como un compromiso indeclinable que obliga al deportista, Club, preclub y/o escuela al pago de la misma, por lo anterior, la exoneración de pago solo se permitirá cuando el anuncio se efectúe antes del cierre de las inscripciones extraordinarias, a través de correo electrónico dirigido a la Comisión Departamental de Patinaje de Carreras; en su defecto el deportista deberá soportar su no participación mediante incapacidad medica convalidada por médicos adscritos a los institutos deportivos oficiales para permitirle su participación en un próximo evento, pero es claro que esta no exime de la responsabilidad del pago correspondiente a la inscripción del evento del deportista o club respectivo. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
PARAGRAFO 5.-‐ Al enviar la planilla diligenciada al correo electrónico de la Comisión Técnica de velocidad de la Liga, el club manifiesta que conoce y está de acuerdo con lo informado en la convocatoria y lo normado en la presente resolución. VALOR INSCRIPCION: CONCEPTO
ORDINARIA
EXTRAORDINARIA
DEPORTISTA
$36.000
$46.000
ESCUELA ,CLUB O PROCLUB
$85.000
$119.000
El valor de la inscripción se debe consignar a la cuenta de la liga de patinaje de Cundinamarca, se debe mandar copia al correo de la liga y el original se debe entregar antes de iniciarse el congreso técnico. Cuenta de ahorros No 093161842 del banco de Bogotá a nombre de liga de patinaje de Cundinamarca, se debe entregar el original cuando se llamen los clubes en el desarrollo del evento. ARTÍCULO 5.-‐ REUNIÓN INFORMATIVA. Tendrá lugar en día sábado 16 de febrero de 2016 a las 8:00 am, en las instalaciones de la Villa Deportiva de EL ROSAL. PARAGRAFO 1.-‐ Corresponde a la reunión preparatoria previa al evento. Será NETAMENTE INFORMATIVA y a ella podrán asistir exclusivamente UN (01) Delegado y UN (01) Entrenador por cada club, preclub y/o escuela inscrito y es indispensable su acreditación como tal. PARAGRAFO 2.-‐ No se admitirá la participación de padres de familia, deportistas y otros directivos de los Clubes en esta reunión. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
PARAGRAFO 3.-‐ La no asistencia de delegados y/o entrenadores de los clubes, preclubes y/o escuelas manifiesta la conformidad de los inasistentes con todo lo allí expresado. ARTÍCULO 6.-‐ AUTORIDADES DEL EVENTO. Las máximas autoridades durante el desarrollo del evento serán: LA LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA Y LA COMISION TECNICA DEPARTAMENTAL. COMISIÓN DE JUZGAMIENTO: La máxima autoridad de juzgamiento será el juez árbitro nombrado por el Colegio Departamental de Juzgamiento y avalado por la Liga de Patinaje de Cundinamarca con el acompañamiento de la Comisión Técnica y Disciplinaria del evento. LA COMISIÓN TECNICA Y DISCIPLINARIA DEL EVENTO: La máxima autoridad Técnica del evento estará integrada por un miembro del comité ejecutivo de la liga de patinaje de Cundinamarca y un representante de la Comisión Técnica de la Liga y un representante de los clubes. PARAGRAFO 1.-‐ : La comisión técnica, podrá adicionar o cancelar determinada Prueba que no se ajuste a las condiciones climáticas, de programación, fuerza mayor y/o condiciones de seguridad para los deportistas. ARTÍCULO 7.-‐SEGURO DE ACCIDENTES Los deportistas, delegados y entrenadores deberán tener póliza de seguros, contra accidentes y/o servicios médicos vigentes, la LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA NO se responsabilizan de accidentes graves que puedan ocurrir en el transcurso del evento mismo y cada deportista deberá portar D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
todos sus elementos de protección como son: casco, anti-‐fracturan tés y/o guantes, rodilleras, según las disposiciones por edades. PARAGRAFO 1: La organización del evento, contara con un cuerpo de paramédicos de primeros auxilios durante el desarrollo de las pruebas, LA AMBULANCIA NO SE DESPLAZARA DE LA PISTA SI EL LESIONADO PUEDE CAMINAR. ARTÍCULO 8.-‐ DIAMETRO DE RUEDAS: Diámetros permitidos reglamentados por la Federación Colombiana de Patinaje CATEGORIA DIAMETRO 5 -‐6 -‐7 Y 8 AÑOS HASTA 80 MM 9 Y 10 AÑOS HASTA 84MM 11 Y 12 AÑOS HASTA 90MM 13 EN ADELANTE LIBRE Los patines deben tener las cuatro ruedas, en el diámetro reglamentado y las cuatro ruedas deben tocar el piso en el momento de rodar. ARTÍCULO 9.-‐ PROGRAMACIÓN. Ver anexo al final de la presente Resolución. PARAGRAFO 1.-‐ Con el fin de evitar contratiempos, los deportistas deben presentarse en el escenario una hora antes de programadas las pruebas. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
PARAGRAFO 2.-‐ No se permite el uso de equipos intercomunicadores, ni equipos de amplificación externa a la organización en todas las categorías, en caso de no atender esta disposición, el deportista será retirado de la prueba y su delegado y/o entrenador serán responsables de la sanción disciplinaria que reciba la escuela o club. PARAGRAFO 3.-‐ . NUMERACIÓN. Los deportistas deben presentarse a la línea de salida con el número asignado y entregado por la Liga para el presente evento. En caso de pérdida podrá participar en la prueba una vez adquiera su número respectivo el cual tendrá un costo de el valor de una inscripción ordinaria. ARTÍCULO 10.-‐ CLASIFICACIÓN Y PUNTUACIÓN. Serán premiados con trofeos los clubes, preclubes y/o escuelas que obtengan los tres (03) primeros lugares en el evento. Estos lugares se establecerán de acuerdo al número total de puntos obtenidos en el respectivo evento. Para las edades 5, 6, 7, 8, 9 y 10 años se establece la siguiente puntuación para los clubes, de acuerdo a la posición ocupada por sus deportistas: •
PRIMER LUGAR: 1 punto.
•
SEGUNDO LUGAR: 1 punto.
•
TERCER LUGAR: 1 punto
•
CUARTO LUGAR: 1 punto.
•
QUINTO LUGAR: 1 punto.
Para las edades de 11 años en adelante se establece la siguiente puntuación para los clubes, de acuerdo a la posición ocupada por sus deportistas: D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
•
PRIMER LUGAR 1 punto.
•
SEGUNDO LUGAR: 1 punto.
•
TERCER LUGAR 1 punto.
Para las categorías 5, 6, 7, 8, 9, 10 años en ambas ramas se premiarán los CINCO deportistas destacados por prueba y EN ESTRICTO ORDEN DE LLEGADA. Se premiarán con medallas idénticas de DESTACADOS. En las demás categorías se premiarán los tres primeros deportistas por prueba y rama POR TIEMPO. Serán premiados con medallas de ORO, PLATA y BRONCE al primer lugar, segundo lugar y tercer lugar. Cuando a una prueba individual o grupal se presenten TRES (03) o menos deportistas, estos serán subidos a la categoría inmediatamente superior en la misma rama para completar mínimo CINCO (05) deportistas en competencia y serán premiados como una sola prueba. La distancia a competir, en caso de ser diferentes, será el resultado de la media aritmética de las categorías, siempre y cuando corresponda a la misma prueba. En caso de no completarse el número anterior, se unirán DAMAS y VARONES y serán premiados como una sola prueba. PARÁGRAFO 1.-‐ Todos los deportistas llamados a premiación deberán presentarse con el uniforme de competencia de su respectivo club, escuela y organización. Deportista que en el tercer llamado el cual se realizará durante la premiación en un lapso de (2) dos minutos y no se presente, PERDERÁ su medalla y los puntos obtenidos para su Club en dicha prueba. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
ARTÍCULO 15.-‐ SANCIONES DISCIPLINARIAS. Deportistas que sean descalificados en una prueba de velocidad no podrá participar en la siguiente prueba de velocidad, programada para el evento. Igualmente, deportistas que sean descalificados en una prueba de fondo no podrá participar en la siguiente prueba de fondo, programada para el evento. Las faltas graves, de conformidad a la reglamentación FIRS -‐ CTV, determinadas por Juzgamiento, por uno o más deportistas dará para él o los infractores la expulsión del evento, sin perjuicio de que la Comisión Disciplinaria de la Liga de Patinaje de Patinaje de Cundinamarca, una vez conocido el informe, pueda aplicar una sanción más severa. PARÁGRAFO 2.-‐ -‐ Los deportistas deben llevar el uniforme de competición oficial de sus clubes guardando la debida uniformidad entre ellos y estar correctamente equipados en el momento de estar en la línea de salida, de no estarlo, no podrán comenzar la competición y se les informara su descalificación técnica. Los deportistas de un mismo club deben tener uniformidad en las lycras. Debe haber diferencia entre las lycras de los diferentes clubes, si no hay diferencia los deportistas no podrán hacer parte de la prueba. Existen dos (02) clases de sanciones en las competencias; una de carácter económico y otra de carácter administrativo. Las primeras hacen referencia a los valores con los cuales pueden ser sancionados algunos comportamientos de los deportistas, entrenadores y/o delegados. Las segundas corresponden a la pérdida de puntos en el cómputo general de los mismos para el evento. •
Las reclamaciones verbales realizadas por los entrenadores, deportistas, delegado y/o padres de familia tendrán una sanción de DIEZ (10) puntos al respectivo club por esta falta.
•
Las reclamaciones verbales, que a criterio de la COMISIÓN DISCIPLINARIA del evento sean déspotas, tendrán una sanción de DIEZ (10) puntos al respectivo club por esta falta y al ser reincidente en el mismo torneo, el club podrá ser expulsado del mismo y perderá los puntos que hubiere obtenido. Las medallas obtenidas por los deportistas del club sancionado podrán ser D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
conservadas, siempre y cuando los deportistas premiados no hubieren participado de la falta disciplinaria que conlleva a esta sanción. •
No obstante lo anterior, este tipo de casos se notificará a la Comisión Disciplinaria de la Liga de Patinaje de Cundinamarca quien tendrá que emitir un fallo de acuerdo a la ley vigente.
•
Habrá sanciones descontando DIEZ (10) puntos de la clasificación general para los clubes que incurran en mal comportamiento de deportistas, delegados, técnicos o padres de familia contra deportistas, directivos, jueces, comisionados, paramédicos y personal logístico del evento.
•
Se prohíbe el uso de altavoces de cualquier índole durante el desarrollo del evento esto acarrearía una sanción de DIEZ (10) puntos.
•
Saltarse las barandas restaría DIEZ (10) puntos para el club que pertenezca la persona que lo haga; Por cada persona que realice este acto serán descontados los DIEZ (10) puntos.
•
El deportista que no se presente con su uniforme oficial de competencia, hará perder a su club automáticamente DIEZ (10) puntos
•
Al deportista que reincida en esta falta en un mismo evento, será sancionado con la pérdida de VEINTE (20) puntos adicionales en la sumatoria de los clubes.
•
El deportista que se presente a premiación con su uniforme sin apuntar y/o luciendo prendas que cubran parcial o totalmente su uniforme de competencia (chaquetas, sacos, ruanas, pochos, sudaderas, etc.), hará perder a su club DIEZ (10) puntos y deberá recibir la medalla fuera del pódium sin derecho a homenaje.
•
Al deportista que reincida en esta falta en un mismo evento, será sancionado con la pérdida de VEINTE (20) puntos adicionales en la sumatoria de los clubes.
•
El deportista que se presente a premiación descalzo, hará perder a su club automáticamente DIEZ (10) puntos.
•
Al deportista que reincida en esta falta en un mismo evento, será sancionado con la pérdida de VEINTE (20) puntos adicionales en la sumatoria de los clubes.
•
El deportista que al ser llamado y que ingrese competir sin tener puestos ya sus patines y/o uniforme de competencia, el club será sancionado con la pérdida de DIEZ (10) puntos. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
•
Al deportista que reincida en esta falta en un mismo evento, será sancionado con la pérdida de VEINTE (20) puntos adicionales en la sumatoria de los clubes.
•
Las personas que demuestren mal comportamiento con alguno de los miembros tanto de la liga como del grupo de paramédicos, personal de logística, con alguna persona participante del público o deportista, será expulsada del evento y el club al que pertenezca será sancionado con una multa económica de $50.000,oo.
•
Ningún entrenador podrá ingresar a la pista a reclamar el resultado o desarrollo de una prueba. En caso que lo haga, será sancionado con una multa económica de VEINTE MIL ($20.000, oo) PESOS MDA/CTE y hará perder a su club VEINTE (20) puntos.
•
En caso de reincidencia, la multa económica será de CINCUENTA MIL ($50.000, oo) PESOS MDA/CTE y hará perder a su club CINCUENTA (50) puntos.
PARAGRAFO 3.-‐ Las sanciones económicas, DEBERÁN ser canceladas inmediatamente ante el Comité Ejecutivo de la Liga de Patinaje. Hasta tanto no se realice el respectivo. PARAGRAFO 4.-‐ El pago de la multa, los deportistas del club sancionado NO podrán tomar partida en las competencias. No obstante, las competencias podrán y deberán seguir llevándose a cabo, con la ausencia obvia del club sancionado. PARAGRAFO 5.-‐ Solamente el delegado podrá realizar las reclamaciones ante la Comisión Disciplinaria del evento, cancelando previamente el valor establecido. Se debe presentar en forma escrita y por estricto ORDEN DE LLEGADA dentro de los QUINCE (15) minutos siguientes a la lectura oficial del resultado por parte del Juez árbitro y/o speaker oficial de la competencia. La reclamación en todo caso deberá ser redactada DE MANERA RESPETUOSA. ARTICULO 11° RECLAMOS:
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
Toda reclamación que se haga, será admitida si y solo si es sobre el orden de llegada de una prueba, siempre y cuando se haga durante los 15 minutos siguientes a la lectura oficial del resultado y por escrito, exclusivamente por el Delegado acreditado del Club y tendrá el costo $60.000; en caso de ser favorable la reclamación al demandante se le devolverá el valor consignado, en caso contrario irán a los fondos de la Liga. ARTÍCULO 12.-‐ CASOS NO PREVISTOS. Los casos no previstos en la presente Resolución serán resueltos por la Comisión Técnica Departamental de Carreras de conformidad con el Reglamento Internacional. ARTÍCULO 13.-‐ La Presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. Dada en Bogotá D.C., a los treinta (30) días del mes de Marzo de 2016 . COMUNÍQUESE Y CUMPLASE
STELLA DE ESPINOSA LIGA DE PATINAJE DE CUNDINAMARCA PRESIDENTE. D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
PROGRAMACIÒN ESCUELAS FECHA
HORA
5 y 6 Años
7 y 8Años
9 y 10 Años
11 y 12 Años
13 y 14 Años en adelante
Circuito De Habilidad Figura 6
Circuito De Habilidad Figura 6
Circuito De Habilidad Figura 6
Circuito De Habilidad / Ameba
Circuito De Habilidad / Ameba
BATERIAS 100 BATERIAS 200 BATYERIAS 200 BATERIAS 300 BATERIAS 400 Sábado 16 Pista MTS MTS MTS MTS MTS de Abril 8:30 AM Prueba Critérium Una Vuelta Con Liebre Y Media De Remate
Prueba Critérium Vuelta Y Media Con Liebre Y Media De Remate
Prueba Critérium Dos Vueltas Con Liebre Y Una De Remate
Prueba Critérium Tres Vueltas Con Liebre Y Una De Remate
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
Prueba Critérium Cuatro Vueltas Con Liebre Y Una De Remate
PROGRAMACIÒN PATIN PROFESIONAL NO AVANZADO FECHA
HORA
7 y 8Años
9 y 10 Años
11 y 12 Años
13 y 14 Años en adelante
Circuito De Habilidad Figura 6
Circuito De Habilidad Figura 6
Circuito De Habilidad / Ameba
Circuito De Habilidad / Ameba
Baterías Mts
Domingo 17 de Abril
200 Baterías Mts
200 Baterías Mts
300
Prueba Prueba Prueba Pista Critérium Dos Critérium Tres Critérium 8:30 AM
Vueltas Con Vueltas Con Cuatro Vueltas Liebre Y Una De Liebre Y Una Remate Con De Remate Liebre Y Una De Remate
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
Baterías Mts
400
Prueba Critérium Cinco Vueltas Con Liebre Y Una De Remate
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA
D IAGON AL 61 C N O . 24- 38 T ELEFAX 5479093-N IT 832001886-1 S ITIO W EB www.li pacun .or g em ail.l ipacun 11@h otm ai l.com
B OGOTÁ – C OLOMB IA